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1 MANUAL DE ORGANIZACIÓN DIRECCIÓN DE DESARROLLO Y BIENESTAR SOCIAL FECHA DE APROBACIÓN -------2018 ÍNDICE Presentación Filosofía Institucional Misión Visión Valores Vinculación con en el Plan Municipal de Desarrollo Marco Legal Estructura Orgánica Atribuciones Directorio Inventario de servicios Requisitos y procedimientos Cédulas de tramites servicios y procedimientos 1.- Atención y resolución de las quejas o denuncias presentadas por incumplimiento de las obligaciones de los Servidores Públicos Municipales 2.- Atención a las solicitudes de información Presentación del manual El presente documento oficial tiene el propósito de describir la estructura, funciones, servicios y procedimientos de cada unidad de la Dirección de Desarrollo y Bienestar Social y el marco legal que las rige y coadyuvar a la ejecución correcta de las labores encomendadas al personal vigente y de nuevo ingreso, para la optimización de recursos y prestar servicios oportunos, de calidad y con calidez. Filosofía Institucional. Los principios básicos bajo los cuales se rige la Administración Municipal fueron plasmados por el Honorable Ayuntamiento, atendiendo a la voluntad popular en el Plan Municipal de Desarrollo 2017-2021, los cuales por instrucción del Ayuntamiento, se han consolidado como eje rector de todas y cada una de las acciones de Gobierno, que se ejecuten por conducto de las dependencias en ejecución de la filosofía institucional, siendo los siguientes: Misión Guiar de forma responsable al Municipio de Bahía de Banderas en alianza, sociedad y gobierno para conformar un municipio próspero, seguro, competitivo, sustentable y resiliente, prestar servicios públicos eficientes y oportunos, a través de buenas prácticas de gestión humanista e incluyente, administración de recursos, transparencia y rendición de cuentas que sustenten la confianza y satisfacción ciudadana.

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MANUAL DE ORGANIZACIÓN DIRECCIÓN DE DESARROLLO Y BIENESTAR SOCIAL

FECHA DE APROBACIÓN -------2018

ÍNDICE Presentación Filosofía Institucional Misión Visión Valores Vinculación con en el Plan Municipal de Desarrollo Marco Legal Estructura Orgánica Atribuciones Directorio Inventario de servicios Requisitos y procedimientos Cédulas de tramites servicios y procedimientos 1.- Atención y resolución de las quejas o denuncias presentadas por incumplimiento de las obligaciones de los Servidores Públicos Municipales 2.- Atención a las solicitudes de información Presentación del manual El presente documento oficial tiene el propósito de describir la estructura, funciones, servicios y procedimientos de cada unidad de la Dirección de Desarrollo y Bienestar Social y el marco legal que las rige y coadyuvar a la ejecución correcta de las labores encomendadas al personal vigente y de nuevo ingreso, para la optimización de recursos y prestar servicios oportunos, de calidad y con calidez. Filosofía Institucional. Los principios básicos bajo los cuales se rige la Administración Municipal fueron plasmados por el Honorable Ayuntamiento, atendiendo a la voluntad popular en el Plan Municipal de Desarrollo 2017-2021, los cuales por instrucción del Ayuntamiento, se han consolidado como eje rector de todas y cada una de las acciones de Gobierno, que se ejecuten por conducto de las dependencias en ejecución de la filosofía institucional, siendo los siguientes:

Misión Guiar de forma responsable al Municipio de Bahía de Banderas en alianza, sociedad y gobierno para conformar un municipio próspero, seguro, competitivo, sustentable y resiliente, prestar servicios públicos eficientes y oportunos, a través de buenas prácticas de gestión humanista e incluyente, administración de recursos, transparencia y rendición de cuentas que sustenten la confianza y satisfacción ciudadana.

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Visión Hacer de Bahía de Banderas un hábitat seguro, para la población y sus visitantes; competitivo, en donde su equipamiento urbano está en armonía con su belleza natural y, a su vez, con el aprovechamiento sustentable de su vasta vocación turística, agropecuaria y pesquera que apuntalan su desarrollo integral, social y económicamente equitativo. Con la participación responsable de gobierno y sociedad, se suman voluntades y capacidades que hacen de nuestro Municipio un referente positivo de progreso, cultura y bienestar.

Valores Este gobierno se compromete a que cada una de sus decisiones y acciones sea con el objetivo de buscar el bienestar social, por lo que nos regimos por los siguientes valores: Integridad; Innovación; empatía, lealtad con la comunidad, respeto de los derechos humanos; y responsabilidad al administrar los recursos públicos. Vinculación con en el Plan Municipal de Desarrollo La Dirección de Desarrollo y Bienestar Social contribuye en el cumplimiento de los programas, metas y objetivos plasmados en el Plan Municipal de Desarrollo, en los siguientes términos:

Eje objetivo Objetivos específicos

Programa o proyecto

Líneas de acción Sistema de evaluación

2 JUNTOS POR EL DESARROLLO SUSTENTABLE

Consolidar a Bahía de

Banderas, como un

Municipio sostenible,

Sustentable, resiliente,

inclusivo, seguro y mejor

conectado, mediante la

conformación participativa

de la agenda urbana

Innovadora, integral con

visión de futuro, que

contemple estrategias para

mejorar y ampliar la

cobertura y calidad de los

servicios públicos, la

infraestructura, (vivienda,

equipamiento, manejo y

disposición final de residuos

sólidos, agua potable y

saneamiento, alumbrado,

movilidad, ordenamiento

del uso de suelo e imagen

urbana) como elementos

propulsores del desarrollo

económico, social y urbano,

Productos

cárnicos

saludables,

garantizar que el

consumo de

carne en el

municipio que se

sacrifica en el

rastro, cumpla

con las normas

de calidad,

sanidad y

humanitarias.

