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COLEGIO DE BACHILLERES PLANTEL 2 CIEN METROS “ELISA ACUÑA ROSSETTI” MATERIAL DEL ALUMNO MÓDULO: NÓMINA DE SUELDOS Y SALARIOS PROFESORA MARIA DE LOURDES FRANCO SÁNCHEZ NOMBRE DEL ALUMNO: ______________________________________ MATRICULA: _____________________ GRUPO: ___________________

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Page 1: Nómina de sueldos y Salarios · Web viewCon los siguientes datos realiza el cálculo de los movimientos e incidencias. Sueldo y salarios (Art. 99 LFT) Sueldo diario Por días de

COLEGIO DE BACHILLERESPLANTEL 2 CIEN METROS “ELISA ACUÑA ROSSETTI”

MATERIAL DEL ALUMNO

MÓDULO: NÓMINA DE SUELDOS Y SALARIOS

PROFESORA MARIA DE LOURDES FRANCO SÁNCHEZ

NOMBRE DEL ALUMNO: ______________________________________

MATRICULA: _____________________ GRUPO: ___________________

FECHA____________________

Page 2: Nómina de sueldos y Salarios · Web viewCon los siguientes datos realiza el cálculo de los movimientos e incidencias. Sueldo y salarios (Art. 99 LFT) Sueldo diario Por días de

Actividad de aprendizaje 1

Instrucciones: Con los siguientes datos forma los RFC de las personas físicas y de las personas morales.

NOMBRE FECHA DE NACIMIENTO REGISTRO FEDERAL DE CRosa Abril Gómez Del Valle 7 de mayo de 1976María de los Ángeles López 3 de enero de 1982Javier Solís 8 de julio de 2011Antonio Llama Pérez 19 de febrero de 1960José Ricardo Meras Ponce 25 de abril de 1991María Ballesteros Ordaz 6 de octubre de 1987José Chávez del Mar 9 de septiembre de 2001Tu nombre Tu fecha de nacimiento

NOMBRE O DENOMINACIÓN SOCIAL FECHA DE CONSTITUCIÓN R.F.C.La Comercial, S.A. de C.V 1 de enero de 2011

El Salto del Norte, S.A. 25 de mayo de 1987

Abarrotera Mexicana, S.A. 7 de junio de 2001

Dulces Del Sur, S.R.L. 13 de agosto de 1967

Carnicería, Hnos. y Cía., S.R.L. 5 de noviembre de 1954

Cía. El Universal, S.A. de C.V. 12 de diciembre de 1982

EZ,S.A. 15 de diciembre de 1999

Claves de las Entidades (para la posición 12 y 13 del CURP)

ESTADO CLAVE ESTADO CLAVE ESTADO CLAVEAGUASCALIENTES AS GUANAJUATO GT PUEBLA PL

BAJA CALIFORNIA BC GUERRERO GR QUERÉTARO QT

BAJA CALIFORNIA SUR

BS HIDALGO HG QUINTANA ROO

QR

CAMPECHE CC JALISCO JC SAN LUIS POTOSÍ

SP

COAHUILA CL MÉXICO MC SINALOA SL

COLIMA CM MICHOACÁN MN SONORA SR

CHIAPAS CS MORELOS MS TABASCO TC

CHIHUAHUA CH NAYARIT NT TAMAULIPAS TS

DISTRITO FEDERAL

DF NUEVO LEÓN NL TLAXCALA TL

DURANGO DG OAXACA OC VERACRUZ VZ

YUCATÁN YN ZACATECAS ZS

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Actividad de aprendizaje 2

Instrucciones: Con los siguientes datos forma la CURP

NOMBRE FECHA DE NACIMIENTO

ENTIDAD DE NACIMIENTO

CURP

María Luisa Quevedo 15 de agosto de 1997 ZacatecasRosa Elena Sánchez Ruiz

3 de noviembre de 1972

Aguascalientes

Ángel Infante 1 de enero de 2000 YucatánMario Alberto Salinas Pliego

26 de abril de 1959 Quintana Roo

Juana Martínez 7 de febrero de 2007 Distrito FederalOmar Sandoval Odoñez

18 de diciembre de 1978

Oaxaca

Tu nombre

Actividad de aprendizaje 3

Instrucciones: Anota en el paréntesis de la izquierda la letra de la proposición que corresponda.

1. ( ) Es la retribución que debe pagar el patrón al trabajador:

A. Ocho horas la diurna, siete la nocturna y siete horas y media la mixta.

2. ( ) La duración máxima de la jornada será: B. Son algunos elementos que debe contener la nómina.

3. ( ) El patrón debe pagar al trabajador el tiempo excedente con un doscientos por ciento más del salario que corresponda a las horas de la jornada:

C. El salario

4. ( ) Disfrutarán de un periodo anual de vacaciones:

D. Artículo 123 Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos

5. ( ) No se podrá impedir el trabajo a ninguna persona ni que se dedique a la profesión, industria o comercio que le acomode, siendo:

E. Los trabajadores que tengan más de un año de servicio

6. ( ) No debe exceder nunca de tres horas diarias ni de tres veces por semana:

F. El Salario Integrado

7. ( ) Nombre, denominación o razón social del patrón. Número de su registro ante el Instituto y Registro Federal de Contribuyentes:

G. Ley del INFONAVIT

8. ( ) Los trabajadores tendrán derecho a un aguinaldo anual:

H. Artículo 15 Ley del Seguro Social

9. ( ) Se integra por los pagos hechos en efectivo por cuota diaria, gratificaciones, primas, comisiones, o cualquier prestación que se le entrega al trabajador por su trabajo:

I. Cuando exceda de nueve horas a la semana

10. ( ) Los trabajadores tendrán derecho a una prima no menor del veinticinco por ciento sobre los salarios:

J. Lícitos

11. ( ) Toda persona tiene derecho al trabajo digno y socialmente útil; al efecto, se promoverán la creación de empleos y la organización social de trabajo, conforme a la ley.

K. La jornada de trabajo extraordinaria

3

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12. ( ) Menciona normas que operan un sistema de financiamiento para los trabajadores en la obtención de vivienda.

L. Articulo 27 Código Fiscal

13. ( ) Registrarse e inscribir a sus trabajadores en el Instituto, comunicar sus altas y bajas, las modificaciones de su salario y los demás datos, dentro de plazos no mayores de cinco días hábiles

M. Equivalente a 15 días de salario por lo menos

14. ( ) Las personas morales, así como las personas físicas que deban presentar declaraciones periódicas o que estén obligadas a expedir comprobantes por las actividades que realicen, deberán solicitar su inscripción en el registro federal de contribuyentes.

N. Durante un periodo de vacaciones

Actividad de aprendizaje 4

Instrucciones: Con los siguientes datos anota en los reportes (tarjeta de control de tiempo, kardex y pre-nómina para codificación y pre-nómina importes) los movimientos e incidencias de los empleados de la empresa “Zapatería Díaz, S.A”, que inicio sus labores el 01 de enero de 1987. Su RFC es ZDI-12-01-01-K002. Los trabajadores laboran 8 horas diarias y la semana de lunes a viernes con horario de 9 a 17, disponen de una hora de alimento.

Considerando que todos los trabajadores debieron laborar la semana del 1 al 7 de julio y tuvieron las siguientes incidencias.

Em

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ia25 Antonio

Hernández Ruiz

15 enero de 1987

DistritoFederal

Falto injustificada el 5 de julio

128.57 180.00

Compras

12 Juan López Acevedo

25 marzo1956

Campeche 4 horas extras el 4 de julio

130.00

Contabilidad

15 Rosa Elena Bárcenas Núñez

9 abril 1992

NuevoLeon

Onomástico 137.50

Contabilidad

17 Carmela Soto Soto

5 febrero1986

Oaxaca 3 horas extras el 3 de julio

85.00

Almacén22 Samuel

Zapata 4 junio1989

Estado de México

Día de descanso trabajado

75.00

Almacén11 Rocío

Sandoval Luna

6 agosto 1990

Yucatán Retardo de 3 minutos el día 2 de julio, justificado.

200.00

Ventas

13 María Verónica Sánchez

29 julio1981

Aguasca-lientes

Permiso salida

213.00

Ventas24 Tomás

Reyes Ramírez

18 marzo1967

Oaxaca 95.00

Administración

4

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21 Adán Roberto Díaz Narvarte

22 junio1969

Edo. DeMéxico

Retardo de 15 minutos el día 3 de julio

300.00

Administración

14 José Luis Robles Balbuena

31 marzo1978

Querétaro 178.00

Compras

Nota: Considera que a todos los trabajadores se les descuenta una cuota de recuperación de $20 diarios por ayuda de comedor a excepción de los trabajadores que faltaron o están incapacitados. Los retardos más de 10 minutos se descuentan 1 hora.

Actividad de aprendizaje 5

Considera que todos los trabajadores debieron laborar la semana del 8 al 14 de julio y tuvieron las siguientes incidencias. Nota: Considera que a todos los trabajadores se les descuenta una cuota de recuperación de $20 diarios de ayuda de comedor a excepción de los trabajadores que faltaron o están incapacitados. Los retardos más de 10 minutos se descuentan 1 hora.

