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INDUCCIÓN Unidad de Recursos Humanos División Gestión y Finanzas SUBSECRETARÍA DE ENERGÍA Año 2012

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inducción de la subsecretaría de energía

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Page 1: Manual de Inducción

INDUCCIÓNUnidad de Recursos HumanosDivisión Gestión y Finanzas

SUBSECRETARÍA DE ENERGÍA

Año 2012

Page 2: Manual de Inducción

Contenido:1. Misión 2. Objetivos Estratégicos3. Organigrama4. Secretarios Regionales Ministeriales de Energía(Seremis)5. Principales Leyes que rigen la Administración Pública y el Ministerio de Energía6. Tipos de Contratos7. Deberes de los funcionarios8. Derechos de los funcionarios9. Prohibiciones de los funcionarios10. Jornada de Trabajo11. Remuneraciones12. Permisos (Parte I)13. Permisos (Parte II)14. Pre y postnatal15. Asignación Familiar16. Higiene y Seguridad17. Comité Paritario de Higiene y Seguridad18. Qué hacer frente a un Accidente del Trabajo19. Qué hacer frente a un Accidente del Trayecto20. Seguro Complementario de Salud21. Caja de Compensación Los Andes22. Capacitación23. Comité Bipartito de Capacitación24. Calificaciones25. Cronograma Proceso Calificaciones26. Factores y Subfactores27. Ponderadores y Lista de calificaciones

Page 3: Manual de Inducción

1. Misión

Contribuir al crecimiento económico del país promoviendo el desarrollo sostenible, competitivo y sustentable del sector energético nacional, mediante la formulación e implementación de políticas, estudios, programas, normas e impulsando la diversificación de la matriz energética a fin de asegurar el suministro de energía en forma eficiente y de acceso equitativo a toda la población.

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Page 4: Manual de Inducción

2. Objetivos Estratégicos Volver al Menú

1 Contribuir a disponer de la energía necesaria para resguardar el desarrollo económico y social del país, a través del diseño e implementación de políticas, planes e información relevante del sector.

2 Promover la diversificación de la matriz energética procurando el desarrollo de un mercado competitivo y eficiente, a través del fomento a la inversión, el diseño de políticas, planes y programas que permitan incrementar la seguridad energética del País.

3 Consolidar la eficiencia energética como una fuente de energía, contribuyendo a la productividad del país y al bienestar de la población, a través de políticas, planes y programas de eficiencia energética.

4 Incorporar la visión sectorial en materias de desarrollo sustentable y de cambio climático, con la finalidad de resguardar inversiones que permitan contar con la seguridad de suministro energético suficiente para el desarrollo del país

5 Contribuir a generar condiciones que permitan a la población del país un acceso equitativo a la energía, a través de la coordinación, formulación e implementación de programas, proyectos, normativas y asesoría técnica.

Page 5: Manual de Inducción

3. OrganigramaVolver

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Subsecretaria

Gabinete Auditor

Departamento Internacional

Coordinación de evaluación Grupo Núcleo-Eléctrica y

de la Institucionalidad Nuclear

División Prospectiva y Políticas Públicas

División Gestión y Finanzas División Jurídica

SEREMIS

División Seguridad y Mercado Energético

División Energías Renovables

No Convencionales

División Eficiencia Energética

División Desarrollo Sustentable

División Acceso y Equidad Energética

Generar información e inteligencia en materias

de energía para desarrollar

capacidades prospectivas que anticipen problemas y soluciones en el área

energética

Desarrollar Políticas y

Programas que aseguren suministro

seguro y eficiente, el monitoreo de la oferta,

la competitividad de los mercados y la coordinación

con actividad regulatoria

Desarrollar las políticas del sector,

analizando y fomentando los mercados de

energías renovablesno convencionales

Desarrollar políticas, planes, líneas de acción

y estándares en eficiencia

energética

Coordinar y compatibilizar la política energética con el desarrollo local,

el cambio climático y

el cuidado del medio ambiente

Generar políticas y

condiciones para el acceso equitativo

a la energía de toda la población

Page 6: Manual de Inducción

4. Secretarios Regionales Ministeriales de Energía (Seremis) Volver

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Carlos Arenas Coronil Seremi de Arica y Parinacota, Tarapacá y Antofagasta

Luis Eduardo Cantellano Ampuero

Seremi de Atacama y Coquimbo

Rodrigo Sepúlveda Pesoa Seremi de Valparaíso, Metropolitana y Libertador Bernardo O’Higgins

Rodrigo Torres HermosillaSeremi de Maule, Bíobío y La Araucanía

Mónica Saldías de La Guarda Seremi de Los Ríos, Los Lagos y Aysén

Octavio Casas Cárdenas Seremi de Magallanes y la Antártica Chilena

Page 7: Manual de Inducción

5. Principales Leyes y Normativas que rigen la Administración Pública y el Ministerio

• DFL 1 Fija texto refundido, coordinado y sistematizado de Ley 18.575 Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado (Fija Texto Refundido)

• DFL 29 Fija texto refundido, coordinado y sistematizado de Ley 18.834 “Estatuto Administrativo”• Ley 20.402, que crea el Ministerio de Energía• DFL 12 que Fija la Planta de Personal de la Subsecretaría de Energía, régimen de remuneraciones que le será

aplicable y modifica la planta de personal de la comisión nacional de energía. • Plantas y Escalafones de la Comisión Nacional de Energía• DFL N°150 “Sistema Único de Prestaciones Familiares”.• Ley Nº 19.882 Nuevo Trato Laboral.• Ley Nº 20.000, que “Sanciona el Tráfico Ilícito de Estupefacientes y Sustancias psicotrópicas”.• Decreto Nº 1825 “Aprueba Reglamento de Calificaciones del Personal afecto al Estatuto Administrativo. • Ley Nº 20.005 “Tipifica y Sanciona el Acoso Sexual”.• Ley Nº 20.047 “Establece Permiso Paternal en el Código del Trabajo”• Ley Nº 20.101 “Amplia concepto de accidente del Trabajo contemplado en la ley Nº16.744 sobre accidentes del

trabajo y enfermedades profesionales”.• Ley Nº 20.105 “Modifica Ley Nº19.419, en Materias relativas a la Publicidad y el Consumo del Tabaco” .• Ley Nº 20.137 “Otorga Permiso Laboral por Muerte y Nacimiento de Parientes que se indica”• Ley Nº 20.166 “Extiende el Derecho de las Madres Trabajadoras a amamantar a sus hijos aun cuando no exista Sala

de Cuna”.• Ley Nº 20.205 “Protege al funcionario que denuncia irregularidades y faltas al principio de Probidad” .• Ley N°20.545 “que extiende el descanso postnatal para mujeres trabajadoras a seis meses y permite traspasar al

padre parte del tiempo de descanso, entre otros beneficios.”• Decreto Supremo 69 “Reglamento Sobre Concursos del Estatuto Administrativo”• Reglamento General de Calificaciones• Reglamento Horario de la Subsecretaría de Energía.• Reglamento de Higiene y Seguridad y Mejoramiento de Ambientes Laborales

