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Reglamento 5x5 Regencia Sociedad Peruana de Derecho Ambiental Lima - Perú 2014

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Page 1: Memoria de Reglamento 5x5 Regencia

Reglamento 5x5 Regencia Sociedad Peruana de Derecho Ambiental

Lima - Perú

2014

Page 2: Memoria de Reglamento 5x5 Regencia

Reglamento 5x5 Tema: Regencia Fecha: jueves 27 de febrero

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INTRODUCCIÓN La serie Reglamento 5x5 identifica 5 temas a ser discutidos en 5 sesiones en donde se busca

que actores del sector forestal, se interesen en aportar al proceso de reglamentación de la Ley

Forestal y de Fauna Silvestre, Ley N° 29763. Asimismo, busca registrar los puntos más

relevantes del debate generado en cada reunión, a través de la sistematización de la discusión,

entrevistas, y notas periodísticas, las cuales se encontraran a disposición de los participantes y

el público en general a través de un portal web.

Agradecemos de manera especial a todos los participantes por sus puntos de vista, aportes,

pensamientos, críticas y reflexiones. Esperamos que esta experiencia enriquezca los aportes

que se harán a lo largo del proceso de reglamentación de la norma, así como el arduo proceso

de mejora del sector forestal. Por ello, esperamos que los documentos compartidos sirvan de

insumo a todos los actores involucrados con el sector forestal y los aliente a participar y

generar aportes al proceso.

Para revisar los documentos propuestos y normas, ingresar al siguiente link:

https://drive.google.com/?authuser=0#folders/0B-ItXJbS2yIQcmxCWjN2NmM1MW8

Finalmente, desde la SPDA queremos agradecer a todos quienes han hecho posible la

realización de las sesiones del evento Reglamento 5x5.

Programa Forestal SPDA

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Reglamento 5x5 Tema: Regencia Fecha: jueves 27 de febrero

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Recopilación de ideas desarrolladas en la sesión

1. Generalidades

La regencia es un tema clave para el nuevo sistema de la nueva ley forestal y de fauna

silvestre, este sistema de regencia bien implementado debe ser una de las diferencias

más resaltantes a comparación de la anterior ley.

En ese sentido, se señaló que marca un hito implementar un sistema de regencia. Se

necesita tener mucha claridad entre la diferencia de regencia y regente; la regencia es

una actividad que lo implementa un regente, y el regente es un profesional, no es un

consultor, es un corresponsal de las actividades que se desarrolla en una labor que

tiende a conservar el bosque, cuando se hace referencia a conservar el bosque, se

considera que puede ser de diferentes maneras, puedo manejarlo, utilizarlo para

proyectos turísticos, vendiendo servicios ambientales, etcétera.

Costa Rica es un caso muy interesante porque durante muchos años ha habido un

sistema de regencia; la regencia se puede ver desde varias perspectivas con relación a

su dependencia, hay algunos países donde dependen directamente del Estado, otros

donde hay un tercero.

Los colegios profesionales son intermediarios interesantes, en Costa Rica es el Colegio

de Ingenieros Agrónomos quien tiene la potestad de fiscalizar a los regentes; además

el Estado tiene una responsabilidad que todos los países tienen, que es de conservar

sus bosques, entonces si se deriva a los colegios profesionales se está

instrumentalizando la manera de conservar estos bosques; por ejemplo, las áreas

naturales protegidas, el Estado tiene un Sernanp, pero creó los contratos de

administración.

El regente es un instrumento que utiliza el Estado para poder cumplir sus objetivos, en

Costa Rica el regente firma un contrato con el usuario del bosque, este contrato se

inscribe ante el Colegio de Ingenieros Agrónomos, a partir de ahí se desarrolla una

relación contractual muy fuerte porque toda la responsabilidad que exista en el caso

de que haya de por medio una serie de auditorías recaerá en el dueño y en el regente.

Hay un esquema de informes de regencia, hay protocolos y hay bitácoras, es toda una

documentación muy interesante.

En Costa Rica el regente se usa para diferentes actividades: si se quiere aprovechar el

bosque se requiere un regente, un contrato de regencia y el informe de regencia; si se

tiene un esquema de pagos por servicios ambientales bajo responsabilidad de un

fondo, digamos bajo un fondo nacional, entonces para hacer las solicitudes necesito

un regente y un informe de regencia para los desembolsos.

Las figuras de regente no se pueden ver aisladas, se debe analizar con las auditorías y

las estrategias de control de tala ilegal. Las auditorías son básicamente lo que se puede

hacer a un regente o a un grupo de regentes, y las estrategias o esquemas de control

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Reglamento 5x5 Tema: Regencia Fecha: jueves 27 de febrero

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de tala ilegal también tienen una relación muy estrecha con todos los regentes para

poder identificar la ilegalidad.

