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MANUAL DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES

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MANUAL DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES

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MANUALDE PREVENCIÓN

DE RIESGOSLABORALES

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ÍNDICE

PRÓLOGO ............................................................................ 9

TÍTULO PRELIMINAR ...................................................... 11

Preliminar I. Introducción ..................................................................... 13

Preliminar II. Presentación del manual ............................................. 15

Preliminar III. Gestión de la prevención en elGrupo Hc Energía ....................................................... 18

Preliminar IV. Estructura preventiva en Hc Energía ....................... 25

TÍTULO I. GENERALIDADES........................................... 33

Capítulo I. Lugares de trabajo ............................................................. 35

Capítulo II. Orden y limpieza ............................................................... 52

Capítulo III. Señalización de seguridad y salud .............................. 55

Capítulo IV. Almacenamiento ............................................................... 73

Capítulo V. Productos químicos .......................................................... 82

Capítulo VI. Ruido .................................................................................. 92

Capítulo VII. Atmósferas explosivas .................................................... 97

Capítulo VIII. Riesgo eléctrico ........................................................... 107

Capítulo IX. Equipos de protección individual .............................. 114

TÍTULO II. EQUIPOS DE TRABAJO ............................. 119

Capítulo X. Equipos de trabajo ......................................................... 121

Capítulo XI. Herramientas .................................................................. 131

Capítulo XII. Máquinas ........................................................................ 137

Capítulo XIII. Equipos de tracción mecánica de cargas .............. 145

Capítulo XIV. Equipos de elevación para trabajos en altura ....... 164

Capítulo XV. Recipientes y aparatos a presión ............................... 172

5

Editado en octubre de 2007

Edita: hc energía

Próxima edición: año 2011

© hc energía

www.eliasdg.com

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TÍTULO III. TRABAJOS ESPECÍFICOS ....................... 179

Capítulo XVI. Trabajos en instalaciones eléctricas ........................ 181

Capítulo XVII. Descargos en instalaciones no eléctricas .............. 204

Capítulo XVIII. Trabajos en instalaciones de gas canalizado ....... 210

Capítulo XIX. Trabajos en descargo en canalizaciones de gas natural ............................. 213

Capítulo XX. Trabajos en parques eólicos ....................................... 214

Capítulo XXI. Trabajos en altura ........................................................ 221

Capítulo XXII. Trabajos superpuestos ............................................... 235

Capítulo XXIII. Trabajos en recintos confinados ............................. 237

Capítulo XXIV. Trabajos bajo el nivel de suelo ................................ 244

Capítulo XXV. Trabajos en instalaciones de combustibles ........... 250

Capítulo XXVI. Trabajos de soldadura ............................................... 260

Capítulo XXVII. Trabajos en oficina ................................................... 269

Capítulo XXVIII. Manejo manual de cargas ...................................... 274

TÍTULO IV. AUTOPROTECCIÓN .................................. 277

Capítulo XXIX. Lucha contra incendios ............................................ 279

Capítulo XXX. Actuación en situaciones de emergencia .............. 288

BIBLIOGRAFÍA ................................................................ 293

6

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PRÓLOGO

La Prevención de Riesgos Laborales es un elemento fundamentalen la gestión empresarial y, por lo tanto, es responsabilidad ytarea común de todos. Éste es el principio básico que guía elSistema de Prevención Integrada en todas las empresas del grupoHc Energía, que ha de servir como referente para todas las per-sonas y empresas que, de un modo u otro, forman parte delGrupo. A todas ellas va dirigido este Manual porque todas debenestar implicadas en la consecución de ese objetivo esencial quees la práctica de la mejora continua a través de la aplicación inte-gral de los principios de la gestión preventiva de Hc Energía entodos los niveles de la organización.

Esta nueva edición del Manual aspira, por tanto, a convertirse enuna referencia permanente para todas las personas, mandos y tra-bajadores, que llevan a cabo su quehacer profesional en lasempresas del Grupo, así como para las Empresas Colaboradorasque prestan sus servicios en nuestras dependencias. Su objeto estratar, de forma directa, asequible y esencialmente práctica, unamplio abanico de aspectos directamente relacionados con la pre-vención de riesgos en el trabajo. En definitiva, el Manual preten-de ser una herramienta a disposición de todos para avanzar en elya referido proceso de mejora continua.

Esta obra pretende aportar información y conocimientos específi-cos en prevención de riesgos laborales directamente relacionadoscon la propia actividad laboral de cada trabajador en la confianzade contribuir de manera decisiva a que cada uno se vea identifi-cado como protagonista afectado por los riesgos que afrontadurante su trabajo.

Como consecuencia, el mayor conocimiento sobre las condicionesdel propio trabajo y los riesgos asociados al mismo debe ayudar aldesarrollo de la profesionalidad, al interés por estas materias y alestímulo personal. Y, en definitiva, debe contribuir a un mayorgrado de integración de la Prevención en cualquier actividad quese realice u ordene y en todas las decisiones que se adopten enlos diferentes niveles jerárquicos de la Empresa.

Prólogo . 9

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La favorable comparación de los índices de accidentabilidad labo-ral de Hc Energía con otras empresas de similar actividad nodebe considerarse una meta, sino una base de partida para refor-zar los comportamientos y hábitos seguros, el rigor en la realiza-ción y aplicación de procedimientos de trabajo, y en la extensióny la sistematización de las prácticas preventivas.

A todo ello pretende contribuir este Manual, editado en papel yen formato digital, que ahora se pone a disposición de todos losque trabajan en y para el Grupo Hc Energía.

João Manso NetoConsejero delegado de Hc Energía

10 . Prólogo

TítuloPRELIMINAR

11

Preliminar I. Introducción ..................................................................... 13

Preliminar II. Presentación del manual ............................................. 15

Preliminar III. Gestión de la prevención en elGrupo Hc Energía ....................................................... 18

Preliminar IV. Estructura preventiva en hc energía ......................... 25

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Preliminar I. 13

INTRODUCCIÓN

La Prevención de Riesgos Laborales en Hc Energía se fundamen-ta en los siguientes Principios Básicos de Seguridad, que inspi-ran todas las actuaciones en este campo:

1. Todos los daños derivados del trabajo se pueden prevenir.

2. La Prevención es responsabilidad de todos.

3. La formación y el entrenamiento continuo son esenciales.

4. El cumplimiento de las normas e instrucciones preventivases obligatorio para todos.

5. Las observaciones preventivas deben realizarse de manerasistemática.

6. Cualquier deficiencia debe ser investigada y corregida en elplazo más breve posible.

7. La prevención es una buena inversión.

La Dirección de Hc Energía, conocedora de la obligación de ges-tionar la Prevención de Riesgos Laborales en toda la Organización,asume estos principios como suyos a través de un compromiso per-sonal, visible y permanente mediante la adopción de cuantasmedidas sean necesarias para prevenir y eliminar todos los riesgosderivados de la actividad laboral que puedan afectar a la integri-dad y la salud de los trabajadores, a través de la mejora continuadel Sistema Integrado de Gestión de la Prevención de RiesgosLaborales, cuya meta es “CERO ACCIDENTES”.

La Política de Prevención de Hc Energía, definida y aprobada porel Comité de Dirección de Prevención consta de los siguientespuntos:

1. Cumplir con todos los requisitos legales de seguridad y saludque resulten de aplicación a nuestra actividad, así como asegu-rar que nuestras Empresas Contratistas apliquen las prácticasde prevención de riegos laborales exigidas por Hc Energía.

2. Asumir un compromiso personal, visible y permanente conla Prevención para eliminar o controlar los riesgos de los tra-bajadores en su actividad laboral.

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Preliminar II. 1514 . Preliminar I

PRESENTACIÓNDEL MANUAL

1. OBJETO

Este Manual tiene por objeto difundir los fundamentos y reglasprimordiales de la Prevención de Riesgos Laborales del Grupo HcEnergía que faciliten su aplicación práctica y definan y desarro-llen un conjunto de normas y procedimientos de carácter generalen todos los trabajos que realicen en nuestras instalaciones.

2. ÁMBITO DE APLICACIÓN

Su contenido será de obligado cumplimiento para todo el personalque desarrolle cualquier tipo de actividad en las Empresas del GrupoHc Energía, tanto de la propia Empresa como si se trata de emple-ados de las Compañías Contratistas que colaboren con la misma.

3. ESTRUCTURA DEL MANUAL

Con el fin de establecer un canal de información y consulta, tantoal personal propio como a contratistas, y facilitar la incorporaciónde la prevención en cada una de las actividades realizadas paraHc Energía, se elabora el presente Manual, que se divide en cua-tro bloques diferenciados, y cuyo contenido es de obligado cono-cimiento y cumplimiento para todos los trabajadores que prestanservicios dentro de las instalaciones de Hc Energía.

En el primer bloque, se indican aspectos generales aplicables a lagran mayoría de los trabajos a realizar que desde un punto devista preventivo aportan un soporte básico de actuación para lacorrecta ejecución de cualquiera de ellos. Se trata de medidasmínimas a tener en cuenta en los propios lugares de trabajo,entendidos éstos como las áreas del centro de trabajo, edificadaso no, en las que los trabajadores deban permanecer o a las quepuedan acceder en razón de su trabajo. Por ello, se establece quedichos lugares de trabajo dispongan de unos requisitos mínimos

3. Disponer de canales adecuados para la participación, for-mación y comunicación a todos nuestros empleados en mate-ria de salud laboral.

4. Medir la eficacia del Sistema Integrado de Gestión a travésdel grado de cumplimiento de los objetivos establecidos,desarrollando un sistema de gestión documental, así comomecanismos de control: auditorías y revisiones periódicas.

5. Progresar estableciendo un proceso de Mejora Continua dela gestión de prevención de riesgos laborales, integrándola enel conjunto de todas las actividades y decisiones tomadas enla Compañía.

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Preliminar II. 1716 . Preliminar II

4. VIGENCIA, REVISIÓN Y MODIFICACIONES

El presente Manual se someterá en su integridad a revisión conuna periodicidad de cuatro años como máximo. Por lo tanto, lanueva versión del mismo deberá estar disponible en 2011.

No obstante, cuando se produzcan novedades relevantes de tipolegislativo y/o normativo que modifiquen o amplíen determinadoscapítulos o epígrafes del presente Manual, éste será complemen-tado tan pronto como dichas novedades entren en vigor medianteel uso de separatas que se incorporarán y formarán parte integran-te del mismo. El Servicio de Prevención dará información y divul-gación suficientes a todas las empresas del Grupo Hc Energía através de los órganos corporativos y de participación, de la intra-net corporativa y de los tablones informativos.

que proporcionen confort a los empleados en su puesto de traba-jo, y que eliminen o reduzcan al mínimo los riesgos que puedanexistir derivados tanto de su actividad como del propio lugar detrabajo en el que se encuentren. Por ello, en los capítulos de estebloque se detallan, tanto las disposiciones recogidas en la Ley dePrevención de Riesgos Laborales y su normativa, como las que lapropia empresa Hc Energía considera oportunas en su ámbito detrabajo.

En los bloques segundo y tercero, se hacen referencias particula-res a formas de actuación concretas para trabajos y equipos espe-cíficos. En el segundo bloque, concretamente, se establecen pres-cripciones para los elementos, equipos o sistemas utilizados deforma relativamente habitual durante las actividades a desarrollar;mientras que en el siguiente bloque se disponen aspectos relacio-nados con actividades específicas, bien sea por la ubicación de lasmismas como por el nivel de riesgo que entrañen. Cabe destacaren este bloque, los capítulos dedicados a instalaciones eléctricas,instalaciones de gas natural y parques eólicos, actividades propiasde las empresas que componen el Grupo Hc Energía.

Para finalizar, en el último bloque, se recogen unas indicacionesbásicas de autoprotección, entendida ésta tanto desde el punto devista de las propias instalaciones como del aspecto humano. En élse indican aspectos destacables en planes de emergencia, luchacontra incendios y primeros auxilios. Es evidente que no es habi-tual que se produzan emergencias, pero es necesario estar prote-gidos y saber actuar en caso de que surjan. Por ello, requierenespecial mención dos capítulos de autoprotección: Lucha contraincendios y Actuación en situaciones de emergencia. En el prime-ro se dan las pautas mínimas para el manejo de extintores y parasaber cuál es el agente extintor más adecuado según el tipo defuego existente. También se hace referencia a la periodicidad delmantenimiento de los medios materiales de lucha contra incen-dios, según lo indicado en la normativa vigente. En el último capí-tulo, relacionado con el anterior, y titulado “Planes deEmergencia”, se muestran unas breves indicaciones de la formade actuación ante distintas emergencias.

Como complemento para facilitar la lectura y comprensión de esteManual, se resaltan aquellos aspectos que se han consideradomás importantes de cada capítulo.

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Preliminar III. 1918 . Preliminar III

• Todos los daños laborales se pueden prevenir.

• La prevención de los daños para garantizar la salud de los tra-bajadores es responsabilidad de todos.

1.3. Metas y objetivos de la Prevención

El objetivo final que se ha planteado Hc Energía en esta materiaes alcanzar la meta de “cero accidentes”, es decir, erradicar cual-quier posible daño para la integridad y la salud de los trabajado-res. Todos los objetivos parciales que se establezcan anualmenteforman parte de etapas intermedias necesarias para alcanzar eseobjetivo final. Por ello, esos objetivos parciales deben orientarsea estimular conductas, planificar y orientar los esfuerzos de mejo-ra y evaluar los progresos logrados.

1.4. Organización basada en la participación de todos

Una organización basada en la existencia de órganos internosespecializados en los que participa todo el personal facilita laimplementación (puesta en funcionamiento, aplicación de méto-dos y medidas, etc.) y el seguimiento de los objetivos preventivosde la empresa, ya que permite:

• Incrementar la base de responsabilidad en la prevención deriesgos laborales, al hacer partícipes a todos de su propiaseguridad y de la de sus compañeros o terceros.

• Subrayar que la prevención es, dentro de las funciones de lalínea de mando, al menos, tan importante como cualquier otra.

• Dar fluidez y facilitar la comunicación ascendente y descendente.

• Proporcionar recursos (esfuerzo, dedicación y medios) paraaplicar planes a todos los niveles y lograr objetivos.

1.5. La Prevención es, en primer término,una responsabilidad de la línea de mando

La línea de mando, a sus diferentes niveles, es la que debe coor-dinar el desarrollo práctico de los principios preventivos, median-te el impulso de acciones encaminadas a:

GESTIÓN DE LA PREVENCIÓNEN EL GRUPO Hc Energía

1. ELEMENTOS BÁSICOSDE LA GESTIÓN DE LA PREVENCIÓN

La estructura preventiva del Grupo Hc Energía se fundamenta enun conjunto de principios básicos que se han mostrado como elmedio más útil para lograr resultados positivos en la prevenciónde los riesgos laborales y para garntizar la salud de los trabajado-res. Estos elementos, que se detallan a continuación, sirven tam-bién de referencia para analizar y evaluar los puntos fuertes ydébiles del sistema de gestión, así como para conocer las causasy adoptar las soluciones más adecuadas cuando se producendaños para la salud, la integridad o la vida de los trabajadores.

1.1. Compromiso vigoroso, visibley permanente de la Dirección

La dirección y toda la línea de mando de la empresa son cons-cientes de la importancia de la prevención y asumen un compro-miso personal, visible y permanente de apoyar la adopción decuantas medidas sean necesarias para prevenir y eliminar todoslos riesgos derivados de la actividad laboral que puedan afectar ala integridad y salud de los trabajadores.

1.2. Prevención establecida,documentada y comunicada

Los fundamentos de la prevención del Grupo Hc Energía quedaronestablecidos en los principios básicos aprobados por la ComisiónDirectiva de Seguridad en su reunión del día 16 de Abril de 1996,ratificados posteriormente por el Comité Central de Seguridad ySalud de Hidroeléctrica del Cantábrico, S.A. con fecha 28 deOctubre de 1996. En ellos se reflejan los aspectos más importan-tes que se deben considerar para alcanzar el objetivo de “cero acci-dentes” y de los que cabe destacar, principalmente dos:

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Preliminar III. 2120 . Preliminar III

1.9. Comunicación efectiva en todos los sentidos

La comunicación es un elemento fundamental en la prevenciónde riesgos laborales, ya que facilita la transmisión de informaciónen todas las direcciones y entre todo el personal de la organiza-ción y la línea de mando.

1.10. Formación y entrenamiento

La formación y el entrenamiento continuo es otro elemento esen-cial de la gestión preventiva en cuanto que facilita el conocimien-to de cómo deben ejecutarse los procesos de trabajo y de quémodo pueden ser mejorados. Se debe aplicar a todos los trabaja-dores sin excepción (personal experto, empleados de nuevo ingre-so, traslados, subcontratados, mandos intermedios y mandossuperiores).

1.11. Análisis de accidentes

De acuerdo con el principio de que “todos los accidentes se pue-den prevenir”, el análisis de los siniestros laborables que se pro-duzcan proporciona una información muy importante para evitarque se repitan. Este análisis debe ser inmediato, rápido, exhaus-tivo y dirigido a determinar las causas que lo provocaron. Lasrecomendaciones derivadas del mismo deben aplicarse de formainmediata y se ha de comprobar su eficacia mediante el corres-pondiente seguimiento.

1.12. Motivación progresiva

La participación activa de todo el personal en la prevención deriesgos laborales a través de su integración en los diferentes órga-nos de participación existentes, tanto internos como legales,constituye por sí misma un acto de motivación que debe ir acom-pañado de otros, como la evaluación del desempeño en seguri-dad, el reconocimiento de la labor bien hecha, menciones espe-ciales por hechos relevantes, etc.

• Promover el esfuerzo de toda la organización para conseguirlos objetivos planteados en esta materia.

• Crear prácticas y procedimientos de trabajo seguros y erradi-car las conductas inseguras.

• Facilitar la comunicación bidireccional (de la línea de mandohacia el resto del personal y de éste hacia la dirección).

1.6. Organización de apoyo para la Prevención

Aunque la responsabilidad de la Prevención recae, en primer tér-mino, en la línea de mando, para realizar esta actividad ésta debeapoyarse en una organización especializada integrada por perso-nal experto en temas preventivos que ejerza funciones de coordi-nación y asesoramiento: el Servicio de Prevención.

1.7. Normas y procedimientos de trabajo

Las prácticas preventivas deben estar perfectamente documenta-das y puestas al día a través de normas, procedimientos e instruc-ciones de trabajo que garanticen la uniformidad y reduzcan almínimo los riesgos laborales. Toda la normativa preventiva, encuya elaboración habrá de participar el personal llamado a apli-carla, deberá cumplir los siguientes requisitos:

• Ser razonable.

• Ser conocida.

• Estar escrita.

• Ser exigida.

1.8. Observaciones preventivasrealizadas por la línea de mando

Las observaciones preventivas efectuadas por la línea de mandosirven para conocer la forma en que el personal realiza sus tare-as, proporcionando información muy valiosa para modificar hábi-tos, corregir actos inseguros y mejorar las condiciones de trabajo,en prevención de accidentes, eliminar riesgos laborales, lesionescorporales y daños materiales.

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Preliminar III. 2322 . Preliminar III

3.2. La prevención es responsabilidad de todos

Cada uno de los empleados debemos tomar conciencia de que laPrevención de los Riesgos Laborales es un problema que nosafecta en primer término a nosotros y a nuestros propios compa-ñeros. Ello significa que TÚ eres el responsable de tu seguridad yde la seguridad de las personas que te rodean.

En consecuencia, todos hemos de asumir la parte de responsabi-lidad individual que nos corresponde para hacer plenamente efi-caz la política de prevención promovida por la Dirección e impul-sada por cada uno de los miembros de la Línea Ejecutiva.

3.3. La formacióny el entrenamiento continuo son esenciales

Estamos convencidos de que sin unos programas de formaciónadecuados, que incluyan prácticas reales en el puesto de trabajo yse repitan periódicamente en el tiempo para mantener el interés yla motivación de todos en materia Preventiva, no resulta posibleprevenir de manera eficaz los riesgos derivados del trabajo.

Esto exige, a su vez, el establecimiento de normas y procedimien-tos de trabajo en los que la prevención esté integrada, y que pue-dan servir de pauta de actuación para todo el personal.

3.4. El cumplimiento de las normas e instruccionespreventivas es obligatorio para todos

Todo el personal está obligado a cumplir las normas y procedi-mientos de trabajo establecidos por la Dirección, así como las ins-trucciones recibidas de los mandos en el desempeño regular desus funciones.

El compromiso visible con la Prevención y el ejemplo personal –cumpliendo y haciendo cumplir las normas y procedimientos detrabajo establecidos – han de ser una referencia obligada y per-manente para todos los Mandos.

2. PREVENCIÓN INTEGRADA

La Prevención Integrada es una forma de organizar el trabajo segu-ro y consiste en considerar que la Prevención en el trabajo es unelemento más de la actividad y que debe ser gestionado, igual quela calidad, la producción, los costes y las relaciones humanas.

Asimismo, supone que aunque las actividades preventivas seandistintas a los diferentes niveles jerárquicos de la empresa, todasellas deberán respetar el principio de que la prevención de riesgoslaborales habrá de ser tenida en cuenta en cualquier actividad querealicen u ordenen y en todas las decisiones que adopten.

Igualmente, implica que los trabajadores deben velar por su pro-pia seguridad y salud en el trabajo y por la de aquellas personasa las que puede afectar su actividad profesional y, además,deben cooperar con los mandos de la empresa para que puedangarantizarse condiciones que no entrañen riesgos para su segu-ridad y salud.

3. PRINCIPIOS BÁSICOS DE PREVENCIÓN

Los principios generales que inspiran todo el sistema de gestiónde la Prevención de Riesgos Laborales en el Grupo Hc Energíason los siguientes:

3.1. Todos los daños derivados del trabajose pueden prevenir

Tras esta afirmación, que de antemano cabría considerar comomuy optimista, se encuentra el compromiso firme de la AltaDirección de la Empresa de realizar cuantos esfuerzos sean nece-sarios para lograr hacerlas realidad.

Aunque después puedan registrarse siniestro laborales, lo impor-tante es aprender de los propios errores, extraer conclusiones yponer los medios necesarios para evitar que vuelvan a repetirse.

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Preliminar IV. 2524 . Preliminar III

ESTRUCTURA PREVENTIVAEN Hc Energía

La estructura preventiva de la Organización se muestra a conti-nuación de forma gráfica:

1. ÓRGANOS DE PARTICIPACIÓN DECARÁCTER INTERNO

Para implementar adecuadamente su Gestión Preventiva en HcEnergía, la estructura organizativa se apoya en los diferentes órga-

3.5. Las observaciones preventivasdeben realizarse de forma sistemática

Con el fin de comprobar el cumplimiento de las normas estable-cidas, evaluar los potenciales riesgos e identificar las oportunida-des de mejora, se realizarán observaciones preventivas con la fre-cuencia que en cada caso se estime necesaria.

En estas observaciones participarán todos los miembros de laLínea Ejecutiva, y afectarán tanto a labores desarrolladas por elpersonal de la Empresa como por el de las Compañías Auxiliarescontratadas.

3.6. Cualquier deficiencia debe ser investigaday corregida en el plazo más breve posible

No sólo los accidentes e incidentes, sino también cualquier dañoo lesión que se registre, o simplemente cualquier situación deriesgo que pueda detectarse habrán de ponerse en conocimientodel Mando y del Servicio de Prevención para su análisis y conse-cuente corrección.

3.7. La prevención es una buena inversión

La experiencia demuestra que una empresa que alcanza un buennivel preventivo es una empresa bien organizada, eficiente, en la quese trabaja con calidad y, en consecuencia, rentable y con futuro.

De ahí que estemos convencidos de que invertir en prevención es,sin duda, una de las decisiones más acertadas que puede adop-tar la Dirección para tratar de optimizar la calidad de su gestión.

ÓRGANOS INTERNOS

COMITÉ DE DIRECCIÓNOPERACIONAL hc energía

SERVICIO DE PREVENCIÓNMANCOMUNADO

COMITÉS DE SEGURIDAD Y SALUD

COMISIÓN INTERNADE COMERCIAL Y REDES

COMISIÓN INTERNADE GENERACIÓN

COMISIÓN INTERNADE NEO ENERGÍA

COMISIÓN INTERNADE PROYECTOS

COMISIONESDEPARTAMENTALES

SUBCOMITÉS

ÓRGANOS LEGALES

SUBCOMITÉS

COMITÉ DE DIRECCIÓNDE PREVENCIÓN hc energía

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Preliminar IV. 2726 . Preliminar IV

1.2. Comisión Interna de Prevención de Área.

La constituye el Director del Área correspondiente, los responsa-bles de los Departamentos, el Coordinador de Prevención del Áreay el Servicio de Prevención.

Tiene por objeto:

• Implantar, mantener y proponer acciones de mejora del SGPRL.

Como funciones principales destacan:

• Asegurar el cumplimiento de la Política de Prevención y de laPlanificación preventiva.

• Realizar el seguimiento de las Programaciones anuales de suárea de influencia.

• Conocer los accidentes ocurridos en las empresas del Grupo yanalizar los ocurridos en su área de influencia proponiendo lasmedidas correctoras necesarias.

• Analizar y realizar el seguimiento de métricas e indicadores.

• Realizar el control y gestión de las actuaciones preventivas allevar a cabo con las empresas colaboradoras.

• Mantenimiento y mejora del Sistema: no conformidades,acciones correctoras, acciones de mejora, auditorías, gestióndocumental, control de registros, formación, etc.

• Realizar el seguimiento y adaptación de las novedades legislativas.

• Analizar de manera global los informes de resolución de accio-nes correctoras.

• Conocer las propuestas y acuerdos alcanzados en las reunionescelebradas por los Comités de Seguridad y Salud de las empre-sas del Grupo, y adoptar, en su caso, las decisiones oportunas.

• Realizar el informe de revisión del sistema en su Área.

1.3. Comisiones Departamentales.

Están constituidas por responsables del Departamento correspon-diente y de su personal dependiente. Tienen las funciones asigna-das a la Comisión interna del Área pero en su ámbito de aplicación.

nos de participación de carácter interno, que han sido aprobadospor la Alta Dirección con el ánimo de impulsar las relaciones inter-departamentales en materia de prevención de riesgos laborales. Eneste sentido, promueve y participa en las reuniones periódicas,que sirven para analizar la Gestión de la Prevención.

1.1. Comité de Dirección de Prevención de Hc Energía.

Presidido por un miembro de la Alta Dirección, está constituidopor Directores de distintas Áreas de Negocio, y el Jefe delDepartamento de Prevención. Tiene las siguientes características:

• Es un Comité único para todas las empresasdel grupo Hc Energía.

• Tiene carácter ejecutivo.

• Es garante de la implantación del Sistema de Gestión dePrevención de Riesgos Laborales (SGPRL).

Sus funciones principales son las siguientes:

• Aprobar la política, así como los criterios generales y de orga-nización del sistema de gestión de acuerdo con las disposicio-nes oficiales vigentes y el modelo corporativo acordado, reali-zando su seguimiento.

• Definir y aprobar posibles cambios en la Política, Objetivos yelementos del sistema.

• Conocer todos los accidentes, tanto de personal propio comode las empresas colaboradoras.

• Aprobar y llevar un seguimiento de la Planificación preventivade Hc Energía y las Programaciones derivadas.

• Realizar el seguimiento de las resoluciones o compromisosadoptados en el Comité Central de Seguridad y Salud.

• Seguimiento del Plan de Formación en materia preventiva.

• Elaborar y aprobar el informe de revisión del sistema.

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Preliminar IV. 2928 . Preliminar IV

2. ÓRGANOS DE GESTIÓNDE CARÁCTER INTERNO

La modalidad preventiva asumida por la Dirección de laOrganización es la de constituir un Servicio de PrevenciónMancomunado adecuado a las necesidades de las distintasempresas del Grupo.

2.1. Servicio de Prevención Mancomunado.

Organización especializada en temas preventivos que sin perjuiciode las legalmente encomendadas, ejerce las funciones de coordi-nación y asesoramiento a la línea jerárquica en dicha materia.

Está compuesto por Técnicos en Prevención de Riesgos Laboralesque desarrollan actualmente las especialidades de Medicina delTrabajo, Seguridad, Higiene y Ergonomía y Psicosociología Aplicada.

Además de las funciones recogidas en el Reglamento de losServicios de Prevención y en el Artículo 31 de la LPRL, figuranlas propias encomendadas al Grupo de Implementación delSistema, que son:

• Seguimiento de las actividades planificadas para proporcionarasistencia a los negocios.

• Revisión de métricas e indicadores de las unidades de negocio.

• Realizar el seguimiento de las novedades legislativas y planesde adaptación / Implantación.

• Seguimiento de la Planificación Preventiva.

• Mantenimiento y mejora del Plan de Gestión Preventiva global: noconformidades, acciones correctoras, acciones de mejora, audito-rías, gestión documental, control de registros, formación, etc.

Las empresas del Grupo que actualmente integran el Servicio dePrevención Mancomunado de Prevención de Hc Energía son lassiguientes:

• Hidroeléctrica del Cantábrico, S.A.

• Hidrocantábrico Distribución Eléctrica, S.A.U.

• Hidrocantábrico Energía, S.A.U.

• Hidrocantábrico Soluciones Comerciales, S.A.

1.4. Grupo de Implementación.

Están constituidos por el Departamento de Prevención y por losCoordinadores de Prevención de Área.

Tiene por objeto:

• Realizar el seguimiento de las actividades planificadas propor-cionando asistencia a los negocios.

Como funciones principales de este Grupo de Implementación figuran:

• La revisión de métricas e indicadores de las unidades de negocio.

• La realización del seguimiento de las novedades legislativas yplanes de adaptación/Implantación.

• El seguimiento de la Planificación Preventiva.

• El mantenimiento y mejora del Sistema de Gestión: no confor-midades, acciones correctoras, acciones de mejora, auditorí-as, gestión documental, control de registros, formación, etc.

Las funciones de los Coordinadores de Prevención de Área son lassiguientes:

• Coordinar tareas desde el punto de vista preventivo.

• Garantizar la interlocución entre las Unidades de Negocio yDeparta-mento de Prevención.

• Ser “staff” de la Unidad/Área correspondiente.

• Apoyar al Servicio de Prevención en la divulgación del sistemade gestión.

• Controlar e informar al Departamento de Prevención de losindicadores, métricas y registros.

• Colaborar en la detección de necesidades formativas y suseguimiento.

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Preliminar IV. 3130 . Preliminar IV

• Conocer cuantos documentos e informes relativos a las condi-ciones de trabajo sean necesarios para el cumplimiento de susfunciones, así como los procedentes de la actividad del servi-cio de prevención.

• Conocer y analizar los daños producidos en la salud o en laintegridad física de los trabajadores al objeto de valorar suscausas y proponer las medidas preventivas oportunas.

• Conocer e informar de la memoria y programación anual deservicios de prevención.

Actualmente en Hc Energía existen los siguientes Comités deSeguridad y Salud:

• Comité Central de Seguridad y Salud de HC/HCD.

• Comité de Seguridad y Salud de Elerebro.

• Comité de Seguridad y Salud de GENESA I.

• Comité de Seguridad y Salud de HCEC.

• Comité de Seguridad y Salud de Naturgás Energía Distribución(Asturias).

3.2. Subcomités de Seguridad y Salud.

Junto con el Comité Central de Seguridad y Salud, actúan comoórganos delegados del mismo bajo su coordinación y dirección,con la misión específica de reforzar el control y vigilancia en estamateria y con facultades para proponer cuantas medidas conside-ren precisas en orden a la prevención de los accidentes y a lamejora de las condiciones de seguridad e higiene en el trabajo ensu ámbito de actuación.

En la actualidad existen los siguientes Subcomités de Seguridady Salud:

• Subcomité de Centrales Hidráulicas.

• Subcomité de la C.T. Aboño.

• Subcomité de la C.T. Soto de Ribera.

• Subcomité de Gestión Comercial.

• Subcomité de Redes.

• Hidrocantábrico Explotación Centrales, S.A.U.

• Naturgas Energía Distribución, S.A. (Centro de Asturias)

• Hidrocantábrico Servicios, S.A.U.

• Hidrocantábrico Gestión de la Energía, S.A.U.

• Generaciones Especiales, S.A.

• Elerebro, S.A.

• Sidergas Energía, S.A.U.

3. ÓRGANOS DE PARTICIPACIÓNDE CARÁCTER LEGAL

3.1. Comités de Seguridad y Salud.

Son los órganos paritarios y colegiados de participación destina-dos a la consulta regular y periódica de las actuaciones de lasEmpresas en materia de prevención de riesgos.

El Comité de Seguridad y Salud tendrá las siguientes competencias:

• Participar en la elaboración, la puesta en práctica y la evalua-ción de los planes y programas de prevención de riesgos en laempresa. A tal efecto, en su seno se debatirán, antes de supuesta en práctica y en lo referente a su incidencia en la pre-vención de riesgos, los proyectos en materia de planificación,organización del trabajo e introducción de nuevas tecnologías,organización y desarrollo de las actividades de protección yprevención a que se refiere el artículo 16 de la LPRL y proyec-to y organización de la formación en materia preventiva.

• Promover iniciativas sobre métodos y procedimientos para laefectiva prevención de los riesgos, proponiendo a la empresala mejora de las condiciones o la corrección de las deficien-cias existentes.

En el ejercicio de las mismas, el Comité de Seguridad y Saludestará facultado para:

• Conocer directamente la situación relativa a la prevención deriesgos en el centro de trabajo, realizando a tal efecto las visi-tas que estime oportunas.

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3332 . Preliminar IV

Título IGENERALIDADES

4. GESTIÓN DE CONTRATISTAS

Hc Energía, en el marco de su Política de PRL y mediante suModelo de Gestión de Contratistas, establece los medios paracumplir y hacer cumplir a sus Empresas Contratistas oColaboradoras (EC) los requisitos legales vigentes. Cabe destacarque todos los años se elige una serie de empresas que son obje-to de una especial vigilancia en los aspectos preventivos porhaber sido consideradas, potencialmente, con mayores riesgos enfunción de los trabajos que realizan, la gravedad de los acciden-tes que pudieran ocurrir y el número de personas que trabajan ennuestros centros y dependencias.

A través de las Observaciones Preventivas de Seguridad (OPS) yde las auditorías de campo realizadas, se proponen Planes deAcción para mejorar aquellos aspectos o situaciones que se handetectado como más débiles y en los que es necesario mejorar.

Asimismo, existen Planes de actuación especiales para todas lasEmpresas Contratistas que trabajan en las obras de revisiones finde campaña de los grupos térmicos, en obras de ciclos combina-dos y parques eólicos que, por sus características especiales y sulocalización, requieren un seguimiento cercano y exhaustivo.

La realización de auditorías internas, inspecciones, verificacionesy acciones de auto-evaluación de la seguridad forman parte de lasherramientas utilizadas por el Grupo Hc Energía para evaluar deforma sostenida el desempeño en materia de seguridad, higiene ysalud en el trabajo, tanto del personal propio como de las empre-sas colaboradoras, garantizando, de este modo, la conformidadcon la Política de Prevención asumida por la Organización.

Capítulo I. Lugares de trabajo ............................................................. 35

Capítulo II. Orden y limpieza ............................................................... 52

Capítulo III. Señalización de seguridad y salud .............................. 55

Capítulo IV. Almacenamiento ............................................................... 73

Capítulo V. Productos químicos .......................................................... 82

Capítulo VI. Ruido .................................................................................. 92

Capítulo VII. Atmósferas explosivas .................................................... 97

Capítulo VIII. Riesgo eléctrico ........................................................... 107

Capítulo IX. Equipos de protección individual .............................. 114

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Capítulo I. 35

LUGARESDE TRABAJO

1. SEGURIDAD

Se entiende por lugares de trabajo, las áreas del centro de traba-jo, edificadas o no, en las que los trabajadores deban permanecero a las que puedan acceder en razón de su trabajo.

2. SEGURIDAD ESTRUCTURAL

2.1. Todas las partes integrantes de las distintas edificaciones,de los lugares de trabajo, ya sean permanentes o provisionales,poseerán las condiciones de resistencia y estabilidad necesarias,en función de la utilización que se les vaya a dar, para evitar losriesgos de desplome y caída.

2.2. Queda absolutamente prohibido sobrecargar los elementosintegrantes de los edificios y locales de los lugares de trabajo.

El acceso a los techos o cubiertas se efectuará a través de esca-leras o plataformas de trabajo y con el equipo de protección indi-vidual reglamentario para evitar las caídas.

2.3. Se prohíbe acceder a los techos o cubiertas de los edificiosque no ofrezcan suficientes garantías de resistencia y protecciónfrente a caídas de altura. El responsable de dicho área adoptarálas medidas necesarias para impedir físicamente el acceso adichas zonas de personal no autorizado.

Cuando haya de efectuarse en los techos o cubiertas de los edifi-cios algún tipo de trabajo o inspección, se evaluarán previamentelos riesgos que comporta el acceso y realización de trabajos en losmismos, para lo que el responsable del área emitirá una autoriza-ción expresa y por escrito, en la que se señalarán los trabajadores

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Capítulo I. 3736 . Capítulo I

4.2. Las aberturas en las paredes o tabiques por las que existapeligro de caída a distinto nivel se protegerán mediante barandi-llas, rejas u otros resguardos que completen la protección hastalos 90 centímetros sobre el piso, como mínimo.

4.3. Los trabajadores deberán poder realizar de forma segura lasoperaciones de apertura, cierre, ajuste o fijación de las ventanas,vanos de iluminación cenital y dispositivos de ventilación.

Cuando estén abiertos no se colocarán de forma que puedanconstituir un riesgo para los trabajadores.

4.4. La limpieza de las ventanas y vanos de iluminación cenitalse llevará a cabo sin riesgo para los trabajadores que realicendichas tareas o para terceras personas, que deberán estar dotadosde dispositivos necesarios.

5. SUELOS

5.1. Las características de los suelos (resistencia mecánica, quí-mica, conductividad térmica, características dieléctricas, com-portamiento ante el deslizamiento, etc.) de los lugares de trabajoserán acordes con la actividad a desarrollar en la zona. Estaránconstituidos por materiales consistentes y no resbaladizos, sinirregularidades ni pendientes peligrosas.

5.2. Las pequeñas diferencias de altura se salvarán con rampaso escaleras que cumplan las condiciones del apartado Nº 7 deeste capítulo sobre “Escaleras fijas, rampas y plataformas”.

5.3. Las aberturas o desniveles que supongan un riesgo de caídaa distinto nivel de personas se protegerán mediante barandillas uotros sistemas de protección equivalente, que podrán tener partesmóviles cuando sea necesario disponer de acceso a la abertura.

Cuando se acceda a la abertura, se asegurará que la protecciónmóvil no suponga un riesgo añadido para el trabajador.

autorizados para realizar el trabajo y las medidas preventivas quedeban emplearse (método de trabajo, equipos de trabajo, protec-ciones colectivas, equipos de protección individual, señalización,etc.) cuando el resultado de la evaluación así lo determine.

3. ESPACIOS DE TRABAJO

3.1. Las dimensiones de los locales de trabajo deberán permitirque los trabajadores realicen su trabajo sin riesgos para su segu-ridad y salud y en condiciones ergonómicas aceptables.

Desde la fase de diseño, una vez que se conozca la actividad, ins-talaciones, equipos y número de personas que ocuparán los loca-les, se tendrán en cuenta las dimensiones mínimas siguientes:

• 3 m de altura desde el piso hasta el techo (2,5 m en localescomerciales, de servicios, oficinas y despachos)

• 2 m2 de superficie libre por trabajador.

• 10 m3, no ocupados, por trabajador.

3.2. Siempre que las condiciones inherentes al puesto de trabajo nolo impidan, la separación entre los elementos materiales existentesen el mismo será suficiente para que los trabajadores puedan ejecu-tar su labor con comodidad y sin riesgo para su seguridad y salud.

3.3. Las zonas de los lugares de trabajo en las que exista riesgode caída, caída de objetos o de contacto o exposición a elemen-tos agresivos, deberán estar claramente señalizadas.

4. TABIQUES, VENTANAS Y VANOS

4.1. Los tabiques transparentes o translúcidos, situados en loslocales o en las proximidades de los puestos de trabajo, deberánestar claramente señalizados y fabricados con materiales segurosque eviten lesiones a los trabajadores en caso de rotura.

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Capítulo I. 3938 . Capítulo I

6.7. Las puertas y portones mecánicos deberán funcionar sin ries-go para los trabajadores. Tendrán dispositivos de parada de emer-gencia de fácil identificación y acceso, y podrán abrirse de formamanual, salvo si se abren automáticamente en caso de avería delsistema de emergencia.

6.8. Las puertas de acceso a las escaleras no se abrirán directa-mente sobre sus escalones, sino sobre descansos de anchura almenos igual a la de aquellos.

6.9. Los portones destinados básicamente a la entrada/salida devehículos permitirán ser utilizados por los trabajadores, sin nin-gún riesgo para su seguridad; de no ser así, deberán disponer ensu proximidad de puertas destinadas a tal fin, expeditas y clara-mente señalizadas.

7. ESCALERAS FIJAS, RAMPAS Y PLATAFORMAS

7.1. Las rampas tendrán una pendiente no superior a:

• 12 % cuando su longitud sea menor que 3 metros.

• 10% cuando su longitud sea igual o mayor a 3 metros y menorde 10 metros.

• 8% en el resto de los casos.

Solo se admitirá la existencia de rampas con pendientes superio-res a las citadas, y en cualquier caso inferiores al 20%, si cons-tituyen parte de instalaciones antiguas que no se hayan modifica-do o transformado con posterioridad al año 1997.

7.2. La anchura mínima de las escaleras fijas de nueva construc-ción es de 1 metro (90 centímetros si constituyen parte de insta-laciones antiguas que no se hayan modificado o transformado conposterioridad al año 1997); excepto en las escaleras de servicio,cuya anchura no será inferior a 55 centímetros.

Cuando la protección no esté colocada, la abertura estará conve-nientemente señalizada y protegida.

6. PUERTAS Y PORTONES

6.1. La anchura mínima de las puertas exteriores será de 0,80metros. Además, serán suficientes en número y anchura para elrápido y seguro desalojo de los locales de trabajo.

6.2. Las superficies transparentes o translúcidas de las puertasy portones estarán fabricadas con materiales de seguridad queeviten lesiones a los trabajadores en caso de rotura. Las que no loestén deberán protegerse contra la rotura cuando ésta puedasuponer un peligro para los trabajadores.

Estas puertas o portones transparentes deberán tener una señali-zación a la altura de la vista, que las hagan fácilmente visibles.

6.3. Las puertas exteriores y las situadas en las vías de evacua-ción que no sean de vaivén, abrirán preferentemente hacia el sen-tido de la evacuación. Esta medida será obligatoria para aquellaspuertas por las que esté previsto evacuar a más de 100 personaso a más de 50 personas, si el uso del local es comercial.

6.4. Las puertas y portones de vaivén serán transparentes o ten-drán partes transparentes que permitan la visibilidad de la zona ala que se accede.

6.5. Las puertas correderas deberán ir provistas de un sistemade seguridad que les impida salirse de los carriles y caer.

6.6. Las puertas y portones que se abran hacia arriba estarándotados de un sistema de seguridad que impida su caída.

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Capítulo I. 4140 . Capítulo I

8. ESCALAS FIJAS

8.1. Las escalas fijas tendrán una anchura mínima de 40 centíme-tros y la distancia máxima entre peldaños será de 30 centímetros.

8.2. Las escalas fijas dispondrán de una protección circundan-te, preferentemente, a partir de 2,5 metros de altura y, obligato-riamente a partir de 4 metros.

Esta protección no será necesaria en conductos, pozos angostos yotras instalaciones que, por su configuración, ya proporcionendicha protección.

8.3. Cuando el paso desde el tramo final de una escala fija hastala superficie a la que se desea acceder suponga un riesgo decaída por falta de apoyos, la barandilla o lateral de la escala seprolongará al menos un metro por encima del último peldaño o setomarán las medidas alternativas que proporcionen una seguridadequivalente.

8.4. Si se emplean escalas fijas para alturas superiores a 9 metros,se instalarán plataformas de descanso cada 9 metros o fracción.

9. BARANDILLAS DE PROTECCIÓN

9.1. Las barandillas que se instalen en los lugares de trabajoreunirán las siguientes condiciones:

• Estarán constituidas por materiales rígidos.

• Ofrecerán una resistencia mínima de 150 Kg/m.

• Tendrán 90 centímetros de altura mínima.

• Dispondrán de protección que impida el paso o deslizamientode trabajadores por debajo de las mismas o la caída de obje-tos sobre personas, instalando en la plataforma, pasillo oespacio de trabajo que protejan las barandillas, rodapiés conuna altura mínima de 15 centímetros sobre el nivel del piso.

La altura máxima entre descansos de una escalera será de 3,70metros. La profundidad de los descansos intermedios, medida endirección a la escalera, no será menor a 1 metro ni menor que lamitad de la anchura de la escalera.

7.3. Todos los peldaños de una escalera fija tendrán las mismasdimensiones y sus escalones tendrán las siguientes dimensiones:

• La huella, comprendida entre 23 y 36 centímetros.

• La contrahuella, entre 13 y 20 centímetros.

Se exceptúan de esta norma los escalones de las escaleras de ser-vicio que tendrán una huella mínima de 15 centímetros y unacontrahuella no superior a 25 centímetros.

7.4. Quedan prohibidas las escaleras de caracol, salvo si son deservicio.

7.5. Las escaleras y rampas de más de 60 centímetros de altu-ra dispondrán de barandillas en sus lados abiertos.

Las escaleras de más de 1,20 metros o más de anchura deberántener instalado un pasamanos en el lado cerrado a una alturamínima de 90 centímetros.

Para escaleras de menos de 1,20 metros de anchura, con amboslados cerrados, al menos uno de los dos llevará pasamanos.

7.6. Las plataformas de trabajo estarán protegidas en todo sucontorno por barandillas de protección.

7.7. Los pavimentos de las rampas, escaleras y plataformas detrabajo serán de materiales no resbaladizos o dispondrán de ele-mentos antideslizantes.

7.8. En las nuevas escaleras y plataformas con pavimentos perfo-rados, la abertura máxima de los intersticios será de 8 milímetros.

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Capítulo I . 4342 . Capítulo I

Las cabinas estarán provistas de puerta con cierre interior y unapercha.

10.5. Los vestuarios, locales de aseo y retretes, estarán separa-dos para hombres y mujeres o deberá preverse una utilización porseparado de los mismos.

10.6. Las trabajadoras embarazadas y las madres lactantesdeberán tener la posibilidad de disponer de los medios para des-cansar tumbadas en condiciones adecuadas.

11. VÍAS Y SALIDAS DE EVACUACIÓN

11.1. Las vías y salidas de evacuación, así como las vías de cir-culación que den acceso a ellas, deberán permanecer libres deestorbo, y desembocarán de la forma más directa en el exterior oen una zona de seguridad.

11.2. En caso de peligro, los trabajadores podrán evacuar todoslos lugares de trabajo rápidamente y en condiciones de seguridad.

11.3. Siempre que los lugares de trabajo estén ocupados, laspuertas situadas en los recorridos de las vías de evacuación debe-rán poder abrirse en cualquier momento desde el interior, sinayuda especial.

11.4. Las puertas de emergencia abrirán hacia el exterior y nodeberán cerrarse con llave. Serán de características tales quecualquier persona pueda abrirlas fácil e inmediatamente en elsentido de la evacuación.

Las puertas correderas o giratorias están prohibidas en salidas deemergencia.

9.2. No podrán utilizarse como barandillas elementos tales comocuerdas, cadenas u otros materiales no rígidos.

10. SERVICIOS HIGIÉNICOSY LOCALES DE DESCANSO

10.1. Los lugares de trabajo dispondrán de vestuarios para aque-llas ocasiones en que los trabajadores deban llevar ropa especialde trabajo y no se les pueda pedir, por razones de salud o deco-ro, que se cambien en otras dependencias.

Cuando los vestuarios no sean necesarios, los trabajadores dis-pondrán de colgadores o armarios para colocar su ropa.

10.2. Los vestuarios estarán provistos de asientos y de armarioso taquillas individuales con llave, con capacidad para guardar laropa y el calzado. Dichas taquillas dispodrán de habitáculos sepa-radores para separar la ropa de trabajo de la de calle cuando laprimera pueda estar contaminada, sucia o húmeda.

10.3. Los lugares de trabajo dispondrán, en las proximidades delos puestos de trabajo y de los vestuarios, de locales de aseo conespejos, lavabos con agua corriente, jabón y toallas individualesu otro sistema de secado con garantías higiénicas.

Cuando se realicen trabajos sucios, contaminantes o que provo-quen una sudoración elevada, dispondrán además de duchas conagua corriente, caliente y fría, y se les suministrará a los trabaja-dores los medios de limpieza que sean necesarios.

10.4. Los lugares de trabajo dispondrán de retretes, dotados delavabos, situados en las proximidades de los puestos de trabajo,de los vestuarios y de los locales de aseo, cuando no estén inte-grados en estos últimos.

Dichos retretes dispondrán de descarga automática de agua ypapel higiénico. Los que hayan de ser utilizados por mujeres esta-rán dotados de recipientes higiénicos especiales y cerrados.

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Capítulo I. 4544 . Capítulo I

ellos, a menos que estén debidamente protegidos con barreras uotros elementos de protección eficaces.

12.6. Cuando una vía de circulación de trabajadores cerrada,finalice en una puerta de salida al exterior que cruce con una víade circulación de vehículos, se deberán colocar barandillas obarreras a una distancia mínima de 1 metro de la salida que impi-da acceder directamente a la vía de circulación de vehículos.

13. CONDICIONES AMBIENTALES

13.1. Las condiciones ambientales de los lugares de trabajo nodeben suponer un riesgo para la seguridad y la salud de los tra-bajadores.

Asimismo, se procurará que las condiciones ambientales en loslugares de trabajo no constituyan una fuente de incomodidad omolestia para los trabajadores. A tal efecto, y en la medida de loposible, se evitarán las temperaturas y las humedades extremas, loscambios bruscos de temperatura, las corrientes de aire molestas,los olores desagradables, la irradiación excesiva y, en particular, laradiación solar a través de ventanas, luces o tabiques acristalados.

13.2. En los locales de trabajo cerrados, se cumplirán, en parti-cular, las siguientes condiciones:

13.2.1. Temperatura:• Donde se realicen trabajos sedentarios propios de oficinas o

similares, estará comprendida entre 17 y 27 ºC.• Donde se realicen trabajos ligeros, estará comprendida entre

14 y 25 ºC.

13.2.2. Corrientes de aire:Se adoptarán las medidas precisas para evitar que los trabaja-dores estén expuestos de forma frecuente o continuada acorrientes de aire cuya velocidad exceda los siguientes límites:• Trabajos en ambientes no calurosos: 0,25 m/s.• Trabajos sedentarios en ambientes calurosos: 0,5 m/s.

11.5. Las vías y salida específicas de evacuación, las puertassituadas en dichos recorridos de evacuación y las puertas deemergencia deberán estar señalizadas. Esta señalización será dematerial duradero y se dispondrá en los lugares adecuados, deforma coherente, atendiendo a los parámetros de buena visibili-dad y correcta percepción del mensaje.

11.6. En caso de avería de la iluminación, las vías y salidas deevacuación que requieran iluminación deberán estar equipadascon iluminación de seguridad de suficiente intensidad.

12. VÍAS DE CIRCULACIÓN

12.1. En aquellos centros de trabajo con normativa interna decirculación, se seguirán las indicaciones establecidas al efecto.

12.2. Las vías de circulación de los lugares de trabajo deberánpoder utilizarse conforme a su uso previsto, de forma fácil y contotal seguridad para los peatones o vehículos que circulen por ellasy para los trabajadores que ejecuten sus tareas en su proximidad.

12.3. Los pasillos tendrán una anchura mínima de 1 metro.

12.4. La anchura de las vías de circulación por las que puedancircular medios de transporte y peatones deberá permitir su pasosimultáneo con una separación de seguridad suficiente, quepuede ser estimada en 1 metro, como mínimo.

12.5. Las vías de circulación destinadas a vehículos deberánpasar a una distancia suficiente de las puertas, portones, zonasde circulación de peatones, pasillos y escaleras. Dicha distanciapuede ser estimada en 1 metro.

Se evitará su paso por las proximidades de pilares, estanterías oelementos que puedan desplomarse si el vehículo choca contra

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Capítulo I. 4746 . Capítulo I

14. ILUMINACIÓN

14.1. La iluminación de cada zona o parte de un lugar de traba-jo se adaptará a las características de la actividad que se efectúeen ella, teniendo en cuenta:

• Los riesgos para la seguridad y salud de los trabajadoresdependientes de las condiciones de visibilidad.

• Las exigencias visuales de las tareas desarrolladas.

14.2. Siempre que sea posible, los lugares de trabajo tendránuna iluminación natural, que deberá completarse con la artificialcuando la primera no garantice, por sí sola, unas condiciones devisibilidad adecuadas. En tales casos, se utilizará preferentemen-te la iluminación artificial general, complementada a su vez conuna localizada, cuando en zonas concretas se requieran nivelesde iluminación más elevados.

14.3. Los niveles mínimos de iluminación de los lugares de tra-bajo serán los siguientes:

ZONA O PARTE DEL LUGAR NIVEL MÍNIMODE TRABAJO * DE ILUMINACIÓN (lux)

Zonas donde se ejecuten tareas con:

1. Bajas exigencias visuales . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1002. Exigencias visuales moderadas . . . . . . . . . . . . . 2003. Exigencias visuales altas . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 5004. Exigencias visuales muy altas . . . . . . . . . . . . . 1.000

Áreas o locales de uso ocasional . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 50Áreas o locales de uso habitual . . . . . . . . . . . . . . . . . . 100Vías de circulación de uso ocasional . . . . . . . . . . . . . . . 25Vías de circulación de uso habitual . . . . . . . . . . . . . . . . 50

* El nivel de iluminación de una zona en la que se ejecute una tarea semedirá a la altura en la que ésta se realice; en el caso de zonas de uso gene-ral a 85 cm del suelo; y en el de las vías de circulación, a nivel del suelo.