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Page 8: Manual de Inducción

6. Tipos de Contratos

Personal de Planta: Es el personal designado para desempeñar un cargo que corresponde aaquellos asignados por ley de manera permanente a cada institución. Considera las siguientescategorías:

– De Carrera– De Exclusiva Confianza– De Alta Dirección Pública

Personal a contrata: Personas que desempeñan labores permanentes mediante su adscripción acargos de carácter transitorio, que se consultan en la dotación de una institución. Duran en sucargo hasta el 31 de diciembre de cada año, pero pueden cesar antes si el acto de contratación:

– Establece una fecha anterior, o– Señala que este vínculo puede terminar si los servicios dejan de ser necesarios.

Personal contratado a honorarios: Personas contratadas para ejercer labores que no son lashabituales de la institución o que siéndolo, constituyen cometidos específicos. No tienen la calidadde funcionarios públicos y se rigen exclusivamente por las normas del contrato que celebraron (nose les aplica ni el Estatuto Administrativo ni el Código del Trabajo.)

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Page 9: Manual de Inducción

7. Deberes de los/as Funcionarios/as

• Desempeñar personalmente las funciones del cargo en forma regular y continua, sin perjuicio de las normas sobre delegación.

• Orientar el desarrollo de sus funciones al cumplimiento de los objetivos de la institución y la mejor prestación de servicios de éstas.

• Cumplir la jornada laboral y realizar trabajos extraordinarios si se lo ordena el superior.• Cumplir destinaciones y comisiones de servicio que disponga la autoridad.• Obedecer las ordenes del superior jerárquico.• Observar estrictamente el principio de probidad administrativa, que implica una conducta

funcionaria moralmente intachable y una entrega honesta y leal al desempeño de su cargo, con preeminencia del interés público sobre el privado.

• Guardar secreto de asuntos que revistan el carácter reservados.• Observar una vida social acorde con la dignidad del cargo.• Denunciar ante el Ministerio Público o policía los crímenes y delitos, y la autoridad competente

los hechos de carácter irregular de que tome conocimiento en el ejercicio de su cargo.• Rendir fianza cuando en razón de su cargo tenga la administración y custodia de fondos o bienes,

de conformidad con la Ley orgánica Constitucional de la Contraloría General de la República.• Justificarse ante el superior jerárquico de los cargos que se le formulen con publicidad, dentro del

plazo que éste le fije.

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Page 10: Manual de Inducción

8. Derechos de los/as Funcionarios/as

Todos los/as funcionarios/as tendrán derecho a gozar de estabilidad en el empleo y ascender en el respectivo escalafón, salvo los cargos de exclusiva confianza; participar en los concursos de; hacer uso de feriados, permisos y licencias; recibir asistencia en caso de accidentes del trayecto o enfermedades profesionales, a participar en las acciones de capacitación, de conformidad con las normas de la Ley Nº18.834. Asimismo, tendrá derecho a gozar de todas las prestaciones y beneficios que contemplen los sistemas de previsión y bienestar, en conformidad a la ley y de protección a la maternidad, de acuerdo a las disposiciones del Titulo II, del Código del Trabajo. Tendrán derecho a ser defendidos y a exigir a la Subsecretaría a que persiga la responsabilidad civil y criminal de las personas que atenten contra su vida integridad corporal, con motivo del desempeño de sus funciones o que, por dicho motivo, los injurien o calumnien en cualquier forma.

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Page 11: Manual de Inducción

9. Prohibiciones de los/as Funcionarios/as– Ejercer facultades, atribuciones o representación para lo cual no fue contratado o delegado.– Intervenir, en razón de sus funciones, en asuntos en que tenga interés él, su cónyuge, sus

parientes consanguíneos hasta el tercer grado, y las personas ligadas a él por adopción.– Ejercer acciones en contra de los intereses del Estado, salvo que se trate de un derecho que le

ataña directamente a él, su cónyuge o sus parientes.– Intervenir ante los tribunales de justicia como parte, testigo o perito, respecto de hechos de que

hubiere tomado conocimiento ejerciendo su cargo, o declarar en juicio sin previa autorización de su superior jerárquico.

– Someter a tramitación o dilación de los asuntos entregados a su conocimiento o resolución, oexigir para estos efectos documentos o requisitos no establecidos en las disposiciones legales.

– Solicitar o aceptar donativos, ventajas o privilegios de cualquier naturaleza para sí o para terceros. Ejecutar actividades, ocupar tiempo de la jornada, o utilizar personal, material o información reservada o confidencial para fines ajenos a la Subsecretaría.

– Realizar actividad política dentro de la Administración del Estado o usar su autoridad, cargo obienes de la institución para fines ajenos a la Subsecretaría.

– Organizar o pertenecer a sindicatos, dirigir o promover huelgas, o paralización de actividades, totales o parciales.

– Cometer actos de destrucción de materiales, instrumentos o productos de trabajo o que disminuyan su valor.

– Acosar sexualmente (Ley Nº20.005).

