memoria anual política parlamentaria

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Resumen de la Labor Legislativa correspondiente al año 2012 del Legislador Provincial Orlando Arduh

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Como legislador de la Provincia de Córdoba y como miembro de la Unión Cívica Radical, he preparado el presente informe de mi labor política parlamentaria de mi gestión durante el pasado año para honrar el compromiso, ante mis correligionarios y ante los ciudadanos de mi provincia, de informar sobre lo actuado con el mandato que me fue delegado y con el que me honraron.

Puedo decir con orgullo que el radicalismo de la provincia de Cór-doba está llevando adelante, puertas adentro y bajo el liderazgo del Intendente de la Ciudad de Córdoba Ramón Javier Mestre, un arduo e incesante trabajo para recuperar la grandeza de nuestro partido y que los resultados ya pueden empezar a verse de manera objetiva a través de diversos análisis publicados en medios provinciales y nacionales que dan cuenta de la UCR de Córdoba como la mejor posicionada en todo el territorio de nuestro país, y de su conductor como uno de los más fuertes referentes partidario a nivel nacional.

Todo esto se refleja en la construcción de oposición que la Unión Cívica Radical está haciendo puertas afuera, en mi caso desde el blo-que y desde mi banca en la Legislatura Provincial. Y hablo de cons-trucción porque para recuperar nuestra identidad y nuestro espacio no nos valemos del oportunismo ni de supuestas ventajas coyunturales, sino que hemos retomado la doctrina de nuestro partido y desde esos principios estamos desarrollando nuestra tarea y nuestro rol como opositores. Con acciones y gestiones, con proyectos y con decisiones ejecutadas en pos del objetivo planteado por la actual conducción del partido de construir una auténtica propuesta política y social que ca-nalice las necesidades y expectativas que la sociedad le demanda, y ofrecer la mejor alternativa posible para lograrlo.

Con esas consignas estoy trabajando como Legislador de la Provin-cia y como Radical. Renuevo el compromiso de seguir legislando y militando en esta misma senda, sabiendo que hay mucho por hacer y que la tarea de construir propuestas nunca se agota. Con mucha satis-facción por lo realizado y orgulloso de ser parte de la Unión Cívica Radical de la Provincia de Córdoba.

Orlando Víctor ArduhLegislador de la Provincia

de Córdoba

Prólogo Memoria Anual Política ParlamentariaAÑO 2012

RINDE CUENTASLegislador Orlando Victor Arduh

Unión Cívica RadicalVicepresidente Segundo Poder Legislativo de la Provincia de Córdoba

Las Ciencias Políticas modernas construyen el concepto de rendición de cuentas y lo definen como el compromiso de responder por un desempeño particular ante las expec-tativas de distintas audiencias, como una parte esencial del proceso de democratización, del proceso republicano de frenos y contrapesos que asegura la reconfiguración de las dinámicas del poder social.

La ausencia de estas prácticas explica de algún modo la desconfianza en las expresio-nes institucionalizadas en buena parte de las democracias latinoamericanas contemporá-neas.

Este trabajo sintetiza la tarea parlamentaria, extraparlamentaria y política partidaria cumplida por Orlando Victor Arduh durante el año 2012 en cumplimiento del mandato constitucional como Legislador Provincial de la Unión Cívica Radical - Vicepresidente Segundo del Poder Legislativo de la Provincia de Córdoba.

Se trata de presentar los proyectos de ley más destacados, y mencionar los distintos proyectos de declaración y resolución, algunos de ellos acompañados por legisladores del bloque de la Unión Cívica Radical. También los discursos más relevantes y las participaciones parlamentarias en las que centró su tarea como legislador provincial. Así mismo ofrecemos las columnas publicadas en los diversos medios gráficos de la Provincia que expresan sus opiniones, ideologías y posiciones en relación a la coyuntura política actual.

En el capítulo fotográfico invitamos a acompañar a nuestro legislador por las distintas actividades Partidarias. Junto al Intendente Ramón Javier Mestre y junto a los militan-tes de nuestro Partido y organizaciones del tercer sector, en una práctica heredada de nuestros grandes dirigentes.

En cumplimiento de aquello que creemos una obligación moral y un aporte a la legiti-mación de las instituciones de la sociedad constituida en Estado, presentamos el Período 2012.

CAPÍTULO 1

ACTIVIDAD PARLAMENTARIA

PRIMERA PARTEProyectos de Ley

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Orlando Arduh - LEGISLADOR PROVINCIAL

MEMORIA ANUAL POLÍTICA PARLAMENTARIA

Expte. 9110/L/12

LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA SANCIONA CON FUERZA DE LEY

Artículo 1.- CRÉASE en el ámbito de la Provincia de Córdoba el Registro de Obstruc-tores de Vínculo con los Hijos dependiente del Ministerio de Justicia.

Artículo 2.- CORRESPONDE al Registro de Obstructores de Vínculo con los Hijos:

a) Llevar un listado de todos aquellos padres (papás o mamás) o tutores que obstruyen el vínculo de los hijos al padre no conviviente (papás o mamás) y/o abuelos, habiendo una orden judicial de cumplimiento de régimen de visitas homologado a favor del padre (papá o mamá) y/o abuelos que a requerimiento judicial no hayan cesado con la actitud obstructiva.

b) Expedir certificados a toda persona física o jurídica -pública o privada- con interés legítimo que así lo requiera, en forma gratuita.

c) Formar un banco de datos en el que se registre a todos los ciudadanos que presten servicios -bajo cualquier modalidad laboral- en la administración pública provincial en sus tres poderes -Ejecutivo, Legislativo y Judicial-, en las municipalidades y comunas de la Provincia, en los entes centralizados, desconcentrados, descentralizados, autárquicos, empresas y sociedades del estado, sociedades de economía mixta, entidades bancarias y financieras y demás organismos y sociedades en las que el Estado Provincial o sus entes descentralizados tengan participación -total o mayoritaria- de capital o el poder de deci-sión, consignando altas y bajas de personal, conforme la reglamentación que a tal efecto se dicte.

Artículo 3.- EN todo proceso judicial en que se compruebe la obstrucción del vínculo de los hijos al padre no conviviente en los términos del inciso a) del artículo 2º de la pre-sente Ley, el Juez -de oficio- debe informar al Registro de Obstructores de Vínculo con los Hijos.

La comunicación debe contener:

a) Nombre y apellido del obstructor;

b) Tipo y número de documento de identidad;

c) Domicilio;

d) Datos filiatorios;

e) Profesión u ocupación;

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Orlando Arduh - LEGISLADOR PROVINCIAL

MEMORIA ANUAL POLÍTICA PARLAMENTARIA

f) Carátula del juicio;

g) Tribunal y Secretaría donde se sustancia la causa, e

h) Transcripción de la parte resolutiva del decreto, auto o sentencia que ordena la ins-cripción.

Artículo 4.- LOS Tribunales, previo a ordenar la inscripción, deberán correr vista al obstructor, por el término de tres (3) días. El Juez resolverá en el mismo plazo. La resolu-ción será apelable, sin efecto suspensivo.

Artículo 5.- CUANDO se solicitare la cancelación, se sustanciará el trámite previsto por la presente para la inscripción.

Artículo 6.- A los fines de la inscripción o cancelación, el Juez deberá oficiar al Registro en un plazo no mayor de tres (3) días de resolver la cuestión.

Artículo 7.- DEBE requerirse la presentación del certificado expedido por el Registro de Obstructores de Vínculo con los Hijos que acredite la situación personal del solicitante a:

a) Todo postulante a ser designado, transferido, ascendido o contratado en la planta de personal -en cualquier modalidad laboral en la administración pública provincial en sus tres poderes -Ejecutivo, Legislativo y Judicial-, en las municipalidades y comunas de la Provincia, en los entes centralizados, desconcentrados, descentralizados, autárquicos, empresas y sociedades del Estado, sociedades de economía mixta, entidades bancarias y financieras y demás organismos y sociedades en las que el Estado Provincial o sus entes descentralizados tengan participación -total o mayoritaria- de capital o el poder de deci-sión;

b) Todo solicitante o requirente de licencias o permisos, habilitaciones y/o concesiones que deban ser conferidas por cualquiera de los organismos enumerados en el inciso an-terior;

c) Los proveedores de cualquiera de los organismos enumerados en el inciso a) del pre-sente artículo, al momento de la contratación;

d) Los beneficiarios potenciales de subsidios, programas sociales, adjudicación de vi-viendas sociales -a título gratuito u oneroso- y la cesión de los derechos emanados de las mismas;

e) Los solicitantes de cambio de titularidad en toda explotación comercial o industrial;

f) Los transmitentes y/o cedentes en actos de disposición, transmisión, cesión, modifi-

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cación o extinción de derechos reales sobres bienes inmuebles o muebles registrables. Si se tratare de personas jurídicas, se exigirá el certificado a los directivos, representantes legales y/o apoderados, y

g) Los postulantes a ocupar cargos públicos de conducción en los tres poderes del Esta-do Provincial, sean estos electivos, por concurso o por designación.

Artículo 8.- CUANDO del certificado exigido para las tramitaciones contempladas en el artículo 7º de la presente Ley se desprenda la condición de obstructor de vínculo con los hijos, el organismo competente -hasta tanto la persona acredite la cancelación de su inscripción en el Registro- procederá a:

a) No dar curso favorable a los requerimientos o trámites formulados en las situaciones previstas en los incisos a), b) y e) del artículo 7º de esta Ley;

b) Suspender el pago al proveedor y el otorgamiento del crédito, subsidio o beneficio en las situaciones previstas en los incisos c) y d) -respectivamente- del artículo 7º de la presente norma;

c) Dejar expresamente consignado en la escritura la constancia de la situación personal de los transmitentes o cedentes, en el supuesto del inciso f) del artículo 7º de este Ley, y

d) No designar funcionarios ni aprobar pliegos de concurso en el caso previsto en el inciso g) del artículo 7º de este plexo normativo.

Asimismo, la entidad, organismo o escribano interviniente, debe comunicar -en el plazo de cinco (5) días- al Registro de Obstructores de Vínculo con los Hijos el acto jurídico que el deudor pretende realizar, a fin de dar cumplimiento a las comunicaciones previstas en el artículo 13 de esta Ley, previa toma de razón en el Registro de la novedad comunicada.

En todos los casos la autoridad competente podrá autorizar la continuidad del trámite suspendido cuando el obstructor, a los fines de regularizar su situación, acredite fehacien-temente cumplimiento en el régimen de visitas establecido, con comunicación al Juzgado interviniente y sin perjuicio de las facultades del Juez de la causa.

Artículo 9.- LAS instituciones bancarias y/o financieras oficiales y/o con capital mixto, que operan en el ámbito del territorio provincial, deben constatar en el Registro de Obs-tructores de Vínculo con los Hijos la situación del solicitante ante el Registro, dejando constancia de la información obtenida en la cuenta respectiva:

a) En toda apertura de cajas de ahorros o cuentas especiales para el depósito de pagos que deba realizar el Estado Provincial, y

b) En el otorgamiento y/o renovación de créditos y de tarjetas de débito a los agentes de la administración pública provincial en sus tres poderes -Ejecutivo, Legislativo y Ju-dicial-, en las municipalidades y comunas de la Provincia, en los entes centralizados,

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desconcentrados, descentralizados, autárquicos, empresas y sociedades del Estado, socie-dades de economía mixta, entidades bancarias y financieras y demás organismos y socie-dades en las que el Estado Provincial o sus entes descentralizados tengan participación -total o mayoritaria- de capital o el poder de decisión.

Artículo 10.- SE invitará a los bancos y entidades financieras que operan en la Provin-cia, a que se adhieran a la presente a los efectos de recabar información ante este Registro, previo a proceder a la apertura de cuentas corrientes, cajas de ahorro, otorgamiento de créditos y tarjetas de crédito, o cualquier tipo de operación financiera o comercial.

Artículo 11.- EL Gobierno de Córdoba invitará a empresas e instituciones privadas con sede o que desarrollen su actividad en la Provincia, a requerir informes al Registro, con-forme a lo previsto en el artículo 7º de la presente Ley.

Artículo 12.- EL funcionario público que omita requerir la certificación del Registro, incurrirá a los fines administrativos en falta grave, sin perjuicio de la responsabilidad civil que tal omisión importe. La misma sanción se aplicará, en el supuesto que omitiere comunicar al Registro en el plazo de diez (10) días, la relación laboral establecida.

Artículo 13.- TODA modificación verificada en el legajo personal del obstructor de vín-culo, debe ser comunicada al Juez de la causa dentro de los cinco (5) días de producida.

Artículo 14.- INVÍTASE a los municipios y comunas de la Provincia de Córdoba a adherir a la presente Ley.

Artículo 15.- LOS gastos que demande el funcionamiento del Registro se imputan a la partida correspondiente asignada al Ministerio de Justicia o al organismo que en el futuro lo sustituya.

La cancelación de la inscripción en el Registro de Vínculo con los Hijos será gravada con un canon o tasa en favor del Estado Provincial fijado anualmente por la Ley Impo-sitiva.

Artículo 16.- FACÚLTASE al Poder Ejecutivo Provincial a celebrar convenios con la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), la Administración Nacional del Se-guro Social (ANSES) o cualquier otro organismo del Estado Nacional que posea infor-mación sobre estados patrimoniales personales de los habitantes de la Provincia, a fin de

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ponerla a disposición del Registro de Obstructores de Vínculo con los Hijos, de acuerdo a la legislación nacional vigente en materia de datos personales y en el modo que lo esta-blezca la reglamentación.

Artículo 17.- COMUNÍQUESE al Poder Ejecutivo.

Fdo.: Orlando Arduh

FUNDAMENTOS

El presente proyecto de Ley de Creación del Registro de Obstructores de Vínculo con los Hijos cubre una necesidad para el control de los mayores dramas que sufren los hijos y padres no convivientes inmersos en separaciones conflictivas que, usando la metodología de la obstrucción de vínculo como estrategía, buscan alejar a los hijos de toda relación con el otro padre.

El aumento de separaciones o divorcios con hijos menores ha crecido en la población y cada día se ven más afectados por contingencias diarias de discusiones trasladadas al ámbito judicial.- Regímenes de visitas que no se cumplen, desobediencias reiteradas a órdenes judiciales importan para los padres no convivientes, un largo peregrinar de meses y años para regularizar el vínculo con sus hijos.- Cabe resaltar que, estas condiciones mu-chas veces se ven agravadas por la persuasión maliciosa del progenitor conviviente para que los hijos/as rechacen al padre/ madre no conviviente, lo que se traduce en la supuesta negativa de los hijos de acudir a los regímenes de visitas establecidos judicialmente.

Ante esta realidad aplastante de los hechos, buscamos con la presente iniciativa - y apoyados en la tarea que viene realizando la Asociación de Padres Alejados de sus Hijos (APADESHI) en cuanto impulsa el tratamiento y aprobación de legislación local en este sentido- desalentar el incumplimiento de los Regímenes de vistas fijados judicialmente, y de una manera sencilla y practica dar a conocer a los denominados “Obstructores de vínculo”.

Así, las Provincias de Santa Cruz, Río Negro y Mendoza han dado aprobación a leyes similares que han dado en llamar “Registro de Obstructores de los vínculos de los hijos con su progenitor no conviviente y familia extendida”, o “Registro de Obstaculizadores de Lazos Familiares”, todos direccionados en el mismo sentido.

El proyecto propone, siguiendo la técnica y el formato de nuestro antecedente, la Ley 8892 y su modificatoria Ley 9998 “Registro de Deudores Alimentarios Morosos”, incluir a los obstructores de vínculo en listados que se darán a conocer por medios de fácil acceso y consulta, en las condiciones que fija la ley.

Siempre teniendo especialmente en miras la protección de los niños que no conviven con sus padres, el proyecto tomando la reforma mencionada, busca aumentar las conse-

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cuencias y que, adquiera mayor trascendencia social el incumplimiento del obstructor. Procura asimismo, la rápida corrección del impedimento ya que las derivaciones de figu-rar en este registro le suman mayores dificultades en la administración ordinaria de sus negocios.

La paternidad debe ser responsable. No obstante ello, se advierte que, en muchos casos librados a la voluntad de los progenitores -sea fruto de su mala relación o de las extor-siones mutuas en casos de no convivencia- el único perjudicado es el menor.- Frente a la ruptura de las relaciones derivadas del estado de familia, el Estado, mediante su res-ponsabilidad preventiva y subsidiaria, debe arbitrar los medios y crear mecanismos para disuadir posiciones enfrentadas y contribuir rápidamente a la superación de las mismas, instando a los progenitores a asumir sus obligaciones, de modo de atemperar en parte las consecuencias no deseadas sobre los hijos.

El respeto y cumplimiento de regímenes de visitas para los menores de edad, forma parte de los derechos mas elementales de los hijos en cuanto favorece la comunicación, el diálogo con el progenitor no conviviente y su relación con toda la familia extendida de éste, procurando un mayor y mejor crecimiento y desarrollo integral de la personalidad del menor.

Las obligaciones alimentarias y el respeto y cumplimiento de los regímenes de visitas fijados judicialmente son dos problemáticas distintas pero afines en los daños ocasiona-dos a los hijos y a los Padres (Papás ó Mamás). No se puede precisar cuál de las dos es mas grave. Si podemos sostener que deben ser controladas en igualdad de condiciones para evitar las distorsiones e imperdonables abusos que se presentan al no tener la misma legislación.

Desde el Bloque de la UCR ponemos a consideración del pleno el presente proyecto iluminados bajo el principio rector de la equidad en el cumplimiento de los derechos y obligaciones derivados del estado de la familia.

Por las razones expresadas y las que daré al momento de su tratamiento, solicito la apro-bación del presente proyecto de ley.

Fdo.: Orlando Arduh

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Expte. 9784/L/12

LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA SANCIONAN CON FUERZA DE LEY

Artículo 1.- Se establece en el ámbito de la Provincia de Córdoba la obligatoriedad de disponer en ámbitos públicos y privados de libre acceso, sillas o asientos especiales para personas con obesidad, según Índice de Masa Corporal (IMC) establecido por la Organi-zación Mundial de la Salud (OMS).

Artículo 2.- Todo edificio que dependa del Poder Ejecutivo Provincial, Poder Legisla-tivo Provincial y Poder Judicial Provincial, entes autárquicos descentralizados y mixtos que dependan de los poderes mencionados precedentemente, instituciones educativas de todos los niveles, públicas y/o privadas, como así también en todas aquellas jurisdiccio-nes que se adhieran a la presente Ley deberán contar con un mínimo de 3 (tres) asientos especiales o en su caso, el 2 (dos) por ciento del total.

Esta disposición será extensible a restoranes, confiterías, bares, pubs y todo aquel esta-blecimiento que revista similares características; salas de espectáculos tales como cines, teatros, estadios deportivos y cualquier establecimiento de venta al público en centros comerciales.

La enumeración hecha en el párrafo precedente es meramente ejemplificativa, debiendo extenderse a todo establecimiento público y privado de libre acceso.

Artículo 3.- Queda expresamente prohibido el cobro de diferenciales por el uso de sillas especiales a personas con obesidad.

Artículo 4.- El Ministerio de Salud de la Provincia de Córdoba, será Autoridad de Apli-cación y podrá conformar una Comisión Asesora de carácter honorario, integrada por representantes de Organizaciones No Gubernamentales, involucradas en la temática de la obesidad. La Autoridad de Aplicación será quien establezca las dimensiones de las sillas o asientos especiales.

Artículo 5.- Los titulares o propietarios de establecimientos privados que infrinjan las disposiciones de la presente ley, serán sancionados por la Autoridad de Aplicación previo sumario que asegure el derecho de defensa y de acuerdo con el procedimiento que esta-blezca la reglamentación de esta Ley.

En caso de verificarse el incumplimiento de las previsiones establecidas en la presente

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Ley, la Autoridad de Aplicación, podrá sancionar al infractor con multa de hasta ciento cincuenta (150) Unidades de multa (UM) conforme denominación instituida en el artículo 27 de la Ley Nº 8431 “Código de Faltas de la Provincia de Córdoba”, en caso de reinci-dencia: clausura de hasta diez (10) días en la primera ocasión. Hasta veinte (20) días en la segunda oportunidad, y hasta treinta (30) días en las siguientes ocasiones.

Artículo 6.- El importe recaudado en virtud de las multas en el ámbito provincial, será destinado por el Ministerio de Salud a los programas y acciones que éste lleve a cabo para el tratamiento y prevención de la obesidad infantil. A los efectos de la administración y control de los fondos que se obtengan, se habilitará una cuenta especial en la entidad que oficie de agente financiero de la Provincia.

Artículo 7.- Una vez reglamentada la presente Ley se establece un período de un año calendario para dar estricto cumplimiento con lo establecido en la presente Ley.

Artículo 8.- INVÍTASE a los Municipios y Comunas de la Provincia de Córdoba adhe-rir a la presente y a las normas reglamentarias que en su consecuencia se dicten.

Artículo 9.- COMUNÍQUESE al Poder Ejecutivo.

Fdo.: Orlando Arduh – Luis Brouwer de Koning – María Matar – Beatriz Pereyra – Olga Rista

FUNDAMENTOS

Muchas son las cuentas pendientes que nuestra Nación tiene con sus habitantes . De todas ellas, la de la igualdad en el marco de la diversidad de sus pobladores es la más compleja de resolver, y en ese sentido, cualquier esfuerzo que se realice será bienveni-do. La enorme riqueza cultural y educativa que nuestro pueblo posee no siempre llega a expresarse debido a que muchos de sus ciudadanos no le son respetados sus derechos en iguales condiciones que a sus pares.

Aquellas personas que poseen una masa corporal mayor a 25 Kg/m2 son consideradas obesas. En este sentido entendemos que, conforme la igualdad ante la ley y los derechos establecidos en nuestra carta magna y los distintos pactos internacionales a los que nues-tro país adhirió, es una materia pendiente la regulación que se instituya en el marco de la Provincia de Córdoba la obligatoriedad de disponer en ámbitos públicos y privados de libre acceso , sillas o sus similares para personas con obesidad u obesidad mórbida para asegurar que las personas que sufren esta enfermedad cuenten con las comodidades nece-

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sarias en igualdad de condiciones con el resto de los ciudadanos.

La Organización Mundial de la salud, (OMS) se refiere a salud como “el estado de com-pleto bienestar (físico, psíquico, y social) y no solamente a la ausencia de enfermedad” LA OMS define la obesidad como “La enfermedad epidémica no transmisible más grande del mundo” ubicándola dentro de los diez factores principales de riesgo para la salud.

Datos de la Organización Panamericana de la Salud (OPS) y estudios de estadísticas indican que entre un 50 % y un 60 % de los adultos de América Latina y el Caribe tiene un peso excesivo o es obeso. Entre los niños menores de 5 años, los índices de obesidad oscilan entre un 7 y un 12 %.

Podemos interpretar que la obesidad es, en la sociedad un dato de la realidad y que no puede considerársela una rareza. De esta manera se pretende con el presente proyecto dar un primer paso en el tratamiento jurídico de la persona obesa como ciudadano y como usuario de establecimientos públicos y privados en igualdad de condiciones que quienes no padecen ese trastorno alimenticio.

Además de dar cumplimiento real y específico del artículo 421 de la Constitución Nacio-nal y a pactos y tratados internacionales que han sido suscriptos por la República Argen-tina que cuentan con jerarquía supralegal, debemos tener en cuenta que el presente pro-yecto tiene por fin proveer a las personas obesas de una protección jurídica, en contra de la discriminación a que se ven sometidos muchas veces, por no contar con un espacio que sea acorde a sus problemas. Debemos recordar que el obeso, además de los padecimien-tos físicos, sufre ciertos estigmas sociales que se producen por la discriminación de una sociedad que se fija estereotipos, desatendiendo las necesidades de quienes no se ajustan a ellos. Es la misma sociedad la que alimenta el trastorno y a la vez condena al enfermo.

En virtud de las argumentaciones expuestas, solicito a mis pares la aprobación del pre-sente proyecto de ley.

Fdo.: Orlando Arduh – Luis Brouwer de Koning – María Matar – Beatriz Pereyra – Olga Rista.

