n m. extraordinario 142, lunes 9 de abril de 2018€¦ · dar cumplimiento a sentencia. folio 492...
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GACETA OFICIALÓRGANO DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE VERACRUZ DE IGNACIO DE LA LLAVE
DIRECTOR GENERAL DE LA EDITORA DE GOBIERNOMARTÍN QUITANO MARTÍNEZ
DIRECTOR DE LA GACETA OFICIALIGNACIO PAZ SERRANO
Calle Morelos No. 43. Col. Centro Tel. 817-81-54 Xalapa-Enríquez, Ver.
Tomo CXCVII Xalapa-Enríquez, Ver., lunes 9 de abril de 2018 Núm. Ext. 142
SUMARIO
N Ú M E R O E X T R A O R D I N A R I O
GOBIERNO DEL ESTADO———
PODER LEGISLATIVO
ACUERDO POR EL QUE SE DETERMINA QUE EL H. CONGRE-SO NO TIENE FACULTADES PARA AUTORIZAR UNA PARTI-DA EXTRAORDINARIA O LA ASIGNACIÓN ESPECIAL DE RE-CURSOS AL H. AYUNTAMIENTO DE ACTOPAN, VER., PARA
EL CUMPLIMIENTO DE UN LAUDO LABORAL..
folio 488
ACUERDO POR EL QUE SE DETERMINA QUE EL H. CONGRE-SO NO TIENE FACULTADES PARA AUTORIZAR UNA PARTI-DA EXTRAORDINARIA O LA ASIGNACIÓN ESPECIAL DE RE-CURSOS AL H. AYUNTAMIENTO DE BOCA DEL RÍO, VER.,PARA EL CUMPLIMIENTO DE UN LAUDO LABORAL.
.folio 489
ACUERDO POR EL QUE SE DETERMINA QUE EL H. CONGRE-SO NO TIENE FACULTADES PARA AUTORIZAR UNA PARTI-DA EXTRAORDINARIA O LA ASIGNACIÓN ESPECIAL DE RE-
CURSOS AL H. AYUNTAMIENTO DE COTAXTLA, VER.,PARA EL CUMPLIMIENTO DE UN LAUDO LABORAL.
folio 490
ACUERDO POR EL QUE SE DETERMINA QUE ANTE LA IMPRE-CISIÓN Y LA FALTA DE REQUISITOS DE LA SOLICITUD PRE-SENTADA, EL H. AYUNTAMIENTO DE ACAYUCAN, VER.,DEBERÁ REPONER EL TRÁMITE RESPECTO DE LA SOLICI-TUD DE AUTORIZACIÓN PARA DAR CUMPLIMIENTO A
SENTENCIA.folio 491
ACUERDO POR EL QUE SE DETERMINA QUE ANTE LA IMPRE-CISIÓN Y LA FALTA DE REQUISITOS DE LA SOLICITUD PRE-SENTADA, EL H. AYUNTAMIENTO DE ALTO LUCERO DE
GUTIÉRREZ BARRIOS, VER., DEBERÁ REPONER EL TRÁ-MITE RESPECTO DE LA SOLICITUD DE AUTORIZACIÓN PARA
DAR CUMPLIMIENTO A SENTENCIA.folio 492
ACUERDO POR EL QUE SE DETERMINA QUE ANTE LA IMPRE-CISIÓN Y LA FALTA DE REQUISITOS DE LA SOLICITUD PRE-
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SENTADA, EL H. AYUNTAMIENTO DE COATZACOALCOS,VER., DEBERÁ REPONER EL TRÁMITE RESPECTO DE LA
SOLICITUD DE AUTORIZACIÓN PARA DAR CUMPLIMIEN-TO A SENTENCIA.
folio 493
SERVICIOS DE SALUD DE VERACRUZ
——Licitación Pública Nacional LPN-103T00000-012-18
SE CONVOCA A LOS INTERESADOS EN PARTICIPAR EN LA LI-CITACIÓN PÚBLICA NACIONAL RELATIVA A LA ADQUISI-CIÓN DE 80 AMBULANCIAS PARA DIVERSOS NOSOCOMIOS
DE SESVER.
