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1 MANUAL DE CONVIVENCIA COLEGIO DON BOSCO VILLAVICENCIO LTDA.

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MANUAL DE CONVIVENCIA

COLEGIO DON BOSCO

VILLAVICENCIO LTDA.

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ÍNDICE

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ACUERDO N° 067 17 de marzo de 2018

Por la cual se reforma el Manual de Convivencia y el Sistema de Evaluación y Promoción Institucional, para el año lectivo

2018.

El Consejo Directivo de la Institución, teniendo en cuenta la autonomía concedida por la legislación educativa vigente, aprueba

las solicitud presentada por el Consejo Académico con relación a las modificaciones al Sistema de Evaluación y Promoción,

el Manual de Convivencia Escolar, y;

CONSIDERANDO:

Que es fundamental definir y enunciar las normas básicas para la convivencia social al interior de la comunidad educativa, a

la luz de la Constitución Política, el Código de la Infancia y la Adolescencia, la Ley General de Educación, la Ley 1620 de

15 de Marzo de 2013, el Decreto 1965 del 11 de Septiembre y el Decreto 1290 de 2009, con la participación de los

estamentos que conforman la Comunidad Educativa.

Que es indispensable identificar y determinar las funciones, los deberes, los derechos, los procedimientos, las acciones

reparadoras y los correctivos pedagógicos y las sanciones para las faltas que enmarcan las acciones y decisiones de

los integrantes de la Comunidad Educativa.

Que es fundamental establecer con claridad los canales y las instancias que garanticen el actuar armónico y el desarrollo

integral de los miembros de la Comunidad y en especial de los estudiantes.

Que la coherencia y la conformidad entre el proyecto Educativo Bosconiano, los principios, valores y creencias en el núcleo

familiar son definitivas para una propuesta educativa eficiente y eficaz.

Que los artículos 73 y 87 de la Ley General de Educación establecen el Manual de Convivencia para todos los centros

educativos.

Que en el literal c del artículo 144 de la misma Ley se señala como función del Consejo Directivo adoptar el Manual

de Convivencia, de conformidad con las normas vigentes, lo cual se encuentra reglamentado en el artículo 23 del Decreto

1860 de 1994.

Que el numeral 7 del artículo 14 del Decreto 1860 de 1994 incluye el Manual de Convivencia en el Proyecto Educativo

Institucional.

Que el artículo 17 del decreto 1860 reglamenta lo establecido en la Ley 115 de 1994 sobre dicho Manual de Convivencia.

Que en la Resolución Nº 01 de 2005 se manifiesta que el Manual de Convivencia podrá ser revisado, actualizado y

reformado según las necesidades de la Comunidad Educativa.

Que de acuerdo con lo establecido en la Ley 115 de 1994, en el artículo 21 de la Ley 1620 de 2013 y en el Decreto 1860 de

1994, los establecimientos educativos en el marco del proyecto educativo institucional deberán revisar y ajustar el

manual de convivencia y dar plena aplicación a los principios de participación, corresponsabilidad, autonomía, diversidad e

integralidad que establece la Ley 1620 de 2013.

Que teniendo en cuenta la experiencia de años anteriores y la vivencia en los diferentes procesos, el Consejo Académico y

los diferentes estamentos solicitan al Consejo Directivo aprobar las siguientes modificaciones e incorporaciones al Sistema

de Evaluación y Promoción, con el objetivo de seguir mejorando cada día más y en búsqueda de la excelencia educativa.

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RESUELVE:

ARTÍCULO PRIMERO. Adoptar la reforma del Manual de Convivencia y del Sistema de Evaluación y Promoción Institucional,

para el Colegio Don Bosco en los niveles de Pre-escolar, Básica y Media, el cual queda redactado según el documento que

a continuación se escribe, con sus respectivos capítulos, artículos y parágrafos.

ARTÍCULO SEGUNDO. Derogar los anteriores Reglamentos o Manual de Convivencia.

ARTÍCULO TERCERO. Publicar el texto completo del Reglamento o Manual de Convivencia de modo que sea ampliamente

conocido por las familias Bosconianas.

ARTÍCULO CUARTO. El Manual de Convivencia será objeto de estudio permanente, para las modificaciones necesarias en

beneficio de la comunidad educativa.

ARTÍCULO QUINTO. El Manual de Convivencia será parte formal y corpórea del contrato de servicio educativo que firmen

los padres de familia, en el momento de la matrícula del estudiante.

ARTÍCULO SÉXTO. El Manual de Convivencia regirá a partir de la iniciación del año lectivo 2018 y se socializará

digitalmente a la comunidad educativa.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dado a los cinco (05) días del mes de diciembre del año 2017.

Mg. LUIS FRANCISCO VILLAMIL BETANCOURT

Rector.

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MANUAL DE CONVIVENCIA COLEGIO DON BOSCO

ARTÍCULO 1. PRINCIPIOS Y OBJETIVOS GENERALES:

El Manual de Convivencia es elaborado, revisado, debatido y corregido anualmente por los estamentos de la comunidad educativa y aprobado por el Consejo Directivo del Colegio, al final del año escolar. Después de aprobado entrará en vigencia al año siguiente. El Consejo Directivo tiene la facultad de modificar el presente Manual incluso en el transcurso del año escolar, en caso de presentarse asuntos de gran trascendencia para la marcha del Colegio, que impliquen cambios en sus disposiciones. Tales cambios se comunicarán oportunamente a toda la comunidad educativa. Son principios del sistema nacional de convivencia escolar y formación para los derechos humanos, la educación para la sexualidad y la prevención y mitigación de la violencia escolar:

Participación: En virtud de este principio las entidades y establecimientos educativos deben garantizar su participación activa para la coordinación y armonización de acciones, en el ejercicio de sus respectivas funciones, que permitan el cumplimiento de los fines del Sistema. Al tenor de la Ley 115 de 1994 y de los artículos 31, 32, 43 y 44 de la Ley 1098 de 2006, los establecimientos educativos deben garantizar el derecho a la participación de niños, niñas y adolescentes en el desarrollo de las estrategias y acciones que se adelanten dentro de los mismos en el marco del Sistema. En armonía con los artículos 113 y 288 de la Constitución Política, los diferentes estamentos estatales deben actuar en el marco de la coordinación, concurrencia, complementariedad y subsidiariedad; respondiendo a sus funciones misionales.

Corresponsabilidad: La familia, los establecimientos educativos, la sociedad y el Estado son corresponsables de la formación ciudadana, la promoción de la convivencia escolar, la educación para el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos de los niños, niñas y adolescentes desde sus respectivos ámbitos de acción, en torno a los objetivos del Sistema y de conformidad con lo consagrado en el artículo 44 de la Constitución Política y el Código de Infancia y la Adolescencia.

Autonomía: Los individuos, entidades territoriales e instituciones educativas son autónomos en concordancia con la Constitución Política y dentro de los límites fijados por las leyes, normas y disposiciones.

Diversidad: El Sistema se fundamenta en el reconocimiento, respeto y valoración de la dignidad propia y ajena, sin discriminación por razones de género, orientación o identidad sexual, etnia o condición física, social o cultural. Los niños, niñas y adolescentes tienen derecho a recibir una educación y formación que se fundamente en una concepción integral de la persona y la dignidad humana, en ambientes pacíficos, democráticos e incluyentes.

Integralidad: La filosofía del sistema será integral, y estará orientada hacia la

promoción de la educación para la autorregulación del individuo, de la educación para

la sanción social y de la educación en el respeto a la Constitución y las leyes.

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Son objetivos del sistema nacional de convivencia escolar y formación para los derechos humanos, la educación para la sexualidad y la prevención y mitigación de la violencia escolar, los siguientes:

1. Fomentar, fortalecer y articular acciones de diferentes instancias del Estado para

la convivencia escolar, la construcción de ciudadanía y la educación para el

ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos de los niños, niñas

y adolescentes de los niveles educativos de preescolar, básica y media.

2. Garantizar la protección integral de los niños, niñas y adolescentes en los

espacios educativos, a través de la puesta en marcha y el seguimiento de la ruta

de atención integral para la convivencia escolar, teniendo en cuenta los contextos

sociales y culturales particulares.

3. Fomentar y fortalecer la educación en y para la paz, las competencias

ciudadanas, el desarrollo de la identidad, la participación, la responsabilidad

democrática, la valoración de las diferencias y el cumplimiento de la ley, para la

formación de sujetos activos de derechos...

4. Promover el desarrollo de estrategias, programas y actividades para que las

entidades en los diferentes niveles del Sistema y los establecimientos educativos

fortalezcan la ciudadanía activa y la convivencia pacífica, la promoción de

derechos y estilos de vida saludable, la prevención, detección, atención y

seguimiento de los casos de violencia escolar, acoso escolar o vulneración de

derechos sexuales y reproductivos e incidir en la prevención y mitigación de los

mismos, en la reducción del embarazo precoz de adolescentes y en el

mejoramiento del clima escolar.

5. Fomentar mecanismos de prevención, protección, detección temprana y denuncia

de todas aquellas conductas que atentan contra la convivencia escolar, la

ciudadanía y el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos de

los estudiantes de preescolar, básica y media, particularmente, las relacionadas

con acoso escolar y violencia escolar incluido el que se pueda generar a través

del uso de la internet, según se defina en la ruta de atención integral para la

convivencia escolar.

6. Identificar y fomentar mecanismos y estrategias de mitigación de todas aquellas

situaciones y conductas generadoras de situaciones de violencia escolar.

7. Orientar estrategias y programas de comunicación para la movilización social,

relacionadas con la convivencia escolar, la construcción de ciudadanía y la

promoción de los derechos humanos, sexuales y reproductivos.

8. Contribuir a la prevención del embarazo en la adolescencia y a la reducción de

enfermedades de transmisión sexual.

ARTÍCULO 2. FUNDAMENTACIÓN LEGAL

El Manual de convivencia del Colegio Don Bosco se elaboró y se reglamenta con base en la siguiente fundamentación legal:

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- LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE COLOMBIA, en los artículos pertinentes a los mandatos que

buscan el desarrollo integral, y en su artículo 13, el cual establece la igualdad de todos y todas ante

la ley. De tal manera, el Manual de Convivencia Escolar es un instrumento que garantiza la

convivencia de todos los miembros de la comunidad educativa, sin ningún tipo de discriminación.

- El artículo 68 de la Constitución Política de Colombia según el cual “los padres de familia tendrán

el derecho de escoger el tipo de educación para sus hijos menores”, acogiendo simultáneamente,

los reglamentos y vigencias de la institución seleccionada.

- La Ley General de Educación (Ley 115 de 1994) que establece los fines y objetivos de la

educación colombiana y que ordena en su artículo 87: los establecimientos educativos tendrán un

manual de convivencia en el cual se definan los derechos y obligaciones de los estudiantes. Los

educandos y los padres de familia o tutores al firmar la matricula estarán aceptando el mismo.

- La sentencia T092/94 de la Corte Constitucional afirma… “el derecho a la educación comporta

los aspectos: es un DERECHO de la persona, como lo establece el artículo 67 de la Constitución

Política y un DEBER que se materializa en la responsabilidad del educando de cumplir con las

obligaciones impuestas por el centro educativo, obligaciones que se traducen tanto en el campo de

la disciplina como del rendimiento académico…”

- La sentencia de la Corte Constitucional T02 de 1992… “de la tesis de la función social de la

educación surge entonces la educación como derecho- deber”… “cuando un alumno no cumple con

las exigencias académicas y por el bajo rendimiento que se refleja en las notas, puede llevar a la

pérdida del año escolar. Esta conducta no vulnera el derecho fundamental a la educación…”

- La sentencia de la Corte Constitucional No. 492 de 1992, que afirma con respecto a la

educación que “… Es un derecho deber, en cuanto no solamente otorga prerrogativas a favor del

individuo, sino que comporta exigencias de cuyo cumplimiento depende en buena parte la

subsistencia del derecho, pues quien no se somete a la condiciones para su ejercicio, como sucede

con el discípulo que desatiende sus responsabilidades académicas o infringe el régimen disciplinario

que se comprometió a observar, queda sujeto a las consecuencias propias de tales conductas…”

- La sentencia de la Corte Constitucional T-341/93 dice…” quien se matrícula en un centro educativo

con el objeto de ejercer el derecho constitucional fundamental que lo ampara, contrae por ese

mismo hecho obligaciones que debe cumplir, de tal manera que no puede invocar el mero

derecho para excusar las infracciones en que incurra…”

- La sentencia de la Corte Constitucional No. 519 de 1992 que afirma …“si bien la educación es un

derecho fundamental y el estudiante debe tener la posibilidad de permanecer vinculado al plantel

hasta la culminación de los estudios, de allí no debe colegirse que el centro docente está obligado

a mantener indefinidamente entre sus discípulos a quien de manera constante y reiterada desconoce

las directrices disciplinares y quebranta el orden dispuesto por el reglamento educativo, ya que

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semejantes conductas, además de constituir incumplimiento de los deberes ya resaltados como

inherentes a la relación que el estudiante establece con la institución en que se forma, representa

un abuso del derecho, en cuanto causa perjuicio a la comunidad educativa e impide al colegio

alcanzar los fines que le son propios”.… “por expresa declaración del constituyente, pero, antes de

ello, por la naturaleza de las cosas, en la familia descansa la primera y más importante

responsabilidad en cuanto a la orientación y formación de los hijos y en el indispensable

seguimiento, tanto de las actividades llevadas a cabo por el establecimiento educativo, como de las

respuestas que a ellas van entregando los menores…” “ninguna de las finalidades de la educación

son logradas por la acción solitaria del colegio, ni siquiera con la atenta verificación oficial, si no se

cuenta con el permanente concurso de la familia…”…”naturalmente la evolución de los resultados

académicos compete al plantel educativo y en el evento de configurarse las causales previstas en

el correspondiente reglamento para la pérdida del periodo que se cursa, así debe declararse

sin que por hacerlo pueda endilgarse al establecimiento la violación del derecho fundamental a

la educación o al aprendizaje…”

- La sentencia de la Corte Constitucional T-478 “Discriinación por orientación sexual e identidad de

genero en ambientes escolares”

- El Código de la Infancia y la Adolescencia (Ley 1098 de 2006), que en su artículo 39 establece

como una de las obligaciones de la familia “asegurarles desde su nacimiento el acceso a la

educación y proveer las condiciones y medios para su adecuado desarrollo, garantizando su

continuidad y permanencia en el ciclo educativo”.

- El Decreto 2737 de 1989 en su artículo 311, establece que: “todo menor tiene derecho a recibir la

educación necesaria para su formación integral. Esta será obligatoria hasta el grado noveno de

educación básica y gratuita, cuando sea prestada por el Estado. “Los padres tendrán derecho de

escoger el tipo de educación que habrá de darse a sus hijos”.

- La Ley 1620 del 15 de marzo de 2013 por la cual, “se crea el Sistema Nacional de Convivencia

Escolar y Formación para el ejerció de los derechos humanos, la educación para la sexualidad y la

prevención y mitigación de la violencia escolar”

- EL Decreto 1965 del 11 de septiembre de 2013,emanado de Ministerio de Educación Nacional

por el cual “se reglamenta la Ley 1620 de 2013, que crea el Sistema Nacional de Convivencia

Escolar y Formación para el Ejercicio de los Derechos Humanos, la Educación para la

Sexualidad, la Prevención y Mitigación de la Violencia Escolar"

Además de las anteriores disposiciones, hacen parte del marco del presente Manual de

Convivencia todas las normas legales que se hayan producido sobre educación hasta la

fecha, como el Decreto 1860 de 1994, el Decreto 1075 de 2015 Unico reglamentario del sector

de educación, el Decreto 4210 (obligatoriedad del servicio social) y el Decreto 1290 de 2009, el cual

faculta a los colegios para establecer su propio Sistema Institucional de Evaluación y Promoción.

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CONCEPTOS JURISPRUDENCIALES ORIENTADORES:

Ley 115 Artículo 4°. Son los Manuales de Convivencia los llamados a ponderar y armonizar el alcance y efectividad de los derechos frente a otras disposiciones constitucionales. Corte Constitucional - Sentencia T-1233 de 2003“El Reglamento del plantel educativo es base fundamental orientadora de la disciplina del Colegio, pues sin él no sería posible mantener un nivel de organización.” Sentencia T-015 de 1994“La disciplina, que es indispensable en toda organización social para asegurar el logro de sus fines dentro de un orden mínimo, resulta inherente a la educación, en cuanto hace parte insustituible de la formación del individuo. Pretender que, por una errónea concepción del derecho al libre desarrollo de la personalidad, las instituciones educativas renuncien a exigir de sus alumnos comportamientos acordes con un régimen disciplinario al que están obligados desde su ingreso, equivale a contrariar los objetivos propios de la función formativa que cumple la educación” Sentencia 037 de 1995“Las normas contenidas en el Manual de Convivencia deben interpretarse y ajustarse acorde con las circunstancias particulares de los menores. No es permitir una total libertad, sino comprender la situación y obrar de manera razonable sin perjudicar el futuro del educando” Sentencia T-015 de 1994“Los manuales de convivencia pueden establecer límites razonables y proporcionales al ejercicio de los derechos, en tanto que los derechos fundamentales no son absolutos, y en ciertos aspectos se enfrentan a valores, principios y otros derechos fundamentales protegidos también por la Carta. Son los manuales de convivencia los llamados a ponderar y armonizar el alcance y efectividad de los derechos frente a otras disposiciones constitucionales”. Sentencia T-1233 de 2003 “Las reglas que se establezcan en los manuales de convivencia deben reflejar el respeto a la dignidad humana y a la diversidad étnica, cultural y social de la población (artículo 1º), así como los derechos al libre desarrollo de la personalidad (artículo 16), libertad de conciencia (artículo 18), libertad de expresión (artículo 20), igualdad (artículo 13), debido proceso (artículo 29) y educación (artículo 67) superiores. Por ser niños y adolescentes en proceso de formación, implica una protección reforzada”. Sentencia T-1233 de 2003 “Los reglamentos de las Instituciones Educativas no podrán: Contener elementos, normas o principios que estén en contravía de la Constitución. Favorecer o permitir prácticas entre educadores y educandos que se aparten de la consideración y el respeto debidos a la privilegiada condición de seres humanos. Favorecer la presencia de prácticas discriminatorias, los tratos humillantes, las sanciones que no consulten un propósito objetivamente educativo” Sentencia T-524 de 1992 “Los procedimientos que se establezcan en los Manuales de Convivencia tienen que garantizar, como mínimo, los siguientes elementos que se desprenden del artículo 29 de la Constitución Política: La comunicación formal de la apertura del proceso disciplinario a la persona a quien se imputan las conductas posibles de sanción. La formulación de los cargos imputados, que puede ser verbal o escrita, siempre y cuando en ella consten de manera clara y precisa las conductas, las faltas disciplinarias a que esas conductas dan lugar (con la indicación de las normas reglamentarias que consagran las faltas) y la calificación provisional de las conductas como faltas disciplinarias. El traslado al imputado de todas y cada una de las pruebas que fundamentan los cargos formulados. La indicación de un término durante el cual el acusado pueda formular sus descargos (de manera oral o escrita), controvertir las pruebas en su contra y allegar las que considere necesarias para sustentar sus descargos. El pronunciamiento definitivo de las autoridades competentes mediante un acto motivado y congruente.

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La imposición de una sanción proporcional a los hechos que la motivaron. La posibilidad de que el acusado pueda controvertir, mediante los recursos pertinentes, todas y cada una de las decisiones de las autoridades competentes.

Ley 1620 Artículo 21. Manual de convivencia: En el marco del Sistema Nacional de convivencia escolar y formación para los derechos humanos, la educación para la sexualidad y la prevención y mitigación de la violencia escolar, y además de lo establecido en el artículo 87 de la Ley 115 de 1994, los manuales de convivencia deben identificar nuevas formas y alternativas para incentivar y fortalecer la convivencia escolar y el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos de los estudiantes, que permitan aprender del error, respetar la diversidad y dirimir los conflictos de manera pacífica, así como de posibles situaciones y conductas que atenten contra el ejercicio de sus derechos. El manual concederá al educador el rol de orientador y mediador en situaciones que atenten contra la convivencia escolar y el ejercicio de los derechos humanos sexuales y reproductivos, así como funciones en la detección temprana de estas mismas situaciones. A los estudiantes, el manual les concederá un rol activo para participar en la definición de acciones para el manejo de estas situaciones, en el marco de la ruta de atención integral. El manual de convivencia deberá incluir la ruta de atención integral y los protocolos de que trata la presente ley. Acorde con el artículo 87 de la Ley 115 de 1994, el manual de convivencia define los derechos y obligaciones de los estudiantes y de cada uno de los miembros de la comunidad educativa, a través de los cuales se rigen las características y condiciones de interacción y convivencia entre los mismos y señala el debido proceso que debe seguir el establecimiento educativo ante el incumplimiento del mismo. Es una herramienta construida, evaluada y ajustada por la comunidad educativa, con la participación activa de los estudiantes y padres de familia, de obligatorio cumplimiento en los establecimientos educativos públicos y privados y es un componente esencial del proyecto educativo institucional. El manual de que trata el presente artículo debe incorporar además de lo anterior, las definiciones, principios y responsabilidades que establece la presente ley, sobre los cuales se desarrollarán los factores de promoción y prevención y atención de la Ruta de Atención Integral para la Convivencia Escolar. El Ministerio de Educación Nacional reglamentará lo relacionado con el manual de convivencia y

dará los lineamientos necesarios para que allí se incorporen las disposiciones necesarias para

el manejo de conflictos y conductas que afectan la convivencia escolar, y los derechos humanos,

sexuales y reproductivos, y para la participación de la familia, de conformidad con el artículo 22 de

la presente Ley.

Sentencia T-478 DE 2015. “Discriinación por orientación sexual e identidad de genero en ambientes

escolares”

ARTÍCULO 3. MARCO CONCEPTUAL:

DEFINICIÓN MANUAL DE CONVIVENCIA:

Toda institución debe poseer unas normas claras que permitan su funcionamiento y que faciliten

las acciones que emprendan para la consecución de los logros propuestos; por ello, es indispensable

que la comunidad se ponga de acuerdo en las normas, los canales y los procedimientos que se han

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de utilizar para el manejo de diversas situaciones, facilitando la realización de actividades y la vida

misma de la institución en un ambiente de convivencia y entendimiento.

Las normas, los procedimientos, el cumplimiento de los deberes y el respeto de los derechos, son

las bases que permitirán la consecución de las metas y los ideales que se han fijado y por

consiguiente, el crecimiento y maduración humana y cristiana por el cual se propende en esta

comunidad educativa.

“La Corte Constitucional, insiste en que toda comunidad requiere de un mínimo de orden y del

imperio de la autoridad para que pueda subsistir en ella una civilizada convivencia, evitando el caos

que podría generarse si cada individuo, sin atender reglas ni preceptos, hiciera su absoluta voluntad,

aún en contravía de los intereses comunes, en una mal entendido concepto del derecho al libre

desarrollo de la personalidad”. Corte Constitucional. Sentencia de Tutela, T-366 de 1992.

DEFINICIÓN DE CONVIVENCIA:

Convivencia es la acción de convivir (vivir en compañía de otro u otros). En su acepción

más amplia, se trata de un concepto vinculado a la coexistencia Pacífica y armoniosa de grupos

humanos en un mismo espacio.

DEFINICIÓN DE CONVIVENCIA ESCOLAR:

La convivencia escolar se define como “la coexistencia pacífica de los miembros de la comunidad

educativa, que supone una interrelación positiva entre ellos y permite el adecuado cumplimiento de

los objetivos educativos en un clima que propicia el desarrollo integral de los estudiantes”.

La convivencia escolar se trata de la construcción de un modo de relación entre las personas de una

comunidad, sustentada en el respeto mutuo y en la solidaridad recíproca, expresada en la

interrelación armoniosa y sin violencia entre los diferentes actores y estamentos de la Comunidad

Educativa (Definición del Ministerio de Educación Nacional).