Estos niveles mínimos deberán duplicarse cuando se den lassiguientes circunstancias:

• Trabajos no sedentarios en ambientes calurosos: 0,75 m/s.Estos límites no se aplicarán a las corrientes de aire expresa-mente utilizadas para evitar el estrés en exposiciones intensasal calor, ni a las corrientes de aire acondicionado, para las queel límite será de 0,25 m/s en el caso de trabajos sedentariosy 0,35 m/s en los demás casos.

13.2.3. Humedad:La humedad relativa estará comprendida entre el 30 y el70%, excepto en los locales donde existan riesgos por electri-cidad estática en los que el límite inferior será del 50%.

13.2.4. Ventilación:La renovación mínima del aire en los locales de trabajo, a fin deevitar el ambiente viciado y los olores desagradables, será de:• 30 m3 de aire limpio por hora y trabajador, en el caso de tra-

bajos sedentarios en ambientes no calurosos, ni contamina-dos por humo de tabaco.

• 50 m3 en los casos restantes.

13.2.5. A efectos de la aplicación de lo establecido en cuanto acondiciones ambientales en los locales de trabajo cerrados,deberán tenerse en cuenta las limitaciones o condicionantesque puedan imponer, en cada caso, las características parti-culares del propio lugar de trabajo, de los procesos u opera-ciones que se desarrollen en él y del clima de la zona en laque esté ubicado. En cualquier caso, el aislamiento térmicode los locales cerrados debe adecuarse a las condiciones cli-máticas propias del lugar.

13.2.6. Cuando las actividades a desarrollar o las característicasde los lugares de trabajo no permitan mantener las condicio-nes señaladas, se tomarán las medidas técnicas y/u organiza-tivas precisas para preservar la Seguridad y la Salud de los tra-bajadores.

13.3. En los lugares de trabajo al aire libre y en los locales detrabajo que, por la actividad desarrollada, no puedan quedarcerrados, deberán tomarse medidas para que los trabajadorespuedan protegerse, en la medida de lo posible, de las inclemen-cias del tiempo.

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Capítulo I. 4948 . Capítulo I

15. NORMAS DE UTILIZACIÓNDE LOS LUGARES DE TRABAJO

15.1. Los trabajadores están obligados a hacer un uso cuidado-so de los lugares de trabajo y de su dotación de mobiliario, equi-pos e instalaciones, evitando causar deterioros añadidos a losderivados de su empleo habitual.

15.2. En los lugares de trabajo y en sus locales auxiliares o deservicio se prohíbe llevar a cabo actividades distintas de aquellasa las que están destinados.

15.3. Los trabajadores respetarán la señalización establecida enlos lugares de trabajo.

15.4. En los desplazamientos peatonales por los lugares de tra-bajo, los trabajadores caminarán a paso normal, evitando correr,particularmente al franquear puertas, al utilizar escaleras y esca-las, y cuando transporten cargas o equipos de trabajo.

15.5. Cuando se transite por escaleras será obligatorio utilizar elpasamanos. Los escalones se subirán o bajarán de uno en uno.

16. MANTENIMIENTODE LOS LUGARES DE TRABAJO

16.1. Los lugares de trabajo y, en particular, sus instalaciones seránobjeto de un mantenimiento periódico, subsanándose con rapidez lasdeficiencias que puedan afectar a la seguridad y salud de los traba-jadores, advirtiendo de las mismas en tanto estén presentes.

16.2. En la instalación eléctrica en particular, se comprobará elcorrecto funcionamiento de los interruptores diferenciales, almenos trimestralmente.

• En las áreas o locales de uso general y en las vías de circula-ción, cuando por sus características, estado u ocupación, exis-tan riesgos apreciables de caídas, choques u otros accidentes.

• Cuando un error de apreciación visual durante la realización dela tarea pueda suponer un peligro para el trabajador que laejecuta o para terceros, o cuando el contraste de luminanciaso de color entre el objeto a visualizar y el fondo sobre el quese encuentra sea muy débil.

14.4. La iluminación de los lugares de trabajo deberá cumplir,además, las siguientes condiciones:

• La distribución de los niveles de iluminación será lo más uni-forme posible.

• Se evitarán las variaciones bruscas de luminancia dentro de lazona de operación y entre ésta y sus alrededores.

• Se evitarán los deslumbramientos directos producidos por laluz solar o por fuentes de luz artificial de alta luminancia. Enningún caso se colocarán éstas sin protección en el campovisual del trabajador.

Asimismo, se evitarán los deslumbramientos indirectos produ-cidos por superficies reflectantes situadas en la zona de ope-ración o sus proximidades.

• No se emplearán fuentes de luz que perjudiquen la percepciónde los contrastes, de la profundidad o de la distancia entreobjetos en la zona de trabajo, que produzcan una impresiónvisual de intermitencia o que puedan dar lugar a efectos estro-boscópicos.

14.5. Los lugares de trabajo o la parte de los mismos, en los queun fallo del alumbrado normal suponga un riesgo para la seguri-dad de los trabajadores dispondrán de alumbrado de emergencia.

La alimentación eléctrica de la iluminación de emergencia estaráasegurada por una fuente de energía independiente del sistemanormal de iluminación.

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Capítulo I. 5150 . Capítulo I

cuenta la peligrosidad de la actividad desarrollada y las posi-bles dificultades de acceso al centro de asistencia médicamás próximo.

• Los locales de primeros auxilios dispondrán, como mínimo, deun botiquín, una camilla y una fuente de agua potable.Estarán próximos a los puestos de trabajo y serán de fácilacceso para las camillas.

17. MATERIAL Y LOCALESDE PRIMEROS AUXILIOS

17.1. Los lugares de trabajo dispondrán de material para prime-ros auxilios en caso de accidente, que deberá ser adecuado, encuanto a su cantidad y características, al número de trabajadores,a los riesgos a que estén expuestos y a las facilidades de accesoal centro de asistencia médica más próximo. El material de pri-meros auxilios deberá adaptarse a las atribuciones profesionalesdel personal habilitado para su prestación.

17.2. La situación o distribución del material en el lugar de tra-bajo y las facilidades para acceder al mismo y para, en su caso,desplazarlo al lugar del accidente deberán garantizar que la pres-tación de los primeros auxilios pueda realizarse con la rapidez querequiera el tipo de daño previsible.

17.3. Sin perjuicio de lo dispuesto en los apartados anteriores,todo lugar de trabajo deberá disponer, como mínimo, de un boti-quín portátil que contenga desinfectantes y antisépticos autoriza-dos, gasas estériles, algodón hidrófilo, venda, esparadrapo, apósi-tos adhesivos, tijeras, pinzas y guantes desechables.

17.4. El material de primeros auxilios se revisará periódicamen-te y se irá reponiendo tan pronto como caduque o sea utilizado.

17.5. El material y locales de primeros auxilios deberán estarclaramente señalizados.

17.6. Para el caso de lugares de trabajo ocupados después de laentrada en vigor del RD 486/97 se indica los siguiente:

• Los lugares de trabajo de más de 50 trabajadores deberán dis-poner de un local destinado a los primeros auxilios y otrasposibles atenciones sanitarias. También deberán disponer delmismo los lugares de trabajo de más de 25 trabajadores paralos que así lo determine la autoridad laboral, teniendo en

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Capítulo II. 5352 . Capítulo II

momento en las condiciones de higiene adecuadas, para lo cualse someterán periódicamente a las operaciones de limpieza esta-blecidas en cada centro de trabajo.

2.2. Los trabajadores encargados del manejo de aparatos ymáquinas son los responsables de mantenerlos siempre en unestado razonable de limpieza.

Igualmente, se mantendrá limpio el entorno de los equipos detrabajo.

2.3. Los trabajadores que empleen herramientas manuales omovidas por fuerza motriz se encargarán de la limpieza de lasmismas al finalizar su utilización.

2.4. Los trabajadores se encargarán de mantener en buen esta-do de limpieza su ropa de trabajo y los Equipos de ProtecciónIndividual (EPI) de que hayan sido dotados.

2.5. Los charcos, manchas o salpicaduras de productosresbaladizos o peligrosos, así como de productos residuales quepuedan originar accidentes o contaminar el ambiente de trabajo,serán eliminados con la mayor brevedad posible. Se utilizarán paraello los productos adecuados y los residuos se gestionarán confor-me a las exigencias medioambientales en cuanto a su tipificación.

Cuando no pueda llevarse a cabo su eliminación inmediata, lazona se acotará y señalizará. El Responsable de la zona o instala-ción afectada tomará las medidas de prevención y protección quesean necesarias para evitar daños a los trabajadores.

2.6. Queda prohibido arrojar al suelo residuos o desperdicios; lostrabajadores los depositarán en los recipientes adecuados paracada tipo, instalados al efecto, y estos serán eliminados con laperiodicidad establecida.

ORDENY LIMPIEZA

1. ORDEN

1.1. Las zonas de paso, salidas, vías de circulación de los luga-res de trabajo y, en especial, las salidas y vías de circulación pre-vistas para la evacuación en casos de emergencia deberán encon-trarse libres de obstáculos, de forma que sea posible utilizarlas entodo momento, sin riesgos ni dificultades.

1.2. Cuando no se utilicen, las herramientas manuales se depo-sitarán en sus cajas o estanterías. Está prohibido dejarlas tiradasen el suelo o depositadas sobre máquinas o equipos.

1.3. Los equipos de trabajo portátiles no se depositarán sobresuperficies de tránsito.

Cuando dejen de emplearse temporalmente, se colocarán en luga-res de los que no puedan caerse, provocar tropezones o contactosaccidentales con sus partes peligrosas, y con sus cablesdesconectados y recogidos.

Al acabar su utilización, se depositarán en los lugares previstospara ello.

1.4. Los útiles de las máquinas-herramientas que no se hallenacoplados a las mismas permanecerán recogidos en los lugaresdestinados al efecto.

2. LIMPIEZA

2.1. Los lugares de trabajo, así como los locales de servicio y susrespectivos equipos e instalaciones se mantendrán en todo

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Capítulo III. 5554 . Capítulo II

SEÑALIZACIÓNDE SEGURIDADY SALUD

1. DEFINICIÓN Y MODOS DE SEÑALIZACIÓN

1.1. Definición

Se entiende por señalización de seguridad y salud una técnicacomplementaria de prevención que, referida a un objeto, activi-dad o situación determinada, proporciona una indicación relativaa la seguridad y salud en el trabajo.

Dichas indicaciones pueden referirse a una prohibición, a la exis-tencia de un peligro, a la obligación de llevar a cabo un compor-tamiento determinado, a la localización de un dispositivo o ele-mento de seguridad, salvamento o socorro o a cualquier otra infor-mación de interés para la seguridad o salud de las personas.

1.2. Modos de Señalización

Según su forma de manifestación, la señalización puede clasifi-carse en los siguientes grupos:

1.2.1. Señalización ÓpticaSe basa en la utilización y apreciación de los colores, formas,contrastes luminosos o movimientos gestuales. En la prácticaes la más utilizada puesto que la vista es el sentido más sen-sible del ser humano.Se consideran dentro de la señalización óptica los siguientes tipos:

Señales en forma de panel:Señal que porporciona una determinada información por la com-binación de formas geométricas, colores y símbolos o pictogramas.

Señales Luminosas:Señal emitida por medio de dispositivos de materiales transparen-tes o translucidos iluminados desde atrás o desde el interior, de talmanera que aparezca por sí misma como una superficie luminosa.

2.7. La limpieza de los locales se llevará a cabo, siempre que seaposible, fuera de la jornada habitual de trabajo.

De no poder llevarse esto a cabo, se extremarán las precaucionespara evitar los efectos nocivos o molestos que puedan producir laslabores de limpieza y el entorpecimiento que puedan ocasionar enel desarrollo de la actividad laboral.

2.8. En los locales susceptibles de producir polvo, la limpieza sellevará a cabo con medios húmedos siempre que no resulte peli-grosa, o mediante aspiración en seco.

Si se emplean medios húmedos se evitará la formación de char-cos o pavimentos resbaladizos.

2.9. Como productos de limpieza se emplearán, preferentemen-te, detergentes y jabones.

Si es preciso emplear disolventes, queda prohibido fumar duran-te su uso, asegurándose de la inexistencia de otros focos de igni-ción y ventilando el lugar antes de comenzar su aplicación.

En cualquier caso, se facilitará la Ficha de Seguridad del produc-to para consulta por parte de los usuarios.

Queda prohibido utilizar ácidos fuertes, incluso diluidos, en laslabores de limpieza.

2.10. Los detergentes, disolventes y demás productos de limpie-za permanecerán, siempre que sea posible, en su envase original,y en caso de trasvase, éste se hará a recipientes adecuados ycorrectamente etiquetados, y nunca a recipientes correspondien-tes a otras sustancias. En concreto, queda terminantemente pro-hibido el trasvase a recipientes destinados en su origen al conte-nido de líquidos de consumo humano (bebidas, productos de aseopersonal, etc.).

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56 . Capítulo III Capítulo III. 57

2.2. La señalización no deberá considerarse una medida sustitu-tiva de las medidas técnicas y organizativas de protección colec-tiva y deberá utilizarse cuando mediante estas últimas, no hayasido posible eliminar los riesgos o reducirlos suficientemente.Tampoco deberá considerarse una medida sustitutiva de la forma-ción e información de los trabajadores en materia de seguridad ysalud en el trabajo.

2.3. La señalización deberá permanecer mientras persista lasituación que la motiva.

2.4. La eficacia de la señalización no debe resultar disminuidapor la concurrencia de señales o por otras circunstancias que difi-culten su percepción o comprensión.

2.5. La señalización de seguridad y salud en el trabajo no se uti-lizará para transmitir informaciones o mensajes distintos o adicio-nales a los que constituyen su propio objetivo.

2.6. Cuando los trabajadores a los que se dirige la señalizacióntengan sus facultades auditivas o visuales limitadas, incluso porrazón del empleo de equipos de protección individual, deberántomarse las medidas suplementarias o de sustitución necesariaspara garantizar la percepción de las mismas.

2.7. Las señales se instalarán preferentemente a una altura y enuna posición apropiadas en relación al ángulo visual, teniendo encuenta posibles obstáculos, en la proximidad inmediata del ries-go u objeto que deba señalizarse o, cuando se trate de un riesgogeneral, en el acceso a la zona de riesgo.

2.8. La visibilidad de las señales que deban percibirse por lavista quedará plenamente garantizada y, si es preciso, se les apli-cará iluminación artificial con alimentación de emergencia.

Puede ser continua o intermitente y podrá llevar en la super-ficie luminosa un pictograma acorde con las reglas aplicablesa las señales en forma de panel.

Señalización Gestual:Señal que consiste en la realización de una serie de movimientoso disposición de las manos y de los brazos, de forma codificada,para guiar a las personas que están realizando maniobras queconstituyen un riesgo para los trabajadores.

1.2.2. Señalización AcústicaSeñal sonora codificada, emitida y difundida por medio de un dis-positivo apropiado, sin intervención de voz humana o sintética.Pueden emitirse a través de sirenas, bocinas, timbres, etc.

1.2.3. Comunicación VerbalEstá basada en un mensaje verbal predeterminado, en el quese utiliza voz humana o sintética, y se establece entre un emi-sor y uno o varios oyentes.Debe tener en cuenta la conveniencia de utilizar mensajes cor-tos, frases o palabras aisladas, claras, concisas e inteligibles.

2. SELECCIÓN Y EMPLEO DE LA SEÑALIZACIÓN

2.1. La señalización de seguridad y salud en el trabajo se utili-zará siempre que el análisis de los riesgos existentes, las situacio-nes de emergencia previsibles y las medidas preventivas adopta-das pongan de manifiesto la necesidad de:

• Llamar la atención de los trabajadores sobre la existencia dedeterminados riesgos, prohibiciones u obligaciones.

• Alertar a los trabajadores cuando se produzca una determina-da situación de emergencia que requiera medidas urgentes deprotección o evacuación.

• Facilitar a los trabajadores la localización e identificación dedeterminados medios o instalaciones de protección, evacua-ción, emergencia o primeros auxilios.

• Orientar o guiar a los trabajadores que realicen determinadasmaniobras peligrosas.

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Capítulo III. 59

3.2.2. Cuando el color de fondo sobre el que tenga que aplicarse elcolor de seguridad pueda dificultar la percepción de este últi-mo, se utilizará un color de contraste que enmarque o se com-bine con el de seguridad, de acuerdo con la siguiente tabla:

3.3. Señales en forma de panel

Las formas de las señales en forma de panel y su significado seindican en el cuadro adjunto:

3.3.1. Colores de las señalesLos colores se utilizarán en función del tipo de señal del quese trate y estarán basados en los colores de seguridad (veresquema anterior).

3.3.2. Símbolos o pictogramasSon imágenes de la mayor sencillez posible situadas en el interiorde las formas geométricas de las señales con el fin de informar.En caso necesario, las señales de panel, podrán ir acompaña-das de un texto escrito en el exterior de la forma geométricapara completar la información del pictograma. Se procurará

3. ELECCIÓN DEL MODO DE SEÑALIZACIÓN

3.1. La elección del tipo, número y emplazamiento de las seña-les a utilizar en cada caso se llevará a cabo de forma que la seña-lización resulte lo más eficaz posible, teniendo en cuenta:

• Las características de la señal.

• Los riesgos, elementos o circunstancias que hayan de señalizarse.

• La extensión de la zona a cubrir. Cuando deba realizarse una indica-ción mediante señales que afecten a todo el centro de trabajo, aque-llas se colocarán, al menos, en todos los accesos a dicho centro.

• El número de trabajadores afectados.

3.2. Colores de seguridad y de contraste

3.2.1. Los colores de seguridad son aquellos a los que se les atri-buye una significación determinada y concreta en relación conla seguridad; pudiendo formar parte de una señalización deseguridad o constituirla por sí mismos. En el cuadro que aparece a continuación se muestran los colo-res de seguridad, su significado y aplicación fundamental:

58 . Capítulo III

COLORDE SEGURIDAD

COLORDE CONTRASTE

EJEMPLO

Rojo Verde AzulAmarillo - anaranjado

TriangularSeñal de advertencia

Rectangular o cuadradaSeñal de salvamento y socorro

Redondacon banda transversalSeñal de prohibición

Rectangular o cuadradaSeñal relativa a lucha contra incendios

RedondaSeñal de obligación

COLORDE SEGURIDAD

Rojo

Amarillo Amarillo anaranjado

Verde

Azul

SIGNIFICADO

Señal de prohibición

Peligro-alarma

Información(lucha contra incendios)

Señales de advertencia

Señal de salvamentoo Auxilio

Situación de seguridad

Señal de Obligación

APLICACIÓN

Comportamiento peligroso

Alto, paradaDispositivos de desconexiónde emergenciaEvacuación

Identificación y localizaciónde material y equiposde lucha contra incendios

Atención. VerificaciónPrecaución

Puertas, salidas o pasajesLocales, puesto o materialde salvamento o de socorro

Normalización del proceso

Obligación de uso de E.P.I.Comportamiento o acciónespecífica obligada

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Capítulo III. 61

D. Señales relativas a los equipos de lucha contra incendios.Son aquellas que proporcionan informaciones relativas a losemplazamientos de equipos para la lucha contra incendios oindicativas de direcciones a seguir.• Forma rectangular o cuadrada.• Pictograma blanco sobre fondo rojo.

E. Señales de salvamento o socorro.Son aquellas que proporcionan informaciones relativas a lassalidas de socorro, a los primeros auxilios o a los dispositivosde salvamento.• Forma rectangular o cuadrada.• Pictograma blanco sobre fondo verde.

F. Señales Informativas.Son aquellas que proporcionan otras informaciones distintas alas señales anteriormente referenciadas.No se consideran señales de seguridad. Cumplirán preferente-mente las siguientes premisas:• Serán de forma rectangular o cuadrada.• En ningún caso tendrán como fondo un color de seguridad.

Se utilizarán fondos color oro, marrón, plata, etc.

3.3.4. Los pictogramas serán lo más sencillos posible, evitándosedetalles inútiles para su comprensión. Podrán variar ligeramen-te o ser más detallados que los indicados en este capítulo, siem-pre que su significado sea equivalente y no existan diferenciaso adaptaciones que impidan percibir claramente su significado.

3.3.5. Las señales serán de un material que sea lo más resisten-te posible a los golpes, las inclemencias del tiempo y las agre-siones medioambientales.

que los colores del texto y su contraste coincida con los de laseñal de seguridad.

3.3.3. Tipos de señalesA. Señales de advertencia.Son aquellas que advierten de un riesgo o peligro determinado.• Forma triangular. • Pictograma negro sobre fondo amarillo.• Bordes negros.• Como excepción, el fondo de la señal sobre “materias noci-

vas o irritantes” será de color naranja.

B. Señales de prohibición.Prohíben un comportamiento susceptible de provocar un peligro.• Forma redonda.• Pictograma negro sobre fondo blanco• Bordes y banda transversal de color rojo.

C. Señales de obligación.Son aquellas que obligan a un comportamiento determinado.• Forma redonda.• Pictograma blanco sobre fondo azul

60 . Capítulo III

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Capítulo III. 63

3.5.2. No deberán utilizarse dos señales acústicas simultáneamente.

3.5.3. Los tonos intermitentes se utilizarán para indicar, por con-traste con tonos continuos, un mayor grado de peligro o unamayor urgencia de la acción requerida. El sonido de una señalde evacuación deberá ser continuo.

3.6. Comunicaciones verbales

3.6.1. La comunicación verbal debe establecerse con un lengua-je formado por textos cortos, frases, grupos de palabras o pala-bras aisladas, eventualmente codificados. Las personas afec-tadas deberán conocer bien el lenguaje utilizado.

3.6.2. Los mensajes verbales serán tan cortos, simples y claroscomo sea posible.

3.7. Comunicaciones gestuales

3.7.1. Una señal gestual deberá ser precisa, simple, amplia, fácilde realizar y comprender y claramente distinguible de cual-quier otra señal gestual.

3.7.2. La persona que emite las señales, denominada “encargadode las señales”, dará las instrucciones de maniobra medianteseñales gestuales según la codificación correspondiente al des-tinatario de las mismas, denominado “operador”.

3.7.3. El encargado de las señales deberá poder seguir visualmen-te el desarrollo de las maniobras sin estar amenazado por ellas.

3.7.4. Accesorios de señalización gestual.El encargado de las señales deberá ser fácilmente reconocidopor el operador.El encargado de las señales llevará uno o varios elementos deidentificación apropiados, tales como chaqueta, manguitos,brazal o casco y, cuando sea necesario, raquetas.Los elementos de identificación señalados serán de coloresvivos, a ser posible, iguales para todos los elementos, y seránutilizados exclusivamente por el encargado de las señales.

3.3.6. Las dimensiones de las señales, así como sus característi-cas colorimétricas y fotométricas, garantizarán su buena visi-bilidad y comprensión.

3.4. Señales luminosas

3.4.1. La superficie luminosa que emita una señal podrá ser de coloruniforme o llevar un pictograma sobre un fondo determinado.

3.4.2. La luz emitida por la señal deberá provocar un contrasteluminoso apropiado respecto a su entorno, en función de lascondiciones de uso previstas. Su intensidad deberá asegurarsu percepción, sin llegar a producir deslumbramientos.

3.4.3. Si un dispositivo puede emitir una señal tanto continuacomo intermitente, la intermitente se utilizará para indicar,con respecto a la señal continua, un mayor grado de peligro ouna mayor urgencia de la acción requerida. Cuando se utiliceuna señal luminosa intermitente, la duración y frecuencia delos destellos deberán permitir la correcta identificación delmensaje, evitando que pueda ser percibida como continua oconfundida con otras señales luminosas.

3.4.4. No se utilizarán, al mismo tiempo, dos señales luminosasque puedan dar lugar a confusión, ni una señal luminosacerca de otra emisión luminosa apenas diferente.

3.4.5. Los dispositivos de emisión de señales luminosas para usoen caso de peligro grave deberán ser objeto de revisionesespeciales o ir provistos de una bombilla auxiliar.

3.5. Señales Acústicas

3.5.1. La señal acústica deberá tener un nivel sonoro superior alnivel de ruido ambiental, de forma que sea claramente audible,sin llegar a ser excesivamente molesta. No deberá utilizarse unaseñal acústica cuando el ruido ambiental sea demasiado intenso.

62 . Capítulo III

DISTANCIA MÁXIMA PARA SEÑALIZACIÓN

DIN A3

13 m.

DIN A4

10 m.

DIN A5

7 m.

DIN A6

4 m.

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Capítulo III. 65

• Rápido: Los gestos codificados referidos a los movimientosse hacen con rapidez.

• Lento: Los gestos codificados referidos a los movimientos sehacen muy lentamente.

3.7.5. Gestos codificadosComo consideración previa se establece que el conjunto degestos codificados que se incluye a continuación no impideque puedan emplearse otros códigos, en particular en deter-minados sectores de actividad, aplicables a nivel comunitarioe indicadores de idénticas maniobras.

64 . Capítulo III

MOVIMIENTOS HORIZONTALES

AvanzarLos dos brazos doblados, las palmas de las manoshacia el interior, los antebrazos se mueven lentamentehacia el cuerpo.

RetrocederLos dos brazos doblados, las palmas de las manoshacia el exterior, los antebrazos se mueven lentamente,alejándose del cuerpo.

Hacia la derecha:Con respecto al encargado de las señalesEl brazo derecho extendido más o menos en horizontal,la palma de la mano derecha hacia abajo,hace pequeños movimientos lentosindicando la dirección.

Hacia la izquierda:Con respecto al encargado de las señalesEl brazo izquierdo extendido más o menos enhorizontal, la palma de la mano izquierda haciaabajo, hace pequeñ'os movimientos lentosindicando la dirección.

Distancia horizontalLas manos indican la distancia.

PELIGRO

Peligro: Alto o parada de emergenciaLos dos brazos extendidos hacia arriba,las palmas de las manos hacia adelante.

GESTOS GENERALES

Comienzo: Atención. Toma de mandoLos dos brazos extendidos de forma horizontal,las palmas de las manos hacia adelante.

Alto: Interrupción. Fin del movimientoEl brazo derecho extendido hacia arriba,la palma de la mano hacia adelante.

Fin de las operacionesLas dos manos juntas a la altura del pecho.

MOVIMIENTOS VERTICALES

IzarBrazo derecho extendido hacia arriba,la palma de la mano derecha hacia adelante,describiendo lentamente un círculo.

BajarBrazo derecho extendido hacia abajo,palma de la mano derecha hacia el interior,describiendo lentamente un círculo.

Distancia verticalLas manos indican la distancia.

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Capítulo III. 67

circunstancias no aconsejen o imposibiliten la utilización debarreras físicas se realizará mediante bandas de color “Rojo”(con o sin el color de contraste).A continuación se expone un ejemplo de dichas bandas:

4.4. Vías de circulación

4.4.1. Cuando sea necesario para la protección de los trabajado-res, las vías de circulación de vehículos deberán estar delimi-tadas con claridad mediante franjas continuas de un colorbien visible, preferentemente blanco o amarillo, teniendo encuenta el color del suelo. La delimitación deberá respetar lasnecesarias distancias de seguridad entre vehículos y objetospróximos, y entre peatones y vehículos.En las áreas interiores de las instalaciones, cuando existan víasde circulación rodada y peatonal diferenciadas, es recomendablela señalización del suelo de dichos viales con colores diferentes.

4.4.2. Cuando, por razones de seguridad sea requerida la delimi-tación de las zonas de paso peatonal que atraviesen vías inte-riores de circulación rodada, ésta se realizará mediante unaseñalización horizontal consistente en bandas anchas, amari-llas o blancas, con igual color al empleado en la señalizaciónde las vías de circulación.

4.4.3. Las vías exteriores permanentes que se encuentren en losalrededores inmediatos de zonas edificadas deberán estar deli-mitadas cuando resulte necesario, salvo que dispongan de barre-ras o que el propio tipo de pavimento sirva como delimitación.

4.4.4. En el caso de almacenamientos intermedios provisionalesse señalizarán rodeándolos perimetralmente con bandas igua-les a las utilizadas para las vías de circulación.

4.5. Sustancias y preparados peligrosos

4.5.1. Los recipientes y tuberías visibles que contengan o puedancontener productos a los que les sea de aplicación la norma-

4. DISPOSICIONES MÍNIMAS RELATIVASA DIVERSAS SEÑALIZACIONES

4.1. Riesgos, prohibiciones y obligaciones

La señalización dirigida a advertir a los trabajadores de la presen-cia de un riesgo o a recordarles la existencia de una prohibiciónu obligación se realizará mediante señales en forma de panel quese ajusten a lo dispuesto para cada caso.

4.2. Riesgos de caídas, choques y golpes

4.2.1. Para la señalización de desniveles, obstáculos u otros ele-mentos que originen riesgos de caída de personas, choques ogolpes, se podrá optar, a igualdad de eficacia, por el panelcorrespondiente, o por un color de seguridad, o bien podránutilizarse ambos complementariamente.

4.2.2. La delimitación de aquellas zonas de los locales de trabajo alas que el trabajador tenga acceso con ocasión de éste, en las quese presenten riesgos de caída de personas, caída de objetos, cho-ques o golpes, se realizará mediante un color de seguridad.

4.2.3. La señalización con colores referida en los dos apartados ante-riores se efectuará mediante franjas alternas amarillas y negras.Las franjas deberán tener una inclinación aproximada de 45º y serde dimensiones similares de acuerdo con el siguiente modelo.

4.2.4. La utilización de la señalización referida en el punto anteriordeberá limitarse al fin para el que se ha concebido (advertenciay delimitación de zonas con riesgo de caída, choque y golpes). Noes correcto utilizarla para pintar elementos de la instalacióncomo barandillas y resguardos de máquinas.

4.3. Delimitación de zona de paso restringido

4.3.1. La delimitación de las zonas de los lugares de trabajo a lasque eventualmente se quiera restringir el paso en las que las

66 . Capítulo III

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Capítulo III. 69

4.6. Equipos de protección contra incendios

4.6.1. Los equipos de protección contra incendios deberán ser decolor rojo o predominantemente rojo, de forma que se puedanidentificar fácilmente por su color propio.

4.6.2. El emplazamiento de los equipos de protección contraincendios se señalizará mediante el color rojo o por una señalen forma de panel. Cuando sea necesario, las vías de accesoa los equipos se mostrarán mediante las señales indicativasadicionales que correspondan.

4.6.3. En cada caso, se valorará la conveniencia de delimitarperimetralmente, mediante una banda roja marcada en elsuelo, las zonas de acceso a los medios de extinción.

4.7. Medios y equipos de salvamento y socorro

La señalización para la localización e identificación de las vías deevacuación y de los equipos de salvamento o socorro se realizarámediante señales normalizadas en forma de panel.

• Las señales indican direcciones por las que se accede a unequipo de salvamento y socorro.

4.8. Situaciones de emergencia

La señalización dirigida a alertar a los trabajadores o a terceros dela aparición de una situación de peligro y de la consiguiente yurgente necesidad de actuar de una forma determinada o de eva-cuar la zona de peligro se realizará mediante una señal luminosa,una señal acústica o una comunicación verbal. A igualdad de efi-cacia, podrá optarse por cualquiera de las tres. También podráemplearse una combinación de una señal luminosa con una señalacústica o con una comunicación verbal.

tiva sobre comercialización de sustancias o preparados peli-grosos deberán ser etiquetados según lo dispuesto en lamisma. Se podrán exceptuar los recipientes utilizados duran-te corto tiempo y aquellos cuyo contenido cambie a menudo,siempre que se tomen medidas alternativas adecuadas, funda-mentalmente de formación e información, que garanticen unnivel de protección equivalente.

4.5.2. Las etiquetas se pegarán, fijarán o pintarán en sitios visi-bles de los recipientes o tuberías. En el caso de éstas, las eti-quetas se colocarán a lo largo de la tubería en número sufi-ciente y siempre que existan puntos de especial riesgo en suproximidad, como válvulas o conexiones. Las característicasintrínsecas y condiciones de utilización de las etiquetas debe-rán ajustarse, cuando proceda, a lo dispuesto en este capítu-lo para los paneles.La información de la etiqueta podrá complementarse con otrosdatos, tales como el nombre o fórmula de la sustancia o pre-parado peligroso o detalles adicionales sobre el riesgo.

4.5.3. El etiquetado podrá ser sustituido por las señales de adver-tencia contempladas en este capítulo, con el mismo pictogra-ma o símbolo. En el caso del transporte de recipientes dentrodel lugar de trabajo, podrá sustituirse o complementarse porseñales en forma de panel de uso reconocido, en el ámbitocomunitario, para el transporte de sustancias o preparadospeligrosos.

4.5.4. Las zonas, locales o recintos utilizados para almacenar can-tidades importantes de sustancias o preparados peligrosos debe-rán identificarse mediante la señal de advertencia apropiada, deentre las indicadas en este capítulo sobre señales en forma depanel, o mediante la etiqueta que corresponda, colocadas,según el caso, cerca del lugar de almacenamiento o en la puer-ta de acceso al mismo. Ello no será necesario cuando las etique-tas de los distintos embalajes y recipientes, habida cuenta de sutamaño, hagan posible por sí mismas dicha identificación. El almacenamiento de diversas sustancias o preparados peli-grosos puede indicarse mediante la señal de advertencia«peligro en general».

68 . Capítulo III

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Capítulo III. 71

En caso necesario se regulará el tráfico mediante señalistas dota-dos de señales manuales reflectantes de detención y regulacióndel tráfico.

6.1. Señalización en las máquinas de obra

Las máquinas autoportantes que puedan intervenir en las opera-ciones de manutención dispondrán de:

• Una bocina o claxon de señalización acústica cuyo nivel sono-ro sea superior al ruido ambiental, de manera que sea clara-mente audible. Si se trata de señales intermitentes, la dura-ción, intervalo y agrupación de los impulsos deberá permitirsu correcta identificación.

• Señales sonoras o luminosas (previsiblemente ambas a la vez)para indicación de la maniobra de marcha atrás.

• Los dispositivos de emisión de señales luminosas para uso encaso de peligro grave deberán ser objeto de revisiones espe-ciales o ir provistos de una bombilla auxiliar.

• En la parte más alta de la cabina dispondrán de un señaliza-do rotativo luminoso destelleante de color ámbar para alertarde su presencia en circulación viaria.

• Dos focos de posición y cruce en la parte delantera y dos pilo-tos luminosos de color rojo detrás.

6.2. Señalistas

Los trabajadores designados para el puesto de señalistas habránde prestar especial atención en el desempeño de sus labores,puesto que de su buen hacer dependen tanto los trabajadores dela propia obra como las personas que circulan en las inmediacio-nes de la misma.

El señalista deberá elegir un lugar estratégico, seguro y visible,durante las tareas de señalización e indicación, evitando situacio-nes peligrosas e innecesarias. Permanecerá fuera del radio deacción de las máquinas y vehículos y se situará en lugares visi-bles por los conductores.

4.9. Maniobras peligrosas

La señalización que tenga por objeto orientar o guiar a los traba-jadores durante la realización de maniobras peligrosas que supon-gan un riesgo para ellos mismos o para terceros se realizarámediante señales gestuales o comunicaciones verbales. A igual-dad de su eficacia podrá optarse por cualquiera de ellas o podránemplearse de forma combinada.

5. REVISIÓN Y MANTENIMIENTO

5.1. Los medios y dispositivos de señalización deberán ser, segúnlos casos, limpiados, mantenidos y verificados regularmente, y repa-rados o sustituidos cuando sea necesario, de forma que conservenen todo momento sus cualidades intrínsecas y de funcionamiento.

5.2. Las señalizaciones que necesiten de una fuente de energíadispondrán de alimentación de emergencia que garantice su fun-cionamiento en caso de interrupción de aquella, salvo que el ries-go desaparezca con el corte del suministro.

5.3. Queda prohibida cualquier actuación que inutilice, deteriore odisminuya la eficacia de los medios o dispositivos de señalización.

5.4. Los trabajadores comunicarán de forma inmediata a su jefedirecto cualquier deficiencia o deterioro que aprecien o conozcanen relación con la señalización de su centro de trabajo.

6. SEÑALIZACIÓN VIAL

La circulación rodada en las inmediaciones de obras o trabajossingulares, y que se prevé afectada por éstas, se regulará porseñales viales preceptivas e informativas, paneles direccionalesprovisionales, conos de balizamiento, balizas luminosas intermi-tentes o equipos de iluminación en cascada.

70 . Capítulo III

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Capítulo IV. 73

ALMACENAMIENTO

1. DISPOSICIONES BÁSICASSOBRE ALMACENAMIENTO

1.1. Queda prohibido llevar a cabo el almacenamiento de pro-ductos o materiales fuera de los lugares concebidos para tal fin.

En el caso de que sea imprescindible realizar un almacenamien-to provisional fuera de dichas zonas, éste estará perfectamenteseñalizado y cumplirá los criterios generales de seguridad defini-dos en estas disposiciones básicas. Tal circunstancia se manten-drá durante el menor tiempo posible.

1.2. En cada almacén se dispondrá de un Encargado lo suficien-temente formado para responsabilizarse de la correcta ejecuciónde las operaciones de almacenaje y del mantenimiento de lascondiciones de seguridad en el mismo.

1.3. Los trabajadores de los almacenes estarán perfectamenteinformados del tipo de productos y sustancias almacenadas.

1.4. Los productos almacenados nunca ocultarán ni dificultaránel acceso a los equipos de lucha contra incendios, cuadros eléctri-cos, equipos de primeros auxilios, interruptores o válvulas, ni per-judicarán la visibilidad de la señalización existente. Además, noobstruirán total ni parcialmente las salidas de los locales.

1.5. En los almacenamientos, se evitarán elementos sobresalien-tes, procurando, especialmente, que no invadan los pasillos decirculación.

1.6. Cualquier tipo de apilamiento de material diverso, se harásiempre sobre bases uniformes y estables, evitando alturas exce-

Irá provisto de mono de color claro, casco amarillo, chalecoreflectante y raqueta o bandera de señalización.

Durante la noche o cuando las condiciones de visibilidad dismi-nuyan, es necesario que los señalistas dispongan de dispositivosluminosos que hagan visibles sus mensajes a los conductores. Atal efecto se usarán linternas que emitan un haz luminoso decolor rojo, que deberán ser de forma alargada para facilitar lasindicaciones manuales de los operarios.

72 . Capítulo III

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Capítulo IV. 7574 . Capítulo IV

como dedicar a ser posible, una estantería para cada tipo de con-tenido. Los límites de carga de dichas estanterías deben estarindicados y ser tenidos en cuenta escrupulosamente.

2.5. Los bidones almacenados en estanterías deberán almace-narse por tipos de productos, de forma que una fuga accidentalno provoque un incremento de riesgos para la seguridad y saludde los trabajadores.

2.6. Los bidones paletizados deberían estar sujetos entre símediante abrazaderas, o envueltos en película de plástico retrác-til, a fin de ofrecer una mayor estabilidad, tanto en su almacena-miento como en su mantenimiento.

2.7. En el diseño de los almacenamientos de bidones, concebi-dos para dispensar la sustancia envasada en el lugar de trabajo,se deberá tener especialmente en cuenta el consumo previsto dedicha sustancia, la recogida controlada de derrames ocasionalesy los equipos disponibles para la manutención de dicho almace-namiento (cambio de bidones, etc.).

2.8. En caso de líquidos o productos de uso frecuente, los bido-nes para uso diario no deben tener más cantidad que la de utili-zación diaria, y el resto de producto almacenado deberá permane-cer en bidón aparte y preferiblemente sobre una estantería.

sivas en los mismos y procurando que los materiales más pesadosestén siempre debajo.

1.7. En todo almacenamiento se seguirán las indicaciones queal respecto faciliten los fabricantes o suministradores de los pro-ductos en sus embalajes o en folletos adjuntos. En relación a lassustancias y preparados químicos, se tendrán en cuenta las ins-trucciones reflejadas en la Ficha de Seguridad del producto,suministrada por el fabricante.

1.8. Se evitará almacenar productos incompatibles entre sí quepuedan originar un incremento de los riesgos.

2. ALMACENAMIENTO DE BIDONES

2.1. Los bidones se almacenarán atendiendo a su peso, forma,tamaño, contenido, equipos de manipulación disponibles, etc., yserán de obligado cumplimiento las instrucciones que al respec-to pueda indicar el fabricante.

2.2. Como norma general, su almacenamiento se realizará en unlugar seguro, controlado y concebido para dicho fin. Dicho emplaza-miento permitirá una correcta manipulación de los bidones con losequipos disponibles para ello y facilitará la inspección del estado delos mismos. Cuando se almacenen bidones, depósitos, etc. de produc-tos químicos inflamables, tóxicos, etc., bien sean líquidos o pastosos,se dispondrá de los preceptivos sistemas de recogida de producto y/odestrucción del mismo para el caso de su vertido accidental.

2.3. Los bidones se almacenarán preferentemente de pie y conel tapón hacia arriba.

2.4. Los bidones llenos no deberán apilarse directamente unossobre otros; se recomienda su apilamiento en estanterías, así

Fig. 1: ALMACENAMIENTO EN PORTABIDONES

Estanterías para paletscon bidones flejados

Estanteríaspara bidones tumbados

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Capítulo IV. 7776 . Capítulo IV

3.5. En el almacenamiento de los productos químicos se deberáseguir escrupulosamente las instrucciones del fabricante.

Se adjunta un cuadro de compatibilidades en el almacenamientode sustancias químicas en función de su tipo:

4. ALMACENAMIENTOEN ESTANTERÍAS METÁLICAS

4.1. Medidas de prevención en el diseñoy montaje de nuevas estanterías

4.1.1. Los almacenes de los centros de trabajo deberán ser dise-ñados por personal especializado.

4.1.2. El montaje de estanterías lo debe hacer personal especia-lizado, siguiendo las indicaciones del fabricante, y está prohi-bido utilizar elementos recuperados de otras estanterías vie-jas, sean del tipo que sean. La estabilidad deberá estar garan-tizada en cualquier fase de la actividad.

3. ALMACENAMIENTOS DIVERSOS

3.1. En los apilamientos de cajas, se debe mantener un mismonivel en todas las capas y cada caja debe reposar sobre la cuartaparte de las situadas debajo (ver Figura 2).

Si son de cartón, la primera fila se apoyará sobre una plataformaque la aísle de la humedad.

3.2. Los sacos con producto se almacenarán en pilas de capasatravesadas y con las bocas de los sacos orientadas hacia el inte-rior de la pila.

A partir de 1,50 metros de altura, la pila adquirirá forma de tron-co de pirámide.

3.3. El almacenamiento de tubos y barras debe efectuarse encapas con bandas interpuestas entre ellas y bloqueadas para evi-tar que rueden.

Las superficies concebidas para el almacenamiento de objetosque puedan rodar bobinas de cable, por ejemplo no deberán faci-litar el movimiento de los mismos por la sola acción de su propiopeso y en todo caso se depositarán convenientemente calzados.

3.4. Las garrafas no se deben apilar unas encima de otras sinoen bastidores apropiados o compartimentos especiales.

SI NO NO SI

NO SI NO SEGÚNCASO

NO NO SI SI

SI SEGÚNCASO SI SI

Fig. 2 Fig. 3

1, 5

m.

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Capítulo IV. 7978 . Capítulo IV

4.3. Estanterías para carga y descargapor medios mecánicos

4.3.1. Las estanterías fijas, que se carguen o descarguen conmedios mecánicos y que no se desplacen sobre vías, deben dis-poner de protecciones en las esquinas exteriores o que coincidancon pasillos de tránsito, consistentes en una protección anti-embestidas de al menos 0,4 m de altura de dimensiones sufi-cientes para absorber los golpes y pintadas de un color vistoso.

4.3.2. La anchura de los pasillos de sentido único debería sercomo mínimo el de la anchura del vehículo o carga aumenta-do en 1 m. En caso de circulación en ambos sentidos nodebería ser inferior a la anchura de los vehículos o de las car-gas incrementada en 1.50 m, siempre que por tales pasillosno deban circular personas, ya que en tales circunstanciashabría que prever una anchura mínima de uso exclusivo parapeatones de 1 m.

4.3.3. Los pasillos se señalizarán con bandas de color amarillo oblanco, delimitando claramente las zonas de circulación y loslímites de ubicación de las zonas de apilado situadas al pie ysobre las estanterías. Es importante señalizar el lugar dondeaparcar las carretillas elevadoras, así como otros equipos detrabajo del almacén.

4.4. Medidas de prevención en la explotación

4.4.1. Deben disponerse los productos sobre elementos normali-zados, preferentemente europaletas, que resistan la cargadepositada sin deformarse y que a su vez permitan el almace-nado seguro sobre las estanterías. Toda paleta, contenedor, oun utensilio similar en mal estado, se retirará del servicio, seseñalizará como deficiente y se procederá a su reparación, siprocede o a su destrucción.

4.4.2. Las paletas y contenedores han de ser manipulados con ele-mentos mecánicos apropiados (carretillas, transpaletas, etc.) deacuerdo a sus características (dimensiones de las horquillas,capacidad de carga, etc.). No está permitido el uso de estascarretillas como sistema para la elevación de personas salvo quedispongan de elementos diseñados para ello por el fabricante.

4.1.3. Todas las estanterías deberán tener un cuerpo máximo de4 m (anchura) y cargas iguales o inferiores a 4,5 t por cadapar de largueros.

4.1.4. En lugares visibles de las estanterías, preferentemente enlas cabeceras de las mismas, se colocarán carteles de señaliza-ción donde se indiquen las cargas máximas por nivel, su distri-bución y la separación entre niveles. En caso de que en unamisma instalación existan diferentes configuraciones de estan-terías o se utilicen distintas unidades de carga, se han de colo-car los carteles de tal forma que el usuario pueda identificar deforma fácil y fiable todas las prestaciones de cada estantería.

4.1.5. Las estanterías metálicas se encontrarán siempre perfecta-mente estabilizadas mediante la colocación de elementos dereparto o placas de nivelación bajo los pies de los montantes.

4.1.6. La regularidad y horizontalidad de los suelos de los localesdeberán ser tales que las tolerancias verticales de las estruc-turas sean respetadas sin un acuñamiento excesivo.

4.1.7. Cuando la longitud de las estanterías exceda de los 40 m,deberían diseñarse pasos peatonales cada 20 m como máxi-mo, perpendiculares a las hileras de las mismas.

4.2. Estanterías para carga y descarga manual

4.2.1. Las estanterías con una relación altura/anchura superiora 10, se unirán entre sí como seguridad adicional a la estabi-lidad transversal.

4.2.2. Nunca se conectarán entre sí las estanterías a las paredesdel edificio, para evitar la transmisión entre ambas. En el casode que fuera necesaria esta conexión, se evaluarán las fuerzasmáximas aplicables al diseñar la estantería.

4.2.3. En el diseño de los almacenes con estanterías previstaspara albergar elementos manipulados sin medios mecánicos,se tendrán especialmente en cuenta los equipos o útiles nece-sarios para dicho fin.

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Capítulo IV. 8180 . Capítulo IV

• Asegurar unas inspecciones periódicas, realizadas por losalmacenistas, que detecten anomalías fácilmente visibles (ele-mentos deformados, defectos de verticalidad, debilitamientodel suelo, rotura de anclajes, ausencia de clavijas de seguri-dad, cargas deterioradas, orden y limpieza, señalización, etc.)y así poder subsanar, de forma inmediata, las mismas.

• Cada año se deberá hacer una revisión completa del estadode las estructuras por parte de personal suficientementecualificado, sustituyendo los elementos que se encuentrenoxidados, deformados, rotos o sueltos.El resultado de las revisiones quedará registrado documen-talmente.

4.4.3. Los objetos depositados en las estanterías no deben sobre-pasar sus límites perimetrales, altura y peso de carga admisible.

4.4.4. Los límites de carga de las estanterías deberán estar indi-cados y ser tenidos en cuenta cuidadosamente.

4.4.5. Los objetos más pesados se colocarán en los niveles infe-riores de los estantes.

4.4.6. Cuando el tamaño, forma o resistencia de los objetos nopermitan obtener cargas de cohesión suficiente como paraoponerse a su caída, éstas serán inmovilizadas con la ayudade dispositivos de retención de resistencia garantizada (fun-das de material plástico retráctil, redes, cintas, flejes, etc.) yse situarán preferentemente a nivel del suelo en la estantería.

4.4.7. Los estantes dobles que se cargan por los dos lados conmedios mecánicos dispondrán de topes separadores para evi-tar el desplazamiento de la carga con una altura mínima de125 mm.

4.4.8. La preparación de pedidos se realizará en las zonas habi-litadas para ello, y no se permitirá dicha preparación en cotassuperiores al suelo, si no se dispone de plataformas o elemen-tos adecuados para dicha tarea.Queda prohibido subirse por las estanterías o colocarse enci-ma de ellas.

4.4.9. El Encargado del almacén se responsabilizará de que semantengan libres de todo obstáculo los pasillos de servicio ycirculación de las carretillas de manutención, así como lospasillos peatonales.

4.4.10. El Responsable del Almacén velará por la existencia eimplantación de un programa periódico de mantenimiento delalmacén y, especialmente, de todas las estanterías del mismo,de acuerdo con las indicaciones del fabricante. Dicho progra-ma deberá contemplar entre otros los siguientes aspectos:• Después de un golpe, deberá reemplazarse cualquier elemen-

to deformado, verificando la verticalidad de las escalas. Elelemento nuevo deberá ser idéntico al sustituido. En cual-quier caso y mientras no se haya reparado, se deberá descar-gar la estantería y dejarla fuera de servicio, debidamenteseñalizada.

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Capítulo V. 8382 . Capítulo V

1.4. Fácilmente inflamables

1.4.1. Sustancias y preparados que pueden calentarse y final-mente inflamarse en contacto con el aire a temperaturaambiente sin aporte de energía.

1.4.2. Sustancias y preparados sólidos que pueden inflamarsefácilmente tras un breve contacto con una fuente de inflama-ción y que siguen quemándose o consumiéndose una vez reti-rada dicha fuente.

1.4.3. Sustancias y preparados en estado líquido cuyo punto deinflamación es muy bajo.

1.4.4. Sustancias y preparados que, en contacto con agua o conaire húmedo, desprenden gases extremadamente inflamablesen cantidades peligrosas.

1.5. Inflamables

Sustancias y preparados líquidos cuyo punto de inflamación es bajo.

1.6. Muy Tóxicos

Sustancias o preparados que, por inhalación, ingestión o penetra-ción cutánea en muy pequeña cantidad, pueden provocar la muer-te o efectos agudos o crónicos para la salud.

1.7. Tóxicos

Sustancias y preparados que, por inhalación, ingestión o penetra-ción cutánea en pequeñas cantidades, provocan la muerte o efec-tos agudos o crónicos para la salud.

1.8. Nocivos

Sustancias y preparados que, por inhalación, ingestión o penetra-ción cutánea, pueden provocar la muerte o efectos agudos o cró-nicos para la salud.

PRODUCTOSQUÍMICOS

1. DEFINICIÓN Y CLASIFICACIÓNDE AGENTES QUÍMICOS PELIGROSOS

Un agente químico peligroso es todo elemento o compuesto quepuede presentar un riesgo para la seguridad y salud de los traba-jadores debido a sus propiedades fisicoquímicas, químicas o toxi-cológicas y a la forma en que se utiliza o se halla presente en ellugar de trabajo.

1.1. Explosivos

Sustancias y preparados que, incluso en ausencia del oxígeno delaire, pueden reaccionar de forma exotérmica con rápida forma-ción de gases y que, en condiciones determinadas, detonan,deflagran rápidamente o, bajo el efecto del calor, en caso de con-finamiento parcial, explosionan.

1.2. Comburentes

Sustancias y preparados que, en contacto con otras sustancias,en especial con sustancias inflamables, producen una reacciónfuertemente exotérmica.

1.3. Extremadamente inflamables

Sustancias y preparados líquidos que tengan un punto de infla-mación extremadamente bajo (inferior a 0ºC) y un punto de ebu-llición bajo (inferior a 35ºC), y las sustancias y preparados gase-osos que, a temperatura y presión ambientes, sean inflamables encontacto con el aire.

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Capítulo V. 8584 . Capítulo V

1.15. Peligrosos para el medio ambiente

Sustancias o preparados que, en caso de contacto con el medioambiente, constituirían o podrían constituir un peligro inmediatoo futuro para uno o más componentes del medio ambiente.

2. MANEJO DE PRODUCTOS QUÍMICOS

2.1. Siempre que la naturaleza de la actividad lo permita, se evi-tará la utilización de productos químicos peligrosos para la segu-ridad y salud de los trabajadores, bien sustituyendo el agente uti-lizado por otro menos peligroso o bien modificando el procesoquímico utilizado. En caso contrario, se reducirán al mínimo losriesgos derivados de la utilización del mismo aplicando las medi-das de prevención y protección adecuación.

2.2. La manipulación de sustancias o preparados peligrosos sólopodrá ser realizada por trabajadores con la necesaria formación einformación sobre los riesgos derivados de su utilización y sobrelas medidas de prevención y protección aplicables.

2.3. El técnico responsable del proceso o servicio contrastará quela información necesaria para el correcto desarrollo de la tarea deforma segura ha sido recibida por todos y cada uno de los trabaja-dores y que éstos la conocen y comprenden perfectamente.

2.4. La información y formación será impartida de forma indivi-dualizada y por escrito cuando por su volumen, complejidad, fre-cuencia de utilización del producto (tareas esporádicas o pocofrecuentes) y gravedad de los posibles daños lo hagan necesario.La información podrá ser verbal cuando por su concreción, utili-zación frecuente, fácil comprensión y la poca gravedad estimadade los posibles daños no precise de instrucciones escritas paraasegurar la manipulación del producto en condiciones seguras.