Productos Cárnicos Saludables

10.1 10.2 10.3 10.4

Mir POA CÉDULAS DE EVALUACIÓN

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Eje objetivo Objetivos específicos

Programa o proyecto

Líneas de acción Sistema de evaluación

4 Juntos por la calidad de vida incluyente.

Consolidar un municipio próspero con sentido humanista y solidario, en el que prevalezca la inclusión y equidad como política trasversal y el fortalecimiento de los grupos vulnerables a través de la salud, educación, la cultura, deporte, valores como elementos de desarrollo y bienestar social.

-Infraestructura

para el desarrollo

humano, dotar de

infraestructura

necesaria para la

prestación de los

servicios

asistenciales en

forma eficiente,

equitativa, digna

oportuna.

-Bahía Actívate,

fortalecer el

deporte,

fomentar la

salud, física y

mental de la

población.

- Aumentar la

disponibilidad de

servicios de salud

en el municipio,

para la población

-Bien y de Buenas por Tu Colonia. -Infraestructura para el Desarrollo Humano. -Bahía Actívate. -Bahía Sano. -En Bahía promovemos la Cultura. -Derecho de las Mujeres al Hecho. -Todos merecemos estar bien. Para el desarrollo competitivo apostamos a la educación. -Bahía Joven. -Adultos Mayores.

4.1.1.1 4.1.1.2 4.1.1.3 4.1.1.8 4.1.1.1.10 4.1.1.1.11 4.1.1.1.14 4.1.1.1.15 4.1.1.1.20 4.1.1.1.21 4.1.2.1 4.1.2.2 4.1.2.3 4.1.2.4 4.1.2.5 4.1.2.6 4.1.3.6 4.1.3.7 4.1.3.9 4.1.3.10 4.1.3.13 4.1.3.14 4.1.3.16 4.1.3.17 4.1.3.18 4.1.3.19 4.1.4.1 4.1.4.2 4.1.4.3 4.1.4.4 4.1.4.5 4.1.4.5 4.1.4.6 4.1.4.7

Mir POA CÉDULAS DE EVALUACIÓN

que inciden además en el

mejoramiento de la calidad

de vida de los habitantes.

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4

abierta, a través,

de unidades de

atención médica

móviles y fijas.

- Lograr que

Bahía sea un

referente de

cultura y arte a

nivel nacional e

internacional y

fomentar el

turismo cultural.

- Lograr que las

mujeres del

municipio se

desarrollen en un

ambiente libre de

violencia y de

equidad, que les

permita el

desarrollo

integral de sus

capacidades,

como pilar de las

familias de Bahía

de Banderas,

para que logren

oportunidades de

mejorar su

calidad de vida y

la de sus familias.

- Generar

4.1.4.8 4.1.5.9 4.1.5.10 4.1.5.11 4.1.5.12 4.1.6.1 4.1.6.2 4.1.6.3 4.1.6.4 4.1.6.5

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condiciones de

inclusión e

igualdad de

oportunidades

para toda la

población logre

elevar su Calidad

de vida.

- Favorecer una

educación de

vanguardia en

Bahía de

Banderas, que

nos permita

consolidarnos

como municipio

próspero,

sustentable y

competitivo.

- Gestionar y

facilitar

herramientas

necesarias para

garantizar el

desarrollo

integral de la

Juventud de

Bahía de

Banderas,

fortaleciendo y

fomentando la

organización y

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participación

social, la

educación y

capacitación

permanente,

desarrollo de las

expresiones

deportivas,

culturales y

artísticas, el

cuidado de su

salud,

promoviendo

acciones para

impulsar el

emprendurismo e

inserción laboral,

para el

mejoramiento de

las condiciones

de vida de su

calidad de vida, a

través de la

implementación

de políticas

públicas

municipales

trasversales para

generar mayores

oportunidades y

alternativas de

desarrollo,

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superación,

bienestar e

inserción social

de los Jóvenes.

-Mejorar la

calidad y el nivel

de vida de las

familias indígenas

del municipio.

- Fortalecer e

implementar una

cultura de

respeto y trato

digno a los

adultos mayores;

y brindar

herramientas

para su inclusión

social y laboral en

forma digna.

Marco legal Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Constitución Política del Estado de Nayarit

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Ley Municipal para el Estado de Nayarit Reglamento Orgánico para el Municipio de Bahía de Banderas, Nayarit. Estatuto de los trabajadores al servicio del estado y municipios. Ley General de Responsabilidades Administrativas del Estado de Nayarit. Ley de Presupuesto Contabilidad y Gasto Público del Estado de Nayarit. Ley de Transparencia. Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación. Ley de Fiscalización del Estado. Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria. Ley Federal Anticorrupción en Contrataciones Públicas. Reglamento de Adquisiciones. Estructura orgánica. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 110 del Reglamento de la Administración Pública para el Municipio de Bahía de Banderas, Nayarit; para el despacho de los asuntos de su competencia la Dirección de Desarrollo y Bienestar Social contará con las siguientes áreas:

I. Subdirección de Educación; II. Coordinación de Desarrollo Social, Organización y Participación Ciudadana; III. Coordinación de Salud Municipal; IV. Coordinación de Planeación y Programas Sociales; V. Demás personal que de acuerdo a las necesidades del servicio y disponibilidad

presupuestal se asigne. A la Dirección de Desarrollo y Bienestar Social se encontrarán sectorizados los Institutos Municipales que a continuación se describen, los cuales se integran y tienen las atribuciones que señalen los reglamentos respectivos que tenga a bien expedir el Ayuntamiento: a) Instituto Municipal de Arte y Cultura; b) Instituto Municipal del Deporte; c) Instituto Municipal de la Juventud d) Instituto Municipal de las Mujeres; Organigrama

ORGANIGRAMA DE LA DIRECCIÓN DE DESARROLLO Y BIENESTAR SOCIAL

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Atribuciones Estas se encuentran establecidas de los artículos 111 a 118 del Reglamento de la Administración Pública para el Municipio de Bahía de Banderas, Nayarit; los cuales establecen lo siguiente: Artículo 111.- Es competencia de la Subdirección de Educación Municipal, la atención de los

siguientes asuntos:

