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MANUAL ESPECIAL PARA EL MANEJO Y CONTROL DEL MEDICAMENTO METADONA
(UTUH TIJUANA)
JUNIO 2020
Derivado de la Contingencia por COVID-19, y a fin de que el personal de Centros de Integración Juvenil, A.C., cuente con sus Manuales Administrativos actualizados y vigentes, de manera provisional, se publica el presente Manual Especial validado por todos los responsables. Una vez que se regrese a la nueva normalidad, se realizará el proceso de formalización correspondiente para la publicación de sus firmas.
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CLAVE DEL DOCUMENTO: ME-UTUH/METADONA/TIJUANA-A2
ESTE MANUAL CONTIENE INFORMACIÓN PÚBLICA
ELABORÓ
INTEGRÓ
REVISÓ
Dr. Víctor Manuel Guisa Sánchez
Jefe del Departamento de Hospitalización y Proyectos Clínicos
Lic. Diana Rebeca Basurto Ramos
Departamento de Desarrollo Organizacional
Dr. Ricardo Sánchez Huesca
Director General Adjunto Normativo
Dr. Héctor Francisco Gómez Estrada
Director de Tratamiento y Rehabilitación
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CLAVE DEL DOCUMENTO: ME-UTUH/METADONA/TIJUANA-A2
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APROBÓ
AUTORIZÓ
Lic. Jorge Ramírez Sobrado
Director de Planeación
Psic. Rocío Romero Reséndez
Subdirectora de Hospitalización y Proyectos Clínicos
Lic. Patricia Leonor León Olivares
Jefa del Departamento de Desarrollo Organizacional
Dr. Raúl Rafael Palacios Lazos
Responsable Sanitario UTUH Tijuana
Dra. Carmen Fernández Cáceres
Directora General
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CLAVE DEL DOCUMENTO: ME-UTUH/METADONA/TIJUANA-A2
ESTE MANUAL CONTIENE INFORMACIÓN PÚBLICA
ÍNDICE
1• OBJETIVO
1• ALCANCE
1• NOTACIONES Y DEFINICIONES
2• POLÍTICAS DE OPERACIÓN
8• MATERIALES
8• REFERENCIAS
9• PROCEDIMIENTO
11• DIAGRAMA DE FLUJO
14
• ANEXOS:
• RECETA DE CONTROL INTERNO
18• RECETA ESPECIAL ELECTRÓNICA
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VIGENCIA JUNIO 2020 A JUNIO 2022
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OBJETIVO
Administrar y controlar el medicamento metadona, que se encuentra en la Unidad de Tratamiento para Usuarios de Heroína Tijuana, con el fin de que sea suministrado a los/las pacientes inscritos en el Programa de Mantenimiento y Deshabituación con Metadona.
ALCANCE
A la Unidad de Tratamiento para Usuarios de Heroína Tijuana, que cuenta con Programa de Mantenimiento y Deshabituación con Metadona (PMDM), Dirección de Tratamiento y Rehabilitación, Subdirección de Hospitalización y Proyectos Clínicos y Departamento de Hospitalización y Proyectos Clínicos.
NOTACIONES Y DEFINICIONES
PMDM: Programa de Mantenimiento y Deshabituación con Metadona.
UTUH: Unidad de Tratamiento para Usuarios de Heroína
COFEPRIS: Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios.
SSA: Secretaría de Salud.
SEMARNAT: Secretaría del Medio Ambiente y Recursos Naturales.
QFB: Químico/a Farmacéutico/a Biólogo/a.
LGS: Ley General de Salud.
FEUM: Farmacopea de los Estados Unidos Mexicanos. Suplemento para establecimientos dedicados a la venta y suministro de medicamentos y demás insumos para la salud, vigente.
Recetas Especiales: Es una receta electrónica proporcionado por la Secretaría de Salud, que es utilizada
para la prescripción de medicamentos de grupo I que emiten los profesionales autorizados para
este fin.
Recetas de Control Interno: Es aquella expedida por la Unidad, que cumple con las características
normativas de los recetarios especiales para prescribir estupefacientes.