Em

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do

Nom

bre

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jado

r

Fech

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cim

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o

Luga

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orig

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ia

(con

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o)Importes

Impo

rte

labo

rado

(sem

ana)

Sueldodiario

Movimien-to o Inci-dencia

25 Antonio Hernández Ruiz

15 enero de 1987

DistritoFederal

6 días de vacaciones, del 8 al 15 de julio

128.57

12 Juan López Acevedo

25 marzo1956

Campeche Falto el día 12 de julio sin justificación

130.00 182.00

15 Rosa Elena Bárcenas Núñez

9 abril 1992

NuevoLeon

Trabajo 3 horas extras el día 9 de julio, cuota 2

137.50

17 Carmela Soto Soto

5 febrero1986

Oaxaca Se considera un retardo de 9 minutos el día 11 de julio, justificado.

85.00

22 Samuel Zapata

4 junio1989

Estado de México

Incapacidad por 2 días por enfermedad el día 9 y 10 de julio, pagado,

75.00

11 Rocío Sandoval Luna

6 agosto 1990

Yucatán Permiso salida

200.00

13 María Verónica Sánchez

29 julio1981

Aguasca-lientes

Retardo de 2 minutos, el día 10 de julioIncapacidad por maternidad 42 semanas a

213.00

5

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partir del 8 de julio

24 Tomás Reyes Ramírez

18 marzo1967

Oaxaca Retardo de 1 minuto, el día 11 de julio justificadoFalto el día 11 de julio

95.00

21 Adán Roberto Díaz Narvarte

22 junio1969

Edo. DeMéxico

2 horas extras el 9 de julio y 3 horas extras el 22 de julio

300.00

14 José Luis Robles Balbuena

31 marzo1978

Querétaro Retardo de 12 minutos, no justificado 10 de julio

178.00

Actividad de aprendizaje 6

Considera que todos los trabajadores debieron laborar la semana del 15 al 21 de julio y tuvieron las siguientes incidencias.

Em

plea

do

Nom

bre

del

traba

jado

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o

Luga

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en

Mov

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e inci

denc

ia

(con

cept

o)Importes

Impo

rte

labo

rado

(sem

ana)

Sueldodiario

Movimien-to o Inci-dencia

25 Antonio Hernández Ruiz

15 enero de 1987

DistritoFederal

Vacaciones el día 15 de julio

128.57

12 Juan López Acevedo

25 marzo1956

Campeche 16 días de vacaciones, del 15 de julio al 5 de agosto

130.00

15 Rosa Elena Bárcenas Núñez

9 abril 1992

NuevoLeón

Incapacidad por enfermedad de 4 días del 16 al 19 de julio

137.50

17 Carmela Soto Soto

5 febrero1986

Oaxaca 3 Horas extras el 19 de julio y 2 horas extras el 22 de julio

85.00

22 Samuel Zapata

4 junio1989

Estado de México

2 Horas extras el 18 de julio

75.00

11 Rocío Sandoval Luna

6 agosto 1990

Yucatán 200.00

13 María Verónica Sánchez

29 julio1981

Aguasca-lientes

Incapacidad por maternidad 42 semanas a partir del 8 de julio

213.00

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24 Tomás Reyes Ramírez

18 marzo1967

Oaxaca Retardo de 1 minuto, justificado 18 de julioFalto el día 19 de julio

95.00 133.00

21 Adán Roberto Díaz Narvarte

22 junio1969

Edo. DeMéxico

2 horas extras el 15 de julio y 3 horas extras el 17 de julio

300.00

14 José Luis Robles Balbuena

31 marzo1978

Querétaro Retardo de 13 minutos, no justificado el 16 de julio

178.00

Nota: Considera que a todos los trabajadores se les descuenta una cuota de recuperación de $20 diarios de ayuda de comedor a excepción de los trabajadores que faltaron o están incapacitados. Los retardos más de 10 minutos se descuentan 1 hora.

Actividad de aprendizaje 7

Considera que todos los trabajadores debieron laborar la semana del 22 al 28 de julio y tuvieron las siguientes incidencias.

Em

plea

do

Nom

bre

del

traba

jado

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Fech

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na

cim

ient

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en

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Importes

Impo

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labo

rado

(sem

ana)

Sue

ldo

diar

io

Mov

imie

nto

o In

ci-

denc

ia25 Antonio

Hernández Ruiz

15 enero de 1987

DistritoFederal

Retardo 14 minutos el día 26 de julio

128.57

12 Juan López Acevedo

25 marzo1956

Campeche 16 días de vacaciones, del 15 de julio al 5 de agosto

130.00

15 Rosa Elena Bárcenas Núñez

9 abril 1992

NuevoLeon

Prima dominical del 28 de julio

137.50

17 Carmela Soto Soto

5 febrero1986

Oaxaca Se regresa a la trabajadora por tener 2 retardos en el mes. 22 de julio

85.00 119.00

22 Samuel Zapata

4 junio1989

Estado de México

Día de descanso trabajado 27 de julio

75.00

11 Rocío Sandoval Luna

6 agosto 1990

Yucatán Incapacidad por enfermedad 2 días, 23 y 24 de julio pagado.

200.00

7

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13 María Verónica Sánchez

29 julio1981

Aguasca-lientes

Incapacidad por maternidad 42 semanas.

213.00

24 Tomás Reyes Ramírez

18 marzo1967

Oaxaca Día de descanso trabajado 27 de julio.

95.00

21 Adán Roberto Díaz Narvarte

22 junio1969

Edo. DeMéxico

Prima dominical28 de julio

300.00

14 José Luis Robles Balbuena

31 marzo1978

Querétaro 4 Horas extras el 26 de julio

178.00

Nota: Se da un día de sueldo por asistencia y 2 días por puntualidad al mes a los trabajadores que no tuvieron retardos ni faltas a partir del día 1° al 28 de julio, considera que a todos los trabajadores se les descuenta una cuota de recuperación de $20 diarios a excepción de los trabajadores que faltaron o están incapacitados. Los retardos más de 10 minutos se descuentan 1 hora. Dos retardos en el mes se considera una falta. Considera que a todos los trabajadores se les da vales de despensa por un importe de $500.00 por mes (sin excepción).

Zapatería Díaz, S.ATARJETA DE CONTROL DE TIEMPO

NOMBRE: _________________________________________ N° Empleado:________DEPARTAMENTO:__________________________Semana No. 27

FECHA TIEMPO NORMAL/HORAS TIEMPO EXTRA/HORASENTRADA SALIDA ENTRADA SALIDA

1°/07/20132/07/20133/07/20134/07/20135/07/20136/07/20137/07/2013

FIRMA DEL EMPLEADO _________________________

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Zapatería Díaz, S.APRE-NOMINA PARA CODIFICACIÓN

Período ___________________ Fecha ___________________

Departamento Compras Concepto Concepto ConceptoNúmero

Nombre del empleado

Departamento de Ventas

Departamento de Contabilidad

Departamento de Administración

Almacén

9

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10

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Zapatería Díaz, S.AKARDEX

NOMBRE: N° Empleado:________DEPARTAMENTO:__________________________RFC.____________________________________________________ CURP:_________________________________ FECHA DE INGRESO:_______________________ FECHA DE ANTIGÜEDAD_______________

MES 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 16 17 18 19 20 21 22 23 24 25 26 27 28ENEFEBMZOABRMAYJUNJULAGOSEPOCTNOVDIC

CLAVES: F (FALTA) I (INCAPACIDAD) RI (RETARDO INJUSTIFICADO) RJ (RETARDO JUSTIFICADO P (PERMISO) V (VACACIONES) O (ONOMÁSTICO)

11

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PRE-NOMINA (IMPORTE MOVIMIENTOS E INCIDENCIAS DE PERSONAL)

“Zapatería Díaz, S.A”RFC es ZDI-12-01-01-K002 Periodo: _______________

No.

em

plea

do

Nombre del trabajador

RFCempleado

CURPempleado

Tiempo normal Incidencias/Movimiento

Tiempo Extra Importe total(semana)

Días Salario Importe Clave ImporteHr Cuota Total

12

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Claves Percepciones Claves Deducciones o descuentos

Clave Descripción Clave Descripción Clave Descripción Clave Descripción01 Sueldo 07 Prima dominical 20 ISR 27 INFONAVIT02 Horas extras 08 Premio asistencia 21 IMSS 28 Préstamo03 Vales despensa 09 Premio puntualidad 22 Falta 30 Incapacidad por

maternidad04 Aguinaldo 10 Día festivo trabajado 23 Ayuda comida05 Prima vacaciones 11 Día de descanso

trabajado24 Cuota sindical

12 Vacaciones 25 Incapacidad enfermedad

06 Ayuda uniforme 26 Retardo

13

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Actividad de aprendizaje 8

Instrucciones: Con los siguientes datos realiza el cálculo de los movimientos e incidencias.

Sueldo y salarios (Art. 99 LFT)

Sueldo diario Por días de sueldo Igual a Importe a pagar en el período

5 salarios mínimos (59.82) 7250.00 15 Prima de vacaciones

Considera la siguiente tabla para la prima de vacaciones.

