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MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PARCOY PROVINCIA DE PATAZ - DEPARTAMENTO LA LIBERTAD RE&ION LA LIBERTAD CONTRATO NO 011-2013-MDP PARA EJECUCION DE OBRA PUBLICA A SUMA ALZADA, DEL PROCESO DE SELECCIÓN POR LICITACIÓN PÚBLICA N" 002-2013- MDP-CE PARA LA EJECUCIÓN DE LA OBRA "MEJORAMIENTO DE LA INFRAESTRUCTURA VIAL D E L A CALLE PRINCIPAL DEL CP. RETAMAS, DISTRITO DE PARCOY - PATAZ - L A LIBERTAD". Conste por el presente documento, el contrato de ejecución de obra a Suma Alzada , que celebra de una parte LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PARCOY, en adelante LA ENTEDAD, con RUC NO 20200270968, con domicilio legal en Jr. San Martín N^ 859 - Parcoy, representada por su Alcalde Sr. ANGEL PONCE SIMÓN, identificado con DNI No 01011535, y de otra parte el CONSORCIO VIRGEN DE LA PUERTA conformado por la empresa FH-MINERÍA Y CONSTRUCCIÓN S.A.C. con RUC N^ 20481748764, inscrita en la Partida No 11069559, Asiento NO COOOl en la ciudad de Trujillo, con domicilio en Av. América Sur 801 Urb. Santo Dominguito (20 Piso Interior 2) - Trujillo - La Libertad representada por su Gerente General don ERNANDO YDELIO FLORIAN HUAYLLA, peruano identificado con DNI NO 27153013; y la empresa F&F INGENIERÍA Y CONSTRUCCIÓN S.A.C. con RUC N° 20480864973 inscrita en la Partida No 11000413, Asiento No AOOOl en la ciudad de Otuzco, con domicilio en Av. América Sur 801 - piso - Urb. Santo Dominguito - Trujillo, representada por su Gerente General don JULBIO EMIGDIO FLORIAN HUAYLLA, peruano identificado con DNI No 27169134, debidamente representado por su Representante Legal Común don JULIO LEONEL ORTECHO FERNANDEZ, peruano identificado con DNI No 18032616 a quien en adelante se le denominará "EL .^CONTRATESTA" en los términos y condiciones siguientes: ^^USULA PRIMERA: ANTECEDENTES ^Cón fecha 19 de agosto del 2013, el Comité Especial recepcionó las acreditaciones y propuestas de la LICITACIÓN PÚBLICA NO 002-2013-MDP-CE PARA LA EJECUCIÓN D E L A OBRA "MEJORAMIENTO D E L A INFRAESTRUCTURA VIAL D E L A CALLE PRINCIPAL DEL CP. RETAMAS, DISTRITO DE PARCOY - PATAZ - L A LIBERTAD", cuyos detalles, importes unitarios y totales, constan en los documentos integrantes del presente contrato. CLÁUSULA SEGUNDA: OBJETO Y MONTO n fecha 20 de agosto del 2012, el Comité Especial adjudicó la Buena Pro de la LICITACIÓN PÚBLICA NO 002-2013-MDP-CE, convocada para la ejecución de la obra "MEJORAMIENTO D E L A INFRAESTRUCTURA VIAL D E L A CALLE PRINCIPAL DEL CP. RETAMAS, DISTRITO DE PARCOY - PATAZ - L A LIBERTAD", a EL CONTRATISTA, por el monto de: S/.4W8,275.64 (Cuatro millones cuarenta y ocho mil doscientos setenta y cinco con 64/100 nuevos soles), incluido los impuestos de Ley y cualquier otro concepto que incida en el costo total de la ejecución de la obra. Este monto comprende la mano de obra y cumplimiento de la normativa laboral, pagos a Entidades de Seguridad Social, SENCICO, costo de equipos, maquinaria, herramientas, materiales, fletes, seguros e impuestos; protección y mantenimiento de la obra durante el período de construcción y hasta la entrega de la misma, dirección técnica, gastos generales, utilidad, y todo aquello que sea necesario para la correcta ejecución de la obra hasta su total terminación y entrega y liquidación. CLÁUSULA TERCERA: MARCO LEGAL DEL CONTRATO La normativa contenida en la Ley de Contrataciones del Estado, Decreto Legislativo 1017 y su modificatoria Ley N° 29873; y, su Reglamento del Decreto Supremo 184- 2008-EF, y sus modificatorias el Decreto Supremo 021-2009-EF, Decreto Supremo N° 154-2010-EF, Decreto Supremo N'^ 046-2011-EF y Decreto Supremo 138-2012- EF. Ley N° 29951 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el año 2013

