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NODO COSTERO DE TURISMO TERRITORIO INTERCULTURAL DE RIOS Y MAR. TALLER FORMALIZACION DE EMPRESAS

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NODO COSTERO DE

TURISMO TERRITORIO

INTERCULTURAL DE RIOS Y

MAR. TALLER FORMALIZACION DE EMPRESAS

I. TALLER FORMALIZACION DE EMPRESAS TURISTICAS

BENEFICIOS DE LA FORMALIZACIÓN DE LA EMPRESA.

Un empresario que se encuentra formalizado, es decir, que cuenta con Patente Comercial para

trabajar, puede acceder a los siguientes beneficios:

Nuevos Negocios.

Créditos.

Mejores formas de financiamiento.

Contratar servicios con otras empresas de mayor tamaño.

Ampliar la cantidad de clientes.

Enlazarse productivamente con otras empresas.

Acceder a instrumentos de fomento productivo si cumple con los requisitos.

etc.

TRAMITACIONES PARA LA FORMALIZACIÓN DE MICRO Y PEQUEÑAS EMPRESAS.

Existen dos tramitaciones que pueden realizar los empresarios para “formalizar” su empresa,

es decir, obtener la patente comercial que le habilita para ejercer su nueva actividad turística:

A. Tramitación acogiéndose a los beneficios que otorga la ley de Microempresas

Familiares (MEF)

B. Tramitación tradicional, es decir, siguiendo la cadena de trámites correspondientes a

toda nueva empresa que inicia actividades comerciales (TRAT)

MICROEMPRESAS FAMILIARES.

PASOS A SEGUIR

1.- Obtención de autorizaciones 2.- Inscripción el Registro 3.- Presentación en SII (Sí corresponde) Municipal MEF

CARACTERÍSTICAS DE LA LEY MEF.

El siguiente documento, le permite a usted como microempresario tener conocimiento de la

ley 19.749, que establece normas para facilitarle la creación de Microempresas

Familiares(MEF), le simplifica y elimina trámites para su creación y funcionamiento

(formalización).

La Microempresa familiar es una empresa que pertenece a una o más personas naturales que

residen en una casa habitación. En ella se desarrollan labores profesionales, oficios, comercio,

pequeñas industrias o talleres, artesanías o cualquier otra actividad lícita, ya sea de prestación

deservicios o de producción de bienes, excluidas aquellas peligrosas, contaminantes o

molestas.

LA LEY BENEFICIA A:

Aquellos microempresarios que desean crear una Microempresa Familiar.

Aquellos microempresarios que tienen una Microempresa en funcionamiento sin estar

formalizada (no posean Patente Municipal y/o no han Iniciado Actividades en el SII y

no posean boletas).

Aquellas Microempresas Familiares que no han podido formalizarse por limitaciones

en las normas de zonificación industrial o comercial.

REQUISITOS.

El empresario debe:

Trabajar en su casa habitación (propia, arrendada o cedida)

Tener menos de 5 trabajadores que no sean familiares.

Su capital de negocio (máquinas, materias primas, etc.) no debe exceder las mil UF (17

millones de pesos aprox.)

Su actividad no debe ser peligrosa, contaminante ni molesta.

SIMPLIFICACIÓN DE TRÁMITES TRIBUTARIOS.

Le permite a la Microempresa Familiar realizar trabajos por encargo de terceros sin la

existencia de IVA (maquila).

El contribuyente que encarga deberá emitirle una FACTURADE COMPRA por los

trabajos realizados exentos de IVA.

La Microempresa Familiar se acoge a un procedimiento simplificado de Inicio de

Actividades, cambio de domicilio o de actividad, al momento de efectuar la

formalización en el Municipio.

Sanitarias:

Para obtener su patente municipal, la Microempresa Familiar se exceptúa de realizar

trámites en los Servicios de Salud, salvo aquellas cuya actividad sea del rubro de

Alimentos.

