normas y normasgio.uvigo.es/asignaturas/gestioncalidad/normasynormas(aenornet).pdfreal de las normas...

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NORMAS y normas Las normas técnicas UNE gozande un prestigio y credibilidad ganados al demostrar su eficacia para resolver necesidades concretas. Su éxito nacede la forma en que son creadas donde priman, entre otras características, la transparencia, la apertura y el consenso. Por ello, es relevante distinguir unanorma de otro tipo de documentos que no lo son, aunque se autodenominen así Gonzalo Sotorrío González Director de Normalización AENOR ¿Y por qué repite la palabra para titular este trabajo con la sola distinción de las mayúscu- las y las minúsculas? ¯ Porque hoy a todo se le llama norma, cuando hay documentos que sí son normas y otros que no lo son, aunque interesadamente se les llame así. ¯ iPues acláremelo, porque no lo entiendo! ¯ Pues vamos a intentar aclararlo. Lo primero que se nos ocurre es consultar el Diccionario de la Real Academia Española y encontramos: "Norma: Regla que se debe seguir o a que se deben ajustar las conduc- tas tareas, actividades, etc." Con esta definición es lógico que para un abogado las normas sean las disposiciones legales; que para un conductor las normas de la circula- ción son, por ejemplo, pararse en un semáforo en rojo; y para cualquier profesional, las normas son las reglas, costumbres no escritas o cual- quier otro documento de contenido técnico que regule de alguna manera su trabajo. Esta generalización de la palabra norma puede ser lógica y admitida sin mayores problemas cuando esta- mos hablando y cambiando impresio- nes. Pero cuando estamos en un ambiente técnico debemos cuidar las palabras y emplearas con precisión, pues de lo contrario podemos estar informando de forma equivocada a nuestro interlocutor, e incluso atribu- yendo a un texto un carácter del que carece. Si le decimos que determinado documento es una norma, le estamos diciendo que en su proceso de crea- ción ha dispuesto de una serie de características. Si decimos que es una especificación, las características son otras o parte de las que tienen las normas y si le decimos que es un reglamento, estamos informando que es un documento que, entre otras cosas, tiene carácter de obligado cumplimiento. Estas precisiones en el lenguaje no prejuzgan en ningún caso la Calidad o practicidad del documento que puede ser excelente en su contenido independientemente de su categoría. Avanzando más en deslindar cuán- do es una norma y cuándo no lo es, nos ayuda la propia legislación 1 ASOCIACION ESPAÑOLA DE NORMALIZACION Y CERTIFICACION AENOR

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NORMAS y normas

Las normas técnicas UNE gozan de un prestigio y credibilidad ganados al demostrarsu eficacia para resolver necesidades concretas. Su éxito nace de la forma en que soncreadas donde priman, entre otras características, la transparencia, la apertura y elconsenso. Por ello, es relevante distinguir una norma de otro tipo de documentos que

no lo son, aunque se autodenominen así

Gonzalo Sotorrío González

Director de NormalizaciónAENOR

¿Y por qué repite la palabrapara titular este trabajo con lasola distinción de las mayúscu-las y las minúsculas?

¯ Porque hoy a todo se le llamanorma, cuando hay documentos

que sí son normas y otros que nolo son, aunque interesadamentese les llame así.

¯ iPues acláremelo, porque no loentiendo!

¯ Pues vamos a intentar aclararlo.

Lo primero que se nos ocurre esconsultar el Diccionario de la RealAcademia Española y encontramos:

"Norma: Regla que se debe seguiro a que se deben ajustar las conduc-tas tareas, actividades, etc."

Con esta definición es lógico quepara un abogado las normas sean las

disposiciones legales; que para unconductor las normas de la circula-

ción son, por ejemplo, pararse en unsemáforo en rojo; y para cualquierprofesional, las normas son lasreglas, costumbres no escritas o cual-quier otro documento de contenidotécnico que regule de alguna manera

su trabajo.