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MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PARCOY PROVINCIA DE PATAZ - DEPARTAMENTO LA LIBERTAD

RE&ION LA LIBERTAD

C O N T R A T O NO 0 1 1 - 2 0 1 3 - M D P P A R A E J E C U C I O N D E O B R A P U B L I C A A S U M A

A L Z A D A , D E L P R O C E S O D E S E L E C C I Ó N P O R L I C I T A C I Ó N P Ú B L I C A N " 0 0 2 - 2 0 1 3 -

M D P - C E P A R A L A E J E C U C I Ó N D E L A O B R A " M E J O R A M I E N T O D E L A

I N F R A E S T R U C T U R A V I A L D E L A C A L L E P R I N C I P A L D E L C P . R E T A M A S , D I S T R I T O D E

P A R C O Y - P A T A Z - L A L I B E R T A D " .

Conste por el presente documento, el contrato de ejecución de obra a Suma Alzada , que celebra de una parte LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PARCOY, en adelante LA ENTEDAD, con RUC NO 20200270968, con domicilio legal en Jr. San Martín N^ 859 - Parcoy, representada por su Alcalde Sr. ANGEL PONCE SIMÓN, identificado con DNI No 01011535, y de otra parte el CONSORCIO VIRGEN DE LA PUERTA conformado por la empresa FH-MINERÍA Y CONSTRUCCIÓN S.A.C. con RUC N^ 20481748764, inscrita en la Partida No 11069559, Asiento NO COOOl en la ciudad de Trujillo, con domicilio en Av. América Sur 801 Urb. Santo Dominguito (20 Piso Interior 2) - Trujillo - La Libertad representada por su Gerente General don ERNANDO YDELIO FLORIAN HUAYLLA, peruano identificado con DNI NO 27153013; y la empresa F&F INGENIERÍA Y CONSTRUCCIÓN S.A.C. con RUC N° 20480864973 inscrita en la Partida No 11000413, Asiento No AOOOl en la ciudad de Otuzco, con domicilio en Av. América Sur N° 801 - 4° piso - Urb. Santo Dominguito - Trujillo, representada por su Gerente General don JULBIO EMIGDIO FLORIAN HUAYLLA, peruano identificado con DNI No 27169134, debidamente representado por su Representante Legal Común don JULIO LEONEL ORTECHO FERNANDEZ, peruano identificado con DNI No 18032616 a quien en adelante se le denominará "EL

.^CONTRATESTA" en los términos y condiciones siguientes:

^ ^ U S U L A P R I M E R A : A N T E C E D E N T E S

^Cón fecha 19 de agosto del 2013, el Comité Especial recepcionó las acreditaciones y propuestas de la L I C I T A C I Ó N P Ú B L I C A NO 0 0 2 - 2 0 1 3 - M D P - C E P A R A L A E J E C U C I Ó N D E L A O B R A

" M E J O R A M I E N T O D E L A I N F R A E S T R U C T U R A V I A L D E L A C A L L E P R I N C I P A L D E L C P .

R E T A M A S , D I S T R I T O D E P A R C O Y - P A T A Z - L A L I B E R T A D " , cuyos detalles, importes unitarios y totales, constan en los documentos integrantes del presente contrato.

C L Á U S U L A S E G U N D A : O B J E T O Y M O N T O

n fecha 20 de agosto del 2012, el Comité Especial adjudicó la Buena Pro de la L I C I T A C I Ó N P Ú B L I C A NO 0 0 2 - 2 0 1 3 - M D P - C E , convocada para la ejecución de la obra " M E J O R A M I E N T O D E L A I N F R A E S T R U C T U R A V I A L D E L A C A L L E P R I N C I P A L D E L C P .