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Page 12: Manual de Inducción

10. Jornada Laboral• Los/as funcionarios/as de a Subsecretaría están obligados a registrar la hora de inicio y término de su jornada laboral

en Reloj Control con su huella digital. • Para su enrolamiento deberá comunicarse con Sandra Prieto, Unidad de RR.HH, Anexo: 207. Las personas que se

deben enrolar son aquellas que por contrato cumplirán una jornada laboral.• El funcionario podrá revisar su diario de asistencia ingresando a la dirección Web; http://rrhh con Clave y Usuario: Nº

de Rut del funcionario sin guión• El personal de la Subsecretaría de Energía deberán cumplir una jornada semanal de 44 horas, distribuidas de lunes a

viernes.• La jornada diaria de trabajo es de 9 horas de lunes a jueves y de 8 horas los días viernes. • El inicio de la jornada diaria de trabajo será a las 8:30 hrs. La hora de término de la jornada es las 17:30 hrs. de lunes a

jueves, y las 16:30 hrs. los días viernes.• Existe un margen de flexibilidad al ingreso, pudiendo comenzar a las 8:30 y hasta las 08:45 hrs. Dicho margen debe

ser recompensado en el mismo día, es decir si la persona ingresa a la 8: 45 hrs y para cumplir con las 9 horarias diarias debe salir a las 17:45 hrs (lunes a jueves) o a las 16:45 hrs (viernes), lo anterior dependiendo de la hora de ingreso del funcionario. Si la persona no puede compensar su variación horaria el mismo día, puede llegar más temprano al día siguiente o salir más tarde. No se puede utilizar la hora de almuerzo para recuperar el tiempo no trabajado.

• El personal técnico (secretarias de ambos Gabinete) y auxiliares que les correspondan desarrollar turnos, iniciarán su jornada a la hora que se determine (por parte de la División respectiva), de acuerdo con las necesidades de la Subsecretaría.

• Descuentos Remuneracional Por Atraso: Se realizarán descuentos mensual por hora de atraso en los siguientes casos: Ingreso entre las 08:31 y 08:45 horas que no sea compensado de acuerdo a reglamento horario. Ingreso posterior a las 08:45 hrs. y que no sea justificado de acuerdo reglamento horario. Los atrasos pueden ser justificados 7 días corridos después de ocurrido el evento mediante formulario de “Solicitud Justificación incidencias en registro horario” a disposición de la Secretaría de su División. Las ausencias que NO deben ser justificadas son; Feriado legal, Permiso administrativo, Licencia médica, Cometido Funcionario, Otros permisos (solicitud de días insertos entre feriados, por fallecimiento, sin goce de remuneraciones, ejercicio docente, etc.).

• Las variaciones horarias de ingreso o salida por asistencia a capacitaciones, reuniones, seminarios, compromisos parentales también deberán ser justificadas mediante formulario de “Solicitud Justificación incidencias en registro horario” a disposición de la Secretaría de su División.

• El tiempo para almorzar debe ser máximo de 1 hora de duración, y debe quedar comprendido entre las 13:00 y las 15:00 hrs.

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Page 13: Manual de Inducción

11. Remuneraciones• Los/as funcionarios/as que ingresen a Subsecretaría a la Subsecretaría deberá completar

ficha de Información para Remuneraciones y enviarla a la Unidad de Recursos Humanos, Pilar Ansoleaga al correo electrónico [email protected].

• Si el/la funcionario/a mantenía contrato como trabajador dependiente en otro Servicio Público o Empresa Privada, debe realizar a la brevedad trámite, en la AFP y en la Isapre, de “Cambio de Empleador”. Cómo antecedente deberá llevar copia de su contrato. Los trabajadores a Honorarios son empleados independientes por tanto es decisión personal afiliarse o no a una Isapre y/o AFP.

• La Subsecretaría de Energía tiene contratado con ING SEGUROS DE VIDA S.A. seguro complementario de salud. Si la persona contratada desea incorporarse a este convenio debe solicitar información a Sandra Prieto de la Unidad de Recursos Humanos ([email protected]).

• Los funcionarios a Contrata y Planta de la Subsecretaría de Energía están protegidos en caso de accidentes y/o enfermedades laborales, a través de la Asociación Chilena de Seguridad. Si Ud. Requiere más información al respecto debe solicitarla a Sandra Prieto de la Unidad de Recursos Humanos ([email protected]).

• Las fechas de pago de sueldos del personal de la Subsecretaría de Energía son los días 23 de cada mes, si este cae en días festivos o fin de semana, se adelanta al día hábil anterior. En el mes de septiembre se modifican las fechas de pago de sueldos, lo que es informado en su oportunidad a todo el personal.

Información adicional requerida sobre Remuneraciones, se debe solicitar a Sandra Prieto, Unidad de

Recursos Humanos: [email protected]

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Page 14: Manual de Inducción

12. Permisos (Parte I)Días administrativos

Los funcionarios podrán solicitar permisos para ausentarse de sus labores por motivos particulares hasta por 6 días hábiles año calendario con goce de remuneraciones. Se pueden fraccionar por días y medios días. Los días administrativos son exclusivamente para realizar trámites familiares o personales pero no se otorgarán cómo día de vacaciones. La solicitud debe ser formalizada mediante formulario que se encuentra en poder de su secretaria. El/la interesado/a no podrá hacer uso del permiso si el formulario no viene previamente autorizado por su jefatura directa.

Feriado Legal El feriado legal corresponderá a cada año calendario y será de: 15 días hábiles para los funcionarios con menos de 15 años de servicio; 20 días hábiles para los funcionarios que tienen entre 15 y 20 años de servicio y; 25 días hábiles para los funcionarios con 20 y más años de servicios.La persona que ingrese a la Administración del Estado no tendrá derecho a hacer uso de feriado en tanto no haya cumplido efectivamente un año de servicio. Los funcionarios podrán solicitar hacer uso del feriado en forma fraccionada, pero una de las fracciones no podrá ser inferior a 10 días. La solicitud debe ser formalizada mediante formulario que se encuentra en poder de su secretaria. El/la interesado/a no podrá hacer uso del permiso si el formulario no viene previamente autorizado por su jefatura directa.

Permiso sin goce de sueldo

Se podrá solicitar permiso sin goce de remuneraciones por motivos particular hasta por 6 meses año calendario o hasta por 2 años si se encuentra en el extranjero. El límite anterior no será aplicado en casos de funcionarios que obtengan becas de acuerdo a la legislación vigente. La solicitud debe ser formalizada mediante formulario que se encuentra en poder de su secretaria. El/la interesado/a no podrá hacer uso del permiso si el formulario no viene previamente autorizado por su jefatura directa.

Jornada Especial de Docencia

La Subsecretaría puede autorizar el ejercicio de actividades docentes siempre y cuando sean compatibles con el cumplimiento de la jornada de trabajo, en tanto no superen las 12 horas semanales y el/la funcionario/a compense las horas destinadas a dichas actividades.La solicitud de jornada especial debe ser formalizado mediante formulario en poder de la Unidad de Recursos Humanos. El/la interesado/a deberá adjuntar al formulario carta de docencia por parte de la Universidad (cátedra y horas de clases).