ARTÍCULO 4. OBJETIVOS DEL MANUAL DE CONVIVENCIA:

Para nuestra institución, el Manual de Convivencia representa un ideario para la vida de todos los

miembros de la comunidad, pues, aunque hablemos de procedimientos, funciones y correctivos, lo

fundamental es reconocer en estas líneas una identidad y un proyecto de vida.

OBJETIVOS:

1. Proporcionar principios generales para asumir normas y procedimientos que permitan una

mejor integración y una sana convivencia entre los miembros de la comunidad educativa.

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2. Encaminar a la comunidad educativa ((padres de familia, maestros, personal de servicios

generales, personal administrativo, directivas, estudiantes y egresados) a evidenciar un

compromiso claro con la identidad y filosofía Bosconiana promulgada, asumida y vivenciada

por el Colegio en todas sus acciones.

TITULO I

CAPITULO I

FILOSOFÍA, HISTORIA E IDENTIDAD BOSCONIANA

ARTÍCULO 5: Se adopta como Patrono Institucional y como modelo Bosconiano de formación, a

San Juan Bosco, “Padre y Maestro de la Juventud”.

DON BOSCO

UNA VIDA PARA LOS NIÑOS Y JÓVENES

Juan Melchor Bosco Occhiena, hombre sencillo y práctico, un

sacerdote alegre y simpático que fascinaba a los muchachos con

su trato amable… Es un santo atractivo y moderno. Desde niño

posee un carácter alegre, abierto y generoso. Dotado de

extraordinarias cualidades humanas y de una admirable santidad,

fue amado en la vida y admirado. Millares de jóvenes de todo el

mundo lo aclamaban como “Padre y maestro”.

Su padre Francisco Bosco murió cuando Juan apenas tenía dos

años y medio. Le quedó la madre, Margarita Occhiena, mujer sin

escolaridad, pero poseedora de grandes virtudes, de sabiduría, de

bondad y dulzura cristiana. Margarita vive con sus hijos, Juan,

Antonio y José, en una casita en la colina llamada el Becchi.

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A los 9 años Juanito tiene un sueño que decidirá su

vida. Le pareció encontrarse en un gran patio en medio de

niños que jugaban, algunos gritaban malas palabras y

blasfemaban. Juanito quería hacerlos callar y utilizó los

golpes. En esto apareció un hombre que le dice: “No con

golpes, sino con mansedumbre y caridad ganarás a estos

amigos tuyos. Instrúyelos sobre la fealdad del pecado y la

hermosura de la virtud”. No es nada imposible porque “Yo te

daré una maestra”. Juanito observa que en el prado ya

no hay niños, sino fieras. Luego aquellos animales se transforman en mansos corderos. “Esto

deberás hacer con mis hijos”, le dice la Señora. Juanito asustado lloraba y ella lo consuela y dice:

“A su debido tiempo lo comprenderás todo”.

A los 20 años Juan Bosco toma la decisión más importante de

su vida: entra en el seminario; al vestir la sotana negra del

seminario, renuncia a todo lo material y hace suya la vida

de Jesús que lo reviste de su Espíritu para hacer el bien a

todos, especialmente a los jóvenes. El 5 de Junio de

1841, el Arzobispo de Turín, lo consagra sacerdote, a los

26 años celebra su primera misa y llega a ser DON BOSCO.

Empieza a encontrarse con muchachos pobres sin empleo y

sin hogar; con cara dura y agresivos; son los animales feroces

que había visto en el sueño que tuvo a los 9 años.

La primera pastoral realizada por Don

Bosco, fue en la cárcel, se llevó la

impresión más dolorosa; encontró

jóvenes con mucha vitalidad y allí

inactivos y carentes del pan material y

espiritual. El primer muchacho con el

que trabajó fue con: Bartolomé

Garelli, al que le enseña a hacer la

señal de la cruz, la obra de Don Bosco

ha comenzado así con un simple

catecismo y el rezo de un Avemaría,

un 8 de Diciembre de 1841.

Después de una larga enfermedad y convalecencia, pasada en Ibecchi, regresa a Turín

acompañado por mamá Margarita, quien por sugerencia de su hijo, ve como voluntad de Dios, hacer

de mamá de los jóvenes recogidos por Juan en la casa que arrendó para ellos en Valdocco, donde

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les daban alimento, dormida, catequesis y les enseñaba a trabajar (carpintería, sastrería,

encuadernación, mecánica) y buenos modales. Y construye un templo a María Auxiliadora en 1864.

Ocho años después, funda la congregación de las Hijas

de María Auxiliadora y en 1975 entrega el crucifijo a los

primeros salesianos que viajan como misioneros para América

del Sur, a la Argentina. Don Bosco inventó el método de

educación familiar que se conoció como: Sistema Preventivo,

para educar la juventud. En 1976 funda una nueva familia: Los

Cooperadores Salesianos que apoyan las obras salesianas

que se extienden por todo el mundo.

Don Bosco murió en la madrugada del 31 de Enero

de 1888; un poco antes había manifestado: “Decid

a mis muchachos que los espero a todos en el

paraíso.” Les había escrito: “Ustedes son los

predilectos de Dios. Si el Señor les ama tanto,

deben demostrar este amor recibido. Vivan

felices, el santo temor de Dios, sea la riqueza de

sus vidas”.

ARTÍCULO 6. VALORES INSTITUCIONALES:

Los valores son aquellos principios éticos, que al practicarlos se convierten en virtudes, que nos

ayudan a alcanzar la plenitud total del ser humano; siempre y cuando se practiquen

constantemente. Son aquellos que nos identifican como personas y que escriben nuestra

historia

1. AMOR: El amor es un valor que nos eleva, nos fortalece, nos inspira, nos cuida, nos

transforma, nos une a Dios y nos impulsa para entregarnos de corazón a cumplir nuestros

deberes y entregarnos al servicio de quienes nos rodean.

2. RESPONSABILIDAD: Valor que permite administrar, reflexionar, orientar y valorar las

consecuencias de nuestros actos. Ser responsable significa hacerse cargo de los actos

realizados por nosotros mismos, aceptando las consecuencias, sean estas buenas o malas.

3. RESPETO: el respeto exige un trato amable y cortés; es la esencia de las relaciones

humanas, de la vida en comunidad, del trabajo en equipo, de la vida conyugal, de cualquier

relación interpersonal. El respeto es garantía absoluta de transparencia.

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4. HONESTIDAD: se define como una característica humana que exige al individuo

conducirse en sinceridad y justicia, expresar respeto por uno mismo así como sus acciones

y respetar a los demás.

5. SOLIDARIDAD: es la capacidad de trabajar en equipo respetando y ayudando a través

del compromiso solidario, la compasión y la misericordia; actitudes de acogida en bien de los

demás, en especial con los más necesitados, coligados por una meta en común que es el

bienestar social.

6. PERTENENCIA: valor en el que se considera a cada uno de los miembros de nuestro

colegio como familia y por tanto, junto con esas personas se asumen y afrontan sus triunfos

y derrotas. LA PERTENENCIA NO SE INFIERE, SE SIENTE.

7. SABIDURIA: capacidad que tiene una persona para adquirir información a través de su

vida y experiencia y usarla para mejorar su bienestar y el de los demás.

8. HUMILDAD: consiste en aceptarnos tal como somos, con defectos y virtudes, sin

hacer alarde de nuestras posesiones materiales o de gran conocimiento intelectual; para ser

humilde no se puede ser pretencioso, egoísta o interesado.

9. BONDAD: Es una inclinación natural a hacer el bien, con una profunda comprensión de

las personas y sus necesidades.

10. ALEGRIA: Es estar lleno de contento, paz, amor y una sensación de bienestar. La

alegría está dentro de todos nosotros; procede de la sensación de ser amado y del aprecio

por el don de la vida. Llega a nosotros cuando hacemos lo que sabemos que es justo.

11. JUSTICIA: conjunto de reglas establecidas en cada sociedad, con las que se logra la

cordial convivencia, respetando los deberes y derechos iguales de los demás seres

humanos. Esto se logra autorizando, permitiendo o prohibiendo acciones específicas

que pueden afectar o beneficiar al colectivo social.

12. PAZ: es la expresión de la virtud de la tolerancia, que significa respeto, aceptación y

aprecio del valor de la persona, su dignidad y diversidad cultural.

13. LIBERTAD: facultad del ser humano que le permite decidir, llevar a cabo o no una

determinada acción. En otras palabras, lo que permite al hombre decidir si quiere hacer algo

o no; lo hace libre, pero también responsable de sus actos.

14. PUNTUALIDAD: se construye por el esfuerzo de estar a tiempo en el lugar adecuado y

por el cumplimiento cabal de nuestros compromisos.

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15. SENCILLEZ: es aquello que hace al individuo humilde con pocas pretensiones

de grandiosidad o grandilocuencia.

16. TRABAJO: actividad humana que requiere un esfuerzo y se dirige a la obtención de

un resultado concreto. En este sentido, el trabajo escolar será la actividad que en el colegio

desarrollan docentes y estudiantes para conseguir una finalidad: La Educación.

“UN HOMBRE VALE ENTONCES, LO QUE VALEN SUS VALORES Y LA MANERA EN COMO LOS VIVE.”

(Autor anónimo)

CAPACIDADES:

Se denomina capacidad al conjunto de recursos y aptitudes que tiene un individuo para desempeñar

una determinada tarea. En este sentido, esta noción se vincula con la de educación, siendo esta

última un proceso de incorporación de nuevas herramientas para desenvolverse en el mundo.

Las capacidades que debe desarrollar todo estudiante que ingrese al Colegio Don Bosco son las

siguientes:

1. TRASCENDENCIA: se refiere a ir más allá de algún límite, expresa una dimensión

profunda del ser humano. Trascender es sobresalir, alcanzar de una forma u otra; se

relaciona con el acercamiento a Dios a través de la oración.

2. AUTOMOTIVACION: responde a las fuerzas internas que guían a las personas hacia

sus metas, empuja al individuo a querer superar los retos del entorno, a buscar novedades

y enfrentarse a retos y, al hacerlo, satisface necesidades personales.

3. LIDERAZGO: es tomar la iniciativa, gestionar, convocar, promover, incentivar, motivar

y evaluar a un grupo o equipo determinado, haciendo que este equipo trabaje con

entusiasmo en el logro de metas u objetivos.

4. PERSEVERANCIA: Es constancia, persistencia, firmeza, dedicación, tesón, tanto en las

ideas como en las aptitudes, en la realización de algo y en la ejecución de los propósitos. Es

la capacidad para seguir adelante a pesar de los obstáculos, dificultades, desánimo,

aburrimiento, frustración, o los propios deseos de rendirse. La persona perseverante termina

lo que ha empezado, vuelve a intentarlo tras un fracaso inicial, persigue sus objetivos y se

mantiene concentrado y trabajando en sus misiones.

5. CONCILIACION: Es una forma directa y civilizada de solucionar conflictos o diferencias

que surgen entre las personas. Esta situación propicia un espacio de diálogo que puede

lograr un acuerdo amistoso y de muto beneficio.

17

ARTICULO 7. ¿QUIÉNES SOMOS?

Somos una comunidad educativa dedicada a la formación integral de niños y jóvenes en los niveles

de Preescolar, Básica y Media, con el propósito de: “Educar para la vida, haciendo vivir”.

Fundamentamos la formación en la Pedagogía Conceptual, a través de la cual formamos seres

humanos con un gran sentido de la afectividad, talento intelectual y con manejo de sus competencias

expresivas, que les permitirá definir su proyecto de vida.

RESEÑA HISTÓRICA

El Colegio Don Bosco nace en el año 1977, por iniciativa de dos mujeres educadoras: las señoras

Rosa Argenis Castelblanco de Ávila y María Gladys Vigoya de Ángel, bajo el nombre de Jardín

Infantil Mi Pequeño Mundo, con 50 estudiantes en los grados Prekinder y Kinder, ofreciendo una

educación de principios e implementando la metodología de María Montessori. Siete años más tarde

el colegio gradúa su primera promoción de Básica Primaria.

A partir del año 2004 el Colegio toma el nombre de DON BOSCO, asumiendo como el Patrono y

modelo de formación a San Juan Bosco. Este año se da apertura al grado sexto y en la actualidad

se encuentra prestando el servicio educativo hasta el grado undécimo; en el año 2009 se

proclamó su Primera Promoción, conformada por 20 Bachilleres Académicos.

Se certificó internacionalmente con la norma ISO 9001:2008, acreditando la calidad de sus procesos

académicos y administrativos, el cumplimiento de lo propuesto en los objetivos institucionales y la

vocación de mejoramiento continuo, avalada por la empresa SGS.

Para el a ñ o 2016 se mantiene en categoría Muy Superior o A + en las pruebas Saber y

ocupa el primer puesto a nivel nacional, en la Prueba Supérate con el Saber en el área de

Lenguaje. Se inicia en este mismo año el proceso de bilingüismo.

Estos años de existencia han estado enmarcados por sueños, satisfacciones, retos, luchas, tristezas

y alegrías. Sus fundadoras se han caracterizado por su visión futurista, empuje y decisión, propios

de la mujer llanera.

IDENTIFICACIÓN INSTITUCIONAL

Sede Barzal: Calle 37 N° 40 - 69.

Teléfono: (8) 6621618 - 314 298 0784

Sede Buque: Calle 14 Nº 42 - 70.

Teléfono: (8) 6674478 - 313 282 3839

18

CARÁCTER: Privado.

GÉNERO: Mixto.

MODALIDAD: Académica.

RESOLUCIONES: Creación: Resolución N° 219 de marzo 16 de 1977.

Básica Primaria 1°, 2°, 3°: Resolución N 2157 de octubre 19 de 1983

Básica Primaria 4°: Resolución N° 87 de enero 21 de 1982.

Básica Primaria 5°: Resolución N° 2441 de diciembre 7 de 1982.

Básica Secundaria 6°, 7°, 8°

y 9°: Resolución N° 1578 de octubre 15

de 2002.

Aprobación definitiva para educación preescolar, básica, media

vocacional y autorización para expedir títulos de Bachiller

Académico: Resolución 131 de marzo 2 de 2009

NIT: 892002849-1

CODIGO DANE: 350001001648

CÓDIGO ICFES: 144188

JORNADA: Única.

CAPITULO II

SÍMBOLOS INSTITUCIONALES

ARTÍCULO 8º. LOGO, BANDERA, HIMNO, ORACIÓN Y UNIFORME:

LOGO:

Nuestro Logotipo representa al ser humano desde su formación con la expresión de los componentes

de éxito y felicidad a través de nuestro modelo educativo, representado en una silueta en forma de

19

hombre, con brazos extendidos y rodeado de las letras C, en su orden la primera letra de la palabra

colegio, la letra D en forma del cuerpo de ser humano que a su vez representa la expresión (don)

como tratamiento de respeto que se usa antepuesto al nombre propio que forma seguidamente la

letra B, la cual presenta la primera letra de Bosco.

Don Bosco fue un sacerdote, educador quien desarrollo un moderno sistema pedagógico para la

formación de los niños y jóvenes; promovió la construcción de obras educativas al servicio de la

juventud.

BANDERA:

La Bandera del Colegio Don Bosco está compuesta por cuatro rectángulos; dos superiores, pintados

uno de color blanco que significa la pureza de nuestros educandos, y el otro de color naranja

que simboliza el fuego, el dinamismo y la energía propias de la niñez y la juventud; los dos

rectángulos inferiores van pintados de naranja y blanco, de manera alternada con los superiores.

En el centro va el logo de la institución complementándose así los dos emblemas.

HIMNO:

CORO:

Como el llano infinito al horizonte

eres fuente de ciencia y de saber.

¡Oh! Don Bosco qué grande es tu nombre

eres luz que iluminas nuestro ser (bis).

I

Los valores son la mayor riqueza

cual tesoro en nuestra educación.

El respeto, el servicio y la nobleza

son modelo de nuestra institución.

II

20

Es tu lema educar para la vida

y en tus aulas vivimos la ilusión

de crecer y aprender más cada día

para gloria de una gran nación.

Bello claustro que nuestros pasos guías

ser ejemplo es nuestra misión.

CORO

III

Como templo de gran sabiduría

siembras semillas en nuestra formación.

Hombres nuevos que con valentía

luchan la vida con gran decisión.

IV

¡Oh! Don Bosco, enseñas la alegría,

me das fuerza y esperanza en la oración

timonel y capitán del alma mía

recibe mi más noble inspiración.

La llanura engalanada grita ¡viva!,

¡viva Don Bosco! con todo el corazón.

Autor: XAVIER BARRIGA

ORACIÓN COLEGIO DON BOSCO:

Señor Padre Todopoderoso acudo a tí;

Tú eres mi capitán y mi timonel,

contigo Señor no tengo miedo,

Tú me das valor cuando me acosa el temor,

Tú eres mi esperanza y mi confianza;

nada temo porque Tú estás conmigo

y eres la luz que nunca se apaga.

Gracias Señor, porque Tú padre de amor eterno,

permites que tengamos como modelo a San Juan Bosco,

el ejemplo de amigo, hermano y maestro.

Guíanos por el camino de los valores y las virtudes cristianas,

acompáñanos con tu mirada profética hacia nuevos tiempos.

Enséñanos el recogimiento, la interioridad;

dadnos la disposición para escuchar las buenas inspiraciones

y las palabras de los verdaderos maestros;

21

enséñanos la necesidad del trabajo, del estudio,

de la vida interior personal, de la oración,

pues sólo Tú ves en lo secreto.

Y a ti Virgen María, enséñanos a ser felices,

a alegrar nuestro corazón y a ser como Tú.

Amén.

UNIFORMES: Para e l Co leg io Don Bosco , e l uniforme es un símbolo institutional, que

imprime carácter y pertenencia; por tal motivo debe ser portado con dignidad y respeto dentro y fuera

de la institución para enaltecer la imagen del colegio. La presentación personal es primordial para

el desarrollo integral del estudiante; por lo tanto debe estar acorde con las pautas establecidas en

presente Manual. El uso de piercings, cabello largo para los hombres, tintes para el cabello, tatuajes

y maquillaje (cara y uñas) se considera irrespetuoso hacia el uniforme del Colegio y su cultura, al

igual que hacia la salud del estudiante; por consiguiente, no están permitidos.

El colegio adopta dos uniformes como símbolos institucionales, con las siguientes características:

A. UNIFORME DE DIARIO PARA PREESCOLAR, PRIMARIA Y BACHILLERATO

DAMAS:

Blusa blanca, según modelo.

La jardinera debe ser según el modelo institucional y de talle largo, el largo de

la jardinera debe llegar hasta 2 centímetros encima de la rodil la.

Zapatos colegiales rojos, de amarrar con cordones rojos.

Medias blancas, que den a la parte inferior de la rodilla.

Cabello ordenado sin ningún tipo de tintes, con accesorios de color blanco.

Por ningún motivo se debe usar maquillaje, esmalte de uñas, aretes grandes,

collares, manillas, piercing, tatuajes, entre otros.

VARONES:

Pantalón, según modelo institucional, (no entubado) con correa negra; para

Pre-escolar pantalón corto.

Camisa blanca manga corta cuello sport (Vestida por dentro del pantalón), con bolsillo y

escudo del colegio en el lado izquierdo.

Medias grises media caña.

Zapatos colegiales negros, de amarrar con cordones negros.

El corte de cabello debe ser clásico.

Deben abstenerse de usar collares, manillas, piercing, tatuajes, barba y bigote, entre

otros.

B. UNIFORME DE EDUCACIÓN FÍSICA:

22

Pantalón de sudadera según modelo institucional (no debe ser entubado).

Pantaloneta azul, según modelo institucional (de uso obligatorio para la clase).

Camibuso según modelo; usar camiseta blanca manga corta, de cuello redondo.

Medias blancas, media caña.

Tenis según modelo institucional.

C. CHAQUETA INSTITUCIONAL: En días lluviosos o fríos, con uniforme de diario o Educación

Física, salidas pedagógicas, convivencias, o retiros espirituales, solo se admitirá el uso de la

chaqueta que corresponde al uniforme de Educación Fisica.

D . EN CUANTO AL USO DEL UNIFORME SE DEBERÁ TENER EN CUENTA:

Los estudiantes deben presentarse al colegio con el uniforme completo para la

asistencia a clases y actividades de representación o cívicas.

El uniforme es de uso exclusivo para actividades del colegio.

El uniforme de educación física debe portarse únicamente según el horario correspondiente

a cada curso.

En caso de uso de brasier, top o camisilla debe ser de color blanco.

Por ningún motivo se pueden usar combinaciones de los dos uniformes, ni usar prendas

diferentes al uniforme.

Los modelos del uniforme no pueden ser modificados al gusto individual; UNIFORME = una

sola forma.

Se solicita a los padres de familia abstenerse de regalar cualquiera de las prendas de los

uniformes del colegio a personas ajenas a la institución, para evitar su uso indebido.

Por favor, envíenlas a la coordinación de convivencia, para adjudicarlas a estudiantes que

las necesiten.

PARÁGRAFO 1: Los estudiantes de Undécimo grado, usarán el camibuso de la promoción

correspondiente con el uniforme de educación física.

CAPÍTULO III

DE LA HIGIENE Y LA SALUD

ARTÍCULO 9. HIGIENE Y SALUD:

SALUD PÚBLICA: Salud Pública, es la responsabilidad estatal y ciudadana de protección de la

salud como un derecho esencial, individual, colectivo y comunitario logrado en función de las

condiciones de bienestar y calidad de vida. Cumplir con nuestros deberes no nos cuesta nada y sí

le aporta mucho a nuestra familia y a la sociedad.

23

HIGIENE Y SALUD: Somos personas valiosas. Fuimos creados por Dios con amor y perfección,

por eso tenemos muchas cualidades y buenos sentimientos, por lo tanto estamos en la obligación

de cuidar nuestro cuerpo y cultivar nuestra inteligencia, desarrollar nuestros talentos y controlar

nuestros impulsos y pasiones. Si se mantiene la salud y se cuida la vida, evitando los vicios y

sentimientos negativos como el odio, la ira y la venganza, podemos cumplir con todos los deberes.

EL ASEO Y LA PRESENTACIÓN PERSONAL: El aseo es la base de la estimación social ya que

un aspecto limpio y arreglado nos hace atractivos a los demás y les deja ver las cualidades que

poseemos. El aseo nos ayuda a conservar la salud. Cuando mantenemos nuestro entorno limpio, el

aire que se respira se hace limpio también. El asearse a diario da la seguridad de librase de las

impurezas del ambiente y de las que han sido producidas por el propio cuerpo, las cuales pueden

causar enfermedades si no se eliminan a través del baño diario.

El colegio Don Bosco adquiere el seguro de atención inmediata por accidentes para los estudiantes.

