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MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE PIURA Resolución de Alcaldía 1259 -2012-AlMPP San Miguelde Piura, Hl lile octubre "e 2012. Vista, la Solicitud de Registro N° 15619, de fecha 10 de abril de 2012, presentada por la servidora municipal Orlinda Gregoria Arévalo Martinez; y, CONSIDERANDO: Que, la servidora municipal, Orlinda Gregoria Arévalo Martinez, solicita el Destaque a la Municipalidad Provincial de Cajamarca, por unidad Familiar, considerando que por motivos de salud de su esposo Manuel Cisneros Reyes conforme a los certificados médicos y recetas que adjunta, el mismo que tiene tres hernias en la columna y un neurinoma; por lo que, tiene que ser sometido a una intervención quirúrgica, necesitando de sus cuidados, acreditando que su esposo se encuentra laborando en dicha ciudad, conforme al certificado de trabajo que adjunta; Que, en las Entidades del Sector Público, utilizan acciones administrativas de personal para el desplazamiento del personal, las mismas que son: designación, rotación, reasignación, destaque;" permuta, encargo, comisión de servicios y transferencia; en tal sentido, teniendo en consideración no. prescrito en el Art. 80° del Decreto Supremo N° 005-90-PCM, Reglamento de la Ley de Bases de. la'-: Carrera Administrativa, que establece: "El destaque consiste en el desplazamiento temporal deJ,n. servidor a otra entidad a pedido de ésta debidamente fundamentado, para desempeñar funcion~s asignadas por la entidad de destino dentro de su campo de competencia fimcional. El servidor seguirá percibiendo sus remuneraciones en la entidad de origen. El destaque no será menor de treinta dios, ni excederá el periodo presupuestal, debiendo contar con el consentimiento previo de! servidor" en concordancia, con lo dispuesto en el inciso 3.4.7 del Manual Normativo de Personal N° 002-92-DNP correspondiente al "Desplazamiento' de .Personal " aprobado con RESOLUCION DIRECTORAL N° 013-92-INAP-DNP establece las formas por las que procede el Destaque: "... A solicitud del servidor ..Procede cuando está debidamente fundamentada por razones de salud de él, de su cónyuge o de sus hijos o por unidad familiar."; Que, el Manual Normativo de Personal N° 002-92-DNP "Desplazamiento de Personal" aprobado por Resolución Directoral N' 013-92_INAP-DNP, establece: "(...) 3.4 EL DESTAQUE: 3.4.1 Es la acción administrativa que consiste en el desplazamiento temporal de un servidor nombrado a otra entidad, a pedido de ésta debidamente fimdamentada, para desempeñar funciones asignadas en la entidad de destino dentro de su campo de competencia funcional. (1) Se requiere opinión favorable de la entidad de origen. Se formaliza con Resolución del Titular de la entidad de origen O funcionario autorizado por delegación. 3.4.2 El destaque no será menor de treinta (30) dios ni excederá del periodo presupuestal vigente, debiendo contar con el consentimiento previo del servidor. 3.4.3 Cuando es necesaria la continuación del destaque en un nuevo ejercicio presupuestal o prorrogarse cuando es en el mismo año, se requiere en ambos casos de Resolución. 3.4.4 El servidor destacado mantiene su plaza en la entidad de origen, la misma que ~bonará todas sus remuneraciones y beneficios mientras dure e! destaque. (1)3.4.5 La Oficina de Perspnal de la enitdad , de destino será la responsable del control de asistencia y permanencia de los servidores destacados, debiendo informar mensualmente dentro de los primeros cinco (5) dios a la entidad' de origen de las. ocurrencias habidas, para los descuentos y acciones de ley a que hubiere lugar. 3.4.6 El destaque no genera derecho al servidor de percibir las bonificaciones, gratificaciones y demás beneficios que por pacto colectivo pudieran otorgar a los servidores sindicalizados o no de la entidad de destino, osi como a percibir diferencia remunerativa alguna, salvo los estimulas que pudiera conceder: el,:" CAFAE. (2) 3.4. 7 Casos de destaque: (...)- A folicÚud del servidor: Procede cuando está debidameí'lfe'J

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MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE PIURAResolución de AlcaldíaN° 1259 -2012-AlMPP

San Miguel de Piura, Hl lile octubre "e 2012.