R E T A M A S , D I S T R I T O D E P A R C O Y - P A T A Z - L A L I B E R T A D " , a EL CONTRATISTA, por el

monto de: S/.4W8,275.64 (Cuatro millones cuarenta y ocho mil doscientos setenta y cinco con 64/100 nuevos soles), incluido los impuestos de Ley y cualquier otro concepto que incida en el costo total de la ejecución de la obra.

Este monto comprende la mano de obra y cumplimiento de la normativa laboral, pagos a Entidades de Seguridad Social, SENCICO, costo de equipos, maquinaria, herramientas, materiales, fletes, seguros e impuestos; protección y mantenimiento de la obra durante el período de construcción y hasta la entrega de la misma, dirección técnica, gastos generales, utilidad, y todo aquello que sea necesario para la correcta ejecución de la obra hasta su total terminación y entrega y liquidación.

C L Á U S U L A T E R C E R A : M A R C O L E G A L D E L C O N T R A T O

• La normativa contenida en la Ley de Contrataciones del Estado, Decreto Legislativo N° 1017 y su modificatoria Ley N° 29873; y, su Reglamento del Decreto Supremo N° 184-2008-EF, y sus modificatorias el Decreto Supremo N° 021-2009-EF, Decreto Supremo N° 154-2010-EF, Decreto Supremo N'̂ 046-2011-EF y Decreto Supremo N° 138-2012-EF.

• Ley N° 29951 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el año 2013

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RE6I0N LA LIBERTAD

• Ley N° 27993 - Ley del Sistema Nacional de Inversión Pública • Ley N° 27444 - Ley de Procedimiento Administrativo General • D.S. N° 304-2012-EF, que aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley

del Sistema Nacional de Presupuesto. • Código Civil

Sólo en lo no previsto en este contrato, en la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento, en tas directivas que emita el OSCE y demás normativa especial que resulte aplicable, se utilizarán las disposiciones pertinentes del Código Civil vigente y demás normas concordantes.

C L Á U S U L A C U A R T A : O B L I G A C I O N E S A L A F I R M A D E L C O N T R A T O

4.1 Se deja expresa constancia que EL CONTRATISTA a la firma del presente contrato entrega a LA ENTIDAD los siguientes documentos:

a) Carta de presentación de documentos del Consorcio Virgen de la Puerta para firma de contrato

b) Copia de DNI del Representante Legal de la empresa FH-MINERÍA Y CONSTRUCCIÓN S.A.C.

c) Carta Fianza No 56-221-1002488 - CMAC-T de garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato, emitida por la Caja Municipal de Ahorro y Crédito Trujillo S.A.

d) Constancia de no estar inhabilitados para contratar con el estado N^ 044040-2013 emitida por el OSCE a la empresa FH-MINERÍA Y CONSTRUCCIÓN S.A.C.

e) Constancia de Capacidad de Libre Contratación No 007104-2013 emitida por el OSCE a la empresa FH-MINERÍA Y CONSTRUCCIÓN S.A.C.

< ^ f) Vigencia de Poder del Representante Legal de la Empresa FH-MINERÍA Y CONSTRUCCIÓN S.A.C.

o ] g) Ficha RUC de la empresa FH-MINERÍA Y CONSTRUCCIÓN S.A.C h) Constitución de Empresa de FH-MINERÍA Y CONSTRUCCIÓN S.A.C

/ i) Copia de DNI del Representante Legal de la empresa F&F INGENIERÍA Y / CONSTRUCCIÓN S.A.C.

/ j) Constancia de no estar inhabilitados para contratar con el estado 044056-2013 emitida por el OSCE a la empresa F&F INGENIERÍA Y CONSTRUCCIÓN S.A.C.

k) Constancia de Capacidad de Libre Contratación No 007108-2013 emitida por el OSCE a la empresa F&F INGENIERÍA Y CONSTRUCCIÓN S.A.C.

