marco normativo cbta 289

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Secretaria de Educación Pública Subsecretaria de Educación Media Superior Dirección General de Educación Tecnológica Agropecuaria Centro de Bachillerato Tecnológico agropecuario No. 289 “2016. Año del Centenario de la Instalación del Congreso Constituyente” Página 1 | 5 Carretera Cd. Altamirano - Ajuchitlan del Progreso, km. 20 C.P.: 40732, Corral Falso, Guerrero [email protected] Tel. 732-67-37334 MARCO NORMATIVO ESCOLAR DEL CENTRO DE BACHILLERATO TECNOLÓGICO AGROPECUARIO NO. 289 APLICABLE A PARTIR DEL CICLO ESCOLAR 2016 2017. CAPÍTULO I CONSIDERACIONES GENERALES ART. 1 Se considera alumno del Centro de Bachillerato Tecnológico Agropecuario No. 289 (CBTa No, 289), a todo aquel que haya entregado todos los documentos que se le solicitaron y se encuentre oficialmente inscrito. ART. 2 El manejo de toda información de los alumnos, así como la documentación contenida en sus expedientes será estrictamente confidencial y sólo podrá ser entregada a los padres de familia o tutor asignado por la familia. ART. 3 El CBTa No. 289 prestará los servicios educativos al alumno conforme a los planes y programas de estudios autorizados por la Dirección General de Educación Tecnológica Agropecuaria (D.G.E.T.A.), así como a la misión y visión establecida por la Institución, expedirá los certificados y constancias de estudios respectivos, con validez en los términos de la Ley General de Educación. ART. 4 El sistema de evaluación semestral será en apego a la normatividad de Control Escolar vigente. CAPÍTULO II DE LOS DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LOS ALUMNOS ART. 5 Son derechos de los alumnos: I.- Reinscribirse al semestre inmediato superior, cumpliendo con la Normatividad de Control Escolar en vigor. II.- Solicitar los resultados de las evaluaciones parciales, semestrales y extraordinarias, así como cualquier aclaración de su calificación o resultado. III.- En caso de que el profesor realice alguna aclaración no convincente, el alumno solicitará por medio del maestro tutor de grupo una nueva revisión. IV.- Pedir que se cumpla con los contenidos de los programas de estudio emitidos por la DGETA. V.- Solicitar oportunamente instrucciones claras y precisas acerca de los lineamientos necesarios para dar fiel cumplimiento al presente reglamento. VI.- Pedir puntualidad y asistencia de sus profesores y áreas de servicio. VII.- Elegir a sus jefes de grupo bajo los lineamientos del apartado XVIII del presente reglamento. VIII.- Expresar libremente sus ideas, siempre y cuando no se atente a la integridad física o moral de algún miembro de la comunidad escolar. IX.- Ser respetado en su integridad física o moral por todos y cada uno de los miembros de la comunidad educativa. X.- Recibir servicio de primeros auxilios en el plantel en caso de requerirse. XI.- Contar con servicio médico del IMSS (cuando no cuente con servicio médico de otra institución). XII.- Contar con un seguro facultativo (seguro de vida y gastos médicos mayores). XIII.- Podrán exponer, en el buzón de quejas y sugerencias así como en la instancia que considere pertinente, las actitudes inadecuadas o abusos del personal cuando estén fuera de lo permitido oficialmente. XIV.- Solicitar la credencial oficial que los acredite como alumnos de la institución. XV.- En caso de algún imprevisto, en días escolares el estudiante solicitará autorización para salir de la institución a la Oficina de Control Escolar, Departamento de Servicios Escolares o de la

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Secretaria de Educación Pública

Subsecretaria de Educación Media Superior

Dirección General de Educación Tecnológica Agropecuaria

Centro de Bachillerato Tecnológico agropecuario No. 289

“2016. Año del Centenario de la Instalación del Congreso Constituyente”

P á g i n a 1 | 5 Carretera Cd. Altamirano - Ajuchitlan del Progreso, km. 20

C.P.: 40732, Corral Falso, Guerrero

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Tel. 732-67-37334

MARCO NORMATIVO ESCOLAR DEL CENTRO DE BACHILLERATO TECNOLÓGICO AGROPECUARIO NO. 289 APLICABLE A PARTIR DEL CICLO ESCOLAR 2016 – 2017.

