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Área Sistema Nacional de Contabilidad y NICs - SP V 1 V Actualidad Gubernamental N° 34 - Agosto 2011 La NIC-SP 31 Activos Intangibles y el PCG - Comentarios Área Sistema Nacional de Contabilidad y NIC - SP V Informe Especial Autor : C.P.C. Juan Francisco Álvarez Illanes* Título : La NIC-SP 31 Activos Intangibles y el PCG - Comentarios - Parte I Fuente : Actualidad Gubernamental, Nº 34 - Agosto 2011 Ficha Técnica 1. Introducción 2. Concepto de activos intangibles 3. Objetivo de la norma (p.1 NIC-SP 31) 4. Alcance de la norma (p.2 NIC-SP 31) 5. Esta norma se aplicará al contabilizar los activos intangibles, excepto en los siguientes casos (p.3 NIC-SP 31) 6. La NIC-SP 31 no se aplica a las empresas del Estado (p.4 y 5 NIC-SP 31) 7. Inaplicabilidad de la NIC-SP 31 (p.6 NIC-SP 31) 8. Evaluación de la entidad para reconocer intangibles que forman parte de un activo físico ¿como intangi- ble o parte del activo jo - equipo (p.7 NIC-SP 31) 9. Desembolsos realizados en fortalecimiento de capacidades y otros se reconocen como intangibles (p.8 NIC-SP 31) 10. Intangibles provenientes de arrendamiento nancie- ro se encuentran en el ámbito de la NIC-SP 31 (p.9 NIC-SP 31) 11. Gastos realizados en exploración, desarrollo de industrias extractivas no son aplicables en la NIC-SP 31 (p.10 NIC-SP 31) 12. Activos Intangibles de legados o intangibles históricos no es aplicable la NIC-SP 31 (p.11 y 12 NIC-SP 31) 13. Activos provenientes de legados históricos pueden reconocerse como intangibles si además de cumplir con los requisitos de reconocimiento deben generar ujos de efectivo (p.13 y 14 NIC-SP 31) 14. Revelación y presentación de legados reconocidos como intangibles (p.15 NIC-SP 31) 15. Glosario de deniciones (p.16 NIC_SP 31) 16. Activo intangible (p.17 NIC-SP 31) 17. Los desembolsos que se realicen en activos que no cumplan ciertas condiciones no se reconocerán como intangibles (p.18 NIC-SP 31) 18. Control sobre los benecios económicos futuros de las inversiones realizadas en capacitación y fortale- cimiento de capacidades para que sean reconocidos como intangibles (p.23 NIC-SP 31) Sumario Parte I Parte I * Asesor y consultor de Gobiernos Regionales y Locales Asesor de Sociedades de Auditoría Externa. Conferencista a Nivel Nacional 1. Introducción En el entorno económico actual, los re- cursos y actividades intangibles (derechos de autor, marcas, imágenes, software, etc.) se han convertido en la principal fuente de generación de benecios económicos futuros o potencial de servicios en el Sector Público veamos unos ejemplos: la imagen de Machu Picchu emblema a nivel mundial como maravilla del mundo, debe ser detentado por el Estado a través del Ministerio de Comercio, Industria y Turis- mo, ello genera derechos como un activo intangible que puedan ser pagados por su uso, por empresas privadas dedicadas al turismo mundial mediante lmaciones, grabaciones o uso de publicidad; otros ejemplos como el pisco, la cocina perua- na, el pollo a la brasa, ni hablar del valor agregado que genera la medicina natural, aprovechada por los grandes laboratorio médicos, etc., son referentes de activos intangibles. Sin embargo, las dicultades que entraña en muchos casos la medición able del valor del intangible así como para determinar su amortización y otros criterios de reconocimiento, valuación o medición y las restricciones existentes para la delimitación clara de su control o propiedad por parte de las entidades del Estado, limitan la posibilidad de su reconocimiento y registro adecuado, como parte del patrimonio de la entidad, debido a la ausencia de criterios de reco- nocimiento o falta de decisión para su registro y congruencia con los principios de prudencia, esencia o el fondo sobre la forma, etc., que caracteriza el tratamiento de los activos intangibles. Las reformas en contabilidad por medio de las normas In- ternacionales de Información Financiera, realizadas por el IASB y el IFAC en el Sector Público acontecidas en los últimos años, han favorecido una mayor exibilidad en el reconocimiento y medición de activos de naturaleza intangible. El nuevo Plan Contable Gubernamental (PCG) se enmarca en la misma losofía contable del IASB y el IFAC, donde la elaboración de la información nanciera es primordial cuando se comenta sobre los criterios de reconocimiento, medición y de abilidad, relevancia de los intangibles; en este sentido, el presente artículo tiene como propósito comentar brevemente el tratamiento contable de los activos intan- gibles y especícamente la NIC-SP 31. 2. Concepto de activos intangi- bles s un activo identicable, de carácter no monetario y sin a apariencia física, controlado económicamente por la entidad resultantes de sucesos pasados de los que se espera que ella obtenga rendimientos, en forma de potencial de servicios o benecios económicos futuros y que surja de derechos contractuales, o de otros derechos legales con independencia de que esos derechos sean transferibles o separables (p. del 16 al 24 NIC-SP 31) La definición del concepto de “activo intangible” considerada en la NIC-SP emi- tido por el IFAC, va más allá de una simple denición, al considerar en esta, de forma implícita, los requisitos generales de reco- nocimiento para los activos intangibles. Por otro lado, el nuevo PCG incluye a estos ac- tivos, sin ofrecer una denición especíca de los “ intangibles”, si bien la NIC-SP 31 Activos Intangibles; considera los criterios de reconocimiento, registro y valoración del intangible, haciendo una referencia a la denición de activo incluido en marco conceptual así como a la característica de E 19. Control sobre los benecios económicos futuros de las inversiones realizadas en cartera de clientes, delización y otros para que sean reconocidos como intangibles (p.24 NIC-SP 31) 20. Condiciones para el reconocimiento de un activo intangible (p.26 y 27 NIC-SP 31) 21. Reconocimiento (p.28 NIC-SP 31) 22. Medición o Valuación Inicial (p.31 NIC-SP 31) 23. Adquisición separada (p.32 NIC-SP 31)

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Área Sistema Nacional de Contabilidad y NICs - SP V

1VActualidad Gubernamental N° 34 - Agosto 2011

La NIC-SP 31 Activos Intangibles y el PCG - Comentarios

ÁreaSistema Nacional

de Contabilidad y NIC - SP V

Info

rme

Espe

cial

Autor : C.P.C. Juan Francisco Álvarez Illanes*

Título : La NIC-SP 31 Activos Intangibles y el PCG - Comentarios - Parte I

Fuente : Actualidad Gubernamental, Nº 34 - Agosto 2011

Ficha Técnica

1. Introducción 2. Concepto de activos intangibles 3. Objetivo de la norma (p.1 NIC-SP 31) 4. Alcance de la norma (p.2 NIC-SP 31) 5. Esta norma se aplicará al contabilizar los activos

intangibles, excepto en los siguientes casos (p.3 NIC-SP 31)

6. La NIC-SP 31 no se aplica a las empresas del Estado (p.4 y 5 NIC-SP 31)

7. Inaplicabilidad de la NIC-SP 31 (p.6 NIC-SP 31)8. Evaluación de la entidad para reconocer intangibles

que forman parte de un activo físico ¿como intangi-ble o parte del activo fi jo - equipo (p.7 NIC-SP 31)