Permiso inserto entre feriados

Los días hábiles insertos entre dos feriados, o un feriado y un día sábado o domingo, pueden ser de descanso, con goce de remuneraciones, en tanto se recuperen con otra jornada u horas de trabajo, realizadas con anterioridad o posterioridad al feriado respectivo.El/la interesado/a no podrá hacer uso del permiso si el formulario no viene previamente autorizado por su jefatura directa.

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Page 15: Manual de Inducción

13. Permisos (Parte II)Licencias Médicas

Es el derecho que tiene el/la funcionaria de ausentarse o reducir su jornada tiempo, con el fin de reestablecer su salud en cumplimientode una prescripción médica. Durante la vigencia de la licencia la persona seguirá gozando del total de sus remuneraciones.El plazo para presentar la licencia a la División de Gestión y Finanzas es de 72 horas desde el inicio del reposo.

Permiso Paternal

Derecho irrenunciable del padre por 5 días, que se puede utilizar desde el momento del parto, en cuyo caso serán de días corridos, o distribuirlos dentro del primer mes desde la fecha de nacimiento. Sólo se pueden utilizar días completos.Se debe solicitar formulario a Recursos Humanos, al cual es necesario anexar certificado de nacimiento.

Permiso Maternal

Las trabajadoras tendrán derecho a disponer, a lo menos, de 1 hora al día para dar alimento por cada hijo menor de dos años.Este derecho podrá ejercerse de alguna de las siguientes formas a acordar con el empleador: en cualquier momento dentro de la jornada de trabajo; dividiéndolo, a solicitud de la interesada, en dos porciones, postergando o adelantando en media hora, o en una hora, el inicio o el término de la respectiva jornada de trabajo. El referido permiso, no podrá ser renunciado en forma alguna y le será aplicable a toda trabajadora que tenga hijos menores de dos años, aun cuando no goce del derecho a sala cuna. Se debe completar formulario solicitado a recursos humanos especificando horario requerido.

Por Fallecimiento

- Por muerte de un hijo y del cónyuge (7 días corridos)- Por muerte de un hijo en período de gestación (3 días hábiles)- Por muerte de la madre o del padre del trabajador (3 días hábiles)

Descanso Complementario

Autorización de compensar la realización de trabajos extraordinarios, en tiempo, siendo este igual a las horas trabajadas más un aumento del 25%, en el caso de horas diurnas, y un 50% en el caso de horas nocturnas. Sólo se contabilizan horas completas, despreciando los minutos.Se requiere tener previamente autorizado los trabajos extraordinarios; mediante formulario que se solicita a Recursos Humanos.

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Page 16: Manual de Inducción

14. Pre y postnatalEl descanso prenatal es de 6 semanas previa a la fecha de nacimiento.El descanso postnatal es de 12 semanas (tres meses) recibiendo un subsidio con tope mensual de 66 UF, menos descuentos legales, más doce semanas de un nuevo permiso postnatal parental, en idénticas condiciones que el anterior, con lo que la trabajadora puede acceder a un permiso pagado de 24 semanas (seis meses).En el periodo posnatal parental, la trabajadora puede elegir volver a su trabajo por media jornada, con lo que su extensión será de 18 semanas (cuatro meses y medio), pero recibiendo la mitad del subsidio que le corresponda.El permiso postnatal parental (Ver Ley N° 20.545) puede ser traspasado al padre siempre y cuando ambos padres son trabajadores, la madre puede elegir traspasar semanas de este permiso al padre:• Si la madre decide tomarse 12 semanas a jornada completa, puede traspasar un máximo de seis semanas al padre a jornada completa.• Si la madre decide tomarse 18 semanas a media jornada, puede traspasar un máximo de 12 semanas en media jornada.En ambos casos las semanas utilizadas por el padre deberán ubicarse en el periodo final del permiso, y dan derecho a un subsidio cuya base de cálculo es su remuneración. Se aplican los mismos topes.El padre tendrá derecho a fuero por el doble del periodo que se tome a jornada completa o a un máximo de tres meses si lo utiliza a jornada parcial, contados desde diez días antes de iniciarse el permiso.Si el padre va a hacer uso del permiso, debe avisar con al menos diez días de anticipación a su empleador, al empleador de la madre y a la Inspección del Trabajo.Tenga en cuenta que el permiso pagado de cinco días para el padre al momento de nacer su hijo sigue vigente. ¿Cuál es el procedimiento especial si quiero volver a trabajar por media jornada durante el permiso parental? La madre trabajadora debe avisar a su empleador, mediante carta certificada con copia a la Inspección del Trabajo, al menos 30 días antes de que termine su postnatal (si no hace esto, deberá tomar el descanso postnatal parental de 12 semanas completas).En caso de la adopción de un menor mayor de seis meses y menor de 18 años tendrá derecho al descanso postnatal parental, con el correspondiente subsidio, y si el niño adoptado es menor de seis meses gozarán tanto del periodo de postnatal como del nuevo periodo de postnatal parental, de acuerdo a las normas generales.En caso que el niño o niña nace antes de la semana 33 de gestación, o si nace pesando menos de 1.500 gramos, el descanso postnatal será de 18 semanas.En caso de partos múltiples, el descanso se extiende siete días por cada niño a partir del segundo.Si ocurren estas dos circunstancias simultáneamente, el descanso será el de mayor duración.El fuero maternal se mantiene para la madre por todo su embarazo y hasta un año después de los primeros tres meses de permiso postnatal. El padre también tendrá derecho a fuero por el doble de tiempo que dure su descanso parental (si es que la madre eligió traspasarle semanas a él), desde diez días antes de iniciarlo y por un máximo de tres meses si optó por la jornada parcial.Los trabajadores independientes tienen derecho al descanso parental, que puede ser de 12 semanas recibiendo subsidio total, o por 18 semanas recibiendo la mitad del subsidio y alguna otra renta o remuneración que puedan percibir. Para acceder a los beneficios deberán tener 12 meses de afiliación previsional, seis cotizaciones (continuas o discontinuas) en los 12 meses anteriores al inicio de la licencia y que hayan pagado la cotización del mes anterior a la licencia.