I.- Ejecutar las políticas públicas, programas y acciones que en materia de educación se

establezcan dentro de los lineamientos del Plan Municipal de Desarrollo;

II.- Organizar eventos que permitan el acercamiento de los estudiantes con las instituciones

educativas y su oferta académica;

III.- Orientar y canalizar a los ciudadanos interesados en cursar la preparatoria en y a los adultos

que estén interesados en terminar sus estudios de primaria y secundaria;

IV.- Realizar acciones en coordinación con las autoridades estatales y federales para abatir el

analfabetismo en el municipio;

DIRECTOR

SUBDIRECCIÓN DE EDUCACIÓN

COORDINACIÓN DE PLANEACIÓN DE DESARROLLO SOCIAL, ORGANIZACIÓN Y

PARTICIPACION CIUDADANA

COORDINACIÓN DE PLANEACIÓN DE SALUD MUNICIPAL

COORDINACIÓN DE PLANEACIÓN Y PROGRAMAS SOCIALES

INSTITUTO MUNICIPAL DE LA MUJER

INSTITUTO MUNICIPAL DE LA JUVENTUD

INSTITUTO MUNICIPAL DE ARTE Y CULTURA

INSTITUTO MUNICIPAL DEL DEPORTE

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V.- Promover el fortalecimiento institucional con las dependencias responsables de la educación

en el Estado así como también realizar labores de apoyo a las gestiones de los planteles educativos

de nivel básico ante autoridades municipales.

VI.- Gestionar la vinculación entre instituciones gubernamentales de los tres órdenes de gobierno,

asociaciones civiles, instituciones educativas, organismos no gubernamentales y órganos

descentralizados de la administración pública municipal, para elevar el nivel educativo en el

municipio;

VII.- Diseñar, formular e implementar en coordinación con las autoridades competentes

estrategias y acciones que coadyuven a elevar la calidad de la educación que se imparte en los

centros educativos del municipio y promover la impartición de lenguas extranjeras como base de

la competitividad de los estudiantes;

VIII.- Programar reuniones con asociaciones de padres de familia, directores y otras dependencias

para la atención de necesidades educativas;

IX.- Otorgar de conformidad con los recursos presupuestales disponibles, becas y apoyos

económicos en materia de educación;

X.- Coadyuvar con otras áreas del gobierno municipal en la difusión en los centros educativos

públicos y privados de programas de educación vial, del medio ambiente y de otros temas que por

parte del Ayuntamiento se emitan de manera general a la población del Municipio;

XI.- Proponer al Director los acuerdos o convenios de colaboración con las autoridades estatales y

federales para realizar acciones de apoyo a la educación;

XII.- Colaborar con las áreas competentes en la programación de las obras de construcción,

ampliación, mantenimiento, rehabilitación y mejora en infraestructura, equipo e instalaciones de

las escuelas del municipio, con recursos municipales; y

XIII.- Las demás que las leyes de la materia y el Presidente encomienden.

ARTICULO 112.- Es competencia de la Coordinación de Desarrollo Social y Organización y

Vinculación Ciudadana, la atención de los siguientes asuntos:

I.- Colaborar con el IMPLAN, en la promoción y fomento de la participación ciudadana en la

Integración del Plan Municipal de desarrollo y demás acciones de gobierno;

II.- Impulsar y promover el reconocimiento y ejercicio pleno de los derechos del adulto mayor, los

niños, niñas y adolescentes, las mujeres, las personas con capacidades diferentes y lograr su

inclusión efectiva al desarrollo social y económico;

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III.- Proponer el programa de obras prioritarias, atendiendo a las peticiones sociales;

IV.- Planear y gestionar la participación y acceso del municipio en los programas federales;

V.- Dirigir, ordenar y estimular el desarrollo social y comunitario del municipio;

VI.- Proponer al Director la política general de desarrollo social y de participación ciudadana;

VII.- Organizar, promover, procurar y fomentar el establecimiento y operación de las formas de

participación y colaboración ciudadana en el municipio;

VIII.- Promover la operación de los comités de vecinos, presidente de colonia, jefe de manzana en

los términos de la normatividad de la materia; y

IX.- Las demás que la Ley, el Presidente Municipal y el Director le encomienden.

Artículo 113.- Es competencia de la Coordinación de Planeación y Programas Sociales, la atención

de los siguientes asuntos:

I.- Proponer los programas de inversión, estructuras financieras y fuentes de financiamiento para

el municipio;

II.- Proponer al Director mecanismos ágiles de coordinación entre las dependencias que participan

en materia de desarrollo a fin de que en forma conjunta Municipio, Estado y Federación puedan

diagnosticar y ponderar las necesidades reales del municipio, y se realicen los programas para su

atención;

III.- Proponer programas y acciones a concertar con entes de interés privado, social y público, con

el propósito de coadyuvar a alcanzar los objetivos del desarrollo del municipio;

IV.- Coadyuvar con el Director en la gestión ante la Federación y el Estado la autorización de

inversiones que contribuyan a consolidar el desarrollo económico y social del municipio;

V.- Coadyuvar con el Director en la gestión ante el gobierno estatal y federal, programas de

inversión, gasto y financiamiento para ejecutarse dentro del Municipio;

VI.- Coadyuvar con el DIF municipal en la ejecución y asignación de apoyos a personas sujetas a la

asistencia social de conformidad a la disponibilidad de recursos y a los criterios que se definan en

los programas;

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VII.- Ejecutar y operar conforme a la normatividad aplicable los proyectos o acciones específicas

de los programas federales y estatales de desarrollo social;

VIII.- Coordinar la difusión de los programas y acciones de origen federal y estatal, orientadas a

mejorar la calidad de vida de la población en situación de pobreza, marginación y vulnerabilidad

social;

IX.- Recopilar información básica de los avances de los programas sociales, así como beneficiarios

de los Programas Federales y Estatales para establecer mecanismos de coordinación con dichas

autoridades y ampliar su cobertura; y

X.- Las demás que por disposición de la Ley o por instrucción del Presidente Municipal ò el Director

le señale.