9. Desembolsos realizados en fortalecimiento de capacidades y otros se reconocen como intangibles (p.8 NIC-SP 31)

10. Intangibles provenientes de arrendamiento fi nancie-ro se encuentran en el ámbito de la NIC-SP 31 (p.9 NIC-SP 31)

11. Gastos realizados en exploración, desarrollo de industrias extractivas no son aplicables en la NIC-SP 31 (p.10 NIC-SP 31)

12. Activos Intangibles de legados o intangibles históricos no es aplicable la NIC-SP 31 (p.11 y 12 NIC-SP 31)

13. Activos provenientes de legados históricos pueden reconocerse como intangibles si además de cumplir con los requisitos de reconocimiento deben generar fl ujos de efectivo (p.13 y 14 NIC-SP 31)

14. Revelación y presentación de legados reconocidos como intangibles (p.15 NIC-SP 31)

15. Glosario de defi niciones (p.16 NIC_SP 31)16. Activo intangible (p.17 NIC-SP 31) 17. Los desembolsos que se realicen en activos que no

cumplan ciertas condiciones no se reconocerán como intangibles (p.18 NIC-SP 31)

18. Control sobre los benefi cios económicos futuros de las inversiones realizadas en capacitación y fortale-cimiento de capacidades para que sean reconocidos como intangibles (p.23 NIC-SP 31)

Sumario

Parte IParte I

* Asesor y consultor de Gobiernos Regionales y Locales Asesor de Sociedades de Auditoría Externa. Conferencista a Nivel

Nacional

1. IntroducciónEn el entorno económico actual, los re-cursos y actividades intangibles (derechos de autor, marcas, imágenes, software, etc.) se han convertido en la principal fuente de generación de benefi cios económicos futuros o potencial de servicios en el Sector Público veamos unos ejemplos: la imagen de Machu Picchu emblema a nivel mundial como maravilla del mundo, debe ser detentado por el Estado a través del Ministerio de Comercio, Industria y Turis-mo, ello genera derechos como un activo intangible que puedan ser pagados por su uso, por empresas privadas dedicadas al turismo mundial mediante fi lmaciones, grabaciones o uso de publicidad; otros ejemplos como el pisco, la cocina perua-na, el pollo a la brasa, ni hablar del valor agregado que genera la medicina natural, aprovechada por los grandes laboratorio médicos, etc., son referentes de activos intangibles. Sin embargo, las difi cultades que entraña en muchos casos la medición fi able del valor del intangible así como para determinar su amortización y otros criterios de reconocimiento, valuación o medición y las restricciones existentes para la delimitación clara de su control o propiedad por parte de las entidades del Estado, limitan la posibilidad de su reconocimiento y registro adecuado, como parte del patrimonio de la entidad, debido a la ausencia de criterios de reco-nocimiento o falta de decisión para su registro y congruencia con los principios de prudencia, esencia o el fondo sobre la forma, etc., que caracteriza el tratamiento

de los activos intangibles. Las reformas en contabilidad por medio de las normas In-ternacionales de Información Financiera, realizadas por el IASB y el IFAC en el Sector Público acontecidas en los últimos años, han favorecido una mayor fl exibilidad en el reconocimiento y medición de activos de naturaleza intangible. El nuevo Plan Contable Gubernamental (PCG) se enmarca en la misma fi losofía contable del IASB y el IFAC, donde la elaboración de la información fi nanciera es primordial cuando se comenta sobre los criterios de reconocimiento, medición y de fi abilidad, relevancia de los intangibles; en este sentido, el presente artículo tiene como propósito comentar brevemente el tratamiento contable de los activos intan-gibles y específi camente la NIC-SP 31.

2. Concepto de activos intangi-bles

s un activo identifi cable, de carácter no monetario y sin a apariencia física,

controlado económicamente por la entidad resultantes de sucesos pasados de los que se espera que ella obtenga rendimientos, en forma de potencial de servicios o benefi cios económicos futuros y que surja de derechos contractuales, o de otros derechos legales con independencia de que esos derechos sean transferibles o separables (p. del 16 al 24 NIC-SP 31)

La definición del concepto de “activo intangible” considerada en la NIC-SP emi-tido por el IFAC, va más allá de una simple defi nición, al considerar en esta, de forma implícita, los requisitos generales de reco-nocimiento para los activos intangibles. Por otro lado, el nuevo PCG incluye a estos ac-tivos, sin ofrecer una defi nición específi ca de los “ intangibles”, si bien la NIC-SP 31 Activos Intangibles; considera los criterios de reconocimiento, registro y valoración del intangible, haciendo una referencia a la defi nición de activo incluido en marco conceptual así como a la característica de

E

19. Control sobre los benefi cios económicos futuros de las inversiones realizadas en cartera de clientes, fi delización y otros para que sean reconocidos como intangibles (p.24 NIC-SP 31)

20. Condiciones para el reconocimiento de un activo intangible (p.26 y 27 NIC-SP 31)

21. Reconocimiento (p.28 NIC-SP 31) 22. Medición o Valuación Inicial (p.31 NIC-SP 31) 23. Adquisición separada (p.32 NIC-SP 31)

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Informe EspecialV

2V Actualidad Gubernamental N° 34 - Agosto 2011

Analicemos la defi nición antes expuestaa) Identifi cabilidad. La norma exige

que el intangible sea perfectamente identifi cable con el fi n de poder distin-guirlo claramente de los otros activos esto es, ser susceptible de ser separado o escindido de la entidad o ser cedi-do, transferido individualmente; por tanto, un intangible es identifi cable cuando es individualizado, reconocido y valuado con fi abilidad (p.19 litera-les. a y b NIC-SP 31).

b) Carácter no monetario. Es un activo que no está destinado por la entidad para su venta que por lo general está destinado a su uso operativo, permitien-do en contadas oportunidades generar fl ujos de ingresos monetarios, si no por el contrario, genera potencial de servicios y cuyo valor radica en los derechos confe-ridos como resultado de la titularidad y propiedad de los mismos.

c) Sin apariencia física. Califi cativo de todo aquel activo que no tiene una presencia corpórea o física o aquellos bienes que no poseen materialidad, por ejemplo una determinada marca comercial, un software, un conocimien-to especializado, una fórmula, etc., pero sí aportan valor a la entidad y suponen un valor añadido a la misma.

Además de los conceptos defi nidos líneas arriba, también es necesario reconocer el control de las políticas fi nancieras y la obtención del ren-dimiento de benefi cios económicos futuros o potencial de servicios.

d) Control. Una entidad controlará un determinado intangible siempre que tenga el poder de decidir las políticas

fi nancieras y operativas, del activo así como controlar los rendimientos, benefi cios económicos o potencial de servicios (p.21 NIC-SP 31).

e) Obtención de rendimientos (benefi -cios económicos futuros o potencial de servicios). Los activos intangibles son medios que posee y controla una entidad y para alcanzar sus objetivos, dichos activos deben ser utilizados en los fi nes para los que fueron adqui-ridos (actividad operativa, función pública, fortalecimiento de capacida-des, suministro de servicios públicos y otras actividades desarrolladas por la entidad). A esta utilidad o rendimiento de los intangibles se le denomina po-tencial de servicios, con una condición adicional, que no generan directamen-te fl ujos de entrada de recursos, de los contrario estaríamos hablando de generar benefi cios económicos (p.25 NIC-SP 31).