I) Vigencia de Poder del Representante Legal de la Empresa F&F INGENIERÍA Y CONSTRUCCIÓN S.A.C.

m) Ficha RUC de la empresa F&F INGENIERÍA Y CONSTRUCCIÓN S.A.C. n) Constitución de Empresa de F&F INGENIERÍA Y CONSTRUCCIÓN S.A.C. o) Contrato de Consorcio con firmas debidamente legalizadas de los consorciados. p) Calendario valorizado de avance de obra de acuerdo al plazo de ejecución y en

concordancia con el cronograma de desembolsos establecido, q) Cronograma de Adquisición de Materiales, r) Presupuesto de Obra. s) Certificado de habilidad N^ B-0005369 del Ing. Residente t) Certificado de habilidad N° A79965 del Ing. Asistente del Residente u) Certificado de Habilidad N° A79983 del Ing. Especialista en Seguridad v) Constancia de Miembro Titular Hábil N° 896136 del Administrador de Obra w) Certificado de Habilidad N° A-0100446 del Ing. Especialista en Metrados y Liquidaciones x) Certificado de Habilidad N° A-79907 del Ing. Ambientalista y) Certificado de Habilidad N° A-79908 del Ing. Especialista en Topografía z) Análisis de Costos Unitarios correspondiente a su Propuesta Económica aa) LA ENTIDAD a la firma del presente contrato entrega a EL CONTRATISTA una copia del

Expediente Técnico de Obra completo, motivo del contrato.

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y^íSíí^l^^^^S^ RÉ6I0N LA LIBERTAD

bb) El presente contrato también está conformado por las Bases integradas, la oferta ganadora y los documentos derivados del proceso de selección que establezcan obligaciones para las partes.

C L Á U S U L A Q U I N T A : P L A Z O D E E J E C U C I Ó N

5.1 El contratista se compromete a ejecutar la obra en un plazo de ciento ochenta (180) días naturales, que se computará desde el día siguiente que se cumpla las condiciones establecidas en el Art. 184 del reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.

5.2 Queda establecido que EL CONTRATRISTA, debe adoptar todas la medidas necesarias que garanticen el cumplimiento de la terminación de la obra en el plazo establecido.

5.3 EL CONTRATISTA declara conocer perfectamente la ubicación del terreno donde se ejecutará la obra, materia del presente contrato. La vigencia del presente contrato será a partir del día siguiente de la suscripción del mismo hasta el consentimiento de la liquidación final de la obra.

5.4 El plazo no podrá ser prorrogado, sino en los casos contemplados en las bases y la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento.

C L Á U S U L A S E X T A : D E L R E S I D E N T E D E O B R A

6.1 Para los efectos propios de la ejecución de la obra materia del presente contrato, EL CONTRATISTA designa como residente de Obra al Ing. PEREZ ACUÑA JORGE ALEJANDRO, con registro en el colegio de ingenieros del Perú No 47870 el cual tendrá a su cargo la dirección técnica de la obra, dejando expresa constancia que la remuneración de dicho profesional es de exclusiva responsabilidad de EL CONTRATESTA.

6.2 En consecuencia tendrá valides las decisiones adoptadas por el referido profesional, las cuales no podrán ser enervadas por otra persona o autoridad de EL CONTRATISTA. El citado profesional no podrá ser sustituido por otro, salvo autorización previa y por escrito

*o\e LA ENTEDAD, en este caso el reemplazo será materia del correspondiente aviso notarial " i j que cursará EL CONTRATISTA a LA ENTIDAD, debiendo reunir el reemplazante las y j mismas condiciones de idoneidad, capacidad y experiencia, entre exigencia que la del Ing. y Propuesto originalmente. 6.3 El Ing. Residente no está facultado a pactar modificaciones al Contrato.

C L Á U S U L A S É T I M A : D E L O S A D E L A N T O S

ENTIDAD no otorgará adelantos de ningún tipo.

L Á U S U L A O C T A V A : I N I C I O D E L A O B R A

8.1 LA ENTIDAD mediante acta, hará entrega del terreno a EL CONTRATISTA o su representante legal dentro de los 10 días naturales siguientes de firmado en contrato, definiendo los hitos que lo delimitan y los puntos geométricos necesarios para el trazado de la obra. El trazado de la obra será ejecutado por el Contratista con equipo y personal de este verificado y aprobado por el Supervisor de la obra, según corresponda bajo responsabilidad.

8.2 La fecha de inicio del plazo contractual será al día siguiente de la entrega del terreno. 8.3 En la fecha de entrega de terreno, se abrirá en Cuaderno de Obra debidamente foliado, el

mismo que será firmado en todas sus páginas por el Supervisor y por el residente. Dichos profesionales son los únicos autorizados para hacer anotaciones en el cuaderno de obra.