Pág. 20 folio 502
SECRETARÍA DE EDUCACIÓN
———Universidad Popular Autónoma de Veracruz
MODIFICACIÓN AL ARTÍCULO 4 DEL REGLAMENTO
GENERAL DE SERVICIO SOCIAL DE LA UNIVERSIDAD.
folio 495
FISCALÍA GENERAL DEL ESTADO
NOTIFICACIÓN POR EDICTO DE LA CARPETA DE INVESTI-GACIÓN UIPJ/DXV/1°/2086/2017 DEL ÍNDICE DE LA
FISCALÍA PRIMERA ADSCRITA A LA UNIDAD INTEGRAL
DE PROCURACIÓN DE JUSTICIA DISTRITO JUDICIAL XVCON RESIDENCIA EN ORIZABA, VERACRUZ.
Marzo 20. Abril 9 folio 368
NOTIFICACIÓN POR EDICTO DE LA CARPETA DE INVESTI-GACIÓN UIPJ/DXV/4°/1591/2017 DEL ÍNDICE DE LA
FISCALÍA CUARTA ADSCRITA A LA UNIDAD INTEGRAL DE
PROCURACIÓN DE JUSTICIA DISTRITO JUDICIAL XV CON
RESIDENCIA EN ORIZABA, VERACRUZ.
Marzo 20. Abril 9 folio 369
NOTIFICACIÓN POR EDICTO DE LA CARPETA DE INVESTI-GACIÓN UIPJ/DXV/4°/2186/2017 DEL ÍNDICE DE LA
FISCALÍA CUARTA ADSCRITA A LA UNIDAD INTEGRAL DE
PROCURACIÓN DE JUSTICIA DISTRITO JUDICIAL XV CON
RESIDENCIA EN ORIZABA, VERACRUZ.
Marzo 20. Abril 9 folio 370
NOTIFICACIÓN POR EDICTO DE LA CARPETA DE INVESTI-GACIÓN UIPJ/DXIV/2°/231/2018 DEL ÍNDICE DE LA
FISCALÍA SEGUNDA INVESTIGADORA ADSCRITA A LA UNI-DAD INTEGRAL DE PROCURACIÓN DE JUSTICIA DISTRITO
JUDICIAL XIV CON RESIDENCIA EN CÓRDOBA,VERACRUZ.
Marzo 20. Abril 9 folio 371
NOTIFICACIÓN POR EDICTO DE LA CARPETA DE INVESTI-GACIÓN CUIT/009/2017 DEL ÍNDICE DE LA FISCALÍA
MUNICIPAL DE CUITLÁHUAC, VERACRUZ, ADSCRITA ALA UNIDAD INTEGRAL DE PROCURACIÓN DE JUSTICIA
DISTRITO JUDICIAL XIV CON RESIDENCIA EN CÓRDOBA,VERACRUZ.
Marzo 20. Abril 9 folio 372
GOBIERNO DEL ESTADO———
PODER LEGISLATIVO
Al margen un sello que dice: Estados Unidos Mexicanos.—Poder Legislativo.—Estado Libre y Soberano de Veracruz deIgnacio de la Llave.
La diputación permanente de la Sexagésima Cuarta Legisla-tura del Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano deVeracruz de Ignacio de la Llave, en uso de la facultad que leconfieren los artículos 38 y 41 fracción XI de la ConstituciónPolítica local; 42 fracción XIV y 47 segundo párrafo de la LeyOrgánica del Poder Legislativo; 75 y 78 del Reglamento para elGobierno Interior del Poder Legislativo; y en nombre delpueblo, expide el siguiente:
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A C U E R D O
Primero. Se determina que este Honorable Congreso delEstado no tiene facultades para autorizar una partida extraordi-naria o la asignación especial de recursos, al Honorable Ayun-tamiento de Actopan, Veracruz de Ignacio de la Llave, a efectode dar cumplimiento al laudo laboral emitido en su contra.