Luego de defi nir el concepto de activo intangible pasaremos a comentar la NIC-SP 31 emitida por el IFAC, cuya versión original se encuentra aún en idioma inglés.

Activos intangibles

Relacionados con el marketing

Basados en el conoci-miento

Nuevos procesos y fortalecimiento de capacidades

Basados en contratos

• Nombres comerciales• Marcas comerciales• Marcas de servicio• Marcas colectivas• Dominios de Internet• Acuerdos de no com-

petenciaDerechos de diseño• Copyright sobre sus-

cripciones, • Spots publicitarios vi-

suales publicitarios y copy

• Licencias de ilustra-dores y diseñadores gráfi cos

• Patentes, marcas, de-rechos de llaves, entre otros.

• Fuerza laboral y capi-tal intelectual, inclu-yendo contratos con empleados claves

• Know-how, incluyendo guías y manuales de procesos y operacio-nes

• Investigación de pro-ducto y servicios no-vedosos, incluyendo datos de prueba de productos, bases de datos

• Obras literarias, ar-tísticas o científi cas, incluidas películas

• Controles del proceso opera-tivo

• Plantillas cons-trucciones y ser-vicios de gestión

• Desarrollo de procesos de Go-bierno Electró-nico.

• Ventanilla elec-trónica

• Listas de clientes• Contratos y relaciones aso-

ciadas con clientes sobre software

• Acuerdos de licencia• Contratos de publicidad, • Contratos de arrendamiento• Acuerdos de franquicia• Derechos de operaciones y

emisiones• Contratos de servicios• Derechos de uso (de pesca,

agua, aire)• Licencias como cuotas de-

producción e importación• Permisos gubernamentales

y autorizaciones• Derechos de programas

informáticos, etc.

EjemploEscenario uno. Califi cación de un ac-tivo intangible - Compra de derechos de autorLa entidad A compró los derechos de autor de un manual de procedimientos administrativos que sirva de modelo para las distintas entidades del Sector Público por S/.50,000; luego de los trámites co-rrespondientes del registro del proyecto editorial ISBN. ¿Los derechos de autor adquiridos pueden reconocerse como activo in-tangible?

SoluciónPara determinar si los derechos de autor califi can como un activo intangible, se evaluarán los requisitos y características a la luz del párrafo 28 de la NIC-SP 31.

3. Sin apariencia física

Debe cumplir

con los 3 requisitos:

2. No monetarioActivo Intangible

1. Identifi cableSeparable

Cuando es:

Surge de un contrato u otro derecho legal

Defi nición de Activo Intangible

“identifi cabilidad”, como parte de los re-quisitos necesarios de reconocimiento que en defi nitiva permiten, discriminar entre activos monetarios y activos intangibles.Bajo el marco conceptual, los activos son aquellos “bienes, derechos y otros recur-sos controlados económicamente por la entidad resultantes de sucesos pasados, de los que se espera que la entidad obtenga benefi cios o rendimientos económicos fu-turos y potencial de servicios, No obstante, para su reconocimiento, los activos de na-turaleza intangible no solo deben cumplir con la defi nición anterior sino también

otros requisitos que además, como ya se ha señalado, es necesario que sean “iden-tifi cables” y controlados por la entidad, tratándose de un concepto nuevo, hasta ahora ausente en nuestro ordenamiento contable, cuyo cumplimiento para re-conocer el activo intangible en cuestión implica: a) señalar su procedencia de de-rechos legales o contractuales adquiridos, b) demostrar su separabilidad, es decir, la posibilidad de que el activo pueda ser arrendado, cedido, transferido, vendido, intercambiado etc.; en defi nitiva, se pueda separar de la entidad.

1. Identi-fi cable

La inscripción en la ISBN de los derechos de autor a nombre de la entidad le otorga los derechos exclusivos sobre ella, los que pueden oponerse frente a ter-ceros, pues es el titular legítimo del mismo. Con este derecho la entidad compradora (A) obtie-ne el control de los benefi cios económicos futuros, ya que lo compró con la expectativa de generar potencial de servicios, aumentar sus ingresos futuros, ya sea transfi riendo el uso del intangible.

2. No moneta-

rio

Los derechos de autor es una partida no monetaria porque no se conserva en moneda ni es un activo que se recibirá una cantidad fi ja o determinable de dinero.

3. Sin aparien-cia física

Los derecho de autor no tiene apariencia física, puesto que es un derecho legal y es un intangible.

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Área Sistema Nacional de Contabilidad y NICs - SP V

3VActualidad Gubernamental N° 34 - Agosto 2011

—————— X ——— ——— DEBE HABER

1507 OTROS ACTIVOS 50,000 1507.03 Activos intangibles 1507.0399 Otros activos intangibles2103 CUENTAS POR PAGAR 50,000 2103.99 Otras ctas. por pagarPara registrar la adquisición de derechos de autor, según orden de servicio nº…..

Luego del registro inicial, queda pendiente analizar y determinar si es un activo fi nito o infi nito, a efectos de establecer la amor-tización anual. De acuerdo al p. 87 y 88 de la NIC-SP 31, este detalle lo analizaremos más adelante.

3. Objetivo de la norma (p.1 NIC-SP 31)

El objetivo de esta norma es prescribir el tratamiento contable de los activos intangibles que no estén contemplados es-pecífi camente en otra norma. Esta Norma requiere que las entidades reconozcan un activo intangible si, y solo si, se cumplen ciertos criterios. La norma también especi-fi ca cómo determinar el importe en libros de los activos intangibles, y exige revelar información específi ca sobre estos activos.

4. Alcance de la norma (p.2 NIC-SP 31)

Una entidad que prepare y presenta estados fi nancieros bajo el principio de acumulación o devengado aplicará este estándar contablemente como activo intangible.

5. Esta norma se aplicará al con-tabilizar los activos intangi-bles, excepto en los siguientes casos: (p.3 NIC-SP 31)

a) Activos intangibles que estén tratados en otras normas;

b) Activos fi nancieros, defi nidos en la NIC-SP 28 Instrumentos Financieros: Presenta-ción;

c) Reconocimiento y medición de activos para exploración y evaluación (véase la NIIF 6 Exploración y Evaluación de Recursos Minerales);

d) Desembolsos relacionados con el desa-rrollo y extracción de minerales, petróleo,

gas natural y recursos no renovables similares;

e) Activo intangible adquirido en una com-binación de negocios (vea el pertinente estándar internacional de contabilidad NIIF 3 que se ocupa de la combinaciones de negocios) o la NIC-SP 32 Combinación entre entidades a partir de transacciones de intercambio;

f) Las donaciones de intangibles adquiridos en una combinación de negocios (véase la NIIF 3;

g) Los derechos y poderes que confi rió el Estado o promovido por norma legal, legislación, o norma equivalente;

h) Los activos generados por impuestos diferidos.

i) Los costos de adquisición diferidos, y activos intangibles, surgidos de los derechos contractuales de una entidad aseguradora en los contratos de seguro que están dentro del alcance de la NIIF 4 Contratos de Seguro. La NIIF 4 esta-blece requerimientos de revelación de información específi cos para los citados costos de adquisición diferidos, pero no para los activos intangibles. Por ello, los requerimientos de revelación de informa-ción de esta norma se aplican a dichos activos intangibles.

j) El activo intangible no vencido clasifi cado como disponible para la venta o incluido en un grupo de eliminación, baja o des-apropiación que esté clasifi cado como disponible para la venta.

k) Activos intangibles de legados históricos. Sin embargo, los párrafos 13 y 14, se aplican a activos provenientes de legados históricos y pueden reconocerse como intangibles si además de cumplir con los requisitos de reconocimiento deben generar fl ujos de efectivo.