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VIGENCIA JUNIO 2020 A JUNIO 2022
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POLÍTICAS DE OPERACIÓN
Dirección de Tratamiento y Rehabilitación
Elaborará la Requisición de Bienes y/o Servicios para solicitar el medicamento metadona, turnará a la Dirección General Adjunta Administrativa, quien posteriormente y a través de la Subdirección de Adquisiciones y Servicios realizará la adquisición mediante el proceso de adjudicación correspondiente y enviará el lote de la metadona a la UTUH correspondiente.
Titular de la UTUH o Responsable Sanitario
Supervisará que el médico responsable del despacho de metadona realice el trámite correspondiente para obtener las recetas especiales para prescribir medicamentos del grupo I por el medio correspondiente.
Contará con el documento original de Aviso de Responsable Sanitario emitido por la Secretaría de Salud y copia de los avisos de previsiones de compra-venta de metadona.
Resguardará las facturas que comprueben la posesión legítima del medicamento metadona y las conservará tres años como mínimo.
Supervisará que los medicamentos caducados se encuentren en una caja o bolsa perfectamente identificadas. Elaborará un Acta circunstanciada con las características del medicamento, cuidando que no permanezca más de un año a partir de la fecha en la que se levantó el acta. Avisará lo anterior a la Dirección de Tratamiento y Rehabilitación.
Será el responsable ante la COFEPRIS del manejo y control de Metadona.
Solicitará a la Secretaría de Salud de la entidad la autorización del Libro de Control presentando: formato de solicitud debidamente requisitado especificando si es primera vez o subsecuente, copia de la Licencia Sanitaria, copia del Aviso de Responsable Sanitario y el Libro a autorizar debidamente foliado.
En caso de cambio de domicilio, razón social o responsable sanitario, deberá solicitar la renovación de la autorización del libro en curso.
Será responsable de cuidar y mantener en buen estado los Libros de Control, evitando manchas, raspaduras, enmendaduras, uso de corrector líquido u otro implemento.
Realizará el inventario de metadona, verificando que la cantidad existente corresponda con la entrada y salida registrada en el Libro de Control de Metadona mensualmente.
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En caso de cometer algún error en el registro de Libro de Control de Metadona, deberá cruzar con una línea el dato equivocado anotando el dato correcto al lado, si el espacio lo permite, o se cancela el renglón completo y realiza nuevamente el registro en el renglón siguiente, especificando el error cometido en la columna de observaciones. La corrección se avala con la firma del Responsable Sanitario. No está permitido el uso de goma, borrador, corrector o cualquier otra enmendadura.
Cada vez que reciba un nuevo lote de metadona dará custodia de todo el expediente de compra y posesión legal del medicamento, así como el resto de documentos oficiales correspondientes haciendo constar en un acta circunstanciada el número de tabletas ingresadas, frascos y/o cajas a la bóveda. Deberá anotar en el Libro de Control, la fecha de recepción del medicamento, razón social del proveedor, domicilio, número de factura o comprobante de adquisición, número de piezas recibidas y saldo resultante.
Verificará que se encuentre archivado de manera electrónica el reporte semanal con los movimientos de entrada y salida, así como el balance de la metadona, mismo que deberá contener su firma autógrafa.
Solicitará al Departamento de Sistemas su clave de acceso al Sistema de Control de Metadona y verificará diariamente que la información registrada por el QFB o perfiles afines sea igual a la existencia física del medicamento.
Enviará en forma mensual al Departamento de Hospitalización y Proyectos Clínicos copias del Libro de Control de Metadona, así como el Libro de Control de Metadona con los datos completos dentro de los tiempos estipulados por la COFEPRIS (enero de cada año), para el balance anual de la ONU.
Verificará se encuentren ordenados los documentos que respalden la salida del medicamento, (recetas, facturas, comprobantes de distribución y/o devolución) hasta su verificación por la autoridad sanitaria.
Solicitará la eliminación por incineración del medicamento caducado o deteriorado con una empresa autorizada por la SEMARNAT, con su envase primario y secundario. Deberá dar aviso a la COFEPRIS o a la autoridad sanitaria estatal correspondiente, para que un verificador sanitario dé fe y constancia de eliminación, informando cantidad y descripción de la metadona en una relación anexa a la solicitud de verificación.
