marco jurídico legal sobre la infancia

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MÓDULO INTERVENCIÓN CON FAMILIAS Y ATENCIÓN A MENORES EN RIESGO TEMA 2: MARCO JURÍDICO LEGAL SOBRE INFANCIA 2012

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MÓDULO INTERVENCIÓN CON FAMILIAS Y ATENCIÓN A MENORES EN RIESGO

TEMA 2:

“MARCO JURÍDICO LEGAL SOBRE INFANCIA”

2012

ÍNDICE

Contexto histórico

Marco jurídico legal sobre infancia y familia

Vídeos de sensibilización sobre los derechos

Figuras jurídicas de protección de la persona y bienes

del menor recogidas en el Código Civil

La desprotección social de los menores

Las medidas de protección social

Recursos para proteger los derechos de la infancia

Práctica profesional

CONTEXTO HISTÓRICO

¿Por qué hablamos de derechos?

“Su regulación legal “nace” para defender un valor/bien”

MARCO JURÍDICO LEGAL SOBRE INFANCIA

Y FAMILIA (I)

MARCO INTERNACIONAL

Carta de los derechos del Niño (1924)

Declaración de Ginebra

Asamblea General de las Naciones Unidas (1946)

Fondo de Emergencia de las Naciones Unidas para la Infancia

Declaración de los Derechos del Niño (1959)

Convención de los Derechos del Niño (1989): PRINCIPIOS BÁSICOS (TEXTO JURÍDICO VINCULANTE): “niños como

titulares de derechos individuales”. Ante la minoría de edad es el adulto

quien debe salvaguardar y defender esos derechos. Se establecen normas

para proteger también del descuido y abuso de los padres. PARTE DEL

DERECHO INTERNACIONAL en materia de derechos humanos.

MARCO JURÍDICO LEGAL SOBRE INFANCIA

Y FAMILIA (II)

MARCO ESTATAL

Ley de Tribunales Tutelares de Menores (1948)

Constitución Española (1978)

Artículo 10.2

Artículo 39.4

“Sujeto de derechos” (dimensión del desarrollo evolutivo en el ejercicio de sus derechos)

Ley Orgánica de Protección Jurídica del Menor (1996):

Ley Orgánica de Responsabilidad Penal del Menor (2001)

CÓDIGO CIVIL (1889-XX):

DESJUDICIALIZACIÓN: Administración puede asumir la tutela.

PRIMACÍA DEL INTERÉS SUPERIOR DEL MENOR: atención, promoción,

necesidades y protección.

FIGURA DEL MINISTERIO FISCAL: defensor de los menores

IMPULSO DE LAS ENTIDADES PÚBLICAS: Servicios Sociales (CE: Art. 148.1.20)

PREVENCIÓN, PROMOCIÓN Y REINSERCIÓN SOCIAL

Diferencia

relativa al

riesgo y a las

situaciones de

desamparo

FIGURAS JURÍDICAS DE PROTECCIÓN DE LA PERSONA Y

BIENES DEL MENOR RECOGIDAS EN EL CÓDIGO CIVIL

PATRIA

POTESTAD TUTELA CURATELA

DEFENSOR

JUDICIAL GUARDA

Relación

jurídica por la

filiación

Menores al amparo de una

figura jurídica por no

poder ser ejercida la patria

potestad por los padres

Contemplar la

deficiente capacidad

jurídica del obrar del

mejor emancipado

Cuando hay un

conflicto de

intereses entre

el menor y sus

guardadores

legales

DE HECHO:

reconoce una

realidad social

donde personas sin

“figura legal”

ejercían funciones de

cuidado.

“Derechos y

obligaciones

que

corresponden

a los padres

respecto a sus

hijos menores

de edad”

“Cuidado de la persona

del tutelado y a la

gestión de su

patrimonio.

Representarle en actos

que no pueda realizar

por sí mismo”.

“El curador NO es

un representante

legal del mejor, sino

un asistente en

actos jurídicos”.

“Deberá

rendir

cuentas al

juez sobre su

ejercicio”

VOLUNTARIA:

dificultad de

atender al menor

que han de

solicitar(en caso

de abandono es

tutela). Medida

de protección.

Ley 21/87

“si los padres

viven

separados la

ejercerá con el

que el menor

conviva”

Art. 234 CC: “El juez puede escoger al

tutor entre el cónyuge que

conviva con el tutelado, los

padres, personas

designadas por los padres,

descendente (…)”.

En DESAMPARO es la

Administración.

