modalidades y tipos de trabajo

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TIPOS DE TRABAJO

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MODALIDADES Y

TIPOS DE

TRABAJO

El contrato de trabajo

Es el acuerdo entre

empresario y trabajador por

el que éste se obliga a

prestar determinados

servicios por cuenta del

empresario y bajo su

dirección a cambio de una

retribución.

CARACTERÍSTICAS DEL

CONTRATO DE TRABAJO

¿Quién tiene capacidad para contratar?Las personas mayores de edad (18 años).

Los menores de 18 años legalmente

emancipados.

Las personas mayores de 16 años y

menores de 18:

Si viven de forma independiente con el

consentimiento expreso o tácito de sus padres

o tutores.

Si tienen autorización de los padres o de

quién los tenga a su cargo.

Los extranjeros de acuerdo con la

legislación que les sea aplicable.

Forma del contrato de trabajo

Duración del contrato de trabajo

El contrato de trabajo

puede concertarse por

tiempo indefinido o por

una duración

determinada, en los

supuestos en que sea

posible legalmente.

Período de prueba del contrato de trabajo

Información a los trabajadores

Obligatoriedad de contratación a minusválidos por las

empresas

Las empresas públicas y privadas que empleen a un número

de 50 o más trabajadores vendrán obligadas a que de entre

ellos, al menos, el 2 por 100 sean trabajadores

minusválidos. El cómputo mencionado anteriormente se

realizará sobre la plantilla total de la empresa

correspondiente, cualquiera que sea el número de centros

de trabajo de aquélla y cualquiera que sea la forma de

contratación laboral que vincule a los trabajadores de la

empresa. De manera excepcional, las empresas públicas

y privadas podrán quedar exentas de la obligación de

contratar minusválidos, de forma parcial o total, bien a través

de acuerdos recogidos en la negociación colectiva sectorial

de ámbito estatal y, en su defecto, de ámbito inferior, bien

por opción voluntaria del empresario, debidamente

comunicada a la autoridad laboral, siempre y cuando se

apliquen las medidas alternativas determinadas

Derecho de información de los representantes

legales de los trabajadores en materia de

contratación

Comunicación de las contrataciones a los Servicios

Públicos de Empleo

Comunicación por medios telemáticos

de contratos al INEMLa comunicación de los datos a que se refiere el apartado

anterior se podrá realizar por medios telemáticos por los

empresarios, personas o entidades que legalmente les

representen.

La utilización de los medios telemáticos la podrán realizar los

sujetos obligados a comunicar el contenido de la contratación

laboral y las empresas y profesionales colegiados que ostenten

la representación de las empresas en cuyo nombre actúen.

La autorización administrativa para el uso de medios

telemáticos tendrá validez en todo el territorio estatal, deberá

contener los datos de la empresa contratante y los datos

personales de su representante y deberá resolverse en un

plazo máximo de quince días.

La autorización concedida permitirá al autorizado realizar las

comunicaciones sea cual fuere la ubicación de los puestos de

trabajo y se mantendrá mientras duren las condiciones fijadas

en la resolución de concesión.

Contratos de trabajo con duración

máxima o mínima.

ContratoDuración

mínimaDuración máxima

Eventual por circunstancias de la

producción-

6 meses dentro de

un período de 12

meses.

Interinidad para cubrir un puesto sometido

a proceso de selección- 3 meses

Temporal de fomento de empleo para

minusválidos12 meses 3 años

Formación 6 meses 2 años

Prácticas 6 meses 2 años