Cuando estamos hablando de regencia vemos la posibilidad de fiscalizar la actividad

que está legalizada en términos de documentos, es decir, no se contrata un regente

para un sitio donde hay ilegalidad, sino que se norma sobre una actividad que ya tiene

un permiso, entonces este regente nos permite dar seguimiento a ese proceso. Tiene

que ver con las estrategias de fiscalización y control de tala ilegal porque de esa

manera podemos estar tratando de atacar los dos lados.

Se mencionó que había una preocupación de si va a ser gradual o no, como sociedad

civil se entiende que no sólo el tema de regencia, sino muchos de los institutos nuevos

que está planteando el reglamento sean aplicados de manera gradual, más en este

caso que hay una serie de requisitos para que efectivamente se llegue a tener la figura

de regentes, entonces no está expresamente considerado, pero tiene que ser parte de

las disposiciones, deben incluir periodos o plazos para ponerlo en marcha.

2. Fiscalización del regente

Es evidente que el tema de regencia es algo clave en este nuevo proceso, sin embargo,

lo que nos preocupa mucho es el nivel de las responsabilidades y cómo se fiscalizará el

cumplimiento. Quiénes fiscalizan a estos regentes y quiénes aprueban los documentos

de gestión que preparan los regentes.

Se agregó que se sabe quiénes son los encargados de hacer la aprobación de los

documentos de gestión, pero si consideramos propiamente a la persona que hará la

revisión de los documentos, la pregunta es si estará al nivel de los regentes.

Se tomó en cuenta dos elementos: el regente es un instrumento del Estado para poder

cumplir su responsabilidad (desde la perspectiva de gestión pública), pero también son

instrumentos para simplificar y poder cumplir de manera eficiente todos los permisos

(desde la perspectiva del titular del título habilitante). Entonces, ¿qué pasa cuando hay

una gran cantidad de títulos habilitantes como ocurre en Ucayali?, ¿quién fiscaliza y

estaría encargado del regente?

Si es el Estado, este de por sí no actúa rápido, entonces habría que pensar y buscar una

figura que sea más eficiente. Se menciona que el Estado pone un serie de trabas, hay

muchas normas que no dejan actuar, cuando usamos la tercerización, precisamente se

busca ser más eficientes, si vamos a los gobiernos regionales puede ser aún más

complicado.

Debe haber una gradualidad en términos de quién fiscaliza al regente y qué grado de

sustento profesional tiene el regente; en algunos países como Costa Rica se ha

considerado que el mismo Colegio de Ingenieros fiscalice, tiene 4 o 5 fiscales forestales

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muy capacitados quienes por muestreo fiscalizan a los regentes, además realizan

anualmente una especie de sorteo donde es elegido el regente a quien revisaran, no se

revisa a todos, pero le puede llegar en cualquier momento.

El nivel del evaluador es algo que se debe analizar, no puede ser alguien con poca

experiencia y que no conozca el tema, al contrario, debe ser una persona muy

experimentada.

Lo que se hace muchas veces es que el regente se acredite, la acreditación implica

pasar un proceso de capacitación, este proceso tiene niveles, no basta con únicamente

egresar de la universidad, sino que se capacita para conocer aspectos legales, técnicos

y estándares. Esta acreditación la pueden hacer los mismos colegios profesionales o si

el país decide que será el mismo Estado.

Se evidenció que los consultores pueden ir a la cárcel si firman un POA falso; sin

embargo, algunos ingenieros no tienen miedo de firmarlo.

Son bienvenidas todas las posibilidades de mejorar el manejo de los bosques, pero la

duda es en relación la diferencia entre la regencia y los consultores, se supone que

tienen mayor responsabilidad, sin embargo, actualmente también la tienen, pero en la

práctica no se cumple.

Además como este regente será de un nivel de preparación mayor será más caro. Se

consulta sobre cómo se aplicará gradualidad para que todas las concesiones asuman

esto y puedan cumplir bien.

Tendrán que implementar de manera gradual, uno de los requisitos es que haya

pasado el curso de SERFOR, el cual debería ser descentralizado y en campo, hay varias

cosas más que falta desarrollar.

Se añadió que en el caso de que se haya identificado información falsa en un plan de

manejo OSINFOR no es el competente, este si detecta efectivamente cuando ha hecho

la verificación en campo que se ha presentado información falsa, entonces comunica a

la autoridad forestal para que inicien su procedimiento investigatorio porque es

competencia de la autoridad regional sancionar en estos casos, pero se escapa de la

competencia de OSINFOR hacer seguimiento, lo que sí hace es seguimiento de las

medidas correctivas que dicta.

Se supone que si la autoridad regional realiza un proceso de investigación y detecta

que hay responsabilidad del consultor y es grave, también tiene que notificar a la

fiscalía, ese es el punto que en la práctica no se cumple.

Se indicó que es un problema que sólo la autoridad regional fiscalice a los regentes,

lamentablemente existen muchos funcionarios corruptos que todavía siguen y que

tienen denuncias públicas; por ende, debería haber un segundo que entre después a

ver qué ocurrió.

