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MUNICIPALIDAD DE USHUAIA Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur REPÚBLICA ARGENTINA BOLETÍN OFICIAL MUNICIPAL AÑO XXX - Nº 070/20 – 30 DE ABRIL DE 2020 Intendente Municipal: Sr. Walter VUOTO Jefatura de Gabinete: Sr. Alejandro David FERREYRA Secretario de Gobierno: Sr. Pablo Miguel GARCÍA Secretario de Economía y Finanzas: Lic. Gustavo Daniel RODRÍGUEZ Secretaria de Planificación e Inversión Pública: Abog. Gabriela MUÑIZ SICCARDI Secretaria de Hábitat y Ordenamiento Territorial: Sra. María Lorena HENRIQUES SANCHES Secretaria de la Mujer: Sra. Noelia Soledad TRENTINO MARTIRE Secretaria de Políticas Sociales, Sanitarias y de Derechos Humanos: Lic. Sabrina Marcia de Jesús MARCUCCI Secretario de Turismo: Sr. José Luis RECCHIA Secretario Legal y Técnico: Abog. César Gabriel MOLINA HOLGUIN Secretaria de Cultura y Educación: Abog. Angelina Noelia CARRASCO Secretario de Medio Ambiente: Sr. Damián Alejandro DE MARCO Secretario de Relaciones Parlamentarias y Articulación Política: Sr. Omar Enrique BECERRA Escribana General Municipal: Esc. Patricia Ivon BORLA CONCEJO DELIBERANTE Presidente: Sr. Juan Carlos PINO Vicepresidente Primero: Prof. Juan Manuel ROMANO Vicepresidente Segundo: Sr. Ricardo GARRAMUÑO Concejala: Sra. Laura Beatriz AVILA Concejal: Sr. Gabriel Alejandro DE LA VEGA Concejal: Sr. Javier Eduardo BRANCA Concejala: Sra. Ángela Mariana OVIEDO Secretario Legislativo: Sebastián IRIARTE Secretaria Administrativa: Noelia BUTT JUZGADO ADMINISTRATIVO MUNICIPAL DE FALTAS Jueza: Dra. Silvina Lorena OYARZÚN SANTANA SINDICATURA GENERAL MUNICIPAL USHUAIA Presidente: Ing. Martín Ivan GESSAGA Vocal: Abog. Leila Eleonora GIADAS Vocal: C.P. Marina Magalí IGLESIAS

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MUNICIPALIDAD DE USHUAIA

Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur REPÚBLICA ARGENTINA

BOLETÍN OFICIAL MUNICIPAL

AÑO XXX - Nº 070/20 – 30 DE ABRIL DE 2020

Intendente Municipal: Sr. Walter VUOTO Jefatura de Gabinete: Sr. Alejandro David FERREYRA

Secretario de Gobierno: Sr. Pablo Miguel GARCÍA Secretario de Economía y Finanzas: Lic. Gustavo Daniel RODRÍGUEZ

Secretaria de Planificación e Inversión Pública: Abog. Gabriela MUÑIZ SICCARDI Secretaria de Hábitat y Ordenamiento Territorial: Sra. María Lorena HENRIQUES SANCHES

Secretaria de la Mujer: Sra. Noelia Soledad TRENTINO MARTIRE Secretaria de Políticas Sociales, Sanitarias y de Derechos Humanos: Lic. Sabrina Marcia de Jesús MARCUCCI

Secretario de Turismo: Sr. José Luis RECCHIA Secretario Legal y Técnico: Abog. César Gabriel MOLINA HOLGUIN Secretaria de Cultura y Educación: Abog. Angelina Noelia CARRASCO

Secretario de Medio Ambiente: Sr. Damián Alejandro DE MARCO Secretario de Relaciones Parlamentarias y Articulación Política: Sr. Omar Enrique BECERRA

Escribana General Municipal: Esc. Patricia Ivon BORLA

CONCEJO DELIBERANTE Presidente: Sr. Juan Carlos PINO

Vicepresidente Primero: Prof. Juan Manuel ROMANO Vicepresidente Segundo: Sr. Ricardo GARRAMUÑO

Concejala: Sra. Laura Beatriz AVILA Concejal: Sr. Gabriel Alejandro DE LA VEGA

Concejal: Sr. Javier Eduardo BRANCA Concejala: Sra. Ángela Mariana OVIEDO Secretario Legislativo: Sebastián IRIARTE

Secretaria Administrativa: Noelia BUTT

JUZGADO ADMINISTRATIVO MUNICIPAL DE FALTAS Jueza: Dra. Silvina Lorena OYARZÚN SANTANA

SINDICATURA GENERAL MUNICIPAL USHUAIA Presidente: Ing. Martín Ivan GESSAGA Vocal: Abog. Leila Eleonora GIADAS Vocal: C.P. Marina Magalí IGLESIAS

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8Provincia de Tierra del Fuego,

Antártida e Islas del Atlántico Sur 72 9República Argentina

Municipalidad de Ushuaia

USHUAIA, 27 ARR 2020VISTO el expediente OP. N° 1448/2018, del registro de esta Municipalidad; y

CONSIDERANDO:

Que mediante el mismo se tramita la obra: “Alcantarillado Bahía Encerrada”, a cargo

de la empresa AMBIENTE SUR INGENIERÍA S.R.L., C.U.I.T, N° 30-71093092-5.

Que por Ordenanza Municipal N° 2782, promulgada mediante Decreto Municipal

N° 1520/2004, se creó el Régimen de Redeterminación de Precios de contratos de obras.

Que la ejecución de la obra se adjudicó mediante Decreto Municipal N° 537/2019, en

la suma de PESOS CINCO MILLONES SETENTA Y OCHO MIL SETECIENTOS CON 00/1 00

($ 5.078.700,00).

Que el día once (11) de abril de 2019, se suscribió el contrato entre la Municipalidad

de Ushuaia y la empresa AMBIENTE SUR INGENIERÍA S.R.L, el que fue registrado bajo el

N° 13817 y aprobado por Decreto Municipal N°743/2019.

Que en fecha dieciocho (18) de febrero del año 2020, se firmó la Modificación de

Contrato por una demasía de PESOS UN MILLÓN CUATRO MIL OCHOCIENTOS CON 00/100

($ 1.004.800,00), la que fuera registrada bajo el N°15260 y aprobada por Decreto Municipal

N° 484/2020.

Que a fs. 838, obra Informe D.P.C.G.O. y P.E. N° 67/2020, por el cual se informa que

el cálculo de la redeterminación de precios es de PESOS UN MILLÓN TRESCIENTOS TREINTA

Y SEIS MIL SETENTA Y NUEVE CON 35/1 00 ($ 1.336.079,35), por lo que el nuevo monto total

del contrato asciende a la suma de PESOS SIETE MILLONES CUATROCIENTOS DIECINUEVE

MIL QUINIENTOS SETENTA Y NUEVE CON 35/100 ($ 7.419.579,35).

Que a fs. 842, mediante Nota N° 72/2020, Letra: D.P.C.G.O. y P.E., de fecha

veintiuno (21) de abril de 2020, se notificó a la empresa, del Proyecto de Acta de

Redeterminación de precios y que prestó conformidad en la misma fecha.

Que el día veintiuno (21) de abril de 2020, se suscribió la Acta de Redeterminación de

Precios, a los efectos de dar curso a la aplicación de la redeterminación provisoria de los precios

del contrato, de acuerdo a lo dispuesto en los artículos 3° y 10° de la Ordenanza Municipal

N° 2782 y sus normas modificatorias y reglamentarias.

Que corre agregada y forma parte del presente, copia autenticada de la mencionada

/ Acta, la que fue registrada bajo el N° 1 5 3 6 5Que por lo expuesto corresponde proceder a la aprobación de dicha Acta y del nuevo

//.2.

Las Islas Malvinas, Georgias y Sándwich del Sur, Sony Serán Argentinas

Ushuaia, 30 de abril 2020 AÑO XXX – N° 70/2020 Página 1___________________________________________________________________________________________________________________________

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Provincia de Tierra del Fuego,Antártida e Islas del Atlántico Sur

República ArgentinaMunicipalidad de Ushuaia

//.2.

monto contractual redeterminado.

Que el suscripto se encuentra facultado para el dictado del presente actoadministrativo, de acuerdo a lo establecido en el artículo 152°, incisos 1 y 17, de la CartaOrgánica Municipal de la ciudad de Ushuaia.

Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE USHUAIA

D EC R ETAARTÍCULO 1°.- Aprobar en todos sus términos, el Acta de Redeterminación de Precios,registrada bajo el N° celebrada el día veintiuno (21) de abril de 2020. entre estaMunicipalidad, representada por la Sra. Secretaria de Planificación e Inversión Pública, Dra.Gabriela Carolina MUÑIZ SICCARDI, D.N.I. N° 20.675.576, y la empresa AMBIENTE SURINGENIERÍA S.R.L., C.U.I.T. N° 30-71093092-5, representada por el Ing, Marcelo FabiánDOMATO, D.N.I. N° 17.365.538, en carácter de Socio Gerente para la obra: “Alcantarillado BahiaEncerrada”, a los efectos de dar curso a la Redeterminación provisoria de precios prevista en laOrdenanza N° 2782, cuyo importe asciende a la suma de PESOS UN MILLÓN TRESCIENTOSTREINTA Y SEIS MIL SETENTA Y NUEVE CON 35/1 00 ($ 1.336.079,35), cuya copia autenticadase adjunta y forma parte del presente. Ello, por las razones expuestas en el exordio.ARTÍCULO 2°.- Aprobar el nuevo monto contractual de la obra: “Alcantarillado Bahía Encerrada”,en la suma total de PESOS SIETE MILLONES CUATROCIENTOS DIECINUEVE MILQUINIENTOS SETENTA Y NUEVE CON 351100 ($ 7.419.579,35). Ello, por los motivosexpuestos en el exordio.

ARTÍCULO 3°.- Imputar la suma indicada en el Articulo 1°, co’ cargo al titular presupuestario —

Secretaría de Planificación e Inversión Pública — Clasificación Económica 2110000.ARTÍCULO 4°.- Notificar a a empresa AMBIENTE SUR INGENIERÍA SRL, con copiaautenticada del presente.

ARTÍCULO 5°.- Comunicar. Dar al Boletín Oficial de la Municipalidad de Ushuaia. Cumplido,

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Islas Malvinas. Georgias y $ándwich del Sur. Sony Serán Argentinas

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1ACTA DE REDETERMINACION DE PRECIOS c aro L.cqHíyTé,ru:

Ordenanza Municipal N°2782 — Decreto Municloal N° 1520/2004 Art culo 10°

En la ciudad de Ushuaia, Provincia de Tierra del Fuego, con fecha 2 1 ABR 2020se reúnen en representación de la Municipalidad de Ushuaia, la Sra. Secretaria de Planificación eInversión Pública, Dra. Gabriela Carolina MUÑIZ SICCARDI, D.N.I. N° 20.675.576, con domicilioen calle Arturo Coronado N° 486 de esta ciudad, Provincia de Tierra del Fuego, en adelante “ELCOMITENTE”, por una parte, y el Ing. Marcelo Fabián DOMATO, D.N.I. N° 17.365.538, encarácter de Socio Gerente de la Empresa AMBIENTE SUR INGENIERÍA S.R.L., con domicilio enla calle Santiago de Estero N° 2418, de la ciudad de Ushuaia, Provincia de Tierra del Fuego, por

— otra parte, en su carácter de contratista de la obra: “Alcantarillado Bahía Encerrada”, que setramita por expediente administrativo OP. N°1448/2018, en adelante “LA CONTRATISTA”.ANTECEDENTES: Que como consecuencia de la variación en los precios generada por lasmedidas económicas adoptadas a partir del seis (6) de enero de 2002, el Concejo Deliberantedictó la Ordenanza Municipal N° 2782, de fecha quince (15) de diciembre de 2004, promulgadapor Decreto Municipal N° 1520/2004, de fecha veintiocho (28’t de diciembre de 2004, a fin deestablecer el mecanismo para proceder a la redeterminación de los precios del contrato de obrapúblicaMunicipaL

Que el día primero (1°) de marzo de 2019, se realizó la apertura de las ofertas, correspondiente ala Licitación Pública S.P. e lP. N°08/2019, para la obra antes citada.----—-----Que por Decreto Municipal N° 537/2019, se adjudicó la ejecución de la obra a la empresaAMBIENTE SUR INGENIERÍA S.R.L., por un importe de PESOS CINCO MILLONES SETENTA YOCHO MIL SETECIENTOS CON 00/100 ($5.078.700,00).-—Que el día once (11) de abril de 2019, se firmó el contrato entre la Municipalidad de Ushuaia y laempresa AMBIENTE SUR INGENIERÍA S.R.L., el que fuera registrado bajo el N° 13817 yaprobadyØ6’Decreto Municipal N°743(2019. --------

Que 9Y’día catorce (14) de mayo de 2019, se aprobó por Resolución 5. P. e 1. P. N° 329/2019, elpag/ del Adticipo Financiero por un VEINTE POR CIENTO (20%) del monto contractual,eqúivalente a PESOS UN MILLÓN QUINCE MIL SETECIENTOS CUARENTA CON 00/100(d1.O15.74O0Q).

;.Que a los e4etos de realizar un dem €ia de olRp& en kcha dieciocho (18) de febrero del año2020, se firmóIla Modificación de Cont ato por iíjmpoftede PESOS UN MILLÓN CUATRO MILOCHOCIEN1iZ{S CON 00/100 ($ 1.0 4.800OÚjla qu&fuera registrada bajo el N°15260 y

11.2.

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aprobada por Decreto Municipal N° 484/2020.Que a través de la Nota de pedido N°9 Y N° 21, de fecha doce (12) de agosto de 2019 y nueve(9) de marzo de 2020, obrante a fs. 8111813, la empresa AMBIENTE SUR INGENIERÍA S.R.L.,solicitó la redeterminación de precios de la obra.A tal efecto según Cláusula CG. 11.2 del P.C.G., el contrato se encuadra en la categoría V -HIDRAÚLICAS; 2. DESAGUES URBANOS, correspondiendo la aplicación de los coeficientesdetallados en la Tabla 1 del Anexo 1 de la Ordenanza Municipal N° 2782, resultando la variaciónde referencia de seis con veintisiete por ciento (6.27%) a abril de 2019, con a modalidad previstaen el Artículo 4° de la citada Ordenanza y Artículo 4° del Anexo, según cuadro del Anexo ¡ dondese determinan los respectivos coeficientes, que forman parte de la presente.

Que la presente acta se suscribe a efectos de dar curso a la Priméra Redeterminación dePrecios, con carácter provisorio y previo a la redeterminación definitiva de precios del contrato, deacuerdo a lo dispuesto en los Artículos 3° y 10° de dicha norma.—

Porello,seconviene:—

ARTÍCULO 1° “LA CONTRATISTA” y “EL COMITENTE” por aplicación del régimen establecidopor la Ordenanza Municipal N° 2782 y sus normas modificatorias, reglamentarias ycomplementarias, aceptan el “CUADRO DE REDETERMINACIÓN DE PRECIOS”correspondiente a la obra “Alcantarillado Bahía Encerrada”, que como Anexo VII forma parte de lapresente.—

—--—--—

ARTICULO 2°.- PROCEDIMIENTO PARA REDETERMINACIONES.Los precios fijados en pesos de la obra faltante de ejecutar al momento de la nuevaredeterminación, se redeterminarán y certificarán a partir del mes en que se verifique que el valorde la expresión ((FRi - FRi-1) / FRi-1) x 100, sea superior al 5%, usando las siguientesexre,i6esmatemáticas1 según correspondan:

Pi= PO x[O.10÷O.9OxFRi]// ¡ P P x((Afx (0,10 + 0,90 x F) + (1-Afl x(0,1 + 0,90 x(F81))

Donde:-----1-1—

Pi: Precio d a obra faltante redeterminado (Huev, redeterminación).P0: Precio ¿e la obra faltante al momenfb q la redet?rminación, expresada en valores básicosdel contrat

PO: Precio a obra faltante

mhrin S.R.L.

expresada en valores de la obra

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Las Islas Malvinas, Georgias y Sándwich del Sur Sony Serán Argenlinas

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Af % Porcentaje que representa el anticipo financiero.FRi: Factor de redeterminación identificada como “i”. (i: nueva redeterminación). -— —

FRS: Factor de redeterminación del anticipo financiero.FR5: El factores: 1.07, aabril de 2019. —----—-----—---—---- —------ —

FR1: Factor de redeterminacián de abril de 2019. El factor es: 1.07. —

FR2: Factor de redeterminación de agosto de 2019. El factor es: 1,34.FR3: Factor de redeterminación de noviembre de 2019. El factor es: 1,43. Todos ellos conformeal detalle de los Anexos II, III, IV y V, donde se determinan los respectivos coeficientes, queformanpartedelapresente.

—-

ARTÍCULO 3°.- NUEVO PRECIO DE CONTRATO.Las partes acuerdan el importe de la primera Redeterminación provisoria de Precios, en la sumade PESOS UN MILLÓN TRESCIENTOS TREINTA Y SEIS MIL SETENTA Y NUEVE CON 35/100($ 1336.079,35), como resultado de aplicar la metodología y la fórmula descripta en el Articulo 2°sobre el monto total de la obra, por lo que el nuevo importe total del contrato es de PESOS SIETEMILLONES CUATROCIENTOS DIECINUEVE MIL QUINIENTOS SETENTA Y NUEVE CON35/100 ($7.419.579,35), conforme al detalle del Anexo VII que lorma parte de la presente.ARTICULO 4°.- GARANTÍA DE AFIANZAMIENTO DE CONTRATO” dentro de los TREINTA (30)dias corridos desde la aprobación de la presente ACTA DE REDETERMINACIÓN DE PRECIOS,LA CONTRATISTA deberá ingresar la garantía de cumplimiento del contrato correspondiente alimporte que surge por redeterminación de precias, establecido en el ARTICULO 3°, de maneraque se restablezca el CINCO POR CIENTO (5%) del monto contractuaL —---

1-) Podrá efectuarse la garantía en algunas de las formas previstas en la cláusula C.G.2.5. delPliegodeCláusuI Generales. —--———

—--—---—----— —----

II-) En caso dfuluM el contratista no ingrese la garantía respectiva en el plazo fijado por elcomitente, 6 descontará el importe correspondiente de los sucesivos certificados, hastaconstituir 7f CINCb POR CIENTO (5%), sobre el monto que surge por redeterminayi6Íipichosfondos srán devúeltos a la contratista una vez aprobada la recepción efinitiva de$obra.III-) Quída perfdctftmente establecido que, por el periodo de geØónsta eI/eintegro/de losfondos retenido4 ¡en concepto de afianzamiento del contrato, nf) correspnØrá actuÍizaciónalguna. —-/ - - -

- j-j---- / -ARTICULO 5- [LA CONTRATISTA” renuncia por la presente todo rSciamo pq/’ mayores

Ambicio0 erie SRL,

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costos, compensaciones, gastos improductivos o supuestos perjuicios de cualquier naturaleza, enlos términos del Art9ut61)O° de la Ordenanza N° 2782.

En pru a de ¿onformidad se firman TRES (3) ejemplares del mismo tenor y a un soloefecto, en el lugar y fec a indicados en el encabezamiento de la presente. ----

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Las ls/as Malvinas, Georgias y Sándw,ch del Sur, Son y Serán Argenlinas

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República ArgentinaMunicipalidad de Ushuaia

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ANEXO 1 ACTA DE REDETERMINACIÓN DE PRECIOSTABLA VARIACION DE REFERENCIA

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2, Desagues urbanas

Mano de obra

V-HIDRAUUCASCOMPONENTES

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0.3200

MOMar— 19245.81

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266.37

ML’MO

1.0334Equipa-Amortización de equipo 0.0300 364.41 384.12 1.0541 0.0843Asfalto, combusfiblesylubricantes 0.1800 312.24 323.63 1,0265 0-7866Costo financiero 0.0300 44.77 57,22 1.2781 0.0333Gastos generales 0-1300 346.84 359.25 1.0353 0.1347Hormigón 0.2600 314,32 Z237 -1 .0466 0.2721///• 1.0000 1.0527

( (UVFj-V))4’Çl) x IÓ0)=(((1,0627—1.000)(I.000fl I00)= 6.27% VR? 5%

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Page 12: MUNICIPALIDAD DE USHUAIA · Municipalidad de Ushuaia. USHUAIA, 27 ARR 2020. VISTO el expediente OP. N° 1448/2018, del registro de esta Municipalidad; y CONSIDERANDO: Que mediante

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Ushuaia, 30 de abril 2020 AÑO XXX – N° 70/2020 Página 15___________________________________________________________________________________________________________________________

Page 18: MUNICIPALIDAD DE USHUAIA · Municipalidad de Ushuaia. USHUAIA, 27 ARR 2020. VISTO el expediente OP. N° 1448/2018, del registro de esta Municipalidad; y CONSIDERANDO: Que mediante

eProvincia de Tierra del Fuego,

Antártida e Islas del Atlántico Sur 7 3 0República Argentina

Municipalidad de Ushuaia

USHUAIA, 27 ARR ?U20VISTO el expediente OP. N°961/2019, del registro de esta Municipalidad; y

CONSIDERANDO:

Que mediante el mismo se tramita la obra: “REFACCIÓN DE PLAYÓN EN B°

LIBERTADOR”, a cargo de la empresa FRANCISCA GONZALEZ, C.U.I.T.

N° 27-17430840-9.

Que por Ordenanza Municipal N° 2782, promulgada mediante Decreto Municipal

N° 1520/2004, se creó el Régimen de Redeterminación de Precios de contratos de obras.

Que la ejecución de la obra se adjudicó por Resolución S.P. e LP. N°261/2019 y su

modificatoria N° 234/2019, por la suma de PESOS UN MILLÓN CUATROCIENTOS

DIECIOCHO MIL TRESCIENTOS TREINTA Y OCHO CON CERO CENTAVOS

($ 1.418.338,00).

Que el día cinco (5) de abril del 2019, se firmó el contrato entre la Municipalidad de

Ushuaia y la empresa FRANCISCA GONZALEZ, el que fuera registrado bajo el N° O.P. 1041 y

aprobado por Resolución S.P. e IP. N° 257/2019.

Que el día doce (12) de julio de 2019, producto de una demasía de obra, se realizó

un modificación de contrato por la suma de CUATROCIENTOS SESENTA Y DOS MIL

CUATROCIENTOS NOVENTA Y DOS CON CERO CENTAVOS ($ 462.492,00), la que fuera

registrada bajo el N° OP 1051 y aprobada por Resolución SP. e lP. N°473/2019.

Que a través de Nota de pedido N° 03 fecha diecisiete (17) de octubre de 2019,

obrante a fs. 399, la empresa FRANCISCA GONZÁLEZ, solicitó la redeterminación de precios

de la obra.

Que a fs. 425 Y 426, obra Informe del D.P.C.G.O y P.E. N° 064/2020, por el cual

se informa que el cálculo de redeterminacíón provisoria de precios es de PESOS

DOSCIENTOS OCHENTA Y SIETE MIL SEISCIENTOS DOCE CON SETENTA Y OCHO

CENTAVOS ($ 287.612,78), por lo que el nuevo importe total del contrato es de PESOS DOS

MILLONES CIENTO SESENTA Y OCHO MIL CUATROCIENTOS CUARENTA Y DOS CON

SETENTA Y OCHO CENTAVOS ($2.168.442,78).

Que a fs. 426 vta., ha tomado intervención la Sra. Secretaria de Planificación e

Pública, dándole continuidad del trámite.

Que a fs. 429, mediante Nota N° 073/2020, Letra: D.P.C.G.O. y P.E., de fecha

intiuno (21) de abril de 2020, se notificó a la empresa, del Proyecto de Acta de

//. 2.

Las Islas Malvinas, Georgias y Sándwich del Su, Son y Serán Argentinas

Ushuaia, 30 de abril 2020 AÑO XXX – N° 70/2020 Página 16___________________________________________________________________________________________________________________________

Page 19: MUNICIPALIDAD DE USHUAIA · Municipalidad de Ushuaia. USHUAIA, 27 ARR 2020. VISTO el expediente OP. N° 1448/2018, del registro de esta Municipalidad; y CONSIDERANDO: Que mediante

Provincia de Tierra del Fuego,Antártida e Islas del Atlántico Sur

República Argentina7 3 oMunicipalidad de Ushuaia

11.2.

Redeterminación de precios y que la misma presté su conformidad al cálculo.Que el día veintitrés (23) de abril de 2020, se suscribió el Acta de

Redeterminación de Precios, con carácter provisorio y previo a la redeterminación definitiva,que corre agregada y forma parte del presente, copia autenticada de la mencionada Acta quefuera registrada bajo el N° E

Que por lo expuesto corresponde proceder a la aprobación de dicha Acta y delnuevo monto contractual redeterminado.

