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MEXICO D.F. A 5 DE AGOSTO DE 2014. INVITACIÓN NACIONAL EN MATERIA DE AQUISICIONES NO. FECEB-INV3P-ADQ-003-2014. Nacional Financiera, S. N. C., Institución de Banca de Desarrollo como Fiduciaria en el Fideicomiso del Espacio Cultural y Educativo Betlemitas (FECEB), de conformidad con lo establecido en las Normas del Banco de México en Materia de Adquisiciones y Arrendamientos de Bienes Muebles, así como de Servicios, en la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, y en las demás disposiciones aplicables, invita a usted (es) a presentar la cotización para contratar los servicios consistentes el MANTENIMIENTO PREVENTIVO Y CORRECTIVO A LOS EQUIPOS DE AIRE ACONDICIONADO DIVERSAS MARCAS DEL INMUEBLE SEDE DEL MUSEO INTERACTIVO DE ECONOMÍA, SITUADO EN LA CALLE DE TACUBA N° 17 COLONIA CENTRO DELEGACIÓN CUAUHTEMOC C.P. 06000 MEXICO DISTRITO FEDERAL, ASÍ COMO EL SUMINISTRO DE PARTES, REFACCIONES Y SERVICIOS ADICIONALES (MANO DE OBRA) QUE SEAN NECESARIAS, PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO, INCLUYENDO SIN COSTO ADICIONAL PARA EL FECEB, LOS MATERIALES DE INSUMO QUE EN SU CASO SE REQUIERAN PARA PRESTAR LOS SERVICIOS. Lo anterior, de conformidad con los términos y condiciones contenidos en la presente comunicación. 1. INFORMACIÓN DE LOS BIENES Y/O SERVICIOS 1.1 La descripción detallada de los servicios materia de invitación, se contiene en el anexo “A” de este documento. 1.2 Será responsabilidad del proveedor contar con las licencias, autorizaciones o permisos que se requieran respecto de los bienes o servicios objeto de invitación, incluyendo, de ser el caso, los que se requieran en forma previa o posterior a su entrega o prestación. 1.3 Será responsabilidad del proveedor cumplir con las Normas Oficiales Mexicanas, o a falta de éstas, con las especificaciones del país de origen, o en su defecto, con las Normas Internacionales, y a falta de éstas con las del fabricante y/o prestador de servicios. 2. TÉRMINOS Y CONDICIONES PARA CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES 2.1 Los servicios deberán prestarse a solicitud del FECEB, al amparo del contrato que se celebre con el licitante ganador del presente procedimiento y deberán realizarse de acuerdo a los términos establecidos en el Anexo “A” por el periodo comprendido del 1° de septiembre de 2014 al 31 de agosto de 2015. 2.2 El Licitante ganador deberá realizar los servicios en el inmueble sede del Museo Interactivo de Economía ubicado en la calle de Tacuba No. 17, Col. Centro, Delegación Cuauhtémoc, C.P. 06000, México, D.F. 2.3 Se podrán otorgar prórrogas para el cumplimiento de las obligaciones contractuales consistentes en la entrega de bienes o en la prestación de servicios, de conformidad con el modelo del contrato adjunto a esta invitación. 3. INFORMACIÓN ESPECÍFICA DE LA INVITACIÓN 3.1 Este procedimiento se difundirá en la página de Internet: http://www.mide.org.mx 3.2 Las condiciones contenidas en esta invitación y en las proposiciones presentadas por los licitantes no podrán ser negociadas. 3.3 El FECEB se abstendrá de recibir proposiciones o adjudicar contrato alguno con las personas físicas o morales a las que, mediante publicación en el Diario Oficial de la Federación, se les hubiere determinado impedimento para contratar o celebrar contratos y/o pedidos con la Administración Pública Federal, así como con aquellas que se encuentren en alguno de los supuestos que señala la fracción XX del artículo 8 de la Ley

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MEXICO D.F. A 5 DE AGOSTO DE 2014.

INVITACIÓN NACIONAL EN MATERIA DE AQUISICIONES NO. FECEB-INV3P-ADQ-003-2014.

Nacional Financiera, S. N. C., Institución de Banca de Desarrollo como Fiduciaria en el Fideicomiso del Espacio Cultural y Educativo Betlemitas (FECEB), de conformidad con lo establecido en las Normas del Banco de México en Materia de Adquisiciones y Arrendamientos de Bienes Muebles, así como de Servicios, en la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, y en las demás disposiciones aplicables, invita a usted (es) a presentar la cotización para contratar los servicios consistentes el MANTENIMIENTO PREVENTIVO Y CORRECTIVO A LOS EQUIPOS DE AIRE ACONDICIONADO DIVERSAS MARCAS DEL INMUEBLE SEDE DEL MUSEO INTERACTIVO DE ECONOMÍA, SITUADO EN LA CALLE DE TACUBA N° 17 COLONIA CENTRO DELEGACIÓN CUAUHTEMOC C.P. 06000 MEXICO DISTRITO FEDERAL, ASÍ COMO EL SUMINISTRO DE PARTES, REFACCIONES Y SERVICIOS ADICIONALES (MANO DE OBRA) QUE SEAN NECESARIAS, PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO, INCLUYENDO SIN COSTO ADICIONAL PARA EL FECEB, LOS MATERIALES DE INSUMO QUE EN SU CASO SE REQUIERAN PARA PRESTAR LOS SERVICIOS. Lo anterior, de conformidad con los términos y condiciones contenidos en la presente comunicación.

1. INFORMACIÓN DE LOS BIENES Y/O SERVICIOS

1.1 La descripción detallada de los servicios materia de invitación, se contiene en el anexo “A” de este documento.

1.2 Será responsabilidad del proveedor contar con las licencias, autorizaciones o permisos que se requieran respecto de los bienes o servicios objeto de invitación, incluyendo, de ser el caso, los que se requieran en forma previa o posterior a su entrega o prestación.

1.3 Será responsabilidad del proveedor cumplir con las Normas Oficiales Mexicanas, o a falta de éstas, con las especificaciones del país de origen, o en su defecto, con las Normas Internacionales, y a falta de éstas con las del fabricante y/o prestador de servicios.

2. TÉRMINOS Y CONDICIONES PARA CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES

2.1 Los servicios deberán prestarse a solicitud del FECEB, al amparo del contrato que se celebre con el licitante ganador del presente procedimiento y deberán realizarse de acuerdo a los términos establecidos en el Anexo “A” por el periodo comprendido del 1° de septiembre de 2014 al 31 de agosto de 2015.

2.2 El Licitante ganador deberá realizar los servicios en el inmueble sede del Museo Interactivo de

Economía ubicado en la calle de Tacuba No. 17, Col. Centro, Delegación Cuauhtémoc, C.P. 06000, México, D.F.

2.3 Se podrán otorgar prórrogas para el cumplimiento de las obligaciones contractuales consistentes en la entrega de bienes o en la prestación de servicios, de conformidad con el modelo del contrato adjunto a esta invitación.

3. INFORMACIÓN ESPECÍFICA DE LA INVITACIÓN

3.1 Este procedimiento se difundirá en la página de Internet: http://www.mide.org.mx

3.2 Las condiciones contenidas en esta invitación y en las proposiciones presentadas por los licitantes no podrán ser negociadas.

3.3 El FECEB se abstendrá de recibir proposiciones o adjudicar contrato alguno con las personas físicas o morales a las que, mediante publicación en el Diario Oficial de la Federación, se les hubiere determinado impedimento para contratar o celebrar contratos y/o pedidos con la Administración Pública Federal, así como con aquellas que se encuentren en alguno de los supuestos que señala la fracción XX del artículo 8 de la Ley

Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos, o en el artículo 50 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.

3.4 Los licitantes que participen en este procedimiento, aceptan por ese solo hecho, en sujetarse a las disposiciones que se expresan al principio de la primera página de esta invitación, aceptando asimismo los términos y condiciones contenidos en el presente procedimiento.

3.5 Fecha, hora y lugar de celebración de los actos del procedimiento, de la comunicación del fallo y firma del contrato:

ACTO FECHA HORA LUGAR

Respuesta Aclaraciones

14 de agosto de 2014 18:00 hrs. Se comunicará a través de correo

electrónico.

Presentación y Apertura de

Proposiciones

20 de agosto de 2014 11:00 hrs.

Oficina del Jurídico del FECEB ubicada en la calle de Tacuba Nº 17 Colonia Centro, Delegación Cuauhtémoc, C.P. 06000 en México, Distrito Federal

Comunicación del Fallo

26 de agosto de 2014 ---

Se comunicará a través de fax, telegrama, correo certificado, mensajería especializada o correo electrónico.

Firma del Contrato 28 de agosto de 2014 13:00 hrs.

Oficina del Jurídico del FECEB ubicada en la calle de Tacuba Nº 17 Colonia Centro, Delegación Cuauhtémoc, C.P. 06000 en México, Distrito Federal

4. ACLARACIONES A LA INVITACIÓN

Los participantes podrán plantear sus dudas o solicitar información adicional sobre el contenido de esta invitación, conforme a lo siguiente:

Las solicitudes de aclaración, podrán enviarse a través de correo electrónico a las siguientes direcciones: [email protected]; y [email protected] o entregarse personalmente en la Oficina del Jurídico del FECEB ubicada en Tacuba 17, Col. Centro, Del. Cuauhtémoc, C.P. 06000, México D.F., en un horario comprendido de 10:00 horas a 14:00 horas en ambos casos el día 11 de agosto de 2014. Cabe aclarar que con posterioridad a esta fecha y hora no se recibirán dudas o planteamientos adicionales.

Las aclaraciones a la presente invitación se comunicarán por escrito a todos los participantes a más tardar el día 14 de agosto de 2014 a las 18:00 hrs., el FECEB remitirá las aclaraciones mediante correo electrónico.

No se efectuarán aclaraciones con posterioridad a la fecha indicada, por lo que se recomienda a los licitantes estudiar a fondo esta invitación.

5. MODIFICACIONES A LA INVITACIÓN

El FECEB podrá modificar aspectos establecidos en esta invitación, a más tardar 4 días naturales previos al acto de presentación y apertura de proposiciones. Dichas modificaciones serán enviadas por correo electrónico, a más tardar el día hábil siguiente a aquel en que se efectúen.

Las modificaciones que se mencionan en el párrafo anterior, en ningún caso podrán consistir en la sustitución de los bienes o servicios convocados originalmente, adición de otros de distintos rubros o en variación significativa de sus características.

Cualquier modificación a esta invitación, incluyendo las que resulten de la o las juntas de aclaraciones, formará parte de la propia invitación y deberá ser considerada por los licitantes en la elaboración de su proposición.

6. GARANTÍAS.

El licitante ganador deberá entregar la garantía relativa al fiel y exacto cumplimiento de las obligaciones. Lo anterior, de conformidad con el modelo de contrato adjunto a la presente invitación.

7. FORMA EN QUE LOS LICITANTES DEBERÁN ACREDITAR SU PERSONALIDAD JURÍDICA PARA LA SUSCRIPCIÓN DE PROPOSICIONES Y, EN SU CASO, FIRMA DE CONTRATO.

Los representantes deberán presentar copia simple legible de alguno de los poderes a que se refieren los incisos a) y b) siguientes:

a) Poder general para actos de administración y/o de dominio, a satisfacción de el FECEB, otorgado ante Fedatario Público, salvo que quien concurse sea persona física y ella misma participe en la invitación y firme los documentos respectivos, o bien,

b) Poder especial otorgado de la misma forma señalada en el inciso anterior, en el que se debe especificar, por lo menos, que se autoriza a la persona correspondiente a actuar en las situaciones siguientes:

b.1) Firma de las proposiciones.

b.2) Firma de contratos.

b.3) Firma de las comunicaciones que se contienen en los anexos de esta invitación.

Las personas físicas que participen por su propio derecho en el presente procedimiento, deberán presentar copia simple legible de alguna identificación oficial, conforme a lo señalado en la presente invitación.

En su caso, y de forma previa a la formalización del contrato con el licitante ganador, éste queda obligado a presentar los originales de los documentos antes señalados, para su cotejo con las copias proporcionadas.

8. ACTO DE PRESENTACIÓN Y APERTURA DE PROPOSICIONES

7.1 El acto de presentación y apertura de proposiciones se llevará a cabo sin la presencia de los correspondientes licitantes.