Segundo. Comuníquese el presente Acuerdo al presidentemunicipal del Honorable Ayuntamiento de Actopan, Veracruzde Ignacio de la Llave, para su conocimiento y efectosprocedentes.
Tercero. Publíquese en la Gaceta Oficial, órgano delGobierno del Estado.
Dado en la sala de sesiones "Venustiano Carranza" de ladiputación permanente de la LXIV Legislatura del HonorableCongreso del Estado, en la ciudad de Xalapa-Enríquez, Veracruzde Ignacio de la Llave, a los veintiséis días del mes de marzo delaño dos mil dieciocho.
María Elisa Manterola SainzDiputada presidenta
Rúbrica.
Juan Manuel del Castillo GonzálezDiputado secretario
Rúbrica.folio 488
Al margen un sello que dice: Estados Unidos Mexicanos.—Poder Legislativo.—Estado Libre y Soberano de Veracruz deIgnacio de la Llave.
La diputación permanente de la Sexagésima Cuarta Legisla-tura del Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano deVeracruz de Ignacio de la Llave, en uso de la facultad que leconfieren los artículos 38 y 41 fracción XI de la ConstituciónPolítica local; 42 fracción XIV y 47 segundo párrafo de la LeyOrgánica del Poder Legislativo; 75 y 78 del Reglamento para elGobierno Interior del Poder Legislativo; y en nombre del pue-blo, expide el siguiente:
A C U E R D O
Primero. Se determina que este Honorable Congreso delEstado no tiene facultades para autorizar una partida extraordi-naria o la asignación especial de recursos, al Honorable Ayun-tamiento de Boca del Río, Veracruz de Ignacio de la Llave, aefecto de dar cumplimiento al laudo laboral emitido en sucontra.
Segundo. Comuníquese el presente Acuerdo al presidentemunicipal del Honorable Ayuntamiento de Boca del Río, Veracruzde Ignacio de la Llave, para su conocimiento y efectosprocedentes.
Tercero. Publíquese en la Gaceta Oficial, órgano delGobierno del Estado.
Dado en la sala de sesiones "Venustiano Carranza" de ladiputación permanente de la LXIV Legislatura del HonorableCongreso del Estado, en la ciudad de Xalapa-Enríquez, Veracruzde Ignacio de la Llave, a los veintiséis días del mes de marzo delaño dos mil dieciocho.
María Elisa Manterola SainzDiputada presidenta
Rúbrica.
Juan Manuel del Castillo GonzálezDiputado secretario
Rúbrica.folio 489
Al margen un sello que dice: Estados Unidos Mexicanos.—Poder Legislativo.—Estado Libre y Soberano de Veracruz deIgnacio de la Llave.
La diputación permanente de la Sexagésima Cuarta Legisla-tura del Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano deVeracruz de Ignacio de la Llave, en uso de la facultad que leconfieren los artículos 38 y 41 fracción XI de la ConstituciónPolítica local; 42 fracción XIV y 47 segundo párrafo de la LeyOrgánica del Poder Legislativo; 75 y 78 del Reglamento para elGobierno Interior del Poder Legislativo; y en nombre del pue-blo, expide el siguiente:
A C U E R D O
Primero. Se determina que este Honorable Congreso delEstado no tiene facultades para autorizar una partida extraordi-naria o la asignación especial de recursos, al Honorable Ayun-tamiento de Cotaxtla, Veracruz de Ignacio de la Llave, a efectode dar cumplimiento al laudo laboral emitido en su contra.
Segundo. Comuníquese el presente Acuerdo al presidentemunicipal del Honorable Ayuntamiento de Cotaxtla, Veracruzde Ignacio de la Llave, para su conocimiento y efectosprocedentes.
Tercero. Publíquese en la Gaceta Oficial, órgano delGobierno del Estado.