CADENA DE TRAMITES MEF PASO A PASO

¿DÓNDE ACUDIR PARA INSCRIBIRSE EN ELREGISTRO MEF?

Si usted como microempresario está interesado, deberá dirigirse a la Municipalidad

correspondiente para:

Recibir orientación respecto a la Ley.

Verificar si puede acceder a ella y si requiere alguna autorización previa según la

actividad que realiza.

Completar junto a un funcionario municipal:

o El Formulario de Inscripción.

o La Declaración Jurada.

o La Declaración de Inicio de Actividades.

Después de la inscripción en el registro.

Si ya inscribió su Microempresa Familiar en el registro Municipal, ya está formalizada

(tiene su patente municipal).

Para la Iniciación de Actividades, deberá dirigirse a las Oficinas del SII correspondiente

a su domicilio (Área Rut - Inicio de Actividades) y presentar junto a su Cédula de

Identidad las copias 2 y 3 del Formulario de Inscripción Declaración Jurada y

Declaración de Inicio de Actividades, visados por el municipio, con lo que se considera

efectuada la Iniciación de Actividades.

Con eso podrá efectuar de inmediato el timbraje de boletas y libros contables

siguiendo el procedimiento normal. Para la obtención de facturas y guías de despacho

el SII efectuará previamente la verificación de la actividad de la MEF.

1. AUTORIZACIÓN SANITARIA.

a) Descripción

No todas las actividades productivas requieren realizar este trámite. Cuando la actividad

turística que se desea emprender requiere tener agua potable y/o alcantarillado (ejemplo:

instalación, modificación y/o funcionamiento de establecimientos de hospedaje, campings y

locales de alimentación), el interesado deberá necesariamente obtener la autorización

sanitaria de funcionamiento, trámite que se realiza ante la Autoridad Sanitaria (Seremi de

Salud u Oficinas Provinciales de Salud).

b) Documentación sanitaria mínima

Solicitud de autorización sanitaria.

Formulario Microempresa Familiar.

Plano o dibujo de planta y especificaciones técnicas del local.

Adjuntar boleta de pago de agua Potable y Alcantarillado (para vivienda hasta cinco

habitantes, sobre este número deberá presentar un plano), si el local cuenta con esos

servicios. Si no los tiene, debe presentar un proyecto ante la autoridad sanitaria para

su aprobación.

SI REQUIERE RECEPCIÓN DE OBRAS PARA AUTORIZARFUNCIONAMIENTO, SOLICITAR

INSPECCIÓN.

En caso de ampliación de giro se debe acompañar una fotocopia de la resolución que

autorizó los giros anteriores.

c) Documento que se obtiene

Resolución de autorización Sanitaria, aprobada o rechazada.

d) Vigencia

Mientras no se produzca modificaciones estructurales o de funcionamiento del local, la

vigencia es indefinida.

e) Puntos críticos

Si las obras aun no están construidas, se debería solicitarla aprobación de un proyecto. Al

momento de presentarla solicitud de inspección, el local debe estar completamente

habilitado, según las reglamentaciones vigentes.

La autorización sanitaria no remplaza bajo ninguna circunstancia la Patente Comercial emitida

por la Municipalidad respectiva.

2. DECLARACIÓN JURADA PARA MICROEMPRESAFAMILIAR (MEF)

a) Descripción

Este trámite se debe realizar en el Municipio local para dejar constancia que el

microempresario cumple con todos los requisitos exigidos por la Ley para formalizarse como

microempresa familiar.

b) Documentación necesaria

Fotocopia de Cédula de Identidad por ambos lados.

Copia del contrato de arriendo o título de propiedad del domicilio de la actividad.

Resolución sanitaria de funcionamiento, sólo si la actividad de la MEF requiere

disponer de agua Potable y/o Alcantarillado (este trámite se explica en el punto 1 de

Autorización Sanitaria)

c) Documentos que se obtienen

Copias 2y 3 (contribuyente y SII) del Formulario de Inscripción.

Declaración Jurada.

3. INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO MUNICIPAL DE LA MEF.

a) Descripción

Con este trámite la microempresa familiar obtiene la patente municipal (en el Municipio que le

corresponda) que acredita que está en condiciones de comenzar su actividad.

b) Documentación necesaria

Cédula de Identidad del Microempresario.

Naturaleza o nombre de la actividad que desea ejercer.

Declaración jurada simple que acredite el cumplimiento de los requisitos de la MEF.

c) Documentos que se obtienen

Patente municipal que acredita su funcionamiento como MEF.

Copias 2 y 3 (contribuyente y SII) del Formulario de Inscripción, que sirve para la

declaración de inicio de actividades en el Servicio de Impuestos Internos (SII).

e) Vigencia

Única, mientras no se efectúe modificaciones a la actividad, término de giro y cambio de

domicilio.

4. INICIACIÓN DE ACTIVIDADES.

a) Descripción

Las MEF inscritas como tales en las respectivas municipalidades, deberán dar aviso de Inicio de

actividades ante el Servicio de Impuestos Internos en forma posterior a su inscripción en el

Municipio.

Este trámite termina por formalizar la microempresa familiar y la faculta para comenzar su

actividad productiva.

b) Documentación necesaria

Presentar en el área "Rut e Inicio de Actividades" del Servicio de Impuestos Internos

correspondiente a su domicilio, los siguientes documentos:

Cédula de identidad del Microempresario.

La Copia - Contribuyente de la Declaración de la MEF autorizada por la Municipalidad

respectiva.

La Copia - SII de la Declaración de la MEF autorizada por la Municipalidad respectiva.

(CON LA RECEPCIÓN Y TIMBRE DE LA COPIA CONTRIBUYENTE QUEDA REGISTRADO SU INICIO

DE ACTIVIDADES EN EL SII.)

c) Se obtiene

Autorización inmediata para el timbraje de boletas.

d) Solicitar Verificación de actividad al SII

Si Usted va a requerir documentos con derecho a IVA. (Facturas o Guías de Despacho).

e) Vigencia

Única, mientras no se efectúe modificaciones a la actividad, término de giro y cambio de

domicilio.

5. TIMBRAJE DE DOCUMENTOS Y LIBROSCONTABLES.

a) Descripción

El timbraje de Documentos es un procedimiento que legaliza los documentos necesarios para

respaldar las diferentes operaciones que los contribuyentes realizan al llevar a cabo sus

actividades económicas y que consiste en la aplicación de un timbre seco en cada documento y

sus copias. Estos documentos son: Facturas, Boletas, Guías de Despacho y otros, Libros

Contables, Libro de Compraventa, etc.

b) Tramitación paso a paso

1. Encargar la confección de documentos (facturas, boletas, guías de despacho, etc.) a

una Imprenta.

2. Cédula RUT del contribuyente y Cédula de Identidad de quien realiza el trámite (en el

caso que el trámite lo realice otra persona).

3. Documentos a timbrar ordenados y numerados en sus lomos.

4. Formulario 3230 (en duplicado) disponible en cualquier Unidad del SII, lleno con los

datos de los documentos que el contribuyente viene a solicitar timbraje.

5. Dirigirse a la Unidad de SII correspondiente a su domicilio, específicamente al área de

timbraje y entregarlos documentos requeridos y el material a timbrar. (boletas,

facturas, etc.)

6. Retirar los documentos timbrados con la Cédula de Identidad.

c) Documentos que se obtienen

Documentos tributarios timbrados y legalizados.

7. DECLARACIÓN Y PAGO MENSUAL.

a) Descripción

Iniciada sus actividades en el SII, debe declarar todos los meses las operaciones de compras y

ventas, aun cuando no tenga movimiento. Para la declaración y pago de los impuestos

mensuales (IVA, PPM o retención del 10% por honorarios).

b) Documentación necesaria

Debe haber registrado en el libro de compraventas las facturas de sus proveedores y las ventas

con boletas y con facturas, los totales del IVA son traspasados al Formulario 29, el cual es

recibido con el pago por los bancos o entidades autorizadas, hasta el 12 del mes siguiente.

c) Documentos que se obtienen

Formulario 29 con el timbre del banco “PAGADO”.