1 Constirucion Nacional, Primera Parte Cápitulo Segundo: Nuevos derechos y Garantias Art 42. Los consumi-dores y usuarios de bienes y servicios tienen derechos, en la relación de consumo a la protección de su salud, seguridad e intereses económicos; a una información adecuada y veráz;a la libertad de elección, y a las condi-ciones de trato equitativo y digno. Las autoridades proveerán a la protección de esos derechos, a la educación para el consumo, a la defensa de la competencia contra toda forma de distorsión de los mercados, al control de los monopolios naturales y legales al de la calidad y eficiencia de los serivicios públicos , y a la contitución de asociaciones de consumidores y de usuarios . La legislación establecerá procedimientos eficaces para la pre-vención y solución de conflictos, y los marcos regulatorios de los servicios públicos de competencia nacional, previniendo la necesaria participación de las asociaciones de consumidores y usuarios de las provincias intere-sadas, en los organismos de control.

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Expte. 8831/L/12

LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE CORDOBA SANCIONA CON FUERZA DE LEY

Artículo 1º.- Modifícase el artículo 8º de la Ley 7826 (Ley Orgánica del Ministerio Público Fiscal) el que quedará redactado de la siguiente manera:

“Artículo 8.- DURACIÓN Y REMOCIÓN: El Fiscal General dura cinco años en sus funciones y puede ser designado por nuevos períodos. Vencido el primer mandato, si-gue en funciones hasta una nueva designación conforme lo establece el artículo 173 de la Constitución Provincial. Si el Poder Ejecutivo Provincial no designa Fiscal General dentro del plazo de los seis meses posteriores al vencimiento del mandato, éste se tendrá por automáticamente prorrogado por un nuevo período de 5 años.

El Fiscal General tiene iguales incompatibilidades e inmunidades que los miembros del Tribunal Superior de Justicia. Durante el ejercicio de sus funciones sólo puede ser removido de su cargo por las mismas causales y con los mismos requisitos de aquellos.

Los demás integrantes del Ministerio Público enumerados en el artículo 5º son inamo-vibles en sus cargos y pueden ser removidos del mismo modo y por las mismas causales que los jueces; gozan de las mismas inmunidades y tienen iguales incompatibilidades que aquellos.”

Artículo 2º.- Modifícase el Artículo 19 de la Ley Nº 7826 (Ley Orgánica del Ministerio Público Fiscal) el que queda redactado de la siguiente manera:

“Artículo 19.- FUNCIONES: Los Fiscales Adjuntos colaboran con el Fiscal General en el cumplimiento de sus funciones y en los asuntos que aquel les encomendare, conforme al Reglamento a que se refiere el Artículo 16, inciso 5.

El Fiscal Adjunto de mayor antigüedad en la institución reemplaza al Fiscal General en supuestos de cese, muerte, suspensión o imposibilidad temporal de éste y hasta tanto perdure la acefalía temporaria o se designe un nuevo Fiscal General. Todo sin perjuicio de la atribución conferida al titular del Ministerio Público Fiscal en el artículo 18 de la presente Ley.”

Artículo 3º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.-

Fdo.: Orlando Arduh

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FUNDAMENTOS

El Ministerio Público Fiscal tiene como misión actuar en defensa del interés público y los derechos de las personas; procurar ante los tribunales la satisfacción del interés social y custodiar la normal prestación del servicio de justicia. Está integrado, conforme el Ar-tículo 5º de la Ley 7826 por el Fiscal General, cuatro (4) Fiscales Adjuntos y los Fiscales de Cámara, en lo Correccional, de Instrucción, en lo Civil y Comercial, de Familia y de Menores, en el número que determine la Ley.

Por su parte, la Constitución Provincial, conforme su Artículo 173 dispone que el Fiscal General de la Provincia “dura en sus funciones cinco años y puede ser designado nueva-mente” sin fijar límites a esta reelección. La ley orgánica citada, en su Artículo 8º -bajo el título de Duración y Remoción- reproduce las estipulaciones fijadas por la Carta Magna en iguales términos.-

La presente iniciativa tiene por objeto completar tales disposiciones legales incorporan-do la posibilidad de prórroga del mandato del Fiscal General ante la falta de una nueva designación por parte del Poder Ejecutivo Provincial.-

Al respecto, la ley fija en su Artículo 7º que “Los órganos del Ministerio Público enu-merados en el Artículo 5, son designados por el Poder Ejecutivo, previo acuerdo del Senado.”

En este orden de ideas, la propuesta legislativa establece que, vencido su mandato, el Fiscal General de la Provincia sigue en funciones hasta una nueva designación. Agrega la reforma que, si el Poder Ejecutivo Provincial no designase Fiscal General dentro del plazo de los seis meses posteriores al vencimiento del mandato éste se tendrá prorrogado automáticamente por un nuevo período de 5 años.

Asimismo, el proyecto prevé la modificación del Artículo 19º de la ley estableciendo el reemplazo provisorio del Fiscal General por el Fiscal adjunto con mayor antigüedad en la institución, en los supuestos de cese, muerte, suspensión o imposibilidad temporal de aquel,.-

El proyecto de ley encuentra su fuente en el contexto actual que muestra la institución. El mandato del último Fiscal General ha concluido y la falta de nombramiento de su su-cesor importa que sus funciones hayan recaído en una de las fiscalías adjuntas, sin tener precisión sobre cuáles han sido los criterios para asignar provisoriamente en una u otra las funciones de la Fiscalía General.-

El proyecto busca establecer salidas institucionales claras frente a contingencias excep-cionales con el afán de que la defensa del interés público no presente fisuras ni genere conflictos o imprecisiones sobre las políticas de persecución penal.-

Queda claro que existe no sólo en el sentir del pueblo sino de la totalidad de los juris-tas, la necesidad de determinar y entender la existencia de una estructura extrapoder que siguiendo una política criminal unificada y bajo la conducción de un Fiscal General, otor-gue adecuada respuesta a la sociedad frente a un fenómeno que -si bien es tan viejo como

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la sociedad misma- requiere hoy una necesaria adecuación a los tiempos que vivimos.

Por ello, verificado un hecho con cierta relevancia delictiva, es al Ministerio Público Fiscal a quién se le han asignado las funciones para obtener respuestas eficaces del Estado en la persecución de los delitos, no sólo para hacer efectiva la norma penal sino por su necesaria relación con la justicia, entendida como valor social vinculada a otros como la seguridad, el orden, la paz, la libertad y el bien común.-

Con este sentido, desde el Bloque de la UCR ponemos a consideración del pleno legis-lativo el presente proyecto que pretende mediante la modificación del Artículo 8º y 19º de la Ley 7826, dar, en casos excepcionales de vacancia, continuidad y unidad a la tutela del interés público en la persona del Fiscal General, como titular y conductor de la política de persecución criminal de la provincia.

Por estas razones y las que daremos al momento de su tratamiento, solicito la aproba-ción del presente proyecto.

Fdo.: Orlando Arduh

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Expte. 9244/L/12

LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA SANCIONA CON FUERZA DE LEY

Artículo 1º.- Créase el “Programa de políticas para la promoción de los derechos huma-nos de las personas en situación de prostitución” en el ámbito de la Secretaría de Dere-chos Humanos del Gobierno de Córdoba, o del organismo que en el futuro la reemplace.

Artículo 2º.- El presente plan persigue como finalidad generar y promover condiciones dignas de ciudadanía y de pleno acceso a derechos civiles, políticos, económicos, sociales y culturales para todas las personas en situación de prostitución, sin discriminación de ningún tipo.

Artículo 3º.- Serán los objetivos generales del plan:

a. Desnaturalizar estereotipos y prejuicios construidos alrededor de la prostitución, pri-vilegiando

las vivencias, voces y experiencias de las diversas personas afectadas por ellos.

b. Proteger a las personas en prostitución de la violencia social e institucional o cual-quier otra

violencia que pueda afectarlas.

c. Involucrar a todas las áreas del gobierno en la promoción de los derechos humanos de las

personas en situación de prostitución.

d. Recabar estadísticas e información actualizada, identificando nudos críticos en la prevención,

la atención y el abordaje integral de la prostitución por parte de las dependencias pú-blicas del

Gobierno Provincial.

e. Diseñar, implementar y articular servicios y políticas públicas tendientes a revertir las

condiciones estructurales que generan, refuerzan y sostienen la prostitución, removien-do los

obstáculos que limiten las condiciones de ciudadanía de las personas afectadas en ge-neral, y

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Orlando Arduh - LEGISLADOR PROVINCIAL

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de ciertos grupos en particular en razón de su sexo, género, identidad de género, orien-tación

sexual, raza, nacionalidad y edad, entre otros.

f. Garantizar el acceso prioritario de las personas en prostitución a las políticas univer-sales de

salud, educación, trabajo y vivienda, poniendo a disposición opciones reales y no

discriminatorias para quienes desean abandonar la actividad que realizan.

Artículo 4º.- Para el cumplimiento de los objetivos señalados, se deberán desarrollar:

a. Campañas sostenidas de difusión, comunicación y concientización destinadas a la población, en especial a los hombres con el fin de reducir la demanda.

b. Jornadas, talleres y cursos de formación dirigidos a las comunidades educativas, en los diferentes niveles de enseñanza.

c. Actividades de capacitación destinadas a todo el personal de la administración públi-ca, con particular énfasis en las áreas de salud, educación, empleo, desarrollo económico, vivienda, espacio público, justicia, seguridad y atención a la comunidad, a efectos de generar servicios públicos no hostiles y políticas apropiadas para personas en prostitución y para sus grupos familiares.

d. Seguimientos del accionar de las fuerzas policiales y de seguridad respecto de perso-nas en prostitución, así como canales seguros de denuncia de abusos por parte de los/las integrantes de estas fuerzas.

e. Servicios disponibles de consulta, orientación y asistencia jurídica y social sensibles a la situación de personas en prostitución, que articulen conjunta y transversalmente con las áreas de gobierno pertinentes.

f. Mapa de recursos públicos y de la sociedad civil para la prevención, atención y abor-daje integral de la prostitución

g. Recursos públicos para promover trayectorias de migración laboral segura.

h. Cupos específicos y preferencias para el ingreso de personas en situación de prostitu-ción en todas las políticas de empleo, desarrollo económico y vivienda.

i. Medidas de fortalecimiento de las organizaciones sociales y no gubernamentales que trabajan la temática y agrupan a personas en prostitución.

j. Investigaciones para la generación de estadísticas y de información actualizada dirigi-da al cumplimiento del presente plan.

k. Propuestas institucionales y legislativas para favorecer el adecuado ejercicio de dere-chos para las personas en prostitución.

l. Políticas de articulación y cooperación con otros planes implementados por la admi-

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nistración pública local y con organismos gubernamentales nacionales, provinciales y municipales, en lo que se refiera a la materia aquí abordada.

Artículo 5º.- La autoridad de aplicación establecerá mecanismos que garanticen la par-ticipación activa de organizaciones que agrupan a personas en prostitución, así como de instituciones con conocimiento y trayectoria en este campo, a efectos del diseño de los contenidos sustantivos, las mecánicas de implementación y los procesos de seguimiento del presente plan. Deberá asimismo presentar un informe anual a la Legislatura, en el que conste el detalle de las acciones realizadas, los avances obtenidos y las evaluaciones previstas respecto de los objetivos de esta ley.

Artículo 6º.- En la aplicación e interpretación de la presente ley, de los contenidos que se desarrollen con motivo de ella, de las normas vinculadas y de las medidas que en este marco tomen instituciones públicas o privadas, así como los órganos legislativos, judi-ciales o administrativos, se debe adoptar el enfoque que mejor se compadezca con los derechos de las personas en prostitución.

Artículo 7º.- Los gastos que demande el cumplimiento de lo dispuesto en esta ley serán imputados a la partida presupuestaria correspondiente.

Artículo 8º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

Fdo.: Orlando Arduh

FUNDAMENTOS

El presente proyecto de ley viene a complementar el conjunto de medidas propuestas por el Gobierno Provincial en el marco del programa de Lucha contra la Trata de Personas.

Desde el bloque de la Unión Cívica Radical, proponemos la creación del “Programa de políticas para la promoción de los derechos humanos de las personas en situación de pros-titución” con el objeto de promover condiciones dignas de ciudadanía y de pleno acceso a derechos civiles, políticos, económicos, sociales y culturales para todas las personas en situación de prostitución, sin discriminación alguna.

La iniciativa se fundamenta en la consideración de que la prostitución es una explota-ción del cuerpo del ser humano, y considera al trabajador sexual como víctima del tráfico humano, sujeto a rehabilitación.

Para ello no alcanza con el criterio prohibicionista de los establecimientos referidos

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en la ley elevada por el Poder Ejecutivo Provincial, ya que en este sentido la legislación nacional vigente (Ley 12331 de Profilaxis, 1936) es precisa en cuanto a la prohibición es-tablecida en el Artículo 15, que textualemnte dice: “Queda prohibido en toda la República el establecimiento de casas o locales donde se ejerza la prostitución, o se incite a ella”.

En este orden de ideas, podemos referir que la existencia de whiskerías, cabarets, clu-bes nocturnos, boites o cualquier denominación similar con que se designe a este tipo de establecimientos en los que se instalen, funcionen, regentee, promocionen, administren, faciliten, estimulen o exploten la prostitución, es consecuencia de la falta de control y no de lagunas legislativas.

De igual modo, recibimos con beneplácito la propuesta de prohibir la instalación y funcionamiento de estos establecimientos, como línea rectora en la lucha por eliminar prostíbulos encubiertos que ocultan conductas aberrantes que atentan contra la dignidad esencial del ser humano.

No obstante, remarcamos la necesidad de articular un programa que represente un paso más adelante en las políticas de derechos humanos, aplicando medidas concretas destina-das a prever la recuperación física, psicológica y social de las trabajadoras sexuales, sean o no víctimas de trata de personas.

El conjunto de medidas y la fundamentación acompañada por Gobierno Provincial alu-den a la Trata de Personas con fines de explotación sexual. Sin dejar de resaltar que dicha finalidad no es la única y que , por el contrario, la explotación laboral puede con el tiempo superar las estadísticas que actualmente arroja la explotación sexual, creemos necesario crear un complemento normativo al proyecto 9143/E/12 para garantizar el suministro de oportunidades de empleo, educación y capacitación; asesoramiento, información y acceso a los derechos civiles, políticos, económicos, sociales y culturales para todas las personas en situación de prostitución, sin discriminación alguna.

El ejercicio de la prostitución no siempre implica sometimiento y explotación sexual, pero es muy probable que quienes la ejerzan -aún libre y voluntariamente, lo hagan como consecuencia o resultado de un entorno circunstancial en el que las barreras culturales, económicas y sociales entre otras, hayan condicionado o inducido esa elección.

Por ello, y abordando la prostitución desde una perspectiva de los derechos humanos, elevamos alpleno el presente proyecto, solicitando por los fundamentos vertidos y los que daremos al momento de su tratamiento, la aprobación del mismo.

Fdo.: Orlando Arduh

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Expte. 9783/L/12

LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA SANCIONAN CON FUERZA DE LEY

Artículo 1.- DECLÁRESE el año 2013, “Año de la Libertad y la Igualdad” en conme-moración del Bicentenario de la Asamblea de Año XIII.

Artículo 2.- El Poder Ejecutivo Provincial difundirá y fomentará las distintas activida-des

académicas, históricas y culturales que se realicen en el territorio de la Provincia de Córdoba relacionadas a la obra de la Asamblea del Año XIII

Artículo 3.- Toda folletería, papelería, o documentación de tipo impresa o electrónica dependiente de la administración pública provincial, llevará, durante el año 2013 como membrete el siguiente lema: “2013: Año de la Libertad y la Igualdad. BICENTENARIO DE LA ASAMBLEA DEL AÑO XIII”

Artículo 4.-El Ministerio de Educación incluirá en el calendario escolar 2013 el desa-rrollo de jornadas sobre la temática para las escuelas primarias y secundarias.

Artículo 5.- El Poder Ejecutivo reglamentará la presente Ley dentro del plazo de los 90 (noventa) días de su sanción

Artículo 6.- COMUNÍQUESE, Al Poder Ejecutivo.

Fdo.: Orlando Arduh – Luis Brouwer de Koning – María Matar – Beatriz Pereyra – Olga Rista

FUNDAMENTOS

Desde el BICENTENARIO DE LA REVOLUCION DE 1810, distintos homenajes re-cordatorios y aniversarios se viene desarrolando en el marco de sus respectivos “bicen-tenarios”, el presente Proyecto tiene como finalidad conmemorar el bicentenario de la Asamblea del Año XIII para enmarcarlo dentro de los procesos que se dieron en nuestro

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territorio durante el período (1810 - 1816) que marcaron el paso hacia la Liberación e Independencia de nuestra Nación y que no podemos dejar de incluir por la trasendencia finalista de los hechos desarrollados por dicha Asamblea.

La asamblea del Año XIII comenzó a sesionar el 31 de marzo de 1813, día que como decía su redactor “Durará en la memoria de la posteridad, mientras haya almas virtuosas que aprecien las emociones de la gratitud y recuerden los acontecimientos preventivos de su suerte”

A la misma fueron convocados representantes de todas las Provincias Unidas del Sur , pero las diferencias políticas entre sus integrantes desembocaron en el fracaso de sus objetivos iniciales (Declaración de la Independencia y organización Constitucional de las Provincias Unidas). Sin embargo la misma tomó una serie de resoluciones relativas a la determinación de su carácter político y a la organización del Poder Ejecutivo que fueron de vanguardia intelectual en el contexto independentista y definió para los tiempos una relevancia ética sustancial en cuanto a la lucha por los Derechos Humanos.

Por su carácter político antes mencionado la Asamblea del XIII estableció que “ Los diputados de las Provincias unidas son Diputados de la Nación en general , sin perder por eso la denominación del Pueblo a que deben su nombramiento, no pudiendo en ningún modo obrar en comisión” consagrando definitivamente la unidad nacional como entidad idestructible.

También en materia de organización política el 22 de enero de 1814 crea el Directorio unipersonal para que “La Suprema potestad ejecutiva se concentre en una sola persona y bajo las calidades que determine la ley”.

Luego establece, la acuñación de la moneda de oro y plata con sello nacional, declara-ción del 25 de mayo como Fiesta Cívica, creación de la Primer Universidad de Medicina , realización del primer Censo Nacional , premio al Genral Belgrano por sus Triunfos , independencia de la Iglesia nacional de toda autoridad eclesiástica , suspensión de los escudos familiares de armas en parajes públicos, reglamento de administración de justicia y otras de trascendencia relativas a las exportaciones.

La defensa incipiente de los Derechos Humanos y que constituyó un verdadero mojón en la historia legislativa, la encontramos en las medidas más notables de la Asamblea que fueron: La libertad de vientres de las esclavas, que suponía que todo hijo que naciera de vientre de madre esclava, nacía como hombre libre. Este constituye un hecho fundamen-tal en cuanto a la libertad de los habitantes de estas tierras y constituye uno de los antece-dentes más importantes de la legislación en Derechos Humanos. Desde la Asamblea del año XIII, Todos los hombres nacen libres y por lo tanto iguales entre si.

La liberacion de los esclavos que se introdujeron en el territorio argentino, la abolición de las prácticas de tortura como forma de castigo físico , antes permitido por los amos por sobre sus esclavos, es otra de las reformas centrales que le debemos a la Asamblea del año XIII . Ya no, solamenete nacían hombres y mujeres libres , considerados como iguales, sino que dejaban de ser cuerpos pasibles de castigos físcos . Es decir , el ser

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humano comenzaba a dar sus primeros pasos por el demorado tránsito de objeto a sujeto igualitario de derechos.

La eliminación de todas las formas de trabajo coloniales como la mita, el yanaconazgo y el porteo.

La supresión de todos los titulos de nobleza y mayorazgos, venía a equiparar a los hombres nacidos iguales. La vida en sociedad no se organiza mas a partir de los derechos de nacimiento sino a partir de los derechos inalienables de la igualdad y las libertades humanas.

Declara absolutamente extinguida la autoridad del tribunal de la inquisición y del santo oficio, en todos los pueblos del territorio de las Provicncias Unidas del Rio de la Plata.

Siendo que dicha Asamblea fue una obra incompleta e imperfecta, seguramente por los interesesmonárquicos de algunos de sus miembros, pero que tiene una importancia, por su profunda concepción humanista que no podemos dejar de recordar en nuestra historia es que solicito a mis pares que me acompañen en la aprobación del presente proyecto.

Fdo.: Orlando Arduh – Luis Brouwer de Koning – María Matar – Beatriz Pereyra – Olga Rista.

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Expte. 9046/L/12

LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBARESUELVE

Artículo 1º.- INSTITUYASE la Junta Promotora para la creación del “Foro Federal Parlamentario para la Promoción, Impulso y Desarrollo del Turismo”, en el ámbito de la Comisión de Turismo y su relación con el Desarrollo Regional de la Legislatura Provincial.

Artículo 2º.- La Junta Promotora estará formada por siete legisladores provinciales y su integración reflejará la proporción de mayorías y minorías reconocidas en esta legislatura provincial.

Artículo 3º.- A los fines de dar cumplimiento con el cometido establecido en el artículo primero, la Junta deberá:

Invitar a las Comisiones Legislativas de Turismo de los Poderes Legislativos de todas las provincias argentinas a constituir el “Foro Federal Parlamentario para la Promo-ción, Impulso y Desarrollo del Turismo”,

Convocar a las Comisiones Legislativas de Turismo de todas las provincias argentinas a la primera reunión constitutiva para los días 27 y 28 de septiembre de 2012.

Fijar, como sede anual de la misma, para la primera edición, la Ciudad de Córdoba, u otra que mejor cumpla con los objetivos de la presente resolución.-

Establecer un anteproyecto de Reglamento que fije el procedimiento para la incor-poración y constitución de los miembros permanentes del Foro y los mecanismos de funcionamiento.-

Fijar los objetivos generales y particulares del Foro.

Artículo 4º.- ENCOMENDAR a la Presidencia de la Legislatura, la afectación presu-puestaria y técnica que demande el cumplimiento de la presente.

Artículo 5º.- De forma.

Fdo.: Orlando Arduh – Carlos Felpeto

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FUNDAMENTOS

El presente proyecto de Resolución tiene por objeto crear en el ámbito de la provincia de Córdoba el “Primer Foro Federal Parlamentario para la Promoción, Impulso y Desarrollo del Turismo” con la participación de legisladores provinciales provenientes de las distintas legislaturas provinciales del país.- Como tal, busca constituirse en un es-pacio político de discusión, de reflexión, de intercambio de experiencias y de elaboración y articulación de propuestas legislativas y políticas para promocionar impulsar y generar instrumentos y mecanismos que desarrollen el turismo de manera concertada a lo largo y ancho del territorio argentino.

Para ello, la propuesta indica que formarán parte del Foro los legisladores provinciales miembros de las Comisiones parlamentarias de Turismo que manifiesten su voluntad de integrarse al mismo y que exhiban un interés y un compromiso en su acción legislativa de trabajar en la promoción y desarrollo del Turismo como política de estado.

El Foro será por naturaleza multipartidario pero requiere un marco constitutivo y regla-mentario que posibilite prácticas compartidas.- Con este objetivo, proponemos la cons-titución de una Junta Promotora que se integrará con la participación de los bloques con representación parlamentaria y tendrá por objeto invitar a las Comisiones Legislativas de Turismo de los Poderes Legislativos de todas las provincias argentinas a participar y crear el Foro, convocándolas a una primera reunión

constitutiva para los días 27 y 28 de septiembre de 2012, que tendrá como sede la Ciu-dad de Córdoba, en esta primera oportunidad. Entendemos que las legislaturas juegan un rol muy importante en términos de planificación y presupuesto y, desde esa perspectiva creemos que la creación de un Foro con un programa anual sólido y específico, puede servir de importante apoyo a los parlamentarios de cada región, para discutir temas de interés, intercambiar ideas y compartir las mejores prácticas.

El Turismo y su relación con el desarrollo regional, tiene para Córdoba un alto impacto en cada una de sus regiones con características, potencialidades y ofertas diferentes.- De igual modo y con la misma diversidad, entendemos se manifiesta esta actividad en cada región del país, por lo que, aunar acciones y políticas de fomento desde el sector público contribuirá a mejorar y aumentar los resultados alcanzados.

El Foro se centrará en las grandes preocupaciones actuales del sector, dentro del con-texto económico actual y partirá de la premisa de que contar con una política pública federal firme en materia de turismo y un sector privado cohesionado, esta industria puede ser un elemento clave del crecimiento económico, la creación de empleo y el desarrollo sostenible.