6. La NIC-SP 31 no se aplica a las empresas del Estado (p.4 y 5 NIC-SP 31)

Este estándar se aplica a todas las en-tidades de Sector Público, excepto a la empresas del Estado (bajo el ámbito del Fonafe) o entidades de tratamiento em-presarial (ETES), que aplicarán la NIC-38 del Sector Privado.El Prólogo para la aplicación de las NIC-SP señaladas por el IPSASB explica que las empresas del Estado aplicaran las NIIF integrales emitidas por el IASB. Cuyos principios de los estados fi nancieros están defi nidos en la NIC-SP 1.

7. Inaplicabilidad de la NIC-SP 31 (p.6 NIC-SP 31)

En el caso de que otra norma se ocupe de la contabilización de una clase específi ca de activo intangible, la entidad aplicará esa norma en lugar de la presente. Por ejemplo, esta norma no es aplicable a:

a) Activos intangibles mantenidos por la en-tidad para su venta en el curso ordinario de sus actividades (véase la NIC-SP 12 Inventarios, y la NIC-SP 11 Contratos de Construcción).

b) Los activos intangibles con contratos de arrendamientos que están dentro del alcance de la NIC-SP 13 Arrendamientos.

c) Activos que surjan por benefi cios a los empleados (véase la NIC 19 Benefi cios a los empleados).

d) Los activos intangibles defi nidos como instrumentos fi nancieros defi nidos en la NIC-SP 28 “Instrumentos fi nancieros-Presentación” y la NIC-SP 6 Estados Financieros Consolidados y Separados.

8. Evaluación de la entidad para reconocer intangibles que for-man parte de un activo físico como intangible o parte del activo fi jo - equipo (p.7 NIC-SP 31)

Algunos activos intangibles pueden estar contenidos en, o contener, un soporte de naturaleza o apariencia física, como es el caso de un disco compacto (en el caso de programas informáticos), de documen-tación legal (en el caso de una licencia o patente) o de una película. Al determinar si un activo, que incluye elementos tangibles e intangibles, se tratará según la NIC-SP 17 Propiedades, Planta y Equipo, o como un activo intangible según la presente norma, la entidad realizará el oportuno juicio para evaluar cuál de los dos elementos tiene un peso más signifi cativo. Por ejemplo, los programas informáticos para un ordenador que no pueda funcionar sin un programa específi co, son una parte integrante del equipo y serán tratados como elementos de las propiedades, planta y equipo. Lo mismo se aplica al sistema operativo de un ordenador. Cuando los programas in-formáticos no constituyan parte integrante del equipo, serán tratados como activos intangibles.

9. Desembolsos realizados en fortalecimiento de capacida-des y otros se reconocen como intangibles (p.8 NIC-SP 31)

Esta norma es de aplicación, entre otros elementos, a los desembolsos por gas-tos de fortalecimiento de capacidades, formación del personal, comienzo de la actividad o de la entidad y a los correspon-dientes a las actividades de investigación y desarrollo. Las actividades de investiga-ción y desarrollo están orientadas al desa-rrollo de nuevos conocimientos. Por tanto, aunque de este tipo de actividades pueda derivarse en un activo con apariencia física (por ejemplo, un prototipo), la sustancia material del elemento es de importancia secundaria con respecto a su componente intangible, que viene constituido por el conocimiento incorporado al activo en cuestión. Veamos otro ejemploEscenario dos. Califi cación de un activo intangible - adquisición de una franquicia

Del análisis efectuado en el cuadro ante-rior, podemos concluir que los derechos de autor adquiridos constituyen un activo intangible que debe reconocerse en los libros contables de la entidad y revelar en los estados fi nancieros. Sin embargo, cabe precisar que si se tratara de una proceso en fase de investigación, generado por la propia entidad, no po-drá registrarse como activo intangible (ver párrafo 52 NIC-SP 31).

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Informe EspecialV

4V Actualidad Gubernamental N° 34 - Agosto 2011

En el mes de junio de 2011, la entidad B fi rmó un contrato de franquicia con una entidad dedicada al asesoramiento especializado en programas computariza-dos de Gestión por Resultados, Gobierno Electrónico, Ventanilla Electrónica, etc., muy reconocido en el país, por un perío-do de cinco años, acordándose el pago único de S/.55,000, que incluye servicios de capacitación al personal, entrega de manuales de instrucción, etc. El importe fue pagado al contado.¿La franquicia adquirida puede recono-cerse como activo intangible?

SoluciónPasamos a analizar si la franquicia adqui-rida por Inversiones S.A. cumple con los requisitos para califi car como un activo intangible establecidos en el párrafo 28.2 de la NIC-SP 31.

1. Identi-fi cable

Mediante el contrato de fran-quicia el titular de una marca o nombre comercial llamado fran-quiciante, otorga licencia a una entidad distinta e independiente llamado franquiciado, permi-tiendo que produzca exactamen-te su sistema de explotación de procesos, que puede ser la venta o transferencia de procesos o prestación de servicios de reco-nocido prestigio y efi ciencia, po-niendo a su disposición a cambio de una retribución económica su marca, su know-how y sus méto-dos de gestión por resultados y otros benefi cios para la mejora de la gestión pública. El dere-cho exclusivo para desarrollar procesos, bajo franquicia deter-minada, por tanto, es un activo intangible identifi cable, porque la entidad ejerce control a través del derecho contractual y porque espera generar benefi cios eco-nómicos futuros y potencial de servicios, mediante la explotación del establecimiento.

2. No moneta-

rio

Es de carácter no monetario (es decir, no se conserva en moneda ni es un activo que se recibirá en una cantidad fi ja o determinable de dinero)

3. Sin aparien-cia física

No tiene apariencia física (puesto que es un derecho), que otorga - La cesión de la marca al fran-

quiciado.- La transmisión del know-how

(saber hacer).- La prestación de asistencia

continuada al franquiciado durante toda la vigencia del contrato.

Del análisis efectuado en el cuadro anterior, podemos concluir que la fran-quicia adquirida por la entidad B es un activo intangible que debe reconocerse en los libros contables de la entidad compradora.

—————— X ——— ——— DEBE HABER

1504 INVERSIONES INTANGIBLES 55,000 1504.02 Sistemas de información tecnológicos 1504.03 Mejoramiento de procesos 1504.04 Diseño de instrumentos para mejorar la calidad del servicio 1504.05 Formación y capacitación 1504.07 Otras inversiones intangibles2103 CUENTAS POR PAGAR 55,000 2103.99 Otras ctas. por pagarPara registrar la adquisición de franquicia, según orden de ser-vicio nº…

Escenario tres. Calificación de un activo intangible - capacitación de personalUna entidad capacita a un grupo de trabajadores quienes desarrollan sus habilidades que darán lugar a benefi -cios económicos futuros o potencial de servicios, derivados de la formación que ha proporcionado a sus empleados. La entidad considera que ningún servidor público capacitado, abandonará su em-pleo y, como resultado, espera que sus habilidades permanezcan disponibles para la entidad en el futuro inmediato. ¿Los pagos por fortalecimiento de capaci-dades o para capacitar al personal pueden reconocerse como activo intangible?