Si su declaración no registra pago, tiene las siguientes alternativas de declaración:

Por Internet, obteniendo el comprobante de declaración por este medio.

Por teléfono al Nº 188-600-0744 744 obteniendo el folio de la declaración por

teléfono.

En las oficinas del SII hasta el día 12 de cada mes, obteniendo su copia timbrada por

esta institución.

A. TRAMITACIÓN TRADICIONAL.

PASOS A SEGUIR TRAT

CARACTERÍSTICAS DE LA TRAMITACIÓN TRADICIONAL TRAT.

Aquellos empresarios que no califican como "Microempresa Familiar", deben realizar

otro tipo de Trámites para formalizarse y otorgar servicios a los turistas.

En estos casos, el trámite que debe realizar dependerá también del tipo de servicio o

Actividad turística que ofrezca, los cuales se pueden agrupar de la siguiente manera:

Aquellos servicios turísticos relacionados con la comercialización o venta directa a los

turistas de los productos agropecuarios que se producen en el mismo predio.

Aquellos en que la prestación de servicios turísticos está asociada a la realización de

actividades recreativas o culturales para los turistas, tales como: cabalgatas, guía

turístico, venta de artesanía, arriendo de bicicletas, etc.

Aquellos que no requieren construir ni ampliar obras físicas para prestar servicio

turístico, pues ellas ya se encuentran construidas (la vivienda, un galpón, etc.) y por

tanto sólo requieren realizar pequeñas obras de mejoramiento para su utilización o

implementación al nuevo uso. Es el caso de la habilitación de un dormitorio de la

vivienda para dar hospedaje, la ocupación de una habitación de la casa para entregar

servicio de alimentación, de alojamiento, para vender mermeladas caseras, etc.

Aquellos que requieren la construcción de obras físicas para prestar el servicio

turístico, por ejemplo: la construcción de establecimientos de hospedaje turístico

(cabañas, camping), establecimientos que prestan el servicio de alimentación

(restaurantes o similares), almacenes o locales comerciales, etc.

1. SERVICIO TURÍSTICO RELACIONADO CON LA VENTA DIRECTA DE PRODUCTO

AGROPECUARIO PRODUCIDO EN EL MISMO PREDIO.

Cuando se trate de la venta directa de productos cultivados en el predio tales como hortalizas,

huevos, aves vivas, frutas, flores u otros, no se requiere de permisos o autorizaciones

especiales pues ellos forman parte de la actividad agropecuaria que se desarrolla en el predio y

esta actividad es cubierta por el giro agrícola que permite a su propietario comercializar la

producción del campo.

2. SERVICIO TURÍSTICO RELACIONADO CON ACTIVIDAD RECREATIVA O CULTURAL PARA

TURISTAS.

Cuando la prestación de servicios turísticos está asociada a la realización de actividades

turísticas tales como cabalgatas, visitas guiadas, paseos en botes, excursión en bicicletas u

otras, y esta es realizada en pequeña escala y por el mismo dueño, es decir se trata solo de un

par de caballos, una o dos bicicletas, el arriendo de un bote, etc., tampoco requiere de

permisos especiales, pero deberá contar con instalaciones sanitarias para las necesidades

fisiológicas de los clientes.

Si por el contrario, se trata de tener un “negocio” establecido en el que incluso puede tener

que contratarse personal adicional para llevar a cabo la actividad, entonces se trataría de una

actividad comercial como cualquier otra y el empresario en este caso debe solicitar la patente

comercial en el Departamento de Rentas y Patentes Municipales de su municipio, para lo cual

deberá presentar:

Recibo de Iniciación de actividades otorgado por el Servicio de Impuestos Internos.