7.2 La entrega de proposiciones se hará en el lugar, día y hora señalados en la presente invitación para el acto de presentación y apertura de proposiciones, en sobre cerrado que contendrá la oferta técnica, económica y cronograma de trabajo, conforme a los siguientes términos:

a) Ambas ofertas podrán ser presentadas en los términos de los formatos adjuntos a esta invitación; asimismo deberán ser presentadas en idioma español. Los licitantes sólo podrán presentar una oferta técnica y una económica. Una vez presentadas las proposiciones, no podrán ser retiradas o dejarse sin efecto por los licitantes.

b) Los licitantes deberán cotizar sus precios conforme a lo establecido en esta invitación.

c) Las proposiciones presentadas deberán presentarse sin tachaduras ni enmendaduras y deberán ser firmadas autógrafamente por los licitantes o sus representantes.

Los documentos generados por el licitante también deberán ser firmados autógrafamente conforme a lo antes señalado.

Los anexos técnicos y folletos deberán presentarse en idioma español [

No se aceptará el envío de proposiciones por servicio postal o de mensajería.

Dos o más personas podrán presentar conjuntamente una proposición sin necesidad de constituir una sociedad, o una nueva sociedad en caso de personas morales; para tales efectos, en la proposición y en el

contrato se establecerán con precisión las obligaciones de cada una de ellas, así como la manera en que se exigiría su cumplimiento. En este supuesto, la proposición deberá ser firmada autógrafamente por el representante común que para ese acto haya sido designado por el grupo de personas.

En este sentido, el convenio de proposición conjunta que acompañe a la proposición deberá incluir, cuando menos, a) Nombre, domicilio y Registro Federal de Contribuyentes de las personas integrantes de la proposición conjunta; b) Designación de un representante común; c) Descripción de las partes objeto del contrato que corresponderá cumplir a cada persona integrante, así como la manera en que se exigirá el cumplimiento de las obligaciones, y d) Estipulación expresa de que cada uno de los firmantes quedará obligado junto con los demás integrantes, ya sea en forma solidaria o mancomunada, según se convenga, para efectos del procedimiento de contratación y del contrato, en caso de que se les adjudique el mismo.

Para estos efectos, cada una de las personas que integren la proposición conjunta deberá acreditar su capacidad legal en los términos señalados en el inciso e) del numeral 13 de este procedimiento, y sus representantes deberán acreditar su personalidad jurídica conforme a lo indicado en el numeral 7 del presente procedimiento.

Con la sola designación del representante común en el convenio de proposición conjunta, se entenderá que las personas que la integran, otorgan a dicho representante, poder amplio y suficiente para atender todo lo relacionado con la proposición y con este procedimiento.

Cuando una proposición conjunta resulte adjudicada con un contrato conforme a la presente invitación, dicho instrumento deberá ser firmado por el representante legal de cada una de las personas participantes en la proposición.

9. FALLO

El fallo se comunicará a través de fax, telegrama, correo certificado, mensajería especializada o correo electrónico. Contra el fallo no procederá recurso alguno, sin embargo procederá la inconformidad en términos de lo señalado en esta invitación y en las disposiciones a que se refiere el primer párrafo de la presente.

10. FIRMA DEL CONTRATO

La notificación del fallo obligará a la persona a quien se haya adjudicado, a firmar el contrato en los términos y condiciones previstos en esta invitación.

Si el licitante ganador no firma el contrato respectivo en dichos términos y condiciones, será sancionado de conformidad con las disposiciones aplicables.

El modelo del contrato que se celebrará, es esencialmente el que aparece adjunto a esta invitación.

11. FORMA DE COTIZACIÓN, ADJUDICACIÓN Y PAGO

11.1 FORMA DE COTIZAR

Los precios deberán cotizarse en moneda nacional, indicando el precio unitario para cada bien o servicio y el precio total de los mismos, así como el importe del impuesto al valor agregado expresamente por separado, conforme al formato que se adjunta a esta invitación. En dichos precios deberán estar incluidos todos los gastos directos e indirectos que el licitante tuviere que erogar derivados de la prestación de servicios materia de éste procedimiento, por lo que el FECEB en ningún caso cubrirá cantidades adicionales a los precios que los licitantes hayan cotizado en su propuesta económica.

Asimismo, deberán cotizarse la totalidad de los bienes y servicios que se describen en el Anexo.

Los precios serán fijos durante este procedimiento y la vigencia del contrato.

11.2 FORMA DE ADJUDICAR

Los servicios materia del presente procedimiento, serán adjudicados de la siguiente manera: la totalidad de los bienes y servicios podrá ser adjudicada a un solo licitante, o bien, una o más partidas a uno o más licitantes.

11.3 FORMA DE PAGO

Los pagos se efectuarán en moneda nacional, en un plazo que no excederá de diez días naturales contados a partir de la entrega de los comprobantes que reúnan los requisitos previstos en las disposiciones fiscales aplicables, previa entrega de los bienes o prestación de los servicios, a entera satisfacción del FECEB en los términos de esta invitación. Lo anterior, conforme a los términos y condiciones contenidos en el modelo de contrato.

Además de los comprobantes que reúnan los requisitos previstos en las disposiciones fiscales aplicables, el FECEB se reserva el derecho de solicitar al licitante ganador la información o documentación que estime conveniente para efecto de realizar el o los pagos respectivos. Dicha información o documentación podrá consistir, entre otras, en lo siguiente:

I. Copia simple legible de la cédula de registro en el Registro Federal de Contribuyentes

II. Copia simple legible del estado de cuenta en el que se deban realizar los depósitos o transferencias respectivas

Los pagos serán exigibles al día natural siguiente al vencimiento del plazo a que se refiere el párrafo anterior.

12. IMPUESTOS Y DERECHOS

Los impuestos y derechos que procedan serán pagados por el proveedor, salvo aquellos que por disposición legal deba cubrir el FECEB.

13. REQUISITOS QUE DEBEN CUMPLIR QUIENES DESEEN PARTICIPAR EN LA PRESENTE INVITACIÓN.- INFORMACIÓN Y DOCUMENTOS ADICIONALES

Las personas que participen en este procedimiento deberán cumplir los siguientes requisitos:

a) Ser persona de nacionalidad mexicana.

b) Entregar al FECEB declaración escrita y bajo protesta de decir verdad, conforme al formato incluido en el Anexo B de esta invitación, de no habérsele determinado, mediante publicación en el Diario Oficial de la Federación, impedimento para contratar o celebrar contratos y/o pedidos con la Administración Pública Federal, de no encontrarse en alguno de los supuestos que señala la fracción XX del artículo 8 de la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos, ni en el artículo 50 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.

Asimismo, en la declaración a que se refiere el párrafo precedente, deberá incluirse manifestación bajo protesta de decir verdad conforme al formato señalado en primer término, de no encontrarse en el supuesto de tener adeudos pendientes de pago por concepto de multas impuestas en términos del artículo 59 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y de que en ningún caso, se encuentra en el supuesto contemplado en el tercer párrafo del artículo 60 del mismo ordenamiento, en el sentido de estar inhabilitado por falta de pago.

c) Proporcionar dirección de correo electrónico.

d) Capacidad legal requerida:

Para personas morales, estar constituida conforme a las leyes de la República Mexicana, cuyo objeto social corresponda a los bienes y/o servicios materia del presente procedimiento.

Para personas físicas, contar con capacidad legal para obligarse.

Forma de demostrarla:

Tratándose de personas morales, presentar copia simple legible, del acta constitutiva, y en su caso, de sus modificaciones.

Tratándose de personas físicas, presentar copia simple legible, de alguno de los siguientes documentos:

e.1) Credencial para votar con fotografía expedida por el Instituto Federal Electoral

e.2) Pasaporte expedido por la autoridad mexicana competente

e.3) Cartilla del servicio militar nacional

e) Capacidad administrativa requerida: Contar con la capacidad administrativa que le asegure al FECEB el suministro de los bienes y/o la prestación del servicio materia de invitación.

Forma de demostrarla: Presentar declaratoria bajo protesta de decir verdad, en los términos del anexo “B”, en la que señalen expresamente que cuentan con la estructura administrativa necesaria para cumplir satisfactoriamente con las obligaciones derivadas del contrato y/o pedido que en su caso se adjudique.

f) Capacidad técnica requerida: Contar con la capacidad técnica que le asegure al FECEB la prestación de los servicios; para ello deberán contar con al menos cuatro técnicos en aire acondicionado capacitados para proporcionar los servicios de mantenimiento preventivo y correctivo materia de procedimiento, conforme a las características y especificaciones descritas.

Forma de demostrarlas: Presentar declaratoria bajo protesta de decir verdad, en los términos del anexo “B”, en la que señalen expresamente que cuentan con la capacidad técnica necesaria para realizar la correcta y puntual entrega e instalación de los bienes materia de invitación.

g) Capacidad económica requerida: Los licitantes deberán demostrar que durante el ejercicio fiscal 2013, obtuvieron ingresos de cuando menos el 20%.del monto total de su propuesta económica.

Forma de demostrarla: Entregar declaración anual del Impuesto sobre la Renta presentada ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT), con todos sus anexos, correspondiente al ejercicio fiscal 2013, la cual deberá contar con el “acuse” de recibo original o sello de la administración tributaria local de la S.H.C.P. o de la institución de crédito donde haya sido presentada la declaración del impuesto. En caso de que la declaración se haya hecho por medios electrónicos, será suficiente con la presentación de la impresión de los documentos respectivos.

h) Experiencia requerida: Contar con la experiencia mínima de un año en la prestación de los servicios materia

de invitación.

Forma de demostrarla: Presentar una declaratoria bajo protesta de decir verdad en los términos del formato que se adjunta como anexo “B” en la que manifieste expresamente que cuenta con la experiencia de cuando menos un año en la prestación de servicios similares a los que son materia del presente procedimiento.

Los licitantes deberán entregar el currículum de la empresa o persona física participante, en el cual se señale al menos lo siguiente:

• Relación de al menos tres contratos o pedidos celebrados, mediante los cuales hayan suministrado bienes

similares a los que se requieren en este procedimiento, señalando la persona física, empresa o institución

para la cual se realizó el suministro; dirección; teléfono, y el nombre del contacto, así como una breve descripción de los bienes entregados con un máximo de ocho renglones.

14. VISITAS A LAS INSTALACIONES DE LOS LICITANTES

El FECEB podrá efectuar las visitas que juzgue necesarias a las instalaciones:

a) De cada licitante cuya proposición haya sido recibida para su evaluación.

b) Del licitante ganador para verificar el grado de avance de las fabricaciones o calidad de los bienes.

15. CRITERIOS QUE SE APLICARÁN

15.1 DE EVALUACIÓN DE PROPOSICIONES

El FECEB, para la evaluación técnica de las proposiciones, analizará, según corresponda, la capacidad legal, administrativa, técnica y económica, así como la experiencia de los licitantes, verificando que dichas proposiciones cumplan con los requisitos solicitados en esta invitación.

Cuando la propuesta técnica de los bienes y/o servicios cumpla con las características y especificaciones originalmente requeridas en la presente invitación y, presente mejoras, ventajas, adelantos tecnológicos o cualquier otro aspecto adicional que no constituya una modificación sustancial a las características o especificaciones originales, podrá aceptarse para efectos de su evaluación, sin que dicha circunstancia sea relevante para la adjudicación respectiva.

Tratándose de operaciones que hubieren sido adjudicadas, se podrán aceptar los bienes y/o servicios a que se refiere el párrafo anterior, siempre y cuando se cumplan las condiciones señaladas en el mismo.

Las condiciones que tengan como propósito facilitar la presentación de las proposiciones y agilizar la conducción de los actos del procedimiento, así como cualquier otro requisito cuyo incumplimiento, por sí mismo, o deficiencia en su contenido no afecte la solvencia de las proposiciones, no serán objeto de evaluación, y se tendrán por no establecidas. La inobservancia por parte de los licitantes respecto a dichas condiciones o requisitos no será motivo para desechar sus proposiciones.

En la evaluación de las proposiciones el FECEB podrá constatar la veracidad de la información y datos que manifiesten los licitantes con motivo del presente procedimiento. De resultar falsa dicha información o datos, el Banco procederá a descalificar al licitante o en caso de haber celebrado el contrato correspondiente, a su rescisión administrativa.

En caso de que de la evaluación económica de las proposiciones se desprenda la existencia de algún error de cálculo contenido en las mismas, el FECEB procederá a su rectificación, siempre y cuando la corrección no implique la modificación del precio unitario.

