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monday, july 10, 2006
Probablemente te estes preguntando ¿Por qué tengo que estudiar Derecho Mercantil? ¿Qué tienen
que ver con mi carrera? Lo sé, a simple vista parece que el Derecho y las Ciencias Económico
Administrativas son muy agenas, sin embargo no es así una necesita de otra, se complementan,
¡Ya lo verás! Por que el Derecho es una ciencia que existe objetivamente dentro y fuera de nuestra
conciencia, abarcando fenómenos sociales, políticos y económicos, por lo tanto es mutable en
virtud de causas, leyes naturales, es cognoscible y transformable en beneficio del hombre.
¿Pero a todo esto qué es el Derecho Mercantil (DM)?
Es una rama del ordenamiento jurídico que tiene por objeto específico regular el sector de la
actividad humana constituido por el comercio, es decir son normas rectoras del intercambio de
mercancias.
Hoy en día llamamos al Derecho Mercantil Derecho del Comercio o Derecho comercial, pero tienen
sus orígenes con el Trueque, cuando los hombres primitivos inician con intercambio de bienes y
servicios, cuando se advierte la dificultad o la imposibilidad de producir bienes que otros poseen y
que se adquieren cambiándolos con quienes los producen.
El Derecho Mercantil ha evolucionado en la medida en que ha evolucionado del desarrollo socio-
económico político y legislativo de los países.
El Derecho Mercantil esta compuesto por varios elementos:
1. Actos de comercio, intermediación en el cambio de bienes.
2. Sujetos de la relación de derecho mercantil, comerciantes y empresas.
3. Las cosas o bienes materia de los actos de comercio, objetos o servicios de relación mercantil:
empresa, títulos de crédito, moneda, mercancías, etc.
4. Procedimientos judiciales o administrativos. Por ejemplo juicios mercantiles, proceso de quiebra,
etc.
Tomando en cuenta estas áreas podríamos definir al Derecho Mercantil como el conjunto de
normas jurídicas que regulan los bienes y servicios; a las personas físicas o morales que actúan;
las relaciones que derivan de las mismas y los procedimientos administrativos y procesales que
sirven para resolver controversias mercantiles.
¿Es el Derecho Mercantil una ciencia Autónoma?
Se considera que el Derecho Mercantil es una ciencia jurídica autónoma por varias razones:
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a) Tiene una amplitud suficiente para merecer un estudio especial.( Nuestro Cco. Tiene 1437
artículos) y gran cantidad de leyes de naturaleza mercantil.
b) Contiene doctrinas homogéneas y conceptos generales que informen a otras disciplinas.
c) Dispone de un método propio, que regula que todo estudio jurídico mercantil debe de hacerse
previo conocimiento de la estructura económica y técnica de las instituciones. Además de ser un
estudio histórico comparativo del desenvolvimiento de los varios aspectos de las instituciones del
DM en el tiempo y espacio. Tiene por objeto explicar el significado de cada norma.
¿Cuál es la importancia del Derecho Mercantil?
El DM desempeña un papel importante en el desarrollo económico, político y social de todos los
países, debido a su intervención directa en la producción e intermediación de bienes y servicios
necesarios para la satisfacción de las necesidades de la humanidad.
¿Dónde podemos encontrar al Derecho Mercantil?
Al DM podemos localizarlo en las llamadas fuentes del Derecho en general de acuerdo con la
doctrina tradicional comprenden las formales, reales e históricas. Los actos de comercio se regirán
por las disposiciones contenidas en Cco. y por los usos del comercio observados generalmente en
cada plaza, y a falta de ambas reglas, por las del Derecho Común.
Podemos señalar que las fuentes del DM, son aquellos actos de creación jurídica que se constatan
de modo indubitable en la experiencia histórica del Derecho, por medio del cual las reglas del
derecho comercial se transmutan en norma de Derecho.
Tales reglas de Derecho por orden de importancia son: la ley, los usos y costumbres, la
jurisprudencia y la doctrina.
a) Ley
Es la fuente formal más importante del Derecho y la legislación mercantil es la fuente por
excelencia de DM. La legislación mercantil rige únicamente y exclusivamente en asuntos
conocidos como comerciales.
Son también ley Mercantil las convenciones internacionales aprobadas por el Senado de la
República, por ejemplo el Tratado de Libre Comercio con América del Norte (TLCA) y el Tratado con
la Unión Europea.
