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CONSTITUCIÓN Y DERECHOS HUMANOS SESIÓN N° 1 DIGNIDAD, PERSONA Y DERECHOS HUMANOS 1. ¿Qué son los derechos humanos? Siempre que hablamos de derechos (sean cuales fueren estos derechos), una de las primeras palabras que asociamos a ellos es la de “obligaciones”. Por ejemplo, cuando decimos que todos tenemos “derechos y obligaciones”, estamos afirmando que no podemos reclamar los primeros si no nos hacemos cargo de las segundas. Este es un buen punto de partida para hablar de derechos humanos. Tal como la hemos formulado, la relación que existe entre derechos y obligaciones es una relación de correlatividad. Esto quiere decir que cuando ponemos las obligaciones junto a los derechos estamos diciendo que los derechos tienen como correlato a las obligaciones. En otras palabras: tenemos los unos porque tenemos las otras, y viceversa. Para poner un ejemplo concreto: todos tenemos derecho a abrir una cuenta corriente y librar cheques; pero este derecho tiene una obligación como correlato: no librar cheques sin fondo. Si no cumplimos nuestra obligación y reiteradamente emitimos cheques que no pueden cobrarse, entonces perdemos un derecho correlativo: el de poder tener una cuenta corriente y librar cheques. Los derechos humanos constituyen un tipo de derecho cuya particularidad radica en aquello que tienen de correlativo. El correlato de los derechos humanos son las obligaciones que, como deberes, tienen los estados a respetar y a garantizar su plena realización, en consecuencia, se trata de derechos cuya obligación correlativa no es una obligación de quien tiene el derecho, sino de un tercero: el Estado. Esto quiere decir que los derechos humanos, a diferencia de otros DOCENTE: Mg. LAURA CALDERÓN VERAPágina 1

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CONSTITUCIN Y DERECHOS HUMANOS SESIN N 1

CONSTITUCIN Y DERECHOS HUMANOS SESIN N 1

DIGNIDAD, PERSONA Y DERECHOS HUMANOS

1. Qu son los derechos humanos?Siempre que hablamos de derechos (sean cuales fueren estos derechos), una de las primeras palabras que asociamos a ellos es la de obligaciones. Por ejemplo, cuando decimos que todos tenemos derechos y obligaciones, estamos afirmando que no podemos reclamar los primeros si no nos hacemos cargo de las segundas. Este es un buen punto de partida para hablar de derechos humanos.Tal como la hemos formulado, la relacin que existe entre derechos y obligaciones es una relacin de correlatividad. Esto quiere decir que cuando ponemos las obligaciones junto a los derechos estamos diciendo que los derechos tienen como correlato a las obligaciones. En otras palabras: tenemos los unos porque tenemos las otras, y viceversa. Para poner un ejemplo concreto: todos tenemos derecho a abrir una cuenta corriente y librar cheques; pero este derecho tiene una obligacin como correlato: no librar cheques sin fondo. Si no cumplimos nuestra obligacin y reiteradamente emitimos cheques que no pueden cobrarse, entonces perdemos un derecho correlativo: el de poder tener una cuenta corriente y librar cheques.

Los derechos humanos constituyen un tipo de derecho cuya particularidad radica en aquello que tienen de correlativo. El correlato de los derechos humanos son las obligaciones que, como deberes, tienen los estados a respetar y a garantizar su plena realizacin, en consecuencia, se trata de derechos cuya obligacin correlativa no es una obligacin de quien tiene el derecho, sino de un tercero: el Estado. Esto quiere decir que los derechos humanos, a diferencia de otros derechos, no pueden perderse. Ms an: aunque un Estado no reconozca tales derechos este derecho existe igualmente para todo ser humano, pues ste lo posee por el hecho de ser humano. En este sentido, los derechos humanos pueden definirse como inalienables.

La historia de los derechos humanos est ligada a la constitucin de los Estados; actualmente hay bastante consenso, en el campo de las ciencias jurdicas y polticas, en reconocer su primera enunciacin en los Derechos del Hombre y del Ciudadano, tras la Revolucin francesa en 1789. No obstante, los derechos humanos son pensados como universales sin que puedan esgrimirse diferencias tnicas, de gnero, religiosas o de edad para negarlos o menoscabarlos. Por ende, los derechos humanos tienen un rango internacional e interestatal, su reconocimiento se supone exigible ms all de las fronteras particulares de un Estado o las costumbres propias de una Nacin.Este es un aspecto de los derechos humanos que permite ver la densidad del problema: an cuando tales derechos tengan reconocimiento jurdico y estn definidos para una sociedad de derecho dada, esto no garantiza su vigencia y la justicia de su aplicacin. El status legal de estos derechos a nivel nacional e internacional ha sido definitorio para su reconocimiento.Llamamos Sociedad de derecho a aquella en la cual las acciones de todos los actores de la vida poltica (ya sean ciudadanos o instituciones) estn subordinadas a un marco legal conocido y establecido conforme a las pautas constitucionales que garantizan su legitimidad.

