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¡ . - ', . ' ... , .... :.. i! ¡ REPÚBLICA DE COLOMBIA , •• •. °l"" ' f ' ... MINISTERIO . ' DE TRANSPORTE 1120 DECRETO NÚMERO DE 2019 26JUN2019 «Por el cual se modifican unos artículos de la Sección 7 del Capítulo 7 del Título 1 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1079 de 2015 Único Reglamentario del Sector Transporte» EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial de las consagradas en los artículos 189, numeral 11 de la Constitución Política , 3 de la Ley 105 de 1993 y 307 de la Ley 1955 de 2019, y CONSIDERANDO Que el literal b) del artículo 2 de la Ley 105 de 1993 "Por la cual se dictan disposiciones básicas sobre el transporte, se redistribuyen competencias y recursos entre la Nación y las Entidades Territoriales, se reglamenta la planeación en el sector transporte y se dictan otras disposiciones. ", establece que le corresponde al Estado la planeación, el control , la regulación y la vigilancia del transporte y de las actividades a él vinculadas . Que los numerales 1, 2 Y6 del artículo 3 de la Ley 105 de 1993 establecen que la operación del transporte público en Colombia es un servicio público bajo la regulación del Estado, quien ejercerá el control y la vigilancia necesarios para su adecuada prestación, en condiciones de calidad, oportunidad y seguridad. Así mismo, que corresponde a las autoridades competentes diseñar y ejecutar políticas dirigidas a fomentar el uso de los medios de transporte, racionalizando los equipos apropiados de acuerdo con la demanda y que el transporte de carga será prestado por personas naturales o jurídicas debidamente autorizadas por las autoridades y el Gobierno Nacional regulará su funcionamiento, así como los lineamientos para que el transporte de carga se lleve a cabo bajo condiciones de seguridad y eficiencia y podrá establecer condiciones técnicas y de seguridad para la prestación del servicio. Que los artículos 5 y 66 de la Ley 336 de 1996 " Estatuto General de Transporte" disponen que el servicio de transporte prestado por las empresas de transporte es un servicio público esencial bajo la regulación del Estado y que este debe garantizar su prestación y la protección de los usuarios , mediante, entre otras medidas, la regulación del ingreso de vehículos por incremento al servicio público . Que el artículo 37 de la Ley 769 de 2002 "Por la cual se expide el Código Nacional de Tránsito Terrestre y se dictan otras disposiciones", preceptúa que el registro inicial de un vehículo se podrá hacer en cualquier organismo de tránsito y que sus características técnicas y de capacidad deben estar homologadas por el Ministerio de Transporte para su operación en las vías del territorio nacional. Que el Decreto 2450 de 2008 "por el cual se modifica parcialmente el Decreto 2085 de 2008 "Por el cual se reglamenta el ingreso de vehículos al servicio particular y público de transporte terrestre automotor de carga", establece medidas para el ingreso de vehículos al servicio particular y público de transporte terrestre automotor de carga con capacidad superior a tres (3) toneladas, mediante los mecanismos de reposición por desintegración física total o caución. Que el Decreto 1131 de 2009, por el cual se modificó el Decreto 2085 de 2008, dispuso medidas para el ingreso de vehículos al servicio particular y público de transporte terrestre automotor de ,.

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Page 1: MINISTERIO - Presidencia de la República de Colombia · toneladas, mediante los mecanismos de reposición por desintegración física total o caución. Que el Decreto 1131 de 2009,

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REPUacuteBLICA DE COLOMBIA

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1120DECRETO NUacuteMERO DE 2019

26JUN2019 laquoPor el cual se modifican unos artiacuteculos de la Seccioacuten 7 del Capiacutetulo 7 del Tiacutetulo 1 de la Parte 2

del Libro 2 del Decreto 1079 de 2015 Uacutenico Reglamentario del Sector Transporteraquo

EL PRESIDENTE DE LA REPUacuteBLICA DE COLOMBIA

En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales en especial de las consagradas en los artiacuteculos 189 numeral 11 de la Constitucioacuten Poliacutetica 3 de la Ley 105 de 1993 y 307 de la Ley 1955 de 2019 y

CONSIDERANDO

Que el literal b) del artiacuteculo 2 de la Ley 105 de 1993 Por la cual se dictan disposiciones baacutesicas sobre el transporte se redistribuyen competencias y recursos entre la Nacioacuten y las Entidades Territoriales se reglamenta la planeacioacuten en el sector transporte y se dictan otras disposiciones establece que le corresponde al Estado la planeacioacuten el control la regulacioacuten y la vigilancia del transporte y de las actividades aeacutel vinculadas

Que los numerales 1 2 Y6 del artiacuteculo 3 de la Ley 105 de 1993 establecen que la operacioacuten del transporte puacuteblico en Colombia es un servicio puacuteblico bajo la regulacioacuten del Estado quien ejerceraacute el control y la vigilancia necesarios para su adecuada prestacioacuten en condiciones de calidad oportunidad y seguridad Asiacute mismo que corresponde a las autoridades competentes disentildear y ejecutar poliacuteticas dirigidas a fomentar el uso de los medios de transporte racionalizando los equipos apropiados de acuerdo con la demanda y que el transporte de carga seraacute prestado por personas naturales o juriacutedicas debidamente autorizadas por las autoridades y el Gobierno Nacional regularaacute su funcionamiento asiacute como los lineamientos para que el transporte de carga se lleve acabo bajo condiciones de seguridad y eficiencia y podraacute establecer condiciones teacutecnicas y de seguridad para la prestacioacuten del servicio

Que los artiacuteculos 5 y 66 de la Ley 336 de 1996 Estatuto General de Transporte disponen que el servicio de transporte prestado por las empresas de transporte es un servicio puacuteblico esencial bajo la regulacioacuten del Estado y que este debe garantizar su prestacioacuten y la proteccioacuten de los usuarios mediante entre otras medidas la regulacioacuten del ingreso de vehiacuteculos por incremento al servicio puacuteblico

Que el artiacuteculo 37 de la Ley 769 de 2002 Por la cual se expide el Coacutedigo Nacional de Traacutensito Terrestre y se dictan otras disposiciones preceptuacutea que el registro inicial de un vehiacuteculo se podraacute hacer en cualquier organismo de traacutensito y que sus caracteriacutesticas teacutecnicas y de capacidad deben estar homologadas por el Ministerio de Transporte para su operacioacuten en las viacuteas del territorio nacional

Que el Decreto 2450 de 2008 por el cual se modifica parcialmente el Decreto 2085 de 2008 Por el cual se reglamenta el ingreso de vehiacuteculos al servicio particular y puacuteblico de transporte terrestre automotor de carga establece medidas para el ingreso de vehiacuteculos al servicio particular y puacuteblico de transporte terrestre automotor de carga con capacidad superior a tres (3) toneladas mediante los mecanismos de reposicioacuten por desintegracioacuten fiacutesica total o caucioacuten

Que el Decreto 1131 de 2009 por el cual se modificoacute el Decreto 2085 de 2008 dispuso medidas para el ingreso de vehiacuteculos al servicio particular y puacuteblico de transporte terrestre automotor de

DECRETO NUacuteMERO 11 ODE HOJA 2

laquo el cual se modifican unos artiacuteculos de la Seccioacuten 7del Capiacutetulo 7del Titulo 1de la Parte 2 2 del Decreto nuacutemero 1 de 2015 Uacutenico Reglamentario del Sector Transporteraquo

con Peso Bruto Vehicular (PBV) superior a diez quinientos (1D500) kilogramos mediante los mecanismos reposicioacuten por desintegracioacuten total o caucioacuten

Que mediante el 1769 3 se modificoacute el artiacuteculo 1 y se derogaron artiacuteculos 6 7 Y 8 del Decreto de 2008 modificado por los Decretos 2450 de 2008 y 1131 de 2009 estableciendo medidas para el ingreso de vehiacuteculos al servicio particular y puacuteblico de transporte terrestre automotor de con Peso Bruto Vehicular (P BV) superior a diez mil quinientos (10500) kilogramos mediante el mecanismo de reposicioacuten desintegracioacuten fiacutesica total o hurto

Que posteriormente se expidioacute el Decreto de 2013 por el cual se modificaron los artiacuteculos 1y3 del Decreto 2085 de 2008 modificado por los 2450 2008 1131 de 2009 y 1769

2013 en el de establecer medidas para el ingreso de vehiacuteculos al servicio particular y puacuteblico de transporte terrestre automotor de con Bruto Vehicular (PBV) superior a diez mil (10500) kilogramos mediante el mecanismo de reposicioacuten por desintegracioacuten fiacutesica total o hurto y exceptuar ingreso por reposicioacuten por desintegracioacuten fiacutesica total a los vehiacuteculos tipo volqueta mezcladoras (mixer) compactadores o recolectores residuos soacutelidos blindados para el transporte de valores gruacuteas aeacutereas y de sostenimiento redes equipos de succioacuten alcantarillas equipos irrigadores de agua y asfaltos equipos lavado y succioacuten equipos saneamiento ambiental carro taller equipos de equipos mineriacutea equipos bomberos equipos sector petrolero equipos autobombas de concreto y se establece que no podraacuten ser objeto cambio sus condiciones iniciales ingreso

Que mediante el documento 3759 2013 Lineamientos Poliacutetica para la modernizacioacuten del transporte automotor de carga y declaratoria de importancia estrateacutegica del programa de reposicioacuten y renovacioacuten del parque automotor carga se declaroacute importancia estrateacutegica el Programa de Promocioacuten para la Reposicioacuten yRenovacioacuten del Parque Automotor

contemplando inversiones del orden de 11 billones de pesos

Que en el Libro 2 Parte 2 Tiacutetulo 1 Capiacutetulo 7 Seccioacuten 7 del 1079 de 2015 medio del cual se Expide el Decreto Uacutenico Reglamentario del Sector Transporte adicionado por los Decretos 1514 y 1 7 de 2016 modificado por los 153 de 7 y de 2019 se compilaron las medidas para el ingreso de vehiacuteculos al servicio particular y puacuteblico de transporte

automotor de con Peso Bruto Vehicular (PBv) superior a diez mil quinientos (10500) kilogramos a traveacutes del mecanismo de reposicioacuten por desintegracioacuten fiacutesica total o hurto se dispuso que el Ministerio de Transporte determinariacutea condiciones y procedimientos para el registro inicial y desintegracioacuten de vehiacuteculos de transporte terrestre automotor de carga servicio puacuteblico y particular por reposicioacuten peacuterdida o destruccioacuten total o hurto y se est3bIEClerO

causales y el procedimiento para la normalizacioacuten los vehiacuteculos que presentan omisiones en su registro inicial

Que mediante la Resolucioacuten 332 del 20 de febrero de 2017 Por la cual se definen condiciones y el procedimiento los traacutemites inherentes a la poliacutetica puacuteblica modernizacioacuten del automotor de y se dictan otras disposiciones el Ministerio de Transporte definioacute condiciones y traacutemites inherentes a la poliacutetica puacuteblica de modernizacioacuten del parque automotor

carga deben cumplir los vehiacuteculos para sus propietarios al reconocimiento econoacutemico por desintegracioacuten el registro vehiacuteculos de carga por reposicioacuten ycaucioacuten yel traacutemite deben las entidades participan en respectivos procesos

el artiacuteculo de la Resolucioacuten de 2017 dispone que Hasta tanto se con el OPERADOR y AUDITOR de que la presente resolucioacuten los procedimientos establecidos en la Resolucioacuten 7036 2012 se continuaran aplicando en lo pertinente la labor inspeccioacuten y vigilancia la seguiraacute realizando la DIJIN y sistema RUNT continuaraacute realizando mismas

3 DECRETO NUacuteMERO 112 O DE HOJA

laquoPor el cual se modifican unos artiacuteculos de la Seccioacuten 7 del Capiacutetulo 7del Tiacutetulo 1de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto nuacutemero 1079 de 2015 Uacutenico Reglamentario del Sector Transporteraquo

validaciones y procesos refirieacutendose a los procesos de desintegracioacuten fiacutesica incluyendo aquellos que dan lugar a reconocimiento econoacutemico

Que el artiacuteculo 1del Decreto 2156 de 2018 modificoacute el artiacuteculo 2217714 de la de la Seccioacuten 7 del Capiacutetulo 7 del Tiacutetulo 1 de la Parte 2 del libro 2 del Decreto 1079 de 2015 en el sentido de establecer que la ejecucioacuten de los recursos del Programa de Promocioacuten para la Reposicioacuten y Renovacioacuten del Parque Automotor de Carga se realizaraacute antes del 30 de junio de 2019

Que de conformidad con lo establecido en el artiacuteculo 7 de la Ley 1340 de 2009 modificado por el artiacuteculo 146 de la Ley 1955 de 2019 el Ministerio de Transporte mediante correo electroacutenico del 16 de abril de 2019 solicitoacute a la Superintendencia de Industria y Comercio el Concepto de Abogaciacutea de la competencia sobre el presente proyecto de Decreto

Que la Superintendencia de Industria y Comercio mediante oficio No 19-90283-4-0 del 21 de mayo de 2019 rindioacute concepto de abogaciacutea de la competencia en donde recomienda

Evaluar el efecto de establecer en el artiacuteculo 221772 del proyecto el 15 del valor comercial del vehiacuteculo por el registro inicial de vehfculos nuevos nacionales o importados con el fin de evitar que estos incentivos sean contraproducentes y se desincentive la desintegracioacuten de los vehiacuteculos de transporte de carga con antiguumledad igualo superior a 20 antildeos [ iexclConsiderar la pertinencia de incluir en el articulado del Proyecto de cara al supuesto de reposicioacuten por desintegracioacuten total peacuterdida total destruccioacuten total o hurto incentivos complementarios al beneficio de exencioacuten del pago del 15 para el registro inicial de vehiacuteculos nuevos

Que por lo anterior el Ministerio de Transporte procedioacute a evaluar y considerar las recomendaciones presentadas frente a lo cual se indica que la inclusioacuten del requisito del pago del quince por ciento (15) del valor comercial del vehiacuteculo para el registro inicial no supone un desincentivo para la desintegracioacuten de los vehiacuteculos de transporte de carga de maacutes de 20 antildeos de antiguumledad toda vez que el nuevo programa determinado por el Ministerio de Transporte supone incentivos econoacutemicos e incentivos tributarios adicionales estos uacuteltimos previstos en el artiacuteculo 11 de la Ley 1943 de 2018 para realizar el ingreso de vehiacuteculo nuevo a traveacutes del proceso de reposicioacuten

Que el artiacuteculo 307 de la Ley 1955 de 2019 Por la cual se expide el Plan Nacional de Desarrollo 2018-2022 Pacto por Colombia Pacto por la Equidad establecioacute la facultad del Gobierno nacional para reglamentar el porcentaje del valor comercial del vehiacuteculo nuevo de carga que deberaacuten pagar los interesados como requisito para el registro inicial el cual se destinaraacute para la financiacioacuten del Fondo Nacional de Modernizacioacuten del Parque Automotor de Carga

Que con el fin de garantizar los principios de libre mercado solidaridad eficiencia y seguridad juriacutedica en el proceso de registro inicial de vehiacuteculos nuevos nacionales o importados de transporte terrestre automotor de carga de servicio puacuteblico y particular con Peso Bruto Vehicular (PBv) igual o mayor a 10500 kilogramos se hace necesario establecer poliacuteticas y mecanismos que nos permitan seguir avanzando en obtener mejores resultados en la eficiencia del transporte de carga y logiacutestica para lo cual se realizaron mesas de trabajo entre los meses de octubre de 2018 y abril de 2019 con representantes de las agremiaciones ACC ATC CCT ANT Camioneros de Colombia entre otros

Que en consecuencia se hace necesario modificar la Seccioacuten 7 del Capiacutetulo 7 del Tiacutetulo 1de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1079 de 2015 en relacioacuten con el ingreso de vehiacuteculos al servicio particular y puacuteblico de transporte terrestre automotor de carga para construir mecanismos orientados a reducir o eliminar las externalidades negativas que impactan el sector

4 NUacuteMERO 1120 HOJA

(Por el cual se modifican unos artiacuteculos de la Seccioacuten 7 del Capiacutetulo 7 Tiacutetulo 1de la Parte 2del Libro 2del Decreto nlJmero 1 2015 Uacutenico Reglamentario Sector Transporteraquo

como lo son emisiones contaminantes y los elevados costos del transporte asociados con la antiguumledad parque automotor

En meacuterito de lo expuesto

DECRETA

Artiacuteculo 1 Modifiacutequese el artiacuteculo 221 1 de la Seccioacuten 7 del Capiacutetulo 7 del Tiacutetulo 1 de la Parte 2del Libro 2del Decreto 1079 de 2015 Uacutenico Reglamentario del Sector Transporte el cual queda

Artiacuteculo 221 Objeto presente Seccioacuten tiene por objeto el establecimiento de requisitos para el registro inicial de vehiacuteculos al servicio particular y puacuteblico de transporte terrestre automotor de carga con Peso Bruto Vehicular (P8V) superior a mil quinientos (10500) kilogramos

Artiacuteculo 2 Modifiacutequese el artiacuteculo 772 de la Seccioacuten 7 del Capiacutetulo 7 Tiacutetulo 1 la 2del Libro 2del Decreto 1 de 2015 Uacutenico Reglamentario del Sector Transporte el cual

queda asiacute

Artiacuteculo 221112 Registro Inicial El registro inicial de los vehiacuteculos de servicio puacuteblico y particular de transporte terrestre automotor de carga se podraacute ante cualquier organismo

traacutensito por de vehiacuteculo nuevo o por reposicioacuten Seraacute por reposicioacuten cuando el vehiacuteculo entra en reemplazo de un vehiacuteculo del servicio de transporte carga que haya sido sometido al proceso desintegracioacuten total opor peacuterdida o destruccioacuten total o hurto

En el que se del registro inicial de vehiacuteculo nuevo o importado de servicio puacuteblico y particular transporte terrestre automotor de carga quien solicite el registro deberaacute pagar un valor correspondiente al quince por ciento (15) del valor comercial del vehiacuteculo sin incluir ellVA destinado a la financiacioacuten del programa modemizacioacuten parque automotor de carga

Cuando se trate del registro inicial de vehiacuteculos nuevos nacionales o importados de servicio puacuteblico y particular de transporte automotor que en reposicioacuten de un vehiacuteculo sometido al proceso de desintegracioacuten fiacutesica total opor peacuterdida total odestruccioacuten total opor hurto se deberaacute cumplir con los requisitos que establezca el Ministerio de Transporte en un tiempo no mayor ados (2) meses contados apartir de la entrada en vigencia de la presente modificacioacuten y no se deberaacute cancelar el valor del quince por ciento (15) indicado en el inciso anterior