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Page 17: Manual de Inducción

15. Asignación FamiliarQuedan afectos al Sistema y son sus beneficiarios. A) Todos los trabajadores dependientes de los sectores público y privado; B) Los trabajadores independientes afiliados a un régimen de previsión que al 1º de Enero del 1974 contemplara en su favor y entre sus beneficios el de la asignación familiar; C) Los señalados en las letras anteriores que se hallen en goce se subsidios de cualquier naturaleza; D) Los señalados en las letras a) y b) que se hallen en goce de pensiones de cualquier régimen previsional, aún cuando en el respectivo régimen no hubieren tenido derecho al beneficio; E) Los beneficiarios de pensión de viudez y la madre de los hijos naturales del trabajador o pensionado en goce de la pensión especial a que se refiere el artículo 24º de la Ley Nº 15.386 o en el artículo 5º del decreto Nº3.500, de 1980 y aquella establecida en el artículo 45º de la Ley Nº 16.744, y F) Las instituciones del Estado o reconocidas por el Supremo Gobierno que tengan a su cargo la crianza y mantención de niños huérfanos o abandonados y de inválidos.

Serán causantes de asignación familiar: A) La cónyuge y, en la forma en que determine el reglamento, el cónyuge inválido; B) Los hijos y los adoptados hasta los 18 años, y los mayores de esta edad y hasta los 24 años, solteros, que sigan cursos regulares en la enseñanza media, normal, técnica, especializada o superior, e instituciones del Estado o reconocidos por éste, en las condiciones que determine el reglamento; C) Los nietos y bisnietos, huérfanos de padre y madre o abandonados por éstos, en los términos de la letra precedente; D) La madre viuda; E) Los ascendientes mayores de 65 años, y F) Los niños huérfanos o abandonados, en los mismos términos que establece la letra b) de este artículo y los inválidos que estén a cargo de las instituciones mencionadas en la letra f) del artículo 2º del DFL 150. Las trabajadoras comprendidas en las letras a), b) y c) del artículo 2º tendrán derecho a una asignación maternal que será de monto igual al de la asignación familiar, la que se les pagará por todo el período del embarazo. Su pago se hará exigible a partir del quinto mes de embarazo, previa certificación competente de tal hecho y de su control, extendiéndose con efecto retroactivo por el período completo de la gestación. Igual derecho tendrán los beneficiarios mencionados en las letras indicadas en el inciso primero, respecto de sus cónyuges embarazadas que sean causantes de asignación familiar. La asignación maternal se regirá por las normas generales de la asignación familiar y las especiales que determine el reglamento.•Las asignaciones familiar y maternal del Sistema Único de Prestaciones Familiares, reguladas por el decreto con fuerza de ley Nº150, de 1982, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, tendrán los siguientes valores, según el ingreso mensual del beneficiario:•- De $6.500.- por carga, para aquellos beneficiarios cuyo ingreso mensual no exceda de $170.000.-;•-De $4.830.- por carga, para aquellos beneficiarios cuyo ingreso mensual supere los $170.000.- y no exceda los $293.624.-;•- De $1.526.- por carga, para aquellos beneficiarios cuyo ingreso mensual supere los $293.624.- y no exceda los $457.954.-, y Las personas que tengan acreditadas o que acrediten cargas familiares y cuyo ingreso mensual sea superior a $457.954.- no tendrán derecho a las asignaciones aludidas.

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Page 18: Manual de Inducción

16. Higiene y SeguridadEn el marco de la Ley Nº16.744, que establece normas sobre accidentes del trabajo y enfermedades profesionales, se entiende por accidente del trabajo toda lesión que una persona sufra a causa o con ocasión del trabajo, y que le produzca incapacidad o muerte.

Son también accidentes del trabajo los ocurridos en el trayecto directo, de ida o regreso, entre el domicilio y el lugar del trabajo, y aquéllos que ocurran en el trayecto directo entre dos lugares de trabajo, aunque correspondan a distintos empleadores. En este último caso, se considerará que el accidente dice relación con el trabajo al que se dirigía el trabajador al ocurrir el siniestro.

Se consideraran también accidentes del trabajo los sufridos por dirigentes de instituciones sindicales a causa o con ocasión del desempeño de sus cometidos gremiales.

En todos estos casos el trabajado/a, se encuentra cubierto por el seguro de accidentes laborales. En el caso de la Subsecretaría de Energía, el organismo administrador de este seguro es la Asociación Chilena de Seguridad.

Exceptúense los accidentes debidos a fuerza mayor extraña que no tenga relación alguna con el trabajo y los producidos intencionalmente por la víctima. La prueba de las excepciones corresponderá al organismo administrador.

La Subsecretaría de Energía cuenta con un Comité Paritario de Higiene y Seguridad, integrado por 3 representantes titulares de la Dirección y 3 representantes titulares de los Trabajadores. La Presidenta del Comité Paritario de Higiene y Seguridad es Andrea Varas. La función principal del Comité Paritario de Higiene y Seguridad es asesorar a las autoridades en materia de seguridad y prevención de riesgos en los ambientes de trabajo.  Los trabajadores podrán enviar sus sugerencias, consultas y/o reclamos acerca de las condiciones de trabajo y prevención de riesgos al correo electrónico: [email protected] 

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Page 19: Manual de Inducción

17. COMITÉ PARITARIO DE HIGIENE Y SEGURIDADREPRESENTANTE DE LA DIRECCIÓN

ANDREA VARAS (PRESIDENTA)

SANDRA PRIETO (SECRETARIA)

PILAR ANSOLEAGA

REPRESENTANTE DE LOS TRABAJADORES

ALEXANDRA ELTON

VICTOR CISTERNA

MARCELO SERRANO

REPRESENTANTE DE LOS TRABAJADORES

VALERIA GARRIDOANEXO: 718CORREO: [email protected]

CLAUDIO ARIASANEXO: 228CORREO: [email protected]

CLAUDIO JIMÉNEZANEXO: CORREO: [email protected]

REPRESENTANTE DE LA DIRECCIÓN

PEDRO GONZÁLEZANEXO:744CORREO: [email protected]

CONSTANZA RAMÍREZANEXO: 719CORREO: [email protected]

CONSTANZA BARRÍAANEXO: 705CORREO: [email protected]

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Page 20: Manual de Inducción

18. Qué hacer frente a un Accidente del Trabajo

¿Qué es un Accidente del Trabajo?Se definen cómo toda lesión que sufra una persona a causa o con ocasión del trabajo y cuya consecuencia le produzca incapacidad o muerte. La lesión podrá ser física o psicológica pero se exige un resultado, determinado por la incapacidad para realizar la labor ordinaria, o bien la muerte.