De días/años

HastaAños

Días de vacaciones

Días de prima de vacaciones

0.01 1 6 1.50 1.01 2 8 2.002.01 3 10 2.503.01 4 12 3.004.01 9 14 3.509.01 14 16 4.0014.01 19 18 4.5019.01 20 20 5.00

Sueldo diario Por días de prima de vacaciones

Igual a Importe a pagar en el período

350.00 (4 años) 170.00 (2 años)

Aguinaldo (Art. 87 LFT)

Sueldo diario Por días de prima de aguinaldo

Igual a Importe a pagar

375.00 15 60.00 15

Faltas

Considerar el siguiente factor

Semana de 5 días de trabajo 7/5 = 1.4

Días de faltas x proporción = faltas a descontar

x sueldo diario = Importe a descontar por faltas en el periodo

3 190.002 110.00

Incapacidad

Sueldo diario x días de incapacidad

= importe a pagar en el periodo

350.00 3

14

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200.00 2

Tiempo extra

Doble

Sueldo diario / Horas de jornada

= Cuota por hora

X Factor horas dobles

X Horas extras a la semana

= Importe a pagar

80.00 8 5160.00 8 7Triples

Sueldo diario / Horas de jornada

= Cuota por hora

X Factor horas dobles

X Horas extras a la semana

= Importe a pagar

100.00 8 10 300.00 8 11

Sueldo diario / Horas de jornada

= Cuota por hora

X Factor triples

X Horas extras triples a la semana

= Importe a pagar

100.00 8300.00 8

DIA FESTIVO TRABAJADO Y DIA DE DESCANSO TRABAJADO

Sueldo diario x 2 x días

= Pago por día

120.00 1360.00 1

PRIMA DOMINICAL

Sueldo diario X % X Número de domingos trabajados

= Pago por prima

450.00 1310.00 1

INCENTIVOS DE ASISTENCIA Y PUNTUALIDAD

Se considera el 5% sobre el sueldo semanal.

Sueldo diario X 7 días X % = Incentivo por asistencia

150.00300.00

Despensa (el porcentaje establecido para la empresa es de 14% mensual)

Sueldo diario X = Pago por despensa150.00300.00

15

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Actividad de aprendizaje 9

Instrucciones: Lee el texto TITULO IV PERSONAS FISICAS y subraya las ideas principales, posteriormente anota en el paréntesis de la izquierda la palabra V si la proposición es verdadera y una F si es falsa.

A. ( ) El artículo 110 de la LISR señala como ingresos por la prestación de un servicio personal subordinado los salarios y demás prestaciones que deriven de una relación laboral.

B. ( ) El artículo 109 de la LISR señala, que se pagará el impuesto sobre la renta por la obtención del salario que reciba el trabajador.

C. ( ) El salario mínimo general de una o varias áreas geográficas es exento.

D. ( ) De acuerdo a la Ley Federal de Trabajo si un trabajador labora 9 horas a la semana no es el límite establecido por la ley.

E. ( ) Cuando un trabajador labora 3 días a la semana por 3 horas, de tiempo extraordinario, y gana un sueldo superior al salario mínimo, el ingreso gravado para ISR es del 100%.

F. ( ) Un trabajador que obtiene el salario mínimo y rebasa los límites que marca la LFT respecto al tiempo extraordinario, el ingreso gravado por este concepto para LISR es el 100%.

G. ( ) El ingreso exento por concepto de prima vacacional es de 15 días de SMG.

H. ( ) El ingreso exento por concepto de aguinaldo es de 15 días de SMG.

I. ( ) El ingreso exento por concepto de PTU es de 15 días de SMG.

J. ( ) El ingreso exento de la prima dominical es de 15 días de SMG.

K. ( ) Las percepciones se clasifican en ordinarias y extraordinarias.

L. ( ) Una percepción extraordinaria es el aguinaldo.

M. ( ) Para el cálculo de la base gravable se consideran los ingresos exentos.

TÍTULO IV Personas Físicas CAPÍTULO I

De los ingresos por salarios y en general por la prestación de un servicio personal subordinado Este capítulo tiene como propósito conocer el tratamiento fiscal de las personas físicas que obtienen ingresos por prestar un servicio personal subordinado, a cargo de un patrón. El artículo 110 de la Ley señala como ingresos por la prestación de un servicio personal subordinado:

Los salarios y demás prestaciones que deriven de una relación laboral, Incluyendo la participación de los trabajadores en las utilidades Y las prestaciones recibidas como consecuencia de la terminación de la relación

laboral.

INGRESOS GRAVADOS Y EXENTOS .ARTICULO 109 LISR.

ARTÍCULO 109. No se pagará el impuesto sobre la renta por la obtención de los siguientes ingresos:

16

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I.Las prestaciones distintas del salario que reciban los trabajadores del salario mínimo general para una o varias áreas geográficas, calculadas sobre la base de dicho salario, cuando no excedan de los mínimos señalados por la legislación laboral, así como las remuneraciones por concepto de tiempo extraordinario o de prestación de servicios que realicen en los días de descanso sin disfrutar de otros en sustitución, hasta el límite establecido en la legislación laboral, que perciban dichos trabajadores. Tratándose de los demás trabajadores, el 50% de las remuneraciones por concepto de tiempo extraordinario o de la prestación de servicios que se realice en los días de descanso sin disfrutar de otros en sustitución, que no exceda el límite previsto en la legislación laboral y sin que esta exención exceda del equivalente de cinco veces el salario mínimo general del área geográfica del trabajador por cada semana de servicio.

XI. Las gratificaciones que reciban los trabajadores de sus patrones , durante un año de calendario, hasta el equivalente del salario mínimo general del área geográfica del trabajador elevado a 30 días cuando dichas gratificaciones se otorguen en forma general; así como las primas vacacionales que otorguen los patrones durante el año de calendario a sus trabajadores en forma general y la participación de los trabajadores en las utilidades de las empresas, hasta por el equivalente a 15 días de salario mínimo general del área geográfica del trabajador, por cada uno de los conceptos señalados. Tratándose de primas dominicales hasta por el equivalente de un salario mínimo general del área geográfica del trabajador por cada domingo que se labore.

PROCEDIMIENTO PARA EL CÁLCULO DE LA BASE GRAVABLE

CONCEPTO EXENTO GRAVADO FUNDAMENTO LEGAL

Gratificación Anual Salario mínimo general del área geográfica del trabajador elevado a 30 días

Excedente Articulo 109 Fracción XI L.I.S.R.

Prima Vacacional El equivalente a 15 días del salario mínimo general del área geográfica del trabajador

Excedente Articulo 109 Fracción XI L.I.S.R.

Utilidades a los Trabajadores

El equivalente a 15 días del salario mínimo general del área geográfica del trabajador

Excedente Articulo 109 Fracción XI L.I.S.R.

Tiempo Extraordinario

Tratándose de los demás trabajadores el 50 %de las remuneraciones por tiempo extraordinario sin que exceda el equivalente a cinco veces el salario mínimo general del área geográfica del trabajador por cada semana de servicios.

Excedente Articulo 109 Fracción I L.I.S.R.

Prima Dominical El equivalente de un salario mínimo general del área geográfica del trabajador por cada domingo que se labore

Excedente Articulo 109 Fracción XI

Tiempo Extraordinario(Salario Minimo)

Que no excedan de los mínimos señalados en la legislación laboral

Articulo 109 Fracción I

17

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Actividad de aprendizaje 10

EJERCITACIÓN DE LA DETERMINACIÓN DE LA BASE GRAVABLE PARA SUELDOS Y SALARIOS

A. Trabajador que percibe el salario mínimo:

La empresa distribuidora del Centro, S.A. de C.V. te pide calcular el ISR sobre el sueldo quincenal del trabajador Antonio Pérez Sosa, nació el 10 de enero de 1992 y labora en el almacén para lo cual te proporciona los siguientes datos:

Concepto ImporteSueldo diario $59.82Aguinaldo 30 díasPrima de vacaciones 25% (sobre 8 días)Prima dominical 1 díaIncentivo de asistencia y puntualidad 5% sobre el sueldo quincenalDespensa 20% sobre el sueldo quincenalCuota de recuperación comedor 25.00 por díaHoras extras

Horas extras trabajadasSemana lunes martes miércoles jueves viernes sábado domingo total dobles triples1 3 3 3 9 92 3 3 6 6

Determinación de la base gravable

CÉDULA PARA DETERMINACIÓN DE BASE GRAVABLE Artículo (109 de la Ley del ISR)

CONCEPTO IMPORTE $

EXENTO $

GRAVADO $

MONTO MÁXIMO DE LA EXENCIÓN (Art. 109 LISR )

Sueldo diario Aguinaldo Prima de vacaciones Prima dominicalIncentivo de asistencia y puntualidad Despensa Ayuda comedor Horas extrasTotal

INGRESOS TOTALES menos INGRESOS EXENTOS = BASE GRAVABLE

B. Trabajador que percibe salario mayor al mínimo:

La empresa distribuidora del Centro, S.A. de C.V. te pide calcular el ISR sobre el sueldo del trabajador Emmanuel Solórzano Núñez, nació el 21 de noviembre de 1956 y labora en el departamento de Administración quien tiene los siguientes ingresos en la quincena

Concepto ImporteSueldo diario $500.00Aguinaldo 30 díasPrima de vacaciones 25% (sobre 8 días)Prima dominical 1 díaIncentivo de asistencia y puntualidad 5% sobre el sueldo quincenalDespensa 20% sobre el sueldo quincenalCuota de recuperación comedor 250.00Horas extras

18

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Horas extras trabajadasSemana lunes martes miércoles jueves viernes sábado domingo total dobles triples1 2 3 3 8 82 3 1 1 3 3 11 9 2

Determinación de la base gravable

CÉDULA PARA DETERMINACIÓN DE BASE GRAVABLE Artículo (109 de la Ley del ISR)

CONCEPTO IMPORTE $

EXENTO $

GRAVADO $

MONTO MÁXIMO DE LA EXENCIÓN (Art. 109 LISR )

Sueldo diario Aguinaldo Prima de vacaciones Prima dominicalIncentivo de asistencia y puntualidad Despensa Cuota de recuperación comedorHoras extrasTotal

INGRESOS TOTALES menos INGRESOS EXENTOS = BASE GRAVABLE

Actividad de aprendizaje 11

EJERCITACIÓN DE LA BASE GRAVABLE DE SUELDOS Y SALARIOS

Instrucciones con los datos que se te proporcionan determina la base gravable.