Y es que en verdad, dada la naturaleza horizontal del sector turístico, todas las polí-ticas públicas tienen una repercusión significativa en esa actividad, un hecho que, los legisladores debemos tener en cuenta a la hora de adoptar decisiones.- Aprovechar las importantes oportunidades que la realidad actual ofrece al sector turístico entender mejor

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las diversas funciones de los gobiernos locales dentro de la política turística nacional.-

Por ello, con la creación de este foro se pretende encontrar un escenario adecuado para abordar los retos que afronta actualmente el turismo y, en particular, la necesidad de in-crementar la cooperación entre los diversos ministerios y agentes a escala nacional, regio-nal y local. Esta línea, permitirá a parlamentarios y autoridades locales definir mejor su papel en la promoción y el desarrollo del turismo y determinar qué instrumentos deberían aplicar para alentar la colaboración.

La Organización Mundial del Turismo (OMT) sostiene al respecto: “El fortalecimiento de las asociaciones público-privadas es clave para impulsar la contribución del turismo a la conservación y creación de puestos de trabajo, estimular un crecimiento económico verde y sostenido y abordar el reto de la pobreza”

Por su parte, nuestra Carta Magna en el Artículo 56º ha fijado como Política Especial del Estado la promoción de “actividades de interés social que tiendan a complementar el bienestar de la persona y de la comunidad, que comprendan el deporte, la recreación, la utilización del tiempo libre y el turismo”; y en la Cláusula Federal del Artículo 16º ha establecido en el Inciso 1 que, corresponde al Gobierno Provincial: “promover un federa-lismo de concertación con el Gobierno Federal y entre las provincias, con la finalidad de satisfacer intereses comunes y participar en organismos de consulta y decisión, así como establecer relaciones intergubernamentales e interjurisdiccionales mediante tratados y convenios”.

En este marco legal, debemos resaltar la Ley de LEY DE TURISMO DE LA PROVIN-CIA DE CÓRDOBA aprobada en Agosto de 2003, por la que se reconoce a la actividad turística de interés prioritario, al tiempo que tiene por objeto el desarrollo integrado de la Provincia como unidad de desarrollo turístico. El texto normativo establece como fi-nalidades fundamentales del sector turismo encauzar su desenvolvimiento organizado, determinando los mecanismos necesarios para la creación , conservación, mejoramiento, protección, promoción y aprovechamiento de los recursos y atractivos turísticos provin-ciales, conservando el equilibrio ecológico y social y el patrimonio natural, histórico y cultural de la provincia.

A tales efectos y bajo la premisa central de que la actividad turística es una importante herramienta para el desarrollo de los pueblos y que las legislaturas juegan un rol decisivo en términos de planificación y presupuesto, elevamos esta propuesta de constituir el Foro Federal Parlamentario para la Promoción, Impulso y Desarrollo del Turismo, en el ámbito de la provincia de Córdoba mediante la figura de la participación plural y la con-certación de carácter interprovincial que supone la unión de voluntades institucionales en pos de objetivos compartidos para solucionar problemas comunes.

Por los fundamentos vertidos y los que daré al momento de su tratamiento, solicito la aprobación del presente proyecto.

Fdo.: Orlando Arduh – Carlos Felpeto

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Expte. 8758/L/12

LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBASANCIONA CON FUERZA DE LEY

Artículo 1º: Modificase el Artículo 2º de la Ley Nº 8663, de Régimen de Coparticipa-ción de Impuestos entre la Provincia y sus Municipalidades y Comunas, el que queda redactado de la siguiente forma: Artículo 2º: EL fondo a coparticipar estará integrado por los ingresos provenientes de los siguientes recursos: a) Impuestos sobre los ingresos brutos u otros impuestos que reemplacen sus recargos, actualizaciones, multas y demás accesorios. b) Impuesto Inmobiliario básico y adicionado u otros impuestos que lo re-emplacen, sus recargos, actualizaciones, multas y demás accesorios. c) Asignaciones que recibe la Provincia de Coparticipación Federal de Impuestos, Ley Nº 23.548 de la Nación y sus modificatorias o de los acuerdos financieros que se establezcan entre ésta y la Provincia. d) Los denominados Fondos Especiales, ya creados o a crearse, mediante sanción del Poder Legislativo de la Provincia.

Artículo 2º: Modificase el Artículo 3º de la Ley Nº 8663, el que queda redactado con el siguiente texto: Artículo 3º: EL monto total recaudado acorde al Artículo 2º se distribuirá de la siguiente forma: a) El ochenta por ciento (80 %) para la Provincia. b) El veinte por ciento (20 %) para las Municipalidades y Comunas. c) En el caso del apartado d) del ar-tículo anterior, los fondos se distribuyen en partes iguales, entendiéndose en un cincuenta por ciento (50%) para la Provincia; y el cincuenta por ciento (50%) para las Municipali-dades y Comunas.

Artículo 3º: Modificase el Artículo 4º de la Ley Nº 8663, el que queda redactado con el siguiente texto: Artículo 4º: La distribución del monto que resulte por la aplicación del Artículo 3º Inciso b), se distribuirá de la siguiente manera: a) El ochenta coma cinco por ciento (80,5 %) para las Municipalidades constituidas como tales. b) El tres por ciento (3 %) para las Comunas reconocidas. c) El uno coma cinco por ciento (1,5 %) para la constitución de un fondo destinado a atender situaciones de emergencia y desequilibrios financieros temporarios de las Municipalidades o Comunas. d) El tres por ciento (3 %) para la constitución de un fondo para financiar gastos de capital de las Municipalidades y Comunas. e) El doce por ciento (12 %) para la constitución de un fondo para el finan-ciamiento de la descentralización del Estado en el marco de la Ley Nº 7.850, de Reforma Administrativa. La distribución del monto que resulte por aplicación del Inciso d) del Ar-tículo 3º, se destinará manera integral al financiamiento de gastos de capital de las Mu-nicipalidades y Comunas; en la proporción dispuesta en los incisos a) y b) del presente.

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Artículo 4º: Comuníquese al Poder Ejecutivo.

Fdo.: Luis Brouwer de Koning – Orlando Arduh

FUNDAMENTOS

El gobernador De la Sota constituyó característica diferencial de su gobierno la tan men-tada “disminución del 30%” en las cargas impositivas. Lo cierto es que a poco de andar su primera gestión, la provincia necesitó más recursos, por lo que comienza con una nueva modalidad: crea los “fondos especiales”, es decir verdaderos impuestos encubiertos, en atención a que deben ser pagados coercitivamente por los ciudadanos.

El Poder ejecutivo de la Provincia niega que se trate de recuperar por la vía de los fon-dos especiales la baja impositiva. Pero en definitiva lo compensa de manera indirecta, mediante éstos fondos que pasan a rentas generales, y cuya inversión (en objetivos para los que fueron creados), es difícil sino imposible de controlar. De hecho, imposible de controlar por parte del ciudadano común; y por demás dificultoso para este Poder Legisla-tivo, en tanto eluden el RÉGIMEN DE COPARTICIPACIÓN DE IMPUESTOS ENTRE LA PROVINCIA Y SUS MUNICIPALIDADES Y COMUNAS. En este sentido, baste el seguimiento y denuncia que nuestro Bloque hace sobre los Fondos de Manejo del Fuego, los que motivaran informes reiterados y sin respuesta alguna en todos estos años. Solo en el caso del denominado Fondo del Fuego, tenemos una evasión a la Ley Nº 8663 de sumas que al año 2011 ascendieron a la cifra cercana a los 50 millones de pesos.

La particularidad de los llamados fondos especiales, reside en que al no considerarlos como impuestos el Gobierno de la Provincia omite repartirlo entre los gobiernos locales. Este sistema de cobro, en consecuencia, ELUDE LA DISTRIBUCIÓN POR COPAR-TICIPACIÓN, con el consiguiente perjuicio de los municipios, que ven menguados sus ingresos.

Desde la Unión Cívica Radical venimos insistiendo con la necesidad de un sincera-miento en los impuestos provinciales. Porque DISCURSIVAMENTE se centran las pro-mesas de campaña en “la rebaja del 30%”, expresión engañosa, que no se condice con los números finales de los cedulones individuales, cuando hemos demostrado que acusan un aumento bastante importante. Y porque, además, el impacto de esta medida es que se recuperan los fondos mediante el desfinanciamiento a las comunidades locales. Tal lo denunciara el Foro de Intendentes Radicales, a través de su Vicepresidente Daniel Salibi: “(…) Normalmente, en los municipios entre el 42 y el 45 por ciento de la gente paga la cuota anual, pero este año se redujo al 27 o 28 por ciento. Significaría apenas un incre-mento del 2,5% en comparación con igual período del año anterior. Debe recordarse en este contexto que en los últimos meses las comparaciones interanuales siempre dieron subas mayores al 30 o 35% por lo que ese 2,5% implica un grave retroceso, sobre todo si se tiene en cuenta que la inflación real del país es superior a 25% en el último año.” La recaudación propia del estado provincial y los fondos que llegan de la Nación no aumen-taron de la manera prevista en febrero y eso ha impactado negativamente en el reparto.

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Para muchos gobiernos locales este fenómeno que se dio a nivel provincial también tuvo su correlato local, puesto que la recaudación propia de los dos primeros meses de 2012 no ha sido tan buena como se esperaba y el incremento interanual fue menor a lo que se pre-veía. Mientras el año anterior en los dos primeros meses se entregaron de coparticipación provincial 425.408.573 pesos, en lo que va de 2012 la suma llegó a 549.671.887 pesos. La diferencia de más de 124.263.3132 pesos implica el mencionado incremento de 29,5%. Tomando por caso, y a modo de ejemplo el Municipio de Río Cuarto, la coparticipación municipal registró un fuerte descenso en la segunda quincena de febrero y causó preocu-pación entre los intendentes. En Río Cuarto, la llegada de los fondos, que venía creciendo a un ritmo de casi el 38 por ciento anual, se estancó y en la última quincena apenas subió un 2,1 por ciento con respecto a 2011. A las cuentas de la Municipalidad llegaron 92.431 pesos más que hace un año, lo que marcó,en realidad, una caída si se tiene en cuenta que la inflación interanual superó el 20 por ciento. Hace un año, en la segunda quincena de febrero la Provincia le depositó a Río Cuarto 4.385.869 pesos en concepto de fondos co-participables. En los últimos días se depositó la segunda quincena de este año y el monto fue prácticamente el mismo: esta vez llegaron 4.478.300 pesos. (Río Cuarto, Córdoba. El Puntal.com- Jueves 15 de Marzo, 2012).

Estamos convencidos que necesitamos comenzar con un nuevo esquema en la forma de cobrar impuestos en la Provincia. Por ello, tomamos como Objeto del presente las modificaciones a la Ley 8663 que debemos discutir y plantearnos, y que en esencia viene a plantear (de modo relativo) un reordenamiento del sistema. Incorporamos entonces, los “fondos especiales”, como los vigentes: fondo de mantenimiento de red firme natural (Fo-MarFin), fondo de infraestructura y gasoductos (FRIG) ley 9703, y el fondo consorcios canaleros (FoCC), al sistema compartido por los diversos órdenes de gobierno.

En atención a la normativa constitucional, y a rigor de verdad, son cargas impositivas que deben incorporarse a la citada Ley 8663, y que, por su naturaleza impositiva, no pue-den ser resueltos de manera unilateral (y arbitraria) por el Poder Ejecutivo, como tampoco pueden ser materia factible de delegación al Poder Ejecutivo.

Por estos motivos y los que se expondrán al momento de su tratamiento, es que solicita-mos a Legisladores y legisladoras demos aprobación al presente Proyecto de Resolución.

Fdo.: Luis Brouwer de Koning – Orlando Arduh

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Expte. 9031/L/12

LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBASANCIONA CON FUERZA DE LEY

CONSTITUCION DEL ENTE INTERJURISDICCIONAL PARA EL TRATAMIENTO Y DISPOSICIÓN FINAL DE LOS RESIDUOS

SÓLIDOS URBANOS

Artículo 1.- CONFÓRMESE el ENTE INTERJURISDICCIONAL, en adelante EI-MEREC, para el tratamiento y disposición final de los residuos sólidos urbanos del Área Metropolitana de la ciudad de Córdoba y demás atribuciones conforme los alcances pre-vistos en la presente Ley.

Artículo 2.- ESTABLÉCESE que el Gobierno de la Provincia de Córdoba y la Munici-palidad de Córdoba, a través de los titulares de los Departamentos Ejecutivos correspon-dientes, suscribirán el instrumento legal pertinente para la operatividad del EIMEREC, que será una persona jurídica autárquica o una Sociedad del Estado. Las partes tendrán igual participación y deberán acordar los términos y los procedimientos que por ley co-rrespondan, respecto al funcionamiento del EIMEREC.

Artículo 3.- SERÁN objetivos del EIMEREC: a) Gestionar de manera integral el tra-tamiento y disposición final de los residuos sólidos urbanos domiciliarios y asimilables, públicos y privados, producidos en el Área Metropolitana, definiendo las acciones y des-tinando los recursos que permitan una adecuada gestión de los mismos, cumpliendo los estudios de selección de sitios, caracterización y determinación de generación por fuente, estudios de alternativas de tratamiento y disposición final de residuos sólidos urbanos que propicien la valorización de los desechos y la gradual minimización de los residuos sólidos urbanos destinados a enterramiento sanitario, programas de controles y monito-reos ambientales, planes de contingencias, programas de relaciones con la comunidad, desarrollo de anteproyectos, proyectos ejecutivos, operación y demás acciones en cum-plimiento de la normatividad que rige en la materia; b) Participar, planificar, proyectar y/o ejecutar, por sí o mediante contratación con terceros, la gestión de Residuos Sólidos Urbanos generados fuera del Área Metropolitana; c) Establecer las tarifas y requisitos que deberán cumplir las municipalidades o comunas y terceros generadores que decidan realizar la gestión de sus residuos con el EIMEREC.

Artículo 4°.- DEFÍNASE el Área Metropolitana de la ciudad de Córdoba, como toda el

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área comprendida dentro del radio de 75 Km. contados desde la Plaza San Martín de la ciudad de Córdoba.

Artículo 5°.- EL EIMEREC deberá establecer estatutariamente el capital social y el modo de funcionamiento para el logro de los objetivos establecidos, los detalles que ha-gan a la composición de su capital social y activos, los establecimientos, recursos huma-nos y equipamiento necesario para su puesta en marcha y operación, y las modalidades y mecanismos de participación del resto de Municipios y Comunas del Área Metropolitana.

Artículo 6°.- LA duración del EIMEREC será de 40 (cuarenta) años a partir de la fecha del Acta Constitutiva.

Artículo 7°.- EL EIMEREC tendrá plena capacidad legal para actuar como persona jurídica de derecho privado, pudiendo realizar toda clase de actos jurídicos y operaciones cualquiera sea su carácter legal, incluso aquellas de índole financiera que hagan directa o indirectamente al cumplimiento del objeto del mismo.

Artículo 8°.- EL EIMEREC contará además con los siguientes recursos:

a) Los fondos que destinen, con carácter de préstamo, la provincia de Córdoba, la Mu-nicipalidad de la ciudad de Córdoba y, eventualmente, otros socios que se incorporen al EIMEREC, para el cumplimiento del objeto social.

b) Los préstamos que obtenga del Estado Nacional, organismos nacionales e interna-cionales.

c) Los honorarios que se perciban por tareas de asesoramiento e información que brinde a terceros en cuestiones vinculadas a su objeto social.

d) Las tarifas que perciba por tratamiento y disposición final, por recuperación y/o trans-formación de residuos (incluida la venta y/o comercialización de recuperos), por venta de energía y bonos de carbono, y cualquier otra tarifa que a efectos del cumplimiento del objeto social establezca el EIMEREC.

e) Los fondos de reserva que se creen con el producido de las operaciones societarias.

f) El producido de la venta, locación, usufructo o concesión de los bienes muebles, se-movientes e inmuebles de su propiedad.

g) Donaciones y legados.

h) Las rentas o resultados financieros relacionados a operaciones de plazo, vinculadas a productos o derivados financieros que se encuentren asociadas con la comercialización de Bonos de Carbono en mercados nacionales e internacionales.

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Artículo 9°.- EL EIMEREC será dirigido y administrado por un Directorio compuesto de TRES (3) miembros quienes durarán en su función hasta tanto los Departamentos Eje-cutivos respectivos revoquen su mandato. Correspondiéndole a la Provincia de Córdoba y a la Municipalidad de Córdoba designar un Director Titular y un Suplente cada uno de ellas y, de común acuerdo, designarán al tercer Director Titular Técnico. El Director Titular Técnico deberá cumplimentar con requisitos profesionales y antecedentes de opo-sición necesarios para cumplir adecuadamente con las funciones.

Artículo 10°.- EL EIMEREC fijará domicilio legal en Ciudad de Córdoba, provincia de Córdoba. El EIMEREC podrá instalar agencias, sucursales, establecimientos o cual-quier clase de representación en localidades y ciudades de la provincia de Córdoba y del resto del país.

Artículo 11°.- DE FORMA.

Fdo.: Luis Brouwer de Koning – Orlando Arduh.

FUNDAMENTOS

A través de los principios rectores para la preservación, conservación, defensa y me-joramiento del ambiente establecidos en la Ley General del Ambiente (Ley Provincial Nro. 7343), se establece que la Autoridad de Aplicación ( hoy Secretaría de Ambiente), regulará, en coordinación con los restantes organismos de la Provincia, la evacuación, tra-tamiento y descarga de residuos sólidos urbanos en el ámbito de la Provincia de Córdoba, contribuyendo a la protección del medio ambiente coordinando la política de residuos con las políticas económica, social y territorial, buscado lograr su mejor tratamiento e incen-tivando su reducción en origen, priorizando la reutilización, reciclado y valorización de los residuos sobre otras técnicas de gestión.

Por otra parte, y a los efectos de lograr un manejo adecuado de los residuos sólidos urbanos en la provincia de Córdoba, la Ley Provincial Nro. 9088, establece entre sus objetivos “Alentar la formación de sistemas corporativos o asociativos con la finalidad de intervenir en el proceso de recolección, clasificación, reutilización, transporte y destino transitorio o final de los residuos”.

En acuerdo con el artículo 4 de la Ley citada en el párrafo anterior, la Autoridad de Aplicación establecida en la misma, actualmente la Secretaría de Ambiente de la Provin-cia, tiene entre sus atribuciones “Favorecer la integración intermunicipal y la creación de entes interjurisdiccionales orientados a la gestión de los residuos”.

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Asimismo, la Ley General del Ambiente, Ley Nacional Nro. 25.675, que establece los presupuestos mínimos para el logro de una gestión sustentable y adecuada del ambiente, la preservación y protección de la diversidad biológica y la implementación del desarrollo sustentable; fija la necesidad de establecer un ordenamiento ambiental, el que se genera mediante la coordinación interjurisdiccional entre los municipios y las provincias.

Los residuos de carácter sólido urbano, tienen hoy una importancia sustantiva en las políticas de gestión de nivel municipal y comunal en el ámbito de la Provincia de Córdo-ba. Ello es así por la significancia que tiene el adecuado manejo de estos residuos en los presupuestos públicos y por el efecto adverso que implica un manejo inadecuado tanto sobre las condiciones ambientales de la región como sobre la salud de la población.

Los tiempos de gestión y solución de los aspectos relacionados al tratamiento de los RSU superan largamente los tiempos políticos de una gestión comunal, municipal o pro-vincial. En efecto cualquier solución duradera y estable en materia de tratamiento y dis-posición final de los RSU se encuentra en escalas temporales de 3 a 4 décadas, por lo cual la respuesta que se diseñe e implemente en esta materia deberá disponer de los reaseguros institucionales, ambientales¸ legales y políticos tal que permitan a los ciudadanos gozar de seguridad y certidumbre respecto del futuro de su entorno y en definitiva del planeta.

Por ello, consideramos al ámbito provincial, el nivel político adecuado para llevar ade-lante una gestión integral de los residuos sólidos urbanos, sean éstos carácter municipal o de cualquier origen, a través de la articulación económica y ambiental de los diferen-tes núcleos urbanos que converjan territorialmente, con el objetivo de reducir costos de traslado y de tratamiento y disposición final; la tecnología de tratamiento más adecuada y analizar el lugar físico de la región predeterminada, que reúna las mejores condiciones ambientales y sociales para ubicar el lugar de tratamiento y disposición final de los resi-duos y demás sistemas asociados.

Por otro lado, resulta de público conocimiento la voluntad del Gobierno Provincial y de la Municipalidad de Córdoba, acordar la creación de una entidad u organismo que tome a su cargo la solución del tratamiento y disposición final de los residuos sólidos urbanos que se generen en el Área Metropolitana de la Ciudad de Córdoba, resultará en benefi-cio de esta decisión contar con una ley que avale la creación de un Ente o Sociedad del Estado que permita de manera urgente instar a la suscripción del acuerdo para la puesta en marcha del trabajo mancomunado de selección de sitio, estudios de caracterización de desechos y análisis, evaluaciones y definición de la tecnología más adecuada tendiente a la minimización de los volúmenes derivados a enterramiento sanitario controlado.

Entendiendo que esta decisión comunicada a través de los medios masivos de difusión debe quedar plasmada con la celeridad que la problemática demanda, y al contar con el apoyo legislativo mediante la ley que se propicia entendemos le imprimirá al tema la impronta que la gestión de Residuos Sólidos Urbanos amerita y que la sociedad reclama.

Fdo.: Luis Brouwer de Koning – Orlando Arduh.

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Expte. 9459/L/12

LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA SANCIONA CON FUERZA DE LEY

Artículo 1.- CRÉASE en el ámbito del Ministerio de Agricultura, Ganadería y Alimen-tos el CONSEJO ASESOR AGROPECUARIO DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA.

Artículo 2.- El Consejo actuará como órgano de consulta y asesoramiento del Poder Ejecutivo para la gestión del gobierno en las cuestiones vinculadas al desarrollo del sector agropecuario.

Artículo 3.- El Consejo estará integrado por un (1) representante Titular y un (1) re-presentante Alterno de cada una de las Entidades Agropecuarias con representación en la Provincia, de los Colegios Profesionales e Instituciones Públicas Provinciales y/o Nacio-nales vinculadas directamente con el sector.

Artículo 4.- Las decisiones que el Consejo adopte serán por simple mayoría de votos de los miembros titulares presentes, siempre que la fecha y hora de la sesión esté debida-mente notificada por la autoridad competente.

Artículo 5.-El desempeño de los integrantes del Consejo será ad-honorem.

Artículo 6.- El Consejo tendrá funciones como:

• Recomendar al Poder Ejecutivo Provincial las acciones que sirvan para mejorar el sistema de producción y comercialización de los productos agropecuarios.

• Asesorar al Gobierno Provincial sobre la situación del sector y la incidencia de las medidas que sobre el mismo se tomen.

• Buscar consenso sobre las propuestas que se presenten en los ámbitos regionales, pro-vinciales o nacionales desde el Gobierno Provincial.

Artículo 7.- Las decisiones y/o recomendaciones que tome el Consejo deberán funda-mentarse. Las mismas serán tomadas en consideración como acuerdo de consenso entre los sectores que lo conforman al momento de adoptar acciones por parte del Ministerio.

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Artículo 8.- El funcionamiento del Consejo será establecido por un reglamento interno que élmismo dicte.

Artículo 9.- La Autoridad de Aplicación de la presente Ley será el Ministerio de Agri-cultura, Ganadería y Alimentos de la Provincia.

Artículo 10.- El Poder Ejecutivo Provincial, a través del Ministerio de Agricultura, Ganadería y Alimentos, proveerá al Consejo la infraestructura para su funcionamiento.

Artículo 11.- Deróguese toda norma que se oponga a la presente Ley.

Artículo 12.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

Fdo.: María Matar – Luis Brouwer de Koning – Orlando Arduh

FUNDAMENTOS

Por medio de este Proyecto de Ley se propone la creación del CONSEJO ASESOR

AGROPECUARIO DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA destinado a generar, desde el Gobierno Provincial, un espacio de participación entre los distintos actores que con-forman el sistema productivo agropecuario de la Provincia, con el objeto de consensuar políticas activas para su desarrollo.

La Constitución de la Provincia de Córdoba, en los artículos 33 y 125, establece el Consejo de Partidos Políticos y el Consejo Económico y Social respectivamente. Estos organismos tienen por objetivo generar propuestas, formular planes y desarrollar ideas para aplicar en la provincia, con el fin de establecer acciones concretas en beneficio de la ciudadanía.