Solución

Los gastos de formación de los empleados, probablemente generarán benefi cios futuros o potencial de servicios para las entidades que incurren en ellos, pero faltan algunas características fundamentales para su re-conocimiento como activo intangible, por ejemplo, es poco probable que una entidad ejerza control sufi ciente sobre los benefi cios económicos futuros esperados o potencial de servicios, que surjan de su equipo de personal capacitado y de la formación proporcionada. Es muy raro que la entidad pueda controlar la permanencia del trabajador en la entidad (personal con contratos CAS) a menos que hayan derechos legales que protejan el dere-cho de la entidad a utilizar esa habilidad por un tiempo determinado y que la habilidad técnica también cumpla con los demás requisitos para que pueda considerarse que cumple con la defi nición de activo intangible de la entidad. Por tanto, consideramos que la capacitación al personal-CAS no puede reconocerse como activo intangible, debien-do contabilizarse como gasto cuando se incurren en ellos.

Escenario cuatro. Lista de clientes o usuarios generado por la propia entidadUna entidad dedicada al servicio del contribuyente ha desarrollado una lista

signifi cativa de clientes (base de datos) se considera que la lista es muy valiosa para la entidad por contener datos claves que cualquier empresa privada que desea cap-tar clientes quisiera tenerlos y la gerencia estima que podría obtener benefi cios por el uso de la información contenida en la lista de clientes. Con fecha 1 de julio de 2011 se contrató el servicio de personal para el mantenimiento de la lista de clientes.¿Se puede reconocer la lista de clientes como un activo intangible?

Solución

No es posible que la entidad reconozca como activo intangible la lista de clientes generada internamente, ya que el párrafo 18 prohíbe específi camente que una entidad reconozca los activos intangibles generados internamente. En ausencia de derechos legales que protejan la relación de la entidad con sus clientes o que controlen la lealtad de los clientes hacia la entidad, la entidad tendrá, por lo general, un grado de control insufi ciente sobre los benefi cios económicos que se podrían derivar de esta relación y esta lealtad, como para poder considerar que tales partidas cumplen la defi nición de activo intangible. Además, los costos incurridos para la creación de la lista no se pueden distinguir del costo de desarrollo del negocio en su conjunto. En la misma línea, el pago por el servicio de personal para mantenimiento de la lista de clientes debe reconocerse como gasto del período.Además el p.18 de la NIC-SP 31 señala que no todos los activos que se consideren como intangibles cumplen la defi nición de activo intangible, esto es, identifi cabilidad, control sobre el recurso en cuestión y existencia de benefi cios económicos futuros o generación de potencial de servicios. Si un elemento incluido en el alcance de esta norma no cumpliese la defi nición de activo intangible, el importe derivado de su adquisi-ción o de su generación interna, por parte de la entidad, se reconocerá como un gasto del período en el que se haya incurrido.

10. Intangibles provenientes de arrendamiento fi nanciero se encuentran en el ámbito de la NIC-SP 31 (p.9 NIC-SP 31)

En el caso de un arrendamiento fi nanciero, el activo subyacente puede ser tangible o intangible. Después del reconocimiento inicial, el arrendatario contabilizará un acti-vo intangible, mantenido bajo la forma de un arrendamiento fi nanciero, conforme a lo establecido en esta norma. Los derechos de concesión o licencia, para productos tales como películas, grabaciones en video, obras de teatro, manuscritos, patentes y derechos reprográfi cos, están excluidos del alcance de la NIC-SP 13 Arrendamientos, pero están dentro del alcance de la pre-sente norma.

11. Gastos realizados en explora-ción, desarrollo de industrias extractivas no son aplicables

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Área Sistema Nacional de Contabilidad y NICs - SP V

5VActualidad Gubernamental N° 34 - Agosto 2011

en la NIC-SP 31(p.10 NIC-SP 31)

Las exclusiones del alcance de una norma pueden producirse en ciertas actividades u operaciones en las que, por ser de una naturaleza muy especializada, surjan aspectos contables que necesitan un tratamiento diferente. Este es el caso de la contabilización de los desembolsos por exploración, desarrollo o extracción de petróleo, gas y otros depósitos minerales, en las industrias extractivas, así como en el caso de los contratos de seguro. Por tanto, esta norma no es de aplicación a los des-embolsos realizados en estas operaciones y contratos. No obstante, esta norma será de aplicación a otros activos intangibles utilizados (como los programas infor-máticos) y otros desembolsos realizados (como los que correspondan al inicio de la actividad), en las industrias extractivas o en las entidades aseguradoras.

12. Activos intangibles de lega-dos o intangibles históricos no es aplicable la NIC-SP 31 (p.11 y 12 NIC-SP 31)

Este estándar no requiere que una en-tidad reconozca activos intangibles de legados históricos que de otra manera encontrarían la defi nición de intangibles, y los criterios de reconocimiento para un intangible. Si una entidad reconoce activos intangi-bles de legados, debe aplicar los requisitos de reconocimiento y medición de esta norma, puede reconocerlos, pero no es indispensable aplicar los requisitos de medida de este estándar, por lo tanto no es aplicable ésta norma.Algún activo está descrito como activos intangibles de legados históricos, por su signifi cado cultural, medioambiental, o histórico. Los ejemplos de activos intan-gibles de legados incluyen grabaciones de hechos o acontecimientos históricos signifi cativos y derechos para usar imáge-nes de personas públicas o signifi cativas, por ejemplo, en los sellos de correos o las monedas de circulación nacional.Ciertas características reúnen estos intan-gibles, incluyendo los siguientes, son a menudo exhibidas por activos intangibles (aunque estas características no son exclu-sivas para tales activos) de legados:a) Su valor en términos culturales, medio-

ambientales, e históricos tiene poca probabilidad de estar completamente refl ejado en un valor fi nanciero basado puramente en un precio de mercado;

b) Normas legales y/u obligaciones estatutarias pueden imponer prohi-biciones o restricciones severas en la disponibilidad para ser vendidos;

c) Su valor puede aumentar con el paso del tiempo; y

d) Puede ser difícil de estimar sus vidas útiles, lo cual en algunos casos podría ser cientos de años.

13. Activos provenientes de legados históricos pueden reconocerse como intangibles si además de cumplir con los requisitos de reconocimiento deben generar fl ujos de efec-tivo (p.13 y 14 NIC-SP 31)

Las entidades de Sector Público pueden tener grandes activos intangibles de legados, que han sido adquiridos por muchos años y por maneras diversas, incluyendo transferencias, donaciones, legados, y/o requisados. Estos activos es-tán raramente sujetos a generar fl ujos de entrada de efectivo, o que puede haber obstáculos legales para destinarlos para tales propósitos.Algunos activos intangibles de legados históricos prestan servicios o generan benefi cios económicos futuros o gene-ran potencial de servicios, por ejemplo pueden generar benefi cios económicos futuros cuando se cobra por el uso de una grabación histórica. En estos casos, un activo intangible de legados puede ser reconocido y medido en la misma base como otros activos intangibles que generen fl ujos de efectivo.Para otros intangibles provenientes de legados, su potencial de servicios o bene-fi cios económicos futuros, son limitados a sus características del legado, por tanto, la existencia de benefi cios económicos futuros o potencial de servicios puede incidir en la elección de la base de va-loración y ser reconocidos como activos intangibles.