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En concordancia con lo anterior, se mencionó que sería un problema que se ponga que

la autoridad regional será quien supervise al regente porque, por ejemplo, ocurre que

OSINFOR detecta muchos casos y comunica a la autoridad regional, pero esta no ha

hecho ningún proceso de investigación, inclusive, en algunos casos no sabían que

tenían que iniciar un proceso de investigación.

Se recomendó que esto no se trata de que en el reglamento diga más o menor

responsabilidad necesariamente, sino que además tiene que haber una autoridad

fuerte que supervise la regencia y cuente con las herramientas para funcionar, es

decir, presupuesto y que tenga cierta autonomía.

Efectivamente se veía esa contradicción, por un lado la autoridad regional aprueba el

plan general de manejo forestal, pero por otro lado si encuentra que hay un error lo

pensará dos veces para supervisar porque cómo te va a sancionar, sería como decir

que él mismo se equivocó, es complicado; además, no tienen las capacidades.

Esto se trata de un sistema, no es únicamente señalar en el reglamento que tienen

más responsabilidades, porque eso sería repetir de alguna forma lo que dice el

reglamento actual de los consultores, pero sin darle más plata.

Se mencionó que debería probarse todos los métodos para elevar la gestión del

bosque, pero tenemos que poner “candados” o idear métodos para complementar

ideas en el reglamento, para que esto funcione y tiene que ser necesariamente

gradual.

Debe haber un tercero que fiscalice al regente, pueden haber regentes que

únicamente se dediquen a supervisión, porque además yo no voy a hacer el plan de

manejo, lo implemento y luego me voy a supervisar porque sería ilógico.

Se puso de ejemplo el caso de Costa Rica, el Colegio de Ingenieros se dedica a

supervisar el trabajo de los regentes, es decir, es un tercero que lo hace.

Qué puede garantizar que haya un criterio único en la sanción, se pueden aprobar

protocolos, criterios de gradualidad, etcétera; pero finalmente es subjetivo, si un

gobierno regional entiende que la capacidad de soportar acciones o infracciones puede

ser más permisible o más drástico en un lugar que en otro, entonces eso no va a

ayudar en nada al sistema. Se menciona porque en el caso de los consultores, era el

gobierno regional quienes estaban llamados a denunciarlos ante el Ministerio Público,

pero era un proceso que nunca se llegaba a hacer, se tenía consultores que estaban

multados más de una vez por un gobierno regional y ese mismo gobierno regional le

seguía aceptando la suscripción de planes de manejo, no podían inhabilitarlo. El

sistema de archivamiento de monitoreo o registro de infractores no está bien

elaborado, no ayuda.

El registro de infractores no da las suficientes herramientas para que haya una

gradualidad o un criterio estándar en todas las regiones, no sé si en este caso se podría

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evaluar que haya una segunda instancia de carácter nacional y que de esos criterios,

como es un tema subjetivo, que sea un colegiado que establezca precedentes y

observancias obligatorias que analice caso por caso, según los supuestos, la medida de

gradualidad debería ser mínimo de ese estándar.

Se mencionó que es preocupante que el Estado fiscalice porque tarda mucho, además

por no tener personal va a ser muy difícil que fiscalice, tenemos que buscar una figura

que, inclusive, viva de eso, sino vamos a continuar igual. Se cuestionó por el ente que

fiscaliza otras actividades que tienen responsabilidad como el notariado, los

farmacéuticos, los médicos, etc.

Se respondió que sí hay un tipo de supervisión estatal.

Se agregó que una cosa es que el Estado tenga la potestad de llegar a un regente

forestal y llamarlo a cuenta, incluso puede haber una serie de instrumentos, en Costa

Rica se saca auditorías para regentes al año, al menos dos, las hace el Estado; pero

quien fiscaliza es el Colegio de Ingenieros, este no sanciona, pero hasta cierto modo

hace una auditoría que si sale mal está mal el Colegio de Ingenieros y está mal el

regente, son cosas más prácticas. Se hace la auditoría consideran a 10 o 15 regentes y

supervisa 4 o 5 de sus áreas regentadas, entonces es más eficiente.

En ese sentido se mencionó que es más un monitoreo que buscar una sanción,

inclusive en todo esto lo que se busca son menos sanciones y más que se hagan las

cosas bien, las sanciones sirven de ejemplos para que los otros no cometan lo mismo, y

esos son procesos en los cuales el Colegio de Ingenieros puede inhabilitar al

profesional, se crea un régimen interno dentro del Colegio.

Se evidenció que en teoría eso ya existe, pero no se aplica. No se sabe hasta qué punto

el Colegio de Ingenieros puede generar un procedimiento e inhabilitar a un

profesional, incluso en la dirección de permisos de Osinfor se estuvieron notificando al

Colegio de Ingenieros del Perú las resoluciones y no hubo acción.

Se subrayó que todo esto debe ser un control cruzado eficiente, que se paga solo,

tiene que ser autosostenible porque ahora el Estado puede financiar, la cooperación

internacional puede financiar, pero dentro de 5 años no habrá financiamiento,

entonces tiene que haber un análisis con bastante detalle para poder recomendar,

sino estaríamos recomendando artículos en el reglamento que finalmente no se van a

aplicar, entonces no tendría sentido hacer un sistema de regencia si no va a servir.