Sin embargo, los derechos humanos distan de no ser problemticos y presentan, en su anlisis, complejidades y contradicciones difciles de solucionar definitivamente.

Veamos algunos de los ejes de discusin que ponen de manifiesto las complejidades aludidas: Un Estado firmante de la Declaracin de los Derechos Humanos est obligado a su observancia; existen, no obstante, muchos Estados en estas condiciones que no respetan derechos humanos elementales. Todos los derechos humanos son jerrquicamente equivalentes (esto es: no hay derechos humanos que tengan prioridad sobre otros derechos humanos) Los derechos humanos son histricos y, como tales, cambian de acuerdo a las coyunturas especficas de cada poca. Algo que hoy nos parece un derecho humano fundamental, probablemente no lo era en pocas pasadas y no hay por qu suponer que siempre ser considerado de ese modo. Por ser histricos estn, adems, localizados (en trminos generales, podemos decir que son una construccin occidental); pero en un mundo conectado y globalizado, el encuentro de culturas diferentes es inevitable y pone en jaque su universalidad.

Si analizamos lo dicho hasta aqu, podemos pensar en dos grandes tipos de dilemas que deben ser siempre tenidos en cuenta a la hora de hablar de Derechos Humanos:

Por un lado, el dilema que plantea la postulacin universal ilimitada y jerrquicamente equivalente de los derechos humanos y su aplicacin prctica que es siempre particular y supone prioridades, en casos de contradiccin. En este tipo de dilema nos introduce, por ejemplo, el hecho de que una persona pueda ser condenada por robar, cuando esta se le aparece como la nica salida para solucionar un problema que pone en riesgo su vida (porque, por ejemplo, carece de todo recurso que asegure su alimentacin): No debe proteger el Estado, tanto el derecho a la propiedad como el derecho a la vida? Como se ve, formulado en estos trminos, no es un problema sencillo de resolver. Por otra parte, se suscita un dilema entre la universalidad de los derechos humanos y su carcter relativo a una poca histrica y a un imaginario cultural determinado. Es la encrucijada que se plantea cuando un Estado interviene en otro Estado en nombre de la defensa de los derechos humanos.

Vale la pena recordar aqu algo ya dicho: los derechos humanos no pueden perderse. Como recin estamos comenzando a plantear este tema, no pretendemos dar una respuesta concluyente a los interrogantes, sino simplemente hacer notar la rigurosidad y el cuidado con la que debemos manejarnos al analizar estos temas ya que podemos confundirnos y caer en simplificaciones que impliquen contradecir los principios que sustentan los derechos humanos.Abordar el tema de los derechos humanos es complejo y esto se debe, principalmente, a que aun considerndolos como universales, estos son, como toda creacin humana, histrica y dinmica. Lo invitamos a recorrer las modalidades en que fueron enuncindose ya que nos permitirn comprender su sentido y su importancia en la historia de la humanidad.

A comienzos del siglo XVIII surgi en Europa una corriente filosfica conocida como la Ilustracin. Esta corriente era un llamado al hombre a asumir su mayora de edad, declarndose libre y responsable de sus actos y su destino.El centro de las crticas de la Ilustracin al orden establecido estaba puesto en el poder de la iglesia y en las concepciones del poder que suponan jerarquas naturales entre los hombres.