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Dado en la sala de sesiones "Venustiano Carranza" de ladiputación permanente de la LXIV Legislatura del HonorableCongreso del Estado, en la ciudad de Xalapa-Enríquez, Veracruzde Ignacio de la Llave, a los veintiséis días del mes de marzo delaño dos mil dieciocho.
María Elisa Manterola SainzDiputada presidenta
Rúbrica.
Juan Manuel del Castillo GonzálezDiputado secretario
Rúbrica.folio 490
Al margen un sello que dice: Estados Unidos Mexicanos.—Poder Legislativo.—Estado Libre y Soberano de Veracruz deIgnacio de la Llave.
La diputación permanente de la Sexagésima Cuarta Legisla-tura del Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano deVeracruz de Ignacio de la Llave, en uso de la facultad que leconfieren los artículos 38 y 41 fracción XI de la ConstituciónPolítica local; 42 fracción XIV y 47 segundo párrafo de la LeyOrgánica del Poder Legislativo; 75 y 78 del Reglamento para elGobierno Interior del Poder Legislativo; y en nombre del pue-blo, expide el siguiente:
A C U E R D O
Primero. Se determina que, ante la imprecisión de la solici-tud presentada, así como la falta de requisitos para darle el des-pacho correspondiente, el Honorable Ayuntamiento deAcayucan, Veracruz de Ignacio de la Llave, deberá reponer eltrámite respecto de la solicitud de autorización para dar cumpli-miento a la sentencia emitida dentro del expediente 456/2009-IV.
Segundo. Comuníquese el presente Acuerdo al presidentemunicipal del Honorable Ayuntamiento de Acayucan, Veracruzde Ignacio de la Llave, para los efectos legales procedentes.
Tercero. Publíquese en la Gaceta Oficial, órgano delGobierno del Estado.
Dado en la sala de sesiones "Venustiano Carranza" de ladiputación permanente de la LXIV Legislatura del HonorableCongreso del Estado, en la ciudad de Xalapa-Enríquez, Veracruzde Ignacio de la Llave, a los veintiséis días del mes de marzo delaño dos mil dieciocho.
María Elisa Manterola SainzDiputada presidenta
Rúbrica.
Juan Manuel del Castillo GonzálezDiputado secretario
Rúbrica.
folio 491
Al margen un sello que dice: Estados Unidos Mexicanos.—Poder Legislativo.—Estado Libre y Soberano de Veracruz deIgnacio de la Llave.
La diputación permanente de la Sexagésima Cuarta Legisla-tura del Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano deVeracruz de Ignacio de la Llave, en uso de la facultad que leconfieren los artículos 38 y 41 fracción XI de la ConstituciónPolítica local; 42 fracción XIV y 47 segundo párrafo de la LeyOrgánica del Poder Legislativo; 75 y 78 del Reglamento para elGobierno Interior del Poder Legislativo; y en nombre del pue-blo, expide el siguiente:
A C U E R D O
Primero. Se determina que, ante la imprecisión de la solici-tud presentada, así como la falta de requisitos para darle el des-pacho correspondiente, el Honorable Ayuntamiento de Alto Lu-cero de Gutiérrez Barrios, Veracruz de Ignacio de la Llave, debe-rá reponer el trámite respecto de la solicitud de autorizaciónpara señalar como garantía de pago el bien inmueble denomina-do fracción 1, del predio rústico "Río El Lagartero", para darcumplimiento a la sentencia de fecha 3 de febrero de 2009 yrequerimiento de pago emitido por el Tribunal Estatal de Conci-liación y Arbitraje del Poder Judicial del Estado, dentro del expe-diente laboral número 335/2005-I y su acumulado 336/2005-IV.
Segundo. Comuníquese el presente Acuerdo al presidentemunicipal del Honorable Ayuntamiento de Alto Lucero deGutiérrez Barrios, Veracruz de Ignacio de la Llave, para los efec-tos legales procedentes.