En caso de accidente se debe seguir el siguiente protocolo:

PROTOCOLO EN CASO DE ENFERMEDAD O ACCIDENTE:

PROTOCOLO DESCRIPCION

ACCIDENTE O ENFERMEDAD

1. EN CASO DE ENFERMEDAD Todo estudiante que durante la jornada escolar muestre síntomas de enfermedad (Dolores o malestar), será atendido por Enfermería o Coordinación de Convivencia quien llamará a los padres de familia o acudiente para reportar el caso y ellos tomarán la decisión de retirarlos del colegio o traerle el medicamento necesario. 2. EN CASO DE ACCIDENTE

Existen tres tipos de accidentes que pueden tener los estudiantes durante la jornada escolar, los cuales son evaluados por Coordinación de Convivencia. 2.1. ACCIDENTE LEVE SIN AVISO AL ACUDIENTE: Es el accidente que requiere atención del personal capacitado en primeros auxilios, pero que obviamente sea de carácter leve, pues no existe herida o golpe fuerte que comprometa el buen estado general del estudiante. Normalmente se supera con unos minutos de descanso o con un pequeño masaje. 2.2. ACCIDENTE LEVE CON AVISO AL ACUDIENTE Es el accidente que requiere atención del personal capacitado en primeros auxilios y que a pesar de ser menor, pues no existe herida o golpe que comprometa el buen estado general del estudiante, se considera adecuado que el reposo o recuperación lo haga en casa y al cuidado de su acudiente o un familiar responsable. La coordinación de convivencia llamará al acudiente

24

TITULO II

CAPITULO I

DEL PROCESO DE INSCRIPCIÓN

ARTICULO 10. INSCRIPCIÓN:

El proceso de admisión se llevará a cabo en el Colegio Don Bosco, en sus respectivas sedes. (Sede

Barzal: Preescolar a grado Tercero - Sede Buque: Grado cuarto a grado Noveno)

Requisitos para la Inscripción:

para que retire al estudiante, o en caso que ocurra durante el período de la hora de salida se avisa al acudiente o a la persona que retira al estudiante la situación para que sea observada su evolución en el hogar. 2.3. ACCIDENTE GRAVE CON LLAMADO AL ACUDIENTE Y

DESPLAZAMIENTO A CENTRO DE SALUD. Es el accidente que requiere atención inmediata de un centro asistencial. Las personas (Cualquier integrante de la comunidad educativa) que evidencien el accidente, deben llamar de inmediato a Coordinación de Convivencia o enfermería, quien tomará las medidas para su primera atención. En caso de golpes o heridas en la cabeza, espalda u otras consideradas graves, el accidentado no debe ser movido del lugar. La persona que está cerca del accidentado informará de los datos esenciales del accidente (hora, lugar, causa, síntomas), aplicará atención primaria e informara a las directivas, quienes llamarán a su acudiente para informarle la situación. Las directivas, vía telefónica, consultará al padre de familia respecto a la forma de traslado del accidentado. El padre de familia deberá indicar si retirará personalmente al estudiante o si el colegio será quien traslade al estudiante al centro médico indicado. Cuando el padre de familia no contesta las llamadas, se dejará un mensaje de voz informándoles sobre lo acontecido; los coordinadores de convivencia llamarán a la aseguradora y se adelantará el proceso de desplazamiento del estudiante al centro de salud autorizado. Los padres de familia o acudientes deberán hacerse presentes en el lugar de atención, para continuar con el proceso. Nota: En cualquiera de los casos presentados anteriormente, se diligencia el registro Reportes de situaciones de convivencia en caso de accidente.

25

Es indispensable en Preescolar, cumplir con la edad mínima para el ingreso a cada grado

(Art. 11 Admisiones)

Cancelar los derechos para la Inscripción (Este valor no es reembolsable)

Radicar el formulario y el informe valorativo del aspirante con los siguientes documentos:

- Informe de valoraciones académicas del primer, segundo, tercer y cuarto periodo del

año en curso. (Dependiendo de la fecha de radicación de la documentación)

- Fotocopia del documento de identificación del aspirante. (150%)

- Fotocopia del documento de identidad de los Padres de Familia o Acudientes del

aspirante. (150%)

- Presentar y aprobar las pruebas escritas de admisión en las áreas de Matemáticas,

Lengua Castellana e Inglés. (Para grado 9° la prueba será aplicada por un evaluador

externo).

- El aspirante se debe presentar junto con sus Padres y/o Acudientes en la fecha y hora

indicada para la entrevista con la Psicóloga.

- Obtener la carta de Bienvenida al Colegio y la orden de Matricula.

CAPITULO II

DEL PROCESO DE ADMISIONES

ARTÍCULO 11. ADMISIÓN:

El colegio se reserva el derecho de admisión de acuerdo con el siguiente proceso:

Cumplir con el trámite de inscripción y adjuntar la documentación requerida.

Presentar prueba académica del año cursado (de primero a undécimo)

Presentar entrevista familiar.

Acreditar, por medio de los informes de valoración del colegio de procedencia, un buen

desempeño académico y de convivencia.

Los estudiantes provenientes de colegios de Calendario “B” o del extranjero deben realizar

proceso de admisión y serán matriculados en el grado que quede ubicado de acuerdo a

los resultados de la prueba de suficiencia académica.

Los estudiantes extranjeros deben presentar:

Pasaporte

Cédula de extranjería

Certificados de estudios apostillados por el Ministerio de Educación Nacional o

entidad responsable.

Cumplir con la edad mínima correspondiente a cada grado (cumplida al 31 de Marzo):

PREJARDÍN: 3 años

JARDÍN: 4 años

TRANSICIÓN: 5 años

26

PRIMERO: 6 años

Los estudiantes que presentan algún tipo de discapcidad diagnósticada medicamente

deberán hacer entrega de los siguientes documentos:

Diagnostico médico

Plan individual de apoyo y ajuste razonable de la institución de procedencia, en

caso de que aplique.

Fotocopia del acta de acuerdo celebrado entre los Padres de Familia y la

Institución Educativa de procedencia, en caso que aplique.

De ser admitidos, los estudiantes que presentan alguna dificultad de carácter disciplinario y/o bajo

rendimiento académico, firmarán un compromiso académico y/o convivencial, que implica efectuar

las nivelaciones correspondientes en las áreas evaluadas que presentan bajo desempeño.

27

CAPITULO III

DEL PROCESO DE MATRÍCULA

ARTÍCULO 12. MATRÍCULA ESTUDIANTES NUEVOS:

28

La matrícula es un compromiso bilateral, firmado entre los padres de Familia o acudientes del

educando y el rector del colegio, por el año lectivo correspondiente; el estudiante y sus padres

o acudientes deben firmar la matrícula, en las fechas establecidas; en caso contrario el colegio podrá

disponer del cupo.

Para su validez se deben presentar los siguientes documentos:

1. Orden de matrícula (El colegio se reserva el derecho de aceptar estudiantes nuevos, de

acuerdo con el proceso de admisión).

2. Hoja de matrícula (nuevos): Diligenciar en la sede respectiva antes de la matrícula en el área

de secretaría.

3. Reporte expedido por el colegio de procedencia, donde se realiza el retiro del SIMAT.

4. Carpeta desacificada oficio colgante oficio y carpeta celuguía tamaño carta desacificada con

gancho legajador plástico.

5. Fotocopia del Registro Civil o Tarjeta de Identidad (mayores de 7 años)

6. Fotocopia del carné de vacunación (Pre-Escolar)

7. Fotocopia del carné de la EPS o certificación expedida por la EPS

8. Fotocopia del RH, si este no se encuentra en el documento de identidad.

9. Paz y salvo estudiantil del año anterior.

10. Cuatro fotos recientes 3x4 fondo azul, debidamente marcadas con el nombre, apellido

y grado

11. Certificado original de calificaciones del último grado cursado, para estudiantes nuevos; los

antiguos deberán presentar el informe final de calificaciones.

12. Recibo de pago de los costos de matrícula y seguro estudiantil.

13. Recibo del pago de Asopadres (marcado al respaldo con el nombre del estudiante y

grado).

14. Certificados desde 5° de primaria hasta 10° grado (para grado undécimo).

15. Contrato de prestación de servicios educativos y pagaré diligenciados (autenticados ante

notaria.)

16. Fotocopia de la cédula del contratante y codeudor ampliada al 150%.

17. Los estudiantes extranjeros deben presentar:

Pasaporte

Cédula de extranjería

Certificados de estudios apostillados por el Ministerio de Educación Nacional o

entidad responsable.

PARÁGRAFO 1: Para efectos de separación del cupo para el año siguiente, los Padres de Familia

o Acudientes, diligenciarán la solicitud por medio del formato que debe ser entregado en la fecha

establecida por el Colegio. Caso contrario el Colegio podrá disponer del cupo para estudiantes

nuevos.

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PARÁGRAFO 2: Los Padres de Familia o Acudientes responsables de los pagos educativos del

estudiante, firmarán los respectivos documentos de matrícula.

ARTÍCULO 13. DESARROLLO DEL PROCEDIMIENTO DE MATRÍCULA:

Los padres presentan la documentación completa en secretaría académica de la sede

administrativa del colegio, ubicada en el barrio el Barzal, de acuerdo a las fechas

programadas, en caso contrario el colegio podrá disponer de este cupo (Formulario de

Inscripción, Certificaciones de los años anteriores, Paz y Salvo, Certificación retiro del Simat,

Recibo de pago de costos educativos y matrícula).

Registro del estudiante: Se diligencia el contrato de matrícula.

Firma del libro de matrícula, por parte del padre o acudientes como también del estudiante.

Si la solicitud de ingreso es para repetir el año lectivo se realizará un estudio por psicología

y se firmará acta de compromiso Académico y de Convivencia.

ARTÍCULO 14. RENOVACIÓN DEL CONTRATO DE MATRÍCULA:

Para la renovación del contrato de matrícula, los estudiantes antiguos deben presenter, si excepción alguna, los siguientes documentos:

Formato de confirmación de cupo, debidamente autorizado por Rectoría. (Este formato se

debe diligenciar en el mes de octubre). De no hacerlo la familia deja en libertad al colegio

para ceder el cupo a otra familia interesada.

Orden de matrícula.

Recibo del pago de matrícula.

Recibo del pago del seguro Estudiantil.

Paz y salvo por todo concepto con el Colegio.

Fotocopia de la cédula de ciudadanía al 150% del padre de familia y/o acudiente que va a

responder económicamente por la (el) estudiante, si cambia el responsable económico

actual.

Certificado de afiliación a la EPS en caso de cambio. (si en el transcurso del año hay cambio

de EPS se debe notificar al colegio).

Fotocopia de la Tarjeta de Identidad al 150% para estudiantes mayores de 7 años; si no la

ha presentado.

CONTRATO DE MATRÍCULA: Diligenciar todos los espacios que aparecen en blanco.

PAGARÉ. Diligenciar el espacio “Yo, (Nosotros) ___” con la información del padre de familia

y/o acudiente que responde económicamente por la (el) estudiante y las firmas respectivas.

Los demás espacios se dejan en BLANCO.

CARTA DE AUTORIZACIÓN: Diligenciar los espacios de deudor, codeudor, nombre del

estudiante y grado para el cual fue promovido y las firmas. Autenticar la firma del DEUDOR

30

quien es la persona que responde económicamente por el estudiante, este documento queda

sin fechas porque será válido durante la permanencia del estudiante en el Colegio.

Para la firma de la matricula ES INDISPENSABLE la presencia del estudiante, del padre de

familia y del acudiente que responderá económicamente por la (el) estudiante.

El responsable económico del estudiante debe firmar: La matrícula, el contrato, carta de

autorización y pagaré.

ARTÍCULO 15. ADQUISICIÓN DE LA CALIDAD DE ESTUDIANTE BOSCONIANO:

DEFINICIÓN. Es estudiante del Colegio Don Bosco, toda persona que acredite matrícula vigente.

Para adquirir la calidad de estudiante del Colegio Don Bosco, es necesario haber cumplido con el

proceso de admisión y matrícula, aceptando la filosofía, objetivos y reglamento institucional. (Manual

de Convivencia)

VIGENCIA. La calidad de estudiante se mantiene durante el año lectivo según la matrícula.

ARTICULO 16. PÉRDIDA DE LA CALIDAD DE ESTUDIANTE BOSCONIANO. Se pierde la calidad

de estudiante del Colegio Don Bosco, en caso de:

a. Cuando se haya completado el ciclo de estudios que ofrece la institución.

b. Cuando no se haya hecho uso, sin causa justificada y aviso previo del derecho de matrícula o

de renovación del contrato de ésta, dentro de los plazos fijados por la institución.

c. Cuando se ha vencido el plazo de matricula y no se haya hecho uso de este derecho.

d. Cuando así lo determine la autoridad competente por razones académicas,

comportamentales o de prevención sanitaria.

e. Por retiro voluntario, expresado por el estudiante junto con el padre de familia, o su

representante legal.

f. Cuando se compruebe la falsedad en la información o documentación para ingresar a la

institución.

g. Por el incumplimiento de los Padres de Familia o Acudientes, en el pago del servicio educativo.

h. Comprobar deslealtad con el colegio, tanto de Padres de Familia, Acudientes o Estudiantes, en

publicación de anónimos y/o liderar movimientos que vayan en contra de la buena moral y

costumbres del colegio.

i. No compartir el horizonte institucional del Colegio y no estar de acuerdo con los criterios

establecidos para alcanzar la excelencia académica de sus hijos y el incumplimiento con lo

dispuesto en el Manual de Convivencia.

j. No haber diligenciado el formato de separación del cupo, solicitado por la rectoría.

PARÁGRAFO: Los casos de posible pérdida de la calidad de estudiante Bosconiano serán

presentados al Consejo Directivo el cual decidirá la permanencia o no permanencia del estudiante

en el colegio para el siguiente año lectivo.

31

TITULO III

CAPITULO I

DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA

ARTÍCULO 17. CONFORMACIÓN:

La comunidad educativa está conformada por todas las personas que integran o participan del

proceso educativo. Este grupo de personas se propone un proyecto común el que se irá

construyendo día a día.

Nuestra comunidad educativa tiene como eje, el esfuerzo y dedicación al estudiante, quien participa

activa y comprometidamente (Art. 6 Ley 115 de 1994). En su beneficio se conectan los esfuerzos de

los diferentes estamentos:

Los estudiantes: El estudiante Bosconiano como centro del quehacer educativo de la

Institución, está llamado a liderar su propio proceso de construcción personal y social que

lo conduzca a diseñar su proyecto de vida.

Las familias: Principales y primeros gestores y constructores del proceso de formación de

sus hijos, que apoyan al colegio a través de un proyecto de vida que se construye día a día

gracias a la identidad Bosconiana.

Los docentes: Acompañantes y orientadores de los procesos de crecimiento y formación

de cada uno de los estudiantes.

Las directivas: Encargadas de dinamizar, motivar y orientar a la comunidad en la acción

educativa.

El personal administrativo: Encargado de testimoniar desde su trabajo el espíritu

Bosconiano, siendo partícipe de la obra educativa.

El personal de bienestar: Encargado de orientar a la comunidad desde su ámbito

profesional, para el mejoramiento continuo de la calidad educativa.

El personal de servicios generales: Ayudan desde sus labores al mantenimiento de la

institución.

Los egresados: Canalizadores y reflejo de las acciones educativas, para la orientación de

los nuevos procesos educativos que respondan a la realidad contemporánea.

ARTÍCULO 18. MISIÓN, VISIÓN Y OBJETIVOS INSTITUCIONALES:

32

MISIÓN:

Somos una organización educativa, formadora de seres humanos competentes, exitosos y felices;

a través de un modelo educativo humanista, moderno y espiritual que permite valorar, apreciar,

apasionarse y comprometerse autónomamente con su Proyecto de Vida.

VISIÓN:

Para el año 2020, el Colegio Don Bosco será una Organización Educativa líder a nivel nacional,

reconocida por su formación en valores y su alto desempeño académico, orientada por un talento

humano competente y comprometido con el aseguramiento de la calidad en el servicio, apoyado en

una excelente infraestructura física.

OBJETIVO GENERAL:

Contribuir en la formación de seres humanos que sean capaces de valorar su entorno y su vida, con

alto grado de decisión, líderes en el campo que decidan proyectarse, competentes en el manejo de

su afectividad y expresividad e inteligentes en la utilización de los recursos y herramientas de su

cotidianidad.

OBJETIVOS ESPECÍFICOS:

Fortalecer en la comunidad Bosconiana el reconocimiento y el amor a Dios como Ser

Supremo.

Proporcionar al estudiante herramientas para que a través de su desarrollo holístico pueda

definir su Proyecto de Vida.

Formar personas integrales que vivencien y respeten los valores sociales y morales.

Incorporar en la educación de los estudiantes procesos de aprehendizaje que le

permitan hacer significativos sus saberes trasformando su entorno.

Potenciar habilidades intelectuales como comprender, leer, expresar y escribir.

Brindar diferentes opciones para el adecuado desarrollo de los talentos deportivos,

culturales y artísticos.

CAPÍTULO II

DE LOS ESTUDIANTES BOSCONIANOS

ARTÍCULO 19. PERFIL DEL ESTUDIANTE BOSCONIANO:

El perfil del estudiante del Colegio Don Bosco, refleja en su vida valores, competencias, criterios y

actitudes, que lo identifican ante la sociedad como una persona líder, con identidad cultural y arraigo

33

en la historia, de fe, auténtico para construir y ser protagonista de su proyecto de vida, con capacidad

de comprender e intervenir eficazmente en la solución de conflictos sociales, científicos, tecnológicos

y ambientales.

Las características de un estudiante Bosconiano son:

Consciente de su vocación humana, como hijo de Dios y miembro de una sociedad.

Comprometido con la filosofía bosconiana y fiel testimonio de los valores institucionales.

Reflexivo, crítico e investigativo.

Partícipe de su formación integral.

Tolerante y respetuoso.

Autónomo y creativo.

Leal con la institución.

Responsable en el aprovechamiento de los recursos naturales, culturales, técnicos,

tecnológicos y científicos.

Dispuesto a trabajar en equipo, respetando las diferencias y propiciando la convivencia

pacífica.

Propositivo ante las dificultades y flexible a los cambios que demanden los nuevos tiempos.

ARTÍCULO 20. DERECHOS DEL ESTUDIANTE BOSCONIANO: El estudiante del Colegio Don

Bosco, legalmente matriculado, tiene derecho a:

1. Ejercer los derechos consagrados en la Constitución Nacional y en la Ley General de

Educación, y el Código de Infancia y Adolescencia.

2. Gozar de las mismas libertades y oportunidades, sin ningún tipo de discriminación, en razón

de su credo religioso, raza, distinción cultural, política e inclinación sexual, siempre y cuando

en este ejercicio no se perjudiquen los principios de formación filosóficos y religiosos, que

rigen al Colegio Don Bosco de Villavicencio.

3. Recibir buen trato, sin agresiones físicas, psicológicas o verbales, por cuanto el colegio

promueve y facilita un ambiente de convivencia sincera, dialogante y reflexiva, donde se

evitan comportamientos despectivos, subestimación o intimidaciones.

4. Expresar y difundir ideas, pensamientos y opiniones, en todos los campos, siempre y

cuando no atenten contra los demás y no afecten sanos principios religiosos, éticos,

morales, patrios, sociales, culturales y económicos del colegio.

5. Presentar solicitudes respetuosas ante cualquier miembro de la comunidad educativa o

persona indicada, en forma directa o por intermedio de los delegados de las diferentes

instancias de participación, y a obtener respuesta a las solicitudes y peticiones.

34

6. Disfrutar de un ambiente propicio para su desarrollo y para su educación, tanto en el colegio

como en su hogar.

7. Ser escuchado y presentar defensa en todos los procedimientos en los cuales pueda ser

sancionado, de acuerdo con el conducto regular establecido por el colegio.

8. Recibir una inducción sobre la filosofía, derechos, principios, deberes y procesos de

orden académico, comportamental y cultural, según lo establecido en el Proyecto Educativo

Institucional.

9. Vivir en un ambiente de honestidad y dignidad y a ser educado en los principios que inspiran

el Proyecto Educativo Institucional, como persona, con alto sentido de espiritualidad y un

gran don de servicio a la comunidad, agente de cambio y comprometido con el mundo que

lo rodea.

10. Recibir ayuda que complemente su formación integral, a través de asesoría espiritual,

servicio de psicorientación, coordinación académica y coordinación de convivencia.

11. Recibir estímulos correspondientes a su liderazgo positivo, de acuerdo con las posibilidades

del colegio y lo reglamentado en el presente manual. (En concordancia con el Título III,

Capitulo V, artículo 25)

12. Participar activa y responsablemente en el proceso de autoevaluación institucional para dar

aportes constructivos con miras a obtener logros y beneficios en común.

13. Ser evaluado en forma continua e integral y conocer oportunamente los resultados del

proceso de aprendizaje, los resultados de evaluaciones, el registro escolar de valoración, el

observador y las recomendaciones realizadas por docentes y directivos.

14. Elegir y ser elegido en las instancias de la representación estudiantil de acuerdo con las

disposiciones legales.

15. Recibir la formación académica según lo establecido en el plan de estudios del colegio de

acuerdo con la estructuración de grados, asignaturas, calendario y horarios; cuando

presente excusas debidamente justificadas, presentando las actividades académicas

desarrolladas durante su ausencia.

16. Utilizar los servicios complementarios ofrecidos por la institución, según las condiciones

establecidas.

17. Ser informado oportunamente sobre la planeación de todos los eventos institucionales.

18. Exigir el cumplimiento del Manual de Convivencia.

35

ARTÍCULO 21. DEBERES DEL ESTUDIANTE BOSCONIANO: Todo estudiante del Colegio Don

Bosco, al firmar la matrícula, se compromete a cumplir los siguientes deberes:

1. Valorar y respetar la vida y la integridad personal del otro, como su propia vida.

2. Conocer y respetar la filosofía y los principios del colegio y el Proyecto Educativo Institucional.

3. Conocer y acatar lo dispuesto en el presente Manual de Convivencia, asistir a la jornada de inducción para estudiantes nuevos; así como cumpir con las indicaciones de las directivas y docentes del colegio.

4. Respetar y hacer respetar el nombre del colegio, velar por el prestigio del mismo y actuar con honestidad en todos los eventos, tanto personales como institucionales.

5. Cumplir puntual y responsablemente con los horarios, las misiones, el porte de la agenda, el carné estudiantil y demás actividades programadas por el colegio.

6. Solicitar a coordinación académica en forma escrita y con firma de los Padres de Familia o acudientes con 2 días de anterioridad, el permiso de no asistencia al colegio, si la inasistencia es igual o mayor a tres (3) días, deberá ser autorizado por la Rectoría, si es igual o menor a dos (2) días, será autorizado directamente por Coordinación Académica.

7. Presentar a los docentes y posteriormente a Coordinación de Convivencia, el formato (CDB-F038-version 2), en caso de salida del Colegio durante la jornada académica; a su regreso presentar la excusa correspondiente.

8. Presentar la correspondiente autorización o permiso de los padres de familia o acudiente, para las actividades programadas por el colegio en donde el estudiante deba desplazarse fuera de la Institución, Si no es presentado el permiso el estudiante no realizará la actividad y se quedará en el colegio cumpliendo con el horario de clase.

9. Presentar la certificación médica, al reintegrarse a las jornadas académicas, cuando la ausencia a las actividades escolares este originada por situaciones de salud y responsabilizarse del cumplimiento de las actividades pendientes.

10. Llevar con orgullo, pulcritud, orden y respeto el uniforme y mantener la presentación exigida por el colegio, dentro y fuera de la Institución. (En concordancia con el artículo 8 del presente Manual). En cuanto al uso de los zapatos de educación física, los estudiantes deben entrar al colegio con los zapatos limpios, incluyendo los cordones. Si son zapatos de años anteriores, es necesario limpiarlos con algún producto que cubra las rayaduras y demás imperfecciones del calzado.

11. Practicar las normas de urbanidad, buenos modales y aceptar respetuosamente las correcciones impartidas por las directivas y docentes de la institución.

12. Dar un trato respetuoso a todas las personas de la institución sin discriminación alguna.

36

13. Aceptar y respetar la pluralidad de ideas y las decisiones tomadas por consenso, con solidaridad y lealtad.

14. Respetar y cuidar los bienes y enseres del colegio.

15. Respetar los bienes ajenos y dar uso adecuado a los propios.

16. Permanecer en el lugar asignado durante el tiempo previsto para las diferentes actividades y aprovechar el tiempo de descanso para la sana recreación.

17. Entregar oportunamente a los padres o acudientes toda la información que envíe el colegio y regresar los desprendibles correspondientes debidamente firmados y dentro de los plazos estipulados.

18. Portar únicamente los útiles de estudio, los libros y materiales necesarios, en orden y aseo; abstenerse de traer a la institución elementos diferentes a los que se requieren para el desarrollo de actividades del servicio educativo y evitar el uso de objetos de alto valor que no hagan parte del material escolar; el colegio no se hace responsable bajo ninguna circunstancia de la pérdida de estos objetos.

19. Abstenerse de traer a la institución equipos celulares y/o cualquier elemento electrónico. Si se necesita llamar a un familiar, en Secretaría o Convivencia se facilita el celular.