Recibirá del verificador la constancia de incineración del producto, posterior a la destrucción de la Metadona caducada o deteriorada y presentará copia del manifiesto de entrega-recepción-transporte a la Dirección de Control de Estupefacientes, Psicotrópicos y sustancias Químicas de la Comisión de Autorización Sanitaria o a la autoridad sanitaria estatal correspondiente.
Supervisará las actividades asignadas al médico responsable del despacho de Metadona y de los químicos o perfiles afines.
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Médico/a General y/o Especialista
Recibirá el permiso para utilizar recetas especiales para la prescripción de estupefacientes.
Realizará la valoración de pacientes y establecerá la dosis de metadona, haciendo los cambios necesarios hasta lograr su estabilización.
Elaborará la receta de control interno a los/las pacientes con la cantidad de metadona adecuada, por una vigencia no mayor de 30 días.
Sustituirá la receta de control interno por la receta especial que le sea requerida por el QFB o perfiles afines, una vez otorgado el tratamiento exacto de metadona para cada paciente.
Realizará las pruebas rápidas de detección para VIH, hepatitis, detección de drogas en orina y en su caso embarazo, y reportará el resultado al Médico tratante o en su ausencia al Titular de la Unidad con base en el Manual de Procedimientos de la Unidad de Tratamiento para Usuarios de Heroína.
Químico Farmacéutico/a Biólogo/a (QFB) o Perfiles afines
Cada vez que reciba un lote de metadona deberá verificar que la documentación presentada corresponda y avale la posesión legal del medicamento, colocará el mismo en el espacio destinado (bóveda) evitando su contacto con el piso, ordenará en los anaqueles a manera de primeras compras, primeras salidas (PCPS) poniendo en primera fila los que vencen primero para surtirlos, verificando su fecha de caducidad y marbete con especificaciones especiales.
Cubrirá el horario establecido para el suministro del medicamento de metadona.
Realizará las funciones delegadas por el Titular de la UTUH o Responsable Sanitario de: programar, preparar y administrar las dosis de metadona, así como llevar a cabo el registro correspondiente.
Recibirá del/la paciente la receta de control interno al inicio del programa y cada vez que se renueve una receta para tratamiento.
Firmará y solicitará la firma del/la paciente en el Recibo para el Pago del Medicamento de Metadona, de acuerdo a los establecido en el Manejo y Control de Pases por Cuotas de Recuperación en Centros de integración Juvenil, Unidades de Hospitalización y Unidades de Tratamiento para Usuarios de Heroína.
Surtirá y llevará el seguimiento de las recetas de control interno que contarán con los datos requeridos para medicamentos controlados, mismas que serán expedidas por el médico autorizado de la unidad, con la dosis de metadona establecida, de acuerdo a las indicaciones terapéuticas, sin exceder la vigencia máxima de 30 días.
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Una vez concluido el surtido total del tratamiento para el/la paciente con las recetas de control interno, solicitará al médico tratante que las sustituya por las recetas especiales. Para ambas recetas llevará a cabo en su momento los procedimientos normativos correspondientes.
Retendrá la receta especial y resguardará en el archivo del despacho de metadona.
Administrará al/la paciente la dosis prescrita en la receta especial y registrará su salida en el sistema informático de Control de Metadona institucional.
Verificará que la diferencia de tabletas de inicio y las tabletas administradas corresponda al número de tabletas con las que iniciará al día siguiente.
Una vez registrada la entrega del medicamento correspondiente a la receta expedida por el médico tratante, aplicará el sello fechador en la receta especial, el cual contará con los siguientes datos:
1. Razón social o Denominación del Establecimiento: 2. Domicilio del establecimiento 3. Responsable Sanitario: profesión, nombre completo y número de cédula profesional. 4. Fecha de surtido: dd-mm-aaaa
Dará aviso diariamente al médico en turno sobre las recetas que ha terminado su vigencia, para que a su vez este emita nuevas recetas, evitando de esta manera se suspenda la medicación con metadona.