La posibilidad de que el Consejo Asesor Agropecuario de la provincia sea creado por Ley,

garantiza que el mismo perdure por sobre los gobiernos y no que pueda ser creado o abolido a merced del Ministro de Agricultura del gobierno de turno. De esta manera, se pueden elaborar políticas de largo plazo que atiendan temas trascendentales como: el aumento constante de la demanda de alimentos en los mercados productores de materias primas; la innovación tecnológica en el sector para marchar a la vanguardia de los países productores de bienes primarios; la posibilidad de asesorar a los productores en materia

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de elaboración, conservación, sanidad alimenticia y comercialización de sus productos; y, por sobre todas las cosas, que las entidades agropecuarias conjuntamente con el minis-terio respectivo, cuenten con un espacio para construir el diálogo, generar ideas, buscar consenso y establecer acciones orientadas a solucionar problemas de los productores ru-rales.

Por lo antes expuesto, y convencidos que para asegurar una efectiva inserción de los productos agropecuarios en la provincia en los exigentes mercados nacionales e interna-cionales, es necesario que este importante organismo de asesoramiento para el gobierno provincial sea creado por ley, por lo cual solicitamos la aprobación del presente proyecto.

Fdo.: María Matar – Luis Brouwer de Koning – Orlando Arduh

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Expte. 10635/L/12

LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA SANCIONA CON FUERZA DE LEY

Artículo 1º.- Deróganse dentro del TÍTULO DÉCIMO PRIMERO DEL LIBRO PRI-MERO denominado “EJECUCIÓN FISCAL” los Arts. 140; 141; 142 y 144 de la Ley 6006 Código Tributario.

rtículo 2º.- Las medidas cautelares que los procuradores del Fisco de la Provincia hayan dispuesto y trabado en virtud de los artículos que se derogan por la presente y hasta la fecha de promulgación de la misma, tendrán plena validez, sin perjuicio de que los jue-ces de la causa revisen en cada caso su regularidad y procedencia en orden a los demás recaudos exigibles.

Artículo 3º.- De forma.

Fdo.: Orlando Arduh – Anselmo Bruno – Beatriz Pereyra

FUNDAMENTOS

En Diciembre de 2004 se sancionó la Ley 9201 modificatoria del Código Tributario de la Provincia (Ley 6.006) por la cual se otorgó a los Procuradores del Fisco de la Provincia la facultad de disponer y trabar medidas cautelares sobre los bienes del responsable eje-cutado sin la participación previa de la autoridad judicial pertinente.

Que dichas disposiciones fueron similares a las dictadas por el Congreso de la Nación mediante ley 25.239 que en su Art. 18 inc. 5º sustituyó el texto del Art. 92 de la Ley 11.683.

El bloque de la U.C.R. en oportunidad del debate parlamentario de la Ley 9.201 dejó ex-presamente sentado que las facultades que se otorgaban por los artículos cuya derogación se propicia, claramente vulneraban la Constitución Nacional y Provincial.

Que la Corte Suprema De Justicia de la Nación en el Fallo recientemente dictado en los autos caratulados “- AFIP C/ INTERCORP S.R.L. S/ EJECUCIÓN FISCAL”- se ha pro-nunciado declarando la “inconstitucionalidad” del inc. 5 del Art. 18 de la Ley Nº 25.239, sustitutivo del Art. 92 de la Ley 11.683, expresando con meridiana claridad “que la actual redacción del Art. 92 de la ley 11.683 contiene una inadmisible delegación, en cabeza del Fisco Nacional, de atribuciones que hacen a la esencia de la función judicial. En efecto

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el esquema diseñado en el precepto, al permitir que el agente fiscal pueda, por sí y sin necesidad de esperar siquiera la conformidad del juez, disponer embargos, inhibiciones o cualquier otra medida sobre bienes y cuentas del deudor, ha introducido una sustancial modificación del rol del magistrado en el proceso, quien pasa a ser un mero espectador que simplemente es “informado” de las medidas que una de las partes adopta sobre el patrimonio de su contraria”…

Asimismo, reconocer y destacar la necesidad que tienen los estados de establecer pro-cedimientos destinados a garantizar la normal y expedita percepción de la renta pública, nunca pueden recurrirse a instrumentos que quebrantan el orden constitucional”. “Es que la mera conveniencia de un mecanismo para conseguir un objetivo de gobierno -por más loable que este sea- en forma alguna justifica la violación de las garantías y derechos consagrados en el texto constitucional”.

El máximo cuerpo sostiene que: “otorgar a los funcionarios del organismo recaudador la potestad de disponer y trabar unilateralmente medidas cautelares, en la medida en que no se adecua a los principios y garantías constitucionales de la división de poderes, la defensa en juicio y la propiedad, es inconstitucional”.

Que asimismo y con un alto criterio de responsabilidad institucional por las conse-cuencias que el presente proyecto trae aparejado en el Art. 2º del mismo se le da se-guridad y certeza jurídica a las medidas adoptadas con anterioridad a la vigencia de la presente, coincidiendo con el criterio de la Corte en el fallo citado cuando expresa: “… resulta necesario admitir la validez de las medidas cautelares que, al amparo de las disposiciones del Art. 92 de la ley 11.683, los funcionarios del Fisco Nacional hayan dispuesto y trabado hasta el presente, sin perjuicio de que los jueces de la causa revisen en cada caso su regularidad y procedencia en orden a los demás recaudos exigibles.

En cambio, no habría justificación alguna para dejar subsistentes medidas precautorias dispuestas por los funcionarios de la AFIP con posterioridad a la presente sentencia puesto que a partir que esta Corte se pronuncia declarando el vicio constitucional…”

Que asimismo es urgente la necesidad del dictado de la presente norma, por cuanto la vigencia de los artículos cuya derogación se propicia, genera en los funcionarios públi-cos, fundamentalmente los del Registro General de la Propiedad, la disyuntiva de cum-plir o no las disposiciones de una ley cuyo contenido ha sido declarado inconstitucional por el máximo Tribunal de la Nación. Que asimismo provoca un desgate jurisdiccional inútil pues ocasiona la interposición de los respectivos.

recursos procesales por parte de los afectados, cuyo resultado teniendo en cuenta el criterio de la Corte es de aplicación obligatoria por parte de los jueces de todo el país y un gasto inútil en contra del erario público, por cuanto deberá cargar con las costas que ocasione el incidente de inconstitucionalidad.

Que al respecto es sintomático el distinto criterio adoptado por el Gobierno Nacional y el Poder Ejecutivo Provincial, el primero de ellos por intermedio de la AFIP dictó la Resolución Nº 250/2010 por la cual reglamentó la actividad de sus procuradores de

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acuerdo a lo resuelto por la Corte Suprema de Justicia de la Nación, en cambio el Go-bierno de la Provincia hasta la fecha no ha dictado resolución alguna y sus procuradores siguen actuando como si el fallo de la Corte no existiera.

Por todo ello y por las razones que daremos en el recinto solicitamos la aprobación del presente proyecto de ley.

Fdo.: Orlando Arduh – Anselmo Bruno – Beatriz Pereyra

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1 – EL FOVICOR EN EL MARCO DE LA POLÍTICA HABITACIONAL

Hay voces -algunas con un cierto nivel de ingenuidad y otras con una clara intencionali-dad política- que pretenden reducir una materia tan sensible como la política habitacional, al problema del aumento de las cuotas (ART 7), que si bien reviste trascendental impor-tancia -sobretodo por las consecuencias que traerá aparejada a los Intendentes y Jefes comunales de la Provincia en concepto de coparticipación-, no agota la multiplicidad de cuestiones que hacen a la compleja relación entre Hábitat y Derechos Humanos, relación tan deteriorada en nuestra Provincia.

Sería aún mayor ese reduccionismo analítico, si valoramos solo la implicancia económi-ca-financiera de este proyecto sin considerar su construcción jurídico-política en función de derechos y la construcción institucional de los niveles de descentralización -transfe-rencia de poder y recursos- de la misma hacia la población involucrada.

La que plantea este Proyecto es una posibilidad realmente importante, debido a su natu-raleza raigal para repensar como fortalecer la dimensión social del derecho a la vivienda y su intrínseca conexión con la mejora de la condición humana, aun cuando los signos no sean augúrales para nosotros, ya que estos postulados desde hace ya más de una década que se están extraviando.

Pero para llevar esta tarea a cargo se nos impuso una decisión previa. ¿Qué aspectos debían motivar el contenido de esta exposición?

Porque como veremos a continuación, existe una multiplicidad enorme de factores que convergen en este Proyecto, grávidos todos ellos de riqueza conceptual y que se ofrecen para la meditación y el análisis.

De allí que la primera parte, luego de presentar toda la legislación Supranacional, Fe-deral y Provincial, analizamos sucintamente los distintos paradigmas de políticas habita-cionales y cuales se aplicaron en la Provincia de Córdoba desde el regreso de la Demo-cracia. En una segunda etapa descriptiva, es decir una vez propuesto el escenario teórico, presentamos informes de la situación actual de la Provincia y cuál es la eficacia de las políticas llevadas a cabo por Unión por Córdoba en defensa de los intereses colectivos comprometidos con el acceso a la vivienda.

Por último es importante reiterar que el análisis de este Proyecto debe ser abordado desde una perspectiva amplia, que incorpore no solamente los aspectos relacionados a la construcción de viviendas, sino también aquellos aspectos relacionados al hábitat. No puede ser la vivienda pensada sin el conjunto de servicios e infraestructura en la que está inscripta, ni sin tener en cuenta su localización en el espacio o el tipo de interacciones sociales que se desarrollan en su interior. Aspectos todos que están implicados en la no-

FOVICOR

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ción de hábitat.

2 - POLÍTICA HABITACIONAL Y DERECHOS HUMANOS

Estándares legales:

Como bien dice la fundamentación al Proyecto “las convenciones internacionales -que integran el Bloque de Constitucionalidad Federal-, han rescatado la dimensión social del derecho a la vivienda y su intrínseca conexión con la mejora de la condición humana”

* En tal sentido, la importancia que reviste el derecho a la vivienda en la Constitución Nacional, se observa desde el Preámbulo donde se ha incluido dentro de los objetivos fijados por los constituyentes, el de promover el bienestar general, pero es a consecuencia de la Convención Constituyente del año 1957, que establece en su ART 14 bis -párrafo 3ro.-: “El Estado,...otorgará los beneficios de la Seguridad Social, que tendrá carácter de integral e irrenunciable. En especial establecerá: ... la protección integral de la fami-lia, la defensa del bien de familia...y el acceso a una vivienda digna.”

A partir de la reforma constitucional de 1994, en el Capitulo relativo a las atribuciones del Congreso ART 75 INC 22 y 24, se le ha otorgado a una serie de Tratados de Derechos Humanos jerarquía constitucional, no derogando artículo alguno de la primera parte de la Constitución y debiendo entendérselos complementarios de los derechos y garantías por ella reconocidos.

3 - DISTINTOS PARADIGMAS DE POLITICAS HABITACIONALES EN LA PROVINCIA DE CORDOBA

A) La distinta respuesta estatal frente al déficit habitacional:

El rol del Estado frente a los asentamientos informales y cual es su política habitacional es uno de los aspectos centrales en la configuración del fenómeno abordado. El Estado es en este sentido un actor privilegiado en la medida en que a través de la elaboración e implementación de políticas habitacionales, interviene en el proceso de construcción de la ciudad y las condiciones sociales de su apropiación.

A lo largo del tiempo las acciones por parte del Estado -como la presente propuesta- asumieron diversas modalidades, algunas con mayor eficacia que otras, por ello este es el camino que debemos desandar en pos de interpretar cual será el alcance y sentido del FOVICOR dentro de la Provincia de Córdoba.

A – 1) Las Políticas de primera generación se centraron en la construcción de viviendas planificadas, financiadas y construidas por el Estado de manera centralizada. De este modo, se configura una política cuyo móvil principal, es la asociación de la re-producción del capital con la reproducción política. El alcance de estas políticas tuvo un nivel de respuesta a las instancias sociales muy deficiente. Su volumen total nunca llegó a “resolver” más que el 15 por ciento de la demanda social.

Como características de este sistema implementado a partir de mediados de la década

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del 40 podemos señalar: A) Su financiación con fondos públicos, con muy bajo o prácti-camente sin recupero. B) La planificación de la intervención y el proyecto realizado el Po-der Ejecutivo en forma absolutamente centralizada (Centralización política y centraliza-ción territorial), C) La construcción es realizada por las grandes empresas constructoras.

A – 2) La segunda generación de políticas hizo foco no sólo en la vivienda sino en soluciones habitacionales integrales convocando a distintos actores políticos y sociales, para dar una respuesta integral a la problemática del hábitat.

Una característica fundamental de esta segunda generación de políticas habitacionales la encontramos claramente en el Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales –órgano de aplicación del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Cul-turales, (ya citado en el marco legal) que es la de “Participación de los distintos sectores afectados en el diseño de las políticas públicas y descentralización política, administra-tiva y territorial”

La intervención del Estado debe tener especial consideración de la acción comunitaria, es decir, la intervención directa de los sectores involucrados. Al respecto, y principalmen-te en lo referente a los derechos sociales, la participación del Poder Legislativo, Las Ciu-dades y Municipios y los propios grupos de individuos resulta imprescindible a los fines de realizar diagnósticos y proponer soluciones creativas frente a situaciones concretas de violación a los derechos económicos, sociales y culturales.

Según la experiencia del Comité mencionado, es poco probable que sea eficaz una po-lítica o un programa que se formule sin la participación activa de los afectados o sin su conocimiento de causa.

También categoriza a estas políticas: A) La necesidad de financiamiento concurrente, que puede ser con fondos públicos u otras fuentes, pero por el principio de Solidaridad, con recupero parcial o total de la inversión. B) La decisión y planificación que suele ser centralizada, pero se da con distintos grados de participación de la población. C) La asis-tencia técnica es brindada por los municipios, en colaboración con pequeñas empresas locales, cooperativas, o los usuarios organizados. La asignación social, en este caso es preacordada dado que el proyecto es gestado en respuesta a una demanda específica. Por lo tanto el usuario se constituye en un receptor activo, con diferentes grados de implica-ción en el proceso.

A - 2 - II.) El caso de Córdoba durante los Gobiernos Radicales 1983 - 1999

Un ejemplo privilegiado de este segundo tipo de políticas fue la implementación de la “Mesa de Concertación de Políticas Sociales”. La Mesa fue conformada en 1992 por el Estado Provincial, el Municipio, cuatro Organizaciones no Gubernamentales (SER-VIPROH, SEHAS, CECOPAL y la Mutual Carlos Mugica) y la U.O.B.D.S -Unión de Organizaciones de Base por los Derechos Sociales- una articulación sectorial constituida por 110 cooperativas, mutuales y asociaciones, en representación de los sectores pobres urbanos organizados de la ciudad de Córdoba.

La Mesa surgió como un espacio para elaborar e implementar políticas sociales, desde

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una perspectiva que involucraba múltiples actores en un escenario de negociación con el Estado. En los años de duración de la Mesa se desarrollaron alrededor de 270 proyectos en el campo del hábitat popular, con una inversión de alrededor de 17 millones de pesos/dólares, que beneficiaron aproximadamente a 70 barrios.

De esta manera la resolución efectiva de necesidades habitacionales de los sectores populares, las prácticas de planificación, ejecución y evaluación de los proyectos y la negociación con diversos funcionarios estatales, quedaban a cargo de las organizaciones de base y las ONG’s involucradas en la mesa.

Mediante los Programas establecidos en el período que van desde 1983 hasta 1995 se entregaron 33.407 viviendas nuevas y refaccionaron 11.012. En esa primera etapa del gobierno del Dr. Eduardo Cesar Angeloz se construyeron más del doble de viviendas que en los anteriores 75 años.

Durante el periodo del Dr. Ramón Bautista Mestre en apenas 4 años se construyeron más de 20.322 viviendas, constituyendo un hito en la historia de la Política Habitacional en la Provincia de Córdoba. Mediante Proyectos como el FOVICOR se planificaron des-de el nivel provincial, pero dando a los municipios los aspectos referidos a la ejecución del cupo presupuestario y su asignación a las entidades intermedias, decenas de miles de viviendas en toda la Provincia de Córdoba.

La cercanía de la población a los gobiernos locales, es decir la inmediatez política entre la ciudadanía y la dirigencia, permitió a los interlocutores de la sociedad civil, -que eran definidos desde el nivel provincial como los responsables de organizar a la demanda para acceder a las operatorias y ejecutar los proyectos-, abrir el juego de las relaciones sociales y políticas, obligando a tomar en cuenta actores que, a lo largo del proceso, se constituyen con una identidad y dinámicas propias. Estos diseños institucionales de modelos de ges-tión fueron factores imprescindibles para posibilitar lo que resultaron los procesos más exitosos en materia de acceso a la vivienda y mejoramiento del hábitat.

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A – 3) El Gobierno de Unión por Córdoba dio lugar a otro tipo de gestión en ma-teria de políticas públicas por parte del Estado en una tercera generación de políticas de vivienda. Las prácticas estatales dirigidas a este fenómeno estuvieron direccionadas por una concepción del desarrollo urbano.

Desde esta perspectiva toda la obra pública estuvo destinada a liberar el espacio urbano para plasmar una imagen de Provincia moderna. Las políticas estatales de vivienda se fo-calizaron entonces en la implementación de políticas de “relocalización” de los residentes de los asentamientos hacia barrios de vivienda social construidos por el sector público y de manera centralizada en la periferia de los pueblos y ciudades.

El caso paradigmático de este tipo de políticas se dio en la Ciudad de Córdoba mediante el “Programa Nuevos Barrios: Mi Casa, Mi Vida”. El mismo fue implementado a partir del año 2003, con el objetivo de “relocalizar” a un número importante de la población que se encontraba radicada en asentamientos informales.

Esta política consistió en la construcción de 12.000 viviendas, agrupadas en 14 “barrios-ciudades” con alguna infraestructura (agua potable, electricidad, alumbrado público) y equipamiento comunitario.

Este tipo de políticas que tuvo como eje la “relocalización” de los asentamientos en nuevos barrios ha mostrado fuertes limitaciones, las cuales han sido evidenciadas por diversos estudios. Entre las principales limitaciones mencionadas por dichos estudios cabe destacar el traslado compulsivo de los asentamientos de áreas urbanas hacia sectores periféricos.

Según el informe de UTPMP en los casos en los cuales se hizo efectivo el traslado de los asentamientos, el proceso de relocalización condujo al debilitamiento de los lazos socia-les que los sectores trasladados habían logrado construir en los asentamientos a lo largo del tiempo, lazos sociales que servían, aun en su precariedad, como vías para lograr la su-pervivencia colectiva y un cierto grado de inclusión social. Otro de los aspectos negativos de los procesos de “relocalización” fue la dificultad para acceder a las fuentes laborales, el costo y el tiempo de los traslados y la inaccesibilidad a las instituciones públicas.

En síntesis todas las políticas habitacionales de Unión Por Córdoba han desconocido la experiencia del FOVICOR – el IPV y la Mesa de Concertación y su concepción sobre el rol de los distintos actores (Poder Ejecutivo Provincial y Municipal - Legislativo, Ong´s, beneficiarios de los programas de vivienda) en la construcción de las soluciones habita-cionales.

El resultado de este proceso es una Provincia partida, dualizada, con la pobreza concentrada principalmente en el norte, reproduciendo y potenciando las desigual-dades sociales existentes.

Cabe también mencionar la cuestión de la heterogeneidad de la pobreza. Un entramado de factores de índole compleja, pueden establecer grandes diferencias en las condiciones que la pobreza asume. En este sentido, todo lo avanzado por la sociología en torno a los diferentes “capitales” constituye un buen ejemplo. Si tomamos el caso de lo acontecido

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con los “nuevos pobres” en Argentina, se observa este nuevo sujeto social no fue consi-derado por las políticas públicas.

“Además de registrar un incremento en el número de asentamientos nuevos, cabe destacar que en el 62% de los mismos hubo un fuerte crecimiento del número de fami-lias en el período 2001-2011.”

4) SITUACIÓN ACTUAL DE LAS POLÍTICAS HABITACIONALES EN LA PROVINCIA DE CÓRDOBA

A) Desresponsabilidad del Estado Provincial:

Según el estudio ya mencionado del año 2011 de UTPMP, en la Provincia de Córdoba hay en la actualidad 238 asentamientos, en los que residen 26.719 familias con un prome-dio de 112 familias por asentamiento. La ciudad de Córdoba concentra la mayor cantidad de asentamientos (119), los departamentos que le siguen en importancia son: Colón (23), Río IV (15), San Justo (13) y Punilla (11)

* (Los asentamientos son urbanizaciones producidas por los mismos sectores populares en su necesidad de producirse un hábitat. Estos son definidos como una agrupación de un mínimo de 8 familias contiguas, que no cuenten con acceso regular a al menos uno de los servicios básicos (agua potable, luz eléctrica y alcantarillado público) y que se encuentren en una situación irregular de tenencia del terreno.)

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Según los datos relevados en torno al tamaño de los asentamientos, predominan los asentamientos medianos (48,3%) y le siguen los macro (28,6) y los micro-asentamientos (28,2%)

Los datos de la encuesta reflejan que la ubicación de los asentamientos ha sido fre-cuentemente relacionada con la estructura de oportunidades de quienes los habitan, de esta forma las condiciones de subsistencia en los asentamientos ubicados en zonas rurales se ven agravadas por la dispersión, el aislamiento y la desarticulación del territorio rural con respecto a los centros más cercanos.

Los asentamientos informales en la ciudad de Córdoba no constituyen un fenómeno novedoso, por el contrario su persistencia a lo largo del tiempo los ha convertido en una parte importante del paisaje urbano.

Los 238 asentamientos de la provincia de Córdoba tienen su origen en la década del 40-50, durante el período de desarrollo industrial que atrajo una fuerte corriente migratoria rural, proveniente de las áreas deprimidas del norte, que llegaba a la ciudad en busca de oportunidades de empleo en la incipiente industria nacional.

Los nuevos migrantes, al mismo tiempo que lograban incorporarse a los sectores asala-riados, encontraban no obstante dificultades para acceder al suelo y a la vivienda. De esta manera junto con el proceso de industrialización empezaron a conformarse los primeros asentamientos denominados “villas de emergencia”. Esta denominación surge en relación al carácter transitorio que se pensaba iban a tener estas formas de hábitat popular como una etapa intermedia hacia un grado de mayor formalidad en relación a la vivienda y al mercado laboral (SEHAS: 2010)

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Tras la crisis económica y social de 2001-2002 se registró un período de reactivación económica producto de las inmejorables condiciones internacionales para los países de producción primaria (2004-2010) Esta circunstancia fue acompañada en Córdoba por la implementación de programas de vivienda dirigidos a los sectores populares. Entre ellos podemos mencionar el programa “Nuevos Barrios”, “Mi casa mi vida” (Inspirado en el Programa de la República de Brasil –aunque en la realidad lo único que tienen en común es el nombre- ya que allí se construyeron con este proyecto casi 3 millones de viviendas), el “Programa Nacional de Mejoramiento de Barrios (PROMEBA)” y algunas interven-ciones municipales y de otros organismos.

Además de registrar un incremento en el número de asentamientos nuevos, cabe destacar que en el 62% de los mismos hubo un fuerte crecimiento del número de familias en el período 2001-2011.

B) Los Programas De Vivienda Desarrollados por Unión por Córdoba:

Los datos de la encuesta revelan que sólo en el 16,8% de los asentamientos se ha regis-trado la implementación de algún programa de vivienda por parte del Estado. Pese a que la mayor parte de los referentes ha señalado que le gustaría participar de un programa de vivienda, en el 83,2% de los asentamientos se ha verificado la existencia de ningún programa.

El conjunto de programas registrados en proceso de ejecución al interior de los asen-tamientos son: “Programa de Sustitución de Viviendas Precarias y Erradicación del Mal de Chagas” (30,3%), “Programa de Mejoramiento de Barrios (PROMEBA)” (21,2%), “Programa Vida Digna” (15,2%), “Programa Federal de Construcción de Viviendas” (6,1%),“Programa Federal de Reactivación de Obras del FONAVI I y II” (6,1%),“Progra-ma Tierras para el Futuro” (6%),“Programa de Viviendas Cáritas Argentina” (6,1%),“Pro-grama de Mejoramiento Habitacional e Infraestructura Básica”(3%).

Es importante tener en cuenta que en el 62,5% de los casos el estado de las obras se encuentra activo mientras que en un 32% de los asentamientos las obras se encuentran inactivas.