Artículo 114.- Es competencia de la Coordinación de Salud Municipal, la atención de los siguientes

asuntos:

I.- Promover en coordinación con otras dependencias municipales y estatales la salud integral

ciudadana, mediante el establecimiento de estrategias para la adecuada utilización del tiempo

libre, la prevención de la delincuencia y la drogadicción;

II.- Implementar en coordinación con otras dependencias municipales y estatales acciones directas

e indirectas de fomento a la salud integral, individual y colectiva;

III.- Promover campañas de prevención de la salud en todo el municipio y particularmente

gestionar junto con las dependencias competentes la atención de personas con problemas de

salud mental, y capacidades diferentes, para su atención y tratamiento integral;

IV.- Promoción de la participación ciudadana para lograr mejores niveles de salud integral entre la

población;

V.- Realizar actividades educativas y preventivas encaminadas a vigilar el estado de salud del

individuo y de la colectividad;

VI.- Implementar y ejecutar campañas en conjunto con la población, de salvaguarda de la salud

pública y de aseo correspondientes, encaminadas a sanear espacios públicos abiertos, fuentes,

glorietas, monumentos, áreas privadas y públicas y/o espacios susceptibles de albergar agua

estancada y demás sustancias o materiales que sean considerados insalubres hacia la población o

que puedan propiciar la propagación de enfermedades, ya sea de manera directa o por agentes

alternos;

VII.- Colaborar con el Centro de Control y Bienestar Animal, para que se retenga y de atención a

los animales que pueden ser perjudiciales para la salud pública a juicio del médico veterinario;

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VIII.- Distribuir material impreso en el municipio que proporcionen las Autoridades Sanitarias;

XI.- Promover entre los servidores públicos municipales y sociedad en general la educación para la

salud, la prevención y el autocuidado;

X.- Realizar el saneamiento y preservación de los entornos habitacionales, escolares y laborales

como condicionantes de la salud de las personas, en coordinación con las dependencias

competentes;

XI.- Promover programas de activación física en lugares públicos, para impulsar estilos de vida

sana, y trabajar en la prevención de enfermedades de mayor prevalencia y costo social, en

coordinación con las dependencias competentes;

XII.- Practicar con apoyo de las demás autoridades municipales competentes, las inspecciones,

aseguramientos de bienes y mercancías a comerciantes ambulantes que pongan en peligro la

salud pública, de conformidad con los convenios de colaboración que se celebren con las

autoridades competentes;

XIII.- Colaborar con las autoridades federales y locales en campañas de vacunación, ferias de

salud, detecciones oportunas de cáncer cervico uterino, diabetes mellitus, hipertensión arterial,

embarazo de alto riesgo, así como, impartir pláticas de salud sexual y reproductiva a población en

general y especialmente a las parejas próximas a contraer nupcias;

XIV.- Brindar en coordinación con las demás autoridades municipales atención médica primaria,

dental, psicológica y nutricional en las unidades móviles y permanentes en el municipio;

XV.- Coadyuvar con las autoridades competentes para que en el municipio se cumpla con la

prohibición de la venta a menores de edad de bebidas alcohólicas, cigarrillos y productos o

sustancias químicas, incluyendo pegamentos, barnices, thinner, lacas, selladores y toda sustancia

que al inhalarse perjudique la salud;

XVI.- Coadyuvar con las demás instancias municipales y estatales, con la finalidad de que los giros

mercantiles, cumplan con las disposiciones sanitarias vigentes;

XVII.- Colaborar con las autoridades municipales competentes para que el funcionamiento de

establos y criadero de animales se autorice únicamente en áreas no urbanas y siempre que no

afecten las condiciones higiénicas de los vecinos;

XVIII.- Colaborar con el Centro de Control y Bienestar animal e instituciones privadas para realizar

campañas de vacunación, desparasitación y esterilización;

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XIX.- Promover acciones y campañas para erradicar las enfermedades de trasmisión sexual; y

XX.- Las demás que por disposición de la Ley o por instrucción del Presidente Municipal le señale.

Artículo 115.- El Instituto Municipal de la Mujer, es un órgano desconcentrado de la Dirección de

Desarrollo y Bienestar Social, con carácter especializado y consultivo para la promoción de la

igualdad de derechos y oportunidades para las mujeres, cuenta con autonomía técnica y de

gestión, con capacidad para elaborar sus propios programas institucionales, e investido de un

consejo asesor conformado por personas destacadas en el ámbito de la materia y rige su

actuación, integración, facultades de conformidad con el reglamento interior que expida el

Ayuntamiento.

Artículo 116.- El Instituto Municipal de la Juventud, es un órgano desconcentrado de la Dirección

de Desarrollo y Bienestar Social, que cuenta con autonomía técnica y de gestión, con capacidad

para elaborar sus propios programas institucionales, e investido de un consejo asesor conformado

por Jóvenes destacados en el ámbito de la materia y rige su actuación, integración, facultades de

conformidad con el reglamento interior que expida el Ayuntamiento, que tiene como propósito

promover, gestionar y facilitar herramientas necesarias para garantizar el desarrollo integral de la

Juventud de Bahía de Banderas, para generar mayores oportunidades y alternativas de desarrollo,

superación, bienestar e inserción social de los Jóvenes.