1.9. Corrosivos

Sustancias y preparados que, en contacto con tejidos vivos, pue-den ejercer una acción destructiva de los mismos.

1.10. Irritantes

Sustancias y preparados no corrosivos que, por contacto breve,prolongado o repetido con la piel o las mucosas, pueden provocaruna reacción inflamatoria.

1.11. Sensibilizantes

Sustancias y preparados que, por inhalación o penetración cutá-nea, pueden ocasionar una reacción de hipersensibilización, deforma que una exposición posterior a esa sustancia o preparadodé lugar a efectos nocivos característicos.

1.12. Carcinogénicos

Sustancias y preparados que, por inhalación, ingestión o penetra-ción cutánea, pueden producir cáncer o aumentar su frecuencia.

1.13. Mutagénicos

Sustancias y preparados que, por inhalación, ingestión o penetra-ción cutánea, pueden producir defectos genéticos hereditarios oaumentar su frecuencia.

1.14. Tóxicos para la reproducción

Sustancias o preparados que, por inhalación, ingestión o penetra-ción cutánea, pueden producir efectos nocivos no hereditarios enla descendencia, o aumentar la frecuencia de éstos, o afectar deforma negativa a la función o a la capacidad reproductora mascu-lina o femenina.

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Capítulo V. 8786 . Capítulo V

2.11. En la realización de trabajos en los que se manejen pro-ductos químicos peligrosos, se emplearán obligatoriamente losEPI adecuados a los riesgos que ofrezcan, suministrados yseleccionados por la Empresa según las disposiciones señaladasen el Capítulo 9 “Equipos de Protección Individual”.

2.12. Queda prohibido comer, beber o fumar durante la manipu-lación de productos químicos o en las proximidades de éstos.

2.13. Queda prohibido llevar a cabo cualquier tipo de operaciónde corte, soldadura, calentamiento, golpeo, etc. sobre losrecipientes que hayan contenido productos peligrosos, sin realizarpreviamente operaciones de limpieza o desgasificación.

2.14. En la proximidad de los lugares en los que se utilicen otrasvasen productos químicos peligrosos existirán lavaojos yduchas de emergencia, debidamente señalizados.

2.15. Trasvases de productos químicos

2.15.1. Los trasvases y demás operaciones durante las que puedan pro-ducirse derrames se realizarán en lugares específicos que asegurensu recogida y drenaje a un lugar seguro y en condiciones de venti-lación adecuadas, siguiendo en todo momento los procedimientosde operación e IT’s de que dispongan los distintos departamentos.

2.15.2. La eliminación o limpieza de pequeños derrames se hará,según el caso, con agentes absorbentes o neutralizantes queuna vez usados, se depositarán en recipientes para residuos,para su retirada y, en su caso, posterior tratamiento.

2.15.3. Antes del trasvase de productos inflamables se comproba-rá la inexistencia de focos de ignición en la zona y la existen-cia de los medios adecuados para la extinción de incendios.

2.15.4. Se evitarán los trasvases por vertido libre.

2.15.5. Para evitar o controlar posibles focos de ignición, las ope-raciones de carga, descarga o trasvase se realizarán evitando

2.5. La Empresa pondrá a disposición de los trabajadores laFICHA DE DATOS DE SEGURIDAD de cada producto químico quemanejen o utilicen, que debe ser facilitada obligatoriamente porel suministrador y en castellano.

2.6. Los trabajadores están obligados a la lectura de las etiquetasde los envases de los productos antes de su utilización y a informar-se del contenido de sus FICHAS DE DATOS DE SEGURIDAD, paracumplir cuidadosamente las indicaciones contenidas en ellas.

Cualquier duda en la interpretación de las etiquetas o FICHASserá consultada al respectivo Jefe de Trabajo.

2.7. En los lugares de trabajo, se limitará la cantidad de produc-tos químicos peligrosos a la estrictamente necesaria para el tipode trabajo a realizar.

2.8. Los recipientes de productos químicos quedarán perfec-tamente cerrados inmediatamente después de extraer la cantidadde sustancia deseada y los envases móviles se devolverán a sulugar de almacenamiento.

2.9. Siempre que sea posible, los productos químicos seconservarán en sus envases originales.

Nunca se guardarán productos químicos en envases correspon-dientes a otras sustancias.

Si es necesario cambiar de envase o distribuir su contenido enotros, los nuevos recipientes se encontrarán completamente lim-pios y etiquetados de forma que no se puedan producir erroressobre su identificación y peligrosidad.

2.10. Los envases que deban contener agentes químicos peligro-sos deberán tener la resistencia física y química necesaria, enfunción de las características de los mismos y de las condicionesde utilización y transporte.

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Capítulo V. 8988 . Capítulo V

En las empresas de Hc Energía sólo se emplearán productos quí-micos correctamente envasados y etiquetados según la vigentenormativa sobre la materia.

Las etiquetas deben cumplir las siguientes condiciones:

• Su impresión debe ser clara, legible, indeleble y en castellano.

• Deben estar colocadas de forma visible y nunca en cierres,precintos u otras partes que se deterioren al abrir el envase.

• En el caso de tuberías, las etiquetas se colocarán a lo largo dela misma en número suficiente, y siempre que existan puntos deespecial riesgo, como válvulas o conexiones, en su proximidad.

• Deben poder leerse horizontalmente cuando el envase estécolocado en su posición normal.

• El texto de la etiqueta debe contener:

• Nombre de la sustancia y su nombre común si procede.

• Concentración del producto.

• Nombre y dirección de quien lo fabrique, envase, comer-cialice o importe.

• Pictogramas e indicaciones de peligro.

• Mención de los riesgos específicos (frases R).

• Consejos de prudencia (frases S).

la generación de cargas electrostáticas (control de velocidadde trasvase, llenado de recipientes mediante tubo sumergido,etc.) y facilitando su eliminación mediante conexión equipo-tencial y a tierra de todos los equipos y recipientes.

2.16. Transporte

Respecto a las medidas de prevención en el transporte interno deagentes químicos peligrosos, se tendrán en cuenta las siguientesconsideraciones:

Se evitará en lo posible el transporte manual o mediante vehículosinternos no apropiados, así como el uso de conducciones y man-gueras flexibles que, por su movilidad, estén expuestas a un dete-rioro importante, procurando el empleo de conducciones fijas.

Los envases y embalajes utilizados para el transporte interno de agen-tes químicos peligrosos cumplirán los requisitos exigidos a los mismospara el transporte de mercancías peligrosas. Deberán ser gestionadosadecuadamente a fin de garantizar que su selección, almacenamien-to, manipulación y eliminación se realiza en condiciones seguras.

2.17. Gestión de residuos

Los residuos de productos químicos se eliminarán siguiendo lasindicaciones establecidas en el Sistema de Gestión Ambiental deHc Energía.

Queda prohibido su vertido directo a la red general de desagüe.

3. ETIQUETADO Y SEÑALIZACIÓNDE TUBERÍAS, RECIPIENTES Y ÁREASDE ALMACENAMIENTO DE SUSTANCIASY PREPARADOS PELIGROSOS

3.1. Los recipientes que contengan o puedan contener produc-tos a los que sea de aplicación la normativa sobre comercializa-ción de sustancias o preparados peligrosos deberán ser etiqueta-dos según lo dispuesto en la misma.

ALCOHOL METILICO (METANOL)

Riesgos Específicos:

• Fácilmente inflamable.• Tóxico por inhalación y por ingestión.

CH3OH Pm: 32Concentración: 99,9%

Fabricante:

ALCOHOLES DEL NORTE, S. A.Carretera N-220, Km. 23OVIEDO

Consejos de Prudencia:

• Manténgase fuera del alcancede los niños.

• Mantenga el recipiente bien cerrado.• Protéjase de fuentes de ignición.

No Fumar.• Evítese el contacto con la piel.

F T

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Capítulo V. 9190 . Capítulo V

momento las Instrucciones de Trabajo emitidas por la Direcciónde Medio Ambiente de Hc Energía.

4.4. Se evitará el apilamiento de recipientes.

De tener que efectuarse, se emplearán métodos absolutamente segu-ros que impidan el deterioro de los envases o la caída de los mismos.

4.5. Los envases se almacenarán en posición que no sea posiblesu derrame accidental y permanecerán siempre cerrados.

4.6. Queda prohibido encender fuego o llevar a cabo actividadesque generen focos de ignición, calentamiento de superficies o laelevación de la temperatura ambiente en la proximidad de los pro-ductos químicos almacenados.

4.7. Se evitará que productos incompatibles puedan coexistir enun mismo espacio si pueden dar lugar a un incremento del ries-go. A tal fin, se deberá mantener una separación física por distan-cia o por compartimentación entre áreas.

4.8. Periódicamente y quedando debidamente registrado, el res-ponsable de cada almacén llevará a cabo una inspección delmismo para detectar posibles fugas o deterioros en los recipien-tes u otras deficiencias en el almacenamiento.

3.2. Las zonas, locales o recintos utilizados para almacenar can-tidades importantes de sustancias o preparados peligrosos debe-rán identificarse mediante la señal de advertencia apropiada omediante la etiqueta que corresponda, colocadas, según el caso,cerca del lugar de almacenamiento o en la puerta de acceso almismo. Esto no será necesario cuando las etiquetas de los distin-tos embalajes y recipientes, habida cuenta de su tamaño, haganposible por sí mismas dicha identificación.

El almacenamiento de diversas sustancias o preparados peligro-sos puede indicarse mediante la señal de advertencia «peligro engeneral».

4. ALMACENAMIENTODE PRODUCTOS QUÍMICOS

4.1. El encargado de la instalación mantendrá un registro de lassustancias almacenadas de manera que se permita, en caso deincidente (fuga, derrame, incendio), conocer con rapidez y preci-sión la naturaleza de los productos almacenados, su cantidad y sulocalización dentro del almacén.

4.2. Los lugares en los que se almacenen productos químicoscumplirán las siguientes condiciones mínimas:

• Serán secos, bien ventilados y protegidos de la luz solar directa.

• Dispondrán de sistema contraincendios adecuado y compati-ble con las sustancias almacenadas.

4.3. En la proximidad de los lugares en los que se almacenanproductos químicos peligrosos se dispondrá de las sustanciasneutralizantes, adsorbentes o absorbentes que permitan recoger otratar adecuadamente los posibles derrames o fugas.

Se colocará en lugar visible un listado que indique las sustanciasa emplear para cada tipo de derrame. Estas sustancias, una vezusadas se depositarán en recipientes para residuos, para su reti-rada y, en su caso, posterior tratamiento, siguiendo en todo

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Capítulo VI. 9392 . Capítulo VI

1.3. La Medición no será necesaria en los casos en que la direc-ta apreciación profesional acreditada permita llegar a una conclu-sión sin necesidad de la misma.

2. INFORMACIÓN Y FORMACIÓNDE LOS TRABAJADORES

2.1. Cuando esté previsto llevar a cabo actividades de evaluación delruido, se informará de ello, con antelación suficiente, a los Delegadosde Prevención, para que, en el ejercicio de sus competencias, puedanacompañar a los técnicos en la realización de las mismas.

2.2. Los trabajadores expuestos a niveles diarios equivalentessuperiores a los 80 dB(A) y/o sus representantes recibirán infor-mación y formación relativas a los riesgos derivados de la exposi-ción al ruido, en particular sobre:

• La naturaleza de tales riesgos.

• Las medidas tomadas con objeto de eliminar o reducir al míni-mo los riesgos derivados del ruido, incluidas las circunstan-cias en que aquellas son aplicables.

• Los valores límite de exposición y los valores de exposición quedan lugar a una acción, según se indica en la Tabla 1.

• Los resultados de las evaluaciones y mediciones del ruidoefectuadas, junto con una explicación de su significado y ries-gos potenciales.

• El uso y mantenimiento correctos de los protectores auditivos,así como su capacidad de atenuación.

• La conveniencia y la forma de detectar e informar sobre indi-cios de lesión auditiva.

• Las circunstancias en las que los trabajadores tienen derechoa una vigilancia de la salud y la finalidad de esta vigilancia dela salud.

• Las prácticas de trabajo seguras, con el fin de reducir al míni-mo la exposición al ruido.

RUIDO

1. EVALUACIÓN DE LA EXPOSICIÓN AL RUIDO

1.1. A través de distintos protocolos de medición, se obtendrá elnivel de exposición diaria equivalente (LAeq,d) y el nivel de pico(Lpico), comprobando en cada caso si se han superado los valo-res de referencia de la Tabla 1.

1.2. La medición y/o evaluación de los niveles de ruido se lleva-rá a cabo:

• Anualmente en los puestos de trabajo en los que el NivelDiario Equivalente (LAeq,d) sea mayor o igual que 85 dB(A) oel Nivel de Pico (Lpico) sea mayor o igual que 137 dB(C).

• Cada tres años, si no se sobrepasan los límites anteriores, ycuando el Nivel Diario Equivalente sea mayor o igual que 80dB(A) o el Nivel de Pico (Lpico) sea mayor o igual que 135dB(C).

• Siempre que se cree un nuevo puesto de trabajo.

• Cuando un puesto de trabajo existente se vea afectado pormodificaciones que supongan una variación significativa de laexposición al ruido.

Valores Inferiores de Exposiciónque dan lugar a una acción

Valores Superiores de Exposiciónque dan lugar a una acción

Valores Límite de Exposición** se tiene en cuenta el valor de atenuaciónde los protectores auditivos. 87 dB (A) > LAeq,d - SNR

LAeq,d

80 dB(A)

85 dB(A)

87 dB(A)

Lpico

135 dB(C)

137 dB(C)

140 dB(C)

Tabla. 1

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Capítulo VI. 9594 . Capítulo VI

3.3. Programa de medidas técnicas

3.3.1. Las medidas de prevención para la reducción del ruidodeberán aplicarse, prioritariamente, sobre el foco emisor, sindescartar su combinación con otras actuaciones sobre el mediode transmisión o sobre el trabajador, cuando ello sea preciso.

3.3.2. Entre las medidas sobre el foco emisor deben ser conside-radas, entre otras, las siguientes:• Sustitución de procesos por otros menos ruidosos.• Elección de los equipos de trabajo que produzcan menos ruido.• Aislamiento o encapsulamiento de equipos, instalaciones y

procesos.• Anclaje de máquinas y aparatos para lograr su adecuado

equilibrio estático y dinámico (empleo de bancadas, resor-tes flexibles, etc).

• Correcto mantenimiento de los equipos, máquinas e instala-ciones, que asegure el ajuste de todas sus partes, con lubri-cación suficiente de sus elementos de fricción, equilibradode órganos móviles, etc.Igualmente, buen mantenimiento de los edificios y del entornode trabajo tendiendo a eliminar elementos sueltos o mal ajus-tados que puedan convertirse en focos secundarios de ruido.

• Eliminación de fugas en las conducciones de fluidos a presión.

3.3.3. Entre las actuaciones sobre el medio de transmisión delruido, podemos citar:• Alejamiento de los trabajadores.• Colocación de pantallas acústicas.• Recubrimientos con materiales absorbentes.

3.3.4. Las actuaciones sobre los trabajadores se resumen en:• Empleo de protectores auditivos.• Cabinas antirruido para los operarios.• Reducción de los tiempos de exposición.• Adopción de hábitos de trabajo poco ruidosos.

3.4. Aunque los límites señalados en la tabla 1 no se superen,se adoptarán las medidas precisas para reducir el ruido en loscentros de trabajo al nivel más bajo posible.

3. MEDIDAS DE PREVENCIÓN Y PROTECCIÓN

3.1. Los riesgos derivados de la exposición al ruido deberán eli-minarse en su origen o reducirse al nivel más bajo posible, tenien-do en cuenta los avances técnicos y la disponibilidad de medidasde control del riesgo en su origen.

3.2. Cuando se sobrepasen los valores superiores de exposiciónque dan lugar a una acción (Tabla 1), se establecerá y ejecutará unprograma de medidas técnicas (ver apartado 3.3) y de organización,destinado a reducir la exposición al ruido, que deberán integrarseen la planificación de la actividad preventiva de Hc Energía.

Exposiciónde lostrabajadores

Programasde medidas

Formacióne información

Equiposde protecciónindividual

Audiometrías

Evaluación dela exposición

OB

LIG

AC

ION

ES

EM

PR

ES

AR

IALE

S

Valores superioresLaeqd > 85 dBALpico > 137 dBC

Establecer y ejecutar un programade medidas técnicas yorganizativas que deberánintegrarse en la planificación dela actividad preventiva de laempresa, destinadas a reducir laexposición al ruido de lostrabajadores.

Los trabajadores y/o susrepresentantes deben recibirinformación y formación relativasa los riesgos derivados de laexposición al ruido.

En tanto se ejecuta el programade medidas técnicas yorganizativas se utilizaránprotectores auditivos.USO OBLIGATORIO DEPROTECCIÓN AUDITIVAVelar por el uso de los protectoresauditivos con todos los medios asu alcance.Estos lugares de trabajo en quesea obligatorio el uso deprotectores auditivos serán objetode señalización según lo dispuestoen el RD 485/97.

Los trabajadores tendrán derechoa que se lleve a cabo controles desu función auditiva como mínimocada 3 años.

Evaluación y/o medición de losniveles de ruido cada año.

Valores inferiores80 dBA < Laeqd < 85 dBAó'97 135 dBA < Lpico < 137 dBC

Los trabajadores y/o susrepresentantes deben recibirinformación y formación relativasa los riesgos derivados de laexposición al ruido.

Poner protectores auditivos adisposición de los trabajadores yfomentar su uso.

Los trabajadores tendrán derechoa que se lleve a cabo controles desu función auditiva como mínimocada 5 años.

Evaluación y/o medición de losniveles de ruido cada tres años.

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Capítulo VII. 9796 . Capítulo VI

ATMÓSFERASEXPLOSIVAS

1. DEFINICIONES

Se entiende por atmósfera explosiva la mezcla con el aire, en con-diciones atmosféricas, de sustancias inflamables en forma degases, vapores, nieblas o polvos, en la que tras una ignición lacombustión se propaga a la totalidad de la mezcla no quemada.

2. CLASIFICACIÓN DE LAS ÁREASEN LAS QUE PUEDEN FORMARSEATMÓSFERAS EXPLOSIVAS

2.1. Se consideran áreas de riesgo aquellas en las que puedanformarse atmósferas explosivas en cantidades tales que resultenecesaria la adopción de precauciones especiales para proteger laseguridad y la salud de las personas afectadas.

2.2. Las áreas de riesgo se clasifican en las zonas siguientes, en fun-ción de la frecuencia con que se produzca la atmósfera y su duración:

• Zona 0: Área de trabajo en la que la atmósfera explosiva, con-sistente en una mezcla con aire de sustancias inflamables enforma de gas, vapor o niebla, está presente de modo permanen-te, por un período de tiempo prolongado o con frecuencia.

• Zona 1: Área de trabajo en la que es probable, en condicionesnormales de explotación, la formación ocasional de unaatmósfera explosiva consistente en una mezcla con aire desustancias inflamables en forma de gas, vapor o niebla.

• Zona 2: Área de trabajo en la que no es probable, en condicio-nes normales de explotación, la formación de una atmósferaexplosiva consistente en una mezcla con aire de sustanciasinflamables en forma de gas, vapor o niebla, o en la que, en

3.5. En todo caso, se emplearán protectores auditivos siempreque esté señalizado su uso obligatorio o cuando esté indicadopara la ejecución de determinados trabajos. Si la utilización delos protectores auditivos llevase consigo un riesgo de accidente,este deberá disminuirse mediante medidas apropiadas.

3.6. En ningún caso la exposición del trabajador, determinadateniendo en cuenta la atenuación que procuran los protectoresauditivos, deberá superar los valores de 87 dB(A) - Nivel DiarioEquivalente- o de 140 decibelios dB(C) - Nivel de Pico-.

Si se comprueban exposiciones por encima de estos valores:

• Se tomarán inmediatamente medidas para reducir la exposi-ción por debajo de los valores límite de exposición.

• Se determinarán las razones de la sobreexposición.

• Se corregirán las medidas de prevención y protección, a fin deevitar que vuelva a producirse una reincidencia.

• Se informará a los delegados de prevención de de tales cir-cunstancias.

4. ADQUISICIÓN DE NUEVOS EQUIPOS

Cuando se vayan a adquirir nuevos equipos de trabajo, se exigirá alfabricante, importador o suministrador, sus características acústicas.

5. DOCUMENTACIÓN

El acceso, confidencialidad y contenido de las historias clínico-laborales de los trabajadores se ajustará a los establecido en laLey 31/1995 y en el RD 39/1997. El trabajador tendrá acceso,previa solicitud, al historial que le afecta personalmente.

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Capítulo VII. 9998 . Capítulo VII

3.2. Los riesgos específicos derivados de atmósferas explosivasse evaluarán teniendo en cuenta, al menos:

• La probabilidad de formación y la duración de atmósferasexplosivas.

• La probabilidad de la presencia y activación de focos de igni-ción, incluidas las descargas electrostáticas.

• Las instalaciones, las sustancias empleadas, los procesosindustriales y sus posibles interacciones.

• Las proporciones de los efectos previsibles.

Se tendrán en cuenta los lugares que estén o puedan estar encontacto, bien por proximidad inmediata, bien por comunicacióna través de salas o aperturas, con lugares en los que puedan cre-arse atmósferas explosivas.

3.3. Si en un mismo lugar de trabajo se encuentran trabajadoresde varias empresas:

• El Responsable del centro adoptará las medidas que sean nece-sarias para la protección de la salud y la seguridad de sus tra-bajadores, incluidas las medidas de cooperación y coordinación.

• El Responsable del centro coordinará la aplicación de todaslas medidas relativas a la seguridad y la salud de los trabaja-dores y precisará, en el documento de protección contra explo-siones, el objeto, las medidas y las modalidades de aplicaciónde dicha coordinación.

3.4. Documento de protección contra explosiones

El Responsable de la instalación se encargará de que se elaborey se mantenga actualizado dicho documento, que deberá reflejar:

• Que se han determinado y evaluado los riesgos de explosión.

• Que se tomarán las medidas adecuadas para lograr los objeti-vos de seguridad esperados.

• Las áreas que han sido clasificadas en zonas según el riesgode atmósfera explosiva.

caso de formarse, dicha atmósfera explosiva sólo permanecedurante breves períodos de tiempo.

• Zona 20: Área de trabajo en la que una atmósfera explosiva enforma de nube de polvo combustible en el aire está presentede modo permanente, durante un período de tiempo prolonga-do o con cierta frecuencia.

• Zona 21: Área de trabajo en la que es probable la formación oca-sional, en condiciones normales de explotación, de una atmósfe-ra explosiva en forma de nube de polvo combustible en el aire.

• Zona 22: Área de trabajo en la que no es probable, en condi-ciones normales de explotación, la formación de una atmósfe-ra explosiva en forma de nube de polvo combustible en el aireo en la que, en caso de formarse, dicha atmósfera explosivasólo permanece durante un breve período de tiempo.

3. SEGURIDAD ESTRUCTURAL

3.1. El Responsable de la instalación tomará las medidas decarácter técnico y/u organizativo en función del tipo de actividada desarrollar, siguiendo un orden de prioridades y conforme a losprincipios básicos siguientes:

• Impedir la formación de atmósferas explosivas.

• Cuando la naturaleza de la actividad no permita lo anterior,evitar la ignición de atmósferas explosivas y atenuar los efec-tos perjudiciales de una explosión de forma que se garanticela salud y seguridad de las personas.

En particular, el Responsable de la instalación tomará las medi-das necesarias para que el ambiente de trabajo sea tal que per-mita la realización de las tareas de manera segura. Asimismo ase-gurará una supervisión adecuada de dichos ambientes medianteel uso de los medios técnicos y humanos apropiados. Se realiza-rán revisiones periódicas y, en cualquier caso, siempre que se pro-duzcan cambios significativos.

Estas medidas se combinarán o completarán, cuando sea necesa-rio, con medidas contra la propagación de las explosiones.

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Capítulo VII. 101100 . Capítulo VII

• Los trabajos con riesgo eléctrico en una atmósfera explosivaserán realizados por trabajadores cualificados, que deberánseguir un procedimiento de trabajo apropiado, previamenteestudiado, que reduzca al mínimo los riesgos derivados dela propia actividad.

• Antes de realizar el trabajo, se verificará la disponibilidad,adecuación al tipo de fuego previsible y buen estado de losmedios y equipos de extinción.

• Se deberá aplicar un sistema de permiso de trabajo que auto-rice la ejecución de trabajos definidos como peligrosos,incluidos aquellos que lo sean por las características dellugar, o que puedan ocasionar riesgos indirectos al interaccio-nar con otras operaciones. Los permisos de trabajo deberánser expedidos antes del comienzo de las tareas.

• Medidas Técnicas (Figura 2)

• Medidas de prevención de formación de atmósferas explosivas.

• Medidas para evitar la ignición.

• Medidas de protección contra las explosiones.

• Las áreas en que se aplicarán los requisitos mínimos destinadosa mejorar la seguridad y la protección de la salud de los traba-jadores potencialmente expuestos a atmósferas explosivas.

• Que el lugar y los equipos de trabajo, incluidos los sistemas dealerta, estan diseñados y se utilizan y mantienen teniendodebidamente en cuenta la seguridad.

• Que se han adoptado las medidas necesarias para que losequipos de trabajo se utilicen en condiciones seguras.

El documento de protección contra explosiones se elaborará antesde que comience el trabajo.

Los trabajos en zonas clasificadas se realizarán de acuerdo a lodispuesto en el Documento de protección contra explosiones.Estas disposiciones mínimas de obligado cumplimiento podránser completadas por otras en función del tipo de trabajo y méto-do de ejecución del mismo.

El Documento se revisará siempre que se efectúen modificaciones,ampliaciones o transformaciones importantes en el lugar de traba-jo, en los equipos o en la organización.

3.5. Disposiciones destinadas a mejorar la seguridad

• Se aplican a las áreas clasificadas como zonas de riesgo siem-pre que sean necesarias según las características del lugar detrabajo, del puesto, del equipo, de las sustancias empleadaso del peligro causado por la actividad relacionada con los ries-gos derivados de atmósferas explosivas.

• Se aplica a los equipos situados en áreas que no presenten ries-gos y que sean necesarios o contribuyan al funcionamiento encondiciones seguras de los equipos situados en áreas de riesgo.

• Medidas organizativas:

• El Responsable del centro deberá proporcionar a quienestrabajan en áreas donde pueden formarse atmósferas explo-sivas una formación e información adecuadas y suficientessobre protección en caso de explosiones.

• Los trabajos en emplazamientos con riesgo de incendio oexplosión se realizarán siguiendo un procedimiento de tra-bajo adecuado que reduzca al mínimo estos riesgos.

Figura 2. MEDIDAS TÉCNICAS DE PROTECCIÓN CONTRA EXPLOSIONES

Prioridad

1.3. Prevención o reducciónde la formación de AtmósferaExplosiva en las inmediacionesde las instalaciones

1. Prevención deformación atmósferasexplosivas

1.1. Sustitución desustancias inflamables

1.2. Limitación deconcentración

1.3.1. Utilización deaparatos detectoresavisadores de gas

1.3.2. Medidad paraeliminar los depósitosde polvo

2. Prevención delas fuentes de ignición

2.1. Puesta a tierray conexión equipotencialde todas las superficiesconductoras

2.2. Aumento deconductividad de losmateriales

2.3. Control de temposde relajación

2.4. Aumentode la conductividadmediante la elevaciónde la humedad relativa(por encima del 60%)

2.5. Reducción delas velocidades de flujo

2.6. Utilización cargaselectrostáticas

3. Protección contra losefectos de las explosiones

3.1. Construcción resistentea la explosión

3.3.2. Dispositivosde desconexiónpara polvos

3.3.1. Dispositivosapagallama para gases,vapores y nieblas

3.4. Prevenciónde la propagaciónde la explosión

3.2. Descarga de la explosión

3.3. Supresión de explosiones

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Capítulo VII. 103102 . Capítulo VII

3.6.3. Siempre que en el documento de protección contra explo-siones basado en una evaluación de los riesgos no se dispongaotra cosa, deberán utilizarse aparatos y sistemas de proteccióncon arreglo a las categorías que se muestran en la tabla 1:

3.6.4. El material eléctrico será seleccionado de tal modo que seasegure que su temperatura máxima superficial no exceda latemperatura de ignición de las sustancias que puedan estarpresentes (Tabla 2). Por ejemplo, si se trata de una sustanciacon una temperatura de ignición de 150ºC, el material eléctri-co deberá ser como mínimo T4, no pudiendo ser T3, T2 o T1.Esta característica debe cumplirse en todos los equipos eléc-tricos instalados, con independencia del modo de protecciónde cada uno de ellos.

3.6.5. Los modos de protección de envolvente antideflagrante yseguridad intrínseca deben ser adecuados para el grupo degases que pueda estar presente (Tabla 3).

3.6. Criterios para la elección de los aparatosy sistemas de protección

3.6.1. Se entiende por aparatos las máquinas, los materiales, losdispositivos fijos o móviles, los órganos de control y la instru-mentación, los sistemas de detección y prevención que, solos ocombinados, se destinan a la producción, transporte, almacena-miento, medición, regulación, conversión de energía y transfor-mación de materiales y que, por la fuentes potenciales de igni-ción que los caracterizan, pueden desencadenar una explosión.Los aparatos se clasificarán en dos Grupos:Grupo de aparatos I: Destinados a trabajos subterráneos en lasminas y en las partes de sus instalaciones de superficie, en laque puede haber peligro de formación de atmósferas explosivasdebido al grisú y/o al polvo combustible (Categorías M1 y M2).Grupo de aparatos II: Destinados al uso en otros lugares en losque puede haber peligro de formación de atmósferas explosi-vas (Categorías 1, 2 y 3).

3.6.2. El nivel de Protección que ofrece cada grupo y sus condicio-nes de funcionamiento son las reflejadas en la tabla siguiente:

CATEGORÍADEL EQUIPO

Categoría 1

Categoría 2

Categoría 3

ZONAS CLASIFICADAS

0 1 2 20 21 22

SI SI SI SI SI SI

NO SI SI NO SI SI

NO NO SI NO NO SI

Tabla 1. Categorías de equipos admisibles en las zonas clasificadas

Tabla 2. Clases de temperaturas

Clasede Temperatura

Temperaturamáxima superficial

Apropiado para sustanciasde temperatura de ignición

450 ºC

300 ºC

200 ºC

135 ºC

100 ºC

85 ºC

T1

T2

T3

T4

T5

T6

T > 450 ºC

T > 300 ºC

T > 200 ºC

T > 135 ºC

T > 100 ºC

T > 85 ºC

Tabla 3. Grupos de gases EMI: Energía mínima de Inflamación

Grupo

EMI

IIA

EMI > 250 µJ

IIB

250 µJ > EMI > 96 µJ

IIC

96 µJ > EMI

Nivelde protección

Categoría Protecciónque se ofrece

Condicionesde funcionamientoGrupo I Grupo II

Muy Alto M1

Dos medios de protecciónindependientes garantizanla seguridad aunquese produzcan dos fallosindependientes el uno del otro

Muy Alto 1

Dos medios de protecciónindependientes garantizanla seguridad aunquese produzcan dos fallosindependientes el uno del otro

No se corta la alimentaciónde la energía y el aparatocontinúa en funcionamientoen las zonas 0, 1, 2(G)ó'97 20, 21, 22(D)

Alto

M2Apto para funcionamientonormal y condiciones deexplotación más rigurosas

Se corta la alimentación deenergía en presencia de unaatmósfera explosiva

Alto

2

Apto para funcionamientonormal y en caso de averíafrecuente o de fallos quedeban tenerse habitualmenteen cuenta

No se corta la alimentaciónde energía y el aparatocontinúa en funcionamientoen las zonas 1, 2(G)ó'97 21, 22(D)

Normal 3 Apto parafuncionamiento normal

No se corta la alimentaciónde energía y el aparatocontinúa en funcionamientoen la zona 2(G) ó'97 22(D)

No se corta la alimentaciónde energía y el aparatocontinúa en funcionamientoen presencia de unaatmósfera explosiva

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Capítulo VII. 105104 . Capítulo VII

3.6.7. Cada aparato y sistema de protección deberá ir acompaña-do de instrucciones que contengan, como mínimo, las siguien-tes indicaciones:• El recordatorio de las indicaciones previstas para el marca-

do, a excepción del número de serie, que se completaráeventualmente con aquellas indicaciones que faciliten elmantenimiento (como, por ejemplo, la dirección del impor-tador, del reparador, etc.)

• Instrucciones que permitan proceder sin riesgos a la puestaen servicio, a la utilización, al montaje y desmontaje, al man-tenimiento (reparación incluida), a la instalación, al ajuste.

• En su caso, la indicación de las zonas peligrosas situadasfrente a los dispositivos de descarga de presión.

• En su caso, las instrucciones de formación.• Las indicaciones necesarias para determinar con conoci-

miento de causa si un aparato de una categoría indicada oun sistema de protección puede utilizarse sin peligro en ellugar y en las condiciones que se hayan previsto.

• Los parámetros eléctricos y de presión, las temperaturasmáximas de superficie u otros valores límite.

• En su caso, las condiciones especiales de utilización, com-prendidas las indicaciones respecto a un posible mal usodel aparato que sea previsible según muestre la experiencia.

3.6.6. Solamente se utilizarán aparatos y equipos conformes, quedeberán por tanto venir acompañados de declaración de con-formidad CE y provistos de marcado CE.Los aparatos, sistemas de protección y componentes debenpresentar el marcado específico de protección contra explosio-nes, las letras Ex dentro de un hexágono. Este marcado debeir seguido del símbolo del grupo de aparatos y de la categoríay, para el Grupo II, de las letras G (gases) ó D (polvo).Todos los productos deben llevar marcados el nombre y direc-ción del fabricante, la designación de la serie o el tipo, elnúmero de serie (si es que existe) y el año de fabricación.Se establece también un marcado adicional, en el que se haráconstar:

• El símbolo “Ex” para indicar que el producto es conformecon una o más normas de esta serie.

• El símbolo de cada tipo de protección que se utilice (“o”,“p”, “q”, “e”, “ia”, “ib”, “m”, etc.).

• Los grupos de explosión I, IIA, IIB, o IIC en el caso de lostipos de protección “d”, “i,” ó “q”.

• El símbolo que indica la categoría de temperatura o la tem-peratura superficial máxima.

En cuanto a la protección del material eléctrico utilizable enatmósferas de gas potencialmente explosivas la norma paracada uno de los tipos de protección se simboliza con una letra:

• “o”, para inmersión en aceite según EN 50015;

• “p”, para sobrepresión interna según EN 50016;

• “q”, para relleno pulvurulento según EN 50017;

• “d”, para envolvente antideflagrante según EN 50018;

• “e”, para seguridad aumentada según EN 50019;

• “ia” ó “ib”, para seguridad intrínseca según EN 50020;

• “m”, para encapsulado según EN 50028.

En la figura 3, se presenta un ejemplo con su explicación deuna etiqueta ATEX.

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Capítulo VIII. 107106 . Capítulo VII

RIESGOELÉCTRICO

1. DEFINICIONES

Riesgo Eléctrico: aquél originado por la energía eléctrica. En estetipo quedan específicamente incluidos los riesgos de:

• Choque eléctrico por contacto con los elementos en tensión(contacto eléctrico directo), o con masas puestas accidental-mente en tensión (contacto eléctrico indirecto).

• Quemaduras por choque eléctrico o por arco eléctrico.

• Caídas o golpes como consecuencia de choque o arco eléctrico.

• Incendios o explosiones originados por la electricidad.

Instalación eléctrica: conjunto de los materiales y equipos de unlugar de trabajo mediante los que se genera, convierte, transfor-ma, transporta, distribuye o utiliza la energía eléctrica. Se inclu-yen las baterías, los condensadores y cualquier otro equipo quealmacene energía eléctrica.

3.6.8. Es importante que los equipos de trabajo sean mantenidosde manera que sus características no se degraden hasta elpunto de poner a las personas en situaciones peligrosas.Asimismo se impone la necesidad de comprobar los equiposfrecuentemente para garantizar que las funciones relativas ala seguridad se desempeñan correctamente.

3.7. Señalización de las atmósferaspotencialmente explosivas.

Se debe señalizar las zonas o locales con riesgo de atmósferas explo-sivas en cantidad peligrosa para la seguridad de los trabajadores.

Figura 1. Consecuencias sobre las personas de un contacto eléctrico

Efectos Directos

• Fibrilación ventricular• Asfíxia• Tetanización muscular• Electrólisis de la sangre

Principales Secundarios

• Quemaduras internas• Quemaduras de primer,

segundo y tercer grado• Complicaciones renales

• Intensidad de la corriente eléctrica que circule por el cuerpo• Resistencia eléctrica de la persona• Frecuencia de la corriente (en el caso de corriente alterna)• Recorrido• Tiempo de duración del contacto• Capacidad de reacción de la persona

Factores que influyen en las consecuencias de un contacto eléctrico serán:

RIESGO DE ATMÓSFERAS EXPLOSIVAS

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Capítulo VIII. 109108 . Capítulo VIII

3. CONTROL DEL RIESGOY PROTECCIÓN COLECTIVA

3.1. Las instalaciones eléctricas de BT y AT se corresponderán con lasprescripciones técnicas indicadas en los reglamentos en vigor vigentes.

3.2. Los conductores eléctricos deben tener su aislamiento ade-cuado e íntegro en toda su longitud.

3.3. Las canaletas y zanjas en los centros de trabajo de Hc Energíadeben disponer de protecciones o tapas en todo su recorrido.

3.4. Las herramientas portátiles deben ser de doble aislamiento ysu conexión a la red se hará siempre mediante la interposición deun cuadro eléctrico provisional de obra. Las herramientas portáti-les que se utilicen en obras o emplazamientos muy conductoresserán de clase III, es decir, previstas para ser alimentadas a MuyBaja Tensión de Seguridad (MBTS).

3.5. Se evitará, en lo posible, la presencia física en las zonasdonde exista este riesgo, y quedará prohibido el acceso a las pro-ximidades de los Centros de Distribución y Transformación al per-sonal no autorizado para ello.

3.6. Las características de los cuadros eléctricos de obra seránacordes con la ITC BT 33 del Reglamento Electrotécnico de BajaTensión. Entre otras características, se considerarán las siguientes:

• La exigenia de un grado de protección mínimo IP45.

• La dotación de dispositivos de cierres con útiles especiales,para las puertas de acceso a las partes activas de todo el cua-dro, así como a los interruptores diferenciales, clavijas, etc.

• Dispondrá de:

• Un interruptor general magnetotérmico con dispositivo deapertura por falta de tensión.

• Un interruptor diferencial de 30 mA de sensibilidad porcada toma de corriente existente en el cuadro.

2. MEDIDAS PREVENTIVAS GENERALES

2.1. Todo trabajo en una instalación eléctrica o en su proximidadque conlleve un riesgo eléctrico deberá efectuarse sin tensión,salvo en los casos que se indican a continuación:

• Las operaciones elementales, tales como conectar y desconectar,en instalaciones de baja tensión con material eléctrico concebidopara su utilización inmediata y sin riesgos por parte del público engeneral. En cualquier caso, estas operaciones deberán realizarsepor el procedimiento normal previsto por el fabricante y previa veri-ficación del buen estado del material manipulado.

• Los trabajos en instalaciones con tensiones de seguridad, siem-pre que no exista posibilidad de confusión en la identificaciónde las mismas y que las intensidades de un posible cortocircui-to no supongan riesgos de quemadura. En caso contrario, el pro-cedimiento de trabajo establecido deberá asegurar la correctaidentificación de la instalación y evitar los cortocircuitos cuan-do no sea posible proteger al trabajador frente a los mismos.

• Las maniobras, mediciones, ensayos y verificaciones cuyanaturaleza así lo exija, como por ejemplo la apertura y cierrede interruptores o seccionadores, la medición de una intensi-dad, la realización de ensayos de aislamiento eléctrico o lacomprobación de la concordancia de fases.

• Los trabajos en, o en proximidad de instalaciones cuyas condicio-nes de explotación o de continuidad del suministro así lo requieran.

2.2. Las Técnicas y Procedimientos empleados para trabajar eninstalaciones eléctricas, o en sus proximidades, se estableceránteniendo en consideración la evaluación de los riesgos que el traba-jo pueda suponer, habida cuenta de las características de las insta-laciones, del propio trabajo y del entorno en que va a realizarse.

2.3. Las instalaciones eléctricas de los lugares de trabajo se uti-lizarán y mantendrán de la forma adecuada, y el funcionamientode los sistemas de protección se controlará periódicamente, deacuerdo a las instrucciones –si existen– de sus fabricantes y ins-taladores y a la propia experiencia del gestor de la red.

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Capítulo VIII. 111110 . Capítulo VIII

3.11. En situaciones atmosféricas de tormenta (presencia derelámpagos, truenos) o de inminente aproximación de la misma,se deberán cesar inmediatamente los trabajos que se estén reali-zando sobre conductores eléctricos expuestos o equipos eléctricosconectados a estos conductores, tanto si se trata de trabajos eninstalaciones de exterior, interior o en red subterránea.

4. CAPACITACIÓN NECESARIA Y DISTANCIAS DE SEGURIDAD

4.1. Todo trabajador que tenga este riesgo presente en sus labo-res deberá tener la formación y capacitación necesaria para la rea-lización de dichos trabajos según se muestra en el apartado 4.2.

4.2. La formación/capacitación mínima requerida al personal querealice las siguientes tareas debe ser la señalada a continuación:

4.3. Trabajador autorizado: aquel que ha sido autorizado por elempresario para realizar determinados trabajos con riesgo eléctricoen base a su capacidad para hacerlos de forma correcta y segura.

• Un interruptor de corte omnipolar en carga por cada toma decorriente que permita dejarlas sin tensión cuando no hayande ser utilizadas.

• Todas las partes metálicas fijas y móviles del cuadro, así comolos soportes del mismo, estarán conectadas directamente atierra, no admitiéndose como válida la conexión por medio delos tornillos de la unión de las partes metálicas del cuadro.

3.7. Los cables de alimentación a cuadros de obra o a máquinastendrán las siguientes características:

• El aislamiento de los mismos, en perfecto estado y como mínimode 1.000 V de tensión nominal y autoextinguible.

• Sin empalmes e identificados visiblemente en su cubiertaexterior con el nombre de la empresa, si la circunstancia lorequiriese.

• Sujetos a las estructuras de forma que no puedan ser engan-chados por carretillas o grúas, y señalizados con carteles bienvisibles.

• Protegidos con canaleta en las zonas de paso, en caso de quese tengan que tender por el suelo.

• Conectados a las distintas máquinas o cuadros por medio declavijas o bases de enchufe con toma de tierra.

3.8. El conexionado de la alimentación del cuadro eléctrico deobra del contratista, si ésta no fuera realizada en la red que alefecto existe en algunos centros de trabajo de Hc Energía, serárealizada por personal por personal cualificado y con la autoriza-ción del responsable de la red.

3.9. Ningún trabajador podrá abrir un armario eléctrico sin la pre-ceptiva autorización del Responsable de la instalación.

3.10. Cuando los trabajadores no eléctricos realicen trabajos eninstalaciones eléctricas deberán ser supervisados en todo momen-to por trabajadores Autorizados.

A o Tvigiladopor A

Trabajos sintensión

Trabajos entensión

Maniobras, mediciones,ensayos y verificaciones

Trabajos enproximidad

BajaTensión

AltaTensión

Rea

lizac

ión

Rep

oner

fus

ible

s

Sup

resi

ón y

rep

osic

ión

de la

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sión

Eje

cuci

ón d

etr

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ón

Med

icio

nes,

ens

ayos

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rific

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nes

Man

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s

Rea

lizac

ión

Pre

para

ción

A T A TC A A A

C T

C+AE convigilanciade un jefede trabajo

C adistancia

C o Cauxiliado

por AA C

T: Cualquier trabajadorA: Autorizado

Los trabajos con riesgo eléctricos en AT no podránser realizados por trabajadores de una empresa detrabajo temporal.

C: CualificadoC+AE: Cualificadoy autorizado por escrito

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Capítulo VIII. 113112 . Capítulo VIII

La formación (teórica y práctica) requerida para un «trabajadorautorizado» debe capacitarle para realizar de forma correcta lostrabajos que vaya a realizar.

4.4. Trabajador cualificado: trabajador autorizado que poseeconocimientos específicos en materia de instalaciones eléctricas,debido a su formación acreditada, profesional o universitaria, o asu experiencia certificada de dos o más años.

4.5. Un «trabajador cualificado» debe ser siempre un «trabaja-dor autorizado». Esto significa que un trabajador no puede reali-zar un trabajo con riesgo eléctrico, aunque tenga conocimientos oformación en materia de instalaciones eléctricas, si no ha sidopreviamente autorizado para ello por el empresario.

4.6. Todos los trabajadores que realicen trabajos en tensión deberánser trabajadores cualificados con formación, experiencia y perfil que loshabilite para la realización de los mismos por el método escogido parala realización de las tareas. Los trabajos eléctricos en AT no podrán serrealizados por trabajadores de una Empresa de Trabajo Temporal.

4.7. Los trabajadores no eléctricos que realicen trabajos en pro-ximidad a instalaciones eléctricas o en éstas cuando estén sintensión, deberán recibir la formación e información necesariapara realizar el trabajo con la seguridad debida.

4.8. Zona de peligro o Zona de trabajos en tensión: Espacio alre-dedor de los elementos en tensión en el que la presencia de untrabajador desprotegido supone un riesgo grave e inminente deque se produzca un arco eléctrico o un contacto directo con elelemento en tensión, teniendo en cuenta los gestos o movimien-tos normales que puede afectar al trabajador sin desplazarse.

Donde no se interponga una barrera física que garantice la protec-ción frente a dicho riesgo, la distancia desde el elemento en ten-sión al límite exterior de esta zona será la indicada en la Tabla 1.

4.9. Trabajo en Tensión (TET): Trabajo durante el cual un traba-jador entra en contacto con elementos en tensión, o entra en la

zona de peligro, bien sea con una parte de su cuerpo, o con lasherramientas, equipos, dispositivos o materiales que manipula.No se consideran trabajos en tensión las maniobras y las medicio-nes, ensayos y verificaciones.

4.10. Zona de proximidad: Espacio delimitado alrededor de la zonade peligro, desde la que el trabajador puede invadir accidentalmenteesta última. Donde no se interponga una barrera física que garantice laprotección frente al riesgo eléctrico, la distancia desde el elemento entensión al límite exterior de esta zona será la indicada en la tabla 1.

4.11. Trabajo en proximidad: trabajo durante el cual el trabaja-dor entra, o puede entrar, en la zona de proximidad sin entrar enla zona de peligro, bien sea con una parte de su cuerpo, o con lasherramientas, equipos, dispositivos o materiales que manipula.

Tabla 1: Distancias límite (en cm) de las zonas de trabajo, en función de la tensión nominal (Un)en KV. Las distancias se contarán desde el punto más extremo del trabajador o de los materiales oútiles que maneje y el punto más próximo en tensión.

Un ≤ 1 3 6 10 15 20 30 45 66 110 132 220 380

DPEL-1 50 62 62 65 66 72 82 98 120 160 180 260 390

DPEL-2 50 52 53 55 57 60 66 73 85 100 110 160 250

DPROX-1 70 112 112 115 116 122 132 148 170 210 330 410 540

DPROX-2 300 300 300 300 300 300 300 300 300 500 500 500 700

DPEL-1: Distancia hasta el límite exterior de la zonade peligro cuando exista riesgo de sobretensión porrayo (cm).

DPEL-2: Distancia hasta el límite exterior de la zonade peligro cuando no exista el riesgo de sobretensiónpor rayo (cm).

DPROX-1: Distancia hasta el límite exterior de la zonade proximidad cuando resulte posible delimitar conprecisión la zona de trabajo y controlar que ésta no sesobrepasa durante la realización del mismo (cm).

DPROX-2: Distancia hasta el límite exterior de la zonade proximidad cuando no resulte posible delimitar conprecisión la zona de trabajo y controlar que ésta no sesobrepasa durante la realización del mismo (cm).

BARRERAFÍSICA

ZONAS DE TRABAJOEN PROXIMIDAD

ZONA DEPELIGRO

ELEMENTO EN TENSIÓN

DPEL

DPROX-1 cuando se puede determinarcon precisión la zona de trabajo

DPROX-2 cuando no se puede determinarcon precisión la zona de trabajo

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Capítulo IX. 115114 . Capítulo IX

2.2. Únicamente se seleccionarán los EPI que lleven su correspon-diente marcado «C.E.» (Declaración de conformidad «CE»).

3. SUMINISTRO DE LOS EPIA LOS TRABAJADORES

3.1. La Empresa hará entrega a cada trabajador, a través de sumando directo, de los EPI necesarios para su completa protecciónfrente a los riesgos presentes en su actividad laboral. Previamenteal uso de los equipos se deberá informar a los trabajadores de losriesgos contra los que les protegen, así como de las actividades uocasiones en las que deben utilizarse.

3.2. Los EPI que se suministren se adaptarán a las característi-cas anatómicas de cada trabajador.

3.3. Los modelos de EPI destinados a los usuarios que esténsometidos a una corrección ocular deberán ser compatibles con lautilización de gafas o lentillas. En los casos en los que sea nece-sario, la Empresa suministrará gafas de seguridad graduadas asus trabajadores.

3.4. Cada EPI se suministrará acompañado del folleto informativoen castellano que debe facilitar el fabricante de forma obligatoria.

3.5. Al recibir los EPI, cada trabajador firmará el correspon-diente registro de entrega, en el que quedará constancia de sutipo y modelo, así como de la fecha de entrega.

4. USO OBLIGATORIO DE LOS EPI

El empleo de los EPI será obligatorio, sin excepciones, en lossiguientes casos:

EQUIPOSDE PROTECCIÓNINDIVIDUAL (EPI)

1. DEFINICIÓN

“Cualquier equipo destinado a ser llevado o sujetado por el traba-jador para que le proteja de uno o varios riesgos que puedan ame-nazar su seguridad o su salud en el trabajo, así como cualquiercomplemento o accesorio destinado a tal fin”.

2. SELECCIÓN DE LOS EQUIPOSDE PROTECCIÓN INDIVIDUAL

2.1. La selección de los Equipos de Protección Individual se lle-vará a cabo teniendo en cuenta:

• Los tipos de riesgo presentes en el trabajo.

• El grado de protección exigible en función de la magnitud delriesgo.

• Las molestias o incomodidades que pueda provocar su uso,debiendo elegirse el que resulte más cómodo sin que, en ningúncaso, ello suponga una merma en el nivel de protección ofrecido.

• La interferencia del EPI en la actividad laboral que deben des-arrollar los trabajadores.

• Las condiciones anatómicas y fisiológicas y el estado de saluddel trabajador.

• La posible existencia de riesgos múltiples que exijan la utilizaciónsimultánea de varios Equipos de Protección Individual y por tanto,la necesidad de que éstos sean compatibles entre sí, mantenien-do su eficacia en relación con el riesgo o riesgos correspondientes.

• Que no constituyan riesgos por ellos mismos.

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Capítulo IX. 117116 . Capítulo IX

6. MANTENIMIENTO Y LIMPIEZA

6.1. Cada trabajador tendrá en cuenta lo señalado al respecto enel folleto informativo suministrado con cada EPI.

6.2. Igualmente, cada operario, deberá cuidar el buen estado delimpieza de sus EPI.

7. ROPA DE PROTECCIÓN

7.1. Selección

La selección se llevará a cabo por el mismo procedimiento que elseñalado para la elección de los EPI, teniendo en cuenta que:

• Sea de tejido ligero y flexible, en la medida de lo posible.

• Permita su fácil limpieza.

• Se ajuste al cuerpo del trabajador y disponga de mangas conterminaciones elásticas.

• No dispondrá, en lo posible, de elementos adicionales comobolsillos, bocamangas o botones, para evitar la acumulaciónde suciedad y el peligro de enganches.

• Evite los elementos metálicos en los trabajos con riesgo eléc-trico.

• En los trabajos con riesgos de incendio o explosión, sea decaracterísticas tales que eviten la activación o propagación deestos riesgos.

7.2. Condiciones de uso

7.2.1. Para los puestos en los que se haya establecido su usoobligatorio, sólo se empleará la ropa de protección facilitadapor la Empresa.

7.2.2. No se llevarán a cabo modificaciones en la ropa de protec-ción suministrada.

• Cuando exista algún riesgo en el trabajo, tanto por no poderadoptarse medidas de protección colectiva como cuando éstasresulten insuficientes.

• Cuando esté señalizado su uso obligatorio.

• Cuando así lo indiquen las Normas o los Procedimien-tos deTrabajo establecidos.

5. CONDICIONES DE UTILIZACIÓN

5.1. Sólo se emplearán los EPI facilitados por la Empresa.

5.2. Los EPI serán de uso exclusivamente personal.

Si las circunstancias exigen la utilización de un EPI por varios tra-bajadores, se adoptarán las medidas necesarias para que dichautilización no origine ningún problema de salud o higiene a losdiferentes usuarios.

5.3. En ningún caso se efectuarán modificaciones o alteracionesen los EPI suministrados.

5.4. Se utilizará el EPI para los usos previstos siguiendo las ins-trucciones del folleto informativo del fabricante.

5.5. Antes de cada uso, los trabajadores deberán verificar elbuen estado de sus EPI (ausencia de fisuras o grietas en los guan-tes y cascos, solidez en los ensamblajes e inexistencia de roturasen los cinturones de seguridad, etc.).

Los EPI deteriorados serán entregados, de forma inmediata, parasu sustitución por otros nuevos. Aquellos caducados se repondránnuevamente.

5.6. Los Responsables de los trabajos velarán por la correcta uti-lización que los operarios a su cargo hagan de los EPI.