Con la Ilustracin aparece por primera vez en la historia de la humanidad la postulacin de la universalidad del ser humano y la derivada igualdad jurdica de los hombres. Esto era coherente con la postulacin de que el poder resida en el pueblo y no en el monarca; si este tena acaso el poder, lo tena para beneficio y por voluntad del pueblo que poda reclamrselo ante cualquier abuso.En el ao 1776 ocurri un hecho importante: Estados Unidos de Norteamrica declar su independencia de Gran Bretaa y puso en prctica las ideas polticas y econmicas predicadas por la Ilustracin. En ese acto de independencia, se proclam lo que se conoce como la Declaracin de los Derechos de Virginia, en la cual slo se reconoca al pueblo como soberano.En Francia, casi al mismo tiempo, se viva una enorme crisis poltica y econmica que paulatinamente uni en demandas comunes a diversos sectores sociales. La figura del rey perda legitimidad aceleradamente y las ideas de la ilustracin servan de marco terico para construir un discurso de libertad e igualdad. El 14 de julio de 1789, el pueblo de Pars tom la Bastilla y los representantes del viejo orden solo conocieron dos destinos: la muerte o la huida. Solo un mes y medio ms tarde, precisamente el 26 de agosto, los revolucionarios reunidos en asamblea proclamaron con fuerza de ley la Declaracin de los Derechos del Hombre y del Ciudadano, el primer antecedente histrico de codificacin de derechos universales y extensibles a todos los hombres, con carcter sagrado, inalienable y natural. La igualdad natural del hombre respecto de sus semejantes era, de este modo, proclamada por primera vez con estatuto de ley. Y por primera vez, tambin, se estableca un mecanismo jurdico que garantizaba a todos los hombres por igual el ejercicio de derechos absolutos.

Al triunfo de la Revolucin Francesa y la difusin del ideario iluminista se sum el vertiginoso avance de las ciencias, desembarazadas ya de los dogmas religiosos que frenaban su mpetu descubridor. Fue un siglo signado por una palabra que pareca abarcar todas las esferas de la actividad social: progreso. Pareca que la capacidad humana para aduearse del mundo y obligarlo a responder a sus intereses no tena lmites. La ciencia avanzaba a pasos agigantados y se supona que su avance estaba ligado no solo a la capacidad de conocimiento humana, sino tambin a la esencia misma del hombre.El incesante progreso de las ciencias era vivido como un progreso tanto cientfico como poltico, econmico y moral. La humanidad entera avanzaba triunfante hacia la construccin del paraso en la tierra.Desde fines del siglo XIX, el nivel de productividad del Capitalismo Industrial no paraba de aumentar, lo cual provoc, a mediados de siglo, la generalizacin de lo que se conoce como el Estado de Bienestar, que ampliaba permanentemente el abanico de derechos sociales a la vez que garantizaba el crecimiento econmico. En este marco de crecimiento, sectores tradicionalmente marginados fueron logrando importantes reivindicaciones sociales.No obstante, dos hechos conmovieron hasta lo ms hondo esta eufrica fe ciega en las posibilidades del progreso humano. Nos referimos a las dos grandes guerras del siglo XX. Ambas pusieron al hombre frente a las insuficiencias de los modelos de ciencia y de sociedad que si bien por un lado permitan el progreso aparentemente infinito por otro hacan posible que el hombre se matara a escalas nunca apreciadas.Pero, si bien es cierto que la Primera Guerra Mundial haba sido un golpe duro que haba puesto al hombre frente a su poder destructor, la Segunda Guerra fue, en todo sentido, un golpe devastador. No se trataba ya solo de la capacidad del hombre para fabricar artefactos destructivos cada vez ms sofisticados, sino de la capacidad humana para ir ms all de cualquier lmite tico concebible antes del conflicto, durante el que se alcanzaron grados de perversidad y crueldad que no se crean posibles en una era de progreso. El hombre pareca enfrentarse a sus aspectos ms primitivos en la poca ms avanzada que haba conocido jams.

Derrotados los nazis se fund, en 1945, la Organizacin de las Naciones Unidas (ONU) cuyo antecedente ms cercano era la Sociedad de las Naciones establecida, nada casualmente, al finalizar la Primera Guerra (en 1919), con el objeto de salvar la paz mundial, defender los derechos del hombre y aumentar el nivel de vida en el mundo. El 10 de diciembre de 1948 la ONU aprob la Declaracin Universal de los Derechos Humanos.

2. Caractersticas de los derechos humanos

La relacin entre derechos humanos y derechos en general no constituye una relacin reversible. Esto quiere decir que si bien todos los derechos humanos son derechos, en el sentido amplio de la palabra, no todos los derechos son derechos humanos.Para analizar en qu consiste la particularidad de los derechos humanos respecto del resto de los derechos, comenzaremos por mencionar sus cinco rasgos caractersticos:

1. Universalidad,2. Validez jurdica y moral,3. Fundamentalidad en cuanto al objeto,4. Prioridad frente al Derecho Positivo,5. Abstraccin.

