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63 1.- NIC-SP 13 ARRENDAMIENTOS A.- Resolución del Consejo Nacional de Contabilidad N° 029- 2002-EF/93.01 Esta resolución considera que, por disposición de la Ley N° 24680, compete a la Contaduría Pública de la Nación y al Consejo Normativo de Contabilidad, según corresponda, el estudio, análisis y emisión de las Normas de Contabilidad que deben regir en el Perú; Que, las Normas Internacionales de Contabilidad del Sector Público - NICSP, son emitidas por el Comité del Sector Público del International Federation of Accountants (IFAC) para armonizar los principios y prácticas contables en todo el mundo; Que, es necesario ocializar las NICSP para su uso por parte de las entidades del Sector Público, para que sus Estados Financieros reflejen razonablemente la situación financiera, el resultado de las operaciones y los flujos de efectivo. Esta resolución oficializa las Normas Internacionales de Contabilidad para el Sector Público de la N° 1 a la N° 5, de la N° 8 a la N° 10 y de la N° 12 a la N° 17, cuyos títulos se detallan a continuación: NICSP 1 Presentación de Estados Financieros NICSP 2 Estado de Flujos de Efectivo NICSP 3 Superávit o Décit Neto del Ejercicio, Errores Sustanciales y Cambios en las Políticas Contables CONTABILIDAD GUBERNAMENTAL II C.P.C.C JESUS ATUNCAR I SOTO 1.1. MARCO LEGAL

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CONTABILIDAD GUBERNAMENTAL, INCLUYE CASOS PRACTICOS.

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1.- NIC-SP 13 ARRENDAMIENTOS1.1. MARCO LEGAL

A.- Resolucin del Consejo Nacional de Contabilidad N 029-2002-EF/93.01Esta resolucin considera que, por disposicin de la Ley N 24680, compete a la Contadura Pblica de la Nacin y al Consejo Normativo de Contabilidad, segn corresponda, el estudio, anlisis y emisin de las Normas de Contabilidad que deben regir en el Per;Que, las Normas Internacionales de Contabilidad del Sector Pblico - NICSP, son emitidas por el Comit del Sector Pblico del International Federation of Accountants (IFAC) para armonizar los principios y prcticas contables en todo el mundo;Que, es necesario ocializar las NICSP para su uso por parte de las entidades del Sector Pblico, para que sus Estados Financieros reflejen razonablemente la situacin financiera, el resultado de las operaciones y los flujos de efectivo.Esta resolucin oficializa las Normas Internacionales de Contabilidad para el Sector Pblico de la N 1 a la N 5, de la N 8 a la N 10 y de la N 12 a la N 17, cuyos ttulos se detallan a continuacin:NICSP 1 Presentacin de Estados FinancierosNICSP 2 Estado de Flujos de EfectivoNICSP 3 Supervit o Dcit Neto del Ejercicio, Errores Sustanciales y Cambios en las Polticas ContablesNICSP 4 Efectos de las Variaciones en los Tipos de CambioNICSP 5 Costos de EndeudamientoNICSP 8 Presentacin de informacin Financiera sobre las Participaciones enAsociaciones en ParticipacinNICSP 9 Ingresos Provenientes de Transacciones de IntercambioNICSP 10 Presentacin de informacin Financiera en una Economa HiperinacionariaNICSP 12 ExistenciasNICSP 13 Contratos de ArrendamientoNICSP l4 Sucesos Posteriores a la Fecha del Balance GeneralNICSP 15 Instrumentos Financieros: Revelacin y PresentacinNICSP 16 Inversin Inmobiliaria NICSP 17 Inmuebles. Maquinaria y Equipo.

1.2 OBJETIVOS

El objetivo de esta Norma es:

1.3 IMPORTANCIA

La NIC SP 13 arrendamientos es muy importante debido que nos informa sobre el tratamiento contable de los arrendamientos y proporciona las ventajas del arrendamiento financiero tales como: evita tener que pagar cuotas iniciales, como es usual hacerlo cuando se adquieren activos fijos a crdito, logrando as no desmejorar el grado de liquidez, se preserva el capital de trabajo de la entidad pblica para realizar cualquier otro tipo de actividad productividad que se requiera. Se tienen ms posibilidades de reemplazar los bienes obsoletos por equipos nuevos y tecnolgicamente actualizados, lo que redundar en una disminucin de los gastos de mantenimientoLa importancia del arrendamiento financiero recae en la flexibilidad, ya que permite tener un margen un poco ms extenso de posibilidades para la empresa, cuando surge algo no previsto en los planes y estrategias de la misma, que permitir enfrentarse de una mejor manera a los cambios.Adems permite a la persona que har uso del bien a tener mayor comodidad de pagar por su uso ya que el sistema de pago se presta a su cancelacin por partes, lo que facilita la adquisicin de activos.Por otra parte, es una buena opcin de financiamiento para entidades pblicas que necesitan adquirir un bien pero no disponen del capital econmico propio, ya que sta operacin permite al arrendatario la cesin de uso, es decir, que cada una de las cuotas pagadas son deducidas del costo del bien, para que al momento de una posible compra sean tomadas en cuenta.Tambin su importancia radica en que permite al cliente contar siempre con equipo y tecnologa de punta, ya que al estar rentando los bienes, estos podrn ser renovados cada vez que se tenga necesidad de actualizar el equipo obsoleto.Adems de: Mejor control del costo-beneficio de los equipos. Servicio de valor agregado y calidad. Registro contable muy simple (las rentas van directo al rubro de gastos). Planeacin fiscal, 100% deducibles de impuestos. No afecta pasivos ni activos. Los equipos no son sujetos al pago de impuesto al activo. Financiamiento de la totalidad del costo del equipo. El equipo es arrendado a plazos que se ajustan a las necesidades del arrendatario. Herramienta auxiliar al complementar lneas de crdito tradicionales. Mantiene estructuras financieras ms sanas.

Otra observacin importante, es que aunque el bien adquirido mediante esta modalidad es propiedad del banco, y por lo tanto, es la garanta primaria, se deben solicitar tantas garantas adicionales como difcil sea vender el bien para cobrar el crdito fallido. Por ejemplo, si en un arrendamiento financiero para vehculos, el cliente no cancela, vender el bien debera ser sumamente fcil para cancelar la operacin. Pero si se tratase de una maquinaria cuya utilidad es solamente para la entidad pblica por ser muy especializada, la reventa del equipo puede ser complicada o imposible, por lo que en este caso se deberan agregar todas aquellas garantas que permitan recuperar el crdito.En fin, desde un punto de vista financiero, el arrendamiento es una fuente externa de financiamiento, es decir, nos permite tener una opcin para obtener los recursos que se requiere al momento de adquirir bienes de capital.1.4 ASPECTOS IMPORTANTES

ALCANCE

La entidad que prepare y presente estados financieros por el mtodo contable de lo devengado deber aplicar esta Norma para la contabilizacin de todo contrato de arrendamiento, excepto en los siguientes casos:

En todo caso, la presente Norma no se deber aplicar a la valuacin hecha por:

La presente Norma es de aplicacin para todas las entidades del sector pblico, excepto Empresas Pblicas.La presente Norma es aplicable a los convenios que transfieren el derecho a usar un activo, aun cuando al arrendador se le puedan exigir servicios esenciales en conexin con el funcionamiento o mantenimiento de tal activo. Por otra parte, la presente Norma no es aplicable a los acuerdos que son contratos de servicios que no transfieren, de una de las partes contratantes a la otra, el derecho a usar un activo. Las entidades del sector pblico pueden celebrar convenios complejos para la prestacin de servicios que pueden o no incluir el arrendamiento de activos. Estos convenios se exponen en los prrafos 17 a 19.

La presente Norma no es aplicable a los acuerdos de arrendamiento para hacer exploracin o uso de recursos naturales tales como petrleo, gas, madera, metales y otros derechos mineros, ni a los acuerdos de licencia para productos tales como pelculas cinematogrficas, grabaciones de video, obras de teatro, originales literarios, patentes y derechos de autor. Ello se debe a que estos tipos de acuerdo tienen el potencial de suscitar controversias contables complejas que necesitan ser abordadas separadamente.

La presente Norma no es aplicable a los inmuebles mantenidos como generadores de renta. Este tipo de inmuebles es valuado por los arrendadores y arrendatarios de conformidad con las pautas de la NICSP 16.Las Empresas Pblicas (EPs) debern aplicar las Normas Internacionales de Contabilidad (NICs) emitidas por el Comit de Normas Internacionales de Contabilidad. La Gua N 1 del Comit del Sector Pblico, Presentacin de Informacin Financiera de las Empresas Pblicas, observa que las NICs son aplicables a todas las organizaciones empresariales, sin importar que ellas pertenezcan al sector privado o al sector pblico. Por consiguiente, recomienda que las EPs presenten sus estados financieros guardando conformidad, en todos los aspectos materiales, con las NICs.

ALGUNAS DEFINICIONES

En esta Norma, los trminos que siguen se usan con los significados que les acompaan:Renta-de-arrendamiento contingente es la porcin de los pagos de arrendamiento que no se establece por un monto fijo, sino tomando como base un factor distinto al del solo paso del tiempo (por ejemplo, un porcentaje de las ventas, la cantidad de uso, los ndices de precios, las tasas de inters de mercado).Vida econmica es uno de los dos siguientes conceptos:(a) el perodo durante el cual se espera que un activo rinda beneficios econmicos o un potencial de servicio a uno o ms usuarios; o(b) el nmero de unidades de produccin o unidades similares que se espera que uno o ms usuarios obtengan del activo.Arrendamiento financiero es el arrendamiento que transfiere sustancialmente todos los riesgos y retribuciones atribuibles a la propiedad de un activo. El derecho de propiedad puede o no finalmente transferirse.Inversin bruta de arrendamiento es la suma de los pagos mnimos de arrendamiento bajo un contrato de arrendamiento financiero visto desde la posicin del arrendador, ms cualquier valor residual no garantizado que sea devengable para el arrendador.Valor residual garantizado es,(a) en el caso del arrendatario, la parte del valor residual que est garantizada por el arrendatario o por un tercero relacionado con el arrendatario (siendo el monto de la garanta, en cualquier caso, el monto mximo cuyo pago podra volverse exigible); y,(b) en el caso del arrendador, la parte del valor residual que est garantizada por el arrendatario o por un tercero, no relacionado con el arrendador, que financieramente es capaz de hacerse cargo de las obligaciones bajo garanta.Inicio del arrendamiento es la fecha ms antigua del acuerdo de arrendamiento o del compromiso de las partes con respecto a las estipulaciones principales del contrato de arrendamiento.Tasa de inters implcita en el arrendamiento es la tasa de descuento que, al inicio del arrendamiento, da lugar a que el valor presente de la suma de:(a) los pagos mnimos de arrendamiento y(b) el valor residual no garantizado, sea igual al valor razonable del activo arrendado.Arrendamiento (contrato de arrendamiento) es un acuerdo por el cual el arrendador transmite al arrendatario, a cambio de un pago o de una serie de pagos, el derecho de usar un activo por un perodo de tiempo convenido.