Artículo 117.- El Instituto Municipal de las Artes y Cultura, es un órgano desconcentrado de la

Dirección de Desarrollo y Bienestar Social, que cuenta con autonomía técnica y de gestión, con

capacidad para elaborar sus propios programas institucionales, e investido de un consejo asesor

conformado por personas destacadas en el ámbito de la materia y rige su actuación, integración,

facultades de conformidad con el reglamento interior que expida el Ayuntamiento, Tiene como

propósito promover la cultura, artes en la población, dirigir las actividades del cronista municipal,

así como, proteger y difundir el patrimonio cultural del municipio, Con la finalidad de que en todas

las regiones del municipio la cultura se transforme en motor del desarrollo económico y lograr que

a través de las manifestaciones culturales, se promueva la conformación de pueblos mágicos,

zonas de atractivos naturales y culturales.

Artículo 118.- El Instituto Municipal del Deporte, es un órgano desconcentrado de la Dirección de

Desarrollo y Bienestar Social, que cuenta con autonomía técnica y de gestión, con capacidad para

elaborar sus propios programas institucionales, e investido de un consejo asesor conformado por

personas destacadas en el ámbito de la materia y rige su actuación, integración, facultades de

conformidad con el reglamento interior que expida el Ayuntamiento, tiene por objeto: promover,

gestionar y facilitar herramientas necesarias la práctica deportiva en el municipio como medios de

Inclusión, salud, desarrollo económico y prevención del delito en favor de Ia población.

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Perfil de puestos El grado de estudios deseable tanto para el Director, como para los titulares de la subdirección; coordinadores; y titulares de los Institutos, se recomienda:

Licenciatura en el ámbito de las ciencias sociales.

Licenciatura en Educación, Educación Física, Trabajo Social, Músicos, etc.

Médico Cirujano y partero; Enfermera.

Carreras Afines.

Además de contar con conocimientos técnicos en:

Organización Social Gestión Pública Municipal. Participación Ciudadana. Transparencia y

Rendición de Cuentas Técnicas de entrenamiento deportivo Técnicas de aprendizaje musical. Actitudes deseables para el puesto: TOMA DE DECISIONES. LIDERAZGO. ORIENTACIÓN AL CIUDADANO. SOLUCIÓN DE PROBLEMAS. CAPACIDAD DE ANÁLISIS, COMUNICACIÓN. INICIATIVA. ANEXO: Directorio Director Subdirección de Educación Coordinación de Desarrollo Social, Organización y Participación Ciudadana. Coordinación de Salud Coordinación de Planeación y Programas Sociales Instituto Municipal de la Mujer Instituto del Deporte Instituto de Arte y Cultura Instituto de la Juventud

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Inventario de Atribuciones y Servicios

ACCIÓN

CREACIÓN ATENCIÓN DE LOS COMITES DE OBRA PÚBLICA (interno)

OPERACIÓN DE LOS CEDECOS (Externo)

FUNCIONAMIENTO DE UNIDADES DEPORTIVAS MUNICIPALES (externo)

PRESENTACIÓN DE LA ORQUESTA MUNICIPAL (Externo)

PRESENTACIÓN DEL BALLET MUNICIPAL (Externo)

CONFORMAR Y OPERAR LOS PROGRAMAS SOCIALES (Externo)

CONFORMAR Y OPERAR TALLERES DE ARTE Y CULTURA (Externo)

CONFORMAR Y OPERAR EQUIPOS DEPORTIVOS POPULARES (Externo) ORGANIZAR TORNEOS Y COMPETENCIAS DEPORTIVAS. (Externo)

ORGANIZAR EVENTOS ARTISTICOS Y CULTURALES (Externo)

ATENDER Y DAR CONSULTA MEDICA A PERSONAS VULNERABLES (Externo

CANALIZAR ENFERMOS A HOSPITALES PÚBLICOS (Externo)

CANALIZAR PERSONAS VULNERABLES AL SEGURO POPULAR (EXTERNO)

Requisitos y procedimientos Cédula de servicio y procedimiento

DEPENDENCIA: DESARROLLO Y BIENESTAR SOCIAL

NOMBRE DEL TRÁMITE FUNCIONAMIENTO DE LAS UNIDADES DEPORTIVAS

DOMICILIO: HIDALGO N. 43 VALLE DE BANDERAS, NAYARIT

TELÉFONO: 3292911870 ETX. 551

HORARIO DE ATENCIÓN 9 a 5 de lunes a viernes

CORREO ELECTRÓNICO planeación @bahiadebanderas.gob.mx

Descripción Presentación de solicitud para uso de las Instalaciones de las Unidades Deportivas.

Procedimiento: Recepción de la solicitud.

Requisitos: Presentación de la solicitud por escrito señalando el tipo de instalación a usar su ubicación, tiempo y horario. Presentación

Tiempo de respuesta: 8 días hábiles

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del responsable de la solicitud

Costo: Sin costo Lugar de pago: No aplica

Documento que obtiene: Informe final de resultado

Observaciones: No aplica

Fundamento legal: Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, Constitución Política del Estado de Nayarit, Ley Municipal del Estado de Nayarit, Reglamento de la Administración Pública del Municipio de Bahía de Banderas, Nayarit.

Fecha de aprobación de formato Nombre Firma

Certificación de Manual

ELABORÓ Dirección de Desarrollo y Participación Social

REVISÓ Oficialía Mayor Administrativa

APROBÓ H. Ayuntamiento de Bahía de Banderas

Requisitos y procedimientos Cédula de servicio y procedimiento

DEPENDENCIA: DESARROLLO Y BIENESTAR SOCIAL

NOMBRE DEL TRÁMITE PRESENTACION DE LA ORQUESTA MUNICIPAL

DOMICILIO: HIDALGO N. 43 VALLE DE BANDERAS, NAYARIT

TELÉFONO: 3292911870 ETX. 551

HORARIO DE ATENCIÓN 9 a 5 de lunes a viernes

CORREO ELECTRÓNICO planeación @bahiadebanderas.gob.mx

Descripción Recepción de solicitudes para presentación de la Orquesta Municipal para eventos públicos.