20. Utilizar en forma adecuada la tecnología informática, los equipos especializados y demás elementos que el colegio dispone para el servicio educativo.

21. Abstenerse de recoger dinero, hacer rifas y ventas o comercializar productos dentro del colegio, sin previo permiso de la Rectoría.

22. Se prohíbe portar, traer, distribuir y/o usar material pornográfico, armas, juguetes bélicos y/o artefactos que generen violencia, terrorismo o induzcan a ello.

23. Preservar el bienestar de la comunidad educativa y la conservación individual de la salud, según las reglas de salud pública en donde ningún estudiante podrá consumir o distribuir bebidas alcohólicas, cigarrillo, o sustancias psicoactivas y psicotrópicas.

24. Portar el carné estudiantil dentro del colegio y para todos los actos de representación de la institución.

25. Propiciar y favorecer con lealtad recíproca las relaciones entre el colegio y su familia, así como entre los diferentes integrantes de la comunidad educativa.

26. Abstenerse de inducir a sus compañeros y a otras personas a comportamientos nocivos o negativos mediante conversaciones, invitaciones o sugerencias de cualquier tipo o naturaleza.

27. Ser solidario en caso de calamidades o dificultades, que puedan presentarse.

37

28. Mantener permanentemente una preocupación real por su buen desempeño académico y de convivencia.

29. Emplear en todas las intervenciones un vocabulario respetuoso, cortés y abstenerse de utilizar expresiones soeces.

30. Comprometerse y participar en los diferentes eventos organizados por la institución. (Retiros Espirituales, Convivrncias, Salidas Pedagógicas, Olimpiadas Deportivas, entre otros).

31. Comportarse dentro y fuera del colegio acorde con los principios institucionales.

32. Abstenerse de comprar objetos y comestibles a vendedores ambulantes, al ingresar o salir de la institución, por su seguridad y salud.

33. Hacer uso correcto de los servicios sanitarios y no utilizar elementos que puedan llegar a dañarlos. (En concordancia con el artículo 34 numeral 14)

34. Portar el uniforme adecuadamente en la ruta escolar, manteniendo un adecuado vocabulario, respeto con sus compañeros y personal a cargo del transporte escolar.

35. Asimismo, en la ruta escolar, abstenerse de usar celular u otro artefacto electrónico y evitar comprar cualquier elemento o alimento durante el recorrido, por seguridad y salud.

36. Asumir y seguir las directrices establecidas por la institución educativa para el reciclaje de basuras.

37. Abstenerse de participar en barras o porras que atenten contra la buena marcha y desarrollo de las actividades académicas, la integridad personal, psicológica y moral de los integrantes de la comunidad educativa.

38. Marcar claramente todas las prendas del uniforme al igual que los libros y materiales de estudio.

39. Cuidar su salud física y mental como valor primordial. En consecuencia el uso de alfileres, pircing, tatuajes u otros aditamentos que perforen la piel no son permitidos por generar riesgos de salud para sus propios portadores y otros integrantes de la comunidad.

40. Mantener un corte de cabello clásico, por razones formativas y de desarrollo, sin incurrir en otros estilos que perjudiquen su presentación personal y la imagen institucional.

41. Abstenerse de usar cualquier clase de accesorios, (pulseras o manillas) maquillaje, tintes (parcial o total) en el cabello y sólo será permitido para las uñas el esmalte transparente.

42. Ningún estudiante podrá permanecer en los predios del colegio una vez finalizada la jornada salvo que medie alguna actividad académica, formativa o deportiva, previamente establecida y comunicada.

38

43. Es responsabilidad del estudiante abordar oportunamente el transporte escolar teniendo en cuenta los horarios establecidos; en el caso que el estudiante se quede de la ruta, se dará aviso a los padres de familia o acudientes, quienes deben recogerlo en el colegio.

44. En caso de ausencia el estudiante al reintegrarse debe presentar al coordinador académico la excusa según amerite la situación para que se valide la presentación de los compromisos académicos.

45. Permanecer en los lugares indicados de acuerdo con las actividades que se estén llevando a cabo.

46. Entregar a coordinación de convivencia cualquier objeto que encuentre y no le pertenezca, para que el dueño pueda recuperarlo.

47. Respetar los símbolos patrios e institucionales.

48. Evitar manifestaciones de afecto propias de espacios íntimos, como caricias, abrazos y besos. Esta visión se toma en coherencia con nuestra cultura, valores y tradiciones nacionales en términos de respeto y decoro. También analizada a la luz de la posición de la corte suprema en cuanto a que existen lugares más apropiados para ellas que las instituciones educativas. En concordancia con la T-366/92.

49. Si el estudiante ingresa después de las 7:15 a.m. al colegio, debe presentarse con el Padre de Familia o acudiente quien informa el motivo del atraso.

50. Cumplir con todos los deberes estipulados en el manual de convivencia.

CAPÍTULO III

DE LOS PADRES, MADRES DE FAMILIA Y/O ACUDIENTES BOSCONIANOS

ARTICULO 22. PERFIL DEL PADRE, MADRE DE FAMILIA Y/O ACUDIENTE BOSCONIANO:

Son los padres de familia o acudientes los principales y primeros responsables del proceso de

formación de sus hijos. Por eso la colaboración y comunicación con el Colegio Don Bosco deben

ser permanentes para que se logren las metas propuestas por nuestra institución en cuanto a la

formación integral de los niños y jóvenes.

Por tanto, los padres y madres de familia del Colegio Don Bosco deben ser:

Conscientes de la importancia que tiene para sus hijos la unidad familiar y de su

responsabilidad como primeros educadores.

Modelos de ecuanimidad, amor, respeto, honestidad, responsabilidad y justicia.

Capaces de construir con los docentes un binomio de orientación y formación inseparable.

Dispuestos a estimular todo aquello que contribuya al desarrollo humano, físico, moral,

intelectual y espiritual de sus hijos; por tanto, apoyarán al Colegio Don Bosco en todo lo

pertinente al cumplimiento de su proyecto educativo institucional.

39

Comprometidos en la creación de hábitos de estudio al interior de la familia.

Orientadores académicos y acompañantes del proceso de aprendizaje de sus hijos.

Conocedores y comprometidos con el proyecto educativo del colegio.

Personas con altas expectativas y aspiraciones propias y para sus hijos.

ARTÍCULO 23. DERECHOS DEL PADRE, MADRE DE FAMILIA Y/O ACUDIENTE BOSCONIANO:

Los padres de familia o acudientes, debidamente registrados en el libro de matrícula del colegio,

gozan de todos los derechos y garantías civiles reconocidas en la Legislación Colombiana y en

concordancia con ésta, tienen especialmente los siguientes:

1. Conocer las características del colegio, los principios que lo orientan, el Proyecto

Educativo Institucional, el Manual de Convivencia, el Plan de Estudios, el Sistema

Institucional de Evaluación y Promoción y el Plan de Mejoramiento Institucional.

2. Ser atendidos por el personal directivo, docente y administrativo del colegio, en los horarios

establecidos para tal fin y siguiendo el conducto regular: docente de la asignatura, director

de curso, coordinación académica o de convivencia (según el caso), rectoría, consejo

directivo.

3. Recibir un trato cortés y respetuoso por todos los integrantes de la comunidad educativa.

4. Recibir información institucional, académica o de convivencia, aclarar dudas, resolver

inquietudes, presentar reclamos y hacer las sugerencias que considere pertinentes, dentro

del debido respeto y conducto regular.

5. Recibir periódicamente el informe detallado del rendimiento académico y comportamental

de sus hijos, siempre y cuando estén a paz y salvo, por todo concepto, con la institución.

6. Beneficiarse de los servicios, programas de psicología y orientación familiar, ofrecidos por

el Colegio.

7. Hacer parte de la Asociación de Padres de Familia, del Consejo de Padres, Comité Escolar

de Convivencia y demás comités establecidos en el Gobierno escolar de la institución,

según las características de elección y participación.

8. Participar en las actividades institucionales programadas para padres de familia.

9. Participar en la evaluación del Proyecto Educativo Institucional y del Manual de Convivencia.

10. Representar al estudiante en todas las actuaciones en las que sea necesario o conveniente;

especialmente en las situaciones en las que se vea involucrado.

11. Presentar sus inconformidades en forma verbal o escrita, siguiendo el conducto regular.

40

12. Los demás que se prevean dentro de la ley y en las normas educativas vigentes.

ARTÍCULO 24. DEBERES DEL PADRE, MADRE DE FAMILIA Y/O ACUDIENTE BOSCONIANO: De

acuerdo con la filosofía del colegio, los padres de familia son los primeros y principales educadores

de sus hijos, artífices de la unidad familiar y responsables de la formación de sus valores humanos.

Por tal razón, el Colegio Don Bosco propende por una integración y participación activa de los padres

de familia o acudientes en el proceso educativo.

Al legalizar y firmar la matrícula, el padre de familia o acudiente adquiere con el colegio y con sus

hijos los siguientes deberes:

1. Conocer y comprometerse con el cumplimiento del Manual de Convivencia de la institución

y acatar las disposiciones legales que rigen las relaciones de la comunidad educativa,

acogiéndolas como norma para la vida.

2. Cancelar oportunamente los compromisos económicos que se adquieren con el colegio,

dentro de los plazos y términos establecidos para cada evento.

3. Responder por sus daños o los que sus hijos causen dentro o fuera de la institución,

restituyéndolos o cancelando el valor equivalente, dentro del plazo acordado con la

autoridad institucional correspondiente.

4. Consignar en la entidad bancaria señalada por el colegio, durante los primeros cinco días

de cada mes, el valor por concepto de servicios educativos y demás compromisos

económicos aprobados por la Secretaria de Educación Municipal. En caso de

incumplimiento el colegio queda facultado para acudir a empresas externas de cobranza, y

realizar el recargo legal por mora correspondiente por cada mes de incumplimiento, además

reportar los deudores a las centrales de riesgo (En concordancia con el contrato de

prestación de servicios).

5. Firmar, atender y cumplir las programaciones institucionales, resoluciones, circulares,

memorandos y oficios que emanen del colegio como resultado de su organización interna.

6. Orientar a los estudiantes en los aspectos morales y sociales, proporcionándoles un

ambiente de comprensión, cariño, respeto y buen ejemplo, corrigiéndolos en forma oportuna

y adecuada.

7. Supervisar y acompañar el cumplimiento de los deberes académicos y comportamentales

de los hijos, dando oportunidad para que asuman sus propias responsabilidades.

8. Abstenerse de promover excursiones, fiestas y demás actividades en nombre de la

institución sin contar con el aval correspondiente de rectoría.

41

9. Suministrar oportunamente a los estudiantes los uniformes, textos, útiles o cualquier otro

requerimiento hecho por el colegio, para el buen desarrollo de las actividades pedagógicas.

10. Asistir en la hora y fecha fijadas a las reuniones y actividades programadas tales como:

entrega de informes, talleres, conferencias, escuela para padres etc.; así mismo a las

citaciones enviadas por el colegio, disponiendo en todos los casos del tiempo necesario.

11. Devolver al colegio el desprendible de las circulares o las notificaciones debidamente

diligenciadas y firmadas el día siguiente de recibo del mismo o en todo caso en la fecha

exigida para cada evento.

12. Solicitar a la coordinación académica y rectoría en forma escrita y con sus firmas, con

mínimo dos días de anterioridad, los permisos de sus hijos para no asistir al colegio,

comprometiéndose a adelantar los temas vistos en las diferentes asignaturas. (En

concordancia con el articulo 34 numeral 6)

13. Si el estudiante es retirado dentro del transcurso de la jornada escolar el padre o acudiente

deberá diligenciar el formato CDB-F-038 VERSION 02 que debe ser autorizado por

coordinación de convivencia y será recepcionado en secretaria. (En concordancia con el

articulo 34 numeral 7)

14. Informar de manera escrita en la agenda a la institución si una persona diferente al padre de

familia o acudiente retirará al estudiante, el cual debe presentarse a la coordinación de

convivencia con documento de identidad que lo acredite como tal.

15. En caso de inasistencia presentar en la agenda escolar a coordinación académica la excusa

o incapacidad médica correspondiente, para poder presentar misiones, talleres y pruebas

pendientes.

16. Fomentar en los estudiantes normas de urbanidad y buenas costumbres, propendiendo por

un excelente manejo de las relaciones interpersonales a nivel del hogar, del colegio y con

la comunidad en general.

17. Analizar y controlar en forma continua los resultados académicos de sus hijos, estimulando

sus logros, estableciendo correctivos a situaciones que así lo requieran y solicitar los

informes pertinentes en el horario establecido de atención a padres de familia o acudientes.

18. Evitar las agresiones físicas o verbales entre los miembros del grupo familiar, puesto que

van en contra de la integridad física, moral y psicológica de sus propios hijos.

19. Inculcar en los estudiantes hábitos de aseo, pulcritud personal y el cuidado de los elementos

que utilicen, sean o no de su propiedad.

42

20. Evitar que los estudiantes traigan al colegio elementos diferentes a los útiles escolares y

vestuario reglamentario; la institución no responderá por la pérdida de joyas,

dispositivos electrónicos, juguetes, o ninguna clase de elementos de valor.

21. Devolver al colegio cualquier objeto que lleven los estudiantes a casa y no sea de su

propiedad.

22. Dar a conocer en forma oportuna a quien corresponda, dificultades conductuales o

actitudinales observadas en los estudiantes, para brindarles ayuda adecuada en el colegio.

En casos especiales, entregar a Coordinación de Convivencia la certificación médica en la

cual se consignen detalladamente los cuidados y precauciones con el estudiante y/o

medicamento prescritos.

23. Presentar, para el caso de estudiantes que requieran de algún medicamento, la formula

expedida por el médico, de lo contrario el colegio no está autorizado para suministrar

ningún tipo de medicamentos.

24. Fomentar y apoyar en los estudiantes la participación en actividades académicas,

convivenciales, espirituales, culturales, artísticas y deportivas que ayuden a su formación

integral.

25. Fortalecer los valores de la institución, evitando críticas o comentarios destructivos que

desfavorezcan el buen nombre de la misma.

26. Seguir el conducto regular: Profesor, director de curso, coordinador, Rectoría y consejo

directivo, al presentar algún reclamo o sugerencia y hacerlo de manera oportuna y

respetuosa.

27. Adquirir el seguro contra accidentes. En caso de no tomarlo se autoriza automáticamente al

colegio para llevar al estudiante al centro médico u hospitalario más cercano, cuando se

trate de una situación de emergencia. En este evento, el padre de familia o acudiente debe

cancelar directamente al centro médico u hospitalario los gastos que ocasione la atención.

28. Participar en las actividades de la asociación de padres de familia, Consejo de Padres,

consejo directivo, Comité de Convivencia Escolar y demás comités haciendo uso de sus

derechos y deberes.

29. Ser responsable en la asistencia del estudiante al colegio y el cumplimiento estricto de todo

lo estipulado en el presente manual de convivencia.

30. Recoger puntualmente a los estudiantes a la salida del colegio y en los sitios establecidos

por el colegio.

43

31. Revisar los medios de comunicación tanto físicos como virtuales (agenda escolar y la página

web) para conocer la información publicada por el Colegio.

32. Fomentar y apoyar en los estudiantes la participación en los cursos Preicfes y simulacros de

pruebas saber o evaluaciones externas programadas por la institución.

33. Aceptar los planes, programas, Manual de Convivencia y normas reglamentarias vigentes

del colegio.

PARAGRÁFO: El incumplimiento de los compromisos con la institución por parte de los Padres

de Familia, acarreará la perdida de los derechos previstos en el presente Manual de Convivencia.

CAPÍTULO IV

DE LOS DOCENTES BOSCONIANOS

El docente Bosconiano, es fundamental para el buen desarrollo del proceso educativo y el

cumplimiento de todos los objetivos institucionales; para lo cual requiere además de una formación

idónea poseer calidad y madurez humana.

De esta manera es necesario que el docente que labore en el colegio Don Bosco conozca y respete

la identidad católica del Colegio, asuma de manera responsable el compromiso que libremente

decidió cumplir y, en consecuencia, acepte íntegramente, el contrato laboral, reglamento interno,

manual de funciones, manual de convivencia y las demás normas que establezca la Institución.

ARTICULO 25. PERFIL DEL DOCENTE BOSCONIANO:

El Docente del Colegio Don Bosco, fundamentan su ser, su saber y su acción formativa en el

Maestro de Maestros. Un formador Bosconiano debe ser:

Coherente con los principios y valores espirituales, éticos e institucionales.

Consciente de su misión como formador, la que testimonian con su estilo de vida.

Idóneo y capacitado en el saber que enseñan y en las metodologías que utiliza.

Competente para crear y recrear diferentes estrategias para el desarrollo del proceso

de aprendizaje.

Abierto e inmerso en los cambios para orientar y estimular el aprendizaje.

Facultado para emprender y concretar proyectos colectivos.

Propiciador(a) de la comunicación, la tolerancia, la convivencia y la cooperación.

Poseedor(a) de una cultura propia de la educación que incluye las TIC.

Amable y firme con los integrantes de la comunidad educativa, a quienes d e b e

brindar alegría, seguridad y confianza.

ARTICULO 26. DERECHOS DEL DOCENTE BOSCONIANO:

44

1. Solicitar y obtener permisos, de acuerdo con las disposiciones legales y el reglamento interno

de la institución.

2. Tener un trato digno por parte de todos los integrantes de la comunidad educativa.

3. No ser discriminado por razón de sus creencias políticas o religiosas, ni por distinciones

fundadas en condiciones sociales o raciales.

4. Recibir información oportuna y ser consultado sobre cambios establecidos en las actividades

programadas.

5. Obtener acompañamiento por parte del personal directivo y administrativo en el transcurso

del año lectivo.

6. Expresar libre, responsable y respetuosamente sus opiniones e inconformidades sin trasgredir

los derechos de los demás.

7. Ser elegido para conformar cualquier estamento institucional.

8. Recibir oportunamente el informe de los avances de estudiantes remitidos a psicología u

orientadora familiar.

9. Formación permanente que lo lleve a cualificar su labor como docente y a su desarrollo

personal.

10. Trabajar en equipo de manera colaborativa, en beneficio de un mutuo enriquecimiento e

intercambiando estrategias y materiales

ARTICULO 27. DEBERES DEL DOCENTE BOSCONIANO:

1. Conocer, apropiarse y vivenciar el manual de convivencia Institucional.

2. Cumplir y hacer cumplir las normas establecidas en el Manual de convivencia de la

institución.

3. Promover e inculcar los valores institucionales en los estudiantes o cualquier integrante de

la comunidad educativa, teniendo en cuenta el ejemplo y modelo de San Juan Bosco.

4. Cumplir con la jornada laboral establecida en la Institución.

5. Presentar oportunamente los documentos exigidos por la institución.

6. Participar activamente en los Consejos y Comités que sea requerido

7. Fomentar el espíritu ecológico para la conservación del medio ambiente y el respeto a los

recursos naturales.

8. Mantener una conducta pública excelente, acorde con el decoro y dignidad del docente

Bosconiano.

9. Establecer relaciones cordiales con todos los integrantes la comunidad educativa.

10. Dar a conocer al inicio de cada periodo académico el plan de vuelo de su respectiva

asignatura.

11. Planear oportunamente el plan de aula semanal, teniendo en cuenta los lineamientos y malla

curricular.

12. Aplicar e implementar estrategias de enseñanza con el objetivo de garantizar un aprendizaje

eficaz.

45

13. Motivar a los estudiantes para que profundicen y amplíen los conocimientos adquiridos en

clase, mediante el uso adecuado de las TIC o cualquier otro mecanismo de consulta.

14. Atender de forma seria, respetuosa y cordial a cualquier integrante de la comunidad

educativa, teniendo en cuenta el horario establecido; en casos excepcionales, la Rectoría,

Coordinaciones o Psicología realizará el llamado al docente para la atención del caso.

15. Generar un excelente ambiente laboral, motivando el trabajo en equipo, fortaleciendo la

comunicación asertiva entre compañeros en beneficio de una buena caracterización de los

estudiantes.

16. Acompañar el proceso formativo integral del estudiante.

17. Ser justo en el proceso de formación de los estudiantes.

18. Demostrar un alto sentido de pertinencia hacia la institución.

19. Realizar toda comunicación con cualquier integrante de la comunidad educativa por medio

de la página institucional.

20. No establecer ninguna clase de relación afectiva con los estudiantes, dentro y fuera de la

institución.

21. No dictar clases personalizadas a estudiantes de la institución sin excepción alguna.

22. Dar un trato justo a los estudiantes sin preferencias.

23. Realizar los acompañamientos en el descanso, almuerzo, hora de ingreso, salidas y ruta

escolar, según asignación dada por coordinación de convivencia.

24. Informar verás y oportunamente al directivo correspondiente sobre hechos de estudiantes o

docentes, que puedan constituirse en causales de mala conducta.

25. Asistir obligatoriamente a las jornadas pedagógicas planteadas por la institución.

26. No consumir alimentos ni bebidas en las aulas de clase.

27. No utilizar en horas de clase, dispositivos electrónicos no pertinentes a la actividad

académica, tales como celulares, portátiles, tabletas, reproductores de música, video juegos,

entre otros. La utilización de estos dispositivos debe ser autorizada con anterioridad por

Coordinación Académica.

28. Responder por el cuidado y conservación de los trabajos, cuadernos y textos de los

estudiantes, haciendo devolución oportuna para que conozcan su respectiva valoración.

29. Registrar y controlar diariamente la asistencia de los estudiantes en la jornada académica.

30. No utilizar el nombre del colegio sin autorización previa de rectoría.

31. Cumplir con el Calendario y cronograma institucional.

32. Ser responsable de orientar y mantener el orden y la disciplina del curso dentro y fuera del

aula de clase.

33. Cuidar y entregar en excelente estado los equipos, muebles y materiales asignados por el

colegio, para el desarrollo de su labor.

34. Citar a los Padres de familia o acudientes de los estudiantes que requieren seguimiento

académico y comportamental.

35. Mantener una buena disposición, para colaborar y acompañar los eventos o actividades

institucionales, como parte del proceso educativo.

36. No desarrollar actividades, tales como rifas, ventas o solicitar préstamos de forma personal

a los estudiantes, padres de familia o acudientes.

46

37. Tener de manera organizada y actualizada el registro de notas, generando los planes de

mejoramiento a los estudiantes que lo requieran.

38. Asumir el compromiso de mantener actualizado en sus conocimientos disciplinares y

pedagógicos, a través de cursos, seminarios, diplomados etc.

39. Certificar los permisos correspondientes, en caso que su nacionalidad sea extranjera.

40. Planear y garantizar las condiciones necesarias, para desarrollar las clases en los tiempos

establecidos.

41. No presentarse al colegio o lugares de trabajo en estado de ebriedad, o bajo los efectos de

sustancias sicoactivas o psicotrópicas.

42. Tener en cuenta para las reuniones o asambleas de Padres de Familia lo siguiente: Citar

mediante circular, elaborar el acta de reunión y archivarla en el observador del estudiante,

revisar el seguimiento del acta y prever todos los detalles que aseguran el buen desarrollo

de la respectiva reunión.

CAPITULO V

DE LOS RECONOCIMIENTOS Y ESTÍMULOS INSTITUCIONALES

ARTÍCULO 28. ROCONOCIMIENTOS Y ESTÍMULOS A ESTUDIANTES: El estudiante

Bo s c o n ia n o , que con su responsable y eficiente desempeño se haya destacado en lo

académico y en lo comportamental, se hará merecedor a estímulos en cada periodo académico o al

finalizar el año lectivo así:

1. Recibir felicitación verbal o por escrito en el observador del estudiante.

2. Ser seleccionado para izar el Pabellón Nacional o el de la Institución cuando haya

celebraciones especiales.

3. Figurar en el cuadro de honor en cada período académico por mérito académico y

comportamental. (Obtener promedio de Desempeño Superior)

4. Integrar delegaciones en representación del colegio, en actividades deportivas, artísticas,

culturales y científicas, entre otras.