8.4 La obra contratada se ejecutará según lo indicado en los Planos y las Especificaciones Técnicas del Proyecto, Propuesta Técnica y Económica y anexos adicionales que se presenten a la firma del presente contrato, así como también las demás órdenes emanadas por LA ENTEDAD.

C L Á U S U L A N O V E N A : V A L O R I Z A C I O N E S Y P A G O S

9.1 Las valorizaciones tienen el carácter de pagos a cuenta y serán elaboradas de conformidad con lo establecido en el artículo 197° del Reglamento de la Ley de Contrataciones del

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9.2 Las valorizaciones serán MENSUALES y tendrán el carácter de pagos a cuenta. Será elaborada por el Supervisor y el contratista, en función de los metrados ejecutados, con los precios unitarios del valor referencial, agregando separadamente los montos proporcionados de gastos generales y utilidad. El sub total obtenido se multiplica por el factor de relación; a este se agrega el porcentaje correspondiente al Impuesto General a las Ventas.

.3 Los metrados de obra serán formulados conjuntamente por EL CONTRATISTA y El Supervisor, el último día de cada mes y deberán ser valorizados también en forma conjunta, debiendo presentarse a LA ENTEDAD a más tardar en cinco (05) días de trascurrido la quincena o mes. Este último plazo corresponde a la aprobación de la valorización por el Supervisor.

9.4 Si el Supervisor no se presenta para la valorización conjunta con EL CONTRATISTA, la efectuará EL CONTRATESTA. El Supervisor deberá revisar los metrados durante el periodo de aprobación de la valorización.

9.5 EL CONTRATISTA presentará en su informe las visitas fotográficas del terreno antes del inicio de la obra, del proceso constructivo y de su culminación.

9.6 Los funcionarios que tengan a su cargo la revisión y/o visación de los metrados, el procedimiento, aprobación, trámite de valorizaciones por concepto de contrato principal, reajuste por alzas, adicionales, mayores gastos generales y otros, en la medida que intervengan serán responsables de que las valorizaciones se remitan a las oficinas Técnicas de Obras, logística y Tesorería para su cancelación, dentro de los diez (10) días hábiles contados a partir de su recepción.

9.7 Si surgieran discrepancias respecto a la formulación, aprobación o valorización de los metrados, entre EL CONTRATISTA y el Supervisor, según sea el caso, se resolverá en la liquidación del contrato sin perjuicio del cobro de la parte no controvertida.

9.8 Para el pago de la primera valorización, EL CONTRATISTA deberá presentar copia legalizada del libro de planillas autorizado por la Autoridad Administrativa de trabajo competente.

.9 A partir de la segunda valorización, EL CONTRATISTA deberá presentar: • Copia legalizada del libro de planillas correspondiente a los pagos del mes anterior. • Copia de los comprobantes del cumplimiento de las obligaciones a ESSALUD. • Copia de los comprobantes de pago por eí CONAFOVICER Y SENSICO.

.10 En la liquidación del contrato de obra EL CONTRATISTA presentará: • Planos de replanteo, en un (01) original y dos (02) copias. • Copia certificada del cierre del libro de planillas correspondiente a la obra. • Declaración Jurada de cumplimiento de las obligaciones a ESSALUD. • Declaración Jurada de no adeudar a los trabajadores de la obra por indemnización y

• Acta de entrega de terreno. • Acta de recepción de la obra. • Metrados Post Construcción, visados por el supervisor y contratista. • Memoria Descriptiva. • Constancia de no adeudos a CONAFOVISER. • Constancia de no adeudos a SENSICO. • Valorizaciones efectuadas. • Controles de calidad ejecutados en obra. • Copia del cuaderno de obra. • Informes. • Documentos derivados de la ejecución de la obra. • Fotografías de inicio y fin de la obra.

C L A U S U L A D E C I M A : D E C L A R A C I Ó N D E L C O N T R A T I S T A

El contratista declara que se compromete a cumplir las obligaciones derivadas del presente contrato, bajo sanción de quedar inhabilitado para contratar con el Estado en caso de incumplimiento. C L Á U S U L A U N D É C I M A : G A R A N T Í A S

EL CONTRATISTA entregó a la suscripción del contrato la respectiva Carta Fianza No 56-221 -

otros.