Plazo de arrendamiento es el perodo no rescindible por el cual el arrendatario ha contratado el arrendamiento del activo, ms cualesquier plazos adicionales para los cuales el arrendatario tiene la opcin de seguir arrendando el activo, haciendo o no un pago adicional por esta opcin, para la cual, al inicio del arrendamiento, existe la razonable certidumbre de que el arrendatario la va a ejercer.

Tasa de inters de endeudamiento marginal del arrendatario es la tasa de inters que el arrendatario tendra que pagar en un arrendamiento similar o, si ella no es determinable, la tasa en que, al inicio del arrendamiento, el arrendatario tendra que incurrir para, durante un plazo similar y con una garanta similar, obtener en prstamo los fondos necesarios para comprar el activo.

Pagos mnimos de arrendamiento son los pagos que, durante el plazo del arrendamiento, se exigen o se pueden exigir al arrendatario, excluyndose las rentas de arrendamiento contingentes, los costos de los servicios y, cuando es pertinente, los impuestos por pagar y reembolsar al arrendador, junto con:(a) en el caso del arrendatario, cualesquier montos garantizados por ste o por un tercero relacionado con ste; o(b) en el caso del arrendador, cualquier valor residual garantizado a ste por una u otra de las siguientes partes:(i) el arrendatario; (ii) un tercero relacionado con el arrendatario; o(iii) un tercero independiente que financieramente est en capacidad de cumplir con la garanta.Sin embargo, si el arrendatario tiene la opcin de comprar el activo a un precio que se espera sea suficientemente ms bajo que el valor razonable a la fecha en que la opcin se vuelva ejercitable, habiendo as, al inicio del arrendamiento, la razonable certidumbre de que la opcin va a ser ejercitada, los pagos mnimos de arrendamiento comprendern los pagos mnimos pagaderos durante el plazo del arrendamiento ms el pago requerido para ejercitar esta opcin de compra.Inversin neta de arrendamiento es la inversin bruta efectuada en el arrendamiento menos el ingreso financiero no devengado.Contrato de arrendamiento no rescindible es un contrato de arrendamiento que es rescindible slo:(a) si ocurre alguna contingencia remota;(b) si lo autoriza el arrendador;(c) si el arrendatario celebra un nuevo contrato de arrendamiento por el mismo activo o un activo equivalente, con el mismo arrendador; o(d) si el arrendatario hace el pago de un monto adicional tal que, desde el inicio, hay la razonable certidumbre de que el arrendamiento va a continuar.Arrendamiento operativo es todo arrendamiento que no es un arrendamiento financiero.

Ingreso financiero no devengado es la diferencia entre:(Pagos mnimos de arrendamiento bajo un contrato de arrendamiento financiero visto desde la posicin del arrendador + cualquier valor residual no garantizado que sea devengable para el arrendador) (Tasa de inters implcita en el contrato de arrendamiento)

.

Valor residual no garantizado es la porcin del valor residual del activo arrendado, cuya realizacin por parte del arrendador no est asegurada o est garantizada slo por una de las partes relacionadas con el arrendador.

Vida til es el perodo restante estimado, desde el comienzo del plazo del arrendamiento, sin la limitacin del plazo de ste, durante el cual se espera que los beneficios econmicos o el potencial de servicio incorporados en el activo van a ser consumidos por la entidad.Los trminos definidos en otras Normas Internacionales de Contabilidad del Sector Pblico se usan en la presente con el mismo significado que se les da en aqullas, estando reproducidos estos trminos en el Glosario de Definiciones de Trminos que se publica aparte.Contratos de alquiler venta La definicin de contrato de arrendamiento incluye a los contratos de alquiler de activos que contienen una estipulacin que da al arrendatario la opcin de adquirir el derecho de propiedad del activo al cumplirse las condiciones acordadas. Estos contratos se conocen a veces como contratos de alquiler venta.Tasa de inters de endeudamiento marginal Cuando la entidad ha obtenido prstamos que estn garantizados por el gobierno, la determinacin de la tasa de inters de endeudamiento marginal del arrendatario deber reflejar la existencia de las garantas gubernamentales y cargos correlacionados. Esto normalmente conducir al uso de la tasa de inters de endeudamiento marginal ms baja.CLASIFICACIN DE LOS CONTRATOS DE ARRENDAMIENTO

La clasificacin de los contratos de arrendamiento adoptada en esta Norma est basada en el grado en que los riesgos y retribuciones atribuibles a la propiedad de un activo arrendado recaen en el arrendador o el arrendatario. Los riesgos incluyen las posibilidades de prdida provenientes de la capacidad ociosa, obsolescencia tecnolgica o cambios de valor producidos por condiciones econmicas cambiantes. Un arrendamiento se clasifica como arrendamiento financiero si transfiere sustancialmente todos los riesgos y retribuciones atribuibles a la propiedad; o se clasifica como arrendamiento operativo si no transfiere sustancialmente todos los riesgos y retribuciones atribuibles a la propiedad. Como las transacciones entre el arrendador y el arrendatario se basan en un acuerdo de arrendamiento comn a ambas partes, es conveniente usar definiciones que sean concordantes. La clasificacin del arrendamiento se hace al inicio de ste. Si en algn momento el arrendatario y el arrendador convienen en cambiar las estipulaciones del contrato -exceptuando la renovacin del mismo- en forma tal que d lugar a una diferente clasificacin del arrendamiento, habiendo los trminos cambiados en efecto al inicio del contrato, el acuerdo modificado se considera como un nuevo acuerdo durante su plazo. Los cambios en las estimaciones (por ejemplo, los cambios en la estimacin de la vida econmica o del valor residual del bien arrendado) o los cambios en las circunstancias (por ejemplo, el incumplimiento del arrendatario) no dan lugar, sin embargo, a una nueva clasificacin del arrendamiento para propsitos contables.El arrendamiento de terrenos y edificios se clasifica como operativo o financiero en la misma forma que el arrendamiento de otros activos. Sin embargo, una caracterstica de los terrenos es que normalmente ellos tienen una vida econmica indefinida y, si no est previsto que el derecho de propiedad pase al arrendatario al final del plazo del arrendamiento, el arrendatario no recibe sustancialmente todos los riesgos y retribuciones atribuibles a la propiedad.

CONTRATOS DE ARRENDAMIENTO Y OTROS CONTRATOS

Un contrato puede consistir en slo un acuerdo para arrendar un activo. Sin embargo, un contrato de arrendamiento puede tambin ser un elemento de un conjunto ms amplio de acuerdos con entidades del sector privado para construir, poseer, operar y/o transferir activos. Las entidades del sector pblico suelen celebrar tales acuerdos, particularmente en relacin con activos fsicos de larga vida y activos de infraestructura. Por ejemplo, una entidad del sector pblico puede construir una va de peaje. La entidad puede luego arrendar esta va a una entidad del sector privado, como parte de un acuerdo por el cual la entidad del sector privado conviene en: (a) arrendar la va de peaje por un extenso perodo de tiempo (con o sin opcin de comprar la instalacin);(b) operar la va de peaje; y(c) cumplir con los requisitos de mantenimiento integral, incluyendo el mejoramiento regular tanto de la superficie de la va, como de la tecnologa de control del trfico.Otros acuerdos pueden involucrar que una entidad del sector pblico tome en arrendamiento infraestructura del sector privado.Cuando un convenio contiene un arrendamiento operativo o financiero identificable segn lo definido en esta Norma, se debe aplicar las pautas de la Norma para contabilizar el componente del arrendamiento del convenio. Las entidades del sector pblico pueden tambin celebrar una variedad de acuerdos para el suministro de bienes y/o servicios que necesariamente involucran el uso de activos dedicados al respecto. En algunos de estos acuerdos, puede no ser claro si se ha producido o no un arrendamiento segn lo definido por esta Norma.

EL ARRENDAMIENTO EN LOS ESTADOS FINANCIEROS DEL ARRENDATARIO

ARRENDAMIENTOS FINANCIEROSAl comienzo del plazo del arrendamiento, los arrendatarios reconocern los activos adquiridos mediante arrendamiento financiero como activos y las obligaciones asociadas a los mismos como pasivos en sus estados de situacin financiera. Los activos y pasivos debern ser reconocidos por importes iguales al valor razonable de la propiedad arrendada.

Las transacciones y dems eventos se contabilizarn y presentarn de acuerdo con su fondo econmico y realidad financiera. En cuanto a la forma legal, en el caso de un arrendamiento financiero el arrendatario adquiere los beneficios econmicos del uso del activo arrendado durante la mayor parte de su vida econmica, contrayendo al hacerlo, como contraprestacin por tal derecho, una obligacin de pago aproximadamente igual al inicio del arrendamiento, al valor razonable del activo ms las cargas financieras correspondientes.Si tal operacin de arrendamiento no quedara reflejada en los estados financieros del arrendatario, los activos y pasivos de una entidad estarn infravalorados, y por consiguiente, distorsionando los ratios financieros.Al comienzo del plazo del arrendamiento, tanto el activo como la obligacin de pagar las cuotas futuras, se registrarn en los estados financieros por los mismos importes, excepto si existen costos directos iniciales al emprender actividades especficas de arrendamiento, tales como los que surgen al negociar y asegurar los acuerdos y contratos correspondientes relativos al arrendatario, que se aadirn al importe reconocido como activo.El arrendamiento financiero da lugar tanto a un cargo por depreciacin, en los activos depreciables, como a un gasto financiero para cada periodo contable, pero la suma de esos importes no ser igual a la cuota a pagar en el periodo y, por tanto, no ser adecuado considerar como gasto simplemente la cuota a pagar en el mismo. Por lo que, es improbable que el activo y el pasivo correspondientes al arrendamiento sigan siendo de igual importe una vez iniciado el arrendamiento. Los arrendatarios revelarn la siguiente informacin sobre arrendamientos financieros:

ARRENDAMIENTOS OPERATIVOSPara los arrendamientos operativos, los pagos correspondientes a las cuotas de arrendamiento se reconocern como gastos de forma lineal, a menos que resulte ms apropiado el uso de otra base de carcter sistemtico que recoja, de forma ms representativa, el patrn de generacin de beneficios para el usuario.