14. Revelación y presentación de legados reconocidos como intangibles (p.15 NIC-SP 31)

Los requisitos revelación y presentación señalados en los párrafos 117-124 requieren que las entidades informen y revelen, acerca de activo intangible reconocido. Por consiguiente, las enti-dades que reconocen activos intangibles de legados están obligadas a revelar tales aspectos sobre:a) La base de medición utilizada;b) El método de amortización usado; c) La cantidad desembolsada por su

adquisición o su producción;d) La amortización acumulada al fi nal del

período; e) Una conciliación de la cantidad des-

embolsada al comienzo y al fi nal del período mostrando ciertos componen-tes por su incremento.

15. Glosario de defi niciones (p.16 NIC-SP 31)

Los términos siguientes se usan, en esta norma, con los signifi cados que a conti-nuación se especifi ca:

Amortización Es la distribución sistemática del importe amortizable de un activo intangible durante los años de su vida útil. Activo es un recursoa) controlado por la entidad como resultado

de sucesos pasados; y b) del que la entidad espera obtener, en el

futuro, benefi cios económicos. Activo intangibleEs un activo identifi cable, de carácter no monetario y sin apariencia física. Activos que generan efectivo Son activos que generan, valores monetarios, tanto el dinero en efectivo como equivalente de efectivo, por los que se van a recibir unas cantidades fi jas o determinables de dinero.Activo califi cado o activo aptoEs el activo que necesariamente requiere un período de tiempo largo o sustancial antes de estar listo para el uso u otra actividad para laque esté destinado.Ejemplos de activos aptos que cumplen las condiciones para ser califi cados como tal, son:La construcción de edificios, activos de infraestructura tales como las carreteras, puentes e instalaciones para la generación de energía , existencias, activos intangibles y otros activos que necesitan un largo período de tiempo para ser puestos en condiciones de ser usados y que se encuentren fi nanciados con préstamos.Costo Es el importe de efectivo equivalentes al efectivo pagados, o el valor razonable de la contraprestación entregada para adquirir un activo, en el momento de su adquisición o cons-trucción, o, cuando sea aplicable, el importe atribuido a ese activo cuando sea inicialmente reconocido de acuerdo con los requerimientos específi cos de otras NIIF, como por ejemplo la NIIF 2 Pagos Basados en Acciones. Costos por préstamos Son los intereses y otros gastos en que incurre una entidad en relación con operaciones de endeudamiento, Los costos por préstamos pueden incluir:a) Los intereses por sobregiros bancarios y

de préstamos a corto y largo plazo;b) La amortización de otros gastos relacio-

nados con préstamos;c) La amortización de los costos de forma-

lización de los contratos de préstamo;d) Los gastos por intereses relativas a los

arrendamientos fi nancieros; ye) Las diferencias de cambio procedentes de

por préstamos en moneda extranjera, en la medida en que sean consideradas como ajustes de costos por intereses.

Gastos de desarrollo Son los desembolsos realizados por la en-tidad en la aplicación de los resultados de la investigación o de cualquier otro tipo de conocimiento científi co, a un plan o diseño en particular para la producción de intangibles (materiales, productos, métodos, procesos o sistemas nuevos, o sustancialmente mejora-dos), antes del comienzo de su producción o utilización operativa.Gastos de investigación Son los desembolsos aplicados a todo aquel

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Informe EspecialV

6V Actualidad Gubernamental N° 34 - Agosto 2011

estudio original y planifi cado, emprendido con la fi nalidad de obtener nuevos conoci-mientos científi cos o tecnológicos. Importe en libros Es el importe por el que un activo se reconoce en el estado de situación fi nanciera, después de deducir la amortización acumulada y las pérdidas por deterioro acumuladas, que se refi eran al mismo. Importe amortizableEs el costo de un activo, u otro importe que lo haya sustituido, menos su valor residual.Mercado activo Es un mercado en el que se dan todas las siguientes condiciones: a) los bienes o servicios intercambiados en

el mercado son homogéneos; b) normalmente se pueden encontrar en

todo momento compradores y vende-dores; y

c) los precios están disponibles al público. Valor específi co para una entidad Es el valor presente de los fl ujos de efecti-vo que la entidad espera obtener del uso continuado de un activo y de su disposición al término de su vida útil, o bien de los des-embolsos que espera realizar para cancelar un pasivo. Valor razonable de un activo Es el importe por el cual podría ser intercam-biado un activo entre partes interesadas y debidamente informadas, en una transacción realizada en condiciones de independencia mutua. Pérdida por deterioro Es el exceso del importe en libros de un activo sobre su importe recuperable. Valor residual El valor residual de un activo intangible es el importe estimado que la entidad podría obtener de un activo por su disposición, des-pués de haber deducido los costos estimados para su disposición, si el activo tuviera ya la edad y condición esperadas al término de su vida útil.Vida útil es: a) El período durante el cual se espera utili-

zar el activo por parte de la entidad; o b) El número de unidades de producción o

similares que se espera obtener del mismo por parte de una entidad.

Vida útil fi nita del intangibleQue tiene fi n o límite en el espacio o en el tiempo, por tanto, un intangible está sujeto a amortización: un ejemplo: los softwares tie-nen una vida fi nita de dos a tres años si antes no aparece una nueva versión del mismo.Vida útil infi nitaQue no tiene fi n o límite en el espacio o en el tiempo, por tanto, un intangible de vida infi nita no está sujeto a amortización, pero sí a deterioro de valor: las marcas de fábrica.

16. Activo intangible (p.17 NIC-SP 31)

Es un activo identifi cable, de carácter no monetario y sin apariencia física contro-lado por la entidad como resultado de sucesos pasados; y del que la entidad espera obtener, en el futuro, benefi cios económicos o potenciales de servicios y que surja de derechos contractuales, o de otros derechos legales con independencia de que esos derechos sean transferibles o separables.

Con frecuencia, las entidades emplean recursos, o incurren en pasivos, para la adquisición, desarrollo, mantenimiento o mejora de recursos intangibles tales como el conocimiento científi co o tecnológico, el diseño e implementación de nuevos procesos o nuevos sistemas, las licencias o concesiones, la propiedad intelectual, los conocimientos técnicos (incluyendo denominaciones intelectuales y derechos editoriales) son considerados como in-tangibles. Otros ejemplos comunes de partidas que están comprendidas en esta amplia denominación son los programas informáticos, las patentes, los derechos de autor, las películas, las listas de usuarios de un servicio público, las licencias de pesca, las cuotas de importación, las franquicias, las relaciones comerciales con clientes o proveedores, la lealtad de los clientes o usuarios de los servicios públicos.