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1002470 - CMAC-T de garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato, emitida por la Caja Municipal de Ahorro y Crédito Trujillo, por el 10% del monto contractual, como garantía de fiel cumplimiento del contrato.

C L Á U S U L A D U O D E N A : E J E C U C I Ó N D E G A R A N T Í A S P O R F A L T A D E R E N O V A C I Ó N

LA ENTIDAD está facultada para ejecutar la garantía de fiel cumplimiento de contrato cuando EL CONTRATISTA no cumpliera con sus obligaciones contractuales.

C L Á U S U L A D É C I M A T E R C E R A : P L A Z O S

1 3 . 1 . P L A Z O D E E N T R E G A D E L T E R R E N O

El terreno o lugar donde se ejecutará la obra será entregado al contratista dentro diez (10) días siguientes a la firma del presente contrato.

1 3 . 2 . I N I C I O Y T É R M I N O D E L P L A Z O D E E J E C U C I Ó N

El CONTRATISTA se obliga a ejecutar las obras materia de este contrato, en un plazo de ciento ochenta (180) días calendarios, contados a partir del día siguiente en que se cumplan las condiciones establecidas en el artículo 184° del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.

1 3 . 3 P R O R R O G A E N L A E J E C U C I Ó N D E L A O B R A

• El plazo de ejecución de la obra será el plazo indicado en el Expediente Técnico, contados en días naturales, el mismo que se inicia según lo establecido en el Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.

• El plazo no podrá ser prorrogado sino en los casos contemplados en la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento, pero de ningún modo habrá prórroga si la petición de EL CONTRATISTA fuera formulada después de vencido en plazo vigente.

• Las demoras injustificadas en la ejecución de la obra por parte de EL CONTF^TISTA será motivo aplicación de las penalidades respectivas de acuerdo a la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento.

• Las interrupciones o atrasos que pueda experimentar la obra a consecuencia del rechazo de materiales por mala calidad o incumplimiento de las especificaciones técnicas correspondientes, no darán derecho a EL CONTRATISTA a prorroga alguna en el plazo de ejecución.

L U S U L A D E C I M A C U A R T A : R E S P O N S A B I L I D A D D E L C O N T R A T I S T A

2J • EL CONTRATISTA planeará y será responsable por los métodos de trabajo y la eficiencia * / de los equipos empleados en la ejecución de la obra, los que deberán asegurar un

ritmo apropiado y calidad satisfactoria. • Durante la ejecución de la obra, el CONTRATISTA está obligado a cumplir los plazos

parciales establecidos en el calendario valorizado de avance de obra. En caso de producirse retraso injustificado se procederá de acuerdo al artículo 205° del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.

• El CONTRATISTA abrirá en el acto de entrega del terreno, el cuaderno de obras debidamente foliado, el mismo que será firmado en todas sus páginas por el inspector/supervisor y el residente. En este cuaderno de obras se anotarán las indicaciones, órdenes, autorizaciones, reparos, variantes, consultas y anotaciones que consideren convenientes para la ejecución de la obra.

• El contratista realizará los análisis y pruebas de control de calidad indicadas en el expediente técnico, en concordancia con las normas técnicas aplicables. Dichas pruebas se realizarán en entidades de prestigio y reconocidas por la Municipalidad.

• Proveerse con la debida anticipación de todos los equipos, materiales y elementos necesarios para la ejecución de los trabajos.

• Proporcionar la cantidad de maquinaria y equipo mínimo para la ejecución de la obra, cuyas características en rendimiento, capacidad y potencia estarán en concordancia o equivalencia con la oferta presentada.