Vaciará en el Libro de Control de Metadona únicamente la información correspondiente a la entrega de tratamientos completos surtidos en las recetas especiales. Dicho vaciado se realizará con la frecuencia necesaria, según amerite el número exacto de tratamientos otorgados. Deberá cuidar de no tachar o enmendar las cantidades, conforme lo estipulado en la Farmacopea de los Estados Unidos Mexicanos, Suplemento para Establecimientos Dedicados a la Venta y Suministro de Medicamentos y Demás Insumos para la Salud, FEUM vigente y las Buenas Prácticas de Documentación.
Realizará las pruebas rápidas de VIH, Hepatitis “C”, embarazo (en su caso), y detección de drogas en orina y reportara el resultado al Médico tratante o en su ausencia al Director/a como lo estipula el Manual de Procedimientos de la Unidad de Tratamiento para Usuarios de Heroína Tijuana.
Presentará al médico responsable del despacho de Metadona el Libro de Control debidamente requisitado, para su visto bueno.
Suplirá las funciones del auxiliar en su ausencia.
Informará al titular de la Unidad o Responsable Sanitario de la existencia de Metadona deteriorada o caducada para realizar el Acta correspondiente, dando aviso a la Dirección de Tratamiento y Rehabilitación, así como a las autoridades sanitarias.
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Solicitará al Departamento de Sistemas su clave de acceso al Sistema de Control de Metadona y verificará diariamente que la información registrada sea equivalente a la existencia física del medicamento.
Auxiliar del Químico/a Farmacólogo/a Biólogo/a
Realizará las funciones de apoyo al Químico/a Farmacólogo/a Biólogo/a o perfiles afines, que el Titular de la Unidad le asigne.
Asistirá en los días y en los horarios que le sean señalados por el Titular de la Unidad.
Colaborará con el personal Químico/a Farmacólogo/a Biólogo/a en las funciones que le hayan sido asignadas por el Titular de la Unidad, en los días y horarios estipulados, evitando firmar el Libro de Control de Metadona y ningún documento oficial.
Solicitará al Departamento de Sistemas su clave de acceso al Sistema de Control de Metadona y verificará diariamente que la información registrada por el QFB o perfiles afines sea equivalente a la existencia física del medicamento.
Médico Responsable del Despacho de Metadona
Tramitará la solicitud para prescribir medicamento controlado del GRUPO I en el portal de la
COFEPRIS, cumpliendo con los requisitos que la Comisión estipule para solicitudes de primera vez o subsecuentes: 1. Imagen escaneada de Cédula Profesional 2. Imagen escaneada de identificación oficial 3. Imagen escaneada de comprobante de domicilio vigente
El archivo es requerido en formato PDF y con tamaño máximo de 2mb para cada uno.
Recibirá el permiso para utilizar recetas especiales de cada uno de los médicos autorizados, mismos que entregará personalmente.
Verificará que las condiciones de almacenamiento de la metadona sean las adecuadas conforme a la “NOM-073-SSA1-2015, Estabilidad de Fármacos y Medicamentos, así como de Remedios Herbolarios”, la cual estipula que el área se encuentre protegida de humedad, sol, luz artificial y calor; conservando la humedad relativa que no sea mayor del 65%, con una temperatura ambiente no mayor a 30°C; dichas características se vigilaran mediante el apoyo de instrumentos de medición calibrados (termo higrómetro) y/o sistema de aire acondicionado. Se deberá llevar un registro de las condiciones del área, así como de las fechas de caducidad de la metadona.
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Revisará que el medicamento se encuentre en óptimas condiciones. En caso de presentarse alguna alteración física del empaque y/o contenido, por ningún motivo podrá utilizarse, procediendo a separarlo y depositarlo en el área correspondiente a devoluciones, informando al Titular de la Unidad o Responsable Sanitario.
Verificará que la metadona sea utilizada dentro de su vigencia. En caso de que el medicamento llegue a caducar, este se retirará de los anaqueles y se asignará a un área específica, colocándolo en una caja o bolsa perfectamente identificada, manteniéndolo en custodia hasta su salida del establecimiento.
