monica segun osce ley de contrataciones.docx

8
SEGÚN LEY DE CONTRATACIONES DEL ESTADO TÍTULO IV DERECHOS, OBLIGACIONES Y SANCIONES CAPÍTULO I DE LAS ENTIDADES Y FUNCIONARIOS Artículo 4!"D# l$% r#%&o'%$()l)*$*#% + %$'c)o'#% Los funcionarios y servidores, así como los miembros del Comi t é Especial que participan en los procesos de contratación de bienes, servicios y obras, son responsables del cumplimient o de la presente norma y su Reglamento. En caso que las normas permi tan márgenes de di screci onal i dad para l a actuaci ón del servi dor o f uncionario, éste deber á e ercerla de acuerdo a los principios establecidos en el artículo !" del presente #ecreto Legislativo. La evaluación del adecuado desempe$o de los servidores o func ionar ios en las decisi ones discrec iona les a que se refie re el párrafo preceden te, es real i%ad a por la más alta autoridad de la Entidad a la que pertenece, a fin de medir el desempe$o de los mismos en sus cargos. &ara tal efecto, la Entidad po dr á disponer, en f or ma periódica y sel ec tiva, la reali%ación de e'ámenes y auditorías especiali%adas.

Upload: richard-ismael-jimenez-labajos

Post on 13-Apr-2018

218 views

Category:

Documents


0 download

TRANSCRIPT

7/24/2019 MONICA SEGUN OSCE LEY DE CONTRATACIONES.docx

http://slidepdf.com/reader/full/monica-segun-osce-ley-de-contratacionesdocx 1/8

SEGÚN LEY DE CONTRATACIONES DEL ESTADO

TÍTULO IV

DERECHOS, OBLIGACIONES Y SANCIONES

CAPÍTULO I

DE LAS ENTIDADES Y FUNCIONARIOS

Artículo 4!"D# l$% r#%&o'%$()l)*$*#% + %$'c)o'#%

Los funcionarios y servidores, así como los miembros del

Comité Especial que participan en los procesos de

contratación de bienes, servicios y obras, son responsables

del cumplimiento de la presente norma y su Reglamento.

En caso que las normas permitan márgenes de

discrecionalidad para la actuación del servidor o

funcionario, éste deberá eercerla de acuerdo a los

principios establecidos en el artículo !" del presente

#ecreto Legislativo.

La evaluación del adecuado desempe$o de los servidores

o funcionarios en las decisiones discrecionales a que se

refiere el párrafo precedente, es reali%ada por la más alta

autoridad de la Entidad a la que pertenece, a fin de medir el

desempe$o de los mismos en sus cargos. &ara tal efecto, la

Entidad podrá disponer, en forma periódica y selectiva, la

reali%ación de e'ámenes y auditorías especiali%adas.

7/24/2019 MONICA SEGUN OSCE LEY DE CONTRATACIONES.docx

http://slidepdf.com/reader/full/monica-segun-osce-ley-de-contratacionesdocx 2/8

En el caso de las empresas del Estado, dic(a

evaluación es efectuada por el #irectorio.

En caso de incumplimiento de las disposicionesestablecidas en el presente #ecreto Legislativo se

aplicarán, de acuerdo a su gravedad, las siguientes

sanciones)

a* +monestación escrita

b* -uspensión sin goce de remuneraciones de treinta /0* a

noventa 10* días

c* Cese temporal sin goce de remuneraciones (asta por doce

23* meses y,

d* #estitución o despido.

Artículo 4!" Su&#r-)%).'

La Entidad supervisará, directamente o a través de

terceros, todo el proceso de eecución, para lo cual el

contratista deberá ofrecer las facilidades necesarias.

En virtud de ese derec(o de supervisión, la Entidad

tiene la potestad de aplicar los términos contractuales

para que el contratista corria cualquier desauste respecto

del cumplimiento e'acto de las obligaciones pactadas.