5. Recibir medallas y menciones de Honor, establecidas por la institución.

6. Ser distinguido con el escudo de oro, plata o bronce, al finalizar el año escolar en el acto

especial de clausura.

7. Distinción por FIDELIDAD INSTITUCIONAL, la cual se entrega en la ceremonia de

graduación de bachilleres a los estudiantes graduandos, que han cursado la totalidad de

su escolaridad en la institución.

47

8. Obtener distinción, en la ceremonia de graduación, como mejor puntaje en la Prueba

Saber 11° - ICFES.

9. Obtener distinción, en la ceremonia de graduación, como mejor bachiller de la promoción.

Esta se adquiere teniendo en cuenta el mejor promedio académico y convivencial del año

lectivo y es elegido por el Consejo Académico.

ARTÍCULO 29. RECONOCIMIENTOS Y ESTÍMULOS A PADRES DE FAMILIA Y/O ACUDIENTES:

1. Reconocimiento público por su participación activa y leal en Consejo de Padres de Familia,

comités, comisiones, proyectos, actividades culturales y académicas en beneficio de la

Comunidad Educativa.

2. Mención de honor a los Padres destacados por su compromiso para con el acompañamiento

formativo a sus hijos. (Al final del año lectivo)

3. Representación de la Institución en eventos Municipales, Departamentales y Nacionales,

cuando sean programados.

4. Participación en capacitaciones y talleres formativos.

ARTÍCULO 30. RECONOCIMIENTOS Y ESTÍMULOS A DOCENTES: El colegio Don Bosco

establece los siguientes reconocimientos y estímulos para los Docentes así:

1. Participar en capacitaciones, seminarios, diplomados, cursos entre otros, patrocinados por

el Colegio.

2. Reconocimiento verbal o escrito al buen desempeño de sus funciones y labores realizadas

en bien del Colegio.

3. Condecoración al mejor Docente en Preescolar, Primaria y Bachillerato. “MEDALLA

CONACED”

4. Condecoración, MEDALLA SAN JUAN BOSCO, que será entregada en una ceremonia

solemne, de la noche de la excelencia, al finalizar el año lectivo.

TITULO IV

CAPÍTULO I

DE LOS BIENES Y SERVICIOS BÁSICOS COMPLEMENTARIOS

ARTÍCULO 31. SERVICIO DE PSICOLOGÍA: La atención individual en psicología está dirigida a los estudiantes y padres de familia que lo soliciten o lo requieran y para utilizar el servicio se debe tener en cuenta las siguientes normas:

1. La Rectoría, Coordinación, el Director (a) de Curso o el docente harán la remisión de manera

escrita en el registro respectivo.

2. La psicóloga dará las citas a los estudiantes consignaran en el registro respectivo, después

de dialogar se determinará su proceso de acompañamiento.

48

3. Si el estudiante acude a Psicología y no se encuentra una justificación clara para su

acompañamiento se le dará cita para el día siguiente.

4. Cumplir estrictamente con las citas que se acuerden.

5. De detectarse dificultad severa en el estudiante o en su ambiente familiar, y de requerir de

apoyo externo a nivel psicológico y terapias requeridas, el caso será remitido a otras

instancias competentes, (Bienestar Familiar, Comisaría de Familia o a la EPS del

estudiante).

Parágrafo: La información confidencial obtenida por la Psicóloga no puede revelarse a otros, excepto en los siguientes casos: A los familiares o a otras personas interesadas, o en aquellos casos en los cuales no revelar la

información conlleva un peligro evidente para el consultante, su familia o la sociedad. Además

cuando se requiera información para explicar el desempeño académico o disciplinario del estudiante

tomando siempre los cuidados necesarios para proteger los derechos de estos.

ARTÍCULO 32. SERVICIO DE ORIENTACIÓN EDUCATIVA Y FAMILIAR: Servicio que el Colegio

Don Bosco ofrece a los Padres de Familia en la sede el Barzal, con el objetivo de fortalecer el

acompañamiento y asesoria a las familias BOSCONIANAS.

Parágrafo: La información confidencial obtenida por la Orientadora Educativa y Familiar no puede revelarse a otros, excepto en los casos que no conllevan un peligro evidente para el consultante, su familia o la sociedad. Además cuando se requiera información para explicar el desempeño académico o disciplinario del estudiante tomando siempre los cuidados necesarios para proteger los derechos de estos. ARTÍCULO 33. PROTECCIÓN EN SALUD: Todos los estudiantes contarán con un seguro médico

desde el momento de la matrícula y atención inmediata por enfermeria en el colegio. (En

concordancia con TITULO I, capítulo III Artículo 6 Higiene y Salud)

ARTÍCULO 34. SERVICIO DE CAFETERÍA Y RESTAURANTE ESCOLAR: Es un servicio

ofrecido mediante contratación de proveedores externos, cuya calidad, organización y precios están

sometidos a control y auditados por el colegio.

Funciona como servicio complementario de bienestar, por medio de la venta en los descansos de productos y alimentos adecuados, nutritivos, equilibrados, de variedad y calidad para garantizar el derecho a una alimentación sana y equilibrada, cumpliendo con las normas de aseo, higiene y seguridad alimentaria. La utilización de la cafetería escolar exige conservar las siguientes normas:

1. Guardar compostura y comportamiento acordes con el respeto y las normas de convivencia.

2. Respetar y dar buen trato a las personas que prestan el servicio.

3. Pagar en efectivo los artículos solicitados (Comprar el tiquete o ficha con anticipación).

4. Mantener el orden respetando las filas y turnos de los compañeros.

5. Cuidar y dar buen uso a los elementos prestados por el servicio de cafetería.

49

El servicio de cafetería y comedor estará disponible para todos los integrantes de la comunidad

educativa; sus condiciones de higiene y balance nutricional serán preocupación permanente de la

institución.

DERECHOS DEL PROVEEDOR:

1. A recibir un trato respetuoso de la comunidad educativa

DEBERES DEL PROVEEDOR:

1. Dar a conocer y exponer el menú mensualmente en la cafetería y en la página del

colegio

2. Mostrar y dar un trato respetuoso, con buena disponibilidad para la atención a padres,

estudiantes y docentes.

3. Hacer que el personal portar su uniforme correctamente durante el servicio, evitando usar

adornos y accesorios.

4. Si se presenta algún comportamiento irregular por parte de los estudiantes, acudir al

profesor encargado del acompañamiento en cafetería.

5. Cumplir con los horarios establecidos para la venta de valeras y fichas (6:00 a 6:40 a.m.

diariamente).

HORARIOS DE ATENCIÓN EN CAFETERÍA:

Pre-escolar: 9:30 a.m. - 10:15 a.m.

Primaria: 8:30 a 9:00 a.m. - 12:00 a 12:30 p.m. A la hora de salida después de las 2:30

p.m.

Bachillerato: 10:30 a 11:00 a.m. - 1:00 a 1:30 p.m. A la hora de salida de 3:30 p.m. en adelante.

NOTA: No hay venta de productos en horas de clase. En la clase de educación física

únicamente se podrán HIDRATAR, con la autorización del docente.

Publicar mensajes educativos en cartelera para promover, motivar e incentivar la sana y adecuada

alimentación.

DERECHOS DEL CONSUMIDOR DE LA CAFETERÍA: (Padres, estudiantes y docentes)

1. Ser atendidos de manera amable y respetuosa.

2. Ser atendido teniendo en cuenta, el orden establecido en las filas.

3. Solicitar el menú establecido mensualmente

4. Consumir alimentos frescos, dieta balanceada y nutritiva.

50

5. Encontrar el sitio de la cafetería limpio y ordenado

DEBERES DE LOS ESTUDIANTES PARA CON EL SERVICIO DE CAFETERÍA:

1. Desplazarse al comedor o cafetería, sin correr por los pasillos y escaleras.

2. Mantener un ambiente adecuado, mostrando siempre los mejores modales.

3. Dar un trato respetuoso y amable a las personas que brindan el servicio.

4. Brindar un buen ejemplo, respetando las filas, de acuerdo a la ubicación

5. Correspondiente del grado.

6. Cumplir los horarios establecidos para la compra de vales y de alimentos.

7. Sentarse con la postura adecuada en la mesa.

8. Hablar en voz baja.

9. Ponerse de pie solo cuando sea necesario

10. Cuidar que la comida no se riegue sobre la mesa y en caso de que esto

11. Suceda limpiarla.

12. Hacer uso correcto tanto de cubiertos como de servilletas.

13. 11. Dejar ordenada y limpia la mesa que utilice, recogiendo la loza y la bandeja.

14. Evitar en cafetería juegos bruscos y el uso de balones.

DEBERES DEL PADRE DE FAMILIA PARA CON EL SERVICIO DE CAFETERÍA

1. Tratar con respeto y amabilidad a las personas que atienden la cafetería escolar.

2. Cancelar oportunamente el servicio de cafetería

3. En caso especial de dieta, informar oportunamente al Proveedor de Cafetería.

4. Respetar las reglas establecidas para el buen servicio en la cafetería.

RECOMENDACIONES GENERALES:

Los estudiantes que no almuercen habitualmente en cafetería, en caso de necesitar el servicio,

deben informar a primera hora que requieren de este servicio.

No hay devolución de dinero después de comprar la ficha.

Las fichas de cafetería no pueden ser vendidas ni obsequiadas entre los estudiantes.

Almorzar en la cafetería del colegio le brinda a sus hijos la oportunidad de:

Compartir con sus compañeros la mesa.

Evidenciar los buenos modales.

Se debe utilizar en forma apropiada el servicio de cafetería y/o almuerzo, respetando el

turno y siendo cuidadoso con los alimentos propios y de los compañeros.

Se debe emplear un vocabulario adecuado dentro del comedor.

Está restringida la entrada a la cocina; no se pueden sacar alimentos o cualquier clase de

muebles o utensilios del comedor sin previa autorización.

Se debe ingresar puntualmente al comedor con el uniforme completo y bien presentado; no se

debe entrar en pantaloneta.

51

Al finalizar el almuerzo, hay recoger la loza completa y dejar el sitio que se ocupó en perfecto

orden y aseo.

El incumplimiento de estas normas será causal de sanción disciplinaria

(Correctivo pedagógico).

ARTÍCULO 35. SERVICIO DE COMUNICACIÓN E INFORMACIÓN: El Colegio cuenta con el Sistema de información académica PHIDIAS en internet, a través del cual los Padres de Familia, Acudientes, estudiantes, docentes y en general toda la comunidad educativa podrán mantenerse informados sobre las actividades institucionales y a la vez realizar comunicaciones directas entre el personal docente, Padres de Familia y estudiantes. Para tener acceso a la información debe ingresar a la página web del colegio: www.coldonboscovillavicencio.edu.co; en la cual encontrará, entre otras, actividades institucionales, galería fotográfica y de videos, noticias y estar en permanente comunicación con todos los integrantes de la comunidad educativa. Para ingresar a la COMUNIDAD INSTITUCIONAL (como estudiante, padre de familia o acudiente) y tener acceso a toda la información académica, registro de valoraciones, comunicados y demás opciones, debe seguir las siguientes instrucciones:

1. En la barra de menú ubicada en la parte superior de la página, encontrará una serie de

iconos, en el icono con el nombre de servicios, se despliegan diferentes opciones. Dé clic

en la opción PHIDIAS, escoge la sede en la cual se encuentra matriculado el estudiante.

2. En la casilla de IDENTIFICACIÓN que aparece a continuación, ingrese el número del

documento de identidad registrado en la matrícula; igualmente, la contraseña corresponderá

al mismo número; luego pulse el botón ACEPTAR; posteriormente el programa brindará la

opción de cambiar la contraseña (es recomendable hacerlo). El mismo procedimiento se

hace con el usuario del padre de familia ingresando el número de documento en

IDENTIFICACION y EL MISMO PARA LA CONTRASEÑA.

3. El aplicativo solicitará un correo electrónico que usted debe registrar e inmediatamente

pulsar el botón ACTUALIZAR.

4. Seleccione la función a la cual desea acceder.

5. A partir de este momento podrá disfrutar de todos los beneficios que la pagina les ofrece en

el seguimiento de la formación integral de su hijo.

6. El colegio pone a disposición una persona en el área de comunicaciones para la solución de

dudas o dificultades que se puedan presentar con el manejo del Portal.

ARTÍCULO 36. DIRECTORIO TELEFÓNICO DE ENTIDADES EXTERNAS:

ENTIDAD NÚMERO DE TELEFONO

ICBF 6628969

HOSPITAL DEPARTAMENTAL 6817901 - 137

DEFENSA CIVIL 6631257 - 144

CRUZ ROJA 6703838 - 132

POLICIA INFANCIA Y ADOLESCENCIA 3214644002

BOMBEROS 6626505 - 119

52

MEDICINA LEGAL 6658469 - 6607774 - 6657261

PADRES DE FAMILIA Plan de Contingencia

CUADRANTE DEL BARRIO Buque : 3214963862 / Barzal: 3122781886

EMERMÉDICA (Emergencias) 6612414 - 1 / 018000117087

TITULO V

CAPÍTULO I

DEL MEDIO AMBIENTE ESCOLAR

ARTÍCULO 37. CONCEPTO: Es un espacio organizado y estructurado de Tal manera que facilite el acceso al conocimiento de actividades reales y con motivos de aprendizaje. Permitiendo no solamente abordar la realidad del mundo material y transformarlo, sino intercambiar la información y comunicación con otros. Es una participación activa en el proceso como condición necesaria para lograr interacción e interactividad, son formas básicas de participación donde los ambientes de aprendizaje exigen del maestro:

Planeación previa.

Guía de orientación para el estudiante hacia un logro de competencias.

Contextualización de lo que se aprende.

Creación de un ambiente de comunicación.

TITULO VI

SISTEMA DE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN INSTITUCIONAL

(DECRETO 1290)

ACUERDO No 067 DEL CONSEJO DIRECTIVO

DEL 05 DE DICIEMBRE DE 2017

Por el cual se modifican y se actualizan, algunos artículos del Sistema de Evaluación y Promoción

Institucional, teniendo en cuenta la evaluación diagnóstica Institucional, llevada a cabo durante los

años 2010 al 2017 y la experiencia en la práctica, sobre la implementación del Sistema de Evaluación

y Promoción Institucional.

El Consejo Directivo de la Institución, teniendo en cuenta la autonomía concedida por el Decreto

1290 de 2009, aprueba la propuesta presentada por el Consejo Académico en la que se modifican y

actualizan los parámetros del sistema de evaluación y promoción de estudiantes que regirá a partir

del 01 de enero del año 2018 y durante la vigencia del Decreto 1290.

ARTÍCULO 38. JUSTIFICACIÓN: La evaluación del aprendizaje es el proceso permanente y

objetivo para valorar el nivel de desempeño de los estudiantes.

53

Para el Colegio Don Bosco, la evaluación es un conjunto de acciones que permiten tener una

información cierta, completa, precisa, confiable y oportuna, con miras a tomar decisiones adecuadas,

o al menos bien fundamentadas, sobre el proceso educativo; estas decisiones deben conducir

necesariamente a una cualificación de la prestación de este servicio. Dichas acciones tienen que ver

con el registro fiel y nítido de la manera como ocurre el proceso educativo, del estado de aprendizaje

que tienen los estudiantes que ingresan al sistema y de la condición de egreso una vez han

vivido un proyecto educativo. La evaluación, en suma, es un momento de reflexión acerca de las

condiciones en las que tiene lugar el proceso educativo y lo que se ha logrado a través de éste para

luego hacer un contraste con los propósitos que se tenían o con un estándar que se utilice como

faro o guía para orientar el proceso educativo.

La evaluación del estudiante se hará con referencia a cuatro períodos de igual duración en los que

se dividirá el año escolar.

ARTÍCULO 39. CARACTERÍSTICAS DE LA EVALUACIÓN:

La evaluación del aprendizaje de los estudiantes del Colegio Don Bosco debe ser:

CONTINUA: Es decir, que se realizará en forma permanente haciendo un seguimiento al estudiante

que permita observar el progreso y las dificultades que se presenten en su proceso de formación.

Se hará durante y al final de cada temática, unidad, período, clase o proceso.

INTEGRAL: Se tendrán en cuenta todos los aspectos del desarrollo del estudiante, y no

solamente las pruebas escritas para evidenciar el proceso de aprendizaje y organización del

conocimiento. Se realizarán procesos de evaluación que permitan la consulta de textos, notas,

solución de problemas y situaciones, ensayos, análisis, interpretación, proposición, conclusiones y

otras formas que los maestros consideren pertinentes y que independicen los resultados de factores

relacionados únicamente con simples recordaciones o memorización de palabras, nombres,

fechas, datos, o cifras.

Incluye la observación de comportamientos, actitudes, valores, aptitudes, desempeños cotidianos,

conocimientos, registrando las evidencias de los cambios de índole intelectual, cultural, personal y

social del estudiante; el diálogo con el estudiante y padre de familia o acudiente, como elemento de

reflexión y análisis, para obtener información que complemente la obtenida en la observación y en

las pruebas escritas.

CRÍTICA, DEMOCRÁTICA Y NO AUTOCRÁTICA: Posee diversas dinámicas como la auto-

evaluación, la hetero-evaluación, la co-evaluación y la meta- evaluación, en las que se dan procesos

de diálogo, comprensión y mejoramiento. Su sentido está en la formación significativa de

comunidades sociales, pluralistas, justas, divergentes, progresistas, donde se comprende, se

54

convive y se valora al sujeto, a la comunidad y al entorno, conforme con unos principios

institucionales.

HOLÍSTICA Y ORIENTADORA: Permite descubrir falencias, errores o fallas en cualquier aspecto

del proceso formativo, permitiendo que sea útil y oportuna.

SISTEMÁTICA: Se realizará la evaluación teniendo en cuenta los criterios del enfoque pedagógico

institucional, que guarda relación con los fines, objetivos de la educación, el horizonte institucional,

los estándares, los lineamientos curriculares, las competencias de las diferentes áreas y

asignaturas, los logros, los contenidos o enseñanzas, los métodos y otros factores asociados al

proceso de formación integral de los estudiantes.

FLEXIBLE: Se tendrán en cuenta los procesos de desarrollo del estudiante en sus distintos

aspectos: interés, capacidades, ritmos de aprendizaje, dificultades, limitaciones de tipo afectivo,

familiar, nutricional, entorno social, físicas, discapacidad de cualquier índole, estilos propios, dando

un manejo diferencial y especial según las problemáticas relevantes o diagnosticadas por

profesionales. Los maestros identificarán las características personales de sus estudiantes, en

especial las competencias, posibilidades y limitaciones, para darles un trato justo y equitativo en las

evaluaciones de acuerdo con la problemática detectada y en especial ofreciéndoles oportunidad

para aprender del acierto, del error y de la experiencia de vida.

INTERPRETATIVA: Se permitirá que los estudiantes comprendan el significado de los procesos y

los resultados que obtienen, para que junto con el maestro puedan reflexionar sobre los alcances y

las fallas para establecer correctivos pedagógicos, que les permitan avanzar en su desarrollo.

Las evaluaciones y sus resultados serán tan claros en su intención e interpretación, que no lleven

a conflictos de interés de estudiantes contra maestros o viceversa.

PARTICIPATIVA: Se involucra en la evaluación al estudiante, al maestro, al padre de familia o

acudiente y a otras instancias que aportan métodos en los que sean los estudiantes quienes

dinamicen las clases, desarrollando trabajos, foros, mesa redonda, trabajo en grupo, debates,

seminarios, exposiciones, prácticas de campo y laboratorios, con el fin de que alcancen, entre otras,

los niveles de competencia interpretativo, argumentativo y propositivo, con la orientación y

acompañamiento del maestro.

FORMATIVA: Permite reorientar los procesos y metodologías educativas, cuando se presenten

dificultades en alguna área o asignatura, analizando las causas y buscando que lo aprendido en

clase incida en el comportamiento y actitudes de los estudiantes en el aula, en la calle, en el hogar

y en la comunidad en que se desenvuelven.

ARTÍCULO 40. ESCALA DE VALORACIÓN INSTITUCIONAL Y EQUIVALENCIA CON LA

ESCALA NACIONAL.

55

Atendiendo el artículo 5 del decreto 1290 de 2009, Para el Colegio Don Bosco, todas las

valoraciones serán registradas de forma numérica, en el rango de 10 a 100, sin decimales, así:

Desempeño Superior: 96 a 100

Desempeño Alto: 86 a 95

Desempeño Básico: 70 a 85

Desempeño Bajo: 10 a 69

Para las valoraciones de periodo, así como para la valoración final anual de cada asignatura,

además de los resultados numéricos se expresará también su equivalencia, de acuerdo con la

siguiente tabla:

CRITERIOS EXPRESIÓN

CONCEPTUAL

ESCALA

NUMÉRICA

Alcanza todos los logros propuestos sin actividades

complementarias.

No tiene fallas, o teniéndolas, presenta excusas justificadas sin

que su proceso de aprendizaje se vea mermado.

Se destaca por su comportamiento y relaciones con todas las

personas de la comunidad educativa.

Desarrolla actividades curriculares que exceden las expectativas

educativas.

Manifiesta sentido de pertenencia Institucional.

Participa en las actividades curriculares y extracurriculares.

Valora y promueve autónomamente su propio desarrollo.

DESEMPEÑO

SUPERIOR

(S)

96 A 100

Alcanza todos los logros propuestos, con algunas

actividades complementarias.

Tiene fallas de asistencia justificadas.

Reconoce y supera sus dificultades de comportamiento.

Desarrolla las actividades curriculares.

Manifiesta sentido de pertenencia con la institución.

Atiende la ayuda del docente y sigue un ritmo de trabajo

DESEMPEÑO

ALTO (A) 86 A 95

Alcanza la mayor ía (más de la mitad) de logros con

actividades complementarias dentro del periodo académico.

Presenta fallas de asistencia, justificadas e injustificadas.

Presenta dificultades de comportamiento.

Desarrolla la mayoría de las actividades curriculares requeridas,

pero con dificultades.

Manifiesta sentido de pertenencia con la institución.

Tiene algunas dificultades que supera, pero no en su

totalidad.

DESEMPEÑO

BÁSICO (BS) 70 A 85

56

Le falta alcanzar los logros mínimos, no obstante haber

realizado actividades complementarias.

Presenta dificultad por inasistencias injustificadas.

Presenta dificultad de comportamiento.

Deja sin desarrollar el mínimo de actividades curriculares

requeridas.

DESEMPEÑO

BAJO (BJ) 10 A 69

ARTÍCULO 41. ESTRATEGIAS DE VALORACIÓN INTEGRAL DE DESEMPEÑOS:

El Colegio Don Bosco realizará la evaluación del aprendizaje de los estudiantes, con base en:

1. Los Estándares Nacionales Básicos de Competencias en Lenguaje, Matemáticas, Ciencias y

Competencias Ciudadanas diseñados por el Ministerio de Educación Nacional para todo el país

y los Lineamientos Curriculares de las otras áreas, los cuales serán considerados en el proceso

de planeación del aprendizaje.

2. Los Derechos Básicos de Aprendizaje, tienen como objetivo permitir al docente orientar la construcción de experiencias y ambientes pedagógicos, teniendo en cuenta que son un conjunto de aprendizajes estructurantes, que han de aprender los estudiantes en cada uno de los grados de educación escolar, desde transición hasta once, y en las áreas de lenguaje, matemáticas en su segunda versión, ciencias sociales y ciencias naturales en su primera versión.

3. Los niveles de desempeño que determine la Institución en las diferentes asignaturas, teniendo

como referencia los D.B.A.

Para Preescolar la escala de valoración comprende tres rangos:

No. EXPRESIÓN CONCEPTUAL CRITERIOS

1 SUPERIOR (S) El nivel del desempeño del estudiante es excelente y supera significativamente el nivel de competencia esperado.