PROYECTOS DE LEY

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MEMORIA ANUAL POLÍTICA PARLAMENTARIA

Como hemos visto hasta aquí la implementación de políticas habitacionales sigue sien-do una deuda pendiente para un grupo significativo de ciudadanos que aun hoy no cuenta con ningún programa de vivienda por parte del Estado.

5) CONSIDERACIONES FINALES

I - Importancia de las Políticas Habitacionales:

La vivienda no se puede considerar un objeto con un valor de uso simple. Todo lo con-trario, la vivienda constituye un valor de uso complejo, que es parte de una configuración compleja, conformada por los bienes y servicios que posibilitan habitar la Provincia, en un marco de integración económica, social y política.

Es también substancial destacar que las necesidades habitacionales se presentan en for-mas extremadamente dinámicas y esto colisiona fuertemente con la concepción estática (objetual) de la vivienda. Sin dudas, aquí radica buena parte de las razones del fracaso de las políticas habitacionales de Unión por Córdoba que se pretenden componer a partir de la implementación del Proyecto FOVICOR.

II – Importancia del Dialogo Político:

Nuestra Provincia, acusa más de una década de retraso en todos los órdenes. Lo que tipifica una cultura sin carácter para proyectar los anhelos de todos los cordobeses.

Doce años de desgobierno, discursos falaces, obras públicas innecesarias que se degra-dan en su esencia y materialidad, un Estado transformado en una inmensa maquinaria de asistencialismo y propaganda, una deuda pública incrementada sin control y sin dejar nada a cambio, la reiterada imposición de nuevas “tasas” regresivas que afectan a los sectores mas vulnerables y la falta absoluta de políticas habitacionales y de acceso a una vivienda digna, demuestran el fracaso del modelo del gobierno provincial.

Conocemos esta realidad, el radicalismo se opone diariamente desde sus Bancas, desde sus comités, pero no podemos restringir, utilizando argumentos simplemente electora-listas, la posibilidad del acceso a una vivienda digna para aquellos cordobeses que la necesitan.

No podemos reclamar al partido gobernante que estén dispuestos al diálogo si nosotros no estamos maduros como para aceptarlo.

“Hacer oposición” no significa utilizar a los sectores más vulnerables como variables de ajuste para alguna estrategia electoral o por simples ansias de figuración mediática.

Para defender la necesidad de este proyecto existen sólidos argumentos jurídicos y polí-ticos que justifican ampliamente su jerarquía de Política de Estado para la Justicia Social. Por eso debemos bregar con insistencia la posibilidad de debatir y modificar aquellos artículos que son ineludibles para lograr la implementación íntegra del FOVICOR.

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III - Importancia de la Descentralización:

Respecto a la construcción institucional de los niveles de descentralización del Proyec-to, se destaca el diseño del modo en que los distintos niveles de gobierno, tienen represen-tación e injerencia en la ejecución de la política en el territorio (ART 4).

Los municipios cuentan –por el principio de inmediatez política- con un mayor margen de acción para operar en relación con las características que deben reunir las políticas de viviendas a través de las pautas propias de localización en estos proyectos habitacionales.

La responsabilidad de planificar por parte de los municipios -ya que podría encontrar limitaciones en términos de recursos humanos para asumir el nuevo rol de ejecutor de las operatorias- debe ser acompañada por el Consejo Provincial de la Vivienda quien debería proveer recursos para personal, capacitación y todo lo requerido para las funciones que deben cumplir.

En esta transferencia de poder decisorio del estamento central a los gobiernos lo-cales, debe el radicalismo insistir en la participación activa y legitimada de las orga-nizaciones no gubernamentales (ONGs) que entienden en la materia, dentro de una mesa de participación o del mismo Consejo Provincial de la Vivienda.

Si la transferencia no es integral e incluye a las organizaciones de base no hay descen-tralización posible.

Esta propuesta de asociación entre gobierno y sociedad civil permite una administra-ción con participación social y abre un cauce a las demandas emanadas de las múltiples organizaciones populares que el radicalismo debe necesariamente contemplar.

IV – El Aumento de la Cuotas y sus implicancias en la coparticipación:

La cuestión del aumento de las cuotas (ART 7) tiene dos lecturas, la primera tiene que ver con la necesidad de actualizar valores que son francamente irrisorios y que lo han sido producto de las implicancias clientelares que predominaron en las políticas de acceso a la vivienda establecidas por el Gobierno. Esto crea la especulación que las viviendas deben ser “regaladas” lo que conlleva a una difícil situación, como es la de debilitar el Principio de la Solidaridad y Responsabilidad, aquel que obliga a los adjudicatarios a cumplir con una cuota realmente accesible para poder solventar la realización de otros proyectos a conciudadanos que están en la misma situación habitacional, en la que se encontraban ellos antes de ser beneficiarios (ART 3). También se debilita el principio solidario por la percepción negativa de la sociedad y sobretodo de sectores también vulnerables que encuentran a todas luces injusto la distribución de derechos y cargas sociales.

La segunda lectura tiene que ver con la forma de implementación que propone el Pro-yecto, es en este punto donde debemos prestar mayor atención ya que debemos tener en cuenta las enormes dificultades que encuentran los Municipios y Comunas -responsables mediante la afectación de parte de la coparticipación- de encontrar métodos eficientes para el cobro de las cuotas.

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Todo esto puede generar un impacto grave en las finanzas de los Municipios, por eso me permito sugerir que el radicalismo debe proponer que se modifique dicho artículo del proyecto, estableciendo que la actualización de las cuotas (LA CUAL DEBE SER PROGRESIVA Y DE BAJO IMPACTO) se trate al momento de la reglamentación (ART 5), incorporando la necesidad de participación del Consejo Provincial de la Vivienda y de las organizaciones sociales que repetimos deben ser integradas.

V – Inembargabilidad e Inejecutabilidad de la Vivienda Única:

Por último, en el análisis del (ART 6) surge con claridad la intención de llegar de la for-ma más rápida posible a la titularización registral del inmueble a favor del adjudicatario, lo que permite trabar sobre dicho bien la correspondiente hipoteca. En este punto el dic-tamen del Ente de Cooperación Recíproca de Municipios y Comunas de la Provincia de Córdoba, en opinión que compartimos, sugiere que la misma debería estar bancarizada, desobligándose de esta forma al Estado Provincial como al Municipal de la gestión de cobro de las cuotas.

Agrega el dictamen que deber ser tarea del Banco la ejecución en caso de mora. En este punto nos permitimos disentir, ya que el radicalismo como defensor de la Causa Popular no puede desconocer los principios del Constitucionalismo Social –paradigma que viene a complementar al Constitucionalismo Clásico- establecidos en el Artículo 58 de nuestra Carta Magna, a pesar que la CSJN declaró en aquella composición de mayorías automá-ticas, su inconstitucionalidad.

El presente proyecto -de filiación radical- debe sostenerse en los mismos principios jurídicos y políticos que defendió el Constituyente del 86 al dejar fuera la posibilidad de embargar o ejecutar la vivienda única.

Fdo.: Legislador Orlando Victor Arduh

TRABAJO PRESENTADO POR EL LEGISLADOR ARDUH EN EL MARCO DEL FRUSTRADO DIALOGO POLÍTICO CON EL

GOBIERNO PROVINCIAL.

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SEGUNDA PARTEProyectos de Resolución

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Expte. 10261/L/12

LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE CORDOBARESUELVE

Dirigirse al Poder Ejecutivo de la Provincia de Córdoba en los términos del artículo 102 de la Constitución Provincial para que, por intermedio de quien corresponda y en le plazo de siete días, informe sobre los siguientes puntos:

1- Indique, cuál es el motivo, del incumplimiento de los plazos del Contrato de Co-modato firmado por el Ministerio de Educación de la Provincia y el Club Atlético Los Cocos de dicha localidad, por medio del cual se cede el uso gratuito del inmueble del club donde funciona provisoriamente el I.P.E.A Nº 343.

2- Indique, por qué habiéndose cumplido los plazos estipulados del contrato de comodato el 30 de noviembre de 2011, sigue haciendo uso gratuito de las instalaciones violando el objeto mismo del contrato.

3- Informe el estado de las instalaciones y los planes a seguir, si los hubiere, para la reparación de las mismas, en el caso de no haber sido realizadas en el tiempo pactado.

4- Indique, por qué no se ha cumplido con las obligaciones nacidas en la relación contractual, habiendo incumplido con las clausulas estipuladas por ambos firmantes.

5- Informe los pasos a seguir, para la restitución del inmueble cedido, sus anexos y la debida indemnización si correspondiere al club por los daños ocasionados por el incumplimiento contractual.

Fdo.: Orlando Arduh

FUNDAMENTOS

Entre el Ministerio de Educación de la Provincia de Córdoba y el Club Atlético Los Cocos se firmó un contrato de comodato, comprometiéndose las partes a determinadas obligaciones recíprocas.

Por un lado el club Atlético los Cocos, se compromete a ceder en comodato, el uso gratuito de una porción del inmueble del club Atlético Los Cocos, que consta de seis aulas, tres baños, espacios para preceptoría, y Dirección, un hall de distribución y un escenario, una parcela de tierra para huerta, y dos canchas, una de fútbol y la otra de básquet. Y el Ministro de Educación, se compromete a recibir el inmueble cedido en comodato, en el estado de conservación en que se encuentra y a realizar las siguientes mejoras, como el arreglo de los tres baños, arreglo de las instalaciones eléctricas, de la impermeabilización de techos y aberturas de la cocina, entre otras tantas mejoras.

PROYECTOS DE RESOLUCIÓCIÓN

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La cesión del inmueble se produce por que allí, en la sede del club funciona de ma-nera provisoria desde el año 2007 el instituto I.P.E.A. Nº 343, los plazos del contrato se vencieron el 30 de noviembre de 2011, y no ha habido respuesta alguna del incum-plimiento por parte del Ministro de Educación, generando un doble perjuicio tanto para el club, que ha perdido gran parte de sus instalaciones las cuales podrían seguir siendo utilizadas para sus actividades, como de los alumnos del I.P.E.A Nº 343 que no tienen un establecimiento apropiado para el dictado de clases.

Por lo expuesto solicito el acompañamiento de mis pares en la aprobación de lo presente proyecto de resolución.

Fdo.: Orlando Arduh

PROYECTOS DE RESOLUCIÓN

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Expíe. 8604/L/12

LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE CORDOBARESUELVE

Dirigirse al Poder Ejecutivo en los términos del artículo 102 de la Constitución Provin-cial para que, por intermedio de quien corresponda y en le plazo de siete días informe sobre los siguientes puntos:

l. Cuál es la empresa adjudicataria (si la hubiere) para la realización de la Obra Ruta N° 26 tramo Villa Huidobro-Huinca Renancó su repavimentación y mantenimiento.

2. Si tiene conocimientos del estado de la ruta y del deterioro de la misma, y en el caso de la afirmativa que explicite de forma amplia cuáles son los motivos de la inacción por parte del organismo que corresponda.

3. Si, en el caso de existir empresa adjudicataria contratista o subcontratista, para reali-zar los arreglos correspondientes y el mantenimiento de la ruta en estado transitable, de motivos y explicite ampliamente las medidas que se tomaron y que se van a tomar desde el Ministerio correspondiente en el caso.

4. Cuál es, si hay una fecha cierta para el comienzo de la Obra Ruta Nº 26 tramo Villa Huidobro-Huinca Renancó.

Fdo.: Orlando Arduh

FUNDAMENTOS

La ruta provincial Nº 26 es la vía de acceso de varias localidades Cordobesas ubicadas en el sur de nuestra provincia, su realización es un viejo y ansiado deseo de los lugareños, ya que la culminación de la obra pondría fin con el aislamiento que sufre un amplio sector del Departamento General Roca.

La población y la zona rural, tiene un grave problema de caminos que no solo hace in-transitable la ruta sino que pone en peligro de manera diaria y constante la vida, ya que los baches, banquinas abandonadas, asfalto y pavimento deteriorado, hacen que transitarla sea toda una odisea. Por otro lado la falta de una ruta conectora con el resto de la provin-cia hace que ninguna empresa se pueda instalar en aquellos pueblos, a fin de dar trabajo, como así también y dentro de su actividad económica mas importante debemos tener en cuenta que es una zona agrícola ganadera donde se necesita una gran infraestructura para sacar la producción de los Campos Cosa que no ocurre y esto dificulta el crecimiento económico de la zona.

Por todo lo expresado es realmente urgente que la obra, comience de una vez por todas para llegar a hacer de la ruta N° 26 una vía segura para los que la transitan, y culminar con los anos de postergación a que se ven sometidos los ciudadanos de la región, que por otro

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MEMORIA ANUAL POLÍTICA PARLAMENTARIA

lado con su actividad agrícola ganadera tanto aportan al tesoro provincial.

Por lo expuesto solicito el acompañamiento de mis pares en la aprobación de lo presente proyecto de resolución.

Fdo.: Orlando Arduh

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Expte. 10250/L/12

LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBARESUELVE

Dirigirse al Poder Ejecutivo Provincial, en virtud de las facultades conferidas por el Art. 102 de la Constitución Provincial, para que a través de quien corresponda, y en el plazo de 7 (siete) días, informe sobre los siguientes puntos:

1) Indique si se ha cumplimentado con el objetivo propuesto para el año 2011 en el Art. 113, inciso c) punto 3) de la Ley Nº 9870 (Ley de Educación de la Provincia de Córdoba) en cuanto a la incorporación de 15 jefes de gabinete psicopedagógico.

2) Informe cuál es el criterio para distribuir eso jefes de gabinete en la Provincia de Córdoba.

3) Indique en qué proporción se ha cumplimentado la meta de 15 jefes de gabinete para el año 2012, y en qué lugares de la provincia se han distribuido.

4) Indique qué tipo de profesionales son incorporados a los gabinetes.

Fdo.: Orlando Arduh – María Matar

FUNDAMENTOS

Teniendo en cuenta la gran variedad de problemas que debe enfrentar cada institución escolar, y especialmente, los graves índices de deserción que delatan que la escuela hoy más que nunca necesita de medidas de acción que posibiliten atender a todas sus proble-máticas. La realidad nos indica que la violencia de género aumenta a pasos agigantados, al igual que las situaciones de desamparo y desatención por parte de los padres a sus hijos. Tampoco podemos dejar de lado la grave situación económica de gran parte de la sociedad que tiene acceso a la educación pública, lo cual incide directamente en los alum-nos que no tienen los cuidados mínimos necesarios para poder explotar todo su potencial intelectual.

Ante esto, creemos necesario e imprescindible que se cumplan rigurosamente las metas propuestas en la Ley Provincial de Educación Nº 9.870, puntualmente en el Art. 113, inciso c) punto 3) establece que se prevé reforzar los equipos profesionales de apoyo es-colar a través de la incorporación de sesenta y cinco (65) gabinetistas psicopedagógicos, conforme al siguiente detalle:

Año 2011:quince (15) jefes de gabinete psicopedagógico; Año 2012:quince (15) jefes de gabinete psicopedagógico; Año 2013:quince (15) jefes de gabinete psicopedagógico; Año 2014: diez (10) jefes de gabinete psicopedagógico, y Año 2015: diez (10) jefes de gabinete psicopedagógico.

Además, consideramos que los equipos profesionales de apoyo deben estar integra-

PROYECTOS DE RESOLUCIÓCIÓN

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MEMORIA ANUAL POLÍTICA PARLAMENTARIA

dos por profesionales psicólogos, fonoaudiólogos, psicopedagogos, asistentes sociales y licenciados en ciencias de la educación, distribuidos proporcionalmente de acuerdo a criterios equitativos y justos, de acuerdo a la realidad socio-económica de cada lugar de la Provincia.

Por todo lo expuesto, y por los motivos que oportunamente se darán al momento del tratamiento de este proyecto de resolución, es que solicitamos la aprobación del mismo.

Fdo.: Orlando Arduh – María Matar

PROYECTOS DE RESOLUCIÓN

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Expte. 9901/L/12

LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBARESUELVE

Dirigirse al Poder Ejecutivo Provincial, en virtud de las facultades conferidas por el Art. 102 de la Constitución Provincial, para que a través de quien corresponda, y en el plazo de 07 (siete) días, informe sobre los siguientes puntos:

1) Indique qué medidas preventivas se han tomado desde el gobierno provincial respecto de los crecientes casos de triquinosis producidos en la provincia de Córdoba.

2) Mencione si se han establecidos anillos sanitarios para evitar la propagación de esta

enfermedad. En caso afirmativo indique cuáles regiones comprenden.

3) Informe si en los lugares donde se han producido casos de triquinosis se tomaron me-didas correctivas a fin de eliminar la enfermedad y las posibles transmisiones de la misma.

4) Indique si la provincia ha desarrollado algún programa tendiente a dotar a los frigorí-ficos de elementos destinados a detectar la enfermedad. En caso afirmativo, mencione los programas y los resultados obtenidos.

Fdo.: María Matar – Orlando Arduh

FUNDAMENTOS

La triquinosis es una enfermedad transmitida por la ingesta de carne de cerdo cruda o mal cocida contaminada por el parásito trinchinella spiralis, cuya manifestaciones clínicas son variables: desde fiebre, dolor muscular intenso e hinchazón hasta signos gastrointes-tinales.

En el territorio provincial se han presentado numerosos casos de triquinosis, generan-do una profunda preocupación en la población. La zona más afectada es el centro de la provincia de Córdoba, abarcando parte de los departamentos Tercero Arriba, Río IV y Calamuchita donde, de no intervenir las autoridades sanitarias, estaremos en presencia de un epidemia que puede generalizarse al resto de la provincia.

El faenamiento de cerdos en lugares no autorizados y sin cumplir con los requisitos fi-tosanitarios mínimos, es un medio de propagación para que esta enfermedad se transmita, poniendo en riesgo la salud de la población.

Por todo lo expuesto, y por los motivos que oportunamente se darán al momento del tratamiento de este proyecto de resolución, es que solicitamos la aprobación del mismo.

Fdo.: María Matar – Orlando Arduh

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Expte. 9961/L/12

LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBARESUELVE

Dirigirse al Gobierno de la Provincia de Córdoba y por su intermedio al Sr. Ministro de

Educación Profesor Walter Grahovac, en virtud del Artículo Nº 102 de la Constitución Provincial, informe sobre la situación de la Escuela Ipet de Barrio Matienzo, en que peli-gra la continuación del actual ciclo lectivo.Fdo.: Luis Brouwer de Koning – Orlando Arduh

FUNDAMENTOS

Sra. Presidenta:

En la escuela IPET ubicada en Bº Matienzo de la ciudad de Córdoba esta peligrando

la continuidad del actual ciclo lectivo, en la modalidad secundaria con orientación técni-ca creada hace tres años por un ex titular de la Empresa Provincial de Energía.

El ciclo de estudios del año 2013 no podrán iniciarlo por falta de aulas y por fallas edili-cias del establecimiento, ubicado en calles Los Nogales y Días de la Fuente.

La escuela nueva prometida nunca se hizo y ninguna autoridad toma cartas en el asunto, lamentan los padres, en alusión a E.P.E.C. y a la cartera educativa.

Cuando se producen las precipitaciones se agravan los problemas edilicios e impera entre los alumnos, padres y docentes un estado de alta preocupación y desanimo.

El peligro que se presenta es que cuando llueve las paredes se electrifican asegura un padre. Otros afirman que las rajaduras y humedades agrandan su tamaño en un alto por-centaje.

Entre otros problemas, no hay salón para dar gimnasia bajo techo, según reconoce un profesor de educación física, ni espacio para brindar los talleres. Peor aún si un alumno quiere ir al baño deberá hacerlo saliendo al exterior.

Esto se debe que este establecimiento de nivel medio comparte los baños con el jardín de infantes “Miguel Angel Zavala Ortiz”, que colinda con al Ipet ubicado en calle Los Nogales y Díaz de la Fuente.

Las siglas Ipet, corresponden al Instituto Provincial de Educación Técnica, aunque este colegio es más conocido como el Colegio Técnico de E.P.E.C.

Su breve historia ilustra también sobre promesas que suenan a anuncios de improbable

cumplimiento.

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Orlando Arduh - LEGISLADOR PROVINCIAL

MEMORIA ANUAL POLÍTICA PARLAMENTARIA

La comunidad necesitaba un secundario con orientación en electricidad, electrónica y gestión

empresarial. En el 2009 pareció que se había logrado el objetivo, coincidían los padres de alumnos.

El colegio surgió por un convenio entre la EPEC y el Ministerio de Educación. Las cla-ses comenzaron provisoriamente en instalaciones de la Escuela República del Uruguay, pero ya es insuficiente, quedó chica y el año próximo será imposible dar clases.

Es por todos estos motivos que solicitamos el presente pedido de informes.

Fdo.: Luis Brouwer de Koning – Orlando Arduh

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Expte. 10054/L/12

LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBARESUELVE

Dirigirse al Poder Ejecutivo Provincial en los términos del artículo 101 de la Constitu-ción Provincial, para convocar en el término de 7 días al Ministro de Infraestructura de la Provincia de Córdoba para que informe sobre los siguientes puntos:

- Inversión total realizada desde el inicio de las obras ejecutadas por la empresa Riva hasta la actualidad.

- Grado de cumplimiento del proyecto original realizado por el estudio GGMPU y

especificaciones técnicas por parte de la empresa adjudicataria. Acompañar con docu-mentación: planos originales del proyecto ejecutado por el estudio GGMPU, pliego de especificaciones técnicas, memoria descriptiva, cómputos y presupuestos, estudios de suelo, estudio de impacto ambiental y toda documentación que haya formado parte del contrato con el estudio encargado del proyecto.

- Especifique la documentación presentada en la Municipalidad de Córdoba y la cons-tancia de aprobación y habilitación por parte de la misma. Presentar dicha documentación

- Documentación completa presentada para el llamado a licitación de la ejecución de las obras, medios en el que fue publicado y apertura de las ofertas.

- Obras complementarias ejecutadas y presupuesto de las mismas.

- Obras previstas y presupuesto a invertir para la solución definitiva de los problemas

estructurales del edificio y habilitación total del mismo.

- Motivos de la prórroga de la concesión a la actual concesionaria NETOC y pliegos para la concesión del nuevo complejo integrado por ambas terminales.

Fdo.: Luis Brouwer de Koning – Orlando Arduh

FUNDAMENTOS

Una vez más es noticia el edificio de la Nueva Terminal de Ómnibus, noticia que pone en vilo a la ciudadanía toda cuando se trata de una obra carente se seguridad que deja estupefacta a una sociedad que fue espectadora del abuso en el manejo de los manejos dinerarios y el apuro de mandatarios especulando en la campaña electoral.

Hace exactamente un año, en septiembre de 2011 el edificio de la Nueva terminal de ómnibus fue inaugurada como una de la obras de ingeniería más brillantes de los últimos tiempos en Córdoba y como un emblema de la gestión del ex gobernador Juan Schiaretti, “LA TERMINAL DEL BICENTENARIO”, no obstante la Provincia no ha cesado de

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gastar dinero no solo para la solución de continuos problemas sino para subsanar errores estructurales.

A pocos días de inaugurada se publicó en el boletín oficial el decreto 1779 por el que se autorizaba la ejecución de trabajos modificatorios por un valor de $4.060.911 que según resolución oficial eran obras fundamentales para el buen funcionamiento del flamante edifico y que serían ejecutados por la misma contratista RIVA que ejecutó el edifico por un presupuesto de 86 millones de pesos.

Todos estas falencias y deficiencias fueron puestas de manifiesto por diversas organiza-ciones profesionales, actores y sectores políticos que como la UCR, en esta Legislatura, resaltaron la imprudencia respecto de un gasto inoportuno y excesivo y que quedará en el historial de la deuda provincial.

Hechos de menor magnitud al presente han merecido la renuncia del funcionario a car-go. Nosotrospedimos primero las explicaciones del caso, y que el Ministro se haga pre-sente para informar que se viene haciendo para dar soluciones a esta obra abortada por el apuro y la irresponsabilidad. Sin embargo, dejamos constancia que esperamos, además, que el gobierno de la provincia tome nota de lo que debe hacerse y accione al respecto.

Es inminente la concreción del presente dada la urgencia del tema en cuestión, que aten-ta contra la seguridad pública, valor superior frente a cualquier hecho de esta naturaleza y el que debe priorizarse frente a cualquier especulación o indecisión política o acto de gobierno.

Es por ello, Sra presidente que pedimos la aprobación del presente proyecto.