Que el suscripto se encuentra facultado para el díctado del presente actoadministrativo, de acuerdo a lo establecido en el articulo 152°, incisos 1 y 17, de la CartaOrgánica Municipal de la cíudad de Ushuaia.

Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE USHUAIA

D EC RETAARTÍCULO 1°.- Aprobar en todos sus términos, el Acta de Redeterminación de Precios,rrrregistrada bajo el N°1 3 33 0 , celebrada el día veintitrés (23) abril de 2020, entre estaMunicipalidad, representada por la Sra. Secretaria de Planificación e Inversión Pública, Dra.Gabriela Carolina MUÑIZ SICCARDI, D.N.l. N° 20.675.576, y la empresa FRANCISCAGONZALEZ, representada por el Sra. Francisca GONZALEZ, D.N.I. N° 17.430.840, en carácterde Titular, para la obra: “REFACCIÓN DE PLAYÓN EN B° LIBERTADOR”, a los efectos de darcurso a lo previsto en la Ordenanza N° 2782, cuyo importe asciende a la suma de PESOSDOSCIENTOS OCHENTA Y SIETE MIL SEISCIENTOS DOCE CON SETENTA Y OCHOCENTAVOS ($ 287.612,78), cuya copia autenticada se adjunta y forma parte del presente.Ello, por las razones expuestas en el exordio.ARTICULO 2°.- Aprobar el nuevo monto contractual de la citada obra en la suma total dePESOS DOS MILLONES CIENTO SESENTA Y OCHO MIL CUATROCIENTOS CUARENTA YDOS CON SETENTA Y OCHO CENTAVOS ($ 2.168.442,78). Ello, por los motivos expuestosen el exordio.

ARTICULO 3°.- Imputar la suma indicada en el Artículo 1°, con cargo al titular presupuestario —

,4ecretaria de Planificación e Inversión Pública — Clasificación Económica 2110000.ARTÍ ULO 4°.- Notificar a la empresa FRANCISCA GONZALEZ, con copia autenticada del/ F (1.3.

yLas Islas Malvinas, Georgias y Sándwich del Sur, Son y Serán Argentinas

Ushuaia, 30 de abril 2020 AÑO XXX – N° 70/2020 Página 17___________________________________________________________________________________________________________________________

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Provincia de Tierra de/Fuego,Antártida e Islas del Atlántico Sur

República ArgentinaMunicipalidad de Ushuaia

11.3.

presente

RTíCULO 5°. Comunicar. Dar al Boletín Oficial de la Municipalídad de Ushuaia. Cumplido,/archivar.

DECRETO MUNICIPAL N° 730 12020.-

de Usbn’:r;

Las Islas Malvinas, Georgias y Sándwích del Sur, Son y Serán Argentinas

Ushuaia, 30 de abril 2020 AÑO XXX – N° 70/2020 Página 18___________________________________________________________________________________________________________________________

Page 21: MUNICIPALIDAD DE USHUAIA · Municipalidad de Ushuaia. USHUAIA, 27 ARR 2020. VISTO el expediente OP. N° 1448/2018, del registro de esta Municipalidad; y CONSIDERANDO: Que mediante

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Lic. MEirj4eyerCoord deSeçre{ara Le’343 y4TécnscaMuntr pacIad de UsProvincia de Tierra del Fuego, a

Antártida e Islas del Atlántico SurRepública Argentina

Municipalidad de Ushuaia

ACTA DE REDETERMINACIÓN DE PRECIOS

Ordenanza Municipal N°2782 — Decreto Municipal N° 152012004 Artículo l0En la ciudad de Ushuaia, Provincia de Tierra del Fuego, con fecha 2 j /!;:

se reúnen en representación de la Municipalidad de Ushuaia, la Sra. Secretaria de Planificación eInversión Pública, Dra. Gabriela Carolina MUÑIZ SICCARDI, D.Ni. N° 20.675.576, con domicilioen calle Arturo Coronado N°486 de esta ciudad, Provincia de Tierra del Fuego, en adelante “ELCOMITENTE”, por una parte, y ¡a Sra. Francisca GONZALEZ, D.N.I. N° 17.430.840, en carácterde Titular de la Empresa FRANCISCA GONZÁLEZ, con domicilio en ARA General BelgranoN° 852, de la ciudad de Ushuaia, Provincia de Tierra del Fuego, por otra parte, en su carácter decontratista de la obra: “Refacción de Playón en B° Libertador”, que se tramita por expedienteadministrativo OP. N°961/2019, en adelante “LA CONTRATISTA”.

ANTECEDENTES: Que como consecuencia de la variación en los precios generada por lasmedidas económicas adoptadas a partir del seis (6) de enero de 2002, el Concejo Deliberantedictó la Ordenanza Municipal N° 2782, de fecha quince (15) de diciembre de 2004, promulgadapor Decreto Municipal N° 1520/2004, de fecha veintiocho (28) de diciembre de 2004, a fin deestablecer el mecanismo para proceder a la redeterminación de los precios del contrato de ObraPública MunicipaL — —--—------------—-----—

Que el día veintiséis (26) de marzo de 2019, se realizó la apertura de las ofertas, para la obraantescitada.

Que por Resolución S.P. e IP. N° 261/2019 y su modificatoria N° 234/2019, se adjudicó laejecución de la obra a la empresa FRANCISCA GONZALEZ, por un importe de PESOS UNMILLÓN CUATROCIENTOS DIECIOCHO MIL TRESCIENTOS TREINTA Y OCHO CON CEROCENTAVOS($t418.338,00). ——-——-

——-- —---- —

Que el día cinco (5) de abril de 2019, se firmó el contrato entre la Municipalidad de Ushuaia y laempresa FRANCISCA GONZALEZ, el que fuera registrado bajo el N° N° OP. 1041 y aprobadopor Resolución SP. e IP. N°257/2019. —-——

Que el día doce (12) de julio de 2019, producto de una demasía de obra, se realizó unmodificación de contrato por la suma de CUATROCIENTOS SES A Y DOS MILCUATROCIENTOS NOVENTA Y DOS CON CERO CENTAV9$-’($ 4 .492,0ó, la que fueraregistrada bajo el N° O.P.-1051 y aprobada por Resolución SP/e IP. 73/2019)Que a través de Nota de Pedido N° 3 de fecha diecisiete (7’7) de tu re de 19, obrante a

1 /1.2.

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Lic. Marco eyerCoord deSecretaría

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fs 399, la empresa FRANCISCA GONZÁLEZ, solicitó la redeterminación de precios de la obra. --A tal efecto según Cláusula C.34 del Pliego de Condiciones, el contrato se encuadra en lacategoría: l - OBRAS DE ARQUITECTURA - 1 RESTAURACIÓN Y RECICLAJE,correspondiendo la aplicación de los coeficientes detallados en la Tabla l del Anexo 1 de laOrdenanza Municipal N° 2782, resultando la variación de referencia de seis con setenta porciento (670%) a abril de 2019, con la modalidad prevista en el Articulo 40 de la citada Ordenanzay Artículo 40 del Anexo, según cuadro del Anexo l donde se determinan los respectivoscoeficientes, que forman parte de la presente.——Que la presente acta se suscribe a efectos de dar curso a la Primera Redeterminación dePrecios, con carácter provisorio, de acuerdo a lo dispuesto en los Artículos 3° y 10° de dichanorma.

—-Porello,seconviene:ARTÍCULO 1°.- “LA CONTRATISTA” y “EL COMITENTE” por aplicación del régimen establecidopor a Ordenanza Municipal N° 2782 y sus normas modificatorias, reglamentarias ycomplementarias, aceptan el “CUADRO DE REDETERMINACIÓN DE PRECIOS”correspondiente a la obra ‘Refacción de Playón en B° Libertador”, que como Anexo VI formapartedelapresente.

— ——ARTICULO 2°.- PROCEDIMIENTO PARA REDETERMINACIONES.Los precios fados en pesos de la obra faltante de ejecutar al momento de la nuevaredeterminación, se redeterminarán y certificarán a partir del mes en que se verifique que el valorde la expresión ((FRi - FRi-1) / FRi-1) x 100, sea superior al 5%, usando las siguientesexpresiones matemáticas, según correspondan:

Pi = PO x [0.10 + 0.90 x FRi)P= P o x ((Af x (0,10 + 0,90 x FRa) + (1-Af) x (0,1 + 0,90 x (Fn))Donde:

Pi: Precio de la obra faltante redeterminado (i: nueva redeterminación).Precio de la obra faltante al momento de la redeterminació ,kpresada en valores básicosdel contrato.

PO: Precio de la

básica, neto del anticipo pagado originalmente.t

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Page 23: MUNICIPALIDAD DE USHUAIA · Municipalidad de Ushuaia. USHUAIA, 27 ARR 2020. VISTO el expediente OP. N° 1448/2018, del registro de esta Municipalidad; y CONSIDERANDO: Que mediante

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/1.4.

fondos serán devueltos a la contratista una vez aprobada la recepción definitiva de la obra.1W-) Queda perfectamente establecido que, por el periodo de gestión hasta el reintegro de losfondos retenidos en concepto de afianzamiento del contrato, no corresponderá actualizaciónalguna.

ARTiCULO 5°.- “LA CONTRATISTA” renuncia por la presente a todo reclamo por mayorescostos, compensaciones, gastos improductivos o supuestos perjuicios de cualquier naturaleza, enlos términos del Articulo 10° de la Ordenanza N° 2782.

En prueba de conformidad se firman TRES (3) ejemplares del mismo tenor y a un solo—. efecto, en el lugar y fecha indicados en el encabezamiento de la presente. --

/1.5.

Provincia de Tierra del Fuego,Antártida e Islas del Atlántico Sur

República ArgentinaMunicipalidad de Ushuaia

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Ushuaia, 30 de abril 2020 AÑO XXX – N° 70/2020 Página 21___________________________________________________________________________________________________________________________

Page 24: MUNICIPALIDAD DE USHUAIA · Municipalidad de Ushuaia. USHUAIA, 27 ARR 2020. VISTO el expediente OP. N° 1448/2018, del registro de esta Municipalidad; y CONSIDERANDO: Que mediante

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Af % Porcentaje que representa el anticipo financiero.FRi: Factor de redeterminación identificada como 1”. (i: nueva redeterminación).FRa: Factor de redeterminación del anticipo financiero. —---— —

OBRA BÁSICA

FR1: Factor de redeterminación de abril de 2019. El factor es: 1,10--—---— —----------

FR2: Factor de redeterminación de agosto de 2019. El factor es: 134.FR3: Factor de redeterminación de octubre de 2019. El factor es: 1,43.--—--—---—--—-------------—ÍTEMS NUEVOS

FR1: Factor de redeterminación de agosto de 2019. El factor es: 1,1 S.------------------------—--—--—--FR2: Factor de redeterminación de noviembre de 2019. El factor es: 1,29.Todos ellos conforme aldetalle de los Anexos II, III, IV y V, donde se determinan los respectivos coeficientes, que formanpartedelapresente.

ARTICULO 3°.- NUEVO PRECIO DE CONTRATO.-— — — — —--—

Las partes acuerdan el importe provisorio de la primera Redeterminación de Precios, en la sumade DOSCIENTOS OCHENTA Y SIETE MIL SEISCIENTOS DOCE CON SETENTA Y OCHOCENTAVOS ($ 287.612,78), como resultado de aplicarla METODOLOGíA y la fórmula descriptaen el Articulo 2° sobre el monto total de la obra, por lo que el nuevo importe total del contrato esde PESOS DOS MILLONES CIENTO SESENTA Y OCHO MIL CUATROCIENTOS CUARENTA YDOS CON SETENTA Y OCHO CENTAVOS ($ 2.168.442,78), conforme al detalle del Anexo VIqueformapartedelapresente.

ARTÍCULO 4°.- “GARANTÍA DE AFIANZAMIENTO DE CONTRATO” dentro de los TREINTA (30)días corridos desde la aprobación de la presente ACTA DE REDETERMINACIÓN DE PRECIOS,LA CONTRATISTA deberá ingresar la garantía de cumplimiento del contrato correspondiente alimporte que surge por redeterminación de precios, establecido en el ARTiCULO 3°, de maneraque se restablezca el CINCO POR CIENTO (5%) deI monto contractual. -—---—

1-) Podrá efectuarse la garantía en algunas de las formas previstas en la ula C.9 del PliegodeCondiciones. —------

—-----—---------—-------—--———----——--j--------—----- —

II-) En caso de que el contratista no ingrese la garantía re y en el pazo fijado por elcomitente, se descontará el importe correspondiente de los s esivos 7ertificados, hastaconstituir el CINCO POR CIENTO (5%), sobre el monto qu surqe or redetrminación. Dichos

¡1.4.Dra.

Las Islas Malvinas. Georgias y Sándwich del Sur.

Ushuaia, 30 de abril 2020 AÑO XXX – N° 70/2020 Página 22___________________________________________________________________________________________________________________________

Page 25: MUNICIPALIDAD DE USHUAIA · Municipalidad de Ushuaia. USHUAIA, 27 ARR 2020. VISTO el expediente OP. N° 1448/2018, del registro de esta Municipalidad; y CONSIDERANDO: Que mediante

Provincia de Tierra del Fuego.Antártida e Islas del Atlántico Sur

República ArgentinaMunicipalidad de Ushuaia

(;:

23

ANEXO 1 ACTA DE REDETERMINACIÓN DE PRECIo91tUTABLA VARIACIÓN DE REFERENCIA

11.6.

2. Desagues urbanos

Mano de obraEquipo-.Amortizaciún de equipo

COMPONENTES(A)

0.32000..0B00

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Asfalto, combustíbles y lubricantes 0.1600 312.24 — 323.63 1.0365 0.1866Costo financiero 0.0300 44.77 57.22 1,2781 0.0303Gastos eneraIes 0.1300 346.84 359.25 1.0358 0.1347Hormigón 0.2600 314.32 328.97 iM466 0.27211.0000

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Ushuaia, 30 de abril 2020 AÑO XXX – N° 70/2020 Página 23___________________________________________________________________________________________________________________________

Page 26: MUNICIPALIDAD DE USHUAIA · Municipalidad de Ushuaia. USHUAIA, 27 ARR 2020. VISTO el expediente OP. N° 1448/2018, del registro de esta Municipalidad; y CONSIDERANDO: Que mediante

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Page 28: MUNICIPALIDAD DE USHUAIA · Municipalidad de Ushuaia. USHUAIA, 27 ARR 2020. VISTO el expediente OP. N° 1448/2018, del registro de esta Municipalidad; y CONSIDERANDO: Que mediante

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Ushuaia, 30 de abril 2020 AÑO XXX – N° 70/2020 Página 31___________________________________________________________________________________________________________________________

Page 34: MUNICIPALIDAD DE USHUAIA · Municipalidad de Ushuaia. USHUAIA, 27 ARR 2020. VISTO el expediente OP. N° 1448/2018, del registro de esta Municipalidad; y CONSIDERANDO: Que mediante

731

Provincia de Tierra del FuegoAntártida e Islas del Atlántico Sur

República ArgenfinaMUNICIPALDAD DE USHUAIA

USHUAIA, 27 ARR 2020VISTO el expediente N° JG - 2434/2020 del registro de esta Municipalidad, y

CONSIDERANDO:

Que mediante el mismo se tramita el contrato de locación de servidos suscripto en

fecha trece (13)de abril del 2020, entre la Municipalidad de Ushuaia, representada por Sr.

Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Gustavo Daniel RODRIGUEZ, D.N.l. N°

12.454.517, y la Sra. Maria del Carmen DOMINGUEZ, D.N.l. N° 22.584.722, para que la

misma preste servicios de asistencia en el el ámbito de la Secretaria de Jefatura de

Gabinete.

Que dicha contratación se encuadra en el Artículo 110, inciso d), punto 1) de la

Ordenanza Municipal 3693, de Administración Financiera y Contrataciones y sus

modificatorias y Anexo 1 del Decreto Municipal N° 1255/2013 y Artículo 1251 y

concordantes del Código Civil y Comercial.

Que corre anexada y forma parte del presente acto, copia autenticada del contratofl

registrado bajo el N° O , correspondiendo su aprobación.

Que el suscripto se encuentra facultado para el dictado del presente acto

administrativo, de acuerdo a lo establecido en EL Articulo 152 inciso 1) y 32), de la Carta

Orgánica Municipal de la ciudad de Ushuaia.

Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE USHUAIA

O EC R ETA

ARTICULO 1°.- Aprobar el contrato de locación de servicios registrado bajo el N°

cuya copia autenticada se adjunta y forma parte del presente,

celebrado el día trece (13) de abril del 2020, entre la Municipalidad de Ushuaia,

representada por Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Gustavo Daniel

RODRIGUEZ, D.Nl. N° 12.454.517, y la Sra. Maria del Carmen DOMÍNGUEZ, D.N.l. N°

¡ 22.584.722, a fin de que esta última preste servicios en el ámbito de la Secretaría de

111.2.

“Las Islas Malvinas, Georgias y Sándwich del Sur. Son y Serán Argentinas”

:4 7

Ushuaia, 30 de abril 2020 AÑO XXX – N° 70/2020 Página 32___________________________________________________________________________________________________________________________

Page 35: MUNICIPALIDAD DE USHUAIA · Municipalidad de Ushuaia. USHUAIA, 27 ARR 2020. VISTO el expediente OP. N° 1448/2018, del registro de esta Municipalidad; y CONSIDERANDO: Que mediante

Provincia de Tierra del FuegoAntártida e Islas del Atlántico Sur

República ArgentinaMUNICIPALIDAD DE USHUAIA

111.2.

Jefatura de Gabinete. Ello, en virtud de lo expuesto en el exordio.

ARTÍCULO 2°.- El gasto que demande el cumplimiento del presente deberá imputarse concargo al Titular Presupuestario, Secretaría de Jefatura de Gabinete, clasificacióneconómica 1130000.-

ART(CULO 3°.- Notificar a las partes interesadas con copia autenticada del presente.

ARTÍCULO 4°.- Comunicar. Dar al Boletín Oficial de la Municipalidad de Ushuaia.

tumplido, archivar.-

na

/

“Las Islas Malvinas, Georgias y Sándwich del Sur, Son y Serán Argentinas”

Ushuaia, 30 de abril 2020 AÑO XXX – N° 70/2020 Página 33___________________________________________________________________________________________________________________________

Page 36: MUNICIPALIDAD DE USHUAIA · Municipalidad de Ushuaia. USHUAIA, 27 ARR 2020. VISTO el expediente OP. N° 1448/2018, del registro de esta Municipalidad; y CONSIDERANDO: Que mediante

Marcos eyerAsunto 1écncos

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Provincia de Tierra del FuegoAntártida e Islas del Atlántico Sur

República ArgentinaMUNICIPALIDAD DE USHUAIA

CONTRATO DE LOCACIÓN DE SERVICIOS

Entre la Municipalidad de Ushuaia, representada en este acto por Sr. Secretario de Economíay Finanzas, Lic. Gustavo Daniel RODRIGUEZ, D.N,l. N° 12.454.517, con domicilio en calleArturo Coronado N° 486, de la ciudad de Ushuaia, ad-referéndum del Sr. IntendenteMunicipal, en adelante LA MUNICIPALIDAD, por una parte; y por la otra Sra. Sra. Maria del

Carmen DOMÍNGUEZ, D.N.I. N° 22.584.722, constituyendo domicilio en la calle mt. Torelli

N° 790, de la ciudad de Ushuaia, en adelante LA CONTRATADA, convienen en celebrar elpresente Contrato de Locación de Servicios, de acuerdo a las siguientes cláusulas:

PRIMERA: LA MUNICIPALIDAD contrata los servicios de LA CONTRATADA a efectos de quela misma preste servicios asistencia en el ámbito de la Secretaría de Jefatura de Gabinete,con un total de TREINTA Y CINCO (35) horas semanales.

SEGUNDA: El presente contrato se formaliza por el periodo comprendido entre el día trece

(13) de abril de 2020 y hasta el día treinta (30) de septiembre de 2020.

TERCERA: Se acuerda en concepto de honorarios por la labor que se contrata la suma total

de PESOS DOSCIENTOS SIETE MIL CON 00)1 00 ($207.000,00), pagaderos de la siguiente

manera, UNA (01) cuota de PESOS VEINTIDÓS MIL DOSCIENTOS CON 00/100

($22.200,00) correspondiente a los días del mes de abril y CINCO (05) cuotas iguales,

mensuales y consecutivas de PESOS TREINTA Y SIETE CON 00/100 ($37.000,00). cuyo

pago se efectivizará dentro de os DIEZ (10) días de presentada la factura de cada mes

vencido, debiendo LA CONTRATADA otorgar el pertinente recibo a favor de la

MUNICIPALIDAD, conforme normas vigentes, adjuntando el certificado de Situación Fiscal

Regular Provincial, certificado de Situación Fiscal Regular Municipal, de la totalidad de los

bienes que posea LA CONTRATADA y de las actividades en que se encuentre inscripta

vigente a la fecha prevista de pago. Además, deberá acompañar comprobante de pago

correspondiente al último vencimiento de aportes en AFIP y la póliza de Seguro por

accidentes personales, por el período que dure la contratación y su correspondiente

//1.2.

“Las Islas Malvinas, Geargias y Sóndwich del Suni Son y Serán Argentinas”

Ushuaia, 30 de abril 2020 AÑO XXX – N° 70/2020 Página 34___________________________________________________________________________________________________________________________

Page 37: MUNICIPALIDAD DE USHUAIA · Municipalidad de Ushuaia. USHUAIA, 27 ARR 2020. VISTO el expediente OP. N° 1448/2018, del registro de esta Municipalidad; y CONSIDERANDO: Que mediante

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Antártida e Islas del Atlántico SurRepública Argentina

MUNICIPALIDAT) DE USHUAIA

/11.2.

comprobante de pago total o mensual.

CUARTA: La celebración del presente contrato no implica ninguna relación de dependenciay/o de empleo público, rigiéndose el mismo por las normas de la Ordenanza Municipal N°3693 (de Administración Financiera y Contrataciones) y por el art. 1251 y concordantes delCódigo Civil y Comercial, debiendo asumir LA CONTRATADA las obligaciones fiscales yprevisionales del caso por el desarrollo de su actividad.

QUINTA: El presente contrato podrá ser rescindido sin invocación de causa por ambas partes,notificando a la otra parte con quince (15) días de antelación sin que genere derecho oreclamo alguno.

SEXTA: Ante cualquier divergencia que pudiera surgir en la interpretación y/o ejecución delpresente contrato, ambas partes se someten exclusivamente a la jurisdicción de losTribunales ordinarios de la ciudad de Ushuaia, renunciando a cualquier otro fuero ojurisdicción, constituyendo domicilio LA MUNICIPALIDAD Y LA CONTRATADA en losindicados precedentemente, donde serán válidas todas las notificaciones extrajudiciales yjudiciales que se cursen, salvo cambio de domicilio notificado a la otra parte por un mediofehaciente.

En prueba de conformidad las partes suscriben tres (3) ejemplares de un mismo tenor y a unsolo efecto, en Ushuaia, a los trece (13) días del mes de abril del año dos mil veinte.

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“Las Islas Malvinas, Georgias y Sándwich del Sur, Son y Serán Argentinas”

Ushuaia, 30 de abril 2020 AÑO XXX – N° 70/2020 Página 35___________________________________________________________________________________________________________________________

Page 38: MUNICIPALIDAD DE USHUAIA · Municipalidad de Ushuaia. USHUAIA, 27 ARR 2020. VISTO el expediente OP. N° 1448/2018, del registro de esta Municipalidad; y CONSIDERANDO: Que mediante

732

PROVINCIA DEI1ERRA DIO. FUEGOANTAIFIIDA E ISLAS DEL A[LANIICO SUR

REPUI3IJCA ARGENrINAMUNICIPAIII)AI) DE USI IIJAIA

Ushuaia, 27 ARR 2020VISTO el expediente C.P. N° 3303/2019 del registro de esta Municipalidad; yCONSIDERANDO:

Que mediante el mismo se tramita el Contrato de Locación de Servicios celebrado alos veinte (20) días del mes de marzo de 2020, entre la Municipalidad de Ushuaia,representada por el señor Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Gustavo DanielRodríguez, D.N.l. N° 12.454.517, y el señor Matías IRIARTE, D.N.l.N° 30.566.248, pararealizar tareas de gestión administrativa y demás actividades que fije la Subsecretaría deComunicación Pública.