Tercero. Publíquese en la Gaceta Oficial, órgano delGobierno del Estado.
Dado en la sala de sesiones "Venustiano Carranza" de ladiputación permanente de la LXIV Legislatura del HonorableCongreso del Estado, en la ciudad de Xalapa-Enríquez, Veracruzde Ignacio de la Llave, a los veintiséis días del mes de marzo delaño dos mil dieciocho.
María Elisa Manterola SainzDiputada presidenta
Rúbrica.
Lunes 9 de abril de 2018 GACETA OFICIAL Página 5
Juan Manuel del Castillo GonzálezDiputado secretario
Rúbrica.
folio 492
Al margen un sello que dice: Estados Unidos Mexicanos.—Poder Legislativo.—Estado Libre y Soberano de Veracruz deIgnacio de la Llave.
La diputación permanente de la Sexagésima Cuarta Legisla-tura del Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano deVeracruz de Ignacio de la Llave, en uso de la facultad que leconfieren los artículos 38 y 41 fracción XI de la ConstituciónPolítica local; 42 fracción XIV y 47 segundo párrafo de la LeyOrgánica del Poder Legislativo; 75 y 78 del Reglamento para elGobierno Interior del Poder Legislativo; y en nombre del pue-blo, expide el siguiente:
A C U E R D O
Primero. Se determina que, ante la imprecisión de la infor-mación presentada, así como la falta de requisitos para darle eldespacho correspondiente, el Honorable Ayuntamiento deCoatzacoalcos, Veracruz de Ignacio de la Llave, debe reponer eltrámite respecto de lo ordenado en la sentencia emitida en eljuicio de garantías 1692/2014 dictada por el juez decimoquintode distrito del séptimo circuito, relativa al expediente laboral36/2000-III, para estar en posibilidad de cubrir laudos emitidosen su contra.
Segundo. Comuníquese el presente Acuerdo al presidentemunicipal del Honorable Ayuntamiento de Coatzacoalcos,Veracruz de Ignacio de la Llave, para los efectos legalesprocedentes.
Tercero. Publíquese en la Gaceta Oficial, órgano delGobierno del Estado.
Dado en la sala de sesiones "Venustiano Carranza" de ladiputación permanente de la LXIV Legislatura del HonorableCongreso del Estado, en la ciudad de Xalapa-Enríquez, Veracruzde Ignacio de la llave, a los veintiséis días del mes de marzo delaño dos mil dieciocho.
María Elisa Manterola SainzDiputada presidenta
Rúbrica.
Juan Manuel del Castillo GonzálezDiputado secretario
Rúbrica.
folio 493
UNIVERSIDAD POPULAR AUTÓNOMA DE VERACRUZ
———Reglamento General de Servicio Social
Se adiciona corrección del artículo 4 del Reglamento Generalde Servicio Social de la Universidad Popular Autónoma deVeracruz publicado en la Gaceta Oficial número extraordinario220 de fecha jueves 2 de junio de 2016; corrección aprobadamediante acuerdo NO.SO/I-10/18 de la H. Junta de Gobierno dela Universidad Popular Autónoma de Veracruz en la primera se-sión ordinaria de fecha 7 de marzo de 2018.
Artículo 4. La prestación del servicio social es un requisitoindispensable para obtener el título de licenciatura, deberá rea-lizarse en un término no menor de seis meses y no mayor a dosaños. No se computará el tiempo en que por enfermedad u otracausa justificada, se permanezca fuera del lugar en donde debaprestarse.
El servicio social, deberá realizarse dentro del territorio delEstado de Veracruz, pero se podrá prestar fuera del territorio delestado cuando medie convenio al respecto entre la institucióneducativa estatal, privada o de gobierno, en la que curse o hayacursado sus estudios el interesado y aquella de otra entidadfederativa en la que existan condiciones idóneas para ello.