Se resaltó que la palabra clave es “supervisión cruzada” no se trata únicamente de un

ente, sino que alguien también tiene que supervisar a este ente, debe ser un círculo en

el cual las cosas sean muy transparentes.

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Una forma de darle suficiencia económica es que las licencias de regencia cuesten, que

haya una tasa por obtener una licencia de regencia y que esta tasa sirva para pagar

estas personas que se dedican a supervisar la regencia, inclusive se podría pagar un

porcentaje de lo que cobra por cada contrato de regencia y por los informes de

regencia.

Pero se evidenció que, en realidad, estos costos finalmente los paga el concesionario

porque el concesionario no puede decir: “subió los costos, subió la madera”, esto

porque el mercado pone los precios.

Se argumentó que el mercado pone los precios depende de la situación, si la ilegalidad

es muy alta, el precio es bajo; se debe atacar las dos cosas, no se debe atacar una sola.

Se citó el artículo 32 que dispone los requisitos para la licencia de los regentes, si bien

tenemos pocos casos de consultores que han sido sancionados, se debe considerar

poner como requisito el hecho de no haber sido sancionado administrativamente.

Se aclaró que el registro nacional de infractores estaría disponible para el público en la

web. Es información sobre todo para los usuarios.

3. Responsabilidad del regente

Un participante mencionó que le parecía preocupante el tema de las

responsabilidades; respecto a la trazabilidad, hace dos semanas el grupo encargado de

ver este tema mostró el libro de operaciones y presenta prácticamente una

trazabilidad casi perfecta, que es algo que ni las empresas certificadas han llegado a

conseguirlo, sin embargo, se considera como infracción la omisión o el mal apunte del

código de las trozas que van a pasar; el sistema en sí señala que sí se puede pasar el

carro aunque, al mismo tiempo, detecta que la troza que ha pasado no está registrado

en el sistema. Entonces ahí también repercute la responsabilidad del regente, pero

hasta qué punto tiene responsabilidad solidaria el regente.

Se respondió señalando que en esa misma línea se estaba mencionado dos diferencias:

la ilegalidad y la legalidad. Cuando se hace referencia a la parte de la trazabilidad y

cadena de custodia a nivel de regencia, en muchos lugares el regente llega hasta la

puerta del bosque porque el objetivo es conservar que se esté manteniendo las

funciones del bosque y se esté cumpliendo lo que el permiso indica respecto a que no

hayan problemas dentro del área de permiso, fuera de esa área es muy complicado

llevar una regencia porque entran muchas variables.

¿Cómo se puede atacar esto? Se mencionó dos cosas: conservar el bosque, pero se

tiene que atacar la tala ilegal, no se pueden ver las cosas por separado, cuando se

ataca la tala ilegal, se está atacando cosas que están fuera de ese bosque. Entonces se

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asegura que, por lo menos, en la concesión el regente tiene la responsabilidad que las

cosas se hagan bien.

Se añadió que un punto a discusión es qué se considera como puerta del bosque

porque puerta del bosque también puede considerarse la puerta del aserradero o el

último patio donde se haya acopiado toda la madera.

Se argumentó que es el polígono de área de bosque porque, en realidad, es muy

complicado sacarlas fuera.

El Estado es responsable de la conservación de los recursos, para esto tiene una serie

de instrumentos, uno de los instrumentos es el regente, otro es control y fiscalización,

entonces debe haber una sumatoria, el regente será sólo una parte del engranaje.

El reglamento debería ser sólo con tres o cuatro artículos y debería haber un manual

de procedimientos. En México, Guatemala y Costa Rica tienen pocos artículos, pero

acompaña un manual de procedimientos.

En consecuencia, se mencionó que uno de esos pocos artículos a los que se tiene que

hacer alusión es la responsabilidad, delimitarlo tendría que estar en el reglamento más

allá de que el manual explique un poco más su dinámica; por ejemplo, si va a estar “en

la puerta del bosque” debería estar explícito que se hace referencia al polígono de la

concesión.

Se subrayó que es imposible reglamentar toda la actividad forestal, e incluso tiene un

carácter dinámico, es decir, puede cambiar de un año a otro, por lo tanto, se debe

evitar dejar tan detallado que no haya opción de buscar un espacio.

Un manual de procedimientos es una opción, en Costa Rica ha dado buenos

resultados, se puede cambiar todos los años, está sustentado en un marco regulatorio,

se puede ir a una gradualidad.

No se puede esperar que inmediatamente después que se apruebe el reglamento

tengamos excelentes regentes, es todo un proceso de enseñanza.

Se formuló la siguiente pregunta a la mesa: Estructuralmente, en términos de un

organigrama, ¿Dónde se podría ubicar al regente?

Se respondió que el regente es una figura interesante, por un lado es asesor del titular

del bosque y por otro lado es, hasta cierto modo, el director de orquesta de este

bosque.