Fdo.: Luis Brouwer de Koning – Orlando Arduh

PROYECTOS DE RESOLUCIÓN

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MEMORIA ANUAL POLÍTICA PARLAMENTARIA

Expte. 8543/L/12

LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBARESUELVE

Dirigirse al Poder Ejecutivo, para que en cumplimiento del artículo 102 de la Constitu-ción Provincial, a través del Ministerio de Educación informe en el término de 7 días a esta Legislatura los siguientes aspectos:

Art. 1: Informe acerca de la situación actual de PAICOR.

Art. 2: Informe los resultados obtenidos por Departamento y ciudades cabeceras de la evaluación del Programa PAICOR.

Art. 3: Especifique cuales son las modificaciones (cuantitativas y cualitativas) que se pretende lograr con la implementación de la propuesta de reforma del PAICOR .

Fdo.: Luis Brouwer de Koning – Olga Rista – Orlando Arduh

FUNDAMENTOS

Sr. Presidente:

El gobernador José Manuel de la Sota, quien asumió la gobernación con el gabinete mas numeroso de la historia política de la provincia, está analizando una fuerte reforma, o eli-minación progresiva del programa Paicor (Programa de Asistencia Integral de Córdoba), figurando como uno de sus fundamentos mas importantes la situación económica por la que atraviesa la provincia. Doce años de gestión de UPC, y la repetición de los anuncios sobre el recorte de programas, resulta altamente preocupante, que esta administraron este excluyendo del sistema a sectores vulnerables priorizándose el uso de recursos para la realización de obras como la Nueva Terminal de Ómnibus o el nuevo edificio de Casa de Gobierno y el mas ostentoso e inútil gasto como fue la construcción del Faro del Bicen-tenario. En 2011 se intentó excluir a 20.000 beneficiarios cuyos ingresos eran superiores a $2.500 por mes sin importar la cantidad de hijos, en algunos casos de 4 o 5. Llama la atención que nuevamente se intente una “reducción de gastos” presionando en los secto-res mas desprotegidos. Marginar a estos niños del sistema educativo es lo que se lograría porque el que va mal alimentado no esta en condiciones de aprender.

No estamos en contra de la revisión del programa en sí, pero creemos que se deben de-batir políticas superadoras, no insistir con estos programas, como el “Comiendo en casa” (gobierno de Schiaretti) o “Comer en casa” (anterior gobierno de De la Sota) a los cuales no se les dio continuidad.

Las políticas sociales no se pueden modificar sin la participación de la comunidad edu-cativa, que es la receptora y beneficiaria de ella. Si no escuchamos a los docentes y a los padres, difícilmente podamos crear programas que lleguen efectivamente a la comunidad.

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MEMORIA ANUAL POLÍTICA PARLAMENTARIA

Durante la crisis del 2001 los programas sociales de asistencia aumentaron. Pero cuando el país salió del infierno y crecíamos a tasas chinas, la ayuda alimentaria no disminuyó y siguió siendo la misma, con la gravedad de que fue usada como instrumento asistencia-lista.

Hoy la provincia tiene dificultades económicas y quiere hacer parte del ajuste sobre los mas vulnerables que son los niños. Si los cambios no se hicieron cuando estábamos en mejor situación económica porque se prefirió la política asistencialista a la política de desarrollo sustentable, hoy sería una irresponsabilidad intentar hacerlo, para bajar los costos del PAICOR que se pierden en la estructura de la militancia política y no llega a los niños. Lo que el PAICOR necesita es una auditoría y una decisión política para mejorar su funcionamiento.

Fdo.: Luis Brouwer de Koning – Olga Rista – Orlando Arduh

PROYECTOS DE RESOLUCIÓN

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Orlando Arduh - LEGISLADOR PROVINCIAL

MEMORIA ANUAL POLÍTICA PARLAMENTARIA

Expte. 8799/L/12

LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBARESUELVE

Dirigirse al Poder Ejecutivo Provincial, en virtud de las facultades conferidas por el Art. 102 de la Constitución Provincial, para que a través de quien corresponda, y en el plazo de 7 (siete) días, informe sobre los siguientes puntos:

1) Detalle del estado de avance de las obras de reparación de la Escuela Domingo Faus-tino Sarmiento de la localidad de Villa Los Aromos en el departamento Santa María.

2) Indique la cantidad de aulas que se hallan en condiciones de ser utilizadas por los educandos y, en caso de que haya aulas en reparación, informe dónde toman clases los alumnos.

3) En caso de haber recurrido a la utilización de aulas móviles, realice un detalle del es-tado de los mismos, en qué predio se instalaron y si dicho predio cuenta con los servicios necesarios para que los niños puedan satisfacer sus necesidades mínimas.

4) En caso de que se estén utilizando aulas de las que se hallan en reparación, informe quién autorizó dicha utilización y si se tomaron las medidas preventivas para evitar acci-dentes de los niños.

5) Informe la disponibilidad de agua potable que tienen en el establecimiento para el correcto funcionamiento de los sanitarios.

Fdo.: María Matar – Luis Brouwer de Koning – Carlos Felpeto – Anselmo Bruno – Orlando Arduh – Amalia Vagni – Beatriz Pereyra.

FUNDAMENTOS

La educación es uno de los pilares básicos sobre el que se asiente el sistema democrá-tico, y es un derecho consagrado en las Constituciones Nacionales y de la provincia de Córdoba.

La educación es, además, un medio vital para promover la paz y el respeto por los de-rechos humanos y las libertades fundamentales para construir un mundo más justo para todos.

La educación es, también, un clamor de amor por la infancia y por la juventud que tene-mos que integrar en nuestra sociedad. Muchos de los niños que hoy asisten a las escuelas no se benefician con una educación de calidad suficiente como para satisfacer las nece-sidades básicas de aprendizaje. Estas necesidades se vuelven día a día más apremiantes debido a que los cambios ocasionados por la globalización y las nuevas tecnologías de información y de las comunicaciones (TICs), amenazan con marginar a niños y jóvenes que no cuentan con la infraestructura necesaria en los establecimientos educacionales.

PROYECTOS DE RESOLUCIÓCIÓN

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Orlando Arduh - LEGISLADOR PROVINCIAL

MEMORIA ANUAL POLÍTICA PARLAMENTARIA

La situación de la comunidad educativa de Villa Los Aromos es más que preocupante, por cuanto los niños asisten en condiciones inapropiadas y la falta de infraestructura im-pide a los educandos desarrollar sus habilidades cognitivas. Además, el hecho de que los niños concurran a un establecimiento que se halla en reparación, constituye un riesgo para ellos y una falta de respeto a las familias que, tal como lo consagra nuestra Constitución Provincial, tienen el derecho de que sus hijos estudien en condiciones dignas y, además, es deber del Estado velar por la seguridad e integridad de los educandos.

Por todo lo expuesto, y por los motivos que oportunamente se darán al momento del tratamiento de este proyecto de resolución, es que solicitamos la aprobación del mismo.

Fdo.: María Matar – Luis Brouwer de Koning – Carlos Felpeto – An-selmo Bruno – Orlando Arduh – Amalia Vagni – Beatriz Pereyra.

PROYECTOS DE RESOLUCIÓN

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Orlando Arduh - LEGISLADOR PROVINCIAL

MEMORIA ANUAL POLÍTICA PARLAMENTARIA

Expte. 9061/L/12

LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBARESUELVE

Dirigirse al Poder Ejecutivo Provincial, en virtud de las facultades conferidas por el Art. 101 de la Constitución Provincial solicitando, en un plazo de 7 días, la comparecencia en esta Legislatura del Sr. Ministro de Finanzas de la Provincia, Cr. Ángel Mario Elettore, para que brinde precisiones acerca de la nueva emisión de títulos de deuda por hasta 200 millones de dólares.

Fdo.: Luis Brouwer de Koning – Orlando Arduh – María Matar

FUNDAMENTOS

La decisión del Gobierno de la Provincia de Córdoba de emitir títulos de deuda por 200 millones de dólares, es una muestra de la delicada situación financiera por la que atraviesa la provincia. Con esa emisión, se agotaría la mitad del uso del crédito que tiene autorizado el gobierno de Córdoba para el año 2012 al tipo de cambio actual, que es de 1.700 millones de pesos.

Más allá de la información periodística, es necesario que el Sr. Ministro brinde preci-siones acerca de los costos de instrumentación, emisión y colocación de los títulos que se hará por cuenta del Banco de la Provincia de Córdoba, como así también la comisión que éste percibirá por el valor de venta de títulos colocados.

La deuda pública es una constante en el gobierno de Unión por Córdoba ya que carece de la capacidad de gobernar sin otra fuente financiera que no sea la de recurrir a la emi-sión de títulos de deuda. Los Boncor en sus tres series, la emisión de letras del tesoro, los bonos emitidos para financiar la Central Pilar y hoy una nueva emisión de títulos, hacen un cocktail de deuda para financiar gastos que están llevando a la provincia a una situa-ción crítica y alarmante.

La comparecencia del Sr. Ministro permitirá esclarecer la situación acerca del rumbo de la economía provincial atento a la incertidumbre que genera el pronto pago de sueldo y medio aguinaldo a los agentes de la Administración Pública.

Otro de los aspectos a destacar y por el cual amerita la presencia en esta Legislatura del Sr. Ministro es que, según afirmaciones del Sr. Jefe de Gabinete, los fondos provenientes de la emisión de títulos no tendrían una asignación específica y fue el propio Ministro de Finanzas quien afirmó que estos fondos se utilizarían para achicar la deuda flotante (que cerró el año 2011 con compromisos exigibles por 1.123 millones de pesos) con lo cual agrava la situación ya que es deuda que no se materializará en obras para los cordobeses.

Después de un 2011 recargado en obra pública que fue subestimada y terminó pagándo-

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Orlando Arduh - LEGISLADOR PROVINCIAL

MEMORIA ANUAL POLÍTICA PARLAMENTARIA

se mucho más de lo planificado, como las obras de la nueva terminal y el Centro Cívico del Bicentenario y, sumado a esto los incumplimientos de la Nación, el “cordobesismo” parece haber alcanzado un techo de ingresos que le impiden cumplir con los compromisos de gobernar y que la única vía de escape es la emisión de títulos públicos.

Por todo lo expuesto, y por los motivos que oportunamente se darán al momento del tratamiento de este proyecto de resolución, es que solicitamos la aprobación del mismo.

Fdo.: Luis Brouwer de Koning – Orlando Arduh – María Matar

PROYECTOS DE RESOLUCIÓN

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Orlando Arduh - LEGISLADOR PROVINCIAL

MEMORIA ANUAL POLÍTICA PARLAMENTARIA

Expte. 9242/L/12

LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBARESUELVE

Dirigirse al Poder Ejecutivo Provincial, en virtud de las facultades conferidas por el Art. 101 de la Constitución Provincial solicitando, en un plazo de 07 días, la comparecencia ante la Comisión de Asuntos Institucionales, Municipales y Comunales de esta Legis-latura, del Sr. Ministro de Finanzas de la Provincia, Cr. Ángel Mario Elettore, para que brinde información referida a la coparticipación impositiva a los municipios y comunas de la provincia.

Fdo.: María Matar – Luis Brouwer de Koning – Orlando Arduh

FUNDAMENTOS

Los recursos que la provincia distribuye entre los municipios y comunas en concepto de coparticipación impositiva, son fundamentales para el desarrollo de las pequeñas co-munidades del interior provincial. Las diferencias en los datos esgrimidas por el Foro de Intendentes de la Unión Cívica Radical y el Sr. Jefe de Gabinete, hacen necesaria una pronta respuesta de quien conduce los destinos financieros de la provincia.

La situación de los municipios y comunas cordobesas no es ajena a las del resto del país, que deben enfrentar un receso productivo con altas tasas de inflación que no son refle-jadas por el INDEC. En el mes de Marzo próximo pasado, la coparticipación municipal entró en un tobogán, donde experimentó un crecimiento del 2,5% en la segunda quincena de ese mes, lo que implica una evolución real negativa si se tiene en cuenta la tasa de inflación.

Según un análisis realizado por el Foro de Intendentes Radicales sobre la Cuenta de Inversión 2011, la gestión del anterior Gobernador, Juan Schiaretti, ha omitido distribuir fondos a los municipios y comunas.

Por todo lo expuesto, y por los motivos que oportunamente se darán al momento del tratamiento de este proyecto de resolución, es que solicitamos la aprobación del mismo.

Fdo.: María Matar – Luis Brouwer de Koning – Orlando Arduh

PROYECTOS DE RESOLUCIÓCIÓN

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Expte. 9425/L/12

LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBARESUELVE

Dirigirse al Poder Ejecutivo Provincial, en uso de las atribuciones conferidas por el ar-tículo 102 de la Constitución de la Provincia de Córdoba, para solicitar que, a través del Ministerio de Salud, informe sobre los siguientes puntos referidos:

1.- Detalle por Departamento y por ciudad cabecera de los números absolutos y tasa correspondientes a casos de tuberculosis detectados.

2.- Detalle de la cantidad de muertes ocurridas en Hospitales Generales de la Provincia ocasionados por esta enfermedad, informando su patología al ingreso.

3.- Detallar para los artículos anteriores la procedencia de las personas fallecidas.

Fdo.: Luis Brouwer de Koning – Olga Rista – Beatriz Pereyra – Orlando Arduh – María Matar

FUNDAMENTOS

Sr. Presidente:

Los datos que estamos solicitando en este pedido de informes, son necesarios para cono-cer cual es la realidad sanitaria en nuestra provincia, ya que tenemos información de que habrían aparecido nuevos casos que elevarían la taza promedio. Debido a que sabemos que sabemos que la cantidad de pacientes en los que se detecta esta afección varía mes a mes es que solicitamos analizar la problemática con estadísticas anuales.

No escapa a nuestro criterio que la pobreza, la mala alimentación, las migraciones y el VIH son los principales obstáculos que enfrenta el gobierno para detener esta problemáti-ca, pero con un diagnóstico precoz los afectados pueden curarse y evitar que esta patolo-gía se propague ya que su facilidad de contagio resulta altamente preocupante.

La tuberculosis es una enfermedad infecciosa provocada por un germen conocido como bacilo de Koch en honor a su descubridor, aunque esta patología puede afectar cualquier órgano del cuerpo, la forma en que se presenta con mayor frecuencia es la tuberculosis pulmonar. Una persona que no se diagnostica ni se trata y durante un año tose y expectora, puede contagiar a 10 personas mas, explicó una médica local, especialista en la materia. Y agregó: “Uno no sabe si la persona que le tose atrás en el colectivo tiene tuberculosis, por eso es tan importante que todos nos involucremos en la detección de la enfermedad, pero para ello debemos conocer los datos estadísticos solicitados, la distribución geográfica de la enfermedad.

Por lo expuesto anteriormente, y lo que expondré en el momento oportuno que solicito

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Orlando Arduh - LEGISLADOR PROVINCIAL

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a mis pares la aprobación del presente proyecto.

Fdo.: Luis Brouwer de Koning – Olga Rista – Beatriz Pereyra – Or-lando Arduh – María Matar

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Expte. 9891/L/12

LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBARESUELVE

Dirigirse al Poder Ejecutivo Provincial y por su intermedio al Sr. Ministro de Infraes-tructura, Ing. Hugo Testa en virtud del artículo Nº 102 de la Constitución Provincial, in-forme: Si existe algún orden de prioridades para la reparación de la red caminera existente en la Provincia de Córdoba.

Fdo.: Luis Brouwer de Koning – Orlando Arduh – María Matar – Beatriz Pereyra – Olga Rista

FUNDAMENTOS

Sra. Presidente:

En virtud del origen de la “Tasa Vial Provincial”, la que está destinada a retribuir la prestación de los servicios que demande el mantenimiento, conservación, modificación y/o mejoramiento de todo el trazado que integra la red caminera provincial, pensamos que debe haber un plan de trabajo en virtud de lo deteriorada que está la red de caminos.

Las tasas son concebidas en la doctrina como compensación de un servicio que presta el sector público. Al ser tan abarcativo el mejora miento dice la ley, es importante conocer cuál será el plan de obras que tiene programado realizar el poder Ejecutivo.

Se anuncia el inicio de la autovía de la ruta 19 y 36 y su finalización para dentro de tres años, pero mientras tanto es una ruta en mal estado y con frecuentes accidentes.

La ruta 10, es una ruta abandonada y esperando ser reparada. No sabemos si es prioridad o habrá que esperar que ocurran más siniestros para que sea tenida en cuenta.

Rutas que unen la ciudad de Córdoba con el norte y el oeste tienen un estado de aban-dono quenecesitan una reparación urgente y solamente reciben promesas del gobierno.

Existen así infinidades de km. de rutas Provinciales sin mantenimiento y con dificulta-des para el tránsito pero no podemos saber cuál será el criterio del Poder Ejecutivo.

La mayor duda de la tasa vial es si lo recaudado va a ser usado en lo que se ha prometido. La única forma de saberlo es con un plan de trabajo donde está reflejado un detalle de las prioridades en materia de inversión de las diferentes rutas que merecen ser reparadas, programando y publicando el monto de dinero ingresado al Estado Provincial, detallando cual será su destino final.

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Es por este motivo y otros que se enunciarán en el futuro, es que se solicita el presente pedido deinformes.

Fdo.: Luis Brouwer de Koning – Orlando Arduh – María Matar – Beatriz Pereyra – Olga Rista

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Expte. 9892/L/12

LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBARESUELVE

Dirigirse al Poder Ejecutivo Provincial y por su intermedio al Sr. Ministro Jefe de Gabi-nete Dr. Oscar González, en virtud del artículo Nº 102 de la Constitución Provincial, in-forme: Si el Banco de la Provincia de Córdoba va a realizar préstamos, al sector privado, al 15% anual de acuerdo a la normativa del Gobierno Nacional.

Fdo.: Luis Brouwer de Koning – Orlando Arduh – Beatriz Pereyra – Olga Rista – María Matar

FUNDAMENTOS

Sra. Presidente.

El Banco de la Provincia de Córdoba se ha convertido hoy en una entidad financiera más, en virtud a que en el último mes obtuvo una ganancia de 22,2 millones de pesos.

Eso convierte a dicho Banco, al mes de julio del corriente año, en el de mayor ganancia, ya que solo en el mes de junio dicha entidad obtuvo un superávit de 20 millones de pesos, y hasta ese momento el mes de mayor ganancia había sido enero con 17,7 millones.

Además, el resultado de julio implica un alza del 38% en comparación con el mismo mes de 2011.

Por lo tanto, Bancor acumula un saldo positivo de 112,8 millones de pesos en los pri-meros siete meses del año apenas por debajo de los 117,5 millones que había obtenido en igual lapso del año anterior.

Según el reporte del Banco Central, en el primer semestre del año los balances de las entidades financieras arrojaron ganancias globales por 8.800 millones de pesos, es decir, 37 % por encima del mismo período de 2011.

El 62,5 % de la rentabilidad total del sector fue gestado en entidades privadas y el 46% de los ingresos llegó de la mano de los intereses que cobran por prestar al sector privado, 33 % por comisiones y el resto, por la valorización de los bonos y acciones que tienen en cartera.

Nuestro pedido se basa que un banco provincial no sólo tiene que pensar en ganancias sino en ser un banco de fomento para la actividad comercial e industrial, favoreciendo la producción y de esa manera ayudar al crecimiento y a la obtención de empleo.

Hoy el Gobierno Nacional ha impulsado una línea de crédito al 15% anual, con tres años de plazo que se ya se están otorgando en bancos privados pero desconocemos si esta operatoria ya está en el banco de Córdoba.

PROYECTOS DE RESOLUCIÓCIÓN

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Orlando Arduh - LEGISLADOR PROVINCIAL

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Sería muy importante que este crédito ya esté en condiciones de desembolsarlo dicho banco ya quees una muy buena oportunidad para los empresarios, porque implica un cré-dito muy barato subsidiado por los bancos.

De esta manera nuestro Banco de Córdoba será un entidad que no sólo piense en ganar dinero y se convierta en un banco de fomento cual fue el criterio de sus fundadores.

Fdo.: Luis Brouwer de Koning – Orlando Arduh – Beatriz Pereyra – Olga Rista – María Matar

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Expte. 10246/L/12

LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBARESUELVE

Dirigirse al Poder Ejecutivo Provincial en los términos del artículo 102 de la Consti-tución Provincial, para que informe en un plazo de 7 (siete) días, a través del organismo correspondiente, sobre los puntos que se detallan a continuación, relacionados con el destino de los fondos públicos destinados a la promoción de la Provincia de Córdoba en distintas ciudades de la República Argentina.

1- Se solicita que se informe sobre el monto asignado del presupuesto provincial a la promoción de la Provincia de Córdoba.

2- Diga de qué Ministerio, Secretaría o Agencia dependen los fondos públicos asignados conforme el punto anterior.

3- Mencione si el Estado Provincial ha contratado en los últimos seis (6) meses aviones privados para viajar hacia distintos estados provinciales.

4- De ser afirmativa la pregunta anterior, diga de qué organismo dependieron las contra-taciones, el destino del recorrido y el monto que se abonó por cada viaje.

5- Se solicita la lista de autoridades provinciales y de funcionarios que participaron de los viajes mencionados en el punto 4.

6- Diga si en los viajes mencionados en el punto 3 integraban la comitiva provincial artistas de la Provincia de Córdoba, de ser afirmativo mencione el nombre de los mismos.

7- En relación al punto anterior, mencione el monto abonado a cada artista o conjunto artístico que hubiere integrado dicha comitiva de promoción.

8- Se solicita copia del cronograma de promoción de la Provincia de Córdoba previsto para la temporada 2012/2013.

Fdo.: Olga Rista – Orlando Arduh – Beatriz Pereyra

FUNDAMENTOS

En representación de los ciudadanos cordobeses es que elevo el presente pedido de informes, debido a ciertas informaciones periodísticas quienes refieren que la erogación presupuestaria destinada a la promoción de la provincia de Córdoba, estaría siendo utili-zada por el Sr. Gobernador José Manuel De la Sota, como parte de su campaña nacional.

Es parte de nuestro derecho conocer el destino y el buen uso asignado a los fondos públicos provinciales, es por ello que se eleva el presente pedido de informes a los fines de conocer el real destino de los fondos públicos provinciales. Cuyo buen uso debería

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Orlando Arduh - LEGISLADOR PROVINCIAL

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beneficiar a todos los cordobeses y no a unos pocos.

Dichas erogaciones presupuestarias son contrarias a las urgentes necesidades a cubrir por el estado provincial, ya que dichos fondos deberían ser destinados a los ámbitos de la salud y la educación provincial, donde hay serias deficiencias tales como la falta de equipamiento adecuado en los hospitales regionales o la falta de edificios educacionales, especialmente los destinados a la educación secundaria.

Por todo lo expuesto es que solicito se apruebe este proyecto de Resolución.

Fdo.: Olga Rista – Orlando Arduh – Beatriz Pereyra

PROYECTOS DE RESOLUCIÓN

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Expte. 10247/L/12

LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBARESUELVE

Dirigirse al Poder Ejecutivo Provincial en los términos del artículo 102 de la Consti-tución Provincial, para que informe en un plazo de 7 (siete) días, a través del organismo correspondiente sobre los puntos que se detallan a continuación, relacionados con la fal-ta de implementación del Registro Provincial de Visitantes de Zonas de Riesgo creado por la Ley 9856.

1- Indique si los organismos de aplicación establecidos por los artículos 6° y 7° de la Ley 9856 han determinado los lugares de asentamiento de los Registros de Visitantes a las Zonas de Riesgo en la Provincia.

2- De ser afirmativa la pregunta anterior, solicito la ubicación de los mismos.3- Si la pregunta 1- es afirmativa, se pide la identificación de las actividades de turismoalternativo previstas en el artículo 3° de la Ley 8801 en cada una de las zonas de riesgoestablecidas por las autoridades de aplicación de la Ley 9856.4- Diga si el Directorio de la Agencia Córdoba Turismo ha tratado el contenido de la

Ley 9856 a partir de su aprobación.5- De ser afirmativa la pregunta anterior, se solicita copia de la/las reuniones Plenarias

de la Agencia Córdoba Turismo donde se trató el tema del Registro de Visitantes a las Zonas de Riesgo.

6- De haberse establecido las zonas de riesgo manifieste bajo qué criterio (topográfico, climático u otro) se determinaron.

7- De ser negativa la pregunta 1-, indique la fecha probable de implementación del Registro creado por la Ley 9856.