¿Qué se debe hacer cuando ocurre un Accidente del Trabajo?Informar a la Encargada del Sistema de Higiene y Seguridad de la Unidad de Recursos Humanos, Sandra Prieto, anexo 207, para la formalización del formulario de “Denuncia Individual de Accidentes del Trabajo, DIAT que deberá presentar a la Asociación de Chilena de Seguridad (ACHS), más cercana del lugar del accidente (Centros de Atención en sitio Web).Los funcionarios de Planta y Contrata están afiliados a la Asociación Chilena de Seguridad (ACHS). Los trabajadores en calidad de Honorarios deberán atenderse en forma particular según su plan de Isapre o Fonasa.

¿Qué se debe hacer si el accidente es grave?Llamar al 1404 solicitando ambulancia. Este número se encuentra disponible los 365 días del año, las 24 horas y puede ser marcado, sin costo, desde teléfonos fijos y celulares a nivel nacional.

¿Qué documentos se deben presentar al momento de la atención?La Cédula de Identidad del accidentado y la "Denuncia Individual de Accidente del Trabajo" DIAT debidamente firmada por el empleador.

¿Qué sucede si no se presenta la DIAT?Sin la presentación de la DIAT deberá acompañarla posteriormente, debiendo el propio paciente, en el intertanto, suscribir la denuncia de accidente.

¿A qué prestaciones médicas tiene derecho el trabajador?: Atención médica de urgencia, Entrega de medicamentos, Utilización de pabellones quirúrgicos, Hospitalización, Rehabilitación física, Reeducación profesional, Entrega de prótesis, arreglo y su reparación, Exámenes tales como Scanner, RX y Resonancia Magnética.

¿Qué sucede si por urgencia debió asistir a un centro de salud que no es ACHS?El empleador debe comunicar de inmediato este hecho a algún CENTRO DE SALUD ACHS, intertanto, suscribir la denuncia de accidente. ACHS: 600 600 22 47 Página web: www.achs.clAmbulancia: 1404 (desde todo Chile, sin costo)

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Page 21: Manual de Inducción

19. Qué hacer frente a un Accidente del Trayecto

¿Qué es un accidente de trayecto?Es el accidente que ocurre en el trayecto directo, de ida o regreso entre el domicilio y el lugar de trabajo, y que le produzca incapacidad o muerte. También constituyen accidentes de trayecto los ocurridos en el recorrido directo entre dos empleadores diversos.

¿Qué hacer cuando ocurre un accidente de trayecto?Si es trabajador de empresa afiliada a ACHS, dirigirse rápidamente al CENTRO DE SALUD ACHS más cercano al lugar del accidente.

¿Qué hacer si el accidente de trayecto es grave?Llamar al 1404 solicitando ambulancia. Este número se encuentra disponible los 365 días del año, las 24 horas y puede ser marcado, sin costo, desde teléfonos fijos y celulares a nivel nacional .

¿Qué documentos  se debe presentar al momento de la atención?La Cédula de Identidad del accidentado. Cuando el empleador esté en conocimiento del accidente deberá enviar la "Denuncia individual de Accidente del Trabajo" DIAT debidamente firmada al CENTRO DE SALUD ACHS donde el accidentado está siendo atendido. Los accidentes de trayecto deben ser acreditados por la persona que los sufre, por lo que eventualmente se le requerirá la presentación de medios de prueba (parte de carabineros, testigos, certificado de atención de urgencia).

¿Qué sucede si no se lleva o envía la DIAT al momento de presentarse en algún centro de salud?Deberá acompañarla posteriormente debiendo el propio paciente describir la denuncia del accidente.

ACHS: 600 600 22 47 Página web: www.achs.clAmbulancia: 1404 (desde todo Chile, sin costo)

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Page 22: Manual de Inducción

La Subsecretaría de Energía tiene un seguro complementario deSalud con la empresa SURA (Vigencia: del 01/01/2012 al 31/12/2012.¿Quiénes pueden ingresar al seguro?i) Funcionarios de la Subsecretaría (Planta y Contrata) y personas

contratadas bajo la modalidad de Honorarios”, con contrato anual.ii) Hijos cargas legales del asegurado titulariii) Cónyuge carga legal del asegurado titulariv) Padres cargas legales del asegurado titularv) Otras cargas legales del asegurado titular.

Quienes no cuenten con sistema previsional de salud, no podrán ingresar al seguro.Seguro sin declaración de pre-existencias.¿Cuál es el valor de la Prima?UF 0.92 (Se descuenta automáticamente de la remuneración / honorario en forma mensual)Valor único (titular solo o con cargas)

Información adicional requerida, se debe solicitar a Sandra Prieto, Unidad de Recursos Humanos:

[email protected]

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20. Seguro Colectivo complementario de Salud y Catastrófico

Page 23: Manual de Inducción

Cuadro de Beneficios de Salud

COBERTURAS SALUD % BONO % VÍA REEMBOLSO

TOPE POR EVENTO

TOPE ANUAL UF

Consultas Médicas 70% 50% UF 0,5 UF10Exámenes y Procedimientos 60% 40% sin tope UF15Cirugía Ambulatoria (incluye Cirugía Laser con Dioptrias igual o superior a 5)

60% 60% sin tope UF50

Medicamentos Ambulatorios Genéricos 80% 80%Medicamentos Ambulatorios de Marca 40% 40%PSIQUIATRIA Y/O PSICOLOGÍAConsulta Psiquiátrica y/o Psicológica 50% 50% UF 0,5 UF10Hospitalización Psiquiátrica y/o Psicológica 50% 50% UF15OTROS GASTOS AMBULATORIOSÓptica (incluye marcos, cristales y lentes de contactos) 70% 70%Prótesis y Órtesis (incluye audífonos y silla de ruedas) 70% 70%

Día Cama hasta 30 días 80% 80% UF5 30 díasDía Cama exceso 30 días 70% 70% UF4 sin topeServicios Hospitalarios y Honorarios Médicos Quirúrgicos (Derecho a Pabellón - Cirugía Dental por Accidente - Ambulancia Terrestre, Servicio de Enfermería, Medicamentos e Insumos)

50% 50% sin tope sin tope

Parto Normal 50% 50% UF15Cesárea 50% 50% UF20Aborto no Voluntario 50% 50% UF10

GASTOS NO CODIFICADOS POR ISAPRE O FONASA 50% 50% UF15

MATERNIDAD

SIN COBERTURA - NO CODIFICADOS

GASTOS AMBULATORIOS

GASTOS HOSPITALARIOS

MONTO MAXIMO A REEMBOLSAR AL AÑO UF 400 POR PERSONAGASTOS SIN BONIFICACION ISAPRE O FONASA SERÁN CANCELADOS AL 50% DEL ITEM RESPECTIVO