Paraacutegrafo 1 todos los casos en los que se solicite el registro inicial de vehiacuteculos riacutegidos de carroceriacuteas que a continuacioacuten se relacionan estaraacuten exentos del pago del porcentaje

sentildealado 15 y no podraacuten ser objeto de cambio de sus condiciones iniciales de ingreso

iVolqueta iLMezcladoras (mixer) iiLCompactadores o recolectores de residuos soacutelidos iVBlindados para el transporte de vGrUacuteas aeacutereas y sostenimiento de redes viacuteEquipos de succioacuten limpieza alcantarillas viiEquipos irrigadores de agua y de asfaltos viiiEquipos de lavado ysuccioacuten ixEquipos de saneamiento ambiental

5 DECRETO NLIMERO 112ODE HOJA

laquoPor el cual se modifican unos artiacuteculos de la Seccioacuten 7 del Capiacutetulo 7del Tiacutetulo 1de la Parte 2del Libro 2del Decreto nuacutemero 1079 de 2015 Uacutenico Reglamentario del Sector Transporteraquo

xCarro taller xiEquipos de riego xiiEquipos de mineriacutea xiiiEquipos de bomberos xiv Equipos especiales del sector petrolero xv Equipos autobombas de concreto

Paraacutegrafo 2 En el evento que se requiera efectuar el traacutemite de traspaso ycambio de servicio de un vehiacuteculo de transporte de carga de servicio oficial aservicio particular el adquirente del vehiacuteculo deberaacute acreditar ante el organismo de traacutensito donde se solicite el traacutemite el cumplimiento de lo dispuesto en el presente artiacuteculo para el registro inicial de vehiacuteculos nuevos de servicio particular de carga y a la reglamentacioacuten que expida el Ministerio de Transporte para el efecto en un tiempo no mayor ados (2) meses contados apartir de la entrada en vigencia de la presente modificacioacuten

Artiacuteculo 3 Modifiacutequese el artiacuteculo 221773 de la Seccioacuten 7 del Capiacutetulo 7 del Tiacutetulo 1 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1079 de 2015 Uacutenico Reglamentario del Sector Transporte el cual queda asiacute

Artiacuteculo 221773 Equivalencia para la reposicioacuten Para el registro inicial de un vehiacuteculo nuevo de servicio puacuteblico o particular de transporte terrestre automotor de carga por reposicioacuten de otro ambos con Peso Bruto Vehicular (PBv) superior a diez mil quinientos (10500) kilogramos se realizaraacute siempre y cuando se haya efectuado el proceso de desintegracioacuten fiacutesica o se haya declarado en peacuterdida total odestruccioacuten total odeclarado hurtado yde acuerdo con las siguientes equivalencias

a) Si el vehiacuteculo a registrar corresponde a la misma configuracioacuten del vehiacuteculo a reponer la equivalencia seraacute de uno a uno independientemente de la capacidad de carga de ambos vehiacuteculos

b) Si el vehiacuteculo a registrar es de configuracioacuten superior a la del vehiacuteculo a reponer se deberaacute aplicar la siguiente tabla

Configuracioacuten a registrar seguacuten la Resolucioacuten 4100 de 2004 del Ministerio de Transporte o la norma que la modifique adicione o derogue

Configuracioacuten a reponer seguacuten la Resolucioacuten 4100 de 2004 del Ministerio de Transporte o la norma que la modifique adicione o derogue

Cantidad

3S 2S 1 4 1 3 1 2 2

2S 4 1 3 1 2 2

4 3 1 2 2

3 2 2

c) Si el vehiacuteculo a registrar es de configuracioacuten menor a la del vehiacuteculo a reponer la equivalencia seraacute de uno auno independientemente de la capacidad de carga de ambos vehiacuteculos

HOJA 6

laquo el cual se modifican unos artiacuteculos de la 7 del Capiacutetulo 7 Tiacutetulo 1 la Parte 2 del Libro 2 Decreto nuacutemero 1079 de 5 Uacutenico Reglamentario del Sector Transporteraquo

Paraacutegrafo El vehiacuteculo que ingresa reposlclon vehiacuteculo desintegrado o se haya declarado en peacuterdida total o destruccioacuten total o declarado hurtado deberaacute registrarse en el mismo servicio puacuteblico o particular del vehiacuteculo sujeto de reposicioacuten

Artiacuteculo 4 Modifiacutequese el artiacuteculo de la Seccioacuten 7 del Capiacutetulo 7 del Tiacutetulo 1 de la 2 del Libro 2 Decreto 1 2015 Uacutenico Reglamentario Sector Transporte el cual

queda asiacute

Artiacuteculo 114 Registro Inicial ante los organismos de traacutensito organismos de traacutensito solamente deberaacuten efectuar el registro inicial de vehiacuteculos de transporte terrestre automotor de carga servicio particular o puacuteblico hasta tanto el solicitante en la matriacutecula deacute cumplimiento a requisitos para el traacutemite de inicial y el pago porcentaje indicado en el artiacuteculo 1 del presente Decreto o cuenten con el certificado de cumplimiento requisitos o aquel que reglamente el Ministerio Transporte y sus veces

de la 7 del 7 del Tiacutetulo 1 la 2 del Libro 2 Decreto 1079 2015 Uacutenico Reglamentario del Transporte el cual

queda asiacute

Artiacuteculo 5 Modifiacutequese el artiacuteculo

Artiacuteculo 221775 Condiciones y traacutemite El Ministerio Transporte determinaraacute y reglamentaraacute las condiciones y traacutemites para el registro inicial de vehiacuteculos transporte terrestre automotor de carga servicio puacuteblico y particular nuevos o que en reposicioacuten de un vehiacuteculo sometido al proceso de desintegracioacuten fiacutesica total declarado como peacuterdida o destruccioacuten total ohurtado en un tiempo no mayor ados contados apartir de la en vigencia de la modificacioacuten

de la 7 del Capiacutetulo 7 del Tiacutetulo 1 de la 2 del Libro 2 Decreto 1079 2015 Uacutenico Reglamentario del Transporte el cual

queda asiacute

Artiacuteculo 6 Modifiacutequese el artiacuteculo

Artiacuteculo 221776 Programa para la Modernizacioacuten del Parque Automotor de carga El Ministerio de Transporte disentildearaacute el programa de Modernizacioacuten del Automotor de carga

contemple otros incentivos econoacutemicos y incentivos tributarios de trata el artiacuteculo 11 la Ley 1943 de 2018 con el objeto de promover la desintegracioacuten y modernizacioacuten del parque automotor de carga reduccioacuten de emisiones contaminantes y de la calidad del aire dentro de los dos (2) meses siguientes a la entrada en vigencia la presente modificacioacuten

Artiacuteculo 7 Modifiacutequese el artiacuteculo 777 la Seccioacuten 7 del Capitulo 7 del Tiacutetulo 1 de la Parte 2del Libro 2 del Decreto 1079 de 2015 Uacutenico Reglamentario del Sector Transporte el cual queda asiacute

Artiacuteculo 221777 Destinacioacuten de dineros recaudados por el ingreso de vehiacuteculos nuevos de transporte de Los dineros se recauden por el pago del quince por ciento (15) del valor comercial del vehiacuteculo sin incluir el IVA previsto en el artiacuteculo 221772 del presente Decreto se destinaraacuten al de modernizacioacuten del parque automotor sentildealado en el artiacuteculo 221776 del mismo de acuerdo con lo establecido en el artiacuteculo 307 de la Ley 1 de 2019

7 DECRETO NUacuteMERO 112 O DE HOJA

Por el cual se modifican unos artiacuteculos de la Seccioacuten 7 del Capiacutetulo 7 del Tiacutetulo 1de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto nuacutemero 1079 de 2015 Uacutenico Reglamentario del Sector Transporteraquo

Artiacuteculo 8 Modifiacutequese el artiacuteculo 221778 de la Seccioacuten 7 del Capiacutetulo 7 del Tiacutetulo 1 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1079 de 2015 Uacutenico Reglamentario del Sector Transporte el cual queda asiacute

Artiacuteculo 221778 Certificaciones de Cumplimiento de Requisitos Las solicitudes de certificacioacuten del cumplimiento de requisitos para el registro inicial de vehiacuteculos de servicio puacuteblico terrestre automotor de carga presentadas en vigencia de decretos anteriores se tramitaraacuten con base en las disposiciones aplicables al momento de su radicacioacuten

Paraacutegrafo 1 Los certificados de cumplimiento de requisitos asignados y que no hayan sido utilizados podraacuten ser usados para reponer un vehiacuteculo y se encuentran exceptuados de pagar el quince por ciento (15) del valor comercial de su vehiacuteculo indicado en el artiacuteculo 221772 del presente Decreto

Paraacutegrafo 2 Los Certificados de Cancelacioacuten de Matricula - CCM - que hayan sido adquiridos para la matriacutecula de un vehiacuteculo de transporte automotor de carga antes del 30 de junio de 2019 y que no hayan sido utilizados podraacuten ser empleados para realizar el registro de matriacutecula inicial de un nuevo vehiacuteculo en las condiciones vigentes al momento de su adquisicioacuten

Artiacuteculo 9 Modifiacutequese el artiacuteculo 221779 de la Seccioacuten 7 del Capiacutetulo 7 del Tiacutetulo 1 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1079 de 2015 Uacutenico Reglamentario del Sector Transporte el cual queda asiacute

Artiacuteculo 221779 Condiciones del Programa de Modernizacioacuten del Parque Automotor de Carga El programa de Modernizacioacuten del Parque Automotor de carga estaraacute condicionado a la existencia de los recursos obtenidos de

1 El saldo de los recursos pendientes por ejecutar del Programa de Promocioacuten para la Reposicioacuten y Renovacioacuten del Parque Automotor de Carga 2 Los recursos provenientes del pago efectuado por los interesados dentro del proceso de normalizacioacuten del registro inicial de vehiacuteculos de carga yo del pago del quince por ciento 15 de un porcentaje del valor comercial del vehiacuteculo nuevo de carga 3 Los recursos aportados por particulares y organismos multilaterales 4 Los recursos que de manera subsidiaria aporte el Gobierno nacional de acuerdo con el marco de gasto del sector y el Marco Fiscal de Mediano Plazo

Artiacuteculo 10 Modifiacutequese el artiacuteculo 2217710 de la Seccioacuten 7 del Capiacutetulo 7 del Tiacutetulo 1 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1079 de 2015 Uacutenico Reglamentario del Sector Transporte el cual queda asiacute

Artiacuteculo 2217710 Registro Uacutenico Nacional de Desintegracioacuten Fiacutesica de Vehiacuteculos e Ingreso de Nuevos Vehiacuteculos de Transporte Terrestre Automotor de Carga (RUNIS TAC) El Registro Uacutenico Nacional de Desintegracioacuten Fiacutesica de Vehiacuteculos e Ingreso de Nuevos Vehiacuteculos de Transporte Terrestre Automotor de Carga (RUNIS TAC) con Peso Bruto Vehicular (PBV) mayor a superior a diez mil quinientos (10500) kilogramos facilitaraacute la obtencioacuten de informacioacuten sobre el tamantildeo de la ftota de automotores destinados al transporte de carga

Paraacutegrafo El RUNIS TAC seraacute administrado y operado por el Ministerio de Transporte con el soporte tecnoloacutegico y operativo del sistema RUNT

8DECRETO NUacuteMERO 112O HOJA

laquoPor el cual se modifican unos artiacuteculos de la Seccioacuten 7del Capiacutetulo 7del Tiacutetulo 1 la Parte 2 Libro 2 del Decreto nuacutemero 1079 de 2015 Uacutenico Reglamentariacuteo del Sector Transporteraquo

Artiacuteculo 11 Modifiacutequese el artiacuteculo 7711 la 7 del 7 del Tiacutetulo 1 la Parte 2del 2 del Decreto 1079 de 2015 Uacutenico Reglamentario del Sector Transporte el cual queda asiacute

Artiacuteculo 2217711 Disponibilidad y ejecucioacuten de recursos del Programa de Modernizacioacuten Transporte Automotor de Carga El Ministerio Transporte coordinaraacute con el Ministerio Hacienda yCreacutedito Puacuteblico la ejecucioacuten de los recursos pendientes ejecutar del Programa Promocioacuten la Reposicioacuten y Renovacioacuten del Parque Automotor de Carga contemplado en el de 2013 como el valor del mismo destinado al nuevo Programa de Modernizacioacuten de Transporte Automotor de Carga junto con los recursos del

inicial de los vehiacuteculos automotores de carga el pago de un porcentaje del valor comercial del vehiacuteculo nuevo carga sentildealado en el artiacuteculo 772 del Decreto y cualquier otra fuente de financiacioacuten

Paraacutegrafo El Ministerio Transporte ejecutaraacute los recursos atraveacutes del Fondo Modernizacioacuten del automotor previsto eh el artiacuteculo 307 la 1 de 2019

Artiacuteculo 12 Modifiacutequese el artiacuteculo 2217712 la Seccioacuten 7 del Capiacutetulo 7 del Tiacutetulo 1de la Parte 2 2 del 1079 de 2015 Reglamentario del Sector Transporte el cual queda

Artiacuteculo 221 Reglamentacioacuten El Ministerio de Transporte reglamentaraacute las condiciones requisitos y traacutemites necesarios para el funcionamiento del RUNIS TAC y la creacioacuten de mecanismos de gestioacuten de recursos mencionados en el artiacuteculo 2217714 del presente Decreto en un tiempo no mayor ados (2) contados apartir la entrada en vigencia de la

rooClnTO modificacioacuten

Artiacuteculo 13 Modifiacutequese el artiacuteculo 17713 de la Seccioacuten 7 del Capiacutetulo 7 del Tiacutetulo 1de la Parte 2 del Libro 2del Decreto 1079 de 2015 Uacutenico Reglamentario del Sector Transporte el cual queda asiacute

Artiacuteculo 2217713 Contenido del RUNIS TAC El RUNIS contendraacute la informacioacuten vehiacuteculos desintegrados ydel ingreso de nuevos vehiacuteculos de Transporte Terrestre Automotor

de Carga una numeracioacuten consecutiva la fecha de la desintegracioacuten odel ingreso nuevos vehiacuteculos y elementos el Ministerio Transporte reglamente

Paraacutegrafo El Ministerio de Transporte velaraacute porque el RUNIS TAC cuente con estaacutendares internacionales de seguridad transparencia yeficiencia

Artiacuteculo 14 Modifiacutequese el artiacuteculo 2217714 de la Seccioacuten 7 del 7 del Tiacutetulo 1de la Parte 2 2 del 1079 de 2015 Uacutenico Reglamentario del Sector Transporte el cual queda

Artiacuteculo 221 Transicioacuten procesos de reconocimiento econoacutemico yreposicioacuten con reconocimiento econoacutemico radicados antes del 30 junio de 2019 se tramitaraacuten con en las disposiciones apliacutecables al momento de su radicacioacuten siempre ycuando tengan asignacioacuten presupuestal en el Programa de Promocioacuten para la Reposicioacuten y Renovacioacuten del Parque Automotor de Carga

los casos en cuales no sea posible realizar la asignacioacuten presupuestal antes del 30 de junio de 2019 la solicitud postulacioacuten seraacute rechazada ypodraacute optar por postularse al nuevo

I

9

_ Ir fUi p

DECRETO NUacuteMERO 1 t 2 O DE HOJA

laquoPor el cual se modifican unos artiacuteculos de la Seccioacuten 7 del Capitulo 7 del Tiacutetulo 1de la Parte 2del Libro 2del Decreto nuacutemero 1079 de 2015 Uacutenico Reglamentario del Sector Transporteraquo

Programa de Modernizacioacuten de Transporte Automotor de Carga que disentildee el Ministerio de Transporte

Artiacuteculo 15 Vigencia y Derogatoria El presente Decreto rige apartir del treinta (30) de junio de 2019 modifica los artiacuteculos 221771 221772 221773 221774 221775 221776 221777 221778 221779 2217710 2217711 2217712 22177132217714 Yderoga el artiacuteculo 2217715 de la Seccioacuten 7del Capiacutetulo 7del Tiacutetulo 1de la Parte 2del Libro 2del Decreto 1079 de 2015 Uacutenico Reglamentario del Sector Transporte

PUBUQUESE y CUacuteMPLASE 26JUN 201 Dado en Bogotaacute DC

J

EL MINISTRO DE HACIENDA YCREacuteDITO PUacuteBLICO

ALBERTO CARRASQUILLA BARRERA

LA MINISTRA DE TRANSPORTE

Page 2: MINISTERIO - Presidencia de la República de Colombia · toneladas, mediante los mecanismos de reposición por desintegración física total o caución. Que el Decreto 1131 de 2009,

DECRETO NUacuteMERO 11 ODE HOJA 2

laquo el cual se modifican unos artiacuteculos de la Seccioacuten 7del Capiacutetulo 7del Titulo 1de la Parte 2 2 del Decreto nuacutemero 1 de 2015 Uacutenico Reglamentario del Sector Transporteraquo

con Peso Bruto Vehicular (PBV) superior a diez quinientos (1D500) kilogramos mediante los mecanismos reposicioacuten por desintegracioacuten total o caucioacuten

Que mediante el 1769 3 se modificoacute el artiacuteculo 1 y se derogaron artiacuteculos 6 7 Y 8 del Decreto de 2008 modificado por los Decretos 2450 de 2008 y 1131 de 2009 estableciendo medidas para el ingreso de vehiacuteculos al servicio particular y puacuteblico de transporte terrestre automotor de con Peso Bruto Vehicular (P BV) superior a diez mil quinientos (10500) kilogramos mediante el mecanismo de reposicioacuten desintegracioacuten fiacutesica total o hurto

Que posteriormente se expidioacute el Decreto de 2013 por el cual se modificaron los artiacuteculos 1y3 del Decreto 2085 de 2008 modificado por los 2450 2008 1131 de 2009 y 1769

2013 en el de establecer medidas para el ingreso de vehiacuteculos al servicio particular y puacuteblico de transporte terrestre automotor de con Bruto Vehicular (PBV) superior a diez mil (10500) kilogramos mediante el mecanismo de reposicioacuten por desintegracioacuten fiacutesica total o hurto y exceptuar ingreso por reposicioacuten por desintegracioacuten fiacutesica total a los vehiacuteculos tipo volqueta mezcladoras (mixer) compactadores o recolectores residuos soacutelidos blindados para el transporte de valores gruacuteas aeacutereas y de sostenimiento redes equipos de succioacuten alcantarillas equipos irrigadores de agua y asfaltos equipos lavado y succioacuten equipos saneamiento ambiental carro taller equipos de equipos mineriacutea equipos bomberos equipos sector petrolero equipos autobombas de concreto y se establece que no podraacuten ser objeto cambio sus condiciones iniciales ingreso