Analicemos detenidamente el significado de cada caracterstica de los derechos humanos. Mientras lo hace, vaya tomando nota de sus dudas.

Al decir que los derechos humanos son universales, se estn reconociendo como titulares de los mismos a todos los seres humanos por la sola razn de ser seres humanos. En tal sentido son innatos, en tanto inherentes a todo ser humano desde el momento de su nacimiento, sin que puedan negarse por cuestiones tales como religin, nacionalidad, creencia, edad o clase social, etctera. Por otra parte, el universalismo de los derechos humanos se entiende como un universalismo ilimitado. Cuando, por ejemplo, el Artculo Primero de la Declaracin Universal de los Derechos Humanos dice que Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos, tras haber declarado en el prembulo que la justicia y la paz en el mundo tienen por base el reconocimiento de la dignidad intrnseca y de los derechos iguales e inalienables de todos los miembros de la familia humana, no est haciendo referencia a derechos que tienen los ciudadanos de un Estado en particular (universalidad limitada, en este caso por la ciudadana) sino a derechos que tiene cualquier ser humano por el simple hecho de existir.

La validez moral de los derechos humanos indica que tienen un rango de superioridad respecto de cualquier derecho positivo ya que no existe la posibilidad de que un Estado niegue los derechos humanos por el simple hecho de que no estn contemplados en su sistema jurdico. Es tambin en este sentido que se dice que son abstractos: no existen casos particulares, concretos, que puedan mostrarse para demostrar la invalidez de los derechos humanos. Cuando la Declaracin considera, por ejemplo, esencial que los derechos humanos sean protegidos por un rgimen de Derecho, a fin de que el hombre no se vea compelido al supremo recurso de la rebelin contra la tirana y la opresin, est declarando que los ciudadanos no pueden ser tiranizados por ningn Estado, estableciendo un mecanismo de control supranacional que trasciende las legislaciones particulares de cada pas.

Por todo lo expuesto, se afirma que los derechos humanos son:

Fundamentales y absolutos en cuanto a su objeto, debido a que son irrenunciables (ningn ser humano puede renunciar a ellos y ningn Estado puede renunciar a su cumplimiento), inalienables (no son derechos que se le puedan dar a los dems, porque no pertenecen a la persona en su singularidad, sino en tanto es un ser humano en general), imprescriptibles (no se pierden por ninguna razn) e indivisibles (no puede suprimirse uno slo de los derechos humanos sin que la validez del conjunto se pierda). Siempre dentro de la Declaracin Universal de los Derechos Humanos, podemos tomar como ejemplo el Artculo 4, que dice que Nadie estar sometido a esclavitud ni a servidumbre, la esclavitud y la trata de esclavos estn prohibidas en todas sus formas; merced a las caractersticas que acabamos de enumerar, nadie puede alegar que un esclavo acept serlo (porque no se puede renunciar a la libertad) o que otorga a otro un beneficio cuando lo libera de una situacin de esclavitud (porque no tena derecho a esclavizarlo) o que alguien estaba esclavizado por haber cometido una falta (ninguna falta puede tener como consecuencia la prdida de un Derecho Humano).

Los derechos humanos (por ser derechos) comparten la misma estructura que cualquier derecho positivo, que consta siempre de tres elementos. Los elementos que distinguen a todo derecho son:1. un titular,2. un destinatario y3. un objetoEl titular es toda persona, institucin (empresa u organizacin sin fines de lucro) que tiene el derecho (puede reclamarlo); el destinatario es la institucin obligada a garantizar y cumplir o a hacer cumplir el derecho. El objeto es la accin tendiente a que el derecho en cuestin sea ejercido en forma efectiva.

Cuando de derechos humanos se trata, si bien un particular (sea persona fsica o una institucin) debe facilitar o colaborar para que el derecho se cumpla, slo los Estados son los destinatarios y por ende los responsables ltimos de que los derechos humanos sean respetados, porque son precisamente los Estados los que firman los pactos, acuerdos y declaraciones en los cuales estos derechos se garantizan.

LA CONSTITUCIN POLTICA DEL PER Y LOS DERECHOS FUNDAMENTALES

En cada uno de los pases la proteccin de los derechos humanos se expresa en la Constitucin, que es la ley ms importante, y en las dems leyes, cdigos y reglamentos que se desprenden de la Constitucin.