UF15 anual por persona

UF3 anual por personaUF15 anual por persona

Page 24: Manual de Inducción

Seguro Catastrófico

COBERTURA CATASTRÓFICO % Con Cobertura Isapre/Fonasa

TOPE ANUAL UF

Consultas Médicas 100% sin topeExámenes 100% sin topeMedicamentos 50% sin topeDrogas antineoplásicas 80% sin topeProcedimientos 100% sin tope

Día Cama 100% sin topeDía cama UTI/ Intermedio 100% sin topeHonorarios Médicos 100% sin topeDerecho a pabellón 100% sin topeCirugía dental por accidente 100% sin topeServicio de Ambulancia (50 kms) 100% sin tope

Medicamentos - Insumos 100% sin topeServicio de Enfermería 100% sin topeServicios Hospitalarios (otros gastos) 100% sin tope

UF 50UF 5000

GASTOS AMBULATORIOS

GASTOS HOSPITALARIOS

DEDUCIBLE ANUAL MONTO ANUAL POR GRUPO FAMILIAR

GASTOS SIN BONIFICACION ISAPRE O FONASA SERÁN CANCELADOS AL 50% DEL ITEM RESPECTIVO

Page 25: Manual de Inducción

Beneficio Dental

COBERTURA DENTAL % BONIFICACION TOPE ANUAL UF

Consultas 50% sin topeRadiología 50% sin topeCirugía Dentomaxilar 50% sin topeOperatoria 50% sin topeImplaontología 50% sin topePrótesis Fijas 50% sin topePrótesis Removibles 50% sin topeEndodoncia o tratamiento conducto 50% sin tope

Peridoncia 50% sin topeOdontopediatría 50% sin topeUrgencia 50% sin topeOrtodoncia 50% sin topePrevención e Higiene 50% sin topeLaboratorio 50% sin topeMedicamentos 50% sin tope

MONTO ANUAL POR GRUPO FAMILIAR UF12

EN CASO DE EXISTIR APORTE ISAPRE, LA BONIFICACIÓN SERÁ DE UN 70%

ESTE SEGURO NO CONTEMPLA DEDUCIBLE

Page 26: Manual de Inducción

21. Caja de Compensación Los Andes

La Subsecretaría de Energía se encuentra afiliada a la Caja de Compensación Los Andes (www.cajalosandes.cl)Cuenta con atractivos beneficios particulares, recreacionales y de eventos para los funcionarios(as) a lo largo de Chile.

Asimismo ofrece una guía de descuentos para Salud y Educación, y cuentas de ahorro.

Información adicional requerida, se debe solicitar a Alexandra Elton, Unidad de Recursos Humanos: [email protected]

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Page 27: Manual de Inducción

22. CapacitaciónSe entenderá por capacitación el conjunto de actividades permanentes, organizadas y sistemáticas destinadas a que los/as funcionarios/as desarrollen, complementen, perfeccionen o actualicen los conocimientos y destrezas necesarios para el eficiente desempeño de sus cargos o aptitudes funcionarias.(art. 21 estatuto administrativo, ley 18.834)

Los estudios de educación básica, media o superior no serán considerados actividades de capacitación y de responsabilidad de la institución. Asimismo estudios de postgrado conducente a grado académico

La Subsecretaría de Energía cuenta con un Comité Bipartito de Capacitación integrado por 2 representantes titulares de la Dirección y 2 representantes titulares de los Trabajadores. La Presidenta del Comité Bipartito de Capacitación es María Soledad Barrios. Su función principal es asesorar a la autoridad en todas las etapas del sistema de Capacitación (Planificación, Coordinación, Ejecución y Evaluación)

Entre octubre y noviembre de cada año, la Unidad de Recursos Humanos iniciará el proceso de detección de necesidades de capacitación, que luego es revisado por el Comité Bipartito de Capacitación. Dicho Comité deberá presentar para la aprobación del Jefe de Servicio un Plan Anual de Capacitación antes del 31 de diciembre.

Información adicional requerida, se debe solicitar a Alexandra Elton, Unidad de Recursos Humanos: [email protected]

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Page 28: Manual de Inducción

23. COMITÉ BIPARTITO DE CAPACITACIÓNREPRESENTANTE DE LA DIRECCIÓN

JOSEFINA SOTO L.ANEXO:747CORREO: [email protected]

ALEXANDRA ELTON D. (SECRETARIA)ANEXO:244CORREO: [email protected]

REPRESENTANTE DE LOS TRABAJADORES

MARIA SOLEDAD BARRIOS A.ANEXO: 310CORREO: [email protected]

JOSÉ MIGUEL ARRIAZA H.ANEXO: 324CORREO: [email protected]

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Page 29: Manual de Inducción

24. CalificacionesEl sistema de calificación tendrá por objeto evaluar el desempeño y las aptitudes de cada funcionario, atendidas las exigencias y características de su cargo. La calificación sirve de base para el ascenso, retribución salarial, requerimientos de capacitación, incentivos y/o la eliminación del servicio.

La Subsecretaría de Energía se rige por el Reglamento General de Calificaciones de la Administración Pública.

Se evalúan todos los funcionarios de Planta y a Contrata con más de 6 meses en la Institución. Quedan exento de calificarse el Jefe Superior, Junta calificadora (5 integrantes más antiguos de planta), delegados del personal por estamento y los dirigentes de la asociaciones de funcionarios, salvo que los delegados y dirigentes lo solicitaren, y los funcionarios que desempeñan funciones por un lapso inferior a 6 meses.

El período objeto de calificación comprenderá doce meses de desempeño funcionario,desde el 1º de septiembre del año anterior y hasta el 31 de agosto del año siguiente. El proceso de calificaciones deberá iniciarse el 1º de septiembre y quedar terminado a más tardar el 30 de noviembre de cada año. La calificación sólo podrá considerar la actividad desarrollada por el funcionario durante el respectivo período de calificaciones.