Los arrendatarios revelarn la siguiente informacin sobre arrendamientos operativos:

EL ARRENDAMIENTO EN LOS ESTADOS FINANCIEROS DEL ARRENDADORES

ARRENDAMIENTOS FINANCIEROSEl trmino arrendador fabricante o distribuidor es usado en esta norma para referirse a todas aquellas entidades pblicas que producen o distribuyen activos y que a la vez actan como arrendadores de los mismos, sin considerar sus propios arrendamientos, y actividades de fabricacin y distribucin. Las entidades del sector pblico pueden llevar a cabo arrendamientos financieros como arrendadores por variedad de circunstancias. Algunas pueden dedicarse a actividades comerciales. Por ejemplo, una administracin pblica puede crear entidades especializadas para centralizar la compra de activos y el abastecimiento a las dems entidades que proporcionen grandes oportunidades de obtener descuentos u otras condiciones favorables. Otras entidades pblicas pueden llevar a cabo operaciones de arrendamiento a menor escala y en periodos menos frecuentes. Concretamente, en algunas jurisdicciones, las entidades del sector pblico que tradicionalmente poseen bienes propios y gestionan infraestructuras como carreteras, embalses y plantas de tratamiento de aguas no asumen automticamente la completa propiedad y la responsabilidad operativa de esos activos. Las entidades pblicas pueden transferir las infraestructuras existentes a entidades privadas mediante la venta o el arrendamiento financiero. Adems, las entidades del sector pblico pueden construir nuevos activos de larga duracin e infraestructuras en asociacin con entidades del sector privado con la intencin de la empresa privada de asumir la responsabilidad de los activos mediante compra directa o por arrendamiento financiero una vez que estn acabados. Los arrendadores deben reconocer las cuentas por cobrar por cuotas de arrendamiento financiero como activos en su estado de situacin financiera.Bajo una operacin de arrendamiento financiero, todos los riesgos y ventajas sustanciales que inciden en la propiedad son transferidos por el arrendador, y de esta manera, las sucesivas cuotas a cobrar por el mismo se consideran como reembolsos del principal, y remuneracin al arrendador por su inversin y servicios.Reconocimiento inicialEs frecuente que el arrendador incurra en ciertos costos directos iniciales, entre los que se incluyen comisiones, honorarios jurdicos y costos internos que son incrementales y directamente atribuibles a la negociacin y contratacin del arrendamiento. De ellos se excluyen los costos de estructura indirectos, tales como los incurridos por un equipo de ventas y comercializacin. En el caso de arrendamientos financieros, los costos directos iniciales se incluirn en la medicin inicial de los derechos de cobro por el arrendamiento financiero, y disminuirn el importe de los ingresos reconocidos a lo largo del plazo de arrendamiento. Los costos incurridos por productores o distribuidores, que tambin son arrendadores, en relacin con la negociacin y contratacin de un arrendamiento, se excluyen de la definicin de costos directos iniciales. Los arrendadores que son tambin fabricantes o distribuidores reconocern los resultados derivados de la venta en el periodo, de acuerdo con las polticas contables utilizadas por la entidad para el resto de las operaciones de venta directa.Las entidades del sector pblico que se dedican a fabricar o distribuir activos ofrecen a menudo a sus clientes, la posibilidad de comprar o arrendar un activo. El arrendamiento financiero de un activo, cuando el arrendador es tambin fabricante o distribuidor, da lugar a dos tipos de ganancias:El ingreso por venta registrado al comienzo del plazo del arrendamiento financiero, por un arrendador que sea fabricante o distribuidor, es igual al valor razonable del activo o, si fuera menor, al valor presente de los pagos mnimos por el arrendamiento, descontados a una tasa de inters de mercado. El costo de la venta reconocido al inicio del arrendamiento es el costo de la propiedad cedida, o la cantidad por la que estuviese contabilizada si es diferente, menos el valor presente del importe al que ascienda el valor residual garantizado. La diferencia entre el ingreso y el costo de la venta es la ganancia en la venta, que se reconocer como tal de acuerdo con las polticas seguidas por la entidad para las operaciones de venta directa.Los fabricantes o distribuidores de activos que son tambin arrendadores, aplican a veces tasas de inters bajas a fin de atraer a los clientes. El uso de tales tasas puede significar el reconocimiento, en el momento de la venta, de una parte excesiva de la ganancia total de la transaccin. En el caso de que se empleen tasas de inters bajas, la ganancia en venta debe quedar reducida a la que se hubiera obtenido de aplicar una tasa de inters de mercado para operaciones comerciales.Los costos directos iniciales se reconocern como gastos al inicio del arrendamiento, puesto que estn relacionados principalmente con las ganancias del fabricante o con la ganancia en venta del distribuidor.

Los arrendadores revelarn la siguiente informacin, sobre los arrendamientos financieros:

ARRENDAMIENTOS OPERATIVOSLos arrendadores debern presentar en su estado de situacin financiera, los activos tales como inmueble, maquinaria y equipo as como las inversiones inmobiliarias dedicadas a arrendamientos operativos de acuerdo con la naturaleza de tales bienes.En cuanto los ingresos que provengan de los arrendamientos operativos debern ser reconocidos como ingresos, en el estado de rendimiento financiero, de forma lineal a lo largo del plazo de arrendamiento.Los costos relacionados con cada una de las cuotas de arrendamiento, incluyendo en ellos la depreciacin del activo, se reconocern como gasto del periodo correspondiente. Las cuotas de arrendamiento (excluyendo lo que se reciba por servicios tales como seguro y conservacin) se reconocern como ingreso, normalmente, de una forma lineal en el plazo del arrendamiento.La depreciacin de los activos depreciables que se arrienden se realizara de acuerdo a las polticas comnmente seguidas por el arrendador para activos similares, y se calculara con arreglo a las bases establecidas en la NICSP 17 o la NICSP 31, segn corresponda.La entidad pblica tendr que aplicar las pruebas necesarias de deterioro del valor para afirmar si el activo arrendado ha sufrido un deterioro del valor, para eso deber revisar las normas internacionales y/o nacionales de contabilidad.Los arrendadores revelarn la siguiente informacin sobre arrendamientos operativos:

Transacciones de venta con arrendamiento posteriorUna venta con arrendamiento posterior es una transaccin que implica la enajenacin de un activo y su posterior arrendamiento al vendedor. Las cuotas del arrendamiento y el precio de venta son usualmente interdependientes, puesto que se negocian simultneamente. El tratamiento contable de las operaciones de venta con arrendamiento posterior depender del tipo de arrendamiento implicado en ellas. Si una transaccin de venta con arrendamiento posterior resulta en un arrendamiento financiero, cualquier exceso del importe de la venta sobre el importe en libros del activo enajenado no se reconocer inmediatamente como resultado en los estados financieros del vendedor arrendatario. Este exceso se diferir y amortizar a lo largo del plazo del arrendamiento. Si el arrendamiento posterior es un arrendamiento financiero, la operacin es un medio por el cual el arrendador suministra financiacin al arrendatario con el activo como garanta.Si una venta con arrendamiento posterior resulta ser un arrendamiento operativo, y queda claro que la operacin se ha establecido a su valor razonable, cualquier prdida o ganancia debe ser inmediatamente reconocido como tal. Si el precio de venta es inferior al valor razonable, toda prdida o ganancia ha de reconocerse inmediatamente, excepto cuando deba diferirse, lo que ocurrir si la prdida resulta compensada por cuotas futuras por debajo de los precios de mercado, y amortizarse en proporcin a las cuotas pagadas durante el periodo en el cual se espera utilizar el activo. DIFERENCIA ENTRE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO OPERATIVO Y FINANCIERO

En los contratos de arrendamiento operativo, si el valor razonable del bien en el momento de la venta con arrendamiento posterior fuera inferior a su importe en libros, la prdida derivada de la diferencia entre ambas cifras se reconocer inmediatamente.

En los arrendamientos financieros, tal ajuste no es necesario salvo que se haya producido una reduccin del valor, en cuyo caso el importe en libros ser reducido hasta que alcance el importe recuperable, de acuerdo con cualquier norma de contabilidad nacional y/o internacional en perjuicio de la adoptada por la entidad.

Tanto los arrendadores como los arrendatarios tendrn la obligacin de revelar informacin sobre las ventas con arrendamiento posterior.En el caso de la descripcin general de los acuerdos relevantes de arrendamiento, ser oportuno revelar las disposiciones no usuales que incluyen en el acuerdo, o bien los trminos de la transaccin de venta seguida de un arrendamiento. Puede exigirse que se revele por separado de las operaciones de venta con arrendamiento posterior de acuerdo con la NICSP 1REQUERIMIENTO DE LA NORMA EN DIVERSAS CIRCUNSTANCIAS

PRECIO DE VENTA ESTABLECIDO AL VALOR CONTABLEMonto contable igual al valor razonableMonto contable por debajo del valor razonableMonto contable por encima del valor razonable

GANANCIANo hay gananciaReconoce la ganancia de manera inmediataNo hay ganancia

PERDIDANo hay perdidaNo hay perdidaReconoce perdida en toma inmediata

PRECIO VENTA POR DEBAJO DEL VALOR RAZONABLE GANANCIANo hay gananciaReconoce la ganancia en forma inmediataNo hay ganancia (Comentario 1)

PERDIDA NO COMPENSADA POR PAGOS DE ARRENDAMIENTO FUTUROS POR DEBAJO DEL PRECIO DE MERCADOReconocer la perdida de manera inmediataReconocer la ganancia en forma inmediata(Comentario 1)

PERDIDADifiere y amortiza la perdidaDifiere y amortiza la perdida(Comentario 1)

PRECIO DE VENTA POR ENCIMA DEL VALOR RAZONABLE

GANANCIADifiere y amortiza la perdidaDifiere y amortiza la perdida (Comentario 2)Difiere y amortiza la perdida (Comentario 3)

PERDIDANo hay perdidaNo hay perdida(Comentario 1)

Comentario 1Las partes de la tabla representan ocurrencias de haber sido tratadas bajo el Prrafo 67 de la Norma Internacional de Contabilidad del Sector Publico NIC-SP 13; Contratos de arrendamiento. Este requiere que cuando el activo sujeto a la venta contra arrendamiento, el valor contable del activo se conduzca contablemente al valor razonable.

Comentario 2De estar el precio de venta por encima del valor razonable, el exceso sobre este valor razonable se diferir y amortizara durante el periodo en que se espera que el activo se utilice.

Comentario 3La ganancia seria producida entre el valor razonable y el valor de venta, considerando que el monto contable se habra reducido contablemente ala valor razonable, en concordancia con el Prrafo 67.

FECHA DE VIGENCIA

La entidad pblica aplicara esta norma para los estados financieros anuales que cubran periodos que inicien a partir del 1 de enero de 2008.Se requiere su aplicacin anticipada. Si una entidad aplica esta Norma en periodos que comiencen antes del 1 de enero de 2008, deber revelar este hecho.Tambin las entidades pblicas aplicaran modificaciones sobre algunos prrafos aadidos emitidos en noviembre de 2010 mediante el documento Mejoras a las NIC SP, modificaciones que son aplicables a los estados financieros anuales que cubran periodos que comiencen a partir del 1 de enero del 2012.Si una entidad aplica las modificaciones para un periodo que comience antes del 1 de enero de 2012, deber revelar este hecho. Cuando una entidad adopte la base contable de acumulacin (o devengo) tal como se define en las NICSP a efectos de informacin financiera, con posterioridad a esta fecha de vigencia, esta Norma se aplicar a los estados financieros anuales que cubran periodos que comiencen a partir de la fecha de adopcin. DEROGACIN DE LA NICSP 13 (2001)

Esta Norma deroga la NICSP 13, Arrendamientos, emitida en 2001.