CAPÍTULO I CONSIDERACIONES GENERALES

ART. 1 Se considera alumno del Centro de Bachillerato Tecnológico Agropecuario No. 289 (CBTa No, 289), a todo aquel que haya entregado todos los documentos que se le solicitaron y se encuentre oficialmente inscrito. ART. 2 El manejo de toda información de los alumnos, así como la documentación contenida en sus expedientes será estrictamente confidencial y sólo podrá ser entregada a los padres de familia o tutor asignado por la familia. ART. 3 El CBTa No. 289 prestará los servicios educativos al alumno conforme a los planes y programas de estudios autorizados por la Dirección General de Educación Tecnológica Agropecuaria (D.G.E.T.A.), así como a la misión y visión establecida por la Institución, expedirá los certificados y constancias de estudios respectivos, con validez en los términos de la Ley General de Educación. ART. 4 El sistema de evaluación semestral será en apego a la normatividad de Control Escolar vigente.

CAPÍTULO II DE LOS DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LOS ALUMNOS

ART. 5 Son derechos de los alumnos: I.- Reinscribirse al semestre inmediato superior, cumpliendo con la Normatividad de Control Escolar en vigor. II.- Solicitar los resultados de las evaluaciones parciales, semestrales y extraordinarias, así como cualquier aclaración de su calificación o resultado. III.- En caso de que el profesor realice alguna aclaración no convincente, el alumno solicitará por medio del maestro tutor de grupo una nueva revisión. IV.- Pedir que se cumpla con los contenidos de los programas de estudio emitidos por la DGETA. V.- Solicitar oportunamente instrucciones claras y precisas acerca de los lineamientos necesarios para dar fiel cumplimiento al presente reglamento. VI.- Pedir puntualidad y asistencia de sus profesores y áreas de servicio. VII.- Elegir a sus jefes de grupo bajo los lineamientos del apartado XVIII del presente reglamento. VIII.- Expresar libremente sus ideas, siempre y cuando no se atente a la integridad física o moral de algún miembro de la comunidad escolar. IX.- Ser respetado en su integridad física o moral por todos y cada uno de los miembros de la comunidad educativa. X.- Recibir servicio de primeros auxilios en el plantel en caso de requerirse. XI.- Contar con servicio médico del IMSS (cuando no cuente con servicio médico de otra institución). XII.- Contar con un seguro facultativo (seguro de vida y gastos médicos mayores). XIII.- Podrán exponer, en el buzón de quejas y sugerencias así como en la instancia que considere pertinente, las actitudes inadecuadas o abusos del personal cuando estén fuera de lo permitido oficialmente. XIV.- Solicitar la credencial oficial que los acredite como alumnos de la institución. XV.- En caso de algún imprevisto, en días escolares el estudiante solicitará autorización para salir de la institución a la Oficina de Control Escolar, Departamento de Servicios Escolares o de la

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“2016. Año del Centenario de la Instalación del Congreso Constituyente”

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Subdirección Académica, en días de eventos especiales el alumno solicitará autorización a la Oficina de Actividades Paraescolares y, en días de prácticas el alumno solicitará autorización al Maestro Tutor o Maestro responsable de la actividad. XVI.- Conocer al principio del semestre: Planes y programas de estudio, estrategias de evaluación, actividades, materiales y bibliografía de cada una de las asignaturas o módulos. XVII.- Solicitar justificación de faltas, de acuerdo a los establecido en el Capítulo V. XVIII.- Ser representados ante las autoridades de la escuela por los jefes de grupo quienes serán elegidos por los alumnos bajo la coordinación del maestro tutor, atendiendo los siguientes requisitos: a) Ser alumno regular y tener un promedio mínimo de 8. b) Observar buena conducta. c) Poseer un alto sentido de servicio y colaboración. d) Asistir a las reuniones convocadas por las autoridades educativas e informar a su grupo el

resultado de estas. ART. 6 Son deberes y obligaciones de los alumnos: I.- Presentar las evaluaciones parciales de cada semestre, de acuerdo al calendario de actividades académicas vigentes. II.- Realizar y entregar en tiempo y forma tareas, exposiciones y trabajos de investigación y/o equipo de acuerdo con los criterios señalados por el docente. III.- Cumplir mínimo con el 80 % de asistencias en cada asignatura o módulo. IV.- Los alumnos deberán presentarse puntualmente a clases de acuerdo con su horario correspondiente. V.- Asistir y participar a los eventos culturales, deportivos, cívicos y actividades complementarias que la Institución organice. VI.- Portar correctamente el uniforme que comprende: a) Los días lunes uniforme de gala compuesto por: por camisa o blusa manga larga con escudo,

corbata azul marino, pantalón o falda azul marino y zapato escolar. b) El resto de la semana uniforme compuesto por camisa o blusa blanca manga corta con escudo,

pantalón o falda azul marino y zapato escolar. c) En caso de los días de educación física portal el uniforme deportivo oficial de la institución,

compuesto por playera blanca con escudo, pants azul marino y zapato deportivo blanco. Si la clase de educación física coincide con el día lunes, portar al entrar a la institución el uniforme de gala hasta el momento de honores a la bandera, después del acto cívico usar el uniforme deportivo.

d) Para el caso de Hombres: Pantalón azul marino de vestir o gabardina (talla exacta), camisa oficial con escudo de la Escuela debidamente fajada, cinturón (sin hebilla ostentosa) y zapatos escolares negros (con calceta o calcetín).

e) Para el caso de Mujeres: Falda oficial azul marino con máximo de 4 dedos arriba de la rodilla, blusa oficial con escudo de la Escuela debidamente fajada, calcetas o pantimedia blancas y zapatos escolares negros.