Nuestros derechos tambin se establecen en los convenios, tratados y pactos internacionales, que han sido creados y aprobados por la comunidad internacional. Los Estados latinoamericanos han aprobado la mayora de estas leyes internacionales. Esto significa que estas pasan a forman parte de la legislacin nacional. Por eso nuestros gobiernos estn obligados a cumplirlas y respetarlas. Y por eso podemos exigir su cumplimiento. En otras palabras, son jurdicamente exigibles.

LA CONSTITUCIN POLTICA DEL PER

I. DEFINICIN:La Constitucin Poltica del Per es la Carta Magna sobre la cual reposan los pilares del Derecho, la Justica y las normas del pas.Esta controla, regula y defiende los derechos y libertades de los peruanos y organiza a los poderes e instituciones polticas.

II.RESEA HISTORICA:La primera Constitucin aplicada en el Per fue la Constitucin de Cdiz promulgada el ao 1812. Aplicada parcialmente por el virrey Abascal durante los aos 1812 - 1814 y en el periodo de los virreyes Pezuela y La Serna durante los aos 1820 - 1824.Las Constituciones que ha tenido la Repblica Peruana, desde su establecimiento, han sido ms de doce textos constitucionales, si no se toman en cuenta estatutos ni reglamentos provisorios, ni las constituciones de los Estados Nor y Sur Peruanos.La constitucin poltica vigente fue redactada por el Congreso Constituyente Democrtico tras el autogolpe y la subsecuente crisis constitucional de 1992.Fue aprobada mediante el Referndum en 1993, durante el gobierno del ex presidente de la repblica Alberto Fujimori Fujimori y es actualmente la base del sistema jurdico del pas.

III.CONTENIDOS:La constitucin poltica del Per, se encuentra conformada por 6 Ttulos los cuales contienen 26 Captulos y estos a su vez tienen en total 206 Artculos.

TITULO I.- DE LA PERSONA Y DE LA SOCIEDAD (Tiene 4 Captulos)TITULO II.-DEL ESTADO Y LA NACION (Tiene 2 Captulos)TITULO III.DEL REGIMEN ECONOMICO (Tiene 6 Captulos)TITULO IV. DE LA ESTRUCTURA DEL ESTADO (Tiene 14 Captulos)TITULO V. DE LAS GARANTIAS CONSTITUCIONALESTITULO VI. DE LA REFORMA DE LA CONSTITUCION.

ACTIVIDAD N 1

1. Ahora hagamos un ejercicio. Examinemos nuestra Constitucin y veamos qu ttulo, captulo, artculo e inciso protege cada uno de los derechos que estn en la columna izquierda del siguiente cuadro:

DerechoNo. del ttulo, captulo, artculo e inciso de la C.P.P.

Vida

Honor y Dignidad Personal

Integridad Personal

Libertad Personal

Seguridad Personal

Igualdad ante la Ley

Prohibicin de la Esclavitud

Libertad de Reunin

Libertad de Asociacin

Libertad de Circulacin y Residencia

Nacionalidad

Inviolabilidad del Domicilio

Nombre

Propiedad

Vida Cultural

Inviolabilidad de la Correspondenciay las Comunicaciones

2. En qu ttulo, captulo y artculos de la C.P.P. se establecen los derechos fundamentales?

.3. Qu entiende por derechos fundamentales? y Por qu son importantes?

...4. Desde su punto de vista cul es la situacin actual del D.I.H. a nivel mundial?...5. Estudio de un Caso...Arrugolandia es un pas que tiene muy grave situacin; su poblacin est dividida en dos facciones religiosas: "Los discpulos del Perlado", quienes actualmente gobiernan, y "Los discpulos del Guindo", quienes luchan por el control poltico, militar y religioso del pas. Un mal da ambas facciones deciden entablar una encarnizada guerra civil, los grupos armados de dichas facciones hacen un llamado a la poblacin civil a integrarse a su bando, lo contrario, seran considerados enemigos y, en consecuencia, se les podr tomar preso a matar si oponen resistencia. Mucha gente ha empezado a huir de Arrugolandia, algunos han decidido quedarse porque no tienen a dnde ir.

6. Cmo cree que el Derecho Internacional Humanitario protegera el derecho de quienes deciden quedarse?

.....

Los derechos humanos son sus derechos. Tmenlos. Defindanlos. Promuvanlos. Entindanlos e insistan en ellos. Ntranlos y enriquzcanlos. . . Son lo mejor de nosotros. Denles vida.Kofi Annan

DOCENTE: Mg. LAURA CALDERN VERAPgina 8