T R A N S I T O R I O S
Único. La presente modificación al artículo 4 del ReglamentoGeneral de Servicio Social de la Universidad Popular Autónomade Veracruz, publicado en la Gaceta Oficial número extraordi-nario 220 de fecha jueves 2 de junio de 2016, iniciará su vigenciaal día siguiente de su publicación en la Gaceta Oficial.
A T E N T A M E N T E
Mtro. Carlos Raúl Velázquez HernándezRector de la Universidad Popular Autónoma de Veracruz
y Secretario Técnico de la H. Junta de GobiernoRúbrica.
folio 495
Página 6 GACETA OFICIAL Lunes 9 de abril de 2018
FISCALÍA GENERAL DEL ESTADO
Fiscalía Primera adscrita a la Unidad Integral de Procuración de Justicia del Decimoquinto Distrito Judicial, con residencia enOrizaba, Veracruz.
CARPETA DE INVESTIGACIÓN UIPJ/DXV/1°/2086/2017
Notificación por edicto
En cumplimiento al acuerdo ministerial de veintiuno de febrero de dos mil dieciocho, dictado en la Carpeta de InvestigaciónUIPJ/DXV/1°/2086/2017; y con fundamento en lo dispuesto por los artículos 14, 16, 21 y 102 Apartado "A" de la ConstituciónPolítica de los Estados Unidos Mexicanos; 127, 129, párrafo primero, 229, 230 y 231 del Código Nacional de Procedimientos Penales;se notifica a quien resulte ser el interesado, propietario o representante legal, el aseguramiento decretado el uno de noviembre dedos mil diecisiete, de los bienes muebles localizados en el interior del inmueble ubicado en avenida Primero de Mayo, número 2,entre Nicolás Bravo y Morelos, colonia Modelo, de Río Blanco, Veracruz, casa habitación que estaba constituida como bodega;asimismo, se les previene para que no ejerzan actos de dominio sobre los bienes asegurados, con el apercibimiento que de nomanifestar lo que a su derecho convenga, ante esta Representación Social, en un término de noventa días naturales, contados apartir de la publicación de la presente notificación, los bienes causarán abandono a favor de la Fiscalía General del Estado deVeracruz de Ignacio de la Llave o del Gobierno del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave; lo anterior, de conformidad con loestablecido en el artículo 231 del Código Nacional de Procedimientos Penales.
En virtud de lo anterior, se notifica a quien resulte ser el interesado, propietario o representante legal de los bienesmuebles que se enlistan:
Orizaba, Veracruz, a 8 de marzo de 2018
A t e n t a m e n t e
Lic. Fernando González SerranoFiscal Primero adscrito a la Unidad Integral de Procuración de Justicia del Decimoquinto
Distrito Judicial, con residencia en Orizaba, VeracruzRúbrica.
Marzo 20. Abril 9 folio 368
Lunes 9 de abril de 2018 GACETA OFICIAL Página 7
Fiscalía Cuarta adscrita a la Unidad Integral de Procuración de Justicia del Decimoquinto Distrito Judicial, con residencia enOrizaba, Veracruz.
CARPETA DE INVESTIGACIÓN UIPJ/DXV/4°/1591/2017
Notificación por edicto
En cumplimiento al acuerdo ministerial de veintidós de febrero de dos mil dieciocho, dictado en la Carpeta de InvestigaciónUIPJ/DXV/4°/1591/2017; y con fundamento en lo dispuesto por los artículos 14, 16, 21 y 102 Apartado "A" de la ConstituciónPolítica de los Estados Unidos Mexicanos; 127, 129, párrafo primero, 229, 230 y 231 del Código Nacional de Procedimientos Penales;se notifica a quien resulte ser el interesado, propietario o representante legal, el aseguramiento decretado el veinticinco de agostode dos mil diecisiete, de los bienes muebles localizados en el interior del inmueble ubicado en retorno 20 de Noviembre, número 9,entre andador 12 de Octubre y 5 de Febrero, de la Unidad Habitacional El Guayabal, municipio de Ixtaczoquitlán, Veracruz;asimismo, se les previene para que no ejerzan actos de dominio sobre los bienes asegurados, con el apercibimiento que de nomanifestar lo que a su derecho convenga, ante esta Representación Social, en un término de noventa días naturales, contados apartir de la publicación de la presente notificación, los bienes causarán abandono a favor de la Fiscalía General del Estado deVeracruz de Ignacio de la Llave o del Gobierno del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave; lo anterior, de conformidad con loestablecido en el artículo 231 del Código Nacional de Procedimientos Penales.