17. Los desembolsos que se rea-licen en activos que no cum-plan ciertas condiciones no se reconocerán como intangibles (p.18 NIC-SP 31)

No todos los activos que se consideren como intangibles cumplen la defi nición de activo intangible, esto es, identifi cabilidad, control sobre el recurso en cuestión y exis-tencia de benefi cios económicos futuros o generación de potencial de servicios. Si un elemento incluido en el alcance de esta Norma no cumpliese la defi nición de activo intangible, el importe derivado de su adquisición o de su generación interna, por parte de la entidad, se reconocerá como un gasto del período en el que se haya incurrido.

a) Un activo es identifi cable si: (p.19 y 20 NIC-SP 31)a) es separable, es decir, es suscepti-

ble de ser separado o escindido de la entidad y vendido, transferido, dado en explotación, arrendado o intercambiado, ya sea individual-mente o junto con un contrato, activo identifi cable o pasivo con los que guarde relación, indepen-dientemente de que la entidad tenga la intención de llevar a cabo la separación; o

b) surge de derechos contractuales o de otros derechos legales, con in-dependencia de que esos derechos sean transferibles o separables de la entidad o de otros derechos u obligaciones.

p.20 Para los propósitos de esta norma, un reconocimiento obliga-torio de un intangible, describe un reconocimiento, que les confi ere las obligaciones y derechos similares como si fuera en forma de un contrato.

b) Un Activo intangible es controlado (p.21 NIC-SP 31)

p.21 Una entidad controlará un deter-minado activo, cuando pueda decidir sobre la política fi nanciera del activo, siempre que tenga el poder de obtener

los benefi cios económicos futuros o el potencial de servicios que procedan de los recursos que subyacen en el mismo, y además pueda restringir el acceso de terceras personas a tales benefi cios. La capacidad que la entidad tiene para controlar los benefi cios económicos futuros de un activo intangible tiene su justifi cación, normalmente, en de-rechos de tipo legal que son exigibles ante los tribunales. En ausencia de tales derechos de tipo legal, será más difícil demostrar que existe control. No obstante, la exigibilidad legal de un derecho sobre el elemento no es una condición necesaria para la existencia de control, puesto que la entidad pue-de ejercer el control sobre los citados benefi cios económicos de alguna otra manera.

c) Los benefi cios económicos futuros o potenciales de servicios (p.25 NIC-SP 31)

Los recursos que posee una entidad constituyen medios para alcanzar los objetivos previstos por la organización, por tanto los activos que se utilizan para generar bienes y servicios de acuerdo con los objetivos de una entidad sin generar directamente flujos netos de entradas de efectivo se conocen a menudo como incorporadores de “potencial de servicios” (que prestan servicios en lugar de generar benefi cios económicos); en cambio los activos que generan entradas de fl ujos de efectivo, se les conocen como generadores de be-nefi cios económicos futuros. Por tanto, entre los benefi cios económicos futuros o potencial de servicios, procedentes de un activo intangible se incluyen los ingresos de actividades ordinarias procedentes de la venta de productos o servicios (benefi cios económicos), o los ahorros de costos y otros rendimientos diferentes que se deriven del uso del activo por parte de la entidad se co-nocen como generadores de potencial de servicios. Por ejemplo, el uso de la propiedad intelectual, dentro del pro-ceso de producción puede reducir los costos de producción futuros, en lugar de aumentar los ingresos de actividades ordinarias futuras.

(Otro ejemplo, un sistema en línea que permite a los ciudadanos renovar per-misos de conducir más rápidamente en línea, resultantes en una reducción en personal de la ofi cina requerido para realizar esta función al aumentar la velocidad de procesamiento.

d) Control de los benefi cios econó-micos futuros o potenciales de servicios (p.22 NIC-SP 31)

p.22 Los conocimientos técnicos y científi cos pueden dar lugar a bene-fi cios económicos futuros o potencial de servicios. La entidad controlará esos benefi cios si, por ejemplo, tiene prote-gidos tales conocimientos por derechos legales como la propiedad intelectual o el derecho de copia, la restricción de los acuerdos interinstitucionales (si estuvieran permitidos), o bien por una obligación legal de los empleados de mantener la confi dencialidad.

18. Control sobre los benefi cios económicos futuros de las in-

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versiones realizadas en capa-citación y fortalecimiento de capacidades para que sean reconocidos como intangibles (p.23 NIC-SP 31)

Una entidad puede poseer un equipo de personas capacitadas, de manera que pue-da identifi car posibilidades de mejorar su nivel de competencia mediante la mejora de su formación especializada, lo que pro-ducirá benefi cios económicos en el futuro o potencial de servicios. La entidad puede también esperar que su personal continúe prestando sus servicios dentro de la enti-dad. No obstante, y con carácter general, la entidad tendrá un control insufi ciente sobre los benefi cios futuros esperados o potencial de servicios, que pueda producir un equipo de empleados con mayor espe-cialización, como para poder considerar que los importes dedicados a la formación cumplen la defi nición de activo intangible. Por razones similares, es improbable que las habilidades técnicas o de gerencia, de carácter específi co, cumplan con la defi nición de activo intangible, a menos que estén protegidas por derechos legales para ser utilizadas y alcanzar los benefi cios económicos que se espera de ellas, y ade-más cumplan el resto de condiciones de la defi nición de activo intangible.

19. Control sobre los benefi cios económicos futuros de las inversiones realizadas en cartera de clientes, fi deliza-ción y otros para que sean reconocidos como intangibles (p.24 NIC-SP 31)

La entidad puede tener una cartera de clientes o usuarios de los servicios públi-cos o una determinada lista de buenos contribuyentes, y esperar que debido a los esfuerzos empleados en desarrollar las excelentes relaciones con los usuarios y su lealtad, estos vayan a continuar demandando los bienes y servicios que se les vienen ofreciendo. Sin embargo, en ausencia de derechos legales u otras formas de control que protejan esta expectativa de relaciones o de lealtad continuada por parte de los usuarios, la entidad tendrá, por lo general, un grado de control insufi ciente sobre los benefi cios económicos o potencial de servicios que se podrían derivar de las mismas, como para poder considerar que tales partidas (carte-ra de usuarios, cuotas de contribuyentes, relaciones con la clientela, lealtad de los usuarios) cumplen la defi nición de activo intangible. Cuando no se tengan derechos legales para proteger las relaciones con los usuarios, las transacciones de intercambio por las mismas o similares relaciones no contractuales con la clientela, demuestran que la entidad es, no obstante, capaz de

controlar los futuros benefi cios económi-cos o potencial de servicios esperados de la relación con los usuarios. Como esas transacciones de intercambio también demuestran que las relaciones con los usuarios son separables, dichas relaciones con la clientela se ajustan a la defi nición de un activo intangible.

20. Condiciones para el recono-cimiento de un activo intan-gible (p.26 y 27 NIC-SP 31)

El reconocimiento de una partida como activo intangible exige, para la entidad, demostrar que el elemento en cuestión cumpla: a) la definición de activo intangible

(véase los párrafos 16 y 17); y b) los criterios para su reconocimiento

(véanse los párrafos 28 a 30). Este requerimiento se aplicará a los costos soportados inicialmente, para adquirir o generar internamente un activo intan-gible, o el valor razonable de un activo intangible adquirido a través de una tran-sacción de intercambio y para aquellos en los que se haya incurrido posteriormente para añadir, sustituir partes del mismo o realizar su mantenimiento. La naturaleza de los activos intangibles es tal que, en muchos casos, no existe

posibilidad de realizar adiciones al activo en cuestión o sustituciones de partes del mismo. Consiguientemente, la mayoría de los desembolsos posteriores se hacen, probablemente, para mantener los futuros benefi cios económicos o potencial de ser-vicios esperados incorporados a un activo intangible existente, pero no satisfacen la defi nición de activo intangible ni los crite-rios de reconocimiento contenidos en esta norma. Además, a menudo es más difícil atribuir un desembolso posterior directa-mente a un activo intangible determinado que a la entidad como un todo. Por tanto, solo en raras ocasiones, los desembolsos posteriores –desembolsos efectuados tras el reconocimiento inicial de un activo in-tangible adquirido o después de completar un activo intangible generado internamen-te– se reconocerán en el importe en libros del activo. De acuerdo con el párrafo 61, los desembolsos posteriores sobre marcas, cabeceras de periódicos o revistas, deno-minaciones editoriales, listas de usuarios de servicios u otras partidas similares (hayan sido adquiridas externamente o generadas internamente) se reconocerán siempre en el resultado del período en el que se incurran. Esto es así porque tales desembolsos no pueden distinguirse de los desembolsos para desarrollar las ope-raciones de la entidad considerado en su conjunto.