2 ALTO (A) El estudiante demuestra buen desempeño.

3 BÁSICO (A) Su desempeño cumple con lo mínimo esperado en el proceso de consolidación.

Para pre-escolar se tiene en cuenta lo estipulado en el Artículo 14 del Decreto 2247 de Septiembre 11 de 1997. Que cita: La evaluación en el nivel preescolar es un proceso integral, sistemático, permanente, participativo y cualitativo que tiene, entre otros propósitos:

a) Conocer el estado del desarrollo integral del educando y de sus avances;

b) Estimular el afianzamiento de valores, actitudes, aptitudes y hábitos;

57

c) Generar en el maestro, en los padres de familia y en el educando, espacios de reflexión que

les permitan reorientar sus procesos pedagógicos y tomar las medidas necesarias para

superar las circunstancias que interfieran en el aprendizaje.

Para el Colegio Don Bosco, la valoración de desempeño de pre-escolar (CDB-F- 079), se registra en medio virtual, teniendo en cuenta evidencias cumplidas en los diversos referentes programados para cada grado. El registro de valoración de desempeño para preescolar, primaria, básica secundaria y media, será digitado en la web académica del colegio “Phidias” periódicamente.

4. La valoración para básica primaria, básica secundaria y media en cada periodo académico, para

cada asignatura, se obtiene así:

10% por el componente actitudinal, el cual está integrado por el siguiente aspecto y

porcentaje:

ASPECTO A EVALUAR PORCENTAJE DE VALORACIÓN

Autoevaluación y Coevaluación

(Matriz de Valoración) 10 %

40% por el componente procedimental, el cual está integrado por los siguientes aspectos y

porcentajes:

ASPECTOS A EVALUAR PORCENTAJES DE VALORACIÓN

Ejercitación 20 %

Misiones 8 %

Proyectos 12 %

Las misiones serán asignadas en la web académica, en áreas fundamentales (Matemáticas,

Lengua Castellana, Ciencias Naturales (Química y Física), Ciencias Sociales (Economía Política y

Filosofía) e Inglés y no más de 4 por periodo académico, teniendo en cuenta los siguientes criterios:

Ejercitación de la comprensión lectora y la producción textual.

Los tiempos de realización deben ser dosificados.

Coherentes y complementarias con las enseñanzas vistas en clase.

Desarrollo de pensamiento lógico matemático. (Ejercicios de aplicación)

Para las asignaturas que no tendrán misiones el aspecto de EJERCITACIÓN tendrá un

porcentaje del 28 %.

Para las asignaturas de Educación Física, Formación Empresarial, Ética y Valores, Formación

Espiritual, Seminario Habilidades de Pensamiento y Educación Artística, NO presentarán misiones

ni proyectos, para lo cual el componente procedimental equivaldrá al 40% en el aspecto de

Ejercitación.

58

Para la asignatura de Tecnología e Informática el componente procedimental estará integrado por

los aspectos de Ejercitación con un 28% y Poyectos con el 12%.

50% por el componente cognitivo, el cual está integrado por los siguientes aspectos y

porcentajes.

ASPECTOS A EVALUAR PORCENTAJES DE VALORACIÓN

Demostración 20 %

Prueba Olimpiadas del Saber 30 %

Para la Prueba Final del Periodo denominada “Prueba Olimpiadas del Saber”, los docentes responsables de cada asignatura elaborarán una prueba al final de cada periodo académico, teniendo en cuenta los criterios de las evaluaciones tipo Icfes. La presentación de esta prueba se hace en jornadas especiales, según el cronograma Institucional, para las asignaturas de Matemáticas, Lengua Castellana, Inglés, Ciencias Sociales, Ciencias Naturales (Biología) (1° a 11°) y en horario de clase las asignaturas de Filosofía, Ciencias Económicas y Políticas, Física y Química; las asignaturas de Educación Física, Formación Empresarial, Ética y Valores, Tecnología e Informática, Formación Espiritual, Seminario Habilidades de Pensamiento y Educación Artística, NO presentarán Olimpiadas del Saber para lo cual el componente cognitivo equivaldrá al 50% en el aspecto de Demostración.

5. Para la signatura Seminario Habilidades del Pensamiento la valoración de cada uno de los

periodos estará determinada por el 10% del componente actitudinal y el 90% del componente

procedimental específicamente el aspecto de ejercitación.

6. La valoración definitiva anual de cada asignatura contemplada en el plan de estudios, se

obtiene por el promedio de las valoraciones de los cuatro periodos académicos teniendo en

cuenta sus porcentajes. (Ver art. 50 de este Manual).

Parágrafo: La valoración del comportamiento del estudiante se realiza con la Matriz establecida por

el Colegio.

ARTÍCULO 42. DE LAS ÁREAS Y ASIGNATURAS:

Para efectos del cumplimiento de la Ley General de Educación, se consideran para la evaluación

los logros formulados con base en el plan de estudios y atendiendo al Art. 23 de la ley 115 de

1994, que establece como áreas fundamentales y obligatorias para todos los niveles de educación

se establece para el Colegio Don Bosco las siguientes asignaturas:

ASIGNATURA

Matemáticas (Trigonometría y Calculo)

Lengua Castellana

Idioma Extranjero: Ingles

59

Ciencias Sociales

Ciencias Económicas y Políticas

Filosofía

Ciencias Naturales

Biología

Física

Química

Educación Artística

Formación Espiritual

Ética y Valores

Educación Física, Recreación y Deportes

Tecnología e Informática

Formación Empresarial

Seminario Habilidades del Pensamiento

Parágrafo: El Colegio Don Bosco, asume el concepto de asignatura como criterio de decisión en los

procesos de evaluación y promoción.

ARTÍCULO 43. PROCESOS DE AUTOEVALUACIÓN Y COEVALUACIÓN DE LOS

ESTUDIANTES:

Además de las pruebas y actividades que el docente realiza a sus estudiantes en forma permanente,

se harán ejercicios y prácticas de reflexión, análisis e interpretación individual y grupal, que le

permita al estudiante hacer auto reflexión y coevaluación de carácter conceptual y formativo, la cual

tienen un valor del 7 % en la autoevaluación, correspondiente al componente actitudinal. Ésta se

realiza al final de cada periodo académico que se curse, siempre y cuando haya conducido al

estudiante a mejorar en sus conocimientos y comportamientos.

COEVALUACIÓN: Es la evaluación realizada entre pares durante una actividad o trabajo realizado.

Este tipo de evaluación puede darse en distintas circunstancias, por ejemplo: Generar y desarrollar

una evaluación en que se permita a los estudiantes en conjunto participar en la valoración integral

de su comportamiento y de los aprendizajes y desempeños logrados.

Con la asistencia profesional del Director de Curso, se realizan reflexiones documentadas y

periódicas, que induzcan y aclaren a los estudiantes, la importancia de saber emitir juicios

de valor con responsabilidad y honestidad, sobre sus destrezas y limitaciones.

Se emitirá un juicio valorativo para la autoevaluación y coevaluación, a partir de la matriz de

autoevaluación establecida por el colegio.

60

AUTOEVALUACIÓN: Es un proceso de autocrítica que permite la reflexión y el análisis sobre la

propia realidad. Su práctica constante, forma hábitos de autovaloración, auto respeto, auto estima y

sentido de pertenencia.

Diversos autores, consideran que realizamos más progreso al reflexionar sobre nuestros errores que

al descansar en nuestras virtudes.

El colegio Don Bosco realiza la Autoevaluación, con el Director de curso como referente

profesional. con una matriz establecida para tal fin y con el objetivo de generar una

valoración crítica y responsable en el desarrollo integral de los estudiantes.

MATRIZ DE VALORACIÓN PARA LA AUTOEVALUACIÓN

DESEMPEÑOS

CRITERIOS

D. SUPERIOR (SIEMPRE)

VALORACIÓN 100

D. ALTO (CASI SIEMPRE) VALORACIÓN 95

D. BÁSICO (A VECES)

VALORACIÓN 86

D. BAJO (POCAS VECES) VALORACIÓN 69

Participo en Clase

Mi responsabilidad y cumplimiento en la participación en clase, es evidente.

No participo en todas las clases.

En ocasiones participo o no lo tengo en cuenta.

Mi despreocupación me impide participar o tenerlo en cuenta.

Hago entrega puntual de mis compromisos

Mi responsabilidad y cumplimiento es evidente en la entrega.

Algunas veces entrego o entrego a destiempo.

En ocasiones no entrego o no lo tengo en cuenta.

Mi despreocupación me impide entregar o tener en cuenta.

Demuestro compromiso en la Asignatura

Mi responsabilidad y cumplimiento es evidente.

Algunas veces incumplo o no lo tengo en cuenta.

En ocasiones no demuestro interés y mi compromiso es cuestionable.

Me falta compromiso e incumplo.

Busco asesoría para resolver mis dudas

Siempre lo hago. Algunas veces lo hago. De pronto lo hago. Nunca lo hago.

Participó activamente en los trabajos en equipo

Mi dinamismo y participación es una contribución valiosa para el equipo.

Mi dinamismo y contribución no es continuo, me falta mejor algunos aspectos.

Mi dinamismo y participación es una contribución, escasa para el equipo.

Mi falta de dinamismo y participación afecta la dinámica del equipo.

Domino los contenidos de la asignatura

Domino los contenidos básicos de la asignatura.

Aunque domino gran parte de los contenidos, me falta compromiso.

Me despreocupo por el domino de los contenidos básicos de la asignatura.

Me falta apropiación de los contenidos básicos de la asignatura.

Hago a portes en clase y en mis trabajos

Siempre lo hago. Algunas veces lo hago. De pronto lo hago. Nunca lo hago.

Demuestro buen trato en mis relaciones interpersonales

Me preocupo por mantener una excelente relación con mis compañeros.

Mis relaciones interpersonales son buenas, pero no permanentes.

Se me dificulta mantener una buena relación interpersonal con mis compañeros.

No me preocupo por mantener una buena relación interpersonal con mis compañeros.

Acato con respeto las indicaciones, sugerencias y recomendaciones de los

demás

Me apropio y asumo plenamente el Manual de Convivencia Institucional.

Aunque asumo el Manual de Convivencia Institucional, no me he apropiado plenamente de él.

Desconozco muchos aspectos del Manual de Convivencia y esto me lleva a transgredir las normas Institucionales.

No me he apropiado, ni asumido plenamente el Manual de Convivencia.

Mis actitudes son coherentes con los

Valores y Principios del Colegio

Mi comportamiento y forma de actuar, siempre están orientados por los Valores y Principios inculcados por la Institución.

Trato de que mi comportamiento y forma de actuar, siempre estén orientados por los Valores y Principios inculcados por la Institución.

Mi comportamiento y mi forma de actuar, en muchas ocasiones están orientados por los Valores y Principios inculcados por la Institución.

No me preocupa que mi comportamiento y forma de actuar, estén orientados por los Valores y Principios inculcados por la Institución.

61

Cuido mi presentación personal

Siempre cumplo con el buen porte del Uniforme Institucional.

Aunque cumplo con el buen porte del Uniforme Institucional, en algunas ocasiones no lo porto correctamente.

Algunas veces no cumplo con el buen porte del Uniforme Institucional.

No cumplo con el buen porte del uniforme Institucional, desacatando el Manual de Convivencia.

ARTÍCULO 44. ACCIONES QUE GARANTIZAN QUE LOS DOCENTES Y DIRECTIVOS

DOCENTES DEL COLEGIO CUMPLAN CON LOS PROCESOS EVALUATIVOS

ESTIPULADOS EN EL SISTEMA DE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN:

El Sistema de Evaluación y Promoción del Colegio Don Bosco, se fundamenta en las

normas legales vigentes y se estructura a través del aporte y acompañamiento de los

docentes; en este sentido, los directivos y docentes cumplirán con las disposiciones

establecidas así:

1. Los docentes deben hacer entrega de las mallas curriculares actualizadas y

estructuras según los lineamientos curriculares y lo establecido en la ley.

2. Al inicio de cada periodo académico los docentes harán entrega a los padres de

familia o acudientes el documento “MALLA DE APRENDIZAJE” por medio del cual

se hará seguimiento por parte de los padres de familia, al desarrollo de lo

programado para cada periodo académico.

3. Se hace entrega por periodo a coordinación académica del documento “PLAN DE

AULA” en donde el docente planea la realización de sus clases para cada periodo.

4. Cada semana del periodo académico los docentes actualizan en la plataforma las

valoraciones correspondientes al componente procedimental y cognitivo y cada dos

(2) semanas lo hacen en el componente actitudinal, con el objetivo que los padres

de familia hagan seguimiento constante a las valoraciones obtenidas por el

estudiante en el transcurso del periodo académico.

5. La coordinación en conjunto con la comisión de evaluación y promoción analizarán

en forma permanente, los casos especiales de bajo desempeño académico

reportados por los docentes y determinará las directrices tendientes a la superación

de las dificultades, teniendo en cuenta el proceso planteado anteriormente.

6. El Consejo Académico y el Consejo Directivo velarán por el cumplimiento

establecido en el Sistema de Evaluación y Promoción.

ARTÍCULO 45. COMISIÓN DE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN:

Es el estamento Institucional, encargado de analizar, evaluar y proponer estrategias de mejora, sobre

los resultados obtenidos por los estudiantes, luego de la finalización de cada periodo académico y

del año lectivo en general.

62

Está conformado por:

1. La Rectora y la Representante Legal del Colegio quienes lo convocan y presiden.

2. El Coordinador Académico y de Convivencia de la Institución.

3. La Psicóloga.

4. Los Maestros de cada una de las asignaturas.

5. Los representantes de los padres de Familia, determinados por el Consejo de Padres, como

mínimo uno por Básica Primaria, uno por Bachillerato y uno por Media Vocacional.

Funciones de la Comisión de Evaluación y Promoción:

1. La Rectora o Representante Legal, convoca a reuniones generales de maestros, para

analizar y proponer políticas, métodos y tendencias actuales en los procesos de evaluación

en el aula.

2. Orientar a los docentes para revisar las prácticas pedagógicas y evaluativas, que permitan

superar los bajos desempeños académicos de los estudiantes.

3. Analizar situaciones relevantes de desempeños bajos, en asignaturas o cursos donde sea

persistente la reprobación, para recomendar a los maestros, estudiantes y padres de familia

o acudientes, correctivos necesarios para superarlos.

4. Realizar convocatorias de maestros, para el análisis de los procesos de nivelación de los

estudiantes pendientes, según las fechas previstas o programadas por el Colegio.

5. Determinar que estudiantes requieren firmar acta de compromiso académico o de

convivencia.

6. Elegir a los estudiantes para reconocimientos especiales.

7. Otras que determine el Colegio a través del P.E.I.

8. Darse su propio reglamento.

ARTÍCULO 46. ACCIONES DE SEGUIMIENTO PARA EL MEJORAMIENTO DE LOS

DESEMPEÑOS DEL ESTUDIANTE DURANTE EL AÑO ESCOLAR:

Como la evaluación es un proceso continuo, los docentes realizan con los estudiantes al finalizar

cada clase, tema, unidad o periodo, actividades como pruebas de desempeño, guías, misiones

formativas de aplicación práctica para desarrollar en la casa, ensayos, conversatorios, diálogos

personales o grupales, exposiciones, prácticas de campo o laboratorios, ejercicios de afianzamiento

y de profundización, contacto con los padres de familia para comprometerlos y responsabilizarlos en

el proceso formativo de sus hijos.

El Colegio Don Bosco identifica algunas acciones para el mejoramiento de los desempeños de los

estudiantes:

63

1. Se identificarán las características propias de los estudiantes, para adecuar el diseño

curricular a la realidad del Colegio y de la comunidad educativa. (Análisis de los resultados

de las pruebas externas).

2. A partir de la cuarta semana de cada periodo se inicia con la estrategia pedagógica

“PLANES DE MEJORAMIENTO” que se utiliza con los estudiantes que han evidenciado

dificultades en lo que va del periodo o en periodos anteriores, la cual no implica modificación

en la valoración obtenida en el periodo. Para los periodos II y III se realizarán los Planes de

Mejoramiento con valoración académica teniendo en cuenta que la valoración obtenida por

el estudiante en el periodo académico debe ser entre 65 y 69. En caso que el estudiante

cumpla con los objetivos propuestos en el Plan de Mejoramiento su valoración máxima es

de 70 y será presentada a secretaría académica para su respectiva acta y registro.

3. Cada docente citará y atenderá a los padres de familia en el horario asignado por

Coordinación Académica de atención a Padres de Familia y se dejará registro en el

observador del estudiante.

4. Se determinarán horarios especiales para actividades de profundización, en jornada

extracurricular.

5. Se designarán estudiantes monitores que tengan buen desempeño académico y personal,

para ayudar a los que tengan dificultades, con el fin de colaborarles en su superación.

6. Asignación de planes de trabajo a los estudiantes que lo requieran, con información a los

Padres de familia o acudientes.

7. Desarrollo de actividades propuestas por cada docente en la página web de la Institución.

8. El estudiante que no evidencie progreso en su rendimiento académico firmará un

compromiso académico al finalizar el periodo académico. Se busca con esto que el

estudiante y los padres de familia o acudientes se responsabilicen por escrito de aplicar

estrategias de solución que le permitan al estudiante mejorar su rendimiento académico.

Este deberá ser suscrito por el director de curso en reunión con el estudiante y los padres

de familia o acudiente.

9. La Coordinación académica convocará a reunión a los Padres de Familia cuyos estudiantes

sean reincidentes en su bajo desempeño académico, para analizar las causas y determinar

las estrategias de mejoramiento de forma conjunta.

10. Las demás acciones planteadas por la Comisión de Evaluación y Promoción.

ARTÍCULO 47. PROCESO DE NIVELACIÓN.

Las acciones que el Colegio Don Bosco presenta para el proceso de nivelación de los estudiantes

son las siguientes:

1. El estudiante que al finalizar el año escolar obtenga valoración de desempeño bajo, (para el caso

valoraciones de 10 a 69) en una (1) o dos (2) asignaturas, deberá realizar un CURSO DE

NIVELACIÓN en cada asignatura, programado por el colegio en el calendario académico y con una

intensidad mínima de 20 horas; este curso busca desarrollar un programa de profundización

pertinente a las dificultades que presentó el estudiante e incluye actividades presenciales,

64

actividades extra clase, pruebas de desempeño y la Olimpiada del Saber o examen general final,

con el que se finaliza el proceso.

Si el estudiante cumple a satisfacción con los requerimientos de cada curso de nivelación con

valoración como mínimo de desempeño básico, (para el caso valoraciones de 70 a 85), se registrará

la valoración correspondiente en el acta de nivelación y el estudiante será PROMOVIDO.

2. Los criterios de valoración en el proceso de nivelación son los siguientes:

CRITERIOS DE VALORACIÓN PARA NIVELACIÓN

CRITERIOS PORCENTAJES

MISIONES: Todas las actividades que se deben desarrollar en casa, estas deben ser sustentadas y argumentadas.

15 %

EJERCITACIÓN: Es el Trabajo realizado durante las 20 horas de trabajo; en este criterio se evalúan todos los ejercicios de aplicación que se desarrollen dentro de las sesiones de trabajo.

25 %

DEMOSTRACIÓN: Son las evaluaciones parciales y que se realizan finalizadas las enseñanzas. Se deben realizar mínimo 2 pruebas, en las 9 sesiones de trabajo.

25 %

OLIMPIADA DEL SABER: Es la evaluación final que se realiza en la sesión de trabajo N° 10. Esta evaluación recopila todas las enseñanzas vistas en el proceso de nivelación.

35 %

3. Si la valoración de uno (1) o de los dos (2) cursos de nivelación es de desempeño bajo, (para el

caso valoraciones de 10 a 69) el estudiante como última opción deberá presentar una PRUEBA DE

SUFICIENCIA ACADÉMICA de cada asignatura, la cual se realizará dos días después de terminar

el curso de nivelación y será dado el resultado finalizando la prueba para el debido proceso de la

matrícula según las fechas establecidas por la institución. En caso de obtener resultados de

desempeño bajo, el estudiante deberá reiniciar el año escolar en el mismo grado que cursa.

4. El Colegio Don Bosco definirá los costos correspondientes a los cursos de nivelación,

entendiéndose que se realizan en tiempo extra del calendario escolar.

ARTÍCULO 48. PROMOCIÓN Y NO PROMOCIÓN DE LOS ESTUDIANTES:

El Colegio Don Bosco define la Promoción como el reconocimiento que se le hace a un estudiante

porque ha aprobado satisfactoriamente una fase de su formación y ha demostrado que reúne las

competencias necesarias para que continúe en el grado siguiente dentro de los niveles de Educación

Básica y Media.

Al finalizar el año escolar, El Consejo Académico o en su defecto la Comisión de Evaluación y

Promoción, definirá la PROMOCIÓN de los estudiantes, teniendo en cuenta los siguientes criterios:

65

ESTUDIANTES PROMOVIDOS: todos aquellos que hayan obtenido Valoración Final Anual de

Desempeño Básico, Desempeño Alto o Desempeño Superior en todas las asignaturas, (Para el caso

valoraciones de 70 a 100).

ESTUDIANTES NO PROMOVIDOS: Deben reiniciar el grado cursado; se considera para el reinicio

de un grado los siguientes criterios:

Quien haya obtenido valoración final anual de Desempeño Bajo en tres (3) o más

asignaturas, (para el caso valoraciones de 10 a 69).

Quien haya dejado de asistir injustificadamente a más del 20% de las jornadas

académicas durante el año escolar.

ESTUDIANTES CON PROMOCIÓN PENDIENTE: Es el estudiante que por incapacidad médica o

licencia de maternidad, no haya cumplido con el total de los logros establecidos en el Plan de Estudios.

PARÁGRAFO: Se hará la Validación por grados de los estudios, para los casos en que el

estudiante pueda demostrar que ha logrado los conocimientos, habilidades y destrezas en cada una

de las áreas obligatorias y fundamentales establecidas para los grados de la educación básica

y media académica. De esta manera se seguirán los procedimientos y equivalencias determinadas

en el decreto 2832 de 2005 artículos 2 y 3.

ARTÍCULO 49. PROMOCIÓN ANTICIPADA DE GRADO:

La promoción anticipada al grado superior se hace al finalizar el primer período académico,

cumpliéndose con el criterio y procedimiento establecido en el artículo 7 del Decreto 1290 de 2009.

Que cita: “Durante el primer período del año escolar el Consejo Académico, previo consentimiento

de los padres de familia, recomendará ante el Consejo Directivo, la promoción anticipada al grado

siguiente del estudiante que demuestre un rendimiento superior en el desarrollo cognitivo, personal

y social en el marco de las competencias básicas del grado que cursa. La decisión será consignada

en el Acta del Consejo Directivo y, si es positiva en el Registro Escolar de Valoración”.

Procedimiento: Para el desarrollo de este Artículo, los docentes titulares de los grados en el caso

de la Básica Primaria, y los de las respectivas áreas en la Básica Secundaria y Media, (excepto el

grado 5° y 11º que se debe cursar completo), entregarán informe escrito al Consejo Académico,

recomendando la promoción de grado de manera anticipada, de aquellos estudiantes con las

características descritas anteriormente.

Criterios a tener en cuenta:

66

1. El Padre de Familia o Acudiente deberá presentar la solicitud por escrito a rectoría, donde

se exprese la voluntad por parte del estudiante y los Padres de Familia, del cumplimiento de

los criterios para la Promoción Anticipada.

2. Que el estudiante haya reprobado el año escolar por no más de una (1) asignatura.

3. Que el estudiante no reporte ningún compromiso o seguimiento académico o de convivencia

en el último año de escolaridad.

4. No haber tenido promoción anticipada en el grado directamente anterior.

Si el Consejo Académico encuentra mérito para atender la solicitud hecha por los docentes o el

Director de curso, elabora un Acta para el Consejo Directivo debidamente sustentada, con el fin de

que éste produzca el Acuerdo y la Rectora a partir de ahí, la Resolución Rectoral respectiva, que

legalice dicha situación, previa consulta que hará ésta con el representante legal y el estudiante que

se promoverá en forma anticipada. Los resultados se consignarán en el Registro Escolar de

Valoración.