En virtud de lo anterior, se notifica a quien resulte ser el interesado, propietario o representante legal de los bienes muebles quese enlistan:
Orizaba, Veracruz, a 8 de marzo de 2018.
A t e n t a m e n t e
Lic. Rey Báez AndradeFiscal Cuarto adscrito a la Unidad Integral de Procuración de Justicia del
Decimoquinto Distrito Judicial, con residencia en Orizaba, VeracruzRúbrica.
Marzo 20. Abril 9 folio 369
Página 8 GACETA OFICIAL Lunes 9 de abril de 2018
Fiscalía Cuarta adscrita a la Unidad Integral de Procuración de Justicia del Decimoquinto Distrito Judicial, con residencia enOrizaba, Veracruz.
CARPETA DE INVESTIGACIÓN UIPJ/DXV/4°/2186/2017
Notificación por edicto
En cumplimiento al acuerdo ministerial de veintidós de febrero de dos mil dieciocho, dictado en la Carpeta de InvestigaciónUIPJ/DXV/4°/2186/2017; y con fundamento en lo dispuesto por los artículos 14, 16, 21 y 102, Apartado "A" de la ConstituciónPolítica de los Estados Unidos Mexicanos; 127, 129, párrafo primero, 229, 230 y 231 del Código Nacional de Procedimientos Penales;se notifica a quien resulte ser el interesado, propietario o representante legal, el aseguramiento decretado el catorce de noviembrede dos mil diecisiete, de los bienes muebles localizados en el interior del inmueble ubicado en avenida 4, número 786, entre calles 9y 10, colonia Rafael Alvarado Fernández, en Orizaba, Veracruz; asimismo, se les previene para que no ejerzan actos de dominio sobrelos bienes asegurados, con el apercibimiento que de no manifestar lo que a su derecho convenga, ante esta Representación Social,en un término de noventa días naturales, contados a partir de la publicación de la presente notificación, los bienes causaránabandono a favor de la Fiscalía General del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave o del Gobierno del Estado de Veracruz deIgnacio de la Llave; lo anterior, de conformidad con lo establecido en el artículo 231 del Código Nacional de Procedimientos Penales.
En virtud de lo anterior, se notifica a quien resulte ser el interesado, propietario o representante legal de los bienes muebles quese enlistan:
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Lunes 9 de abril de 2018 GACETA OFICIAL Página 15
Orizaba, Veracruz, a 8 de marzo de 2018
A t e n t a m e n t e
Lic. Rey Báez AndradeFiscal Cuarto adscrito a la Unidad Integral de Procuración de Justicia del
Decimoquinto Distrito Judicial, con residencia en Orizaba, VeracruzMarzo 20. Abril 9 Rúbrica. folio 370
Página 16 GACETA OFICIAL Lunes 9 de abril de 2018
Fiscalía Segunda Investigadora adscrita a la Unidad Integral de Procuración de Justicia del Decimocuarto Distrito Judicial, conresidencia en Córdoba, Veracruz.