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119118 . Capítulo IX

Título IIEQUIPOS DE TRABAJO

7.2.3. Se llevará siempre completamente cerrada o abotonada.

7.3. Mantenimiento y limpieza

Cada trabajador está obligado a mantener en buen estado de conser-vación y limpieza la ropa de protección que se le haya facilitado.

Capítulo X. Equipos de trabajo ......................................................... 121

Capítulo XI. Herramientas .................................................................. 131

Capítulo XII. Máquinas ........................................................................ 137

Capítulo XIII. Equipos de tracción mecánica de cargas .............. 145

Capítulo XIV. Equipos de elevación para trabajos en altura ....... 164

Capítulo XV. Recipientes y aparatos a presión ............................... 172

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Capítulo X. 121

EQUIPOSDE TRABAJO

1. DEFINICIONES

Un Equipo de Trabajo es cualquier máquina, aparato, instrumen-to o instalación utilizada en el trabajo.

Se entiende como utilización de un equipo de trabajo, cualquieractividad referida a un equipo de trabajo, tal como la puesta enmarcha o la detención, el empleo, el transporte, la reparación, latransformación, el mantenimiento y la conservación, incluida, enparticular, la limpieza.

2. GENERALIDADES

2.1. Hc Energía exigirá al suministrador de las máquinas oherramientas portátiles que éstas sean entregadas con el manualde instrucciones en castellano.

2.2. Los Responsables de los centros de trabajo, áreas o depar-tamentos, con el asesoramiento de los Técnicos del Servicio dePrevención y la colaboración de los Delegados de Prevencióncorrespondientes, se encargarán de realizar:

• La selección de los equipos de trabajo que pongan a disposición desus trabajadores para la ejecución de las tareas propias de su acti-vidad, teniendo en cuenta los riesgos existentes en el lugar y en elpuesto de trabajo, así como los riesgos que puedan derivarse de lapresencia o utilización de dichos equipos o agravarse por ellos.

• La identificación de los equipos de protección individual queobligatoriamente deberán utilizar los trabajadores al manejardichos equipos de trabajo.

Asimismo, se definen las acciones a realizar para garantizar que lostrabajadores reciben una formación e información adecuadas sobrelos riesgos derivados de la utilización de los equipos de trabajo.

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Capítulo X. 123122 . Capítulo X

Los equipos que, por su mal funcionamiento, comprometan laseguridad de los trabajadores y no puedan ser reparados, seránbloqueados y/o apartados del centro de trabajo.

3. REQUISITOS EXIGIBLESEN LA ADQUISICIÓN Y DISEÑODE EQUIPOS DE TRABAJO

3.1. Los órganos de accionamiento de un equipo de trabajo que ten-gan alguna incidencia en la seguridad deberán ser seguros, claramen-te visibles e identificables, estar situados fuera de zonas de peligro y,cuando corresponda, indicados con una señalización adecuada.

3.2. La puesta en marcha de un equipo de trabajo solamente sepodrá efectuar mediante una acción voluntaria sobre un órgano deaccionamiento previsto a tal efecto convenientemente señalizado.Debe estar situado de tal forma que posibilite comprobar laausencia de personas en las zonas de peligrosas y, si esto no esposible, la puesta en marcha deberá ir siempre precedida auto-máticamente de un sistema de alerta, tal como una señal deadvertencia acústica o visual.

3.3. La parada total de los equipos de trabajo debe realizarse encondiciones de seguridad a través de un órgano de accionamien-to convenientemente señalizado. Las órdenes de parada seránprioritarias sobre las de puesta en marcha.

Si fuera necesario, en función de los riesgos que presenten, los equi-pos deberán estar provistos de un dispositivo de parada de emergencia.

3.4. Cualquier equipo de trabajo que entrañe riesgo de caída deobjetos o de proyecciones deberá estar provisto de dispositivos deprotección adecuados a dichos riesgos.

3.5. Cualquier equipo de trabajo que entrañe riesgo por emana-ción de gases, vapores o líquidos, o por emisión de polvo, deberá

2.3. Los trabajadores recibirán información y formación adecuadasobre los riesgos derivados de la utilización de los equipos de trabajo.

La información facilitada, preferentemente por escrito, incluirá:

• Las condiciones y forma correcta de utilización de los equiposde trabajo, así como las situaciones o formas anormales y peli-grosas de utilización que puedan preverse. Todo ello teniendoen cuenta las instrucciones del fabricante y las posibles modi-ficaciones introducidas en los equipos.

• Las conclusiones que, en su caso, se puedan obtener de la expe-riencia adquirida en la utilización de los equipos de trabajo.

La documentación informativa facilitada por el fabricante delequipo estará a disposición de los trabajadores que lo utilicen.

2.4. El Jefe de los trabajos debe asegurarse de que el equipo seutiliza de acuerdo con las instrucciones y especificaciones delfabricante, así como con las medidas de seguridad adecuadas.

2.5. Los Responsables de los Centros de Trabajo, Áreas oDepartamentos velarán por la existencia e implantación de unprograma periódico de revisión y mantenimiento de los equipospuestos a disposición de sus trabajadores, en función de:

• La normativa legal existente.

• Las instrucciones del fabricante, si las hubiera.

• Las características de los equipos.

• Sus condiciones de utilización.

Las operaciones de montaje y desmontaje, mantenimiento, repara-ción o transformación que puedan suponer un peligro para la segu-ridad de los trabajadores deberán realizarse mediante el cumpli-miento de las instrucciones del fabricante, cuando las haya, y siem-pre de manera segura y por personal especialmente capacitado.

Las inspecciones técnicas reglamentarias se realizarán periódica-mente según corresponda por técnicos de empresas acreditadas porla administración competente para actuar como “Organismos deControl Autorizado”, en el ámbito reglamentario correspondiente.

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Capítulo X. 125124 . Capítulo X

• Deberán estar situados a suficiente distancia de la zona peligrosa.

• No deberán limitar más de lo imprescindible o necesario laobservación del ciclo de trabajo.

• Deberán permitir las intervenciones indispensables para lacolocación o la sustitución de las herramientas y para los tra-bajos de mantenimiento, limitando el acceso al sector en elque deba realizarse el trabajo sin desmontar, a ser posible, elresguardo o el dispositivo de protección.

3.10. Las partes de un equipo de trabajo que alcancen temperatu-ras elevadas o muy bajas deberán estar protegidas cuando correspon-da contra los riesgos de contacto o la proximidad de los trabajadores.

3.11. Los dispositivos de alarma del equipo de trabajo deberánser perceptibles y comprensibles fácilmente y sin ambigüedades.

3.12. Todo equipo de trabajo deberá estar provisto de dispositi-vos claramente identificables que permitan separarlo de cada unade sus fuentes de energía.

3.13. El equipo de trabajo deberá llevar las advertencias y seña-lizaciones indispensables para garantizar la seguridad de los tra-bajadores.

3.14. Los equipos de trabajo que se utilicen en condicionesambientales climatológicas o industriales agresivas y que supon-gan un riesgo para la seguridad y salud de los trabajadores debe-rán estar acondicionados para el trabajo en dichos ambientes.Además, deberán disponer, en su caso, de sistemas de protecciónadecuados, tales como cabinas u otros sistemas.

3.15. Todo equipo de trabajo deberá estar preparado para preve-nir el riesgo de explosión, tanto del equipo de trabajo como de lassustancias producidas, utilizadas o almacenadas por éste.

estar provisto de dispositivos adecuados de captación o extrac-ción cerca de la fuente emisora correspondiente.

3.6. Los equipos de trabajo y sus elementos deberán ser instala-dos y utilizados de forma que no puedan caer, volcar o desplazar-se de manera incontrolada, poniendo en peligro la seguridad delos trabajadores. Si fuera necesario, deberán estar estabilizadospor fijación o por otros medios similares.

3.7. Los equipos de trabajo cuya utilización prevista requieraque los trabajadores se sitúen sobre ellos deberán disponer de losmedios adecuados para garantizar que el acceso y permanenciaen esos equipos no suponga un riesgo para su seguridad y salud.

Salvo en el caso de las escaleras de mano y de los sistemas utili-zados en las técnicas de acceso y posicionamiento mediante cuer-das, cuando exista un riesgo de caída a distinto nivel de más dedos metros los equipos de trabajo deberán disponer de barandi-llas o de cualquier otro sistema de protección colectiva que pro-porcione una seguridad equivalente.

3.8. En los casos en que exista riesgo de estallido o de rotura deelementos de un equipo de trabajo que pueda afectar significati-vamente a la seguridad o a la salud de los trabajadores deberánadoptarse las medidas de protección adecuadas.

3.9. Cuando los elementos móviles de un equipo de trabajo pue-dan entrañar riesgos de accidente por contacto mecánico deberánir equipados con resguardos o dispositivos que impidan el accesoa las zonas peligrosas o que detengan las maniobras peligrosasantes del acceso a dichas zonas.

Los resguardos y los dispositivos de protección:

• Serán de fabricación sólida y resistente.

• No ocasionarán riesgos suplementarios.

• No deberá ser fácil anularlos o ponerlos fuera de servicio.

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Capítulo X. 127126 . Capítulo X

Estas estructuras de protección podrán formar parte integrantedel equipo de trabajo.

No se requerirán estas estructuras de protección cuando el equi-po de trabajo se encuentre estabilizado durante su empleo ocuando el diseño haga imposible la inclinación o el vuelco delequipo de trabajo.

Cuando, en caso de inclinación o de vuelco, exista riesgo deaplastamiento entre partes del equipo de trabajo y el suelo paraun trabajador transportado, deberá instalarse un sistema de reten-ción de los trabajadores.

4.3. Deberán preverse medios de fijación de los elementos detransmisión de energía entre equipos de trabajo móviles cuandoexista el riesgo de que dichos elementos se atasquen o deteriorenal arrastrarse por el suelo.

4.4. Las carretillas elevadoras ocupadas por uno o varios traba-jadores deberán estar acondicionadas o equipadas para limitar losriesgos de vuelco mediante medidas tales como las siguientes:

• La instalación de una cabina para el conductor.

• Una estructura que impida que la carretilla elevadora vuelque.

• Una estructura que garantice que, en caso de vuelco de lacarretilla elevadora, quede espacio suficiente para el trabaja-dor o los trabajadores transportados entre el suelo y determi-nadas partes de dicha carretilla.

• Una estructura que mantenga al trabajador o trabajadoressobre el asiento de conducción e impida que puedan quedaratrapados por partes de la carretilla volcada.

4.5. Los equipos de trabajo móviles automotores cuyo desplaza-miento pueda ocasionar riesgos para los trabajadores deberánreunir las siguientes condiciones:

• Deberán contar con los medios que permitan evitar una pues-ta en marcha no autorizada.

3.16. Todo equipo de trabajo deberá estar preparado para prote-ger a los trabajadores expuestos contra el riesgo de contactodirecto o indirecto con la electricidad. En cualquier caso, las par-tes eléctricas de los equipos de trabajo deberán ajustarse a lo dis-puesto en la normativa específica correspondiente.

3.17. Todo equipo de trabajo que entrañe riesgos por ruido,vibraciones o radiaciones deberá disponer de las protecciones odispositivos adecuados para limitar, en la medida de lo posible, lageneración y propagación de estos agentes físicos.

3.18. Los equipos de trabajo para el almacenamiento, trasiego otratamiento de líquidos corrosivos o a alta temperatura deberándisponer de las protecciones adecuadas para evitar el contactoaccidental de los trabajadores con los mismos.

4. DISPOSICIONES MÍNIMAS APLICABLESA LOS EQUIPOS DE TRABAJO MÓVILES

4.1. Los equipos de trabajo móviles con trabajadores transporta-dos deberán estar adaptados para reducir los riesgos para el tra-bajador o trabajadores durante el desplazamiento.

Entre estos riesgos deberán incluirse los de contacto de los trabaja-dores con ruedas y orugas y los de aprisionamiento por las mismas.

4.2. En los equipos de trabajo móviles con trabajadores transpor-tados se deberán limitar, en las condiciones efectivas de uso, losriesgos provocados por una inclinación o por un vuelco del equi-po de trabajo, mediante cualquiera de las siguientes medidas:

• Una estructura de protección que impida que el equipo de tra-bajo se incline más de un cuarto de vuelta.

• Una estructura que garantice un espacio suficiente alrededordel trabajador o trabajadores transportados cuando el equipopueda inclinarse más de un cuarto de vuelta.

• Cualquier otro dispositivo de alcance equivalente.

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Capítulo X. 129128 . Capítulo X

5.2. Los equipos de trabajo no deberán utilizarse de forma o enoperaciones o en condiciones contraindicadas por el fabricante.Tampoco podrán utilizarse sin los elementos de protección previs-tos para la realización de la operación de que se trate.

Excepcionalmente los equipos de trabajo podrán utilizarse deforma, o en operaciones, o condiciones no consideradas por elfabricante si previamente se ha realizado una evaluación de losriesgos que ello conllevaría, y se han tomado las medidas perti-nentes para su eliminación o control.

5.3. Antes de utilizar un equipo de trabajo se comprobará que susprotecciones y condiciones de uso son las adecuadas y que su cone-xión o puesta en marcha no representa un peligro para terceros.

Los equipos de trabajo dejarán de utilizarse si se producen dete-rioros, averías u otras circunstancias que comprometan la seguri-dad de su funcionamiento.

5.4. Cuando se empleen equipos de trabajo con elementos peli-grosos accesibles que no puedan ser totalmente protegidos, sedeberá adoptar las precauciones y utilizar las protecciones indivi-duales apropiadas para minimizar los riesgos.

En particular, se deberá tomar las medidas necesarias para evitar,en su caso, el atrapamiento de cabello, ropas de trabajo u otrosobjetos que pudiera llevar el trabajador.

5.5. Cuando durante la utilización de un equipo de trabajo seanecesario limpiar o retirar residuos cercanos a un elemento peligro-so, la operación se deberá realizar con los medios auxiliares ade-cuados y que garanticen una distancia de seguridad suficiente.

5.6. Los equipos de trabajo no deberán someterse a sobrecargas,sobrepresiones, velocidades o tensiones excesivas que puedan poneren peligro la seguridad del trabajador que los utiliza o la de terceros.

• Deberán contar con un dispositivo de frenado y parada; en lamedida en que lo exija la seguridad, un dispositivo de emer-gencia accionado por medio de mandos fácilmente accesibleso por sistemas automáticos deberá permitir el frenado y laparada en caso de que falle el dispositivo principal.

• Deberán contar con dispositivos auxiliares adecuados quemejoren la visibilidad cuando el campo directo de visión delconductor sea insuficiente para garantizar la seguridad.

• Si están previstos para uso nocturno o en lugares oscuros,deberán contar con un dispositivo de iluminación adaptado altrabajo que deba efectuarse y garantizar una seguridad sufi-ciente para los trabajadores.

• Si entrañan riesgos de incendio, por ellos mismos o debido asus remolques o cargas, que puedan poner en peligro a los tra-bajadores, deberán contar con dispositivos apropiados delucha contra incendios, excepto cuando el lugar de utilizaciónesté equipado con ellos en puntos suficientemente cercanos.

• Si se manejan a distancia, deberán pararse automáticamenteal salir del campo de control.

4.6. Los equipos de trabajo que por su movilidad o por la de lascargas que desplacen puedan suponer un riesgo para la seguridadde los trabajadores situados en sus proximidades, en las condicio-nes de uso previstas, deberán ir provistos de una señalizaciónacústica de advertencia.

5. UTILIZACIÓN DE EQUIPOS

5.1. Los equipos de trabajo se instalarán teniendo en cuenta lanecesidad de espacio libre suficiente entre los elementos móvilesde los equipos de trabajo y los elementos fijos o móviles de suentorno, y garantizando que puedan suministrarse o retirarse demanera segura las energías y sustancias utilizadas o producidaspor el equipo.

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Capítulo XI. 131130 . Capítulo X

HERRAMIENTAS

1. DEFINICIONES

1.1. Herramientas Manuales: Equipo de trabajo utilizadode forma individual que únicamente requiere para su acciona-miento la fuerza motriz humana.

1.2. Herramientas Portátiles: Equipos de trabajo que, ade-más de necesitar ser sustentados por el trabajador, requieren unafuente de energía (eléctrica, neumática, hidráulica, etc.) para sufuncionamiento.

2. GENERALIDADES

2.1. Para la utilización de este tipo de equipos se seguirán lasindicaciones recogidas en el Capitulo 10 “Equipos de Trabajo” deeste manual.

2.2. Los trabajadores emplearán, únicamente, las herramientasfacilitadas por la empresa.

2.3. Las herramientas deberán ser de características y tamañoadecuados a la operación a realizar.

2.4. Cuando un trabajador no disponga de la herramienta apro-piada para llevar a cabo su trabajo lo pondrá inmediatamente enconocimiento de su jefe directo.

2.5. Queda prohibido llevar a cabo cualquier modificación en lasherramientas o acoplarse otras piezas, salvo que estén especial-mente diseñadas para ello.

5.7. Cuando la utilización de un equipo de trabajo pueda darlugar a proyecciones o radiaciones peligrosas, bien durante sufuncionamiento normal o en caso de anomalía previsible, se debe-rán adoptar las medidas de prevención o protección adecuadaspara garantizar la seguridad de los trabajadores que los utilicen ose encuentren en sus proximidades.

5.8. Los equipos de trabajo llevados o guiados manualmente,cuyo movimiento pueda suponer un peligro para los trabajadoressituados en sus proximidades, se utilizarán con las debidas pre-cauciones, respetándose en todo caso una distancia de seguridadsuficiente. A tal fin, los trabajadores que los manejen deberándisponer de condiciones adecuadas de control y visibilidad.

5.9. En ambientes especiales tales como locales mojados o dealta conductividad, locales con alto riesgo de incendio y explosióno ambientes corrosivos, no se emplearán equipos de trabajo que,en dicho entorno, supongan un peligro para la seguridad de lostrabajadores.

5.10. Los equipos de trabajo que puedan ser alcanzados por losrayos durante su utilización deberán estar protegidos contra susefectos por dispositivos o medidas adecuadas.

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Capítulo XI. 133132 . Capítulo XI

3. HERRAMIENTAS MANUALES

3.1. Siempre se elegirá la herramienta más eficaz y adecuada,en cuanto a tamaño, calibre y peso, para la tarea a realizar (ejem-plo: llave fija mejor que llave inglesa).

Los requisitos básicos que debe cumplir toda herramienta manual son:

• Desempeñar con eficacia la función que se pretende de ella.

• Ser proporcionada a las dimensiones del usuario.

• Ser apropiada a la fuerza y resistencia del usuario.

• Reducir al mínimo la fatiga del usuario.

3.2. Se prohíbe el empleo de las herramientas manuales parausos distintos de aquéllos para los que han sido fabricadas.

(Ejemplos de usos prohibidos: destornilladores como palanca; llaves,inglesas o fijas, para golpear; tenazas o alicates para soltar o apretartuercas o tornillos; cuchillos o navajas como destornilladores; etc.).

3.3. Las herramientas que se utilicen no pueden estar defectuo-sas y deberán cumplir los siguientes requisitos:

• Los mangos o empuñaduras estarán exentos de grietas o astillasy no presentarán bordes agudos ni superficies resbaladizas.

• La unión entre sus elementos será firme, para evitar la roturao proyección de los mismos.

• Las partes cortantes y punzantes se encontrarán siempre debi-damente afiladas.

• Las cabezas metálicas carecerán de rebabas.

• Los elementos metálicos no ofrecerán desgastes importantes,deformaciones o grietas.

• El aislamiento de las herramientas especiales para trabajoseléctricos se encontrará siempre en perfecto estado.

3.4. No se emplearán herramientas de acero, o que puedan pro-ducir chispas, en lugares en los que existan atmósferas con gasesinflamables o sustancias muy combustibles o explosivas.

2.6. Cuando los procedimientos para realizar determinadas ope-raciones señalen el uso de un tipo concreto de herramienta no seempleará otra distinta sin el pertinente estudio que determine lacorrecta adecuación de su uso.

2.7. La ubicación de una herramienta no deberá implicar riesgospara la seguridad de los trabajadores.

En su transporte en vehículo, los armarios, cajas o fundas porta-herramientas se acomodarán de forma tal que no supongan unimpedimento a la conducción segura del vehículo, evitando, ade-más, que su posible desplazamiento suponga un riesgo añadidopara el conductor y demás ocupantes del mismo.

2.8. Los trabajadores son responsables del correcto estado, lim-pieza, y cuidado en el uso de las herramientas que tengan asig-nadas. Además, estan obligados a poner en conocimiento de sujefe directo cualquier anomalía que observen en la misma.

2.9. Se comprobará el buen estado de las herramientas, preferi-blemente de acuerdo con un programa periódico de revisiones, afin de retirar o reparar las que no sean consideradas aptas paragarantizar su uso seguro.

Los departamentos de mantenimiento deberán reparar o poner apunto las herramientas manuales que les lleguen, y desechar lasque no se puedan reparar. Para ello se deberá tener en cuenta lossiguientes aspectos:

• La reparación, afilado, templado o cualquier otra operación ladeberá realizar personal especializado, para evitar, en todocaso, efectuar reparaciones provisionales.

• En general, para el tratado y afilado de las herramientas sedeberán seguir las instrucciones del fabricante.

2.10. Las herramientas que presenten defectos o deterioros queimposibiliten su uso de forma segura serán destruidas o elimina-das del centro de trabajo y sustituidas inmediatamente por otrasen las debidas condiciones.

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Capítulo XI. 135134 . Capítulo XI

4.1.3. El transporte de las herramientas se hará con el útil (ele-mento activo) quitado, salvo que se trasladen en el interior decajas o fundas que impidan cualquier contacto accidental.Los útiles se transportarán dentro de cajas o fundas apropiadas.

4.1.4. Las operaciones de mantenimiento, limpieza, colocación ocambio de útil y ajuste se realizarán con la herramienta des-conectada de su energía motriz (eléctrica, neumática, hidráu-lica, etc.) Las operaciones de mantenimiento deberá ser realizado por elpersonal autorizado para ello.

4.1.5. Cuando no se utilicen, las herramientas portátiles se des-conectarán de sus fuentes de energía y se recogerán sus posi-bles elementos auxiliares (cables, mangueras, etc.), si los hayse guardará todo en un lugar seguro, que evite su degradacióny no genere riesgos adicionales a los trabajadores.

4.2. Normas particulares para herramientas eléctricas

4.2.1. Sólo se adquirirán herramientas portátiles certificadas ycon su correspondiente marcado CE.

4.2.2. Sólo podrán emplearse herramientas portátiles eléctricas dota-das de doble aislamiento y conectadas a tomas de corriente pro-tegidas con interruptor diferencial de alta sensibilidad (30 mA).Las herramientas portátiles de mano deben ser de clase IIIcuando estas herramientas se utilicen en obras o emplazamien-tos muy conductores, tales como en trabajos de hormigonado, enel interior de calderas o de tuberías metálicas u otros análogos.

4.2.3. Queda prohibida la conexión a la red de las herramientaseléctricas sin emplear el elemento de conexión adecuado.

4.2.4. Cuando un interruptor diferencial se encuentre asociadoespecíficamente a la toma de corriente que se va a utilizar,antes de cada uso se comprobará obligatoriamente, el buenfuncionamiento de dicho interruptor, accionando su pulsadorde prueba; en otro caso, se asegurará que se ha comprobadoel correcto funcionamiento del general.

4.2.5. Se mantendrán despejadas las aberturas de ventilación dela herramienta portátil.

3.5. Cuando una herramienta no se esté utilizando, se colocarásiempre en su correspondiente portaherramientas (armario, estan-te, caja o bolsa portaherramientas personal, etc.).

3.6. Se extremarán las precauciones cuando se empleen herra-mientas en lugares elevados desde los que pudieran caer sobreotras personas. En estos casos, los responsables de los trabajosseñalarán las medidas preventivas a aplicar en cada caso concreto.

3.7. Las herramientas se transportarán siempre dentro de cajas ade-cuadas o fundas portaherramientas, de modo que no se puedan des-plazar ni salirse de las mismas. Las herramientas cortantes o pun-zantes se transportarán en todo momento debidamente protegidas.

3.8. No se depositarán ni transportarán herramientas en los bolsillosde la ropa de trabajo, puesto que dan lugar a riesgos innecesarios.

3.9. Una vez terminados los trabajos, cada operario limpiará lasherramientas utilizadas y las colocará en el portaherramientas oestante correspondiente.

4. HERRAMIENTAS PORTÁTILES

4.1. Normas generales

4.1.1. Toda entrega de una herramienta portátil a un trabajador iráacompañada de sus correspondientes instrucciones de uso.Dichas instrucciones se considerarán como una parte integralde dicho equipo y acompañarán al mismo, durante su vida útil.

4.1.2. Las herramientas estarán dotadas de las protecciones nece-sarias para que, sin entorpecer los trabajos a realizar, ofrezcan elmayor grado de seguridad a los trabajadores que las utilicen.Los trabajadores emplearán siempre las herramientas condichas protecciones colocadas, y quedará terminantementeprohibido inutilizarlas o eliminarlas.

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Capítulo XII. 137136 . Capítulo XI

MÁQUINAS

1. DEFINICIONES

Máquina: Conjunto de piezas u órganos unidos entre sí, de los cua-les uno por lo menos habrá de ser móvil y, en su caso, de órganosde accionamiento, circuitos de mando y de potencia, u otros, aso-ciados de forma solidaria para una aplicación determinada, en par-ticular para la transformación, tratamiento, desplazamiento y acon-dicionamiento de un material. Conjunto de partes o componentesvinculados entre sí, de los cuales al menos uno es móvil, asociadospara una aplicación determinada, destinado a estar provisto de unsistema de accionamiento distinto de la fuerza humana.

También se considera como «máquina» un conjunto de máquinasque, para llegar a un mismo resultado, estén dispuestas y accio-nadas para funcionar solidariamente.

Se considerará igualmente como «máquina» un equipo intercam-biable que modifique la función de una máquina, que se ponga enel mercado con el objeto de que el operador lo acople a una máqui-na, a una serie de máquinas diferentes o a un tractor, siempre queeste equipo no sea una pieza de recambio o una herramienta.

Se entiende por componente de seguridad, el componente que noconstituye un equipo intercambiable, y que el fabricante, o surepresentante legalmente establecido en la Comunidad Europea,comercialice con el fin de garantizar, mediante su utilización, unafunción de seguridad y cuyo fallo o mal funcionamiento ponga enpeligro la seguridad o la salud de las personas expuestas.

2. REQUISITOS EXIGIBLESEN LA ADQUISICIÓN DE MÁQUINAS

2.1. Las máquinas que estén provistas de marcado CE y vayanacompañadas de declaración CE de conformidad cumplen con losrequisitos esenciales de seguridad y salud relativos al diseño yfabricación de las máquinas. Por tanto, tan sólo se adquiriránmáquinas provistas del mismo.

4.2.6. El operario se abstendrá de intentar realizar reparaciones porsu cuenta sin el conocimiento y autorización de su mando direc-to cuando se produzca algún fallo en la herramienta o se apre-cie deterioro en el aislamiento de su cable de alimentación.

4.2.7. No se debe exponer la herramienta portátil eléctrica a lahumedad o a la lluvia si no dispone de un grado especial deprotección contra el contacto con el agua.

4.2.8. Sólo se emplearán lámparas portátiles alimentadas portensión de seguridad no superior a 24 voltios.

4.3. Normas particularespara herramientas neumáticas

4.3.1. Sólo se emplearán las herramientas neumáticas que cum-plan los siguientes requisitos:• Gatillos del tipo que impida el accionamiento involuntario.• Válvulas con cierre automático al dejar de ser presionado su

mando de accionamiento.• Sus conexiones estarán firmemente unidas a las conduccio-

nes de aire a presión.

4.3.2. Al conectar la herramienta a la manguera, el trabajadordebe cerciorarse de su perfecto acoplamiento.

4.3.3. Antes de abrir la llave de la manguera debe cerrarse siem-pre la llave del aire de la herramienta.

4.3.4. Queda absolutamente prohibido cambiar de herramienta ollevar a cabo cualquier otra manipulación, y se debe mantenerdoblada la manguera de alimentación sin cerrar su llave de paso.

4.3.5. No se debe acoplar a la máquina ningún accesorio que noesté recomendado por el fabricante, debido al riesgo de quepueda salir despedido.

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Capítulo XII. 139138 . Capítulo XII

• En este último caso, también se incluirán las instruccionesde aprendizaje para el uso de las herramientas.

• Las instrucciones de mantenimiento periódico y más concre-tamente, las referentes a los elementos que garanticen elfuncionamiento seguro de la máquina.

2.4. El manual de instrucciones incluirá los planos y esquemasnecesarios para poner en servicio, conservar, inspeccionar, com-probar el buen funcionamiento y, si fuera necesario, reparar lamáquina, además de cualquier otra instrucción pertinente, enparticular, en materia de seguridad.

2.5. En el manual de instrucciones se darán indicaciones sobreel ruido aéreo emitido por la máquina.

3. MÁQUINAS-HERRAMIENTA

3.1. Se seguirán de modo general las premisas definidas en elCapítulo 10 “Equipos de Trabajo” de este manual.

3.2. Si fuera necesario para garantizar la seguridad o la salud de lostrabajadores, los equipos de trabajo y sus elementos deberán estabi-lizarse por fijación o por otros medios, con vistas a evitar que vuelque,bascule o se desplace intempestivamente por pérdida de estabilidad.

3.3. Todas las partes de las máquinas en las que exista algún ries-go de atrapamiento, golpe, proyección, corte, etc., y en los que eltrabajador no realice acciones operativas, dispondrán de resguardoseficaces para cuya apertura sea preciso el uso de herramientas.

3.4. Los puntos de operación en los que existan riesgos de atra-pamiento, golpes, proyecciones, cortes, etc., estarán dotados deresguardos o dispositivos de protección, fijos o regulables, quereduzcan en todo lo posible la accesibilidad a las zonas peligro-sas y recojan al máximo las proyecciones que puedan producirse.

2.2. Cada máquina llevará, como mínimo, y de forma visible,legible e indeleble, como mínimo las indicaciones siguientes:

• Razón social y Dirección completa del fabricante.

• Marcado CE.

• Designación de la serie o el modelo.

• Número de serie, si existiera.

• El año de fabricación.

Además, la máquina diseñada y fabricada para utilizarse en unaatmósfera potencialmente explosiva debe llevar el marcadocorrespondiente.

2.3. Cada máquina llevará un manual de instrucciones redactadoen castellano en el que se indique, como mínimo, lo siguiente:

• El recordatorio de las indicaciones establecidas para el marca-do –con excepción del número de serie–, completadas, en sucaso, por las indicaciones que permitan facilitar el manteni-miento (por ejemplo, dirección del importador, de los repara-dores, etc.).

• Las condiciones previstas de utilización.

• El o los puestos de trabajo que puedan ocupar los operadores.

• Las instrucciones para que puedan efectuarse sin riesgo lassiguientes acciones:

• La puesta en servicio.

• La utilización.

• La manutención, con la indicación de la masa de la máqui-na y sus diversos elementos cuando, de forma regular,deban transportarse por separado.

• La instalación.

• El montaje y el desmontaje.

• El reglaje.

• El mantenimiento (conservación y reparación).

• Las características básicas de las herramientas que puedanacoplarse a la máquina, si fuera necesario.

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Capítulo XII. 141140 . Capítulo XII

3.11. Las máquinas-herramientas alimentadas por energía eléc-trica dispondrán de una protección que evite su puesta en funcio-namiento de forma intempestiva, al reponerse la alimentacióndespués de una interrupción del suministro eléctrico.

3.12. La máquina herramienta deberá disponer de una parada deemergencia siempre que las medidas de protección no sean adecua-das para evitar el riesgo cuando se produzca algún suceso peligroso.

3.13. Con el fin de evitar situaciones peligrosas, se deben pro-teger los órganos de accionamiento de las máquinas de maneraque se impida un accionamiento involuntario por parte del propiooperador o de otra persona; o debido a la caída de un objeto sufi-cientemente pesado, al efecto de las vibraciones, al de las fuer-zas de aceleración o a la rotura de un muelle.

Se muestran a continuación ejemplos que permiten suprimirdicho riesgo: pulsador encastrado, pedal cubierto y cerrado late-ralmente, sistema que bloquee la palanca en la posición de para-da y barra fija delante de una palanca de mando.

3.14. El ajuste de los útiles, platos, mandriles, portaherramien-tas, etc., se llevará a cabo, únicamente, con sus herramientasespecíficas, que deberán ser retiradas siempre antes de poner enmarcha la máquina.

3.5. Queda absolutamente prohibida la puesta en marcha de lasmáquinas sin la previa colocación y ajuste de todos los resguar-dos o dispositivos de protección.

3.6. Las máquinas accionadas por energía eléctrica dispondránde protección por puesta a tierra e interruptor diferencial.

Todos sus elementos en tensión se mantendrán permanentemen-te aislados.

3.7. Los Responsables de las distintas Empresas o ÁreasFuncionales comprobarán periódicamente, por sí mismos o pordelegación en una persona cualificada, el buen estado y correctouso de todos los resguardos y dispositivos de protección de lasmáquinas-herramientas.

Igualmente, comprobarán su correcto funcionamiento y adecuadautilización.

3.8. Cuando un trabajador aprecie la inexistencia, el deterioro oel mal funcionamiento de los resguardos o dispositivos de protec-ción de alguna máquina - herramienta, se abstendrá de utilizarlay lo pondrá en conocimiento inmediato de su mando directo.

Actuará del mismo modo cuando aprecie anomalías en su funcio-namiento.

3.9. Las máquinas averiadas o carentes de las necesarias protec-ciones se mantendrán con los dispositivos de conexión bloquea-dos en una posición que aísle y deje sin energía motriz los ele-mentos de la máquina, y con la correspondiente señalización depeligro y prohibición de maniobrar situada en sus mandos.

3.10. Los sistemas de puesta en marcha de las máquinas serándel tipo que no permite su accionamiento involuntario y estaránperfectamente diferenciados de los de parada.

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Capítulo XII. 143142 . Capítulo XII

trados específicamente como EPI para la realización de un trabajodeterminado, u otros complementos que puedan engancharsedurante la ejecución de los trabajos sobre máquinas - herramientas.

3.23. La ropa de trabajo deberá ajustarse bien al cuerpo del tra-bajador y disponer de mangas con terminaciones elásticas.

• Se llevará siempre completamente cerrada o abotonada.

• No se permitirán modificaciones momentáneas y/o permanen-tes en la ropa de trabajo (remiendos, añadidos de bolsos, ropacon cortes o jirones, remangado de mangas, etc.).

3.24. Los trabajadores que lleven pelo largo deberán recogerlocon redecillas, cascos o gorros durante el desarrollo de su tarea.

3.25. Para los trabajos con máquinas - herramientas es obliga-torio el empleo de gafas o pantalla y botas de seguridad, sin per-juicio de otros equipos de protección que pudieran ser requeridos.

3.26. Los operarios mantendrán las máquinas que utilicen y suentorno en buen estado de limpieza y libres de obstáculos.

Los desechos serán depositados en los recipientes colocados alefecto en la proximidad de los puestos de trabajo y se llevarán acabo las labores de limpieza que sean necesarias.

Se cuidará que los vertidos o salpicaduras de los aceites de corteo taladrinas no alcancen el suelo.

3.27. Queda totalmente prohibido llevar a cabo operaciones demantenimiento, limpieza, ajuste, colocación o cambio de útil opiezas, etc., con la máquina en marcha.

3.28. Las operaciones de limpieza de la maquinaria se haránsiempre empleando cepillos, ganchos, rascadores, etc.; quedaprohibido hacerlo con la mano o con aire a presión.

3.15. Sólo se emplearán los útiles adecuados para cada tipo detrabajo, debiendo comprobarse su buen estado antes de su colo-cación o uso y convenientemente afilados en cada caso.

3.16. Antes de comenzar a operar con una máquina - herramien-ta se comprobará que tanto su útil como todos sus elementosajustables están correctamente apretados y que la pieza a meca-nizar se encuentra bien sujeta.

3.17. La mecanización de piezas se hará siempre teniendo aaquéllas perfectamente sujetas, preferiblemente por mediosmecánicos fijos, y con las manos del trabajador situadas fuera delas zonas peligrosas.

3.18. En la alimentación manual de las máquinas para trabajarmadera, es obligatorio el empleo de empujadores que impidan elcontacto accidental del útil con las manos del trabajador.

Antes de su mecanización, se comprobará el buen estado de laspiezas de madera y la inexistencia de elementos metálicos en lasmismas.

3.19. Queda prohibido depositar sobre las máquinas cualquierobjeto distinto de la pieza sobre la que se trabaje.

3.20. Nunca se emplearán las manos, ni herramientas u otrosobjetos, para detener o frenar el movimiento de las máquinas.

3.21. Las máquinas que generen virutas estarán dotadas de úti-les que eviten que éstas alcancen una longitud excesiva.

3.22. Queda prohibido que los operadores habituales u ocasiona-les de máquinas-herramientas lleven relojes, anillos, pulseras, cade-nas, pendientes, bufandas, etc., y, en su caso, guantes no suminis-

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Capítulo XIII. 145144 . Capítulo XII

EQUIPOS DE TRACCIÓN MECÁNICA DE CARGAS

1. GRÚAS

1.1. Normas generales

1.1.1. Las grúas, cualquiera que sea su tipo, sólo podrán ser mane-jadas por operarios que hayan recibido la formación adecuada yestén autorizados por el Responsable de la instalación.

1.1.2. En ningún caso se podrá superar la carga máxima útil quecorresponda a cada posición de trabajo de la grúa.Del mismo modo, nunca se superará la carga máxima señala-da en las especificaciones de sus elementos auxiliares: gan-chos, cables, cadenas, eslingas, etc.

1.1.3. Las grúas estarán equipadas, obligatoriamente, con loscorrespondientes limitadores de carga y de recorrido de susdiferentes movimientos.

1.1.4. Antes de conectar el interruptor de los aparatos de izar, severificará que los mandos se encuentran en punto muerto.

1.1.5. Antes de mover las cargas, se comprobará su completaestabilidad y buena sujeción.Si una vez iniciada la maniobra se observa que la carga noestá correctamente colocada, el maquinista deberá interrum-pir la operación y bajarla lentamente para su arreglo.

1.1.6. Todos los desplazamientos de las cargas se harán lenta-mente, evitando siempre los movimientos bruscos.

1.1.7. Las cargas se desplazarán a la menor altura posible.Los movimientos sin carga se harán con el gancho elevado.

1.1.8. Se prohíbe elevar cargas que no se encuentren completa-mente libres.

1.1.9. La elevación y el descenso de las cargas se hará siempre ensentido vertical. En cualquier otro caso, se estudiará previa-mente la maniobra, adoptando cuantas medidas sean precisaspara evitar riesgos adicionales a trabajadores e instalaciones.

3.29. Toda reparación de las máquinas se llevará a cabo tras ase-gurar el bloqueo de los dispositivos de conexión que evite su pues-ta en marcha accidental. Además, deberá señalizarse el peligroexistente y la prohibición de maniobrar situada en sus mandos.

3.30. El manual de instrucciones estará disponible a pie demáquina.

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Capítulo XIII. 147146 . Capítulo XIII

rán los movimientos y/o desplazamientos de las máquinas, demanera que no invadan las zonas de peligro en las situacionesmás desfavorables (máximas elevaciones o desplazamientosde las partes móviles), teniendo en cuenta también las máxi-mas oscilaciones de los cables y cargas suspendidas; se acti-varán los mecanismos de limitación de movimientos y se vigi-lará alguna de las siguientes precauciones:• Descargo de la línea.• En el caso de que los equipos o máquinas tengan que colo-

carse en una situación desde la que pudieran alcanzar lazona de peligro o los elementos en tensión debido a unafalsa maniobra, se deberán poner barreras protectoras sufi-cientemente resistentes. Junto a esto, es esencial la funciónde vigilancia del «trabajador autorizado», que debe contro-lar en todo momento las operaciones críticas con el fin deanticipar las situaciones de riesgo y advertir de ello al ope-rador que realiza la maniobra.

• Guardar distancias de seguridad, que serán, como mínimo,de 10 metros para tensiones de 50 kV ó más, y de 5 metrospara menos de 50 kV.En los parques de intemperie de subestaciones podrá redu-cirse la distancia de 10 a 5 metros si a las precaucionesseñaladas se añade un estudio de la ubicación y los movi-mientos de la grúa, y se redacta un procedimiento específi-co para la ejecución de los trabajos.

1.1.10. El operador de la grúa deberá tener la carga a la vistadurante todo su recorrido.Cuando no pueda observar la carga durante todo su desplazamien-to, la operación deberá ser dirigida por otro, u otros trabajadores,perfectamente formados y adiestrados para llevar a cabo este tipode maniobras, y empleando el código de señales establecido.Los encargados de las señales deberán poder seguir visual-mente el desarrollo de las maniobras sin peligro, y deberándedicarse exclusivamente a dirigir las maniobras y a la segu-ridad de los trabajadores situados en las proximidades.

1.1.11. A menos que fuera necesario para efectuar correctamen-te las tareas, el Jefe de Trabajo deberá tomar medidas paraevitar la presencia de trabajadores bajo cargas suspendidas.

1.1.12. La zona de operación deberá estar libre de obstáculos, seña-lizada y acotada previamente para evitar el paso de personalmientras dure la maniobra. No estará permitido el paso de car-gas suspendidas o ganchos y eslingas vacías sobre las personas.

1.1.13. Queda absolutamente prohibido el transporte de personassobre cargas, ganchos o eslingas vacías.

1.1.14. Cuando no pueda evitarse que los objetos transportadosgiren, se guiarán en su desplazamiento utilizando cuerdasdesde un lugar seguro.

1.1.15. Queda prohibido dejar los aparatos de izar con las cargassuspendidas.El operador nunca dejará el puesto de mando con el aparatoen carga.

1.1.16. Nunca se efectuarán contramarchas, salvo en casos deemergencia.

1.1.17. Se evitará que el gancho de las grúas se apoye sobre elsuelo u otros objetos, para que el cable no pierda tensión.

1.1.18. Antes de iniciar el uso de los aparatos de elevación se com-probará la inexistencia de obstáculos en su campo de acción.De existir, se tomarán las medidas precisas para limitar sumovimiento e impedir posibles choques.

1.1.19. Cuando se empleen grúas para la realización de trabajosen proximidad de líneas eléctricas se delimitarán o restringi-

Forma de proceder en el caso de contacto eventual de la grúacon una línea eléctrica en tensión, para evitar electrocuciones

• El operador de la grúa debe permanecer dentro de la cabina.

• Los demás trabajadores deben mantenerse lejos de la grúa y de su carga.

• El operador de la grúa intentará separarla moviéndola en sentido contrarioal que ha provocado el contacto.

• Si la grúa no puede separarse, el operador debe permanecer dentro dela cabina hasta que la línea sea desconectada.

• Si el operador de la grúa se viese absolutamente obligado a abandonarla,deberá hacerlo saltando con los pies juntos lo más alejado posible de lamáquina para evitar contacto simultáneo entre ésta y tierra.

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Capítulo XIII. 149148 . Capítulo XIII

Cuando vayan a entrar en contacto con ángulos o aristas vivasse colocarán cantoneras de protección.Se desecharán los que presenten nudos, hilos rotos y deforma-ciones permanentes.

1.2.4. Cuerdas:Su factor mínimo de seguridad será “diez”.No se deslizarán sobre superficies ásperas o en contacto contierra, arena o sobre ángulos o aristas cortantes, salvo quevayan protegidas.Se desecharán las que presenten deterioros apreciables.

1.2.5. Almacenamiento:Cuando no deban utilizarse, las cadenas, cables, cuerdas yeslingas se almacenarán correctamente enrolladas y en luga-res libres de humedad, calor excesivo o presencia de sustan-cias cáusticas o corrosivas.Queda prohibido dejarlas tiradas tras su empleo en lugaressucios o húmedos, en zonas de circulación de vehículos,donde puedan recibir golpes o en la proximidad de lugares enlos que se realicen trabajos de soldadura y, en general, encualquier sitio en el que puedan sufrir deterioros.

1.3. Normas específicas para camiones-grúa

1.3.1. Antes de su emplazamiento, se comprobará que el terrenoofrece suficiente resistencia para que los apoyos no se hundandurante la ejecución de las maniobras.

1.3.2. La grúa se situará evitando las irregularidades del terreno,explanando la superficie si fuera preciso.

1.3.3. Antes de iniciar los trabajos, se comprobará que la máqui-na queda perfectamente nivelada.

1.3.4. Si durante la ejecución de las maniobras se observa elhundimiento de algún apoyo, se detendrán inmediatamente.

1.3.5. Trabajo sobre estabilizadores:• Siempre que sea posible, la grúa trabajará sobre estabilizadores,

aunque la carga a elevar permita hacerlo sobre los neumáticos.• Los brazos soporte de los estabilizadores se extenderán com-

pletamente.

1.1.20. Como norma general, se suspenderá el trabajo cuando lavelocidad del viento alcance los 50 Km/h, salvo que en elmanual de instrucciones facilitado por el fabricante del apa-rato se señale una velocidad diferente, o cuando se haya lle-vado a cabo un montaje especial para trabajar en condicionesmás desfavorables realizado por una empresa especializada yautorizada, que facilitará el correspondiente certificado.

1.1.21. Cuando no se utilicen los aparatos de elevación, se toma-rán las medidas precisas para imposibilitar que el personal noautorizado pueda utilizarlos (cabinas cerradas con llave, blo-queo de interruptores, etc.).

1.2. Aparejos de izar

1.2.1. Ganchos:Su factor de seguridad mínimo será “cuatro” para la carganominal máxima.Cuando se empleen para el transporte de materiales peligro-sos, el factor de seguridad será “cinco”.Dispondrán siempre de pestillo de seguridad u otro dispositivopara evitar que la carga pueda salirse.Se desecharán aquéllos que presenten grietas, deformaciones,corrosión o apertura excesiva (más del 15% de la distancia nor-mal entre el vástago y el punto más cercano al extremo abierto).

1.2.2. Cadenas:Su factor de seguridad será al menos de “cinco” para la carganominal máxima.Si llevan anillos, ganchos, eslabones, argollas o cualquier otroimplemento, éstos serán del mismo material que la cadena ala que vayan fijados.Se prohíben los empalmes atornillados.Se desecharán las que presenten grietas, cortes o estríastransversales, eslabones doblados o desgastados, corrosión,alargamiento anormal o desgaste excesivo.Los eslabones desgastados o en mal estado deben ser corta-dos y reemplazados de inmediato.

1.2.3. Cables:Su factor de seguridad no será inferior a “seis”.Los ajustes de los ojales y lazos para ganchos, anillos y argo-llas, estarán provistos de guardacabos resistentes.

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Capítulo XIII. 151150 . Capítulo XIII

1.5. Eslingado de cargas

1.5.1. Sólo se llevará a cabo por trabajadores suficientementeformados y adiestrados en este tipo de operaciones.

1.5.2. Los trabajadores que manejen las cargas irán provistos decasco, guantes y botas de seguridad con puntera reforzada,con independencia de que, además, deban emplear otrosequipos de protección individual.

1.5.3. Antes de su utilización, se inspeccionarán cuidadosamentelas eslingas para comprobar que se encuentran en buen estado.

1.5.4. Nunca se sobrecargarán las eslingas, por lo que se elegi-rán las adecuadas en función de la carga a soportar.

1.5.5. Cálculo de la carga efectiva.

1.5.5.1. La carga efectiva de trabajo se calculará multiplicandoel peso de la carga por un coeficiente corrector en función delángulo que formen los ramales, según el siguiente cuadro:

1.5.5.2. Cuando se utilicen varios ramales se tomará siempreel ángulo mayor formado por ramales opuestos.

1.5.5.3. La carga de maniobra de una eslinga de 4 ramales se cal-cula partiendo del supuesto de que el peso es sustentado por:• 3 ramales, en cargas flexibles.• 2 ramales, si la carga es rígida.

1.5.5.4. Si se desconoce el peso de la carga se obtendrá unaaproximación por exceso, cubicándola y multiplicando elresultado por su densidad.

Densidades relativas: • Madera: 0,8 Kg/dm3

• Piedra y hormigón: 2,5 Kg/dm3

• Acero, hierro: 8 Kg/dm3

1.5.6. Siempre que sea posible, el ángulo entre ramales no deberásuperar los 90º, para lo cual se elegirán de la longitud adecuada.

• Los neumáticos quedarán totalmente separados del suelo.• Si el terreno es arcilloso o no ofrece suficientes garantías,

debe aumentarse el reparto de la carga incrementando lasuperficie de apoyo mediante traviesas de ferrocarril o tablo-nes de, al menos, 80 mm de espesor y 1 m de longitud, cru-zando los tablones de cada capa sobre los de la anterior.

1.3.6. Trabajo sobre ruedas:

1.3.6.1. Si es preciso trabajar sobre neumáticos, se llevarána cabo las siguientes operaciones:

• Se corregirá su presión de inflado hasta la señalada por elfabricante para este supuesto.

• Se bloqueará la suspensión del vehículo portante.• Se mantendrá echado y bloqueado el freno de mano.• Se calzarán las ruedas de manera efectiva.

1.3.6.2. Cuando sea absolutamente necesario el desplaza-miento del vehículo con la carga suspendida, se deberáncumplir los siguientes requisitos:

• Que la operación la dirija un encargado responsable.• Analizar previamente el terreno para confirmar que ofrece

seguridad para la circulación, la inexistencia de obstáculos,desniveles o líneas eléctricas, etc.

• Mantener la carga lo más baja posible.• Procurar que el balanceo de la carga sea mínimo y circular

a velocidades reducidas.

1.4. Normas específicas para camionescon un elemento para autocarga

1.4.1. Los camiones que dispongan de un elemento grúa para lacarga o descarga de su propia “caja” no podrán utilizar dichoelemento para otro fin distinto a éste.

1.4.2. Las operaciones de carga o descarga se realizarán sobreterrenos lo más nivelados posible, de manera que se minimi-ce la posibilidad de vuelco.

1.4.3. En terrenos en pendiente se calzará convenientemente elvehículo y se mantendrá echado el freno de mano.

1.4.4. Ante la presencia de riesgo de vuelco o desplazamiento delvehículo se debe evitar la presencia de personas del ladohacia donde se prevé el posible desplazamiento.

ÁNGULOENTRE

RAMALES 0º 40º 50º 60º 70º 80º 90º 100º 110º 120º 130º 140º 150º 160º

COEFICIENTE

CARGAº

1

2cos1,00 1,06 1,10 1,16 1,22 1,31 1,42 1,56 1,75 2,00 2,37 2,93 3,86 5,76

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Capítulo XIII. 153152 . Capítulo XIII

Para ello se cumplirán minuciosamente todas las instruccionesfacilitadas por el fabricante de los aparatos y, en todo caso:

• El maquinista revisará antes de su uso los elementos someti-dos a esfuerzo y los frenos.

• Mensualmente se revisarán todos los dispositivos de seguridad.

• Trimestralmente se llevará a cabo una revisión a fondo del aparato.

El resultado de las revisiones, las operaciones de mantenimiento,así como todas las averías e incidencias se reflejarán en el corres-pondiente Libro de Registro de cada aparato.

Cuando las grúas no vayan a utilizarse durante un período prolon-gado de tiempo, quedarán en situación de “fuera de servicio”.Antes de su primer uso, serán sometidas a una revisión a fondo.

2. CARRETILLAS MECÁNICAS

2.1. Las carretillas elevadoras sólo podrán ser manejadas por perso-nal que posea formación específica en el tipo de carretilla a manejar.

2.2. Sólo podrán emplearse carretillas que estén dotadas de:

• Freno de inmovilización que permita mantenerlas con su cargamáxima en la pendiente máxima admisible.

• Dispositivo de desconexión –por ejemplo, una llave– que impi-da que la utilice una persona no autorizada.

• Bocina y avisador acústico de marcha atrás, de conexión auto-mática.

• Señalización luminosa destelleante de marcha, de conexiónautomática.

• Iluminación propia, si se utilizan para trabajar en lugaresinsuficientemente iluminados.

• Pórtico de seguridad que proteja al trabajador frente a los ries-gos de caída de la carga y vuelco de la carretilla.

• Asiento ergonómico envolvente y provisto de sistema de amor-tiguación de vibraciones.

1.5.7. La carga quedará sujeta de forma que no pueda deslizar-se, debiendo emplearse distanciadores si es preciso.En la elevación de piezas de gran longitud, deberán emplear-se pórticos.

1.5.8. Se evitará subir a las cargas para su amarre.

1.5.9. Los ramales de eslingas distintas no montarán uno sobreotro en el gancho.

1.5.10. Las eslingas nunca se apoyarán sobre aristas vivas, paralo que se intercalarán cantoneras o escuadras de protección.

1.5.11. Antes de proceder al izado de la carga, ésta se elevaráligeramente sobre el suelo (a una altura no superior a 10 cen-tímetros), tensando suavemente las eslingas para verificar subuen amarre y equilibrio.Durante esta operación no se tocarán las eslingas ni la carga,y los trabajadores se alejarán de ella.

1.6. Normas específicas para puentes-grúa

1.6.1. El acceso a la cabina y a los pasillos del puente se harápor medio de escaleras o escalas fijas dotadas de los elemen-tos de protección precisos para hacer segura su utilización.

1.6.2. Los pasillos y plataformas dispondrán de las preceptivasbarandillas de protección.

1.6.3. Antes de cualquier desplazamiento, el maquinista debeasegurarse de que no existen personas u objetos sobre elpuente o sobre las vías de rodadura.

1.6.4. Dispondrán de dispositivos de señales sonoras.

1.6.5. Cuando deba abandonarse el puesto de mando, aunquesea momentáneamente, se asegurará la imposibilidad de tras-lación o puesta en marcha intempestiva.