Que mediante el documento 3759 2013 Lineamientos Poliacutetica para la modernizacioacuten del transporte automotor de carga y declaratoria de importancia estrateacutegica del programa de reposicioacuten y renovacioacuten del parque automotor carga se declaroacute importancia estrateacutegica el Programa de Promocioacuten para la Reposicioacuten yRenovacioacuten del Parque Automotor

contemplando inversiones del orden de 11 billones de pesos

Que en el Libro 2 Parte 2 Tiacutetulo 1 Capiacutetulo 7 Seccioacuten 7 del 1079 de 2015 medio del cual se Expide el Decreto Uacutenico Reglamentario del Sector Transporte adicionado por los Decretos 1514 y 1 7 de 2016 modificado por los 153 de 7 y de 2019 se compilaron las medidas para el ingreso de vehiacuteculos al servicio particular y puacuteblico de transporte

automotor de con Peso Bruto Vehicular (PBv) superior a diez mil quinientos (10500) kilogramos a traveacutes del mecanismo de reposicioacuten por desintegracioacuten fiacutesica total o hurto se dispuso que el Ministerio de Transporte determinariacutea condiciones y procedimientos para el registro inicial y desintegracioacuten de vehiacuteculos de transporte terrestre automotor de carga servicio puacuteblico y particular por reposicioacuten peacuterdida o destruccioacuten total o hurto y se est3bIEClerO

causales y el procedimiento para la normalizacioacuten los vehiacuteculos que presentan omisiones en su registro inicial

Que mediante la Resolucioacuten 332 del 20 de febrero de 2017 Por la cual se definen condiciones y el procedimiento los traacutemites inherentes a la poliacutetica puacuteblica modernizacioacuten del automotor de y se dictan otras disposiciones el Ministerio de Transporte definioacute condiciones y traacutemites inherentes a la poliacutetica puacuteblica de modernizacioacuten del parque automotor

carga deben cumplir los vehiacuteculos para sus propietarios al reconocimiento econoacutemico por desintegracioacuten el registro vehiacuteculos de carga por reposicioacuten ycaucioacuten yel traacutemite deben las entidades participan en respectivos procesos

el artiacuteculo de la Resolucioacuten de 2017 dispone que Hasta tanto se con el OPERADOR y AUDITOR de que la presente resolucioacuten los procedimientos establecidos en la Resolucioacuten 7036 2012 se continuaran aplicando en lo pertinente la labor inspeccioacuten y vigilancia la seguiraacute realizando la DIJIN y sistema RUNT continuaraacute realizando mismas

3 DECRETO NUacuteMERO 112 O DE HOJA

laquoPor el cual se modifican unos artiacuteculos de la Seccioacuten 7 del Capiacutetulo 7del Tiacutetulo 1de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto nuacutemero 1079 de 2015 Uacutenico Reglamentario del Sector Transporteraquo

validaciones y procesos refirieacutendose a los procesos de desintegracioacuten fiacutesica incluyendo aquellos que dan lugar a reconocimiento econoacutemico

Que el artiacuteculo 1del Decreto 2156 de 2018 modificoacute el artiacuteculo 2217714 de la de la Seccioacuten 7 del Capiacutetulo 7 del Tiacutetulo 1 de la Parte 2 del libro 2 del Decreto 1079 de 2015 en el sentido de establecer que la ejecucioacuten de los recursos del Programa de Promocioacuten para la Reposicioacuten y Renovacioacuten del Parque Automotor de Carga se realizaraacute antes del 30 de junio de 2019

Que de conformidad con lo establecido en el artiacuteculo 7 de la Ley 1340 de 2009 modificado por el artiacuteculo 146 de la Ley 1955 de 2019 el Ministerio de Transporte mediante correo electroacutenico del 16 de abril de 2019 solicitoacute a la Superintendencia de Industria y Comercio el Concepto de Abogaciacutea de la competencia sobre el presente proyecto de Decreto

Que la Superintendencia de Industria y Comercio mediante oficio No 19-90283-4-0 del 21 de mayo de 2019 rindioacute concepto de abogaciacutea de la competencia en donde recomienda

Evaluar el efecto de establecer en el artiacuteculo 221772 del proyecto el 15 del valor comercial del vehiacuteculo por el registro inicial de vehfculos nuevos nacionales o importados con el fin de evitar que estos incentivos sean contraproducentes y se desincentive la desintegracioacuten de los vehiacuteculos de transporte de carga con antiguumledad igualo superior a 20 antildeos [ iexclConsiderar la pertinencia de incluir en el articulado del Proyecto de cara al supuesto de reposicioacuten por desintegracioacuten total peacuterdida total destruccioacuten total o hurto incentivos complementarios al beneficio de exencioacuten del pago del 15 para el registro inicial de vehiacuteculos nuevos

Que por lo anterior el Ministerio de Transporte procedioacute a evaluar y considerar las recomendaciones presentadas frente a lo cual se indica que la inclusioacuten del requisito del pago del quince por ciento (15) del valor comercial del vehiacuteculo para el registro inicial no supone un desincentivo para la desintegracioacuten de los vehiacuteculos de transporte de carga de maacutes de 20 antildeos de antiguumledad toda vez que el nuevo programa determinado por el Ministerio de Transporte supone incentivos econoacutemicos e incentivos tributarios adicionales estos uacuteltimos previstos en el artiacuteculo 11 de la Ley 1943 de 2018 para realizar el ingreso de vehiacuteculo nuevo a traveacutes del proceso de reposicioacuten

Que el artiacuteculo 307 de la Ley 1955 de 2019 Por la cual se expide el Plan Nacional de Desarrollo 2018-2022 Pacto por Colombia Pacto por la Equidad establecioacute la facultad del Gobierno nacional para reglamentar el porcentaje del valor comercial del vehiacuteculo nuevo de carga que deberaacuten pagar los interesados como requisito para el registro inicial el cual se destinaraacute para la financiacioacuten del Fondo Nacional de Modernizacioacuten del Parque Automotor de Carga

Que con el fin de garantizar los principios de libre mercado solidaridad eficiencia y seguridad juriacutedica en el proceso de registro inicial de vehiacuteculos nuevos nacionales o importados de transporte terrestre automotor de carga de servicio puacuteblico y particular con Peso Bruto Vehicular (PBv) igual o mayor a 10500 kilogramos se hace necesario establecer poliacuteticas y mecanismos que nos permitan seguir avanzando en obtener mejores resultados en la eficiencia del transporte de carga y logiacutestica para lo cual se realizaron mesas de trabajo entre los meses de octubre de 2018 y abril de 2019 con representantes de las agremiaciones ACC ATC CCT ANT Camioneros de Colombia entre otros

Que en consecuencia se hace necesario modificar la Seccioacuten 7 del Capiacutetulo 7 del Tiacutetulo 1de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1079 de 2015 en relacioacuten con el ingreso de vehiacuteculos al servicio particular y puacuteblico de transporte terrestre automotor de carga para construir mecanismos orientados a reducir o eliminar las externalidades negativas que impactan el sector

4 NUacuteMERO 1120 HOJA

(Por el cual se modifican unos artiacuteculos de la Seccioacuten 7 del Capiacutetulo 7 Tiacutetulo 1de la Parte 2del Libro 2del Decreto nlJmero 1 2015 Uacutenico Reglamentario Sector Transporteraquo

como lo son emisiones contaminantes y los elevados costos del transporte asociados con la antiguumledad parque automotor

En meacuterito de lo expuesto

DECRETA

Artiacuteculo 1 Modifiacutequese el artiacuteculo 221 1 de la Seccioacuten 7 del Capiacutetulo 7 del Tiacutetulo 1 de la Parte 2del Libro 2del Decreto 1079 de 2015 Uacutenico Reglamentario del Sector Transporte el cual queda

Artiacuteculo 221 Objeto presente Seccioacuten tiene por objeto el establecimiento de requisitos para el registro inicial de vehiacuteculos al servicio particular y puacuteblico de transporte terrestre automotor de carga con Peso Bruto Vehicular (P8V) superior a mil quinientos (10500) kilogramos

Artiacuteculo 2 Modifiacutequese el artiacuteculo 772 de la Seccioacuten 7 del Capiacutetulo 7 Tiacutetulo 1 la 2del Libro 2del Decreto 1 de 2015 Uacutenico Reglamentario del Sector Transporte el cual

queda asiacute

Artiacuteculo 221112 Registro Inicial El registro inicial de los vehiacuteculos de servicio puacuteblico y particular de transporte terrestre automotor de carga se podraacute ante cualquier organismo

traacutensito por de vehiacuteculo nuevo o por reposicioacuten Seraacute por reposicioacuten cuando el vehiacuteculo entra en reemplazo de un vehiacuteculo del servicio de transporte carga que haya sido sometido al proceso desintegracioacuten total opor peacuterdida o destruccioacuten total o hurto

En el que se del registro inicial de vehiacuteculo nuevo o importado de servicio puacuteblico y particular transporte terrestre automotor de carga quien solicite el registro deberaacute pagar un valor correspondiente al quince por ciento (15) del valor comercial del vehiacuteculo sin incluir ellVA destinado a la financiacioacuten del programa modemizacioacuten parque automotor de carga

Cuando se trate del registro inicial de vehiacuteculos nuevos nacionales o importados de servicio puacuteblico y particular de transporte automotor que en reposicioacuten de un vehiacuteculo sometido al proceso de desintegracioacuten fiacutesica total opor peacuterdida total odestruccioacuten total opor hurto se deberaacute cumplir con los requisitos que establezca el Ministerio de Transporte en un tiempo no mayor ados (2) meses contados apartir de la entrada en vigencia de la presente modificacioacuten y no se deberaacute cancelar el valor del quince por ciento (15) indicado en el inciso anterior

Paraacutegrafo 1 todos los casos en los que se solicite el registro inicial de vehiacuteculos riacutegidos de carroceriacuteas que a continuacioacuten se relacionan estaraacuten exentos del pago del porcentaje

sentildealado 15 y no podraacuten ser objeto de cambio de sus condiciones iniciales de ingreso

iVolqueta iLMezcladoras (mixer) iiLCompactadores o recolectores de residuos soacutelidos iVBlindados para el transporte de vGrUacuteas aeacutereas y sostenimiento de redes viacuteEquipos de succioacuten limpieza alcantarillas viiEquipos irrigadores de agua y de asfaltos viiiEquipos de lavado ysuccioacuten ixEquipos de saneamiento ambiental

5 DECRETO NLIMERO 112ODE HOJA

laquoPor el cual se modifican unos artiacuteculos de la Seccioacuten 7 del Capiacutetulo 7del Tiacutetulo 1de la Parte 2del Libro 2del Decreto nuacutemero 1079 de 2015 Uacutenico Reglamentario del Sector Transporteraquo

xCarro taller xiEquipos de riego xiiEquipos de mineriacutea xiiiEquipos de bomberos xiv Equipos especiales del sector petrolero xv Equipos autobombas de concreto

Paraacutegrafo 2 En el evento que se requiera efectuar el traacutemite de traspaso ycambio de servicio de un vehiacuteculo de transporte de carga de servicio oficial aservicio particular el adquirente del vehiacuteculo deberaacute acreditar ante el organismo de traacutensito donde se solicite el traacutemite el cumplimiento de lo dispuesto en el presente artiacuteculo para el registro inicial de vehiacuteculos nuevos de servicio particular de carga y a la reglamentacioacuten que expida el Ministerio de Transporte para el efecto en un tiempo no mayor ados (2) meses contados apartir de la entrada en vigencia de la presente modificacioacuten

Artiacuteculo 3 Modifiacutequese el artiacuteculo 221773 de la Seccioacuten 7 del Capiacutetulo 7 del Tiacutetulo 1 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1079 de 2015 Uacutenico Reglamentario del Sector Transporte el cual queda asiacute

Artiacuteculo 221773 Equivalencia para la reposicioacuten Para el registro inicial de un vehiacuteculo nuevo de servicio puacuteblico o particular de transporte terrestre automotor de carga por reposicioacuten de otro ambos con Peso Bruto Vehicular (PBv) superior a diez mil quinientos (10500) kilogramos se realizaraacute siempre y cuando se haya efectuado el proceso de desintegracioacuten fiacutesica o se haya declarado en peacuterdida total odestruccioacuten total odeclarado hurtado yde acuerdo con las siguientes equivalencias

a) Si el vehiacuteculo a registrar corresponde a la misma configuracioacuten del vehiacuteculo a reponer la equivalencia seraacute de uno a uno independientemente de la capacidad de carga de ambos vehiacuteculos

b) Si el vehiacuteculo a registrar es de configuracioacuten superior a la del vehiacuteculo a reponer se deberaacute aplicar la siguiente tabla

Configuracioacuten a registrar seguacuten la Resolucioacuten 4100 de 2004 del Ministerio de Transporte o la norma que la modifique adicione o derogue

Configuracioacuten a reponer seguacuten la Resolucioacuten 4100 de 2004 del Ministerio de Transporte o la norma que la modifique adicione o derogue

Cantidad

3S 2S 1 4 1 3 1 2 2

2S 4 1 3 1 2 2

4 3 1 2 2

3 2 2

c) Si el vehiacuteculo a registrar es de configuracioacuten menor a la del vehiacuteculo a reponer la equivalencia seraacute de uno auno independientemente de la capacidad de carga de ambos vehiacuteculos

HOJA 6

laquo el cual se modifican unos artiacuteculos de la 7 del Capiacutetulo 7 Tiacutetulo 1 la Parte 2 del Libro 2 Decreto nuacutemero 1079 de 5 Uacutenico Reglamentario del Sector Transporteraquo

Paraacutegrafo El vehiacuteculo que ingresa reposlclon vehiacuteculo desintegrado o se haya declarado en peacuterdida total o destruccioacuten total o declarado hurtado deberaacute registrarse en el mismo servicio puacuteblico o particular del vehiacuteculo sujeto de reposicioacuten

Artiacuteculo 4 Modifiacutequese el artiacuteculo de la Seccioacuten 7 del Capiacutetulo 7 del Tiacutetulo 1 de la 2 del Libro 2 Decreto 1 2015 Uacutenico Reglamentario Sector Transporte el cual

queda asiacute

Artiacuteculo 114 Registro Inicial ante los organismos de traacutensito organismos de traacutensito solamente deberaacuten efectuar el registro inicial de vehiacuteculos de transporte terrestre automotor de carga servicio particular o puacuteblico hasta tanto el solicitante en la matriacutecula deacute cumplimiento a requisitos para el traacutemite de inicial y el pago porcentaje indicado en el artiacuteculo 1 del presente Decreto o cuenten con el certificado de cumplimiento requisitos o aquel que reglamente el Ministerio Transporte y sus veces

de la 7 del 7 del Tiacutetulo 1 la 2 del Libro 2 Decreto 1079 2015 Uacutenico Reglamentario del Transporte el cual

queda asiacute

Artiacuteculo 5 Modifiacutequese el artiacuteculo

Artiacuteculo 221775 Condiciones y traacutemite El Ministerio Transporte determinaraacute y reglamentaraacute las condiciones y traacutemites para el registro inicial de vehiacuteculos transporte terrestre automotor de carga servicio puacuteblico y particular nuevos o que en reposicioacuten de un vehiacuteculo sometido al proceso de desintegracioacuten fiacutesica total declarado como peacuterdida o destruccioacuten total ohurtado en un tiempo no mayor ados contados apartir de la en vigencia de la modificacioacuten

de la 7 del Capiacutetulo 7 del Tiacutetulo 1 de la 2 del Libro 2 Decreto 1079 2015 Uacutenico Reglamentario del Transporte el cual

queda asiacute

Artiacuteculo 6 Modifiacutequese el artiacuteculo

Artiacuteculo 221776 Programa para la Modernizacioacuten del Parque Automotor de carga El Ministerio de Transporte disentildearaacute el programa de Modernizacioacuten del Automotor de carga

contemple otros incentivos econoacutemicos y incentivos tributarios de trata el artiacuteculo 11 la Ley 1943 de 2018 con el objeto de promover la desintegracioacuten y modernizacioacuten del parque automotor de carga reduccioacuten de emisiones contaminantes y de la calidad del aire dentro de los dos (2) meses siguientes a la entrada en vigencia la presente modificacioacuten

Artiacuteculo 7 Modifiacutequese el artiacuteculo 777 la Seccioacuten 7 del Capitulo 7 del Tiacutetulo 1 de la Parte 2del Libro 2 del Decreto 1079 de 2015 Uacutenico Reglamentario del Sector Transporte el cual queda asiacute

Artiacuteculo 221777 Destinacioacuten de dineros recaudados por el ingreso de vehiacuteculos nuevos de transporte de Los dineros se recauden por el pago del quince por ciento (15) del valor comercial del vehiacuteculo sin incluir el IVA previsto en el artiacuteculo 221772 del presente Decreto se destinaraacuten al de modernizacioacuten del parque automotor sentildealado en el artiacuteculo 221776 del mismo de acuerdo con lo establecido en el artiacuteculo 307 de la Ley 1 de 2019

7 DECRETO NUacuteMERO 112 O DE HOJA

Por el cual se modifican unos artiacuteculos de la Seccioacuten 7 del Capiacutetulo 7 del Tiacutetulo 1de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto nuacutemero 1079 de 2015 Uacutenico Reglamentario del Sector Transporteraquo

Artiacuteculo 8 Modifiacutequese el artiacuteculo 221778 de la Seccioacuten 7 del Capiacutetulo 7 del Tiacutetulo 1 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1079 de 2015 Uacutenico Reglamentario del Sector Transporte el cual queda asiacute

Artiacuteculo 221778 Certificaciones de Cumplimiento de Requisitos Las solicitudes de certificacioacuten del cumplimiento de requisitos para el registro inicial de vehiacuteculos de servicio puacuteblico terrestre automotor de carga presentadas en vigencia de decretos anteriores se tramitaraacuten con base en las disposiciones aplicables al momento de su radicacioacuten

Paraacutegrafo 1 Los certificados de cumplimiento de requisitos asignados y que no hayan sido utilizados podraacuten ser usados para reponer un vehiacuteculo y se encuentran exceptuados de pagar el quince por ciento (15) del valor comercial de su vehiacuteculo indicado en el artiacuteculo 221772 del presente Decreto

Paraacutegrafo 2 Los Certificados de Cancelacioacuten de Matricula - CCM - que hayan sido adquiridos para la matriacutecula de un vehiacuteculo de transporte automotor de carga antes del 30 de junio de 2019 y que no hayan sido utilizados podraacuten ser empleados para realizar el registro de matriacutecula inicial de un nuevo vehiacuteculo en las condiciones vigentes al momento de su adquisicioacuten

Artiacuteculo 9 Modifiacutequese el artiacuteculo 221779 de la Seccioacuten 7 del Capiacutetulo 7 del Tiacutetulo 1 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1079 de 2015 Uacutenico Reglamentario del Sector Transporte el cual queda asiacute