Ley 13/1983:

“al no contar con la

asistencia de los

padres, bien por

fallecimiento, bien

por haber sido

inhabilitados”.

Se trata de

algo

temporal,

con las

atribuciones

que el juez le

otorgue.

FORZOSA O

NECESARIA:

distintas

situaciones

(sujeto pasivo de

un delito, en

procesos de

divorcio…)

LA DESPROTECCIÓN SOCIAL DE LOS MENORES

Menor como sujeto social -de derechos- (legislación)

Principios rectores de la Ley Orgánica de

Protección Jurídica del Menor (1996) (pág. 41 del libro)

DESPROTECCIÓN SOCIAL RIESGO

“perjuicio para el menor (…) sin

separación del núcleo familiar”

Disminuir factores de riesgo y

fomentar factores de protección

DESAMPARO

“situación grave de desprotección”

Separación del menor de la familia

(ver causas principales) Tutela autonómica

PLAN DE INTERVENCIÓN Y PROGRAMA DE

ACOMPAÑAMIENTO DESDE EL ÁREA DE

INTERVENCIÓN SOCIAL

(SERVICIOS SOCIALES)

Apoyo técnico y material o económico

INICIACIÓN

INSTRUCCIÓN

RESOLUCIÓN

LAS MEDIDAS DE PROTECCIÓN SOCIAL

LA GUARDA* ACOGIMIENTO

FAMILIAR

ACOGIMIENTO

RESIDENCIAL ADOPCIÓN

“Medida de

protección ante la

solicitud de los

padres o tutores o

por decisión de la

autoridad”

“Medida de carácter

temporal que prevé el

retorno del niño/a a su

familia” (acogimiento

simple)

“Acogimiento

preadoptivo (…)”

“Acogimiento

permanente (otorgar

facultades de tutela”

“Constituyen uno de los

recursos procedentes cuando

han fracasado o resultan

inviables los apoyos o

actuaciones para mantener

al niño en el medio familiar

de origen”.

“Mediante la adopción, nacional o

internacional, se proporciona una

familia de forma definitiva a

menores que, por diversas

circunstancias, no pueden convivir

con la suya propia. El objetivo de la

adopción es garantizar el derecho

que todo niño tiene a desarrollarse

en un ambiente familiar normal.

Ingreso

hospitalario de

la madre, no

dispone de apoyo

social que pueda

hacerse cargo…

Carácter subsidiario

(prioridad acogimiento

familiar)

Temporalidad de

institucionalización

Finalidad reintegración

sistema Familiar.

Ruptura del vínculo jurídico

con la “familia de origen” por lo

que constituye una nueva

relación paterno-filial.

Solicitud del CERTIFICADO

DE IDONEIDAD

Autoridad pública

competente:

“Comisión de Tutela

del Menor del IMMF”

En cada territorio del Estado será el órgano concreto de la Administración el encargado de

adoptar las medidas de protección del menor.

El fiscal conocerá la adopción de dichas medidas y su evolución.

(* “Figura jurídica”)

RECURSOS PARA PODER DESARROLLAR

NUESTRA PRÁCTICA PROFESIONAL

RELACIONADOS CON LA PROTECCIÓN DE

LOS DERECHOS DE LA INFANCIA

RECURSOS DE INTERNET

¿Cuándo surge una ley de los derechos

humanos?: “el derecho defiende la dignidad de la persona”.

¿En qué contexto histórico nace la regulación

de “los derechos del niño”?

ATENCIÓN A LA INFANCIA EN

LA COMUNIDAD DE MADRID

EL DEFENSOR DEL MENOR

ALIA2 (protección internet)

LÍNEA DE DENUNCIA: protégeles.com

PROGRAMA EDUCATIVO enredate.org

JUEGOS SOBRE LOS DERECHOS

Práctica profesional

RELACIONA LOS ASPECTOS TRATADOS EN EL TEMA CON

SITUACIONES QUE SE TE PUEDEN PRESENTAR EN LA

PRÁCTICA PROFESIONAL

- -¿Qué actuaciones puedo desarrollar con las familias para

concienciarles de los “derechos del niño”?.

- - ¿Qué leyes regulan en el ámbito estatal los derechos de la

infancia?.

- - ¿Cuál es la figura jurídica que guarda relación con el carácter de

filiación de los padres?.

- ¿Dónde podemos solicitar más información sobre las medidas de

protección social de los menores?.

- - ¿Qué aspectos debemos tener en cuenta como educadores en caso

de que los niños que estamos educando estén en acogimiento

familiar?.