A Trabajador que percibe el salario mínimo:

La empresa distribuidora del Centro, S.A. de C.V. te pide calcular el ISR sobre el sueldo quincenal del trabajador Armando Méndez Laguna, nació el 15 de marzo de 1983 en el DF y labora en el departamento de Contabilidad para lo cual te proporciona los siguientes datos:

Concepto ImporteSueldo diario $59.82Aguinaldo 30 díasPrima de vacaciones 25% (sobre 8 días)Prima dominical 1 díaIncentivo de asistencia y puntualidad 5% sobre el sueldo quincenalDespensa 20% sobre el sueldo quincenalCuota de recuperación comedor 15.00 diariosHoras extrasFalto el día 10

Horas extras trabajadasSemana lunes martes miércoles jueves viernes sábado domingo total dobles triples1 3 3 3 3 122 2 2 2 6

Determinación de la base gravable

CÉDULA PARA DETERMINACIÓN DE BASE GRAVABLE Artículo (109 de la Ley del ISR)

CONCEPTO IMPORTE $

EXENTO $

GRAVADO $

MONTO MÁXIMO DE LA EXENCIÓN (Art. 109 LISR )

Sueldo diario Aguinaldo

19

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Prima de vacaciones Prima dominicalIncentivo de asistencia y puntualidad Despensa Cuota de recuperación comedorHoras extrasTotal

INGRESOS TOTALES menos INGRESOS EXENTOS = BASE GRAVABLE

B Trabajador que percibe el salario mayor al mínimo:

La empresa distribuidora del Centro, S.A. de C.V. te pide calcular el ISR sobre el sueldo del trabajador Eduardo Santos Meza, nació el 26 de junio de 1973 y labora en el departamento de Contabilidad quien tiene los siguientes ingresos en el mes

Datos:

Concepto ImporteSueldo diario $400.00Aguinaldo 30 díasPrima de vacaciones 25% (sobre 8 días)Prima dominical 1 díaIncentivo de asistencia y puntualidad 5% sobre el sueldo quincenalDespensa 20% sobre el sueldo quincenalCuota de recuperación comedor 20.00 diariosHoras extrasIncapacidad de 2 días 4 y 5

Horas extras trabajadasSemana lunes martes miércoles jueves viernes sábado domingo total dobles triples1 2 3 3 82 3 1 4

Determinación de la base gravableCÉDULA PARA DETERMINACIÓN DE BASE GRAVABLE Artículo (109 de la Ley del ISR)

CONCEPTO IMPORTE $

EXENTO $

GRAVADO $

MONTO MÁXIMO DE LA EXENCIÓN (Art. 109 LISR )

Sueldo diario Aguinaldo Prima de vacaciones Prima dominicalIncentivo de asistencia y puntualidad Despensa Cuota de recuperación comedorHoras extrasTotal

INGRESOS TOTALES menos INGRESOS EXENTOS = BASE GRAVABLE

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Actividad de aprendizaje 12

Con los datos de la actividad de aprendizaje 10 y 11 realiza el resumen por departamento, por forma de pago y por concepto y la nómina quincenal.

“Distribuidora del Centro, S.A. de C.V”Registro patronal 678838-9994-0-1 RFC. DIC-01-12-09-IU0

Nómina Quincenal Periodo No. 1 De A

Resumen por DepartamentoPERCEPCIONES DEDUCCIONES

CLAVE CONCEPTO IMPORTE CLAVE CONCEPTO IMPORTE

“Distribuidora del Centro, S.A. de C.V”Registro patronal C67-89876-12-8 RFC. DIC-01-12-09-IU0

Nómina Quincenal Periodo No. 1 De 2011/01/01 A 2011/01/05

Resumen por Forma de pago PERCEPCIONES DEDUCCIONES

CLAVE CONCEPTO IMPORTE CLAVE CONCEPTO IMPORTE Forma de pago cheque

“Distribuidora del Centro, S.A. de C.V”Registro patronal C67-89876-12-8 RFC. DIC-01-12-09-IU0

Nómina Quincenal Periodo No. 1 De 2011/01/01 A 2011/01/05

Resumen por ConceptoPERCEPCIONES DEDUCCIONES

CLAVE CONCEPTO IMPORTE CLAVE CONCEPTO IMPORTE

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Tarifas y tablas para calcular los pagos quincenales de las personas físicas que obtienen ingresos por sueldos y salarios.

Tarifa del ISR aplicable cuando hagan pagos que correspondan a un periodo quincenal, correspondiente a 2012

Límite inferior Límite superior Cuota fija Por ciento para aplicarse sobre

el excedente del límite inferior

$ $ $ %

0.01 244.80 0.00 1.92

244.81 2,077.50 4.65 6.40

2,077.51 3,651.00 121.95 10.88

3,651.01 4,244.10 293.25 16.00

4,244.11 5,081.40 388.05 17.92

5,081.41 10,248.45 538.20 21.36

10,248.46 16,153.05 1,641.75 23.52

16,153.06  En adelante 3,030.60 30.00

Tabla del subsidio para el empleo 2012 quincenal para el cálculo del ISR

Tarifa del subsidio al empleo aplicable cuando hagan pagos que correspondan a un periodo quincenal, correspondiente a 2012

Monto de ingresos que sirven de base para calcular el impuestoPara Ingresos de Hasta Ingresos de Cantidad de subsidio para el

empleo quincenal

$ $ $

0.01 872.85 200.85

872.86 1,309.20 200.7

1,309.21 1,713.60 200.7

1,713.61 1,745.70 193.8

1,745.71 2,193.75 188.7

2,193.76 2,327.55 174.75

2,327.56 2,632.65 160.35

2,632.66 3,071.40 145.35

3,071.41 3,510.15 125.1

3,510.16 3,642.60 107.4

3,642.61   En adelante 0

22

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Salarios mínimos que regirán a partir del primero de enero de 2013 son los siguientes: área geográfica “A”, 64.76 pesos diarios; área geográfica “B”, 61.38 pesos diarios.Actividad de aprendizaje 13Con los datos anteriores de las actividades 10 y 11 realiza los recibos de pago de los trabajadores.

CLAVE NOMBRE DEL EMPLEADO R.F.C. AFILIACION AL IMSS

DIAS TRABAJADOS

SALARIO BASE PERIODO FECHA ADSCRIPCION

PUESTO COSTO POR HORAEXTRA

HORAS EXTRAS

TRABAJADAS

NETO A PAGAR

PERCEPCIONES DEDUCCIONES

Actividad de aprendizaje 14

Realiza la nómina quincenal en Excel de los trabajadores de la actividad 4, 5,6 y 7, así como el resumen por departamento, por forma de pago y por concepto y los recibos de pago.

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COLEGIO DE BACHILLERESPLANTEL 2 CIEN METROS “ELISA ACUÑA ROSSETTI”

MATERIAL DEL ALUMNO

MÓDULO DE APORTACIONES DE SEGURIDAD SOCIAL

NOMBRE DE LA PROFESORA: MARÍA DE LOURDES FRANCO SÁNCHEZ

NOMBRE DEL ALUMNO (A):__________________________________________ MATRICULA__________________ GRUPO:________

Antecedentes históricos.

“La Seguridad Social nace en Alemania, en la época del Canciller Otto von Bismarck, con la Ley del Seguro de Enfermedad, en 1883.

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México

La Seguridad Social en México tiene como antecedente legal a la Constitución Política del 5 de febrero de 1917, art 123 fracc XXIX que establece: "Se considera de utilidad social el establecimiento de cajas de seguros populares de invalidez, de vida, de cesación involuntaria del trabajo y de otras con fines análogos para lo cual el gobierno federal, como el de cada estado, deberán fomentar la organización de instituciones de esta índole, para difundir e inculcar la previsión popular" así se crearon en diferentes fechas institutos especializados para la atención de los trabajadores, que de acuerdo al tipo de empresa en la que laboraban era la naturaleza de la institución que los respaldaba. De esta forma nacieron las siguientes instituciones:

IMSS Instituto Mexicano del Seguro Social ISSSTE Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado ISSFAM Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas Mexicanas INFONAVIT Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores FOVISSSTE Fondo para la Vivienda del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los

Trabajadores del Estado”1

“El Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) es una institución gubernamental, autónoma y tripartita (Estado, Patrones y Trabajadores), dedicada a brindar servicios de salud y seguridad social a la población que cuente con afiliación al instituto, llamada entonces asegurado o derechohabiente.