1.5 CASO PRACTICO

Contratos de arrendamiento Financiero en una Entidad del gobierno nacional

El gobierno regional El Sur Grande realizo un contrato de arrendamiento financiero de maquinaria para la Construccin de la Carretera Interocenica. El contrato se realizo en dlares americanos, contndose con la siguiente informacin:

DETALLE

Valor de la maquinaria53223.74

Valor residual2 500.00

Tipo de cambio3.40

Duracin del contrato4 aos

Cuota anual17 000

Fecha de inicio01-01-07

Inters anual12%

Vida econmica del bien5 aos

A) Determinacin de la formula que determina el valor actual en una anualidad constante.Co = a (1+r)n -1 r (1+r)n

Donde:Co= Valor nominal en el momento actuala= Anualidadesr= Tasa de capitalizacinn= Nmero de aos del periodo considerado

Si se les asigna valores a estas variables de la formula se determinar el valor actual.Donde:Co= xa = 17000r = 12%n = 4 aosAl reemplazar estos datos en la formula tenemos:Co = 17000 (1+ 0.12)4 -1 0.12 (1+0.12)4

Co = 17000 1.57351936 -1 0.12 (1.57351936)

Co = 17000 0.5351936 -1 0.188822323

Co = 17000 x 3.03734935Co = 51634.94

B) Determinacin del valor actual de una cantidad futuraPara poder determinar el valor actual de una cantidad futura se utilizara la siguiente frmula:Co = Cn (1+r)n

Donde:Co = Valor nominal en el momento actualCn = Valor nominal en el momento futuror = Tasa de capitalizacinn = Numero de aos del periodo considerado

Si se les asigna valores a estas variables de la formula se determinara el valor actual.Donde: Co = xCn = 2500r = 12%n = 4 aos

Al reemplazar estos datos en la formula tenemos.

Co = 2500 (1+0.12)4Co = 2500 1.588.80

Al sumar los resultados obtenidos en los literales A y B para poder determinar el valor actual tenemos:

A) Valor actual de la anualidad constanteB) valor actual de una cantidad futuraA) 51634.94B) 1588.80 53223.74

Al efectuar el clculo en dlares americanos obtendremos la siguiente tabla:

TABLA EN DOLARES USA

CAPITALTASAINTERESCUOTA TOTAL

3 223.7412%

Amortizacin del primer ao10 613.156 386.8517 000

Saldo del primer ao42 610.5912%

Amortizacin del segundo ao11 868.735113.2717 000

Saldo del segundo ao30 723.8612%

Amortizacin del tercer ao13 313.143 686.8617 000

Saldo del tercer ao17 410.7212%

Amortizacin del cuarto ao14 910.722 089.2817 000

Saldo del cuarto ao2 500.00

17 276.26

TABLA EN SOLES AL TIPO DE CAMBIO DE S/. 3.40

CAPITALTASAINTERESCUOTA TOTAL

180 960.7212%

Amortizacin del primer ao36 084.7121 715.2957 800

Saldo del primer ao144 876.0112%

Amortizacin del segundo ao40 414.8817 385.1257 800

Saldo del segundo ao104 461.1212%

Amortizacin del tercer ao4 264.6812 535.3257 800

Saldo del tercer ao59 196.4512%

Amortizacin del cuarto ao50 696.457103.5557 800

Saldo del cuarto ao8500.00

58 739.28

AMORTIZACIN DE LA DEUDA SIN INTERESES (EN DOLARES AMERICANOS)

PERIODOIMPORTE DE LA OBLIGACINAMORTIZACINSALDOS

Primer Pago53 223.7410 613.1542 610.59

Segundo ao42 610.5911 886.7330 723.86

Tercer ao30 723.8613 313.1417 410.72

Cuarto ao17 410.7214 910.722 500.00

50 723.74

AMORTIZACIN DE LA DEUDA SIN INTERESE (EN NUEVOS SOLES TIPO DE CAMBIO 3.40)

PERIODOIMPORTE DE LA OBLIGACINAMORTIZACINSALDOS

Primer pago180 960.7236 084.71144 876.01

Segundo pago144 876.0140 414.88104 461.12

Tercer pago104 461.1245 264.6859 196.45

Cuarto pago59 196.4550 696.458 500.00

172 460.72

IMPORTE DE LAS CUOTAS INCLUIDO EL IGV (EN DLARES AMERICANOS)

PERIODOIMPORTE DE CUOTASTASAIGV MONTO TOTAL DE CUOTAS

Primer pago17 000.0019%3 230.0020 230.00

Segundo pago17 000.0019%3 230.0020 230.00

Tercer pago17 000.0019%3 230.0020 230.00

Cuarto pago17 000.0019%3 230.0020 230.00

Opcin de compra2 500.0019%475.002 975.00

70 500.00

IMPORTE DE LAS CUOTAS INCLUIDO EL IGV (EN NUEVOS SOLES TIPO DE CAMBIO 3.40)

PERIODOIMPORTE DE CUOTASTASAIGV MONTO TOTAL DE CUOTAS

Primer pago57 800.0019%10 982.0068 782.00

Segundo pago57 800.0019%10 982.0068 782.00

Tercer pago57 800.0019%10 982.0068 782.00

Cuarto pago57 800.0019%10 982.0068 782.00

Opcin de compra8 500.0019%1 615.0010 115.00

239 700.004 543.00285 243.00

ASIENTO CONTABLE

---------------------------------------- 1------------------------------------------------

1503VEHCULOS, MAQUINARIAS Y OTROS180,960.72

1503.03Adquiridos en Arrendamiento Financiero

1205SERVICIOS Y OTROS CONTRATADOS POR ANTICIPADO104,282.28

1205.98Otros

1205.9801Intereses diferidos deuda interna58,739.28

1205.9802Cargas diversas45,543.00

2103CUENTAS POR PAGAR285,243.00

2103.02Activos No Financieros Por Pagar

2103.0201Deuda pblica interna226,503.72

2103.0202Intereses deuda pblica interna58,739.28

x/x Para registrar el contrato firmado para la adquisicin de maquinaria bajo la modalidad de arrendamiento financiero, para la construccin de la Carretera Interocenica.

Al momento de cancelar la primera cuota el tipo de cambio del dlar americano vari a 3.50, producindose una diferencia de cambio, la misma que debe ser contabilizada. El importe se determinara de la siguiente manera:

AJUSTE DE LA DEUDA TOTAL POR LA DIFERENCIA DE CAMBIO

DEUDA CAPITALINTERESESIGVMONTO TOTAL

DOLARES53 223.7417 26.2613 395.0083 895.00

Soles T/C 3.40180 960.7258 739.2845 543.00285 243.00

Soles T/C 3.50186 283.0960 466.9146 882.50293 632.50

5 322.371 727.631 339.508 389.50

ASIENTO CONTABLE

---------------------------------------- 2------------------------------------------------

1503VEHCULOS, MAQUINARIAS Y OTROS5,322.37

1503.03Adquiridos en Arrendamiento Financiero

1205SERVICIOS Y OTROS CONTRATADOS POR ANTICIPADO3,067.13

1205.98Otros

1205.9801Intereses diferidos deuda interna1,727.63

1205.9802Cargas diversas1,339.50

2103CUENTAS POR PAGAR8,389.50

2103.02Activos No Financieros Por Pagar

2103.0201Deuda pblica interna6,661.87

2103.0202Intereses deuda pblica interna1,727.63

x/x Para registrar la diferencia de cambio al finalizar el primer ao de la suscripcin del contrato de Arrendamiento Financiero de maquinaria para la construccin de la carretera interocenica.

PRIMERA CUOTA

CONCEPTOIMPORTE EN DOLARESTIPO DE CAMBIOIMPORTE EN SOLES

DEUDA10 613.153.5037 146.03

INTERESES6 386.853.5022 353.97

IGV3 20.003.5011 305.00

20 230.0070 805.00

ASIENTO CONTABLE

---------------------------------------- 3------------------------------------------------

2103CUENTAS POR PAGAR70,805.00

2103.02Activos No Financieros Por Pagar

2103.0201Deuda pblica interna48,451.03

2103.0202Intereses deuda pblica interna22,353.97

1101CAJA Y BANCOS70,805.00

1101.04Depsitos En Instituciones Financieras Privadas70,805.00

1101.0401Cuentas Corrientes

1101.040102Endeudamiento Interno

x/x Para registrar la cancelacin de la primera cuota de Arrendamiento Financiero, intereses e impuesto.

CONCEPTOIMPORTE EN SOLES

DEUDA PRINCIPAL37 146.03

INTERESES22 353.97

IGV11 305.00

70 805.00

---------------------------------------- 4------------------------------------------------

5601INTERESES DE LA DEUDA22,353.97

5601.02Intereses De Deuda Interna

5601.0203Otros Intereses Internas22,353.9711,305.00

2101IMPUESTOS, CONTRIBUCIONES Y OTROS

2101.01Impuestos Y Contribuciones

2101.0105Impuesto General A Las Ventas

2101.010501IGV Cuenta Propia11,305.00

1205SERVICIOS Y OTROS CONTRATADOS POR ANTICIPADO33,658.97

1205.98Otros

1205.9801Intereses diferidos deuda interna22,353.97

1205.9802Cargas diversas11,305.00

x/x Para registrar los intereses y tributos devengados en el presente periodo.

---------------------------------------- 5------------------------------------------------

5801ESTIMACIONES DEL EJERCICIO37,256.62

5801.02Depreciacin de Vehculos, Maquinaria Y Otros

5801.0203Adquiridos en Arrendamiento Financiero37,256.62

1508DEPRECIACIN, AMORTIZACIN Y AGOTAMIENTO37,256.62

1508.02Depreciacin Acumulada De Vehculos, Maquinarias Y Otros

1508.0203Adquiridos en Arrendamiento Financiero37,256.62

x/x Para registrar la provisin del ejercicio de maquinaria adquirida para la construccin Carretera Interocenica calculada de la siguiente manera: 186 283.09 x 20% = 37 256.62.

DEUDAS PENDIENTES DE CAPITAL

CONCPETOIMPORTE EN DOLARESTIPO DE CAMBIOIMPORTE EN SOLES

Segundo pago11 886.733.5041 603.5

Tercer pago13 313.143.5046 595.99

Cuarto pago14 910.723.5052 187.52

Opcin de compra2 500.003.508 750.00

42 610.59149 137.06

Al finalizar el primer ao, el tipo de cambio es de 3.60 por lo que se deber actualizar la deuda a la fecha.