Que dicha contratación se encuadra en el artículo 110, inciso d), apartado 1), de laOrdenanza Municipal N° 3693 de Administración Financiera y Contrataciones y susmodificatorias Decreto Reglamentario N°1255/2013, y en el artículo 1251 y concordantesdel Código Civil y Comercial.

Que corre anexada y forma parte del presente Decreto copia autenticada delContrato de Locación de Servicios mencionado precedentemente, el cual se encuentraregistrado bajo el N° , correspondiendo su aprobación.

Que el suscripto se encuentra facultado para dictar el presente instrumento legal,conforme alo establecido en el artículo 152, incisos 1) y 32), de la Carta Orgánica Municipalde la ciudad de Ushuaia.

Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE USHUAIA

DE CRETA

ARTÍCULO 1°.- Aprobar el Contrato de Locación de Servicios registrado bajo elN° cuya copia autenticada se adjunta y forma parte del

presente, celebrado a los veinte (20) días del mes de marzo 2020, entre laMunicipalidad de Ushuaia, representada por el Señor Secretario de Economía yFinanzas, Lic. Gustavo Daniel Rodríguez, D.N.l. N° 12.454.517, y el Señor MatíasIRIARTE, DNI N° 30.566.248. Ello, en virtud de lo expuesto en el exordio.

Y

ARTICULO 2°.- Notificar a la parte interesada con copia autenticada del presente.

/ 4TÍCULO 3°.- El gasto que demande el cumplimiento del presente deberá imputarse

//2.

1/Las Islas Malvinas, Geoigias, Sándwich del Sur, son y serán Argentinas

Ushuaia, 30 de abril 2020 AÑO XXX – N° 70/2020 Página 36___________________________________________________________________________________________________________________________

Page 39: MUNICIPALIDAD DE USHUAIA · Municipalidad de Ushuaia. USHUAIA, 27 ARR 2020. VISTO el expediente OP. N° 1448/2018, del registro de esta Municipalidad; y CONSIDERANDO: Que mediante

4.PROVINCIA DE TIERRA DEL FUEGO

ANTÁRTIDA E ISLAS DEL ATLÁNTICO SURREPUELICA ARGENTINA

MUNICIPALIDAD DE USHUAIA

2/!.

con cargo al titular presupuestario Secretaria de Jefatura de Gabinete,

Económica 1130000.

Clasificación

ARTÍCULO 4°.- Comunicar. Dar al Boletín Oficial de la Municipalidad de Ushuaia. Cumplido,

/archivar./

O MUNICIPAL N° 732

Las Islas Malvinas, Georgias, Sándwich del Sur, son y serán Argentinas

Ushuaia, 30 de abril 2020 AÑO XXX – N° 70/2020 Página 37___________________________________________________________________________________________________________________________

Page 40: MUNICIPALIDAD DE USHUAIA · Municipalidad de Ushuaia. USHUAIA, 27 ARR 2020. VISTO el expediente OP. N° 1448/2018, del registro de esta Municipalidad; y CONSIDERANDO: Que mediante

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7 81l’rovinea deTerra del Fuego, .j[\J3[;3 de Ushuaia IJSfIUAIA,Aníártida e Islas del Atkíntico SurRepública Argentina

Municipalidad de UshuaiaMu

CONTRATO DE LOCACIÓN DE SERVICIOS

Entre la Municipalidad de Ushuaia, representada en este acto por el señor Secretario deEconomía y Finanzas, Lic. Gustavo Daniel Rodríguez D.N.l. N° 12.454.517, con domiciliolegal en la calle Arturo Coronado N°486 1° piso, de la ciudad de Ushuaia, ad-referéndum delSr. Intendente Municipal, en adelante LA MUNICIPALIDAD, por una parte, y por la otra el Sr.Matías IRIARTE, D.N.I. N° 30.566.248, con domicilio en Casa 120, Barrio Intevu 17, de laciudad de Ushuaia, en adelante EL CONTRATADO, convienen en celebrar el presenteContrato de Locación de Servicios, conforme a las siguientes cláusulas:PRIMERA: LA MUNICIPALIDAD contrata los servicios de EL CONTRATADO a efectos deprestar servicios de gestión administrativa y demás actividades que fije la Subsecretaría deComunicación Pública, dependiente de la Secretaría de Jefatura de Gabinete con una cargahoraria de treinta y cinco (35) horas semanales.SEGUNDA: El presente contrato se formaliza por el período comprendido entre el díaprimero (01) de abril de 2020 y hasta el treinta y uno (31) de diciembre de 2020.TERCERA: Se acuerda en concepto de honorarios por la labor que se contrata, la sumatotal de PESOS TRESCIENTOS SESENTA Y UN MIL CIENTO VEINTICINCO CON00/100 ($ 361.125,00), pagadero en NUEVE (9) cuotas consecutivas, dos (02) pagosiguales y consecutivos de PESOS TREINTA Y SEIS MIL NOVECIENTOS QUINCE CON00/1 00 ($36.915,00); tres (03) pagos iguales y consecutivos de PESOS CUARENTA MILCIENTO VEINTICINCO CON 00/100 ($40.125,00); y cuatro (04) pagos iguales yconsecutivos de PESOS CUARENTA Y UN MIL SETECIENTOS TREINTA CON 00/1 00($41.730,00) cada una. Los pagos se efectivizarán del día 1° al 150 de cada mes vencido,debiendo EL CONTRATADO otorgar el pertinente recibo o factura (Tipo 8 o C) a favor de laMUNICIPALIDAD, conforme normas vigentes, adjuntando el Certificado de Situación FiscalMunicipal (D.G.R. Municipal) y Certificado de Situación Fiscal emitido por la Agencia deRecaudación Fueguina (A.R.E.F), de la totalidad de los bienes que posea ELCONTRATADO y de las actividades en que se encuentre inscripto vigente a la fechaprevista de pago. Además deberá acompañar comprobante de pago de AFIP del mes deprestación y la póliza de Seguro por Accidentes Personales por el período que dure la

/12.

‘Las ls/os Malvinas, Georgia. y Sandwich del Sur, sony serán argentinas

Ushuaia, 30 de abril 2020 AÑO XXX – N° 70/2020 Página 38___________________________________________________________________________________________________________________________

Page 41: MUNICIPALIDAD DE USHUAIA · Municipalidad de Ushuaia. USHUAIA, 27 ARR 2020. VISTO el expediente OP. N° 1448/2018, del registro de esta Municipalidad; y CONSIDERANDO: Que mediante

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,Municipalidad de Ushuaia¡

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21!.

contratación y su correspondiente comprobante de pago total o mensual.CUARTA: El presente contrato no implica ninguna relación de dependencia y/o de empleopúblico , rigiéndose por las normas de la Ordenanza Municipal N° 3693 y modificatorias,Decreto Reglamentario N°1255/2013, y el art. 1251 y concordantes del Código Civil yComercial, debiendo asumir EL CONTRATADO las obligaciones fiscales y previsionales delcaso por el desarrollo de su actividad.

QUINTA: El presente contrato podrá ser rescindido por ambas partes, sin invocación decausa, en cualquier momento de su vigencia, y previa comunicación fehaciente cursada a lacontraparte con un mínimo de quince (15) días de anticipación, sin que ello genere derechoa reclamar indemnización, daño ni perjuicio alguno.SEXTA: Ante cualquier divergencia que pudiera surgir en la interpretación y/o ejecucióndel presente contrato, ambas partes se someten exclusivamente a la jurisdicción de losTribunales Ordinarios de la ciudad de Ushuaia, renunciando a cualquier otro fuero ojurisdicción, constituyendo domicilio LA MUNICIPALIDAD y EL CONTRATADO en losextrajudiciales y judiciales que se cursen, salvo cambio de domicilio notificando a la otra porunmediofehaciente.

En prueba de conformidad las partes suscriben tres (3) ejemplares de un mismo tenor y a unsolo efecto, en la ciudad de Ushuaia, a los veinte (20) días del mes de marzo de 2020.

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13c. Gustavo Daniel RODRIGIJEZ

Seaetaño de Ecenomia FinanzaS

Mtrcoalidad de ushuaia

“Las Islas Malvinas, Georgiasy Sandwich del Szu’, son y se;’6t; argentinas”

Ushuaia, 30 de abril 2020 AÑO XXX – N° 70/2020 Página 39___________________________________________________________________________________________________________________________

Page 42: MUNICIPALIDAD DE USHUAIA · Municipalidad de Ushuaia. USHUAIA, 27 ARR 2020. VISTO el expediente OP. N° 1448/2018, del registro de esta Municipalidad; y CONSIDERANDO: Que mediante

tProvincia de Tierra del Fuego

Antártida e Islas del Atlántico SurRepública Argentina

Municipalidad de Ushuaia

USHUAIA, 27 ARR 2020

VISTO el expediente N°SC —8313/2015 deI registro de esta Municipalidad; yCONSIDERANDO:

Que mediante el mismo tramita el Contrato de Locación de Servicios, celebrado el díaquince (15) de abril deI 2020 entre la Municipalidad de Ushuaia, representada por Sr. Secretariode Economía y Finanzas, Lic. Gustavo Daniel RODRÍGUEZ, D.N.l. N° 12.454.517,y la Sra.Mercedes Rosalía AGUILAR COLIAGUE D.N.l. N° 23.528.080,a fin de que la mencionadapreste servicios de limpieza de sanitarios, limpieza interior y exterior, asistencia enespectáculos, eventos varios, asistencia técnica como armado y desarmado de cada evento yordenamiento vehicular de los eventos que se realizan en el Centro Cultural “Esther Fadul” yordenamiento vehicular en el predio del Centro Cultural «Esther Fadul” dependiente de laSecretaría de Cultura y Educación con una carga horaria de treinta y cinco (35) horassemanales, según requerimiento del titular del área.

Que dicho Contrato se encuadra en lo dispuesto en el articulo 110, inciso d) punto 1 dela Ordenanza Municipal N° 3693, (de Administración Financiera y Contrataciones) y susmodificatorias, Anexo 1 del Decreto Municipal N° 1255/2013 y Artículo 1251 y concordantes delCódigo Civil y Comercial.

Que corre anexada y forma parte del presente Decreto, copia autenticada del Contratode Locación de Servicios referenciado, el cual se encuentra registrado bajo el N° 1Correspondiendo su aprobación.

Que el suscripto se encuentra facultado para el dictado del presente instrumento legal,conforme a lo establecido en el artículo 152, incisos 1) y 32) de la Carta Orgánica Municipal dela ciudad de Ushuaia.

Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE USHUAIA

DECRETA

el Contrato de Locación de Servicios registrado bajo el N° 2

Celebrado e) dia quince (15) de abril del 2020 entre la Municipalidad de Ushuaia representada

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“Las Islas Malvinas. Georgias. Sándwich del Sur, son y serán Argentinas”

Ushuaia, 30 de abril 2020 AÑO XXX – N° 70/2020 Página 40___________________________________________________________________________________________________________________________

Page 43: MUNICIPALIDAD DE USHUAIA · Municipalidad de Ushuaia. USHUAIA, 27 ARR 2020. VISTO el expediente OP. N° 1448/2018, del registro de esta Municipalidad; y CONSIDERANDO: Que mediante

tProvincia de Tierra del Fuego

Antártida e Islas del Atlántico SurRepública Argentina

Municipalidad de Ushuaia

111.2.

por el Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Gustavo Daniel RODRÍGUEZ, D.N.I. N°11454.517,y la Sra. Mercedes Rosalía AGUILAR COLIAGUE D.N.l. N°23.528.080. Ello, por losmotivos expuestos en el exordio.

ARTICULO 2°.- Notificar a la interesada con copia autenticada del presente.ARTÍCULO 30• El gasto que demande el cumplimiento del presente deberá imputarse al TitularPresupuestario: Secretaria de Cultura y Educación. Clasificación Económica. 1130000.ARTÍCULO 4°.- Comunicar, Dar copia al Boletín Oficial de la Municipalidad de Ushuaia para supublicación. Cumplido, archivar.

733

‘Las Islas Malvinas. Georgias. Sándwich del Sur, son y serán Argentinas”

Ushuaia, 30 de abril 2020 AÑO XXX – N° 70/2020 Página 41___________________________________________________________________________________________________________________________

Page 44: MUNICIPALIDAD DE USHUAIA · Municipalidad de Ushuaia. USHUAIA, 27 ARR 2020. VISTO el expediente OP. N° 1448/2018, del registro de esta Municipalidad; y CONSIDERANDO: Que mediante

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Provincia de Tierra del FuegoUSHUAiA. 2? ARR 7fl70Antáitida e Islas del Atlántico Sur n rfl (

República ArgentinaCesar Holg unMunicipalidad de Ushuaia

¡ 5 rnh ?*Y*ÇÁWrjwn.Uní UlLZiT1jTft.dLjCONTRATO DE LOCACIÓN DE SERVICIOS

Entre la Municipalidad de Ushuaia, representada en este acto por el Sr. Secretario deEconomía y Finanzas, Lic. Gustavo Daniel RODRÍQUEZ, D.N.I. N° 12.454.517, adreferéndum del Sr. Intendente Municipal, con domicilio en la calle Arturo Coronado N° 4861° piso de la ciudad de Ushuaia, en adelante “LA MUNICIPALIDAD”, por una parte; y por laotra, la Sra. Mercedes Rosalía AGUILAR COLIAGUE D.N.I. N° 23.528.080, con domicilioen calle Ricardo Balbín N° 2405 de la ciudad de Ushuaia, en adelante LA LOCADORA,convienen en celebrar el presente contrato de locación de servicios, de acuerdo a lassiguientescláusulas:

PRIMERA: LA MUNICIPALIDAD contrata los servicios de LA LOCADORA, a efectos deque la misma preste servicios de limpieza de sanitarios, limpieza interior y exterior,asistencia en espectáculos, eventos varios, asistencia técnica como armado ydesarmado de cada evento y ordenamiento vehicular de los eventos que se realizan enel Centro Cultural “Esther Fadul” y ordenamiento vehicular en el predio del CentroCultural “Esther Fadul” dependiente de la Secretaría de Cultura y Educacióncon unacarga horaria de treinta y cinco (35) horas semanales, según requerimiento del titular

SEGUNDA: La duración del presente contrato será de seis (06)meses a partir del uno (01)de mayo deI 2020, operando su vencimiento el día treinta y uno (31) de octubre de12020.--TERCERA: En concepto de retribución por los servicios prestados, LA MUNICIPALIDADabonará a LA LOCADORA la suma de total de PESOS DOSCIENTOS DIEZ MIL CON00/1 00 ($ 210.000,00),pagaderos de la siguiente manera:a razón de PESOS TREINTA YDOS MIL DOSCIENTOS CON 00/100 ($ 32.200,00)mensuales, correspondientes al mesde Mayo deI 2020, a razón de PESOS TREINTA Y CINCO MIL CON 00/100 ($35.000,00) mensuales, correspondientes a los meses de Junio, Julio y Agosto deI 2020y la suma de PESOS TREINTA Y SEIS MIL CUATROCIENTOS CON 00/100 ($36.400,00), correspondiente al mes de Septiembre y Octubre del 2020, pagaderos entrelos días cinco (05) y quince (15) de cada mes, contra entrega de factura correspondiente afavor de La MUNICIPALIDAD por parte de LA LOCADORA; adjuntando Certificado de

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Ushuaia, 30 de abril 2020 AÑO XXX – N° 70/2020 Página 42___________________________________________________________________________________________________________________________

Page 45: MUNICIPALIDAD DE USHUAIA · Municipalidad de Ushuaia. USHUAIA, 27 ARR 2020. VISTO el expediente OP. N° 1448/2018, del registro de esta Municipalidad; y CONSIDERANDO: Que mediante

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Provincia de Tieffa del Fuego USHUAIA,22 ABR 20)11

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Municipalidad de UshuaiaS’cr

Situación Fiscal Regular emitido por la Agencia de Recaudación Fueg a .R.E.F.),

Comprobante de pago de aportes de AFIP, correspondiente al periodo facturado y la póliza

de accidentes personales por el periodo que dure la contratación y su correspondiente

comprobante de pago total o mensual. —---—-----—-——-—-----

CUARTA: LA LOCADORA dependerá de las indicaciones y cronograma de actividades

que se desarrollen a través del Departamento Operativa Cultural Comunitaria del Centro

Cultural “Esther Fadul” — Dirección de Desarrollo Cultural Comunitario S.C y E, y deberá

estar disponible para todos los eventos de lunes a domingos incluyendo feriados de ser

necesario y con una disponibilidad horaria previa, durante y después de cada evento.—-—-

QUINTA:Las partes podrán rescindir el presente contrato en cualquier momento de su

vigencia, sin invocación de causa y previa comunicación fehaciente cursada a la

contrapartecon un mínimo de QUINCE (15) días de anticipación, sin que ello genere

derecho a reclamar indemnización, daño, ni perjuicio alguno a favor de la otra. ——

SEXTA: El presente contrato no implica relación de dependencia de LA LOCADORA

respecto de LA MUNICIPALIDAD, rigiéndose por las normas de la Ordenanza Municipal N°

3693 y sus modificatoria y Articulo 1251 y concordantes del Código Civil y Comercial,

correspondiendo por ello asumir a cargo de LA LOCADORA las obligaciones fiscales y

previsionales del caso. —

SÉPTIMA: Ante cualquier divergencia que pudiera suscitarse en relación a la

interpretación ocumplimiento del presente, las partes constituyen domicilio en los

mencionados en el encabezamiento del presente contrato, donde serán válidas todas las

notificaciones que deban cursarse, y se someten a la jurisdicción de los Tribunales

Judiciales Ordinarios con asiento en la ciudad de Ushuaia, con expresa renuncia a

cualquier fuero y/o jurisdicción que pudiera corresponder.-—--———--------------------——---------

En prueba de conformidad, las partes firman TRES (3) ejemplares de un mismo tenor y

a un solo efecto, en la ciudad de Ushuaia, al día quince (15) del mes de abril del 2020.

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“Las Islas Malvinas, Georgias, Sándwich del Sur, son y serán Argentinas”

Ushuaia, 30 de abril 2020 AÑO XXX – N° 70/2020 Página 43___________________________________________________________________________________________________________________________

Page 46: MUNICIPALIDAD DE USHUAIA · Municipalidad de Ushuaia. USHUAIA, 27 ARR 2020. VISTO el expediente OP. N° 1448/2018, del registro de esta Municipalidad; y CONSIDERANDO: Que mediante

tProvincia de Tierra del Fuego

Antártida e Islas del Atlántico SurRepública Argentina

Municipalidad de Ushuaia

USHUAIA, 27 ABR 2028

VISTO el expediente N°SC —8315/2015 del registro de esta Municipalidad; yCONSIDERANDO:

Que mediante el mismo se tramitael Contratode Locación de Servicios, celebrado el díaquince (15) de abril deI 2020 entre la Municipalidad de Ushuaia representada por Sr. Secretariode Economía y Finanzas, Lic. Gustavo Daniel RODRÍGUEZ, D.N.l. N° l2.454.517,y el Sr.Fernando Raúl HERNANDEZ D.N.l. N° 13.760.306,a los efectos de que el mismo presteservicios de limpieza interior y exterior, asistencia en espectáculos, eventos varios, asistenciatécnica como armado y desarmado de cada evento y ordenamiento vehicular en el predio delCentro Cultural TMEsther Fadul” dependiente de la Secretaría de Cultura y Educación, con unacarga horaria de treinta y cinco (35) horas semanales, según requerimiento del titular del área.

Que dicho Contrato se encuadra en lo dispuesto en el articulo 110, inciso d) punto 1 dela Ordenanza Municipal N° 3693, (de Administración Financiera y Contrataciones) y susmodificatorias, Anexo 1 del Decreto Municipal N° 1255/2013 y Articulo 1251 y concordantes delCódigo Civil y Comercial.

Que corre anexada y forma parte del presente Decreto, copia autenticada del ContratoEde Locación de Servicios referenciado, el cual se encuentra registrado bajo el N° 1 — /

Correspondiendo su aprobación.

Que el suscripto se encuentra facultado para el dictado del presente instrumento legal,conforme a lo establecido en el artículo 152, incisos 1) y 32), de la Carta Orgánica Municipal dela ciudad de Ushuaia.

Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE USHUAIA

DECRETAARTÍCULO 1°.- Aprobar el Contrato de Locación de Servicios registrado bajo el N°Celebrado el día quince (15) de abril del 2020 entre la Municipalidad de Ushuaia representadapor Sr. Secretario de Economia y Finanzas, Lic. Gustavo Daniel RODRÍGUEZ, D.N.l. N°12.454.517, y el Sr. Fernando Raúl HERNANDEZ D.N.I. N° 13.760.306. ElIo, por los motivosexpuestos en el exordio.

,ARTÍCULO 2°.- Notificar al interesado con copia autenticada del presente.

/ ARTÍCULO 3°.- El gasto que demande el cumplimiento del presente deberá imputarse al TitularY .2.11/

“Las Islas Malvinas. Georgias. Sándwich del Sur, son y serán Argentinas”

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Page 47: MUNICIPALIDAD DE USHUAIA · Municipalidad de Ushuaia. USHUAIA, 27 ARR 2020. VISTO el expediente OP. N° 1448/2018, del registro de esta Municipalidad; y CONSIDERANDO: Que mediante

tProvincia de Tierra del Fuego

Antártida e islas del Atlántico SurRepública Argentina

Municipalidad de Ushuaia

111.2.

Presupuestario: Secretaría de Cultura y Educación. Clasificación Económica. 1130000.ARTÍCULO 4°.- Comunicar. Dar copia al Boletín Oficial de la Municipalidad de Ushuaia para supublicación. Cumplido, archivar.

DECRETOMUNICIPALN° 12020.

‘tas Islas Malvinas, Georgias. Sándwich del Sur, son y serán Argentinas”

Ushuaia, 30 de abril 2020 AÑO XXX – N° 70/2020 Página 45___________________________________________________________________________________________________________________________

Page 48: MUNICIPALIDAD DE USHUAIA · Municipalidad de Ushuaia. USHUAIA, 27 ARR 2020. VISTO el expediente OP. N° 1448/2018, del registro de esta Municipalidad; y CONSIDERANDO: Que mediante

CONTRATO DE LOCACIÓN DE SERVICIOSEntre la Municipalidad de Ushuaia, representada en este acto por el Sr. Secretario de

Economía y Finanzas, Lic. Gustavo Daniel RODRÍQUEZ, D.N.I. N° 12.454.517, adreferéndum del Sr. Intendente Municipal, con domicilio en la calle Arturo Coronado N° 4861° piso de la ciudad de Ushuaia, en adelante “LA MUNICIPALIDAD”, por una parte; y por laotra, el Sr. Fernando Raúl HERNANDEZ D.N.I. N° 13.760.306, con domicilio en Barrio LosMorros Macizo 50 Lote 9 de la ciudad de Ushuaia, en adelante EL LOCADOR, convienenen celebrar el presente contrato de locación de servicios, de acuerdo a las siguientescláusulas:

PRIMERA: LA MUNICIPALIDAD contrata los servicios de EL LOCADOR, a efectos de queel mismo preste serviciosde limpieza interior y exterior, asistencia en espectáculos,eventos varios, asistencia técnica como armado y desarmado de cada evento yordenamiento vehicular en el predio del Centro Cultural “Esther Fadul” dependiente dela Secretaria de Cultura y Educación, con una carga horaria de treinta y cinco (35)horas semanales, según requerimiento del titular del área.SEGUNDA: La duración del presente contrato será de seis (06) meses a partir del uno(01) de mayo deI 2020, operandosu vencimiento el día treinta y uno (31) de octubre del2020.—

TERCERA: En concepto de retribución por los servicios prestados, LA MUNICIPALIDADabonará a EL LOCADOR la suma de total de PESOS DOSCIENTOS DIEZ MIL CON00/1 00 ($ 210.000,00),pagaderos de la siguiente manera:a razón de PESOS TREINTA YDOS MIL DOSCIENTOS CON 00/1 00 ($ 32.200,00) mensuales, correspondientes al mesde Mayo deI 2020, a razón de PESOS TREINTA Y CINCO MIL CON 00/100 ($35.000,00) mensuales, correspondientes a los meses de Junio, Julio y Agosto del 2020y la suma de PESOS TREINTA Y SEIS MIL CUATROCIENTOS CON 00/100 ($36.400,00), correspondiente al mes de Septiembre y Octubre deI 2020, pagaderos entrelos días cinco (05) y quince (15) de cada mes, contra entrega de factura correspondiente a

orde la MUNICIPALIDAD por parte de EL LOCADOR; adjuntando Certificado de

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1/1.2.

