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MEDIOS DE SERVICIO PÚBLICO (Enfoque legal) Presenta: Dra. Perla Gómez Gallardo

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MEDIOS DE SERVICIO PÚBLICO

(Enfoque legal)

Presenta: Dra. Perla Gómez Gallardo

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ASPECTO FILOSÓFICO:

Ontos Axios Teleos

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PRINCIPIOS

universalidad, diversidad, independencia y diferenciación

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TIPOS DE NORMAS

MORALES RELIGIOSAS DE TRATO SOCIAL JURÍDICAS

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DIFERENCIA ENTRE NORMAS MORALES Y JURÍDICAS

MORALES JURIDICAS Interna Externa Unilaterales Bilaterales Autonomía Heteronomía Incoercible Coercible

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Del régimen de autoridad al régimen de opinión y de participación: aportes para la redefinición de la televisión de servicio público en América Latina, celebrado el 12 y 13 de marzo de 2007 en la Ciudad de México, el Canal Once y la UNESCO elaboraron once principios para la promoción, organización y desarrollo del servicio público de televisión.

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1. La razón de ser de la televisión pública es el servicio público auténtico.

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2. La televisión de servicio público debe animar, buscar y obtener una manifestación clara y no vinculante por parte de la institucionalidad política del Estado y la expresión plenay no circunstancial de tal voluntad como plataforma eficiente de apoyo, garantía de continuidad, sostenibilidad económica,independencia editorial y fortaleza para sus actuaciones financieras en los

ámbitos nacionales e internacionales.

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3. La televisión de servicio público debe ganar el reconocimiento y la alta valoración de la población en virtud de la pertinencia, diversidad y alta calidad de los contenidos que produce ydifunde.

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Ello a través de la participación ciudadana en la construcción de la agenda de programación, incluyendo los espacios noticiosos, los cuales deberán guardar equilibrio y apertura, criterios profesionales y concebir a la información como un bien público.

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4. La televisión de servicio público debe ser plural en su conducción, gozar de autonomía e independencia editorial.

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5. La televisión de servicio público debe hacer énfasis en la calidad, el uso pertinente de las nuevas tecnologías de información que siempre deben estar subordinadas a los contenidos, y el estudiosistemático sobre las necesidades y aspiraciones de sus audiencias.

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6. La televisión de servicio público deberá regirse por procesos internos de gestión de calidad sin que ello interfiera en la consecución de sus objetivos y fines.

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7. La televisión de servicio público debe estimular el desarrollo de la industria audiovisual, mediante el fomento de producciones propias así como de mecanismos de intercambio de programas y cooperación técnica y profesional a nivel local, nacional y regional.

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8. La sociedad civil y la sociedad política deben promover undebate plural, amplio y democrático que genere, cumplidas las instancias constitucionales,

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un marco jurídico para el desarrollo de una radiotelevisión de servicio público así como una política pública que guíe su desenvolvimiento y coadyuve a la consecución de sus objetivos.

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9. La televisión de servicio público debe profundizar sus acciones para que la ética, la transparencia y la rendición de cuentas seanejes fundamentales de su quehacer.

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10. La televisión de servicio público debe adaptarse a las realidades económicas, políticas, culturales y a las necesidades de la población del país.

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11. La televisión de servicio público debe reforzar su vocación a favor de la democracia, de la libertad de expresión, de la diversidadcultural, de la promoción de los derechos humanos y de laintegración latinoamericana.

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Si los medios de comunicación comerciales expresan el punto de vista de sus propietarios y los medios gubernamentales el punto de vista del gobierno, los medios públicos deben buscar su propio punto de vista compatible con el interés público.

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FINANCIAMIENTO

Existen distintas fuentes de financiación de las televisiones públicas en el mundo:

1. Tasa. Modalidad más extendida en las televisiones públicas europeas y consiste en el pago directo de los espectadores por hogar o por tenencia de receptores. La recaudación normalmenteecae en la propia entidad de televisión o en un organismo creado ad hoc.

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2. Subvención a la explotación. Asignación anual efectuada por la Administración competente consignada en los Presupuestos Generales del Estado o, en su caso, de las regiones.

3. Emisión de deuda pública. Del ente o empresa pública, o de la sociedad anónima filial de televisión, para obtener ingresos provenientes del mercado de capital.

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4. Operaciones de crédito. Préstamos obtenidos en el mercado capital que, generalmente, son avalados por la Administración Pública competente (el Estado o, en su caso, el Gobierno regional), pero sólo presta garantías la propia empresa.

5. Ayudas directas. Otorgadas por la Administración competente. Específicas para la financiación de nuevas explotaciones e inversiones que acomete la empresa pública de televisión.

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6. Contratos programa. Ayudas públicas vinculadas, en un documento marco, a la producción/emisión de determinados programas audiovisuales que satisfacen compromisos y obligaciones de servicio público.

7. Publicidad institucional. Entendida en exclusiva es una opción de financiación, en lugar de la publicidad comercial, para evitar la competencia directa con otros medios privados.

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8. Convenios institucionales. Para prestar una atención específica a una actividad o acontecimiento de interés público, campañas de fomento o divulgación de asuntos de utilidad social, etcétera, que se suscriben ante la cadena de televisión y un organismo oficial o entidad sin ánimo de lucro.

9. Contribuciones institucionales, ayudas y donativos provenientes de instituciones públicas (administraciones locales universidades, corporaciones profesionales fundaciones entidades filantrópicas, etcétera) y privadas (EE. UU.)

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10. Canon sobre consumo de electricidad. Canon cubierto por los ciudadanos sobre un porcentaje del consumo de energía eléctrica en el hogar (Grecia y Turquía).

11. Canon de operadores. Pagado por lo operadores privados de televisión para financiar el servicio que prestan las entidades públicas (Finlandia).

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Mecanismos de control.

Transparencia. Rendición de cuentas. Autoridad reguladora independiente. Defensor de la audiencia.

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GRACIAS POR SU ATENCIÓN

www.caiplex.org/