AJUSTE DE LA DEUDA TOTAL POR LA DIFERENCIA DE CAMBIO

DEUDA CAPITALINTERESESIGVMONTO TOTAL

DOLARES42 610.5910 889.4110 165.0063 665.00

Soles T/C 3.50149 137.0738 112.9435 577.50222 827.51

Soles T/C 3.60153 398.1239 201.8836 594.00229 194.00

(4 261.05)(1 088.94)(1 016.50)(6 366.49)

ASIENTO CONTABLE

---------------------------------------- 6------------------------------------------------

1503VEHCULOS, MAQUINARIAS Y OTROS4,261.05

1503.03Adquiridos en Arrendamiento Financiero

1205SERVICIOS Y OTROS CONTRATADOS POR ANTICIPADO2,105.44

1205.98Otros

1205.9801Intereses diferidos deuda interna1,088.94

1205.9802Cargas diversas1,016.50

2103CUENTAS POR PAGAR6,336.49

2103.02Activos No Financieros Por Pagar

2103.0201Deuda pblica interna5,277.55

2103.0202Intereses deuda pblica interna1,088.94

x/x Para registrar la diferencia de cambio al finalizar el segundo ao de la suscripcin del contrato de Arrendamiento Financiero de maquinaria para la construccin de la Carretera Interocenica.

SEGUNDO AOSEGUNDA CUOTA

CONCEPTOIMPORTE EN DOLARESTIPO DE CAMBIOIMPORTE EN SOLES

DEUDA11 886.733.6042 792.23

INTERESES 113.273.6018 407.77

IGV3 230.003.6011 628.00

20 230.0072 828.00

ASIENTO CONTABLE

---------------------------------------- 7------------------------------------------------

2103CUENTAS POR PAGAR72,828.00

2103.02Activos No Financieros Por Pagar

2103.0201Deuda pblica interna54,420.23

2103.0202Intereses deuda pblica interna18,407.77

1101CAJA Y BANCOS72,828.00

1101.04Depsitos En Instituciones Financieras Privadas

1101.0401Cuentas Corrientes

1101.040102Endeudamiento Interno72,828.00

x/x Para registrar la cancelacin de la segunda cuota de Arrendamiento Financiero, intereses e impuesto.

---------------------------------------- 8------------------------------------------------

5601INTERESES DE LA DEUDA18,407.77

5601.02Intereses De Deuda Interna

5601.0203Otros Intereses Internas18,407.77

2101IMPUESTOS, CONTRIBUCIONES Y OTROS11,628.00

2101.01Impuestos Y Contribuciones

2101.0105Impuesto General A Las Ventas

2101.010501IGV Cuenta Propia11,628.00

1205SERVICIOS Y OTROS CONTRATADOS POR ANTICIPADO30,035.77

1205.98Otros

1205.9801Intereses diferidos deuda interna18407.77

1205.9802Cargas diversas11,628.00

x/x Para registrar los intereses y tributos devengados en el presente periodo.

CALCULO DE LA DEPRECIACIN DEL SEGUNDO AO

CONCEPTOAO 1AO 2TOTAL

Valor inicial180 960.72

Diferencia de cambio5 322.37

Diferencia de cambio4 261.05

TOTAL ACTIVO186 283.094 261.05190 544.14

PORCENTAJE20%25%

37 256.621 065.2638 321.88

ASIENTO CONTABLE

---------------------------------------- 9------------------------------------------------

5801ESTIMACIONES DEL EJERCICIO38,321.88

5801.02Depreciacin de Vehculos, Maquinaria Y Otros

5801.0203Adquiridos en Arrendamiento Financiero38,321.88

1508DEPRECIACIN, AMORTIZACIN Y AGOTAMIENTO38,321.88

1508.02Depreciacin Acumulada De Vehculos, Maquinarias Y Otros

1508.0203Adquiridos en Arrendamiento Financiero38,321.88

x/x Para registrar la provisin del ejercicio de maquinaria adquirida para la construccin Carretera Interocenica calculada de la siguiente manera: 37,256.62 + 1,056.26= 38 321.88

DEUDAS PENDIENTES DE CAPITAL

CONCEPTODOLARESTIPO DE CAMBIOSOLES

TERCERA CUOTA13 313.143.6047 927.30

CUARTA CUOTA14 910.723.6053 678.59

OPCIN DE COMPRA2 500.003.609 000.00

TOTAL ACTIVO30 723.86110 605.89

De la misma manera que en primer ao y segundo ao, en el Balance General nicamente se incluir el valor de la deuda correspondiente al capital, reclasificado en deudas a corto plazo y deudas a largo plazo, a la fecha de presentacin del balance.

Al finalizar el ao 2, el tipo de cambio es de 3.80 por lo que se deber actualizar la deuda a la fecha.

AJUSTE DE LA DEUDA TOTAL POR LA DIFERENCIA DE CAMBIO

DEUDA CAPITALINTERESESIGVMONTO TOTAL

DOLARES30 723.865 776.146 935.0043 435.00

Soles T/C 3.60110 605.9020 794.1024 966.00156 366.00

Soles T/C 3.60116 750.6721 949.3326 353.00165 053.00

6 144.771 155.231 387.008 687.00

ASIENTO CONTABLE

---------------------------------------- 10------------------------------------------------

1503VEHCULOS, MAQUINARIAS Y OTROS6,144.77

1503.03Adquiridos en Arrendamiento Financiero6,144.77

1205SERVICIOS Y OTROS CONTRATADOS POR ANTICIPADO2,542.33

1205.98Otros

1205.9801Intereses diferidos deuda interna1,155.23

1205.9802Cargas diversas1,387.00

2103CUENTAS POR PAGAR8,687.00

2103.02Activos No Financieros Por Pagar

2103.0201Deuda pblica interna7531.77

2103.0202Intereses deuda pblica interna1,155.23

x/x Para registrar la diferencia de cambio al finalizar el tercer ao de la suscripcin del contrato de Arrendamiento Financiero de maquinaria para la construccin de la carretera interocenica.

TERCER AOTERCERA CUOTA

CONCEPTOIMPORTE EN DOLARESTIPO DE CAMBIOIMPORTE EN SOLES

DEUDA13 313.143.8050 589.93

INTERESES3 686.863.8014 010.07

IGV3 230.003.8012 274.00

20 230.0076 874.00

ASIENTO CONTABLE

---------------------------------------- 11------------------------------------------------

2103CUENTAS POR PAGAR76,874.00

2103.02Activos No Financieros Por Pagar

2103.0201Deuda pblica interna62,863.93

2103.0202Intereses deuda pblica interna14,010.07

1101CAJA Y BANCOS76,874.00

1101.04Depsitos En Instituciones Financieras Privadas

1101.0401Cuentas Corrientes

1101.040102Endeudamiento Interno76,874.00

x/x Para registrar la cancelacin de la tercera cuota de Arrendamiento Financiero, intereses e impuesto.

---------------------------------------- 12------------------------------------------------

5601INTERESES DE LA DEUDA14,010.07

5601.02Intereses De Deuda Interna

5601.0203Otros Intereses Internas14,010.07

2101IMPUESTOS, CONTRIBUCIONES Y OTROS12,274.00

2101.01Impuestos Y Contribuciones

2101.0105Impuesto General A Las Ventas

2101.010501IGV Cuenta Propia12,274.00

1205SERVICIOS Y OTROS CONTRATADOS POR ANTICIPADO26,284.07

1205.98Otros

1205.9801Intereses diferidos deuda interna14,010.07

1205.9802Cargas diversas12,274.00

x/x Para registrar los intereses y tributos devengados en el presente periodo.

CALCULO DE LA DEPRECIACIN DEL TERCER AO

CONCEPTOAO 1AO 2AO 3TOTAL

Valor inicial180 960.72

Diferencia de cambio5 322.37

Diferencia de cambio4 261.05

Diferencia de cambio6 144.77

TOTAL ACTIVO186 283.094 261.056 144.77197 688.89

PORCENTAJE20%25%33%

37 256.621 065.262 027.7740 349.65

ASIENTO CONTABLE

---------------------------------------- 13------------------------------------------------

5801ESTIMACIONES DEL EJERCICIO40,349.65

5801.02Depreciacin de Vehculos, Maquinaria Y Otros40,349.65

5801.0203Adquiridos en Arrendamiento Financiero

1508DEPRECIACIN, AMORTIZACIN Y AGOTAMIENTO40,349.65

1508.02Depreciacin Acumulada De Vehculos, Maquinarias Y Otros

1508.0203Adquiridos en Arrendamiento Financiero40,349.65

x/x Para registrar la provisin del ejercicio de maquinaria adquirida para la construccin Carretera Interocenica calculada de la siguiente manera: 37,256.62 + 1,056.26 + 2,027.77 = 40,349.65

DEUDAS PENDIENTES DE CAPITAL

CONCEPTODOLARESTIPO DE CAMBIOSOLES

CUARTA CUOTA14 910.723.8053 678.59

OPCIN DE COMPRA2 500.003.809 000.00

TOTAL ACTIVO17 410.7266 160.74

De la misma manera que en primer ao ,segundo ao y tercer ao en el Balance General nicamente se incluir el valor de la deuda correspondiente al capital, reclasificado en deudas a corto plazo y deudas a largo plazo, a la fecha de presentacin del balance.

Al finalizar el ao 3, el tipo de cambio es de 4.00 por lo que se deber actualizar la deuda a la fecha.

AJUSTE DE LA DEUDA TOTAL POR LA DIFERENCIA DE CAMBIO

DEUDA CAPITALINTERESESIGVMONTO TOTAL

DOLARES17 410.722 089.283 705.0023 205.00

Soles T/C 3.8066 160.747 939.2614 079.0088 179.00

Soles T/C 4.0069 642.888 357.1214 820.0092 820.00

3 482.14417.86741.004 641.00

ASIENTO CONTABLE

---------------------------------------- 14------------------------------------------------

1503VEHCULOS, MAQUINARIAS Y OTROS3,482.14

1503.03Adquiridos en Arrendamiento Financiero3,482.14

1205SERVICIOS Y OTROS CONTRATADOS POR ANTICIPADO1,158.86

1205.98Otros

1205.9801Intereses diferidos deuda interna417.86

1205.9802Cargas diversas741.00

2103CUENTAS POR PAGAR4,641.00

2103.02Activos No Financieros Por Pagar

2103.0201Deuda pblica interna4,223.14

2103.0202Intereses deuda pblica interna417.86

x/x Para registrar la diferencia de cambio al finalizar el cuarto ao de la suscripcin del contrato de Arrendamiento Financiero de maquinaria para la construccin de la carretera interocenica.