Situación Fiscal Regular emitido por la Agencia de Recaudación Fueguina (A.R.E.F.),Comprobante de pago de aportes de AFIP, correspondiente al periodo facturado y la pólizade accidentes personales por el periodo que dure la contratación y su correspondientecomprobante de pago total o mensual.—---—----—-—--CUARTA: EL LOCADOR dependerá de las indicaciones y cronograma de actividades quese desarrollen a través del Departamento Operativa Cultural Comunitaria del CentroCultural “Esther Fadul” — Dirección de Desarrollo Cultural Comunitario S.C y E, y deberáestar disponible para todos los eventos de lunes a domingos incluyendo feriados de sernecesario y con una disponibilidad horaria previa, durante y después de cada evento.QUINTA: Las partes podrán rescindir el presente contrato en cualquier momento de suvigencia, sin invocación de causa y previa comunicación fehaciente cursada a lacontrapartecon un mínimo de QUINCE (15) días de anticipación, sin que ello generederecho a reclamar indemnización, daño, ni perjuicio alguno a favor de la otra.SEXTA: El presente contrato no implica relación de dependencia de EL LOCADORrespecto de LA MUNICIPALIDAD, rigiéndose por las normas de la Ordenanza Municipal N°3693 y sus modificatorias y Articulo 1251 y concordantes del Código Civil y Comercial,correspondiendo por ello asumir a cargo de EL LOCADOR las obligaciones fiscales yprevisionalesdelcaso.--------- —-----------— —

SÉPTIMA: Ante cualquier divergencia que pudiera suscitarse en relación a lainterpretación o cumplimiento del presente, las partes constituyen domicilio en losmencionados en el encabezamiento del presente contrato, donde serán válidas todas lasnotificaciones que deban cursarse, y se someten a la jurisdicción de los TribunalesJudiciales Ordinarios con asiento en la ciudad de Ushuaia, con expresa renuncia acualquier fuero y/o jurisdicción que pudiera corresponder.--—--------------——-—----—-------——-—

En prueba de conformidad, las partes firman TRES (3) ejemplares de un mismo tenor ya un solo efecto, en la ciudad de Ushuaia, al día quince (15) del mes de abril del 2020.

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“Las Lslas Malvinas, Georgias, Sur, son y serán Argentinas”

Ushuaia, 30 de abril 2020 AÑO XXX – N° 70/2020 Página 47___________________________________________________________________________________________________________________________

Page 50: MUNICIPALIDAD DE USHUAIA · Municipalidad de Ushuaia. USHUAIA, 27 ARR 2020. VISTO el expediente OP. N° 1448/2018, del registro de esta Municipalidad; y CONSIDERANDO: Que mediante

tProvincia de Tierra del Fuego

Antártida e Islas del Atlántico SurRepública Argentina

Municipalidad de Ushuaia

USHUAIA, 27 ABR 2020VISTO el expediente N° SC — 7535/2015 deI registro de esta Municipalidad; yCONSIDERANDO:

Que mediante el mismo se tramita el Contrato de Locación de Servicios, celebrado el díaquince (15) de abril del 2020 entre la Municipalidad de Ushuaia representada por Sr. Secretariode Economía y Finanzas, Lic. Gustavo Daniel RODRÍGUEZ, D.N.l. N° 12.454.517,y el Sr PabloMAMANI CORIA D.N.l. N° 93.604.185, a los efectos de que el mismo preste servicios delimpieza interior y exterior, asistencia en espectáculos, eventos vahos, asistencia técnica comoarmado y desarmado de cada evento y ordenamiento vehicular en el predio del Centro Cultural“Esther Fadul’ dependiente de la Secretaría de Cultura y Educación, con una carga horaria detreinta y cinco (35) horas semanales, según requerimiento del titular del área.

Que dicho Contrato se encuadra en lo dispuesto en el articulo 110, inciso d) punto 1 dela Ordenanza Municipal N° 3693, (de Administración Financiera y Contrataciones) y susmodificatorias Anexo 1 del Decreto Municipal N° 1255/2013 y Artículo 1251 y concordantes delCódigo Civil y Comercial.

Que corre anexada y forma parte del presente Decreto, copia autenticada del Contrator r:

de Locación de Servicios, el cual se encuentra registrado bajo el N° Vcorrespondiendo

su aprobación.

Que el suscripto se encuentra facultado para el dictado del presente instrumento legal,conforme a lo establecido en el artículo 152, incisosl) y 32),de la Carta Orgánica Municipal de laciudad de Ushuaia.

Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE USHUAIA

DECRETA

ARTÍCULO 1°.- Aprobar el Contrato de Locación de Servicios registrado bajo el N°celebrado el día quince (15) de abril deI 2020 entre la Municipalidad de Ushuaia representadapor Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Gustavo Daniel RODRÍGUEZ, D.N.l. N°

12.454.517, y el Sr Pablo MAMANI CORIA D.N.l. N° 93.604.185. Ello, por los motivos

/ expuestos en el exordio.

/ ARTíCULO 2°.- Notificar a el interesado con copia autenticada del presente.

ARTÍCULO 3°.- El gasto que demande el cumplimiento del presente deberá imputarse al Titular.2.11/

Las Islas Malvinas. Georgias. Sandwich del Sur, son y seran Argentinas

Ushuaia, 30 de abril 2020 AÑO XXX – N° 70/2020 Página 48___________________________________________________________________________________________________________________________

Page 51: MUNICIPALIDAD DE USHUAIA · Municipalidad de Ushuaia. USHUAIA, 27 ARR 2020. VISTO el expediente OP. N° 1448/2018, del registro de esta Municipalidad; y CONSIDERANDO: Que mediante

tProvincia de Tierra del Fuego

Antártida e Islas del Atlántico SurRcpública Argentina

Municipalidad de Ushuaia

11/2.

Presupuestario: Secretaria de Cultura y Educación. Clasificación Económica. 1130000.ARTÍCULO 4°.- Comunicar. Dar copia al Boletín Oficial de la Municipalidad de Ushuaia para supublicación. Cumplido, archivar.

DECRETOMUNICIPALN° 735

)de Usbna

‘tas Islas Malvinas. Georgias, Sándwich del Sur, son y serán Argentinas”

Ushuaia, 30 de abril 2020 AÑO XXX – N° 70/2020 Página 49___________________________________________________________________________________________________________________________

Page 52: MUNICIPALIDAD DE USHUAIA · Municipalidad de Ushuaia. USHUAIA, 27 ARR 2020. VISTO el expediente OP. N° 1448/2018, del registro de esta Municipalidad; y CONSIDERANDO: Que mediante

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República Argentina__a-t UflMunicipalidad de Ushuaia

CONTRATO DE LOCACIÓN DE SERVICIOSEntre la Municipalidad de Ushuaia, representada en este acto por el Sr. Secretario deEconomía y Finanzas, Lic. Gustavo Daniel RODRIQUEZ, D.N.l. N° 12.454.517, adreferéndum del Sr. Intendente Municipal, con domicilio en la calle Arturo Coronado N° 4861 piso de la ciudad de Ushuaia, en adelante “LA MUNICIPALIDAD”, por una parte; y por laotra, el Sr. Pablo MAMANI CORIA D.N.I. N° 93.604.185, con domicilio en calle PolidoroSeguers N° 424 de la ciudad de Ushuaia, en adelante EL LOCADOR, convienen encelebrar el presente contrato de locación de servicios, de acuerdo a las siguientescláusulas:-

PRIMERA: LA MUNICIPALIDAD contrata los servicios de EL LOCADOR, a efectos de que elmismo preste serviciosde limpieza de sanitarios, limpieza interior y exterior, asistencia enespectáculos, eventos varios, asistencia técnica como armado y desarmado de cada evento yordenamiento vehicular de los eventos que se realizan en el Centro Cultural “Esther Fadul” yordenamiento vehicular en el predio del Centro Cultural “Esther Fadul” dependiente de laSecretaría de Cultura y Educación, con una carga horaria de treinta y cinco (35) horassemanales, según requerimiento del titular del área.SEGUNDA: La duración del presente contrato será de seis (06) meses a partir del uno (01)de mayo del 2020, operando su vencimiento el día treinta y uno (31) de octubre del 2020.--TERCERA: En concepto de retribución por los servicios prestados, LA MUNICIPALIDADabonará a EL LOCADOR la suma de total de PESOS DOSCIENTOS DIEZ MIL CON00/100 ($ 210.000,00),pagaderos de la siguiente manera: a razón de PESOS TREINTA YDOS MIL DOSCIENTOS CON 00/100 ($ 32.200,00) mensuales, correspondientes al mesde Mayo del 2020,a razón de PESOS TREINTA Y CINCO MIL CON 00/100 ($35.000,00) mensuales, correspondientes a los meses de Junio, Julio y Agosto deI 2020y la suma de PESOS TREINTA Y SEIS MIL CUATROCIENTOS CON 00/100 ($36.400,00), correspondiente al mes de Septiembre y Octubre deI 2020, pagaderos entrels días cinco (05) y quince (15) de cada mes, contra entrega de factura correspondiente afíbç de la MU CIPALIDAD por parte de EL LOCADOR; adjuntando Certificado de

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Ushuaia, 30 de abril 2020 AÑO XXX – N° 70/2020 Página 50___________________________________________________________________________________________________________________________

Page 53: MUNICIPALIDAD DE USHUAIA · Municipalidad de Ushuaia. USHUAIA, 27 ARR 2020. VISTO el expediente OP. N° 1448/2018, del registro de esta Municipalidad; y CONSIDERANDO: Que mediante

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22 ARRtJSIIUAIA,

César .na Fiolgui

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Situación Fiscal Regular emitido por la Agencia de Recaudación Fueguina (A.R.E.F.),Comprobante de pago de aportes de AFIP, correspondiente al periodo facturado y la pólizade accidentes personales por el periodo que dure la contratación y su correspondientecomprobante de pago total o mensual. —---—---— —-—----- —-—-

CUARTA: EL LOCADOR dependerá de las indicaciones y cronograma de actividades quese desarrollen a través del Departamento Operativa Cultural Comunitaria del CentroCultural “Esther Fadul” — Dirección de Desarrollo Cultural Comunitario S.C y E, y deberáestar disponible para todos los eventos de tunes a domingos incluyendo feriados de sernecesario y con una disponibilidad horaria previa, durante y después de cada evento.QUINTA:Las partes podrán rescindir el presente contrato en cualquier momento de suvigencia, sin invocación de causa y previa comunicación fehaciente cursada a lacontrapartecon un mínimo de QUINCE (15) días de anticipación, sin que ello generederecho a reclamar indemnización, daño, ni perjuicio alguno a favor de la otra.—-----—-------SEXTA: El presente contrato no implica relación de dependencia de EL LOCADORrespecto de LA MUNICIPALIDAD, rigiéndose por las normas de la Ordenanza Municipal N°3693 y sus modificatorias y Articulo 1251 y concordantes del Código Civil y Comercial,correspondiendo por ello asumir a cargo de EL LOCADOR las obligaciones fiscales yprevisionalesdel caso.

SÉPTIMA: Ante cualquier divergencia que pudiera suscitarse en relación a lainterpretación ocumplimiento del presente, las partes constituyen domicilio en losmencionados en el encabezamiento del presente contrato, donde serán válidas todas lasnotificaciones que deban cursarse, y se someten a la jurisdicción de los TribunalesJudiciales Ordinarios con asiento en la ciudad de Ushuaia, con expresa renuncia acualquier fuero y/o jurisdicción que pudiera corresponder.—------—----------------—----—----------y- En prueba de,-çonformidad, las partes firman TRES (3) ejemplares de un mismo tenor ya nia ciudad de Ushuaia, al día quince (15) deI mes de abril de12020.

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República ArgentinaMunicipalidad de Ushuaia

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Ushuaia, 30 de abril 2020 AÑO XXX – N° 70/2020 Página 51___________________________________________________________________________________________________________________________

Page 54: MUNICIPALIDAD DE USHUAIA · Municipalidad de Ushuaia. USHUAIA, 27 ARR 2020. VISTO el expediente OP. N° 1448/2018, del registro de esta Municipalidad; y CONSIDERANDO: Que mediante

t 736Provincia de Tierra del Fuego

Antártida e Islas del Atlántico SurRepública Argentina

Municipalidad de Ushuaia

USHUAIA, 27 ABR 2020

VISTO el expediente N°SC —8316/2015 deI registro de esta Municipalidad; yCONSIDERANDO:

Quemedianteel mismo se tramitael Contratode Locación de Servicios, celebrado el diaquince (15) de abril del 2020 entre la Municipalidad de Ushuaia representada por el Sr.Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Gustavo Daniel RODRÍGUEZ, D.N.l. N° 12.454.517,ylaSra. Ruth Analia MARQUEZ D.N.l. N° 30.731 .356,a fin de que la mencionada preste servicios

de limpieza de sanitarios, limpieza interior y exterior, asistencia en espectáculos, eventos

varios, asistencia técnica como armado y desarmado de cada evento y ordenamiento vehicular

de los eventos que se realizan en el Centro Cultural “Esther Fadul” y ordenamiento vehicular en

el predio del Centro Cultural “Esther Fadul” dependiente de la Secretaria de Cultura yEducacióncon una carga horaria de treinta y cinco (35) horas semanales, según requerimientodel titular del área.

Que dicho Contrato se encuadra en lo dispuesto en el articulo 110, inciso d) punto 1 de

la Ordenanza Municipal N° 3693, (de Administración Financiera y Contrataciones) y sus

modificatorias, Anexo 1 del Decreto Municipal N° 1255/2013 y Artículo 1251 y concordantes del

Código Civil y Comercial.

Que corre anexada y forma parte del presente Decreto, copia autenticada del Contrato

de Locación de Servicios referenciado, el cual se encuentra registrado bajo el N° 1 8Correspondiendo su aprobación.

Que el suscripto se encuentra facultado para el dictado del presente instrumento legal,

conforme a lo establecido en el articulo 152, incisosi) y 32), de la Carta Orgánica Municipal de

la ciudad de Ushuaia.

Porello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE USHUAIA

DECRETA

ARTÍCULO 1°.- Aprobar el Contrato de Locación de Servicios registrado bajo el N° 1 5 3 3 8Celebrado el día quince (15) de abril deI 2020 entre la Municipalidad de Ushuaia representada

/ por Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Gustavo Daniel RODRÍGUEZ, D.N.l. N°

12.454.517, y la Sra. Ruth Analia MARQUEZ D.N.l. N°30.731.356. Ello, por los motivos

4 .2.11/

“Las Islas Malvinas. Georgias, Sándwich del Sur, son y serán Argentinas”

Ushuaia, 30 de abril 2020 AÑO XXX – N° 70/2020 Página 52___________________________________________________________________________________________________________________________

Page 55: MUNICIPALIDAD DE USHUAIA · Municipalidad de Ushuaia. USHUAIA, 27 ARR 2020. VISTO el expediente OP. N° 1448/2018, del registro de esta Municipalidad; y CONSIDERANDO: Que mediante

tProvincia de Tierra del Fuego

Antártida e Islas del Atlántico SurRepública Argentina

Municipalidad de Ushuaia(((.2.

Expuestos en el exordio.

ARTÍCULO 2°.- Notificara la interesada con copia autenticada del presente.ARTÍCULO 3°.- El gasto que demande el cumplimiento del presente deberá imputarse al TitularPresupuestario: Secretaría de Cultura y Educación. Clasificación Económica. 1130000.ARTÍCULO 4°.- Comunicar. Dar copia al Boletín Oficial de la Municipalidad de Ushuaia para supublicación. Cumplido, archivar.

DECRETO MUNICIPAL N° 736 /2020.

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“Las Islas Malvinas. Georgias. Sándwich del Sur. son y serán Argentinas”

Ushuaia, 30 de abril 2020 AÑO XXX – N° 70/2020 Página 53___________________________________________________________________________________________________________________________

Page 56: MUNICIPALIDAD DE USHUAIA · Municipalidad de Ushuaia. USHUAIA, 27 ARR 2020. VISTO el expediente OP. N° 1448/2018, del registro de esta Municipalidad; y CONSIDERANDO: Que mediante

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Municipalidad de Ushuaia

CONTRATO DE LOCACIÓN DE SERVICIOSEntre la Municipalidad de Ushuaia, representada en este acto por el Sr. Secretario de

Economía y Finanzas, Lic. Gustavo Daniel RODRÍQUEZ, D.N.I. N° 12.454.517, adreferéndum del Sr. Intendente Municipal, con domicilio en la calle Arturo Coronado N° 4861° piso de la ciudad de Ushuaia, en adelante “LA MUNICIPALIDAD”, por una parte; y por laotra, la Sra. Ruth Analia MARQUEZ D.N.I. N°30.731.356, con domicilio en calle MendozaN° 2494 de la ciudad de Ushuaia, en adelante LA LOCADORA, convienen en celebrar el

— presente contrato de locación de servicios, de acuerdo a las siguientes cláusulas:PRIMERA: LA MUNICIPALIDAD contrata los servicios de LA LOCADORA, a efectos deque la misma preste servicios de limpieza de sanitarios, limpieza interior y exterior,asistencia en espectáculos, eventos varios, asistencia técnica como armado ydesarmado de cada evento y ordenamiento vehicular de los eventos que se realizan enel Centro Cultural “Esther Fadul” y ordenamiento vehicular en el predio del CentroCultural “Esther Fadul” dependiente de la Secretaría de Cultura y Educación con unacarga horaria de treinta y cinco (35) horas semanales, según requerimiento del titulardelárea. —--— —------------------------—------- — —

SEGUNDA: La duración del presente contrato será de seis (06) meses a partir del uno (01)de mayo del 2020, operando su vencimiento el día treinta y uno (31) de octubre del 2020.--TERCERA: En concepto de retribución por los servicios prestados, LA MUNICIPALIDADabonará a LA LOCADORA la suma de total de PESOS DOSCIENTOS DIEZ MIL CON00/100 ($ 210.000,00),pagaderos de la siguiente manera: a razón de PESOS TREINTA YDOS MIL DOSCIENTOS CON 00/100 ($ 32.200,00) mensuales, correspondientes al mesde Mayo del 2020, a razón de PESOS TREINTA Y CINCO MIL CON 00/100 ($35.000,00) mensuales, correspondientes a los meses de Junio, Julio y Agosto del 2020y la suma de PESOS TREINTA Y SEIS MIL CUATROCIENTOS CON 001100 ($36.400,00), correspondiente al mes de Septiembre y Octubre del 2020, pagaderos entrelos días cinco (05) y quince (15) de cada mes, contra entrega de factura correspondiente afavor de la MUNICIPALIDAD por parte de LA LOCADORA; adjuntando Certificado de

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Ushuaia, 30 de abril 2020 AÑO XXX – N° 70/2020 Página 54___________________________________________________________________________________________________________________________

Page 57: MUNICIPALIDAD DE USHUAIA · Municipalidad de Ushuaia. USHUAIA, 27 ARR 2020. VISTO el expediente OP. N° 1448/2018, del registro de esta Municipalidad; y CONSIDERANDO: Que mediante

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Provincia de Tierra del FuegoAntártida e Islas del Atlántico Sur

República ArgentinaMunicipalidad de Ushuaia

/11.2.

Situación Fiscal Regular emitido por la Agencia de Recaudación Fueguina (A.R.E.Fj,Comprobante de pago de aportes de AFIP, correspondiente al periodo facturado y la pólizade accidentes personales por el periodo que dure la contratación y su correspondientecomprobante de pago total o mensual.-------—-CUARTA: LA LOCADORA dependerá de las indicaciones y cronograma de actividadesque se desarrollen a través del Departamento Operativa Cultural Comunitaria del CentroCultural “Esther Fadul” — Dirección de Desarrollo Cultural Comunitario S.C y E, y deberáestar disponible para todos los eventos de lunes a domingos incluyendo feriados de sernecesario y con una disponibilidad horaria previa, durante y después de cada evento.QUINTA:Las partes podrán rescindir el presente contrato en cualquier momento de suvigencia, sin invocación de causa y previa comunicación fehaciente cursada a lacontraparte con un mínimo de QUINCE (15) días de anticipación, sin que ello generederecho a reclamar indemnización, daño, ni perjuicio alguno a favor de la otra.SEXTA: El presente contrato no implica relación de dependencia de LA LOCADORArespecto de LA MUNICIPALIDAD, rigiéndose por las normas de la Ordenanza Municipal N°3693 y sus modificatoria y Articulo 1251 y concordantes del Código Civil y Comercial,correspondiendo por ello asumir a cargo de LA LOCADORA las obligaciones fiscales yprevisionalesdelcaso.

SÉPTIMA: Ante cualquier divergencia que pudiera suscitarse en relación a lainterpretación o cumplimiento del presente, las partes constituyen domicilio en losmencionados en el encabezamiento del presente contrato, donde serán válidas todas lasnotificaciones que deban cursarse, y se someten a la jurisdicción de los TribunalesJudiciales Ordinarios con asiento en la ciudad de Ushuaia, con expresa renuncia acualquier fuero y/o jurisdicción que pudiera corresponder.--—--------------------------------——--—----

En prueba de conformidad, las partes firman TRES (3) ejemplares de un mismo tenor ya un solo efecto, en la ciudad de Ushuaia, al día quince (15) del mes de abril del 2020.

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Ushuaia, 30 de abril 2020 AÑO XXX – N° 70/2020 Página 55___________________________________________________________________________________________________________________________

Page 58: MUNICIPALIDAD DE USHUAIA · Municipalidad de Ushuaia. USHUAIA, 27 ARR 2020. VISTO el expediente OP. N° 1448/2018, del registro de esta Municipalidad; y CONSIDERANDO: Que mediante

tProvincia de Tierra del Fuego

Antártida e Islas del Atlántico SurRepública Argentina

Municipalidad de Ushuaia

USHUAIA, 27 ABR 2020

VISTO el expediente N° SC — 3391/2016 deI registro de esta Municipalidad; yCONSIDERANDO:

Que mediante el mismo se tramita el Contrato de Locación de Servicios, celebrado el diaquince (15) de abril del 2020 entre la Municipalidad de Ushuaia representada por el Sr.Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Gustavo Daniel RODRÍGUEZ, D.N.l. N° 12.454.517, yel Sr. Víctor Javier VERA GUEICO, D.N.l. N° 18.862.881, a fin de que este último presteservicios de apoyo, asistencia y archivo de documentación en la Dirección de Administración dela Secretaria de Cultura y Educación.

Que dicho Contrato se encuadra en lo dispuesto en el artículo 110, inciso d) punto 1 dela Ordenanza Municipal N° 3693, (de Administración Financiera y Contrataciones) y susmodificatorias, Anexo 1 del Decreto Municipal N° 1255/2013 y Articulo 1251 y concordantes delCódigo Civil y Comercial.

Que corre anexada y forma parte del presente Decreto, copia autenticada del Contratode Locación de Servicios referenciado, el cual se encuentra registrado bajo el N° 1 8correspondiendo su aprobación.

Que el suscripto se encuentra facultado para el dictado del presente instrumento legal,

conforme a lo establecido en el articulo 152, incisos 1) y 32), de la Carta Orgánica Municipal dela ciudad de Ushuaia.

Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE USHUAIA

DECRETA

ARTÍCULO 1°.- Aprobar el Contrato de Locación de Servicios registrado bajo el N°

Celebrado el día quince (15) de abril del 2020 entre la Municipalidad de Ushuaia representada

por Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Gustavo Daniel RODRÍGUEZ, D.N.l. N°

12.454.517, y el Sr. Victor Javier VERA GUEICO, D.N.l. N° 18.862.881. Ello, por los motivos

expuestos en el exordio.

CULO 2°.- Notificar a el interesado con copia autenticada del presente.

ARTÍCULO 3°.- El gasto que demande el cumplimiento del presente deberá imputarse al Titular

“Las Islas Malvinas. Georgias, Sándwich del Sur, son y serán Argentinas”

Ushuaia, 30 de abril 2020 AÑO XXX – N° 70/2020 Página 56___________________________________________________________________________________________________________________________

Page 59: MUNICIPALIDAD DE USHUAIA · Municipalidad de Ushuaia. USHUAIA, 27 ARR 2020. VISTO el expediente OP. N° 1448/2018, del registro de esta Municipalidad; y CONSIDERANDO: Que mediante

tProvincia de Tiena del Fuego

Antártida e Islas del Atlántico SurRepública Argentina

Municipalidad de Ushuaia

111.2.

Presupuestario: Secretaría de Cultura y Educación. Clasificación Económica. 1130000.