Procedimiento: Se recibe la solicitud y se verifica el calendario de compromisos establecidos.

Requisitos: entrega por escrito de la solicitud de presentación de la orquesta en eventos

Tiempo de respuesta: 15 días hábiles

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públicos acompañada de copia del INE, comprobante de domicilio, acta de nacimiento y Curp; Del solicitante.

Costo: Sin costo Lugar de pago: No aplica

Documento que obtiene: escrito de aceptación en su caso.

Observaciones: No aplica

Fundamento legal: Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, Constitución Política del Estado de Nayarit, Ley Municipal del Estado de Nayarit, Reglamento de la Administración Pública del Municipio de Bahía de Banderas, Nayarit.

Fecha de aprobación de formato Nombre Firma

Certificación de Manual

ELABORÓ Dirección de Desarrollo y Participación Social

REVISÓ Oficialía Mayor Administrativa

APROBÓ H. Ayuntamiento de Bahía de Banderas

Requisitos y procedimientos Cédula de servicio y procedimiento

DEPENDENCIA: DESARROLLO Y BIENESTAR SOCIAL

NOMBRE DEL TRÁMITE OPERACIÓN DE LOS CEDECOS

DOMICILIO: HIDALGO N. 43 VALLE DE BANDERAS, NAYARIT

TELÉFONO: 3292911870 ETX. 551

HORARIO DE ATENCIÓN 9 a 5 de lunes a viernes

CORREO ELECTRÓNICO planeación @bahiadebanderas.gob.mx

Descripción Recepción de solicitudes para inscribirse en un curso o taller de capacitación para actividades manuales productivas. Preferentemente dirigidos a mujeres.

Procedimiento: Se verifica que existan cursos programados y cupo en ellos para inscribir.

Requisitos: Presentación por escrito de la solicitud de inscripción al curo o taller

Tiempo de respuesta: 5 días hábiles

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especifico acompañada de copia del INE, comprobante de domicilio, acta de nacimiento y Curp.

Costo: Sin costo Lugar de pago: No aplica

Documento que obtiene: boleta de inscripción.

Observaciones: No aplica

Fundamento legal: Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, Constitución Política del Estado de Nayarit, Ley Municipal del Estado de Nayarit, Reglamento de la Administración Pública del Municipio de Bahía de Banderas, Nayarit.

Fecha de aprobación de formato Nombre Firma

Certificación de Manual

ELABORÓ Dirección de Desarrollo y Participación Social

REVISÓ Oficialía Mayor Administrativa

APROBÓ H. Ayuntamiento de Bahía de Banderas

Requisitos y procedimientos Cédula de servicio y procedimiento

DEPENDENCIA: DESARROLLO Y BIENESTAR SOCIAL

NOMBRE DEL TRÁMITE CONFORMAR Y OPERAR LOS PROGRAMAS SOCIALES.

DOMICILIO: HIDALGO N. 43 VALLE DE BANDERAS, NAYARIT

TELÉFONO: 3292911870 ETX. 551

HORARIO DE ATENCIÓN 9 a 5 de lunes a viernes

CORREO ELECTRÓNICO planeación @bahiadebanderas.gob.mx

Descripción Recepción de solicitudes para recibir apoyo en programas de atención social. Preferentemente dirigidos a mujeres.

Procedimiento: Se verifica que existan convocatorias de programas asistenciales para personas en pobreza extrema.

Requisitos: Presentación por escrito de la Tiempo de respuesta: 20 días hábiles.

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solicitud de apoyo específico acompañada de copia del INE, comprobante de domicilio, acta de nacimiento y Curp.

Después de aplicar estudio socioeconómico.

Costo: Sin costo Lugar de pago: No aplica

Documento que obtiene: aceptación o no de los apoyos de programas sociales.

Observaciones: No aplica

Fundamento legal: Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, Constitución Política del Estado de Nayarit, Ley Municipal del Estado de Nayarit, Reglamento de la Administración Pública del Municipio de Bahía de Banderas, Nayarit.

Fecha de aprobación de formato Nombre Firma

Certificación de Manual

ELABORÓ Dirección de Desarrollo y Participación Social

REVISÓ Oficialía Mayor Administrativa

APROBÓ H. Ayuntamiento de Bahía de Banderas

Requisitos y procedimientos Cédula de servicio y procedimiento

DEPENDENCIA: DESARROLLO Y BIENESTAR SOCIAL

NOMBRE DEL TRÁMITE PRESENTACION DEL BALLET MUNICIPAL

DOMICILIO: HIDALGO N. 43 VALLE DE BANDERAS, NAYARIT

TELÉFONO: 3292911870 ETX. 551

HORARIO DE ATENCIÓN 9 a 5 de lunes a viernes

CORREO ELECTRÓNICO planeación @bahiadebanderas.gob.mx

Descripción Recepción de solicitudes para presentación del Ballet municipal para eventos públicos.

Procedimiento: Se recibe la solicitud y se verifica el calendario de compromisos establecidos.

Requisitos: Entrega por escrito de la solicitud de presentación del Ballet municipal en

Tiempo de respuesta: 15 días hábiles

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eventos públicos, acompañada de copia del INE, comprobante de domicilio, acta de nacimiento y Curp; Del solicitante.

Costo: Sin costo Lugar de pago: No aplica

Documento que obtiene: escrito de aceptación en su caso.

Observaciones: No aplica

Fundamento legal: Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, Constitución Política del Estado de Nayarit, Ley Municipal del Estado de Nayarit, Reglamento de la Administración Pública del Municipio de Bahía de Banderas, Nayarit.