Esta generalización de la palabranorma puede ser lógica y admitidasin mayores problemas cuando esta-

mos hablando y cambiando impresio-nes. Pero cuando estamos en un

ambiente técnico debemos cuidar laspalabras y emplearas con precisión,pues de lo contrario podemos estar

informando de forma equivocada anuestro interlocutor, e incluso atribu-yendo a un texto un carácter del quecarece.

Si le decimos que determinado

documento es una norma, le estamosdiciendo que en su proceso de crea-ción ha dispuesto de una serie decaracterísticas. Si decimos que es

una especificación, las característicasson otras o parte de las que tienen lasnormas y si le decimos que es un

reglamento, estamos informando quees un documento que, entre otrascosas, tiene carácter de obligado

cumplimiento.Estas precisiones en el lenguaje no

prejuzgan en ningún caso la Calidado practicidad del documento quepuede ser excelente en su contenido

independientemente de su categoría.Avanzando más en deslindar cuán-

do es una norma y cuándo no lo es,nos ayuda la propia legislación

1ASOCIACION ESPAÑOLA DE NORMALIZACION Y CERTIFICACION AENOR

nacional que en la Ley 21/1992 deIndustria recoge la definición denl~FITl~l !

"Especificación técnica de aplica-ción repetitiva o continuada, cuyaobservancia no es obligatoria, esta-blecida con participación de todaslas partes interesadas, que apruebaun organismo reconocido a nivelnacional o internacional."

Y define reglamento como:

"Especificación técni-ca, relativa a productos,procesos o instalacionesindustriales, establecidacon carácter obligatorioa través de una disposi.ción de la Administra.ción, para su fabrica.ción, comercializaciónutilización."

Se trata, por tanto,siempre de especifica-ciones, pero debemosaplicar la palabra normasólo cuando el docu-mento reúne las caracte-rísticas que mundial-mente definen a las nor-mas que son:

Apertura. Que durante la elabora-ción, el grupo redactor esté abier-to a la participación de todos losinteresados.Transparencia durante todo elproceso de elaboración, llegandoa someter el documento en pro-yecto a Información Pública.Imparcialidad. Derivada de esacolaboración de todas las partesinteresadas que hace que la solu-ción o especificación final en eldocumento no ampare interesesparticulares, sino que sea real-mente imparcial de todos ellos.Consenso. Las normas se aprue-ban sólo cuando hay un respaldo

suficiente al contenido y no seaprueban si se manifiesta unaoposición fundamentada por partede la representación corporativade un sector afectado.Efectividad. El proceso de elabo-ración abierto y transparentegarantiza que la solución quefinalmente se adopte será eficaz yeconómica.Relevancia. Goza del reconoci-miento social que le aporta nosólo el proceso de elaboración~inn el haberse desarrollado den-

tro de un organismo reconocidopor la autoridad competente.Coherencia. En un organismo denormalización, el disponer de unelevado número de normas con-vierte la coherencia entre todasellas en una preocupación perma-nente del organismo.

Si el documento en cuestión carecede alguna de estas características,denominarlo norma puede llevar aengaño, independientemente de suCalidad.

Sirvan estos apuntes e informacio-nes para centrar el asunto, denominarcon precisión cada documento yrogar a todos los especialistas y téc-

nicos que atribuyan las denominacio-nes correctas a cada documento queelaboren y, así, conseguir que el uti-lizador no tenga confusiones con elalcance de los documentos que utili-za o consulta.

Pasando ahora al caso particular yreal de las normas nacionales, esdecir las normas UNE elaboradas enel seno de menor, vamos a analizarcómo cumplen los siete requisitosque refrendan a las auténticas nor-mas. En España, la responsabilidadsobre la elaboración de normas

recae legalmente enmenor.

Respecto a la apertu-ra, las normas UNE seelaboran en el seno delos Comités Técnicosde Normalización(CTN), que son aproba-dos por los órganos degobierno de menor yposteriormente autori-zados mediante Resolu-ción por el Ministeriode Industria, Turismo yComercio, deben contaren su composición conrepresentación de todaslas partes interesadas enlos temas objeto de esecomité y de no ser así

no se aprueba su constitución.Además, una vez consfitnido, cual-

quier entidad interesada en esos tra-bajos tiene el derecho a solicitar suparticipación directa como miembrodel Comité, el cual debe evaluar esasolicitud que de no ser admitida loserá por razones de equilibrio o deintereses ya presentes en el Comité.