ARTÍCULO 4°.- Comunicar. Dar copia al Boletín Oficial de la Municipalidad de Ushuaia para su

publicación. Cumplido, archivar.737

[mal

“Las Islas Malvinas, Georgias, Sándwich del Sur, son y serán Argentinas”

Ushuaia, 30 de abril 2020 AÑO XXX – N° 70/2020 Página 57___________________________________________________________________________________________________________________________

Page 60: MUNICIPALIDAD DE USHUAIA · Municipalidad de Ushuaia. USHUAIA, 27 ARR 2020. VISTO el expediente OP. N° 1448/2018, del registro de esta Municipalidad; y CONSIDERANDO: Que mediante

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t Lic Ma’$\Meyer

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Provincia de Tierra del Fuego coort deAsuto\Técnicos uSHuAIA, 1 5 48k ¡H

Antártida e Islas del Atlántico Sur — /

República Argentina César o guiri* ‘JadoMunicipalidad de Ushuaia

CONTRATO DE LOCACIÓN DE SERVICIOS

—Entre la Municipalidad de Ushuaia, representada en este acto por el Sr. Secretario de

Economía y Finanzas, Lic. Gustavo Daniel RODRIQUEZ, D.N.I. [‘4° 12.454.517, ad

referéndum del Sr. Intendente Municipal, con domicilio en la calle Arturo Coronado N° 486

1° piso de la ciudad de Ushuaia, en adelante “LA MUNICIPALIDAD”, por una parte: y por la

otra, el Sr. Victor Javier VERA GUEICO, D.N.l. N° 18.862.881, con domicilio en calle Hielos

Continentales N° 619 de la ciudad de Ushuaia, en adelante EL LOCADOR, convienen en

celebrar el presente contrato de locación de servicios, de acuerdo a las siguientes

cláusulas:

PRIMERA: LA MUNICIPALIDAD contrata los servicios de EL LOCADOR, a efectos de que

el mismo preste servicios de apoyo, asistencia y archivo de documentación en la

Dirección de Administración de la Secretaria de Cultura y Educación.-—

SEGUNDA: La duración del presente contrato será de seis (06) meses a partir del uno (01)

de mayo del 2020, operando su vencimiento el día treinta yuno (31)de octubre del2O2O.—

TERCERA: En concepto de retribución por los servicios prestados, LA MUNICIPALIDAD

abonará a EL LOCADOR la suma de total de PESOS DOSCIENTOS DIEZ MIL CON

00/1 00 ($ 210.000,00), pagaderos de la siguiente manera: a razón de PESOS TREINTA

Y DOS MIL DOSCIENTOS CON 001100 ($ 32.200,00) mensual, correspondientes al mes

de Mayo del 2020,a razón de PESOS TREINTA Y CINCO MIL CON 00/100 ($

35.000,00) mensuales, correspondientes a los meses de Junio, Julio y Agosto del 2020

y la suma de PESOS TREINTA Y SEIS MIL CUATROCIENTOS CON 00/100 ($

36.400,00), correspondiente al mes de Septiembre y Octubre deI 2020, pagaderos entre

los días cinco (05) y quince (15) de cada mes, contra entrega de factura correspondiente a

favor de la MUNICIPALIDAD por parte de EL LOCADOR; adjuntando Certificado de

Situación Fiscal Regular emitido por la Agencia de Recaudación Fueguina (A.R.E.F.),

Comprobante de pago de aportes de AFIP, correspondiente al periodo facturado y la póliza

de accidentes personales por el periodo que dure la contratación y su correspondiente

comprobante de pago total o mensual.

1 .2.???

Ushuaia, 30 de abril 2020 AÑO XXX – N° 70/2020 Página 58___________________________________________________________________________________________________________________________

Page 61: MUNICIPALIDAD DE USHUAIA · Municipalidad de Ushuaia. USHUAIA, 27 ARR 2020. VISTO el expediente OP. N° 1448/2018, del registro de esta Municipalidad; y CONSIDERANDO: Que mediante

( )\ IR FQ R[ ,N] RADO

SurRepública Argentina Lesa H guiriMunicipalidad de Ushuaia

CUARTA: EL LOCADOR prestará servicios en la Dirección de Administración de laSecretaría de Cultura y Educación, de lunes a viernes, de 09:00 a 16:00 hs.-——-----—----—--QLJINTA:Las partes podrán rescindir el presente contrato en cualquier momento de suvigencia, sin invocación de causa y previa comunicación fehaciente cursada a lacontrapartecon un mínimo de QUINCE (15) días de anticipación, sin que ello generederecho a reclamar indemnización, daño, ni perjuicio alguno a favor de la otra.—-----—---—-SEXTA: El presente contrato no implica relación de dependencia de EL LOCADORrespecto de LA MUNICIPALIDAD, rigiéndose por las normas de la Ordenanza Municipal N°3693 y sus modificatorias y Articulo 1251 y concordantes del Código Civil y Comercial,correspondiendo por ello asumir a cargo de EL LOCADOR las obligaciones fiscales yprevisionales del caso.

SÉPTIMA: Ante cualquier divergencia que pudiera suscitarse en relación a lainterpretación o cumplimiento del presente, las partes constituyen domicilio en losmencionados en el encabezamiento del presente contrato, donde serán válidas todas lasnotificaciones que deban cursarse, y se someten a la jurisdicción de los TribunalesJudiciales Ordinarios con asiento en la ciudad de Ushuaia, con expresa renuncia acualquier fuero yio jurisdicción que pudiera corresponder.———------————----------——-----

En prueba de conformidad, las partes firman TRES (3) ejemplares de un mismo tenor ya un solo efecto, en la ciudad de Ushuaia, al día quince (15) del mes de abril del2O2O.

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Ushuaia, 30 de abril 2020 AÑO XXX – N° 70/2020 Página 59___________________________________________________________________________________________________________________________

Page 62: MUNICIPALIDAD DE USHUAIA · Municipalidad de Ushuaia. USHUAIA, 27 ARR 2020. VISTO el expediente OP. N° 1448/2018, del registro de esta Municipalidad; y CONSIDERANDO: Que mediante

tProvincia de Tierra del Fuego

Antártida e Islas del Atlántico SurRepública Argentina

Municipalidad de Ushuaia

USHUAIA, 27 ARR 1J1b

VISTO el expediente N° SC —889312019 del registro de esta Municipalidad; yCONSIDERANDO:

Quemedianteel mismo se tramita el Contrato de Locación de Servicios, celebrado el díaquince (15) de abril del 2020 entre la Municipalidad de Ushuaia representada por Sr. Secretariode Economía y Finanzas, Lic. Gustavo Daniel RODRÍGUEZ, D.N.l. N° 12.454.517,y la Sra.Gabriela Soledad WELCHEN, D.N.l. N° 27.843.589, a fin de que esta última preste serviciosadministrativos y de atención al público en la Dirección de Administración de la Secretaría deCultura y Educación.

Que dicho Contrato se encuadra en lo dispuesto en el articulo 110, inciso d) punto 1 dela Ordenanza Municipal N° 3693, (de Administración Financiera y Contrataciones) y susmodificatorias, Anexo l del Decreto Municipal P4° 125512013 y Articulo 1251 y concordantes delCódigo Civil y Comercial.

Que corre anexada y forma parte del presente Decreto, copia autenticada del Contratode Locación de Servicios referenciado, el cual se encuentra registrado bajo el N° 1 E E ECorrespondiendo su aprobación.

Que el suscripto se encuentra facultado para el dictado del presente instrumento legal,conforme a lo establecido en el artículo 152, incisosi) y 32), de la Carta Orgánica Municipal dela ciudad de Ushuaia.

Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE USHUAIA

DECR ETA

ARTICULO 1°.- Aprobar el Contrato de Locación de Servicios registrado bajo el N°Celebrado el día quince (15) de abril deI 2020 entre la Municipalidad de Ushuaia representadapor Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Gustavo Daniel RODRÍGUEZ, D.N.I. N°

12.454.517, y la Sra. Gabriela Soledad WELCHEN, D.N.I. N° 27.843.589. ElIo, por losmotivos expuestos en el exordio.

/ ARTÍCULO 2°.- Notificar a la interesada con copia autenticada del presente.

/ ARTÍCULO 3°.- El gasto que demande el cumplimiento del presente deberá imputarse al Titular

.2.111

/“Las Islas Malvinas. Georgias, Sandwich dci Sur, son y seran Argentinas

Ushuaia, 30 de abril 2020 AÑO XXX – N° 70/2020 Página 60___________________________________________________________________________________________________________________________

Page 63: MUNICIPALIDAD DE USHUAIA · Municipalidad de Ushuaia. USHUAIA, 27 ARR 2020. VISTO el expediente OP. N° 1448/2018, del registro de esta Municipalidad; y CONSIDERANDO: Que mediante

tProvincia de Tierra del Fuego

Antártida e islas del Atlántico SurRepública Argentina

Municipalidad de Ushuaia

111.2.

Presupuestario: Secretaría de Cultura y Educación. Clasificación Económica. 1130000.ARTÍCULO 40 Comunicar. Dar copia al Boletín Oficial de la Municipalidad de Ushuaia para supublicación. Cumplido, archivar.

DECRETO MUNICIPAL N° 738 /2020.

“Las Islas Malvinas. Georgias. Sándwich del Sur, son y serán Argentinas”

Ushuaia, 30 de abril 2020 AÑO XXX – N° 70/2020 Página 61___________________________________________________________________________________________________________________________

Page 64: MUNICIPALIDAD DE USHUAIA · Municipalidad de Ushuaia. USHUAIA, 27 ARR 2020. VISTO el expediente OP. N° 1448/2018, del registro de esta Municipalidad; y CONSIDERANDO: Que mediante

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Provincia de Tierra del Fuego ML!r1;padad de L\shuaiaUSI UAIA,

ftAntártida e Islas del Atlántico SurRepública Argentina

César MohMunicipalidad de UshuaiaALu.

SecreI

CONTRATO DE LOCACIÓN DE SERVICIOS /Entre la Municipalidad de Ushuaia, representada en este acto por el Sr. Secretario deEconomía y Finanzas, Lic. Gustavo Daniel RODRIQUEZ, D.N.l. N° 12.454.517, adreferéndum del Sr. Intendente Municipal, con domicilio en la calle Arturo Coronado N° 4861° piso de la ciudad de Ushuaia, en adelante “LA MUNICIPALIDAD”, por una parte; y por laotra, la Sra. Gabriela Soledad WELCHEN, D.N.l. N° 27.843.589, con domicilio en calleLeandro N. Alem N° 2419de la ciudad de Ushuaia, en adelante LA LOCADORA, convienenen celebrar el presente contrato de locación de servicios, de acuerdo a las siguientescláusulas:

PRIMERA: LA MUNICIPALIDAD contrata los servicios de LA LOCADORA, a efectos deque la misma preste servicios administrativos y de atención al público en la Dirección deAdministración de la Secretaría de Cultura y Educación.SEGUNDA: La duración del presente contrato será de seis (06) meses a partir del uno (01)de mayo deI 2020, operando su vencimiento el día treinta y uno (31) de octubre de 2020. —TERCERA: En concepto de retribución por los servicios prestados, LA MUNICIPALIDADabonará a LA LOCADORA la suma de total de PESOS DOSCIENTOS DIEZ MIL CON00/100 ($210.000,00), pagaderos de la siguiente maneraa razón de PESOS TREINTA YDOS MIL DOSCIENTOS CON 00/1 00 ($ 32.200,00) mensuales, correspondientes al mesde Mayo del 2020,a razón de PESOS TREINTA Y CINCO MIL CON 00/100 ($35.000,00) mensuales, correspondientes a los meses de Junio, Julio y Agosto del 2020y la suma de PESOS TREINTA Y SEIS MIL CUATROCIENTOS CON 00/100($36.400,00), correspondiente al mes de Septiembre y Octubre deI 2020, pagaderos entrelos días cinco (05) y quince (15) de cada mes, contra entrega de factura correspondiente afavor de la MUNICIPALIDAD por parte de LA LOCADORA; adjuntando Certificado deSituación Fiscal Regular emitido por la Agencia de Recaudación Fueguina (A.R.E.F.),Comprobante de pago de aportes de AFIP, correspondiente al periodo facturado y la pólizade accidentes personales por el periodo que dure la contratación y su correspondientecomprobante de pago total o mensual. -------

———-—-—---—-

CUARTA: LA LOCADORA prestará servicios en la Dirección de Administración de laSecretaría de Cultura y Educación, de lunes a viernes, de 09:00 a 16:00 hs.-—---------------—QUINTA: Las partes podrán rescindir el presente contrato en cualquier momento de su

“Las islas Malvinas, Georgias, Sándwich del Sur, son y serán Argentinas”

.2.11/

/le,

Ushuaia, 30 de abril 2020 AÑO XXX – N° 70/2020 Página 62___________________________________________________________________________________________________________________________

Page 65: MUNICIPALIDAD DE USHUAIA · Municipalidad de Ushuaia. USHUAIA, 27 ARR 2020. VISTO el expediente OP. N° 1448/2018, del registro de esta Municipalidad; y CONSIDERANDO: Que mediante

a CONTRATO REGISTRADO

UAJOELN°_________Lic. Marcc\teyer

Coordd Asuntok Tcn:cos 22 ARR ?.Provincia de Tierra del Fuego soçr€ar!a Lega T cn’a USHUAIA, -______________

Antártida e Islas del Atlántico Sur de UsuaU7César MDRepública Argentina

Municipalidad de UshuaiaII1.2.

vigencia, sin invocación de causa y previa comunicación fehaciente culsada alacontrapartecon un mínimo de QUINCE (15) días de anticipación, sin que ello generederecho a reclamar indemnización, daño, ni perjuicio alguno a favor de la otra.-----------SEXTA: El presente contrato no implica relación de dependencia de LA LOCADORArespecto de LA MUNICIPALIDAD, rigiéndose por las normas de la Ordenanza Municipal N°3693 y sus modificatoria y Articulo 1251 y concordantes del Código Civil y Comercial,correspondiendo por ello asumir a cargo de EL LOCADOR las obligaciones fiscales yprevisionales del caso.

SÉPTIMA: Ante cualquier divergencia que pudiera suscitarse en relación a lainterpretación ocumplimiento del presente, las partes constituyen domicilio en losmencionados en el encabezamiento del presente contrato, donde serán válidas todas lasnotificaciones que deban cursarse, y se someten a la jurisdicción de los TribunalesJudiciales Ordinarios con asiento en la ciudad de Ushuaia, con expresa renuncia acualquier fuero y/o jurisdicción que pudiera corresponder.—----———----------------------—-------—

En prueba de conformidad, las partes firman TRES (3) ejemplares de un mismo tenor ya un solo efecto, en la ciudad de Ushuaia, al día quince (15) del mes de abril de12020.

“Las Islas Malvinas, Georgias, Sándwich del Sur, son y serán Argentinas”

Ushuaia, 30 de abril 2020 AÑO XXX – N° 70/2020 Página 63___________________________________________________________________________________________________________________________

Page 66: MUNICIPALIDAD DE USHUAIA · Municipalidad de Ushuaia. USHUAIA, 27 ARR 2020. VISTO el expediente OP. N° 1448/2018, del registro de esta Municipalidad; y CONSIDERANDO: Que mediante

t 739Provincia de Tierra del Fuego

Antártida e Islas del Atlántico SurRepúblicaArgentina

MUNICIPALIDAD DE USHUAIA

USHUAIA, 27 148R 7020

VISTO el expediente S.D. N° 1915/2017 del registro de esta Municipalidad; yCONSIDERANDO:

Que mediante el mismo se tramita el Contrato de Locación de servicios, celebrado enfecha día seis (06) del Mes de ABRIL de 2020, entre la Municipalidad de Ushuaia,representada por el Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Don Gustavo DanielRODRÍGUEZ, D.N.l. N° 12.454.517 y la Sra. Gisela Mariel RAMIREZ D.N.l. N° 25.828.928, aefectos de que la misma se desempeñe como promotora de salud en la comunidad de Ushuaia,informando y previniendo situaciones de riesgo, así como acompañando a sectores de lapoblación que atraviesen situaciones de vulnerabilidad, dependiente de la Dirección de Salud -

Subsecretaría de Políticas Sanitarias . Secretaría de Políticas Sociales, Sanitarias y de DerechosHumanos.

Que dicha contratación se encuadra en lo dispuesto en el Articulo 1100, inciso d),apartado 10) de la Ordenanza Municipal N° 3693 de Administración Financiera ycontrataciones y sus modificatorias y Anexo ¡ del Decreto Municipal N° 1255/2013 y Articulo1251 y concordantes del Código Civil y Comercial.

Que corre anexada y forma parte del presente Decreto, copia autenticada delContrato aludido, el cual se encuentra registrado bajo el N° 2

, correspondiendosu aprobación.

Que el suscripto se encuentra facultado para el dictado del presente actoadministrativo de acuerdo a lo establecido en el articulo 152 incisos 1) y 32) , de la CartaOrgánica Municipal de la ciudad de Ushuaia.

Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE USHUAIA

DECRETA

ARTICULO 1°.- Aprobar en todos sus términos el Contrato de Locación de Serviciosregistrado bajo el N° 2 2 cuya copia autenticada se adjunta y forma parte del

presente, celebrado en fecha día seis (06) deI Mes de ABRIL de 2020 entre la Municipalidad

de Ushuaia, representada por el Sr. Secretario de Economia y Finanzas, Don GustavoDaniel RODRÍGUEZ, D.N.l. N° 12.454.517 y la Sra. Gisela Mariel RAMIREZ D.N.l. N°25.828.928, a fin de que esta ultima preste servicios en el ámbito de la Dirección de Salud,

‘LAS ISLAS MALVINAS, GEORGIAS Y SANDWICH DEL SUR SON Y SERÁN ARGENTINAS’

Ushuaia, 30 de abril 2020 AÑO XXX – N° 70/2020 Página 64___________________________________________________________________________________________________________________________

Page 67: MUNICIPALIDAD DE USHUAIA · Municipalidad de Ushuaia. USHUAIA, 27 ARR 2020. VISTO el expediente OP. N° 1448/2018, del registro de esta Municipalidad; y CONSIDERANDO: Que mediante

tProvincia de Tierra del Fuego

Antártida e Islas del Atlántico SurRepública Argentina

MUNICIPALIDAD DE USHUAIA

/1/2.

dependiente de la Subsecretaria de Políticas Sanitarias. Ello en virtud expuestas en elexordio.

ARTÍCULO 2°.- El gasto que demande el cumplimiento del presente deberá imputarsea las partidas presupuestario Secretaria de Políticas Sociales, Sanitarias y de DerechosHumanos. Clasificación económica 1130000. Fondo de Prestaciones de Salud.ARTÍCULO 3°.- Notificar al interesado con copia autenticada del presente.ARTÍCULO 40 Comunicar Dar al Boletín Oficial de la Municipalidad de Ushuaia para supublicación. Cumplido, archivar

739

“LAS ISLAS MALVINAS, GEORGIAS Y SANDWICH DEL SUR SONY SERÁN ARGENTINAS”

Ushuaia, 30 de abril 2020 AÑO XXX – N° 70/2020 Página 65___________________________________________________________________________________________________________________________

Page 68: MUNICIPALIDAD DE USHUAIA · Municipalidad de Ushuaia. USHUAIA, 27 ARR 2020. VISTO el expediente OP. N° 1448/2018, del registro de esta Municipalidad; y CONSIDERANDO: Que mediante

NIRAIO RESISI RADO

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________

Provincia de Tierra del Fuego 7’\/—___________Antárlid:e Islas del Atlántico Sur Lic. Marcc Meycí

USHUAIA 22 ARR 20W z2MUNICIPALIDAD DE USHUAIA deAsunt1 TCCflf*

1——

CONTRATO DE LOCACION DE SERVICIOS

Entre la Municipalidad de Ushuaia, representada en este acta por el Sr, Secretario deEconomía y Finanzas, Don Gustavo Daniel RODRÍGUEZ, D.N.l. N° 12.454.S1Z candomicilio en calle Arturo Coronado N° 486, 1° piso, de la ciudad de Ushuaia, ad-referéndumdel Sr. Intendente Municipal, en adelante LA MUNICIPALIDAD, por una parte; y por la otrala Sra. Gisela Mariel RAMIREZ D.N.l. N°25.828.928, Promotora Territorial de Salud Municipal,con domicilio en el Módulo 10 Casa 60 deI Valle de Andorra de la ciudad de Ushuaia, enadelante LA CONTRATADA, convienen en celebrar el presente Contrato de Locación deServicios, de acuerdo a las siguientes cláusulas:

PRIMERA: LA MUNICIPALIDAD contrata las servicios de LA CONTRATADA a efectos deque la misma se desempeñe como promotora de salud en la comunidad de Ushuaia, informandoy previniendo situaciones de riesgo, asi como acompañando a sectores de la población queatraviesen situaciones de vulnerabilidad, dependiente de la Dirección de Salud - Subsecretaríade Políticas Sanitarias - Secretaría de Políticas Sociales, Sanitarias y de Derechos Humanos.,con un total de TREINTA Y CINCO (35) horas Semanales

SEGUNDA: El presente contrato se formaliza a partir del día PRIMERO (01) de ABRIL de2020 al TREINTA (30) de SEPTIEMBRE de 2020.

TERCERA: Se acuerda en concepto de honorarios por la labor que se contrata la suma totalde PESOS DOSCIENTOS SIETE MIL SETECIENTOS TREINTA Y SEIS CON 00/100($207.736,00) pagaderos en dos (02) cuotas iguales, mensuales y consecutivas de PESOSTREINTA Y DOS MIL SETECIENTOS SETENTA Y OCHO CON 00/100 ($32.778,00)correspondiente al período abril a mayo 2020, tres (03) cuotas iguales, mensuales yconsecutivas de PESOS TREINTA Y CINCO MIL CIENTO NOVENTA Y TRES CON00/100($35.193,00) correspondiente al período junio a agosto 2020 y una cuota de PESOSTREINTA Y SEIS MIL SEISCIENTOS UNO CON 00/100 ($36.601,00) correspondiente a

septiembre 2020, cuyos pagos se efectivizarán dentro de los DIEZ (10) días presentada la

factura de cada mes vencido, debiendo la CONTRATADA atorgar el pertinente recibo afavor de la MUNICIPALIDAD, conforme normas vigentes, adjuntando el certificado deSituación Fiscal Regular Provincial, certificado de Situación Fiscal Regular Municipal, de la

/ totalidad de los bienes que posea la CONTRATADA y de las actividades en que se

4 encuentre inscripta vigente a la fecha prevista de pago. Además deberá acompañar

111.2.

‘LAS ISLAS MALVINAS, GEORGIAS Y SANDWICH DEL SUR SON Y SERÁN ARGENTINAS”

Ushuaia, 30 de abril 2020 AÑO XXX – N° 70/2020 Página 66___________________________________________________________________________________________________________________________

Page 69: MUNICIPALIDAD DE USHUAIA · Municipalidad de Ushuaia. USHUAIA, 27 ARR 2020. VISTO el expediente OP. N° 1448/2018, del registro de esta Municipalidad; y CONSIDERANDO: Que mediante

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Provincia de Tierra del FuegoAntártidaelslas del Atlántico Sur

Itarco;1eyer

República Argentina IJSi lAJA 22 APR i[1,MUNICIPALIDAD DE USHUAIA j111Y Técnica ¡ (;ésnr r’, - -

1/1.2. [..__-

comprobante de pago correspondiente al último vencimiento de aportes de AF y la Póliza

de seguros por accidentes personales, por el periodo que dure a contratación y su

correspondiente comprobante total de pago total o mensual.

CUARTA: La celebración del presente contrato no implica ninguna relación de dependencia

y/o de empleo público, rigiéndose en mismo por las normas de la Ordenanza Municipal

N°3693 (de Administración Financiera y Contrataciones ) y por el art. 1251 y concordantes

del Código Civil y Comercial, debiendo asumir LA CONTRATADA las obligaciones fiscales y

provisionales del caso por el desarrollo de su actividad.

QUINTA: El presente contrato podrá ser rescindido sin invocación de causa por ambas

partes, notificando a la otra parte con (15) días de antelación sin que genere derecho o

reclamo alguno.

SEXTA: Ante cualquier divergencia que pudiera surgir en la interpelación y/o ejecución del

presente contrato, ambas partes se someten exclusivamente a la jurisdicción de los

Tribunales ordinarios de a ciudad de Ushuaia, renunciando a cualquier otro fuero o

jurisdicción, constituyendo domicilio la MUNICIPALIDAD y la CONTRATADA en los

indicados precedentemente, donde serán validas todas las notificaciones extrajudiciales y

judiciales que se cursen, salvo cambio de domicilio notificando a la otra parte por un medio

fehaciente.

/n prueba de conformidad las partes suscriben tres (3) ejemplares de un mismo tenor y a un

,4 solo efecto, en Ushuaia, a los SEIS (06) días del mes de abril del año dos mil veinte.