Artiacuteculo 221779 Condiciones del Programa de Modernizacioacuten del Parque Automotor de Carga El programa de Modernizacioacuten del Parque Automotor de carga estaraacute condicionado a la existencia de los recursos obtenidos de

1 El saldo de los recursos pendientes por ejecutar del Programa de Promocioacuten para la Reposicioacuten y Renovacioacuten del Parque Automotor de Carga 2 Los recursos provenientes del pago efectuado por los interesados dentro del proceso de normalizacioacuten del registro inicial de vehiacuteculos de carga yo del pago del quince por ciento 15 de un porcentaje del valor comercial del vehiacuteculo nuevo de carga 3 Los recursos aportados por particulares y organismos multilaterales 4 Los recursos que de manera subsidiaria aporte el Gobierno nacional de acuerdo con el marco de gasto del sector y el Marco Fiscal de Mediano Plazo

Artiacuteculo 10 Modifiacutequese el artiacuteculo 2217710 de la Seccioacuten 7 del Capiacutetulo 7 del Tiacutetulo 1 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1079 de 2015 Uacutenico Reglamentario del Sector Transporte el cual queda asiacute

Artiacuteculo 2217710 Registro Uacutenico Nacional de Desintegracioacuten Fiacutesica de Vehiacuteculos e Ingreso de Nuevos Vehiacuteculos de Transporte Terrestre Automotor de Carga (RUNIS TAC) El Registro Uacutenico Nacional de Desintegracioacuten Fiacutesica de Vehiacuteculos e Ingreso de Nuevos Vehiacuteculos de Transporte Terrestre Automotor de Carga (RUNIS TAC) con Peso Bruto Vehicular (PBV) mayor a superior a diez mil quinientos (10500) kilogramos facilitaraacute la obtencioacuten de informacioacuten sobre el tamantildeo de la ftota de automotores destinados al transporte de carga

Paraacutegrafo El RUNIS TAC seraacute administrado y operado por el Ministerio de Transporte con el soporte tecnoloacutegico y operativo del sistema RUNT

8DECRETO NUacuteMERO 112O HOJA

laquoPor el cual se modifican unos artiacuteculos de la Seccioacuten 7del Capiacutetulo 7del Tiacutetulo 1 la Parte 2 Libro 2 del Decreto nuacutemero 1079 de 2015 Uacutenico Reglamentariacuteo del Sector Transporteraquo

Artiacuteculo 11 Modifiacutequese el artiacuteculo 7711 la 7 del 7 del Tiacutetulo 1 la Parte 2del 2 del Decreto 1079 de 2015 Uacutenico Reglamentario del Sector Transporte el cual queda asiacute

Artiacuteculo 2217711 Disponibilidad y ejecucioacuten de recursos del Programa de Modernizacioacuten Transporte Automotor de Carga El Ministerio Transporte coordinaraacute con el Ministerio Hacienda yCreacutedito Puacuteblico la ejecucioacuten de los recursos pendientes ejecutar del Programa Promocioacuten la Reposicioacuten y Renovacioacuten del Parque Automotor de Carga contemplado en el de 2013 como el valor del mismo destinado al nuevo Programa de Modernizacioacuten de Transporte Automotor de Carga junto con los recursos del

inicial de los vehiacuteculos automotores de carga el pago de un porcentaje del valor comercial del vehiacuteculo nuevo carga sentildealado en el artiacuteculo 772 del Decreto y cualquier otra fuente de financiacioacuten

Paraacutegrafo El Ministerio Transporte ejecutaraacute los recursos atraveacutes del Fondo Modernizacioacuten del automotor previsto eh el artiacuteculo 307 la 1 de 2019

Artiacuteculo 12 Modifiacutequese el artiacuteculo 2217712 la Seccioacuten 7 del Capiacutetulo 7 del Tiacutetulo 1de la Parte 2 2 del 1079 de 2015 Reglamentario del Sector Transporte el cual queda

Artiacuteculo 221 Reglamentacioacuten El Ministerio de Transporte reglamentaraacute las condiciones requisitos y traacutemites necesarios para el funcionamiento del RUNIS TAC y la creacioacuten de mecanismos de gestioacuten de recursos mencionados en el artiacuteculo 2217714 del presente Decreto en un tiempo no mayor ados (2) contados apartir la entrada en vigencia de la

rooClnTO modificacioacuten

Artiacuteculo 13 Modifiacutequese el artiacuteculo 17713 de la Seccioacuten 7 del Capiacutetulo 7 del Tiacutetulo 1de la Parte 2 del Libro 2del Decreto 1079 de 2015 Uacutenico Reglamentario del Sector Transporte el cual queda asiacute

Artiacuteculo 2217713 Contenido del RUNIS TAC El RUNIS contendraacute la informacioacuten vehiacuteculos desintegrados ydel ingreso de nuevos vehiacuteculos de Transporte Terrestre Automotor

de Carga una numeracioacuten consecutiva la fecha de la desintegracioacuten odel ingreso nuevos vehiacuteculos y elementos el Ministerio Transporte reglamente

Paraacutegrafo El Ministerio de Transporte velaraacute porque el RUNIS TAC cuente con estaacutendares internacionales de seguridad transparencia yeficiencia

Artiacuteculo 14 Modifiacutequese el artiacuteculo 2217714 de la Seccioacuten 7 del 7 del Tiacutetulo 1de la Parte 2 2 del 1079 de 2015 Uacutenico Reglamentario del Sector Transporte el cual queda

Artiacuteculo 221 Transicioacuten procesos de reconocimiento econoacutemico yreposicioacuten con reconocimiento econoacutemico radicados antes del 30 junio de 2019 se tramitaraacuten con en las disposiciones apliacutecables al momento de su radicacioacuten siempre ycuando tengan asignacioacuten presupuestal en el Programa de Promocioacuten para la Reposicioacuten y Renovacioacuten del Parque Automotor de Carga

los casos en cuales no sea posible realizar la asignacioacuten presupuestal antes del 30 de junio de 2019 la solicitud postulacioacuten seraacute rechazada ypodraacute optar por postularse al nuevo

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DECRETO NUacuteMERO 1 t 2 O DE HOJA

laquoPor el cual se modifican unos artiacuteculos de la Seccioacuten 7 del Capitulo 7 del Tiacutetulo 1de la Parte 2del Libro 2del Decreto nuacutemero 1079 de 2015 Uacutenico Reglamentario del Sector Transporteraquo

Programa de Modernizacioacuten de Transporte Automotor de Carga que disentildee el Ministerio de Transporte

Artiacuteculo 15 Vigencia y Derogatoria El presente Decreto rige apartir del treinta (30) de junio de 2019 modifica los artiacuteculos 221771 221772 221773 221774 221775 221776 221777 221778 221779 2217710 2217711 2217712 22177132217714 Yderoga el artiacuteculo 2217715 de la Seccioacuten 7del Capiacutetulo 7del Tiacutetulo 1de la Parte 2del Libro 2del Decreto 1079 de 2015 Uacutenico Reglamentario del Sector Transporte

PUBUQUESE y CUacuteMPLASE 26JUN 201 Dado en Bogotaacute DC

J

EL MINISTRO DE HACIENDA YCREacuteDITO PUacuteBLICO

ALBERTO CARRASQUILLA BARRERA

LA MINISTRA DE TRANSPORTE

Page 3: MINISTERIO - Presidencia de la República de Colombia · toneladas, mediante los mecanismos de reposición por desintegración física total o caución. Que el Decreto 1131 de 2009,

3 DECRETO NUacuteMERO 112 O DE HOJA

laquoPor el cual se modifican unos artiacuteculos de la Seccioacuten 7 del Capiacutetulo 7del Tiacutetulo 1de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto nuacutemero 1079 de 2015 Uacutenico Reglamentario del Sector Transporteraquo

validaciones y procesos refirieacutendose a los procesos de desintegracioacuten fiacutesica incluyendo aquellos que dan lugar a reconocimiento econoacutemico

Que el artiacuteculo 1del Decreto 2156 de 2018 modificoacute el artiacuteculo 2217714 de la de la Seccioacuten 7 del Capiacutetulo 7 del Tiacutetulo 1 de la Parte 2 del libro 2 del Decreto 1079 de 2015 en el sentido de establecer que la ejecucioacuten de los recursos del Programa de Promocioacuten para la Reposicioacuten y Renovacioacuten del Parque Automotor de Carga se realizaraacute antes del 30 de junio de 2019

Que de conformidad con lo establecido en el artiacuteculo 7 de la Ley 1340 de 2009 modificado por el artiacuteculo 146 de la Ley 1955 de 2019 el Ministerio de Transporte mediante correo electroacutenico del 16 de abril de 2019 solicitoacute a la Superintendencia de Industria y Comercio el Concepto de Abogaciacutea de la competencia sobre el presente proyecto de Decreto

Que la Superintendencia de Industria y Comercio mediante oficio No 19-90283-4-0 del 21 de mayo de 2019 rindioacute concepto de abogaciacutea de la competencia en donde recomienda

Evaluar el efecto de establecer en el artiacuteculo 221772 del proyecto el 15 del valor comercial del vehiacuteculo por el registro inicial de vehfculos nuevos nacionales o importados con el fin de evitar que estos incentivos sean contraproducentes y se desincentive la desintegracioacuten de los vehiacuteculos de transporte de carga con antiguumledad igualo superior a 20 antildeos [ iexclConsiderar la pertinencia de incluir en el articulado del Proyecto de cara al supuesto de reposicioacuten por desintegracioacuten total peacuterdida total destruccioacuten total o hurto incentivos complementarios al beneficio de exencioacuten del pago del 15 para el registro inicial de vehiacuteculos nuevos

Que por lo anterior el Ministerio de Transporte procedioacute a evaluar y considerar las recomendaciones presentadas frente a lo cual se indica que la inclusioacuten del requisito del pago del quince por ciento (15) del valor comercial del vehiacuteculo para el registro inicial no supone un desincentivo para la desintegracioacuten de los vehiacuteculos de transporte de carga de maacutes de 20 antildeos de antiguumledad toda vez que el nuevo programa determinado por el Ministerio de Transporte supone incentivos econoacutemicos e incentivos tributarios adicionales estos uacuteltimos previstos en el artiacuteculo 11 de la Ley 1943 de 2018 para realizar el ingreso de vehiacuteculo nuevo a traveacutes del proceso de reposicioacuten

Que el artiacuteculo 307 de la Ley 1955 de 2019 Por la cual se expide el Plan Nacional de Desarrollo 2018-2022 Pacto por Colombia Pacto por la Equidad establecioacute la facultad del Gobierno nacional para reglamentar el porcentaje del valor comercial del vehiacuteculo nuevo de carga que deberaacuten pagar los interesados como requisito para el registro inicial el cual se destinaraacute para la financiacioacuten del Fondo Nacional de Modernizacioacuten del Parque Automotor de Carga

Que con el fin de garantizar los principios de libre mercado solidaridad eficiencia y seguridad juriacutedica en el proceso de registro inicial de vehiacuteculos nuevos nacionales o importados de transporte terrestre automotor de carga de servicio puacuteblico y particular con Peso Bruto Vehicular (PBv) igual o mayor a 10500 kilogramos se hace necesario establecer poliacuteticas y mecanismos que nos permitan seguir avanzando en obtener mejores resultados en la eficiencia del transporte de carga y logiacutestica para lo cual se realizaron mesas de trabajo entre los meses de octubre de 2018 y abril de 2019 con representantes de las agremiaciones ACC ATC CCT ANT Camioneros de Colombia entre otros

Que en consecuencia se hace necesario modificar la Seccioacuten 7 del Capiacutetulo 7 del Tiacutetulo 1de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1079 de 2015 en relacioacuten con el ingreso de vehiacuteculos al servicio particular y puacuteblico de transporte terrestre automotor de carga para construir mecanismos orientados a reducir o eliminar las externalidades negativas que impactan el sector

4 NUacuteMERO 1120 HOJA

(Por el cual se modifican unos artiacuteculos de la Seccioacuten 7 del Capiacutetulo 7 Tiacutetulo 1de la Parte 2del Libro 2del Decreto nlJmero 1 2015 Uacutenico Reglamentario Sector Transporteraquo

como lo son emisiones contaminantes y los elevados costos del transporte asociados con la antiguumledad parque automotor

En meacuterito de lo expuesto

DECRETA

Artiacuteculo 1 Modifiacutequese el artiacuteculo 221 1 de la Seccioacuten 7 del Capiacutetulo 7 del Tiacutetulo 1 de la Parte 2del Libro 2del Decreto 1079 de 2015 Uacutenico Reglamentario del Sector Transporte el cual queda

Artiacuteculo 221 Objeto presente Seccioacuten tiene por objeto el establecimiento de requisitos para el registro inicial de vehiacuteculos al servicio particular y puacuteblico de transporte terrestre automotor de carga con Peso Bruto Vehicular (P8V) superior a mil quinientos (10500) kilogramos

Artiacuteculo 2 Modifiacutequese el artiacuteculo 772 de la Seccioacuten 7 del Capiacutetulo 7 Tiacutetulo 1 la 2del Libro 2del Decreto 1 de 2015 Uacutenico Reglamentario del Sector Transporte el cual

queda asiacute

Artiacuteculo 221112 Registro Inicial El registro inicial de los vehiacuteculos de servicio puacuteblico y particular de transporte terrestre automotor de carga se podraacute ante cualquier organismo

traacutensito por de vehiacuteculo nuevo o por reposicioacuten Seraacute por reposicioacuten cuando el vehiacuteculo entra en reemplazo de un vehiacuteculo del servicio de transporte carga que haya sido sometido al proceso desintegracioacuten total opor peacuterdida o destruccioacuten total o hurto

En el que se del registro inicial de vehiacuteculo nuevo o importado de servicio puacuteblico y particular transporte terrestre automotor de carga quien solicite el registro deberaacute pagar un valor correspondiente al quince por ciento (15) del valor comercial del vehiacuteculo sin incluir ellVA destinado a la financiacioacuten del programa modemizacioacuten parque automotor de carga

Cuando se trate del registro inicial de vehiacuteculos nuevos nacionales o importados de servicio puacuteblico y particular de transporte automotor que en reposicioacuten de un vehiacuteculo sometido al proceso de desintegracioacuten fiacutesica total opor peacuterdida total odestruccioacuten total opor hurto se deberaacute cumplir con los requisitos que establezca el Ministerio de Transporte en un tiempo no mayor ados (2) meses contados apartir de la entrada en vigencia de la presente modificacioacuten y no se deberaacute cancelar el valor del quince por ciento (15) indicado en el inciso anterior

Paraacutegrafo 1 todos los casos en los que se solicite el registro inicial de vehiacuteculos riacutegidos de carroceriacuteas que a continuacioacuten se relacionan estaraacuten exentos del pago del porcentaje

sentildealado 15 y no podraacuten ser objeto de cambio de sus condiciones iniciales de ingreso

iVolqueta iLMezcladoras (mixer) iiLCompactadores o recolectores de residuos soacutelidos iVBlindados para el transporte de vGrUacuteas aeacutereas y sostenimiento de redes viacuteEquipos de succioacuten limpieza alcantarillas viiEquipos irrigadores de agua y de asfaltos viiiEquipos de lavado ysuccioacuten ixEquipos de saneamiento ambiental

5 DECRETO NLIMERO 112ODE HOJA

laquoPor el cual se modifican unos artiacuteculos de la Seccioacuten 7 del Capiacutetulo 7del Tiacutetulo 1de la Parte 2del Libro 2del Decreto nuacutemero 1079 de 2015 Uacutenico Reglamentario del Sector Transporteraquo

xCarro taller xiEquipos de riego xiiEquipos de mineriacutea xiiiEquipos de bomberos xiv Equipos especiales del sector petrolero xv Equipos autobombas de concreto

Paraacutegrafo 2 En el evento que se requiera efectuar el traacutemite de traspaso ycambio de servicio de un vehiacuteculo de transporte de carga de servicio oficial aservicio particular el adquirente del vehiacuteculo deberaacute acreditar ante el organismo de traacutensito donde se solicite el traacutemite el cumplimiento de lo dispuesto en el presente artiacuteculo para el registro inicial de vehiacuteculos nuevos de servicio particular de carga y a la reglamentacioacuten que expida el Ministerio de Transporte para el efecto en un tiempo no mayor ados (2) meses contados apartir de la entrada en vigencia de la presente modificacioacuten

Artiacuteculo 3 Modifiacutequese el artiacuteculo 221773 de la Seccioacuten 7 del Capiacutetulo 7 del Tiacutetulo 1 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1079 de 2015 Uacutenico Reglamentario del Sector Transporte el cual queda asiacute

Artiacuteculo 221773 Equivalencia para la reposicioacuten Para el registro inicial de un vehiacuteculo nuevo de servicio puacuteblico o particular de transporte terrestre automotor de carga por reposicioacuten de otro ambos con Peso Bruto Vehicular (PBv) superior a diez mil quinientos (10500) kilogramos se realizaraacute siempre y cuando se haya efectuado el proceso de desintegracioacuten fiacutesica o se haya declarado en peacuterdida total odestruccioacuten total odeclarado hurtado yde acuerdo con las siguientes equivalencias

a) Si el vehiacuteculo a registrar corresponde a la misma configuracioacuten del vehiacuteculo a reponer la equivalencia seraacute de uno a uno independientemente de la capacidad de carga de ambos vehiacuteculos

b) Si el vehiacuteculo a registrar es de configuracioacuten superior a la del vehiacuteculo a reponer se deberaacute aplicar la siguiente tabla

Configuracioacuten a registrar seguacuten la Resolucioacuten 4100 de 2004 del Ministerio de Transporte o la norma que la modifique adicione o derogue

Configuracioacuten a reponer seguacuten la Resolucioacuten 4100 de 2004 del Ministerio de Transporte o la norma que la modifique adicione o derogue

Cantidad

3S 2S 1 4 1 3 1 2 2

2S 4 1 3 1 2 2

4 3 1 2 2

3 2 2

c) Si el vehiacuteculo a registrar es de configuracioacuten menor a la del vehiacuteculo a reponer la equivalencia seraacute de uno auno independientemente de la capacidad de carga de ambos vehiacuteculos

HOJA 6

laquo el cual se modifican unos artiacuteculos de la 7 del Capiacutetulo 7 Tiacutetulo 1 la Parte 2 del Libro 2 Decreto nuacutemero 1079 de 5 Uacutenico Reglamentario del Sector Transporteraquo

Paraacutegrafo El vehiacuteculo que ingresa reposlclon vehiacuteculo desintegrado o se haya declarado en peacuterdida total o destruccioacuten total o declarado hurtado deberaacute registrarse en el mismo servicio puacuteblico o particular del vehiacuteculo sujeto de reposicioacuten