Supervisará que él o los médicos autorizados para expedir recetas, lleven un adecuado control de las mismas previniendo así desviaciones ilícitas del medicamento metadona.
Supervisará y constatará que el total de tabletas administradas diariamente corresponda al total de dosis en el día.
Revisará el inventario físico de metadona mensualmente, previo al registro en el Libro de Control y cotejará las existencias, en caso de haber diferencias, analizará las causas y tomará las medidas correctivas necesarias, informando al Titular de la Unidad.
Solicitará al Departamento de Sistemas su clave de acceso al Sistema de Control de Metadona y verificará diariamente que la información registrada por el QFB o perfiles afines sea igual a la existencia física del medicamento.
Supervisará el regreso de tabletas no utilizadas durante el día, tanto a la bóveda como al sistema.
Supervisará el adecuado llenado del Libro de Control de Metadona por parte del químico o perfiles afines, poniendo especial interés en los registros de movimientos de entradas y salidas en las columnas correspondientes, con el fin de que el balance de cuenta del adecuado manejo y registro de la metadona.
Supervisará que el Libro de Control, este actualizado, para el balance anual de la ONU ante COFEPRIS, en los primeros 5 días del mes de enero del año siguiente y turnará al Titular de la Unidad para su envío.
Almacenará digitalmente un reporte semanal con los movimientos de entrada y salida, así como el balance de la metadona, el cual turnará al Responsable Sanitario para su firma, conservando estos por tres años.
Suplirá al QFB o perfiles afines en su ausencia y realizará las funciones del mismo.
Capacitará al QFB o perfiles afines para el manejo y control de medicamento metadona, cada vez que le sea requerido.
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MATERIALES
Solicitud de Prescripción de Estupefacientes Permiso para utilizar recetas especiales Libro de Control de Estupefacientes y Psicotrópicos (Libro de Control de Metadona) Recibo para el Pago del Medicamento de Metadona Acta Circunstanciada, en su caso Sistema de Control de Metadona (intranet institucional) Reporte semanal de la información del sistema de Control de Metadona Manual del usuario del Sistema de Control de Metadona
REFERENCIAS
Ley General de Salud, Título décimo segundo Control Sanitario de Productos y Servicios de Importación
y Exportación. Capítulo V Estupefacientes. Farmacopea de los Estados Unidos Mexicanos: Suplemento para Establecimientos Dedicados a la
Venta y Suministro de Medicamentos y demás Insumos para la Salud FEUM. Sexta Edición 2018. Reglamento de Insumos para la Salud, capítulo III Estupefacientes y Psicotrópicos. Manual de Procedimientos de la Unidad de Tratamiento para Usuarios de Heroína (UTUH Tijuana). Manual para la Fijación de Cuotas de Recuperación para CIJ, UH y UTUH. Norma Oficial Mexicana NOM-072-SSA1-2012, Etiquetado de Medicamentos y Remedios Herbolarios. Norma Oficial Mexicana NOM-073-SSA1-2015, Estabilidad de Fármacos y Medicamentos, así como de
Remedios Herbolarios. Norma Oficial Mexicana NOM-008-SCFI-2002, Sistema General de Unidades de Medida,
Establecimientos de la Industria Químico Farmacéutica dedicados a la Fabricación de Medicamentos.
ANEXOS:
Receta de Control Interno Receta Especial
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RESPONSABLE DESCRIPCIÓN MATERIALES Y/O
ANEXOS
Titular de la UTUH o Responsable
Sanitario/a
Médico General o Especialista
Químico/a
Farmacéutico/a Biólogo/a
1. Solicita a la Dirección de Tratamiento y Rehabilitación la compra oportuna de metadona de acuerdo a la normatividad vigente.
2. Recibe del proveedor adjudicado el medicamento metadona,
revisa y verifica el número de lote, la cantidad de frascos y/o cajas, presentación farmacéutica (40 mg.) y elabora Acta Circunstanciada en donde conste la recepción del medicamento.