Vista, la Solicitud de Registro N° 15619, de fecha 10 de abril de 2012, presentada por laservidora municipal Orlinda Gregoria Arévalo Martinez; y,

CONSIDERANDO:

Que, la servidora municipal, Orlinda Gregoria Arévalo Martinez, solicita el Destaque a laMunicipalidad Provincial de Cajamarca, por unidad Familiar, considerando que por motivos de saludde su esposo Manuel Cisneros Reyes conforme a los certificados médicos y recetas que adjunta, elmismo que tiene tres hernias en la columna y un neurinoma; por lo que, tiene que ser sometido a unaintervención quirúrgica, necesitando de sus cuidados, acreditando que su esposo se encuentralaborando en dicha ciudad, conforme al certificado de trabajo que adjunta;

Que, en las Entidades del Sector Público, utilizan acciones administrativas de personal para eldesplazamiento del personal, las mismas que son: designación, rotación, reasignación, destaque;"permuta, encargo, comisión de servicios y transferencia; en tal sentido, teniendo en consideración no.prescrito en el Art. 80° del Decreto Supremo N° 005-90-PCM, Reglamento de la Ley de Bases de. la'-:Carrera Administrativa, que establece: "El destaque consiste en el desplazamiento temporal deJ,n.servidor a otra entidad a pedido de ésta debidamente fundamentado, para desempeñar funcion~sasignadas por la entidad de destino dentro de su campo de competencia fimcional. El servidorseguirá percibiendo sus remuneraciones en la entidad de origen. El destaque no será menor detreinta dios, ni excederá el periodo presupuestal, debiendo contar con el consentimiento previo de!servidor" en concordancia, con lo dispuesto en el inciso 3.4.7 del Manual Normativo de Personal N°002-92-DNP correspondiente al "Desplazamiento' de .Personal " aprobado con RESOLUCIONDIRECTORAL N° 013-92-INAP-DNP establece las formas por las que procede el Destaque: " ...Asolicitud del servidor .. Procede cuando está debidamente fundamentada por razones de salud de él,de su cónyuge o de sus hijos o por unidad familiar.";

Que, el Manual Normativo de Personal N° 002-92-DNP "Desplazamiento de Personal"aprobado por Resolución Directoral N' 013-92_INAP-DNP, establece: "(. ..) 3.4 EL DESTAQUE:3.4.1 Es la acción administrativa que consiste en el desplazamiento temporal de un servidornombrado a otra entidad, a pedido de ésta debidamente fimdamentada, para desempeñar funcionesasignadas en la entidad de destino dentro de su campo de competencia funcional. (1) Se requiereopinión favorable de la entidad de origen. Se formaliza con Resolución del Titular de la entidad deorigen O funcionario autorizado por delegación. 3.4.2 El destaque no será menor de treinta (30) diosni excederá del periodo presupuestal vigente, debiendo contar con el consentimiento previo delservidor. 3.4.3 Cuando es necesaria la continuación del destaque en un nuevo ejercicio presupuestalo prorrogarse cuando es en el mismo año, se requiere en ambos casos de Resolución. 3.4.4 Elservidor destacado mantiene su plaza en la entidad de origen, la misma que ~bonará todas susremuneraciones y beneficios mientras dure e! destaque. (1)3.4.5 La Oficina de Perspnal de la enitdad ,de destino será la responsable del control de asistencia y permanencia de los servidores destacados,debiendo informar mensualmente dentro de los primeros cinco (5) dios a la entidad' de origen de las.ocurrencias habidas, para los descuentos y acciones de ley a que hubiere lugar. 3.4.6 El destaque nogenera derecho al servidor de percibir las bonificaciones, gratificaciones y demás beneficios que porpacto colectivo pudieran otorgar a los servidores sindicalizados o no de la entidad de destino, osicomo a percibir diferencia remunerativa alguna, salvo los estimulas que pudiera conceder: el,:"CAFAE. (2) 3.4. 7 Casos de destaque: (...)- A folicÚud del servidor: Procede cuando está debidameí'lfe'J