3. SERVICIO TURÍSTICO REALIZADO EN INSTALACIÓN YA CONSTRUIDA.

Cuando la prestación de servicios turísticos no requiere la construcción de obras físicas pues

ellas están construidas y cuentan con el Permiso de edificación otorgado por la Dirección de

Obras Municipales 1 y sólo se requiere de cambios menores para "ajustar" 2 el local o

establecimiento a las exigencias que le plantea la autoridad municipal y la autoridad sanitaria

para el nuevo uso que se quiere dar a las instalaciones, es decir, cuando se trate de proyectos

de:

Habilitación de un hospedaje familiar.

Habilitación de un local o una vivienda para prestar el servicio de alimentación.

Habilitación de un local o parte de la vivienda para la instalación de un almacén o local

comercial.

La venta de productos de fabricación casera (mermeladas, pan amasado, dulces, etc.)

Para estos casos el empresario debe realizar los siguientes trámites:

Resolución Sanitaria del Establecimiento.

Iniciación de actividades.

Patente Comercial del establecimiento.

1Cuando el propietario del inmueble no cuenta con el Permiso de Edificación, éste debe tramitarse aun cuando las

obras ya estén ejecutadas. En este caso se trataría de una "regularización" de la construcción. 2Es importante señalar que este "ajuste" se refiere a pequeñas modificaciones interiores como pueden ser la

remodelación de la cocina, la instalación de una puerta más ancha, el cambio de ventanas, cambio de pavimentos, cambio del sistema eléctrico, pinturas, etc., es decir, el "ajuste" no incluye las ampliaciones de nuevas superficies pues éstas deben tramitar previamente el Permiso de Edificación.

Aprobado el proyecto y habilitado para funcionar, solicitar inspección en Oficina de acción

Sanitaria de su jurisdicción, para obtener la "resolución sanitaria de funcionamiento".

Esta es una autorización sanitaria expresa, una copia debe mantenerse en el lugar autorizado.

3.1. Resolución Sanitaria de Funcionamiento

La tramitación de la resolución Sanitaria de funcionamientos realiza ante la autoridad Sanitaria

y se tramita en la Secretaría Regional Ministerial de Salud o en las Oficinas Provinciales.

Los trámites a realizar son los siguientes:

Aprobación del proyecto de Agua Potable y Alcantarillado.

Aprobación de Proyecto Turístico específico (camping, cabañas, restaurantes u otros).

3.1.1. Aprobación del Proyecto de Alcantarillado y Agua Potable.

Los Proyectos de Alcantarillado y Agua Potable requieren ser aprobados por la Empresa de

Servicios Sanitarios o la Autoridad Sanitaria, según se trate de Obras Conectadas a la red

pública o a la construcción de sistemas particulares de servicios.

a) Obras sanitarias conectadas a redes públicas

En este caso, los trámites a seguir son:

Solicitud de aprobación del Proyecto.

Aviso de Iniciación de Obras.

Autorización de conexión o empalme a las redes públicas.

Certificado de Dotación de Servicios.

b) Sistema Particular de Agua Potable y/o Alcantarillado

Para la autorización o regularización de los proyectos particulares de agua Potable se deben

acompañar los siguientes documentos:

Factibilidad de Agua Potable y/o Alcantarillado (eventualmente).

Fotocopia de Carné de Identidad o RUT del propietario.

Fotocopia de la Escritura del Inmueble en que reconstruirán los sistemas.

Certificado o Protocolo de los Análisis Físico-Químico y Bacteriológico de agua (Sólo

para los proyectos de Agua Potable).

Proyecto (de Agua Potable y/o Alcantarillado) que incluya Plano, Especificaciones

Técnicas y Memoria de Cálculo triplicado.

Tanto para los proyectos de Agua Potable como Alcantarillado debe cancelarse un arancel

cuyo valor es fijado por la Autoridad Sanitaria.