El concesionario paga al regente, pero éste no necesariamente tiene que firmar

porque podría ir a la cárcel y afectar su carrera profesional.

Se agregó que actualmente existen consultores que diseñan el plan de manejo, firman,

pero no se hacen responsables; entonces tenemos maquinadores de documentos, en

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su gran mayoría, pero no hay asistencia técnica. Entonces no tenemos un sistema de

consultores, sino un sistema de elaboradores de documentos, es muy diferente de lo

que se propone ahora.

Se mencionó que en un inicio se tendrá que poner candados, pero también

fomentarlo, porque la obligatoriedad es que los concesionarios tengan un regente, es

decir, que tengan una figura de asistencia técnica. Lo que se pide con el nuevo

reglamento es que en la etapa de aprovechamiento haya un responsable legal, el

titular de la concesión y el regente como responsable técnico, entonces ambos tienen

responsabilidad si ocurre algo.

Se evidenció que en la práctica, hoy en día, no hay sanciones, con independencia de

que tampoco hay asistencia técnica, ni siquiera en la parte del diseño hay sanciones.

Se agregó que sí hay procesos, OSINFOR no ve el tema de los consultores, quienes lo

sancionan es la dirección general o la autoridad regional; sin embargo, no son

eficientes, los procesos iniciados se archivan o nunca identifican una responsabilidad.

Pero para la tipificación administrativa o penal para encontrar responsabilidad del

consultor es básicamente en el documento de diseño.

Se hizo similitud con la dinámica del ingeniero civil; es como hacer un plano de

construcción de un edificio, me olvido y me voy, si los obreros lo hicieron mal ya no es

mi responsabilidad. Entonces ahí hay una diferencia, diseña el plan y se encarga de

supervisar lo que puso en el plano para que pueda seguir esa construcción.

Se debe analizar los alcances de la regencia.

Se contestó que la figura del regente tiene como alcance hasta el bosque, no entra al

proceso de transformación, no es ese el objetivo; sin embargo, sí hay un supuesto en

que entra el regente en esa etapa, es cuando la transformación se hace en el bosque,

esto se consideró porque no se encontraba una fórmula para hacer una diferencia

entre el aprovechamiento y lo que entra a la planta.

Se añadió que cuando el reglamento se refiere a las guías de transporte forestal que ya

es una información declarada de lo que está saliendo del polígono de la concesión, lo

firma el titular de la concesión o el regente, entonces el regente no estará todo el

tiempo “en la puerta del bosque” para la salida de la madera. En la realidad,

actualmente, no está ni el titular ni el regente, podría delegarse, pero ahí está el nivel

de las responsabilidades porque cuando el carro está pasando por el primer puesto de

control, ya se está poniendo una declaración jurada de lo que se está extrayendo de la

concesión.

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Se mencionó que lo que comúnmente se hace es un patio de madera (patio de trozas)

y se acumula la madera, luego llega el regente y cuantifica, emite un informe diciendo

que debe de darse “x” números de guías; no es quien debe firmar cada guía, sino quien

autoriza un número determinado de guías para un lote. Es importante porque le

permite al regente darle seguimiento y lo obliga a ir al campo, entonces el regente no

debe firmar cada guía, pero es el responsable por el volumen que está saliendo. Esta

es la lógica que se ha seguido en Nicaragua, Guatemala, México y ha dado un buen

resultado.

Se agregó que hay algunos documentos como las bitácoras, entonces cuando recorren

el área van con el mapa base para determinar los árboles que se tengan que cortar,

hay un checklist, es como los certificados, o sea, un certificador forestal llega y tiene un

checklist con una serie de estándares, eso es importante porque será más profesional

el proceso de supervisión.

Se consideró que es necesario contextualizarlo porque Costa Rica tiene unidades de

aprovechamiento significativamente menores que acá, pero, en principio, se podría; el

tema de las visitas es interesante porque se podría restringir la responsabilidad del

regente, es decir, si algo malo ocurre entre las visitas, no hay responsabilidad del

regente.

En posición contraria se indicó que sí debería ser responsabilidad del regente, sino

sería muy fácil hoy está todo muy bien, pero luego se olvida porque la responsabilidad

es sólo en la visita; el regente será quien defina, si él ve que las cosas están mal tiene

que llamar la atención y si ve que no está funcionando tendrá que hacer más visitas, es

igual que un enfermo. La responsabilidad es del regente.

Se recomendó analizar hasta dónde era responsable el regente porque la propuesta

hace referencia tanto al plan general como al plan operativo, y en el plan general, no

necesariamente se está identificando los árboles, ni la georreferenciación; es necesario

hacer la reflexión hasta dónde será el límite de la responsabilidad del regente.

Se señaló que no hay ninguna restricción podrían ser distintos regentes, pero en este

caso –personalmente- no lo firmaría porque se supone que debería ser el mismo

regente quien entre a campo y verifique o el personal técnico que pone el mismo

concesionario para levantar información. El regente también puede tener algo de la

figura del consultor y mandar a su personal a hacer el trabajo de campo.