- Control de recurso por la empresa

- Se esperan obtener bene-fi cios económicos futuros

- Probable obtención de beneficios económicos futuros

- Medición fiable de su valor

- Separable o procedente de derechos legales o contractuales

Defi nición de activoMarco conceptual Identifi cabilidad

Criterios de reconocimiento

de activosMarco conceptual

Reconocimiento de Activos Intangibles (PGC 2007)

21. Reconocimiento (p.28 NIC-SP 31)

Un activo intangible se reconocerá si, y solo si:a) es probable que los benefi cios econó-

micos futuros que se han atribuido al mismo fl uyan a la entidad; y

b) el costo del activo puede ser medido de forma fi able.

La entidad evaluará la probabilidad de obtener benefi cios económicos futuros o, potencial de servicios utilizando su-

posiciones razonables y fundadas, que representen las mejores estimaciones de la gerencia respecto al conjunto de condi-ciones económicas que existirán durante la vida útil del activo.Una entidad utilizará su juicio para evaluar el grado de certidumbre asociado al fl ujo de benefi cios económicos futuros o potencial de servicios que sea atribuible a la utilización del activo, sobre la base de la evidencia disponible en el momento del reconoci-miento inicial, otorgando un peso mayor a la evidencia procedente de fuentes externas.

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22. Medición o valuación inicial (p.31 NIC-SP 31)

Un activo intangible será medido inicial-mente a precio de costo de conformidad con los párrafos 32 al 43, cuando un activo intangible sea adquirido a través de una transacción de intercambio, trans-ferencia, donación u otros que no tengan valor, su medición inicial en la fecha de adquisición, será medida por su valor razonable.El costo de un activo intangible adquirido de forma separada comprende:a) el precio de adquisición, incluidos

los aranceles de importación y los impuestos no recuperables que recai-gan sobre la adquisición, después de deducir los descuentos comerciales y las rebajas; y

b) cualquier costo directamente atribui-ble a la preparación del activo para su uso previsto.

Son ejemplos de costos atribuibles direc-tamente:a) los costos de las remuneraciones a

los empleados (según se defi nen en la NIC-SP 25 Benefi cios a emplea-dos), derivados directamente de poner el activo en sus condiciones de uso;

b) honorarios profesionales surgidos directamente de poner el activo en sus condiciones de uso; y

c) los costos de comprobación de que el activo funciona adecuadamente.

Escenario cinco. Medición inicial de activos intangibles adquiridos por separado - Compra de softwareEn el mes de julio del 2011 la entidad adquiere un software contable de costos ABC de última generación que será utili-zado por la Gerencia de Administración, para generar información de costos, de proyectos y actividades y otras inter-venciones del Estado, para promover la medición de resultados. Se pagó al contado el importe de S/.17,700 inclui-do el IGV. Adicionalmente se contrató a un ingeniero de sistemas para instalar el programa, quien emitió recibo por honorarios por S/.550.

Se capacitó al personal del área conta-ble para operar el nuevo programa, el instructor emitió recibo por honorarios por S/.400.

Solución

Los párrafos 31, 34 y 35 de la NIC-SP-31 establecen que el costo de un activo in-tangible adquirido de forma separada, tal como el presente caso, donde el software contable es comprado de terceros (No ge-nerado internamente) comprende: el precio de adquisición, incluyendo los aranceles de importación y los impuestos no recuperables más cualquier costo directamente atribuible a la preparación del activo para su uso previs-to. Por tanto, incluirá el costo del software contable adquirido:

Costo del proveedor del softwareInstalación del software

17,700550

Costo inicial del activo intangible S/.18,250

Gastos de capacitación de personal 400

Los desembolsos en capacitación al per-sonal no pueden considerarse como parte del costo del activo intangible, pues no se puede obtener el control sobre la perma-nencia del trabajador en la empresa, por tanto se registran como gasto.

Asientos contables—————— X ——— ——— DEBE HABER

1507 OTROS ACTIVOS 18,250 1507.03 Activos intang. 1507.0302 software R.D. 011-2011-EF/93.012103 CUENTAS POR PAGAR 18,250 2103.99 Otras ctas. por PagarPara registrar la adquisición de Software, según orden de ser-vicio nº…

5302 CONT. DE SERVICIOS 400 5302.07 Servicios profes. y técnicos 5302.0703 Servicio de capacitación y perfecc. 5302.070301 Realizado por personas jurídicas 53.070302 Realizado por personas naturales2103 CUENTAS POR PAGAR 400 2103.01 Bienes y servicios por pagar 2103.0101 Bienes y servicios por pagar-EF/93.01 2103.010102 Servicios R.D. 01Para registrar los gastos de ca-pacitación

—————— X ——— ———

23. Adquisición separada (p.32 NIC-SP 31)

Normalmente, el precio que una entidad paga para adquirir separadamente un activo intangible es el costo, y refl ejará las expectativas acerca de la probabilidad de que los benefi cios económicos futuros o potencial de servicios incorporados al ac-tivo fl uyan a la entidad. En otras palabras, la entidad esperará que haya una entrada de benefi cios económicos, incluso si existe

incertidumbre sobre la fecha o el importe de estos. Por tanto, el criterio de reconoci-miento de la probabilidad de generar be-nefi cios económicos futuros o potencial de servicios, se considerará siempre satisfecho en el caso de activos intangibles adquiridos de forma separada.Además, el costo de un activo intangible adquirido de forma independiente puede, habitualmente, ser medido con fi abilidad.

Situación Medición inicial NIC-SP 31

Adquirido en forma separada

El costo comprende el precio de adquisición, incluyendo los aranceles de importación y los impuestos no recuperables, más cualquier costo directamente atribuible a la preparación del activo para su uso previsto. Los descuentos comerciales y las rebajas se deducen del costo.

Párrafo 31, 34 y 35

Adquirido como parte de una transferencia

Los intangibles adquiridos mediante transferencia se valoran al valor razonable en la fecha de adquisición.

Párrafo 42 y 43

Adquirido intangible desarrollado inter-namente mediante

una subvención del Gobierno

El costo es el valor razonable del activo intangible en la fecha en la que se recibe o es exigible la subvención.Los activos producidos internamente (desarrollo) se medirán por el costo de la suma de desembolsos incurridos.

Párrafo 63

Adquirido mediante permuta

El costo es el valor razonable del activo intangible, salvo que la tran-sacción de intercambio no tenga carácter comercial, o no puedan medirse con fi abilidad el valor razonable. En tales casos, el costo del activo intangible se medirá por el valor en libros del activo entregado.

Párrafo 42, 43 y 44

Medición Inicial del Activo Intangible

Es probable que los benefi cios económicos futuros esperados que se han atribuido al activo fl uyan a la

entidad.

El costo o el valor del activo puede ser medido con fi abilidad

El activo no es generado internamente

Reconocimiento de un Activo Intangible

Un activo intan-gible se contabi-liza como activo

en los libros contables si:

Continuará en la siguiente edición...