marco teorico sist. educacional chileno

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2.2 Sistema Educativo Chileno e Inmigrantes. La Ley General de Educación del 2009 define la educación como el proceso de aprendizaje permanente que abarca las distintas etapas de la vida de las personas y que tiene como finalidad alcanzar su desarrollo espiritual, ético, moral, afectivo, intelectual, artístico y físico, mediante la transmisión y el cultivo de valores, conocimientos y destrezas. Se enmarca en el respeto y valoración de los derechos humanos y de las libertades fundamentales, de la diversidad multicultural y de la paz, y de nuestra identidad nacional, capacitando a las personas para conducir su vida en forma plena, para convivir y participar en forma responsable, tolerante, solidaria, democrática y activa en la comunidad, y para trabajar y contribuir al desarrollo del país. Referencias???, cita textual?? El hacer efectivo el derecho de la educación exige garantizar que todos los niños(as) y jóvenes tengan acceso a la educación, pero esta educación no puede ser cualquiera, sino que debe ser de calidad y con igualdad de oportunidades para todos, sin exclusión . (según que hay acceso a la educación) Solo el año 2005 está regulado el ingreso de niños(as) inmigrantes al sistema educativo y el acceso a este se ve dificultado, principalmente, por el desconocimiento que los administradores tienen de la legislación vigente. Lo que parece ser un trámite sencillo es engorroso y exige muchos

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La educacion y los inmigrantes

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2.2 Sistema Educativo Chileno e Inmigrantes.La Ley General de Educacin del 2009 define la educacin como el proceso de aprendizaje permanente que abarca las distintas etapas de la vida de las personas y que tiene como finalidad alcanzar su desarrollo espiritual, tico, moral, afectivo, intelectual, artstico y fsico, mediante la transmisin y el cultivo de valores, conocimientos y destrezas. Se enmarca en el respeto y valoracin de los derechos humanos y de las libertades fundamentales, de la diversidad multicultural y de la paz, y de nuestra identidad nacional, capacitando a las personas para conducir su vida en forma plena, para convivir y participar en forma responsable, tolerante, solidaria, democrtica y activa en la comunidad, y para trabajar y contribuir al desarrollo del pas. Referencias???, cita textual??

El hacer efectivo el derecho de la educacin exige garantizar que todos los nios(as) y jvenes tengan acceso a la educacin, pero esta educacin no puede ser cualquiera, sino que debe ser de calidad y con igualdad de oportunidades para todos, sin exclusin. (segn que hay acceso a la educacin)Solo el ao 2005 est regulado el ingreso de nios(as) inmigrantes al sistema educativo y el acceso a este se ve dificultado, principalmente, por el desconocimiento que los administradores tienen de la legislacin vigente. Lo que parece ser un trmite sencillo es engorroso y exige muchos documentos para conseguir una matrcula, la cual muchas veces demora en gran medida y los nios(as) pierden semestres e incluso aos de educacin (Quesille, 2007).

El estado comprende que la complejidad del fenmeno migratorio requiere del esfuerzo interinstitucional para avanzar en el desarrollo de acciones e iniciativas dirigidas al establecimiento de polticas pblicas de acogida para la poblacin migrante, buscando incorporarlos como usuarios especficos de los servicios que el Estado entrega. referenciasDe acuerdo a esto el Ministerio de Educacin facilita y promueve la incorporacin a los diversos establecimientos de educacin general bsica y media a todos los hijos de inmigrantes que residen en Chile. En acuerdo con el Ministerio de Educacin, se amplia la circular n 1179 precisando aqu, lo referido al acceso a la educacin de nios(as) y adolescentes independiente de la condicin inmigratoria de sus padres, con esto se busca establecer un procedimiento a fin de orientar a las autoridades educacionales del pas en relacin con el derecho a ingresar, permanecer y progresar en el sistema escolar nacional de todos los nios, nias y jvenes inmigrantes adems de facilitar la incorporacin de dichos alumnos(as) a los establecimientos educacionales del pas, la permanencia y progreso en el sistema. referenciaSe debe advertir que las autoridades educacionales, el personal docente y el personal no docente de los establecimientos no establezcan diferencias arbitrarias entre los alumnos en razn de su nacionalidad u origen. Por ltimo difundir en las comunidades escolares que cualquier forma de discriminacin en contra de los alumnos(as) inmigrantes es contrario al principio de igualdad, debiendo promover siempre el respeto por aquellos alumnos que provienen de otros pases. A que viene este comentarios?En relacin a los procedimientos y criterios de admisin, la circular N 1179 especifica lo siguiente: las autoridades educacionales y los establecimientos debern otorgar todas las facilidades para que los alumnos migrantes puedan ingresar, a la brevedad, al sistema escolar; los alumnos debern ser aceptados y matriculados provisionalmente en los establecimientos educacionales (artculos 7 y 8 del Decreto Supremo de Educacin N 651, de 1995); los Departamentos Provinciales de Educacin debern otorgar la autorizacin para matrcula provisional al alumno que lo requiera, debiendo presentar la documentacin que acredite su identidad, su edad y ltimos estudios cursados en el pas de origen, no pudiendo constituir impedimento el hecho que estos documentos no cuenten con el trmite de legalizacin; mientras el alumno se encuentre con matrcula provisoria se considerar como alumno regular para todos los efectos acadmicos, curriculares y legales a que diera lugar, sin perjuicio de la obligacin del alumno de obtener, su permiso de residencia en condicin de estudiante titular; y en cuanto al seguro escolar, estos alumnos migrantes sern beneficiarios igualmente de l.