Fecha de aprobación de formato Nombre Firma

Certificación de Manual

ELABORÓ Dirección de Desarrollo y Participación Social

REVISÓ Oficialía Mayor Administrativa

APROBÓ H. Ayuntamiento de Bahía de Banderas

Requisitos y procedimientos Cédula de servicio y procedimiento

DEPENDENCIA: DESARROLLO Y BIENESTAR SOCIAL

NOMBRE DEL TRÁMITE CONFORMAR Y OPERAR TALLERES DE ARTE Y CULTURA

DOMICILIO: HIDALGO N. 43 VALLE DE BANDERAS, NAYARIT

TELÉFONO: 3292911870 ETX. 551

HORARIO DE ATENCIÓN 9 a 5 de lunes a viernes

CORREO ELECTRÓNICO planeación @bahiadebanderas.gob.mx

Descripción Recepción de solicitudes para inscribirse en un curso o taller de actividades artístico culturales. Preferentemente dirigidos a mujeres, jóvenes y niños.

Procedimiento: Se verifica que existan cursos programados y cupo en ellos para inscribir.

Requisitos: Presentación por escrito de la Tiempo de respuesta: 5 días hábiles

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solicitud de inscripción al curso o taller especifico acompañada de copia del INE, comprobante de domicilio, acta de nacimiento y Curp.

Costo: Sin costo Lugar de pago: No aplica

Documento que obtiene: boleta de inscripción en su caso.

Observaciones: No aplica

Fundamento legal: Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, Constitución Política del Estado de Nayarit, Ley Municipal del Estado de Nayarit, Reglamento de la Administración Pública del Municipio de Bahía de Banderas, Nayarit.

Fecha de aprobación de formato Nombre Firma

Certificación de Manual

ELABORÓ Dirección de Desarrollo y Participación Social

REVISÓ Oficialía Mayor Administrativa

APROBÓ H. Ayuntamiento de Bahía de Banderas

Requisitos y procedimientos Cédula de servicio y procedimiento

DEPENDENCIA: DESARROLLO Y BIENESTAR SOCIAL

NOMBRE DEL TRÁMITE CONFORMAR Y OPERAR EQUIPOS DEPORTIVOS POPULARES

DOMICILIO: HIDALGO N. 43 VALLE DE BANDERAS, NAYARIT

TELÉFONO: 3292911870 ETX. 551

HORARIO DE ATENCIÓN 9 a 5 de lunes a viernes

CORREO ELECTRÓNICO planeación @bahiadebanderas.gob.mx

Descripción Recepción de solicitudes para inscribirse en un

Procedimiento:

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curso o taller de actividades deportivas. Preferentemente dirigidos a mujeres, jóvenes y niños.

Se verifica que existan cursos programados y cupo en ellos para inscribir.

Requisitos: Presentación por escrito de la solicitud de inscripción al curso o taller especifico acompañada de copia del INE, comprobante de domicilio, acta de nacimiento y Curp.

Tiempo de respuesta: 5 días hábiles

Costo: Sin costo Lugar de pago: No aplica

Documento que obtiene: boleta de inscripción en su caso.

Observaciones: No aplica

Fundamento legal: Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, Constitución Política del Estado de Nayarit, Ley Municipal del Estado de Nayarit, Reglamento de la Administración Pública del Municipio de Bahía de Banderas, Nayarit.

Fecha de aprobación de formato Nombre Firma

Certificación de Manual

ELABORÓ Dirección de Desarrollo y Participación Social

REVISÓ Oficialía Mayor Administrativa

APROBÓ H. Ayuntamiento de Bahía de Banderas

Requisitos y procedimientos Cédula de servicio y procedimiento

DEPENDENCIA: DESARROLLO Y BIENESTAR SOCIAL

NOMBRE DEL TRÁMITE ORGANIZAR TORNEOS Y COMPETENCIAS DEPORTIVAS

DOMICILIO: HIDALGO N. 43 VALLE DE BANDERAS, NAYARIT

TELÉFONO: 3292911870 ETX. 551

HORARIO DE ATENCIÓN 9 a 5 de lunes a viernes

CORREO ELECTRÓNICO planeación @bahiadebanderas.gob.mx

Descripción Recepción de solicitudes para inscribirse en un Torneo deportivo. Preferentemente dirigidos a mujeres, jóvenes y niños.

Procedimiento: Se expide convocatoria pública para participar en torneos deportivos con los requisitos para el participante.

Requisitos: Presentación por escrito de la solicitud de inscripción al torneo convocado

Tiempo de respuesta: 5 días hábiles

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acompañada de copia del INE, comprobante de domicilio, acta de nacimiento y Curp. De los participantes.

Costo: Sin costo Lugar de pago: No aplica

Documento que obtiene: boleta de inscripción en su caso.

Observaciones: No aplica

Fundamento legal: Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, Constitución Política del Estado de Nayarit, Ley Municipal del Estado de Nayarit, Reglamento de la Administración Pública del Municipio de Bahía de Banderas, Nayarit.

Fecha de aprobación de formato Nombre Firma

Certificación de Manual

ELABORÓ Dirección de Desarrollo y Participación Social

REVISÓ Oficialía Mayor Administrativa

APROBÓ H. Ayuntamiento de Bahía de Banderas

Requisitos y procedimientos Cédula de servicio y procedimiento

DEPENDENCIA: DESARROLLO Y BIENESTAR SOCIAL

NOMBRE DEL TRÁMITE ATENDER Y DAR CONSULTA MEDICA A PERSONAS VULNERABLES

DOMICILIO: CALLE MICHOACAN N. 57 SAN JOSE DEL VALLE, NAYARIT

TELÉFONO: 3292911870 ETX. 551

HORARIO DE ATENCIÓN 9 a 5 de lunes a viernes

CORREO ELECTRÓNICO planeación @bahiadebanderas.gob.mx

Descripción Recepción de Pacientes en condición de vulnerabilidad que solicitan consulta médica.

Procedimiento: Se verifica que el paciente no requiera consulta urgente y se le da el día y hora de consulta. Si es de urgencia se le atiende y canaliza de inmediato.

Requisitos: solicitud de consulta médica Tiempo de respuesta: inmediato.