1.7. Revisiones y mantenimiento

Los aparatos de elevación, todos sus elementos auxiliares y los dis-positivos de seguridad, serán sometidos periódicamente a las revi-siones y operaciones de mantenimiento precisas para asegurar superfecto funcionamiento, realizadas por personal competente.

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Capítulo XIII. 155154 . Capítulo XIII

2.5. Circulación de las carretillas

2.5.1. La velocidad máxima de circulación para las carretillas sefija en 10 Km/h.

2.5.2. En la utilización de las carretillas, se respetarán las nor-mas del Código de Circulación vigente.

2.5.3. Características de las vías de circulación

2.5.3.1. Los suelos deberán ofrecer la resistencia necesariapara las cargas máximas a soportar y ser antideslizantes.Serán lisos y se mantendrán permanentemente limpios ylibres de materiales u obstáculos.

2.5.3.2. Siempre que sea posible, se delimitarán y señalizaránpasillos de sentido único para la circulación de las carretillas.La anchura de dichos pasillos no deberá ser inferior a la anchu-ra del vehículo o a la de la carga, incrementada en 1 metro.Si es necesario aceptar la circulación en doble sentido, laanchura de los pasillos no debe ser inferior a dos veces laanchura de los vehículos o de las cargas, incrementada en1,40 metros.

2.5.3.3. Siempre que sea posible, se prohibirá la presencia depersonas en las zonas de movimiento de las carretillas.Si ello es imposible, se dispondrán vías de circulación obli-gatoria, diferenciadas para las personas y las carretillas,convenientemente señalizadas.

2.5.3.4. Las intersecciones de vías se limitarán al mínimoestrictamente necesario, estableciendo las prioridades depaso mediante la pertinente señalización.

2.5.3.5. En los cruces sin visibilidad, o con visibilidad insufi-ciente, se situarán espejos que permitan observar las vías deintersección.

2.5.3.6. Los obstáculos fijos situados en las zonas de paso de lascarretillas, tales como canalizaciones aéreas, entramados, vigaso columnas, se encontrarán convenientemente señalizados.

2.5.3.7. Las zonas de maniobra y circulación de las carretillasse mantendrán siempre perfectamente iluminadas.

2.5.4. Se reducirá la velocidad en los lugares de poca visibilidad,así como en aquéllos en los que el pavimento se presente irre-gular, húmedo o deslizante.

• En las de combustión interna, protector térmico del tubo deescape y sistema “apagachispas”.

2.3. En locales con escasa ventilación, sólo se emplearán carre-tillas eléctricas.

2.4. Manejo de cargas

2.4.1. En ningún caso se superará la capacidad nominal de cargade las carretillas.

2.4.2. Sólo se manejarán cargas estables y correctamente estibadas.

2.4.3. La carga quedará lo más cerca posible del mástil de lacarretilla.

2.4.4. Para la descarga en apilamientos o estanterías, se llevarána cabo las siguientes operaciones:• Situar la carretilla frente al lugar previsto y en la posición

prevista para depositar la carga.• Elevar la carga hasta la altura necesaria, manteniendo la

carretilla frenada.• Avanzar la carretilla lentamente hasta que la carga se

encuentre sobre el lugar de descarga.• Situar las horquillas en posición horizontal y depositar la

carga con suavidad, separándose luego lentamente.Las mismas operaciones se efectuarán a la inversa, en caso dedesapilado.

(Ver figura Nº 1)

Figura 1

A B C D

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Capítulo XIII. 157156 . Capítulo XIII

2.6. En cualquier operación con la carretilla, el conductor semantendrá totalmente dentro de la cabina, sin inclinarse hacia elexterior ni sacar ninguna parte de su cuerpo fuera de ella.

2.7. Cuando se maneje la carretilla durante más de una hora den-tro de la jornada laboral, y siempre que se circule por superficiesirregulares, es obligatorio el uso del cinturón lumbo - abdominal.

2.8. Siempre que el conductor abandone la carretilla debe ase-gurarse de que la horquilla se encuentra en la posición más bajaposible, que las palancas están en punto muerto, el motor para-do, los frenos echados y el dispositivo de desconexión accionadoy retirado.

Si la carretilla está en pendiente, se calzarán las ruedas.

2.9. Nunca se estacionarán carretillas, ni por un corto período detiempo, en lugares de poca visibilidad o en los que pueda entor-pecer la circulación o el funcionamiento de otros vehículos, apa-ratos o personas.

2.10. Cuando termine su uso en la jornada laboral, el conductordejará aparcada la carretilla en el lugar destinado al efecto.

2.11. Revisiones y mantenimiento

Las carretillas elevadoras, todos sus elementos auxiliares y sus dis-positivos de seguridad serán sometidos periódicamente a las revi-siones y operaciones de mantenimiento necesarias para asegurarsu correcto funcionamiento, realizadas por personal cualificado.

Para ello, se seguirán las normas elaboradas por el fabricante,que obligatoriamente debe facilitarlas por escrito.

En todo caso, antes de su utilización en la jornada de trabajo, elconductor de la carretilla debe realizar una inspección que con-temple los siguientes puntos:

2.5.5. En los cruces se reducirá siempre la velocidad, aunque setenga prioridad de paso, y se hará sonar la bocina.

2.5.6. Queda prohibido transportar pasajeros en las carretillas,así como emplearlas para elevar personas.

2.5.7. Las cargas se transportarán con la horquilla baja, a unos 15centímetros del suelo y con el mástil inclinado hacia atrás.

2.5.8. Se evitarán las paradas y arranques bruscos y los virajes rápidos.

2.5.9. Siempre que sea posible se circulará hacia adelante, man-teniendo permanentemente a la vista el camino que se recorre.

2.5.10. Cuando el volumen de la carga dificulte la visibilidad secirculará marcha atrás, disminuyendo la velocidad.

2.5.11. Queda prohibido efectuar movimientos de elevación obajada de las cargas simultáneamente con otros movimientosde la carretilla.

2.5.12. La circulación sin carga se hará siempre con las horqui-llas bajas.

2.5.13. Circulación por rampas:• En las rampas, se circulará siempre según la línea de la

máxima pendiente y no se efectuarán giros.• El ascenso se hará siempre marcha adelante.• Si la inclinación de la pendiente es inferior a la máxima de

la horquilla (a < ß) se podrá descender de frente, llevandoel mástil en su inclinación máxima.

• Si el descenso ha realizarse por pendientes superiores a lainclinación máxima de la horquilla (a > ß), deberá hacersemarcha atrás.

(Ver figuras Nº 2 y 3)

Figura 3

Descenso si a < ß Descenso si a > ß

ß

a a

ß

Figura 2

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Capítulo XIII. 159158 . Capítulo XIII

3.3. El perímetro de la vertical de los contrapesos de tensiónestará protegido de forma que los trabajadores no puedan acce-der a dicha zona.

3.4. Cuando las cintas se encuentren al nivel del piso o discurranpor fosos estarán protegidas por las correspondientes barandillas.

3.5. La parte superior de las tolvas de alimentación accesibles apersonas se encontrarán, como mínimo, a una altura de 90 cmsobre el nivel del suelo o, en su defecto, protegidas por barandi-llas a dicha altura.

3.6. Las cintas de altura regulable, en las que el sistema de ele-vación es el que las mantiene en posición, estarán dotadas de undispositivo mecánico que impida su desplome en caso de fallo orotura de dicho sistema de elevación.

3.7. Las plataformas y pasillos de visita, así como sus escaleras deacceso, dispondrán de las reglamentarias barandillas de protección.

El piso de las mismas será antideslizante y permitirá la fácil elimina-ción de líquidos, debiendo mantenerse limpias y libres de obstáculos.

3.8. Queda absolutamente prohibido viajar en las cintas.

3.9. Igualmente, queda terminantemente prohibido cruzar lascintas por lugares distintos a los dispuestos para tal fin.

Las pasarelas para el paso elevado dispondrán de las reglamenta-rias barandillas de protección, su piso será antideslizante y dre-nará con facilidad. Se mantendrán limpias y libres de obstáculos.

Los pasos inferiores, que tendrán como mínimo 2 metros de altu-ra, estarán protegidos mediante la colocación de planchas o pan-tallas, o por carenado completo de la cinta, que impidan cual-quier contacto accidental con ella y recojan con seguridad losmateriales que pudieran caer de la misma.

• Ruedas (bandas de rodaje y presión).

• Estado de los brazos y su fijación.

• Circuito hidráulico para detectar fugas.

• Niveles de aceite.

• Frenos.

• Dispositivos de seguridad y mandos.

El resultado de las revisiones periódicas, las operaciones de man-tenimiento, así como todas las averías e incidencias se reflejaránen el Libro de Registro de que dispondrá cada vehículo.

2.12. Carretillas averiadas

En caso de detectarse alguna deficiencia en el estado o en el fun-cionamiento de la carretilla, su conductor lo comunicará inmedia-tamente a su jefe inmediato, y no se utilizará hasta que haya sidoreparada.

Las carretillas averiadas deberán quedar claramente fuera de ser-vicio, y convenientemente señalizadas con la indicación de “ave-riada” y la prohibición de utilizarla.

3. CINTAS TRANSPORTADORAS

3.1. Los tambores estarán protegidos mediante resguardos fijosque impidan el contacto o atrapamiento con elementos móviles.

Dichos resguardos serán de rejilla metálica para permitir la visiónde la cinta y cubrirán los soportes de los tambores, extremos delos ejes, etc.

3.2. Los rodillos de presión, los tambores de tensión, los siste-mas retráctiles y de descarga intermedia móvil, etc., que seanaccesibles a los trabajadores, se protegerán, igualmente, con res-guardos fijos de rejilla metálica que impidan el contacto o atrapa-miento con elementos móviles.

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Capítulo XIII. 161160 . Capítulo XIII

3.15. Los dispositivos de parada de emergencia serán revisados,como mínimo, mensualmente, para comprobar su perfecto estadoy correcto funcionamiento.

3.16. Todas las reparaciones se llevarán a cabo con la cintaparada y su dispositivo de puesta en marcha bloqueado y conve-nientemente señalizado con la indicación de peligro y prohibiciónde maniobrar.

El desbloqueo y la eliminación de las señales sólo podrán ser lle-vadas a cabo por el encargado de la reparación, que previamentese habrá asegurado de la finalización de los trabajos y de la reti-rada de los materiales y los trabajadores.

3.17. Las operaciones de revisión, limpieza y mantenimiento sellevarán a cabo siguiendo las mismas normas que para la repara-ción de los equipos averiados, salvo que por el propio diseño delequipo o por la instalación de determinados dispositivos o meca-nismos, pueda hacerse en marcha sin riesgos para el personal.

4. APARATOS DE TRACCIÓN MEDIANTE CABLES

4.1. En las Empresas de Hc Energía, sólo se podrán emplear apa-ratos debidamente certificados y con su correspondiente marcado CE.

4.2. Normas de utilización

4.2.1. Antes de comenzar su utilización, el Jefe de Trabajo com-probará que se encuentran correctamente instalados y bienfijados los aparatos, sus cables y todos los elementos auxilia-res de maniobra.

4.2.2. No se fijará el aparato por otros medios que no sean supropio elemento de amarre (gancho o bulón).

4.2.3. Durante su empleo, nunca se superará la carga máxima detrabajo de los aparatos.

Cuando las cintas crucen sobre lugares de trabajo, se encontrarántotalmente carenadas o dispondrán de planchas o pantallas infe-riores que recojan con seguridad los materiales transportados queeventualmente pudieran caerse.

3.10. La circulación o estancia de personas en las proximidadesde las cintas transportadoras queda restringida al personal encarga-do de su funcionamiento, inspección, mantenimiento y reparación.

Si existen lugares en sus inmediaciones en los que no es posibleevitar la presencia de otros trabajadores o terceros, las cintas seencontrarán completamente carenadas en dichos puntos o dis-pondrán de barreras o barandillas de protección, de suficienteresistencia, que impidan el contacto accidental de aquéllos conlas cintas.

3.11. Junto a los tambores, grupos de accionamiento, rodillos depresión, sistemas de tensión, etc., existirán botoneras de paradade emergencia fácilmente accesibles al personal.

3.12. A lo largo de todo el recorrido de las cintas existirán cablesde parada de emergencia.

Los cables se mantendrán siempre correctamente tensados yactuarán cualquiera que sea el sentido y la dirección en la que setire de ellos.

3.13. Tras una parada de emergencia, el Jefe de Trabajo acudi-rá inmediatamente al lugar en el que se haya producido, paraconocer sus causas y actuar en consecuencia.

3.14. Todos los dispositivos de parada de emergencia serán delos que, una vez accionados, produzcan el bloqueo de la puestaen marcha de la cinta.

El desbloqueo sólo podrá producirse desde el punto en que seprodujo el paro de emergencia.

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Capítulo XIII. 163162 . Capítulo XIII

Igualmente, se comprobará el buen estado de los guardaca-bos, manguitos o grapas sujetacables.

4.3.3. Se tomarán las medidas necesarias para evitar que los apa-ratos sufran golpes en su carga, descarga y transporte.

4.2.4. El manejo de los aparatos se hará siempre con su mango opalanca original, y quedará prohibido incrementar su longitud.

4.2.5. La palanca la manejará un solo operario.

4.2.6. Nunca se utilizarán los aparatos como elementos de rete-nida en maniobras de equipos pesados.

4.2.7. Los aparatos no se emplearán como elementos de sujeciónfija de cables tensores de fijación para plumas, cabrias, pórti-cos, etc. previstos para maniobras pesadas.

4.2.8. No se utilizarán los aparatos como elementos de izado enmaniobras combinadas cuando el peso a elevar supere lacapacidad de cualquiera de los aparatos que se empleen.

4.2.9. Nunca se situarán trabajadores en los ángulos agudos o de“reenvío” en trabajos de arrastre de cargas pesadas, aunqueel peso de dichas cargas no supere la capacidad máxima delaparato.

4.2.10. Se evitará el deslizamiento de los cables sobre aristasvivas. En estos casos, se dispondrán elementos que impidanel deterioro del cable, preferentemente poleas.

4.2.11. Cuando el aparato deba sujetarse mediante cables a ele-mentos con aristas vivas, éstas se forrarán o protegerán paraevitar el deterioro del cable de amarre.

4.3. Revisión y mantenimiento

4.3.1. Los aparatos serán sometidos a las operaciones de manteni-miento señaladas por el fabricante en su manual de instrucciones.Su engrase se llevará a cabo desmontando la carcasa, para veri-ficar, a la vez, el buen estado de todos sus mecanismos internos.

4.3.2. Antes de comenzar su utilización en cada jornada de tra-bajo, se comprobará el estado de los ganchos, cables y todoslos elementos auxiliares.Los ganchos que presenten deformaciones o fisuras serán sus-tituidos por otros originales.Los cables que presentes hilos rotos, cocas, deformaciones,aplanamientos o destrenzados serán, igualmente, reemplaza-dos por otros idénticos a los originales.

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Capítulo XIV. 165164 . Capítulo XIV

2. DESPLAZAMIENTOS

2.1. Debe comprobarse antes de cualquier desplazamiento, elfirme de todo el itinerario que va a realizar la plataforma.

2.2. También se debe comprobar la viabilidad de la ruta previstateniendo en cuenta las dimensiones de la máquina, con el fin de evi-tar hoyos, piedras o cualquier otro obstáculo que pueda provocar laexcesiva inclinación de la máquina y consiguiente riesgo de vuelco.

2.3. Se debe estudiar la ruta sobre el terreno y no fiarse de lasapariencias.

2.4. El acceso a la cesta se realizará de maner que sea seguropara los ocupantes. La cesta, peldaños y asideros se mantendránlimpios de barro, grasa, aceites y otros productos.

2.5. Durante los desplazamientos, no se debe llevar a nadie enla cesta. Se retraerá la pluma y se bajará la cesta.

2.6. Se avanzará siempre despacio y con precaución, mirando enla dirección de la marcha y asegurándose que el camino a seguirsea perfectamente visible en todo momento.

2.7. Evitar seguir cualquier trayectoria que implique el paso de laplataforma cerca de cables de tendidos eléctricos u otras fuentesaéreas de energía eléctrica, respetando las distancias de proximidad.

3. ESTABILIDAD

3.1. Las plataformas elevadoras de personal están diseñadas paraque permanezcan estables en todas las configuraciones de la máqui-na cuando se cumplen, al mismo tiempo, las siguientes condiciones:

EQUIPOS DE ELEVACIÓNPARA TRABAJOS EN ALTURA

1. PLATAFORMAS ELEVADORAS

1.1. Para la elección de la plataforma elevadora de personal, setendrá en cuenta:

• La altura de trabajo.

• La mínima distancia de la vertical del punto de trabajo alemplazamiento de la máquina.

• La carga de la cesta necesaria para realizar el trabajo (el pesode las personas, sumando al de las herramientas y al de losmateriales).

• Las características y condiciones del terreno en el lugar delemplazamiento de la máquina.

1.2. Los diagramas de cargas y alcances de la plataforma eleva-dora de personal permitirá conocer su idoneidad para la realiza-ción del trabajo.

1.3. Sólo personal expresamente acreditado y autorizado comoOperador de plataformas elevadoras de personal podrá manejarestas máquinas.

Antes de realizar cualquier operación, se inspeccionará visual-mente todo el lugar de trabajo: condiciones del terreno, comobaches, hoyos, desniveles, pendientes, obstáculos; posibles inter-ferencias con personal dentro del campo de acción de la máqui-na; otros equipos próximos, especialmente los móviles; otras con-diciones y características del lugar de trabajo, como caída deobjetos, productos peligrosos, escapes nocivos o tóxicos, presen-cia de instalaciones eléctricas, etc.

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Capítulo XIV. 167166 . Capítulo XIV

o girar la plataforma, debe comprobarse que no haya ninguna per-sona o máquina en la trayectoria de la cesta o pluma.

4.5. Cuando la posición del carro se encuentre próxima a vías depaso de otros vehículos, se protegerá y señalizará conveniente-mente para evitar golpes o desplazamientos del carro, que supon-drían bruscos y amplios movimientos de la cesta, con gran peli-gro para sus ocupantes.

4.6. Siempre que la cesta vaya a situarse sobre áreas de trabajoo de paso de otras personas, se balizará el área de riesgo de caídade objetos desde la cesta de trabajo. En caso de trabajo itineran-te, se moverá el balizamiento, manteniéndolo en la vertical de lacesta de modo que nadie pueda situarse inadvertidamente en lazona de peligro.

4.7. Los ocupantes de la cesta irán provistos de arnés de segu-ridad y elemento de amarre, que engancharán en el dispositivoprevisto para ello dentro de la cesta. Si no dispusiera de tal dis-positivo, se engancharán a un punto que ofrezca la suficienteresistencia por dentro de la cesta. Los ocupantes deben engan-charse en el momento de subir a la cesta y no desengancharsehasta el momento de abandonarla.

4.8. Tanto el operador como el resto de ocupantes permanece-rán en la cesta con los pies sobre el piso, sin pisar el rodapié obarandillas.

4.9. Las plataformas elevadoras de personal no se utilizarán paratirar, empujar, tensar o sostener elementos, instalaciones o sus partes.La cesta no se apoyará sobre tuberías o estructuras, permaneciendosiempre soportada exclusivamente por la pluma de la máquina.

4.10. Debe evitarse trabajar con una plataforma cuya cesta opluma se encuentre dentro del radio de acción de una grúa, puen-

• Que no exista sobrecarga (por debajo de la carga máxima indicada).

• Que las ruedas, con la presión adecuada, circulen sobre superficiefirme y horizontal.

• Que see apliquen las instrucciones dadas por el fabricante.

3.2. Antes de levantar la pluma, deben considerarse todos los fac-tores que afecten negativamente a la estabilidad de la máquina.

3.3. Todo operador debe ser conocedor de las características dela máquina que maneja y de sus condiciones de estabilidad, queencontrará en el libro de instrucciones del fabricante.

3.4. Para prevenir la desnivelación de la máquina SE DEBE EVITAR:

• La falta de horizontalidad del terreno (máquina inclinada pordesnivelación de ruedas).

• La carencia de firmeza del terreno (máquina inclinada porhundimiento de una rueda).

• Presión inadecuada en un neumático.

4. OPERACIÓN

4.1. Antes de elevar la pluma, la plataforma debe encontrarsesituada sobre una superficie firme y perfectamente horizontal, conlos neumáticos inflados a la presión correcta.

4.2. La carga de la cesta no deberá sobrepasar la carga máxima.

4.3. Las cargas deben distribuirse uniformemente sobre el pisode la plataforma de trabajo. No deben manipularse materialesvoluminosos ni se deben elevar cargas con la plataforma.

4.4. El operador debe familiarizarse con los obstáculos y riesgosexistentes en la zona de trabajo. Antes de elevar, bajar, extender

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Capítulo XIV. 169168 . Capítulo XIV

5.5. Antes de comenzar a trabajar con la máquina se verificaráque todos los mandos funcionan correctamente. Se verificará,además, el nivel de la batería que suministra la energía auxiliarpara casos de emergencia.

6. RIESGOS ELÉCTRICOS

6.1. Cuando una plataforma elevadora tenga que realizar traba-jos cerca de líneas eléctricas aéreas, de modo que exista la posi-bilidad de que cualquiera de sus partes pueda entrar en Zona dePeligro, se tratará como un trabajo en proximidad y se adoptaránlas medidas recogidas en el Capítulo 16 “Trabajos en instalacio-nes eléctricas”.

6.2. En presencia de cualquier conductor o fuente de corrienteeléctrica, debe presuponerse siempre que se encuentra en ten-sión, hasta que un trabajador autorizado o cualificado, en funciónde que sea de BT o AT, no compruebe lo contrario con un equipode comprobación. Si, a pesar de todo, la plataforma entrara encontacto con un elemento en tensión, se aconseja al operador y alos ocupantes de la cesta:

• No entrar en estado de pánico y advertir a todo el que seencuentre en los alrededores que no se acerque a la plataforma.

• Bajo ninguna circunstancia se deberá intentar maniobrardesde los mandos de la consola de suelo.

• Intentar alejar la plataforma de la fuente de energía eléctricautilizando los mandos de la cesta. Es posible que conservetodas sus funciones. Si no fuera así, en ningún caso se inten-tará abandonar la cesta de la plataforma. Se esperará al des-cargo de la línea y a la ayuda apropiada para bajar.

6.3. Después de un contacto con una fuente de energía eléctrica,deberá realizarse una inspección a fondo de la máquina antes deponerla de nuevo en funcionamiento. Puede haber resultado daña-da por corrientes, arcos, calentamiento, etc. Se repasará o sustitui-

te-grúa u otra plataforma, en régimen de operación. Cuando lainterferencia sea inevitable, se establecerán las secuencias detrabajo de cada máquina y se tomarán las medidas necesariaspara evitar la colisión. En este caso, se comunicará alResponsable de la instalación antes de iniciar el trabajo.

4.11. Siempre que se trabaje en una plataforma elevadora depersonal con el carro cerca del borde de un talud o desnivel, secolocarán calzos en las ruedas de la máquina y ésta se colocará auna distancia mínima del borde de 2 m.

4.12. No se girará la plataforma o pluma por encima de otraspersonas. Si se va a trabajar sobre un área de trabajo o de paso,se balizará la zona de influencia.

5. MANDOS DE CONTROL

5.1. Las palancas que controlan las funciones de la plataformade trabajo deben estar perfectamente identificadas con rótulosescritos claramente y con símbolos de las respectivas funciones.

5.2. Los mandos de la consola de control de la cesta de trabajoestán duplicados en el panel de control desde el suelo. Los man-dos de este panel sólo se utilizarán cuando la cesta no esté ocu-pada o, si lo estuviera, en caso de que, por alguna razón, el ope-rador no pueda utilizar los de la cesta.

5.3. Los mandos deben volver a la posición neutral cuando sesueltan. Si no fuera así, no se debe operar con la plataforma paraelevación de personal.

5.4. Cuando un operador accione los mandos de la consola desuelo adoptará la posición adecuada para evitar ser atropellado ogolpeado durante los movimientos de la máquina.

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Capítulo XIV. 171170 . Capítulo XIV

de destino en el exterior a la cesta, se seguirá el mismo pro-ceso anterior pero en sentido inverso.

7.4. Debe reducirse al máximo y sólo lo imprescindible el tiem-po que un ocupante figure en una parte mientras está engancha-do en la otra.

rá cualquier pieza que resultara dañada y se comprobarán todas lasfunciones de la plataforma antes de ponerla de nuevo en servicio.

7. PERMISO DE SALIDA DE CESTADE PLATAFORMA ELEVADORA DE PERSONAL

7.1. En caso de que, excepcionalmente, sea absolutamentenecesario salir de la cesta de la plataforma por no existir otro sis-tema razonable para realizar un trabajo, se requerirá un permisoescrito del Responsable de los trabajos.

7.2. En cualquier caso, durante las operaciones de salida yregreso a la cesta, los operarios se mantendrán enganchados conelementos de amarre y realizarán las siguientes acciones:

• PARA SALIR: una vez de pie sobre el fondo de la cesta, engan-chará el mosquetón en un punto de anclaje adecuado en laestructura o zona a la que vaya a salir. Sólo entonces deberáproceder a saltar la barandilla y pasar al lugar de destino.

• PARA REGRESAR: mientras permanece enganchado en ellugar de trabajo fuera de la cesta, el operario saltará la baran-dilla y se introducirá en ella. Una vez en la cesta, de pie sobreel fondo, desengachará el mosquetón del anclaje exterior y loenganchará en el de la propia cesta.

7.3. Cuando desde la cesta no se alcance un punto de anclajeexterior apropiado, se deberá usar un doble dispositivo de enlace(doble elemento de amarre) con sendos mosquetones. Se proce-derá como sigue:

• DOBLE DISPOSTIVO DE ENLACE: mientras se permanece depie en el fondo de la cesta con uno de los dispositivos en enla-ce enganchados en el anclaje del interior de la cesta, se sal-tará la barandilla y se accederá al punto de destino, en el exte-rior. Una vez allí, se enganchará el segundo dispositivo a unpunto de anclaje apropiado. Entonces, y sólo entonces, sedesenganchará el primer dispositivo, enganchado en el inte-rior de la cesta (este desenganche puede realizarlo uno de losocupantes que permanece en la cesta). En el acceso del punto

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Capítulo XV. 173172 . Capítulo XV

1.4. En el caso de botellas que contengan mezclas de gases, seidentificarán de la siguiente forma:

• El cuerpo de la botella se pintará del color correspondiente alcuerpo del componente mayoritario de la mezcla.

• La ojiva se pintará en forma de cuarterones, con el color corres-pondiente al de la ojiva de los gases que componen la mezcla.

1.5. Los encargados de la recepción de las botellas están obliga-dos a comprobar el cumplimiento de los requisitos señalados enlos tres apartados anteriores.

1.6. El repintado de la botella se realizará únicamente por elfabricante o distribuidor del gas.

1.7. El Responsable del lugar de trabajo deberá establecer yhacer cumplir un plan de mantenimiento preventivo de las insta-laciones y de todos los accesorios necesarios para la correcta uti-lización de los gases contenidos en las botellas.

1.8. Normas sobre almacenamiento de botellas

1.8.1. Se almacenarán en posición vertical asegurándolas contracaídas y choques, excepto cuando estén contenidas en algúntipo de bloques, contenedores, baterías o estructuras adecuadas.

1.8.2. Se mantendrán alejadas de fuentes de calor y de sustan-cias combustibles. Asimismo, se protegerán contra cualquiertipo de proyecciones incandescentes.

1.8.3. Estarán protegidas de los rayos del sol y la humedad.

1.8.4. Siempre tendrán colocada su correspondiente caperuza.

1.8.5. En las zonas de almacenamiento queda totalmente prohi-bido fumar o producir chispas o llamas, y debe señalizarseesta prohibición convenientemente. En el área de almacena-miento se dispondrá de agente extintor compatible con losgases almacenados.

RECIPIENTESY APARATOS A PRESIÓN

1. BOTELLAS DE GASES COMPRIMIDOS

1.1. Definición

Se entiende por botellas de gases comprimidos los recipientesconsiderados de fácil manejo, de capacidad igual o inferior a 150litros que contengan un gas o una mezcla de gases.

1.2. Las botellas deberán llevar en caracteres visibles y durade-ros sus marcas obligatorias que se situarán en la ojiva del reci-piente, en una parte reforzada de la botella o en el collarín.

El nombre del gas que contengan deberá aparecer troquelado opintado y, además, podrá ser identificado mediante una etiqueta.

1.3. El contenido de la botella se identificará, además, por lacombinación de colores del cuerpo de la botella, de la ojiva y, ensu caso de la franja según el código siguiente:

EJEMPLO

Inflamablesy Combustibles

Oxidantese Inertes

Tóxicoso Venenosos

Corrosivos

Butano/Propano

E.R.A.

GRUPO

Rojo

Negroo Gris

Verde

Amarillo

Naranja

Amarillo

COLORCUERPO

MarrónRojo

BlancoGris

NegroNegro

Verde

Blanco

Naranja

Amarillo

Color Ojiva

MarrónRojo

BlancoGris

NegroBlanco

Verde

Blanco

Naranja

Amarillo

Color Franja

AcetilenoHidrógeno

OxígenoCO2

NitrógenoAire Comprimido

Amoníaco

Cloro

Butano/PropanoIndustriales/Gas Natural

Aire Comprimidorespirable

Gas

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Capítulo XV. 175174 . Capítulo XV

1.9.11. Ante un incendio en un local en el que existan botellasde gases:• Las que contengan gases capaces de activar el fuego no

deberán abrirse jamás, y habrá que cerrar aquellas queestén en servicio.

• Siempre que sea posible deben desalojarse las botellas dellugar del incendio. Si al hacerlo se notara que éstas se hancalentado, deben enfriarse mediante una proyección conti-nua de agua pulverizada, a fin de evitar que aumente su pre-sión. En este caso, se debe avisar al suministrador.

• Se advertirá al Cuerpo de Bomberos de su existencia, situa-ción y cantidad de botellas de gases, así como del gas quecontienen en caso de que tengan que intervenir en un localdonde las haya.

2. COMPRESORES E INSTALACIONESDE AIRE COMPRIMIDO

2.1. Queda prohibido utilizar compresores que no cumplan lossiguientes requisitos:

• Haber superado, tanto el compresor como la línea de aire, lasrevisiones periódicas reglamentarias.

• Disponer de válvulas de seguridad.

• Proteger perfectamente todas sus transmisiones y elementosmóviles.

• Existencia de puesta a tierra de las masas metálicas, asocia-da a interruptores diferenciales en el circuito de acometida.

2.2. Los compresores y la línea de aire serán sometidos a lasoperaciones periódicas indicadas por el fabricante.

Se deberá disponer de un libro de registro, visado y sellado por elServicio Territorial de Industria en el que figuren las característi-cas, procedencia, suministrador, instalador, fecha en que se auto-rizó la instalación y fecha de la primera prueba y pruebas perió-dicas. Igualmente figurarán las inspecciones no oficiales y repa-

1.8.6. Las botellas de oxígeno, hidrógeno y cloro se almacenaránpor separado en zonas independientes.

1.8.7. Las instrucciones de manipulación de las botellas se colo-carán en un lugar visible.

1.8.8. Las botellas llenas y vacías se almacenarán en gruposseparados.

1.9. Normas sobre manipulación de botellas

1.9.1. En ningún caso, se llevarán a cabo modificaciones en las bote-llas ni se pintarán con colores diferentes a los convencionales.

1.9.2. Antes de la puesta en servicio de cualquier botella deberáeliminarse todo lo que dificulte su identificación de forma quepuedan leerse las etiquetas y marcas existentes en la misma.

1.9.3. Si el contenido de una botella no está identificado, éstadeberá devolverse a su proveedor sin utilizarla.

1.9.4. Cuando estén empleándose botellas, se mantendrán enposición vertical, afianzadas para evitar que puedan caerse ycolocadas de modo que no sufran choques o golpes.

1.9.5. Con el acetileno, nunca se empleará cobre o sus aleaciones.

1.9.6. Se evitará todo contacto del oxígeno con grasa o materia-les combustibles.Nunca se engrasarán las válvulas de las botellas de oxígeno nise manejará el oxígeno con las manos o la ropa sucia, con tra-pos engrasados o impregnados de sustancias combustibles.

1.9.7. En ningún caso se emplearán gases comprimidos para ven-tilar o para limpiar la ropa o cualquier otro objeto o superficie.

1.9.8. Si es necesario trasladar las botellas de gases por mediosmecánicos, se hará siempre con dispositivos específicos quegaranticen su estabilidad.

1.9.9. Si se produce una fuga de acetileno, se cerrará inmediata-mente el grifo de la botella y se ventilará rápidamente el local.

1.9.10. Si se produjese la inflamación de una fuga de gas en elgrifo o reductor de presión se cerrará el grifo lo más rápida-mente posible.

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Capítulo XV. 177176 . Capítulo XV

2.5. Los rácores deben sujetarse a las tuberías de goma median-te bridas eficaces, que garanticen su buen agarre y resistan sinfugas la presión de aire.

2.6. En las instalaciones de aire comprimido, se preverá la incorpo-ración de un dispositivo de seguridad que impida la aportación de airea la conducción si se produce alguna de las siguientes circunstancias:

• Aparición de fugas.

• Apertura de válvula de una manguera desconectada de suequipo.

• Conexión de una herramienta antes de cerrar la entrada de aire.

2.7. Todos los aparatos deberán estar provistos de un sistema depurga, preferentemente automático, que permita evacuar los con-densados depositados en todos los puntos de la instalación en losque exista la posibilidad de acumulación de agua o aceite.

2.8. Entre la salida de la culata del compresor y el depósito acu-mulador o la instalación de aire comprimido, existirá un dispositi-vo adecuado para refrigerar y quitar el aceite del aire alimentado.

raciones efectuadas con detalle de las mismas, entidad que lasefectuó y fecha de su finalización.

Para comprobar si continúan cumpliendo las condiciones regla-mentarias, los compresores se someterán cada 10 años, comomínimo, a una inspección visual interior y exterior, así como a unaprueba de presión.

Anualmente el usuario de los recipientes de aire comprimidodeberá limpiar el interior de los mismos con objeto de eliminar losaceites y carbonillas producidos por éstos.

Los equipos de seguridad se someterán, al menos, a una revisióncada año a realizar por el usuario.

Estas pruebas periódicas serán supervisadas por el ÓrganoTerritorial competente de la Administración Pública o, si ésta loestima oportuno, por una Entidad de Inspección y ControlReglamentario, levantándose acta y entregando una copia a dichoÓrgano competente de la Administración, otra al usuario del apa-rato y otra a la Entidad de Inspección y Control Reglamentario.

Es responsabilidad del titular del aparato solicitar ante el ÓrganoTerritorial competente de la Administración Pública la supervisiónde las citadas pruebas periódicas con la suficiente antelación.

Cuando los compresores no vayan a utilizarse durante un perío-do prolongado de tiempo quedarán en situación de fuera de ser-vicio. Antes de un primer uso serán sometidos a una revisióntotal del equipo.

2.3. Las tuberías de goma de las instalaciones de aire comprimidose mantendrán en buenas condiciones de uso. Las mangueras deaire comprimido se situarán de forma que no se tropiece con ellas nipuedan ser dañadas. Se colocarán en ganchos o rieles elevados.

2.4. Las tuberías de aire comprimido deberán pintarse de colorazul. Podrán pintarse en una cierta longitud o en una banda lon-gitudinal. Siempre se pintarán en proximidad a válvulas, empal-mes, salidas de empotramientos y aparatos de servicio que for-men parte de la instalación.

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179

Título IIITRABAJOS ESPECÍFICOS

Capítulo XVI. Trabajos en instalaciones eléctricas ........................ 181

Capítulo XVII. Descargos en instalaciones no eléctricas .............. 204

Capítulo XVIII. Trabajos en instalaciones de gas canalizado ....... 210

Capítulo XIX. Trabajos en descargo en canalizaciones de gas natural ............................. 213

Capítulo XX. Trabajos en parques eólicos ....................................... 214

Capítulo XXI. Trabajos en altura ........................................................ 221

Capítulo XXII. Trabajos superpuestos ............................................... 235

Capítulo XXIII. Trabajos en recintos confinados ............................. 237

Capítulo XXIV. Trabajos bajo el nivel de suelo ................................ 244

Capítulo XXV. Trabajos en instalaciones de combustibles ........... 250

Capítulo XXVI. Trabajos de soldadura ............................................... 260

Capítulo XXVII. Trabajos en oficina ................................................... 269

Capítulo XXVIII. Manejo manual de cargas ...................................... 274

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Capítulo XVI. 181

TRABAJOSEN INSTALACIONESELÉCTRICAS

1. TRABAJOS EN INSTALACIONESDE A.T. EN TENSIÓN

1.1. Los trabajos en instalaciones de Alta Tensión (A.T.) en ten-sión solamente podrán ser realizados por «trabajadores cualifica-dos» especialmente entrenados para ello y utilizando equipos,

CRITERIOS A TENER EN CUENTA A LA HORA DE PREPARAR UN TRABAJOEN UNA ESTANCIÓN ELÉCTRICA O EN SU PROXIMIDAD

Evalúe la probabilidad de cortocircuitoso confusiones en los equipos a maniobras.

¿Se trata de una operación elemental o la instalación tiene tensión de seguridad?

Se seguirá lo indicado en el apartado 5 de este capítulo.

¿Es una maniobra, medición, ensayo o verificación de la instalación en tensión?

Si es un trabajo que invada la zona de peligro,se seguirán los procedimientos propios de los trabajos en tensión

(apartados 1 y 3).

Si es un trabajo que invada la zona de proximidadse seguirá lo dispuesto en los apartados 1, 3 y 6.

Antes de iniciar el trabajo,suprima la tensión y después repóngala, siguiendo las disposiciones

de los apartados 2 y 4.

¿Existen condiciones debidas a la explotación o a la continuidad del suministroque requiera la instalación en tensión?

Si existe riesgo de incendio, explosión o acumulación de cargas electrostáticas,se seguirán las disposiciones del capítulo correspondiente de este manual.

No

No

No

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Capítulo XVI. 183182 . Capítulo XVI

1.5. En reposición de fusibles no será necesario cumplir lo dis-puesto en los apartados anteriores cuando la maniobra del dispo-sitivo portafusible se realice a distancia, utilizando pértigas quegaranticen un adecuado nivel de aislamiento y se tomen medidasde protección frente a los efectos de un posible cortocircuito ocontacto eléctrico directo.

1.6. Una vez analizadas las premisas pertinentes que justifiquendeterminar el Trabajo como realizable en Tensión o Proximidad deTensión, se realizará un Análisis Previo de Viabilidad, por laempresa ejecutante de los trabajos que tenga personal formado,cualificado y habilitado para realizar este Tipo de Trabajos.

1.7. Existirá un documento “Solicitud de Autorización paraTrabajos en Tensión” donde debe recogerse la existencia delAnálisis previo de Viabilidad, descrito anteriormente.

El Documento de Solicitud de Autorización para Trabajos en A.T.en Tensión, según el modelo de Hc Energía, contendrá, comomínimo, lo siguiente:

• Nombre del Jefe de Trabajo autorizado, empresa, nº de habili-tación y fecha de la misma.

• Descripción de la parte de la instalación para la que se auto-rizan los trabajos.

• Naturaleza de los trabajos a realizar.

• Día o período de tiempo para el que es válida la autorización.

• Relación de trabajos o maniobras a llevar a cabo.

• Método de trabajo y procedimiento de ejecución, presentado porla Empresa especializada que lo vaya a realizar. Éste incluirá:

• Secuencia de las operaciones.

• Equipos de trabajo, material de seguridad y EPI a utilizar.

• Sistema de comunicación con la Zona de Trabajo facilitando el con-tacto directo con la persona que está desarrollando el trabajo. Sedebe incluir los números de teléfono o emisora del Jefe de Trabajo.

• Solicitud de bloqueo del reenganchador.

• Prohibición expresa de realizar operaciones distintas a las descritas.

materiales, métodos y procedimientos de trabajo que aseguren suprotección frente al riesgo eléctrico.

1.2. El trabajo se efectuará bajo la dirección y vigilancia de unjefe de trabajo, que será el trabajador cualificado designado por elempresario, que asume la responsabilidad directa del mismo. Si laamplitud de la zona de trabajo no le permitiera una vigilancia ade-cuada, deberá requerir la ayuda de otro trabajador cualificado.

El jefe de trabajo se comunicará con el responsable de la instala-ción donde se realiza el trabajo a fin de adecuar las condicionesde la instalación a las exigencias del trabajo.

1.3. Los trabajadores cualificados deberán ser autorizados porescrito por el empresario para realizar el tipo de trabajo que vayaa desarrollarse y tras comprobar su capacidad para hacerlo correc-tamente de acuerdo al procedimiento establecido, que deberádefinirse por escrito e incluir la secuencia de las operaciones arealizar, indicando, en cada caso:

• Las medidas de seguridad que deben adoptarse.

• El material y medios de protección a utilizar y, si es preciso, lasinstrucciones para su uso y para la verificación de su buen estado.

• Las circunstancias que pudieran exigir la interrupción del trabajo.

1.4. La autorización tendrá que renovarse tras una nueva com-probación de la capacidad del trabajador para seguir correcta-mente el procedimiento de trabajo establecido, cuando éste cam-bie significativamente o cuando el trabajador haya dejado de rea-lizar el tipo de trabajo en cuestión durante un período de tiemposuperior a un año.

La autorización deberá retirarse cuando se observe que el traba-jador incumple las normas de seguridad, o cuando la vigilancia dela salud ponga de manifiesto que el estado o la situación transi-toria del trabajador no se adecúan a las exigencias psicofísicasrequeridas por el tipo de trabajo a desarrollar.

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Capítulo XVI. 185184 . Capítulo XVI

2. TRABAJOS EN INSTALACIONESDE A.T. EN DESCARGO

Siempre que el análisis previo determine que no es viable realizar elTrabajo en Tensión (TET), debe afrontarse como trabajo sin tensión y rea-lizar en el momento oportuno la correspondiente solicitud de descargo.

Se entiende por DESCARGO de una instalación eléctrica el conjun-to de operaciones encaminadas a impedir la alimentación eléctricade la misma.

Consta de las dos operaciones siguientes:

• Apertura con corte visible o efectivo (se garantiza la total apertu-ra mediante dispositivos adecuados) de las fuentes de tensión.

• Bloqueo en el mando de los mismos o, en su defecto, medidasde protección equivalentes. Señalización mediante la tarjetade “Prohibido Maniobrar” correctamente cumplimentada.

El Jefe del Descargo es la persona perteneciente a la plantilla deHc Energía que por sí mismo o por delegación en cada instala-ción, autoriza y lleva a cabo las maniobras de descargo y de repo-sición del servicio o designa a los trabajadores encargados de lle-varlas a cabo, estableciendo las medidas de prevención y losmedios de protección que deberán emplearse en su ejecución,entregando la instalación descargada al Jefe de Trabajo.

Las operaciones y maniobras para dejar sin tensión una instala-ción, antes de iniciar el «trabajo sin tensión», y la reposición dela tensión al finalizarlo las realizarán trabajadores cualificados.

En cuanto a los procedimientos a seguir en operaciones de des-cargo, se seguirá, en el caso de existir, la operativa definida porla empresa en cada centro o lugar de trabajo. En caso de no exis-tir una operativa particular definida, se seguirán las disposicionesestablecidas en este manual, que serán tomadas como normasmínimas de obligado cumplimiento.

2.1. Todo trabajo programado sin tensión en una instalación deA.T. requiere obligatoriamente la previa SOLICITUD DE DESCAR-GO EN A.T. al Autorizador de Descargo, en la que debe quedarperfectamente reflejado lo siguiente:

• Solicitante.

• Jefe de Trabajo.

El documento será firmado por el solicitante de la autorización,un autorizador y por el Jefe de Trabajo autorizado.

1.8. El Jefe de Trabajo, antes del inicio del mismo, reunirá siem-pre a los operarios encargados de su realización para darles aconocer el contenido del Documento de Autorización, y expondrádetalladamente el procedimiento de ejecución, asignará nominal-mente las tareas que debe realizar cada trabajador e impartirá lasinstrucciones pertinentes, asegurándose de que ha sido perfecta-mente comprendido.

1.9. La ropa de trabajo que se emplee no debe tener elementometálico alguno.

1.10. Durante la realización de las tareas, los operarios no lleva-rán ningún tipo de accesorio metálico como anillos, pulseras,relojes, cadenas, hebillas, etc.

1.11. Antes de iniciarse los trabajos, el Jefe de Trabajocomprobará personalmente el buen estado de los equipos de tra-bajo y de seguridad y de los EPI que van a utilizar los operarios.

1.12. Antes de cada uso de los guantes con el nivel de aisla-miento adecuado, deberá verificarse su perfecto estado por mediode una comprobación neumática.

1.13. Nunca se emplearán EPI o equipos de seguridad o de tra-bajo sucios o húmedos; en caso de estarlo, se procederá a su lim-pieza y se secarán completamente antes de ser utilizados.

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Capítulo XVI. 187186 . Capítulo XVI

• REGLA Nº 2:Enclavamiento o bloqueo de los aparatos de corte en posición deapertura mediante el empleo mecanismos que impidan la actua-ción sobre dichos elementos de corte por personal no autorizadopara su accionamiento, y la señalización de dichos elementoscon la advertencia de peligro y prohibición de maniobrar.

Cuando sea imposible su bloqueo, será imprescindible su señali-zación de advertencia de peligro y de prohibición de maniobrar.

Cuando se utilicen dispositivos telemandados deberá impedir-se la maniobra errónea de los mismos desde el telemando.

2.4. Antes de la iniciación de los trabajos, el Jefe de Trabajo lle-vará a cabo, de forma absolutamente obligatoria y sin excepciónalguna, las siguientes operaciones en la zona de trabajo, dejandoal finalizar constancia por escrito de que se han concluido dichasetapas, y que la zona de trabajo se encuentra por tanto apta parapoder trabajar en ella sin tensión.

• REGLA Nº 3:Reconocimiento de la ausencia de tensión en todos los con-ductores que penetren en la zona de trabajo.

Antes y después de la operación es obligatorio comprobar elcorrecto funcionamiento del verificador.

Para llevar a cabo la comprobación de la ausencia de tensiónse considerará la instalación en tensión, por lo que, obligatoria-mente, el operario que la lleve a cabo utilizará siempre, y dosde los tres elementos de seguridad siguientes:

Pértiga aislante, guantes aislantes o banqueta o alfombra aislan-te, debidamente certificados para la tensión de la instalación.

Los dispositivos telemandados utilizados para verificar que unainstalación está sin tensión serán de accionamiento seguro y suposición en el telemando deberá estar claramente indicada.

• REGLA Nº 4:Puesta a tierra y en cortocircuito de todos los conductoresdescargados que penetren en la zona de trabajo.

Si se emplean seccionadores de tierra fijos, se comprobaráque sus cuchillas han quedado cerradas.

Si no se dispone de puntos fijos, se asegurará el buen contac-to de las pinzas de tierra.

• Parte de la instalación para la que se solicita el Descargo.

• Designar el segmento de la instalación, mediante la asignaciónde la numeración correspondiente de la Base de Datos deInstalaciones.

• Fecha y hora de iniciación de los trabajos.

• Fecha y hora prevista de finalización de los trabajos.

• Descripción de los trabajos a realizar en la instalación.

2.2. Una vez recibida la solicitud por el Autorizador de Descargo,éste procederá, en su caso, a autorizarlo, preferiblemente porescrito, estableciendo las condiciones y procedimientos de traba-jo que considere pertinentes.

Se recomienda que tales procedimientos se plasmen por escrito,especialmente los que se refieran a trabajos en instalaciones decierta complejidad y/o peligrosidad.

2.3. Para la ejecución del DESCARGO, el Autorizador de Descargodebe identificar con precisión la zona y los elementos de la instala-ción en la que se desea trabajar y debe transmitir esta informacióncon claridad al Jefe de Trabajo y/o a los trabajadores involucrados.

Habilitará las comunicaciones necesarias para asegurar la coordi-nación de las maniobras y evitar errores de apreciación, sobretodo en instalaciones alejadas o controladas mediante teleman-dos. Definirá la señalización específica necesaria para colocar enlos equipos objeto de enclavamiento o bloqueo.

Sin omisión de las anteriores, el Autorizador de Descargo llevará acabo como mínimo, las siguientes operaciones en el lugar de corte;personalmente, o a través de trabajadores que él ha designado.

• REGLA Nº 1: Apertura con corte visible de las fuentes de tensión.

Cuando el diseño de los elementos de corte no permita laapreciación visual del mismo, estos estarán dotados de dispo-sitivos que garanticen el corte efectivo.

Los condensadores u otros elementos de la instalación quemantengan tensión después de la desconexión deberán des-cargarse mediante dispositivos adecuados.

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Capítulo XVI. 189188 . Capítulo XVI

La reposición de la tensión en las instalaciones de AT solo podráser realizada por Trabajadores Cualificados.

• Por el Jefe de Trabajo:1. Comprobación exhaustiva de la ausencia de personal en la

zona de trabajo.Para ello, se agrupará a los operarios en un punto previa-mente convenido y se verificará su presencia sobre unalista nominativa elaborada con anterioridad a la iniciaciónde los trabajos.

2. Rerirada de los materiales, la señalización y las puestas atierra y en cortocircuito, por los trabajadores designadospor el Jefe de Trabajo.

3. Realización de un nuevo recuento del personal.

4. Comunicación al Jefe de Descargo la finalización de los trabajos.

• Por el Autorizador de Descargo :

1. Confirmará, de forma absolutamente fiable, la comunica-ción de finalización de los trabajos.

2. Retirará el material de señalización.

Si procede:

3. Retirará las puestas a tierra y en cortocircuito.

4. Desbloqueará los aparatos de corte, en su caso, y repon-drá el servicio.

2.7. En el momento en que se suprima una de las medidas ini-cialmente adoptadas para realizar el trabajo sin tensión en condi-ciones de seguridad, se considerará en tensión la parte de la ins-talación afectada.

2.8. Cuando en una instalación se encuentren trabajando variosequipos, quedará en descargo hasta que se compruebe que todoshan finalizado completamente los trabajos.

2.9. Reposición de fusibles:

2.9.1. No será necesaria la puesta a tierra y en cortocircuitocuando los dispositivos de desconexión a ambos lados del

• REGLA Nº 5:Delimitación de la zona de trabajo con la colocación de laspreceptivas señales de seguridad y la instalación de las barre-ras previstas al efecto.

2.5. Queda absolutamente prohibido proceder a realizar cual-quier tipo de trabajo, por corta que sea su duración, sin llevar acabo todas y cada una de las operaciones antes señaladas.

Igualmente queda prohibido realizar trabajo alguno fuera de lazona delimitada por las puestas a tierra.

2.6. Para reponer la tensión una vez terminados los trabajos es pre-ciso haber llevado a cabo, previamente, las siguientes operaciones:

EJEMPLO DE BOLETÍNPARA EL CONTROL DE LA SUPRESIÓN DE LA TENSIÓN

SUPRESIÓN DE LA TENSIÓN EN ALTA TENSIÓN

Fecha

Instalación

Responsable de las operaciones, D.

1° Desconexión efectuadaAbiertas con corte visible todas las fuentes de tensión o con corte efectivo yseñalizado por un medio seguro. (Accionados primero los aparatos preparadospara abrir con carga: interruptores o interruptores automáticos).

2° Prevención de cualquier posible realimentaciónEnclavamientos y señalización de los aparatos en posición abierta, cuando seanecesario, para prohibir la maniobra.

3° Verificada la ausencia de tensiónComprobada la ausencia de tensión en cada uno de los conductores separadosde las fuentes de tensión mediante el detector apropiado.

4° Puesta a tierra y en cortocircuitoConectados los equipos de puesta a tierra (primero a la toma de tierra y despuésa cada uno de los conductores de la instalación).

5° Protección frente a elementos próximos en tensión• Colocados, si es posible, los elementos de protección, barreras u obstáculos.• Delimitada y señalizada la zona de trabajo.

Firma:

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Capítulo XVI. 191190 . Capítulo XVI

2.10.3. En los trabajos en líneas aéreas aisladas, cables u otrosconductores aislados de alta tensión, la puesta a tierra y encortocircuito se colocará en los elementos desnudos de lospuntos de apertura de la instalación o tan cerca como seaposible a aquellos puntos, a cada lado de la zona de trabajo.

2.11. Trabajos en instalaciones con condensadoresque permitan una acumulación peligrosa de energía:

Para dejar sin tensión una instalación eléctrica con condensado-res cuya capacidad y tensión permitan una acumulación peligro-sa de energía eléctrica se seguirá el siguiente proceso:

• Se efectuará y asegurará la separación de las posibles fuentesde tensión mediante su desconexión, ya sea con corte visibleo testigos de ausencia de tensión fiables.

• Se aplicará un circuito de descarga a los bornes de los con-densadores, que podrá ser el circuito de puesta a tierra y encortocircuito a que se hace referencia en el apartado siguien-te cuando incluya un seccionador de tierra y se esperará eltiempo necesario para la descarga.

• Se efectuará la puesta a tierra y en cortocircuito de los conden-sadores. Cuando entre éstos y el medio de corte existan elemen-tos semiconductores, fusibles o interruptores automáticos, laoperación se realizará sobre los bornes de los condensadores.

• Se efectuará la puesta a tierra de los bastidores metálicosdonde están situados los condensadores.

2.12. Trabajos en transformadoresy en máquinas en alta tensión:

2.12.1. Para dejar sin tensión un transformador de potencia o detensión se dejarán sin tensión todos los circuitos del primarioy todos los circuitos del secundario. Si las características delos medios de corte lo permiten, se efectuará primero la sepa-ración de los circuitos de menor tensión. Para la reposición dela tensión se procederá inversamente.Para trabajar sin tensión en un transformador de intensidad osobre los circuitos que alimenta, se dejará previamente sin

fusible estén a la vista del trabajador, el corte sea visible o eldispositivo proporcione garantías de seguridad equivalentes yno exista posibilidad de cierre intempestivo.