3. Notifica mediante oficio en original y copia, la conformidad de
la recepción del medicamento metadona, el cual envía al Departamento de Hospitalización y Proyectos Clínicos para que realice los trámites correspondientes.
4. Registra diariamente las cifras de dispensación del
medicamento en el Sistema de Control de Metadona localizado en Intranet institucional, verificando que la cantidad existente corresponda con las entradas y salidas registradas.
5. Supervisa el regreso de las tabletas no utilizadas durante el día a la bóveda.
6. Tramita ante las oficinas de la Secretaria de Salud de su localidad, la solicitud para prescribir estupefacientes.
7. Realiza las pruebas rápidas de VIH, hepatitis “C”, embarazo (en su caso), detección de drogas en orina y reporta el resultado al Médico tratante o en su ausencia al Responsable de la UTUH.
8. Descarga en el Libro de Control de Metadona la entrega de tratamientos completos surtidos con la frecuencia que sea necesaria.
Solicitud de Compra de Metadona
Acta Circunstanciada
Oficio de Recepción
Sistema Control de Metadona
Solicitud prescripción
estupefacientes
Libro Control de Metadona
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RESPONSABLE DESCRIPCIÓN MATERIALES Y/O
ANEXOS
Titular de la UTUH o Responsable
Sanitario
9. Revisa y verifica que las existencias físicas del medicamento, coincidan con la información capturada en el Sistema de Control de Metadona.
10. Anota en el Libro de Control la fecha de salida de metadona,
nombre del médico que prescribe, domicilio, número de cédula profesional, cantidad surtida y saldo restante.
11. Verifica que el total de tabletas administradas por día corresponda al número total de dosis prescritas a los pacientes que asistieron por su dosis.
12. Una vez concluido el surtido total del tratamiento para cada paciente solicita al médico tratante que sustituya las recetas de control interno por la receta especial que le corresponde.
13. Realiza el inventario físico de metadona, de manera permanente cotejando las existencias y en caso de haber diferencias, analiza las causas y toma las medidas correctivas.
14. Verifica que la cantidad de tabletas al inicio del día corresponda con el total de las tabletas anotadas en el cierre del día anterior.
15. Resguarda electrónicamente en forma semanal, el reporte generado por el Sistema de Control de Metadona y lo archiva para la supervisión y control del medicamento.
16. Termina procedimiento.
Libro Control de Metadona
Libro Control de Metadona
Recetas de Control Interno
Reporte del Sistema de Control de
Metadona
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DIAGRAMA DE FLUJO
TITULAR DE LA UTUH O
RESPONSABLE SANITARIO
MÉDICO GENERAL Y/O
ESPECIALISTA
QUÍMICO/A FARMACÉUTICO/A
BIÓLOGO/A
Acta Circ.
Recibe de la SAS el medicamento metadona, revisa y verifica el número de lote, la cantidad de frascos y presentación de las tabletas (40 mg.) y elabora Acta Circunstanciada en donde conste la recepción del medicamento.
Supervisa el regreso de las tabletas no utilizadas durante el día a la bóveda.
c.
4
5
Registra diariamente las cifras de dispensación del medicamento en el Sistema de Control de Metadona localizado en Intranet institucional, verificando que la cantidad existente corresponda con las entradas y salidas registradas.
3
INICIA
2
1
Solicita a la Dirección de Tratamiento y Rehabilitación la compra oportuna de metadona de acuerdo a la normatividad vigente.
Oficio
Notifica mediante oficio en original y copia, la conformidad de la recepción del medicamento metadona, el cual envía al Departamento de Hospitalización y Proyectos Clínicos para que realice los trámites correspondientes.
6
Tramita ante las oficinas de la Secretaria de Salud de su localidad, la solicitud para prescribir estupefacientes.
Solicitud
A
7
Realiza prueba rápida para VIH y detección de drogas en orina y reporta el resultado al Medico tratante o en su ausencia al Titular de la UTUH.
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TITULAR DE LA UTUH O
RESPONSABLE SANITARIO
MÉDICO GENERAL Y/O
ESPECIALISTA
QUÍMICO/A FARMACÉUTICO/A
BIOLÓGO/A
A
Descarga en el Libro de Control de Metadona la entrega de tratamientos completos surtidos con la frecuencia que sea necesaria.