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acompañada de copia del INE, comprobante de domicilio, acta de nacimiento y Curp.

Costo: Sin costo Lugar de pago: No aplica

Documento que obtiene: receta médica. Observaciones: No aplica

Fundamento legal: Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, Constitución Política del Estado de Nayarit, Ley Municipal del Estado de Nayarit, Reglamento de la Administración Pública del Municipio de Bahía de Banderas, Nayarit.

Fecha de aprobación de formato Nombre Firma

Certificación de Manual

ELABORÓ Dirección de Desarrollo y Participación Social

REVISÓ Oficialía Mayor Administrativa

APROBÓ H. Ayuntamiento de Bahía de Banderas

Requisitos y procedimientos Cédula de servicio y procedimiento

DEPENDENCIA: DESARROLLO Y BIENESTAR SOCIAL

NOMBRE DEL TRÁMITE ATENDER Y DAR CONSULTA MEDICA A PERSONAS VULNERABLES

DOMICILIO: CALLE MICHOACAN, N. 57 SAN JOSE DEL VALLE, NAYARIT

TELÉFONO: 3292911870 ETX. 551

HORARIO DE ATENCIÓN 9 a 5 de lunes a viernes

CORREO ELECTRÓNICO planeación @bahiadebanderas.gob.mx

Descripción Recepción de Pacientes en condición de vulnerabilidad que solicitan consulta médica.

Procedimiento: Se verifica que el paciente no requiera consulta urgente y se le da el día y hora de consulta. Si es de urgencia se le atiende y canaliza de inmediato.

Requisitos: solicitud de consulta médica Tiempo de respuesta: inmediato.

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acompañada de copia del INE, comprobante de domicilio, acta de nacimiento y Curp.

Costo: Sin costo Lugar de pago: No aplica

Documento que obtiene: receta médica. Observaciones: No aplica

Fundamento legal: Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, Constitución Política del Estado de Nayarit, Ley Municipal del Estado de Nayarit, Reglamento de la Administración Pública del Municipio de Bahía de Banderas, Nayarit.

Fecha de aprobación de formato Nombre Firma

Certificación de Manual

ELABORÓ Dirección de Desarrollo y Participación Social

REVISÓ Oficialía Mayor Administrativa

APROBÓ H. Ayuntamiento de Bahía de Banderas

Requisitos y procedimientos Cédula de servicio y procedimiento

DEPENDENCIA: DESARROLLO Y BIENESTAR SOCIAL

NOMBRE DEL TRÁMITE CANALIZAR ENFERMOS A HOSPITALES PUBLICOS.

DOMICILIO: CALLE MICHOACAN N. 57 SAN JOSE DEL VALLE, NAYARIT

TELÉFONO: 3292911870 ETX. 551

HORARIO DE ATENCIÓN 9 a 5 de lunes a viernes

CORREO ELECTRÓNICO planeación @bahiadebanderas.gob.mx

Descripción Recepción de Pacientes en condición de vulnerabilidad que solicitan consulta médica.

Procedimiento: Se verifica que el paciente no requiera consulta urgente y se le da el día y hora de consulta. Si es de urgencia se le atiende y canaliza de inmediato.

Requisitos: solicitud de consulta médica acompañada de copia del INE, comprobante

Tiempo de respuesta: inmediato. Se solicita a protección civil una ambulancia para el

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de domicilio, acta de nacimiento y Curp. traslado del paciente.

Costo: Sin costo Lugar de pago: No aplica

Documento que obtiene: Pase a urgencias médicas del hospital de San Francisco o Tondoroque.

Observaciones: No aplica

Fundamento legal: Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, Constitución Política del Estado de Nayarit, Ley Municipal del Estado de Nayarit, Reglamento de la Administración Pública del Municipio de Bahía de Banderas, Nayarit.

Fecha de aprobación de formato Nombre Firma

Certificación de Manual

ELABORÓ Dirección de Desarrollo y Participación Social

REVISÓ Oficialía Mayor Administrativa

APROBÓ H. Ayuntamiento de Bahía de Banderas

Requisitos y procedimientos Cédula de servicio y procedimiento

DEPENDENCIA: DESARROLLO Y BIENESTAR SOCIAL

NOMBRE DEL TRÁMITE CANALIZAR A PERSONAS VULNERABLES AL SEGURO POPULAR.

DOMICILIO: CALLE MICHOACAN N. 57 SAN JOSE DEL VALLE, NAYARIT

TELÉFONO: 3292911870 ETX. 551

HORARIO DE ATENCIÓN 9 a 5 de lunes a viernes

CORREO ELECTRÓNICO planeación @bahiadebanderas.gob.mx

Descripción Recepción de Pacientes en condición de vulnerabilidad que solicitan consulta médica.

Procedimiento: Se verifica que el paciente no requiera consulta urgente y se le da el día y hora de consulta. Si es de urgencia se le atiende y canaliza de inmediato. Además si el paciente está en situación de pobreza extrema se canaliza su alta para el seguro popular y se canaliza a la coordinación de organización social para proponer su alta en el programa prospera.

Requisitos: los que en su momento indiquen Tiempo de respuesta: el trámite del seguro

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los servicios de salud y la sedesol. popular 1 mes. Al programa prospera en turno de espera.

Costo: Sin costo Lugar de pago: No aplica

Documento que obtiene: solicitud de ingreso al seguro popular y al programa prospera.

Observaciones: No aplica

Fundamento legal: Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, Constitución Política del Estado de Nayarit, Ley Municipal del Estado de Nayarit, Reglamento de la Administración Pública del Municipio de Bahía de Banderas, Nayarit. Reglas de operación del seguro popular y del programa prospera.

Fecha de aprobación de formato Nombre Firma

Certificación de Manual

ELABORÓ Dirección de Desarrollo y Participación Social

REVISÓ Oficialía Mayor Administrativa

APROBÓ H. Ayuntamiento de Bahía de Banderas