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MEDIOS DE IMPUGNACIÓN Recurso de revisión REV Recurso de apelación RAP Juicio de inconformidad JIN Procedimiento especial para dirimir los conflictos o diferencias laborales entre el Instituto Electoral y sus servidores PEIE Juicio para la protección de los derechos político- electorales del ciudadano JDC

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Page 1: MEDIOS DE IMPUGNACIÓN - triejal.gob.mx · instrucción El magistrado electoral propondrá al Pleno del Tribunal el proyecto de sentencia de sobreseimiento o de fondo SUSTANCIACIÓN

MEDIOS DE IMPUGNACIÓN

Recurso de revisión

REV

Recurso de apelación

RAP

Juicio de inconformidad

JIN

Procedimiento especial para dirimir los conflictos

o diferencias laborales entre el Instituto Electoral

y sus servidores

PEIE

Juicio para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano

JDC

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IMPUGNACIÓN

Demanda

Debe presentarse por

escrito

Ante la autoridad opartido políticoseñalado comoresponsable del acto oresolución impugnado

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REQUISITOS GENERALES El escrito de demanda debe contener:

• Nombre del actor;

• Domicilio para recibir notificaciones, el cual deberá estar ubicado en la ciudad de

residencia de la autoridad que deba resolver el medio de impugnación, y en su caso, a

quien en su nombre las pueda oír y recibir;

• Acompañar el o los documentos necesarios para acreditar la personería del promovente;

• Señalar la agrupación política; el partido político o coalición que representen en su caso;

• Identificar el acto o resolución impugnado y la autoridad responsable;

• Mencionar de manera expresa y clara los hechos en que se basa la impugnación;

• Los agravios que cause el acto o resolución impugnado, así como los preceptos

presuntamente violados;

• El ofrecimiento de las pruebas relacionándolas con los hechos que se pretendan probar;

la mención de las que deban requerirse, cuando el promovente justifique que

oportunamente las solicitó por escrito al órgano competente, y éstas no le hubieren sido

entregadas;

• Acompañar en copia simple 3 tantos de la demanda, de las que una será puesta a

disposición de los terceros interesados; y

• Firma autógrafa del promovente o huella digital.

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PLAZOS PARA INTERPOSICIÓN

Contados a partirdel siguiente al enque surta efectosla notificación delacto o resoluciónimpugnado

Recurso de revisión

3 días

Recurso de apelación

6 días

Juicio para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano

6 días

Procedimiento especial para dirimir los conflictos o diferencias laborales entre el Instituto Electoral y sus

servidores

15 días*

Juicio de Inconformidad

6 días

*A partir de que se notifique la determinación del Instituto

Electoral o de alguno de sus órganos

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TRÁMITE

Avisa de la presentaciónde la demanda al Tribunal

Hacerlo del conocimientopúblico mediante cédulaen estrados por un plazode 48 horas

Los terceros interesadospueden comparecerdentro del plazo de 72horas

Remite al Tribunal dentrode las 24 horas siguientesal vencimiento de los 6días.

-Escrito de demanda

-Documento en que consteel acto impugnado

-Expediente

-Escritos de tercerosinteresados*

-Informe circunstanciado

-Anexos

Se recibe ladocumentación enOficialía de Partes delTribunal

La responsable

*En su caso

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El Magistrado Presidenteturna el expediente a unmagistrado electoral

El magistrado electoralrevisa si el escrito dedemanda reúne losrequisitos

Si no reúne los requisitos elmagistrado electoral proponeal Pleno del Tribunal eldesechamiento de lademanda

Si reúne todos los requisitos,se dictará el auto de admisiónen el que se proveerá sobrelas pruebas

Sustanciado elexpediente y puesto enestado de resolución, sedeclarará cerrada lainstrucción

El magistrado electoralpropondrá al Pleno delTribunal el proyecto desentencia desobreseimiento o defondo

SUSTANCIACIÓN

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RESOLUCIÓNEl magistrado electoral propone al

Pleno del Tribunal el proyecto de

sentencia en sesión pública

Si el proyecto es votado en contra por la mayoría

de los Magistrados a propuesta del Presidente,

se designará a otro magistrado para que a partir

de que concluya la sesión, engrose el fallo con

las consideraciones y razonamientos jurídicos

pertinentes a la brevedad posible

Las sentencias que dicte el Tribunal serán definitivas e

inatacables, en su contra no procederá juicio o recurso

alguno, salvo los previstos en la Constitución Política de

los Estados Unidos Mexicanos

Las sentencias se notificarán a las partes

conforme a las especificaciones correspondientes

Para hacer cumplir las sentencias

que dicte, el Tribunal podrá

aplicar medios de apremio y

correcciones disciplinarias.

Si el proyecto es aprobado, podrá

serlo por unanimidad o por mayoría

de votos

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JUICIO PARA LA PROTECCIÓN DE

LOS DERECHOS POLÍTICO-

ELECTORALES DEL CIUDADANO

Si consideras que alguno de tus derechospolítico-electorales ha sido vulnerado, acude alTribunal Electoral del Estado de Jalisco a travésde un juicio para la protección de los derechospolítico-electorales del ciudadano, por sus siglas:JDC.

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NO OLVIDES QUE…

Para la interposición de los medios de impugnación:

1. Los plazos y términos son improrrogables. Si los plazos están por horas se computarán

de momento a momento y si están señalados por días, se considerarán de 24 horas.

2. Durante los procesos electorales todos los días y horas son hábiles.

3. Cuando la violación reclamada en el medio de impugnación no se produzca durante el

desarrollo de un proceso electoral ordinario o extraordinario, el cómputo de los plazos se

hará contando solamente los días hábiles, debiendo entenderse como tales todos los

días a excepción de los sábados, domingos, y los inhábiles en términos de ley.

4. Durante el tiempo que no corresponda a un proceso electoral ordinario o extraordinario,

serán horas hábiles las que medien entre las 7 y las 19 horas de los días hábiles.

5. La interposición de los medios de impugnación no producirá efectos suspensivos sobre

la resolución o el acto impugnado.

6. Los medios de impugnación serán improcedentes entre otras razones, cuando no se

hayan agotado las instancias previas establecidas en el Código Electoral, para combatir

los actos o resoluciones electorales y en virtud de las cuales se pudieran haber

modificado, revocado o anulado.

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ADEMÁS…Dentro de los procesos electorales, el Tribunal Electoral delEstado de Jalisco, también conoce de los ProcedimientosSancionadores Especiales PSE, cuando se denuncien:

Propaganda, bajo cualquier modalidad,que difundan los poderes públicos, losórganos autónomos, dependencias yentidades de la administración pública,municipios, organismos públicosdescentralizados y cualquier otro entepúblico, que contravenga su carácterinstitucional y fines informativos,educativos o de orientación social; asícomo que incluya nombres, imágenes,voces o símbolos que impliquenpromoción personalizada de cualquierservidor público.

Conductas quecontravengan lasnormas sobrepropaganda política oelectoral establecidaspara los partidospolíticos en el Códigoen la materia.

Conductas queconstituyan actosanticipados deprecampaña ocampaña.