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b) Usos y costumbres mercantiles.
Son el resultado de la práctica que de ellos hacen los comerciantes, por lo que pueden llegar a ser
considerado como verdadero Derecho. La práctica uniforme y de duración continuada hacen que
se observen como reglas de derecho vigente, sin embargo no pueden derogar a las propias leyes
mercantiles y ser contrarios a los principios de orden público.
Los usos, son disposiciones autónomas e independientes. Se clasifican en:
* Convencionales nos permiten conocer la voluntad de las partes en las relaciones comerciales
(Contratos)
* Normativas implican el resultado de la práctica habitual de los comerciantes.
Los usos nos sirven como fuente subsidiaria de DM, algunos autores consideran que son la primera
fuente ya que este nace de los usos y costumbres y no del Derecho Legislativo.
En México los usos mercantiles son fuentes supletorias y subsidiarias del Derecho Mercantil,
algunos autores consideran que son la primera fuente ya que éste nace de los usos y costumbre y
no del Derecho Legislativa. Admás suplen los silencios de la ley y de los contratos. (Cco. Arts. 304
y 333)
La costumbre es la repetición constantes y generalizada de determinados hechos, implican la
convicción colectiva de que dicha repetición es jurídicamente válida y por ende obligatoria y
facultativa. Es un producto espontáneo de las necesidades de las operaciones de comercio.
Tiene dos características esenciales:
*Está relacionado con la vida diaria.
*No se da universalmente, sino sólo en un determinado espacio y con un determinado grupo de
individuos.
La costumbre se considera una fuente autónoma del DM y no necesita el reconocimiento del
legislador o del juez, y cambia al tenor de las nuevas necesidades sociales. (Cco. Arts. 280 y
1132.)
c) Jurisprudencia
Es un conjunto de resoluciones en las que lo resuelto en ellas sustente a cinco sentencias no
interrumpidas por otra en contrario, y que hallan sido aprobadas por los funcionarios judiciales
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correspondientes.
d) La doctrina
Son estudios de carácter científico que los juristas realizan acerca del Derecho, con el propósito
teórico con la finalidad de interpretar sus normas y señalar las reglas de su aplicación. Se
considera una basta fuente formal de la cual se valen en muchas ocasiones, tanto el legislador
como el juez para crear o interpretar una norma mercantil.
¿Todas las fuentes mencionadas supralineas son igual de importantes?
El artículo 133 de la Constitución Federal de los Estados Unidos Mexicanos, señala el orden
jerárquico normativo de las leyes en nuestro país, mostrando la supremacía de la Constitución,
como norma jurídica superior, da validez y unidad a nuestro orden jurídico nacional. En un segundo
plano están leyes y tratados, la legislación mercantil debe ajustarse a las condiciones de aquella.
El Derecho Mercantil tiene la siguiente jerarquización:
a) Constitución.
b) Tratados y Convenios internacionales sobre la materia.
c) Código de Comercio
d) Leyes Federales Especiales.
e) Costumbre y usos mercantiles
f) Legislación civil (aplicación supletoria)
g) Jurisprudencia
h) Principios generales.
¿Qué es la Supletoriedad del Derecho Civil?
En México la legislación es muy clara al establecer la supletoriedad del Derecho Civil en el área
mercantil. El Código de Comercio vigente (http://info4.juridicas.unam.mx/ijure/tcfed/2.htm?s=),
establece en su art. 2 que a falta de disposiciones de este ordenamiento y las demás leyes
mercantiles, serán aplicables a los actos de comercio las del derecho común contenidas en el
Código Civil Federal para el caso de suplir lagunas del Derecho Mercantil, es elevada a rango de
aplicación federal.
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La Constitución Política Mexicana y el Derecho Mercantil
La Ley Fundamental contiene las bases para la organización de los poderes públicos, las libertades
sociales y las garantías individuales, dentro de las cuales una de las más importantes en los
pueblos modernos es la de comercio.
La Constitución contempla 5 principios básicos:
1ro. El individuo es el objeto fundamental de todas las instituciones sociales.
2do. Protege la actividad individual.
3ro. Establece la libertad de comercio
4to. Busca abolir los monopolio.
5to. Protege la propiedad del individuo, permitiendo solamente al Estado apoderarse de ellas,
cuando así lo requiera el interés público.