Artiacuteculo 4 Modifiacutequese el artiacuteculo de la Seccioacuten 7 del Capiacutetulo 7 del Tiacutetulo 1 de la 2 del Libro 2 Decreto 1 2015 Uacutenico Reglamentario Sector Transporte el cual

queda asiacute

Artiacuteculo 114 Registro Inicial ante los organismos de traacutensito organismos de traacutensito solamente deberaacuten efectuar el registro inicial de vehiacuteculos de transporte terrestre automotor de carga servicio particular o puacuteblico hasta tanto el solicitante en la matriacutecula deacute cumplimiento a requisitos para el traacutemite de inicial y el pago porcentaje indicado en el artiacuteculo 1 del presente Decreto o cuenten con el certificado de cumplimiento requisitos o aquel que reglamente el Ministerio Transporte y sus veces

de la 7 del 7 del Tiacutetulo 1 la 2 del Libro 2 Decreto 1079 2015 Uacutenico Reglamentario del Transporte el cual

queda asiacute

Artiacuteculo 5 Modifiacutequese el artiacuteculo

Artiacuteculo 221775 Condiciones y traacutemite El Ministerio Transporte determinaraacute y reglamentaraacute las condiciones y traacutemites para el registro inicial de vehiacuteculos transporte terrestre automotor de carga servicio puacuteblico y particular nuevos o que en reposicioacuten de un vehiacuteculo sometido al proceso de desintegracioacuten fiacutesica total declarado como peacuterdida o destruccioacuten total ohurtado en un tiempo no mayor ados contados apartir de la en vigencia de la modificacioacuten

de la 7 del Capiacutetulo 7 del Tiacutetulo 1 de la 2 del Libro 2 Decreto 1079 2015 Uacutenico Reglamentario del Transporte el cual

queda asiacute

Artiacuteculo 6 Modifiacutequese el artiacuteculo

Artiacuteculo 221776 Programa para la Modernizacioacuten del Parque Automotor de carga El Ministerio de Transporte disentildearaacute el programa de Modernizacioacuten del Automotor de carga

contemple otros incentivos econoacutemicos y incentivos tributarios de trata el artiacuteculo 11 la Ley 1943 de 2018 con el objeto de promover la desintegracioacuten y modernizacioacuten del parque automotor de carga reduccioacuten de emisiones contaminantes y de la calidad del aire dentro de los dos (2) meses siguientes a la entrada en vigencia la presente modificacioacuten

Artiacuteculo 7 Modifiacutequese el artiacuteculo 777 la Seccioacuten 7 del Capitulo 7 del Tiacutetulo 1 de la Parte 2del Libro 2 del Decreto 1079 de 2015 Uacutenico Reglamentario del Sector Transporte el cual queda asiacute

Artiacuteculo 221777 Destinacioacuten de dineros recaudados por el ingreso de vehiacuteculos nuevos de transporte de Los dineros se recauden por el pago del quince por ciento (15) del valor comercial del vehiacuteculo sin incluir el IVA previsto en el artiacuteculo 221772 del presente Decreto se destinaraacuten al de modernizacioacuten del parque automotor sentildealado en el artiacuteculo 221776 del mismo de acuerdo con lo establecido en el artiacuteculo 307 de la Ley 1 de 2019

7 DECRETO NUacuteMERO 112 O DE HOJA

Por el cual se modifican unos artiacuteculos de la Seccioacuten 7 del Capiacutetulo 7 del Tiacutetulo 1de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto nuacutemero 1079 de 2015 Uacutenico Reglamentario del Sector Transporteraquo

Artiacuteculo 8 Modifiacutequese el artiacuteculo 221778 de la Seccioacuten 7 del Capiacutetulo 7 del Tiacutetulo 1 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1079 de 2015 Uacutenico Reglamentario del Sector Transporte el cual queda asiacute

Artiacuteculo 221778 Certificaciones de Cumplimiento de Requisitos Las solicitudes de certificacioacuten del cumplimiento de requisitos para el registro inicial de vehiacuteculos de servicio puacuteblico terrestre automotor de carga presentadas en vigencia de decretos anteriores se tramitaraacuten con base en las disposiciones aplicables al momento de su radicacioacuten

Paraacutegrafo 1 Los certificados de cumplimiento de requisitos asignados y que no hayan sido utilizados podraacuten ser usados para reponer un vehiacuteculo y se encuentran exceptuados de pagar el quince por ciento (15) del valor comercial de su vehiacuteculo indicado en el artiacuteculo 221772 del presente Decreto

Paraacutegrafo 2 Los Certificados de Cancelacioacuten de Matricula - CCM - que hayan sido adquiridos para la matriacutecula de un vehiacuteculo de transporte automotor de carga antes del 30 de junio de 2019 y que no hayan sido utilizados podraacuten ser empleados para realizar el registro de matriacutecula inicial de un nuevo vehiacuteculo en las condiciones vigentes al momento de su adquisicioacuten

Artiacuteculo 9 Modifiacutequese el artiacuteculo 221779 de la Seccioacuten 7 del Capiacutetulo 7 del Tiacutetulo 1 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1079 de 2015 Uacutenico Reglamentario del Sector Transporte el cual queda asiacute

Artiacuteculo 221779 Condiciones del Programa de Modernizacioacuten del Parque Automotor de Carga El programa de Modernizacioacuten del Parque Automotor de carga estaraacute condicionado a la existencia de los recursos obtenidos de

1 El saldo de los recursos pendientes por ejecutar del Programa de Promocioacuten para la Reposicioacuten y Renovacioacuten del Parque Automotor de Carga 2 Los recursos provenientes del pago efectuado por los interesados dentro del proceso de normalizacioacuten del registro inicial de vehiacuteculos de carga yo del pago del quince por ciento 15 de un porcentaje del valor comercial del vehiacuteculo nuevo de carga 3 Los recursos aportados por particulares y organismos multilaterales 4 Los recursos que de manera subsidiaria aporte el Gobierno nacional de acuerdo con el marco de gasto del sector y el Marco Fiscal de Mediano Plazo

Artiacuteculo 10 Modifiacutequese el artiacuteculo 2217710 de la Seccioacuten 7 del Capiacutetulo 7 del Tiacutetulo 1 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1079 de 2015 Uacutenico Reglamentario del Sector Transporte el cual queda asiacute

Artiacuteculo 2217710 Registro Uacutenico Nacional de Desintegracioacuten Fiacutesica de Vehiacuteculos e Ingreso de Nuevos Vehiacuteculos de Transporte Terrestre Automotor de Carga (RUNIS TAC) El Registro Uacutenico Nacional de Desintegracioacuten Fiacutesica de Vehiacuteculos e Ingreso de Nuevos Vehiacuteculos de Transporte Terrestre Automotor de Carga (RUNIS TAC) con Peso Bruto Vehicular (PBV) mayor a superior a diez mil quinientos (10500) kilogramos facilitaraacute la obtencioacuten de informacioacuten sobre el tamantildeo de la ftota de automotores destinados al transporte de carga

Paraacutegrafo El RUNIS TAC seraacute administrado y operado por el Ministerio de Transporte con el soporte tecnoloacutegico y operativo del sistema RUNT

8DECRETO NUacuteMERO 112O HOJA

laquoPor el cual se modifican unos artiacuteculos de la Seccioacuten 7del Capiacutetulo 7del Tiacutetulo 1 la Parte 2 Libro 2 del Decreto nuacutemero 1079 de 2015 Uacutenico Reglamentariacuteo del Sector Transporteraquo

Artiacuteculo 11 Modifiacutequese el artiacuteculo 7711 la 7 del 7 del Tiacutetulo 1 la Parte 2del 2 del Decreto 1079 de 2015 Uacutenico Reglamentario del Sector Transporte el cual queda asiacute

Artiacuteculo 2217711 Disponibilidad y ejecucioacuten de recursos del Programa de Modernizacioacuten Transporte Automotor de Carga El Ministerio Transporte coordinaraacute con el Ministerio Hacienda yCreacutedito Puacuteblico la ejecucioacuten de los recursos pendientes ejecutar del Programa Promocioacuten la Reposicioacuten y Renovacioacuten del Parque Automotor de Carga contemplado en el de 2013 como el valor del mismo destinado al nuevo Programa de Modernizacioacuten de Transporte Automotor de Carga junto con los recursos del

inicial de los vehiacuteculos automotores de carga el pago de un porcentaje del valor comercial del vehiacuteculo nuevo carga sentildealado en el artiacuteculo 772 del Decreto y cualquier otra fuente de financiacioacuten

Paraacutegrafo El Ministerio Transporte ejecutaraacute los recursos atraveacutes del Fondo Modernizacioacuten del automotor previsto eh el artiacuteculo 307 la 1 de 2019

Artiacuteculo 12 Modifiacutequese el artiacuteculo 2217712 la Seccioacuten 7 del Capiacutetulo 7 del Tiacutetulo 1de la Parte 2 2 del 1079 de 2015 Reglamentario del Sector Transporte el cual queda

Artiacuteculo 221 Reglamentacioacuten El Ministerio de Transporte reglamentaraacute las condiciones requisitos y traacutemites necesarios para el funcionamiento del RUNIS TAC y la creacioacuten de mecanismos de gestioacuten de recursos mencionados en el artiacuteculo 2217714 del presente Decreto en un tiempo no mayor ados (2) contados apartir la entrada en vigencia de la

rooClnTO modificacioacuten

Artiacuteculo 13 Modifiacutequese el artiacuteculo 17713 de la Seccioacuten 7 del Capiacutetulo 7 del Tiacutetulo 1de la Parte 2 del Libro 2del Decreto 1079 de 2015 Uacutenico Reglamentario del Sector Transporte el cual queda asiacute

Artiacuteculo 2217713 Contenido del RUNIS TAC El RUNIS contendraacute la informacioacuten vehiacuteculos desintegrados ydel ingreso de nuevos vehiacuteculos de Transporte Terrestre Automotor

de Carga una numeracioacuten consecutiva la fecha de la desintegracioacuten odel ingreso nuevos vehiacuteculos y elementos el Ministerio Transporte reglamente

Paraacutegrafo El Ministerio de Transporte velaraacute porque el RUNIS TAC cuente con estaacutendares internacionales de seguridad transparencia yeficiencia

Artiacuteculo 14 Modifiacutequese el artiacuteculo 2217714 de la Seccioacuten 7 del 7 del Tiacutetulo 1de la Parte 2 2 del 1079 de 2015 Uacutenico Reglamentario del Sector Transporte el cual queda

Artiacuteculo 221 Transicioacuten procesos de reconocimiento econoacutemico yreposicioacuten con reconocimiento econoacutemico radicados antes del 30 junio de 2019 se tramitaraacuten con en las disposiciones apliacutecables al momento de su radicacioacuten siempre ycuando tengan asignacioacuten presupuestal en el Programa de Promocioacuten para la Reposicioacuten y Renovacioacuten del Parque Automotor de Carga

los casos en cuales no sea posible realizar la asignacioacuten presupuestal antes del 30 de junio de 2019 la solicitud postulacioacuten seraacute rechazada ypodraacute optar por postularse al nuevo

I

9

_ Ir fUi p

DECRETO NUacuteMERO 1 t 2 O DE HOJA

laquoPor el cual se modifican unos artiacuteculos de la Seccioacuten 7 del Capitulo 7 del Tiacutetulo 1de la Parte 2del Libro 2del Decreto nuacutemero 1079 de 2015 Uacutenico Reglamentario del Sector Transporteraquo

Programa de Modernizacioacuten de Transporte Automotor de Carga que disentildee el Ministerio de Transporte

Artiacuteculo 15 Vigencia y Derogatoria El presente Decreto rige apartir del treinta (30) de junio de 2019 modifica los artiacuteculos 221771 221772 221773 221774 221775 221776 221777 221778 221779 2217710 2217711 2217712 22177132217714 Yderoga el artiacuteculo 2217715 de la Seccioacuten 7del Capiacutetulo 7del Tiacutetulo 1de la Parte 2del Libro 2del Decreto 1079 de 2015 Uacutenico Reglamentario del Sector Transporte

PUBUQUESE y CUacuteMPLASE 26JUN 201 Dado en Bogotaacute DC

J

EL MINISTRO DE HACIENDA YCREacuteDITO PUacuteBLICO

ALBERTO CARRASQUILLA BARRERA

LA MINISTRA DE TRANSPORTE

Page 4: MINISTERIO - Presidencia de la República de Colombia · toneladas, mediante los mecanismos de reposición por desintegración física total o caución. Que el Decreto 1131 de 2009,

4 NUacuteMERO 1120 HOJA

(Por el cual se modifican unos artiacuteculos de la Seccioacuten 7 del Capiacutetulo 7 Tiacutetulo 1de la Parte 2del Libro 2del Decreto nlJmero 1 2015 Uacutenico Reglamentario Sector Transporteraquo

como lo son emisiones contaminantes y los elevados costos del transporte asociados con la antiguumledad parque automotor

En meacuterito de lo expuesto

DECRETA

Artiacuteculo 1 Modifiacutequese el artiacuteculo 221 1 de la Seccioacuten 7 del Capiacutetulo 7 del Tiacutetulo 1 de la Parte 2del Libro 2del Decreto 1079 de 2015 Uacutenico Reglamentario del Sector Transporte el cual queda

Artiacuteculo 221 Objeto presente Seccioacuten tiene por objeto el establecimiento de requisitos para el registro inicial de vehiacuteculos al servicio particular y puacuteblico de transporte terrestre automotor de carga con Peso Bruto Vehicular (P8V) superior a mil quinientos (10500) kilogramos

Artiacuteculo 2 Modifiacutequese el artiacuteculo 772 de la Seccioacuten 7 del Capiacutetulo 7 Tiacutetulo 1 la 2del Libro 2del Decreto 1 de 2015 Uacutenico Reglamentario del Sector Transporte el cual

queda asiacute

Artiacuteculo 221112 Registro Inicial El registro inicial de los vehiacuteculos de servicio puacuteblico y particular de transporte terrestre automotor de carga se podraacute ante cualquier organismo

traacutensito por de vehiacuteculo nuevo o por reposicioacuten Seraacute por reposicioacuten cuando el vehiacuteculo entra en reemplazo de un vehiacuteculo del servicio de transporte carga que haya sido sometido al proceso desintegracioacuten total opor peacuterdida o destruccioacuten total o hurto

En el que se del registro inicial de vehiacuteculo nuevo o importado de servicio puacuteblico y particular transporte terrestre automotor de carga quien solicite el registro deberaacute pagar un valor correspondiente al quince por ciento (15) del valor comercial del vehiacuteculo sin incluir ellVA destinado a la financiacioacuten del programa modemizacioacuten parque automotor de carga

Cuando se trate del registro inicial de vehiacuteculos nuevos nacionales o importados de servicio puacuteblico y particular de transporte automotor que en reposicioacuten de un vehiacuteculo sometido al proceso de desintegracioacuten fiacutesica total opor peacuterdida total odestruccioacuten total opor hurto se deberaacute cumplir con los requisitos que establezca el Ministerio de Transporte en un tiempo no mayor ados (2) meses contados apartir de la entrada en vigencia de la presente modificacioacuten y no se deberaacute cancelar el valor del quince por ciento (15) indicado en el inciso anterior

Paraacutegrafo 1 todos los casos en los que se solicite el registro inicial de vehiacuteculos riacutegidos de carroceriacuteas que a continuacioacuten se relacionan estaraacuten exentos del pago del porcentaje

sentildealado 15 y no podraacuten ser objeto de cambio de sus condiciones iniciales de ingreso

iVolqueta iLMezcladoras (mixer) iiLCompactadores o recolectores de residuos soacutelidos iVBlindados para el transporte de vGrUacuteas aeacutereas y sostenimiento de redes viacuteEquipos de succioacuten limpieza alcantarillas viiEquipos irrigadores de agua y de asfaltos viiiEquipos de lavado ysuccioacuten ixEquipos de saneamiento ambiental

5 DECRETO NLIMERO 112ODE HOJA

laquoPor el cual se modifican unos artiacuteculos de la Seccioacuten 7 del Capiacutetulo 7del Tiacutetulo 1de la Parte 2del Libro 2del Decreto nuacutemero 1079 de 2015 Uacutenico Reglamentario del Sector Transporteraquo

xCarro taller xiEquipos de riego xiiEquipos de mineriacutea xiiiEquipos de bomberos xiv Equipos especiales del sector petrolero xv Equipos autobombas de concreto

Paraacutegrafo 2 En el evento que se requiera efectuar el traacutemite de traspaso ycambio de servicio de un vehiacuteculo de transporte de carga de servicio oficial aservicio particular el adquirente del vehiacuteculo deberaacute acreditar ante el organismo de traacutensito donde se solicite el traacutemite el cumplimiento de lo dispuesto en el presente artiacuteculo para el registro inicial de vehiacuteculos nuevos de servicio particular de carga y a la reglamentacioacuten que expida el Ministerio de Transporte para el efecto en un tiempo no mayor ados (2) meses contados apartir de la entrada en vigencia de la presente modificacioacuten

Artiacuteculo 3 Modifiacutequese el artiacuteculo 221773 de la Seccioacuten 7 del Capiacutetulo 7 del Tiacutetulo 1 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1079 de 2015 Uacutenico Reglamentario del Sector Transporte el cual queda asiacute

Artiacuteculo 221773 Equivalencia para la reposicioacuten Para el registro inicial de un vehiacuteculo nuevo de servicio puacuteblico o particular de transporte terrestre automotor de carga por reposicioacuten de otro ambos con Peso Bruto Vehicular (PBv) superior a diez mil quinientos (10500) kilogramos se realizaraacute siempre y cuando se haya efectuado el proceso de desintegracioacuten fiacutesica o se haya declarado en peacuterdida total odestruccioacuten total odeclarado hurtado yde acuerdo con las siguientes equivalencias

a) Si el vehiacuteculo a registrar corresponde a la misma configuracioacuten del vehiacuteculo a reponer la equivalencia seraacute de uno a uno independientemente de la capacidad de carga de ambos vehiacuteculos

b) Si el vehiacuteculo a registrar es de configuracioacuten superior a la del vehiacuteculo a reponer se deberaacute aplicar la siguiente tabla

Configuracioacuten a registrar seguacuten la Resolucioacuten 4100 de 2004 del Ministerio de Transporte o la norma que la modifique adicione o derogue

Configuracioacuten a reponer seguacuten la Resolucioacuten 4100 de 2004 del Ministerio de Transporte o la norma que la modifique adicione o derogue

Cantidad

3S 2S 1 4 1 3 1 2 2

2S 4 1 3 1 2 2

4 3 1 2 2

3 2 2

c) Si el vehiacuteculo a registrar es de configuracioacuten menor a la del vehiacuteculo a reponer la equivalencia seraacute de uno auno independientemente de la capacidad de carga de ambos vehiacuteculos

HOJA 6

laquo el cual se modifican unos artiacuteculos de la 7 del Capiacutetulo 7 Tiacutetulo 1 la Parte 2 del Libro 2 Decreto nuacutemero 1079 de 5 Uacutenico Reglamentario del Sector Transporteraquo