El estudiante que ha sido promovido por este proceso, deberá en compañía de sus Padres,

representante legal o acudiente, firmar un acta de compromiso académico y de convivencia con la

rectora del Colegio. En caso de incumplir con el compromiso pactado, se generará la pérdida del

cupo para el año inmediatamente siguiente, de pertenecer a grado Undécimo el estudiante perderá

la oportunidad de graduarse en ceremonia oficial de grado y lo deberá hacer por ventanilla.

El Director de curso hará un seguimiento al proceso del estudiante, el cual será presentado en la

Comisión de Evaluación y Promoción periodo a periodo.

ARTÍCULO 50. PERIODICIDAD DE ENTREGA DE INFORMES A LOS ESTUDIANTES Y PADRES

DE FAMILIA Y LA EQUIVALENCIA DE LOS PERIODOS ACADÉMICOS EN EL AÑO LECTIVO:

Durante el año lectivo se entregarán a los estudiantes y padres de familia, cuatro informes con los

juicios valorativos derivados de la evaluación, con referencia a cuatro (4) periodos académicos de

igual duración correspondientes al año escolar

Estos informes serán virtuales, descriptivos, explicativos, objetivos y en un lenguaje claro y accesible

a la comunidad.

Para primaria, básica secundaria y media vocacional, el informe de Valoración Académico, presenta

dos escalas valorativas, una numérica y otra con la escala Nacional de Desempeños, adicional se

presenta la gráfica de barras comparativa de los promedios obtenidos por cada una de las

asignaturas y las observaciones que el director de curso presente.

Para preescolar, el informe de Valoración Académico, presenta para cada uno de los Referentes

(Ser, Comunicación y Entorno) los saberes y el nivel de desempeño alcanzado en cada uno de ellos,

67

y las sugerencias por parte del Director de Curso para continuar fortaleciendo el proceso de

formación integral en familia.

Los informes que se entregan a los estudiantes cada periodo y el informe final, tiene los nombres y

apellidos e identificación del estudiante. Registra las asignaturas cursadas en cada grado con la

intensidad horaria semanal de cada una de ellas.

El informe periódico y final que deben ser impresos por los padres de Familia o Acudientes, para la

entrevista con el director de curso quien lo firmará en la fecha fijada para entrega de informe

académico.

Los estudiantes que ocupen los tres primeros puestos en cada periodo, en sus respectivos cursos,

podrán ser eximidos de la entrevista con el Director de curso.

Al finalizar el año lectivo, se entregará el informe de Valoración Final, el cual incluye el promedio

periódico de la evaluación integral del estudiante en su desempeño actitudinal y académico, con la

siguiente equivalencia sobre la valoración final del año escolar.

I Periodo: 20 %

II Periodo: 30 %

III Periodo: 20 %

IV Periodo: 30 %

ARTÍCULO 51. INSTANCIAS, PROCEDIMIENTOS Y MECANISMOS DE RESOLUCIÓN DE

RECLAMOS SOBRE EVALUACIÓN:

Los estudiantes y padres de familia o acudientes que consideren se haya cometido alguna injusticia

o transgresión al debido proceso, presentarán por escrito solicitudes respetuosas a las siguientes

instancias de la Institución, para que sean atendidos sus reclamos:

1. El Docente de la asignatura: Evaluador directo y principal responsable del proceso.

2. Director de Curso: Instancia consultiva y mediadora de reclamación.

3. Coordinación Académica: Instancia de mediación y solución de las dificultades

académicas a nivel individual y grupal durante el periodo académico.

4. Consejo Académico: Instancia de acompañamiento, revisión y análisis de los desempeños

en cada periodo académico y al final de cada uno de estos y de situaciones especiales.

5. Rectora: Instancia de mediación y solución de dificultades académicas y de convivencia a

nivel individual y grupal.

6. Consejo Directivo: Instancia Institucional en la solución de reclamaciones.

LOS PROCEDIMIENTOS PARA LA SOLUCIÓN DE RECLAMACIONES.

68

Solicitud por parte del peticionario en todas las instancias:

PRIMERA INSTANCIA:

1. Deberá ser verbal o escrita por el estudiante, o por el padre de familia y/o acudiente.

2. Deberá ser en un término máximo de 3 días hábiles posteriores a la entrega de la calificación.

3. Deberá tener como mínimo los siguientes contenidos:

3.1 Nombre del estudiante y curso.

3.2 Fecha de presentación de la actividad.

3.3. Fecha de reclamación de los hechos.

3.4 Motivo de la solicitud y/o requerimiento.

3.5 Sustento de la reclamación.

3.6 La asignatura.

3.7 Pruebas (si es del caso)

3.8 Quien realizó la calificación (si es del caso)

3.9 Correo electrónico del peticionario (si lo posee).

4. El docente deberá tratar la petición y responderla a través de oficio escrito en un término máximo

de 3 días hábiles. Para ello deberá contar con el visto bueno de la Coordinación.

SEGUNDA INSTANCIA:

1. Se mantiene el mismo proceso anteriormente mencionado, anexando la solicitud a la primera

instancia, este aplica para la instancia de coordinación cuando se requiera. Este se realiza

cuando ninguna de las instancias anteriores haya dado solución a la solicitud.

2. De llegar la reclamación a la rectoría y/o a la comisión de evaluación y promoción se analizará

el antecedente de la reclamación, respondiendo de manera escrita en un término máximo de 10

días hábiles.

3. Si se llegase hasta el máximo recurso, el Consejo Directivo y la rectoría, con el ánimo de realizar

el agotamiento del conducto regular, deberá tratar la petición y responderla a través de una

Resolución en un término máximo de 10 días hábiles.

ARTÍCULO 52. VIGENCIA:

El presente Acuerdo rige a partir del 01 de enero de 2018 y deroga todas las normas de carácter interno que existan a la fecha.

TITULO VII

CAPÍTULO I

DEL GOBIERNO ESCOLAR Y LA ORGANIZACIÓN INSTITUCIONAL

ARTÍCULO 53. CONSTITUCIÓN

69

El Gobierno Escolar en el Colegio Don Bosco, está constituido por los siguientes órganos:

1. El consejo directivo: Como instancia directiva, de participación de la comunidad educativa y de

orientación académica y administrativa del establecimiento.

2. El consejo académico: Como instancia superior para participar en la orientación pedagógica del

establecimiento.

3. La Rectoría, como representante del establecimiento ante las autoridades educativas y ejecutor

de las decisiones del gobierno escolar.

ARTÍCULO 54. CONSEJO DIRECTIVO:

Dentro de los sesenta días (60) calendario siguientes a la iniciación de clase de cada período lectivo

anual, deberá quedar integrado el Consejo Directivo y entrar en ejercicio de sus funciones. Para

tal fin la Rectoría convocará con la debida anticipación, a los diferentes estamentos para efectuar

las elecciones correspondientes.

El Consejo Directivo del Colegio Don Bosco estará integrado por:

1. La Rectoría, quien lo convocará y presidirá, o rdinariamente una vez por mes y

extraordinariamente cuando lo considere necesario para el buen desarrollo de la

Institución.

2. Dos representantes del personal docente, elegidos democráticamente por voto

popular, en asamblea de docentes.

3. Dos representantes de los padres de familia, elegidos por la asociación de padres de

familia.

4. Un representante de los estudiantes del último grado, elegido democráticamente.

5. Un representante de los exalumnos, elegido por el Consejo Directivo, de terna

presentada o en su defecto por quien haya ejercido el año inmediatamente anterior el

cargo de representante de los estudiantes.

6. Un representante de los sectores productivos organizados en el ámbito local o

subsidiariamente de quienes patrocinen el funcionamiento de la institución.

Las funciones del Consejo Directivo son:

1. Tomar decisiones sobre los distintos aspectos que afectan el funcionamiento de la

institución, excepto las que sean competencia de otras autoridades.

2. Servir de instancia para resolver los conflictos que se presenten entre docentes y

administrativos, con los alumnos del establecimiento educativo, después de haber

agotado los procedimientos previstos en el Manual de Convivencia.

70

3. Adoptar el Manual de Convivencia y demás reglamentos de la institución, acordes

con las normas vigentes.

4. Fijar los criterios para la asignación de cupos disponibles para la admisión de nuevos

estudiantes.

5. Asumir la defensa y garantía de los derechos de toda la comunidad educativa, cuando

alguno de sus miembros se sienta lesionado.

6. Aprobar el plan anual de actualización académica del personal docente presentado por

la rectoría.

7. Participar en la planeación y evaluación del Proyecto Educativo Institucional, del

currículo y del plan de estudios y someterlos a la consideración de la Secretaría de

Educación respectiva o del organismo que haga sus veces, para que verifiquen el

cumplimiento de los requisitos establecidos en la ley y los reglamentos.

8. Estimular y controlar el buen funcionamiento del plantel educativo.

9. Establecer estímulos y sanciones para el buen desempeño académico y comportamental

del estudiante.

10. Participar en la evaluación de los docentes, directivos docentes y personal

administrativo de la institución.

11. Recomendar criterios de participación del colegio en actividades comunitarias, culturales,

deportivas y recreativas.

12. Establecer el procedimiento para permitir el uso de las instalaciones en la realización

de actividades educativas, culturales, recreativas, deportivas y sociales de la comunidad

educativa.

13. Promover las relaciones de tipo académico, deportivo y cultural con otras

instituciones educativas y la conformación de organizaciones juveniles.

14. Promover la conformación y renovación de la Asociación de Padres de Familia.

15. Reglamentar los procesos electorales previstos en el presente manual.

16. Crear su propio reglamento.

ARTÍCULO 55. CONSEJO ACADÉMICO:

Estará integrado por la Rectoría quien lo preside, los coordinadores y los jefes de Departamentos

Académicos, establecidos en el Colegio y cumplirá las siguientes funciones:

1. Servir de órgano consultor del Consejo Directivo en la revisión de la propuesta del Proyecto

Educativo Institucional.

2. Estudiar el currículo y propiciar su continuo mejoramiento, introduciendo las

modificaciones y ajustes, de acuerdo con el procedimiento previsto en las normas

vigentes.

3. Organizar el plan de estudios y orientar su ejecución.

4. Participar en la evaluación institucional anual.

5. Conformar las comisiones de evaluación y promoción para decidir sobre la evaluación

del rendimiento de los educandos así como sobre su promoción; estas comisiones estarán

71

integradas por todos los docentes que desarrollan asignaturas en cada grado y su función

será la de dar aplicación al Sistema Institucional de Evaluación y Promoción, establecido

según el decreto 1290 de 2009.

6. Recibir los reclamos de los estudiantes en los aspectos académicos y decidir sobre ellos.

7. Las demás funciones afines o complementarias con las anteriores que le atribuya el

Proyecto Educativo Institucional.

ARTÍCULO 56. EL RECTOR:

Son funciones del Rector las contempladas en la Ley 715 artículo 9, a saber:

1. Orientar la ejecución del Proyecto Educativo Institucional y aplicar las decisiones

del Consejo Directivo.

2. Velar por el cumplimiento de las funciones docentes y el oportuno

aprovisionamiento de los recursos necesarios para el efecto.

3. Mantener activas las relaciones con las autoridades educativas y con la comunidad

local, para el continuo progreso académico de la Institución y el mejoramiento de la vida

comunitaria.

4. Orientar el proceso educativo con la asistencia del Consejo Académico.

5. Ejercer las funciones disciplinarias que le otorgue la ley, los reglamentos y el Manual de

Convivencia.

6. Identificar las nuevas tendencias, aspiraciones e influencias para canalizarlas en favor del

mejoramiento del Proyecto Educativo Institucional.

7. Promover actividades de beneficio social que vinculen al establecimiento con la comunidad

local.

8. Conocer y difundir el contenido del Manual de Convivencia entre todos los miembros

de la comunidad educativa.

9. Mantener diálogo permanente con los estudiantes y demás estamentos del plantel.

10. Cumplir y hacer cumplir las disposiciones emanadas del Ministerio de Educación Nacional

y del Consejo Directivo.

11. Orientar al personal directivo, docente, administrativo y de servicios generales

en el ejercicio de sus funciones.

12. Promover la proyección de la Institución, para que ésta sea conocida por la comunidad,

como forjadora de valores y preocupada por la formación integral de sus educandos.

13. Gestionar la consecución de los recursos necesarios en la institución y mantener

las condiciones físicas indispensables para el desarrollo de las actividades formativas.

14. Dirigir la Evaluación Institucional así como el diseño y ejecución del Plan de

Mejoramiento.

15. Definir las directrices que faciliten el desarrollo de una cultura de la Calidad, mediante la

implementación de un Sistema de Gestión de la Calidad.

16. Las demás funciones afines o complementarias con las anteriores que le atribuya el

Proyecto Educativo Institucional.

72

ARTÍCULO 57. COORDINADORES:

Las funciones de los coordinadores se contemplan en el artículo 27 del Decreto 1860 del 03 de

agosto de 1994 y en las demás funciones consagradas en el presente Manual de Convivencia; por

lo tanto se determinan las siguientes:

1. Orientar a los estudiantes en los aspectos académicos, comportamentales; de evaluación y

de promoción. Para tal efecto los estudiantes podrán será agrupados por grados.

2. Asesorar y acompañar el desempeño de los docentes de acuerdo con el plan de estudios.

Con tal fin se podrán agrupar por afinidad de las disciplinas o especialidades pedagógicas.

3. Interactuar y participar con la comunidad educativa para conseguir el bienestar colectivo de

la misma. Para ello podrá impulsar programas y proyectos que respondan a necesidades y

conveniencias.

4. Contribuir con el desarrollo del Proyecto Educativo Institucional, desde la planeación,

ejecución y evaluación.

5. Ejecutar los Proyectos, Planes, Programas y Procedimientos definidos para la gestión del

proceso académico formativo.

6. Atender los reclamos y solicitudes de los estudiantes y padres de familia o acudientes, en el

momento que sea necesario.

7. Realizar el seguimiento académico y comportamental de los estudiantes.

8. Garantizar el cumplimiento de lo establecido en el presenta Manual de Convivencia.

9. Cumplir con otras funciones inherentes a su cargo y responsabilidades o las asignadas por

la Rectoría, como jefe inmediato.

ARTÍCULO 58. COORDINADOR DE LA CALIDAD:

Es la autoridad encargada de dinamizar el proceso de certificación de la calidad en el Colegio.

Depende de la Rectoría y tiene como funciones las siguientes:

1. Asesorar a la dirección de la Institución en la implementación y desarrollo del Sistema de

Gestión de la Calidad.

2. Garantizar el diseño y gestión de los proyectos, planes, manuales, programas,

procedimientos y documentación definidos para los procesos.

3. Establecer acciones de evaluación y seguimiento, para garantizar el cumplimiento de los

objetivos.

4. Implementar y realizar seguimiento a los diferentes mecanismos establecidos para medir la

satisfacción de los clientes.

5. Identificar la Política y Objetivos de la calidad y participar en su cumplimiento.

6. Garantizar la interacción de los procesos, para el logro de la Misión Institucional.

7. Conocer los requisitos de los clientes y velar por aumentar su satisfacción.

73

8. Participar en la implementación y desarrollo de las acciones correctivas, preventivas o de

mejora.

9. Promover el mejoramiento continuo del proceso y del Sistema de Gestión de la Calidad.

10. Cumplir con otras funciones inherentes a su cargo y responsabilidad o las asignadas por el

Rector.

CAPÍTULO II

OTRAS INSTANCIAS DE PARTICIPACIÓN

Además de los órganos que conforman el Gobierno Escolar, los integrantes de la comunidad

educativa del Colegio Don Bosco tienen la posibilidad de formar parte de otras instancias de

participación, como son:

Consejo de estudiantes.

Personería estudiantil.

Asociación de padres de familia.

Consejo de padres de familia.

Comisión de evaluación y promoción.

Comité de convivencia escolar.

ARTÍCULO 59. CONSEJO DE ESTUDIANTES:

El Consejo de Estudiantes asegura y garantiza el continuo ejercicio de la participación de los

estudiantes. Estará integrado por un representante de cada curso del colegio.

El Consejo Directivo convocará en una fecha dentro de las cuatro primeras semanas del calendario

académico, a la elección del Consejo de Estudiantes, la cual se hará mediante votación secreta.

Atendiendo al decreto 1860, artículo 29, el Colegio Don Bosco convoca a una asamblea conjunta a

los estudiantes del nivel preescolar y de los tres primeros grados del ciclo de primaria, para elegir un

vocero único entre los estudiantes que cursan el tercer grado.

Corresponde al Consejo de Estudiantes:

1. Darse su organización interna.

2. Elegir el representante de los estudiantes al Consejo Directivo del establecimiento

y asesorarlo en el cumplimiento de su representación.

3. Presentar ante la Rectoría de la institución propuestas que favorezcan el desarrollo

estudiantil e institucional.

4. Invitar a sus deliberaciones a aquellos estudiantes que presenten iniciativas sobre el

desarrollo de la vida estudiantil.

74

5. Las demás actividades afines o complementarias con las anteriores que le atribuya el

Manual de Convivencia.

ARTÍCULO 60. PERSONERÍA ESTUDIANTIL.

El personero será un estudiante que curse último grado, con alto perfil Bosconiano, encargado de

promover el ejercicio de los deberes y derechos de los estudiantes, consagrados en la Constitución

Política, las leyes, reglamentos y el Manual de Convivencia. (Art.28, Decreto 1860 de 1994) El

personero será elegido mediante voto secreto y mayoría simple, en las elecciones que convocará la

Rectoría y que se llevará a cabo dentro de los treinta (30) días calendario siguiente a la iniciación de

clases.

El personero tendrá las siguientes funciones:

1. Promover el cumplimiento de los derechos y deberes de los estudiantes, para lo cual podrá

utilizar los medios de comunicación interna del establecimiento, pedir la colaboración del

Consejo de Estudiantes, organizar foros u otras formas de deliberación.

2. Garantizar el derecho a la intimidad y a la confidencialidad de los datos personales que sean

tratados en reuniones, comités y en cualquier otra representación a que tenga lugar.

3. Recibir y evaluar las quejas y reclamos que presenten los educandos sobre lesiones a

sus derechos y las que formule cualquier persona de la comunidad sobre el incumplimiento

de las obligaciones de los estudiantes y ponerlas en consideración de la autoridad

correspondiente.

4. Presentar ante la Rectoría las solicitudes, de oficio o a petición de parte, que considere

necesarias para proteger los derechos de los estudiantes y facilitar el cumplimiento de sus

deberes.

5. Presentar los recursos ordinarios o extraordinarios consagrados en la ley o en el manual de

convivencia ante los funcionarios a instancias correspondientes, respecto de las decisiones

que nieguen o no satisfagan completamente las peticiones realizadas.

6. Cuando lo considere necesario, apelar ante el Consejo Directivo las decisiones de la

Rectoría respecto a las peticiones presentadas por su intermedio.

7. Mediar en las situaciones en las cuales su presencia sea requerida.

PARÁGRAFO 1: Se nombrará el Comité Electoral, conformado por la Rectoría, las Coordinaciones,

el docente representante del Departamento de Ciencias Sociales o líder del Proyecto de Democracia

y el Estudiante de grado 10°, nombrado como Registrador; El comité está encargado de establecer

la organización y realización de las elecciones, de vigilar el proceso electoral. Las funciones del

Comité Electoral son:

1. Recibir inscripciones de electores y candidatos.

2. Convocar a elecciones al inicio de cada año lectivo y elegir los jurados de votación.

75

3. Velar por la trasparencia de las votaciones y en general de todo el proceso electoral.

PARÁGRAFO 2. Todos los candidatos podrán realizar campañas dentro de los términos

establecidos en el calendario electoral; para esto pueden, en condiciones de igualdad, disponer de

carteleras, solicitar permiso para ingresar a las clases a difundir sus propuestas y hacer uso del

sonido del Colegio.

PARÁGRAFO 3: Para la elección del personero de los estudiantes, se habilita la Plataforma

Institucional para que cada uno de los estudiantes ingrese con su usuario y realice la votación, en el

horario establecido por el comité electoral. Esta votación se realiza en la sala de sistemas, en

presencia del docente delegado del Dpto. de Ciencias Sociales, el registrador y la persona encargada

de las comunicaciones en el Colegio.

PARÁGRAFO 4. El mandato del personero de los estudiantes podrá ser revocado por el Consejo

Directivo a petición de algún estudiante o maestro, si no cumple con las funciones o si tiene una

situación de tipo II o III. Permanecerá en el cargo hasta cuando se elija un nuevo personero

estudiantil para que lo sustituya.

PARÁGRAFO 5. Si la elección del personero elegido por mayoría de votos llegara a ser impugnada legalmente, lo reemplazará el segundo en votación. La impugnación deberá realizarse dentro de los ocho días hábiles (8) siguientes a la promulgación del resultado electoral (Numerales 3, 8 y 9), el Consejo Estudiantil presentará ante el Consejo Directivo la solicitud de impugnación. La elección podrá ser impugnada por alguna de las siguientes razones:

1. Llevar un mes o más de su elección sin organizar su plan de trabajo. 2. No cumplir con sus funciones. 3. No cumplir con el perfil que se exigió durante la campaña electoral. 4. No cumplir con sus propuestas de trabajo. 5. Desacato o desavenencia frente a la implementación o aprobación del proyecto. 6. Irrespeto a las normas establecidas en los deberes del estudiante Bosconiano. 7. No asumir compromiso en la mediación entre las distintas dependencias del Colegio. 8. Falsedad en los documentos. 9. Compra de votos, entrega de objetos a cambio del voto.

PARÁGRAFO 6. Todos los candidatos podrán realizar campañas dentro de los términos establecidos en el calendario electoral; para esto pueden, en condiciones de igualdad, disponer de carteleras, solicitar permiso para ingresar a las clases a difundir sus propuestas y hacer uso del sonido del Colegio.

PARÁGRAFO 7: EL REGISTRADOR: es elegido entre los estudiantes de Décimo grado y tiene las

siguientes funciones:

1. Realizar el sorteo entre los candidatos para la ubicación y número en el tarjetón virtual de

votación.

76

2. Ser responsable de la labor de escrutinio junto con el comité electoral o la persona

encargada del manejo de la Plataforma del Colegio.

3. Presentar en formación general los resultados obtenidos por cada uno de los candidatos.

4. Posesionar a los candidatos electos, en acto protocolario y en presencia de todos los

estudiantes.

5. Junto con el Comité Electoral, verificar que todos los materiales y elementos necesarios para

las elecciones se encuentren disponibles.

ARTÍCULO 61. ASOCIACIÓN DE PADRES DE FAMILIA.

La Rectoría promoverá la constitución de una asociación de padres de familia, para lo cual podrá

citar a una asamblea constitutiva, suministrar espacios o ayudas de secretaría, contribuir en el

recaudo de cuotas de sostenimiento o apoyar iniciativas existentes.

La asociación, además de las funciones que su reglamento determine, podrá desarrollar

actividades como las siguientes:

1. Velar por el cumplimiento del Proyecto Educativo Institucional y su continua evaluación,

para lo cual podrá contratar asesorías especializadas.

2. Promover programas de formación de los padres para cumplir adecuadamente la tarea

educativa que les corresponde.

PARÁGRAFO: La Asociación de Padres existente en el colegio, elegirá dos representantes ante el

Consejo Directivo: uno deberá ser miembro de la junta directiva y el otro miembro del Consejo de

Padres de Familia, según el artículo 30 del Decreto 1860 de 1994.

ARTÍCULO 62. CONSEJO DE PADRES DE FAMILIA.

El Consejo de Padres de Familia, como órgano de la Asociación de Padres de Familia, es un medio

para asegurar la continua participación de los padres y acudientes en el proceso pedagógico del

colegio. Podrá estar integrado por los delegados de los padres de los estudiantes que cursan cada

uno de los diferentes grados que ofrece la Institución o por cualquier otro esquema definido en el

seno de la asociación. (Artículo 31 Decreto 1860 de 1994).