Se mencionó que si no podrías mandar al propio personal al campo, será peor la

desconfianza con el personal técnico. La información que pueda traer el personal

técnico en especies a veces no es exacta, tendría que ir el propio regente a verificar.

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Se propuso que no sea únicamente el regente el responsable, sino el equipo.

En ese mismo sentido, se argumentó que el personal técnico puede llevar cualquier

cosa porque finalmente la responsabilidad no recae sobre él.

Se subrayó que siempre hay problemas de mala identificación. A veces por una

cuestión de pago, le dicen: “Yo necesito estas 8 especies porque en estas tengo

mercado, necesito que lo identifiques al 100% en mi parcela”, entonces como se pone

un incentivo de pago por cada árbol se inventan lo que no hay.

Suena “loco” de decir que todo el equipo tenga la responsabilidad, pero también es

descabellado decir que el regente tenga toda la responsabilidad sobre el equipo que

ha levantado la información, de alguna manera se tiene que vincular a los técnicos y a

las personas que se encargan de hacer este levantamiento de información.

4. Costos del regente

Se consideró que es necesario pensar en un sistema de promoción para los

concesionarios, este es a quien, al parecer, le van a incrementar los costos porque el

regente sería un profesional más capacitado y cobraría más que un consultor. Además

se debe analizar si estarán en la posibilidad de asumir los costos.

Se propuso que debería hacerse una regencia grupal, de esta manera, reducir

drásticamente los costos. Aparte de costos, se tiene que atacar la tala ilegal y ser

eficientes, el sector forestal en la mayor parte lo que se extrae son de 3 a 4 metros

cúbicos por hectárea, se aprovechan 4 o 5 especies; entonces además de ser

ineficiente es poco rentable porque los precios son muy bajos, esto como

consecuencia de que hay mucha madera ilegal.

Tiene que haber soluciones integrales no sólo podemos ver la parte de regencia, pero

sí es importante que la empecemos a fomentar. No es que el regente esté en un ciento

por ciento en la concesión.

Se concluyó que sería interesante hacer un estudio de los costos para ver cómo se

podría incentivar.

Se mencionó que el propio Colegio de Ingenieros del Perú recomendó que debería

haber algo como “tarifas por unidad de medida” (por metro cúbico y dependiendo del

producto), eso es una práctica que se da en Ecuador y permitiría que los regentes lo

consideren y sepan cuánto cobrar, dependiendo de cuánta cantidad se aproveche.

Eran como tarifas estándar, no obligatorios, pero referenciales.

Se puso de ejemplo el sistema de regencia en Costa Rica, el regente hace un contrato

de regencia, este paga un monto al Colegio de Ingenieros Agrónomos dependiendo de

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las hectáreas que se aprovecharán, pero al mismo tiempo el regente está cobrando del

titular. Parte del cobro que hace el Colegio de Ingenieros se lo pasa a la fiscalización,

con eso el Colegio paga a sus fiscales y parte de los procesos de capacitación. Sin

embargo, cuando se inició todo el proceso se usó mucha cooperación internacional

para poder tomar a los regentes.

Se agregó que el sector forestal debe apostar por financiamiento hacia los

concesionarios.

Se evidenció que el problema de la parte financiera es que todavía no se le ha dado el

valor al bosque.

Se citó a un catedrático de la UNALM, quien tiene mucha experiencia, y señaló que el

regente será solamente accesible para las concesiones grandes que puedan cubrirlo,

inclusive que los regentes serán “grandes” también, es decir, uno solo no podrá

hacerlo a menos que se agrupe y pueda estar al pendiente de todas las regencias,

entonces tendrá que ser una persona jurídica; por ende, los actuales consultores se

tienen que asociar y forman su empresa de regencia o “vuelan”.

Es verdad que las concesiones grandes tendrán más facilidad para absorber ese tema,

por una cuestión de costos.

En posición contraria, se señaló que aunque sea solamente para los más grandes ya se

tiene una ganancia, por lo menos han entrado algunas al sistema. Esto, en realidad,

dependerá de cómo se organicen, si se tiene 6 o 7 concesiones juntas, tendrán que

agruparse y contratar un solo regente, de tal manera que baje drásticamente los

costos.

Se comparó con el vigilante de una zona, a pesar de que no se lleven bien entre

vecinos todos le pagan al vigilante, porque tener uno personal resultaría muy caro.

Se debe pensar en concesiones que no sean forestales; por ejemplo, de ecoturismo o

de conservación, cómo funcionan.

5. Excepciones de la regencia

Se hizo una pregunta a la mesa: ¿Qué lógica seguiría las concesiones para conservación

y para ecoturismo? Esas son áreas que no pagan derecho de aprovechamiento

directamente, en ese caso, la figura del regente preocupa porque sería como un costo

que siempre se debería presupuestar y, en la realidad, hay muchas concesiones que

tienen problemas de tala ilegal.