Asimismo, para el caso de las discrepancias entre las cantidades escritas con letra y número, prevalecerá la primera, por lo que de presentarse errores en las cantidades o volúmenes solicitados, éstos podrán corregirse.

No se considerarán solventes, las proposiciones que provengan de licitantes que hayan incumplido sus obligaciones derivadas de un contrato con el FECEB, siempre que dicho incumplimiento le haya ocasionado algún trastorno grave al mismo.

16. DE ADJUDICACIÓN

Una vez hecha la evaluación de las proposiciones, el contrato se adjudicará al licitante cuya oferta resulte solvente, al cumplir con los requisitos administrativos, legales, técnicos y económicos, así como de experiencia, establecidos en esta invitación, y por tanto garantice el cumplimiento de las obligaciones respectivas y hubiere ofertado el precio más bajo.

Para el caso de empate, la adjudicación se efectuará, en primer lugar, a favor del licitante que tenga el carácter de micro empresa, a continuación se considerará a las pequeñas empresas, y en caso de no contarse con alguna de las anteriores, se adjudicará a la que tenga el carácter de mediana empresa. El FECEB se reserva el derecho de solicitar en cualquier momento a los licitantes la información y/o documentación que acredite tal situación.

De persistir el empate, la adjudicación se efectuará a quien resulte ganador del sorteo manual por insaculación que celebre el FECEB a más tardar en la fecha en que se dé a conocer el fallo, previa notificación que el propio FECEB realice por escrito a los licitantes que se encuentren en tal supuesto. De dicho sorteo, se levantará el acta correspondiente en presencia de los licitantes y del funcionario del área responsable del procedimiento, la que deberá ser suscrita por los asistentes, sin que la inasistencia o la falta de firma de los licitantes invalide el acto.

17. PRUEBAS

Para la verificación del cumplimiento de las especificaciones solicitadas de los bienes y servicios materia de invitación, se realizaran pruebas y en caso de que los bienes y/o servicios no cumplan con las cantidades, características, y especificaciones contenidas en esta invitación y en sus anexos, el licitante ganador deberá realizar inmediatamente todos los ajustes necesarios, sin costo alguno para el FECEB, a fin de que los bienes y servicios materia de invitación cumplan con lo solicitado a entera satisfacción del propio FECEB. Para efecto de lo anterior, el FECEB notificará vía telefónica al proveedor el rechazo de que se trate, debiendo recabar el nombre y puesto de la persona quien reciba dicha notificación, así como la hora en que se realizó, lo cual bastará para que dicha notificación se considere como efectuada para ambas partes, sin perjuicio de que el FECEB decida hacerlo por cualquier otro medio.

18. PROPIEDAD INTELECTUAL E INDUSTRIAL

El licitante al que se le adjudique el contrato, asumirá la responsabilidad total para el caso de que con la operación de que se trata, se trasgreda algún derecho de autor, o se invada o trasgreda alguna patente o cualquier otro relativo a la propiedad intelectual o industrial.

Salvo que exista impedimento, para el caso de la contratación de servicios, los derechos inherentes a la propiedad intelectual, se estipularán a favor del FECEB, en los términos de las disposiciones legales aplicables.

19. GARANTÍA DE LOS BIENES Los bienes y servicios materia de invitación deberán contar con una garantía mínima de 1 año contado a partir de la fecha en que éstos sean aceptados a estera satisfacción del propio FECEB, de ser el caso, debidamente instalados a estera satisfacción del propio FECEB.

20. CAUSAS DE DESECHAMIENTO

Se desecharán las proposiciones de los licitantes que incurran en una o varias de las siguientes situaciones:

20.1 Si no cumplen con alguno de los requisitos especificados en la presente invitación, siempre y cuando tal situación afecte la solvencia de las proposiciones.

20.2 Si condicionan sus propuestas.

20.3 Si se comprueba que ha acordado con otro u otros licitantes elevar el costo de los bienes o servicios, o cualquier acuerdo que tenga como fin obtener una ventaja sobre los demás licitantes.

20.4 Si violan alguna disposición de los ordenamientos que rigen el presente procedimiento.

20.5 De habérseles determinado, mediante publicación en el Diario Oficial de la Federación, impedimento para contratar o celebrar contratos y/o pedidos con la Administración Pública Federal, o de encontrarse en alguno de los supuestos que señala la fracción XX del artículo 8 de la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos, y el artículo 50 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.

20.6 Si resulta falsa la información o datos proporcionados por el licitante.

20.7 Si no se cumplen los requisitos a que se refiere el artículo 21, fracción I de las Normas del Banco de México, en materia de adquisiciones y arrendamientos de bienes muebles, así como de servicios.

20.8 Si presentan más de una propuesta técnica y/o económica.

Adicionalmente, el FECEB podrá desechar los precios ofertados que se encuentren por debajo del precio conveniente calculado de conformidad con lo dispuesto en la fracción XV del artículo 2 de las Normas del Banco de México en materia de adquisiciones y arrendamientos de bienes muebles, así como de servicios.

21. SUSPENSIÓN DEL PROCEDIMIENTO

Cuando se presente caso fortuito o de fuerza mayor, o en los casos en que se presenten causas ajenas al FECEB, éste podrá suspender los procedimientos de contratación, previo aviso que dé a los interesados de tal situación por los medios que las circunstancias permitan.

En los casos a que se refiere el párrafo anterior, los plazos previstos para la ejecución de este procedimiento se prorrogarán por el mismo tiempo que dure la suspensión y, tratándose de actos para los cuales se hayan establecido fechas determinadas, el FECEB notificará a los licitantes por los medios que estime convenientes, las nuevas fechas en que dichos actos tendrán verificativo.

22. CANCELACIÓN DEL PROCEDIMIENTO

Se podrá cancelar la presente invitación, o bien, grupos, partidas o conceptos incluidos en ésta, cuando se presente caso fortuito o fuerza mayor; o existan circunstancias justificadas que extingan la necesidad para adquirir los bienes, arrendamientos o servicios, o que de continuarse con el procedimiento se pudiera ocasionar un daño o perjuicio al FECEB. La determinación de dar por cancelada la invitación o la de grupos, partidas o conceptos, deberá precisar el acontecimiento que motiva la decisión, la cual se hará del conocimiento de los licitantes, y no será procedente contra ella recurso alguno, sin embargo podrán interponer la inconformidad en términos del artículo 57 de las Normas del Banco de México en materia de adquisiciones y arrendamientos de bienes muebles, así como de servicios.

23. SUPUESTOS PARA DECLARAR DESIERTO EL PROCEDIMIENTO

Se procederá a declarar desierto este procedimiento, cuando no se presente propuesta alguna o cuando la totalidad de las proposiciones presentadas no reúnan los requisitos solicitados o los precios de todos los bienes, arrendamientos o servicios ofertados no resulten aceptables para el FECEB.

24. RESCISIÓN DE LOS CONTRATOS

El FECEB podrá, en cualquier momento, rescindir administrativamente los contratos cuando el licitante ganador incurra en incumplimiento de sus obligaciones, en los términos y causales previstos en el modelo de contrato.

25. INCONFORMIDADES Y SANCIONES

La Auditora del FECEB conocerá de las inconformidades que se promuevan contra los actos de este procedimiento. Los licitantes podrán promover su inconformidad por medio de un escrito presentado ante la Subdirección de Contabilidad y Administración del FECEB, en la Calle de Tacuba número 17, colonia Centro, delegación Cuauhtémoc, C.P. 06000, en México, Distrito Federal. La presentación de inconformidades deberá hacerse en días y horas hábiles.

ATENTAMENTE

NACIONAL FINANCIERA, S.N.C., INSTITUCIÓN DE BANCA DE DESARROLLO COMO FIDUCIARIA EN EL FIDEICOMISO DEL ESPACIO CULTURAL Y EDUCATIVO BETLEMITAS.

LIC. SILVIA CRISTINA SINGER SOCHET APODERADA GENERAL.

VO.BO.

C. RICARDO VÁZQUEZ OLMEDO. COORDINADOR DE MANTENIMIENTO Y SUPERVISIÓN DEL FECEB

ANEXO “A”

CANTIDADES, CARACTERISTICAS Y ESPECIFICACIONES DE LOS BIENES MATERIA DE ESTA INVITACIÓN.

La prestación de los servicios de mantenimiento preventivo y correctivo, se llevará a cabo durante el periodo de un año, a partir de la firma del contrato.

Los servicios de mantenimiento preventivo y correctivo serán proporcionados a los equipos de aire acondicionado que se relacionan a continuación:

EQUIPOS MENSUALES

NUM. UBICACIÓN MARCA MODELO NUMERO DE SERIE CAPACIDAD. TIPO

1 CC1 Trane TWG018A140B1 5444KRM6V 1t. = 12000 BTU Dividido mini split, condensadora &

FanCoil

2 CC1 Trane TWG018A140B1 1t. = 12000 BTU Dividido mini split, condensadora &

FanCoil

3 CC1 TRANE TTB018CUIDAZ 3411L4N5F Dividido mini split, condensadora &

FanCoil

4 CC2 Trane TWG060A150B1 6024M373F- 2t. = 24000 BTU Dividido mini split, condensadora &

FanCoil

5 CC2 Trane TWG060A150B1 5273M1F6V 2t. = 24000 BTU Dividido mini split, condensadora &

FanCoil

6 CC2 Trane TWG060A150B1 55004KWE6V 2t. = 24000 BTU Dividido mini split, condensadora &

FanCoil

7 CC3 Trane TWG025A140B1 5454MAC6V 1t. = 12000 BTU Dividido mini split, condensadora &

FanCoil

8 CC3 Trane TWG025A140B1 5424GLE5F 1t. = 12000 BTU Dividido mini split, condensadora &

FanCoil

9 CC3 Trane TWG025A140B1 5455MYD6V 1t. = 12000 BTU Dividido mini split, condensadora &

FanCoil

10 CC3 Trane TWG025A140B1 413228M5F- 1t. = 12000 BTU Dividido mini split, condensadora &

FanCoil

11 CC4 Trane

2TTK0530G1P00AA (Condensador)

2MCW0530G1000AA (Evaporadora)

3688500000186 2t. = 24000 BTU Mini split

12 CC4 Trane

2TTK0530G1P00AA (Condensador)

2MCW0530G1000AA (Evaporadora)

3688500000250 2t. = 24000 BTU Mini split

13 UPS Trane TCC048F300VE 3171M4U2H

EQUIPOS BIMESTRALES

NUM. UBICACIÓN MARCA MODELO NUMERO DE SERIE CAPACIDAD.

14 SUM YORK TLJ24FS 2.17703E+17 36000 BTU MINI SPLIT

15 SUM YORK TLJ24FS 36000 BTU Mini split

16 SALA DE CAPACITACION YORK AC036X102YA W847468999 24000 BTU MINI SPLIT

17 SALA DE MAESTROS YORK RNA36FSADA 240000 BTU MINISPLIT

18 DINERO DEL FUTURO YORK YJEA24FA-AA MINI SPLIT

19 DINERO DEL FUTURO 2 YORK YJEA24FA-AA MINI SPLIT

20 SALA DE DESCUBRIMIENTO YORK 2MWW0530A/AA MINI SPLIT

21 NUMISMATICA #2 TRANE 2MCW053061000AA MINI SPLIT

22 NUMISMATICA #1 TRANE 2MWW530A/AA MINI SPLIT

23 FABRICA DE BILLETES YORK BMC36RI6A-G 2103607110267 MULTI SPLIT

24 FABRICA DE BILLETES YORK BMC36RI6A-G 2103607110159 MULTI SPLIT

25 FABRICA DE BILLETES YORK BMC3RIG6A-G 2103607110158 MULTI SPLIT

26 SALA DE REUNION V YORK RAJA36FS-ADR S/N MINI SPLIT

27 SALA 3 YORK RAJA36FS-ADR S/N MINI SPLIT

28 SALA BANCOMER YORK MHC35B17 70401526 MULTI SPLIT

29 ANEXO SALA BANCOMER YORK AC036X102YA W0L7398483 MINI SPLIT

30 SALA 1 YORK RAJA36FS-ADR S/N MINI SPLIT

31 BISTRO CARRER #1 CARRER 38B5C24/3-CC S/N MINISPLIT

32 BISTRO CARRIER #2 CARRIER 38B5C24/3-CC S/N MINISPLIT

33 BISTRO S/M S/N MINISPLIT

34 BISSTRO S/M S/N MINISPLIT

35 CORTINA DE AIRE

36 SIMULADOR DE MERCADO EXTRACTOR

37 SIMULADOR DE MERCADO EXTRACTOR

38 PALNTA DE EMERGENCIA EXTRACTOR

Los materiales de insumo requeridos para la prestación de los servicios de mantenimiento preventivo y correctivo deberán ser proporcionados por el licitante ganador, en las cantidades necesarias y sin costo adicional para el FECEB, dentro de los cuales se relacionan:

Trapo, estopa, franela, brochas, etc., necesarios para la limpieza interna y externa de equipos.