2.9.2. Cuando los fusibles estén conectados directamente al pri-mario de un transformador será suficiente con la puesta a tie-rra y en cortocircuito del lado de alta tensión entre los fusiblesy el transformador.

2.10. Trabajos en líneas aéreasy conductores de alta tensión:

2.10.1. En los trabajos en líneas aéreas desnudas y conductoresdesnudos de alta tensión se deben colocar las puestas a tierray en cortocircuito a ambos lados de la zona de trabajo y encada uno de los conductores que entran en esta zona. Almenos uno de los equipos o dispositivos de puesta a tierra yen cortocircuito debe ser visible desde la zona de trabajo.Estas reglas tienen las siguientes excepciones:• Para trabajos específicos en los que no hay corte de conductores

durante el trabajo es admisible la instalación de un solo equipode puesta a tierra y en cortocircuito en la zona de trabajo.

• Cuando no es posible ver desde los límites de la zona de tra-bajo los equipos o dispositivos de puesta a tierra y en corto-circuito, se debe colocar, además, un equipo de puesta atierra local, un dispositivo adicional de señalización o cual-quier identificación equivalente.

2.10.2. Cuando el trabajo se realiza en un solo conductor de una líneaaérea de alta tensión no se requerirá el cortocircuito en la zona detrabajo, siempre que se cumplan las siguientes condiciones:• En los puntos de la desconexión todos los conductores están

puestos a tierra y en cortocircuito de acuerdo con lo indica-do anteriormente.

• El conductor sobre el que se realiza el trabajo y todos los ele-mentos conductores –exceptuadas las otras fases– en el inte-rior de la zona de trabajo, están unidos eléctricamente entreellos y puestos a tierra por un equipo o dispositivo apropiado.

• El conductor de puesta a tierra, la zona de trabajo y el tra-bajador están fuera de la zona de peligro determinada porlos restantes conductores de la misma instalación eléctrica.

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Capítulo XVI. 193192 . Capítulo XVI

El Jefe de Trabajo será responsable del estricto cumplimiento delas normas e instrucciones que deban observarse.

3.5. El Jefe de Trabajo, antes del inicio del mismo, reunirá siem-pre a los operarios encargados de su realización para darles aconocer el contenido del Documento de Autorización, y expondrádetalladamente el procedimiento de ejecución, asignará nominal-mente las tareas que debe realizar cada trabajador e impartirá lasinstrucciones pertinentes, asegurándose de que ha sido perfecta-mente comprendido.

3.6. La zona de trabajo deberá señalizarse y/o delimitarse ade-cuadamente, siempre que exista la posibilidad de que otros tra-bajadores o personas ajenas penetren en dicha zona y accedan aelementos en tensión.

3.7. Los trabajadores deberán disponer de un apoyo sólido yestable que les permita tener las manos libres y de una ilumina-ción que les permita realizar su trabajo en condiciones de visibi-lidad adecuadas.

3.8. La ropa de trabajo no debe de tener elemento metálico alguno.

3.9. Durante la realización de los trabajos, los operarios no lle-varán ningún tipo de accesorio metálico como anillos, pulseras,relojes, cadenas, hebillas, etc.

3.10. Antes de iniciarse los trabajos, el Jefe de Trabajo compro-bará personalmente el buen estado de los equipos de trabajo y deseguridad y de los EPI que van a utilizar los operarios.

3.11. Antes de cada uso de los guantes de seguridad, deberá veri-ficarse su perfecto estado por medio de comprobación neumática.

tensión el primario. Se prohibe la apertura de los circuitosconectados al secundario si el primario está en tensión salvoque sea necesario por alguna causa, en cuyo caso deberáncortocircuitarse los bornes del secundario.

2.12.2. Antes de manipular en el interior de un motor eléctrico ogenerador deberá comprobarse:• Que la máquina está completamente parada.• Que están desconectadas las alimentaciones.• Que los bornes están en cortocircuito y a tierra.• Que la protección contra incendios está bloqueada.• Que la atmósfera no es nociva, tóxica o inflamable.

3. TRABAJOS EN INSTALACIONESDE B.T. EN TENSIÓN

3.1. Se evitará realizar trabajos en tensión si se pudiesen reali-zar sin tensión. De todas formas, la persona de Hc Energía per-teneciente a cualquier departamento donde se desarrollen o adju-diquen trabajos de este tipo debe realizar un chequeo del mismoque justifique si se plantea como TET o sin tensión.

3.2. Los trabajos en Instalaciones de B.T. en tensión sólo podránser realizados por trabajadores cualificados con formación espe-cializada convenientemente acreditada.

Debe ser la empresa o empresas en las que el trabajador ha des-arrollado los trabajos con instalaciones eléctricas las que emitanlos certificados correspondientes. En estos debe indicarse el tipoconcreto de instalación o instalaciones en las que el trabajadordesarrollaba sus actividades.

3.3. Estos trabajos deben ser expresamente autorizados por elResponsable de la Instalación o el Responsable de los Trabajos, segúnel caso, que indicará el método de trabajo a seguir en su ejecución.

3.4. La realización de dichos trabajos será dirigida y permanen-temente vigilada por el Jefe de Trabajo, que deberá contar con lasuficiente formación técnica especializada.

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Capítulo XVI. 195194 . Capítulo XVI

4.2. Antes de restablecer el servicio, el Jefe de Trabajo se cer-ciorará de que no existe ningún riesgo, y comprobará la correctaterminación de los trabajos, la inexistencia de personas en el áreadonde se han llevado a cabo los mismos y la retirada de los equi-pos y materiales empleados.

5. MANIOBRAS, MEDICIONES,ENSAYOS Y VERIFICACIONES

5.1. Las maniobras locales y las mediciones, ensayos y verifica-ciones sólo podrán ser realizadas por trabajadores autorizados. Enel caso de las mediciones, ensayos y verificaciones en instalacio-nes de alta tensión, deberán ser realizadas por trabajadores cua-lificados, que pueden ser auxiliados por otros autorizados bajo susupervisión y control.

5.2. El método de trabajo empleado y los equipos y materialesde trabajo y de protección utilizados deberán proteger al trabaja-dor frente al riesgo de contacto eléctrico, arco eléctrico, explosióno proyección de materiales.

Entre los equipos y materiales de protección citados se encuentran:

• Los accesorios aislantes (pantallas, cubiertas, vainas, etc.)para el recubrimiento de partes activas o masas.

• Los útiles aislantes o aislados (herramientas, pinzas, puntasde prueba, etc.).

• Las pértigas aislantes.

• Los dispositivos aislantes o aislados (banquetas, alfombras,plataformas de trabajo, etc.).

• Los equipos de protección individual (pantallas, guantes,gafas, cascos, etc.).

5.3. A efectos de lo dispuesto en el apartado anterior, los equi-pos y materiales de trabajo o de protección empleados para la rea-lización de estas operaciones se elegirán, de entre los concebidos

3.12. Nunca se emplearán EPI o equipos de seguridad o de tra-bajo sucios o húmedos. En caso de estarlo, se procederá a su lim-pieza y se secarán completamente antes de utilizarlo.

4. TRABAJOS EN INSTALACIONESDE B.T. EN DESCARGO

4.1. Para realizar cualquier tipo de trabajo en instalaciones deBaja Tensión (en adelante, B.T.) sin tensión, se deben cumplir lassiguientes normas en el orden en que se exponen:

• Identificación de los conductores en los que se va a llevar acabo el trabajo.

• Abrir los circuitos a fin de aislar todas las fuentes de tensión,actuando sobre los elementos de corte más próximos a la zonade trabajo.

Esta operación también afectará al neutro de la instalación.

• Enclavamiento o bloqueo de los aparatos de corte.

• Señalización de los mandos de los aparatos de corte con laadvertencia de peligro y la prohibición de maniobrar.

• Comprobación de la ausencia de tensión en todos los conduc-tores y masas metálicas próximas.Antes y después de dicha operación es obligatorio cerciorarsedel correcto funcionamiento del verificador.Para llevar a cabo el reconocimiento de la ausencia de tensiónse considerará la instalación en tensión, por lo que los operariosirán provistos obligatoriamente de los EPI correspondientes.

• Siempre que sea posible, se pondrán a tierra y en cortocircui-to todos los conductores que penetren en la zona de trabajo,incluyendo el neutro. Si ello no es posible se emplearán EPIadecuados para Trabajos en Tensión en B.T.

• Delimitación y señalización de la zona de trabajo.

El Jefe de Trabajo comprobará el correcto cumplimiento de lasnormas citadas antes de iniciar los trabajos programados y sumantenimiento durante la ejecución de los mismos.

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Capítulo XVI. 197196 . Capítulo XVI

5.8.1. En los casos en que sea necesario retirar algún dispositivo depuesta a tierra colocado en las operaciones realizadas para dejarsin tensión la instalación, se tomarán las precauciones necesa-rias para evitar la realimentación intempestiva de la misma.

5.8.2. Cuando sea necesario utilizar una fuente de tensión exte-rior se tomarán precauciones para asegurar que:• La instalación no puede ser realimentada por otra fuente de

tensión distinta de la prevista.• Los puntos de corte tienen un aislamiento suficiente para

resistir la aplicación simultánea de la tensión de ensayo porun lado y la tensión de servicio por el otro.

• Se adecuarán las medidas de prevención tomadas frente alriesgo eléctrico, cortocircuito o arco eléctrico al nivel detensión utilizado.

6. TRABAJOS EN PROXIMIDADDE INSTALACIONES ELÉCTRICAS

Trabajo en proximidad es aquel durante el cual el trabajador entrao puede entrar en la zona de proximidad, sin entrar en la zona depeligro, bien sea con una parte de su cuerpo o con las herramien-tas, equipos, dispositivos o materiales que manipula.

para tal fin, teniendo en cuenta las características del trabajo y,en particular, la tensión de servicio, y se utilizarán, mantendrán yrevisarán siguiendo las instrucciones de su fabricante.

En cualquier caso, los equipos y materiales para la realización deestas operaciones se ajustarán a la normativa específica que lessea de aplicación.

5.4. Los trabajadores deberán disponer de un apoyo sólido yestable que les permita tener las manos libres, y de una ilumina-ción que les permita realizar su trabajo en condiciones de visibi-lidad adecuadas.

5.5. La zona de trabajo deberá señalizarse y/o delimitarse ade-cuadamente, siempre que exista la posibilidad de que otros tra-bajadores o personas ajenas penetren en dicha zona y accedan aelementos en tensión.

5.6. Las medidas preventivas para la realización de estas opera-ciones al aire libre deberán tener en cuenta las posibles condicio-nes ambientales desfavorables, de forma que el trabajador quedeprotegido en todo momento.

5.7. En las maniobras locales con interruptores o seccionadores:

• El método de trabajo empleado debe prever tanto los defectosrazonablemente posibles de los aparatos como la posibilidadde que se efectúen maniobras erróneas (apertura de secciona-dores en carga, o cierre de seccionadores en cortocircuito).

• Para la protección frente al riesgo de arco eléctrico, explosióno proyección de materiales no será obligatoria la utilización deequipos de protección cuando el lugar desde donde se realizala maniobra esté totalmente protegido frente a dichos riesgospor alejamiento o interposición de obstáculos.

5.8. En las mediciones, ensayos y verificaciones:

Tabla 1: Distancias límite (en cm) de las zonas de trabajo, en función de la tensión nominal (Un)en KV. Las distancias se contarán desde el punto más extremo del trabajador o de los materiales oútiles que maneje y el punto más próximo en tensión.

Un ≤ 1 3 6 10 15 20 30 45 66 110 132 220 380

DPEL-1 50 62 62 65 66 72 82 98 120 160 180 260 390

DPEL-2 50 52 53 55 57 60 66 73 85 100 110 160 250

DPROX-1 70 112 112 115 116 122 132 148 170 210 330 410 540

DPROX-2 300 300 300 300 300 300 300 300 300 500 500 500 700

DPEL-1: Distancia hasta el límite exterior de la zonade peligro cuando exista riesgo de sobretensión porrayo (cm).

DPEL-2: Distancia hasta el límite exterior de la zonade peligro cuando no exista el riesgo de sobretensiónpor rayo (cm).

DPROX-1: Distancia hasta el límite exterior de la zonade proximidad cuando resulte posible delimitar conprecisión la zona de trabajo y controlar que ésta no sesobrepasa durante la realización del mismo (cm).

DPROX-2: Distancia hasta el límite exterior de la zonade proximidad cuando no resulte posible delimitar conprecisión la zona de trabajo y controlar que ésta no sesobrepasa durante la realización del mismo (cm).

BARRERAFÍSICA

ZONAS DE TRABAJOEN PROXIMIDAD

ZONA DEPELIGRO

ELEMENTO EN TENSIÓN

DPEL

DPROX-1 cuando se puede determinarcon precisión la zona de trabajo

DPROX-2 cuando no se puede determinarcon precisión la zona de trabajo

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Capítulo XVI. 199198 . Capítulo XVI

6.3. De ser el trabajo viable, deberán adoptarse las medidas deseguridad necesarias para reducir al mínimo posible:

• El número de elementos en tensión.

• Las zonas de peligro de los elementos que permanezcan en ten-sión mediante la colocación de pantallas, barreras, envolventeso protectores aislantes cuyas características (mecánicas y eléc-tricas) y forma de instalación garanticen su eficacia protectora.

6.1. Antes de iniciar el trabajo en proximidad de elementos entensión, un trabajador autorizado, en el caso de trabajos en bajatensión, o un trabajador cualificado, en el caso de trabajos en altatensión, determinará la viabilidad del trabajo.

6.2. Para la prevención del riesgo eléctrico en actividades en lasque se producen o pueden producir movimientos o desplazamien-tos de equipos o materiales en la cercanía de líneas aéreas, subte-rráneas u otras instalaciones eléctricas –como ocurre a menudo, porejemplo, en la edificación, las obras públicas o determinados tra-bajos agrícolas o forestales– deberá actuarse de la siguiente forma:

• Antes del comienzo de la actividad se identificarán las posi-bles líneas aéreas, subterráneas u otras instalaciones eléctri-cas existentes en la zona de trabajo, o en sus cercanías.

• Si en alguna de las fases de la actividad existe riesgo de queuna línea subterránea o algún otro elemento en tensión prote-gido pueda ser alcanzado, con posible rotura de su aislamien-to, se deberán tomar las medidas preventivas necesarias paraevitar tal circunstancia.

• Si en alguna de las fases de la actividad la presencia de líne-as aéreas o de algún otro elemento en tensión desprotegidopuede suponer un riesgo eléctrico para los trabajadores y, pordeterminadas razones, dichas líneas o elementos no pudierandesviarse o dejarse sin tensión, se aplicará lo dispuesto en lossiguientes apartados.

NoSí

NoNo

ESTUDIO DE LA VIABILIDAD DEL TRABAJO EN PROXIMIDAD(En BT, trabajador autorizado) (En AT, trabajador cualificado)

¿Es posible suprimir la tensiónen todos los elementos de la instalación?

¿Es posible suprimir todas las zonasde peligro mediante aislamientoo inteposición de obstaculos?

Delimitar la zona de trabajorespecto a los elementos en tensión

•Informar a los trabajadores de los

riesgos y las precauciones a adoptar

El trabajo debe ser hecho por trabajadores autorizadoso bajo la vigilancia de estos, siguiendo las normas de seguridad

Seguir elprocedimiento

adecuado para suprimirla tensión

de la instalación

Una vez concluidoslos trabajos,

restablecer la tensiónsiguiendo el procedimiento

adecuado

¿Es posiblesuprimir la tensión

para instalardichos elementos?

Instalar dichos elementosmediante los métodos de

trabajo en tensión otrabajos en proximidad.

NoSí

¿La instalación es de BT o el trabajo serealiza fuera de la zona de proximidad?

Realizar el trabajorespetando las normas

de seguridad

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Capítulo XVI. 201200 . Capítulo XVI

peligro o los elementos en tensión debido a una falsa manio-bra, se deberán poner barreras protectoras suficientementeresistentes. Junto a ello, es esencial la función de vigilanciadel «trabajador autorizado», quien debe controlar en todomomento las operaciones críticas con el fin de anticipar lassituaciones de riesgo y advertir de ello al operador que realizala maniobra.

• Guardar distancias de seguridad, que serán, como mínimo, de10 metros para tensiones de 50 kV ó más y de 5 metros paramenos de 50 kV.

• En los parques de intemperie de subestaciones podrá reducir-se la distancia de 10 metros a 5, si a las precauciones seña-ladas se añade un estudio de la ubicación y los movimientosde la grúa y se redacta un procedimiento específico para laejecución de los trabajos.

6.9. Se incluirán en las instrucciones de trabajo las restriccionesimpuestas a la utilización de materiales tales como escaleras demano u objetos metálicos de gran longitud. También deberántenerse en cuenta los movimientos incontrolados de cables o alam-bres que puedan entrar en contacto con elementos en tensión.

6.4. Cuando las medidas adoptadas en aplicación de lo dispues-to en el apartado anterior no sean suficientes para proteger a lostrabajadores frente al riesgo eléctrico, los trabajos serán realizadospor trabajadores autorizados o bajo la vigilancia de uno de éstos.

6.5. En el desempeño de su función de vigilancia, los trabajado-res autorizados deberán velar por el cumplimiento de las medidasde seguridad y controlar, en particular, el movimiento de los tra-bajadores y objetos en la zona de trabajo, teniendo en cuenta suscaracterísticas, sus posibles desplazamientos accidentales y cual-quier otra circunstancia que pudiera alterar las condiciones enque se ha basado la planificación del trabajo. La vigilancia noserá exigible cuando los trabajos se realicen fuera de la zona deproximidad o en instalaciones de baja tensión.

6.6. En todo trabajo en proximidad de elementos en tensión el tra-bajador deberá permanecer fuera de la zona de peligro y lo más ale-jado de ella que le sea posible durante el desempeño de su trabajo.

6.7. Cuando se lleven a cabo trabajos en las proximidades deinstalaciones eléctricas en servicio y no quede garantizada laimposibilidad de contactos con las mismas, se actuará conside-rando que dichos trabajos se realizan en tensión, por lo que sedeberán tomar las medidas señaladas para los mismos.

6.8. Cuando se empleen grúas para la realización de los trabajosse delimitarán o restringirán los movimientos y o desplazamientosde las máquinas, de manera que no invadan las zonas de peligroen las situaciones más desfavorables (máximas elevaciones o des-plazamientos de las partes móviles), teniendo en cuenta tambiénlas máximas oscilaciones de los cables y cargas suspendidas, y seactivarán los mecanismos de limitación de movimientos y seobservará alguna de las siguientes precauciones:

• Corte de corriente.

• En el caso de que los equipos o máquinas tengan que colocar-se en una situación desde la que pudieran alcanzar la zona de

Forma de proceder, en el caso de un contacto eventual de la grúacon una línea eléctrica en tensión, para evitar electrocuciones

• El operador de la grúa debe permanecer dentro de la cabina.

• Los demás trabajadores deben mantenerse lejos de la grúa y de su carga.

• El operador de la grúa intentará separar la grúa moviéndolaen sentido contrario al que ha provocado el contacto.

• Si la grúa no puede separarse, el operador debe permanecerdentro de la cabina hasta que la línea sea desconectada.

• Si el operador de la grúa se viese absolutamente obligado a abandonarla, deberá hacerlo saltando con los pies juntos, lo más alejado posiblede la máquina para evitar contacto simultáneo entre ésta y tierra.

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Capítulo XVI. 203202 . Capítulo XVI

8.3. Los trabajos en instalaciones interiores directamente conec-tadas a líneas aéreas eléctricas deberán interrumpirse en caso detormenta.

8.4. El Jefe de Trabajo, o la persona responsable del trabajo,debe estar capacitado para identificar las situaciones climatológi-cas que requieran la interrupción de los trabajos, es decir, debehaber recibido una formación y adiestramiento que le permitaevaluar la situación. Una vez tomada la decisión, lo comunicará alos trabajadores a su cargo para que cesen la actividad.

8.5. El procedimiento de trabajo deberá especificar las situacio-nes en las que han de interrumpirse los trabajos, el responsablede tomar la decisión y lo que debe hacer cada uno de los traba-jadores en tales circunstancias.

7. ACCESO A RECINTOS DE SERVICIOY ENVOLVENTE MATERIAL ELÉCTRICO

7.1. El acceso a recintos independientes destinados al servicioeléctrico o a la realización de pruebas o ensayos eléctricos (cen-trales, subestaciones, centros de transformación, salas de controlo laboratorios) estará restringido a los trabajadores autorizados oa personal –bajo la vigilancia continuada de éstos– que haya sidopreviamente informado de los riesgos existentes y las precaucio-nes a tomar.

Las puertas de estos recintos deberán señalizarse indicando la pro-hibición de entrada al personal no autorizado. Cuando en el recintono haya personal de servicio, las puertas deberán permanecer cerra-das de forma que se impida la entrada del personal no autorizado.

7.2. La apertura de celdas, armarios y demás envolventes dematerial eléctrico estará restringida a trabajadores autorizados.

El acceso a los recintos y la apertura de las envolventes por partede los trabajadores autorizados sólo podrá realizarse con el cono-cimiento y permiso del titular de la instalación.

8. TRABAJOS EN CONDICIONESCLIMATOLÓGICAS DESFAVORABLES

8.1. Las medidas preventivas para la realización de trabajos alaire libre deberán tener en cuenta las posibles condicionesambientales desfavorables, de forma que el trabajador quede pro-tegido en todo momento.

8.2. Los trabajos en tensión al aire libre, cualquiera que sea elmétodo utilizado, se prohibirán o suspenderán en caso de tormen-ta, lluvia o viento fuertes, nevadas, o cualquier otra condiciónambiental desfavorable que dificulte la visibilidad o la manipula-ción de las herramientas.

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Capítulo XVII. 205204 . Capítulo XVII

Son incomunicaciones reforzadas:• La instalación en serie de dos aparatos de corte con venteo

a la atmósfera o drenaje del conducto entre ambos cortes.Es obligatorio, antes de iniciar el trabajo, verificar que noexiste producto peligroso entre los dos aparatos de corte.

• La colocación de brida ciega en el conducto que pueda serfuente del producto peligroso.

• La interrupción con corte visible y suficientemente ampliodel conducto y, si es preciso, con desalineación o interposi-ción de un elemento deflector.Sólo pueden emplearse elementos de incomunicación quepor su construcción se mantengan sin posibilidad de fallo,y no se consideran como tales los accionados de formahidráulica o neumática sin dispositivo de bloqueo.

1.1.2. BloqueoConsiste en la colocación de un elemento o la activación deun mecanismo que impida materialmente la actuación sobrelos elementos de incomunicación.En las Empresas de Hc Energía, sólo podrán emplearse meca-nismos de bloqueo con llaves extraíbles y únicas, que seránretiradas tras la colocación o activación del mecanismo debloqueo.Los mandos, incluidos los situados a distancia, que puedanactuar sobre el equipo o sistema también serán bloqueadoscuando sea posible.

1.1.3. VaciadoConsiste en la eliminación de los productos peligrosos en elequipo o sistema de la instalación.Se puede llevar a cabo:• Por DRENAJE, para lo que debe actuarse, necesariamente,

sobre los puntos más bajos del circuito.• Por VENTEO, para lo que se debe actuar sobre los puntos

más altos del circuito, controlando visualmente la apertura.Las válvulas empleadas en el venteo se bloquearán siempre enposición de abiertas.El vaciado es siempre obligatorio cuando se efectúen trabajos:• En el interior de equipos o sistemas.• De desmontaje, taladro, corte, soldadura, etc. sobre los

equipos o sistemas desde el exterior de los mismos.

DESCARGOSEN INSTALACIONESNO ELÉCTRICAS

Para las áreas en las que existan procedimientos de descargo defi-nidos, aprobados y difundidos adecuadamente, el seguimiento deéstos prevalecerá sobre las disposiciones recogidas en este manual.

1. DEFINICIONES

1.1. Descargo

Conjunto de maniobras sobre equipos o sistemas de una instala-ción para situarlos fuera de servicio, absolutamente inoperantes,totalmente aislados, ajenos a la llegada de cualquier tipo de ener-gía o sustancia.

La ejecución del DESCARGO requiere llevar a cabo, obligatoriamen-te, las cinco operaciones siguientes y en el orden que se señala:

• INCOMUNICACIÓN

• BLOQUEO

• VACIADO/DESPRESURIZADO o VENTEO

• COMPROBACIÓN

• SEÑALIZACIÓN

1.1.1. IncomunicaciónSe entiende por INCOMUNICACIÓN el aislamiento de un equi-po o sistema de forma que sea imposible la llegada de cual-quier tipo de energía o sustancia.Puede llevarse a cabo de dos modos:• SIMPLE: se emplea un solo aparato de corte.

Se puede adoptar esta solución si, tras la pertinente verifi-cación, existe seguridad de incomunicación.

• REFORZADA: utiliza varios medios de corte situados en serieo realiza un corte material en las líneas de las fuentes dellegada de energía o de sustancias.

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Capítulo XVII. 207206 . Capítulo XVII

• Supervisar y controlar la correcta realización de todas las ope-raciones.

• Autorizar la iniciación de los trabajos en el equipo o sistemadescargado.

1.3. Jefe de Trabajo

Es la persona, perteneciente a la plantilla de la Empresa, o miem-bro de una Compañía Auxiliar o Contratista, responsable de los tra-bajos que deban realizarse sobre los sistemas o equipos que debanser descargados. Se encargará, además, de dirigir o supervisarlos.

2. PROCEDIMIENTO GENERAL DE DESCARGO

2.1. Documentación

Para la realización de los descargos se cumplimentará, de formaabsolutamente obligatoria, el correspondiente DOCUMENTO DEDESCARGO, que constará como mínimo de las siguientes seccio-nes: Solicitud de Descargo, Descargo Realizado, Comprobaciónde Descargo, Fin de Trabajo, y Descargo Cancelado.

2.2. El Jefe de Trabajo cumplimentará y firmará la Solicitud deDescargo que entregará al Jefe de Descargo.

2.3. Una vez llevado a cabo el Descargo, el Jefe de Descargo lodevolverá firmado en la sección Descargo Realizado al Jefe deTrabajo, lo que le servirá a éste como autorización para iniciarlo.Deberá conservarlo en su poder hasta la finalización de dicho tra-bajo. Sin la referida autorización, queda absolutamente prohibidointervenir en modo alguno en la instalación.

Con dicha autorización, el Jefe de Trabajo, con independencia deque el Jefe de Descargo haya cerrado con sus llaves los mecanis-mos de bloqueo, los cerrará, a su vez, con las suyas y las custo-diará bajo su responsabilidad hasta la finalización del trabajo.

1.1.4. ComprobaciónConsiste en la realización de las pruebas necesarias para ase-gurarse de la inexistencia de cualquier producto peligroso oenergía en el equipo o sistema de la instalación y de que laincomunicación está garantizada.

1.1.5. SeñalizaciónConsiste en la colocación de TARJETAS con la advertencia de“PELIGRO” y de “PROHIBICIÓN DE MANIOBRAR”, que secolocarán obligatoriamente en los elementos de incomunica-ción, drenaje, venteo y mandos, incluidos los mandos a dis-tancia, del sistema o equipo que se pretende descargar.Siempre que sea posible, se colocarán de tal forma que nopuedan ser retiradas sin el desbloqueo previo.

1.2. Jefe de Descargo

Es la persona, perteneciente siempre a la plantilla de la Empresade Hc Energía, que en cada instalación se responsabiliza de:

• Determinar la forma de llevar a cabo las operaciones deDescargo y su Cancelación.

• Designar a los trabajadores encargados de llevar a cabo lasmaniobras de Descargo y la Cancelación del mismo, así comode establecer las medidas de prevención y los medios de pro-tección que deberán emplearse en su ejecución.

Figura 1. Ejemplos de carteles que pueden colocarse sobre los dispositivosde maniobra para que no sean accionados

PELIGRO

ANVERSO

NOACTIVARESTE

EQUIPO

LEER EL REVERSO

PELIGRO

REVERSO

NO ACTIVARESTE EQUIPOESTE CARTEL

NO DEBER SERRETIRADO SALVO

POR EL QUELO FIRMA

Fecha... Hora... am/pm

ANVERSO

FUERA DESERVICIO

NO ACTIVARAVERIA

VER EL REVERSO

REVERSO

Este cartel no debe serretirado hasta queel equipo indicado

este apto para operar

Nombre..............Fecha.................Hora........ am/pm

FUERA DESERVICIO

NO ACTIVARAVERIA

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Capítulo XVII. 209208 . Capítulo XVII

4. TRABAJOS EN DESCARGOEN CANALIZACIONES DE GAS

La realización de trabajos en descargo programado exigirá comomínimo:

• La comunicación al Jefe o al Supervisor de Operación, o lasolicitud de autorización en los casos en los que así lo seña-len los procedimientos de trabajo que sean de aplicación.

• El aislamiento con comprobación de la estanqueidad del cierre.

• El bloqueo de los aparatos de corte. Si no fuese posible, seseñalizará la prohibición de maniobrar.

• El venteo.

• La inertización en los casos en los que así esté establecido enel procedimiento de trabajo aplicable.

• La comunicación al Jefe o al Supervisor de Operación, antes dereponer el servicio, de la finalización de los trabajos, y la obten-ción, en este caso, de la autorización de puesta en servicio.

2.4. El Jefe de Trabajo, antes de iniciar el mismo, comprobarápersonalmente la efectiva realización del Descargo solicitado, fir-mando en la sección “Comprobación de Descargo”.

2.5. Una vez terminados completamente los trabajos autoriza-dos, el Jefe de Trabajo firmará la Sección “Fin de Trabajo”, devol-verá el Documento al Jefe de Descargo y abrirá con sus llaves losmecanismos de bloqueo.

Previamente se habrá asegurado personalmente de la ausencia depersonas y medios materiales en la zona de trabajo.

2.6. El Jefe de Descargo, tras recibir firmado el Fin de Trabajo ydespués de llevar a cabo las comprobaciones que estime necesa-rias, podrá cancelar el Descargo.

3. CANCELACIÓN DEL DESCARGO

Es el conjunto de maniobras que se deben realizar para volver aponer en servicio la instalación en la que se han llevado a cabolos trabajos.

Consiste en la realización de las cinco operaciones siguientes,que se ejecutarán siempre en el orden siguiente:

• Obligatoria comprobación por el Jefe de Descargo de la ausen-cia de personas y medios materiales en el interior de la zonade trabajo.

• Desbloqueo de las válvulas de venteo o drenaje.

• Cierre de las válvulas de venteo o drenaje.

• Desbloqueo de los dispositivos de incomunicación.

• Retirada de la señalización.

Finalizadas dichas operaciones, el Jefe de Descargo firmará en lasección “DESCARGO CANCELADO”.

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Capítulo XVIII. 211210 . Capítulo XVIII

2. TRABAJOS SOBRE INSTALACIONESDE GAS NATURAL

2.1. Los trabajos que se realicen en la proximidad de instalacio-nes de gas, no generarán llamas desnudas, chispas o sobrecalen-tamientos, salvo en los casos en los que se asegure de formaplena la ausencia de combustible o se tomen las medidas espe-ciales de prevención que sean precisas para asegurar la ausenciade riesgo.

2.2. Los trabajos que se realicen sobre instalaciones eléctricas enla proximidad de instalaciones de gas se realizarán sin tensión.

2.3. Los EPI y la ropa que utilicen los trabajadores no produci-rán descargas electrostáticas ni chispas.

2.4. Se establecerán procedimientos de trabajo que deberánincluir, entre otros, los siguientes apartados:

• Especificación del método de trabajo.

• Relación de todos los equipos a utilizar, incluidos EPI ymedios de prevención y protección.

• Secuencia de operaciones a realizar.

• Actuación en caso de emergencia.

• Empleo de lámparas portátiles de iluminación antideflagrantescon pantalla estanca y alimentados con tensión de seguridadde 24 V.

• Uso preferente de herramientas portátiles neumáticas. De usar-las eléctricas serán del tipo antideflagrante.

• Empleo de herramientas manuales antichispa.

• Comunicación de fin de trabajos y autorización de puesta enservicio.

TRABAJOSEN INSTALACIÓN DE GASCANALIZADO

1. INSTALACIONES DE GAS CANALIZADO

1.1. Las instalaciones de gas canalizado cumplirán todos losrequisitos señalados en los Reglamentos Técnicos que les seanaplicables.

1.2. En los accesos a instalaciones de regulación y medida seseñalizará la presencia de gas y la prohibición de fumar, encen-der fuego y producir chispas.

1.3. La instalación eléctrica propia será del tipo protegido utili-zado para los locales con riesgo de incendio o explosión.

1.4. Se asegurará la adecuada ventilación de las zonas.

1.5. Todos los equipos o elementos, de la propia instalación o desus proximidades, susceptibles de provocar descargas electroes-táticas, estarán puestos a tierra.

1.6. Queda prohibido dejar abandonados trapos u otros materia-les impregnados de material inflamable.

1.7. Se dispondrá de material contra incendios adecuado encantidad, distribución y agente extintor.

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Capítulo XIX. 213212 . Capítulo XVIII

TRABAJOS EN DESCARGOEN CANALIZACIONESDE GAS NATURAL

La realización de trabajos en descargo programado exigirá comomínimo:

• Comunicación al Jefe o al Supervisor de Operación, o solicitudde autorización en los casos en los que así lo señalen los pro-cedimientos de trabajo que sean de aplicación.

• El aislamiento con comprobación de la estanqueidad del cie-rre. Cuando existan dos elementos de corte en serie, se acti-varán ambos, siempre que no se vea incrementada la afecciónal servicio involucrado al propio descargo.

• El bloqueo de los aparatos de corte. Si no fuese posible, seseñalizará la prohibición de maniobrar.

• El venteo.

• La inertización en los casos en los que así esté establecido enel procedimiento de trabajo aplicable.

• La comunicación al Jefe o al Supervisor de Operación de la ter-minación de los trabajos antes de reponer el servicio, y laobtención, en su caso, de la autorización de puesta en servicio.

3. TRABAJOS EN EL INTERIORDE TANQUES Y DEPÓSITOS

Se seguirán las normas establecidas en el Capítulo 22 de estemanual, “Trabajos en Recintos Confinados”.

4. TRABAJOS EN ZANJAS E INSTALACIONESSUBTERRÁNEAS Y REGISTROS

Se seguirán las normas establecidas en el Capítulo 23 de estemanual, “Trabajos Bajo el Nivel del Suelo”.

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Capítulo XX. 215214 . Capítulo XX

2.6. Son de aplicación las prescripciones descritas en elCapítulo 8 de este manual, “Riesgo eléctrico”.

2.7. Son de aplicación las prescripciones descritas en elCapítulo 21 de este manual, “Trabajos en altura”.

2.8. Son de aplicación las prescripciones descritas en elCapítulo 23 de este manual, “Recintos confinados”.

2.9. Accesos:

• Se realizará un adecuado mantenimiento de las carreteras delparque, así como de los accesos al mismo. Para ello, seránecesario controlar el estado de los viales y solares, especial-mente ante la llegada de grúas y camiones pesados.

• Debe proveerse de medios para restringir los accesos: puertas,cercas, etc., debidamente señalizados.

• Se limitará la velocidad de los vehículos al máximo posible.

2.10. Aerogeneradores:

2.10.1. Puertas y Accesos:• Las puertas de entrada de la turbina y/o las salas con apa-

ramenta eléctrica deben:• Estar exentas de aristas vivas susceptibles de provocar

daños físicos.• Poseer un paso libre de obstáculos de más de 0,6 m de

anchura, el cual puede tener las aristas rebordeadas.• La parte inferior de los pasos de puerta debe tener una

altura máxima de 0,3 m por encima del nivel del suelo yuna altura de apertura de 1,8 m como mínimo.

• Tener una plataforma o suelo en el interior y en el exteriorcon una diferencia de nivel que no exceda 0,1 m y de másde 0,3 m de ancho.

• Tener capacidad de apertura inmediata sin el uso deherramientas/llaves.

SEGURIDADEN PARQUES EÓLICOS

1. DISPOSITIVOS TÉCNICOS DE SEGURIDAD

1.1. Las instalaciones de los parques eólicos serán acordes conlas normativas vigentes y deberán poseer los dispositivos técnicosde seguridad que garanticen un funcionamiento seguro durantesu vida útil.

2. MEDIDAS PREVENTIVASPARA LA EJECUCIÓN DE TRABAJOSEN PARQUES EÓLICOS

2.1. Se deberá realizar un control y mantenimiento adecuados yregulares de la sujeción pala - rotor, con el fin de evitar despren-dimientos incontrolados de la misma.

2.2. La escala de acceso a la góndola poseerá línea de vida ver-tical, así como dispositivos que eviten golpes o amortigüen al tra-bajador en caso de caída.

2.3. Todo trabajador que acceda por la góndola del aerogenera-dor lo hará provisto del adecuado equipo de protección anticaídasque estará perfectamente enganchado a la línea de vida existen-te. Además, éste poseerá amortiguador para evitar el golpe brus-co en caso de materializarse la caída.

2.4. Para evitar descargas eléctricas, se evitará la ejecución delos trabajos en caso de existencia o proximidad de tormenta.

2.5. Son de aplicación las prescripciones descritas en elCapítulo 1 de este manual, “Lugares de trabajo”.

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Capítulo XX. 217216 . Capítulo XX

• Ofrecer el espacio necesario para permanecer de pie conun mismo nivel de carga sobre ambos pies.

• Ofrecer suficiente espacio y soportes para el cuerpo (pasosy asideros) para colocarse en posición de trabajo y operarsin riesgo con las herramientas y materiales necesarios.

• Tener una profundidad mínima de 0,75 m y una alturamínima de 2 m frente a los armarios eléctricos equipadosde aparamenta de conexión.

• Estar provisto de una barandilla si existe peligro de caídade más de 0,5 m, o de asideros y puntos de anclaje paralos arneses de seguridad.

• Los Guardacuerpos deben:• Poseer una barra superior redondeada y lisa a una altura

mínima de 1,1 m por encima del área de permanencia.• Tener un rodapié de una altura mínima de 0,1 m.• No presentar espacio protegido que exceda de 0,5 m entre

cualquier pasamanos, calapié o barra intermedia.• Estar construidos para un retorno automático a una posi-

ción de protección del personal después de pasar si elacceso se realiza a través del guardacuerpos.

• Estar calculado, con sus soportes y puntos de anclaje,para al menos:• Una carga concentrada de 300 N/m multiplicada por la

distancia máxima entre ejes de dos soportes sucesivos.• Una deformación elástica con un máximo de 30 mm

debida a las cargas anteriormente mencionadas.

• Una plataforma y un lugar de permanencia deben:• Poseer una zona libre para permanencia de dimensiones

no menores a 0,5 m x 0,5 m calculada para una resisten-cia igual a la de un suelo.

• Ofrecer un espacio libre con un mínimo de altura libre verticalde 2,1 m y de 0,6 m de anchura sobre el área de permanencia.

2.10.4. Instalaciones de ascenso:• Las escaleras y las escalas de peldaños deben:

• Tener distancias de pasos sucesivos iguales, autorizándo-se una desviación de 15 mm.

• Poseer una barandilla / pasamanos cuando haya más dedos peldaños.

• Estar calculadas para una carga media de 3 kN/m.• Cumplir con la normativa vigente.

• Tener la capacidad de impedir que las personas quedencerradas en su interior.

• Tener un picaporte en ambos lados.• Tener la capacidad de quedar fijada en posición abierta.

• Las zonas de la cubierta de la góndola que puedan ser abier-tas, y las puertas y trampillas de acceso afectadas por elviento o la gravedad, deben permitir su fijación tanto enposición abierta como cerrada. Deben estar diseñadas paramantenerse abiertas con seguridad en condiciones de velo-cidad de viento máxima admisible, para mantenimiento dela turbina eólica incluyendo la tolerancia por ráfagas.

• Las aberturas de las trampillas de acceso a una pared para laentrada de una persona deben tener una abertura libre míni-ma de 0,4 m x 0,6 m. Sobre el suelo, deben tener una aber-tura mínima de 0,6 m x 0,6 m. Si está guiada estructural-mente, se permite una reducción de las dimensiones a 0,4 mx 0,6 m. Como alternativa, se permite una forma trapezoidal.Las esquinas de las aberturas pueden estar redondeadas.

• Las aberturas a través de los suelos y las plataformas debentener una cubierta abisagrada con dos posiciones estables:abierta y cerrada.

2.10.2. Salas de trabajo:• Si una sala de operación o una sala de media tensión está

equipada con aparamenta de conexión eléctrica, el espaciode trabajo enfrente de los armarios eléctricos debe tener unaanchura mínima de 0,75 m y una altura mínima de 2 m.

• Deben tomarse medidas para evitar la acumulación de gasestóxicos peligrosos, inflamables o explosivos en cualquier áreade la turbina eólica. Si existe un transformador de potencia,estas medidas deben comprender dispositivos de estanqui-dad de la sala del transformador o la provisión de ventilaciónadecuada, también en la situación de pérdida de red.

2.10.3.Suelos, plataformas, lugares de trabajo y permanencia:• El Suelo debe:

• Ser fijo, plano y antideslizante.• Estar calculado para al menos:

• Una carga de 1,5 kN concentrada sobre 0,2 m x 0,2 m.• Una carga distribuida uniformemente de 3 kN/m2.• Una deflexión que no exceda 1/200 la extensión del suelo.

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Capítulo XX. 219218 . Capítulo XX

• Los puntos de anclaje para el equipo de descenso de emer-gencia deben:• Soportar una carga de 10 kN por persona simultáneamen-

te sujeta sin rotura, con un mínimo de 20 kN.• Estar coloreados uniformemente (amarillo) para contrastar

con el fondo y marcados con la carga de trabajo de seguridad.• Estar disponibles cerca de los accesos de emergencias de

salida de la góndola y marcados para su uso.

2.10.5. Partes móviles, defensas y dispositivos de bloqueo:• Las partes móviles que puedan ser peligrosas y se pueda

necesitar que sean accesibles durante la operación, inspec-ción, mantenimiento o reparación deben estar protegidas.

• Las defensas deben:• Ser usadas para proteger a las personas de las partes

móviles (por ejemplo, buje, eje, freno de disco, y meca-nismo de orientación) cuyo contacto pueda ser peligroso.

• No dar lugar a un riesgo adicional.• No ser fáciles de desviar o de dejar inoperativas.• Donde sea posible, permitir que el trabajo de manteni-

miento esencial sea hecho sin su desmontaje.• Mantenerse asegurada en su sitio.• Ser usada para eliminar cualquier riesgo de daño causado

por contacto o proximidad a partes eléctricas o maquina-ria operando a altas temperaturas.

• Quedar fijadas por sistemas que solamente puedan serabiertos con herramientas.

• Donde sea posible, ser incapaces de permanecer en sulugar sin sus sujeciones.

• Ser de construcción robusta especialmente cuando pue-dan ser usadas como soporte del pie.

• Los dispositivos de bloqueo deben ser:• Suministrados con cada turbina.• Estructuralmente robustos, operados mediante bloqueo

mecánico y no dependientes de la fricción.• Calculados para sujetar el rotor, el sistema de orientación

o de cambio de paso a velocidades de viento hasta la velo-cidad extrema.

• Imposibles de desactivar no intencionadamente y de seractivados accidentalmente.

• Asegurados mecánicamente, sin dependencia de la fric-ción, en sus posiciones operativa y no operativa.

• Una escalera debe:• Estar protegida por un dispositivo anticaídas compren-

diendo una línea de anclaje y un mecanismo de protec-ción contra caídas o bien una estructura envolvente si laaltura vertical sobrepasa los 3 m.

• Tener travesaños de una anchura libre de 0,4 m o másentre dos mástiles (una anchura de 0,3 m está autorizadaen el caso de que el entorno haga imposible la utilizaciónde 0,4 m).

• Respetar una distancia sucesiva igual entre los travesañosde 0,25 m a 0,30 m (una desviación inferior a 15 mmestá autorizada).

• Tener travesaños de un diámetro mínimo de 25 mm. El pelda-ño debe tener una profundidad mínima de al menos 20 mm.

• Tener travesaños con una forma que prevenga un desliza-miento lateral del pie.

• No tener ninguna arista viva, porque estos travesañosconstituyen el agarre para la ascensión.

• Estar calculada para una carga concentrada de 1,5 kN yuna carga media de 1,5 kN.

• Incorporar sitios de descanso a intervalos verticales nomayores de 9 m.

• Los puntos de anclaje para líneas de seguridad deben:• Estar presentes en aquellos lugares donde exista peligro

de caída y no pueda ser construido un guardacuerpos (porejemplo, un peldaño, una abertura, una zona de perma-nencia, una plataforma, un final de escalera).

• Estar situados en una posición lógica en relación con elcuerpo y estar en la dirección correcta para dar soporte alcuerpo durante las actividades de trabajo.

• Tener una máxima distancia sucesiva de 1 m si es nece-sario más de un punto de anclaje.

• Ofrecer una abertura que tenga un tamaño mínimo de 30mm de diámetro.

• Tener una sección con un diámetro máximo de 20 mm.• No tener bordes agudos ni interior ni exteriormente.• Estar calculados para al menos una carga concentrada de

20 kN en cualquier dirección sin rotura, para hacer posi-ble el uso de un punto por dos personas.

• Estar coloreado uniformemente (amarillo) para contrastarcon el fondo.

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Capítulo XXI. 221220 . Capítulo XX

TRABAJOSEN ALTURA

1. DEFINICIÓN

Tendrán esta consideración los trabajos que se lleven a cabo apartir de 2 metros de altura.

2. NORMAS DE CARÁCTER GENERAL

2.1. Los trabajadores que realicen trabajos en altura estarán pro-tegidos, en todo momento, por medios de protección colectiva oindividual que resulten eficaces frente al riesgo de caída a distin-to nivel.

2.2. Los dispositivos de protección colectiva contra caídas sólopodrán interrumpirse en los puntos de acceso a una escalera o auna escalera de mano.

2.3. Cuando el acceso al equipo de trabajo o la ejecución de unatarea particular exija la retirada temporal de un dispositivo de pro-tección colectiva contra caídas, deberán preverse medidas com-pensatorias y eficaces de seguridad que se especificarán en laplanificación de la actividad preventiva. No podrá ejecutarse eltrabajo sin la adopción previa de dichas medidas. Una vez con-cluido este trabajo particular, ya sea de forma definitiva o tempo-ral, se volverán a colocar en su lugar los dispositivos de protec-ción colectiva contra caídas.

2.4. Las dimensiones de los equipos de trabajo deberán estaradaptadas a la naturaleza del trabajo y a las dificultades previsi-bles y deberán permitir un desplazamiento sin peligro.

• Marcados con posición operativa y no operativa, a menosque éstas sean evidentes.

• Fácilmente accesible y posibles de operar ya sea sin el usode herramienta adicional o teniendo las herramientasnecesarias para la operación disponibles.

• Capaces de ser operadas sin riesgo para las personas.• Operadas localmente.

2.10.6. Parada de emergencia:Los controles de activación de la parada de emergencia debenestar:

• Instalados en cada máquina, o al menos en la base de latorre y en las góndolas que sean visibles.

• Coloreados de color rojo, visibles, claramente reconocibles yfácilmente alcanzables desde todos los lugares donde elriesgo derivado de las partes móviles pueda sobrevenir.

• Operados por medio de accionamiento forzado y permanecerconectados después de su activación.

• Sin dependencia de lógica electrónica.

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Capítulo XXI. 223222 . Capítulo XXI

2.10. Los trabajos en altura sólo podrán efectuarse cuando lascondiciones meteorológicas no pongan en peligro la salud y laseguridad de los trabajadores.

3. TRABAJOS SOBRE APOYOS DE LINEASELÉCTRICAS AÉREAS

3.1. Normas a cumplir en todo tipo de apoyos

3.1.1. De forma general se prohíbe realizar trabajos en cualquiertipo de apoyo sin la presencia de otro operario a pie de apoyode línea eléctrica aérea.

3.1.2. Queda prohibido subir a cualquier tipo de apoyo sin asegu-rarse previamente de que se encuentra en buenas condicionesde solidez y estabilidad.El control de su estado en los apoyos de madera puede llevar-se a cabo, entre otros, por alguno de los siguientes métodos:• Golpeando con un cuerpo duro (sonido sordo = mal estado).• Con herramientas punzantes para ver si está carcomido inte-

riormente, comprobando tanto su parte aérea como laenterrada.

• Aplicando fuerza de forma transversal a la línea (si cruje cercadel suelo, es señal de que el apoyo está en mal estado).

En los apoyos y soportapostes de hormigón se verificará, enparticular, si la armadura se encuentra visible; en caso afirma-tivo se entenderá que su situación no es segura. También secomprobará el estado de los empotramientos.En los apoyos metálicos se controlará el nivel de corrosión delos montantes, el apriete de la tornillería y la falta de diago-nales o herrajes.

3.1.3. Si no está plenamente confirmada la solidez y estabilidadde los apoyos, se procederá siempre a su correcto arriostra-miento y sujeción.

3.1.4. Si ha de subirse a un apoyo para cortar o soltar un conduc-tor o, en general, para realizar una operación que modifique opueda modificar su estado de equilibrio, habrá que afianzarlocon un arriostramiento eficaz y seguro, cualquiera que sea elestado del apoyo.

2.5. La elección del tipo más conveniente de medio de acceso alos puestos de trabajo en altura deberá efectuarse en función dela frecuencia del desplazamiento, la altura a la que se deba subiry la duración de la utilización. La elección efectuada deberá per-mitir la evacuación en caso de peligro inminente.

2.6. Cuando deban emplearse EPI frente a caídas, se utilizarásiempre un arnés de seguridad con tirantes y perneras unido a unpunto seguro que estará situado por encima del enganche delarnés, en lugar de un cinturón de seguridad de sujeción.

Se exceptuarán de esta norma los trabajos sobre postes de made-ra cuando no sea posible la utilización de arnés y en posicionesde trabajo fijas sobre apoyos, únicos casos en los que se podráutilizar el cinturón de seguridad de sujeción.

2.7. Los trabajadores revisarán antes de cada utilización el esta-do de conservación y limpieza de los cinturones y arneses, asícomo el de sus elementos auxiliares o complementarios, des-echando los que presenten deterioros o deficiencias que seránentregados al Jefe de Trabajo para su sustitución.

En todo caso, se revisará periódicamente el estado de estos equi-pos de protección de acuerdo con las instrucciones del fabricante.

2.8. El ascenso a puntos elevados y el descenso de los mismosse hará siempre sin portar ningún objeto con las manos.

Si han de transportarse herramientas, éstas irán en su correspon-diente bolsa portaherramientas, y se anclarán mediante cuerdas uotros elementos a elementos rígidos, con el fin de evitar posiblescaídas de objetos.

2.9. Nunca se lanzarán, hacia arriba o hacia abajo, materiales oherramientas.

Se subirán o bajarán mediante una cuerda u otros medios auxi-liares con la carga perfectamente afianzada.

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Capítulo XXI. 225224 . Capítulo XXI

3.3.3. Los trabajos en los apoyos se harán siempre con el trabajadorpermanentemente protegido por arnés de seguridad con disposi-tivo anticaída, incluido el ascenso y descenso de los mismos.

3.3.4. Para el tendido de las líneas de vida se usarán pértigas quepermitan situar sus anclajes por encima del trabajador.

3.3.5. Queda prohibido ascender o descender de apoyos de hor-migón trepando por los alvéolos sin utilizar línea de vida.

3.3.6. En los apoyos que no dispongan de elementos para la colo-cación de línea de vida, para el ascenso y descenso se emple-arán escaleras portátiles dotadas de un elemento situado en suparte superior que la estabilice al colocarla. Antes de su utili-zación se asegurará su correcto asentamiento sobre el suelo.Durante el primer ascenso otro trabajador sujetará firmemente laescalera desde el suelo y no dejará de hacerlo hasta que el traba-jador que suba haya asegurado tanto la escalera como a él mismo.Tras el ascenso, la primera operación que se llevará a caboserá el afianzamiento de la escalera por su parte superior.Una vez llevada a cabo la operación anterior, el operario suje-tará su arnés o cinturón de seguridad con dispositivo anticaí-da a un punto seguro.Una vez terminado el trabajo, un trabajador sujetará firmemen-te la escalera desde el suelo para que el descenso se desarro-lle con seguridad.

3.3.7. En el caso de apoyos tubulares, podrán emplearse, en vezde escaleras portátiles, peldaños desmontables o fijos.

3.4. Apoyos metálicos

3.4.1. En la ejecución de todos los trabajos en altura que se lle-ven a cabo sobre este tipo de apoyos –incluido el ascenso, eldescenso y los desplazamientos laterales–, los trabajadoresestarán permanentemente unidos a su arnés de seguridad condispositivo anticaída enganchado a un punto de anclaje segu-ro; y, siempre que sea posible, dicho punto se encontrará porencima del punto de enganche del arnés.

3.4.2. El tendido de la línea de vida vertical se llevará a cabo pormedio de pértigas aislantes que sitúen sus anclajes siemprepor encima del trabajador.

3.1.5. Los arriostramientos se realizarán sin subir a los apoyossobre los que se vayan a llevar a cabo, salvo que esté asegu-rada su solidez y estabilidad.

3.1.6. Si el arriostramiento de un apoyo y su sujeción no asegu-ran su estabilidad, la ejecución de los trabajos se llevará acabo sobre medios de elevación independientes de aquél.

3.2. Apoyos de madera

3.2.1. Para el ascenso y descenso de los postes se emplearán tre-padores y cinturón de seguridad.El cinturón de seguridad rodeará permanentemente el apoyo yel cuerpo del trabajador.