Una vez aprobado el proyecto se tramita la Recepción Final de las Obras que, en caso de ser

recibidas conforme, se emite la Resolución Sanitaria de Autorización de Funcionamiento.

3.1.2. Aprobación del Proyecto Turístico específico (camping, cabañas, restaurantes u otros)

a) Cuando se trate de proyectos recreativos

Se deben adjuntar los siguientes documentos:

Solicitud del Interesado dirigida al Secretario Regional Ministerial de Salud.

Acreditar la propiedad del inmueble o contrato de arrendamiento.

Certificado de "Uso de suelo" según el Plan Regulador Comunal, otorgado por la

Dirección de Obras Municipales.

Adjuntar copia de planos de agua potable y alcantarillado si el local ya cuenta con

estos servicios o autorización de funcionamiento de los servicios de agua potable y

alcantarillado otorgado por la autoridad sanitaria para los sistemas particulares.

Juegos de planos y especificaciones técnicas del local, adecuado al rubro.

Fotocopia del comprobante de pago, en la Autoridad sanitaria Local, del arancel

correspondiente por concepto de "Autorización de funcionamiento".

b) Cuando se trate de proyectos de alojamiento y/o alimentación

Además de todos los antecedentes señalados en el punto anterior, se deben acompañar:

Copia de la Solicitud de Patente comercial.

Certificado de Destino otorgado por la Dirección de Obras Municipales.

Copia del certificado de Iniciación de Actividades.

Una vez aprobados los proyectos por parte de la autoridad sanitaria, se procede a la

habilitación del local y verificación de las obras que permite operar, finalmente se emite la

resolución sanitaria de funcionamiento.

3.2. Iniciación de Actividades

El Trámite de "Iniciación de Actividades" se realiza en el Servicio de Impuestos Internos para lo

cual se pueden dar las siguientes situaciones:

3.2.1. La persona tiene Inicio de Actividades como Agricultor

En este caso se deberá realizar una ampliación de Giro por aquella actividad comercial que va a

iniciar. En este caso los trámites a realizar son:

Presentar Cédula de Identidad.

Llenar y firmar el formulario N° 3239.

3.2.2. Cuando no se tiene Inicio de Actividades

En este caso se pueden dar dos situaciones:

a) La actividad que va a iniciar es temporal o esporádica (sólo durante verano o invierno, por

ejemplo) y a pequeña escala.

En este caso podrá solicitar al SII una tasación del IVA adjuntando:

Cédula de Identidad.

Llenar y firmar una "planilla de ingresos y gastos".

Pagar el IVA según tasación, en función del Capital Inicial del Negocio y las compras y

ventas estimadas.

b) La actividad que realizará requiere del trámite de Inicio de Actividades

En este caso deberá adjuntar los siguientes documentos:

Cédula de Identidad.

Llenar y firmar el Formulario N° 4415.

Para la acreditación del domicilio, la escritura de la propiedad, el certificado de avalúo

fiscal a nombre del propietario o el contrato de arriendo.

3.3. Patente Comercial

La Patente Comercial se tramita en el departamento de Patentes del Municipio respectivo,

acompañando los siguientes documentos:

Certificado de Destino otorgado por la Dirección de Obras Municipales.

Resolución sanitaria en funcionamiento o Informe Sanitario del establecimiento

otorgada por la autoridad sanitaria que corresponda al lugar.

Recibo de Iniciación de Actividades otorgado por el Servicio de Impuestos Internos.

Acreditación de la propiedad de la construcción o contrato de arriendo de ella.

Declaración de letreros publicitarios (si los tuviera).

4. SERVICIO TURÍSTICO QUE REQUIERA LA CONSTRUCCIÓN DE OBRAS FÍSICAS.

Cuando la prestación de servicios turísticos requiere construir nuevas instalaciones,

"regularizar" las obras ya construidas que no cuentan con Permiso de edificación y/o ampliar la

construcción existente, es decir, cuando se trate de proyectos de:

Construcción, regularización y/o ampliación de locales destinados a dar alojamiento.