CUARTO AOCUARTA CUOTA

CONCEPTOIMPORTE EN DOLARESTIPO DE CAMBIOIMPORTE EN SOLES

DEUDA14 910.724.0059 642.88

OPCIN DE COMPRA2 500.004.0010 000.00

INTERESES2 089.284.008 357.12

IGV3 705.004.0014 820.00

23 205.0092 820.00

ASIENTO CONTABLE

---------------------------------------- 15------------------------------------------------

2103CUENTAS POR PAGAR92,820.00

2103.02Activos No Financieros Por Pagar

2103.0201Deuda pblica interna84,462.88

2103.0202Intereses deuda pblica interna8,357.12

1101CAJA Y BANCOS92,820.00

1101.04Depsitos En Instituciones Financieras Privadas

1101.0401Cuentas Corrientes

1101.040102Endeudamiento Interno92,820.00

x/x Para registrar la cancelacin de la cuarta cuota de Arrendamiento Financiero, intereses e impuesto.

---------------------------------------- 16------------------------------------------------

5601INTERESES DE LA DEUDA8,357.12

5601.02Intereses De Deuda Interna

5601.0203Otros Intereses Internas8,357.12

2101IMPUESTOS, CONTRIBUCIONES Y OTROS14,820.00

2101.01Impuestos Y Contribuciones

2101.0105Impuesto General A Las Ventas

2101.010501IGV Cuenta Propia14,820.00

1205SERVICIOS Y OTROS CONTRATADOS POR ANTICIPADO23,177.12

1205.98Otros

1205.9801Intereses diferidos deuda interna8,357.12

1205.9802Cargas diversas14,820.00

x/x Para registrar los intereses y tributos devengados en el presente periodo.

CALCULO DE LA DEPRECIACIN DEL CUARTO AO

CONCEPTOAO 1AO 2AO 3AO 4TOTAL

Valor inicial180 960.72

Diferencia de cambio5 322.37

Diferencia de cambio4 261.05

Diferencia de cambio6 144.77

Diferencia de cambio3 482.14

TOTAL ACTIVO186 283.094 261.056 144.773 482.14200 171.05

PORCENTAJE20%25%33%50%

37 256.621 065.262 027.771 741.0742 090.72

ASIENTO CONTABLE---------------------------------------- 17------------------------------------------------

5801ESTIMACIONES DEL EJERCICIO42,090.72

5801.02Depreciacin de Vehculos, Maquinaria Y Otros

5801.0203Adquiridos en Arrendamiento Financiero42,090.72

1508DEPRECIACIN, AMORTIZACIN Y AGOTAMIENTO42,090.72

1508.02Depreciacin Acumulada De Vehculos, Maquinarias Y Otros

1508.0203Adquiridos en Arrendamiento Financiero42,090.72

x/x Para registrar la provisin del ejercicio de maquinaria adquirida para la construccin Carretera Interocenica calculada de la siguiente manera: 37,256.62 + 1,056.26 + 2,027.77 + 1,741.07 = 42,090.72

2.- NIC-SP 14 HECHOS OCURRIDOS DESPUS DE LA FECHA DE PRESENTACIN2.1. MARCO LEGAL

A.- Resolucin del Consejo Nacional de Contabilidad N 029-2002-EF/93.01Esta resolucin considera que, por disposicin de la Ley N 24680, compete a la Contadura Pblica de la Nacin y al Consejo Normativo de Contabilidad, segn corresponda, el estudio, anlisis y emisin de las Normas de Contabilidad que deben regir en el Per;Que, las Normas Internacionales de Contabilidad del Sector Pblico - NICSP, son emitidas por el Comit del Sector Pblico del International Federation of Accountants (IFAC) para armonizar los principios y prcticas contables en todo el mundo;Que, es necesario oficializar las NICSP para su uso por parte de las entidades del Sector Pblico, para que sus Estados Financieros reflejen razonablemente la situacin financiera, el resultado de las operaciones y los flujos de efectivo.Esta resolucin oficializa las Normas Internacionales de Contabilidad para el Sector Pblico de la N 1 a la N 5, de la N 8 a la N 10 y de la N 12 a la N 17, cuyos ttulos se detallan a continuacin:NICSP 1 Presentacin de Estados FinancierosNICSP 2 Estado de Flujos de EfectivoNICSP 3 Supervit o Dficit Neto del Ejercicio, Errores Sustanciales y Cambios en las Polticas ContablesNICSP 4 Efectos de las Variaciones en los Tipos de CambioNICSP 5 Costos de EndeudamientoNICSP 8 Presentacin de informacin Financiera sobre las Participaciones enAsociaciones en ParticipacinNICSP 9 Ingresos Provenientes de Transacciones de IntercambioNICSP 10 Presentacin de informacin Financiera en una Economa Hiperinflacionaria.NICSP 12 ExistenciasNICSP 13 Contratos de ArrendamientoNICSP l4 Sucesos Posteriores a la Fecha del Balance GeneralNICSP 15 Instrumentos Financieros: Revelacin y PresentacinNICSP 16 Inversin Inmobiliaria NICSP 17 Inmuebles. Maquinaria y Equipo.

2.- NIC 10 Hechos ocurridos despus del perodo sobre el que se informaLa norma establece:Cundo debe una empresa proceder a ajustar sus estados financieros por hechos posteriores a la fecha del balance.Las revelaciones respecto a la fecha en que se autoriz la emisin de los estados financieros, as como respecto a los hechos posteriores a la fecha del balance.Hechos posteriores a la fecha del balance. Son todos aquellos eventos, ya sean favorables o desfavorables, que se han producido entre la fecha del balance y la fecha de autorizacin de emisin de los estados financieros.Hay 2 tipos de hechos posteriores a la fecha del balance:Hechos que implican ajustes: deben ajustarse los estados financieros para reflejar aquellos hechos que proporcionan evidencia de condiciones que existan en la fecha del balance (como la resolucin de un juicio despus de la fecha del balance).Hechos que no implican ajustes: no deben ajustarse los estados financieros para reflejar hechos que aparecieron despus de la fecha del balance (como una reduccin en los precios de mercado despus del cierre del ejercicio, que no cambia la valoracin de inversiones a la fecha del balance).Dividendos. Los dividendos propuestos o declarados con respecto a instrumentos de capital despus de la fecha del balance no debern registrarse como pasivo en la fecha del balance. Es obligatorio revelar informacin al respecto.Hiptesis de empresa en funcionamiento. Una entidad no deber preparar sus estados financieros bajo la hiptesis de empresa en funcionamiento si los hechos posteriores a la fecha del balance indican que esta hiptesis no es apropiada.Fecha de autorizacin de emisin de los estados financieros. La entidad deber revelar dicha fecha, as como quin otorga dicha autorizacin.2.2. OBJETIVOS

El objetivo de esta Norma es prescribir:Las revelaciones que la entidad debe efectuar respecto a la fecha en que los estados financieros han sido autorizados para su emisin, as como, respecto a los hechos ocurridos despus de la fecha de presentacin.

Cundo debe, una entidad, proceder a ajustar sus estados financieros por hechos ocurridos despus de la fecha de presentacin

La norma exige tambin, a la entidad, que no prepare sus estados financieros bajo la hiptesis de negocio en marcha, si los hechos ocurridos despus de la fecha de presentacin indican que tal hiptesis de continuidad no resulta apropiada.

2.3. IMPORTANCIA

Es muy importante para los usuarios conocer en qu momento han sido autorizados los estados financieros para hacer sus proceso de cierre.Tambin porque los lectores de los EE.FF confan en la informacin proporcionada para formarse opiniones y tomar decisiones de los EEFF tienen que contener informacin actualizada tanto del periodo corriente como de los eventos significativos que ocurren entre la fecha de cierre y su publicacin.La importancia de la informacin de los estados financieros y sus notas respectivas a una fecha determinada, es que pueden proveer utilidad al usuario general para la toma de decisiones econmicas. En algunas ocasiones la utilidad de la informacin financiera puede verse afectada cuando ocurren hechos posteriores a la fecha de los estados financieros, que confirman o modifican su contenido. Con el propsito de incrementar la exactitud de las cifras y de las estimaciones contables de la informacin financiera, as como de la utilidad para los usuarios generales, la normatividad contable tiene definido una serie de reglas particulares de aplicacin general, en donde se establece y define el tratamiento contable cuando se presentan los siguientes eventos: La informacin obtenida en la poca de elaboracin de los estados financieros relacionada con las estimaciones contables correspondientes a valuaciones de activos, pasivos, o contingencias. La informacin sobre transacciones y otros acontecimientos atribuibles al periodo posterior, conocidos en la poca de elaboracin de los estados financieros que son relevantes para la toma de decisiones de los usuarios de los mismos. Informacin proveniente de acontecimientos sucedidos en el periodo posterior que proporciona mayores elementos sobre condiciones existentes a la fecha de los estados financieros.Estimaciones contables relativas a valuacin de activos y la ocurrencia de pasivos a la fecha de los estados financieros. Contingencias y compromisos a la fecha de los estados financieros.

2.4. ASPECTOS IMPORTANTES

ALCANCE

Una entidad que prepare y presente estados financieros bajo la base contable de devengo debe aplicar esta Norma en la contabilizacin y en las revelaciones correspondientes a los hechos ocurridos despus de la fecha de presentacin.

La presente Norma es de aplicacin para todas las entidades del sector pblico, excepto a las Empresas Pblicas.

El Prlogo a las Normas Internacionales de Contabilidad del Sector Pblico emitidas por el IPSASB explica que las Empresas Pblicas (EP) aplicarn las NIIF emitidas por el IASB.

DEFINICIONES

Hechos ocurridos despus de la fecha de presentacin Son todos aquellos sucesos, ya sean favorables o desfavorables que se han producido entre la fecha de presentacin y la fecha de autorizacin de los estados financieros para su emisin.Pueden identificarse dos tipos de eventos: Aquellos que son indicativos de condiciones que han aparecido despus de la fecha de presentacin (hechos posteriores a la fecha de presentacin que no implican ajuste).

Aquellos que suministran evidencia de condiciones que ya existan en la fecha de presentacin (hechos posteriores a la fecha de presentacin que implican ajuste)

Autorizacin de los estados financieros Para determinar qu hechos satisfacen la definicin de hechos ocurridos despus de la fecha de presentacin, es necesario identificar, la fecha de los estados financieros y la fecha en la que son autorizados para su emisin. Fecha de presentacin: Fecha de autorizacin:Fecha en la cual los estados financieros reciben aprobacin del individuo o consejo con autoridad de finalizarlos para su emisin

ltimo da del periodo sobre el que se informa al cual se refieren los estados financieros

Los hechos ocurridos despus de la fecha de presentacin son todos aquellos hechos, favorables o desfavorables, que ocurren entre la fecha de presentacin y la fecha en que los mismos son autorizados para su emisin, incluso si estos hechos ocurren despus de: (a) La publicacin del anuncio del resultado, (b) La autorizacin de los estados financieros de una entidad controlada, (c) Publicaciones de informacin seleccionada, relativa a los estados financieros.