Se considera a esta institución de seguridad social la más grande de América Latina. Fue fundada el 19 de enero de 1943 por decreto presidencial del

entonces Presidente de la República el General Manuel Ávila Camacho.

El Instituto Mexicano del Seguro Social nace oficialmente el 19 de enero de 1943 e inició operaciones el 1 de enero de 1944, su sindicato, el (SNTSS) Sindicato Nacional de Trabajadores del Seguro Social, y la primera sección sindical fue la No. 1 en Puebla, en respuesta a las aspiraciones de la clase trabajadora nacional de los derechos indígenas y ciudadanas.

La ley del Seguro Social vigente, publicada en el Diario Oficial de la Federación mediante decreto de fecha 21 de diciembre de 1995 es el marco legislativo bajo el que rige sus operaciones el Instituto Mexicano del Seguro Social.

Según la Ley del Seguro Social se menciona en el artículo 15. Los patrones están obligados a:

I. Registrarse e inscribir a sus trabajadores en el Instituto, comunicar sus altas y bajas, las modificaciones de su salario y los demás datos, dentro de plazos no mayores de cinco días hábiles;

II. Llevar registros, tales como nóminas y listas de raya en las que se asiente invariablemente el número de días trabajados y los salarios percibidos por sus trabajadores, además de otros datos que exijan la presente Ley y sus reglamentos. Es obligatorio conservar estos registros durante los cinco años siguientes al de su fecha;

III. Determinar las cuotas obrero-patronales a su cargo y enterar su importe al Instituto;

1 http://es.wikipedia.org/wiki/Seguridad_social

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V. Permitir las inspecciones y visitas domiciliarias que practique el Instituto, las que se sujetarán a lo establecido por esta Ley, el Código y los reglamentos respectivos;

VI. Tratándose de patrones que se dediquen en forma permanente o esporádica a la actividad de la construcción, deberán expedir y entregar a cada trabajador constancia escrita del número de días trabajados y del salario percibido, semanal o quincenalmente, conforme a los períodos de pago establecidos, las cuales, en su caso, podrán ser exhibidas por los trabajadores para acreditar sus derechos.

Asimismo, deberán cubrir las cuotas obrero patronales, aun en el caso de que no sea posibledeterminar el o los trabajadores a quienes se deban aplicar, por incumplimiento del patrón a las obligaciones previstas en las fracciones anteriores, en este último caso, su monto se destinará a la Reserva General Financiera y Actuarial a que se refiere el artículo 280, fracción IV de esta Ley, sin perjuicio de que a aquellos trabajadores que acreditaren sus derechos, se les otorguen las prestaciones diferidas que les correspondan;

Actualmente, la Ley señala que la seguridad social tiene como finalidades:

La asistencia médica. La protección de los medios de subsistencia. Los servicios sociales necesarios para el bienestar individual y colectivo. El otorgamiento de una pensión que, en su caso y previo cumplimiento de los requisitos legales, será

garantizada por el Estado.

A efecto de cumplir con tal propósito, el Seguro Social comprende dos tipos de régimen: (según se menciona en el art. 6 de la Ley del Seguro Social)

El régimen obligatorio

Es aquel que se financia con contribuciones provenientes de los patrones, el Estado y los propios trabajadores. Según el artículo 11 de la LSS el régimen obligatorio comprende los seguros de:

. I. Riesgos de trabajo;

II. Enfermedades y maternidad;

III. Invalidez y vida;

IV. Retiro, cesantía en edad avanzada y vejez, y

V. Guarderías y prestaciones sociales

Son sujetos de aseguramiento los trabajadores, los miembros de sociedades cooperativas de producción y las personas que determine el Ejecutivo Federal mediante el Decreto respectivo, tal es el caso del los Estudiantes, amparados bajo el decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el 14 de septiembre de 1998.

El régimen voluntario

De forma voluntaria y mediante convenio con el Instituto, podrán ser sujetos de aseguramiento en este régimen, los trabajadores en industrias familiares y los independientes como profesionales, pequeños comerciantes, artesanos y demás trabajadores no asalariados, los trabajadores domésticos, los ejidatarios, comuneros, colonos y pequeños propietarios; así mismo, los patrones (personas físicas) con trabajadores

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asegurados a su servicio y los trabajadores al servicio de las administraciones públicas de la Federación, entidades federativas y municipios que estén excluidos o no comprendidas en otras leyes o decretos como sujetos de seguridad social.”2

Actividad de aprendizaje 1

Instrucciones: Lee el texto anterior y subraya las ideas principales, posteriormente anota en el paréntesis de la izquierda la letra V si la proposición es correcta y una F si la proposición es falsa. Cuestiona 1.

1.( ) La Seguridad Social nace en Alemania en la época del Canciller Otto von Bismarck.

2.( ) La Seguridad Social en México tiene como antecedente legal a la Constitución Política del 5 de febrero de 1923, art 123.

3.( ) El Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) es una institución gubernamental, autónoma y tripartita (Estado, Patrones y Trabajadores).

4.( ) El IMSS se dedica a brindar servicios de salud y seguridad social a la población que no cuente con afiliación al instituto.

5.( ) La población que se afilie al instituto es llamada asegurado o derechohabiente.6.( ) El IMSS fue fundado el 19 de enero de 1943.7.( ) En el artículo 15 de la L.S.S. Los patrones no están obligados a: registrarse e inscribir a

sus trabajadores en el Instituto. 8.( ) En el artículo 15 de la L.S.S. Los patrones están obligados a comunicar sus altas y

bajas, las modificaciones de su salario y los demás datos, dentro de plazos no mayores de cinco días hábiles.

9.( ) Una de las finalidades de la seguridad social es: la asistencia médica.10.( ) El Seguro social comprende tres tipos de régimen.11.( ) El régimen obligatorio está financiado por el estado, patrones y trabajadores.

12.( ) En el régimen obligatorio se afilian, los trabajadores domésticos, los ejidatarios, comuneros, colonos y pequeños propietarios.

Actividad de aprendizaje 2

Instrucciones: Forma equipos de 5 integrantes, Lee el siguiente texto (páginas 5 a 9) y en una hoja de papel bond realiza un esquema de llaves, el cual se expone.

Alta del trabajador al Seguro Social

El alta del trabajador al seguro social, la realiza el patrón en las Oficinas administrativas o Departamento de Afiliación y Vigencia de la Subdelegación de control del patrón. Las altas, se deberán presentar en un plazo máximo de 5 días hábiles contados a partir de la fecha de inicio de la relación laboral. También se

2 http://es.wikipedia.org/wiki/Instituto_Mexicano_del_Seguro_Social

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pueden presentar un día hábil anterior al inicio de labores; la obligación de prestar los servicios institucionales será a partir de la fecha que se señale como inicio de la relación laboral en el formulario respectivo. Los asegurados que carezcan de número de seguridad social, podrán solicitarlo previo a su aseguramiento. El Instituto asigna el número de seguridad social, que es el número de afiliación al IMSS, este número de registro deberá tener 11 dígitos: Dos para la circunscripción, dos para el año de inscripción del trabajador, dos para el año de nacimiento del trabajador, cuatro para el número de serie y uno para el dígito verificador.

Ejemplo. El señor Raúl Rodríguez Ruiz nació en el año de 1957 y se inscribió al IMSS en el año de 1975, su número de afiliación al seguro social es: 19755778901.

El alta del patrón es el trámite mediante el cual el patrón obtiene un número de registro patronal, para cumplir con la obligación de otorgar seguridad social a sus trabajadores a partir de que éste inicia una relación laboral con un trabajador en donde se configura la subordinación y el pago de un salario personal. Para darse de alta como patrón se puede iniciar el trámite a través de Internet y una vez enviada la solicitud se concluye en la Subdelegación u Oficina Administrativa, en la fecha y hora que el Instituto lo indique, con la documentación que a continuación se describe y se presenta con el formato de cita.

Si es persona moral:

Registro Federal de Contribuyentes. Comprobante del domicilio del centro de trabajo. Escritura pública o acta constitutiva. Poder notarial para actos de administración del representante legal. Identificación oficial del representante legal. Registro Federal de Contribuyentes del representante legal. Clave Única de Registro de Población del representante legal.