8- En caso de haberse determinado los Registros de Visitantes en las Zonas considera-das de Riesgo, manifieste los días y horarios de funcionamiento de los mismos.

9- Mencione si el recurso humano que se desempeñará en dichos Registros de Visitan-tes será personal de la provincia o de los municipios o comunas que estén contenidos en las zonas consideradas de riesgo.

10-De ser afirmativa la pregunta 1-, diga si se han confeccionado la señalética, carte-lería, folletería y demás soportes comunicacionales destinados a la prevención y pro-tección de los visitantes que accedan a las zonas de riesgo, conforme lo previsto en el Art.7° inc. b) de la Ley 9856.

11-Mencione si alguna de las autoridades de aplicación de la Ley 9856 ha establecido los requisitos mínimos que deben reunir los visitantes a las zonas de riesgo conforme lo previsto en el Art. 7° inc. f). De ser afirmativo, indique cuáles son.

12- En caso de ser afirmativa la pregunta 1-, manifieste si a la fecha se han asentado

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Orlando Arduh - LEGISLADOR PROVINCIAL

MEMORIA ANUAL POLÍTICA PARLAMENTARIA

prestadores de servicio turístico en el Registro Provincial de Visitantes de Zonas de Riesgo con interés de llevar visitantes a las mismas, diga cuáles.

13-Manifieste si las autoridades de aplicación de la Ley 9856 han diseñado el modelo de formulario considerado como una declaración jurada que deberán llenar las personas que visiten las Zonas de Riesgo, de ser afirmativo, se solicita copia del mismo.

14- Indique si las autoridades de aplicación han establecido el cronograma de cursos de capacitación previstos en el Art. 16 de la Ley 9856. De ser afirmativo, se solicita copia de dicho cronograma.

15-Diga si las autoridades de aplicación de la Ley 9856 han delegado o piensan delegaratribuciones conferidas por dicha norma a los municipios, comunas y/o asociaciones

de bomberos voluntarios que tengan competencia en las zonas de riesgo, de ser afirma-tivo diga a cuáles.

Fdo.: Olga Rista – Orlando Arduh – Beatriz Pereyra

FUNDAMENTOSEn toda sociedad moderna o que se precie como tal, la prevención es un de los eslabo-

nes más importantes en el sistema de la Gestión del Riesgo, y es por ello que insisto con la implementación del Registro Provincial de Visitantes de Zonas de Riesgo, aprobado por este cuerpo legislativo a fines del año 2010 y el que todavía no ha sido provisto por el Poder Ejecutivo Provincial.

El objetivo de creación de este Registro Provincial es el hacer más seguro el desarrollo de las actividades turísticas, fundamentalmente las relacionadas con el turismo aventu-ra, ya que a través del control de ingreso de los turistas a esas zonas consideradas de ries-go, se pretende disminuir el número de accidentes y pérdidas que puedan originarse en las mismas, cuya búsqueda y rescate les generan a los fondos provinciales la erogación de importantes sumas de dinero y la afectación de numeroso recurso humano.

Por qué motivos todavía los organismos de aplicación de la Ley 9856, la Agencia Cór-doba Turismo y la Secretaría de Ambiente de la Provincia, no han establecido cuáles son las zonas consideradas de riesgo para el desarrollo de actividades del turismo aventura? Por qué a casi dos años de aprobación de la ley que les dio origen, no se han establecido los asentamientos de los Registros de Visitantes? ¿Qué razones se lo impiden? O acaso se está esperando que ocurra un accidente con daño a las personas para recién actuar? Quisiera creer que no es así, y es por ello que presento este proyecto para conocer el mo-tivo por el cual la inacción de ciertos organismos dependientes del ejecutivo provincial puede derivar en graves consecuencias en la próxima temporada turística; temporada a la que el señor gobernador viene promocionando en distintas partes del país.

Son numerosas las actividades de turismo alternativo o de aventura que se deberán controlar, las que comprenden desde el ascenso a los cerros más importantes de la pro-vincia hasta todo tipo de actividades aéreas, náuticas, de buceo, cabalgatas, caminatas en altura, escaladas, supervivencia, turismo de rodados doble tracción entre otras.

La Prevención y la Planificación son importantes como partes de una política de Ges-

PROYECTOS DE RESOLUCIÓN

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Orlando Arduh - LEGISLADOR PROVINCIAL

MEMORIA ANUAL POLÍTICA PARLAMENTARIA

tión del Riesgo, ambas constituyen herramientas valiosas que deben utilizarse para evi-tar daños irreparables como el sufrido por la familia de la señora María del Valle Díaz, quien murió luego de extraviarse durante el ascenso al Cerro Champaquí. Nuestro deber como legislador comprende no tan sólo elaborar las leyes sino que también debemos velar por la aplicación y el control en el cumplimiento de las mismas. Ya ha transcurrido el tiempo suficiente como para que se realicen los relevamientos y estudios técnicos necesarios para reglamentar el cumplimiento de la Ley Provincial N° 9856.

En nuestra provincia son numerosas las zonas que por sus características topográficas, sus condiciones climatológicas cambiantes son propicias a que durante el desarrollo de actividades turísticas, sus visitantes puedan sufrir accidentes o se extravíen. El deno-minado turismo aventura es una actividad en crecimiento que se ha constituido en una nueva forma de disfrutar el tiempo libre en contacto con la naturaleza, con la paz del pai-saje y lo agreste del terreno, nuestras sierras son el escenario ideal para estas aventuras y por lo tanto debemos bregar para que disfrutemos de una feliz y tranquila temporada turística 2012-2013. Por todo lo expuesto, es que solicito se apruebe este proyecto de Resolución.

Fdo.: Olga Rista – Orlando Arduh – Beatriz Pereyra

PROYECTOS DE RESOLUCIÓCIÓN

TERCERA PARTEProyectos de Declaración

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MEMORIA ANUAL POLÍTICA PARLAMENTARIA

Interés Legislativo los homenajes y actividades de recordación al ex Presidente de la Nación Dr. Arturo Umberto Illia en conmemoración del quincuagésimo aniversario de la asunción de su Presidencia, organizadas por la Comisión Nacional Pro “Monumento Histórico Casa del Dr. Arturo U. Illia” de la Ciudad de Cruz del Eje.

Fdo.: Orlando Arduh – María Matar – Luis Brouwer de Koning – Beatriz Pereyra

Interés Legislativo el libro “Escritos y Discurso”, obra del Ex Vicepresidente de la Na-ción Dr. Víctor Hipólito Martínez, que se presentará en el mes de diciembre de 2012.

Fdo.: Bloque de la Unión Cívica Radical

Reconocimiento al Ex Gobernador Ramón Bautista Mestre, en ocasión de cumplirse 9 años de su fallecimiento el día 6 de marzo.

Fdo.: Orlando Arduh - María Matar – Luis Brouwer de Koning Homenaje a la memoria del Diputado Provincial (MC) y Diputado Nacional Electo Don Silvio Antonio Palmero , en ocasión de conmemorarse el día 11 de agosto del corriente año el 50º aniversario de su fallecimiento.

Fdo.: Orlando Arduh

Homenaje al Ex Gobernador de la provincia de Córdoba, Dr. Amadeo Sabattini, en oca-sión de cumplirse el próximo 29 de febrero cincuenta y dos años de su fallecimiento. Fdo.: Orlando Arduh – Carlos Felpeto – Eduardo Yuni - María Caffaratti – Ama-lia Vagni – Anselmo Bruno – Beatriz Pereyra – Luis Brouwer de Koning – Maria

Matar – Olga Rista.

Su adhesión al “Día Nacional de la Memoria por la Verdad y la Justicia”, con motivo de conmemorarse el 36º aniversario del golpe militar ocurrido el 24 de marzo de 1976.

Fdo.: Luis Brouwer de Koning – Orlando Arduh – María Matar

La necesidad de dirigirse al Poder Ejecutivo Provincial para que éste a través del Minis-terio de Desarrollo Social y organismos competentes disponga financiamiento y apoyo gubernamental y deportivo a los fines de facilitar la organización y ejecución del pro-yecto “Actividades deportivas intermunicipales” que promueven los municipios de La Falda, Valle Hermoso, Huerta Grande, Villa Giardino, La Cumbre, Capilla del Monte y Casa Grande, todos del Departamento Punilla de la Provincia de Córdoba.

Fdo.: Orlando Arduh

PROYECTOS DE DECLARACIÓN

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Orlando Arduh - LEGISLADOR PROVINCIAL

MEMORIA ANUAL POLÍTICA PARLAMENTARIA

VER DECLARACIONES PÚBLICAS DEL LEGISLADOR ORLANDO ARDUH PAGINA ( )

Su preocupación e inquietud por la delicada y vacilante situación que atraviesa el Hos-pital de Día en Salud Mental de Traslasierra, ubicado geográficamente en la localidad de Las Tapias, Departamento San Javier del Oeste de Córdoba, que haría peligrar su continuidad, por lo que solicita al Poder Ejecutivo Provincial, disponga a través de los organismos gubernamentales competentes, su dependencia administrativa funcional y presupuestaria del Ministerio de Salud y la asignación de un Equipo Interdisciplinario estable que pueda brindar sostenibilidad al proyecto designando profesionales en las áreas de: Trabajo Social, Psicología, Psiquiatría, Enfermería y personal administrativo, conforme el flujo de servicios que la comunidad demanda.

Fdo.: Orlando Arduh

La necesidad de adherir a la actitud asumida por los Legisladores Nacionales de dife-rentes partidos, que se comprometieron a rechazar cualquier proyecto legislativo que intente declarar la necesidad de la reforma constitucional, y se manifestaron en contra de cualquier intento de re-reelección ajeno al cumplimiento del texto actual de la Cons-titución Nacional.

Fdo.: Orlando Arduh - Olga Rista – María Caffaratti – Beatriz

Pereyra – Carlos Felpeto – Amalia Vagni – María Matar

Su preocupación y rechazo por el libramiento de un número importante de cheques gi-rados sin fondos por el “Partido Nuevo contra la Corrupción, por la Honestidad y la Transparencia” que lidera Luis Juez y que estarían destinados a financiar gastos de su última campaña electoral.

Fdo.: Orlando Arduh – María Caffaratti –María Matar – Carlos

Felpeto – Beatriz Pereyra – Luis Brouwer de Koning

VER DECLARACIONES PÚBLICAS DEL LEGISLADOR ORLANDO ARDUH PAGINA ( )

La necesidad de dirigirse al Poder Ejecutivo Provincial para que, a través de quien co-rresponda, instrumente los mecanismos necesarios para evitar que a los propietarios de campos en el sur de la provincia de Córdoba, en la zona de Laboulaye, se les cobre el impuesto inmobiliario que no les corresponde, ya que los mismos fueron expropiados como consecuencia de la puesta en marcha del Plan Federal de Control de Inundaciones.

Fdo.: Orlando Arduh - María Matar – Luis Brouwer de Koning

La necesidad de dirigirse a los Legisladores Nacionales por Córdoba para que realicen

PROYECTOS DE DECLARACIÓN

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Orlando Arduh - LEGISLADOR PROVINCIAL

MEMORIA ANUAL POLÍTICA PARLAMENTARIA

las gestiones necesarias tendientes a incrementar el subsidio para el transporte de la ciu-dad Capital de la Provincia.

Fdo.: Luis Brouwer de Koning – María Matar – Orlando Arduh

Adhesión y beneplácito por el “436º Aniversario de Nuestros Orígenes”, conmemorado en la ciudad de Tránsito el día 13 de marzo de 2012. Desde la fundación de la ciudad de Córdoba en 1573, los Departamentos del Este Pro-vincial, tuvieron un notable protagonismo estratégico en la conformación de nuestra Pro-vincia.

Fdo.: Orlando Arduh

De Interés Legislativo Provincial la “21º Fiesta Provincial del Tambero y su Familia” y la “3º EXPO TRÁNSITO 2012”, que se llevará a cabo los días 19, 20 y 21 de octubre de 2012 en la localidad de Transito, Departamento San Justo, Provincia de Córdoba, Argentina.

Fdo.: Orlando Arduh

Adhesión y beneplácito por la “58º Fiesta Nacional del Olivo”, a realizar-se en la ciudad de Cruz del Eje los días 10 al 19 de febrero de 2012.

Fdo.: Orlando Arduh – María Matar - Luis Brouwer de Koning

De Interés Legislativo la realización de la “I Fiesta del Cordero Serrano”, a desarrollarse el día 18 de febrero de 2012, en la localidad de Tanti, Departamento Punilla. Fdo.: Anselmo Bruno - María Matar - Carlos Felpeto - María Caffaratti - Beatriz Pereyra - Amalia Vagni - Eduardo Yuni - Orlando Arduh - Luis Brouwer de Koning

– Olga Rista.

Adhesión y beneplácito a la XXVI Edición del “Festival Regional del Cuarzo”, a rea-lizarse en la ciudad de Serrezuela, Departamento Cruz del Eje, el día 18 de Febrero de 2012. Fdo.: Orlando Arduh – Olga Rista – María Matar – Beatriz Pereyra – Luis Brouwer

de Koning

Adhesión y beneplácito al “XXXIII CONGRESO NACIONAL DE AMFRA - CON-GRESO INTERNACIONAL DE CIENCIAS FORENSES - VIII Encuentro Nacional de

PROYECTOS DE DECLARACIÓN

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Orlando Arduh - LEGISLADOR PROVINCIAL

MEMORIA ANUAL POLÍTICA PARLAMENTARIA

SADOL, organizado por Asociación de Médicos Forenses de la República Argentina y la Asociación de Magistrados y Funcionarios Judiciales de la Provincia de Córdoba los días 17, 18 y 19 de mayo de 2012 en la ciudad de Villa Carlos Paz de la provincia de Córdoba.

Fdo.: Orlando Arduh

El beneplácito por la construcción de un Museo Rural en la Localidad de Corralito que albergará piezas y maquinarias pertenecientes a la producción agrícola – ganadera del siglo pasado.

Fdo.: Orlando Arduh - María Matar – Luis Brouwer de Koning

Adhesión y beneplácito por la 32° edición del Rally Mundial Argentina 2012, a realizar-se entre el 26 y 29 de abril del corriente año por el territorio de la Provincia de Córdoba. Fdo: Orlando Arduh - Carlos Felpeto – Carlos Alesandri – Alicia Narducci – Bea-triz Pereyra – Marcos Sestopal – Amalia Vagni – Julio Agosti – Juan Echepare –

Luis Brouwer de Koning

Beneplácito y adhesión a los festejos por Nuestra Señora del Valle “Patrona Nacional del Turismo” organizado por la Municipalidad de Tránsito, a realizarse el día 21 de Abril de 2012 en dicha localidad.

Fdo.: Orlando Arduh

De Interés legislativo, la “9ª edición de la Fiesta del Tejido Artesanal” que se efectuará durante la segunda quincena del mes de julio en la ciudad de Capilla del Monte, del Departamento Punilla.

Fdo.: Orlando Arduh

Su adhesión y beneplácito por la conmemoración del 50º aniversario del Tradicional Desfile de Carrozas y Elección de la Reina del Estudiante que organiza el Centro de Es-tudiantes del IPEM 156 José Manuel Estrada de la localidad de Río Segundo.

Fdo.: Orlando Arduh

Su adhesión y beneplácito a la Jornada que ofrece la Fundación Instituto Cultural Argen-tino Árabe, a realizarse en la localidad de Tránsito, el día 8 de septiembre, cuyo objetivo es defender la identidad Cultural Árabe en Argentina.

Fdo.: Orlando Arduh

PROYECTOS DE DECLARACIÓN

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Orlando Arduh - LEGISLADOR PROVINCIAL

MEMORIA ANUAL POLÍTICA PARLAMENTARIA

Adhesión y beneplácito por la realización de la 27º Maratón “Desafío Uritorco” a reali-zarse el día 2 de 2012, en la ciudad de Capilla del Monte.

Fdo.: Orlando Arduh

PROYECTOS DE DECLARACIÓN

CUARTA PARTEDIRCURSOS

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MEMORIA ANUAL POLÍTICA PARLAMENTARIA

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES Y GO-BIERNO DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA. CONVENIO SUSCRIPTO PARA COLABORACIÓN RECÍPROCA EN EL DESARROLLO DE AC-

TIVIDADES CONJUNTAS DE INTERCAMBIO EN DISTINTAS MATERIAS. APROBACIÓN

Sra Presidenta (Alicia Mónica Pregno).- Corresponde el tratamiento del punto 88 del Orden del día, proyecto de ley 10010/E/12, que cuenta con despacho de comisión.

(…)

Sra Presidenta (Pregno).- Tiene la palabra el Legislador Arduh

Sr. Arduh.- Sra Presidenta: El gobierno de Córdoba pretende aprobar este convenio con la Ciudad Autónoma de Buenos Aires con el objetivo -de “llevar adelante acciones conjuntas tendientes a diseñar e implementar políticas públicas de interés común mate-rializándolas en acciones de cooperación e intercambio en diversas materias, otorgándole preeminencia a los ámbitos cultural y turísticos-”.

Nuestra experiencia nos han demostrado que en tiempos electorales, cuando los mo-mentos no son oportunos y sobretodo cuando desde en Buenos Aires aparecen estos “grandes acuerdos políticos institucionales” algo se entrega al amparo de la compli-cidad general.

Es por ello que como legisladores de la oposición debemos decir nuestra postura, para clarificar en este estado de confusión general.

Hace algunos días decíamos que ante un gobierno Nacional de clara filiación ideológica autocrática, algunas voces, dentro de las altas responsabilidades opositoras de la Nación, pretendían reducir las soluciones a simples estrategias cuantitativas de suma y resta.

Otros en cambio creemos que las soluciones se presentan algo mas complejas y no pue-den soslayar la defensa irrestricta de las Instituciones, entre ellas la defensa del Partido Político, porque creemos, es la única herramienta de creación y ejecución de una acción política real, que hace a la pluralidad que define a las democracias modernas.

Si bien algunas de estas expresiones pueden ser confundidas por algunos analistas del pensamiento político… para nosotros los radicales no es, ni más ni menos que la funda-mentación conceptual de la IDENTIDAD

Pero ¿Porqué hacemos hincapié en este tema?: Por el principio de oportunidad del con-venio y por los verdaderos motivos que subyacen en esta cuestión

Pero nosotros tenemos un capital moral y son los 120 años de coherencia y eso nos obliga a decir nuestra palabra de radicales.

DISCURSOS

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MEMORIA ANUAL POLÍTICA PARLAMENTARIA

¿Como podríamos acompañar, Señora Presidenta, si en declaraciones Públicas los pro-pios dirigentes Macristas hacen referencia a estos Convenios y cito “…buscan extender y fortalecer la influencia del Pro en todo el país. Y que esa búsqueda está sustentada en la variada oferta cultural de la Ciudad de Buenos Aires. La idea, según expresaron a Nación, sería abrir “Casas de la cultura” en todas las ciudades importantes de la Argen-tina, oficinas que harían las veces de cabezas de playa del PRO...”?

¿Como podríamos acompañar un acuerdo institucional si el en el fondo subyace una alianza estratégica-electoral con partidos nuevos o líderes mediáticos que hacen exalta-ción del pragmatismo y del poder vertical.?

Nuestro capital moral, Señora Presidenta, es la Coherencia.

La fuerza política que quiere llevar adelante este acuerdo y que tiene (como nuestro go-bernador) pretensiones presidenciales: critica a un Gobierno Nacional que ha destruido el Federalismo, pero que en su propio distrito, en nuestra hermosa Capital Federal, tampoco cumple con su Constitución, porque este mismo Jefe de Gobierno ha nulificado la vida autonómica de sus Comunas.

¿Acaso podemos acompañar un convenio, que debajo de los grandes propósitos cul-turales que proclama, en el fondo pretende, al igual que en aquellos inicios del kirch-nerismo transversal, cooptar mediante el poder del capital, lo que la militancia o las convicciones no han podido?

Desde el Radicalismo repudiamos la cooptación de dirigentes, gobernadores e inten-dentes a fuerza de chequera y aprietes como el intento fallido de destruir los Partidos Políticos por parte del Kirchnerismo,

Por eso no podemos celebrar las frívolas tertulias con el Machismo, que con iguales intenciones ha cambiado algunos modos y algunas formas, pero los propósitos son las mismos.

¿Como los radicales podemos acompañar este proyecto, si pretendemos custodiar esa coherencia desde nuestras bancas?

También hemos criticamos y fuertemente la intromisión desleal y abusiva de la agrupa-ción oficialista “La Cámpora” en los colegios del Conurbano Bonaerense y en la mente en formación de nuestros niños y niñas.

Pero aquí me pregunto Señora Presidenta ¿es para esto que firmamos el convenio? Le cuento lo que sucedió ayer en la calle Hipólito Yrigoyen frente a la Casa de Bs. As. Un colegio de la Ciudad de Cba. salía después de un extenso recorrido “turístico-cultural” admirando las grandes obras del gobierno de Macri, con todo el merchandising que tan caro le debe estar costando a los vecinos del Puerto.

EL LEGISLADOR ARDUH MUESTRA REVELADORA FOTO (murmullos)

DISCURSOS

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MEMORIA ANUAL POLÍTICA PARLAMENTARIA

Para finalizar, Señor Presidente, creemos que no hace falta nuestro acompañamiento en esta cuestión cuasi formal. Quienes propician estos acuerdos no nos han podido demos-trar que los mismos tengan algún otro fin que el postergado sueño de dos dirigentes con ambiciones nacionales.

Como dije, nosotros tenemos un capital moral y son 120 años de coherencia. Este pro-yecto nació entre represión, la tasa vial y la utilización de nuestros abuelos como variable de ajuste, razón por la cual no lo acompañamos entonces, ni lo haremos ahora.

Muchas Gracias (Aplausos de la barra)

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MEMORIA ANUAL POLÍTICA PARLAMENTARIA

DECLARAR DE INTERÉS LEGISLATIVO LOS HOMENAJES Y ACTIVI-DADES DE RECORDACIÓN AL EX PRESIDENTE DE LA NACIÓN DR. ARTURO UMBERTO ILLIA EN CONMEMORACIÓN DEL QUINCUAGÉ-

SIMO ANIVERSARIO DE LA ASUNCIÓN DE SU PRESIDENCIA.

Sra Presidenta (Alicia Mónica Pregno).- Corresponde el tratamiento del del Orden del día, proyecto de ley 10219/L/12 que cuenta con despacho de comisión.

(…)

Sra Presidenta (Pregno).- Tiene la palabra el Legislador Arduh

Sr. Arduh.- Tengo que confesar que resultó difícil elegir bien las palabras, ante la enor-me responsabilidad con la que se me ha honrado, estamos aquí Señora presidenta para pedir se declare de Interés legislativo los homenajes y actividades de recordación al ex Presidente de la Nación Dr. Arturo Umberto Illia en conmemoración del quincuagésimo aniversario de la asunción de su Presidencia, organizadas por la Comisión Nacional Pro “Monumento Histórico Casa del Dr. Arturo U. Illia” de su Ciudad, la Ciudad de Cruz del Eje.

Creemos es de toda Justicia la idea de referencia, por tratarse de un hombre público de perfiles singulares, que destacó su personalidad a través de una acción tan infatigable como desinteresada, enalteciendo con su conducta la causa sagrada de la Democracia.

Por eso tratando de superar la escasez de tiempo, haremos una humilde reseña. Quizás este camino no sea el más afectado, pero es que tratándose de Arturo Illia, no hay lugar para grandilocuencias y formalismos, sería una forma me parece, de desvirtuar un poco la esencialidad fundamental de los actos de su vida, ya que todo homenaje a rendirse a los hombres públicos deben adecuarse a modalidades que no estén en pugna con las caracte-rísticas que destacaron la personalidad que se trata de honrar, en este caso con la ejemplar austeridad que fue, tal vez, su cualidad más sobresaliente.

De las obras de su Gobierno no nos hace falta hablar porque éstas hablan por sí mismas, allí están los diques construidos, los caminos, las escuelas y los hospitales poblando toda la República como testimonios dejados en cada Provincia y que con su elocuencia mayor proclaman la vigencia realizadora que tuvo dicho Gobierno.

Allí está su Política Internacional cimentada en los principios de Hipólito Yrigoyen donde “los hombres son sagrados para los hombres y los pueblos para los pueblos” y la resolución de la Asamblea General de ONU 2065 que obligaba por primera vez, a Gran Bretaña a discutir la cuestión de la Soberanía de nuestras Islas Malvinas.