El proceso, relacionado con la preparacin y autorizacin de los estados financieros para su emisin, puede variar segn diferentes tipos de entidades, dentro y entre diversas jurisdicciones. Puede depender de: 1. la naturaleza de la entidad2. la estructura del rgano de gobierno3. los requisitos legales relacionados con esa entidad 4. los procedimientos seguidos para la preparacin y finalizacin de los estados financieros.La responsabilidad para la autorizacin de los estados financieros de las agencias individuales de gobierno depende del responsable de la agencia financiera central (o del funcionario responsable en materia de contabilidad, como el controlador o contable general).En algunos casos, como paso final en el proceso de autorizacin, se requiere que una entidad presente sus estados financieros a otro organismo (por ejemplo, un organismo legislativo como el Parlamento o consejo municipal). Este organismo puede tener la facultad de requerir cambios en los estados financieros auditados. En otros casos, la presentacin de los estados financieros a otro organismo suele ser simplemente una cuestin de protocolo o del sistema y ese otro organismo no tiene el poder de requerir cambios en los estadosLa fecha de autorizacin para la emisin de los estados financieros ser determinada en el contexto de una jurisdiccin concreta.

Reconocimiento y medicin En el periodo entre la fecha de presentacin y la fecha en que son autorizados para su emisin, los responsables gubernamentales pueden anunciar la intencin del gobierno con respecto a ciertas cuestiones.

Si dichas intenciones del gobierno requieren reconocimiento como hechos que implican ajustes o no, depender de:

Si proporcionan informacin adicional sobre las condiciones existentes en la fecha de presentacin

Si existe suficiente evidencia de que pueden y sern llevados a cabo

En la mayora de los casos, las intenciones anunciadas del gobierno no conducen al reconocimiento de hechos que implican ajustes. En su lugar, reunirn los requisitos para la revelacin como hechos que no implican ajustes.

En caso de que la hiptesis de negocio en marcha ya no resulte lo apropiado para la entidad pblica, esta tendr que tener en cuenta si los cambios en las circunstancias originaran obligaciones adicionales o provocaran que ciertas clusulas en los contratos de deuda surtan efecto, llevando a la reclasificacin de ciertas deudas tales como obligaciones a corto plazo, entre otros.

Hechos ocurridos despus de la fecha de presentacin que implican ajustesUna entidad debe proceder a modificar los importes reconocidos en sus estados financieros, para reflejar la influencia de los hechos ocurridos despus de la fecha de presentacin que impliquen ajustes.Ejemplos de hechos, ocurridos despus de la fecha de presentacin, que obligan a una entidad a ajustar los importes reconocidos en sus estados financieros, o bien a reconocer partidas no reconocidas previamente:

Hechos ocurridos despus de la fecha de presentacin que no implican ajustesUna entidad no deber proceder a modificar los importes reconocidos en sus estados financieros, para reflejar la incidencia de los hechos ocurridos despus de la fecha de presentacin.Los siguientes son ejemplos de hechos ocurridos despus de la fecha de presentacin que no implican ajustes:

Dividendos o distribuciones similaresSi una entidad acuerda dividendos o distribuciones similares despus de la fecha de presentacin, la entidad no reconocer tales distribuciones como un pasivo en la fecha de presentacin.Los dividendos pueden darse en el sector pblico cuando, por ejemplo, una entidad del sector pblico controla y consolida los estados financieros de una empresa pblica que tiene participaciones exteriores sobre su propiedad a los que paga dividendos. Adems, algunas entidades del sector pblico adoptan una estructura de direccin financiera, por ejemplo, modelos de proveedores, que les exigen pagar una distribucin de ingresos a sus entidades controladoras, tal como el gobierno central.Si se acuerdan dividendos o distribuciones similares a los propietarios despus de la fecha de presentacin pero antes de que los estados financieros hayan sido autorizados para su emisin, los dividendos y distribuciones similares no se reconocern como un pasivo en la fecha de presentacin porque no existe ninguna obligacin en dicha fecha. Se revelar informacin sobre dichos dividendos y distribuciones similares en las notas a los estados financieros.

Negocio en marchaLa determinacin de que la hiptesis de negocio en marcha es o no apropiada, debe ser considerada por cada entidad. Sin embargo, la evaluacin de negocio en marcha es probable que sea de mayor importancia para entidades individuales que para el gobierno en conjunto. Por ejemplo, una agencia individual del gobierno puede que no sea un negocio en marcha si el gobierno del que forma parte dicha agencia decide transferir todas sus actividades a otra agencia. Sin embargo, esta reestructuracin no tiene ningn impacto sobre la valoracin del negocio en marcha para el gobierno en su conjunto.

Una entidad no preparar sus estados financieros sobre la base de que es un negocio en marcha si los responsables de preparar estos estados financieros o el rgano de gobierno determinan, despus de la fecha de presentacin, que existe la intencin de liquidar la entidad o cesar en sus operaciones, o que no existe otra alternativa ms realista que hacerlo.Para evaluar si la hiptesis de negocio en marcha es apropiada o no para una entidad individual, los responsables de la preparacin de los estados financieros, y/o el rgano de gobierno, necesitan considerar un amplio nmero de factores. Estos factores incluyen: En el caso de entidades cuyas operaciones estn en gran parte financiadas presupuestariamente, las cuestiones de negocio en marcha generalmente suceden solo si el gobierno anuncia su intencin de cesar de suministrar fondos a la entidad.Si la hiptesis de negocio en marcha ya no es apropiada, esta Norma exige que la entidad lo refleje en sus estados financieros. El impacto de este tipo de cambios depender de las circunstancias particulares de la entidad, por ejemplo, si las operaciones tienen que ser transferidas a otra entidad gubernamental, vendidas o liquidadas. En este caso se requiere la realizacin de juicios profesionales para determinar si es necesario un cambio en el valor de los activos o pasivos reconocidos.Cuando la hiptesis de negocio en marcha ya no resulte apropiada, es necesario tambin considerar si los cambios en las circunstancias llevan a la creacin de obligaciones adicionales o provoca que ciertas clusulas en los contratos de deuda surtan efectos, llevando a la reclasificacin de ciertas deudas como obligaciones a corto plazo.La NICSP 1 exige la revelacin de ciertas informaciones si:Los estados financieros se han preparado sobre la base de negocio en marcha.

Los estados financieros no hayan sido preparados sobre la base de negocio en marcha, junto con la base sobre la cual se preparan los estados financieros y la razn de no se considere a la entidad un negocio en marcha

Los responsables de la preparacin de los estados financieros son conscientes de la existencia de incertidumbres de importancia relativa, relacionadas con eventos o condiciones que pueden arrojar dudas significativas sobre la capacidad de la entidad de continuar como un negocio en marcha

Reestructuracin:Cuando una reestructuracin anunciada despus de la fecha de presentacin satisface la definicin de un hecho que no implica ajuste, se realizar una adecuada revelacin de informacin de acuerdo con esta Norma.El simple hecho de que una reestructuracin implique la disposicin de un componente de la entidad, no conduce a cuestionarse la habilidad de la entidad para continuar siendo un negocio en marchaSin embargo, cuando una reestructuracin anunciada despus de la fecha de presentacin implica que una entidad ya no se considera un negocio en marcha, pueden cambiar la naturaleza y los importes de activos y pasivos.INFORMACION A REVELAR

Revelacin de la fecha de autorizacin para emisin

Una entidad revelar la fecha en que los estados financieros han sido autorizados para su publicacin, as como quin ha dado esta autorizacin. En el caso de que otro rgano tenga poder para modificar los estados financieros tras la emisin, la entidad debe revelar este hecho.

IMPORTANCIA

Es importante para los usuarios saber en qu momento han sido autorizados para emisin los estados financieros, puesto que no reflejarn eventos que hayan ocurrido despus de esta fechaEs tambin importante para los usuarios conocer las circunstancias poco comunes en las que cualquier persona u rganos tienen la autoridad para modificar los estados financieros tras su emisin.Ejemplos de individuos u rganos que tienen el poder de modificar los estados financieros despus de su publicacin son:

El gobierno del cual la entidad forma parteLos MinistrosEl Parlamento u rgano elegido de representantes

Si se llevan a cabo estos cambios, los estados financieros modificados son un nuevo conjunto de estados financieros. Actualizacin de las revelaciones sobre condiciones existentes en la fecha de presentacinSi despus de la fecha de presentacin pero, antes de que los mismos fueran autorizados para su emisin, una entidad recibe informacin acerca de condiciones que existan ya en dicha fecha, a la luz de la informacin recibida debe actualizar las revelaciones que estn relacionadas con tales condiciones. Un ejemplo de tal necesidad de actualizar la informacin revelada ocurre cuando, posteriormente a la fecha de presentacin, se obtiene evidencia acerca de una obligacin contingente que ya exista a esa fecha.

Adicionalmente de que la entidad pblica deba tener en cuenta si, con la reciente informacin, la entidad debe reconocer una provisin a la luz de la nueva evidencia, la entidad actualizara la informacin revelada acerca del pasivo contingente.

Revelacin de hechos ocurridos despus de la fecha de presentacin que no implican ajustesLa informacin de hechos posteriores a la fecha de presentacin tiene importancia relativa, o es material, cuando su no revelacin puede influir en las decisiones econmicas de los usuarios, tomadas a partir de los estados financieros.

Una entidad deber revelar la siguiente informacin para cada una de las categoras materiales de hechos ocurridos despus de la fecha de presentacin que no implican ajustes: Una estimacin de sus efectos financieros, o un pronunciamiento sobre la imposibilidad de realizar tal estimacin.

La naturaleza del evento

Ejemplos de hechos ocurridos despus de la fecha de presentacin que no implican ajustes, que por lo general producirn revelaciones de informacin:

Una importante cada en el valor de las propiedades que estn contabilizadas al valor razonable, en donde dicha cada no est relacionada con las condiciones de la propiedad en la fecha de presentacin, pero se debe a circunstancias acaecidas despus de esa fecha

La entidad decide, despus de la fecha de presentacin, distribuir en un futuro importantes beneficios adicionales a los participantes en los programas de servicios a la comunidad que gestiona, y esos beneficios adicionales tienen un impacto mayor sobre la entidad

el anuncio de un plan para discontinuar definitivamente una operacin o un programa principal

La destruccin por incendio de un edificio importante tras la fecha de presentacin

La introduccin de una ley para condonar prstamos concedidos a entidades o particulares como parte de una programa

Los cambios anormalmente grandes, ocurridos despus de la fecha de presentacin, en los precios de los activos o en las tasas de cambio de moneda extranjera

El planteamiento de litigios importantes surgidos exclusivamente por causa de hechos ocurridos despus de la fecha de presentacin

FECHA DE VIGENCIA

Una entidad aplicar esta Norma para los estados financieros anuales que cubran periodos que comiencen a partir del 1 de enero de 2008. Se aconseja su aplicacin anticipada. Si una entidad aplica esta Norma en periodos que comiencen antes del 1 de enero de 2008, se revelar este hecho. DEROGACION DE LA NIC SP 14 (2001)

Esta Norma deroga la NICSP 14, Eventos Ocurridos despus de la Fecha de Presentacin, emitida en 2001.