8
Libro de Control
Libro de Control
9
Revisa y verifica que las existencias físicas del medicamento, coincidan con la información capturada en el Sistema de Control de Metadona.
Libro de Control
10
Anota en el Libro de Control la fecha de salida de metadona, nombre del médico que prescribe, domicilio, número de cédula profesional, cantidad surtida y saldo restante.
Verifica que el total de tabletas administradas por día corresponda al número total de dosis prescritas a los pacientes que asistieron por su dosis.
11
Solicitud
B
Una vez concluido el surtido total del tratamiento para cada paciente solicita al médico tratante que sustituya las recetas de control interno por las especiales.
Recetas
12
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TITULAR DE LA UTUH O
RESPONSABLE SANITARIO
MÉDICO GENERAL Y/O
ESPECIALISTA
QUÍMICO/A FARMACÉUTICO/A
BIOLÓGO/A
B
13
Realiza el inventario físico de Metadona, de manera permanente y coteja las existencias y en caso de haber diferencias, analiza las causas y toma las medidas correctivas.
Verifica que la cantidad de tabletas al inicio del día corresponda con el total de las tabletas anotadas en el cierre del día anterior.
14
Reporte
Imprime en forma semanal, el reporte generado por el Sistema de Control de Metadona y lo archiva para la supervisión y control del medicamento.
15
TERMINA
16
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DESCRIPCIÓN DEL FORMATO
I. Nombre del Formato:
II. Clave:
III. Objetivo:
IV. Responsable de su Formulación:
V. Periodicidad de su Elaboración:
VI. Integración del Formato:
VII. Distribución:
VIII. Forma de Llenado:
IX. Observaciones:
RECETA DE CONTROL INTERNO
S/C
Llevar el control de tabletas de metadona programadas, de acuerdo a la etapa de tratamiento en que se ubique cada paciente.
Médico/a General o Especialista Cada vez que el médico prescriba el medicamento metadona, ajuste la dosis o termine la vigencia de una receta. Original Original: Farmacia de la UTUH Con letra de molde. La receta se archiva en el despacho de metadona.
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INSTRUCTIVO DE LLENADO
No. CONCEPTO SE DEBERÁ ANOTAR
1 2 3 4 5 6 7 8 9
FOLIO FECHA NOMBRE DEL/LA PACIENTE DOMICILIO DEL/LA PACIENTE DIAGNÓSTICO NOMBRE COMERCIAL Y GENÉRICO DEL MEDICAMENTO CANTIDAD PRESENTACIÓN DOSIFICACIÓN
El número consecutivo de folio que le corresponda, tomando en cuenta que el recetario de 1ra. vez iniciará en 0001. El día, mes y año en que se expide la receta. El apellido paterno, materno y nombre completo del/la paciente al que se le expide la receta. La dirección del/la paciente al que se le expide la receta. Código y categoría de la CIE-10 y diagnóstico categórico del Eje I conforme el DSM 5. Ejemplo: -F11.20 Dependencia de Opiáceos -F15.10 Abuso de Anfetaminas -304.00 Trastorno por uso de
Opiáceos severo -305.70 Trastorno por uso de
anfetaminas leve Nombre del medicamento y sustancia activa. El número de tabletas que se estén recetando. La presentación farmacéutica en la que se prescribe el medicamento. Cantidad de medicamento en unidad de tiempo que deberá ser suministrado al/la paciente deberá ingerir del medicamento.
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No. CONCEPTO SE DEBERÁ ANOTAR
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No. DE DIAS DE PRESCRIPCIÓN: (no mayor a 30 días) VÍA DE ADMINISTRACIÓN FIRMA AUTOGRAFA DEL MÉDICO
El total de días en los que el/la paciente deberá ingerir el medicamento. Cavidad o tejido por el cual se suministra el medicamento. La firma en original del médico/a que prescribe la receta.