Construcción, regularización y/o ampliación de restaurante.

Construcción o regularización de camping.

Construcción, regularización y/o ampliación de almacén, supermercado o local

comercial.

En estos casos el trámite es un poco más complejo y se refieren a:

Tramitación del Permiso de Edificación, Tramitación del Certificado de Destino,

Resolución Sanitaria de Funcionamiento, Inicio de Actividades y Patente Comercial.

4.1. Permiso de Edificación

El permiso de Edificación debe ser tramitado ante la Dirección de obras Municipales del

Municipio local por un profesional arquitecto, quien será el responsable de las obras que se

ejecutarán.

Deberá presentar un "Expediente" o "Carpeta" que incluya los siguientes documentos:

Solicitud de permiso de edificación firmada por el propietario y el arquitecto a cargo

de la obra.

Declaración jurada simple (no ante notario) del empresario, declarando ser propietario

del predio.

Proyecto de arquitectura de las obras que se realizarán (Planos y especificaciones

técnicas), firmados por el propietario y el arquitecto.

Certificado de factibilidad de dación de agua potable y alcantarillado otorgado por la

Empresa de Servicios Sanitarios (cuando existan redes públicas), el comité de agua

Potable Rural de la localidad (sólo para el agua potable y cuando este Servicio exista) o

autorización de la Autoridad Sanitaria para construir un "sistema particular de agua

potable y/o alcantarillado" (cuando no existan redes públicas).Este certificado debe

tramitarlo el profesional responsable de las obras.

Carta de Director Regional de la Servicio de Evaluación Ambiental (SEA) señalando que

el proyecto turístico no está obligado a ingresar al Sistema de Evaluación de Impacto

Ambiental3.

Cuando las obras se ubiquen fuera del límite urbano debe adjuntarse una Resolución favorable

de la secretaría Regional Ministerial de agricultura autorizando el "cambio de uso de suelo".

Sin embargo cuando se trate de proyectos calificados de "Agroturismo", se debe adjuntar un

oficio de la secretaría Regional Ministerial de Agricultura indicando que el proyecto no

requiere solicitar Resolución o Informe Favorable para construir4.

4.2. Certificado de Destino

Una vez terminadas las obras de construcción, el propietario o profesional responsable deberá

solicitar, también antela dirección de obras Municipales, la "recepción final", para lo cual

deberá adjuntar los siguientes documentos:

Solicitud de Recepción Final de las Obras de Edificación.

Certificado de recepción de las Instalaciones Eléctricas (otorgado por la

Superintendencia de electricidad y Combustibles).

Recepción de las Instalaciones de Gas (otorgado por la Superintendencia de

Electricidad y Combustibles).

Certificado de Dotación de servicios de agua potable y alcantarillado emitido por la

autoridad sanitaria.

El Certificado de Recepción Final de las Obras habilitará al propietario para solicitar en

la Dirección de Obras Municipales, el denominado "Certificado de Destino",

documento que le autoriza a ejercer el giro comercial que desea (cabañas,

restaurante, etc.).

4.3. Resolución Sanitaria de Funcionamiento

El trámite se explica detalladamente en el punto 3.1

3 Para ello el interesado debe enviar una carta al Director Regional del Servicio de Evaluación Ambiental

(SEA) detallando las características del proyecto, superficie construida, superficie del predio, capacidad de atención de turistas, etc. Con esto la autoridad podrá pronunciarse sobre el proyecto. 4Para la tramitación el propietario debe solicitar por escrito a SERNATUR un informe que avale que se

trata de un proyecto agroturístico, para lo cual debe acompañar una descripción detallada del proyecto. Con este informe de SERNATUR debe solicitar a la Secretaría Ministerial de Agricultura el oficio que el exima del trámite de cambio de uso de suelo.

4.4. Iniciación de Actividades

El trámite se explica detalladamente en el punto 3.2

4.5. Patente Comercial

El trámite se explica detalladamente en el punto 3.3