miguel Ángel rodríguez guízar artículo..doc

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Enrique González Calvillo, socio del Despacho González, Calvillo y Forastieri, S.C, aborda de manera sencilla y práctica en su artículo “La Mediación en México” la problemática que representa la impartición de justicia en este país como un tema relevante. Expone que no es concebible que una sociedad que progresa y que un país que avanza y está a la vanguardia, tenga una impartición de justicia tan pobre y olvidada, llena de incertidumbre y desconfianza. Así mismo, aun cuando se tiene la confirmación de que esta dificultad se resuelva para el beneficio futuro de nuevas generaciones, la sociedad tiene en sus manos la oportunidad de construir nuevas alternativas para resolver controversias cualesquiera que estas sean. En un mundo moderno y en pleno siglo veintiuno la impartición de justicia ya no debe de distraerse resolviendo controversias en los tribunales, es por lo tanto, una exigencia que la misma tiene para tener acceso a métodos eficaces, eficientes y asertivos que permitan resolverlos. Por eso, en nuestro país se debe de concebir la mediación (Calvillo, 2000) como una alternativa, entendida como un método auto compositivo, sistemático y funcional que permita la resolución no jurisdiccional de cualesquier tipo legal, que a diferencia del arbitraje, éste evita la confrontación como suele suceder y donde una de las partes tiene que perder. Es una preocupación y un anhelo del hombre vivir en un estado de justicia, pero ¿Qué es la justicia? ¿Cómo es que se define

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Page 1: Miguel Ángel Rodríguez Guízar artículo..doc

Enrique González Calvillo, socio del Despacho González, Calvillo y

Forastieri, S.C, aborda de manera sencilla y práctica en su artículo “La Mediación

en México” la problemática que representa la impartición de justicia en este país

como un tema relevante. Expone que no es concebible que una sociedad que

progresa y que un país que avanza y está a la vanguardia, tenga una impartición

de justicia tan pobre y olvidada, llena de incertidumbre y desconfianza. Así

mismo, aun cuando se tiene la confirmación de que esta dificultad se resuelva

para el beneficio futuro de nuevas generaciones, la sociedad tiene en sus manos

la oportunidad de construir nuevas alternativas para resolver controversias

cualesquiera que estas sean. En un mundo moderno y en pleno siglo veintiuno la

impartición de justicia ya no debe de distraerse resolviendo controversias en los

tribunales, es por lo tanto, una exigencia que la misma tiene para tener acceso a

métodos eficaces, eficientes y asertivos que permitan resolverlos. Por eso, en

nuestro país se debe de concebir la mediación (Calvillo, 2000) como una

alternativa, entendida como un método auto compositivo, sistemático y funcional

que permita la resolución no jurisdiccional de cualesquier tipo legal, que a

diferencia del arbitraje, éste evita la confrontación como suele suceder y donde

una de las partes tiene que perder.

Es una preocupación y un anhelo del hombre vivir en un estado de justicia, pero

¿Qué es la justicia? ¿Cómo es que se define ésta? ¿Quién lo dice? y ¿Por qué lo

dice? González Clavillo en su artículo menciona la figura de Ulpiano, jurista clásico

muerto en 244 d.C por la guardia pretoriana; “Justicia es la virtud de dar a cada

uno lo que le pertenece, la voluntad de darle a cada quien lo suyo” por otro lado, el

diccionario de Psicología (Warren, 1974) dice que justicia “es cuando se brinda

cierto castigo o recompensa a un individuo como compensación adecuada e igual

por los resultados de su propia conducta respecto a otro”. Retomando lo que

González Calvillo propone y analiza, sobre todo, cuestionando a Ulpiano de esta

manera: ¿Qué es lo “suyo”? y ¿Qué es lo que le pertenece a cada quien? Para

dar contestación a éstas, González expone que el hombre construyó e ideó los

tribunales creando, a la vez, la figura del juez al cual dotó de poder para impartir

justicia y así saber qué es lo justo, lo suyo de cada quién. Empero, al paso del

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tiempo los hombres se percataron que ésta no solo era perfectible, se vieron los

inconvenientes del litigio como una forma de reordenar la convivencia y resolver

las diferencias.