Si es persona física:

Registro Federal de Contribuyentes. Comprobante del domicilio del centro de trabajo. Identificación oficial del patrón. Clave Única de Registro de Población del patrón. En caso de contar con representante legal,

además de lo anterior deberá presentar: Poder notarial para actos de administración del representante legal. Identificación oficial del Representante Legal. Registro Federal de Contribuyentes del Representante Legal. Clave Única de Registro de Población del Representante Legal

Artículo 14 del Reglamento del S.S. El Instituto proporcionará a cada patrón o sujeto obligado un documento de identificación patronal, por cada registro patronal asignado en los términos del artículo anterior. En dicho documento se harán constar, al menos, los datos siguientes:I. Número de registro patronal asignado por el Instituto;II. Nombre, denominación o razón social completos del patrón o sujeto obligado;III. Actividad, clase y fracción;IV. Domicilio;V. Firma del patrón o representante legal, yVI. Nombre y firma de las personas autorizadas por el patrón para presentar avisos de afiliación.Asimismo, el Instituto, en su caso, hará entrega en forma confidencial del número patronal de identificaciónelectrónica. El patrón o sujeto obligado deberá mostrar el documento de identificación señalado cuando realice por sí o a través de persona autorizada, cualquier gestión en las unidades administrativas del Instituto, centrales y de operación administrativa desconcentrada o en los lugares que el Instituto habilite para los trámites materia de este Reglamento.

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El registro patronal se compone de:

1. Primera parte una letra y dos números para identificar el Municipio.2. Segunda parte cinco dígitos (del 10001 al 99999) consecutivo que llevan las Subdelegaciones por Municipio.3. Tercera parte dos dígitos para la modalidad de aseguramiento.4. Por último el dígito verificador.Total 11 posiciones. Ejemplo la empresa “Comercial del Este, S.A.” su RFC. COE-090315-Z09 y el número de registro patronal asignado por el IMSS es: C35-25852-10-9

“Altas afiliatorias.

Altas a través de avisos en papel, hasta cuatro documentos.

Tiempo de respuesta: El mismo día.

Usuarios: Patrón o representante legal.

Requisitos y comprobantes a obtener: Presentación de la Tarjeta de Identificación Patronal. Entrega de copia del "Aviso de Inscripción del Trabajador", Forma AFIL-02.

Lugar: Oficinas administrativas o Departamento de Afiliación y Vigencia de la Subdelegación de control del patrón.

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Dispositivos magnéticos o Módulo de afiliación del SUA:

Trámite: (a través de dispositivos magnéticos-DISPMAG (Descargas) o módulo de afiliación del SUA Sistema Único de Autodeterminación):

Reingresos, Modificaciones de salario y Bajas

Tiempo de respuesta:El mismo día

Usuarios:Patrón o representante legal

Requisitos y comprobantes a obtener:Entrega de dispositivo, listado de respaldo y Forma AFIL-10 "Aviso para presentar reingresos, modificaciones y bajas mediante Dispositivo Magnético.El patrón recibe dispositivo magnético, reporte de movimientos operados, reporte de errores, cifras control y factura.

Lugar del trámite:Oficinas administrativas o Departamento de Afiliación y Vigencia de la Subdelegación de control del patrón.

Observaciones:Las altas, reingresos y bajas se deberán presentar en un plazo máximo de 5 días hábiles. En los dos primeros casos, a partir del inicio de la relación de trabajo. En el tercer caso a partir del día siguiente del término de la relación de trabajo.

Las modificaciones de salario deberán presentarse en los siguientes plazos:Tratándose de salarios fijos en un plazo de 5 días hábiles contados a partir del día siguiente a la

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fecha en que cambie el salario. También podrán presentarse el día hábil anterior al que surte efectos la modificación.

Para salarios variables, dentro de los primeros 5 días hábiles de los meses de enero, marzo, mayo, julio, septiembre y noviembre.

En caso de salarios de naturaleza mixta, si es el elemento variable el que se modifica, dentro del plazo previsto en el párrafo anterior; cuando sea el elemento fijo, dentro de un plazo de 5 días hábiles siguientes a la fecha en que ocurrió el cambio.

También se pueden presentar un día hábil anterior al cambio.

En caso de acciones u omisiones de los patrones, considerados como infracciones a la Ley del Seguro Social y sus Reglamentos, se sancionarán de acuerdo a lo previsto en la propia Ley.

Los patrones que presenten en una sola exhibición 5 o más movimientos de afiliación, deberán hacerlo a través de dispositivo o telecomunicación.

El patrón deberá presentar un dispositivo por cada registro patronal. Las especificaciones técnicas de los dispositivos para la presentación de movimientos, serán proporcionadas en los Servicios de Afiliación Vigencia de la Subdelegación respectiva.” 3

Actividad de aprendizaje 3

Instrucciones: Una vez que leíste el texto anterior y se presento la exposición, contesta el siguiente cuestionario 2, anotando en la línea la palabra que corresponde.

Lista de palabras: social, dispositivo, omisiones, siguiente, patrón, registro, trámite, alta, hábiles, acta, asignado, razón, patronal, clase, modificaciones, variables, cinco.

1. El_________ del trabajador al seguro social, la realiza el__________ en las Oficinas administrativas o Departamento de Afiliación y Vigencia de la Subdelegación de control del patrón.

2. Las altas, se deberán presentar en un plazo máximo de ____________ días hábiles contados a partir de la fecha de inicio de la relación laboral.

3. El alta del patrón es el trámite mediante el cual el patrón obtiene un número de __________, _______________ para cumplir con la obligación de otorgar seguridad social a sus trabajadores.

4. Para darse de alta como patrón se puede iniciar el _____________ a través de Internet y una vez enviada la solicitud se concluye en la Subdelegación u Oficina Administrativa, si es persona moral llevará la documentación el registro ____________ de contribuyentes y el _________constitutiva entre otros.

3 www.imss.gob.mx/

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5. En el registro patronal que es un documento donde se hará constar, al menos, los datos siguientes:I. Número de registro patronal ____________por el Instituto;II. Nombre, denominación o ___________ ___________ completos del patrón o sujeto obligado;III. Actividad, __________ y fracción; entre otros.

6. Las altas, reingresos y bajas se deberán presentar en un plazo máximo de 5 días ___________.

7. Las _______________ de salarios fijos en un plazo de 5 días hábiles contados a partir del día _____________ a la fecha en que cambie el salario.

8. Para salarios _______________dentro de los primeros 5 días hábiles de los meses de enero, marzo, mayo, julio, septiembre y noviembre.

9. Cuando los patrones tienen acciones u ______________ considerados como infracciones a la Ley del Seguro Social y sus Reglamentos, se sancionarán.

10. Los patrones que presenten en una sola exhibición 5 o más movimientos de afiliación, deberán hacerlo a través de dispositivo o telecomunicación, así mismo deberá presentar un ______________ por cada registro patronal.

Actividad de aprendizaje 4

Instrucciones: Después de haber leído el artículo 27 de la L.S.S. (salario base de cotización), anota en cada cuadro el concepto que corresponde, como se muestra en ejemplo.

SALARIO BASE DE COTIZACIÓN SE INTEGRACuota Diaria

SALARIO BASE DE COTIZACIÓN NO SE INTEGRALos instrumentos de trabajo (ropa, herramientas, etc.).

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Actividad de aprendizaje 5

Instrucciones: Relaciona las siguientes columnas, anotando en el paréntesis de la derecha la letra que corresponda a la opción correcta.

a)Salario fijo ( )No son previamente conocidasb)La ley del S.S. considera tres tipos de salarios

( )Mixto

c)En el salario variable se consideran percepciones que

( )5 días siguientes al IMSS

d)Cuando el salario de un trabajador se integren percepciones fijas y variables es

( ) Sueldo, aguinaldo y prima de vacaciones

e)Los cambios de salarios se presentan en los ( ) Fijo, variables y mixtos

Calcula el salario fijo

Sueldo diario 200.00 Aguinaldo 15 x 100 / 365Prima vacacional 6 x 100 x (25%) /365Salario diario fijo

Calcula el salario variable

Comisiones del bimestre anterior 500.00Tiempo extra que excede a la LFT del bimestre anterior

300.00

Bonos de productividad del bimestre anterior 200.00Gratificaciones extraordinarias del bimestre anterior 300.00Suma de percepciones variablesNúmero de días de salario devengado del Bimestre anterior

61

Percepciones variables diarias del bimestre

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Calcula el salario mixto

Salario diario fijoPercepciones variables diarias del bimestreSalario diario mixto aplicable al bimestreSalario diario mixto aplicable al bimestre4 205.91

SALARIO MÍNIMO GENERAL 2013

Área geográfica Pesos

“A” $ 64.76

“B” $ 61.38

Actividad de aprendizaje 6

Instrucciones: Con los datos de los trabajadores Raúl y Silvia, realiza los cálculos para determinar el Salario Base de Cotización.

Raúl Mendoza Arias

PERCEPCIONES SALARIO BASE DE COTIZACIÓN

SueldoGratificación anual

Prima de Vacaciones (6 días de vacaciones)Vales de despensaPremio de asistencia mensual Premio de puntualidad mensual

TOTAL

4 http://cpware.com/web/colaboradores/fcojavier/articulos/fjmi_salario/04_fjmi_salario.htm

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Silvia Ramos López

PERCEPCIONES SALARIO BASE DE COTIZACIÓN

SueldoGratificación anual

Prima de Vacaciones (6 días de vacaciones)Vales de despensaPremio de asistencia mensual Premio de puntualidad mensual

TOTAL

Actividad de aprendizaje 7

Instrucciones: Lee el siguiente texto y subraya las ideas principales, posteriormente acomoda los conceptos que están separados con una diagonal, de acuerdo al número de acierto que le corresponda en el cuestionario 3.