Paraacutegrafo El vehiacuteculo que ingresa reposlclon vehiacuteculo desintegrado o se haya declarado en peacuterdida total o destruccioacuten total o declarado hurtado deberaacute registrarse en el mismo servicio puacuteblico o particular del vehiacuteculo sujeto de reposicioacuten

Artiacuteculo 4 Modifiacutequese el artiacuteculo de la Seccioacuten 7 del Capiacutetulo 7 del Tiacutetulo 1 de la 2 del Libro 2 Decreto 1 2015 Uacutenico Reglamentario Sector Transporte el cual

queda asiacute

Artiacuteculo 114 Registro Inicial ante los organismos de traacutensito organismos de traacutensito solamente deberaacuten efectuar el registro inicial de vehiacuteculos de transporte terrestre automotor de carga servicio particular o puacuteblico hasta tanto el solicitante en la matriacutecula deacute cumplimiento a requisitos para el traacutemite de inicial y el pago porcentaje indicado en el artiacuteculo 1 del presente Decreto o cuenten con el certificado de cumplimiento requisitos o aquel que reglamente el Ministerio Transporte y sus veces

de la 7 del 7 del Tiacutetulo 1 la 2 del Libro 2 Decreto 1079 2015 Uacutenico Reglamentario del Transporte el cual

queda asiacute

Artiacuteculo 5 Modifiacutequese el artiacuteculo

Artiacuteculo 221775 Condiciones y traacutemite El Ministerio Transporte determinaraacute y reglamentaraacute las condiciones y traacutemites para el registro inicial de vehiacuteculos transporte terrestre automotor de carga servicio puacuteblico y particular nuevos o que en reposicioacuten de un vehiacuteculo sometido al proceso de desintegracioacuten fiacutesica total declarado como peacuterdida o destruccioacuten total ohurtado en un tiempo no mayor ados contados apartir de la en vigencia de la modificacioacuten

de la 7 del Capiacutetulo 7 del Tiacutetulo 1 de la 2 del Libro 2 Decreto 1079 2015 Uacutenico Reglamentario del Transporte el cual

queda asiacute

Artiacuteculo 6 Modifiacutequese el artiacuteculo

Artiacuteculo 221776 Programa para la Modernizacioacuten del Parque Automotor de carga El Ministerio de Transporte disentildearaacute el programa de Modernizacioacuten del Automotor de carga

contemple otros incentivos econoacutemicos y incentivos tributarios de trata el artiacuteculo 11 la Ley 1943 de 2018 con el objeto de promover la desintegracioacuten y modernizacioacuten del parque automotor de carga reduccioacuten de emisiones contaminantes y de la calidad del aire dentro de los dos (2) meses siguientes a la entrada en vigencia la presente modificacioacuten

Artiacuteculo 7 Modifiacutequese el artiacuteculo 777 la Seccioacuten 7 del Capitulo 7 del Tiacutetulo 1 de la Parte 2del Libro 2 del Decreto 1079 de 2015 Uacutenico Reglamentario del Sector Transporte el cual queda asiacute

Artiacuteculo 221777 Destinacioacuten de dineros recaudados por el ingreso de vehiacuteculos nuevos de transporte de Los dineros se recauden por el pago del quince por ciento (15) del valor comercial del vehiacuteculo sin incluir el IVA previsto en el artiacuteculo 221772 del presente Decreto se destinaraacuten al de modernizacioacuten del parque automotor sentildealado en el artiacuteculo 221776 del mismo de acuerdo con lo establecido en el artiacuteculo 307 de la Ley 1 de 2019

7 DECRETO NUacuteMERO 112 O DE HOJA

Por el cual se modifican unos artiacuteculos de la Seccioacuten 7 del Capiacutetulo 7 del Tiacutetulo 1de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto nuacutemero 1079 de 2015 Uacutenico Reglamentario del Sector Transporteraquo

Artiacuteculo 8 Modifiacutequese el artiacuteculo 221778 de la Seccioacuten 7 del Capiacutetulo 7 del Tiacutetulo 1 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1079 de 2015 Uacutenico Reglamentario del Sector Transporte el cual queda asiacute

Artiacuteculo 221778 Certificaciones de Cumplimiento de Requisitos Las solicitudes de certificacioacuten del cumplimiento de requisitos para el registro inicial de vehiacuteculos de servicio puacuteblico terrestre automotor de carga presentadas en vigencia de decretos anteriores se tramitaraacuten con base en las disposiciones aplicables al momento de su radicacioacuten

Paraacutegrafo 1 Los certificados de cumplimiento de requisitos asignados y que no hayan sido utilizados podraacuten ser usados para reponer un vehiacuteculo y se encuentran exceptuados de pagar el quince por ciento (15) del valor comercial de su vehiacuteculo indicado en el artiacuteculo 221772 del presente Decreto

Paraacutegrafo 2 Los Certificados de Cancelacioacuten de Matricula - CCM - que hayan sido adquiridos para la matriacutecula de un vehiacuteculo de transporte automotor de carga antes del 30 de junio de 2019 y que no hayan sido utilizados podraacuten ser empleados para realizar el registro de matriacutecula inicial de un nuevo vehiacuteculo en las condiciones vigentes al momento de su adquisicioacuten

Artiacuteculo 9 Modifiacutequese el artiacuteculo 221779 de la Seccioacuten 7 del Capiacutetulo 7 del Tiacutetulo 1 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1079 de 2015 Uacutenico Reglamentario del Sector Transporte el cual queda asiacute

Artiacuteculo 221779 Condiciones del Programa de Modernizacioacuten del Parque Automotor de Carga El programa de Modernizacioacuten del Parque Automotor de carga estaraacute condicionado a la existencia de los recursos obtenidos de

1 El saldo de los recursos pendientes por ejecutar del Programa de Promocioacuten para la Reposicioacuten y Renovacioacuten del Parque Automotor de Carga 2 Los recursos provenientes del pago efectuado por los interesados dentro del proceso de normalizacioacuten del registro inicial de vehiacuteculos de carga yo del pago del quince por ciento 15 de un porcentaje del valor comercial del vehiacuteculo nuevo de carga 3 Los recursos aportados por particulares y organismos multilaterales 4 Los recursos que de manera subsidiaria aporte el Gobierno nacional de acuerdo con el marco de gasto del sector y el Marco Fiscal de Mediano Plazo

Artiacuteculo 10 Modifiacutequese el artiacuteculo 2217710 de la Seccioacuten 7 del Capiacutetulo 7 del Tiacutetulo 1 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1079 de 2015 Uacutenico Reglamentario del Sector Transporte el cual queda asiacute

Artiacuteculo 2217710 Registro Uacutenico Nacional de Desintegracioacuten Fiacutesica de Vehiacuteculos e Ingreso de Nuevos Vehiacuteculos de Transporte Terrestre Automotor de Carga (RUNIS TAC) El Registro Uacutenico Nacional de Desintegracioacuten Fiacutesica de Vehiacuteculos e Ingreso de Nuevos Vehiacuteculos de Transporte Terrestre Automotor de Carga (RUNIS TAC) con Peso Bruto Vehicular (PBV) mayor a superior a diez mil quinientos (10500) kilogramos facilitaraacute la obtencioacuten de informacioacuten sobre el tamantildeo de la ftota de automotores destinados al transporte de carga

Paraacutegrafo El RUNIS TAC seraacute administrado y operado por el Ministerio de Transporte con el soporte tecnoloacutegico y operativo del sistema RUNT

8DECRETO NUacuteMERO 112O HOJA

laquoPor el cual se modifican unos artiacuteculos de la Seccioacuten 7del Capiacutetulo 7del Tiacutetulo 1 la Parte 2 Libro 2 del Decreto nuacutemero 1079 de 2015 Uacutenico Reglamentariacuteo del Sector Transporteraquo

Artiacuteculo 11 Modifiacutequese el artiacuteculo 7711 la 7 del 7 del Tiacutetulo 1 la Parte 2del 2 del Decreto 1079 de 2015 Uacutenico Reglamentario del Sector Transporte el cual queda asiacute

Artiacuteculo 2217711 Disponibilidad y ejecucioacuten de recursos del Programa de Modernizacioacuten Transporte Automotor de Carga El Ministerio Transporte coordinaraacute con el Ministerio Hacienda yCreacutedito Puacuteblico la ejecucioacuten de los recursos pendientes ejecutar del Programa Promocioacuten la Reposicioacuten y Renovacioacuten del Parque Automotor de Carga contemplado en el de 2013 como el valor del mismo destinado al nuevo Programa de Modernizacioacuten de Transporte Automotor de Carga junto con los recursos del

inicial de los vehiacuteculos automotores de carga el pago de un porcentaje del valor comercial del vehiacuteculo nuevo carga sentildealado en el artiacuteculo 772 del Decreto y cualquier otra fuente de financiacioacuten

Paraacutegrafo El Ministerio Transporte ejecutaraacute los recursos atraveacutes del Fondo Modernizacioacuten del automotor previsto eh el artiacuteculo 307 la 1 de 2019

Artiacuteculo 12 Modifiacutequese el artiacuteculo 2217712 la Seccioacuten 7 del Capiacutetulo 7 del Tiacutetulo 1de la Parte 2 2 del 1079 de 2015 Reglamentario del Sector Transporte el cual queda

Artiacuteculo 221 Reglamentacioacuten El Ministerio de Transporte reglamentaraacute las condiciones requisitos y traacutemites necesarios para el funcionamiento del RUNIS TAC y la creacioacuten de mecanismos de gestioacuten de recursos mencionados en el artiacuteculo 2217714 del presente Decreto en un tiempo no mayor ados (2) contados apartir la entrada en vigencia de la

rooClnTO modificacioacuten

Artiacuteculo 13 Modifiacutequese el artiacuteculo 17713 de la Seccioacuten 7 del Capiacutetulo 7 del Tiacutetulo 1de la Parte 2 del Libro 2del Decreto 1079 de 2015 Uacutenico Reglamentario del Sector Transporte el cual queda asiacute

Artiacuteculo 2217713 Contenido del RUNIS TAC El RUNIS contendraacute la informacioacuten vehiacuteculos desintegrados ydel ingreso de nuevos vehiacuteculos de Transporte Terrestre Automotor

de Carga una numeracioacuten consecutiva la fecha de la desintegracioacuten odel ingreso nuevos vehiacuteculos y elementos el Ministerio Transporte reglamente

Paraacutegrafo El Ministerio de Transporte velaraacute porque el RUNIS TAC cuente con estaacutendares internacionales de seguridad transparencia yeficiencia

Artiacuteculo 14 Modifiacutequese el artiacuteculo 2217714 de la Seccioacuten 7 del 7 del Tiacutetulo 1de la Parte 2 2 del 1079 de 2015 Uacutenico Reglamentario del Sector Transporte el cual queda

Artiacuteculo 221 Transicioacuten procesos de reconocimiento econoacutemico yreposicioacuten con reconocimiento econoacutemico radicados antes del 30 junio de 2019 se tramitaraacuten con en las disposiciones apliacutecables al momento de su radicacioacuten siempre ycuando tengan asignacioacuten presupuestal en el Programa de Promocioacuten para la Reposicioacuten y Renovacioacuten del Parque Automotor de Carga

los casos en cuales no sea posible realizar la asignacioacuten presupuestal antes del 30 de junio de 2019 la solicitud postulacioacuten seraacute rechazada ypodraacute optar por postularse al nuevo

I

9

_ Ir fUi p

DECRETO NUacuteMERO 1 t 2 O DE HOJA

laquoPor el cual se modifican unos artiacuteculos de la Seccioacuten 7 del Capitulo 7 del Tiacutetulo 1de la Parte 2del Libro 2del Decreto nuacutemero 1079 de 2015 Uacutenico Reglamentario del Sector Transporteraquo

Programa de Modernizacioacuten de Transporte Automotor de Carga que disentildee el Ministerio de Transporte

Artiacuteculo 15 Vigencia y Derogatoria El presente Decreto rige apartir del treinta (30) de junio de 2019 modifica los artiacuteculos 221771 221772 221773 221774 221775 221776 221777 221778 221779 2217710 2217711 2217712 22177132217714 Yderoga el artiacuteculo 2217715 de la Seccioacuten 7del Capiacutetulo 7del Tiacutetulo 1de la Parte 2del Libro 2del Decreto 1079 de 2015 Uacutenico Reglamentario del Sector Transporte

PUBUQUESE y CUacuteMPLASE 26JUN 201 Dado en Bogotaacute DC

J

EL MINISTRO DE HACIENDA YCREacuteDITO PUacuteBLICO

ALBERTO CARRASQUILLA BARRERA

LA MINISTRA DE TRANSPORTE

Page 5: MINISTERIO - Presidencia de la República de Colombia · toneladas, mediante los mecanismos de reposición por desintegración física total o caución. Que el Decreto 1131 de 2009,

5 DECRETO NLIMERO 112ODE HOJA

laquoPor el cual se modifican unos artiacuteculos de la Seccioacuten 7 del Capiacutetulo 7del Tiacutetulo 1de la Parte 2del Libro 2del Decreto nuacutemero 1079 de 2015 Uacutenico Reglamentario del Sector Transporteraquo

xCarro taller xiEquipos de riego xiiEquipos de mineriacutea xiiiEquipos de bomberos xiv Equipos especiales del sector petrolero xv Equipos autobombas de concreto

Paraacutegrafo 2 En el evento que se requiera efectuar el traacutemite de traspaso ycambio de servicio de un vehiacuteculo de transporte de carga de servicio oficial aservicio particular el adquirente del vehiacuteculo deberaacute acreditar ante el organismo de traacutensito donde se solicite el traacutemite el cumplimiento de lo dispuesto en el presente artiacuteculo para el registro inicial de vehiacuteculos nuevos de servicio particular de carga y a la reglamentacioacuten que expida el Ministerio de Transporte para el efecto en un tiempo no mayor ados (2) meses contados apartir de la entrada en vigencia de la presente modificacioacuten

Artiacuteculo 3 Modifiacutequese el artiacuteculo 221773 de la Seccioacuten 7 del Capiacutetulo 7 del Tiacutetulo 1 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1079 de 2015 Uacutenico Reglamentario del Sector Transporte el cual queda asiacute

Artiacuteculo 221773 Equivalencia para la reposicioacuten Para el registro inicial de un vehiacuteculo nuevo de servicio puacuteblico o particular de transporte terrestre automotor de carga por reposicioacuten de otro ambos con Peso Bruto Vehicular (PBv) superior a diez mil quinientos (10500) kilogramos se realizaraacute siempre y cuando se haya efectuado el proceso de desintegracioacuten fiacutesica o se haya declarado en peacuterdida total odestruccioacuten total odeclarado hurtado yde acuerdo con las siguientes equivalencias

a) Si el vehiacuteculo a registrar corresponde a la misma configuracioacuten del vehiacuteculo a reponer la equivalencia seraacute de uno a uno independientemente de la capacidad de carga de ambos vehiacuteculos

b) Si el vehiacuteculo a registrar es de configuracioacuten superior a la del vehiacuteculo a reponer se deberaacute aplicar la siguiente tabla

Configuracioacuten a registrar seguacuten la Resolucioacuten 4100 de 2004 del Ministerio de Transporte o la norma que la modifique adicione o derogue

Configuracioacuten a reponer seguacuten la Resolucioacuten 4100 de 2004 del Ministerio de Transporte o la norma que la modifique adicione o derogue

Cantidad

3S 2S 1 4 1 3 1 2 2

2S 4 1 3 1 2 2

4 3 1 2 2

3 2 2

c) Si el vehiacuteculo a registrar es de configuracioacuten menor a la del vehiacuteculo a reponer la equivalencia seraacute de uno auno independientemente de la capacidad de carga de ambos vehiacuteculos

HOJA 6

laquo el cual se modifican unos artiacuteculos de la 7 del Capiacutetulo 7 Tiacutetulo 1 la Parte 2 del Libro 2 Decreto nuacutemero 1079 de 5 Uacutenico Reglamentario del Sector Transporteraquo

Paraacutegrafo El vehiacuteculo que ingresa reposlclon vehiacuteculo desintegrado o se haya declarado en peacuterdida total o destruccioacuten total o declarado hurtado deberaacute registrarse en el mismo servicio puacuteblico o particular del vehiacuteculo sujeto de reposicioacuten

Artiacuteculo 4 Modifiacutequese el artiacuteculo de la Seccioacuten 7 del Capiacutetulo 7 del Tiacutetulo 1 de la 2 del Libro 2 Decreto 1 2015 Uacutenico Reglamentario Sector Transporte el cual

queda asiacute

Artiacuteculo 114 Registro Inicial ante los organismos de traacutensito organismos de traacutensito solamente deberaacuten efectuar el registro inicial de vehiacuteculos de transporte terrestre automotor de carga servicio particular o puacuteblico hasta tanto el solicitante en la matriacutecula deacute cumplimiento a requisitos para el traacutemite de inicial y el pago porcentaje indicado en el artiacuteculo 1 del presente Decreto o cuenten con el certificado de cumplimiento requisitos o aquel que reglamente el Ministerio Transporte y sus veces

de la 7 del 7 del Tiacutetulo 1 la 2 del Libro 2 Decreto 1079 2015 Uacutenico Reglamentario del Transporte el cual

queda asiacute

Artiacuteculo 5 Modifiacutequese el artiacuteculo

Artiacuteculo 221775 Condiciones y traacutemite El Ministerio Transporte determinaraacute y reglamentaraacute las condiciones y traacutemites para el registro inicial de vehiacuteculos transporte terrestre automotor de carga servicio puacuteblico y particular nuevos o que en reposicioacuten de un vehiacuteculo sometido al proceso de desintegracioacuten fiacutesica total declarado como peacuterdida o destruccioacuten total ohurtado en un tiempo no mayor ados contados apartir de la en vigencia de la modificacioacuten

de la 7 del Capiacutetulo 7 del Tiacutetulo 1 de la 2 del Libro 2 Decreto 1079 2015 Uacutenico Reglamentario del Transporte el cual

queda asiacute

Artiacuteculo 6 Modifiacutequese el artiacuteculo

Artiacuteculo 221776 Programa para la Modernizacioacuten del Parque Automotor de carga El Ministerio de Transporte disentildearaacute el programa de Modernizacioacuten del Automotor de carga

contemple otros incentivos econoacutemicos y incentivos tributarios de trata el artiacuteculo 11 la Ley 1943 de 2018 con el objeto de promover la desintegracioacuten y modernizacioacuten del parque automotor de carga reduccioacuten de emisiones contaminantes y de la calidad del aire dentro de los dos (2) meses siguientes a la entrada en vigencia la presente modificacioacuten