• Mantener obligatoriamente asegurado a su personal en ESSALUD, desde el comienzo

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de la obra hasta su conclusión. No podrá transferir parcial o totalmente la ejecución de la obra, salvo autorización expresa de LA ENTIDAD mediante comunicación escrita, previa solicitud de EL CONTRATISTA. La celebración de cualquier subcontrato no libera a EL CONTRATISTA de su responsabilidad que le puede corresponder al subcontratista. Responsabilizarse de la adecuada conservación de la obra, en forma tal que no dé lugar a reclamos de los beneficiarios ni a sanciones ni multas por infracción de tales disposiciones, así como cualquier otro tipo de responsabilidades. Responsabilizarse de todo dañó a los servicios públicos básicos como son agua potable, alcantarillado, instalaciones eléctricas, teléfono y otros de ser el caso, serán ejecutadas por EL CONTRATISTA, en el lapso de 48 horas de ocurrido el percance contando con el visto bueno del Supervisor. Si transcurrido tres (03) días naturales no se repara la (s) avería (s) LA ENTIDAD procederá a su reparación con cargo a las valorizaciones y/o saldos pendientes de EL CONTRATISTA. EL CONTRATISTA no podrá en ningún caso eludir su responsabilidad por los trabajos que hubieran sido encontrados defectuosos, con diversidades o con vicios, ni negarse a repararlos o reconstruirlos según sea el caso bajo el pretexto de haber sido aceptados por el Supervisor rigiendo en lo pertinente al respecto, la normativa del Código Civil sobre responsabilidades de carácter contractual y extra contractual, así como los Artículos 1782, 1783, 1784, 1785 del citado Código. EL CONTRATISTA asume total y directa responsabilidad por las demandas, reclamos, pérdidas y acciones derivadas de actos u omisiones imputables a EL CONTRATISTA, o personal empleado en la obra o en la guardianía de la misma, directamente vinculados con la ejecución de la obra, o que se realicen durante aquella. EL CONTRATISTA deberá cumplir con las normas legales de seguridad e higiene en resguardo de la integridad física de los trabajadores, siendo legalmente responsables de la previsión y adecuada protección los mismos, contra accidentes y enfermedades ocupacionales. Asimismo deberá proporcionar a sus trabajadores el equipo de protección personal (uniforme, mascarillas, cascos, y otros implementos indispensables acorde con la labor que desempeñan), adecuado para el desarrollo de sus actividades. Entregar a LA ENTIDAD el original y dos juegos de copias de los planos de Replanteo de la obra terminada y Metrados Post Construcción, para efectos de Recepción de Obra. En caso de incumplimiento no se procederá a la Recepción de Obra.

L A U S U L A D E C I M A Q U I N T A : R E S P O N S A B I L I D A D P O R V I C I O S O C U L T O S

conformidad de la obra por parte de LA ENTIDAD no enerva su derecho a reclamar teriormente por defectos o vicios ocultos, conforme a lo dispuesto por el artículo 50° de la de Contrataciones del Estado.

El plazo máximo de responsabilidad del EL CONTRATISTA es de siete (07) años.

C L Á U S U L A D É C I M O S E X T A : P E N A L I D A D E S ^

En caso de retraso injustificado del CONTRATISTA en la ejecución de la obra, aquél se hará acreedor a una penalidad por mora, por cada día de atraso, hasta por un monto máximo equivalente al diez por ciento (10%) del monto contractual vigente. Esta penalidad será deducida de los pagos a cuenta, del pago final o en la liquidación final; o, si fuera necesario, se cobrará del monto resultante de la ejecución de las garantías de fiel cumplimiento.

La penalidad se aplicará automáticamente y se calculará de acuerdo con la siguiente fórmula:

Penalidad diaria = 0.10 x Monto del Contrato F x plazo en días

^ De ser el caso, deberá considerarse las penalidades que se hubieran establecido al amparo del artículo 166° del

Reglamento de la Ley de Contrataciones dei Estado. rJ^^EjE?*^^!*

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REGION LA LIBERTAD

Cuando se llegue a cubrir el monto máximo de la penalidad, la Entidad podrá resolver el contrato por incumplimiento. Donde: F = 0.15 para plazos mayores a sesenta días o;

Cuando se llegue a cubrir el monto máximo de la penalidad, LA ENTEDAD podrá resolver el contrato parcial o totalmente por incumplimiento.

C L Á U S U L A D É C I M O S É T I M A : R E C E P C I Ó N D E L A O B R A

La recepción de la obra se sujetará a lo establecido en el artículo 210° del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.

C L Á U S U L A D É C I M O O C T A V A : L I O U I D A C I Ó N D E L A O B R A

La liquidación de la obra se sujetará a lo establecido en el artículo 211°, 212° y 213° del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.