Productos de limpieza que incluye desde jabón hasta productos químicos especializados, incluido

dieléctrico.

Lijas, brochas y cepillos.

Pegamento de contacto.

Sellador para ductos.

Productos para pegar tubería de PVC, como son: pegamento de alta resistencia, pegamento shelack, líquido limpiador y brochas o elementos para su aplicación, etc.

Elementos de fijación como tornillos, pijas, grapas, cinchos, etc., que sean necesario reponer en los equipos.

Pivotes y tapones de válvulas de servicio de los sistemas de refrigeración.

Productos de limpieza y lubricantes para chumaceras, rodamientos, bujes, bisagras y demás elementos móviles

de los equipos.

Cintas de aislar de teflón, adhesiva para ductos y adhesiva para asegurar el forro Insul-Tube a las tuberías de refrigerante.

Manta cruda con tratamiento de impermeabilizante para reponer las secciones que sea necesario reponer

por alguna reparación en la tubería del sistema de agua helada.

Zapatas, terminales y/o casquillos para realizar conexiones eléctricas y de control.

Baterías para los controles remotos de los equipos.

Fusibles de cristal de diversas capacidades.

Filamentos de repuesto para fusibles tipo cartucho de 30 A CA.

Reposición de gas refrigerante faltante, hasta 5 Kg por periodo mensual de mantenimiento preventivo, la cantidad de gas no será acumulable.

• Soldadura fosco, hasta 10 gramos, así como los gases oxígeno y acetileno en la cantidad necesaria para aplicarla, lo anterior por cada fuga que se presente durante la vigencia del contrato.

• Soldadura de estaño, hasta 10 gramos, así como el gas propano en la cantidad necesaria para aplicarla, lo anterior por

cada fuga que se presente durante la vigencia del contrato. • Y lo necesario para su correcto servicio preventivo y correctivo

Asimismo, deberán considerar para presentar su propuesta, sin costo adicional para el FECEB, el suministro de otros materiales de insumo que no se encuentran en el listado anterior y que sean necesarios para la prestación de los servicios materia de contratación.

CARACTERÍSTICAS Y ESPECIFICACIONES DEL SERVICIO DE MANTENIMIENTO PREVENTIVO Y

CORRECTIVO.

1. OBJETO.

Mantener los equipos, descritos en el anexo “A”, en las mejores condiciones de operación, aplicando las técnicas más adecuadas y haciendo uso de partes y/o refacciones originales y de las herramientas y equipo de la mejor calidad para lograrlo. Para ello prestará los servicios de mantenimiento preventivo y correctivo de acuerdo a las condiciones descritas en el numeral 4 de este mismo anexo.

2. GARANTÍAS.

El licitante ganador se obliga a:

Conocer los bienes y sus dispositivos, así como las técnicas y procedimientos para prestar los servicios de

mantenimiento.

Asignar al personal debidamente capacitado y que cuente con la experiencia necesaria para prestar los servicios materia de contratación.

Mantener los bienes en condiciones satisfactorias de operación de acuerdo a lo establecido en este anexo.

La responsabilidad del licitante ganador en relación con lo anterior, consistirá en que, a elección del FECEB, ajustará, reparará o reemplazará las piezas o artículos defectuosos que causen una operación anormal de los bienes.

3. EQUIPO Y HERRAMIENTAS.

El licitante ganador aportará por su cuenta los equipos y herramientas adecuadas que se requieran para la realización de los servicios materia de contratación.

4. CONDICIONES DEL SERVICIO.

Las condiciones específicas para los diferentes tipos de servicio de mantenimiento se describen a continuación:

4.1 MANTENIMIENTO PREVENTIVO.

Los servicios de mantenimiento preventivo se efectuarán de acuerdo a las siguientes condiciones:

a) El licitante ganador deberá realizar un servicio de mantenimiento mensual a cada uno de los equipos que se describen en las tabla A.1 y un servicio de mantenimiento bimestral a cada uno de los equipos que se describen en la tabla A.2 del anexo “A”, debiendo estar acorde con los requerimientos operacionales del FECEB, con las especificaciones y con los procedimientos de operación y mantenimiento establecidos por el fabricante, así como con las actividades que se detallan en el inciso C1 de este anexo. Del mismo modo, como parte de los servicios de mantenimiento preventivo, el licitante ganador deberá realizar los servicios anuales que se detallan en el inciso C1 del presente anexo.

b) Los servicios de mantenimiento preventivo serán realizados los lunes, en horarios de las 8:00 a las 18:00

horas, las fechas para su ejecución serán establecidas de común acuerdo con el FECEB.

Sin embargo, este servicio, con motivo de las necesidades operativas del FECEB, podrá reprogramarse en cualquier día del mes que corresponda, dentro de los horarios que de común acuerdo se establezcan entre las partes, pudiendo ser éstos distintos a los que se establecen en el párrafo anterior, y conforme a las necesidades del propio F E C E B , en cuyo caso, el propio F E C E B no estará obligado a cubrir cantidades adicionales por este concepto.

c) Los costos de la mano de obra y de los materiales de insumo, por la prestación de los servicios de

mantenimiento preventivo estarán incluidos dentro de los costos mensuales que tenga que cubrir el FECEB.

d) Las actividades mínimas a realizar durante el servicio de mantenimiento preventivo se indican a continuación:

C.1 Actividades mínimas a realizarse durante el servicio de mantenimiento preventivo.

Actividad

Descripción Periodicidad Mensual y/o Bimestral

Anual

Revisar estado y en su caso aplicar las acciones preventivas

Interior y exterior de unidades manejadoras y condensadoras

X

Cableado de control y de fuerza, prestando especial atención en las conexiones, el estado de los conductores y su aislamiento.

X

X

Compresores, prestando especial atención en las condiciones anormales como pueden ser ruidos, calentamiento, rozamiento, fugas de gas o aceite, recalentamiento de terminales eléctricas y/o de control, partes y/o conexiones flojas o en mal estado, elementos de fijación, etc.

X

Baleros, chumaceras y/o bujes X Serpentín y/o evaporadores X Sistema de drenaje y tuberías de refrigerante, con la finalidad de localizar condiciones anormales que pudieran generar cualquier problema

X

Periodicidad

Actividad Descripción Mensual y/o Bimestral

Anual

X

Seccionadores eléctricos, fusibles y/o interruptores termomagnéticos; inspeccionando que no existan falsos contactos, recalentamiento de terminales eléctricas, deterioro, corrosión o suciedad en cuchillas, que los fusibles estén bien fijos y que hagan buen contacto, etc.

X

Válvulas y pivotes de servicio del sistema de refrigeración, vigilando que se encuentren limpias y sin fuga, para el caso de las válvulas, además comprobar su operación

X

Anclajes, examinando que no estén flojos o sueltos, y que estén en buenas condiciones

X

Mirillas, con la finalidad de evaluar las condiciones del gas refrigerante

Limpiar

Interior y exterior de las unidades manejadoras, condensadoras o generadoras de agua helada

X

Filtros de aire X Serpentín y/o evaporadores con agua y jabón o productos de limpieza ligeros

X

Serpentín y/o evaporadores con productos químicos especiales X Charola de condensados, retirando incrustaciones y oxido. X Motores, bombas de agua, turbinas y ventiladores X X Terminales y conexiones eléctricas X Tarjetas de control X Controles remoto X Difusores y rejillas de retorno, en su caso X Termostatos X Compresores X Mirillas X Tubería de refrigerante y de desagüe X

Verificar y ajustar, de ser necesario

Que los equipos operen de acuerdo con los parámetros de temperatura a los que se encuentren ajustados

X

Operación de las diferentes velocidades de inyección de aire de las unidades manejadoras

X

Que la operación de los equipos no presente ruidos anormales, de ser el caso detectar su origen y tomar las acciones necesarias para eliminarlos

X

Presión de gas refrigerante X Que el sistema de desagüe no se encuentre obstruido y/o que la pendiente sea la adecuada

X

Nivel de refrigerante en sistema de agua helada X Clemas y conectores del sistema eléctrico X Operación de válvulas X X

Limpiar y lubricar Baleros, chumaceras y/o bujes X

Los componentes que lo requieran X Peinar Serpentín y/o evaporador X

Periodicidad

Actividad Descripción Mensual y/o Bimestral

Anual

Reapriete Terminales eléctricas y de control X Ajuste y reposición Tornillería en general X Recarga Gas refrigerante X

Pintar

Bases y/o soportes de equipos y tuberías X

X

Cambiar

X X

X Ductos flexibles X

Tomar lectura de

Temperatura en el local X Temperatura a la que se encuentra ajustado el equipo X Voltaje que se le suministra al equipo X Corriente que demanda el equipo X

Presión de succión y descarga de gas en equipos de expansión directa

X

X

Las actividades de limpieza deberán realizarse a profundidad, con los productos de limpieza y con las actividades que sean necesarias, evitando con esto el depósito o incrustación de suciedad en elementos del sistema de aire acondicionado, tanto en partes visibles como en aquellas ocultas susceptibles de estos depósitos.

C.2 Parámetros que deben recabar durante el servicio de mantenimiento preventivo.

Parámetro

Unidad

Registro obtenido durante el servicio de mantenimiento preventivo

Anterior Mes: Año:

Actual Mes: Año:

Temperatura ambiente del local °C Temperatura a la que se encuentra ajustado el equipo

°C

Voltaje de alimentación V Corriente demandada a la entrada A Corriente demandada por el motor de turbinas/ventilador

A

Presión de refrigerante en la succión PSI Presión de refrigerante en la descarga PSI Temperatura del refrigerante en la inyección °C Temperatura del refrigerante en el retorno °C

e) Es obligación del licitante ganador realizar una revisión completa de los equipos en cada mantenimiento preventivo y en caso de encontrar fallas o anomalías en la operación de estos, notificarlo al FECEB con el fin de que autorice su corrección conforme a las características y especificaciones de los servicios establecidos por el fabricante para la detección y corrección de fallas.

f) Al término del servicio preventivo a cada uno de los equipos descritos en las tablas A.1 y A.2 del

anexo “A”, el licitante ganador deberá entregar al FECEB un reporte de servicio, el cual incluya los datos de cada equipo, la fecha de realización, las actividades descritas en la tabla C.1 y los parámetros que deberán recabar en la tabla C.2, ambas tablas del presente anexo; así como un espacio para hacer observaciones o reportar fallas y/o condiciones anormales en los equipos, además del estado en que dejan los equipos.

4.2 MANTENIMIENTO CORRECTIVO.

Estos servicios se realizarán cuando cualquiera de los equipos que se describen en las tablas A.1 y A.2 del anexo “A”, presente alguna falla u operación anormal, debiendo estar acorde con los requerimientos operacionales del FECEB y con las especificaciones y procedimientos de operación y mantenimiento establecidos por el fabricante.

a) Licitante ganador proporcionará los servicios de mantenimiento correctivo cuando:

El FECEB le reporte alguna falla u operación anormal y le informe al licitante ganador que

requiere un servicio de mantenimiento correctivo.

Cuando el licitante ganador, durante el periodo establecido para realizar el servicio de mantenimiento preventivo, detecte alguna falla u operación anormal; haya informado y obtenido la aceptación previa, por parte del FECEB, para su reparación.

b) El licitante ganador realizará los servicios necesarios para que los equipos operen en condiciones

satisfactorias, y en caso de requerir partes, refacciones y servicios, el suministro y/o realización de servicios queda condicionado a que el FECEB acepte la cotización correspondiente.

c) Una vez que el F E C E B autorice el suministro de las partes y/o refacciones, necesarias para prestar los

servicios de mantenimiento correctivo, el proveedor deberá instalarlas y ponerlas en marcha dentro de los plazos de solución que se establecen en el inciso f) de este numeral 4.2. “MANTENIMIENTO CORRECTIVO”.

d) Dependiendo de la complejidad para adquirir las partes y/o refacciones, el plazo de solución podrá ser

distinto al que se señala en la tabla C.3, en éste caso el nuevo plazo de solución tendrá que ponerse a la consideración del FE CE B al momento de presentarle el diagnóstico y quedará sujeto a que éste lo acepte.

e) En caso de que el FECEB no acepte la(s) cotización (cotizaciones) para el suministro de las partes y/o

refacciones y que se sean necesarias para realizar un servicio de mantenimiento correctivo; el F E C E B las adquirirá por su cuenta o por medio de terceros, obligándose el licitante ganador a instalarlas en los términos señalados en este mismo anexo conforme al servicio de mantenimiento preventivo y correctivo.

f) El licitante ganador deberá realizar estos servicios en los plazos y horarios que se establecen a

continuación:

C.3 Horarios para la realización del servicio de mantenimiento correctivo.