VII.- Pelo corto en Hombres (frente, orejas y cuello despejado) y en mujeres omitir cortes, tintes y/o maquillajes exagerados. VIII.- Cumplir con los reglamentos anexos de las siguientes áreas de servicio: Biblioteca, aulas, departamentos y oficinas, módulos sanitarios, laboratorios, talleres, sala de cómputo, cafeterías y sala audiovisual.

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CAPÍTULO III INCIDENCIAS Y VIOLACIONES AL REGLAMENTO ART. 7 Está prohibido para los alumnos y son consideradas incidencias disciplinarias las siguientes categorías: I.- Incidencias de 1er. Grado, observadas por el personal docente, administrativo y de servicios de la institución y sancionadas con una amonestación de manera verbal (llamada de atención). a) Alterar dentro y fuera de las aulas el ritmo normal de clases. b) Retardos a la entrada normal de clases. Se considera retardo la llegada a la institución después

de las 7:10 a.m. y, después de las 7:15 a.m. son inasistencias (el alumno se retirará a su domicilio).

c) Uso de celular en el salón de clases. En este apartado también se contempla y se prohíbe el poner música que perturbe el orden de las actividades dentro de la institución.

d) Ingerir alimentos en el salón de clases, auditorio, bibliotecas, laboratorios, talleres y sala de cómputo.

e) Faltar al respeto a un compañero. f) Ocultar o alterar información de carácter oficial al padre de familia. g) Jugar o perturbar el orden en áreas cercanas a sesiones académicas. h) Tirar basura dentro de las aulas y las distintas áreas de la institución. i) Realizar actos indecorosos o que atenten la dignidad de las personas dentro y en las

inmediaciones de la institución. j) Cualquier manifestación de noviazgo que empañe la moral, así como los acosos y amenazas

de cualquier índole (Bullying). k) Celebrar fiestas o festejos de cumpleaños sin la autorización del Departamento de Desarrollo

Académico o Subdirección Académica. l) Quemar papeles, basura, etc. dentro o fuera del salón de clases. II.- Incidencias de 2do. Grado, observadas por el personal docente, administrativo y de servicios de la institución y sancionadas por el Maestro Tutor, Control Escolar o un Directivo por medio de un Reporte. a) Utilizar lenguaje y expresiones obscenas. b) Ser sorprendidos fuera de clases injustificadamente. c) Portar aretes y pelo largo, en hombres. d) Uso de piercing y tatuajes en hombres y mujeres. e) Introducir y usar, de manera inadecuada, aparatos electrónicos (grabadoras, videojuegos,

reproductor de discos compactos, celulares y audífonos), juegos de azar, bicicletas, etc., dentro de la institución. La institución no se hace responsable de las cosas de valor.

f) El uso de gorras, pañoletas o accesorios de vestir que no estén considerados en el uniforme. g) Traer, citar o introducir amistades o personas ajenas a la institución III.- Incidencias de 3er. Grado, observadas por el personal docente, administrativo y de servicios de la institución y sancionadas por Control Escolar y/o un Directivo citando al Padre de Familia o Tutor del Alumno. a) No acatar una sanción de 1er. y/o 2do. grado. b) Presentarse al plantel sin portar el uniforme debidamente. c) Faltar al respeto a algún visitante, en cualquier área de la institución. d) Sustraer, falsificar y alterar documentos oficiales.

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Tel. 732-67-37334

e) Publicitar mensajes y símbolos impresos o virtuales que dañen la imagen de la institución. f) Saltar la cerca del perímetro escolar para entrar o abandonar la institución. g) Tomar o sustraer lo ajeno. h) Indisciplinas en eventos académicos, cívicos, sociales, culturales y/o deportivos organizados

por la institución. i) Propiciar actitudes como venganzas, anónimos o amenazas. j) Ser sorprendido fumando dentro o en las inmediaciones de la institución portando el uniforme. k) Portar algún tipo de arma en la institución. l) Participar en el encubrimiento de robo u otra falta. m) Reincidencia en uso de aparatos electrónicos, gorras, piercings y otros objetos antes

mencionados (se decomisan por el resto del semestre). n) Verse involucrados en pleitos y malos tratos entre compañeros. o) Continuar conflictos o peleas fuera del plantel (iniciados en la escuela). p) Consumir alcohol o algún tipo de estupefaciente dentro y fuera en actividades del plantel

(suspensión definitiva del plantel sin derecho a reinscripción ni reembolso económico). q) Deteriorar o rayar, infraestructura, mobiliario y/o equipo (reposición del daño y 3 días de

suspensión). r) Dañar vehículos del Personal (reposición del daño y 3 días de suspensión).