C L Á U S U L A D É C I M O N O V E N A : R E S O L U C I Ó N D E L C O N T R A T O P O R C A U S A S

A T R I B U I B L E S A L C O N T R A T I S T A

19.1 Las formalidades de la Resolución del Contrato se regirá por lo estipulado en el artículo 167, 170 y 209° del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.

19.2 LA ENTEDAD podrá resolver el contrato de conformidad a la Ley de Contrataciones del Estado, cuando:

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a) Incumpla injustificadamente obligaciones contractuales esenciales, legales o reglamentarias a su cargo, pese haber sido requerido para ello. En el caso de obligaciones contractuales no esenciales, LA ENTEDAD podrá resolver el contrato solo si habiendo requerido dos (02) veces, EL CONTRATESTA no ha verificado su cumplimiento.

b) No cuente con la capacidad económica o técnica para continuar la ejecución de la obra.

c) Haya llegado a acumular el monto máximo de la penalidad por mora en la ejecución de la prestación a su cargo.

d) Paralice injustificadamente la obra o reduzca injustificadamente el ritmo de trabajo, pese a haber sido requerido para corregir tal situación

e) En estos supuestos, se ejecutarán las garantías que EL CONTRATISTA hubiera otorgado de conformidad con el artículo 164° del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, sin perjuicio de la indemnización por daños y perjuicios ulteriores que pueda exigir.

C L A U S U L A V I G É S I M A : C U M P L I M I E N T O D E O B L I G A C I O N E S

Sin perjuicio de la indemnización por daño ulterior, las sanciones administrativas y pecuniarias que pudieran aplicarse a EL CONTRATESTA, no lo eximen de cumplir con las demás obligaciones pactadas, ni lo eximen de las responsabilidades civiles y penales a que hubiera lugar.

C L Á U S U L A V I G É S I M A P R I M E R A : O T R A S O B L I G A C I O N E S D E L A E N T I D A D

• Designar al Supervisor de la Obra. • Abonar, previa aprobación, las valorizaciones periódicas, revisadas y visadas por el

Supervisor, de la obra, el jefe de Supervisión y Liquidación de la MDP y el Gerente de Infraestructura y Obras de la MDP, de acuerdo al procedimiento indicado en la cláusula novena del presente contrato.

• Recepcionar la Obra totalmente concluida, suscribiendo el Acta correspondiente.

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VIRGEN DE OA PÜfeRTA

Page 8: MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PARCOY - SEACEzonasegura.seace.gob.pe/mon/docs/contratos/2013/1239/... · p) Calendario valorizado de avance de obra de acuerdo al plazo de ejecución y

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PARCOY PROVINCIA DÉ PATAZ - DEPARTAMENTO LA LIBERTAD

RESION LA LIBERTAD

Cualquiera de las partes tiene el derecho a iniciar el arbitraje administrativo a fin de resolver las controversias que se presenten durante la etapa de ejecución contractual dentro del plazo de caducidad previsto en los artículos 144°, 170, 175°, 177°, 199°, 201° 209°, 210° y 211° del Reglamento o, en su defecto, en el artículo 52° de la Ley.

Facultativamente, cualquiera de las partes podrá someter a conciliación la referida controversia, sin perjuicio de recurrir al arbitraje en caso no se llegue a un acuerdo entre ambas, según lo señalado en el artículo 214° del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.

El Laudo arbitral emitido es definitivo e inapelable, tiene el valor de cosa juzgada y se ejecuta como una sentencia.

C L Á U S U L A V I G É S I M A T E R C E R A : F A C U L T A D D E E L E V A R A E S C R I T U R A P Ú B L I C A

Cualquiera de las partes podrá elevar el presente contrato a Escritura Pública corriendo con todos los gastos que demande esta formalidad.

C L Á U S U L A V I G É S I M A C U A R T A : V E R A C I D A D D E D O M I C I L I O S

Las partes contratantes han declarado sus respectivos domicilios en la parte introductoria del ^^j^L.£^-\presente contrato.

acuerdo con las Bases, la propuesta técnico económica y las disposiciones del presente rato, las partes lo firman por triplicado en señal de conformidad en la ciudad de Parcoy a

cinco (05) días del mes de setiembre del 2013.

v m o E r

once binioti ALCALDE

"LA ENTIDAD" CONTRATISTA"