La Constitución (http://constitucion.presidencia.gob.mx/) reconoce que corresponde a las
autoridades federales todo lo relativo al comercio y al Estado mexicano, le corresponde la rectoría
económica del país, y sirve como fundamento al DM, ya que establece:
Art. 5. “La libertad para dedicarse a la profesión, industria, comercio o trabajo que prefiera, siendo
lícitos “
Art. 27 Fracc. IV. “Las bases para que las sociedades mercantiles por acciones puedan ser
propietarias de terrenos rústicos que tengan la extensión necesaria para alcanzar su objeto, sin
que excedan los límites del régimen de la pequeña propiedad”
Art. 28 párrafos 1, 2 y 3. "Protege la libre concurrencia o la competencia en materia de comercio,
industria y de servicios en beneficio de los consumidores."
Art. 28 párrafos 6 y 7. "Protege el poder adquisitivo de la moneda, regulando los cambios, la
intermediación y los servicios financieros."
Art. 28 párrafo 8."Autoriza a las sociedades cooperativas de productores o a las asociaciones para
que con exclusividad comercialicen los productos, principal fuente de riqueza de la región."
Art. 89 párrafo 9. "Protege a los autores y artistas para disfrutar, por tiempo determinado, de los
privilegios derivados de sus obras inventos."
Art. 89 Fracc. XIII." Faculta al Congreso de la Unión y al Ejecutivo, por delegación del primero, para
que grave aumente, disminuya o suprima las tarifas de explotación e importación y el tránsito de
productos, artículos y efectos para regular el comercio exterior y la economía del país, así como
habilitar toda clase de puertos y establecer aduanas marítimas."
Art. 73 Fracc. IX "Faculta al Congreso de la Unión para que:...Impida que en el comercio de estado
a estado se establezcan restricciones."
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Art. 73 Fraccs. X, XXIX puntos 1, 3 y Fracc. XXIX-F. "Legisle sobre comercio, comercio exterior,
intermediación, servicios financieros, instituciones de crédito y sociedades de seguros y sobre la
promoción de la inversión mexicana, la regulación de la inversión extrajera y la transferencia de
tecnología."
¿Cuál es la Tendencias del Derecho Mercantil Mexicano en la actualidad?
Como todas las demás áreas del comercio el DM, se ve afectado por la globalización, para lograr la
internacionalización del capital, que circunda ampliamente en comercio.
La vocación del sistema capitalista por constituirse como un mercado mundial cada vez más
integrado supone ciertos principios económicos, pero principalmente jurídicos, con los que
sustenta y da concordancia a la vida comercial.
La mundialización tiende a imponer la lógica de la ganancia, de la acumulación en todos los
ámbitos, sectores, regiones y grupos sociales, y ha tenido como base material el desarrollo de
nuevas tecnologías de la electrónica, informática, computación, las comunicaciones, que permiten
el flujo instantáneo de los capitales financieros.
La evolución del Derecho Mercantil interno se manifestó con una mayor intervención del Estado en
la economía y un nuevo sentido social en muchas de sus instituciones, con miras a la protección
del interés social y de los intereses económicos generales.
Ha princios del siglo se observan nuevas modalidades de contratación mercantil responde a la
evolución tecnológica, al servicio de una economía de mercado, en donde uno de sus términos es
la empresa jurídica, la creciente demanda de bienes y servicios, etc., debido a las profundas
transformaciones económicas, sociales y políticas del mundo.
El comercio electrónico vino a revolucionar el concepto formal con que se venían haciendo los
negocios. En México el comercio electrónico provocó un vertiginosos cambio a la legislación
mercantil, la cual quedó rebasada por algunas disposiciones.
Para poder lograr las transacciones comerciales por vía electrónica, fue necesario modernizar la
ley comercial con el fin de que al momento de realizar esta actividad, se contemplen como medios
jurídicamente válidos los enviados por la vía electrónica.
El DM precursor de transformaciones y superación de conceptos, acorde a nuevas ideas con los
avances tecnológicos y seguirá rigiendo las actividades comerciales y evolucionando con el mundo
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actual comercial.
El Derecho Mercantil Internacional se reafirma el principio liberal de la autonomía de la voluntad
privada, factor importante en el movimiento unificador con que se presenta el Derecho regulador
del Comercio.
¿Entiendes ahora por qué es importante el Derecho Mercantil? Espero que te gusten los retos y
aceptes éste de conocer otra área de conocimiento que complementará tu carrera y tu vida
profesional.