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MANUAL ESPECIAL PARA EL MANEJO Y CONTROL DEL MEDICAMENTO METADONA (UTUH TIJUANA)
CLAVE DEL DOCUMENTO ME-UTUH/METADONA/TIJUANA-A2
VIGENCIA JUNIO 2020 A JUNIO 2022
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EJEMPLAR DEL FORMATO
RECETA DE CONTROL INTERNO
NOMBRE DEL MÉDICO
DIA MES AÑO
ESPECIALIDAD
DOMICILIOTELÉFONORADIO
HORARIO
NOMBRE DEL PACIENTE:
DOMICILIO DEL PACIENTE:
DIAGNÓSTICO:
NOMBRE COMERCIAL Y GENERICO DEL MEDICAMENTO:
CANTIDAD: ___________ PRESENTACIÓN: __________________________ DOSIFICACIÓN:
No. DE DIAS DE PRESCRIPCIÓN: _________________ VÍA DE ADMINISTRACIÓN:
(NO MAYOR A 30 DÍAS)
FIRMA AUTÓGRAFA DEL MÉDICO
FOLIO
Original: Farmacia de la UTPPCH
UNIVERSIDAD
CÉDULA PROFESIONAL
18 cm.
13.6 cm.
CENTROS DE INTEGRACIÓN JUVENIL, A.C.1
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VIGENCIA JUNIO 2020 A JUNIO 2022
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DESCRIPCIÓN DEL FORMATO
I. Nombre del Formato:
II. Clave:
III. Objetivo:
IV. Responsable de su Formulación:
V. Periodicidad de su Elaboración:
VI. Integración del Formato:
VII. Distribución:
VIII. Forma de Llenado:
IX. Observaciones:
RECETA ESPECIAL
S/C
Llevar el control del total de las dosis de metadona, suministradas a cada paciente bajo tratamiento en esta modalidad, para su posterior registro en el Libro de Control.
Médico/a General o Especialista. Cuando se haya concluido el número de días de prescripción de la receta de control interno. Original y 2 copias Original: Farmacia de la UTUH 1ª. Copia: Expediente Clínico del/la Paciente 2ª. Copia: Médico/a General Con letra de molde.
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VIGENCIA JUNIO 2020 A JUNIO 2022
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INSTRUCTIVO DE LLENADO
No. CONCEPTO SE DEBERÁ ANOTAR
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FOLIO FECHA NOMBRE DEL/LA PACIENTE CURP DOMICILIO DEL/LA PACIENTE DIAGNÓSTICO NOMBRE COMERCIAL Y GENÉRICO DEL MEDICAMENTO CANTIDAD PRESENTACIÓN DOSIFICACIÓN
El número consecutivo de folio que le corresponda de acuerdo al archivo emitido por la Secretaria de Salud. El día, mes y año en que se expide la receta. El apellido paterno, materno y nombre completo del/la paciente al que se le expide la receta. Clave única de registro de población de paciente. La dirección del/la paciente al que se le expide la receta. Código y categoría de la CIE-10 y diagnóstico categórico del Eje I conforme el DSM 5. Ejemplo: F11.20 Dependencia de Opiáceos F15.10 Abuso de Anfetaminas
304.00 Trastorno por uso de Opiáceos severo
305.70 Trastorno por uso de Anfetaminas leve
Nombre del medicamento y sustancia activa. El número de tabletas que se estén recetando. La presentación en la que se prescribe el medicamento. Cantidad de medicamento en unidad de tiempo, que deberá ser suministrado al/la paciente.
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VIGENCIA JUNIO 2020 A JUNIO 2022
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No. CONCEPTO SE DEBERÁ ANOTAR
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No. DE DIAS DE PRESCRIPCIÓN: (no mayor a 30 días) VÍA DE ADMINISTRACIÓN FIRMA AUTOGRAFA DEL MÉDICO
El total de días en los que el/la paciente deberá ingerir el medicamento. Cavidad o Tejido por el cual se suministra el medicamento. La firma en original del médico/a que prescribe la receta.
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VIGENCIA JUNIO 2020 A JUNIO 2022
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EJEMPLAR DEL FORMATO
RECETA ESPECIAL