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Se respondió que la figura del regente está más dirigido a una actividad de

aprovechamiento, incluso de fauna. Se debe analizar la figura del regente en las

concesiones para conservación.

También se añadió la siguiente pregunta: ¿Cuál sería la lógica del regente en las

concesiones castañeras? La actividad no es de extracción, sino de recolección.

Se argumentó que eso sería parte de las excepciones de la regencia, si nos remitimos

únicamente los artículos del regente no podremos ubicarlo, pero si vemos los artículos

de planes de manejo encontramos que hay algunas actividades que no necesitan un

regente, no está expresamente conservación.

Se señaló que pareciera, como está escrito en el reglamento, que se necesita un plan

de manejo intermedio para concesiones castañeras y ahí sí entraría un regente. Esas es

una de las preocupaciones que tienen los castañeros, cómo se podrían elevar los

costos con estos requisitos.

Se mencionó que el regente está más vinculado a una actividad que tiene la

intervención del Estado al otorgar una concesión, por lo tanto, está “mapeado”. Lo

fiscaliza la autoridad regional, pero quien supervisa y sanciona al titular de la concesión

es Osinfor, entonces es una suerte de control cruzado.

Al estar los titulares identificados, la preocupación es que si empezamos a generar

excepciones y una de la información que está respaldando las observaciones de los

permisos, donde proviene la madera, y por los trámites que involucra acceder a un

permiso en comunidades1, si se estaría estableciendo excepciones cuáles deberían ser

los criterios que no quiten la posibilidad de que el Estado cumpla con el objetivo, pero,

por otro lado, que no propicie un aprovechamiento ilegal.

Se subrayó que la zona castañera es una de las que tiene más impacto en

deforestación. Cuando se establece excepciones es complicado y peligroso, debería ser

cómo lo tratamos diferente, eso puede ser una mejor alternativa.

Donde se ocuparían los regentes, sus los alcances, sería en concesiones, comunidades

nativas, en predios agrupados, y en otras unidades de uso donde haya bosque.

Cómo se va a tratar de instrumentalizar conociendo que la figura puede ser más cara,

eso es parte de lo que debemos analizar más a fondo. Pero lo peligroso sería decir

“aquí sí hay regente” o “aquí no hay regente”.

En Costa Rica se deforestó drásticamente hasta 1987, porque hubo una serie de

diferenciaciones, por ejemplo, se decía: Si voy a sacar un permiso en un área de

bosque ocupo “x” dólares y ocupo “x” pasos, pero si se saca un permiso en árboles

1 Podría asimilar que no les resulta conveniente, pueden argumentar que mejor no tienen permiso y seguir aprovechando para que nadie los fiscalice.

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Reglamento 5x5 Tema: Regencia Fecha: jueves 27 de febrero

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aislados ocupo “-x” pasos y sale “x” dólares, entonces eso hizo que la deforestación

fuera fuerte.

Se citó un informe de CIFOR de hace 2 o 3 años, llegó a la conclusión de que las

concesiones castañeras tenían un gran número de tráfico de madera. Es interesante el

punto de las excepciones, una de las cosas que se escuchó desde Madre de Dios era

que el Estado debía de acompañar no sólo el proceso, sino de alguna manera

cofinanciar la regencia para que no sea un impacto tan grande. Personalmente creo

que es muy complicado, es bastante inviable que el Estado subvencione, pero quizá

una forma de subvencionar sería reducir el costo de pago por derecho de

aprovechamiento; entonces no paga el regente, pero tampoco cobra tanto si ingresa al

sistema de regencia, siguiendo esta gradualidad que sea como un incentivo, de aquí a

los próximos 5 años todos los que ingresan al sistema de regencia bajan sus costos de

pago por derecho de aprovechamiento sólo en el caso de castaña.

Se consideró que no se debe ser tan estrictos con las normas, no se debe diferenciar a

la regencia, en el reglamento, por el tipo de concesión que es, no hay tanta necesidad

de explayarse. El principal problema es todas las irregularidades de las concesiones

forestales que se han visto en el tiempo, ahí es donde las figura del regente encaja

mucho mejor, pero en otras concesiones no es tan claro que haya una aplicabilidad.

En algunos países no se pide la regencia en áreas de conservación, solamente en

aquellos casos en los que hay pago por los servicios ambientales, o sea que el Estado

asuma la intermediación, que le pague, ejemplo: México, Costa Rica, Ecuador.

Entonces con ese esquema le piden al regente que esté año a año indicando de que

realmente el bosque se conservó.

Se sentó posición señalando que si bien es cierto que algunos están en contra de

determinar excepciones, personalmente sí consideraba que deberían haber algunas

excepciones que sean lógicas, porque no tiene ningún sentido, técnicamente no hay

ninguna razón por la que debería haber un regente en una concesión para ecoturismo,

entonces que no haya. Eso es clave en el reglamento porque no está así, igualmente

para las concesiones para conservación.

Debería ser analizado sobre todo por las personas que ven aspectos técnicos, deben

definir si habrá un manejo distinto con un ingeniero forestal.