Como ya se menciono con anterioridad el régimen obligatorio comprende 5 seguros (art. 11 L.S.S):

I. Riesgos de trabajo;

II. Enfermedades y maternidad;

III. Invalidez y vida;

IV. Retiro, cesantía en edad avanzada y vejez, y

V. Guarderías y prestaciones sociales

Artículo 28. Los asegurados se inscribirán con el salario base de cotización que perciban en el momento de su afiliación, estableciéndose como límite superior el equivalente a veinticinco veces el salario mínimo general que rija en el Distrito Federal y como límite inferior el salario mínimo general del área geográfica respectiva.

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Artículo 38. El patrón al efectuar el pago de salarios a sus trabajadores, deberá retener las cuotas que a éstos les corresponde cubrir.

Cuando no lo haga en tiempo oportuno, sólo podrá descontar al trabajador cuatro cotizaciones semanales acumuladas, quedando las restantes a su cargo.

El patrón tendrá el carácter de retenedor de las cuotas que descuente a sus trabajadores y deberá determinar y enterar al Instituto las cuotas obrero-patronales, en los términos establecidos por esta Ley y sus reglamentos.

Artículo 39. Las cuotas obrero patronales se causan por mensualidades vencidas y el patrón está obligado a determinar sus importes en los formatos impresos o usando el programa informático, autorizado por el Instituto. Asimismo, el patrón deberá presentar ante el Instituto las cédulas de determinación de cuotas del mes de que se trate, y realizar el pago respectivo, a más tardar el día diecisiete del mes inmediato siguiente.

La obligación de determinar las cuotas deberá cumplirse aun en el supuesto de que no se realice el pago correspondiente dentro del plazo señalado en el párrafo anterior.

Cuestionario No. 3

Conceptos: Afiliación/un salario mínimo general/25 veces el salario mínimo general/cuotas que deben de cubrir los trabajadores/vencida/programa informático/diecisiete del mes inmediato siguiente/salario base de cotización/Riesgos de trabajo; Enfermedades y maternidad; Invalidez y vida; Retiro, cesantía en edad avanzada y vejez, y Guarderías y prestaciones sociales/formatos impresos.

Cuestionario No. 3

1.Los seguros que comprende el régimen obligatorio son:

2. Los asegurados se inscriben con el en el momento de su

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3.El monto máximo de salario base de cotización cuando se afilia el asegurado es de

4.El monto mínimo de salario base de cotización cuando se afilia el asegurado es de

5.Cuando el patrón pago los salarios a sus trabajadores retiene las al IMSS.

6. Las cuotas obrero patronales se causan por mensualidades .

7. El patrón está obligado a determinar las cuotas obrero-patronales y sus importes, los cuales se presentan en los o usando el

8 Asimismo, el patrón deberá presentar ante el Instituto las cédulas de determinación de cuotas del mes de que se trate, y realizar el pago respectivo, a más tardar el día

.

Actividad de aprendizaje 8

Instrucciones: Considera lo siguiente:

Forma equipos de 5 alumnos, trae recortes de acuerdo al seguro asignado y pégalos en hoja de papel bond.

Anota en el cuadro resumen las definiciones que se solicitan (de acuerdo con el seguro que les toco)

Cada equipo expone el seguro que se les asigno. (hoja de papel bond y cuadro resumen)

Ejemplo

Seguro DefinicionesRiesgo de trabajo Son los accidentes y enfermedades que están expuestos los

trabajadores

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Actividad de aprendizaje 9

Instrucciones: Con los siguientes datos realiza lo que a continuación se pide:

Determina el Salario Base de Cotización (manual) Determina las cuotas obrero patronales (manual)

Datos empresa:

Determinación del SUADatos Generales de la empresa

Empresa Dulceria Bello Horizonte S. A. de C. V.Actividad económica Dulceria Registro patronal C36-11010-10-9R.F.C. DBH-100101-R14Domicilio Avenida Principal 123 Santa Isabel Tola C. P. 07010 Gustavo A. Madero D. F.Telefono 55-57-24-84Area geografica Zona ADelegación IMSS Delegación Norte (DF)Subdelegación IMSS Magdalena de las SalinasFecha de inicio de operaciones 1 de enero del 2010Clase IIFracción 611Convenio con la STPyS NoNombre del patrón Juan Dominguez AguilarPrima de riesgo 2.13065 a partir de marzo del 2011

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Sueldo diario 260.00 125.00 150.00 1 Salario mínimo 1 Salario mínimo

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Determinación del Salario Base de Cotización Oscar Barrera Carreón

PERCEPCIONES SALARIO BASE DE COTIZACIÓN

SueldoGratificación anual

Prima de Vacaciones (6 días de vacaciones)Vales de despensaPremio de asistencia mensual Premio de puntualidad mensual

TOTAL

Alejandro Hernández Espinoza

PERCEPCIONES SALARIO BASE DE COTIZACIÓN

SueldoGratificación anual

Prima de Vacaciones (6 días de vacaciones)Vales de despensaPremio de asistencia mensual Premio de puntualidad mensual

TOTAL

Edith García Martínez

PERCEPCIONES SALARIO BASE DE COTIZACIÓN

SueldoGratificación anual

Prima de Vacaciones (8 días de vacaciones)Vales de despensaPremio de asistencia mensual Premio de puntualidad mensual

TOTAL

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Beatriz Rivas Rodríguez

PERCEPCIONES SALARIO BASE DE COTIZACIÓN

SueldoGratificación anual

Prima de Vacaciones (8 días de vacaciones)Vales de despensaPremio de asistencia mensual Premio de puntualidad mensual

Comisiones TOTAL

Valeria Pérez Rodríguez

PERCEPCIONES SALARIO BASE DE COTIZACIÓN

SueldoGratificación anual

Prima de Vacaciones (6 días de vacaciones)Vales de despensaPremio de asistencia mensual Premio de puntualidad mensual

Comisiones TOTAL

Determinación de las cuotas obrero-patronales

Cédula de Riesgo de Trabajo

Nombre del trabajador Salario Base de Cotización

Días trabajados

Prima de Riesgo de la empresa

Monto a pagar en el mes

Cédula Enfermedad y Maternidad Adicional patrón (Excedente)

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Nombre del trabajador Salario base de

cotización (SBC)

Menos 3 veces

el SMG

(62.33)

Exce dente

Cuota .0110

Días trabajados

Total

Cédula de enfermedad y maternidad patrón cuota fija

Nombre del trabajador

SMGVDF0 Días trabajados

Cuota Fija

Cuota en especie (SMG*30 *20.4%)

Cédula de enfermedad y maternidad patrón prestaciones en dinero

Nombre del trabajador

Días trabajados

Salario base de cotización

Cuota en dinero(SBC* .0070 *30)

Cédula Enfermedad y Maternidad Trabajador

Nombre del trabajador

Excedente Días trabajados

Cuota en especie (SMG*30 *.004%)

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Cédula Enfermedad y Maternidad Trabajador prestaciones en dinero

Nombre del trabajador

Días trabajados

Salario base de cotización

Cuota en dinero(SBC* .00250*30)

Cédula Gastos médicos pensionados patrón

Nombre del trabajador Salario base de cotización (SBC)

Días trabajados

Cuota *.0105

Total

Cédula Gastos médicos pensionados trabajador

Nombre del trabajador Salario base de cotización (SBC)

Días trabajados

Cuota *.00375

Total

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Cédula Invalidez y Vida Patrón

Nombre del trabajador Salario base de cotización (SBC)

Días trabajados

Cuota.0175

Cédula Invalidez y Vida Trabajador

Nombre del trabajador Salario base de cotización (SBC)

Días trabajados

Cuota .00625

Cédula Retiro

Nombre del trabajador Salario base de cotización (SBC)

Días trabajados

Cuota *.02

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Cédula de Cesantía y vejez patrón

Nombre del trabajador Salario base de cotización (SBC)

Días trabajados

Cuota *.0 3150

Cédula de Cesantía y vejez trabajador

Nombre del trabajador Salario base de cotización (SBC)

Días trabajados

Cuota *.01125

Cédula Guardería y prestaciones sociales (patrón)

Nombre del trabajador Salario base de cotización (SBC)

Días trabajados

Cuota *.01

Actividad 10

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Instrucciones: Lee el siguiente texto y realiza un resumen de una cuartilla.

Sistema Único de Determinación

“Los patrones con 5 o más trabajadores están obligados a efectuar el entero de sus obligaciones por medio del SUA, y para los patrones de 1 a 4 trabajadores el uso del mismo es opcional.

El Sistema Único de Autodeterminación contempla la emisión de información de los siguientes conceptos:

Cuotas obrero patronales a las cuentas individuales de los trabajadores, por concepto del Seguro de Retiro, Cesantía en Edad Avanzada y Vejez.

Cuotas obrero patronales a los demás ramos del Seguro Social (Riesgos de Trabajo, Enfermedades y Maternidad, Invalidez y Vida y Guarderías y Prestaciones Sociales).

Aportaciones patronales por concepto de vivienda, que son contabilizadas en las cuentas individuales de los trabajadores.