Artiacuteculo 7 Modifiacutequese el artiacuteculo 777 la Seccioacuten 7 del Capitulo 7 del Tiacutetulo 1 de la Parte 2del Libro 2 del Decreto 1079 de 2015 Uacutenico Reglamentario del Sector Transporte el cual queda asiacute

Artiacuteculo 221777 Destinacioacuten de dineros recaudados por el ingreso de vehiacuteculos nuevos de transporte de Los dineros se recauden por el pago del quince por ciento (15) del valor comercial del vehiacuteculo sin incluir el IVA previsto en el artiacuteculo 221772 del presente Decreto se destinaraacuten al de modernizacioacuten del parque automotor sentildealado en el artiacuteculo 221776 del mismo de acuerdo con lo establecido en el artiacuteculo 307 de la Ley 1 de 2019

7 DECRETO NUacuteMERO 112 O DE HOJA

Por el cual se modifican unos artiacuteculos de la Seccioacuten 7 del Capiacutetulo 7 del Tiacutetulo 1de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto nuacutemero 1079 de 2015 Uacutenico Reglamentario del Sector Transporteraquo

Artiacuteculo 8 Modifiacutequese el artiacuteculo 221778 de la Seccioacuten 7 del Capiacutetulo 7 del Tiacutetulo 1 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1079 de 2015 Uacutenico Reglamentario del Sector Transporte el cual queda asiacute

Artiacuteculo 221778 Certificaciones de Cumplimiento de Requisitos Las solicitudes de certificacioacuten del cumplimiento de requisitos para el registro inicial de vehiacuteculos de servicio puacuteblico terrestre automotor de carga presentadas en vigencia de decretos anteriores se tramitaraacuten con base en las disposiciones aplicables al momento de su radicacioacuten

Paraacutegrafo 1 Los certificados de cumplimiento de requisitos asignados y que no hayan sido utilizados podraacuten ser usados para reponer un vehiacuteculo y se encuentran exceptuados de pagar el quince por ciento (15) del valor comercial de su vehiacuteculo indicado en el artiacuteculo 221772 del presente Decreto

Paraacutegrafo 2 Los Certificados de Cancelacioacuten de Matricula - CCM - que hayan sido adquiridos para la matriacutecula de un vehiacuteculo de transporte automotor de carga antes del 30 de junio de 2019 y que no hayan sido utilizados podraacuten ser empleados para realizar el registro de matriacutecula inicial de un nuevo vehiacuteculo en las condiciones vigentes al momento de su adquisicioacuten

Artiacuteculo 9 Modifiacutequese el artiacuteculo 221779 de la Seccioacuten 7 del Capiacutetulo 7 del Tiacutetulo 1 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1079 de 2015 Uacutenico Reglamentario del Sector Transporte el cual queda asiacute

Artiacuteculo 221779 Condiciones del Programa de Modernizacioacuten del Parque Automotor de Carga El programa de Modernizacioacuten del Parque Automotor de carga estaraacute condicionado a la existencia de los recursos obtenidos de

1 El saldo de los recursos pendientes por ejecutar del Programa de Promocioacuten para la Reposicioacuten y Renovacioacuten del Parque Automotor de Carga 2 Los recursos provenientes del pago efectuado por los interesados dentro del proceso de normalizacioacuten del registro inicial de vehiacuteculos de carga yo del pago del quince por ciento 15 de un porcentaje del valor comercial del vehiacuteculo nuevo de carga 3 Los recursos aportados por particulares y organismos multilaterales 4 Los recursos que de manera subsidiaria aporte el Gobierno nacional de acuerdo con el marco de gasto del sector y el Marco Fiscal de Mediano Plazo

Artiacuteculo 10 Modifiacutequese el artiacuteculo 2217710 de la Seccioacuten 7 del Capiacutetulo 7 del Tiacutetulo 1 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1079 de 2015 Uacutenico Reglamentario del Sector Transporte el cual queda asiacute

Artiacuteculo 2217710 Registro Uacutenico Nacional de Desintegracioacuten Fiacutesica de Vehiacuteculos e Ingreso de Nuevos Vehiacuteculos de Transporte Terrestre Automotor de Carga (RUNIS TAC) El Registro Uacutenico Nacional de Desintegracioacuten Fiacutesica de Vehiacuteculos e Ingreso de Nuevos Vehiacuteculos de Transporte Terrestre Automotor de Carga (RUNIS TAC) con Peso Bruto Vehicular (PBV) mayor a superior a diez mil quinientos (10500) kilogramos facilitaraacute la obtencioacuten de informacioacuten sobre el tamantildeo de la ftota de automotores destinados al transporte de carga

Paraacutegrafo El RUNIS TAC seraacute administrado y operado por el Ministerio de Transporte con el soporte tecnoloacutegico y operativo del sistema RUNT

8DECRETO NUacuteMERO 112O HOJA

laquoPor el cual se modifican unos artiacuteculos de la Seccioacuten 7del Capiacutetulo 7del Tiacutetulo 1 la Parte 2 Libro 2 del Decreto nuacutemero 1079 de 2015 Uacutenico Reglamentariacuteo del Sector Transporteraquo

Artiacuteculo 11 Modifiacutequese el artiacuteculo 7711 la 7 del 7 del Tiacutetulo 1 la Parte 2del 2 del Decreto 1079 de 2015 Uacutenico Reglamentario del Sector Transporte el cual queda asiacute

Artiacuteculo 2217711 Disponibilidad y ejecucioacuten de recursos del Programa de Modernizacioacuten Transporte Automotor de Carga El Ministerio Transporte coordinaraacute con el Ministerio Hacienda yCreacutedito Puacuteblico la ejecucioacuten de los recursos pendientes ejecutar del Programa Promocioacuten la Reposicioacuten y Renovacioacuten del Parque Automotor de Carga contemplado en el de 2013 como el valor del mismo destinado al nuevo Programa de Modernizacioacuten de Transporte Automotor de Carga junto con los recursos del

inicial de los vehiacuteculos automotores de carga el pago de un porcentaje del valor comercial del vehiacuteculo nuevo carga sentildealado en el artiacuteculo 772 del Decreto y cualquier otra fuente de financiacioacuten

Paraacutegrafo El Ministerio Transporte ejecutaraacute los recursos atraveacutes del Fondo Modernizacioacuten del automotor previsto eh el artiacuteculo 307 la 1 de 2019

Artiacuteculo 12 Modifiacutequese el artiacuteculo 2217712 la Seccioacuten 7 del Capiacutetulo 7 del Tiacutetulo 1de la Parte 2 2 del 1079 de 2015 Reglamentario del Sector Transporte el cual queda

Artiacuteculo 221 Reglamentacioacuten El Ministerio de Transporte reglamentaraacute las condiciones requisitos y traacutemites necesarios para el funcionamiento del RUNIS TAC y la creacioacuten de mecanismos de gestioacuten de recursos mencionados en el artiacuteculo 2217714 del presente Decreto en un tiempo no mayor ados (2) contados apartir la entrada en vigencia de la

rooClnTO modificacioacuten

Artiacuteculo 13 Modifiacutequese el artiacuteculo 17713 de la Seccioacuten 7 del Capiacutetulo 7 del Tiacutetulo 1de la Parte 2 del Libro 2del Decreto 1079 de 2015 Uacutenico Reglamentario del Sector Transporte el cual queda asiacute

Artiacuteculo 2217713 Contenido del RUNIS TAC El RUNIS contendraacute la informacioacuten vehiacuteculos desintegrados ydel ingreso de nuevos vehiacuteculos de Transporte Terrestre Automotor

de Carga una numeracioacuten consecutiva la fecha de la desintegracioacuten odel ingreso nuevos vehiacuteculos y elementos el Ministerio Transporte reglamente

Paraacutegrafo El Ministerio de Transporte velaraacute porque el RUNIS TAC cuente con estaacutendares internacionales de seguridad transparencia yeficiencia

Artiacuteculo 14 Modifiacutequese el artiacuteculo 2217714 de la Seccioacuten 7 del 7 del Tiacutetulo 1de la Parte 2 2 del 1079 de 2015 Uacutenico Reglamentario del Sector Transporte el cual queda

Artiacuteculo 221 Transicioacuten procesos de reconocimiento econoacutemico yreposicioacuten con reconocimiento econoacutemico radicados antes del 30 junio de 2019 se tramitaraacuten con en las disposiciones apliacutecables al momento de su radicacioacuten siempre ycuando tengan asignacioacuten presupuestal en el Programa de Promocioacuten para la Reposicioacuten y Renovacioacuten del Parque Automotor de Carga

los casos en cuales no sea posible realizar la asignacioacuten presupuestal antes del 30 de junio de 2019 la solicitud postulacioacuten seraacute rechazada ypodraacute optar por postularse al nuevo

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DECRETO NUacuteMERO 1 t 2 O DE HOJA

laquoPor el cual se modifican unos artiacuteculos de la Seccioacuten 7 del Capitulo 7 del Tiacutetulo 1de la Parte 2del Libro 2del Decreto nuacutemero 1079 de 2015 Uacutenico Reglamentario del Sector Transporteraquo

Programa de Modernizacioacuten de Transporte Automotor de Carga que disentildee el Ministerio de Transporte

Artiacuteculo 15 Vigencia y Derogatoria El presente Decreto rige apartir del treinta (30) de junio de 2019 modifica los artiacuteculos 221771 221772 221773 221774 221775 221776 221777 221778 221779 2217710 2217711 2217712 22177132217714 Yderoga el artiacuteculo 2217715 de la Seccioacuten 7del Capiacutetulo 7del Tiacutetulo 1de la Parte 2del Libro 2del Decreto 1079 de 2015 Uacutenico Reglamentario del Sector Transporte

PUBUQUESE y CUacuteMPLASE 26JUN 201 Dado en Bogotaacute DC

J

EL MINISTRO DE HACIENDA YCREacuteDITO PUacuteBLICO

ALBERTO CARRASQUILLA BARRERA

LA MINISTRA DE TRANSPORTE

Page 6: MINISTERIO - Presidencia de la República de Colombia · toneladas, mediante los mecanismos de reposición por desintegración física total o caución. Que el Decreto 1131 de 2009,

HOJA 6

laquo el cual se modifican unos artiacuteculos de la 7 del Capiacutetulo 7 Tiacutetulo 1 la Parte 2 del Libro 2 Decreto nuacutemero 1079 de 5 Uacutenico Reglamentario del Sector Transporteraquo

Paraacutegrafo El vehiacuteculo que ingresa reposlclon vehiacuteculo desintegrado o se haya declarado en peacuterdida total o destruccioacuten total o declarado hurtado deberaacute registrarse en el mismo servicio puacuteblico o particular del vehiacuteculo sujeto de reposicioacuten

Artiacuteculo 4 Modifiacutequese el artiacuteculo de la Seccioacuten 7 del Capiacutetulo 7 del Tiacutetulo 1 de la 2 del Libro 2 Decreto 1 2015 Uacutenico Reglamentario Sector Transporte el cual

queda asiacute

Artiacuteculo 114 Registro Inicial ante los organismos de traacutensito organismos de traacutensito solamente deberaacuten efectuar el registro inicial de vehiacuteculos de transporte terrestre automotor de carga servicio particular o puacuteblico hasta tanto el solicitante en la matriacutecula deacute cumplimiento a requisitos para el traacutemite de inicial y el pago porcentaje indicado en el artiacuteculo 1 del presente Decreto o cuenten con el certificado de cumplimiento requisitos o aquel que reglamente el Ministerio Transporte y sus veces

de la 7 del 7 del Tiacutetulo 1 la 2 del Libro 2 Decreto 1079 2015 Uacutenico Reglamentario del Transporte el cual

queda asiacute

Artiacuteculo 5 Modifiacutequese el artiacuteculo

Artiacuteculo 221775 Condiciones y traacutemite El Ministerio Transporte determinaraacute y reglamentaraacute las condiciones y traacutemites para el registro inicial de vehiacuteculos transporte terrestre automotor de carga servicio puacuteblico y particular nuevos o que en reposicioacuten de un vehiacuteculo sometido al proceso de desintegracioacuten fiacutesica total declarado como peacuterdida o destruccioacuten total ohurtado en un tiempo no mayor ados contados apartir de la en vigencia de la modificacioacuten

de la 7 del Capiacutetulo 7 del Tiacutetulo 1 de la 2 del Libro 2 Decreto 1079 2015 Uacutenico Reglamentario del Transporte el cual

queda asiacute

Artiacuteculo 6 Modifiacutequese el artiacuteculo

Artiacuteculo 221776 Programa para la Modernizacioacuten del Parque Automotor de carga El Ministerio de Transporte disentildearaacute el programa de Modernizacioacuten del Automotor de carga

contemple otros incentivos econoacutemicos y incentivos tributarios de trata el artiacuteculo 11 la Ley 1943 de 2018 con el objeto de promover la desintegracioacuten y modernizacioacuten del parque automotor de carga reduccioacuten de emisiones contaminantes y de la calidad del aire dentro de los dos (2) meses siguientes a la entrada en vigencia la presente modificacioacuten

Artiacuteculo 7 Modifiacutequese el artiacuteculo 777 la Seccioacuten 7 del Capitulo 7 del Tiacutetulo 1 de la Parte 2del Libro 2 del Decreto 1079 de 2015 Uacutenico Reglamentario del Sector Transporte el cual queda asiacute

Artiacuteculo 221777 Destinacioacuten de dineros recaudados por el ingreso de vehiacuteculos nuevos de transporte de Los dineros se recauden por el pago del quince por ciento (15) del valor comercial del vehiacuteculo sin incluir el IVA previsto en el artiacuteculo 221772 del presente Decreto se destinaraacuten al de modernizacioacuten del parque automotor sentildealado en el artiacuteculo 221776 del mismo de acuerdo con lo establecido en el artiacuteculo 307 de la Ley 1 de 2019

7 DECRETO NUacuteMERO 112 O DE HOJA

Por el cual se modifican unos artiacuteculos de la Seccioacuten 7 del Capiacutetulo 7 del Tiacutetulo 1de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto nuacutemero 1079 de 2015 Uacutenico Reglamentario del Sector Transporteraquo

Artiacuteculo 8 Modifiacutequese el artiacuteculo 221778 de la Seccioacuten 7 del Capiacutetulo 7 del Tiacutetulo 1 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1079 de 2015 Uacutenico Reglamentario del Sector Transporte el cual queda asiacute

Artiacuteculo 221778 Certificaciones de Cumplimiento de Requisitos Las solicitudes de certificacioacuten del cumplimiento de requisitos para el registro inicial de vehiacuteculos de servicio puacuteblico terrestre automotor de carga presentadas en vigencia de decretos anteriores se tramitaraacuten con base en las disposiciones aplicables al momento de su radicacioacuten

Paraacutegrafo 1 Los certificados de cumplimiento de requisitos asignados y que no hayan sido utilizados podraacuten ser usados para reponer un vehiacuteculo y se encuentran exceptuados de pagar el quince por ciento (15) del valor comercial de su vehiacuteculo indicado en el artiacuteculo 221772 del presente Decreto

Paraacutegrafo 2 Los Certificados de Cancelacioacuten de Matricula - CCM - que hayan sido adquiridos para la matriacutecula de un vehiacuteculo de transporte automotor de carga antes del 30 de junio de 2019 y que no hayan sido utilizados podraacuten ser empleados para realizar el registro de matriacutecula inicial de un nuevo vehiacuteculo en las condiciones vigentes al momento de su adquisicioacuten

Artiacuteculo 9 Modifiacutequese el artiacuteculo 221779 de la Seccioacuten 7 del Capiacutetulo 7 del Tiacutetulo 1 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1079 de 2015 Uacutenico Reglamentario del Sector Transporte el cual queda asiacute

Artiacuteculo 221779 Condiciones del Programa de Modernizacioacuten del Parque Automotor de Carga El programa de Modernizacioacuten del Parque Automotor de carga estaraacute condicionado a la existencia de los recursos obtenidos de

1 El saldo de los recursos pendientes por ejecutar del Programa de Promocioacuten para la Reposicioacuten y Renovacioacuten del Parque Automotor de Carga 2 Los recursos provenientes del pago efectuado por los interesados dentro del proceso de normalizacioacuten del registro inicial de vehiacuteculos de carga yo del pago del quince por ciento 15 de un porcentaje del valor comercial del vehiacuteculo nuevo de carga 3 Los recursos aportados por particulares y organismos multilaterales 4 Los recursos que de manera subsidiaria aporte el Gobierno nacional de acuerdo con el marco de gasto del sector y el Marco Fiscal de Mediano Plazo

Artiacuteculo 10 Modifiacutequese el artiacuteculo 2217710 de la Seccioacuten 7 del Capiacutetulo 7 del Tiacutetulo 1 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1079 de 2015 Uacutenico Reglamentario del Sector Transporte el cual queda asiacute

Artiacuteculo 2217710 Registro Uacutenico Nacional de Desintegracioacuten Fiacutesica de Vehiacuteculos e Ingreso de Nuevos Vehiacuteculos de Transporte Terrestre Automotor de Carga (RUNIS TAC) El Registro Uacutenico Nacional de Desintegracioacuten Fiacutesica de Vehiacuteculos e Ingreso de Nuevos Vehiacuteculos de Transporte Terrestre Automotor de Carga (RUNIS TAC) con Peso Bruto Vehicular (PBV) mayor a superior a diez mil quinientos (10500) kilogramos facilitaraacute la obtencioacuten de informacioacuten sobre el tamantildeo de la ftota de automotores destinados al transporte de carga

Paraacutegrafo El RUNIS TAC seraacute administrado y operado por el Ministerio de Transporte con el soporte tecnoloacutegico y operativo del sistema RUNT

8DECRETO NUacuteMERO 112O HOJA

laquoPor el cual se modifican unos artiacuteculos de la Seccioacuten 7del Capiacutetulo 7del Tiacutetulo 1 la Parte 2 Libro 2 del Decreto nuacutemero 1079 de 2015 Uacutenico Reglamentariacuteo del Sector Transporteraquo

Artiacuteculo 11 Modifiacutequese el artiacuteculo 7711 la 7 del 7 del Tiacutetulo 1 la Parte 2del 2 del Decreto 1079 de 2015 Uacutenico Reglamentario del Sector Transporte el cual queda asiacute

Artiacuteculo 2217711 Disponibilidad y ejecucioacuten de recursos del Programa de Modernizacioacuten Transporte Automotor de Carga El Ministerio Transporte coordinaraacute con el Ministerio Hacienda yCreacutedito Puacuteblico la ejecucioacuten de los recursos pendientes ejecutar del Programa Promocioacuten la Reposicioacuten y Renovacioacuten del Parque Automotor de Carga contemplado en el de 2013 como el valor del mismo destinado al nuevo Programa de Modernizacioacuten de Transporte Automotor de Carga junto con los recursos del

inicial de los vehiacuteculos automotores de carga el pago de un porcentaje del valor comercial del vehiacuteculo nuevo carga sentildealado en el artiacuteculo 772 del Decreto y cualquier otra fuente de financiacioacuten