CAPITULO IV DE LAS SANCIONES ART. 8 Los alumnos que no cumplan este reglamento y las disposiciones de la Dirección de la Escuela, serán sancionados en los términos de los siguientes artículos. ART. 9 De las amonestaciones. Se entenderá por amonestación a la advertencia verbal o escrita que se le dé al alumno en cuanto recibe una llamada de atención por una violación en cualquiera de los grados en los que incurra. Los miembros de la comunidad educativa que sorprendan a alumnos violando algún apartado del reglamento deberán reportar y/o turnar de inmediato a la Oficina de Control Escolar, por medio del formato de reporte que corresponda. ART. 10 De los reportes. Es acreedor a reporte cuando el alumno recibe una segunda amonestación o comete una falta mayor. I.- Cuando un alumno acumule dos reportes, tendrá que presentarse a la Oficina de Control Escolar, acompañado de sus Padres o Tutor. II.- Cuando el alumno acumule 3 reportes de indisciplina se hará acreedor a una suspensión parcial de clases. La suspensión parcial se aplicará si reincide en incidencias de primero o segundo grado. Cuando una suspensión coincida con la fecha de entrega de un trabajo o examen, los alumnos sancionados perderán el derecho a presentarlos. ART. 11 De las suspensiones directas. Una suspensión directa se aplica cuando se comete una incidencia de tercer grado. ART. 12 De las expulsiones definitivas. Una expulsión definitiva se da cuando un alumno comete una falta considerada de gravedad extrema indicada en las incidencias de tercer grado. ART. 13 Las sanciones que ameriten la expulsión definitiva del alumno serán consideradas de acuerdo al presente Reglamento. ART. 14 Quien cometa una falta que dañe moralmente a un miembro de la institución está obligado a la reparación del daño mediante una disculpa pública o privada de acuerdo con el afectado. Cuando el daño sea material, la reparación será económica. Con respecto a los daños físicos que requieran atención médica, el infractor deberá cubrir los gastos correspondientes.

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C.P.: 40732, Corral Falso, Guerrero

[email protected]

Tel. 732-67-37334

ART.15 Cualquier acción que amerite una sanción que no esté contemplada en este reglamento será turnada al Consejo Técnico Académico del Plantel.

CAPITULO V DE LA EMISION DE JUSTIFICANTES, CONTROL DE PUNTUALIDAD Y ASISTENCIA

ART. 16 Los justificantes se solicitarán anticipadamente al tutor de grupo cuando el alumno se vea imposibilitado para asistir a clases. Cuando su inasistencia se deba a una causa de fuerza mayor, únicamente podrá pedir su justificante cuando se reincorpore a la escuela teniendo hasta 3 días para hacerlo. Los requisitos para solicitarlo son argumentar sólidamente: a).- Una enfermedad entregando copia de receta médica o incapacidad. b).- Un problema familiar o personal presentando una solicitud de justificante por escrito, debidamente firmada por el padre o tutor y dirigida a Control Escolar, en donde hará mención del motivo por el cuál faltó a clases (anexando copia de la credencial de elector por ambos lados del padre o tutor). ART. 17 Cuando el alumno falte por participar en actividades complementarias de la institución, su justificante será otorgado por el Departamento de Servicios Escolares. No se justifican tareas o trabajos que se realicen durante la ausencia.

NOTA: Los aspectos no considerados en este reglamento se turnaran y se analizaran en el Consejo Técnico Académico de esta Institución.

ATENTAMENTE:

__________________________________ L.I. PEDRO PEÑALOZA FIERROS

JEFE DE LA OFICINA DE CONTROL ESCOLAR

__________________________________ L.I. ELITH AVILES OCHOA

JEFE DEL DEPARTAMENTO DE SERVICIOS ESCOLARES

VO. BO.

__________________________________ C.P. MAURA CASTRO CARACHURE

PRESIDENTE DEL CONSEO TÉCNICO ACADÉMICO

VO. BO.

__________________________________ LIC. JOSE NAHUM SOLORIO MARTINEZ

JEFE DEL DEPARTAMENTO DE DESARROLLO ACADÉMICO

VO. BO.

__________________________________ LIC. ANGELICA S. PERALTA HERNANDEZ

SUBDIRECTOR ACADÉMICO

VO. BO.

__________________________________ LIC. GONZALO AVILES ANGEL

DIRECTOR