D Í A S H O R A R I O S

Lunes a viernes, en días hábiles bancarios Horario Normal 9:00 a 21:00 horas Lunes a viernes, en días hábiles bancarios

Fuera del horario normal

21:01 a 8:59 horas del día siguiente Sábados 24 horas Domingos y días festivos 24 horas

C.4 Plazos para la prestación de servicios de mantenimiento correctivo.

Actividad Tiempo máximo ( horas )

Conteo del tiempo a partir del

Respuesta (Es el tiempo que dispone el personal del licitante desde que recibe el reporte hasta que se presenta en las instalaciones del FECEB)

3

Momento en que el licitante ganador haya recibido la notificación por parte del FECEB o haya detectado durante el mantenimiento preventivo una falla u operación inadecuada de cualquiera de los equipos

Diagnóstico (Es el tiempo que utiliza el personal del licitante para determinar la falla o fallas)

2

Momento en que el proveedor tenga a su disposición los bienes

Solución

(Es el tiempo del que dispone el personal del licitante ganador desde que concluye el diagnostico, repara las fallas y pone en operación nuevamente el equipo o equipos fallados a entera satisfacción del FECEB)

4

Momento en que el proveedor haya determinado el origen de la falla o fallas.

Dependiendo de la complejidad para reparar la falla, el plazo de solución podrá ser distinto al señalado, en éste caso el nuevo plazo de solución tendrá que ponerse a la consideración del FECEB al momento de presentarle el diagnóstico y quedará sujeto a que éste lo acepte.

g) Los materiales de insumo, descritos necesarios para la realización del servicio de mantenimiento correctivo será sin costo adicional para el FECEB.

h) En caso de que el servicio de mantenimiento correctivo se realice durante el periodo destinado para el

mantenimiento preventivo a los equipos que se indican en las tablas A.1 y A.2 del anexo “A”, la mano de obra, no tendrá costo adicional para el FECEB, y únicamente serán a cargo del FECEB las partes y refacciones que en su caso llegaren a necesitarse.

i) Al término de cada servicio de mantenimiento correctivo, el licitante ganador entregará al FECEB, por

escrito, un reporte de las actividades realizadas, el estado en el que se dejan los equipos y sus observaciones.

Siempre que el licitante ganador realice cualquier servicio materia de contratación deberá retirar de las instalaciones del FECEB todos los desechos y/o residuos, producto de los trabajos materia de contratación y deberá mantener limpia su área de trabajo.

19

4.3 Notificación de Fallas.

Los reportes que el FECEB haga al licitante ganador, se harán a los teléfonos fijos, móviles y/o radiolocalizadores que sean proporcionados por el licitante ganador al Banco para los horarios normal y fuera del horario normal.

El licitante ganador tiene la obligación de reportar al FECEB, a la brevedad, cualquier falla u operación anormal de los equipos descritos en las tablas A.1 y A.2 del anexo “A” y los materiales y/o refacciones necesarias para realizar la reparación deberá presentar su cotización.

APLICACIÓN DE NORMAS

El licitante ganador se compromete a que los servicios de mantenimiento preventivo y correctivo que preste a los bienes que se detallan en las tablas A.1 y A.2 del anexo “A”, así como las partes y/o refacciones necesarias para realizar dichos servicios, cumplan en todo momento con las normas que se indican a continuación:

Normas Oficiales Mexicanas de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social que sean aplicables por el tipo de servicios que proporcionarán para la seguridad de las personas y las instalaciones.

Norma Oficial Mexicana de Instalaciones Eléctricas vigente.

Asimismo, se compromete a que los materiales, partes, refacciones, dispositivos y elementos mecánicos y eléctricos que suministren cumplen con las especificaciones fijadas por el fabricante y con las normas oficiales mexicanas, y en el caso de que estas últimas no existan para dichos bienes y/o servicios, cumplen con las especificaciones del país de origen o, en su defecto, con las internacionales, o a falta de éstas con las del fabricante.

PERÍODO MÍNIMO DE GARANTÍA

El licitante ganador se obliga a conocer los bienes objeto de mantenimiento, así como sus dispositivos, y conocer las técnicas y procedimientos para prestar los servicios de mantenimiento.

Se obliga de igual manera a que el personal que emplee para proporcionar dicho servicio al FE CE B ha sido debidamente capacitado y cuenta con la experiencia necesaria para desarrollar dichas tareas.

El licitante ganador también deberá mantener los bienes en condiciones satisfactorias de operación de acuerdo con lo establecido en estos anexos.

La responsabilidad del licitante ganador en relación con lo anterior, consistirá en que, a elección del FECEB, ajustará, reparará o reemplazará las piezas o artículos defectuosos que causen una operación anormal de los bienes, siendo por cuenta del licitante ganador el reemplazo de estas piezas o artículos, así como de su instalación, y para el caso de aquellas partes y/o refacciones, los costos serán conforme a los establecidos en las respectivas cotizaciones previo visto bueno del FECEB, garantizándolas contra defectos de fabricación por un periodo de 3 meses.

Además, el licitante ganador deberá garantizar los servicios de reparación, sustitución, instalación y puesta en marcha de las partes y refacciones proporcionados, por un plazo de 3 meses contado a partir de la fecha de aceptación de dichos servicios, a entera satisfacción del FECEB.

SUMINISTRO DE PARTES, REFACCIONES Y SERVICIOS ADICIONALES (MANO DE OBRA) QUE SEAN NECESARIAS, PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO: Las partes y/o refacciones que se requieran deberán ser cotizadas previamente por el licitante ganador, el FECEB analizará su cotización y en caso de considerarla adecuada, emitirá su aceptación. Sin perjuicio de lo anterior, en este último caso el FECEB se reserva el derecho de comprar las partes y refacciones que requiera con un proveedor distinto al licitante ganador. El costo de ésta partida será lo equivalente al 20% del importe total de su propuesta.

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ANEXO "B" DECLARATORIA

México, D. F., a ---- de ----------- de 2014.

NACIONAL FINANCIERA S.N.C., INSTITUCIÓN DE BANCA DE DESARROLLO COMO FIDUCIARIA DEL FIDEICOMISO DEL ESPACIO CULTURAL Y EDUCATIVO BETLEMITAS (FECEB). Presente. Con motivo de la solicitud de cotización de fecha --- de ------- de 2014, y conforme a los términos y condiciones de la misma, declaramos bajo protesta de decir verdad, lo siguiente:

a) Mediante publicación en el Diario Oficial de la Federación, no se nos ha determinado impedimento para contratar con la Administración Pública Federal.

b) No nos encontramos en alguno de los supuestos que se señalan en la fracción XX del artículo 8 de la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos, ni en el artículo 50 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.

c) A la fecha de presentación de nuestra propuesta, no tenemos adeudos pendientes de pago por concepto de multas impuestas en términos del artículo 59 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, por lo que en ningún caso se actualiza el supuesto contemplado en el tercer párrafo del artículo 60 del mismo ordenamiento, en el sentido de encontrarnos inhabilitados por falta de pago.

d) Nos encontramos al corriente en el cumplimiento de nuestras obligaciones fiscales.

e) Nos obligamos a responder ante el Banco, de las obligaciones en materia laboral y de seguridad social que se generen respecto del personal que subcontratemos para la prestación de los servicios materia de procedimiento, así como a dejar en paz y a salvo al propio Banco de cualquier responsabilidad que se le imputare en relación con las citadas materias, en los términos y condiciones expresamente detallados en el pedido adjunto a la invitación.

f) Contamos con la capacidad administrativa necesaria para cumplir satisfactoriamente con las obligaciones derivadas del pedido que en su caso se nos adjudique, y

g) Contamos con al menos cuatro técnicos en aire acondicionado para realizar los servicios materia de contratación, debidamente capacitados para la ejecución de los servicios, los cuales cuentan con amplios conocimientos en el funcionamiento de sistemas de aire acondicionado.

h) Contamos con la experiencia de cuando menos un año en la prestación de servicios similares a los que son materia

de presente procedimiento. Atentamente,

(INDICAR EL NOMBRE DE LA EMPRESA)

--------------------------------------------------- (Nombre y firma del representante legal)

____________________________ Correo electrónico del licitante

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ANEXO “C” MODELO DE CONTRATO

SE HARÁN LOS AJUSTES NECESARIOS PARA EL CASO DE QUE SE TRATE DE SERVICIOS Y SIN ANTICIPO.

CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS E INSTALACIÓN QUE CELEBRAN, POR UNA PARTE, NACIONAL FINANCIERA S.N.C. FIDUCIARIA EN EL FIDEICOMISO DEL ESPACIO CULTURAL Y EDUCATIVO BETLEMITAS, REPRESENTADO POR ______________ Y POR _______________, EN SU CARÁCTER DE ____________ Y DE __________, RESPECTIVAMENTE Y POR LA OTRA, _____________ , REPRESENTADA POR _________________, EN SU CARÁCTER DE REPRESENTANTE LEGAL, DE CONFORMIDAD CON LAS DECLARACIONES Y CLÁUSULAS QUE A CONTINUACIÓN SE EXPRESAN:

D E C L A R A C I O N E S

a) I Nacional Financiera es una Sociedad Nacional de Crédito, Institución de Banca de Desarrollo, regida por su Ley Orgánica publicada en el Diario Oficial de la Federación del 26 de diciembre de 1986, y que de acuerdo con la misma, su Reglamento Orgánico, la Ley de Instituciones de Crédito y demás disposiciones aplicables, está facultada para actuar como Fiduciaria en el Fideicomiso del Espacio Cultural y Educativo Betlemitas;

b) Mediante contrato de fecha 22 de abril del año 2002, celebrado entre el FECEB en su carácter de fideicomitente y Nacional Financiera S.N.C., como Fiduciaria, se constituyó el Fideicomiso revocable denominado “Fideicomiso del Espacio Cultural y Educativo Betlemitas”, entre otros fines, para crear, abrir, operar, administrar, mantener, custodiar y conservar en el inmueble ubicado en los números 1 al 9, 11 y 13 de la Calle de Bolívar, 17 y 19 de la Calle de Tacuba, Colonia Centro, en México, Distrito Federal, un espacio cultural a través de la instalación de tantas áreas como sea necesario, para contar por ejemplo, con un Centro de Información, un Foro Educativo y Cultural, un Museo Interactivo y una Sala de Exposiciones Temporales, todos relacionados principalmente con la economía y la historia económica de México, así como con otros temas que el Comité Técnico del Fideicomiso apruebe, los cuales en su conjunto integrarán el “Espacio Cultural y Educativo Betlemitas”, así como para promover la educación en el área económica, en especial en los temas monetarios, sirviendo como instrumento para formar cultura económica financiera en el público en general;

C) Que tiene el propósito de contratar los servicios consistentes en la contratación, administración y sustitución de personal que realizará actividades temporales de distinta naturaleza en proyectos que el propio EL FECEB señale, de conformidad con los términos y condiciones que se mencionan en el presente contrato y sus anexos;

c) Las personas que en este acto la representan cuentan con facultades suficientes para ello, como consta en las escrituras públicas números 39,007 de fecha 3 de agosto del año 2006, 43,534 del 10 de agosto de 2009 y 44,570 del 21 de mayo de 2010 otorgadas ante la fe del licenciado Gabriel Benjamín Díaz Soto, Notario Público número 131 del Distrito Federal.

d) Que el presente contrato se adjudicó a ______________ derivado del procedimiento de licitación pública nacional No.________________de ______________, de conformidad con la autorización otorgada por _________, el día _____ de ______________ de ______, con fundamento en _________.