Amortización de créditos asignados a los trabajadores por el INFONAVIT.

Características del SUA Características de entrada

Los patrones con 5 o más trabajadores están obligados a autodeterminarse usando el Sistema, la que puede efectuarse con apoyo en la información que por medio del proceso de emisión le proporcione el IMSS; o en su caso apoyados en su sistema de nómina, así como en la información comprobatoria de los movimientos e incidencias que afectan a los trabajadores. La operación del Sistema cubre funciones específicas para la información que maneja el mismo, como la validación automática de datos en captura o por importación.

Características de operaciónEl Sistema provee a los patrones de las herramientas automatizadas para garantizar que la información y suma de las cuotas y aportaciones individuales sea procesada con la calidad necesaria para que puedan ser individualizadas. El Sistema determina también el pago de aportaciones extemporáneas, permitiendo la captura de las tasas de actualización y recargos que correspondan. Por otra parte, el Sistema puede realizar la determinación de diferencias generadas por omisiones o errores involuntarios y por revisiones de Dictamen de Contador Público. Tiene la capacidad de crear un catálogo con los datos de los trabajadores, sus salarios, movimientos e incidencias, facilitando con ello la operación del Sistema, asimismo considera los mecanismos de mantenimiento y actualización de dicho catálogo.

Características de salidaEl Sistema emite como salida a los patrones que lo usen, un medio magnético conteniendo la información de las cuotas y aportaciones individuales de sus trabajadores, con los mecanismos de seguridad necesarios, que permiten a las Entidades Receptoras (Bancos) identificar que la información efectivamente proviene del SUA, y así estar en posibilidades de efectuar el pago de las mismas.

También permite generar el dispositivo magnético que contenga los movimientos afiliatorios que los patrones deben presentar ante las ventanillas de Afiliación del instituto.

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Además, proporciona una serie de reportes que le permiten a los patrones verificar el contenido de la información alojada en el Sistema.”5

5 http://www.imss.gob.mx/patrones/sua/Pages/SUA_principal_2.aspx

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Actividad de aprendizaje 11

Instrucciones: Lee el texto y realiza un resumen de una cuartilla, con las ideas principales del texto.

Disposiciones legales que regulan las aportaciones y amortizaciones al INFONAVIT

“Origen y fundación del InfonavitLa creación del Infonavit es resultado de la evolución histórica que establece el derecho de los trabajadores a adquirir una vivienda digna que se remonta a los postulados básicos que recogiera el Constituyente de Querétaro en 1917 y que dan sus frutos el 5 de febrero cuando se promulga la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Se aprobó por unanimidad el Artículo 123, Fracción XII, Apartado A, donde se estableció la obligación de los patrones de proporcionar a los trabajadores habitaciones cómodas e higiénicas, obligación que no se hizo efectiva sino hasta 1971, después de más de 53 años de lucha por ese derecho.

El 1° de mayo de 1971 las grandes centrales obreras demandaban ante el Ejecutivo Federal buscar vías para resolver los principales problemas nacionales. Días después se integra la Comisión Nacional Tripartita a cuya quinta Subcomisión se le encomienda el estudio del problema de la vivienda. El resultado de los trabajos de los representantes de los tres sectores de esa Subcomisión propusieron reformas a la Fracción XII del Artículo 123 y la Ley Federal del Trabajo, así como la expedición de una ley para la creación de un organismo tripartita que sería el encargado de manejar los recursos del Fondo Nacional de la Vivienda.

El Ejecutivo Federal presentó las iniciativas de reformas a la Constitución y a la Ley Federal del Trabajo de 1970; para el 14 de febrero de 1972 se publican en el Diario Oficial estas reformas propuestas por la Subcomisión de Vivienda; el 21 de abril, luego de ser aprobada, se promulga la Ley del Infonavit donde se establece que las aportaciones que el patrón haga a favor de sus trabajadores le dan derecho a obtener un crédito para vivienda o a la devolución periódica del fondo que se constituya, denominado de ahorro. El 24 de abril se publican en el Diario Oficial las reformas a la Ley Federal del Trabajo. La Asamblea Constitutiva del Infonavit se celebró el 1° de mayo de ese mismo año.”6

“Artículo 1o.- Esta Ley es de utilidad social y de observancia general en toda la República.

Artículo 2o.- Se crea un organismo de servicio social con personalidad jurídica y patrimonio propio, que se denomina "Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores", con domicilio en la Ciudad de México.

Artículo 3o.- El Instituto tiene por objeto:

I.- Administrar los recursos del Fondo Nacional de la Vivienda;

II.- Establecer y operar un sistema de financiamiento que permita a los trabajadores obtener crédito barato y suficiente para:

a).- La adquisición en propiedad de habitaciones cómodas e higiénicas,

b).- La construcción, reparación, ampliación o mejoramiento de sus habitaciones, y

6http://portal.infonavit.org.mx/wps/portal/EL%20INSTITUTO/Acerca%20del%20Infonavit/Historia/!ut/p/c5/

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c).- El pago de pasivos contraídos por los conceptos anteriores;

III.- Coordinar y financiar programas de construcción de habitaciones destinadas a ser adquiridas en propiedad por los trabajadores; y

Artículo 29.- Son obligaciones de los patrones:

I.- Proceder a inscribirse e inscribir a sus trabajadores en el Instituto y dar los avisos a que se refiere el Artículo 31 de esta Ley;

Los patrones estarán obligados, siempre que contraten un nuevo trabajador, a solicitarle su número de Clave Unica de Registro de Población.

Los patrones inscribirán a sus trabajadores con el salario que perciban al momento de su inscripción;

II.- Determinar el monto de las aportaciones del cinco por ciento sobre el salario de los trabajadores a su servicio y efectuar el pago en las entidades receptoras que actúen por cuenta y orden del Instituto, para su abono en la subcuenta de vivienda de las cuentas individuales de los trabajadores previstas en los sistemas de ahorro para el retiro, en los términos de la presente Ley y sus reglamentos, así como en lo conducente, conforme a lo previsto en la Ley del Seguro Social y en la Ley Federal del Trabajo. En lo que corresponde a la integración y cálculo de la base y límite superior salarial para el pago de aportaciones, se aplicará lo contenido en la Ley del Seguro Social.

Estas aportaciones son gastos de previsión de las empresas y forman parte del patrimonio de los trabajadores.

Los patrones, al realizar el pago, deberán proporcionar la información relativa a cada trabajador en la forma y con la periodicidad que al efecto establezca la presente Ley y, en lo aplicable, la Ley del Seguro Social y la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro.

Es obligación del patrón pagar las aportaciones por cada trabajador mientras exista la relación laboral y subsistirá hasta que se presente el aviso de baja correspondiente. Si se comprueba que dicho trabajador fue inscrito por otro patrón, el Instituto devolverá al patrón omiso, a su solicitud, el importe de las aportaciones pagadas en exceso, a partir de la fecha de la nueva alta;

III.- Hacer los descuentos a sus trabajadores en sus salarios, conforme a lo previsto en los artículos 97 y 110 de la Ley Federal del Trabajo, que se destinen al pago de abonos para cubrir préstamos otorgados por el Instituto, así como enterar el importe de dichos descuentos en las entidades receptoras que actúen por cuenta y orden del Instituto, en la forma y términos que establece esta Ley y sus disposiciones reglamentarias. La integración y cálculo de la base salarial para efectos de los descuentos será la contenida en la fracción II del presente artículo.

V.- Permitir las inspecciones y visitas domiciliarias que practique el Instituto, las que se sujetarán a lo establecido por esta Ley, el Código Fiscal de la Federación y sus

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disposiciones reglamentarias. A efecto de evitar duplicidad de acciones, el Instituto podrá convenir con el Instituto Mexicano del Seguro Social la coordinación de estas acciones fiscales;

VII.- Expedir y entregar, semanal o quincenalmente, a cada trabajador constancia escrita del número de días trabajados y del salario percibido, conforme a los períodos de pago establecidos, tratándose de patrones que se dediquen en forma permanente o esporádica a la actividad de la construcción.”7

Cálculo de la aportación al INFONAVIT

Ejemplo (mes mayo y junio)

Nombre del trabajador Salario base de cotización (SBC)

Días trabajados

Cuota *.05

Juan José Santos Flores 313.56 61 956.36

Nota: Aunque la trabajadora falto por incapacidad temporal para el cálculo de la cuota del INFONAVIT, no se toman en cuenta las faltas.

Actividad de aprendizaje 12

Instrucciones: Con los datos de la actividad de aprendizaje 5 realiza el cálculo de la cuota del INFONAVIT, del bimestre de mayo y junio.

Nombre del trabajador Salario base de cotización (SBC)

Días trabajados

Cuota *.05

Juan José Santos Flores 61

Raúl Mendoza Arias 61

Silvia Ramos López 61

Actividad de aprendizaje 13

Instrucciones: Con los datos de la actividad de aprendizaje 9 realiza el cálculo de la cuota del INFONAVIT, del bimestre de enero y febrero (58 días).

7 Ley del INFONAVIT

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Nombre del trabajador Salario base de cotización (SBC)

Días trabajados

Cuota *.05

Oscar Barrera Carreón