Información adicional requerida, se debe solicitar a Alexandra Elton, Unidad de Recursos Humanos: [email protected]

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Page 30: Manual de Inducción

25. CRONOGRAMA PROCESO CALIFICACIONESPROCESOS PLAZOS

PRIMER INFORME DESEMPEÑO: 1 SEPT-31 ENERO

1 FEBRERO-20 FEBRERO

SEGUNDO INFORME DESEMPEÑO: 1 FEB-30 JUNIO

1 JULIO-20 JULIO

NOTIFICACION DE LOS INFORMES DE DESEMPEÑO

10 DÍAS SIGUIENTE A LA FECHA DE CUMPLIMIENTO DEL PLAZO DE RESPECTIVO INFORME. SI EL FUNCIONARIO NO FUERE HABIDO POR DOS DÍAS CONSECUTIVO SE MANDA CARTA CERTIFICADA. EL FUNCIONARIO SE ENTENDERÁ NOTIFICADO CUMPLIDO 3 DÍAS DESDE LA FECHA DE DESPACHO DE LA CARTA.

OBSERVACIONES 2 DÍAS CONTADO DESDE LA NOTIFICACIÓNINSCRIPCIONES DE FUNCIONARIOS PARA REPRESENTANTES DEL PERSONAL

1- 10 JULIO

ELECCIONES REPRESENTANTES DEL PERSONAL 1-10 AGOSTOCOMUNICAR LOS RESULTADOS DE LAS VOTACIONES

10-20 DE AGOSTO

CAPACITACION A LOS PRECALIFICADORES, CALIFICADORES, DIRECTORES ASOCIACION DE FUNCIONARIOS

31 DE AGOSTO

PROCESO DE CALIFICACIONES 1° SEPTIEMBRE AL 30 DE NOVIEMBRECONSTITUCION DE LA JUNTA CALIFICADORA 21 DE SEPTIEMBRE O DIA HABIL SIGUIENTETERMINO DEL PROCESO CALIFICARIO Y EN PODER DEL SECRETARIO PARA SU NOTIFICACIÓN

15 DE OCTUBRE

NOTIFICACION DE LA JUNTA CALIFICADORA 15-20 OCTUBRE (5 DÍAS)APELACION ANTE LA JUNTA 20-25 OCTUBRE (5 Días Hábiles y en caso excepcionales indicados por la Junta 5 días más)

LA JUNTA ENTREGA DE LOS ANTECEDENTES DE LA APELACIÓN A LA AUTORIDAD

25-28 OCTUBRE (3 Días hábiles)

RESOLUCIÓN DE LA APELACIÓN 10 DE NOVIEMBRE (15 Días hábiles)CIERRE PROCESO CALIFICACIONES 30 DE NOVIEMBREESCALAFÓN DE 1 ENERO A 31 DE DICIEMBRE PRIMERAS 3 SEMANAS DE DICIEMBRERECLAMO DEL ESCALAFÓN 10 DÍAS HÁBILESENVIO ESCALAFÓN A LA CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA

15 DÍAS HÁBILES

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Page 31: Manual de Inducción

26. Factores y SubfactoresFactores Subfactores

1. Rendimiento: Mide el trabajo ejecutado durante el período, en relación a las tareas encomendadas.

a) Cumplimiento de la labor realizada: mide la realización de los trabajos asignados y la rapidez y oportunidad en su ejecución.

b) Calidad de la labor realizada: evalúa las características de la labor cumplida y la ausencia de errores en el trabajo y la habilidad en su ejecución.

2. Condiciones Personales: Evalúa la actitud del funcionario en su vinculación con los demás.

a) Interés por el trabajo que realiza: mide el deseo del funcionario de perfeccionarse en el cumplimiento de sus obligaciones, de proponer la realización de actividades y de soluciones ante los problemas que se presenten y de proponer objetivos o procedimientos nuevos para la mejor realización del trabajo asignado.b) Capacidad para realizar trabajos en equipo: mide la facilidad de integración del funcionario en equipos de trabajo, así como la colaboración eficaz que éste presta cuando se requiere que trabaje con grupos de personas.

3. Comportamiento Funcionario: Evalúa la conducta del funcionario en el cumplimiento de sus obligaciones.

a) Cumplimiento de normas e instrucciones: mide el respeto a los reglamentos e instrucciones de la institución y a los demás deberes estatutarios.

b) Asistencia y puntualidad: mide la presencia o ausencia del funcionario en el lugar de trabajo y la exactitud en el cumplimiento de la jornada laboral.

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Page 32: Manual de Inducción

27. Ponderadores y Lista de calificaciones

Lista Concepto Puntaje

Lista Nº 1 De Distinción De 81.00 a 100 puntos

Lista Nº 2 Buena De 46.00 a 80.99 puntos

Lista Nº 3 Condicional De 30.00 a 45.99 puntos

Lista Nº 4 De Eliminación De 10.00 a 29.99 puntos

ESTAMENTOS

FACTORES DirectivosProfesional

es y Técnicos

Administrativos Auxiliares

Rendimiento 4.5 4.0 4.0 4.0

Condiciones Personales 3.5 3.5 3.0 3.0

Comportamiento Funcionario

2.0 2.5 3.0 3.0

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Page 33: Manual de Inducción

28. Sistema de Recursos HumanosLa dirección electrónica para acceder al modulo informático de RR.HH es: http://personal/rrhh2005/ , se accede directamente con el RUT (sin guion) y su contraseña inicial corresponde a los cuatro(4) primeros dígitos de su RUT. En el caso de las SEREMIAS, la dirección electrónica de acceso al sistema es: http://10.0.0.77/rrhh2005 .

Una vez que ingrese por primera vez al Sistema se recomienda modificar su clave de acceso.Las funcionales del sistema Web son :•Módulo de Auto Consulta : Cada uno de nosotros a través de la intranet, previo ingreso personalizado con uso de RUT y contraseña, podemos realizar consultas de datos personales como: Visualización de Ficha Personal, Contratos, Feriados Legales, Permisos Administrativos, Licencias Médicas, Liquidación de Sueldos, Certificados : Antigüedad, Capacitaciones, Renta últimos tres meses. Evaluación de desempeño. Detalle Reloj Control, Entre otras.

•Módulo de Solicitudes : Los funcionarios a través de la intranet podrán realizar solicitudes de: Feriados Legales, Permisos Administrativos con goce de remuneraciones, Uso de horas compensatorias, Justificación de atrasos, Cambios de información, Postergación de Feriados,

•Módulo de Evaluación de Desempeño : Este modulo permite efectuar las evaluaciones de desempeño y precalificación mediante la web. Emitir la notificación de la evaluación de resumen para la firma del funcionario. Opción especial para el análisis de la Junta Calificadora.