II. _________, declara:

a) Que es una sociedad debidamente constituida conforme a las leyes de la República Mexicana, en cuyo objeto figura la venta de bienes y la prestación de servicios como los que son del interés del FECEB, que tiene su domicilio en _________, encontrándose inscrita en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio de la ciudad de _________, bajo el Folio Mercantil No. _________, y que cuenta con el Registro Federal de Contribuyentes No. __________, con el Registro de Afiliación ante el I.M.S.S. No. __________________;

22

b) Que la persona que la representa en este acto, acredita su carácter con el testimonio de la escritura pública No. _________, de fecha _________, otorgada ante la fe del señor licenciado _________, Titular de la Notaría Pública No. _________ de la ciudad de _________;

c) Que tiene la capacidad jurídica y económica suficiente para responder del cumplimiento de sus obligaciones y que para la realización de su objeto, cuenta con los elementos técnicos y humanos, especializados y necesarios, por lo que es patrón que reúne los requisitos a que se refiere el artículo 13 de la Ley Federal del Trabajo;

d) Que conoce plenamente el contenido y los requisitos que establecen las disposiciones jurídicas aplicables en la materia a la fecha de celebración del presente instrumento, así como las especificaciones técnicas de los bienes a que se refiere el inciso c) de la declaración anterior y el contenido de los anexos de este contrato;

e) Que ha ofrecido al FECEB la realización de los servicios a que se refiere el inciso c) de la declaración anterior y de ser el caso, a instalarlos, conforme a lo expresado en el presente contrato y los anexos del mismo, y

f) Que no se encuentra en alguno de los supuestos a que se refiere la fracción XX del artículo 8 de la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos, así como el artículo 50 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.

Expuesto lo anterior, las partes otorgan las siguientes cláusulas, en las cuales con fines de brevedad el “EL FECEB”, _________, la “Empresa”.

C L Á U S U L A S

PRIMERA.- La "Empresa" ofrece sus servicios y a el “EL FECEB” para sí, respecto de los ________________________, incluyendo, en su caso, los materiales y accesorios necesarios para su instalación y funcionamiento, cuyas cantidades, características y especificaciones se contienen en el anexo “A” del presente contrato. Asimismo, la “Empresa” se obliga a instalar los bienes que se señalan en el anexo “A”, de conformidad con lo expresado en el presente contrato, sin costo adicional para el Banco. La "Empresa" se obliga a entregar y en su caso, instalar los bienes de que se trate, en el plazo o los plazos, en los lugares, en las cantidades y conforme a los demás términos y condiciones que se mencionan en el anexo “__” de este instrumento.

En el caso de que la "Empresa" no entregue los bienes materia de contratación, o de ser el caso, no los instale, en el plazo o plazos que se señalan en dicho anexo “__”, pagará al “EL FECEB” por cada día natural de atraso o fracción que exceda de éste, una pena convencional equivalente al 0.15% del importe de los bienes materia de retraso, tratándose de la instalación, la pena se calculará sobre el importe de los bienes cuya instalación sea materia de retraso. La pena convencional ya mencionada no será aplicable si la causa del retraso es imputable al “EL FECEB” o a su personal.

El importe de la mencionada pena convencional, podrá ser deducido por el “EL FECEB” con autorización expresa de la "Empresa" que desde ahora otorga, del pago que el primero haga a la segunda de conformidad con lo expresado en la cláusula Tercera de este contrato.

La suma de las penas convencionales expresadas en este contrato por atraso en la entrega de los bienes o de ser el caso, en la instalación, no podrán en ningún caso exceder el monto de la garantía de cumplimiento de contrato que se expresa en la cláusula Tercera. Si el monto de las penas llega a los límites antes expresados, el “EL FECEB” podrá iniciar el procedimiento de rescisión administrativa, sin perjuicio de que decida iniciarlo en cualquier momento a partir del primer incumplimiento de alguna de las obligaciones que son a cargo de la “Empresa” en virtud del presente instrumento.

Sin perjuicio de los plazos para la entrega y, en su caso, de la instalación de los bienes materia de contratación, el Banco podrá otorgar prórroga para el cumplimiento de dichas obligaciones, en los términos y condiciones a que se refiere el anexo “___” del presente contrato.

Las penas convencionales por retraso en la entrega y, en su caso, en la instalación, se aplicarán por el total de días que dure el incumplimiento, con independencia de que conforme al presente instrumento existan días y horarios determinados para llevar a cabo la referida entrega o instalación.

Sin perjuicio de lo expresado anteriormente, el “EL FECEB” podrá en todo tiempo, dar por terminado anticipadamente el presente contrato, con acuerdo favorable de la "Empresa", que desde ahora otorga, a partir del primer día de retraso en la entrega o, de ser el caso, instalación de los bienes a que se refiere la cláusula Primera, o bien, del incumplimiento de cualquier otra obligación, debiendo pagar la “Empresa” la pena convencional a que se haya hecho acreedora.

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En el evento de que el FECEB rescinda o convenga la terminación anticipada del presente contrato, se procederá a su liquidación, deduciendo o cobrando el importe correspondiente a las penas convencionales que se hubieren generado y, en su caso, hará efectivas las garantías respectivas.

La entrega y recepción de los bienes materia de contratación, en su caso, debidamente instalados se efectuará mediante acta suscrita por las partes.

SEGUNDA.- De acuerdo a lo pactado en la cláusula anterior, la "Empresa" se obliga además a lo siguiente:

a) Cumplir estrictamente con las disposiciones legales y reglamentarias que resulten aplicables, así como a tramitar por su cuenta las licencias o permisos que se requieran para la debida realización de la materia de este contrato, y en el evento de que por incumplimiento a lo ya expresado se impusiere al “EL FECEB” alguna multa o sanción, la "Empresa" se obliga a cubrir por su cuenta el importe de las mismas y a realizar de inmediato los trámites correspondientes, a fin de regularizar la situación creada;

b) Elegir y aplicar bajo su exclusiva responsabilidad las medidas de seguridad y providencias que estime convenientes, a fin de que la entrega y, en su caso, la instalación de los bienes materia de contratación se realice conforme a los procedimientos más adecuados que la técnica aconseje, empleando los materiales, equipos, maquinaria, herramienta y mano de obra más adecuados;

c) Destinar el número suficiente de sus trabajadores a efecto de que la fabricación, empaque, entrega y en su caso, instalación de los bienes materia de contratación, se lleve a cabo con la debida oportunidad, eficiencia y seguridad, de manera que los intereses del “EL FECEB” queden debidamente protegidos;

d) Verificar que los bienes de que se trata, previamente a su entrega, cumplen con las cantidades, características y especificaciones que se mencionan en el anexo “A” de este instrumento;

e) Garantizar la buena calidad de los bienes materia de contratación por un plazo de UN AÑO, contado a partir de la fecha de aceptación de los bienes mencionados, a entera satisfacción del Banco, de ser el caso debidamente instalados. Esta garantía es sin perjuicio de las expresadas en la cláusula Tercera;

f) Reponer al “EL FECEB” sin costo alguno para éste y a la brevedad, los bienes que el propio “EL FECEB” le haya devuelto por no cumplir con las cantidades, características y especificaciones que se mencionan en el anexo “A” de este contrato, ello sin perjuicio de la pena convencional que en su caso se llegase a generar;

g) Poner en conocimiento oportuno del “EL FECEB” cualquier hecho o circunstancia que pudiera traducirse en beneficio, daño o perjuicio de los intereses del propio FECEB;

h) Responder ante el Banco de la honradez, buena conducta y eficiencia de los trabajadores que utilice en la entrega y en su caso, en la instalación de los bienes materia de contratación, destinando el número de trabajadores necesarios para tales efectos, quedando obligada a sustituir al o a los trabajadores que le solicite el propio FECEB;

i) Atender las indicaciones que para la eficaz realización de la instalación de que se trata reciba del FECEB;

j) Conservar en el lugar o lugares que los funcionarios autorizados del “EL FECEB” le indiquen, los materiales o herramientas necesarios para la adecuada ejecución de la instalación de los bienes de que se trata, en el concepto de que dichos efectos serán guardados bajo exclusiva responsabilidad de la propia “Empresa”;

k) Coordinar, de ser el caso, la instalación de los bienes mencionados con los trabajos que estén realizando otras empresas en el lugar o lugares en donde se realicen las mismas, siempre que tenga relación con la instalación de los propios bienes;

l) Limpiar diariamente las áreas en que realice, de ser el caso, la instalación de los bienes materia de este contrato, a fin de evitar la existencia de basura originada por dichas actividades. Asimismo, dejar totalmente limpias y libres de escombro las áreas al término de las mismas;

m) Proporcionar al FECEB, cuando esta última se lo requiera directamente, información o documentación relacionada con el presente contrato;

TERCERA.- “EL FECEB” se obliga a pagar a la “Empresa” como importe total por la realización de los servicios materia de contratación, incluyendo de ser el caso, el de su instalación, la cantidad de $_________ (_______ PESOS__/__ M.N.), más el correspondiente impuesto al valor agregado, conforme a los precios unitarios fijos que se expresan en el anexo “___”, de la siguiente manera:

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a) La cantidad de $_________ (_______________________PESOS __/__ M.N.), equivalente al 50% restante del importe total de los bienes materia de contratación, más el correspondiente impuesto al valor agregado, en un plazo que no excederá de 20 días naturales contados a partir de la entrega de los comprobantes que reúnan los requisitos previstos en las disposiciones fiscales aplicables previa entrega y aceptación de los bienes a entera satisfacción del Banco, de ser el caso, debidamente instalados, en los términos de la cláusula Cuarta. El “EL FECEB” podrá efectuar pagos parciales por partida entregada y aceptada, de ser el caso debidamente instalada, a entera satisfacción del propio “EL FECEB”.

Asimismo, la “Empresa” se obliga a entregar al “EL FECEB” dentro de los 10 días hábiles bancarios siguientes a la fecha de firma de este instrumento, una póliza de fianza expedida por institución legalmente autorizada para operar en el ramo, a favor y a satisfacción del propio “EL FECEB”, por un monto equivalente al 10% del importe total citado en el primer párrafo de esta cláusula, antes del impuesto al valor agregado, que garantice a éste el fiel y exacto cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones que la “Empresa” asume con motivo de este contrato, comprendiendo entre éstas, el pago de la pena convencional a que se refiere la cláusula Primera y demás cláusulas que expresen una pena convencional en este contrato; la buena calidad de los bienes contratados, así como su correcta operación y funcionamiento; la correcta y puntual entrega e instalación de los bienes materia de este contrato; el reembolso por parte de la “Empresa” al “EL FECEB” de los gastos en que incurra éste en caso de que rechace parte o la totalidad de los bienes y/o servicios materia de contratación; la devolución de la cantidad que el “EL FECEB” haya cubierto a la “Empresa”, en caso de que el primero rechace parte o la totalidad de los bienes y/o servicios materia de este contrato por no cumplir con las cantidades, características y especificaciones que se contienen en el anexo “A”; el pago de las cantidades que resulten conforme a lo pactado en las cláusulas Quinta, Séptima y Octava del mismo; el pago de la cantidad derivada de los defectos y/o vicios ocultos de los bienes y/o servicios materia de contratación o de cualquier otra responsabilidad en que la “Empresa” hubiere incurrido, así como el exacto cumplimiento de las demás obligaciones consecuentes a lo aquí convenido, a la buena fe, al uso o a la ley. Dicha garantía estará en vigor hasta UN AÑO después de que el “EL FECEB” acepte la totalidad de los bienes materia de contratación, de ser el caso, debidamente instalados, en los términos de la cláusula Cuarta, y para su cancelación se requerirá la autorización previa y por escrito del propio “EL FECEB”.

A solicitud escrita de la Empresa, realizada dentro del plazo señalado para entregar al Banco las pólizas de fianza de anticipo y cumplimiento, el Banco podrá, a su juicio y de considerarlo conveniente para la contratación, aceptar la entrega de las garantías con posterioridad, sin que dicha aceptación implique espera o el otorgamiento de un nuevo plazo. No obstante, en caso de determinarlo conveniente, el Banco podrá iniciar el procedimiento de rescisión administrativa o de terminación anticipada, cuando la “Empresa” no entregue oportunamente y a satisfacción del propio Banco dichas garantías.

Las partes convienen que las garantías que deba otorgar la “Empresa”, contendrán el texto de los modelos que forman parte de los anexos de este contrato. Asimismo, el presente contrato queda condicionado a que la “Empresa” entregue en los plazos previstos las garantías correspondientes.