Paraacutegrafo El Ministerio Transporte ejecutaraacute los recursos atraveacutes del Fondo Modernizacioacuten del automotor previsto eh el artiacuteculo 307 la 1 de 2019

Artiacuteculo 12 Modifiacutequese el artiacuteculo 2217712 la Seccioacuten 7 del Capiacutetulo 7 del Tiacutetulo 1de la Parte 2 2 del 1079 de 2015 Reglamentario del Sector Transporte el cual queda

Artiacuteculo 221 Reglamentacioacuten El Ministerio de Transporte reglamentaraacute las condiciones requisitos y traacutemites necesarios para el funcionamiento del RUNIS TAC y la creacioacuten de mecanismos de gestioacuten de recursos mencionados en el artiacuteculo 2217714 del presente Decreto en un tiempo no mayor ados (2) contados apartir la entrada en vigencia de la

rooClnTO modificacioacuten

Artiacuteculo 13 Modifiacutequese el artiacuteculo 17713 de la Seccioacuten 7 del Capiacutetulo 7 del Tiacutetulo 1de la Parte 2 del Libro 2del Decreto 1079 de 2015 Uacutenico Reglamentario del Sector Transporte el cual queda asiacute

Artiacuteculo 2217713 Contenido del RUNIS TAC El RUNIS contendraacute la informacioacuten vehiacuteculos desintegrados ydel ingreso de nuevos vehiacuteculos de Transporte Terrestre Automotor

de Carga una numeracioacuten consecutiva la fecha de la desintegracioacuten odel ingreso nuevos vehiacuteculos y elementos el Ministerio Transporte reglamente

Paraacutegrafo El Ministerio de Transporte velaraacute porque el RUNIS TAC cuente con estaacutendares internacionales de seguridad transparencia yeficiencia

Artiacuteculo 14 Modifiacutequese el artiacuteculo 2217714 de la Seccioacuten 7 del 7 del Tiacutetulo 1de la Parte 2 2 del 1079 de 2015 Uacutenico Reglamentario del Sector Transporte el cual queda

Artiacuteculo 221 Transicioacuten procesos de reconocimiento econoacutemico yreposicioacuten con reconocimiento econoacutemico radicados antes del 30 junio de 2019 se tramitaraacuten con en las disposiciones apliacutecables al momento de su radicacioacuten siempre ycuando tengan asignacioacuten presupuestal en el Programa de Promocioacuten para la Reposicioacuten y Renovacioacuten del Parque Automotor de Carga

los casos en cuales no sea posible realizar la asignacioacuten presupuestal antes del 30 de junio de 2019 la solicitud postulacioacuten seraacute rechazada ypodraacute optar por postularse al nuevo

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DECRETO NUacuteMERO 1 t 2 O DE HOJA

laquoPor el cual se modifican unos artiacuteculos de la Seccioacuten 7 del Capitulo 7 del Tiacutetulo 1de la Parte 2del Libro 2del Decreto nuacutemero 1079 de 2015 Uacutenico Reglamentario del Sector Transporteraquo

Programa de Modernizacioacuten de Transporte Automotor de Carga que disentildee el Ministerio de Transporte

Artiacuteculo 15 Vigencia y Derogatoria El presente Decreto rige apartir del treinta (30) de junio de 2019 modifica los artiacuteculos 221771 221772 221773 221774 221775 221776 221777 221778 221779 2217710 2217711 2217712 22177132217714 Yderoga el artiacuteculo 2217715 de la Seccioacuten 7del Capiacutetulo 7del Tiacutetulo 1de la Parte 2del Libro 2del Decreto 1079 de 2015 Uacutenico Reglamentario del Sector Transporte

PUBUQUESE y CUacuteMPLASE 26JUN 201 Dado en Bogotaacute DC

J

EL MINISTRO DE HACIENDA YCREacuteDITO PUacuteBLICO

ALBERTO CARRASQUILLA BARRERA

LA MINISTRA DE TRANSPORTE

Page 7: MINISTERIO - Presidencia de la República de Colombia · toneladas, mediante los mecanismos de reposición por desintegración física total o caución. Que el Decreto 1131 de 2009,

7 DECRETO NUacuteMERO 112 O DE HOJA

Por el cual se modifican unos artiacuteculos de la Seccioacuten 7 del Capiacutetulo 7 del Tiacutetulo 1de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto nuacutemero 1079 de 2015 Uacutenico Reglamentario del Sector Transporteraquo

Artiacuteculo 8 Modifiacutequese el artiacuteculo 221778 de la Seccioacuten 7 del Capiacutetulo 7 del Tiacutetulo 1 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1079 de 2015 Uacutenico Reglamentario del Sector Transporte el cual queda asiacute

Artiacuteculo 221778 Certificaciones de Cumplimiento de Requisitos Las solicitudes de certificacioacuten del cumplimiento de requisitos para el registro inicial de vehiacuteculos de servicio puacuteblico terrestre automotor de carga presentadas en vigencia de decretos anteriores se tramitaraacuten con base en las disposiciones aplicables al momento de su radicacioacuten

Paraacutegrafo 1 Los certificados de cumplimiento de requisitos asignados y que no hayan sido utilizados podraacuten ser usados para reponer un vehiacuteculo y se encuentran exceptuados de pagar el quince por ciento (15) del valor comercial de su vehiacuteculo indicado en el artiacuteculo 221772 del presente Decreto

Paraacutegrafo 2 Los Certificados de Cancelacioacuten de Matricula - CCM - que hayan sido adquiridos para la matriacutecula de un vehiacuteculo de transporte automotor de carga antes del 30 de junio de 2019 y que no hayan sido utilizados podraacuten ser empleados para realizar el registro de matriacutecula inicial de un nuevo vehiacuteculo en las condiciones vigentes al momento de su adquisicioacuten

Artiacuteculo 9 Modifiacutequese el artiacuteculo 221779 de la Seccioacuten 7 del Capiacutetulo 7 del Tiacutetulo 1 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1079 de 2015 Uacutenico Reglamentario del Sector Transporte el cual queda asiacute

Artiacuteculo 221779 Condiciones del Programa de Modernizacioacuten del Parque Automotor de Carga El programa de Modernizacioacuten del Parque Automotor de carga estaraacute condicionado a la existencia de los recursos obtenidos de

1 El saldo de los recursos pendientes por ejecutar del Programa de Promocioacuten para la Reposicioacuten y Renovacioacuten del Parque Automotor de Carga 2 Los recursos provenientes del pago efectuado por los interesados dentro del proceso de normalizacioacuten del registro inicial de vehiacuteculos de carga yo del pago del quince por ciento 15 de un porcentaje del valor comercial del vehiacuteculo nuevo de carga 3 Los recursos aportados por particulares y organismos multilaterales 4 Los recursos que de manera subsidiaria aporte el Gobierno nacional de acuerdo con el marco de gasto del sector y el Marco Fiscal de Mediano Plazo

Artiacuteculo 10 Modifiacutequese el artiacuteculo 2217710 de la Seccioacuten 7 del Capiacutetulo 7 del Tiacutetulo 1 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1079 de 2015 Uacutenico Reglamentario del Sector Transporte el cual queda asiacute

Artiacuteculo 2217710 Registro Uacutenico Nacional de Desintegracioacuten Fiacutesica de Vehiacuteculos e Ingreso de Nuevos Vehiacuteculos de Transporte Terrestre Automotor de Carga (RUNIS TAC) El Registro Uacutenico Nacional de Desintegracioacuten Fiacutesica de Vehiacuteculos e Ingreso de Nuevos Vehiacuteculos de Transporte Terrestre Automotor de Carga (RUNIS TAC) con Peso Bruto Vehicular (PBV) mayor a superior a diez mil quinientos (10500) kilogramos facilitaraacute la obtencioacuten de informacioacuten sobre el tamantildeo de la ftota de automotores destinados al transporte de carga

Paraacutegrafo El RUNIS TAC seraacute administrado y operado por el Ministerio de Transporte con el soporte tecnoloacutegico y operativo del sistema RUNT

8DECRETO NUacuteMERO 112O HOJA

laquoPor el cual se modifican unos artiacuteculos de la Seccioacuten 7del Capiacutetulo 7del Tiacutetulo 1 la Parte 2 Libro 2 del Decreto nuacutemero 1079 de 2015 Uacutenico Reglamentariacuteo del Sector Transporteraquo

Artiacuteculo 11 Modifiacutequese el artiacuteculo 7711 la 7 del 7 del Tiacutetulo 1 la Parte 2del 2 del Decreto 1079 de 2015 Uacutenico Reglamentario del Sector Transporte el cual queda asiacute

Artiacuteculo 2217711 Disponibilidad y ejecucioacuten de recursos del Programa de Modernizacioacuten Transporte Automotor de Carga El Ministerio Transporte coordinaraacute con el Ministerio Hacienda yCreacutedito Puacuteblico la ejecucioacuten de los recursos pendientes ejecutar del Programa Promocioacuten la Reposicioacuten y Renovacioacuten del Parque Automotor de Carga contemplado en el de 2013 como el valor del mismo destinado al nuevo Programa de Modernizacioacuten de Transporte Automotor de Carga junto con los recursos del

inicial de los vehiacuteculos automotores de carga el pago de un porcentaje del valor comercial del vehiacuteculo nuevo carga sentildealado en el artiacuteculo 772 del Decreto y cualquier otra fuente de financiacioacuten

Paraacutegrafo El Ministerio Transporte ejecutaraacute los recursos atraveacutes del Fondo Modernizacioacuten del automotor previsto eh el artiacuteculo 307 la 1 de 2019

Artiacuteculo 12 Modifiacutequese el artiacuteculo 2217712 la Seccioacuten 7 del Capiacutetulo 7 del Tiacutetulo 1de la Parte 2 2 del 1079 de 2015 Reglamentario del Sector Transporte el cual queda

Artiacuteculo 221 Reglamentacioacuten El Ministerio de Transporte reglamentaraacute las condiciones requisitos y traacutemites necesarios para el funcionamiento del RUNIS TAC y la creacioacuten de mecanismos de gestioacuten de recursos mencionados en el artiacuteculo 2217714 del presente Decreto en un tiempo no mayor ados (2) contados apartir la entrada en vigencia de la

rooClnTO modificacioacuten

Artiacuteculo 13 Modifiacutequese el artiacuteculo 17713 de la Seccioacuten 7 del Capiacutetulo 7 del Tiacutetulo 1de la Parte 2 del Libro 2del Decreto 1079 de 2015 Uacutenico Reglamentario del Sector Transporte el cual queda asiacute

Artiacuteculo 2217713 Contenido del RUNIS TAC El RUNIS contendraacute la informacioacuten vehiacuteculos desintegrados ydel ingreso de nuevos vehiacuteculos de Transporte Terrestre Automotor

de Carga una numeracioacuten consecutiva la fecha de la desintegracioacuten odel ingreso nuevos vehiacuteculos y elementos el Ministerio Transporte reglamente

Paraacutegrafo El Ministerio de Transporte velaraacute porque el RUNIS TAC cuente con estaacutendares internacionales de seguridad transparencia yeficiencia

Artiacuteculo 14 Modifiacutequese el artiacuteculo 2217714 de la Seccioacuten 7 del 7 del Tiacutetulo 1de la Parte 2 2 del 1079 de 2015 Uacutenico Reglamentario del Sector Transporte el cual queda

Artiacuteculo 221 Transicioacuten procesos de reconocimiento econoacutemico yreposicioacuten con reconocimiento econoacutemico radicados antes del 30 junio de 2019 se tramitaraacuten con en las disposiciones apliacutecables al momento de su radicacioacuten siempre ycuando tengan asignacioacuten presupuestal en el Programa de Promocioacuten para la Reposicioacuten y Renovacioacuten del Parque Automotor de Carga

los casos en cuales no sea posible realizar la asignacioacuten presupuestal antes del 30 de junio de 2019 la solicitud postulacioacuten seraacute rechazada ypodraacute optar por postularse al nuevo

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DECRETO NUacuteMERO 1 t 2 O DE HOJA

laquoPor el cual se modifican unos artiacuteculos de la Seccioacuten 7 del Capitulo 7 del Tiacutetulo 1de la Parte 2del Libro 2del Decreto nuacutemero 1079 de 2015 Uacutenico Reglamentario del Sector Transporteraquo

Programa de Modernizacioacuten de Transporte Automotor de Carga que disentildee el Ministerio de Transporte

Artiacuteculo 15 Vigencia y Derogatoria El presente Decreto rige apartir del treinta (30) de junio de 2019 modifica los artiacuteculos 221771 221772 221773 221774 221775 221776 221777 221778 221779 2217710 2217711 2217712 22177132217714 Yderoga el artiacuteculo 2217715 de la Seccioacuten 7del Capiacutetulo 7del Tiacutetulo 1de la Parte 2del Libro 2del Decreto 1079 de 2015 Uacutenico Reglamentario del Sector Transporte

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laquoPor el cual se modifican unos artiacuteculos de la Seccioacuten 7del Capiacutetulo 7del Tiacutetulo 1 la Parte 2 Libro 2 del Decreto nuacutemero 1079 de 2015 Uacutenico Reglamentariacuteo del Sector Transporteraquo

Artiacuteculo 11 Modifiacutequese el artiacuteculo 7711 la 7 del 7 del Tiacutetulo 1 la Parte 2del 2 del Decreto 1079 de 2015 Uacutenico Reglamentario del Sector Transporte el cual queda asiacute

Artiacuteculo 2217711 Disponibilidad y ejecucioacuten de recursos del Programa de Modernizacioacuten Transporte Automotor de Carga El Ministerio Transporte coordinaraacute con el Ministerio Hacienda yCreacutedito Puacuteblico la ejecucioacuten de los recursos pendientes ejecutar del Programa Promocioacuten la Reposicioacuten y Renovacioacuten del Parque Automotor de Carga contemplado en el de 2013 como el valor del mismo destinado al nuevo Programa de Modernizacioacuten de Transporte Automotor de Carga junto con los recursos del

inicial de los vehiacuteculos automotores de carga el pago de un porcentaje del valor comercial del vehiacuteculo nuevo carga sentildealado en el artiacuteculo 772 del Decreto y cualquier otra fuente de financiacioacuten

Paraacutegrafo El Ministerio Transporte ejecutaraacute los recursos atraveacutes del Fondo Modernizacioacuten del automotor previsto eh el artiacuteculo 307 la 1 de 2019

Artiacuteculo 12 Modifiacutequese el artiacuteculo 2217712 la Seccioacuten 7 del Capiacutetulo 7 del Tiacutetulo 1de la Parte 2 2 del 1079 de 2015 Reglamentario del Sector Transporte el cual queda

Artiacuteculo 221 Reglamentacioacuten El Ministerio de Transporte reglamentaraacute las condiciones requisitos y traacutemites necesarios para el funcionamiento del RUNIS TAC y la creacioacuten de mecanismos de gestioacuten de recursos mencionados en el artiacuteculo 2217714 del presente Decreto en un tiempo no mayor ados (2) contados apartir la entrada en vigencia de la

rooClnTO modificacioacuten

Artiacuteculo 13 Modifiacutequese el artiacuteculo 17713 de la Seccioacuten 7 del Capiacutetulo 7 del Tiacutetulo 1de la Parte 2 del Libro 2del Decreto 1079 de 2015 Uacutenico Reglamentario del Sector Transporte el cual queda asiacute

Artiacuteculo 2217713 Contenido del RUNIS TAC El RUNIS contendraacute la informacioacuten vehiacuteculos desintegrados ydel ingreso de nuevos vehiacuteculos de Transporte Terrestre Automotor

de Carga una numeracioacuten consecutiva la fecha de la desintegracioacuten odel ingreso nuevos vehiacuteculos y elementos el Ministerio Transporte reglamente

Paraacutegrafo El Ministerio de Transporte velaraacute porque el RUNIS TAC cuente con estaacutendares internacionales de seguridad transparencia yeficiencia

Artiacuteculo 14 Modifiacutequese el artiacuteculo 2217714 de la Seccioacuten 7 del 7 del Tiacutetulo 1de la Parte 2 2 del 1079 de 2015 Uacutenico Reglamentario del Sector Transporte el cual queda

Artiacuteculo 221 Transicioacuten procesos de reconocimiento econoacutemico yreposicioacuten con reconocimiento econoacutemico radicados antes del 30 junio de 2019 se tramitaraacuten con en las disposiciones apliacutecables al momento de su radicacioacuten siempre ycuando tengan asignacioacuten presupuestal en el Programa de Promocioacuten para la Reposicioacuten y Renovacioacuten del Parque Automotor de Carga

los casos en cuales no sea posible realizar la asignacioacuten presupuestal antes del 30 de junio de 2019 la solicitud postulacioacuten seraacute rechazada ypodraacute optar por postularse al nuevo

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DECRETO NUacuteMERO 1 t 2 O DE HOJA

laquoPor el cual se modifican unos artiacuteculos de la Seccioacuten 7 del Capitulo 7 del Tiacutetulo 1de la Parte 2del Libro 2del Decreto nuacutemero 1079 de 2015 Uacutenico Reglamentario del Sector Transporteraquo

Programa de Modernizacioacuten de Transporte Automotor de Carga que disentildee el Ministerio de Transporte

Artiacuteculo 15 Vigencia y Derogatoria El presente Decreto rige apartir del treinta (30) de junio de 2019 modifica los artiacuteculos 221771 221772 221773 221774 221775 221776 221777 221778 221779 2217710 2217711 2217712 22177132217714 Yderoga el artiacuteculo 2217715 de la Seccioacuten 7del Capiacutetulo 7del Tiacutetulo 1de la Parte 2del Libro 2del Decreto 1079 de 2015 Uacutenico Reglamentario del Sector Transporte

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laquoPor el cual se modifican unos artiacuteculos de la Seccioacuten 7 del Capitulo 7 del Tiacutetulo 1de la Parte 2del Libro 2del Decreto nuacutemero 1079 de 2015 Uacutenico Reglamentario del Sector Transporteraquo

Programa de Modernizacioacuten de Transporte Automotor de Carga que disentildee el Ministerio de Transporte

Artiacuteculo 15 Vigencia y Derogatoria El presente Decreto rige apartir del treinta (30) de junio de 2019 modifica los artiacuteculos 221771 221772 221773 221774 221775 221776 221777 221778 221779 2217710 2217711 2217712 22177132217714 Yderoga el artiacuteculo 2217715 de la Seccioacuten 7del Capiacutetulo 7del Tiacutetulo 1de la Parte 2del Libro 2del Decreto 1079 de 2015 Uacutenico Reglamentario del Sector Transporte

PUBUQUESE y CUacuteMPLASE 26JUN 201 Dado en Bogotaacute DC

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