Qcz, GscV.

LAS ISLAS MALVINAS. GEORGIAS Y SANDWICH DEL SUR SON Y SERÁN ARGENTINAS”

Ushuaia, 30 de abril 2020 AÑO XXX – N° 70/2020 Página 67___________________________________________________________________________________________________________________________

Page 70: MUNICIPALIDAD DE USHUAIA · Municipalidad de Ushuaia. USHUAIA, 27 ARR 2020. VISTO el expediente OP. N° 1448/2018, del registro de esta Municipalidad; y CONSIDERANDO: Que mediante

t 740

Provincia de Tierra del FuegoAntártida e Islas del Atlántico Sur

República ArgenúnaMUNICIPALIDAD DE USHUAIA

USHUAIA, 27 ARR 2020

VISTO el expediente S.D. N° 1948/2017 del registro de esta Municipalidad; y

CONSIDERANDO:

Que mediante el mismo se tramita el Contrato de Locación de servicios, celebrado en

fecha día seis (06) del mes de abril de 2020, entre la Municipalidad de Ushuaia,

representada por el Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Don Gustavo Daniel

RODRÍGUEZ, D.N.l. N° 12.454.517 y la Sra. Sandra CARDOZO, D.N.l. 18.647.285, a

efectos de que la misma se desempeñe como promotora de salud en la comunidad de Ushuaia,

informando y previniendo situaciones de riesgo, así como acompañando a sectores de la

población que atraviesen situaciones de vulnerabilidad, dependiente de la Dirección de Salud -

Subsecretaría de Políticas Sanitarias - Secretaría de Políticas Sociales, Sanitarias y de Derechos

Humanos.

Que dicha contratación se encuadra en lo dispuesto en el Artículo 110°, inciso d),

apartado 10) de la Ordenanza Municipal N° 3693 de Administración Financiera y

contrataciones y sus modificatorias y Anexo 1 deI Decreto Municipal N° 1255/2013 y Articulo

1251 y concordantes del Código Civil y Comercial.

Que corre anexada y forma parte del presente Decreto, copia autenticada del

Contrato aludido, el cual se encuentra registrado bajo el N° J , correspondiendo

su aprobación.

Que el suscripto se encuentra facultado para el dictado del presente acto

administrativo de acuerdo a lo establecido en el artículo 152 incisos 1) y 32) , de la Carta

Orgánica Municipal de la ciudad de Ushuaia.

Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE USHUAIA

DECRETA

ARTÍCULO 1°.- Aprobar en todos sus términos el Contrato de Locación de Servicios

registrado bajo el N° 1 c cuya copia autenticada se adjunta y forma parte del

presente, celebrado en fecha día seis (06) del mes de abril de 2020 entre la Municipalidad

de Ushuaia, representada por el Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Don Gustavo

aniel RODRÍGUEZ, D.N.l. N° 12.454.517 y la Sra. Sandra CARDOZO, D.N.l. 18.647.285, a

fn de que esta última preste servicios en el ámbito de la Dirección de Salud,

/1/2.

/“LAS ISLAS MALVINAS, GEORGIAS Y SANDWICH DEL SUR SON Y SERÁN ARGENTINAS’

Ushuaia, 30 de abril 2020 AÑO XXX – N° 70/2020 Página 68___________________________________________________________________________________________________________________________

Page 71: MUNICIPALIDAD DE USHUAIA · Municipalidad de Ushuaia. USHUAIA, 27 ARR 2020. VISTO el expediente OP. N° 1448/2018, del registro de esta Municipalidad; y CONSIDERANDO: Que mediante

tProvincia de Tierra del Fuego

Antártida e Islas del Atlántico SurRepúbhca Argentina

MUNICIPALIDAD DE USHUAIA

/1/2.

dependiente de la Subsecretaria de Políticas Sanitarias. Ello en virtud expuestas en el

exordio.

ARTICULO 2°.- El gasto que demande el cumplimiento del presente deberá imputarse

a las partidas presupuestarias de la Secretaría de Políticas Sociales, Sanitarias y de

Derechos Humanos. Clasificación económica 1130000. Fondo de Prestaciones de Salud.

ARTICULO 3°.- Notificar al interesado con copia autenticada del presente.

ARTICULO 4°.- Comunicar. Dar al Boletín Oficial de la Municipalidad de Ushuaia para su

publicación. Cumplido, archivar

740

“LAS ISLAS MALVINAS, GEORGIAS Y SANDWICH DEL SUR SON Y SERÁN ARGENTINAS”

Ushuaia, 30 de abril 2020 AÑO XXX – N° 70/2020 Página 69___________________________________________________________________________________________________________________________

Page 72: MUNICIPALIDAD DE USHUAIA · Municipalidad de Ushuaia. USHUAIA, 27 ARR 2020. VISTO el expediente OP. N° 1448/2018, del registro de esta Municipalidad; y CONSIDERANDO: Que mediante

CONTRATO REC;Is ¡ HADo

BAJOLLN

______

——

A’Jiur Co USHUAIA,22A? U

rrrterH’ r \ CCSr

CONTRATO DE LOCACIÓN DE SERVICIOS

Entre la Municipalidad de Ushuaia, representada en este acto por el Sr. Secretario de

Economía y Finanzas, Don Gustavo Daniel RODRÍGUEZ, D.N.l. N° 12.454.517, con

domicilio en calle Arturo Coronado N°486. 10 piso, de la ciudad de Ushuaia, ad-referéndum

del Sr. Intendente Municipal, en adelante LA MUNICIPALIDAD, por una parte; y por la otra

la Sra. Sandra CARDOZO, D.N.I. 18.647.285,, Promotora Territorial de Salud Municipal, con

domicilio en Akainik 817 de la ciudad de Ushuaia en adelante LA CONTRATADA,

convienen en celebrar el presente Contrato de Locación de Servicios, de acuerdo a las

siguientes cláusulas:

PRIMERA: LA MUNICIPALIDAD contrata los servicios de LA CONTRATADA a efectos de

que la misma se desempeñe como promotora de salud en la comunidad de Ushuaia, informando

y previniendo situaciones de riesgo, así como acompañando a sectores de la población que

atraviesen situaciones de vulnerabilidad, dependiente de la Dirección de Salud - Subsecretaría

de Políticas Sanitarias - Secretaría de Políticas Sociales, Sanitarias y de Derechos Humanos.,

con un total de TREINTA Y CINCO (35) horas Semanales

SEGUNDA: El presente contrato se formaliza a partir del día PRIMERO (01) de ABRIL de

2020 al TREINTA (30) de SEPTIEMBRE de 2020. —

TERCERA: Se acuerda en concepto de honorarios por la labor que se contrata la suma total

de PESOS DOSCIENTOS SIETE MIL SETECIENTOS TREINTA Y SEIS CON

00I100($207.736,00) pagaderos en dos (02) cuotas iguales, mensuales y consecutivas de

PESOS TREINTA Y DOS MIL SETECIENTOS SETENTA Y OCHO CON 001100 ($32.778,00)

correspondiente al período abril a mayo 2020, tres (03) cuotas iguales, mensuales y

consecutivas de PESOS TREINTA Y CINCO MIL CIENTO NOVENTA Y TRES CON 00/100

($35.193,00) correspondiente al período junio a agosto 2020 y una cuota de PESOS TREINTA Y

SEIS MIL SEISCIENTOS UNO CON 00/100 ($36.601,00) correspondiente a septiembre 2020,

cuyos pagos se efectivizarán dentro de los DIEZ (10) días presentada la factura de cada

mes vencido, debiendo la CONTRATADA otorgar el pertinente recibo a favor de la

MUNICIPALIDAD, conforme normas vigentes, adjuntando el certificado de Situación Fiscal

Regular Provincial, certificado de Situación Fiscal Regular Municipal, de la totalidad de los

bienes qu posea la CONTRATADA y de las actividades en que se encuentre inscripta

vigente ¿ IIa fecha prevista de pago. Además deberá acompañar comprobante de pago

///2.

“LAS ISLAS MALVINAS, GEORGIAS Y SANDWICH DEL SUR SON Y SERÁN ARGENTINAS”

Ushuaia, 30 de abril 2020 AÑO XXX – N° 70/2020 Página 70___________________________________________________________________________________________________________________________

Page 73: MUNICIPALIDAD DE USHUAIA · Municipalidad de Ushuaia. USHUAIA, 27 ARR 2020. VISTO el expediente OP. N° 1448/2018, del registro de esta Municipalidad; y CONSIDERANDO: Que mediante

CC)NTRAÍC) REGIS lRAU()t BAJOProvincia de Tierra del Fuego

22 ARR 20211Antártida e Islas del Atlántico SurUSHUAIA,República Argentina .trcos

MUNICIPALIDAD DE USHUAIA J :‘tc:

1112

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correspondIente al último vencimiento de aportes de AFIP y la Póliza de seguros poraccidentes personales, por el periodo que dure a contratación y su correspondientecomprobante total de pago total o mensual.CUARTA: La celebración del presente contrato no implica ninguna relación de dependenciay/o de empleo público, rigiéndose en mismo por las normas de la Ordenanza MunicipalN°3693 (de Administración Financiera y Contrataciones) y por el art. 1251 y concordantesdel Código Civil y Comercial, debiendo asumir LA CONTRATADA las obligaciones fiscales yprovisionales del caso por el desarrollo de su actividad.QUINTA: El presente contrato podrá ser rescindido sin invocación de causa por ambaspartes, notificando a la otra parte con (15) días de antelación sin que genere derecho oreclamoalguno.

SEXTA: Ante cualquier divergencia que pudiera surgir en la interpelación y/o ejecución delpresente contrato, ambas partes se someten exclusivamente a la jurisdicción de losTribunales ordinarios de a ciudad de Ushuaia, renunciando a cualquier otro fuero ojurisdicción, constituyendo domicilio la MUNICIPALIDAD y la CONTRATADA en losindicados precedentemente, donde serán validas todas las notificaciones extrajudiciales yjudiciales que se cursen, salvo cambio de domicilio notificando a la otra parte por un mediofehaciente. —

En prueba de conformidad las partes suscriben tres (3) ejemplares de un mismo tenor y a unsolo efecto, en Ushuaia, a los SEIS (06) días del mes de abril del año dos mil veinte,

dIQ

“LAS ISLAS MALVINAS, GEORGIAS Y SANDWICH DEL SUR SONY SERÁN ARGENTINAS’

Ushuaia, 30 de abril 2020 AÑO XXX – N° 70/2020 Página 71___________________________________________________________________________________________________________________________

Page 74: MUNICIPALIDAD DE USHUAIA · Municipalidad de Ushuaia. USHUAIA, 27 ARR 2020. VISTO el expediente OP. N° 1448/2018, del registro de esta Municipalidad; y CONSIDERANDO: Que mediante

741eProvincia de Tierra del Fuego

Antártida e Islas del Atlántico SurRepública Argentina

MUNICIPALIDAD DE USHUAIA

USHUAIA, 27 ÁBR 2026

VISTO el expediente SO. N° 248312020 del registro de esta Municipalidad; yCONSIDERANDO:

Que mediante el misma se tramita el Contrato de Locación de servicios, celebrado enfecha día veinte (20) del Mes de ABRIL de 2020, entre la Municipalidad de Ushuaia,representada por el Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Gustavo DanielRODRÍGUEZ. D.N.l. N° 12.454517 y la enfermera Yoana Rafaela TRIVIÑO, D.N.l.N°35.885.018, a efectos de que la misma preste servicios Profesionales en la UnidadSanitaria Móvil y Consultorios dependientes de este Municipio, coma también en las tareasque se requieran en territorio en a Promoción y Prevención de temas de Salud,relacionadas con su profesión, dependiente de la Dirección de Salud — Subsecretaría dePolíticas Sanitarias; Secretaría de Políticas Sociales, Sanitarias y de Derechos Humanos

Que dicha contratación se encuadra en lo dispuesto en el Articulo 1100, inciso d),apartado 10) de la Ordenanza Municipal N° 3693 de Administración Financiera ycontrataciones y sus modificatorias y Anexo 1 del Decreto Municipal N° 1255/2013 y Articulo1251 y concordantes del Código Civil y Comercial.

Que corre anexada y forma parte del presente Decreto, copia autenticada delContrato aludido, el cual se encuentra registrado bajo el N°

correspondiendo su aprobación.

Que el suscripto se encuentra facultado para el dictado del presente actoadministrativo de acuerdo a lo establecido en el artículo 152 incisos 1) y 32) , de la CartaOrgánica Municipal de la ciudad de Ushuaia.

Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE USHUAIA

DE CRETA

ARTÍCULO 1°.- Aprobar en todos sus términos el Contrato de Locación de Serviciosregistrado bajo el N.° cuya copia autenticada se adjunta y forma partedel presente, celebrado en fecha día veinte (20) del Mes de ABRIL de 2020 entre laMunicipalidad de Ushuaia, representada por el Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Lic.

istava Daniel RODRÍGUEZ, D.N.l. N° 12.454.517 y la enfermera Yoana Rafaela TRIVIÑO,DNA. N°35.885.018, a fin de que esta ultima preste servicios en el ámbito de la9irección de Salud, Dependiente de la Subsecretaria de Políticas Sanitarias. Ello en virtud

1112.

“LAS ISLAS MAt,VINAS, GLORGIAS Y SANDWICIt DEL SUR SON Y SERÁN ARGENTINAS’

Ushuaia, 30 de abril 2020 AÑO XXX – N° 70/2020 Página 72___________________________________________________________________________________________________________________________

Page 75: MUNICIPALIDAD DE USHUAIA · Municipalidad de Ushuaia. USHUAIA, 27 ARR 2020. VISTO el expediente OP. N° 1448/2018, del registro de esta Municipalidad; y CONSIDERANDO: Que mediante

Provincia de Tierra del FuegoAntártida e Islas del Atlántico Sur

República ArgentinaMUNICIPALIDAD DE USHUAIA

1112.

de lo expuesto en el exordio.

ARTÍCULO 2°.- El gasto que demande el cumplimiento del presente deberá imputarse

a las partidas presupuestario Secretaria de Políticas Sociales, Sanitarias y de Derechos

Humanos. Clasificación económica 1130000. Fondo de Prestaciones de Salud.

ARTÍCULO 3°.- Notificar a la interesada con copia autenticada del presente.

ARTÍCULO 4°.- Comunicar. Dar al Boletín Oficial de la Municipalidad de Ushuaia para su

publicación. Cumplido, archivar

ECRETO MUNICIPAL N° 741fg

“LAS ISLAS MAlSINAS, GEORGIAS Y SANDWICH DEL SUR SONY SERÁN ARGENTINAS”

Ushuaia, 30 de abril 2020 AÑO XXX – N° 70/2020 Página 73___________________________________________________________________________________________________________________________

Page 76: MUNICIPALIDAD DE USHUAIA · Municipalidad de Ushuaia. USHUAIA, 27 ARR 2020. VISTO el expediente OP. N° 1448/2018, del registro de esta Municipalidad; y CONSIDERANDO: Que mediante

CONTRATO REGISTRADo

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Anrntur USHUAIÇ 22 ARR 1República Argentina SecreI;ir!a

MUNICIPkLIDAD DE USHUAJA M. ‘n di c Cesar

..reIarI( T-

CONTRATO DE LOCACION DE SERVICIOS

Entre la Municipalidad de Ushuaia, representada en este acto por el Sr. Secretario de

Economía y Finanzas, Don Gustavo Daniel RODRÍGUEZ, D.N.l. Nl° 12.454.51Z con

domicilio en calle Arturo Coronado N° 486, 1° piso, de la ciudad de Ushuaia, ad-referéndum

del Sr. Intendente Municipal, en adelante LA MUNICIPALIDAD, por una parte; y por la otra

la Sra. Yoana Rafaela TRIVIÑO, D.N.l. N° 35.885.018, de profesión Enfermera, con

domicilio en Leandro N. Alem N.° 2117, de la ciudad de Ushuaia, en adelante LA

CONTRATADA, convienen en celebrar el presente Contrato de Locación de Servicios, de

acuerdo a las siguientes cláusulas:

PRIMERA: LA MUNICIPALIDAD contrata los servicios de LA CONTRATADA a efectos de

que la misma desempeñe sus funciones Profesionales en los Consultorios del Polideportivo,

el Polo de Andorra, y la Unidad Sanitaria Móvil, como también en las tareas que requieran

en territorio en la Promoción y Prevención de temas de Salud, relacionadas con su

profesión, dependiente de la Dirección de Salud, Subsecretaría de Políticas Sanitarias,

Secretaría de Políticas Sociales, Sanitarias y de Derechos Humanos, con un total de

TREINTAYCINCO(35)horas5emanales. —

SEGUNDA: El presente contrato se formaliza a partir del día VEINTE (20) de ABRIL de

2O2OaITREINTAYUNO(31) deOCTUBRE de2020.

TERCERA: Se acuerda en concepto de honorarios por la labor que se contrata la suma total

de PESOS DOSCIENTOS CINCUENTA Y NUEVE MIL TRESCIENTOS OCHENTA CON

67/100 ($ 259.380,67), pagaderos en una (01) cuota de PESOS CINCUENTA MIL

CUATROCIENTOS CINCUENTA CON 67/100 ($ 50.450,67) correspondiente al proporcional de

mes de abril (diez días) y el mes de mayo 2020, tres (03) cuotas iguales, mensuales y

consecutivas de PESOS CUARENTA Y UN MIL CIENTO VEINTIOCHO CON 00/100

($41.128,00) correspondiente al período junio a agosto 2020 y dos (02) cuotas iguales,

mensuales y consecutiyas de PESOS CUARENTA Y DOS MIL SETECIENTOS SETENTA

Y TRES CON 00/100 ($ 42.773,00) correspondiente al período septiembre a octubre 2020,

cuyos pagos se efectivizarán dentro de los DIEZ (10) días presentada la factura de cada

mes vencido, debiendo LA CONTRATADA otorgar el pertinente recibo a favor de la

MUNICIPALIDAD, conforme normas vigentes, adjuntando el certificado de Situación Fiscal

Regular Provincial, certificado de Situación Fiscal Regular Municipal, de la totalidad de los

I//.2.

“LAS ISLAS MALVINAS, GEORGIAS Y SANDWICH DEL SUR SON Y SERÁN ARGENTINAS

Ushuaia, 30 de abril 2020 AÑO XXX – N° 70/2020 Página 74___________________________________________________________________________________________________________________________

Page 77: MUNICIPALIDAD DE USHUAIA · Municipalidad de Ushuaia. USHUAIA, 27 ARR 2020. VISTO el expediente OP. N° 1448/2018, del registro de esta Municipalidad; y CONSIDERANDO: Que mediante

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Ancainda e Islas del Adanuco Sur sRepública Argentina

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bienes que posea LA CONTRATADA y de las actividades en que se encuentre inscriptavigente a la fecha prevista de pago. Además deberá acompañar comprobante de pagocorrespondiente al último vencimiento de aportes de AFIP y las Pólizasde seguros por accidentes personales y mala praxis, por el periodo que dure acontratación y su correspondiente comprobante total de pago total o mensuaLCUARTA: La celebración del presente contrato no implica ninguna relación de dependenciay/o de empleo público, rigiéndose en mismo por las normas de la Ordenanza MunicipalN°3693 (de Administración Financiera y Contrataciones) y por el art. 1251 y concordantesdel Código Civil y Comercial, debiendo asumir LA CONTRATADA las obligaciones fiscales yprovisionales del caso por el desarrollo de su actividad.

QUINTA: El presente contrato podrá ser rescindido sin invocación de causa por ambaspartes, notificando a la otra parte con (15) días de antelación sin que genere derecho oreclamo alguno.

SEXTA: Ante cualquier divergencia que pudiera surgir en la interpelación y/o ejecución delpresente contrato, ambas partes se someten exclusivamente a la jurisdicción de losTribunales ordinarios de la ciudad de Ushuaia, renunciando a cualquier otro fuero ojurisdicción, constituyendo domicilio la MUNICIPALIDAD y LA CONTRATADA en losindicados precedentemente, donde serán validas todas las notificaciones extrajudiciales yjudiciales que se cursen, salvo cambio de domicilio notificando a la otra parte por un mediofehaciente.

En prueba de conformidad las partes suscriben tres (3) ejemplares de un mismo tenor y a unsolo efecto, en Ushuaia, al veinte (20) de los días del Mes de Abril del año dos mil veinte.

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LAS ISLAS MALVINAS GEORGIAS Y SANDWICH DEL SUR SONY SERÁN ARGENTINAS

Ushuaia, 30 de abril 2020 AÑO XXX – N° 70/2020 Página 75___________________________________________________________________________________________________________________________

Page 78: MUNICIPALIDAD DE USHUAIA · Municipalidad de Ushuaia. USHUAIA, 27 ARR 2020. VISTO el expediente OP. N° 1448/2018, del registro de esta Municipalidad; y CONSIDERANDO: Que mediante

t 742

Provincia de Tierra del FuegoAntártida e Islas del Atlántico Sur

República ArgentinaMUNICIPALIDAD DE USHUAIA

USHUAIA, 27 ARR 292Q

VISTO el expediente S.D. N° 9964/2019 deI registro de esta Municipalidad; y

CONSIDERANDO:

Que mediante el mismo se tramita el Contrato de Locación de servicios, celebrado en

fecha día seis (06) del mes de abril de 2020, entre la Municipalidad de Ushuaia,

representada por el Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Don Gustavo Daniel

RODRÍGUEZ, D.N.l. N° 12.454.517 y la médica Flavia Dahyana MORES D.N.I.

N°34.460.745, a efectos de que la misma preste servicios Profesionales en la Unidad

Sanitaria Móvil y Consultorios dependientes de este Municipio, como también en las tareas

que se requieran en territorio en la Promoción y Prevención de temas de Salud,

relacionadas con su profesión, dependiente de la Dirección de Salud — Subsecretaría de

Políticas Sanitarias; Secretaría de Políticas Sociales, Sanitarias y de Derechos Humanos

Que dicha contratación se encuadra en lo dispuesto en el Artículo 110°, inciso d),

apartado 10) de la Ordenanza Municipal N° 3693 de Administración Financiera y

contrataciones y sus modificatorias y Anexo 1 del Decreto Municipal N° 1255/2013 y Artículo

1251 y concordantes del Código Civil y Comercial.

Que corre anexada y forma parte del presente Decreto, copia autenticada del

Contrato aludido, el cual se encuentra registrado bajo el N° 15343, correspondiendo su

aprobación.

Que el suscripto se encuentra facultado para el dictado del presente acto

administrativo de acuerdo a lo establecido en el artículo 152 incisos 1) y 32) , de la Carta

Orgánica Municipal de la ciudad de Ushuaia.

Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE USHUAIA

DECRETA

ARTÍCULO 1°.- Aprobar en todos sus términos el Contrato de Locación de Servicios

registrado bajo el N° 15343 cuya copia autenticada se adjunta y forma parte del presente,

celebrado en fecha día seis (06) del mes de abril de 2020 entre la Municipalidad de

tishuaía, representada por el Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Don Gustavo Daniel

/RODRÍGUEZ, D.N.l. N° 12.454.517 y la médica Flavia Dahyana MORES D.N.l.

N°34.460.745, a fin de que esta ultima preste servicios en el ámbito de la Dirección de

//12.

7 “LAS ISLAS MALVINAS, GEORGIAS Y SANDWICH DEL SUR SON Y SERÁN ARGENTINAS”

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Page 79: MUNICIPALIDAD DE USHUAIA · Municipalidad de Ushuaia. USHUAIA, 27 ARR 2020. VISTO el expediente OP. N° 1448/2018, del registro de esta Municipalidad; y CONSIDERANDO: Que mediante

tProvincia de Tiena del Fuego

Antártida e Islas del Atlántico SurRepública Argentina

MUNICIPALIDAD DE USHUAIA

11/2.

Salud, Dependiente de la Subsecretaria de Políticas Sanitarias. Ello en virtud expuestas en

el exordio.

ARTÍCULO 2°.- El gasto que demande el cumplimiento del presente deberá imputarse

a las partidas presupuestario Secretaria de Políticas Sociales, Sanitarias y de Derechos

Humanos. Clasificación económica 1130000. Fondo de Prestaciones de Salud.

ARTÍCULO 3°.- Notificar al interesado con copia autenticada del presente.

ARTÍCULO 4°.- Comunicar. Dar al Boletín Oficial de la Municipalidad de Ushuaia para su

publicación. Cumplido, archivar.