Dicha modificación deberá ser firmada por cualquier persona con facultades suficientes para ello y será reconocida por las partes sin que para tales efectos sea necesario formalizar convenios modificatorios ni suscribir endosos a las pólizas de fianza respectivas. Se entiende que la o las instituciones financieras aceptan esta última estipulación por el sólo hecho de expedir las garantías antes señaladas, independientemente de que esta prevención se contenga o no en el texto de las mismas. Tratándose de facturas electrónicas, la “Empresa” deberá enviarlas en formato XML, así como PDF, al siguiente correo electrónico: _________________. La cuenta que se menciona en esta cláusula, deberá estar a nombre de la “Empresa”. El “EL FECEB” no será responsable de los problemas que pudieran surgir si por cualquier causa no imputable a él, incluyendo errores en los datos de identificación de dicha cuenta, el propio “EL FECEB” se ve imposibilitado para realizar las transferencias de referencia, o bien, la “Empresa” para efectuar su cobro. Asimismo, el “EL FECEB” comprobará a la “Empresa”, que ha realizado las transferencias correspondientes, a través del formato “Aviso de Pago” que se anexa a este contrato y que le será entregado después de efectuada cada una de dichas transferencias.

Las partes convienen en que dentro del importe total estipulado en esta cláusula, quedan comprendidos todos los gastos directos e indirectos que la “Empresa” tuviere que erogar para la debida realización de la materia de este contrato, por lo que no tendrá derecho a recibir ninguna otra cantidad por concepto de gastos o expensas.

CUARTA.- El “EL FECEB” efectuará las inspecciones y pruebas necesarias que se detallan en el anexo "___”, con objeto de verificar si los bienes cumplen con las cantidades, características y especificaciones que se mencionan en el anexo "A" de este contrato. Si las inspecciones y pruebas resultan satisfactorias, el Banco comunicará a la Empresa por escrito su aceptación correspondiente, la cual deberá otorgar dentro de un plazo que no excederá de __ días hábiles bancarios contado a partir de la fecha en que reciba en sus instalaciones los bienes materia de contratación o, en su caso, a partir de la fecha en que haya concluido la instalación de los bienes de que se trate. Si el “EL FECEB” no otorga su aceptación dentro del plazo mencionado, lo hará saber a la “Empresa”, mediante comunicación escrita, quedando a disposición de la misma, los bienes que no cumplan con las cantidades, características y especificaciones señaladas en el anexo “A”, por lo

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que el “EL FECEB” no es responsable de devolución o envío. Los bienes deberán ser sustituidos y los servicios repuestos, por otros que cumplan con los requerimientos establecidos en el anexo respectivo. De no cumplirse lo anterior dentro de un plazo de ___ días hábiles contado a partir de la fecha en que el “EL FECEB” notifique el rechazo del bien o bienes materia de devolución, el propio “EL FECEB” podrá rescindir administrativamente el presente contrato o darlo por terminado, sin responsabilidad alguna a su cargo y hacer en su caso, efectivas las garantías a que se refiere la cláusula Tercera de este contrato. Lo expresado en esta cláusula no implica que el “EL FECEB” deje de aplicar la pena convencional pactada en la cláusula Primera.

Las características de los bienes o servicios sustituidos o nuevamente ejecutados, respectivamente, no podrán ser distintas de las señaladas en este contrato.

Asimismo, todos los gastos que se generen con motivo del rechazo de los bienes, serán por cuenta de la “Empresa”.

En caso de incumplimiento a las obligaciones que conforme este instrumento tiene la “Empresa”, el plazo que tiene el Banco para realizar las pruebas y para otorgar su aceptación o rechazo respecto de los bienes de que se trata, de conformidad con lo establecido en esta cláusula, no se computará para efectos del cobro de penas convencionales.

QUINTA.- La “Empresa” se hace responsable ante el FECEB de la conducta y eficiencia de los trabajadores que utilice en la entrega e instalación de los bienes materia de contratación. Igualmente, en el evento de que la “Empresa” no cumpla con alguna de las obligaciones que en virtud de este contrato, del uso, de la buena fe o de la ley son a su cargo, será responsable de los daños y perjuicios que su incumplimiento cause al FECEB o a terceros.

Sin perjuicio de lo anterior, el FECEB procederá a rescindir administrativamente este contrato sin necesidad de declaración judicial previa y sin responsabilidad alguna a su cargo. En caso de que el “EL FECEB” rescinda administrativamente el presente contrato, la Empresa deberá devolver al propio “EL FECEB”, todas las cantidades de dinero que haya recibido del mismo y además cubrirle los intereses que resulten conforme a lo establecido en la clausula Decimosegunda, haciendo en su caso, efectivas tanto las penas convencionales expresadas en este contrato, como las garantías que se expresan en la cláusula Tercera, sin perjuicio de las acciones judiciales que, en su caso, ejerza.

Asimismo, en el evento de que la Empresa incumpliera con las obligaciones a su cargo derivadas del presente contrato, el FECEB podrá rescindir administrativamente o dar por terminados anticipadamente aquellos otros instrumentos jurídicos celebrados entre ambas partes.

Por otra parte, en el evento de que la “Empresa” hubiere faltado a la verdad en relación a lo expresado en la declaración II, inciso f), o en relación a cualquier otra información o datos proporcionados al FECEB, éste podrá dar por terminado anticipadamente o rescindir administrativamente el presente contrato en la forma convenida en esta cláusula.

SEXTA.- “EL FECEB” se reserva el derecho en todo tiempo, a través de la persona o personas que al efecto designe, de inspeccionar y supervisar la fabricación, empaque, transportación, estiba, en su caso, instalación y demás actos que procedan, relativos a los bienes materia de contratación, a fin de que la "Empresa" cumpla con las obligaciones que son a su cargo en virtud del presente instrumento, y de hacer a la propia "Empresa" a través de dichas personas, las observaciones que estime pertinentes en relación con el cumplimiento del mismo. Por su parte, la "Empresa" se obliga a otorgar toda clase de facilidades y ayuda a las personas designadas por el “EL FECEB” para los efectos antes citados, así como a atender puntualmente las observaciones que se le hagan, y en el caso de que adujera razones técnicas para no atenderlas, deberá ponerlas a la consideración del “EL FECEB”, mediante comunicación escrita a fin de que éste resuelva en definitiva. Asimismo, la "Empresa" se obliga a otorgar toda clase de facilidades y ayuda a las personas designadas por el “EL FECEB” para que puedan llevar a cabo la inspección de que se trata.

Las partes convienen en que las inconformidades que el “EL FECEB” presente a la "Empresa", respecto de la materia de contratación, y las que presente ésta al primero, las harán por conducto y ante las personas autorizadas.

SÉPTIMA.- La "Empresa" se obliga a defender al “EL FECEB”, sin cargo alguno para éste, de las reclamaciones de terceros basadas en que los bienes y/o servicios a que se refiere la cláusula Primera, o su uso, constituyen trasgresión a algún derecho de autor, o bien, invasión u otra trasgresión a alguna patente o cualquiera otro relativo a la propiedad intelectual o industrial, siempre y cuando el “EL FECEB” le dé aviso por escrito de tales reclamaciones en un plazo no mayor de cinco días hábiles bancarios, contados a partir del día siguiente en que se hubiere practicado el emplazamiento o notificación. Asimismo, en ese plazo el “EL FECEB” deberá entregar la información y asistencia del caso o establecer las causas por las cuales esté impedido de proporcionarlas. En este mismo supuesto, el “EL FECEB” se obliga a efectuar las gestiones necesarias a fin de que la "Empresa" pueda representarlo en el proceso o procedimiento respectivo. Dichas transgresiones o violaciones en todo caso serán responsabilidad de la “Empresa”.

La “Empresa” deberá informar al FECEB, dentro de los 3 días hábiles siguientes al aviso a que se refiere el párrafo anterior, las acciones emprendidas para la defensa del FECEB, asimismo, deberá mantenerlo informado respecto del avance y de los resultados que alcance.

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En el caso de que se dictara sentencia definitiva en contra del “EL FECEB”, con o sin intervención de la "Empresa", esta última se obliga a pagar las sumas a que sea condenado el “EL FECEB” o las cantidades que se deriven del arreglo que se tuviere con el tercero, pero no será responsable por ninguna cantidad derivada de compromisos contraídos por el citado arreglo si éste no cuenta con el previo consentimiento de la "Empresa" dado por escrito.

Sin perjuicio de lo anterior y en caso de que la “Empresa” no iniciara inmediatamente las acciones tendientes a la defensa del FECEB, conforme a lo estipulado en esta cláusula, este último podrá realizar todos los actos que estime convenientes a fin de sacar en paz y dejar a salvo al propio FECEB respecto de la reclamación a que se refiere el primer párrafo de esta cláusula, en este supuesto, la “Empresa” se obliga a reembolsar al FECEB, todos los gastos en que hubiera incurrido más los intereses que resulten, calculados conforme a lo previsto en la cláusula Decimosegunda.

En todo caso, la "Empresa" se obliga a tomar las medidas necesarias para que el “EL FECEB” continúe utilizando los bienes y recibiendo los servicios materia de controversia, o bien, a entregarle otros que los sustituyan.

OCTAVA.-La “Empresa” se constituye por su carácter de patrón, en responsable único de las relaciones entre él y los trabajadores que utilice en la entrega y en su caso en la instalación de los bienes materia de contratación, de las dificultades o conflictos que pudieran surgir entre ella y sus trabajadores, o de estos últimos entre sí, así como de cualquier responsabilidad civil, penal o de cualquier otra naturaleza, en que pudieren incurrir sus trabajadores con motivo o como consecuencia de la entrega y en su caso, de la instalación de los bienes materia de contratación.

También será responsable de los accidentes y/o riesgos de trabajo que se originen con motivo de la entrega y en su caso, de la instalación. En consecuencia, la “Empresa” será responsable del cumplimiento de las disposiciones de carácter laboral, de seguridad social, fiscales y demás que resulten aplicables, respecto de los trabajadores que utilice para la entrega y en su caso, para la instalación de los bienes, por lo que el “EL FECEB” no será considerado en ningún caso patrón sustituto. Asimismo, la Empresa se obliga a dejar a salvo al “EL FECEB”, en forma inmediata, de cualquier demanda que se interponga en su contra o requerimiento de autoridad, en materia laboral, administrativa, fiscal o de cualquier otra índole, sea de carácter Federal, Estatal o Municipal. En el evento de que por las circunstancias del caso, el “EL FECEB” tuviera que efectuar alguna erogación para evitar cualquier afectación a su esfera jurídica, la Empresa se obliga a rembolsar a “El Banco” las cantidades de dinero que por tal motivo hubiere erogado, más los intereses que correspondan, calculados conforme a lo previsto en la cláusula Decimosegunda de este contrato.

NOVENA.- Los derechos y obligaciones derivados del presente contrato no podrán cederse a favor de cualquier otra persona, con excepción de los derechos de cobro, en cuyo caso se deberá contar con el consentimiento expreso y por escrito del FECEB.

DÉCIMA.- Los anexos que se mencionan en este contrato, debidamente identificados con la firma de las partes, se agregan al presente instrumento para formar parte integrante del propio contrato. Asimismo, las partes se obligan a firmar todas y cada una de las páginas de este contrato y sus anexos.

Las partes convienen en que en el evento de que alguno o algunos de los términos y condiciones expresamente pactados en las cláusulas o en los anexos del presente contrato difieran o existiera cualquier discrepancia en relación con otros establecidos en dichas cláusulas o anexos, resolverán tal situación de común acuerdo a efecto de que el presente instrumento surta plenamente sus efectos, para lo cual se observarán las reglas de interpretación a que se refieren los artículos 1851 a 1857 del Código Civil Federal.

Asimismo, en el supuesto de que en el presente contrato y sus anexos no se exprese algún término o condición que se contenga en la invitación correspondiente, dicho término o condición se considerará como parte integrante del propio contrato.

Para efectos de lo previsto en el segundo párrafo de la presente cláusula, las partes acuerdan que podrán celebrar convenios modificatorios cuando éstos sean condición necesaria para que el contrato surta plenamente sus efectos, en cuyo caso, no será necesario obtener endosos a las pólizas de fianza respectivas, siempre que: a) Los derechos y obligaciones pactados en los convenios no impliquen riesgos u obligaciones mayores o más onerosas a cargo de las instituciones financieras que las expidan respecto a la garantía o garantías vigentes al momento de celebrar el convenio respectivo; b) la “Empresa” invariablemente comunique a la o las instituciones financieras que las hayan expedido la formalización de los citados convenios y entregue al “EL FECEB” copia del acuse de la comunicación respectiva, y c) la institución afianzadora no manifieste observación alguna con el convenio de que se trate, o bien, no manifieste que a su juicio es necesaria la expedición del endoso o endosos para preservar las garantías que originalmente emitió, en cuyo caso la “Empresa” invariablemente estará obligada a gestionar y entregar al “EL FECEB” dichos endosos.