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fimdamentada por razones de salud de él, de su cónyuge o de sus hijos o por unidad familiar.MECANICA OPERATIVA (...) - DEL SERVIDOR: - Por Unidad Familiar: • Solicitud del servidoradjuntando copia autenticada por fedatario de partida de matrimonio y nacimiento de hijos (sólo encaso que conste en legajo personal). • Certificado domiciliario del cónyuge. Estos documentospueden ser sustituidos por Declaración Jurada simple autenticada por fedatario de la entidad.'Documento de aceptación de la entidad de destino. • De corresponder presentar Declaración Juradade Bienes y Rentas. • Informe de la Oficina de Personal en que trabaja el cónyuge, donde se preciseque nofite trasladado (a) a su solicitud. • Entrega del cargo.;

Que, en tal medida, al ser el destaque una modalidad de desplazamiento que se efectúa asolicitud de la entidad de destino o a solicitud del servidor, como en el presente caso de análisis,conforme lo establece el Decreto Supremo N° 005-90-PCM - Reglamento de la Ley de Bases de laCarrera Administrativa, concordante con lo dispuesto en el Manual Normativo de Personal,corresponde que se emita la Resolución del Titular para la formalización correspondiente,considerando que mediante el Oficio N° 086-2012-0GA-URRHH-MPC, el Jefe de RecursosHumanos de la Municipalidad Provincial de Cajamarca, señala que: "Siendo necesario contar con losservicios de una Secretaria para la Oficina de Asesorla Jurídica de la Municipalidad Provincial deCajamarca, se acepta el destaque de la Sra. Orlinda G. Arévalo Martínez, Trabajadora Nombrada,quien solicita destaque a esta Municipalidad por Unidad Familiar, la cual deberá formalizarse' "mediante una Resolución de su representada. "; cumpliéndose asi con el requisito aceptación de laEntidad de destino;

Que, de acuerdo al análisis del pedido, realizado por la Oficina de Personal mediante elInforme N° 1550-2012-0PER/MPP, el Destaque solicitado por la Servidora Orlinda Gregoria ArévaloMartínez y de la revisión del expediente, se advierte que el mismo está debidamente fundamentadopor los motivos antes citados;

Que, la Gerencia de Asesoria Jurídica, a través del Informe N° 1801-2012-GAJ/MPP, defecha 27 de setiembre de 2012, opina que se debe aprobar el Destaque de la Servidora OrlindaGregoria Arévalo Martinez a la Municipalidad Provincial de Cajamarca, por razones de UnidadFamiliar, al tenerse en cuenta los motivos de salud de su esposo Manuel Cisneros Reyes, conforme loha acreditado; en consecuencia, para la emisión de la Resolución de Alcaldia se debe considerar loestablecido en el Manual Normativo de Personal N° 002-92-DNP "Desplazamiento de Personal"aprobado por Resolución Directoral N° 013-92-INAP-DNP.

Que, en mérito a lo expuesto, de conformidad con el Proveído de Gerencia Municipal defecha 28 de setiembre de 2012 y en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Orgánica deMunicipalidades N' 27972;

SE RESUELVE:

ARTÍCULO PRIMERO.- Aprobar el Destaque de la Servidora Orlinda Gregoria ArévaloMartínez, a partir de la fecha hasta el 31.de diciembre de 2012, a la Municipalidad Provincial deCajamarca, por razones de Unidad Familiar, en mérito a los considerando s expuestos en la presenteResolución, y al Manual Normativo de Personal N° 002-92-DNP "Desplazamiento de Personal"aprobado por Resolución Directoral N° 013-92-INAP-DNP.

ARTÍCULO SEGUNDO.- Notifiquese la presente Resolución a la interesada, a la GerenciaMunicipal, Gerencia de Administración, Gerencia de Asesoria Juridica, Gerencia de Tecnologías ySistemas de Información, Oficina de Personal, y a la Municipalidad Provincial de Cajamarca, para suconocimiento y fines.

REGÍSTRESE, COMUNÍQU' E, CÚMPLASE Y ARCHÍVESE.ys6.-

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