El (ec(o que la Entidad no supervise los procesos, no

e'ime al contratista de cumplir con sus deberes ni de la

responsabilidad que le pueda corresponder.

7/24/2019 MONICA SEGUN OSCE LEY DE CONTRATACIONES.docx

http://slidepdf.com/reader/full/monica-segun-osce-ley-de-contratacionesdocx 3/8

CAPÍTULO II

DE LOS CONTRATISTAS

Artículo 4/!" I't#r#%#% + &#'$l)*$*#%

En caso de atraso en el pago por parte de la Entidad,

salvo que se deba a caso fortuito o fuer%a mayor, ésta

reconocerá al contratista los intereses legalescorrespondientes. 4gual derec(o corresponde a la Entidad en

caso sea la acreedora.

El contrato establecerá las penalidades que deberán

aplicarse al contratista ante el incumplimiento

inustificado de sus obligaciones contractuales, deacuerdo a lo dispuesto en el Reglamento.

Artículo 40!" Cu1&l)1)#'to *# lo &$ct$*o

Los contratistas están obligados a cumplir cabalmente

con lo ofrecido en su propuesta y en cualquier manifestación formal documentada que (ayan apor5 tado

adicionalmente en el curso del proceso de selección o en

la formali%ación del contrato, así como a lo dispuesto en

los incisos 3* y /* del artículo 266!" del Código Civil.

Artículo 23!" R#%&o'%$()l)*$* *#l co'tr$t)%t$

7/24/2019 MONICA SEGUN OSCE LEY DE CONTRATACIONES.docx

http://slidepdf.com/reader/full/monica-segun-osce-ley-de-contratacionesdocx 4/8

21

El contratista es el responsable por la calidad ofrecida

y por los vicios ocultos de los bienes o servicios

ofertados por un pla%o no menor de un 2* a$o contado apartir de la conformidad otorgada por la Entidad. El

contrato podrá establecer e'cepciones para bienes

fungibles y7o perecibles, siempre que la naturale%a de

estos bienes no se adecue a este pla%o. En el caso de

obras, el pla%o de responsabilidad no podrá ser inferior a

siete 6* a$os, contado a partir de la conformidad de la

recepción total o parcial de la obra, seg8n corresponda.

Las 9ases deberán establecer el pla%o má'imo de

responsabilidad del contratista.

Artículo 2!" I'5r$cc)o'#% + %$'c)o'#% $*1)')%tr$t)-$%

:2.24nfracciones

-e impondrá sanción administrativa a los proveedores,

participantes, postores y7o contratistas que)

a* ;omantengansuoferta(astaelconsentimientodela 9uena

&roo, deresultarganadores(astalasuscripcióndelcontrato,

nosuscriban inustificadamente el contrato, o no reciban

inustificadamente la orden de compra o de servicio

emitida a su favor

b* #en lugar a la resolución del contrato, orden de compra

o de servicios por causal atribuible a su parte

7/24/2019 MONICA SEGUN OSCE LEY DE CONTRATACIONES.docx

http://slidepdf.com/reader/full/monica-segun-osce-ley-de-contratacionesdocx 5/8

c* <ayan entregado el bien, prestado el servicio o eecutado

la obra con e'istencia de vicios ocultos, previa sentencia

 udicial firme o laudo arbitrald* Contraten con el Estado estando impedidos para ello, de

acuerdo a la presente norma

e* &articipen en procesos de selección o suscriban un

contrato sin contar con inscripción vigente en el Registro

;acional de &roveedores .R;&*,f* -uscriban un contrato, en el caso de eecución o consultoría

de obras, por montos mayores a su capacidad libre de

contratación, o en especialidades distintas, seg8n sea el

caso

g* Realicen subcontrataciones sin autori%ación de la Entidado por un porcentae mayor al permitido en el Reglamento