7

“LAS ISLAS MALVINAS, GEORGIAS Y SANDWICH DEL SUR SONY SERÁN ARGENTINAS

Ushuaia, 30 de abril 2020 AÑO XXX – N° 70/2020 Página 77___________________________________________________________________________________________________________________________

Page 80: MUNICIPALIDAD DE USHUAIA · Municipalidad de Ushuaia. USHUAIA, 27 ARR 2020. VISTO el expediente OP. N° 1448/2018, del registro de esta Municipalidad; y CONSIDERANDO: Que mediante

CONTRAfO REGISTRADO

f’AJOELN’ ¡Provincia de Tierra de] Fuego

USHUAIA

CONTRATO DE LOCACIÓN DE

Entre la Municipalidad de Ushuaia, representada en este acto por el SrÁecrario de

Economía y Finanzas, Don Gustavo Daniel RODRÍGUEZ, D.N.l. N° 12.454.517, con

domicilio en calle Arturo Coronado N° 486, 1° piso1 de la ciudad de Ushuaia, ad-referéndum

del Sr. Intendente Municipal, en adelante LA MUNICIPALIDAD, por una parte; y por la otra

la Sra. Flavia Dahyana MORES D.N.l. N.° 34.460.745, de profesión Médica, con domicilio en

la calle Tierra de los Vientos 2523 de la ciudad de Ushuaia, en adelante LA CONTRATADA1

convienen en celebrar el presente Contrato de Locación de Servicios, de acuerdo a las

siguientescláusulas:

PRIMERA: LA MUNICIPALIDAD contrata los servicios de LA CONTRATADA a efectos de

que la misma preste servicios Profesionales en la Unidad Sanitaria Móvil y Consultorios

dependientes de este Municipio, como también en las tareas que se requieran en territorio

en la Promoción y Prevención de temas de Salud, relacionadas con su profesión,

dependiente de la Dirección de Salud — Subsecretaría de Políticas Sanitarias; Secretaría de

Políticas Sociales, Sanitarias y de Derechos Humanos, con un total de TREINTA Y CINCO

(35) horas Semanales

SEGUNDA: El presente contrato se formaliza a partir del día PRIMERO (01) de ABRIL de

2020 al TREINTA (30) de SEPTIÉMBRE de 2020.

TERCERA: Se acuerda en concepto de honorarios por la labor que se contrata la suma total

de PESOS TRESCIENTOS CATORCE MIL QUINIENTOS OCHENTA CON 001100

($314.580,00) pagaderos en dos (02) cuotas iguales mensuales y consecutivas de PESOS

CUARENTA Y NUEVE MIL DOSCIENTOS VEINTE CON 00/100 ($49.220,00) correspondiente

al período abril y mayo 2020, tres (03) cuotas iguales mensuales y consecutivas de PESOS

CINCUENTA Y TRES MIL QUINIENTOS CON 00/100 ($53.500,00) correspondiente al periodo

de junio a agosto 2020 y una (01) cuota de PESOS CINCUENTA Y CINCO MIL SEISCIENTOS

CUARENTA CON 00/100 ($55.640,00) correspondiente a septiembre 2020, cuyos pagos se

efectivizarán dentro de los DIEZ (10) días presentada la factura de cada mes vencido,

debiendo la CONTRATADA otorgar el pertinente recibo a favor de la MUNICIPALIDAD,

conforme normas vigentes, adjuntando el certificado de Situación Fiscal Regular Provincial,

certificado de Situación Fiscal Regular Municipal, de la totalidad de los bienes que posea la

CONTRATADA y de las actividades en que se encuentre inscripta vigente a la fecha prevista

/1/2.

“LAS ISLAS MALVINAS, GEORGIAS Y SANDWICH DEL SUR SON Y SERÁN ARGENTINAS”

Ushuaia, 30 de abril 2020 AÑO XXX – N° 70/2020 Página 78___________________________________________________________________________________________________________________________

Page 81: MUNICIPALIDAD DE USHUAIA · Municipalidad de Ushuaia. USHUAIA, 27 ARR 2020. VISTO el expediente OP. N° 1448/2018, del registro de esta Municipalidad; y CONSIDERANDO: Que mediante

tProvincia de Tierra del Fuego

Aniártida e Islas del Atlántico SurRepública Argentina

MUNICIPALIDAD DE USHUAIA

111.2.

de pago. Además deberá acompañar comprobante de pago correspondiente al últimovencimiento de aportes de APIP y las Pólizas de seguros por accidentes personales ymala praxis, por el periodo que dure la contratación y su correspondiente comprobante total

de pago total o mensual.

CUARTA: La celebración del presente contrato no implica ninguna relación de dependencia

y/o de empleo publico, rigiéndose en mismo por las normas de la Ordenanza MunicipalN°3693 (de Administración Pinanciera y Contrataciones ) y por el art. 1251 y concordantes

del Código Civil y Comercial, debiendo asumir LA CONTRATADA las obligaciones fiscales yprovisionales del caso por el desarrollo de su actividad.

QUINTA: El presente contrato podrá ser rescindido sin invocación de causa por ambas

partes, notificando a la otra parte con (15) días de antelación sin que genere derecho oreclamoalguno.

SEXTA: Ante cualquier divergencia que pudiera surgir en la interpelacbn y/o ejecución del

presente contrato, ambas partes se someten exclusivamente a la jurisdicción de losTribunales ordinarios de a cuidad de Ushuaia, renunciando a cualquier otro fuero ojurisdicción, constituyendo domicilio la MUNICIPALIDAD y la CONTRATADA en losindicados precedentemente, donde serán válidas todas las notificaciones extrajudiciales yjudiciales que se cursen, salvo cambio de domicilio notificando a la otra parte por un mediofehaciente.

En prueba de conformidad las partes suscriben tres (3) ejemplares de un mismo tenor y a unsolo efecto, en Ushuaia, a los SEIS (06) días del mes de abril del año dos mil veinte.

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Ushuaia, 30 de abril 2020 AÑO XXX – N° 70/2020 Página 79___________________________________________________________________________________________________________________________

Page 82: MUNICIPALIDAD DE USHUAIA · Municipalidad de Ushuaia. USHUAIA, 27 ARR 2020. VISTO el expediente OP. N° 1448/2018, del registro de esta Municipalidad; y CONSIDERANDO: Que mediante

* 743uProvincia de Tierra del Fuego

Antártida e Islas del Atlántico SurRepública Argentina

MUNICIPALIDAD DE USHUAIA

USHUAIA, 27 ARR 2020

VISTO el expediente S.D. N° 1418/2017 del registro de esta Municipalidad; y

CONSIDERANDO:

Que mediante el mismo se tramita el Contrato de Locación de servicios, celebrado en

fecha día seis (06) del Mes de abril de 2020, entre la Municipalidad de Ushuaia,

representada por el Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Don Gustavo Daniel

RODRÍGUEZ, D.N.l. N° 12.454.517 y la Licenciada en Psicología Natalia SANCHEZ D.N.l.

N° 33.494.093, a efectos de que la misma se desempeñe como Licenciada en Psicología

en la Subsecretaría de Derechos Humanos, de Prevención y Juventudes, dependiente de la

Secretaría de Políticas Sociales, Sanitarias y de Derechos Humanos.

Que dicha contratación se encuadra en lo dispuesto en el Artículo 110°, inciso d),

apartado 10) de la Ordenanza Municipal N° 3693 de Administración Financiera y

contrataciones y sus modificatorias y Anexo 1 del Decreto Municipal N° 1255/2013 y Artículo

1251 y concordantes del Código Civil y Comercial.

Que corre anexada y forma parte del presente Decreto, copia autenticada del

Contrato aludido, el cual se encuentra registrado bajo el N° 15345, correspondiendo su

aprobación.

Que el suscripto se encuentra facultado para el dictado del presente acto

administrativo de acuerdo a lo establecido en el artículo 152 incisos 1) y 32) , de la Carta

Orgánica Municipal de la ciudad de Ushuaia.

Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE USHUAIA

DECRETA

ARTÍCULO 1°.- Aprobar en todos sus términos el Contrato de Locación de Servicios

registrado bajo el N° 15345 cuya copia autenticada se adjunta y forma parte del presente,

celebrado en fecha día seis (06) del Mes de abril de 2020 entre la Municipalidad de Ushuaia,

representada por el Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Don Gustavo Daniel

/6bDRÍGUEZ, D.N.l. N° 12.454.517 y la Licenciada en Psicología Natalia SANCHEZ D.N.l.

N° 33.494.093, a fin de que esta ultima preste servicios en el ámbito de la

/1/2.

1“LAS ISLAS MALVINAS, GEORGIAS Y SANDWICH DEL SUR SON Y SERÁN ARGENTINAS

Ushuaia, 30 de abril 2020 AÑO XXX – N° 70/2020 Página 80___________________________________________________________________________________________________________________________

Page 83: MUNICIPALIDAD DE USHUAIA · Municipalidad de Ushuaia. USHUAIA, 27 ARR 2020. VISTO el expediente OP. N° 1448/2018, del registro de esta Municipalidad; y CONSIDERANDO: Que mediante

tProvincia de Tierra del Fuego

Antártida e Islas del Atlántico SurRepública Argentina

MUNICIPALIDAD DE USHUAIA

11/2.

Subsecretaría de Derechos Humanos, de Prevención y Juventudes, dependiente de la

Secretaría de Políticas Sociales, Sanitarias y de Derechos Humanos. Ello en virtud

expuestas en el exordio.

ARTÍCULO 2°.- El gasto que demande el cumplimiento del presente deberá imputarse

a las partidas presupuestario Secretaria de Políticas Sociales, Sanitarias y de Derechos

Humanos. Clasificación económica 1130000. Fondo de Prestaciones de Salud.

ARTÍCULO 3°.- Notificar al interesado con copia autenticada del presente.

ARTÍCULO 4°.- Comunicar. Dar al Boletín Oficial de la Municipalidad de Ushuaia para su

publicación. Cumplido, archivar.

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743

‘tAS ISLAS MALVINAS, GEORGIAS Y SANDWICH DEL SUR SONY SERÁN ARGENTINAS”

Ushuaia, 30 de abril 2020 AÑO XXX – N° 70/2020 Página 81___________________________________________________________________________________________________________________________

Page 84: MUNICIPALIDAD DE USHUAIA · Municipalidad de Ushuaia. USHUAIA, 27 ARR 2020. VISTO el expediente OP. N° 1448/2018, del registro de esta Municipalidad; y CONSIDERANDO: Que mediante

Provincia de Tierra del FuegoLc. Marcoi7

Antártida e Islas del Atlántico SurCoord. de Asiir%j\\i

República ArgentinaSecretaria Leq

MUNICIPAlIDAD DE USHUAIAMuncpa?idaj HA

CONTRATO DE LOCACIÓN DE SERVICIOS

Entre la Municipalidad de Ushuaia, representada en este acto por el Sr. Secretario de

Economía y Finanzas, Don Gustavo Daniel RODRÍGUEZ, D.N.l. N° 12.454.517, con

domicilio en calle Arturo Coronado N°486, 1° piso, de la ciudad de Ushuaia, ad-referéndum

del Sr. Intendente Municipal, en adelante LA MUNICIPALIDAD, por una parte; y por la otra

la Sra. Natalia SANCHEZ D.N.l. N° 33.494093, de profesión Licenciada en Psicología, con

domicilio en Soldado Águila 2493 de la ciudad de Ushuaia, en adelante LA CONTRATADA,

convienen en celebrar el presente Contrato de Locacíón de Servicios, de acuerdo a las

siguientes cláusulas:

PRIMERA: LA MUNICIPALIDAD contrata los servicios de LA CONTRATADA a efectos de

que la misma se desempeñe como Licenciada en Psicología en la Subsecretaría de

Derechos Humanos, de Prevención y Juventudes, dependiente de la Secretaría de Políticas

Sociales, Sanitarias y de Derechos Humanos, con un total de TREINTA Y CINCO (35)horas

Semanales —

SEGUNDA: El presente contrato se formaliza a partir del día PRIMERO (01) de ABRIL

de 2020 al TREINTA (30) de SEPTIEMBRE de 2020.

TERCERA: Se acuerda en concepto de honorarios por la labor que se contrata la suma total

de PESOS DOSCIENTOS NOVENTA MIL CIENTO NOVENTA Y SEIS CON 00/100

($290.196,00) pagaderos en dos (02) cuotas iguales, mensuales y consecutivas de PESOS

CUARENTA Y CINCO MIL CUATROCIENTOS CINCO CON 00/100 ($45.405,00)

correspondiente al período abril y mayo 2020, tres (03) cuotas iguales, mensuales y

consecutivas de PESOS CUARENTA Y UN NUEVE MIL TRESCIENTOS CINCUENTA Y TRES

CON 00/100 ($49.353,00) correspondiente al período junio a agosto 2020 y una (01) cuota de

PESOS CINCUENTA Y UN MIL TRESCIENTOS VEINTISIETE CON 00/100 ($ 51.327,00)

correspondiente a septiembre 2020, cuyos pagos se efectivizarán dentro de los DIEZ (10)

días presentada la factura de cada mes vencido, debiendo la CONTRATADA otorgar el

pertinente recibo a favor de la MUNICIPALIDAD, conforme normas vigentes, adjuntando el

certificado de Situación Fiscal Regular Provincial, certificado de Situación Fiscal Regular

Municipal, de la totalidad de los bienes que posea la CONTRATADA y de las actividades en

que se encuentre inscripta vigente a la fecha prevista de pago. Además deberá

acompañar comprobante de pago correspondiente al último vencimiento de aportes de

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tASI HJAIA,

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(7 LAS ISLAS MALVINAS, GEORGIAS Y SANDWICH DEL SUR SONY SERÁN ARGENTINAS’

Ushuaia, 30 de abril 2020 AÑO XXX – N° 70/2020 Página 82___________________________________________________________________________________________________________________________

Page 85: MUNICIPALIDAD DE USHUAIA · Municipalidad de Ushuaia. USHUAIA, 27 ARR 2020. VISTO el expediente OP. N° 1448/2018, del registro de esta Municipalidad; y CONSIDERANDO: Que mediante

tProvincia de Tierra del Fuego

Antártida e Islas del Atlántico SurRepública Argentina

MUNICIPALIDAD DE USHUAIA

[Jo. Marc•. s Me:yc:r

ir:!crJu,çi íI’tJs”:

111.2.

AFIP y las Pólizas de seguros por accidentes personales y mala praxis, por el periodo quedure la contratación y su correspondiente comprobante total de pago total omensuaL

CUARTA: La celebración del presente contrato no implica ninguna relación de dependenciay/o de empleo publico, rigiéndose en mismo por las normas de la Ordenanza MunicipalN°3693 (de Administración Financiera y Contrataciones ) y por el art. 1251 y concordantesdel Código Civil y Comercial, debiendo asumir LA CONTRATADA las obligaciones fiscales yprovisionales del caso por el desarrollo de su actividad.

QUINTA: El presente contrato podrá ser rescindido sin invocación de causa por ambaspartes, notificando a la otra parte con (15) días de antelación sin que genere derecho oreclamo alguno.

SEXTA: Ante cualquier divergencia que pudiera surgir en la interpelacbn y/o ejecución delpresente contrato, ambas partes se someten exclusivamente a la jurisdicción de losTribunales ordinarios de a cuidad de Ushuaia, renunciando a cualquier otro fuero ojurisdicción, constituyendo domicilio la MUNICIPALIDAD y la CONTRATADA en losindicados precedentemente, donde serán validas todas las notificaciones extrajudiciales yjudiciales que se cursen, salvo cambio de domicilio notificando a la otra parte por un mediofehaciente.

En prueba de conformidad las partes suscriben tres (3) ejemplares de un mismo tenor y a unsolo efecto, en Ushuaia, a los SEIS (06) días del mes de abril del año dos mil veinte.

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BAJO EL N”

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USHUAIA, 16 ARR 2020

“L. 5 ISLAS MALVINAS, GEORGIAS Y SANDWICH DEL SUR SON Y SERÁN ARGENTINAS”

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Ushuaia, 30 de abril 2020 AÑO XXX – N° 70/2020 Página 83___________________________________________________________________________________________________________________________

Page 86: MUNICIPALIDAD DE USHUAIA · Municipalidad de Ushuaia. USHUAIA, 27 ARR 2020. VISTO el expediente OP. N° 1448/2018, del registro de esta Municipalidad; y CONSIDERANDO: Que mediante

tProvincia de Tierra del Fuego

Antártida e Islas del Atlántico SurRepública Argentina

MUNICIPALIDAD DE USHUAIA

USHUAIA, 27 ARR 2020

VISTO el expediente S.D. N° 9885/2019 deI registro de esta Municipalidad; y

CONSIDERANDO:

Que mediante el mismo se tramita el Contrato de Locación de servicios, celebrado en

fecha día seis (06) deI Mes de abril de 2020, entre la Municipalidad de Ushuaia,

representada por el Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Don Gustavo Daniel

RODRÍGUEZ, D.N.l. N° 12.454.517 y Sr. Gonzalo Javier SILVA MOLINA, D.N.l.

N°35.885.059, a efectos de que el mismo se desempeñe como chofer, prestando servicios

en la Dirección de Zoonosis, Subsecretaría de Políticas Sanitarias - Secretaría de Políticas

Sociales, Sanitarias y de Derechos Humanos.

Que dicha contratación se encuadra en lo dispuesto en el Artículo 110°, inciso d),

apartado 10) de la Ordenanza Municipal N° 3693 de Administración Financiera y

contrataciones y sus modificatorias y Anexo 1 del Decreto Municipal N° 1255/2013 y Artículo

1251 y concordantes del Código Civil y Comercial.

Que corre anexada y forma parte del presente Decreto, copia autenticada del

Contrato aludido, el cual se encuentra registrado bajo el Nd correspondiendo su

aprobación.

Que el suscripto se encuentra facultado para el dictado del presente acto

administrativo de acuerdo a lo establecido en el artículo 152 incisos 1) y 32) , de la Carta

Orgánica Municipal de la ciudad de Ushuaia.

Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE USHUAIA

D EC R ETA

ARTÍCULO 1°.- Aprobar en todos sus términos el Contrato de Locación de Servicios

registrado bajo el Nol %uya copia autenticada se adjunta y forma parte del presente,

celebrado en fecha día seis (06) del Mes de abril de 2020 entre la Municipalidad de

uaia, representada por el Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Don Gustavo Daniel

RODRÍGUEZ, D.N.l. N° 12.454.517 y Sr. Gonzalo Javier SILVA MOLINA, D.N.l.

N°35.885.059, a fin de que este Ultimo preste servicios en el ámbito de la Dirección de

¿“LAS ISLAS MALVINAS, GEORGIAS Y SANDWICH DEL SUR SON Y SERÁN ARGENTINAS”

Ushuaia, 30 de abril 2020 AÑO XXX – N° 70/2020 Página 84___________________________________________________________________________________________________________________________

Page 87: MUNICIPALIDAD DE USHUAIA · Municipalidad de Ushuaia. USHUAIA, 27 ARR 2020. VISTO el expediente OP. N° 1448/2018, del registro de esta Municipalidad; y CONSIDERANDO: Que mediante

tProvincia de Tierra del Fuego

Antártida e Islas del Atlántico SurRepública Argentina

MUNICIPALIDAD DE USHUAIA

1112.

Zoonosis, Dependiente de la Subsecretaria de Políticas Sanitarias. Ello en virtud expuestas

en el exordio.

ARTÍCULO 2°.- El gasto que demande el cumplimiento del presente deberá imputarse

a las partidas presupuestario Secretaria de Políticas Sociales, Sanitarias y de Derechos

Humanos. Clasificación económica il30000. Fondo de Prestaciones de Salud.

ARTÍCULO 3°.- Notificar al interesado con copia autenticada del presente.

ARTÍCULO 4°.- Comunicar. Dar a] Boletín Oficial de la Municipalidad de Ushuaia para su

publicación. Cumplido, archivar.

74./

a

“LAS ISLAS MALVINAS. GEORGIAS Y SANDWICH DEL SUR SON Y SERÁN ARGENTINAS”

Ushuaia, 30 de abril 2020 AÑO XXX – N° 70/2020 Página 85___________________________________________________________________________________________________________________________

Page 88: MUNICIPALIDAD DE USHUAIA · Municipalidad de Ushuaia. USHUAIA, 27 ARR 2020. VISTO el expediente OP. N° 1448/2018, del registro de esta Municipalidad; y CONSIDERANDO: Que mediante

CONTRATO REC3)SIRAUU

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Provincia de Tierra del Fuego 1 -

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ArnánifldeAUático Sur AsuflS T USHUAIA,

MUNICIPALIDAD DE USHUAIA .J1 César M1tuin

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CONTRATO DE LOCACION DE SERVICIOS

Entre la Municipalidad de Ushuaia, representada en este acto por el Sr. Secretario de

Economía y Finanzas, Don Gustavo Daniel RODRÍGUEZ, D.N.I. N° 12.454.517 con

domicilio en calle Arturo Coronado N° 486, 1° piso, de la ciudad de Ushuaia, ad-referéndum

del Sr. Intendente Municipal, en adelante LA MUNICIPALIDAD, por una parte; y por la otra

el Sr. Gonzalo Javier SILVA MOLINA, D.N.l. N°35.885.059, chófer, con domicilio en Ruiz

Galán 562 de la ciudad de Ushuaia. en adelante EL CONTRATADO, convienen en celebrar

el presente Contrato de Locación de Servicios, de acuerdo a las siguientes

cláusulas: —----

PRIMERA: LA MUNICIPALIDAD contrata los servicios de EL CONTRATADO a efectos de

que el mismo se desempeñe como chófer prestando servicios en la Dirección de Zoonosis,

Subsecretaría de Políticas Sanitarias - Secretaría de Políticas Sociales, Sanitarias y de

DDHH. con un total de TREINTA Y CINCO (35) horas Semanales.

SEGUNDA: El presente contrato se formaliza a partir del día PRIMERO (01) de ABRIL de

2020 al TREINTA (30) de SEPTIEMBRE de 2020

TERCERA: Se acuerda en concepto de honorarios por la labor que se contrata la suma total

de PESOS DOSCIENTOS CUARENTA Y UN MIL OCHOCIENTOS TREINTA Y TRES CON

00/100 ($241.833,00) pagaderos en dos (02) cuotas iguales, mensuales y consecutivas de

PESOS TREINTA Y SIETE MIL OCHOCIENTOS TREINTA Y OCHO CON 00/100 ($37.838,00)

correspondiente al período abril y mayo 2020, tres (03) cuotas iguales, mensuales y

consecutivas de PESOS CUARENTA Y UN MIL CIENTO VEINTIOCHO CON 00/100

($41.128,00) correspondiente al período junio a agosto 2020 y una (01) cuota de PESOS

CUARENTA Y DOS MIL SETECIENTOS SETENTA Y TRES CON 00/100 (S 42.773,00)

correspondiente a septiembre 2020, cuyos pagos se efectivizarán dentro de los DIEZ (10)

días presentada la factura de cada mes vencido, debiendo el CONTRATADO otorgar el

pertinente recibo a favor de la MUNICIPALIDAD, conforme normas vigentes, adjuntando el

certificado de Situación riscal Regular Provincial, certificado de Situación Fiscal Regular

Municipal, de la totalidad de los bienes que posea el CONTRATADO y de las actividades en

que se encuentre inscripto vigente a la fecha prevista de pago. Además deberá acompañar

comprobante de pago correspondiente al último vencimiento de aportes de AFIP y la Póliza

de seguros por accidentes personales, por el periodo que dure a contratación y su

1/1.2.

“I.AS ISLAS MALVINAS, GEORGIAS Y SANDWICH DEL SUR SON Y SERÁN ARGENTINAS

Ushuaia, 30 de abril 2020 AÑO XXX – N° 70/2020 Página 86___________________________________________________________________________________________________________________________

Page 89: MUNICIPALIDAD DE USHUAIA · Municipalidad de Ushuaia. USHUAIA, 27 ARR 2020. VISTO el expediente OP. N° 1448/2018, del registro de esta Municipalidad; y CONSIDERANDO: Que mediante

BAJO EL N°_Z_4Z 7

USHUAIA,

Cóc:r

111.2.

_______—.

correspondiente comprobante total de pago total o mensual.

CUARTA: La celebración del presente contrato no implica ninguna relación de dependenciay/o de empleo público, rigiéndose en mismo por las normas de la Ordenanza MunicipalN°3693 (de Administración Financiera y Contrataciones ) y por el art. 1251 y concordantesdel Código Civil y Comercial, debiendo asumir El CONTRATADO las obligaciones fiscales yprovisionales del caso por el desarrollo de su actividad.

QUINTA: El presente contrato podrá ser rescindido sin invocación de causa por ambaspartes, notificando a la otra parte con (15) días de antelación sin que genere derecho oreclamo alguno.