2.5 CASO PRACTICO

Ajuste por fallo judicial

Un fallo emitido en segunda instancia por elPoder Judicialel 12/02/2010, esto es despus de la fecha del estado de situacin financiera, ordena que la entidad pblica pague a unclienteun monto indemnizatorio de S/. 250,000 por daos y perjuicios.La contingencia, en aplicacin de la NIC SP 19, ya haba sido provisionada en el ejercicio 2009, sobre la base de una cifra estimada de S/. 210,000.Nos solicitan hacer lasaccionescorrespondientes.

SolucinInicialmente, la entidad pblica haba afectado agastosdel ejercicio 2009 por la suma de S/. 210,000, mediante el siguiente asiento:

----------------------------------------x--------------------------------------------

5802PROVISIONES DEL EJERCICIO210,000.00

5802.01Sentencias Judiciales, Laudos Arbitrales Y Otros

5802.0101A Trabajadores Gubernamentales

2401PROVISIONES 210,000.00

2401.01Provisin Sentencias Judiciales, Laudos Arbitrales Y Otros

2401.0101A Trabajadores Gubernamentales

12/09 Provisin de probable perdida por litigio

Como la posible prdida ya se haba anticipado en el 2009 y al ao siguiente antes de la autorizacin de los estados financieros se conoce la cifra definitiva la empresa debe efectuar un ajuste de estas estimaciones.Esto se har con el siguiente asiento:----------------------------------------x--------------------------------------------

5802PROVISIONES DEL EJERCICIO40,000.00

5802.01Sentencias Judiciales, Laudos Arbitrales Y Otros

5802.0101A Trabajadores Gubernamentales

2401PROVISIONES 40,000.00

2401.01Provisin Sentencias Judiciales, Laudos Arbitrales Y Otros

2401.0101A Trabajadores Gubernamentales

12/09 ajuste de la provisin de probable perdida por litigio

Este ajuste de la provisin de probable perdida por litigio, ahora se ha convertido en una obligacin determinada.Finalmente como la situacin derivada de la obligacin ha pasado de probable a real deberamos efectuar un asiento de reclasificacin que envi el pasivo contingente a una cuenta de pasivo ----------------------------------------x--------------------------------------------

2401PROVISIONES 250,000.00

2401.01Provisin Sentencias Judiciales, Laudos Arbitrales Y Otros

2401.0101A Trabajadores Gubernamentales

2103CUENTAS POR PAGAR250,000.00

2103.99Otras Cuentas Por Pagar

12/09 por la reclasificacin de pasivos

2.- Hechos ocurridos despus del perodo que se informa que requiere ajuste

Con fecha 30 de Enero de 2010, la entidad pblica se ha enterado de la quiebra de uno de los clientes de la empresa que tena una factura pendiente de pago por el importe de S/. 7,900. Se trata de una informacin posterior a la fecha del estado de situacin financiera que indica una desvalorizacin respecto a una cifra reconocida como activo en el estado de situacin financiera, es decir, modifica una situacin existente, no se trata de una situacin nueva sino por el contrario de una situacin ya existente que lamentablemente confirma la mala situacin del deudor.Solucin:----------------------------------------x--------------------------------------------

5801ESTIMACIONES DEL EJERCICIO7,000.00

5801.05Estimaciones de Cobranza Dudosa Y Reclamaciones

5801.0501Cuentas Por Cobrar

1209ESTIMACIN DE CUENTAS DE COBRANZA DUDOSA (CR)7,000.00

1209.01Cuentas Por Cobrar

x/x Por la provisin de cobranza dudosa de cliente respecto del cual existen elementos de juicio que permiten prever su no pago.

----------------------------------------x--------------------------------------------

1209ESTIMACIN DE CUENTAS DE COBRANZA DUDOSA (CR)7,000.00

1209.01Cuentas Por Cobrar

1201CUENTAS POR COBRAR7,000.00

1201.03Venta de bienes y servicios y derechos administrativos

x/x Por la reclasificacin de cta. de cobranza dudosa de uno de nuestro clientes

3.- Hechos ocurridos despus del perodo que se informa que requiere ajusteSupongamos que una entidad pblica en el ejercicio 2009, mostraba en su mayor una deuda tributaria con la Municipalidad de Lima de S/. 40,000, conformada por un tributo insoluto de S/. 35,000 e intereses moratorios y reajustes al 31 de diciembre por S/. 5,000.El 01 de Febrero de 2010 la Municipalidad de Lima otorga una amnista tributaria sobre las obligaciones tributarias devengadas y no pagadas al 31/12/2009, con el beneficio de condonacin de multas, intereses y reajustes, siempre que la deuda sea pagada hasta el 28/02/2009. Se tiene conocimiento que la entidad pblica tiene pensado acogerse a este beneficio y cancelar la deuda dentro del plazo sealado.Solucin:En este caso al no haberse autorizado an la emisin de los estados financieros y al tener conocimiento que la entidad pblica piensa acogerse a este beneficio tributario, se deber efectuar el ajuste respectivo disminuyendo el importe de la deuda, tal como a continuacin se presenta:----------------------------------------x--------------------------------------------

2101MPUESTOS, CONTRIBUCIONES Y OTROS5,000.00

2101.02Tributos Municipales

4505INGRESOS DIVERSOS5,000.00

4505.01Ingresos Diversos

4505.0104Otros Ingresos Diversos

4505.010499Otros Ingresos

x/x Ajuste por amnista tributaria sobre las obligaciones tributarias

4.- Incendio de entidad pblica no cubierto por seguroCon fecha 15 de Enero de 2010 se produjo un incendio en la entidad pblica, perdindose materiales por el monto de S/. 8,700 los cuales no se encontraban asegurados.Solucin:Considerando que esta situacin no se encontraba presente al cierre del ejercicio, sino es un hecho posterior que afecta la situacin financiera de la entidad pblica para el siguiente ejercicio, no dar origen a ajuste de los estados financieros, por lo tanto solo deber efectuarse la revelacin correspondiente tal como se muestra a continuacin:Notas a los Estados financieros No obstante la relacin de materiales que posee la entidad pblica al 31 de diciembre, debe indicarse que con fecha 15 de enero se produjo un incendio en la entidad pblica con la consecuente prdida de materiales en dicha fecha.El importe de los materiales perdidos asciende al monto de S/.8, 700. Cabe advertir que la entidad pblica no haba contratado seguro alguno que cubriera dicha situacin, motivo por el cual no recibir importe alguno que cubra dicha prdida.

3.- CONCLUSIONES3.1 CONCLUSIONES ESPECIFICAS

NIC SP 13 ARRENDAMIENTOS

Al tomar decisiones frente a la adquisicin de ciertos activos en la entidad pblica, debe primar el criterio del costo que en realidad este le acarrear a la entidad pblica en el largo plazo. El arrendamiento financiero es una valiosa herramienta para obtener activos fijos en general para las entidades pblicas, y puede representar importantes beneficios debido a su tratamiento. Este financiamiento se usa para inversiones de carcter permanente, teniendo como ventaja el uso de los activos sin necesidad de desembolsar inmediatamente el efectivo. Una ventaja para las entidades pblicas es que los bienes arrendados a travs del arrendamiento financiero deben tratarse contablemente como una adquisicin y las obligaciones como un pasivo, por el total de operacin de arrendamiento, deducindose lo que represente el costo de servicio, el impuesto por arrendamiento, los intereses de financiamiento, etc., y debe mostrar la inversin por separado en el estado de situacin financiera bajo un concepto genrico, como por ejemplo: edificio adquirido por arrendamiento. El pasivo se representara normalmente separando la porcin a corto plazo. El activo deber depreciarse con base a su vida til. Es por ello que todo administrador financiero debe saber con exactitud cul es el momento idneo para hacer uso de esta herramienta de financiamiento, ya que con ello lograra incrementar sus utilidades, al no desembolsar sus recursos para adquirir en algn momento un activo fijo, lo podra utilizar para invertirlo y as obtener un rendimiento extra.

NIC-SP 14 HECHOS OCURRIDOS DESPUS DE LA FECHA DE PRESENTACIN

Los hechos ocurridos despus de la fecha del balance son todos aquellos eventos, ya sean favorables o desfavorables, que se han producido entre la fecha del balance y la fecha de autorizacin de los estados financieros para su publicacin. Existen hechos que ocurren entre la fecha del balance y su emisin, los cuales podran implicar ajustes a los activos y pasivos o su revelacin en notas. Los activos y pasivos debern ser ajustados cuando los hechos posteriores se relacionan en condiciones existentes a la fecha del balance. Si no se requiere ajuste es necesario revelar el hecho en notas a los estados financieros con el objeto de permitir a sus usuarios realizar evaluaciones ms apropiadas.3.2 CONCLUSIONES GENERALES

Las NIC-SP exponen, por ejemplo, una estructura y denominacin de estados financieros que es propio y caracterstico en otros pases. Ello significa, tambin, la existencia de un Plan Contable gubernamental en diversos pases de Amrica Latina en forma distinta. No existe una unificacin de criterios para la aplicacin contable gubernamental; por ejemplo, en otros pases la construccin de colegios, puentes, caminos, etc., es considerada al gasto. Mientras en nuestro medio, es contabilizada como una Infraestructura Pblica (Activo No Corriente). Falta un estudio analtico sobre las NICSP y su aplicacin en nuestro medio. Falta una difusin de las NIC-SP en las entidades pblicas. La IFAC pretende con la emisin de las NICSP hacer que este tipo de empresas tengan una normatividad propia para as incrementar la calidad de la informacin financiera del Sector Pblico a nivel mundial. Las Normas Internacionales de Contabilidad para el Sector Pblico son de gran ayuda para la presentacin de estados financieros y, en s, toda la informacin financiera relacionada con este Sector, ya que este tiene un tratamiento contable diferente al privado en algunos aspectos. Por otro lado, las traducciones al espaol que se han realizado actualmente de la NICSP son de gran ayuda para los usuarios de esta informacin, puesto que facilita la interpretacin de las mismas. Con la implementacin de esta Normas para el Sector Pblico se busca mejorar la calidad de la informacin y armonizar la presentacin de la informacin a nivel mundial.CONTABILIDAD GUBERNAMENTAL II C.P.C.C JESUS ATUNCAR I SOTO