(* &articipen en prácticas restrictivas de la libre

competencia, previa declaración del organismo nacional

competente así como cuando incurran en los supuestos

de socios comunes no permitidos seg8n lo que establece

el Reglamento

i* &resenten documentos falsos o información ine'acta a

las Entidades, al =ribunal de Contrataciones del

Estadooal >rganismo -upervisor de las Contrataciones

del Estado 5>-CE

7/24/2019 MONICA SEGUN OSCE LEY DE CONTRATACIONES.docx

http://slidepdf.com/reader/full/monica-segun-osce-ley-de-contratacionesdocx 6/8

21

 * 4nterpongan recursos impugnativos contra los actos

inimpugnables establecidos en el Reglamento

?* -econstatedespuésdeotorgadalaconformidadqueincumplieron inustificadamente las obligaciones del contrato (asta los

pla%os de responsabilidad establecidos en las 9ases y,

l* >tras infracciones que se estable%can en el Reglamento.

:2.3-anciones

En los casos que la presente norma o su Reglamento lo

se$alen, el =ribunal de Contrataciones del Estado

impondrá a los proveedores, participantes, postores y

contratistas las sanciones siguientes)

a* 4n(abilitación temporal) Consiste en la privación, por un

período determinado, de los derec(os

aparticiparenprocesos de selección y a contratar con el

Estado. Esta in(abilitación en ning8n caso podrá ser 

menor de seis @* meses ni mayor de tres /* a$os.

b* 4n(abilitación definitiva) Consiste en la privación

permanente del eercicio de los derec(os de los

proveedores, participantes, postores y contratistas a

participar en procesos de selección y a contratar con el

Estado. Cuando en un período de cuatro !* a$os a una

persona natural o urídica se le impongan dos 3* o más

sanciones que en conunto sumen treinta y seis /@* o

más meses de in(abilitación temporal, el =ribunal de

7/24/2019 MONICA SEGUN OSCE LEY DE CONTRATACIONES.docx

http://slidepdf.com/reader/full/monica-segun-osce-ley-de-contratacionesdocx 7/8

Contrataciones del Estado resolverá la in(abilitación

definitiva del proveedor, participante, postor o contratista.

Económicas) -on aquellas que resultan de la eecuciónde las garantías otorgadas a la presentación de recursos

de apelación que son declarados infundados o

improcedentes por la Entidad o el =ribunal de

Contrataciones del Estado. -i el recurso de apelación es

declarado fundado en todo o en parte, se devolverá lagarantía por el =ribunal o la Entidad. En caso de

desistimiento, se eecutará el cien por ciento 200A* de

la garantía.

Las sanciones que se imponen no constituyenimpedimento para que el contratista cumpla con las

obligaciones derivadas de contratos anteriormente

suscritos con Entidades por lo tanto, deberá proseguir 

con la eecución de los contratos que tuviera suscritos

(asta la culminación de los mismos.

Los proveedores, participantes, postores o contratistas

que incurran en las causales establecidas en el literal g*

del numeral :2.2 del presente artículo, serán

sancionados con in(abilitación temporal para contratar 

con el Estado por un período no menor de seis @*

meses ni mayor de un 2* a$o.

7/24/2019 MONICA SEGUN OSCE LEY DE CONTRATACIONES.docx

http://slidepdf.com/reader/full/monica-segun-osce-ley-de-contratacionesdocx 8/8

21

Los proveedores, participantes, postores o contratistas

que incurran en las causales establecidas en los literales a*,

b*, c*, d*, e*, f*, (*, i*, * y ?* del numeral:2.2 del presente artículo :2", serán sancionados con

in(abilitación temporal para contratar con el Estado por 

un período no menor a un 2* a$o ni mayor de tres /*

a$os.

La imposición de las sanciones es independiente de la

responsabilidad civil o penal que pueda originarse por las

infracciones cometidas.

 +simismo, el >rganismo -upervisor de las

Contrataciones del Estado 5 >-CE podrá imponer 

sanciones económicas a las Entidades que trasgredan la

normativa de contratación p8blica.

c)