SEXTA: Ante cualquier divergencia que pudiera surgir en la interpelación y/o ejecución delpresente contrato, ambas partes se someten exclusivamente a la lurisdicción de losTribunales ordinarios de a ciudad de Ushuaia, renunciando a cualquier otro fuero ojurisdicción, constituyendo domicilio la MUNICIPALIDAD y el CONTRATADO en losindicados precedentemente, donde serán válidas todas las notificaciones extrajudiciales yjudiciales que se cursen, salvo cambio de domicilio notificando a la otra parte por un mediofehaciente.

En prueba de conformidad las partes suscriben tres (3) ejemplares de un mismo tenor y a unsolo efecto, en Ushuaia, a los SEIS (06) días del mes de abril del año dos mil veinte.

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tProvincia de’rierra del Fuego

Antártida e Islas del Atlántico SurRepública Argentina

MUNICIPALIDAD DE USHUAIA

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“LAS ISLAS MALVINAS, GEORGIAS Y SANDWICH DEL SLR SON Y SERÁN ARGENTINAS’

Ushuaia, 30 de abril 2020 AÑO XXX – N° 70/2020 Página 87___________________________________________________________________________________________________________________________

Page 90: MUNICIPALIDAD DE USHUAIA · Municipalidad de Ushuaia. USHUAIA, 27 ARR 2020. VISTO el expediente OP. N° 1448/2018, del registro de esta Municipalidad; y CONSIDERANDO: Que mediante

745

Pro’.incla de llera del FuegoAntartica e Islas del Nlantico Sur

República ArgentinaMUNICIPALIDAD DE USHUAIA

USHUAIA, 27 ABR 2020VISTO el expedienteN° SD/559312016, del registro de esta Municipalidad; y

CONSIDERANDO:

Que el mismo tramita el Contrato de Locación de Servicios celebrado el día catorce (14) de

febrero del año 2020, entre la Municipalidad de Ushuaia, representada por el señor Secretario de

Economía y Finanzas, Lic. Gustavo Daniel RODRIGUEZ, D.N.l. N° 12.454.517 y el señor Eduardo

Gabriel MATEU BOERI, D.N.l, N° M 4.545.705, a efectos de que el mismo preste servicios

realizando tareas relacionadas a las capacitaciones gastronómicas en las diferentes actividades

programadas en el ámbito de la Subsecretaria de Economía Social dependiente de la Secretatia

de Políticas Sociales, Sanitarias y de Derechos Humanos, con un total de 35 horas semanales.

Que dicha contratación se encuadra en el articulo 110, inciso d), apartado 1), de la

Ordenanza Municipal N° 3693, Anexo 1 del Decreto Municipal N° 1255/2013 y articulo 1251 y

concordantes del Código Civil y Comercial.

Que corre anexada y forma parte integrante de presente Decreto, copia autenticada del

Contrato registrado bajo el N° 15246, correspondiendo su aprobación.

Que el suscripto se encuentra facultado para el dictado del presente instrumento legal,

conforme a lo establecido en el articulo 152, incisos 1) y 32) de la Carta Orgánica Municipal de la

ciudad de Ushuaia.

Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE USHUAIA

DECRETA

ARTiCULO 1°.- Aprobar el Contrato de Locación de Servicios registrado bajo el N° 15246, cuya

copia autenticada se adjunta y forma parte del presente, celebrado el día catorce (14) de febrero del

año 2020, entre la Municipalidad de Ushuaia, representada por el señor Secretario de Economía y

Fjpanzas, Lic. Gustavo Daniel RODRIGUEZ, D.N.l. N° 12454.517 y el señor Eduardo Gabriel

,A(fATEU BOERI, D.N.l. N° M 4.545.705. ElIo por los motivos expuestos en el exordio.

7 ARTÍCULO 2°.- Notificar a la parte interesada con copia autenticada del presente.

5,’ ARTICULO 3°.- Imputar el presente con cargo al titular presupuestario: Secretaria de Politicas

4 /11.2.

tAS ISLAS MALVINAS, GEORGIAS Y SANDWICH DEL SUR. SON Y SERÁN ARGENTINAS”

Ushuaia, 30 de abril 2020 AÑO XXX – N° 70/2020 Página 88___________________________________________________________________________________________________________________________

Page 91: MUNICIPALIDAD DE USHUAIA · Municipalidad de Ushuaia. USHUAIA, 27 ARR 2020. VISTO el expediente OP. N° 1448/2018, del registro de esta Municipalidad; y CONSIDERANDO: Que mediante

Pro’lncia de Tierra del FuegoAnLártica e Islas del Atlántico Sur

República ArgentinaMUNICIPALIDAD DE USHUAIA

/11.2.

Sociales, Sanitarias y de Derechos humanos, clasificación económica 1130000.

ARTÍCULO 4°.- Comunicar. Dar copia al Boletin Oficial de la Municipalidad de Ushuaia para su

publicación. Cumplido, archivar.

de J5ng

tAS ISLAS MALVINAS, GEORGIAS Y SANDWICH DflL SUR, S4 Y SERM4 ARGENTINAS”

Ushuaia, 30 de abril 2020 AÑO XXX – N° 70/2020 Página 89___________________________________________________________________________________________________________________________

Page 92: MUNICIPALIDAD DE USHUAIA · Municipalidad de Ushuaia. USHUAIA, 27 ARR 2020. VISTO el expediente OP. N° 1448/2018, del registro de esta Municipalidad; y CONSIDERANDO: Que mediante

CC )N HATO REGISTRACO

bBAJO EL N”_______________

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Provincia (le Tierra del Fuego,Antártida e Islas del Atlántico Sur

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República Wgenlina J.• - dl

MUNICIPALIDAD DE USHUAIA ÇSE. Y F.

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CONTRATO DE LOCACIÓN DE SERVICIOS

-- -Entre la Municipalidad de Ushuaia, representada en este acto por el señor

Secretario de Economía y Finanzas, Lic. Gustavo Daniel RODRIGUEZ, D,N.l. N°

12.454.517, con domicilio en la calle Arturo Coronado N°486, 1° Piso, de la ciudad de

Ushuaia, ad-referéndum del Sr Intendente Municipal, en adelante LA

MUNICIPALIDAD, por una parte; y por la otra el señor Eduardo Gabri& MATEU

BOERI, D.N.I. N° M 4.545.705, con domicilio en la calle Kayen N° 324, de la ciudad

de Ushuaia, en adelante llamado EL CONTRATADO, convienen en celebrar el

presente Contrato de Locación de Servicios, de acuerdo a las siguientes

cláusulas:———----——-—-----—-—--—-----—--------—--—----—--—----—--—

PRIMERA: LA MUNICIPALIDAD contrata los servicios de EL CONTRATADO a

efectos de que el mismo preste servicios realizando tareas relacionadas a las

capacitaciones gastronómicas en las diferentes actividades programadas en el

ámbito de la Subsecretaría de Economía Social, dependiente de la Secretaría de

Políticas Sociales Sanitarias y de Derechos Humanos, con un total de 35 horas

semanales.——-—----——------—-———-—-— —-—-—-—--—-----— —--—

SEGUNDA: El presente contrato se formaliza por el periodo comprendido entre el

PRIMERO (01) de abril de 2020 al TREINTA (30) de septiembre de 2020,

inclusive. — — —

TERCERA: Se acuerda en concepto de honorarios por la labor que se contrata la

suma total de PESOS CIENTO CINCUENTA MIL CON CERO CENTAVOS

($ 150.000,00), pagaderos en seis (06) cuotas de acuerdo al siguiente detalle:

SEIS (06) cuotas iguales, mensuales y consecutivas de PESOS VEINTICINCO MIL

CON CERO CENTAVOS ($25.000,00) cada una, cuyo pago se efectivizará dell0 al

15° día de cada mes vencido, debiendo EL CONTRATADO otorgar el pertinente

recibo o factura a favor de LA MUNICIPALIDAD, adjuntando Certificado de

*\uación Regular emitido por la Agencia de Recaudación Fueguina, Certificado de

111.2

Ltc. Mo\ MeyetCoord deAsb,Jntci Teçnicc,..Secretaria L4gal TécnicaMuricj

‘Las Islas Malvinas. Geergias y Sándwich del Sur, son y serán Argentinas’

Ushuaia, 30 de abril 2020 AÑO XXX – N° 70/2020 Página 90___________________________________________________________________________________________________________________________

Page 93: MUNICIPALIDAD DE USHUAIA · Municipalidad de Ushuaia. USHUAIA, 27 ARR 2020. VISTO el expediente OP. N° 1448/2018, del registro de esta Municipalidad; y CONSIDERANDO: Que mediante

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Situación Fiscal Regular emitido por la Dirección General de Rentas Municipal,Comprobante de pago de aportes de AFIP, correspondiente al período facturado yúltimo recibo de pago del seguro por accidentes personales, el cual deberá cubrir elperíodo que dure el contrato, debiendo adjuntar copia de lapóhza.

CUARTA: La celebración del presente contrato no implica ninguna relación dedependencia y/o empleo público, rigiéndose el mismo por las normas de laOrdenanza Municipal N° 3693 (de Administración Financiera y Contrataciones), porel art. 1251 y concordantes del Código Civil y Comercial, debiendo asumir ELCONTRATADO las obligaciones fiscales y previsionales del caso por & desarrollo desu acthidad.

QUINTA: El presente contrato podrá ser rescindido por ambas partes en cualquiermomento de su vigencia, previa comunicación fehaciente cursada a la contrapartecon quince (15) días corridos de antelación, sin necesidad de expresión de causa,sin que ello genere derecho a reclamar indemnización, daño, ni perjuicio alguno.SEXTA: Ante cualquier divergencia que pudiera surgir en la interpretación y/oejecución del presente contrato, ambas partes se someten exclusivamente a lajurisdicción de los Tribunales ordinarios de la ciudad de Ushuaia, renunciando acualquier otro fuero o jurisdicción, constituyendo domicilio LA MUNICIPALIDAD y ELCONTRATADO en los indicados en el encabezamiento, donde serán válidas todaslas notificaciones extrajudiciales y judiciales que se cursen, salvo cambio dedomicilio notificando a la otra parte por un medio fehaciente.-

- -En prueba de conformidad las partes suscriben tres (3) ejemplares de un mismotenor y a un solo efecto, en la ciudad de Ushuaia, Provincia de Tierra del Fuego,Antártida e Islas del Atlántico Sur, a los CATORCE (14) días del mes de febrero del

o dos mil veinte.--——--—

•.--—-----—--—----—---—-—--— —..

Z.i-l;715

IVUipLftj de V;u:‘Las Islas Malvinas, Georgias y Sandwich del Sur, son y serán Argentinas’

Ushuaia, 30 de abril 2020 AÑO XXX – N° 70/2020 Página 91___________________________________________________________________________________________________________________________

Page 94: MUNICIPALIDAD DE USHUAIA · Municipalidad de Ushuaia. USHUAIA, 27 ARR 2020. VISTO el expediente OP. N° 1448/2018, del registro de esta Municipalidad; y CONSIDERANDO: Que mediante

Provincia de Tierra del FuegoAntártida e Islas del Atlántico Sur

República ArgentinaMuniciparidad de Ushuaia

USHUAIA, 27 ARR 2028

746

VISTO el expediente C.G. N° 13277/2019 del registro de esta Municipalidad; y

CONSIDERANDO:

Que mediante el mismo tramita la licencia sin goce de salario por ejercicio

transitorio de otro cargo de la empleada municipal de la Planta de Personal Permanente

Eliana Soledad GOMEZ, D.N.l. N° 33.841.866, Legajo N° 3320, con motivo de haber sido

designada como “Personal de Gabinete de la Planta Temporaria” en el poder Legislativo

de la Provincia de Tierra del Fuego A. e 1. A. 5., a partir del día diecisiete (17) de

diciembre deI 2019, conforme Disposición L.P. N°05/2019.

Que dicha lícencia se encuentra establecida en el articulo 35.2 inciso a)

del Convenio Municipal de Empleo.

Que según consta a fs. 11 la empleada citada no se encuentra bajo

instrucción sumaria.

cumplimentado.

Que a fs. 15 obra formulario de libre de deuda debidamente

‘7/

Que en consecuencia corresponde otorgar a la nombrada licencia sin goce

de salario por ejercicio transitorio de otro cargo, a partir del día diecisiete (17) de

diciembre del 2019 y mientras se desempeñe en el cargo enunciado.

Que el suscripto se encuentra facultado para el dictado del presente acto

administrativo, en virtud de lo establecido en los artículos 152 incisos 1 y 5) de la Carta

Orgánica Municipal de la ciudad de Ushuaia.

Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE USHUAIA

D EC RETA

ARTÍCULO 1°.- Conceder licencia sin goce de salario por ejercicio transitorio de otro

cargo a la empleada municipal de la Planta de Personal Permanente Eliana Soledad

GOMEZ, D.N.I. N° 33.841.866, Legajo N° 3320, a partir del día diecisiete (17) de

diciembre deI 2019 y mientras se desempeñe como “Personal de Gabinete de la Planta

Temporaria” en el poder Legislativo de la Provincia de Tierra del Fuego A. e 1. A. 5. Ello,

por los motivos expuestos er el exordio.

ARTÍCULO 2°.- Notificar a ‘a interesada, a la Dirección de Haberes y a la Dirección de

/I/.2.

‘Las Islas Malvinas, Georgias y Sandwich del Sur sony serán Argentinas’

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Provincia de Tierra del FuegoAntártida e Islas del Atlántico Sur

República ArgentinaMunicipalidad de Ushuaia

/11.2.

Bienestar de Personal, con copia autenticada del presente.

ARTÍCULO 3°.- Comunicar. Dar el Boletín Oficial de la Municipalidad de Ushuaia.

Cumplido, archivar.

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Provincia de Tierra del FuegoAntártida e Islas del Atlántico Sur

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USHUAIA, 27 ARR 2020

VISTO el expediente C.G. N°3617/2016 deI registro de esta Municipalidad; y

CO NSl DE RAN DO:

Que mediante el mismo tramita la licencia sin goce de salado por ejercicio

transitorio de otro cargo del empleado municipal Guillermo WORMAN, D.N.I. N°

21.656.643, Legajo N° 2053, con motivo de haber sido designado como Presidente de la

Dirección Provincial de Obras y Servicios Sanitarios de la Provincia de Tierra del Fuego,

concedida por el Decreto Municipal N° 957/2016, a partir del día diecisiete (17) de

diciembre del 2015, y mientras se desempeñe en el cargo enunciado.

Que mediante Decreto Provincial N° 4265/2019, se deja sin efecto la

designación del Sr. WORMAN, a partir del día nueve (9) de diciembre de 2019, debiendo

el mismo reincorporarse a sus funciones.

Que a fs. 20 ha tomado intervención el Subsecretario de Seguridad de

Urbana, informando que el nombrado cumplimentará tareas administrativas y operativas

vinculadas con la educación y seguridad vial en la Subsecretaria a su cargo, de lunes a

viernes de 08:00 a 15:00 hs.

Que en consecuencia corresponde dejar sin efecto el Decreto Municipal N°

957/2016 a partir del día nueve (9) de diciembre del 2019 y posteriormente proceder a la

reincorporación del empleado citado precedentemente.

Que el suscripto se encuentra facultado para el dictado del presente acto

administrativo, en virtud de lo establecido en el artículo 152 incisos 1) y 5) de la Carta

Orgánica Municipal de la ciudad de Ushuaia.

Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE USHUAIA

D EC RETA

ARTÍCULO 1°.- Dejar sin efecto a partir del día nueve (9) de diciembre deI 2019, la

licencia sin goce de salario por ejercicio transitorio de otro cargo del empleado municipal

de la Planta de Personal Permanente, Guillermo WORMAN, D.N.l. N°21.656.643, Legajo

N° 2053, concedida por Decreto Municipal N° 957/2016. Ello, por los motivos expuestos

en el exordio.

ARTiCULO 2°.- Autorizar la reincorporación, a partir del día nueve (9) de diciembre del

2019, deI empleado Municipal de la Planta de Personal Permanente, Guillermo

111.2

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/11.2.

WORMAN, D.N.l. N° 21.656.643, Legajo N° 2053, quien cumplirá tareas administrativas

y cooperativas vinculadas con educación y seguridad vial en la Subsecretaria de

Seguridad Urbana dependiente de la Secretaría de Gobierno, de lunes a viernes de 08:00

a 15:00 horas. Ello, de acuerdo a lo expresado en los considerandos.

ARTICULO 3°.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente con cargo al

titular presupuestario — Secretaría de Gobierno — U.G.C. SG 0480 U.G.G 2040 —

inciso 0 1 0.

ARTÍCULO 4°.- Notificar al interesado, a la Dirección de Bienestar de Personal y a la

Dirección de Haberes con copia autenticada del presente.

ARTICULO 5°.- Comunicar. Dar al Boletín Oficial de la Municipalidad de Ushuaia.

Cumplido, archivar.

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USHUAIA, 27 ABR 2Q20VISTO la Ordenanza Municipal N° 4976 y sus modificatorias y el Decreto Municipal

N°180/2016 y sus modificatorios, y;

CONSIDERANDO:

Que a través de la Ordenanza Municipal N° 4976, se aprobó la estructura de

Gabinete Municipal de las Secretarias con sus misiones y funciones, aprobando en su Anexo

VIII las de la Secretaría de Políticas Sociales, Sanitarias y de Derechos Humanos.-

Que a través del Decreto Municipal 180/2016 se procedió a la aprobación de la

Estructura Orgánica de Nivel Directivo, de las órbitas de las diferentes Secretarías que

componen el Gabinete Municipal.-

Que es decisión de este Departamento Ejecutivo Municipal el fortalecer el área de

salud del municipio.

Que se entiende necesario a tal efecto crear la Dirección de Sanidad, aprobando a

través del presente las correspondientes misiones y funciones, la cual formará parte del

Decreto Municipal N° 180/2016 como punto g) del anexo ViII.-

Que el suscripto se encuentra facultado para el dictado del presente acto

administrativo, de acuerdo a lo establecido en el artículo 152, incisos 1) y 32) de la Carta

Orgánica Municipal de la ciudad de Ushuaia.

Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE USHUAIA

DECRETA

ARTICULO 1°.- Crear en el ámbito de la Secretaría de Políticas Sociales, Sanitarias y de

Derechos Humanos la Dirección de Sanidad, la cual será incorporada como punto g) del

Anexo VIII del Decreto Municipal N° 180/2016. Ello conforme lo establecido en el exordio.-

ARTICULO 2°.- Aprobar las misiones y funciones de la Dirección de Sanidad, que como

anexo 1 forman parte del presente.-

ARTICULO 3°.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente a las Partidas

Presupuestarias correspondientes.

ARTÍCULO 40• Comunicar. Dar copia al Boletín

umpIido, archivar.-

del Sur son

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ANEXO 1 DECRETO MUNICIPAL N° 748 ¡2020

Punto g) del Anexo VIII del Decreto Municipal N° 18012016

g) DIRECCIÓN DE SANIDAD.

DE SU ORGANIZACIÓN: La Dirección de Sanidad dependerá de la Subsecretaria dePolíticas Sanitarias de la Secretaria de Políticas Sociales, Sanitarias y de Derechos

Humanos, estará a cargo de un director, y tendrá las siguientes misiones y funciones:

MISION:

La dirección de sanidad tendrá como objetivo acompañar el proceso salud-enfermedad de la

comunidad de Ushuaia, desde la promoción y prevención de la salud, transitando las

actividades inherentes al primer nivel de atención, articulando espacios de trabajo con el

ministerio de Salud de la Provincia, Ministerio de Salud de la Nación, y las diferentes áreas

de la municipalidad de Ushuaia.

FUNCIONES:

1.- Planificar actividades de Promoción y/o Prevención de la salud en forma periódica, ysegún los lineamientos políticos sanitarios determinados por el DEPARTAMENTO

EJECUTIVO MUNICIPAL.

2.- Organizar las tareas sanitarias determinadas por el o la titular de la Secretaría y o de

la Subsecretaria de Políticas Sanitarias.-

3.- Favorecer el desarrollo del Primer Nivel de atención en el ámbito Municipal

4.- Planificar y coordinar actividades sanitarias referentes a los programas y/o planes de

salud del Plan federal de Salud, junto al Ministerio de Salud de la provincia y/o al Ministerio

de Salud de la Nación.

5.- Fomentar el trabajo interdisciplinario dentro del equipo sanitario de la Subsecretaría,

como con otras áreas de la municipalidad.

6.- Supervisar el trabajo del equipo de salud municipal, generando propuestas para

continuar o modificar líneas de trabajo o proceso de trabajo en los diferentes espacios que

ocupa la subsecretaria

7..., Mantener y mejorar siempre la calidad laboral de la dirección, mediante el estimulo

capacitación continua de todos los integrantes del equipo.

8.- Planificar y evaluar permanentemente el desarrollo de actividades de la Dirección.

///2

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9.- Elevar el proyecto de presupuesto anual de la Dirección a la superioridad.

Controlar, coordinar y evaluar el desempeño del personal a su cargo.

Llevar el inventario de bienes oatrJalide la Dirección.

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ÍNDICE

Ítem Página DECRETO MUNICIPAL N° 729/2020.- Aprueba Acta de Redeterminación de Precios 15365, alcantarillado Bahía Encerrada.

1

DECRETO MUNICIPAL N° 730/2020.- Aprueba Acta de Redeterminación de Precios 15366, refacción de playón Barrio Libertador.

16

DECRETO MUNICIPAL N° 731/2020.- Aprueba Contrato de Locación de Servicios 15368, María del Carmen DOMINGUEZ.

32

DECRETO MUNICIPAL N° 732/2020.- Aprueba Contrato de Locación de Servicios 15369, Marías IRIARTE.

36

DECRETO MUNICIPAL N° 733/2020.- Aprueba Contrato de Locación de Servicios 15359, Mercedes Rosalía AGUILAR COLIAGUE.

40

DECRETO MUNICIPAL N° 734/2020.- Aprueba Contrato de Locación de Servicios 15357, Fernando Raúl HERNÁNDEZ.

44

DECRETO MUNICIPAL N° 735/2020.- Aprueba Contrato de Locación de Servicios 15356, Pablo MAMANI CORIA.

48

DECRETO MUNICIPAL N° 736/2020.- Aprueba Contrato de Locación de Servicios 15358, Ruth Analía MARQUEZ.

52

DECRETO MUNICIPAL N° 737/2020.- Aprueba Contrato de Locación de Servicios 15338, Víctor Javier VERA GUEICO.

56

DECRETO MUNICIPAL N° 738/2020.- Aprueba Contrato de Locación de Servicios 15355, Gabriela Soledad WELCHEN.

60

DECRETO MUNICIPAL N° 739/2020.- Aprueba Contrato de Locación de Servicios 15362, Gisela Mariel RAMIREZ.

64

DECRETO MUNICIPAL N° 740/2020.- Aprueba Contrato de Locación de Servicios 15363, Sandra CARDOZO.

68

DECRETO MUNICIPAL N° 741/2020.- Aprueba Contrato de Locación de Servicios 15361, Yoana Rafaela TRIVIÑO.

72

DECRETO MUNICIPAL N° 742/2020.- Aprueba Contrato de Locación de Servicios 15343, Flavia Dahyana MORES.

76

DECRETO MUNICIPAL N° 743/2020.- Aprueba Contrato de Locación de Servicios 15345, Natalia SANCHEZ.

80

DECRETO MUNICIPAL N° 744/2020.- Aprueba Contrato de Locación de Servicios 15367, Gonzalo Javier, SILVA MOLINA.

84

DECRETO MUNICIPAL N° 745/2020.- Aprueba Contrato de Locación de Servicios 15246, Eduardo Gabriel MATEU BOERI.

88

DECRETO MUNICIPAL N° 746/2020.- Concede licencia sin goce de salario por ejercicio transitorio de otro cargo a Eliana Soledad GOMEZ, Legajo 3320.

92

DECRETO MUNICIPAL N° 747/2020.- Deja sin efecto licencia sin goce de haberes del agente Guillermo WORMAN, Legajo 2053.

94

DECRETO MUNICIPAL N° 748/2020.- Crea la Dirección de Sanidad en el ámbito de la Secretaría de Políticas Sociales, Sanitarios y de Derechos Humanos.

96

SECRETARÍA DE ECONOMÍA Y FINANZAS COMUNICADO LICITACIÓN PÚBLICA 16/2020 99 COMUNICADO LICITACIÓN PÚBLICA 17/2020 100

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SINDICATURA GENERAL MUNICIPAL RESOLUCIÓN PLENARIA SIGMU N° 21/2020 101

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MUNICIPALIDAD DE USHUAIA Secretaría Legal y Técnica

Coordinación de Asuntos Técnicos Departamento Boletín Oficial