En relacin a los procedimientos de homologacin de estudios que el nio o joven haya realizado en su pas de origen, hay dos tipos de trmites: la convalidacin o la validacin. El primero se lleva a cabo cuando existen convenios entre el pas de origen del solicitante y Chile; En el caso de la validacin, se lleva a cabo cuando no hay convenios entre los pases. Hay dos opciones de tramitacin de este proceso: hacer un examen de validacin,; o pedir la solicitud de validacin, que es una evaluacin que realiza un colegio designado por la Secretara Regional Ministerial correspondiente a la regin en la que resida la persona interesada.

En cuanto a las normas generales, esta circular menciona lo siguiente: para la calificacin y promocin escolar de los alumnos migrantes durante su primer ao de incorporacin al sistema escolar se sugiere a los directores de establecimientos educacionales flexibilizar los requisitos de asistencia; pueden eximirse del uso obligatorio del uniforme escolar y de las clases de religin, igualmente a los alumnos migrantes se les aplicarn las normas comunes en relacin con los cobros autorizados a los establecimientos educacionales, siendo as beneficiarios del sistema de subvenciones y becas, adems los alumnos migrantes y sus padres y/o apoderados podrn participar en los Consejos Escolares tales como Centro de Padres y/o Centro de Alumnos, en igualdad de condiciones; y por ltimo, se insta a que los reglamentos internos que rijan las relaciones de convivencia al interior de cada establecimiento propendan a fomentar las buenas prcticas y la integracin entre alumnos nacionales y extranjeros.

Finalmente, este mismo ministerio junto con la Junta Nacional de Jardines Infantiles (JUNJI) llev a cabo un convenio que facilita el acceso a la Educacin Parvularia a menores de 5 aos, hijos de mujeres migrantes y refugiadas, independientemente de la condicin migratoria en la que se encuentren.

Si bien existe un avance legal con respecto al acceso de los hijos de los inmigrantes al sistema educativo formal, se observa por un lado, una segregacin en relacin al tipo de establecimiento al que acuden los nios y adolescentes migrantes provenientes de Amrica del Sur con respecto a los establecimientos a los que acuden nios de nacionalidad chilena, estadounidense o europea, siendo as que los primeros acuden mayoritariamente a centros educativos municipales y los segundos a centros particulares. (Figura 1) referencias

Figura 1: Porcentaje de personas nacidas en el extranjero menores de 18 aos que asisten a un establecimiento educativo segn el tipo dependencia administrativa de este establecimiento.

Fuente: Encuesta Casen 2009

La poblacin joven inmigrante, se encuentra mayoritariamente en los centros educativos municipales, de manera que el futuro de estos jvenes, al igual que el de sus compaeros de clase chilenos, estar marcado por la condicin econmica de sus padres. En el caso concreto de los nios y jvenes inmigrantes, a este hecho se le suma las dificultades de aceptacin e integracin no slo a nivel social sino, en un futuro, tambin a nivel laboral.

Multiculturalidad en los estalecimientos edcacionales chilenso

El multiculturalismo se apoya en valores como la equidad y la justicia, la igualdad con derecho a la diferencia tnica y cultural, y se manifiesta a travs del ejercicio de reconocimiento, respeto y promocin de la identidad y cultural y lingstica. Sus aportes positivos son: a) la promocin de un mayor respeto de las culturas y los pueblos; b) impulso a reformas del sistema educativo; c) lucha contra el racismo y la discriminacin; d) regionalizacin cultural del currculum educacional, fortaleciendo a la vez un currculum bsico nacional, de manera que propicie la unidad en la diversidad referencias.Un concepto opuesto a multiculturalismo es el de la homogeneidad, el cual persigue la mayora de los pases modernos. Con la idea de una nacin monotnica, culturalmente homognea, se busca sustentar la visin de nacionalidad, que con la puesta en vigencia el grupo tnico cultural dominante consigue imponer su visin del mundo, el modelo de sociedad, las reglas del juego en las relaciones sociales, polticas y culturales. Este conjunto de condiciones convierte a los otros pueblos y culturas existentes en el pas en minoras, situacin que crea tensiones y a veces conflictos sociales. referenciasRodolfo Stavenhagen, miembro de la Comisin Internacional sobre la Educacin para el siglo XXI, recomienda que para que sea verdaderamente multicultural, la educacin deber ser capaz de responder a la vez a los imperativos de la integracin planetaria y nacional, y a las necesidades especficas de comunidades concretas, rurales o urbanas, que tienen una cultura propia. Llevar a todos a tomar conciencia de la diversidad y a respetar a los dems, ya se trate de sus vecinos inmediatos, de sus colegas o de los habitantes de un pas lejano. CItaLa multiculturalidad desde la educacin se fundamenta en la consideracin de la diversidad humana como oportunidad de intercambio y enriquecimiento; en la incoherencia pedaggica de la educacin monocultural, en su aplicacin generalizada a todo el colectivo en el convencimiento de que ningn individuo puede llegar a instituir su propia diferencia como elemento positivo de su identidad si no es, a la vez, reconocida por los dems. (Jimnez y Malgesini, 1997)

Bien.