También se añadió que para manejar fauna debería considerarse que no sea un

ingeniero forestal, sino un biólogo o quizá un ingeniero ambiental, se tiene que ver

dónde es que tenga el peligro de la estructura, composición del bosque o la

biodiversidad.

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Reglamento 5x5 Tema: Regencia Fecha: jueves 27 de febrero

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Se mencionó que en el caso de castaña se podría hacer un plan bien simplificado

porque el impacto es mínimo, no se necesita un regente, pero si se aprovecha madera

sí se tendrá que hacer un plan complementario, un regente, etc. es muy distinto.

Se indicó que es un tema de criterios y condiciones, más que simplemente dedicarse a

establecer excepciones se debe establecer condiciones para los casos que aplica y no

aplica; además si en caso fuera un biólogo y estuviéramos hablando de colegios

profesionales, entonces tiene que haber otros colegios que deben entrar en este

sistema, se tiene que pensar bien la figura de cómo será esta interacción, podría darse

de colegios profesionales involucrados en el tema.

6. Incentivos para el regente

Se hizo la siguiente pregunta a la mesa: ¿Cuáles son los incentivos para los regentes? El

reglamento menciona algo de capacitación y de incentivos, pero de manera muy

general del sistema de regencia.

Se agregó que se hace referencia de manera muy general, en realidad, no hay una

obligación concreta de Serfor por otorgar estos incentivos. Están descrito becas,

capacitaciones, dicen que sí lo van a dar, pero quién obliga a Serfor para otorgarlos, en

qué tiempo, qué evalúa, cuáles son los criterios.

En ese mismo sentido, se preguntó nuevamente a la mesa: ¿Cómo hacemos que los

regentes tengan los incentivos suficientes para hacer las cosas bien?, ¿Cómo debemos

incentivarlos positivamente? El reglamento intenta hacer esto, menciona que se va a

incentivar dando ciertos beneficios, por ejemplo, se hablan de puntajes extras, pero no

dice cuánto, cómo, etc. se debe concretizar más cuáles son esos incentivos. Los

incentivos son importantes porque hacen que el sentido de apropiación de los

ingenieros forestales a la regencia sea mayor.

Se mencionó que Serfor otorga la licencia y maneja el registro, entonces será el mismo

Serfor quien impulse estas capacitaciones.

Se enunció que estaba considerado que los cursos sean descentralizados, incluso se

busca trabajar con las universidades regionales o propios colegios.

Se indicó que un incentivo es la misma contraprestación del regente, los regentes

independientes podría tener un buen ingreso en medida de lo bueno que sean.

Se añadió que se indican una serie de requisitos para poder ser regente, entonces no

cualquiera podrá serlo, eso da un mercado de clientes que necesariamente deban

acudir a un regente quienes no serán muchos, eso es de cierto modo es un incentivo.

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Reglamento 5x5 Tema: Regencia Fecha: jueves 27 de febrero

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Se propuso como incentivo que tengan acceso al SIS o a su personal, tanto el regente

como su personal pueden estar expuesto a cualquier accidente, podría ser un régimen

que puede servirle, además es tangible. Eso sería algo atractivo sobre todo para el

personal.

Se pone de ejemplo a Costa Rica donde se regula tarifas mínimas para actividades de

regencia y eso hace que sea muy transparente, además se paga bien, incluso se paga

por hora en la visita del regente, pero eso lo define el Colegio de Ingenieros

Agrónomos dependiendo del salario base.

Sería complicado si el Estado interviene ahí porque es un trabajo privado, el Estado

podría regularlo, pero respecto a los cobros, generalmente pone mínimos para que de

cierto modo prevalezca la parte profesional, de ese modo se evita que vaya alguien

que por no tener trabajo cobre muy bajo.

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ANEXO

AGRADECIMIENTO ESPECIAL A LOS PARTICIPANTES

RELACIÓN DE PARTICIPANTES

ALDO VILLANUEVA RAINFOREST EXPEDITIONS

BIANCA COLLAZOS WOOD TROPICAL FOREST S.A.

ROSA MARÍA BACA CONSULTOR INDEPENDIENTE

GUSTAVO SOLANO CONSULTOR INDEPENDIENTE

CHRISTIAN LUGLIO EL TALLER.PE

VIVIAN CHUMBIAUCA OSINFOR

FRANCO PINATTE MINAGRI – DGFFS

LIES LINARES MINAGRI – DGFFS

PABLO PEÑA Sociedad Peruana de Derecho Ambiental – SPDA

JEAN PIERRE ARAUJO Sociedad Peruana de Derecho Ambiental – SPDA

CLAUDIA GODFREY Sociedad Peruana de Derecho Ambiental – SPDA

CARLOS QUIJANO Sociedad Peruana de Derecho Ambiental – SPDA

MANUEL CARBAJAL Sociedad Peruana de Derecho Ambiental – SPDA

JOSÉ VARGA VELA OFICINA SPDA – MADRE DE DIOS