Además de todo ello, y en ausenciade una participación directa, siemprecabe la participación vía observacio-nes durante el período de Informa-ción Pública, y que se ha comentadoanteriormente como elemento tam-bién de la apertura del proceso.

En cuanto a la transparencia, menorviene obligada por el Real Decreto

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2200/1995 a someter todos sus pro-yectos de norma a InformaciónPública en el Boletín Oficial delEstado antes de su aprobación defini-tiva y además sus reglamentos obli-gan a los Comités elaboradores dedichos proyectos a considerar cual-quier observación que se presente enesa fase, con la garantía para elobservante de que, sl no se aceptaransus comentarios, recibirá una justifi-cación de la no aceptación.

Esta característica de transparenciase complementa con la notificaciónde cualquier proyecto de normanacional que Aenor realiza al centrode información establecido por laDirectiva 98/34 (RD 1337/1999)sobre remisión de información denormas, lo que impide la creación denuevas barreras técnicas al comerciopor dar puntual información a cadapaís miembro de la Unión Europeade los trabajos de normalización queotro miembro tiene intención deemprender.

La característica de imparcialidades evidente y consecuencia de lascaracterísticas comentadas de trans-parencia y apertura. Difícilmente unanorma puede caer en premiar unosintereses en detrimento de otros si suproceso de elaboración ha sido trans-parente y se ha dado posibilidad departicipación a todos los interesados.

El consenso -en el caso de Aenorpara sus normas UNE- es el principiovertebrador de toda normalización aligual que en todos los organismos denormalización de carácter nacional yreconocidos por los organismosinternacionales de normalización(ISO e IEC). Este principio de con-senso se entiende en Aenor en el sen-tido de que nunca se aprobará ypublicará una propuesta de normaque no refina un claro apoyo de lossectores o partes interesadas o queuna de ellas no apoye el texto de lapropuesta de forma manifiesta a tra-vés de sus representantes corporati-vos. No hay que olvidar que esta pos-

tura y esta forma de entender el con-senso, al margen de votaciones más omenos ajustadas que pueden haberseproducido, ha llegado a ocasionarprotestas por parte de aquellos quequerían imponer vía norma sus inte-reses sobre otra parte afectada.

Por todo lo anteriormente comenta-do, las normas UNE gozan de unaefectividad superior, ya que aportanlas características o las solucionesque reflejan el mejor estado del arteal menor coste. Son documentos tée-

nicos eficaces para resolver unasnecesidades, que, al nacer de un con-senso entre las partes, tienen unacapacidad de aplicabilidad inmediatay aceptación que no tienen otrosdocumentos elaborados de formaunilateral.

Las normas UNE son normas reco-nocidas por la reglamentación nacio-nal en numerosas disposiciones, sonademás elaboradas por Aenor que esel organismo de normalización reco-nocido por la Administración a tra-vés del Real Decreto 2200/1995. En

definitiva gozan de una relevanciatanto a la hora de legislar como a lahora de ser utilizadas contractual-mente.

Por último las normas UNE en suconjunto ofrecen una coherenciaderivada de los propios compromisoseuropeos que obligan a adoptar lasnormas europeas anulando las con-tradictorias que hubiera en esemomento en vigor, y derivada tam-bién de la permanente vigilancia quesobre el cuerpo normativo de Aenoreiercen sus servicios técnicos.

Hablamos, por tanto, de normascuando el documento que nos ocupareúna todas y cada una de las carac-terísticas aquí enumeradas y refirá-monos a reglamentos o especificacio-nes cuando el documento no lasrefina.

Con todo ello estaremos ayudandoa dejar claro para el usuario, quedebe ser siempre nuestro objetivomás cuidado, lo que le estamos ofre-ciendo y lo que cada documentoimplica. FI

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