Se entenderá que la o las instituciones financieras aceptan la estipulación a que se refiere el párrafo anterior, por el sólo hecho de expedir las garantías que se exigen conforme a este contrato, independientemente de que esta prevención se contenga o no en el texto de las mismas, e independientemente de que se actualicen o no los supuestos que las partes han pactado en el párrafo precedente.

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DECIMOPRIMERA.- Las partes convienen en que las comunicaciones que se crucen, relativas al presente contrato, deberán dirigirse por escrito a las personas y domicilios siguientes, en el entendido de que dichas comunicaciones deberán ser suscritas por personal con facultades suficientes para tratar la materia a que se refieran:

Por parte de la "Empresa" al “EL FECEB”:

_________

Por parte del “EL FECEB” a la "Empresa":

_________

DECIMOSEGUNDA.- Las cantidades que deban ser cubiertas en concepto de intereses de conformidad con lo establecido en las cláusulas Quinta, Séptima y Octava deberán calcularse tomando en cuenta la tasa establecida en la Ley de Ingresos de la Federación en los casos de prórroga para el pago de créditos fiscales. Del mismo modo para su cálculo deberán tomarse en cuenta las cantidades que el Banco haya erogado en cada caso y se computarán por días naturales desde la fecha en que se hayan erogado hasta la fecha en que se pongan efectivamente a disposición del propio “EL FECEB”.

DECIMOTERCERA.- La “Empresa” podrá modificar, el domicilio que al efecto señala en el presente instrumento, previo aviso por escrito que dé a _______________ del “EL FECEB”.

Dicha modificación deberá ser firmada por cualquier persona con facultades suficientes para ello y será reconocida por las partes sin que para tales efectos sea necesario formalizar convenios modificatorios ni suscribir endosos a las pólizas de fianza respectivas. Se entiende que la o las instituciones financieras aceptan esta última estipulación por el sólo hecho de expedir las garantías antes señaladas, independientemente de que esta prevención se contenga o no en el texto de las mismas.

DECIMOCUARTA.- El “EL FECEB” a través de su Contraloría o de su Dirección de Auditoría podrá en cualquier momento solicitar a la “Empresa” el acceso a toda la información que obre en poder de esta última ya sea que se encuentre contenida en carpetas, archivos, sistemas, registros, actas, notas, papeles de trabajo, documentos o en cualquier otro medio físico o electrónico, que se relacione con el presente contrato, así como realizar las revisiones correspondientes.

Por su parte la “Empresa” se obliga a permitir el libre acceso al “EL FECEB”, a toda la información a que se refiere el párrafo anterior y darle las facilidades necesarias para revisarla. Asimismo la “Empresa”, se obliga a proporcionar al “EL FECEB” toda la información que éste le requiera o en su caso, a comunicarle el lugar y los medios en los cuales ésta pueda ser consultada.

DECIMOQUINTA.- La “Empresa”, se obliga a comunicar inmediatamente al “EL FECEB”, cualquier hecho o circunstancia que se considere indebida.

DECIMOSEXTA. Las partes convienen en que en lo no expresamente previsto en este contrato, serán aplicables las disposiciones de la normatividad vigente en la materia para el “EL FECEB”, sometiéndose, en caso de controversia, a los tribunales federales competentes con jurisdicción en la ciudad de México, Distrito Federal, renunciando al fuero que pudiera corresponderles en virtud de cualquier otro domicilio presente o futuro.

Al efecto, las partes señalan como sus domicilios los siguientes: El “EL FECEB”, y la "Empresa" _________.

Se extiende el presente contrato en tres ejemplares, en _________, el día _________, quedando dos ejemplares en poder del “EL FECEB” y un ejemplar en poder de la "Empresa".

A T E N T A M E N T E

NACIONAL FINANCIERA S.N.C. FIDUCIARIA EN EL FIDEICOMISOD ELESPACIO CULTURAL Y EDUCTIVO BETLEMTIAS

_________ _________

_________ _________

_________

_________ _________

***Nota: TRATÁNDOSE DE PERSONA FÍSICA SE REALIZARÁN LAS ADECUACIONES CORRESPONDIENTES.

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TEXTO DE LA PÓLIZA DE FIANZA DE CUMPLIMIENTO

IMPORTE: $__________

“ANTE: NACIONAL FINANCIERA S.N.C. FIDUCIARIA EN EL FIDEICOMISO DEL ESPACIO CULTURAL Y EDUCATIVO BETLEMITAS: Para garantizar por la empresa denominada _______________, con domicilio en Av. ______________________, el fiel y exacto cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones que dicha persona moral asumiera con motivo del Contrato de Prestación de Servicios e Instalación No. FECEB-0____/2013, celebrado entre Nacional Financiera S.N.C. Fiduciaria en el Fideicomiso del Espacio Cultural y Educativo Betlemitas y ______________, con fecha __ de ______ de 2013, comprendiéndose entre éstas, el pago de la pena convencional a que se refieren la cláusula Primera y demás cláusulas que expresen una pena convencional en dicho contrato; la buena calidad de los bienes contratados, así como su correcta operación y funcionamiento; la correcta y puntual entrega e instalación de los bienes y servicios materia de dicho contrato; el reembolso por parte de ______________ a la “Fiduciaria” de los gastos en que incurra éste en caso de que rechace parte o la totalidad de los bienes y/o servicios materia de contratación; la devolución de la cantidad que la “Fiduciaria” haya cubierto a_________________., en caso de que el primero rechace parte o la totalidad de los bienes y/o servicios materia del citado contrato por no cumplir con las cantidades, características y especificaciones que se contienen en el anexo “A”; el pago de las cantidades que resulten conforme a lo pactado en el apartado de Penas Convencionales, Condiciones de Entrega, Condiciones de Pago del mismo; el pago de la cantidad derivada de los defectos y/o vicios ocultos de los bienes y/o servicios materia de contratación o de cualquier otra responsabilidad en que________________ hubiere incurrido, así como el exacto cumplimiento de las demás obligaciones consecuentes a lo ahí convenido, a la buena fe, al uso o a la ley. Dicha garantía estará en vigor hasta UN AÑO después de que la “Fiduciaria” acepte la totalidad de los bienes y servicios materia de contratación, de ser el caso, debidamente instalados, en los términos del apartado de Descripción de bienes o prestación de servicios y el anexo “A”, y para su cancelación se requerirá la autorización previa y por escrito de la apoderada general de la Fiduciaria. Esta institución afianzadora declara que: a) Esta fianza se otorga atendiendo a todas las estipulaciones contenidas en el contrato antes mencionado; y b) En el caso de que se prorrogue el plazo o plazos de entrega y/o, en su caso, instalación de los bienes materia del citado contrato o exista espera, su vigencia quedará automáticamente prorrogada en concordancia con dicha prórroga o espera, independientemente de los endosos que solicite el beneficiario”. (Fin de texto)

ANEXO “D”

MODELO DE PROPUESTA TÉCNICA

México, D.F., a __ de _________ de 2014 NACIONAL FINANCIERA S.N.C. INSTITUCIÓN DE BANCA DE DESARROLLO COMO FIDUCIARIA EN EL FIDEICOMISO DEL ESPACIO CULTURAL Y EDUCATIVO BETLEMITAS P r e s e n t e Nos referimos a la Invitación Nacional No. FECEB-INV3P-ADQ-003-2014, de fecha 5 de agosto de 2014, mediante la cual el FECEB pretende contratar los servicios de MANTENIMIENTO PREVENTIVO Y CORRECTIVO A LOS EQUIPOS DE AIRE ACONDICIONADO DIVERSAS MARCAS DEL INMUEBLE SEDE DEL MUSEO INTERACTIVO DE ECONOMÍA, SITUADO EN LA CALLE DE TACUBA N° 17 COLONIA CENTRO DELEGACIÓN CUAUHTEMOC C.P. 06000 MEXICO DISTRITO FEDERAL, ASÍ COMO EL SUMINISTRO DE PARTES, REFACCIONES Y SERVICIOS ADICIONALES (MANO DE OBRA) QUE SEAN NECESARIAS, PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO, INCLUYENDO SIN COSTO ADICIONAL PARA EL FECEB, LOS MATERIALES DE INSUMO QUE EN SU CASO SE REQUIERAN PARA PRESTAR LOS SERVICIOS. . Sobre el particular, nos permitimos presentar al FECEB la presente PROPUESTA TÉCNICA, relacionada con la invitación nacional señalada en el párrafo precedente, en los términos siguientes:

PARTIDA DESCRIPCIÓN CANTIDAD

1

MANTENIMIENTO PREVENTIVO Y CORRECTIVO MENSUAL

13_EQUIPOS 2

MANTENIMIENTO PREVENTIVO Y CORRECTIVO BIMESTRAL 25 EQUIPOS

3

SUMINISTRO DE PARTES, REFACCIONES Y SERVICIOS ADICIONALES (MANO DE OBRA) QUE SEAN NECESARIAS, PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO A RAZÓN DEL 20% DE SU PROPUESTA ECONÓMICA.

A continuación, marque con una “X” el cuadro que corresponda a su propuesta técnica (en el segundo supuesto, deberá señalar las partidas que se cotizan): COTIZO LA TOTALIDAD DE LAS PARTIDAS OBJETO DE INVITACIÓN. Asimismo, manifestamos conocer y estar de acuerdo con todos y cada uno de los términos y condiciones estipulados en la carta invitación respectiva y en sus anexos.

ATENTAMENTE

(Nombre del licitante)

(Nombre del representante del licitante, en su caso)

(Firma del licitante o de su representante)

_______________________________________

Correo electrónico del licitante

ANEXO "E" MODELO DE PROPUESTA ECONÓMICA

México, D.F., a __ de _________ de 2014 NACIONAL FINANCIERA S.N.C. FIDUCIARIA EN EL FIDEICOMISO DEL ESPACIO CULTURAL Y EDUCATIVO BETLEMITAS P r e s e n t e Nos referimos a la Invitación Nacional No. FECEB-INV3P-ADQ-003-2014, de fecha 5 de agosto de 2014, mediante la cual el FECEB pretende contratar los servicios de MANTENIMIENTO PREVENTIVO Y CORRECTIVO A LOS EQUIPOS DE AIRE ACONDICIONADO DIVERSAS MARCAS DEL INMUEBLE SEDE DEL MUSEO INTERACTIVO DE ECONOMÍA, SITUADO EN LA CALLE DE TACUBA N° 17 COLONIA CENTRO DELEGACIÓN CUAUHTEMOC C.P. 06000 MEXICO DISTRITO FEDERAL, ASÍ COMO EL SUMINISTRO DE PARTES, REFACCIONES Y SERVICIOS ADICIONALES (MANO DE OBRA) QUE SEAN NECESARIAS, PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO, INCLUYENDO SIN COSTO ADICIONAL PARA EL FECEB, LOS MATERIALES DE INSUMO QUE EN SU CASO SE REQUIERAN PARA PRESTAR LOS SERVICIOS. Sobre el particular, nos permitimos presentar al FECEB la presente PROPUESTA ECONÓMICA, relacionada con la invitación nacional señalada en el párrafo precedente, en los términos siguientes:

Partida Descripción Cantidad Precio Unitario

(M.N.) Importe Total

(M.N.) 1

MANTENIMIENTO PREVENTIVO Y CORRECTIVO MENSUAL

13_EQUIPOS

2

MANTENIMIENTO PREVENTIVO Y CORRECTIVO BIMESTRAL

25_EQUIPOS

3

SUMINISTRO DE PARTES, REFACCIONES Y SERVICIOS ADICIONALES (MANO DE OBRA) QUE SEAN NECESARIAS, PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO A RAZÓN DEL 20% DE SU PROPUESTA ECONÓMICA.

Subtotal IVA Importe Total

(NOTA.- Los precios deberán cotizarse con dos posiciones decimales). Asimismo, manifestamos conocer y estar de acuerdo con todos y cada uno de los términos y condiciones estipulados en la carta invitación respectiva y en sus anexos.

ATENTAMENTE

(Nombre del licitante)

(Nombre del representante del licitante, en su caso)

(Firma del licitante o de su representante)