3.2.2. Una vez arriba, y antes de comenzar los trabajos, se afian-zará la banda de amarre del cinturón.

3.2.3. Los trepadores se revisarán antes de cada uso y deberácomprobarse:• el buen estado de sus correas y hebillas.• el perfecto afilado de sus puntas.• la ausencia de deformaciones, síntomas de rotura o desgas-

tes importantes.En el caso de que se aprecien deficiencias en los mismos, nopodrán emplearse, debiendo ser sustituidos por otros encorrecto estado.

3.2.4. Los trabajadores nunca intentarán corregir, ni en frío ni encaliente, las deformaciones que puedan presentar los trepadores.Del mismo modo, nunca se modificará su forma original.

3.3. Apoyos de hormigón y tubulares

3.3.1. Los apoyos de hormigón de nueva instalación llevaránincorporados elementos seguros para la colocación de líneasverticales de vida. Dichos elementos no distarán entre ellos nidel suelo más de cuatro metros.

3.3.2. Cuando deba ascenderse a apoyos que carezcan de los ele-mentos citados en el apartado anterior les serán colocadospara su posterior uso.

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Capítulo XXI. 227226 . Capítulo XXI

colectiva contra caídas. Durante su utilización se evitará la presenciade obstáculos como herramientas, escombro y suciedad en general.

Cuando algunas partes de un andamio no estén listas para su utili-zación en particular durante el montaje, el desmontaje o las trans-formaciones, dichas partes deberán contar con señales de adverten-cia de peligro general y delimitadas convenientemente medianteelementos físicos que impidan el acceso a la zona de peligro.

4.2. Andamios apoyados

4.2.1. Se montarán siempre andamios metálicos con elementosque carezcan de deformaciones, grietas, puntos de corrosióno cualquier otra característica que comprometa su resistencia.

4.2.2. Los dispositivos de unión de los elementos desmontablesserán eficaces y de fácil montaje, bloqueo e inspección.Ofrecerán total seguridad, impidiendo que se suelten acciden-talmente de los elementos.

4.2.3. Se apoyarán sobre superficies planas y de suficiente resistencia.

4.2.4. Se deberá garantizar la estabilidad del andamio.

4.2.5. Dispondrán de bases de apoyo regulables con las siguien-tes dimensiones mínimas:• 5 mm de espesor• 150 cm2 de superficie de contacto• 120 mm de anchura

4.2.6. Los andamios se arriostrarán cada 3,80 m de altura, ocada 20 m2 de superficie a puntos de anclaje absolutamenteseguros y fiables.

4.2.7. Las plataformas de trabajo deben poseer las siguientescaracterísticas:• Estar constituidas por elementos metálicos.• Tener una anchura mínima de 60 centímetros.• Tener una superficie antideslizante.• Disponer de barandilla rígida en todo el perímetro de su contor-

no, incluso por el interior, con resistencia mínima de 150 Kg/m2,con altura mínima de 0,90 metros, formada por pasamanos y lis-tón intermedio, y con un rodapié de 15 cm como mínimo.

• Estar dotadas de un sistema que impida que puedan serlevantadas por la acción del viento.

4. UTILIZACIÓN DE LOS ANDAMIOS

4.1. Normas a cumplir en todo tipo de andamios

Queda prohibido el uso de andamios de borriquetas.

Los andamios sólo podrán ser montados, desmontados o modifi-cados sustancialmente bajo la dirección de una persona con unaformación universitaria o profesional que lo habilite para ello, ypor trabajadores que hayan recibido una formación adecuada yespecífica para las operaciones previstas. La persona que las diri-ja debe inspeccionar el andamio antes de su puesta en servicio,periódicamente durante su utilización y tras cualquier modifica-ción, período de no utilización, exposición a la intemperie, o cual-quier otra circunstancia que hubiera podido afectar a su resisten-cia o a su estabilidad.

Estas operaciones, salvo que el andamio se monte según una con-figuración tipo generalmente reconocida, deben realizarsesiguiendo un plan de montaje en el que deben establecerse, entreotras, las medidas de protección frente a caídas a distinto niveldurante las fases de montaje, utilización y desmontaje.

En el caso de andamios que dispongan de marcado “CE”, esteplan de montaje puede sustituirse por las instrucciones del fabri-cante, proveedor o suministrador, y estas operaciones podrán serdirigidas por una persona que disponga de una experiencia certifi-cada por el empresario en esta materia de más de dos años y cuen-te con la formación preventiva correspondiente, como mínimo, alas funciones de nivel básico. Además deberá inspeccionar elandamio antes de su puesta en servicio, de manera periódicadurante su utilización y tras cualquier modificación, período de noutilización, exposición a la intemperie o cualquier otra circunstan-cia que hubiera podido afectar a su resistencia o a su estabilidad.

Los elementos de apoyo de un andamio deberán estar protegidoscontra el riesgo de deslizamiento. Deberá impedirse mediante dis-positivos adecuados el desplazamiento inesperado de los anda-mios móviles durante los trabajos en altura.

Las plataformas de los andamios se montarán de tal forma que suscomponentes no se desplacen durante la utilización normal de losmismos. No deberá existir ningún vacío peligroso entre los compo-nentes de las plataformas y los dispositivos verticales de protección

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Capítulo XXI. 229228 . Capítulo XXI

4.3.10. Ningún andamio colgante tendrá una longitud superior alos 8 metros.

4.3.11. Las plataformas de trabajo reunirán los siguientes requisitos:• Tener una nchura mínima de 60 centímetros.• Tener una superficie antideslizante.• Disponer en todo su contorno, incluso por el interior, de

barandilla rígida con resistencia mínima de 150 Kg/m2,altura mínima de 0,90 metros, listón intermedio y rodapiéde 15 centímetros de altura.

• El ensamblaje de sus módulos se llevará a cabo con elemen-tos antibasculantes.

4.3.12. Los operarios que trabajen sobre andamios colgados utili-zarán, permanentemente, un arnés de seguridad unido a un dis-positivo anticaída completamente independiente del andamio.

4.3.13. Siempre que sea posible, el andamio se arriostrará en suposición de trabajo.

4.3.14. Antes de su primer uso, todo andamio colgado se some-terá a una prueba de carga bajo la dirección de la personahabilitada para ello.

4.3.15. Cuando la velocidad del viento alcance los 50 Km/hdeberán suspenderse inmediatamente los trabajos y asegurarel andamio.

4.3.16. Revisión y mantenimientoDiariamente se revisarán todos los elementos del andamiosometidos a esfuerzo, y se sustituirán los que se encuentrenen estado deficiente.Para los aparatos de izar se seguirán escrupulosamente lasinstrucciones dadas por el fabricante, que deberán estar indi-cadas en los folletos que tienen que suministrarseobligatoriamente con ellos.En las trócolas se controlará especialmente el arrollado unifor-me del cable sobre el tambor a través de la mirilla de inspec-ción de la que disponen.Los aparatos de izar se mantendrán permanentementeengrasados y limpios.

4.2.8. El acceso a las plataformas de trabajo se llevará a cabo porescaleras interiores del propio andamio.

4.3. Andamios colgados

Este tipo de andamios requiere obligatoriamente un plan de mon-taje, utilización y desmontaje realizado por una persona con for-mación universitaria que lo habilite para ello y que recoja, entreotros aspectos, el método de acceso y abandono de las platafor-mas de trabajo que elimine el riesgo de caídas y golpes.

4.3.1. Los cables de sustentación se fijarán a puntos de anclajeabsolutamente fiables.

4.3.2. Se evitará el contacto de los cables con objetos cortanteso abrasivos y con aristas vivas.En caso de que se produzcan o puedan producirse dichos con-tactos, se colocarán los elementos de protección precisos paraevitar su deterioro.

4.3.3. Los extremos de los cables estarán correctamente rematadosy sus ajustes de ojales y lazos estarán provistos de guardacabosque aseguren la protección del cable a la demanda de la carga.

4.3.4. Se usará, exclusivamente, el tipo de cable indicado por elfabricante de los aparatos de izar que se empleen.

4.3.5. Los cables que presenten nudos, deformaciones perma-nentes, aplastamientos o rotura de sus hilos se desecharán, ose sustituirán por otros en buen estado

4.3.6. Nunca se usarán los cables del andamio para atar o eslin-gar cargas.

4.3.7. Si en el montaje de los andamios se emplean ganchos,estos estarán dotados siempre de su correspondiente pestillode seguridad.

4.3.8. Sólo se emplearán aparatos de izar (tráctel o trócola) espe-ciales para andamio, certificados y con su correspondientemarcado CE.

4.3.9. Los aparatos de izar se mantendrán permanentemente ali-neados con los cables, que mantendrán siempre una posiciónvertical.

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Capítulo XXI. 231230 . Capítulo XXI

• sólo estarán pintadas con barnices transparentes

• los largueros serán de una sola pieza

• los peldaños estarán ensamblados y no sólo clavados.

5.6. Se prohíbe el empalme de escaleras salvo que estén espe-cialmente preparadas para ello.

5.7. Las escaleras compuestas de varios elementos adaptables oextensibles deberán utilizarse de forma que la inmovilización recí-proca de los distintos elementos esté asegurada.

5.8. Las escaleras de mano simples tendrán una longitud máxima de5 metros. Para el caso de escaleras reforzadas de resistencia garanti-zada se podrán utilizar para un máximo de 7 metros de altura.

5.9. Será obligatorio el uso del arnés de seguridad en trabajos amás de 3,5 metros de altura medidos desde el punto de opera-ción al suelo que requieran esfuerzos o movimientos que ponganen peligro la estabilidad del trabajador.

5.10. Las escaleras estarán dotadas de mecanismos antidesli-zantes en su pie, que eviten deslizamientos.

5.11. En la utilización de una escalera de mano se adoptarán lassiguientes precauciones:

• Se colocará de forma que su estabilidad durante su utilizaciónesté asegurada.

• Los puntos de apoyo deberán asentarse sólidamente sobre un sopor-te de dimensiones adecuadas y que sea estable, resistente e inmó-vil, de forma que los travesaños queden en posición horizontal.

• Se impedirá el deslizamiento de los pies de las escaleras demano durante su utilización, ya sea mediante la fijación de laparte superior o inferior de los largueros, o mediante cual-

4.4. Situaciones especiales

En el caso de que las condiciones especiales del lugar de traba-jo no permitan cumplir todas las normas señaladas en esteCapítulo para los andamios, la instalación de los mismos se lle-vará a cabo bajo la responsabilidad de la persona habilitada paraello, que deberá adoptar las soluciones alternativas que asegu-ren, en todo caso, la estabilidad y resistencia de dichos anda-mios, así como la protección de los trabajadores frente al riesgode caída mediante el uso de los medios de protección colectiva eindividual que sean precisos.

5. UTILIZACIÓN DE ESCALERAS DE MANO

5.1. La utilización de una escalera de mano como puesto de tra-bajo en altura deberá limitarse a las circunstancias en que, la uti-lización de otros equipos de trabajo más seguros no esté justifi-cada por el bajo nivel de riesgo y por las características de losemplazamientos que el empresario no pueda modificar.

5.2. Queda prohibido el uso de escaleras de mano no homologadas.

5.3. Las escaleras de mano ofrecerán las garantías necesarias desolidez, estabilidad y seguridad.

Los trabajadores no emplearán las que no reúnan dichos requisitos.

Los Responsables de cada Servicio, personalmente o por delegación,revisarán periódicamente su estado para retirar las deficientes.

5.4. Los largueros y los peldaños de las escaleras utilizadas paratrabajos en instalaciones eléctricas dentro de la zona de proximi-dad serán de material aislante.

5.5. Las escaleras de madera deberán cumplir los siguientesrequisitos:

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Capítulo XXI. 233232 . Capítulo XXI

5.14. Las escaleras de carro estarán provistas de barandillas deprotección.

Cuando se utilicen, se inmovilizarán para evitar movimientosintempestivos.

6. UTILIZACIÓN DE LAS TÉCNICASDE ACCESO Y DE POSICIONAMIENTOMEDIANTE CUERDAS

6.1. Las escaleras de mano, los andamios y los sistemas utiliza-dos en las técnicas de acceso y posicionamiento mediante cuer-das deberán tener la resistencia y los elementos necesarios deapoyo o sujeción, o ambos, para que su utilización en las condi-ciones para las que han sido diseñados no suponga un riesgo decaída por rotura o desplazamiento.

6.2. El sistema constará como mínimo de dos cuerdas con suje-ción independiente; una como medio de acceso, de descenso y deapoyo (cuerda de trabajo) y la otra como medio de emergencia(cuerda de seguridad).

6.3. Se facilitará a los trabajadores unos arneses adecuados, quedeberán utilizar y conectar a la cuerda de seguridad.

6.4. La cuerda de trabajo estará equipada con un mecanismoseguro de ascenso y descenso y dispondrá de un sistema de blo-queo automático con el fin de impedir la caída en caso de que elusuario pierda el control de su movimiento. La cuerda de seguri-dad estará equipada con un dispositivo móvil contra caídas quesiga los desplazamientos del trabajador.

6.5. Las herramientas y demás accesorios que deba utilizar eltrabajador deberán estar sujetos al arnés o al asiento del trabaja-dor o sujetos por otros medios adecuados.

quier dispositivo antideslizante o cualquier otra solución deeficacia equivalente.

• Si se apoyan sobre superficies cilíndricas se sujetarán median-te abrazaderas.

• No se deben emplear frente a puertas que puedan abrirse niapoyadas en tuberías.

• Las escaleras de mano para fines de acceso deberán tener lalongitud necesaria para sobresalir al menos un metro delplano de trabajo al que se accede.

• Las escaleras de mano simples se colocarán, en la medida de loposible, formando un ángulo aproximado de 75º con la horizontal.

• Antes de subir a una escalera el trabajador deberá comprobar que sucalzado carece de barro, grasa o cualquier sustancia resbaladiza.

• El ascenso, el descenso y los trabajos desde escaleras se efec-tuarán de frente a éstas.

• El ascenso y descenso se hará con las manos libres, y el tra-bajador deberá agarrarse con ambas manos a los peldaños yno a los largueros.

• No se utilizarán simultáneamente por más de una persona.

• Las herramientas se transportarán en su correspondiente bolsa.

• En los trabajos sobre escaleras, se evitarán las posturas forza-das, manteniendo siempre el tronco entre los largueros y no sesubirá nunca por encima de los últimos tres peldaños.

• Se prohíbe el transporte y manipulación de cargas por o desdeescaleras de mano cuando por su peso o dimensiones puedancomprometer la seguridad del trabajador.

• Se prohíbe el paso de un operario desde una escalera a otra sin des-cender de la primera para posteriormente ascender a la segunda.

5.12. Las escaleras de tijera dispondrán de elementos de segu-ridad que impidan su apertura al ser utilizadas.

5.13. Se prohíbe la utilización de las escaleras de tijera en posiciónde plegadas y en ningún caso se trabajará sobre ellas a horcajadas.

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Capítulo XXII. 235234 . Capítulo XXI

TRABAJOSSUPERPUESTOS

1. DEFINICIÓN

Se entenderá por trabajos superpuestos los que se lleven a cabopor varios trabajadores situados a diferentes alturas, y que gene-ren riesgo para aquellos situados en cotas inferiores.

2. GENERALIDADES

2.1. Con anterioridad a la iniciación de los trabajos superpues-tos, el Jefe de Trabajo diseñará un plan de trabajo encaminado areducir al máximo la posición de los trabajadores en la vertical oárea de influencia de otros.

2.2. Cuando sean varios los equipos de trabajadores que llevena cabo dichos trabajos, los diferentes Responsables se coordina-rán para lograr lo señalado en el apartado anterior.

2.3. Cuando sea imposible evitar la superposición de trabajado-res, se emplearán protecciones colectivas que retengan los obje-tos que puedan caerse o las proyecciones de fragmentos o partí-culas que se generen en el trabajo. Dichas protecciones puedenser rodapiés, cubiertas para huecos, tableros de alma llena,cubiertas para suelos de rejillas, etc.

2.4. Las cotas inferiores del lugar en el que se lleven a cabo lostrabajos superpuestos, en las que existan riesgo de caída de obje-tos y partículas o sustancias peligrosas, serán convenientementeacotadas y señalizadas, y se restringirá el acceso al mínimoimprescindible tras tomar todas las medidas de prevención y pro-tección posibles.

6.6. El trabajo deberá planificarse y supervisarse correctamentede manera que, en caso de emergencia, se pueda socorrer inme-diatamente al trabajador.

6.7. Se exigirá a los trabajadores que realicen este tipo de tare-as una formación adecuada y específica para las operaciones pre-vistas, destinada en particular a:

• Las técnicas para la progresión mediante cuerdas y sobreestructuras.

• Los sistemas de sujeción.

• Los sistemas anticaídas.

• Las normas sobre el cuidado, mantenimiento y verificación delequipo de trabajo y de seguridad.

• Las técnicas de salvamento de personas accidentadas en sus-pensión.

• Las medidas de seguridad ante condiciones meteorológicasque puedan afectar a la seguridad.

• Las técnicas seguras de manipulación de cargas en altura.

6.8. En circunstancias excepcionales en las que, habida cuentade la evaluación del riesgo la utilización de una segunda cuerdahaga más peligroso el trabajo, podrá admitirse la utilización deuna sola cuerda siempre que se justifiquen las razones técnicasque lo motiven y se tomen las medidas adecuadas para garantizarla seguridad.

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Capítulo XXIII. 237236 . Capítulo XXII

TRABAJOSEN RECINTOS CONFINADOS

1. DEFINICIÓN

Un recinto confinado es cualquier espacio con aberturas limitadasde entrada y salida y ventilación natural desfavorable en el quepueden acumularse contaminantes tóxicos o inflamables o quepueden tener una atmósfera deficiente en oxígeno, y que no estáconcebido para una ocupación continuada por parte del trabajador.

En este tipo de espacios, existe:

• Dificultad de acceso y/o evacuación.

• La persona entra de cuerpo entero o mantiene la cabeza intro-ducida en el recinto durante la ejecución del trabajo.

• Posibilidad de acumulación de gases inflamables.

• No está concebido para una ocupación continuada.

Pueden ser recintos confinados, entre otros, los siguientes: ERM’senterradas o semienterradas, arquetas, etc.

2. Para la realización de trabajos en este tipo de recintos seráimprescindible la emisión de un PERMISO PARA TRABAJOSESPECIALES - RECINTOS CONFINADOS según el modelo esta-blecido, autorizado por los Responsables de la Instalación y el deMantenimiento en el que garanticen que se han tomado una seriede medidas para poder intervenir en el recinto con un adecuadocontrol de los riesgos. En caso de existir, se seguirá el procedi-miento de trabajo establecido al efecto, que debe recoger la nece-sidad de emitir el citado permiso.

El Responsable de la Instalación certificará, en su caso:

• La realización de los descargos precisos, eléctricos y no eléctricos.

• La adecuada temperatura del recinto.

2.5. Los trabajadores emplearán en todo momento casco deseguridad, además de otros equipos de protección frente a losriesgos presentes en el lugar de trabajo cuando sea preciso.

2.6. Queda prohibido depositar herramientas o materiales deforma desordenada, de modo que puedan caerse o ser empujadasaccidentalmente.

Las herramientas manuales que no se estén utilizando estarán reco-gidas en sus correspondientes cajas o fundas portaherramientas.

Los materiales resultantes de los trabajos, como restos de electro-dos, recortes metálicos o tuercas se depositarán en bolsas que sefacilitarán al efecto o se colocarán en lugares desde los que nosea posible su caída accidental.

2.7. Cuando se manipulen objetos pesados o sustancias peligro-sas, se suspenderán los trabajos en los niveles inferiores quepudieran ser afectados, hasta que finalice la operación.

2.8. Se evitará, en la medida de lo posible, sobrecargar los pisos,pasillos o plataformas con acumulación excesiva de materiales oconcentración de trabajadores, tratando de distribuir las cargasde forma regular por las mismas.

2.9. En ningún caso se arrojarán herramientas o materiales haciaarriba o hacia abajo.

Serán transportados por los trabajadores o se emplearán cuerdasu otros medios auxiliares de elevación con la carga perfectamen-te afianzada.

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Capítulo XXIII. 239238 . Capítulo XXIII

3. Antes de acceder al recinto, el Jefe de Trabajo informará dete-nidamente a los operarios del procedimiento de trabajo a emple-ar, de las tareas asignadas a cada trabajador y de las medidas deprevención y protección que deban observarse y dará cuantas ins-trucciones complementarias sean precisas para el correcto yseguro desarrollo de las operaciones.

4. Durante la ejecución de los trabajos existirá una permanentevigilancia desde el exterior del recinto confinado llevada a cabopor trabajadores perfectamente instruidos sobre el modo deactuación ante cualquier emergencia.

El trabajador que permanezca en el exterior debe mantener con-tinuo contacto visual u otro medio de comunicación eficaz con eltrabajador o trabajadores que ocupen el espacio interior.

Además, se mantendrán libres de obstáculos las vías de evacua-ción y abiertas las puertas o tapas de salida y se colocará unaescalera si fuera necesaria su utilización en el acceso.

5. Una vez finalizados los trabajos, el Jefe de los mismos emiti-rá un PARTE DE FINAL DE TRABAJO, previa comprobación deque todos los trabajadores han abandonado el recinto y se hanretirado los materiales y equipos.

Dicho PARTE se entregará al Responsable de Mantenimiento que,tras confirmar la correcta ejecución de los trabajos y que la zonaha quedado despejada de personas, materiales y equipos, firmaráel correspondiente CONFORME y lo hará llegar al Responsable dela Instalación, quien después de efectuar, a su vez, las comproba-ciones que estime pertinentes, dará las órdenes necesarias paraponer la instalación intervenida en situación de puesta en servicio.

• El lavado y/o inertización.

• La ausencia de atmósferas explosivas.

• El correcto contenido de oxígeno en el interior del recinto.

• La inexistencia de sustancias inflamables, tóxicas o corrosivas.

• Que se han despejado las entradas y salidas del recinto.

Además, señalará las Instrucciones complementarias o precaucio-nes especiales a seguir por los trabajadores de Mantenimiento enlos trabajos previos.

El Responsable de Mantenimiento, supervisor de los trabajos, cer-tificará, en su caso:

• La efectiva realización de los descargos.

• La adecuación de la ventilación y la instalación de ventilaciónforzada cuando sea necesaria.

• La colocación de la señalización precisa.

• La existencia y adecuación de medios de lucha contra incendios.

• La adecuación de la superficie de trabajo.

• El cumplimiento de las Instrucciones complementarias dadaspor el Responsable de la Instalación.

Asimismo, indicará el Procedimiento Específico de Trabajo a seguir,los EPI que obligatoriamente deban utilizarse y las Instruccionescomplementarias que deban seguirse en la ejecución de los trabajos,entre las que figurará la asignación de recurso preventivo.

El Jefe de Trabajo firmará el permiso y se responsabilizará delcumplimiento de las Instrucciones complementarias, del empleode los EPI de uso obligatorio, de la adecuada ejecución delProcedimiento de Trabajo establecido y del correcto funciona-miento de los medios de prevención y protección instalados.

El PERMISO señalará el período de tiempo durante el que seautoriza la entrada al recinto, que no debe superar la jornada detrabajo. Queda absolutamente prohibido acceder o permanecer enél fuera de dicho espacio de tiempo.

El PERMISO se extenderá por triplicado y el original quedará enpoder del Responsable de la Instalación y las otras dos copias enpoder del Responsable de Mantenimiento y del Jefe de Trabajo,respectivamente.

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Capítulo XXIII. 241240 . Capítulo XXIII

el exterior la totalidad del espacio confinado, se avanzará paulati-namente y con las medidas de prevención y protección necesariasdesde zonas totalmente controladas.

Normalmente se emplearán equipos de lectura directa para cono-cer “in situ” las características del ambiente valorado.

Para exposiciones que puedan generar efectos crónicos y en lasque se requiera una mayor fiabilidad en la medición ambiental,deben utilizarse equipos de muestreo para la captación del posi-ble contaminante en soportes de retención y posterior análisis delaboratorio.

El instrumental de lectura directa puede ser portátil o bien fijocuando se trate de lugares que por su alto riesgo requieran uncontrol continuado.

Para mediciones a distancias considerables hay que tener precau-ción en los posibles errores de medida, en especial si es posibleque se produzcan condensaciones de vapores en el interior de laconducción de captación.

7.2. Medición de atmósferas inflamables o explosivas

La medición se llevará a cabo mediante explosímetros, equiposcalibrados respecto a una sustancia inflamable patrón.

Será necesario contar con aparatos con sensor regulado paraseñalar visual y acústicamente cuando se alcance el 10 % y el20-25% del Límite Inferior de Inflamabilidad (L.I.I.).

Cuando se pueda superar el 5% del L.I.I., el control y las medi-ciones serán continuadas.

Cuando se realicen mediciones o trabajos previos desde el exte-rior de espacios con posibles atmósferas inflamables hay que vigi-lar especialmente la existencia de focos de ignición en las proxi-midades de la boca del recinto.

Nota: L.I.I. = Límite Inferior de Inflamabilidad, es la concentra-ción mínima de vapor o gas en mezcla con aire, por debajo de lacual no existe propagación de la llama al ponerse en contacto conuna fuente de ignición.

6. PROCEDIMIENTO DE TRABAJO

La ejecución de los trabajos en el interior de Recintos Confinadosexige el establecimiento de un Procedimiento Específico deTrabajo en el que se regulen las actuaciones concretas a seguirpor el personal durante su actuación en el interior del Recinto.

Algunas de las cuestiones que deben ser incluidas en esteProcedimiento de Trabajo son:

• Medios de acceso al recinto (escaleras, escalas, plataformas, etc.).

• Medidas preventivas a adoptar durante el trabajo (ventilación,extracción localizada, control continuo de la atmósfera inte-rior, etc.).

• Equipos de trabajo a emplear (preferencia de los neumáticossobre los eléctricos).

• Tensiones de servicio permitidas.

• Equipos de iluminación (alimentados siempre que se puedapor tensiones de 24 voltios, dejando fuera el transformador).

• Situación de equipos de soldadura, botellas de gases, etc.,fuera del recinto.

• Equipos de Protección Personal de uso obligatorio.

• Vigilancia y control exterior de las operaciones.

• Medios de rescate e intervención de urgencia.

7. CUESTIONES VARIAS

7.1. Medición y evaluación de la atmósfera interior

El control de los riesgos específicos por atmósferas peligrosas requierede mediciones ambientales con el empleo de instrumental adecuado.

Las mediciones deben realizarse previamente a la realización delos trabajos y de forma continuada mientras se realicen éstos ysea susceptible de producirse variaciones en la atmósfera interior.

Las mediciones previas deben efectuarse desde el exterior odesde zona segura. En el caso de que no pueda alcanzarse desde

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Capítulo XXIII. 243242 . Capítulo XXIII

El caudal de aire a aportar y la forma de efectuar tal aporte depen-derá de las características del espacio, del tipo de contaminante ydel nivel de contaminación existente, por lo que en cada caso habráde determinarse el procedimiento de ventilación más adecuado.

Los circuitos de ventilación (soplado y extracción) se estudiaráncuidadosamente para que el barrido y la renovación del aire seancorrectos.

Cuando se puedan generar sustancias peligrosas durante larealización de los trabajos en el interior, su eliminación se lleva-rá a cabo mediante extracción localizada o por dilución, en fun-ción de que las fuentes de contaminación sean o no puntuales.

En ningún caso, se utilizará oxígeno para ventilar espacios confinados.

7.3. Oxígeno

El porcentaje de oxígeno no debe ser inferior al 20,5%. Si no esfactible mantener este nivel con aporte de aire fresco, el trabajodeberá llevarse a cabo con equipos respiratorios autónomos osemiautónomos, según el caso.

En la actualidad los explosímetros suelen llevar sistemas incorpo-rados de medición del nivel de oxígeno.

Se prestará especial atención a los recintos en los que se puedangenerar atmósferas sobreoxigenadas, puesto que a partir de con-centraciones de oxígeno en el aire superiores al 25% la mayoríade los materiales pueden arder, incluso con carácter explosivo.

En el Permiso de Trabajo, para aquellos locales donde se puedanproducir atmósferas sobreoxigenadas se contemplará entre otrosaspectos, la desconexión previa de las conducciones del depósi-to, si las hubiere, una ventilación enérgica y la posterior medicióndel contenido en oxígeno, volviéndose a repetir la operación deventilado hasta que la concentración de oxígeno esté comprendi-da entre el 20 y el 22%.

Se señalizarán adecuadamente las zonas donde exista o puedaformarse una atmósfera sobreoxigenada.

7.4. Atmósferas tóxicas

Deben usarse detectores específicos según el gas o vapor tóxicoque se espere encontrar.

Cabe señalar que el empleo de mascarillas buconasales en estetipo de atmósferas está limitado a trabajos de muy corta duraciónpara contaminantes detectables por el olfato y para concentracio-nes muy bajas.

7.5. Ventilación

Es una de las medidas preventivas fundamentales para asegurarla inocuidad de la atmósfera interior de los Recintos Confinados.

Generalmente la ventilación natural es insuficiente y es necesariorecurrir a la ventilación forzada.

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Capítulo XXIV. 245244 . Capítulo XXIV

rior, en donde se dispondrá de medios de sujeción y rescateadecuados, así como de intervención en caso de urgencia.

1.3. Es de aplicación el Capítulo 23 de este manual, “Trabajosen Recintos Confinados”.

2. TRABAJOS EN ZANJAS

2.1. Con carácter general se deberá considerar peligrosa todaexcavación que, en terrenos corrientes, alcance una profundidadde 0,80 m, y 1,30 m en terrenos consistentes.

2.2. Antes de iniciar su apertura se señalizará adecuadamente lazona de trabajo, se marcará la traza de la zanja y se delimitaráuna franja formada por las líneas límites de circulación de vehí-culos que se establecerá más adelante.

Se facilitará la información necesaria referente a posibles con-ducciones enterradas que se encuentren en el entorno o crucen lazanja prevista.

2.3. En los trabajos que se desarrollen en proximidad a conduc-ciones enterradas se extremarán las precauciones, y deberá diri-gir las operaciones el Jefe de Trabajo, que establecerá el métodode actuación a seguir y solicitará el descargo de las conduccionescuando sea necesario.

2.4. Las excavaciones de zanjas se ejecutarán con una inclina-ción de talud provisional adecuadas a las características del terre-no y se considerará peligrosa toda excavación cuya pendiente seasuperior a su talud natural.

2.5. Cuando no sea posible emplear taludes como medida deprotección contra el desprendimiento de tierras en la excavación

TRABAJOSBAJO EL NIVEL DEL SUELO

1. TRABAJOS EN INSTALACIONESSUBTERRÁNEAS Y REGISTROS

1.1. Estos trabajos se llevarán a cabo siguiendo el ProcedimientoEspecífico de Trabajo establecido al efecto.

En dicho Procedimiento se incluirán, entre otras, las siguientescuestiones:

• Determinación de los medios seguros de acceso (escalas,escaleras, etc.).

• Medición, previa a la entrada, del contenido de oxígeno de laatmósfera interior y de la presencia de gases o vapores peligrosos.

• Señalización exterior.

• Colocación de barandillas de protección en el perímetro de acceso.

• Medidas de prevención que sea necesario adoptar en la ejecu-ción de los trabajos (ventilación forzada, extracción localiza-da, control continuo de la atmósfera interior, medios de luchacontra incendios, etc.).

• EPI de uso obligatorio por los trabajadores.

1.2. En recintos de difícil acceso o de reducidas dimensiones:

• Existirá una permanente vigilancia externa llevada a cabo portrabajadores perfectamente instruidos sobre el modo deactuación de cualquier emergencia durante la ejecución delos trabajos.

• Los trabajadores que permanezcan en el exterior deben mante-ner contacto visual u otro medio de comunicación eficaz con eltrabajador o trabajadores que se hallen dentro del recinto.

• En los casos en los que sea necesario, el personal de interiorestará sujeto con cuerda de seguridad y arnés desde el exte-

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Capítulo XXIV. 247246 . Capítulo XXIV

2.9. Siempre que haya operarios trabajando en el interior de zan-jas de profundidad mayor de 1,30 m se asignará la presencia deun recurso preventivo.

En la obra se dispondrá de palancas, cuñas, barras, puntales,tablones, etc. que no se utilizarán para la entibación y se reser-varán para equipo de salvamento, así como otros medios que pue-dan servir para eventualidades o para socorrer a los operarios quepuedan accidentarse.

2.10. Si se emplean taludes más acentuados que el adecuado alas características del terreno se dispondrá una entibación quepor su forma, materiales empleados y secciones de éstos ofrezcanabsoluta seguridad, de acuerdo a las características del terreno,si existen o no solicitaciones, y la profundidad del corte de laentibación es cuajada, semicuajada o ligera (Tabla 2).

La entibación debe ser dimensionada para las cargas máximasprevisibles en las condiciones más desfavorables.

Las entibaciones han de ser revisadas al comenzar la jornada de traba-jo mediante la tensión de los codales que se hayan aflojado. Se extre-marán estas prevenciones después de interrupciones de trabajo de másde un día y/o de alteraciones atmosféricas, como lluvias o heladas.

2.11. Se prohíbe el depósito de tierras resultante de la excavacióny materiales en la proximidad de los bordes de las zanjas (Fig. 2).

de zanjas y haya que realizar éstas mediante cortes verticales desus paredes se deberán entibar éstas en zanjas iguales o mayoresa 1,30 m de profundidad. Se deberá adoptar la misma medida sino alcanzan esta profundidad en terrenos no consistentes o siexiste solicitación de cimentación próxima o vial.

2.6. En todos los casos se deberá llevar a cabo un estudio pre-vio del terreno con objeto de conocer la estabilidad del mismo. Laexperiencia en el lugar de ubicación de las obras podrán avalar lascaracterísticas de cortes del terreno.

2.7. El corte de terreno se considerará solicitado por cimentacio-nes, viales y acopios equivalentes cuando la separación horizon-tal “S” (Fig. 1) entre la coronación del corte y el borde de la soli-citación sea mayor o igual a los valores de la tabla 1.

2.8. Cuando en los trabajos de excavación se empleen máquinas,camiones, etc. que supongan una sobrecarga, o cuando circule detráfico rodado que transmita vibraciones que puedan dar lugar adesprendimientos de tierras en los taludes, se adoptarán lasmedidas oportunas de refuerzo de entibaciones y balizamiento yseñalización de las diferentes zonas.

Tabla 2. ELECCIÓN DEL TIPO DE ENTIBACIÓN

PROFUNDIDAD P DEL CORTE EN MTIPO DETERRENO

COHERENTE

SUELTO

SOLICITACIÓN

Solicitaciónde cimentación

Indistintamente

Solicitaciónde vial

Sinsolicitación

<1,30

Cuajada

Cuajada

Ligera

Nonecesaria

1,30-2,00

Cuajada

Cuajada

Semicuajada

Ligera

2,00-2,50

Cuajada

Cuajada

Cuajada

Semicuajada

>2,50

Cuajada

Cuajada

Cuajada

Cuajada

TIPO DE SOLICITACIÓN

Cimentaciones

Vial o acopios equivalentes

ÁNGULO DE TALUD

S = D

ß.60º

S = D

ß#60º

S = D

S = D/2

Tabla 1. Determinación de la distancia de seguridad (S, en fig. 1)para cargas próximas al borde de una zanja

Talud provisional junto a cimentación

ß

S

D

Talud provisional junto a vial

ßD

S

Fig.1

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Capítulo XXIV. 249248 . Capítulo XXIV

dar los trabajos. Se efectuará el achique inmediato de las aguasque afloren o caigan en el interior de las zanjas para evitar que sealtere la estabilidad de los taludes.

2.16. Se deberá disponer, al menos, de una escalera portátil porcada equipo de trabajo, y ésta deberá sobrepasar en 1 m el bordede la zanja.

2.17. No deben instalarse en el interior de las zanjas máquinasaccionadas por motores de explosión que generen gases comomonóxido de carbono, a no ser que se utilicen las instalacionesnecesarias para su extracción.

2.18. Los operarios que trabbajen en el interior de las zanjasdeben estar debidamente informados y dormados, y provistos decasco de seguridad y de las prendas de protección necesariaspara cada riesgo específico.

La distancia de seguridad que con carácter general debe respetar-se viene dada por las siguientes relaciones:

2.12. Como norma general y salvo disposición contraria por laautoridad competente, se prohíbe la circulación de vehículos omaquinaria cerca de las zanjas.

Los vehículos circularán a una distancia mínima de 2 metros alborde de la zanja.

Si algún vehículo debe acercarse a la zanja a menor distancia queD, los trabajadores deberán alejarse de la zona de intervención osalir del interior de la misma mientras dure la operación.

2.13. Cuando la apertura de la zanja se lleve a cabo por mediosmecánicos los trabajadores se mantendrán suficientemente aleja-dos de su radio de operación.

2.14. Cuando la profundidad de una zanja sea igual o superiora los 2 m se protegerán los bordes de coronación con una baran-dilla reglamentaria.

2.15. En caso de lluvias y encharcamientos de zanjas, esimprescindible la revisión minuciosa y detallada antes de reanu-

Siendo:d: distancia mínima

de los depósitos al bordede la zanja

h: profundidad de la zanja

d $ h/2en terrenos compactos

d $ hen terrenos sueltos

d

h

Figura 2

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Capítulo XXV. 251250 . Capítulo XXV

Si es necesario cruzar las vías, nunca se hará por las zonas deagujas, sobre todo si están mandadas a distancia. Siempreque existan pasos elevados o subterráneos se emplearán éstos;en caso contrario, sólo se cruzarán tras haberse cerciorado eltrabajador de que no circula material rodante, no deteniéndo-se sobre éstas, y sin detenerse mientras cruza.

1.1.6. En los trabajos que se realicen cerca de las vías, con riesgo deatrapamiento por el material rodante en movimiento, además delas prescripciones establecidas en el permiso de trabajo corres-pondiente, se evitará llevar objetos colgantes o en bandolera.

1.2. Parques de almacenamiento y escombreras

1.2.1. Queda prohibido a los trabajadores subir por las pilas decarbón y escombreras.En caso de que sea imprescindible, el Jefe de Trabajo desig-nará a los trabajadores encargados de hacerlo, estableciendolas medidas de prevención y protección a adoptar.

1.2.2. Los trabajadores nunca se situarán cerca de los focos de com-bustión espontánea que se declaren en las pilas de materiales.

1.2.3. Los trabajadores no invadirán la zona delimitada por el radio deacción de las máquinas, manteniéndose lo más alejados posible.

1.2.4. Queda absolutamente prohibido transportar trabajadores sobrecucharas de grúas o sobre vehículos de movimiento de materiales.

1.2.5. Siempre que se actúe sobre los taludes de las pilas, setomarán las máximas precauciones.Queda prohibido aproximarse o actuar sobre los taludes de laspilas que por su acusada pendiente presenten riesgos de des-moronamiento.

1.3. Cintas transportadoras

En relación con las mismas, se cumplirán las normas señaladasen el Capítulo 13 de este manual “Movimiento Mecánico deCargas” en su apartado 3 “Cintas Transportadoras”.

Queda prohibido tomar muestras de carbón manualmente con lacinta en marcha.

TRABAJOSEN INSTALACIONESDE COMBUSTIBLES

1. INSTALACIONES DE COMBUSTIBLES SÓLIDOS

Se entiende por tales las dedicadas a los transporte, almacenamien-to, manipulación y evacuación de residuos de dichos combustibles.

1.1. Instalaciones ferroviarias

1.1.1. Cuando los trenes o vagones se encuentren en movimien-to, queda totalmente prohibido acceder, permanecer o despla-zarse sobre los mismos o llevar a cabo cualquier tipo de ope-ración en ellos.

1.1.2. Cuando los trenes o vagones se encuentren parados, quedaprohibido pasar o permanecer debajo de ellos, así como pasarentre vagones si su separación es inferior a tres metros.Asimismo, queda prohibido subir a la parte superior de losvagones si las vías tienen conductores eléctricos aéreos yempujar o tirar manualmente de los vagones.No se engancharán vagones cuyos topes no se correspondanen altura.

1.1.3. Deberá existir un espacio libre a cada lado de las vías de,al menos, 70 centímetros a contar desde los elementos mássobresalientes del material rodante.En dicho espacio queda prohibido estacionar vehículos odepositar cualquier tipo de materiales o equipos.

1.1.4. Cuando deban realizarse trabajos sobre tramos de vía elec-trificada o en sus proximidades, se programarán, siempre quesea posible, con la instalación eléctrica en DESCARGO.Si ello no fuese posible, se seguirán las prescripciones seña-ladas en el Capítulo 16 de este manual “Trabajos enInstalaciones Eléctricas”.

1.1.5. Cuando se deba caminar a lo largo de las vías se manten-drá una distancia superior a 1,50 metros del raíl más cercano.

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Capítulo XXV. 253252 . Capítulo XXV

Cuando ello sea posible se impedirá el acceso a las zonas peli-grosas mediante la instalación de barreras fijas.

1.6.4. Queda prohibido situarse directamente sobre las parrillaso rejillas de las tolvas para eliminar materiales retenidos enellas o para realizar cualquier otra operación.Cuando deba accederse a las mismas, los trabajadores se apoya-rán sobre plataformas móviles previamente colocadas al efecto.

1.6.5. En aquellas operaciones en las que se deba acceder a laparte superior del vehículo de carga, se dispondrá de las medi-das de protección individual o colectiva frente al riesgo decaída en altura.

1.6.6. El acceso a los domos de las cisternas no estará permitidoal personal de empresas de Hc Energía. Será el conductor elúnico con permiso de ascenso, que realizará únicamente porlas escalas fijas antideslizantes, o por las pasarelas abatiblesde acceso, de las que deben disponer las plataformas eleva-das de los cargaderos. El desplazamiento en los domos se cir-cunscribirá exclusivamente a las pasarelas antideslizantes. Esobligatorio en tales desplazamientos el uso de arnés de segu-ridad, sujeto a cable-guía.

2. INSTALACIONESDE COMBUSTIBLES LÍQUIDOS

2.1. Se entiende por tales las dedicadas a la conducción, alma-cenamiento y trasvase de dichos combustibles.

2.2. Cubetos de retención

2.2.1. Deben contar con un sistema de desagüe que permita surápido vaciado y el traslado del fluido derramado a un conte-nedor seguro. La superficie del cubeto ofrecerá una pendien-te necesaria para facilitar el desagüe.

2.2.2. Es además necesario que en la zona del cubeto no existanbombas y equipos que puedan ser causas de escapes o de incen-dios en ese área, que debe ser considerada como peligrosa.

1.4. Instalaciones y equiposde manipulación y preparación

1.4.1. En los locales cerrados donde exista o pueda producirsepolvo, queda prohibido generar focos de ignición (llamas,chispas o sobrecalentamiento) sin la previa eliminación delmaterial pulverulento.

1.4.2. Se evitará formar nubes de polvo durante la manipulaciónde los combustibles sólidos.

1.5. Tolvas y silos

1.5.1. Para la realización de trabajos en el interior de tolvas ysilos se cumplirán las prescripciones contenidas en elCapítulo 23 “Trabajos en Recintos Confinados”.En el Procedimiento de Trabajo se incluirá la prohibición defumar y de desarrollar actividades que generen focos de igni-ción, salvo que se asegure la inexistencia de polvo durante eldesarrollo de los trabajos.

1.5.2. Todas las tolvas de descarga que se encuentren bajo el niveldel suelo estarán protegidas mediante rejillas o parrillas metáli-cas que impidan la caída de personas al interior de las mismas.

1.6. Carga y descarga de combustibles sólidos

1.6.1. Las tolvas dispondrán de topes en la zona de descarga, conla resistencia y dimensiones adecuadas, que impidan la caídade vehículos en su interior.

1.6.2. Durante las operaciones de carga y descarga, los conducto-res de los vehículos permanecerán en el interior de la cabina.

1.6.3. En las operaciones de descarga queda totalmente prohibi-do situarse o pasar por detrás de los camiones, tanto durantelas operaciones propiamente dichas como durante las manio-bras de aproximación o con el vehículo en posición.Durante las operaciones de carga de vehículos queda prohibi-do aproximarse a los mismos.Los responsables de dichas operaciones tomarán las medidas quesean necesarias para que dichas prohibiciones se hagan efectivas.

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Capítulo XXV. 255254 . Capítulo XXV

• Todos los equipos o elementos susceptibles de provocar des-cargas electrostáticas estarán puestos a tierra.

• La instalación eléctrica será del tipo protegido para localescon riesgo de explosión o incendio.

• Los trabajos que se realicen en estas zonas no generarán llamasdesnudas, chispas o sobrecalentamiento, salvo que se asegure deforma plena la ausencia de combustible líquido o sus vapores y setomen las especiales medidas de prevención que sean precisas.

• Se prohibirá realizar trabajos sobre instalaciones eléctricas entensión y sustituir lámparas o fusibles en tensión.

• Será necesario disponer de material contraincendios suficiente ennúmero, así como de agente extintor y situarlo adecuadamente.

• Se evitará que se produzcan descargas electrostáticas, dotan-do a los trabajadores, en caso necesario, de los equipos paraevitar tal circunstancia.

2.5. Trabajos sobre instalaciones

2.5.1. Los trabajos sobre instalaciones de líquidos combustibleso sobre recipientes que los hayan contenido se realizaránsiguiendo el procedimiento de trabajo definido para el centrode trabajo. En caso de no existir un procedimiento debida-mente definido que permita la realización de los trabajos demanera segura, se exigirá el correspondiente PERMISO PARATRABAJOS ESPECIALES.

2.5.2. Se establecerá un Procedimiento de Trabajo que deberáincluir, entre otras, las siguientes medidas de prevención:• Limpieza e inertización, en su caso.• Uso preferente de soldadura eléctrica con arco, evitando

emplear sopletes, salvo que se adopten precauciones especia-les cuando sea imprescindible aplicar este tipo de soldadura.

• Empleo de sierra manual acompañada de refrigeración de lazona para el corte de tuberías.

• Empleo de lámparas portátiles de iluminación antidefla-grantes con pantalla estanca y alimentadas por tensión deseguridad a 24 voltios o linternas portátiles antideflagrantesalimentadas por pilas.

2.2.3. Toda tubería que atraviese los muros perimetrales delcubeto deberá estar recubierta con juntas de estanqueidad.

2.3. Refrigeración de los recipientes con agua

2.3.1. Esta medida es imprescindible para evitar el impacto tér-mico sobre la superficie de todo recipiente expuesto a fuegodirecto o a los efectos de radiación térmica procedente de unárea próxima.

2.3.2. El agua contra incendios deberá rociar todo el depósito, peroen especial su parte superior en contacto con la fase vapor endonde pueden alcanzarse fácilmente temperaturas críticas.

2.3.3. Dicho rociado de agua deberá formar parte de la instala-ción fija de agua contra incendios. Su aplicación podrá sermediante cualquiera de los sistemas habituales:Instalación de rociados automáticos (sprinklers) a través deuna red envolvente que pulverice el agua sobre toda la super-ficie del depósito. Instalación de rociado automático desde la parte superior.

2.4. Zonas próximasa las instalaciones de combustibles

En el entorno de las instalaciones de combustibles líquidos sedelimitará, en cada caso, una zona mediante la señalización,según el caso, de Peligro de Incendio o Peligro de Explosión y lasProhibiciones de fumar, encender fuego y producir chispas.

En dicha zona se cumplirán las siguientes normas:

• Los derrames que puedan producirse se eliminarán inmedia-tamente, utilizando material absorbente no inflamable.

• Quedará prohibido dejar abandonados trapos u otros materia-les impregnados de material inflamable.

• Se asegurará la adecuada ventilación de las zonas.

• Los vehículos que accedan a ella irán provistos de “apagachis-pas” en su tubo de escape y pararán los motores cuando seestacionen.

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Capítulo XXV. 257256 . Capítulo XXV

damente y desconexionado el circuito de la batería. El puesto decarga se habrá escogido preferentemente orientado hacia la víade salida, estando dicha vía expedita en todo momento, de formaque la salida pueda realizarse con diligencia y sin maniobras.

2.6.6. El conductor del camión controlará permanentemente eldesarrollo de toda la operación, sin abandonar en ningúnmomento el lugar y siendo corresponsable de la correcta eje-cución de la misma.

2.6.7. El personal de conducción deberá ser portador de unacarta de porte y de unas INSTRUCCIONES ESCRITAS sobrelas características y peligros de la materia a transportar, asícomo de las normas de actuación a seguir ante accidente ouna contingencia similar.

2.6.8. Antes de proceder a la descarga se balizará y señalizaráconvenientemente la zona de trabajo.

2.6.9. Con independencia de la dotación de extintores portátiles,en las proximidades de la zona de trabajo y en lugar seguro,se dispondrá la siguiente dotación contraincendios:• 2 extintores de 50 Kg de polvo químico seco sobre ruedas.• Mantas ignífugas.• Trajes de aproximación al fuego, equipos respiratorios, panta-

llas faciales resistentes al calor y al fuego, guantes y gafas.• Dotación suficiente de mangueras con empalmes adaptables

a la red de incendios de accionamiento automático y/o bocasde incendio equipadas (BIE) con boquillas de pulverización.

• Una estación de agua para ducha y lavaojos.

2.6.10. Durante las operaciones de descarga se evitarán losimpactos mecánicos y la existencia de focos de ignición.

2.6.11. Los brazos o elementos de carga deben poder manejarse deforma totalmente controlada, evitando golpes y previendo las reac-ciones violentas que puedan deparar las presiones de bombeo.

2.6.12. Se extremarán las precauciones para impedir la genera-ción de vertidos, tanto durante la descarga como en ladesconexión final de las mangueras.

2.6.13. Frente a los riesgos derivados de la electricidad estática,se tomarán las siguientes medidas de prevención:• Se evitará la descarga por chorro libre o pulverización.

• Uso preferente de herramientas portátiles neumáticas. De usar-las eléctricas serán del tipo antideflagrante.

2.5.3. Una vez terminados los trabajos, el Jefe de los mismosemitirá un PARTE DE FIN DE TRABAJO que deberá ser con-formado por el Responsable de Mantenimiento antes de tras-ladarlo al Responsable de la Instalación, que llevará a cabolas comprobaciones que estime pertinentes antes de la nuevapuesta en servicio de la instalación.El Responsable de Mantenimiento no firmará el CONFORMEhasta comprobar la correcta ejecución de los trabajos y que lazona ha quedado despejada de personas, materiales y equipos.

2.5.4. Trabajos en el interior de tanques o depósitos.Se seguirán las normas contenidas en el Capítulo 23 de estemanual “Trabajos en Recintos Confinados”.

2.6. Descarga de combustible de camiones-cisterna

2.6.1. Estas operaciones se llevarán a cabo bajo el control de unresponsable suficientemente formado designado por laEmpresa, que estará presente durante toda la operación y seresponsabilizará de la correcta ejecución de la misma y delcumplimiento de las normas que se exponen a continuación.

2.6.2. Las bocas de carga de los tanques receptores estarán seña-lizadas de modo claro e inequívoco y pintadas con los coloresdistintivos del producto.

2.6.3. Los camiones-cisterna dispondrán de dispositivo apaga-chispas, apagallamas, o cortafuegos, montado al final del tubode escape del motor.A tal efecto, y como medida preventiva, en el registro de acce-so a la instalación se le proveerá de tal dispositivo, que será reti-rado y reintegrado al abandonar la misma.

2.6.4. Siempre y que resulte posible, y a fin de no entorpecer elnormal desarrollo de la actividad en la instalación receptora, sellevarán a cabo estas operaciones previas a la descarga en lugarapartado que ofrezca condiciones y garantías de seguridad.

2.6.5. El responsable designado por la Empresa hará situar elcamión-cisterna en el puesto de carga asignado, calzado adecua-

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Capítulo XXV. 259258 . Capítulo XXV

3. INSTALACIONESDE COMBUSTIBLES GASEOSOS

3.1. Se entiende por tales las dedicadas a la conducción o alma-cenamiento de dichos combustibles.

3.2. En estas instalaciones se cumplirán las prescripciones con-tenidas en el Apartado 2 de este Capítulo “Instalaciones deCombustibles Líquidos”, con las siguientes normas añadidas:

• Los trabajos en la zona circundante delimitada con las perti-nentes señales de peligro y prohibición exigirán también laemisión de un PERMISO PARA TRABAJOS ESPECIALES.

3.3. Los trabajadores que deban acceder a lugares cerrados en losque sea posible la presencia de gases o puedan producirse escapeslo harán preferiblemente acompañados y, en todo caso, comunica-dos de manera eficaz y continua con personal de apoyo, y dotadosde equipos de respiración autónoma y detectores portátiles.

3.4. Queda absolutamente prohibido buscar fugas mediante lla-mas. Para dicha tarea se emplearán los detectores apropiados osoluciones jabonosas.

3.5. La realización de trabajos que puedan provocar llamas,chispas o sobrecalentamientos obligará a tomar las medidas pre-cisas, que están recogidas en el Permiso para Trabajos Especia-les, para asegurar durante todo el proceso que la posible concen-tración de gas combustible se mantiene por debajo de un límiteinferior de inflamabilidad, con purgado, en su caso, de las líneasde conducción con gas inerte.

3.6. La puesta en servicio de las instalaciones obligará siemprea su correcto purgado previo, no introduciendo el gas combusti-ble hasta que se compruebe la no existencia de oxígeno en canti-dad superior al 2%.

• Si la carga de los depósitos no se produce por su parte infe-rior, los tubos de llenado llegarán hasta el fondo de los reci-pientes, con una separación máxima de 25 centímetrosentre su extremo inferior y el fondo. Si esto no es posible selimitará la velocidad de flujo a 1 m/s.

• Se limitará de la velocidad de flujo del líquido combustible,debiendo cumplirse:

V. d < 0,5siendo:

V: velocidad lineal del flujo en m/sd: diámetro interior del brazo de carga en m

En cualquier caso, la velocidad de flujo no excederá de 7 m/s. • Conexión equipotencial entre la cisterna, el equipo de bom-

beo y sus conducciones y el recipiente a llenar, y todo elconjunto a tierra.Se comprobará exhaustivamente la continuidad de todas lasconexiones.Las conexiones se efectuarán en puntos alejados de lasbocas de los recipientes y antes del inicio de la operaciónde trasvase.

