minuta de compra venta

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SEÑOR NOTARIO: Sírvase extender en su Registro de Escrituras Públicas, una de COMPRA-VENTA DE UN INMUEBLE, que celebran de una parte en calidad de VENDEDORA doña MARIANA PINTADO PEÑA de nacionalidad peruana, de ocupación su casa , de estado civil soltera, identificada con DNI Nro.08927524, con domicilio en la Mz “E” , Lote 20, Sector 2, Grupo 5,Distrito de Villa el Salvador , Provincia y Departamento de Lima,y de la otra parte en calidad de COMPRADORA doña CELICIA SILVIA MACHAHUAY HUARANGA de nacionalidad peruana, de ocupación comerciante, de estado civil soltera identificada con DNI Nro.46808643 con domicilio en la Mz E, lote 20, sector 2,grupo 9, Distrito de villa El Salvador, el presente contrato de COMPRA VENTA se extiende en los términos y condiciones siguientes: PRIMERO.- LA VENDEDORA son propietarios del inmueble ubicado en la Mz “E” , Lote 20, Sector 2, Grupo 5, Distrito de Villa el Salvador , Provincia y Departamento de Lima , cuenta con un área superficial de 140.00 M² (ciento cuarenta metros cuadrados) Frente : 7.00 ml. Derecha : 20.00 ml. Izquierda: 20.00 ml. Fondo : 7.00 ml. Cuyo dominio y demás antecedentes se encuentra inscrito en el Registro Predial Urbano bajo el Código de Predio Nro. P03020524. SEGUNDO.- Mediante el presente instrumento público LA VENDEDORA dan en venta real y enajenación perpetúa a favor de LA COMPRADORA el total de las acciones y derechos del inmueble indicado en la cláusula anterior. La presente compra venta se efectúa sin reserva ni limitación alguna, comprendiéndose además del área, vuelos costumbres, entradas y salidas y todo cuando de derecho o por derecho le toca o corresponda o es inherente al dominio del inmueble que se enajena, sin reserva ni limitación alguna, la venta es de AD-CORPUS TERCERO.- El precio de venta pactado por las acciones y derechos inmobiliarios que son materia de la presente transferencia asciende a la suma de US $ 10,000.00 (DIEZ MIL Y 00/100 DOLARES AMERICANOS), suma que LA COMPRADORA cancelara en efectivo a LA VENDEDORA a la firma de la correspondiente Escritura Pública

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minuta de compa

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Page 1: Minuta de compra venta

SEÑOR NOTARIO:

Sírvase extender en su Registro de Escrituras Públicas, una de COMPRA-VENTA DE UN INMUEBLE, que celebran de una parte en calidad de VENDEDORA doña MARIANA PINTADO PEÑA de nacionalidad peruana, de ocupación su casa , de estado civil soltera, identificada con DNI Nro.08927524, con domicilio en la Mz “E” , Lote 20, Sector 2, Grupo 5,Distrito de Villa el Salvador , Provincia y Departamento de Lima,y de la otra parte en calidad de COMPRADORA doña CELICIA SILVIA MACHAHUAY HUARANGA de nacionalidad peruana, de ocupación comerciante, de estado civil soltera identificada con DNI Nro.46808643 con domicilio en la Mz E, lote 20, sector 2,grupo 9, Distrito de villa El Salvador, el presente contrato de COMPRA VENTA se extiende en los términos y condiciones siguientes:

PRIMERO.- LA VENDEDORA son propietarios del inmueble ubicado en la Mz “E” , Lote 20, Sector 2, Grupo 5, Distrito de Villa el Salvador , Provincia y Departamento de Lima , cuenta con un área superficial de 140.00 M² (ciento cuarenta metros cuadrados)

Frente : 7.00 ml. Derecha : 20.00 ml. Izquierda: 20.00 ml.Fondo : 7.00 ml.

Cuyo dominio y demás antecedentes se encuentra inscrito en el Registro Predial Urbano bajo el Código de Predio Nro. P03020524.

SEGUNDO.- Mediante el presente instrumento público LA VENDEDORA dan en venta real y enajenación perpetúa a favor de LA COMPRADORA el total de las acciones y derechos del inmueble indicado en la cláusula anterior. La presente compra venta se efectúa sin reserva ni limitación alguna, comprendiéndose además del área, vuelos costumbres, entradas y salidas y todo cuando de derecho o por derecho le toca o corresponda o es inherente al dominio del inmueble que se enajena, sin reserva ni limitación alguna, la venta es de AD-CORPUS TERCERO.- El precio de venta pactado por las acciones y derechos inmobiliarios que son materia de la presente transferencia asciende a la suma de US $ 10,000.00 (DIEZ MIL Y 00/100 DOLARES AMERICANOS), suma que LA COMPRADORA cancelara en efectivo a LA VENDEDORA a la firma de la correspondiente Escritura Pública que esta minuta genere, sin más constancia de su entrega, recepción y de su total cancelación que las firmas de ambas partes puestas al final de la Escritura Pública., no teniendo nada que reclamarse el uno al otro por este ni por ningún otro concepto. Dándose por cancelado el precio de la compra venta.CUARTO.- Las partes contratantes declaran que el precio de venta pactado es el que real y justamente corresponde al valor de las acciones y derechos materia de este contrato, haciéndose mutua y recíproca donación de cualquier exceso o diferencia que pudiera existir, y que desde luego no perciban, renunciando a toda acción rescisoria o modificatoria, a las acciones de dolo, error, lesión, violencia y a los plazos que la ley señala para interponerlos en relación con este contrato.

QUINTO.- LA VENDEDORA declaran que sobre el predio descrito en la cláusula primera que enajenan no pesa ningún gravamen, hipoteca, medida judicial o extrajudicial, acto o contrato limitativo de dominio y en general cualquier acto que, pudiera limitar su libre derecho de disposición, comprometiéndose en todo caso a la evicción y saneamiento de Ley.

Page 2: Minuta de compra venta

SEXTO.- LA VENDEDORA deja expresa constancia que no adeuda suma alguna de dinero por concepto de impuestos arbitrios municipales y en general los que pudieran adeudarse o sean exigibles y que afecten a las acciones y derechos que se venden y que estén impagos hasta la fecha de suscripción de la presente minuta.

SETIMO.- Las partes contratantes dejan expresa constancia que el pago del precio de la compra venta se ha efectuado en efectivo, y declaran que no han utilizado ningún medio de pago a la que se refiere la Ley 28194.

Agregue Ud. Señor Notario lo que fuere de ley y sírvase cursar el parte notarial correspondiente al Registro de predios para su inscripción.

Lima, 25 de marzo del 2013.