CARPETA DE INVESTIGACIÓN UIPJ/DXIV/2°/231/2018
Notificación por edicto
En cumplimiento al acuerdo ministerial de doce de febrero de dos mil dieciocho, dictado en la Carpeta de Investigación UIPJ/DXIV/2°/231/2018; y con fundamento en lo dispuesto por los artículos 14, 16, 21 y 102 Apartado "A" de la Constitución Política delos Estados Unidos Mexicanos; 127, 129, párrafo primero, 229, 230 y 231 del Código Nacional de Procedimientos Penales; se notificaa quien resulte ser el interesado, propietario o representante legal, el aseguramiento decretado el uno de febrero de dos mildieciocho, de los bienes muebles localizados en el interior del inmueble ubicado en Carretera Federal Córdoba-Monte Salas, calle6 Cerrada de la localidad de Monte Salas, del municipio de Fortín, Veracruz; asimismo, se les previene para que no ejerzan actos dedominio sobre los bienes asegurados, con el apercibimiento que de no manifestar lo que a su derecho convenga, ante estaRepresentación Social, en un término de noventa días naturales, contados a partir de la publicación de la presente notificación, losbienes causarán abandono a favor de la Fiscalía General del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave o del Gobierno del Estado deVeracruz de Ignacio de la Llave; lo anterior, de conformidad con lo establecido en el artículo 231 del Código Nacional de Procedi-mientos Penales.
En virtud de lo anterior, se notifica a quien resulte ser el interesado, propietario o representante legal de los bienes muebles quese enlistan:
Lunes 9 de abril de 2018 GACETA OFICIAL Página 17
Córdoba, Veracruz, a 8 de marzo de 2018.
A t e n t a m e n t e
Lic. José Ulises Limón SánchezFiscal Segundo Investigador en Delitos Diversos adscrito a la Unidad Integral
de Procuración de Justicia del Decimocuarto Distrito Judicial,en Córdoba, Veracruz
Rúbrica.Marzo 20. Abril 9 folio 371
Fiscalía Municipal de Cuitláhuac, Veracruz adscrita a la Unidad Integral de Procuración de Justicia del Decimocuarto DistritoJudicial, con residencia en Córdoba, Veracruz.
CARPETA DE INVESTIGACIÓN CUIT/009/2017
Notificación por edicto
En cumplimiento al acuerdo ministerial de dos de marzo de dos mil dieciocho, dictado en la Carpeta de Investigación CUIT/009/2017; y con fundamento en lo dispuesto por los artículos 14, 16, 21 y 102 Apartado "A" de la Constitución Política de los EstadosUnidos Mexicanos; 127, 129, párrafo primero, 229, 230 y 231 del Código Nacional de Procedimientos Penales; se notifica a quienresulte ser el interesado, propietario o representante legal, el aseguramiento decretado el cinco de enero de dos mil diecisiete, de losbienes muebles localizados en el interior del inmueble ubicado en el predio rústico Mata Faisán, actualmente San Campus, en lacongregación de Palma Sola, perteneciente al municipio de Cuitláhuac, Veracruz; asimismo, se les previene para que no ejerzanactos de dominio sobre los bienes asegurados, con el apercibimiento que de no manifestar lo que a su derecho convenga, ante estaRepresentación Social, en un término de noventa días naturales, contados a partir de la publicación de la presente notificación, losbienes causarán abandono a favor de la Fiscalía General del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave o del Gobierno del Estado de
Página 18 GACETA OFICIAL Lunes 9 de abril de 2018
Veracruz de Ignacio de la Llave; lo anterior, de conformidad con lo establecido en el artículo 231 del Código Nacional deProcedimientos Penales.
En virtud de lo anterior, se notifica a quien resulte ser el interesado, propietario o representante legal de los bienes muebles quese enlistan:
Lunes 9 de abril de 2018 GACETA OFICIAL Página 19
Cuitláhuac, Veracruz, a 8 de marzo de 2018.
A t e n t a m e n t e
Lic. María Angélica Cabal LezamaFiscal Municipal de Cuitláhuac, Veracruz adscrita a la Unidad Integral de
Procuración de Justicia del Decimocuarto Distrito Judicial,con residencia en Córdoba, Veracruz
Marzo 20. Abril 9 Rúbrica. folio 372
Página 20 GACETA OFICIAL Lunes 9 de abril de 2018
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