Allí está su política energética, en la anulación de los ilícitos contratos petroleros que nos permitió recuperar nuestra plena soberanía energética.

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MEMORIA ANUAL POLÍTICA PARLAMENTARIA

Políticas progresistas impulsadas sin confrontación, sin un solo día de estado de sitio, sin presos políticos y sin represión; buscando el diálogo fecundo que permita, aun a costa de la inestabilidad política del Gobierno, incorporar a todos los sectores del País, lo que llevó al levantamiento de las ilegítimas proscripciones, permitiendo al justicialismo inter-venir en las elecciones de 1965.

Allí en sus políticas económicas está el verdadero Estado de bienestar:

Aumentó la producción, en 1963 en un 10,3 por ciento y en 1965 en un 9,2 por ciento.

Creció la industria, en 1964 un 18,9 por ciento y en 1965 un 13,8 por ciento.

Redujo la deuda externa de 3390 millones de dólares a 2650 millones.

Y con una desocupación por debajo del 5,2 por ciento en ese período.

Allí está en definitiva, Señor Presidente, la profunda revolución democrática que Él proclamaba: allí y en la ley Oñativia de medicamentos, en la ley de Salario Mínimo Vital Móvil y en el presupuesto más alto de la historia en educación y en salud en la Republica Argentina, –siempre ejerciendo todo ello, desde una altísima concepción de honestidad administrativa y con irrestricto respeto a las Instituciones Republicanas y a la Constitu-ción Nacional.-

50 años pasarán desde que Don Arturo Gobernara nuestra Argentina y en el devenir de nuevas cosas, nunca se oscureció su figura ejemplar y austera, por el contrario hoy surge cada día más clara entre nosotros su silueta moral.

Y creo que esto es porque jamás tuvo miedo, rasgo que en nuestros días explica la pará-lisis de civismo que ha muchos atormenta.

Pero sobretodo, Señora Presidenta, porque tampoco conoció la comodidad, los lujos y las frivolidades, que suelen ser la antesala de todas las claudicaciones.

Y es por todo esto que debemos comenzar con el homenaje que culminará el 12 de Octubre del año 2013, porque tuvo la conciencia del deber con su hora y con su medio.

Para finalizar, quiero contarles que: Representar al radicalismo de córdoba implica, Se-ñores Legisladores, una gran autoridad, una gran responsabilidad de significado trascen-dente.

Significa ejercer el mandato de un Partido Político holgadamente victorioso en esta Provincia y que ha dado grandes hombres al concierto nacional.

Tratando de entender las causas del prestigio del Radicalismo de Córdoba, que lo siente el País como propio, entre otras causas he encontrado como fundamental la proyección que tuvo y que tiene la lucha, la vida y el Gobierno de Don Arturo Umberto Illia.

DISCURSOS

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MEMORIA ANUAL POLÍTICA PARLAMENTARIA

Muchas gracias (“Aplausos”)

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MEMORIA ANUAL POLÍTICA PARLAMENTARIA

TRATAMIENTO SOBRE TABLAS, EN PRIMERA LECTURA, DEL PRO-YECTO DE LEY 9689/E/12, INICIADO POR EL PODER EJECUTIVO, POR EL CUAL SE CREA LA TASA VIAL PROVINCIAL DESTINADA A RETRIBUIR LA PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS QUE DEMANDE EL MANTENIMIENTO, CONSERVACIÓN, MODIFICACIÓN Y/O MEJORA-MIENTO DE TODO EL TRAZADO QUE INTEGRA LA RED CAMINERA

PROVINCIAL.

Sr. Presidente (Gutiérrez).- Tiene la palabra el legislador Arduh.

Sr. Arduh.- Señor presidente: quiero, en nombre del bloque de la Unión Cívica Radical, formular una serie de consideraciones respecto del proyecto que estamos tratando.

En primer lugar, estimo pertinente efectuar algunas aproximaciones conceptuales, pues-to que la entidad del proyecto en tratamiento requiere, para esclarecer la postura de la bancada que represento, partir de conceptos claros.

Estamos debatiendo la creación de una tasa, señor presidente, en concreto la Tasa Vial provincial -como la ha bautizado el Ejecutivo-, y corresponde destacar que hablar de tasa es hablar de un tributo exigido a aquel a quien de alguna manera afecta o beneficia una actividad estatal, es decir, que el hecho generador de la tasa está caracterizado por la prestación efectiva o potencial de un servicio público individualizado en la persona del contribuyente que, tal como lo estableció la Corte Suprema de Justicia de la Nación, lo es desde el momento en que el Estado lo pone a disposición del particular.

Queremos dejar sentado que desde el radicalismo creemos que el servicio debe prestarse de manera cierta y efectiva, señor presidente, puesto que si la prestación se ejecutase de otro modo la contraprestación exigida al sujeto carecería de causa; pero con una salvedad: la prestación puede ser potencial, pero la potencialidad no radica en la efectiva prestación del servicio sino en la percepción del mismo. Remarco este concepto, señor presidente: “la percepción del mismo”, esto es, en otras palabras, la utilización, la “efectiva” utiliza-ción.

Lo que se exige para que se genere la obligación de pagar la tasa es que el Estado haya hecho lo suyo, es decir, que haya prestado efectiva o potencialmente el servicio público, limitando esta potencialidad, exclusivamente, del lado del contribuyente, o sea que si la prestación no se ha hecho efectiva ello ha sido por decisión de éste y no por deserción del Estado.

En conclusión: este tributo debe, necesariamente, presentar una relación directa con un servicio efectivamente prestado por el Estado que pretende cobrarlo. En este aspecto resi-de, señor presidente, la principal crítica u observación –como prefieran llamarle- al pro-yecto del oficialismo. Creo, señor presidente, que esta cuestión también es consecuencia de esta novela -un culebrón, si se me dispensa la expresión-, entre los gobiernos nacional y provincial, todos compañeros pero que ahora se desconocen. Y los cordobeses, como

DISCURSOS

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MEMORIA ANUAL POLÍTICA PARLAMENTARIA

siempre, en medio de esta pelea, porque este tributo se fundamenta en la crítica situación económica descripta por el Gobernador, en este recinto, desde ese estrado en el que está usted, señor presidente, hace unas semanas, endilgándole a la Nación que por lo que nos debe a los cordobeses nos vemos obligados a tener que hacer un esfuerzo traducido, entre otras cosas, en este tributo.

Indudablemente, el Gobierno nacional, al que el oficialismo provincial acompañó, votó y entregó sus diputados nacionales, nos debe y mucho, pero no es el único responsable de la crítica situación financiera que atraviesa Córdoba; en algo han contribuido las suce-sivas administraciones de Unión por Córdoba –hace 13 años que gobierna el peronismo. Primero les suspenden a los jubilados la movilidad de los haberes; ahora cargan 30 centa-vos por litro de combustible a todo el que vaya a cargar; no sé con qué nos encontraremos la semana próxima, señor presidente.

Volviendo al punto, y para concluir con esta primera consideración, remarco que es preciso diferenciar entre la potencialidad en las prestaciones efectiva y potencial; esto es, señor presidente, que para que haya tasa ésta debe exigirse cuando las obras de manteni-miento y conservación estén habilitadas, lo que no está previsto en el proyecto, porque el tributo objeto de este debate comenzará a percibirse antes de que se realice el servicio, por lo que podemos afirmar, sin temor a equivocarnos, que no se satisface la principal condición que exige la tasa, ya que las obras proyectadas no sólo no están individualiza-das sino que no estarán disponibles para aquellos sujetos afectados al momento en que carguen combustibles.

Otro aspecto que queremos destacar, señor presidente, reside en la proporción entre el monto de la tasa y el costo del servicio.

Ocupa la Presidencia el señor Presidente Provisorio, legislador Alesandri.

Nuestra opinión es que la esencia de la tasa no exceda de una razonable equivalencia entre su producto y el costo global del servicio estatal vinculado. Y al respecto, es dable destacar, señor presidente, que la Corte Suprema sostuvo que cuando el monto excede al costo del servicio la tasa aparece como un impuesto encubierto.

Razón por la cual concluimos respecto de este punto que, al igual que la necesidad de prestación efectiva analizada, es de la esencia de la tasa que su base de cálculo se fije en función de la medición o cuantificación de alguno o algunos de los elementos que inte-gran el hecho generador de la misma pues, de lo contrario, la exigencia de la tasa como tal carecerá de legitimidad, en especial en cuanto a la potestad para establecerla.

Por todo ello, señor presidente, sostenemos que el proyecto del oficialismo no se con-sustancia con los parámetros previamente establecidos, ya que no establece en ningún ar-tículo del mismo el costo del servicio real o potencialmente ofrecido, el destino o control del Fondo Provincial de Vialidad, los gastos de mantenimiento y renovación del material, salario del personal, gastos de adquisición de materias primas, entre muchos otros.

DISCURSOS

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MEMORIA ANUAL POLÍTICA PARLAMENTARIA

Señor presidente, también nos preocupa que, atendiendo a las circunstancias críticas que política y económicamente atraviesa nuestra Provincia, y conociendo los usos y costum-bres de Unión por Córdoba en el manejo de la cosa pública, puede ocurrir que se terminen solventando gastos ajenos al servicio vinculado a la tasa; basta recordar lo que viene ocurriendo con el comúnmente llamado Impuesto al Fuego.

Por todo lo expuesto, en este proyecto de creación de la tasa vial de la Provincia de Córdoba, creemos particularmente que de no mediar el estricto cumplimiento de los presupuestos mencionados, estaríamos en presencia de un nuevo impuesto encubierto.

Para cerrar esta alocución, voy a hacer mención a un discurso del Gobernador Sabattini, en ocasión de elevar a la Legislatura, en 1938, el proyecto de leyes impositivas, en el que alude a un principio que parecen haber olvidado los representantes del Gobierno provin-cial y también el nacional: el de la “progresividad de los impuestos”.

Decía don Amadeo: “El que más tiene debe pagar más que el que menos tiene, y no una simple proporción de cantidades sino equiparándolo en lo posible en el esfuerzo y en el sacrificio. Reclamar 10 al que tiene 1.000 y 10.000 al que tiene 1.000.000, aunque exista en ello una proporción numérica, es a todas luces injusto, ya que en el primer caso el tri-buto de 10 puede representar el sacrificio de lo indispensable, y en el segundo el tributo de 10.000 no es sino parte de lo superfluo de lo que sobra”.

Muchas gracias.

Sr. Presidente (Alesandri).- Gracias, señor legislador. Solamente quiero aclarar una cuestión que hace al aspecto formal. No hace una semana que estoy sentado aquí, sino apenas dos horas y cuarto. Gracias legislador.

Tiene la palabra el señor legislador Arduh.

Sr. Arduh.- Lo dije por el Gobernador De la Sota, no por usted, señor presidente.

Sr. Presidente (Alesandri).- Pero no preside el señor Gobernador, señor legislador. Usted dijo que hacía una semana que estaba sentado acá.

Sr. Arduh.- Lo tengo en el discurso, después pídaselo a los taquígrafos.

Dije que el señor Gobernador estuvo diciendo el discurso donde está usted en este momento, en el estrado. Nada más, señor presidente

Después de una extensísima argumentación jurídica pero de dudosa constitucionalidad del legislador justicialista Juan Manuel Cid donde niega la interrupción a la legisladora Olga Rista interviene el Legislador Arduh

Sr. Presidente (Alesandri).- Perdón, señor legislador Cid.

El legislador Arduh le solicita una interrupción, ¿se la concede?

DISCURSOS

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MEMORIA ANUAL POLÍTICA PARLAMENTARIA

Sr. Cid.- Por supuesto, señor presidente.

Sr. Presidente (Alesandri).- Tiene la palabra el señor legislador Arduh.

Sr. Arduh.- Señor presidente: esto parece una “escuelita”…

Estoy hablando a través suyo, señor presidente, me parece que el legislador Cid está exponiendo por lo que le dijo a la legisladora Rista.

Primero, no sabemos lo que está diciendo porque está tratando de defender lo indefen-dible y se tiene que hacer cargo de eso. No venimos acá a una escuelita porque nosotros ya fuimos a la escuela.

Por otro lado, el legislador Cid recién habló de García Belsunce. En el tema de Derecho Tributario, García Belsunce dice: “Si el monto de la tasa se desliga por completo del costo del servicio, deja de ser una tasa aunque así se denomine, correspondiendo entonces que su validez sea examinada de acuerdo con la naturaleza que en tal caso pasare a revestir”. ¿Estamos?

Recién se citó a García Belsunce y nosotros también lo hemos citado acá. Entonces, cuando vaya a explicar algo, que lo haga no como si fuera una escuelita, señor presiden-te, porque ya somos grandes y además legisladores. Le pido, por su intermedio, señor presidente, que tenga respeto a los legisladores y más aún a las damas. (Aplausos de los radicales)

DISCURSOS

CAPÍTULO 2

REGISTRO FOTOGRÁFICO

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118MEMORIA ANUAL POLÍTICA PARLAMENTARIA

15-12-2011 Con Intendentes radicales

20-12-2011 Reunión con el Foro de Intendentes Radicales

10-02-2012 Arduh y Brower en el marco del dialogo político convocado por el Gobernador José Manuel De La Sota

Orlando Arduh - LEGISLADOR PROVINCIAL

119 MEMORIA ANUAL POLÍTICA PARLAMENTARIA

14-02-2012 Reunión de legisladores con Intendentes

15-02-2012 En Arroyito, con Intendentes por la problemática de la Ruta 19

06-03 2012 Con Giovanni Negro, Consigliere Regionale della Regione Piemonte

Orlando Arduh - LEGISLADOR PROVINCIAL

120MEMORIA ANUAL POLÍTICA PARLAMENTARIA

03-03-2012 En Montecristo, en la segunda re-unión con Intendentes por las condiciones de la

ruta 19

20-03-2012 Arduh y Edwin Riva, Intendente de Monte Buey

24-04-2012 Primera reunión de la Comisión Parla-mentaria Conjunta de la Región Centro, en Río Ce-

ballos

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121 MEMORIA ANUAL POLÍTICA PARLAMENTARIA

01-05-2012 Locro del Primero de Mayo en el Comité de la Secciona Sexta

03-05-2012 Conformación Junta Promotora Provin-cial de Confluencia, liderada por Ramón Mestre.

En el Comité de la localidad de Oncativo – Departa-mento Río Segundo

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122MEMORIA ANUAL POLÍTICA PARLAMENTARIA

14-05-2012 En Bialet Massé, con dirigentes de departamento Punilla

19-05-2012 En el Foro, analizando con los Intenden-tes el proyecto de Ley presentado por el Ejecutivo

Provincial Contra la Trata de Personas

05-06-2012 Acompañando al Intendente Ramón J. Mestre en la inauguración de la pileta cubierta del

Polideportivo General Paz

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123 MEMORIA ANUAL POLÍTICA PARLAMENTARIA

14-06-2012 En Morteros, con autoridades partidarias

14-06-2012 Recorrida por comedores PAICOR en Departamento SAN JUSTO

14-06-2012 Taller Protegido para Niños Especiales “El Castillo Azul”

Orlando Arduh - LEGISLADOR PROVINCIAL

124MEMORIA ANUAL POLÍTICA PARLAMENTARIA

28-06-2012 Visita del Colegio Mark Twain a Legis-latura Provincial

Junto al Intendente de Yacanto Oscar Musumeci y dirigentes de departamento Calamuchita

24-07-2012 Reunión con autoridades del Ejecutivo Pro-vincial por el déficit de la Caja de Jubilaciones

Orlando Arduh - LEGISLADOR PROVINCIAL

125 MEMORIA ANUAL POLÍTICA PARLAMENTARIA

06-08-2012 Reunión con el Ministro Oscar Gonzáles por el Proyecto para reactivar el Fo.Vi.Cor.

07-08-2012 Reunión con los Intendentes radicales en la sede del Foro, por el Proyecto del Fo.Vi.Cor

10-08-2012 En el Comité Circuito Santa Rosa

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126MEMORIA ANUAL POLÍTICA PARLAMENTARIA

17-08-2012 Asunción Autoridades Comité Circuito y Comité Departamental – Totoral

12-09-2012 Asunción de Autoridades partidarias del Comité Departamental San Justo.

01-11-2012 Seminario de Capacitación Política Región Centro – Comité Provincia de Córdoba

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127 MEMORIA ANUAL POLÍTICA PARLAMENTARIA

01-11-2012 Seminario de Capacitación Política Región Centro – Comité Provincia de Córdoba

05-11-2012 Junto al Intendente de la Ciudad de Córdoba Ramón J. Mestre en la Feria Interna-

cional de Turismo

12-11-2012 Con el ViceIntendente de Córdoba Marcelo Cossar acompañando a la Intendente de Quilino Soledad Carrizo cuando fue

distinguida como uno de los 10 jóvenes sobresalientes del 2012

Orlando Arduh - LEGISLADOR PROVINCIAL

128MEMORIA ANUAL POLÍTICA PARLAMENTARIA

30-11-2012 Reunión con el Intendente Ramón J. Mestre y dirigentes departamentales de la Juven-

tud Radical

30-11-2012 Villa Giardino – Congreso Provincial UCR

19-12-12 Homenaje al Dr. Víctor Martínez

Orlando Arduh - LEGISLADOR PROVINCIAL

129 MEMORIA ANUAL POLÍTICA PARLAMENTARIA

19-12-12 Jura como Vicepresidente II de la Unica-meral para el periodo 2013, manteniendo el cargo de

autoridad de Cámara que tuvo durante el 2012

27-12-2012 Homenaje a ex legisladores radicales

Presidiendo la Cámara

CAPÍTULO 3

PARTICIPACIÓN EN LOS MEDIOSNotas de opinión

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Debemos dar el ejemplo y comenzar por Córdoba

Las recientes movilizaciones sociales dejaron a todo el arco político varios mensajes que no podemos soslayar. Orlando Víctor Arduh.

Publicado en la edición de La Voz del Interior del lunes 21 de octubre de 2012

Las recientes movilizaciones sociales que congregaron de modo espontáneo a miles de manifestantes en varios puntos del país dejaron a todo el arco político varios mensajes que no podemos soslayar.

El Gobierno nacional reaccionó ante semejante fenómeno político-social con el mismo recurso con el que aborda la inflación, los casos de corrupción y la creciente inseguridad: la negación y la subestimación al que piensa diferente.

En este contexto, fue esperanzador encontrar una sociedad movilizada en paz y unida a favor de la libertad, la seguridad, la necesidad de diálogo y la libertad de expresión, en el marco de la defensa de las instituciones y como límite a los deseos de eternización en el poder. Y que logró desestimar algo que se repetía como una revelación: las clases medias urbanas sólo se movilizan cuando se ven afectados sus derechos patrimoniales.

Nadie puede ni debe atribuirse el éxito de esta convocatoria; hacerlo sería no entender los motivos que le dieron origen.

No podemos tampoco, como pretenden algunas voces, reducir la cuestión a una simple estrategia cuantitativa, que nos enfrente una vez más e inútilmente con un gobierno de clara filiación ideológica autocrática.

Las soluciones se presentan algo más complejas y deben converger en una preocupación específica: asegurar la convivencia, como fin propio de la sociedad, a través de la defensa de la Constitución Nacional.

Hacer algo. ¿Qué desafíos aparecen en este escenario para los partidos de oposición? ¿Qué deberíamos hacer para estar a la altura de las circunstancias y reconstruir alternati-vas superadoras?

Debemos dar el ejemplo y comenzar por Córdoba.

En tal sentido, desde el radicalismo de Córdoba tomamos la iniciativa de proponer al gobernador José Manuel de la Sota que instrumente las medidas políticas necesarias para promover un leal acercamiento de todas las fuerzas políticas, sociales y económicas de la provincia, a fin de consensuar y trazar objetivos inmediatos comunes para salir de la cri-sis en la que está inmersa nuestra provincia, restablecer el rumbo de una economía sana, defender el federalismo y fortalecer las instituciones.

Antes de empezar a insinuar cualquier clase de fórmulas electorales, los dirigentes de todos los sectores debemos acordar estrategias concretas y un plan mínimo de objetivos

NOTAS DE OPINIÓN

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MEMORIA ANUAL POLÍTICA PARLAMENTARIA

políticos.

Hay momentos en la vida de las sociedades en que es necesario acallar pasiones, poster-gar discrepancias y olvidar agravios.

Distinta sería la historia y, más importante, el presente, si los partidos de Córdoba unie-ran sus voces contra todas las pretensiones hegemónicas de aquellos que ostentan las funciones burocráticas del poder central y económico.

Hoy tenemos la oportunidad de volver a comulgar con el sentimiento y las expectativas de los miles de cordobeses y argentinos que se manifestaron, y desestimar cualquier pre-tensión de iluminación interpretadora del reclamo social. Ya otros asumieron ese papel. Ofrecer una alternativa es el primer desafío.

NOTAS DE OPINIÓN

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El futuro de la integración

La patria grande no se declama y la política simbólica y cortoplacista sólo posterga las posibilidades de obtener una verdadera integración. Orlando Víctor Arduh.

Publicado en La Voz del Interior, en la edición del lunes 21 de enero de 2013

Desde fines del siglo pasado el Mercosur constituye el bloque regional latinoamericano que mantiene relaciones más estrechas con la Unión Europea (UE). El paso siguiente era un acuerdo interregional que fortaleciera las relaciones existentes y renovara la asocia-ción estratégica entre ambas regiones, centrada en la innovación y la tecnología como motores del desarrollo sostenible y la integración social.

Después de años de trabajo preparatorio en 2004, las negociaciones se interrumpieron sin demasiadas explicaciones. Si bien hubo importantes avances en el diálogo político, incluida la propuesta de crear una asamblea parlamentaria euro-latinoamericana, queda-ron truncados los proyectos conjuntos en materia de energías renovables, infraestructura, ciencia y tecnología.

En Madrid, durante 2010, se retomó el diálogo con vistas a la reapertura de las nego-ciaciones. Ya pasados dos años, estamos en un momento crucial para definir los futuros contornos y alcances del acuerdo birregional.

Desde la UE se adjudican las dificultades a la política exterior de Argentina, el apoyo de políticas proteccionistas y la falta de adecuación normativa de Venezuela.

Además, existe una controversia comercial, con demandas mutuas entre países miem-bros de la UE contra Argentina ante la Organización Mundial de Comercio. Otras trabas provienen de la política de importaciones del secretario de Comercio Guillermo Moreno y sus formas (no muy democráticas, ni muy diplomáticas), del cepo cambiario y de la falta de seguridad jurídica.

Por su parte, desde la Cancillería argentina también se escuchan reclamos hacia las políticas económicas de la UE, en particular referidas al ingreso a Europa de productos agrícolas, afectados por la Política Agraria Común (PAC).

En pocos días, en Santiago de Chile se reunirán representantes de los 33 países de la Celac (América latina y el Caribe) y los 27 de la UE. Quizá sea una de las últimas chances para saber si existe un genuino deseo de avanzar en la construcción de un acuerdo.

Se podrá avanzar hacia un compromiso con el multilateralismo, definir intereses comu-nes o, por el contrario, decretar el final anunciado de una negociación que no sólo tiene alcances económicos y políticos. Incorpora nuevos desafíos en el campo de los derechos humanos y la lucha contra la violencia de género.

Una nueva frustración seguramente llevará el interés europeo hacia otras áreas (India,

NOTAS DE OPINIÓN

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Orlando Arduh - LEGISLADOR PROVINCIAL

MEMORIA ANUAL POLÍTICA PARLAMENTARIA

Japón o Estados Unidos). Es probable que busque acuerdos por fuera del Mercosur con Brasil, que representa más del 70 por ciento del mercado regional latinoamericano.

Si bien, en principio, Brasil no podría prosperar en esa dirección, sus autoridades no basan su política exterior y económica en un relato de nostalgia y violencia, sino en la realidad y el progreso. En algún momento deberán negociar con la UE, que sigue siendo el principal inversor extranjero en la región, con 385 mil millones de euros de inversión extranjera directa.

Aquel bloque que soñó Raúl Alfonsín podría no resultar indispensable para nuestros socios en el desarrollo de todo su potencial económico global. Entretanto, la presidenta Cristina Fernández de Kirchner deberá comprender que la patria grande no se declama y que la política simbólica y cortoplacista sólo posterga las posibilidades de obtener una verdadera integración latinoamericana. Otra vez se dejan pasar oportunidades históricas de alcanzar un verdadero desarrollo económico y social en Argentina y la región en su conjunto.

NOTAS DE OPINIÓN