• Se respetará un tiempo de relajación de 2 minutos antes delinicio y después de la finalización de la descarga.

• Se asegurará la continuidad eléctrica de toda la línea de lle-nado, no pudiéndose intercalar elementos no conductores.

• El personal que intervenga en las labores de trasvase noempleará ropa sintética.La vestimenta será preferiblemente de algodón, limitando eluso de las prendas de lana.El calzado y los guantes deberán ser antiestáticos.

2.6.14. Aunque se debe evitar la interrupción durante la carga,se puede incurrir en ella en los siguientes casos:• En situaciones de tormenta eléctrica próximas y a juicio del

Jefe de la Instalación o persona en quien delegue.• Si se detecta un funcionamiento anómalo de los equipos de

bombeo (calentamientos, cavitación, etc.), o de los equiposde medición y control (caudalímetros, báscula, etc.).

• Cuando se detecten fugas ostensibles de producto en elvehículo o en los equipos de carga durante la operación.

• Ante situaciones de emergencia.

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Capítulo XXVI. 261260 . Capítulo XXVI

1.6. Nunca se llevarán a cabo trabajos de soldadura sobre reci-pientes o envases que hayan contenido sustancias combustibleso explosivas, con independencia de su tamaño, sin el correspon-diente Permiso para Trabajos Especiales.

1.7. Si algún objeto combustible próximo a la zona de soldadu-ra no puede ser desplazado, debe cubrirse con material ignífugo.

1.8. No se deben realizar operaciones de soldadura en las proxi-midades de cubas de desengrase con productos clorados o sobrepiezas húmedas.

1.9. En función de la ventilación del local, del tiempo de traba-jo y de la posible producción de sustancias tóxicas, el Jefe deTrabajo determinará la necesidad de dotar de extracción locali-zada el puesto de soldadura.

1.10. Las chispas producidas por la soldadura serán controladasen origen.

1.11. Se deben utilizar mamparas de apantallamiento de pues-tos de trabajo para proteger al resto de operarios. El material debeser opaco o translúcido robusto y la parte inferior de la mamparadebe estar al menos a 50 cm del suelo para facilitar la ventila-ción. Se señalizará con las palabras “PELIGRO ZONA DE SOLDA-DURA”, para advertir al resto de los trabajadores.

2. SOLDADURA ELÉCTRICA

2.1. Antes de comenzar la soldadura es obligatorio llevar a cabolas siguientes operaciones:

• Comprobar que el grupo de soldadura está preparado para latensión de la red.

TRABAJOSDE SOLDADURA

1. NORMAS GENERALES

1.1. Los trabajos de soldadura sólo podrán ser realizados por traba-jadores con formación específica en el campo e informados sobre losriesgos y las medidas preventivas específicos de esta actividad.

1.2. Antes del comienzo de las labores de soldadura, los Jefesde Trabajo, antes de comenzar los trabajos de soldadura, valora-rán los posibles riesgos a terceras personas o para las instalacio-nes y tomarán, en su caso, las medidas precisas para evitarlos.

1.3. Con independencia de la necesidad de emplear otros EPIpor la existencia de riesgos ajenos a la soldadura, los trabajadoresque realicen trabajos de soldadura eléctrica u oxiacetilénica esta-rán dotados de pantalla de soldadura con el tipo de cristal ade-cuado a la intensidad de la radiación que se genere, guantes,mandil, polainas, botas, ropa de trabajo ignífuga o escasamentecombustible, casco y cubrecuellos.

1.4. No se realizarán trabajos de soldadura con la ropa manchadade grasa, disolventes o cualquier otra sustancia inflamable.Asimismo la ropa húmeda o sudorada, en caso de que vaya a reali-zarse una soldadura eléctrica, debe también ser cambiada ya queen esas condiciones se hace conductora y puede ser peligrosotocarla con la pinza de soldar.

1.5. En la proximidad de la zona de soldadura se colocará obli-gatoriamente, en caso de no existir, un extintor portátil con agen-te extintor adecuado al tipo de incendio que previsiblementepueda producirse.

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Capítulo XXVI. 263262 . Capítulo XXVI

2.6. Los electrodos y sus portaelectrodos se deben guardar biensecos. Si antes de ser utilizados están mojados o húmedos por cual-quier razón, deben secarse totalmente antes de ser reutilizados.

2.7. No se deben sustituir los electrodos con las manos desnu-das, con guantes mojados o en el caso de que el trabajador estésobre una superficie mojada o puesta a tierra. Tampoco se debenenfriar los portaelectrodos sumergiéndolos en agua.

2.8. No deben realizarse trabajos de soldadura bajo la lluvia o enlugares conductores sin la protección eléctrica adecuada.

2.9. Sólo se dará tensión a la pinza cuando el soldador esté colo-cado en su puesto de trabajo e inmediatamente antes de comen-zar a soldar.

2.10. Siempre que se interrumpa la operación de soldadura se cor-tará la alimentación eléctrica de la pinza y quedará absolutamenteprohibido trasladarla o subir escaleras con tensión en la misma.

2.11. Nunca se picará o repasará el cordón de soldadura sin lasgafas de seguridad colocadas.

2.12. Los ayudantes de los soldadores u operarios próximosdeben usar gafas especiales con cristales inactínicos adecuadosal tipo de soldadura a realizar.

2.13. Las tomas de corriente deben situarse en lugares que per-mitan su desconexión rápida en caso de emergencia.

2.14. Cuando deba soldarse en el interior de recintos confinadosse tendrá especialmente en cuenta las siguientes cuestiones:

• Comprobar que la clavija de conexión es la adecuada para labase de enchufe de la red y que la toma de corriente y el cas-quillo que sirve para unir el puesto de soldadura a la fuentede alimentación están limpios y exentos de humedad.

• Asegurarse de la puesta a tierra del grupo y de su total continuidad.

• Verificar los conductores y los cables de soldadura en toda sulongitud, para comprobar su aislamiento.

• Cerciorarse de que los bornes del grupo están perfectamenteprotegidos.

• Verificar que la pinza portaelectrodos se encuentra perfecta-mente aislada, incluidas sus mandíbulas.

• Llevar a cabo una correcta conexión del cable de masa, eli-giendo el punto más adecuado en cada caso.

Dicha conexión se realizará sobre la pieza a soldar, valorandoadecuadamente otra posibilidad en caso necesario.

2.2. Antes de conectar la toma al casquillo se debe cortar lacorriente. Una vez conectada se debe permanecer alejado de lamisma. Cuando no se trabaje se debe cubrir con capuchones latoma y el casquillo.

2.3. Se debe reemplazar cualquier cable de soldadura que pre-sente algún tipo de ligadura a menos de 3 m del portaelectrodos.No se pueden utilizar tornillos para fijar conductores trenzados yaque acaban por aflojarse.

2.4. Cuando los trabajos de soldadura se deban interrumpirdurante un cierto periodo se deben sacar todos los electrodos delos portaelectrodos, desconectando el puesto de soldar de la fuen-te de alimentación.

2.5. No se deben utilizar electrodos a los que les quede entre 38y 50 mm; en caso contrario, se pueden dañar los aislantes de losportaelectrodos, lo que puede provocar un cortocircuito accidental.

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Capítulo XXVI. 265264 . Capítulo XXVI

• En segundo lugar se abrirá el acetileno en mayor grado.

• A continuación, encenderá la llama y se regulará la mezcla,procurando que esta operación sea breve.

• Para el encendido de la llama se emplearán preferentementeencendedores de chispa. No está permitido el uso de encen-dedores de gas.

• Se concluirá con la veificación del manorreductor.

3.5. Cuando se comienza a trabajar debe comprobarse que laoperación se realiza a la presión correcta.

3.6. La distancia desde el puesto de trabajo a las botellas nodebe ser inferior a 5 metros. Siempre que sea posible, la distan-cia será de 10 metros.

3.7. Al terminar de soldar se cerrarán primero las botellas y acontinuación el soplete.

3.8. Una vez terminados los trabajos se recogerán las mangue-ras, que no podrán dejarse tiradas por el suelo, y se comprobaráel perfecto cierre de las botellas.

3.9. Para comprobar la existencia de fugas se empleará,exclusivamente, agua jabonosa.

3.10. En relación con las botellas, se observarán las siguientes normas:

• Estarán colocadas permanentemente en posición vertical ybien sujetas para evitar su caída.

Siempre que sea posible se emplearán carros portabotellas.

• Se mantendrán alejadas de fuentes de calor y de sustanciasinflamables.

• En recintos metálicos o húmedos se utilizará siempre soldadu-ra por corriente continua y el soldador utilizará calzado aislan-te o se situará sobre alfombra aislante.

• El grupo quedará en el exterior del local; si ello fuese imposi-ble se situará sobre una plataforma aislante.

• Se instalará una extracción localizada.

• Siempre existirá otro operario en el exterior, preparado paraintervenir en caso de necesidad.

3. SOLDADURA OXIACETILÉNICA

3.1. Antes de comenzar el trabajo es obligatorio llevar a cabo lassiguientes operaciones:

• Elegir el soplete adecuado a la operación a realizar.

• Revisar el soplete para verificar que se encuentra en buenestado y dispone de válvulas antirretroceso.

• Revisar las mangueras para asegurarse de que carecen dedeterioros y de que no existen fugas ni en las mangueras ni ensu conexión con las botellas o con el soplete.

3.2. Se debe vigilar muy especialmente que la ropa de trabajo y losEPI del soldador están libres de grasa o sustancias combustibles.

3.3. Para comenzar a trabajar se seguirán los siguientes pasos:

• En primer lugar se abrirán las botellas con el soplete cerrado.

• Para la apertura de las botellas, el soldador se situará a unlado del regulador y nunca deberá colocarse frente a él.

• Se comprobará el perfecto estado de los manómetros de las botellas.

3.4. El encendido del soplete se hará en el siguiente orden:

• En primer lugar se abrirá el oxígeno, ligeramente.

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Capítulo XXVI. 267266 . Capítulo XXVI

mediante la utilización de agua jabonosa, por ejemplo. Nuncase debe utilizar una llama para efectuar la comprobación.

• No se debe trabajar con las mangueras situadas sobre los hom-bros o entre las piernas.

• No deben dejarse enrolladas sobre las ojivas de las botellas.

• Después de un retorno accidental de llama se deben desmon-tar y comprobar que no han sufrido daños. En caso afirmativose deben sustituir por unas nuevas y desechar las deterioradas.

• Las mangueras de conducción de gas acetileno será de dife-rente color que las usadas para conducir oxígeno.

3.12. Debe evitarse el contacto del acetileno con objetos decobre o sus aleaciones.

3.13. Debe evitarse el contacto del oxígeno con grasas o mate-rias inflamables, y no manejarlo con las manos manchadas.Tampoco se engrasarán las botellas ni se emplearán trapos suciosde grasas o combustibles.

3.14. Nunca se usará el oxígeno de las botellas para ventilar olimpiar la ropa.

3.15. Cuando se trabaje en el interior de recintos confinados se segui-rán las normas contenidas en el Capítulo 23 “Trabajos en RecintosConfinados”. Además, deberá tenerse en cuenta lo siguiente:

• Las botellas de gases quedarán en el exterior del recinto.

• Se instalará extracción localizada.

• Siempre existirá otro operario en el exterior preparado paraintervenir en caso de emergencia.

3.16. Las normas expuestas para la soldadura serán de aplica-ción a las operaciones de OXICORTE y CALENTAMIENTO.

• Se mantendrán protegidas de los rayos del sol y de la humedad.

• Se cerrarán los grifos de las botellas después de cada sesiónde trabajo.

• Los grifos de las botellas de oxígeno y acetileno deben situarse deforma que sus bocas de salida apunten en direcciones opuestas.

• Las botellas en servicio deben estar libres de objetos que lascubran total o parcialmente.

• Antes de empezar una botella se debe comprobar que el manó-metro marca “cero” con el grifo cerrado.

• Las botellas no deben consumirse completamente, puespodría entrar aire. Se debe conservar siempre una ligerasobrepresión en su interior.

• Hay que cerrar los grifos de las botellas después de cadasesión de trabajo. Después de hacerlo se deben descargarsiempre el manorreductor, las mangueras y el soplete.

• La llave de cierre debe estar sujeta a cada botella en servicio-para cerrarla en caso de incendio. Un buen sistema es atarlaal manorreductor.

3.11. En relación con las mangueras se observarán las siguien-tes normas:

• Deben estar siempre en perfectas condiciones de uso y sólida-mente fijadas a las tuercas de empalme.

• Deben conectarse a las botellas correctamente sabiendo que lasde oxígeno son rojas y las de acetileno negras. Estas últimasdeberán tener un diámetro mayor que las primeras.

• Se debe evitar que las mangueras entren en contacto consuperficies calientes, bordes afilados, ángulos vivos, o que cai-gan sobre ellas chispas para procurar que no formen bucles.

• No deben atravesar vías de circulación de vehículos o perso-nas sin estar protegidas con apoyos de paso de suficienteresistencia a la compresión.

• Antes de iniciar el proceso de soldadura se debe comprobarque no existen pérdidas en las conexiones de las mangueras

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Capítulo XXVII. 269268 . Capítulo XXVI

TRABAJOSEN OFICINA

1. PUESTOS DE TRABAJOSENTADOS CON PANTALLASDE VISUALIZACIÓN DE DATOS

A continuación se muestran algunas normas que deben cumplircada uno de los elementos que configuran este tipo de puestos detrabajo, así como algunas indicaciones posturales:

1.1. Pantalla

• Se recomienda que el tamaño y la resolución de las pantallas seadecuen al tipo de tarea que se realice, según la siguiente tabla:

• Las pantallas permitirán ajustar el contraste de luminanciasentre los caracteres y el fondo de la pantalla.

• Las pantallas deberán ser orientables e inclinables para adap-tarse a las necesidades del usuario.

1.2. Teclado

• El teclado será inclinable e independiente de la pantalla.

• La superficie del teclado será mate para evitar reflejos.

• La forma, tamaño y fuerza de accionamiento de las teclas debenser adecuados para permitir un accionamiento cómodo y preciso.

4. SOLDADURASOBRE CANALIZACIONESDE GAS NATURAL

Se establecerán procedimientos de trabajo que deberán incluir,entre otros, los siguientes aspectos:

4.1. Autorización para la realización de trabajos.

4.2. Especificación del método de trabajo.

• Determinación de las dimensiones mínimas del espacio de tra-bajo y su ventilación.

• Acotado, señalización y aseguramiento de la mínima presenciade personas.

• Relación de todos los equipos a utilizar, incluidos EPI ymedios de prevención y protección.

• Secuencia de operaciones a realizar que incluya:

• La comprobación del estado de las instalaciones y su dimen-sionado.

• Un protocolo de ejecución con previa determinación de losparámetros y del tipo de soldadura a realizar.

• Una actuación en caso de emergencia.

4.3. Comunicación de fin de trabajos y autorización de puesta enservicio.

TRABAJOPRINCIPAL

OFICINA

GRÁFICOS

PROYECTO

TAMAÑODiagonal

35 cm (14")

42 cm (17")

50 cm (20")

RESOLUCIÓNPíxeles

640 x 480

800 x 600

1024 x 768

FRECUENCIADE IMAGEN

70 Hz

70 Hz

70 Hz

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Capítulo XXVII. 271270 . Capítulo XXVII

1.6. Portadocumentos o atril

Cuando sea necesario trabajar de manera habitual con documen-tos impresos, se recomienda la utilización de un atril. Las carac-terísticas que debe reunir son las siguientes:

• Ser ajustable en altura, inclinación y distancia.

• Con el soporte donde descansa el documento opaco y con unasuperficie de baja reflectancia.

• Tener resistencia suficiente para soportar el peso de los docu-mentos sin oscilaciones.

1.7. Reposapiés

A los trabajadores que lo necesiten se les facilitarán reposapiésque serán antideslizantes y regulables en inclinación.

1.8. Iluminación

La iluminación general y la iluminación especial (lámparas de tra-bajo), cuando sea necesaria, deberán garantizar unos niveles ade-cuados de iluminación y unas relaciones adecuadas de luminan-cias entre la pantalla y su entorno, teniendo en cuenta el carác-ter del trabajo y las necesidades visuales del usuario.

Los puestos de trabajo deberán instalarse de tal forma que las fuen-tes de luz, tanto naturales como artificiales, no provoquen deslum-bramiento directo al trabajador ni produzcan reflejos en la pantalla.

1.9. Ruido

Al diseñar el puesto de trabajo se deberá tener en cuenta el ruidoproducido por los equipos instalados en el mismo, en especialpara que no se perturbe la atención ni la palabra.

1.10. Calor

Los equipos instalados en el puesto de trabajo no deberán producirun calor adicional que pueda ocasionar molestias a los trabajadores.

1.3. Programa

• El programa habrá de estar adaptado a la tarea que deba realizarse.

• Habrá de ser fácil de utilizar y deberá, en su caso, poder adap-tarse al nivel de conocimientos y de experiencia del usuario.No deberá utilizarse ningún dispositivo cuantitativo o cualita-tivo de control sin que los trabajadores hayan sido informadosy previa consulta con sus representantes.

• Los sistemas deberán mostrar la información en un formato ya un ritmo adaptados a los operadores.

1.4. Mesa o superficie de trabajo

• La mesa o superficie de trabajo será poco reflectante y tendráunas dimensiones suficientes para permitir una colocaciónadecuada y flexible de la pantalla, del teclado, de losdocumentos y del material accesorio.

Además, dispondrá de espacio para escribir y manejar lo nece-sario para el adecuado desarrollo de la tarea.

• Las mesas dispondrán de un espacio libre para que los traba-jadores puedan introducir con comodidad las extremidadesinferiores; además, tendrán el suficiente espacio para permi-tir los cambios de postura en el transcurso de la actividad.

1.5. Asiento

• El asiento de trabajo deberá ser estable, dotado de cinco piescon ruedas, para proporcionar al usuario libertad de movi-miento y procurarle una postura confortable.

• El asiento debe ser regulable en altura de modo que permitamantener los pies completamente apoyados en el suelo mien-tras las piernas estén dobladas en un ángulo de 90 -100º.

• El asiento será regulable en altura y con el respaldo reclinabley de altura ajustable.

• El material del asiento será antideslizante y transpirable.

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Capítulo XXVII. 273272 . Capítulo XXVII

actividad con otra diferente a lo largo de su jornada laboral,podrán efectuar pausas a lo largo de la misma.

Éstas se realizarán, en lo posible, a voluntad del trabajador yantes de advertir síntomas de fatiga, con el objeto de prevenirla yno como recuperación.Siempre que sea posible las pausas deben hacerse lejos de la pantallay deben permitir al trabajador relajar la vista (por ejemplo, mirandoalgunas escenas lejanas), cambiar de postura, dar algunos pasos, etc.

Es aconsejable que el tiempo de parada se emplee en realizar ejer-cicios físicos de estiramiento de cuello, espalda y extremidades,como los que se muestran en el gráfico de esta página.

En caso de que los equipos no se utilicen de forma continuada,las pausas se efectuarán proporcionalmente al tiempo trabajado.

1.11. Posición de trabajo

• El plano de la mesa de trabajo debe permitir que los brazosformen un ángulo de 90º respecto al tronco.

• Los pies deben mantenerse en completo contacto con el suelomientras las piernas están dobladas en un ángulo de 90-100º.

• La pantalla debe estar frente al empleado, a una distanciacomprendida entre 40 y 60 centímetros.

• Los ojos del operador deben quedar aproximadamente a lamisma altura que el borde superior de la pantalla (ver figura 1).

• Los documentos y escritos que se utilicen deben situarse lomás cerca posible de la pantalla, entre el teclado y la panta-lla o inmediatamente al lado de ésta última.

• Entre el teclado y el borde de la mesa quedará un espacio librede 5 a 10 centímetros para que el trabajador pueda apoyar lasmanos.

• El puesto de trabajo deberá tener una dimensión suficiente yestar acondicionado de tal manera que haya espacio suficientepara permitir los cambios de postura y movimientos de trabajo.

1.12. Pausas

En los casos en los que los trabajadores utilicen de forma conti-nuada equipos con pantalla de visualización, sin alternar esta

Girar lentamente la cabezaa derecha e izquierda.

(como si negara)

Inclinar lateralmente la cabezaa derecha e izquierda.

(como si dudara)

Inclinar lentamentela cabeza hacia atrás.

Bajar la barbillahasta el pecho

(como si afirmase)

Subir los hombroscon los brazos caídosa lo largo del cuerpo.

Bajar los hombros(gesto de no saber algo)

Manos en la nuca y espalda recta.Flexionar lateralmente la cintura y dejar caer los brazos

derecho e izquierdo de forma alternativa.

Brazos a la alturadel pecho,

con los codosflexionados

y un antebrazosobre el otro.

Dirigir al máximo loscodos hacia atrás

Vuelta a la posiciónde partida.

60º

$ 40 cm.

Figura 1.

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Capítulo XXVIII. 275274 . Capítulo XXVIII

4. El desplazamiento vertical ideal de una carga es de un máxi-mo 25 cm, aunque son aceptables los desplazamientos compren-didos entre la altura de los hombros y la altura de media pierna.Se procurará evitar los desplazamientos que se realicen fuera deestos rangos. No se deberían manejar cargas por encima de 175cm, que es el límite de alcance para muchas personas.

5. Siempre que sea posible, se emplearán medios mecánicospara el movimiento de las cargas.

6. NORMASPARA EL LEVANTAMIENTO DE CARGAS

• Colocarse lo más cerca posible del objeto y con los pies lige-ramente separados en la dirección en la que se va a realizar eldesplazamiento, si ello es posible.

• Agacharse flexionando las rodillas y manteniendo la espalda recta.

• Agarrar firmemente el objeto empleando ambas manos ypegarlo al cuerpo.

• Levantarse suavemente por extensión de las piernas con laespalda recta.

7. NORMASPARA EL DESPLAZAMIENTO DE CARGAS

• El objeto transportado y los brazos del trabajador se manten-drán lo más cerca posible del cuerpo.

• El cuerpo se mantendrá en posición vertical durante el traslado.

• No se realizarán giros de la columna vertebral cuando se transpor-ten cargas. Los cambios de dirección se efectuarán con las piernas.

8. NORMA PARA EL DESCENSO DE CARGAS

• Situarse lo más cerca posible del lugar en el que vaya a depo-sitarse la carga.

MANEJO MANUALDE CARGAS

1. DEFINICIÓN

Se considera manipulación manual de cargas cualquier operaciónde transporte o sujeción de una carga por parte de uno o variostrabajadores, como el levantamiento, la colocación, el empuje, latracción o el desplazamiento, que por sus características o condi-ciones ergonómicas inadecuadas entrañe riesgos, en particulardorsolumbares, para los trabajadores.

2. Los lugares por los que se transporten cargas a mano ofrece-rán un pavimento firme, estable y libre de obstáculos o sustanciasresbaladizas.

3. El peso máximo recomendado para una carga en condicionesideales según el tipo de población a proteger se muestra en latabla siguiente:

Condiciones ideales de manipulación: las que incluyen una pos-tura ideal para el manejo (carga cerca del cuerpo, espalda dere-cha, sin giros ni inclinaciones), una sujeción firme del objeto conuna posición neutral de la muñeca, levantamientos suaves y espa-ciados y condiciones ambientales favorables.

Tabla 1. PESO MÁXIMO RECOMENDADO PARA UNA CARGAEN CONDICIONES IDEALES DE MANIPULACIÓN

TIPOLOGÍA DE TRABAJADORES PESO MÁXIMO % POBLACIÓN PROTEGIDA

En general

Mayor protección

Trabajadores entrenados(situaciones aisladas) 40 kg Datos no disponibles

25 kg

15 kg

85 %

95 %

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277276 . Capítulo XXVIII

Título IVAUTOPROTECCIÓN

• Descender flexionando las piernas y con los pies separados.

• Mantener completamente recta la espalda durante la operación.

9. Las cargas con el centro de gravedad descentrado se manipu-larán con el lado más pesado cerca del cuerpo.

10. Se evitará manejar cargas cuando se suben cuestas, escalo-nes o escaleras.

11. Queda prohibido que un solo trabajador maneje cargas cuando:

• Su peso exceda de 40 Kg.

• Por su forma o dimensiones, no puedan sujetarse correctamen-te durante su levantamiento o transporte.

• Por su forma o dimensiones, dificulten la visibilidad del traba-jador durante el traslado.

12. Para el manejo manual de cargas será obligatorio el empleode guantes y calzado de seguridad, con independencia de que sedeban emplear otros equipos de protección individual.

Capítulo XXIX. Lucha contra incendios ............................................ 279

Capítulo XXX. Actuación en situaciones de emergencia .............. 288

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Capítulo XXIX. 279

LUCHACONTRA INCENDIOS

El fuego es una reacción de combustión que se caracteriza por laemisión de calor acompañada de humo, de llamas o de ambos.

Al ser la combustión una oxidación, para que ésta se produzcahabrán de intervenir un material que se oxide, al que llamaremos“Combustible”, y un elemento oxidante, al que llamaremos“Comburente”. Para que la reacción de oxidación comience,habrá que disponer, además, de una cierta cantidad de energía,que llamaremos “Energía de Activación” (habitualmente calor). Acontinuación, se definen estos tres elementos:

Combustible: Sustancia que en presencia de oxígeno y aportándo-le una cierta cantidad de activación es capaz de arder.

Comburente: Sustancia en cuya presencia el combustible escapaz de arder. De forma general, se considera al oxígeno comoel comburente típico, que se encuentra en el aire en una concen-tración del 21% en volumen.

Energía de Activación: Es la energía necesaria para que la reac-ción se inicie. Las fuentes de ignición que proporcionan estaenergía pueden ser sobrecargas o cortocircuitos eléctricos, roza-mientos entre partes metálicas, equipos de soldadura, estufas,reacciones químicas, chispas, etc.

El fuego no puede existir sin la conjunción simultánea delCombustible, Comburente y la Energía de Activación.

Si falta alguno de estos elementos, la combustión no es posible.Cada uno de ellos aparecen representados como lados del llama-do “Triángulo del Fuego”, que es la representación de una com-bustión sin llama o incandescente.

Existe otro factor, la “Reacción en Cadena”, que interviene demanera decisiva en el incendio. Si se interrumpe la transmisiónde calor de unas partículas a otras del combustible, no será posi-ble la continuación del incendio, por lo que tenemos el llamadoTetraedro del Fuego, que representa una combustión con llama.

A continuación se indican unas normas mínimas sobre extincióny lucha contra incendios:

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Capítulo XXIX. 281280 . Capítulo XXIX

3. NORMAS SOBRE LOS FOCOS DE IGNICIÓN

3.1. En los lugares en los que exista riesgo de incendio o explo-sión queda terminantemente prohibido fumar, producir chispas,encender fuego o introducir cerillas, encendedores o cualquier útilde ignición. Esta deberá aparecer convenientemente señalizada.

3.2. No se depositarán materiales combustibles en un radio deal menos 1,50 metros alrededor de calderas, hornos y, en gene-ral, de aparatos que eleven la temperatura ambiente.

3.3. Antes de efectuar trabajos de soldadura o cualquier otro quegenere chispas, llamas o incremente la temperatura, se debenretirar los objetos o materiales combustibles próximos al lugar dela operación, apantallando o recubriendo con mantas ignífugas uotro medio eficaz los que no puedan retirarse.

3.4. En las zonas con riesgo de incendio o explosión, no se lle-vará a cabo ninguna operación que pueda generar incremento detemperatura sin el correspondiente Permiso de Trabajo que laautorice.

3.5. En los locales o instalaciones en los que la electricidadestática suponga riesgo de incendio o explosión, se mantendránpermanentemente unidos a tierra todos los elementos en los queaquella pueda generarse.

Los Responsables de las distintas instalaciones o áreas de traba-jo comprobarán periódicamente la continuidad de dichas puestasde masas a tierra.

4. NORMAS SOBRE EXTINCIÓN

4.1. Los trabajadores deben familiarizarse con los equipos deextinción que existan en la proximidad de su puesto de trabajo.

1. Los trabajadores recibirán la necesaria formación e informa-ción en materia de prevención y extinción de incendios y partici-parán en los cursos que se organicen en su centro de trabajo.

2. NORMAS SOBRE LOS COMBUSTIBLES

2.1. Cuando deban utilizarse productos inflamables, los trabaja-dores dispondrán de la cantidad estrictamente necesaria para larealización de los trabajos. El resto de sustancias que no vayan aser utilizadas de forma inmediata permanecerán en sus corres-pondientes lugares de almacenamiento.

Antes de almacenar recipientes que contengan productos infla-mables, se comprobará que su cierre es hermético y que carecede roturas o deterioros.

2.2. Se extremará la limpieza de los locales en los que se mane-jen sustancias inflamables, recogiendo inmediatamente los verti-dos o derrames.

Los residuos inflamables se eliminarán siguiendo las instruccio-nes de trabajo emitidas por el departamento de medioambientede Hc Energía.

2.3. Los Responsables de las diferentes instalaciones o áreas detrabajo comprobarán periódicamente las conducciones de líquidos ygases inflamables para detectar posibles fugas y goteos. Las defi-ciencias localizadas serán solucionadas a la mayor brevedad posible.

Cuando los trabajadores aprecien algún tipo de escape deberáncomunicarlo inmediatamente a su mando directo.

2.4. En ningún caso se efectuarán trabajos sobre recipientes quehayan contenido productos inflamables sin el correspondientePermiso de Trabajo que autorice la ejecución de los mismos.

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Capítulo XXIX. 283282 . Capítulo XXIX

4.4. Si el fuego se produce en una instalación eléctrica, se cortaráel suministro eléctrico antes de iniciar la extinción, si esto es posible.

Si no lo es, sólo se procederá a atacar el fuego tras asegurarse delcompleto aislamiento eléctrico de las personas que intervengan.

4.5. Cuando se empleen extintores de CO2, se utilizarán guantesy nunca se colocará la mano sobre la boquilla difusora. Dichaboquilla se cogerá por la empuñadura que posee al efecto, paraevitar quemaduras por frío.

4.6. En los fuegos de gases se intentará cortar su suministro, porlo que debe conocerse la ubicación de las válvulas de cierre.

4.7. Una vez controlado el incendio debe comprobarse que estácompletamente apagado y eliminados los focos de temperaturaelevada antes de abandonar el lugar.

Si se han producido humos en la combustión, debe ventilarse la zona.

4.8. Indicaciones para la utilización de extintor:

Todo trabajador debe recibir un curso previo a la utilización deextintores acerca de su manejo.

• Descolgar el extintor asiéndolo por la maneta o asa fija de quedisponga y dejarlo sobre el suelo en posición vertical.

• En caso de que el extintor posea manguera, asirla por la boqui-lla para evitar la salida incontrolada del agente extintor. Encaso de que el extintor fuese de CO2, debe tener un cuidadoespecial para asir la boquilla por la parte aislada destinadapara ello y no dirigirla hacia las personas.

• En caso de que exista válvula o disco de seguridad, comprobarque ambos están en posición sin peligro de proyección de flui-do hacia el usuario.

• Quitar el pasador de seguridad tirando de su anilla.

• Acercarse al fuego dejando como mínimo un metro de distancia.En caso de espacios abiertos acercarse en la dirección del viento.

Los mandos directos deberán fomentar dicho comportamientoencaminado a facilitar la utilización adecuada y rápida de dichosequipos en caso de necesidad.

4.2. Si un trabajador descubre un incendio debe:

• Mantener la calma.

• Avisar de inmediato a cualquier compañero y, si es posible, asu mando directo. El trabajador nunca debe actuar solo ensituaciones de emergencia.

• Evaluar la situación y, si piensa que puede dominarlo, atacar elincendio con el extintor adecuado, teniendo en cuenta que losextintores portátiles sólo son eficaces ante conatos de incendio.

• Si no lo controla, dar la alarma.

• Hasta que llegue ayuda, cerrar todas las puertas y ventanas, sipuede hacerlo sin riesgo, y situarse en lugar seguro.

4.3. Antes de emplear un extintor debe comprobarse que es eladecuado para el tipo de fuego presente (Tabla 1). El baremo uti-lizado recoge las siguientes categorías: Muy Adecuado, Adecuado,Aceptable o Nulo. Además, en los fuegos tipo E se indican losagentes extintores cuya utilización puede resultar peligrosa.

Tabla 1. ELECCIÓN DEL AGENTE EXTINTOR SEGÚN LA CLASE DE FUEGO

CLASE DE FUEGO

Aguapulverizada

Agua a Chorro

Polvo BC(convencional)

Polvo Específicopara Metales

Espuma Física

AnhídridoCarbónico

HidrocarburosHalogenados

AGENTEEXTINTOR

Polvo ABC(polivalente)

Muy Adecuado

Muy Adecuado

Nulo

Adecuado

Nulo

Adecuado

Aceptable

Aceptable

A. Fuegosde sólidos

B. Fuegosde líquidos

Aceptable

Aceptable

MuyAdecuado

Adecuado

Nulo

Adecuado

Aceptable

Adecuado

C. Fuegosde gases

Nulo

Nulo

Adecuado

Adecuado

Nulo

Nulo

Nulo

Nulo

D. Fuegosde metalesespeciales

Nulo

Nulo

Nulo

Nulo

Adecuado

Nulo

Nulo

Nulo

E. Fuegos en presenciade tensión eléctrica

superior a 35 Kv

Adecuado para tensionesinferiores a 1000 V.

No utilizara partir de dicha tensión

Peligroso

Muy Peligroso

Adecuado

Nulo

Peligroso

Muy Adecuado

Adecuado

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Capítulo XXIX. 285284 . Capítulo XXIX

rá para su recarga. Deberá ser sustituido por otro completamen-te cargado.

4.11. El emplazamiento de los extintores portátiles de incendiopermitirá que sean fácilmente visibles y accesibles.

Se ubicarán sobre paramentos verticales a una altura que nosuperará los 1,70 metros contados desde el suelo hasta la partesuperior del aparato.

Estarán situados próximos a los puntos donde se estime mayorprobabilidad de iniciarse el incendio, a ser posible próximos a lassalidas de evacuación.

Nunca se colocarán objetos de ningún tipo sobre los extintores oen su entorno que dificulten su visibilidad o su accesibilidad.

4.12. Las Bocas de Incendio Equipadas (BIE) deberán montarsesobre un soporte rígido de forma que la altura de su centro quedecomo máximo a 1,50 m sobre el nivel del suelo o a más altura sise trata de BIE de 25 mm, siempre que la boquilla y la válvula deapertura manual si existen, estén situadas a la altura citada.

Las BIE se situarán, siempre que sea posible, a una distanciamáxima de 5 m de las salidas de cada sector de incendio, sin queconstituyan obstáculo para su utilización.

El número y distribución de las BIE en un sector de incendio y enespacio diáfano será tal que la totalidad de la superficie del sec-tor de incendio en que estén instaladas quede cubierta por unaBIE, y se considerará como radio de acción de ésta la longitud desu manguera incrementada en 5 m.

La separación máxima entre cada BIE y su más cercana será de50 m. La distancia desde cualquier punto del local protegidohasta la BIE más próxima no deberá exceder de 25 m.

Se deberá mantener alrededor de cada BIE una zona libre de obs-táculos que permita el acceso a ella y su maniobra sin dificultad.

Las Bocas de Incendio Equipadas de 45 mm de diámetro seránmanejadas preferentemente por dos trabajadores.

• Apretar la maneta y, en caso de que exista, apretar la palancade accionamiento de la boquilla. Realizar una pequeña des-carga de comprobación de salida del agente extintor.

• Dirigir el chorro a la base de las llamas.

• En el caso de incendios de líquidos proyectar superficialmen-te el agente extintor efectuando un barrido horizontal y evitan-do que la propia presión de impulsión pueda provocar el derra-me incontrolado del producto en combustión. Avanzar gra-dualmente desde los extremos.

4.9. El fuego se atacará de espaldas al viento o a favor de lascorrientes de aire en el interior de los edificios.

4.10. Una vez utilizado un extintor, aunque su uso haya sidomínimo, no se volverá a colocar en su sitio, sino que se entrega-

Figura 1. Reglas generales de uso de un extintor de incendios portátil

1.Descolgar el extintorasiéndolo por la manetao asa fija y dejarlo sobreel suelo en posiciónvertical.

2. Asir la boquilla de la mangueradel extintor y comprobar, en casoque exista, que la válvula o discode seguridad (V) está en posiciónsin riesgo para el usuario.Sacar el pasador de seguridadtirando de su anilla.

3. Presionar la palanca de lacabeza del extintor y en casode que exista apretar lapalanca de la boquillarealizando una pequeñadescarga de comprobación.

4. Dirigir el chorro a la base de las llamascon movimiento de barrido.En caso de incendio de líquidos proyectarsuperficialmente el agente extintorefectuando un barrido evitando que lapropia presión de impulsión provoquederrame del líquido incendiado.Aproximarse lentamente al fuego hastaun máximo aproximado de un metro.

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Capítulo XXIX. 287286 . Capítulo XXIX

4.13. El Responsable de la instalación debe ocuparse de que selleven a cabo las inspecciones y el mantenimiento previsto por leyde los equipos contra incendios.

El mantenimiento y reparación de aparatos, equipos y sistemas ysus componentes, empleados en la protección contra incendios,deben ser realizados por mantenedores autorizados.

Además, tanto el mantenedor como el usuario o titular de la ins-talación conservarán constancia documental del cumplimientodel programa de mantenimiento preventivo.

EQUIPO O SISTEMA

Sistemas automáticos de detección y alarma de incendios• Comprobación de funcionamiento de las instalaciones (con cada fuente de suministro).• Sustitución de pilotos, fusibles, etc., defectuosos.• Mantenimiento de acumuladores

(limpieza de bornas, reposición de agua destilada, etc.).

Sistema manual de alarma de incendio• Comprobación de funcionamiento de la instalación (con cada fuente de suministro).• Mantenimiento de acumuladores

(limpieza de bornas, reposición de agua destilada, etc.).

Extintores de incendio• Comprobación de la accesibilidad, señalización, buen estado aparente de conservación.• Inspección ocular de seguros, precintos, inscripciones, etc.• Comprobación del peso y presión en su caso.• Inspección ocular del estado externo de las partes mecánicas

(boquilla, válvula, manguera, etc.).

Bocas de incendio equipadas (BIE)• Comprobación de la buena accesibilidad y señalización de los equipos.• Comprobación por inspección de todos los componentes,

procediendo a desenrollar la manguera en toda su extensióny accionamiento de la boquilla en caso de que sea de varias posiciones.

• Comprobación, por lectura del manómetro, de la presión de servicio.• Limpieza del conjunto y engrase de cierres y bisagras en puertas del armario.

Sistemas Fijos De Extinción• Comprobación de que las boquillas del agente extintor o rociadores

están en buen estado y libres de obstáculos para su funcionamiento correcto.• Comprobación del buen estado de los componentes del sistema, especialmente

de la válvula de prueba en los sistemas de rociadores, o de los mandos manuales de la instalación de los sistemas de polvo o agentes extintores gaseosos.

• Comprobación del estado de carga de la instalación de los sistemas de polvo,anhídrido carbónico, o hidrocarburos halogenados y de las botellas de gas impulsorcuando existan.

• Comprobación de los circuitos de señalización, pilotos, etc.,en los sistemas con indicaciones de control.

Hidrantes• Comprobar la accesibilidad a su entorno y la señalización en los hidrantes enterrados.• Inspección visual comprobando la estanquidad del conjunto.• Quitar las tapas de las salidas, engrasar las roscas

y comprobar el estado de las juntas de los racores.

• Engrasar la tuerca de accionamiento o rellenar la cámara de aceite del mismo.• Abrir y cerrar el hidrante y comprobar el funcionamiento correcto

de la válvula principal y del sistema de drenaje.

Columnas secas• Comprobación de accesibilidad de la entrada de la calle y tomas de piso.• Comprobación de la señalización.• Comprobación de las tapas y correcto funcionamiento de sus cierres

(engrase si es necesario).• Comprobar que las llaves de las conexiones siamesas están cerradas.• Comprobar que las llaves de seccionamiento están abiertas.• Comprobar que todas las tapas de racores están bien colocadas y ajustadas.

Cuadro 2. Periodicidad del mantenimiento de los medios materiales de luchacontra incendios y operaciones a realizar por el titular de la instalación

REVISIÓN

Cada3 meses

Cada6 meses

Cada6 meses

Cada3 meses

Cada3 meses

Cada3 meses

Cada3 meses

Cada3 meses

Cuadro 1.Periodicidad de mantenimiento de los medios materialesde lucha contra incendios por parte de personal especializado,

del fabricante o instalador del equipo o sistema.

EQUIPO O SISTEMA

Sistemas automáticos de deteccióny alarma de incendios

Sistema manual de alarma de incendio

Extintores de incendio

Bocas de incendio equipadas (bie)

Sistemas fijos de extinción

REVISIÓN

Anual

Anual

Anual

Anual / quinquenal

Anual / quinquenal

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Capítulo XXX. 289288 . Capítulo XXX

4. Se tomarán las medidas necesarias para asegurar la correcta pres-tación de los primeros auxilios, exigiendo a las empresas colaborado-ras formación específica en primeros auxilios para sus trabajadores.

5. CONSIGNAS GENERALES DE ACTUACIÓN:

5.1. Presencia de un incendio en las instalaciones:

• Intentar apagar el incendio mediante el empleo de los mediosde extinción disponibles.

• Si ello no es posible avisar de inmediato a un mando de la ins-talación.

5.2. Orden de evacuación:• Mantener la calma.

• Evacuar con rapidez.

• No utilizar los ascensores ni montacargas.

• No retroceder una vez comenzada la evacuación.

• Dirigirse al punto de concentración indicado y permanecer enel mismo hasta recibir nuevas instrucciones.

• Seguir en todo momento las instrucciones indicadas por elEquipo de Alarma y Evacuación.

5.3. Atención a un accidentado o enfermo:

• Si se observa un accidente, se debe proteger la zona para evi-tar que se reproduzca o se agraven sus consecuencias.

• En caso de accidente por contacto eléctrico hay que desconec-tar la corriente antes de tocar a la víctima.

• No se debe mover al accidentado sin interesarse previamentepor las lesiones que padece.

• Debe evitarse el traslado en vehículos no sanitarios.

• No se debe dar de beber al lesionado, sobre todo cuandopadezca heridas en la cabeza, cuello, tórax y abdomen.

ACTUACIÓN EN SITUACIONESDE EMERGENCIA

1. Una emergencia es una situación derivada de un sucesoextraordinario que ocurre de forma repentina e inesperada y quepuede llegar a producir daños graves a personas e instalaciones,por lo que requiere una actuación inmediata y organizada.

Los factores causantes de una emergencia pueden ser de diversos tipos:

• Fallos humanos.

• Fallos técnicos.

• Defectos en el diseño de las instalaciones o vicios ocultos.

• Catástrofes naturales.

• Origen externo (siniestros en instalaciones contiguas, atenta-dos, etc.).

2. Cada una de las Empresas de Hc Energía establece el conjun-to de medidas, encaminadas a preservar la seguridad y salud desus trabajadores y de las personas ajenas a la empresa que pudie-ran encontrarse en ellas, que deban aplicarse en cada situación.Éstas estarán recogidas en un Plan de Emergencia.

3. Para garantizar la más plena eficacia del Plan de Emergenciay su correcta puesta en práctica, todas las Empresas presentes enlos centros de trabajo informarán a sus trabajadores sobre su con-tenido, y éstos estarán obligados a prestar su más plena coopera-ción en la aplicación de las medidas contenidas en el Plan deEmergencia, tanto en situaciones reales como simuladas, deacuerdo con la información y formación recibidas al respecto.

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290 . Capítulo XXX

• Si es imprescindible mover al accidentado (porque sea peligro-so permanecer en el lugar del accidente) y debe hacerse siem-pre en bloque y manteniendo recto el eje cabeza-cuello-tronzo.

• Hacer una valoración rápida de las consecuencias del accidente.

• Ver si el accidentado está consciente, si respira y si tiene pulso.

• Ver si presenta heridas externas, fracturas, quemaduras.

• En situaciones de accidentes producidos en lugares alejadosde los centros de trabajo donde existen medios materiales yhumanos necesarios para prestar los Primeros Auxilios, debe-rá realizarse la evacuación del herido, si está en estado grave,al centro sanitario más próximo.

6. En todo caso, todo lugar de trabajo permanente estará dotado, comomínimo, de un botiquín portátil que contenga desinfectantes y antisép-ticos autorizados, gasas estériles, algodón hidrófilo, vendas, esparadra-po, apósitos adhesivos, tijeras, pinzas y guantes desechables.

Contenido

Algodón 50 gr.

Gasa estéril (20 x 20)

Compresa

Spongostan (hemostático)

Agua oxigenada (250 ml)

Alcohol 96º (250 ml)

Betadine (100 cc)

Mercromina (30 cc)

Aspirina

Gelocatil

Tiritas

Esparadrapo de tela (5 x 2,5)

Cantidad

1 paquete

40 unidades

1 unidad

1 unidad

1 envase

1 envase

1 envase

1 envase

1 caja

1 caja

1 caja

1 envase

Contenido

Esparadrapohipoalérgico (5 x 2,5)

Venda orillada (10 x 10)

Venda orillada (5 x 7)

Venda orillada (5 x 5)

Pomada antiséptica

Colirio antiséptico

Reanimador boca a boca

Torniquete de goma

Tijeras

Pinzas

Guantes desechables

Cantidad

1 envase

1 unidad

2 unidades

2 unidades

1 unidad

1 unidad

1 unidad

1 unidad

1 unidad

1 unidad

1 par

Figura 1. BOTIQUÍN PORTÁTIL ESTANDAR

*En los vehículos de las áreas que desarrollen actividades donde existan, de manera habitual, los riesgosde incendio o explosión, este botiquín se complementará con vendas “watergel” para quemaduras.

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Bibliografía. 293

BIBLIOGRAFÍA

LEYES

Ley 31/1995 de 8 de noviembre, de prevención de riesgos laborales.

Ley 54/2003, de 12 de diciembre, de reforma del marco norma-tivo de la prevención de riesgos laborales.

Ley 32/2006, reguladora de la subcontratación en el Sector de laConstrucción.

REALES DECRETOS

RD 1407/1992, de 20 de noviembre, por el que se regulan lascondiciones para la comercialización y libre circulación intra-comunitaria de los Equipos de Protección Individual.

RD 56/1995, de 20 de enero, por el que se modifica el RD1435/92, de 27 de noviembre, relativo a las disposiciones deaplicación de la Directiva del Consejo 89/392/CEE, sobreMáquinas.

RD 400/1996, de 1 de marzo, por el que se dicta las disposicio-nes de aplicación de la Directiva del Parlamento Europeo y delConsejo 94/9/CE, relativa a los aparatos y sistemas de protec-ción para uso en atmósferas potencialmente explosivas.

RD 39/1997, de 17 de enero, por el que se aprueba elReglamento de los Servicios de Prevención y modificaciónposterior RD 780/1998, de 30 de abril, por el que se modifi-ca el RD 39/1997, de 17 de enero.

RD 413/1997, de 21 de marzo, sobre protección operacional delos trabajadores externos con riesgo de exposición a radiacio-nes ionizantes por intervención en zona controlada.

RD 485/1997, de 14 de abril, sobre disposiciones mínimas enmateria de señalización de seguridad y salud en el trabajo.

RD 486/1997, de 14 de abril, por el que se establecen las disposi-ciones mínimas de seguridad y salud en los lugares de trabajo.

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Bibliografía. 295294 . Bibliografía

RD 379/2001, de 6 de abril, por el que se aprueba el Reglamentode almacenamiento de productos químicos y sus instruccionestécnicas complementarias MIE-APQ-1, MIE-APQ-2, MIE-APQ-3, MIE-APQ-4, MIE-APQ-5, MIE-APQ-6 y MIE-APQ-7.

RD 614/2001, de 8 de junio, sobre disposiciones mínimas parala protección de la salud y seguridad de los trabajadores fren-te al riesgo eléctrico.

RD 842/2002, de 2 de agosto, por el que se aprueba elReglamento electrotécnico para baja tensión.

RD 255/2003, de 28 de febrero, por el que se aprueba elReglamento sobre clasificación, envasado y etiquetado de pre-parados peligrosos.

RD 349/2003, de 21 de marzo, por el que se modifica el RD665/1997, de 12 de mayo, sobre la protección de los traba-jadores contra los riesgos relacionados con la exposición aagentes cancerígenos durante el trabajo, y por el que seamplía su ámbito de aplicación a los agentes mutágenos.

RD 681/2003, de 12 de junio, sobre la protección de la salud yla seguridad de los trabajadores expuestos a los riesgos deri-vados de atmósferas explosivas en el lugar de trabajo.

RD 171/2004, de 30 de enero, por el que se desarrolla el artícu-lo 24 de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevenciónde Riesgos Laborales, en materia de coordinación de activida-des empresariales.

RD 2177/2004, de 12 de noviembre, por el que se modifica elRD 1215/1997, de 18 de junio, por el que se establecen lasdisposiciones mínimas de seguridad y salud para la utilizaciónpor los trabajadores de los equipos de trabajo, en materia detrabajos temporales en altura.

RD 2267/2004, de 3 de diciembre, por el que se aprueba elReglamento de seguridad contra incendios en los estableci-mientos industriales.

RD 1311/2005, de 4 de noviembre, sobre la protección de lasalud y la seguridad de los trabajadores frente a los riesgosderivados o que puedan derivarse de la exposición a vibracio-nes mecánicas.

RD 487/1997, de 14 de abril, sobre disposiciones mínimas deseguridad y salud relativas a la manipulación manual de car-gas que entrañe riesgos, en particular dorsolumbares, para lostrabajadores.

RD 488/1997, de 14 de abril, sobre disposiciones mínimas deseguridad y salud relativas al trabajo con equipos que incluyepantallas de visualización.

RD 664/1997, de 12 de mayo, sobre la protección de los traba-jadores contra los riesgos relacionados con la exposición aagentes biológicos durante el trabajo.

RD 665/1997, de 12 de mayo, sobre la protección de los traba-jadores contra los riesgos relacionados con la exposición aagentes cancerígenos durante el trabajo.

RD 773/1997, de 30 de mayo, sobre disposiciones mínimas deseguridad y salud relativas a la utilización por los trabajadoresde Equipos de Protección Individual.

RD 1215/1997, de 18 de julio, por el que se establecen las dis-posiciones mínimas de seguridad y salud para la utilizaciónpor los trabajadores de los equipos de trabajo.

RD 1627/1997, de 27 de octubre, por el que se establecen dis-posiciones mínimas de seguridad y salud en las obras de cons-trucción.

RD 216/1999, de 5 de febrero, sobre disposiciones mínimas deseguridad y salud en el ámbito de las Empresas de TrabajoTemporal.

RD 5/2000, de 4 de agosto, por el que se aprueba el texto refun-dido de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el OrdenSocial.

RD 1124/2000, de 16 de junio, por el que se modifica el RD665/1997, de 12 de mayo, sobre la protección de los traba-jadores contra los riesgos relacionados con la exposición aagentes cancerígenos durante el trabajo.

RD 374/2001, de 6 de abril, sobre la protección de la salud yseguridad de los trabajadores contra los riesgos relacionadoscon los agentes químicos durante el trabajo.

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Bibliografía . 297296 . Bibliografía

OTROS DOCUMENTOS DE CONSULTA

Guía Técnica para la evaluación y prevención de los riesgos pre-sentes en los lugares de trabajo relacionados con AgentesQuímicos (INSHT).

Guía Técnica la utilización por los trabajadores en el trabajo delos Equipos de Protección Individual (INSHT).

Guía Técnica para la evaluación y prevención de los riesgos rela-tivos a la utilización de los Equipos de Trabajo (INSHT).

Guía Técnica para la evaluación y prevención de los riesgos rela-tivos a la Manipulación Manual de Cargas (INSHT).

Guía Técnica para la evaluación y prevención de los riesgos rela-tivos a la utilización de equipos con Pantallas de Visualizaciónde Datos (INSHT).

ITC-BT-29: Prescripciones particulares para las instalacioneseléctricas de los locales con riesgo de incendio o explosión.

ITC-MIE-AP17: Instalaciones de Tratamiento y Almacenamientode Aire Comprimido

RD 286/2006, de 10 de marzo, sobre la protección de la salud yla seguridad de los trabajadores contra los riesgos relaciona-dos con la exposición al ruido.

RD 396/2006, de 31 de marzo, por el que se establecen las dis-posiciones mínimas de seguridad y salud aplicables a los tra-bajos con riesgo de exposición al amianto.

RD 604/2006, de 19 de mayo, por el que se modifican el RD39/1997, de 17 de enero, por el que se aprueba elReglamento de los Servicios de Prevención, y el RD1627/1997, de 24 de octubre, por el que se establecen lasdisposiciones mínimas de seguridad y salud en las obras deconstrucción.

RD 393/2007, de 23 de marzo, por el que se aprueba la NormaBásica de Autoprotección de los centros, establecimientos ydependencias dedicados a actividades que puedan dar origena situaciones de emergencia.

NOTAS TÉCNICAS DE PREVENCIÓN

NTP 89: Cinta transportadora de materiales a granel.

NTP 123: Barandillas.

NTP 198: Gases comprimidos: identificación de botellas.

NTP 223: Trabajos en recintos confinados.

NTP 297: Manipulación de bidones.

NTP 278: Zanjas: prevención del desprendimiento de tierras.

NTP 369: Atmósferas potencialmente explosivas: instalacioneseléctricas.

NTP 404: Escaleras fijas.

NTP 434: Superficies de trabajo seguras (I).

NTP 618: Almacenamiento en estanterías metálicas.

NTP 634: Plataformas elevadoras móviles de personal.