ARTÍCULO 63. LA COMISIÓN DE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN INSTITUCIONAL.

El Consejo Académico conformará una Comisión de Evaluación y Promoción, integrada por los

maestros que orienten las asignaturas de cada grado, los coordinadores académicos y de

convivencia, la psicoorientadora, los representantes de los Padres de Familia y la Rectoría.

La Comisión de Evaluación y Promoción tendrá como función definir la promoción de los estudiantes

y hacer recomendaciones de actividades de nivelación, informando posteriormente a los padres de

77

familia y/o acudientes; igualmente considerará las situaciones de los estudiantes con promedios

excepcionalmente altos, con el fin de recomendar actividades especiales o promoción anticipada.

ARTICULO 64. COMITÉ ESCOLAR DE CONVIVENCIA:

El Comité Escolar de Convivencia es el encargado de apoyar la labor de promoción y seguimiento a

la convivencia escolar, a la educación para el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y

reproductivos, así como del desarrollo y aplicación del Manual de Convivencia y de la prevención y

mitigación de la violencia escolar.

Su conformación y funciones están definidas por la Ley 1620 del 25 de marzo de 2013 y por el

Decreto reglamentario 1965 del 11 de septiembre de 2013.

ARTICULO 65. CONFORMACIÓN DEL COMITÉ ESCOLAR DE CONVIVENCIA:

El Comité Escolar de Convivencia está conformado así:

El rector del establecimiento educativo, quien lo preside.

El personero estudiantil

Docentes con función de orientación

Coordinadores de convivencia

El presidente del consejo de padres de familia

El presidente del consejo de estudiantes

Docente que lidere procesos o estrategias de convivencia escolar

PARAGRAFO 1: el Comité Escolar de Convivencia sesionara como mínimo una vez cada dos

meses. De todas las sesiones que se adelante se deberá elaborar un acta, la cual deberá contar

con:

1. Lugar, fecha y hora en la cual se efectúo la reunión

2. Registro de los miembros del Comité que asistieron a la sesión, precisando la figura que

representan y verificación del quórum.

3. Registro de los miembros del Comité que presentaron excusa debidamente justificada para

no asistir a la sesión

4. Indicación de los medios utilizados para comunicar la citación a los miembros del Comité

5. Síntesis de los temas tratados en la reunión, así como de las acciones, medidas

recomendaciones, conceptos adoptados y sentido de las votaciones.

6. Firma del Presidente del Comité y del Secretario, una vez haya sido aprobada por los

asistentes.

PARÁGRAFO 2: El comité podrá invitar con voz pero sin voto a un miembro de la comunidad

educativa conocedor de los hechos, con el propósito de ampliar información.

78

PARÁGRAFO 3: Decreto 1965 Art 25. “El comité escolar de convivencia deberá garantizar el

derecho a la intimidad y a la confidencialidad de los datos personales que sean tratados en el marco

de las actuaciones que· éste adelante, conforme a lo dispuesto en la Constitución Política, los

tratados internacionales, en la Ley 1098 de 2006, en la Ley estatutaria 1581 de 2012, en el Decreto

1377 de 2013 y demás normas aplicables a la materia”

ARTÍCULO 66. FUNCIONES DEL COMITÉ ESCOLAR DE CONVIVENCIA:

1. Identificar, documentar, analizar y resolver los conflictos que se presenten entre docentes y

estudiantes, directivos y estudiantes, entre estudiantes y entre docentes.

2. Liderar en los establecimientos educativos acciones que fomenten la convivencia, la construcción

de ciudadanía, el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos y la prevención y

mitigación de la violencia escolar entre los miembros de la comunidad educativa.

3. Promover la vinculación de los establecimientos educativos a estrategias, programas y actividades

de convivencia y construcción de ciudadanía que se adelanten en la región y que respondan a las

necesidades de su comunidad educativa.

4. Convocar a un espacio de conciliación para la resolución de situaciones conflictivas que afecten

la convivencia escolar, por solicitud de cualquiera de los miembros de la comunidad educativa o de

oficio cuando se estime conveniente en procura de evitar perjuicios irremediables a los

miembros de la comunidad educativa. El estudiante estará acompañado por el padre, madre de

familia, acudiente o un compañero del establecimiento educativo.

5. Activar la ruta de atención integral para la convivencia escolar definida en el artículo 29 de esta

Ley, frente a situaciones específicas de conflicto, de acoso escolar, frente a las conductas de alto

riesgo de violencia escolar o de vulneración de derechos sexuales y reproductivos que no pueden

ser resueltos por este comité de acuerdo con lo establecido en el manual de convivencia, porque

trascienden del ámbito escolar, y revistan las características de la comisión de una conducta punible,

razón por la cual deben ser atendidos por otras instancias o autoridades que hacen parte de la

estructura del sistema y de la ruta.

6. Liderar el desarrollo de estrategias e instrumentos destinados a promover y evaluar la convivencia

escolar, el ejercicio de los derechos humanos sexuales y reproductivos.

7. Hacer seguimiento al cumplimiento de las disposiciones establecidas en el manual de convivencia,

y presentar informes a la respectiva instancia que hace parte de la estructura del sistema nacional

de convivencia escolar y formación para los derechos humanos, la Educación para la sexualidad y

la prevención y ' mitigación de la violencia escolar, de los casos o situaciones que haya conocido

el comité.

79

8. Proponer, analizar y viabilizar estrategias pedagógicas que permitan la flexibilización del modelo

pedagógico y la articulación de diferentes áreas de estudio que lean el contexto educativo y su

pertinencia en la comunidad para determinar más y mejores maneras de relacionarse en la

construcción de la ciudadanía.

PARÁGRAFO: Este comité debe darse su propio reglamento, el cual debe abarcar lo

correspondiente a sesiones, y demás aspectos procedimentales, como aquellos relacionados con la

elección y permanencia en el comité del docente que lidere procesos o estrategias de convivencia

escolar.

TITULO VIII

DE LOS COSTOS EDUCATIVOS

ARTÍCULO 67. COSTOS EDUCATIVOS: Para efectos de costos educativos el Colegio se rige por

las normas vigentes, emanadas del MEN y de laSecretaria de Educación Municipal, en especial

las contenidas en el considerando de la Resolución No. 2453 del 02 de octubre de 2017 disponible

al público en el Colegio.

Las tarifas o costos aplicados para la vigencia escolar 2018 son los siguientes:

GRADO MATRICULA OTROS COBROS PENSIÓN MENSUAL

PRE JARDÍN Y JARDIN. $ 586.600°° (Anual) 384.350°° (Anual) $ 450.000°° (Mensual)

TRANSICIÓN Y PRIMERO. $ 586.600°° (Anual) 434.350°° (Anual) $ 480.000°° (Mensual)

SEGUNDO Y TERCERO. $ 565.950°° (Anual) 434.350°° (Anual) $ 480.000°° (Mensual)

CUARTO. $ 494.000°° (Anual) 594.350°° (Anual) $ 444.600°° (Mensual)

QUINTO. $ 465.250°° (Anual) 594.350°° (Anual) $ 418.700°° (Mensual)

SEXTO, SÉPTIMO, OCTAVO, NOVENO Y DÉCIMO.

$ 438.800°° (Anual) 594.350°° (Anual) $ 394.900°° (Mensual)

UNDÉCIMO. $ 413.700°° (Anual) 594.350°° (Anual) $ 372.350°° (Mensual)

ARTÍCULO 68: OTROS COSTOS: Fijase otros costos para el año 2018 por los conceptos que a

continuación se presentan:

CONCEPTO VALOR

Carné estudiantil $10.598°° (Anual)

Periódico estudiantil $15.523°° (Anual)

Agenda Escolar $35.372°° (Anual)

Guías didácticas $22.874°° (Anual)

Proyecto de desarrollo de pensamiento $250.000°° (Anual)

Plataforma virtual $50.000°° (Anual)

80

Pruebas externas de 1° a 11° $50.000°° (Anual)

Laboratorio 4° a 11° $160.000° (Anual)

PARAGRAFO 1: RECARGO. Las sumas de dinero correspondientes a pensiones y otros

cobros que no se cancelen dentro de los cinco (05) primeros días hábiles de cada mes

correspondiente, causarán un recargo de acuerdo a la normatividad vigente, el cual se cobrará en la

facturación de la mensualidad siguiente.

PARAGRAFO 2: La ausencia temporal o total dentro de un mes de enseñanza atribuibles al

ESTUDIANTE, al PADRE DE FAMILIA Y/O ACUDIENTE no dará derecho a descontar suma alguna

de lo obligado a pagar, ni a que EL COLEGIO le haga devoluciones o abonos a mensualidades

posteriores.

PARAGRAFO 3°: La mora en el pago, a partir de los 30 días, ocasionará la restricción de acceso a

la plataforma virtual (www.coldonboscovillavicencio.edu.co) de los padres, acudientes y estudiantes;

en la información sobre valoraciones académicas o calificaciones del estudiante.

PARAGRAFO 4: El transporte escolar es un servicio optativo según la necesidad de los Padres

de Familia o Acudientes. El Colegio ofrece el servicio de Transporte Escolar por un valor de

$162.000°°

PARAGRAFO 5: Los pagos por los servicios contratados se consignarán exclusivamente en las

entidades bancarias destinadas para tal fin por el COLEGIO DON BOSCO.

PARAGRAFO 6: REPORTE A CENTRALES DE RIESGO: El colegio reportará a las centrales de

riesgo a los padres de familia, acudientes o codeudores, que presenten una mora en el pago de sus

obligaciones pecuniarias con el Colegio igual o superior a sesenta (60) días.

PARÁGRAFO 7: La reincidencia en el incumplimiento de las obligaciones financieras acarreará la

pérdida de cupo del estudiante para el siguiente año lectivo.

ARTÍCULO 69. PROCEDIMIENTO GENERAL PARA EL COBRO DE TARIFAS:

ARTÍCULO 70. DERECHO A DEVOLUCIONES:

1. El Colegio no realizará devolución de dinero por concepto de matrícula en caso de retiro del

estudiante, salvo que los padres de familia o acudientes informen antes que se inicien las

labores escolares; en tal caso el padre de familia o acudiente tendrá derecho a que se le

devuelva el 50% del valor cancelado por concepto de matrícula y la totalidad de lo cancelado

por otros conceptos; cumpliendo estrictamente el procedimiento regulado por el Artículo 10

de la Resolución 14055 del 11 de octubre de 1989.

81

2. En caso de retiro del estudiante después de iniciadas las labores escolares sólo tendrá

derecho a la devolución de los dineros cancelados de manera anticipada por concepto de

pensiones (a partir de la fecha en la cual el padre de familia o acudiente informa el retiro).

ARTÍCULO 71. TRATAMIENTO DE SITUACIONES DE MORA:

1. En caso de retraso en el pago de las pensiones el padre de familia o acudiente deberá cancelar

un recargo por no pago oportuno equivalente a $ 7.000 por cada mes de mora, según contrato

de matrícula.

2. En caso que los padres de familia o acudientes incumplan en el pago de pensiones por 2 meses

consecutivos según lo estipulado en el Contrato serán reportados a la empresa encargada del

recaudo de cartera, dicha entidad iniciará el proceso de cobro y si es pertinente aplicará un

proceso jurídico.

Parágrafo 1. Los gastos de cobranza, honorarios y demás costos que se generen después de que el padre de familia o acudiente sea reportado a la empresa de cobranza serán asumidos por los padres de familia o acudientes. El Colegio se reservará el cupo con estudiantes cuyos padres o acudientes no cumplan con el pago oportuno de las pensiones.

TITULO IX

CAPÍTULO I

DE LAS DEFINICIONES, PRINCIPIOS Y ACCIONES DE LA RUTA DE ATENCIÓN INTEGRAL

(LEY 1620)

Es importante tener presente las condiciones únicas de cada uno de los estudiantes del Colegio Don Bosco y sus habilidades y procedimientos a desarrollar, junto con los derechos, deberes y responsabilidades individuales y colectivas. Para una buena dinámica en la convivencia escolar es importante tener en cuenta entre otros principios:

1. Todos los estudiantes son diferentes y únicos. Por lo tanto, resulta significativo considerar

las motivaciones vitales de la comunidad en términos de sus necesidades básicas y

trascendentales.

2. El aprendizaje se da de manera efectiva cuando se tiene en un ámbito de relaciones

interpersonales positivas, donde el estudiante es aceptado, apreciado y valorado.

3. Promover la convivencia escolar y resolver los conflictos implica la participación de toda la

comunidad educativa, la reserva de ciertos espacios y tiempos y el trabajo coordinado con

las familias, los docentes, los estudiantes, las directivas y la comunidad en general.

ARTÍCULO 72. RUTA DE ATENCIÓN INTEGRAL: La Ruta de Atención Integral para la Convivencia Escolar define los procesos y los protocolos que deberán seguir las entidades e instituciones que conforman el Sistema Nacional de convivencia escolar y formación para los

82

derechos humanos, la educación para la sexualidad y la prevención y mitigación de la violencia escolar, en todos los casos en que se vea afectada la convivencia escolar y los derechos humanos, sexuales y reproductivos de los estudiantes de las instituciones educativas, articulando una oferta de servicio ágil, integral y complementario. En cumplimiento de las funciones señaladas en cada uno de los niveles, las instituciones y entidades que conforman el Sistema deben garantizar la atención inmediata y pertinente de los casos de violencia escolar, acoso o vulneración de derechos sexuales y reproductivos que se presenten en los establecimientos educativos o en sus alrededores y que involucren a niños, niñas y adolescentes de los niveles de educación preescolar, básica y media, así como de casos de embarazo en adolescentes. Atendiendo a lo establecido en el Decreto 1965 de 2013 en su artículo 39 se contempla la ruta y las siguientes definiciones: Para el Colegio Don Bosco, la convivencia escolar es un proceso orientado a contribuir en el desarrollo integral del estudiante a través de la formación en valores, principios, derechos y deberes que le permitan la comprensión de las normas, acuerdos y de la apropiación de los principios propios del ser social, asumiendo las consecuencias de sus actos y atendiendo los procesos de formación y de reparación que le ayuden en el crecimiento personal, comunitario y el desarrollo como ser humano. ARTÍCULO 73. PRINCIPIOS DEL SISTEMA NACIONAL DE CONVIVENCIA ESCOLAR: Son principios del sistema nacional de convivencia escolar y formación para los derechos humanos, la educación para la sexualidad y la prevención y mitigación de la violencia escolar:

1. PARTICIPACIÓN: El Colegio debe garantizar su participación activa para la coordinación y

armonización de acciones en el ejercicio de sus respectivas funciones que le permitan el

cumplimiento de los fines del sistema. (Ley 115 del 94 y los artículos 31, 32, 43 y 44 de la

ley 1098 de 2006). A sí mismo debe garantizar a los niños, niñas y adolescentes su

participación en el desarrollo de las estrategias y acciones que se adelantan dentro de los

mismos en el marco del sistema.

2. CORRESPONSABILIDAD: La familia, los establecimientos educativos, la sociedad y el

Estado son corresponsables de la formación ciudadana, la promoción de la convivencia

escolar, la educación para el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos

de los niños, niñas y adolescentes desde sus respectivos ámbitos de acción, en torno a los

objetivos del Sistema y de conformidad con lo consagrado en el artículo 44 de la Constitución

Política y el Código de Infancia y la Adolescencia.

3. AUTONOMÍA: Los individuos, entidades territoriales e instituciones educativas son

autónomos en concordancia con la Constitución Política y dentro de los límites fijados por

las leyes, normas y disposiciones.

4. DIVERSIDAD: El Sistema se fundamenta en el reconocimiento, respeto y valoración de la

dignidad propia y ajena, sin discriminación por razones de género, orientación o identidad

sexual, etnia o condición física, social o cultural. Los niños, niñas y adolescentes tienen

83

derecho a recibir una educación y formación que se fundamente en una concepción integral

de la persona y la dignidad humana, en ambientes pacíficos, democráticos e incluyentes.

5. INTEGRALIDAD: La filosofía del sistema será integral, y estará orientada hacia la promoción

de la educación para la autorregulación del individuo, de la educación para la sanción social

y de la educación en el respeto a la Constitución y las leyes.

ARTÍCULO 74. COMPONENTES DE LA RUTA DE ATENCIÓN INTEGRAL: En atención a la Ley 1620 Art. 29 y 30, la Ruta de Atención Integral tendrá como mínimo cuatro componentes: Promoción, Prevención, Atención y Seguimiento. ARTÍCULO 75. COMPONENTE DE PROMOCIÓN: Se consideran acciones de promoción las políticas institucionales que se concentran en el fomento de la convivencia y en el mejoramiento del clima escolar, con el fin de generar un entorno para el ejercicio real y efectivo de los derechos humanos, sexuales y reproductivos en los términos establecidos en la Ley 1620 de 2013. El Comité Escolar de Convivencia tendrá en cuenta las siguientes acciones:

1. El Comité Escolar de Convivencia liderará el ajuste de los manuales de convivencia,

conforme a lo establecido en el Artículo 21 de la Ley 1620 de 2013 y en el Título III del

Decreto 1965.

2. El Comité Escolar de Convivencia propondrá políticas institucionales que favorezcan el

bienestar individual y colectivo, que puedan ser desarrolladas en el marco del proyecto

educativo institucional - PEI, atendiendo a lo dispuesto en el artículo 73 de la Ley 115 de

1994.

3. El Consejo Académico liderar el desarrollo de iniciativas de formación de la comunidad

educativa en temáticas tales como derechos humanos, sexuales y reproductivos,

sexualidad, competencias ciudadanas, desarrollo infantil y adolescente, convivencia, y

mediación y conciliación, para fortalecer el Sistema Nacional de Convivencia Escolar.

4. Los Coordinadores de diferentes proyectos y directores de grado Fortalecerá la

implementación y evaluación de proyectos pedagógicos de educación para la sexualidad y

construcción de ciudadanía desde el nivel de preescolar, que correspondan a las

particularidades socioculturales del contexto en el que se encuentra el establecimiento

educativo. Estos proyectos deben garantizar el derecho que tienen niñas, niños y

adolescentes de recibir información fundamentada en evidencia científica con el fin de que,

progresivamente, vayan desarrollando las competencias que facilitan la toma de decisiones

autónomas frente al ejercicio de la sexualidad y la realización de proyectos de vida.

5. Los Coordinadores de proyectos y directores de grado articularán el diseño, implementación,

seguimiento y evaluación de proyectos para el desarrollo de competencias ciudadanas

orientados a fortalecer un clima escolar y de aula positivos que aborden como mínimo

temáticas relacionadas con la clarificación de normas, la definición de estrategias para la

toma de decisiones, la concertación y la negociación de intereses y objetivos, el ejercicio de

habilidades comunicativas, emocionales y cognitivas a favor de la convivencia escolar, entre

otros.

84

6. Los Coordinadores generarán mecanismos y herramientas para que el desarrollo de

competencias ciudadanas y la formación para el ejercicio de los derechos humanos,

sexuales y reproductivos se lleve a cabo de manera transversal en todas las áreas

obligatorias y fundamentales del conocimiento y de la formación establecidas en el proyecto

educativo institucional.

ARTÍCULO 76. COMPONENTE DE PREVENCIÓN: Se consideran acciones de prevención las que buscan intervenir oportunamente en los comportamientos que podrían afectar la realización efectiva de los derechos humanos, sexuales y reproductivos con el fin de evitar que se constituyan en patrones de interacción que alteren la convivencia de los miembros de la comunidad educativa. El Colegio tendrá en cuenta las siguientes acciones:

1. La identificación de los riesgos de ocurrencia de las situaciones más comunes que afectan

la convivencia escolar y el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos, a

partir de las particularidades del clima escolar y del análisis de las características familiares,

sociales, políticas, económicas y culturales externas, que inciden en las relaciones

interpersonales de la comunidad educativa, de acuerdo con lo establecido en el numeral 5

del artículo 17 de la Ley 1620 de 2013.

2. El fortalecimiento de las acciones que contribuyan a la mitigación de las situaciones que

afectan la convivencia escolar y el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y

reproductivos; identificadas a partir de las particularidades mencionadas en el numeral 1 del

artículo 17 de la ley 1620 de 2013.

3. El comité Escolar de Convivencia hará diseño de protocolos para la atención oportuna e

integral de las situaciones más comunes que afectan la convivencia escolar y el ejercicio de

los derechos humanos, sexuales y reproductivos.

Parágrafo1: Dentro de estas directrices, el Colegio como medidas de acción preventiva tiene dentro de sus lineamientos de convivencia, el comité de aula, conformado por estudiantes que el curso nombra anualmente con aptitudes de liderazgo y disposición mediadora. ARTÍCULO 77. COMPONENTE DE ATENCIÓN Y SEGUIMIENTO: Se consideran acciones de

atención y seguimiento aquellas que permitan asistir a los miembros de la comunidad educativa

frente a las situaciones que afectan la convivencia escolar y el ejercicio de los derechos humanos,

sexuales y reproductivos, mediante la implementación y aplicación de los protocolos internos de los

establecimientos educativos y la activación cuando fuere necesario, de los protocolos de atención

que para el efecto se tengan implementados por parte de los demás actores que integran el Sistema

Nacional de Convivencia Escolar en el ámbito de su competencia.

ARTICULO 78. DEFINICIONES:

1. Competencias ciudadanas: Es una de las competencias básicas que se define como el

conjunto de conocimientos y de habilidades cognitivas, emocionales y comunicativas que,

85

articulados entre sí, hacen posible que el ciudadano actúe de manera constructiva en una

sociedad democrática.

2. Educación para el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos: Es

aquella orientada a formar personas capaces de reconocerse como sujetos activos titulares

de derechos humanos sexuales y reproductivos con la cual desarrollarán competencias para

relacionarse consigo mismo y con los demás, con criterios de respeto por sí mismo, por el

otro y por el entorno, con el fin de poder alcanzar un estado de bienestar físico, mental y

social que les posibilite tomar decisiones asertivas, informadas y autónomas para ejercer

una sexualidad libre, satisfactoria, responsable y sana, en torno a la construcción de su

proyecto de vida y a la transformación de las dinámicas sociales, hacia el establecimiento

de relaciones más justas democráticas y responsables .

3. Conflictos: Son situaciones que se caracterizan porque hay una incompatibilidad real o

percibida entre una o varias personas frente a sus intereses.

4. Conflictos manejados inadecuadamente: Son situaciones en las que los conflictos no

son resueltos de manera constructiva y dan lugar a hechos que afectan la convivencia

escolar, como altercados, enfrentamientos o riñas entre dos o más miembros de la

comunidad educativa de los cuales por lo menos uno es estudiante y siempre y cuando no

exista una afectación al cuerpo o a la salud de cualquiera de los involucrados.

5. Agresión escolar: Es toda acción realizada por uno o varios integrantes de la comunidad

educativa que busca afectar negativamente a otros miembros de la comunidad educativa,

de los cuales por lo menos uno es estudiante. La agresión escolar puede ser física, verbal,

gestual, relacional y electrónica.

a. Agresión física: Es toda acción que tenga como finalidad causar daño al cuerpo o a la

salud de otra persona. Incluye puñetazos, patadas, empujones, cachetadas, mordiscos,

rasguños, pellizcos, jalón de pelo, entre otras.

b. Agresión verbal: Es toda acción que busque con las palabras degradar, humillar,

atemorizar, descalificar a otros. Incluye insultos, apodos ofensivos, burlas y amenazas.

c. Agresión gestual: Es toda acción que busque con los gestos degradar, humillar,

atemorizar o descalificar a otros.

d. Agresión relacional: Es toda acción que busque afectar negativamente las relaciones

que otros tienen. Incluye excluir de grupos, aislar deliberadamente y difundir rumores

o secretos buscando afectar negativamente el estatus o imagen que tiene la persona

frente a otros.

e. Agresión electrónica: Es toda .acción que busque afectar negativamente a otros a través

de medios electrónicos. Incluye la divulgación de fotos o videos íntimos o humillantes

en Internet, realizar comentarios insultantes u ofensivos sobre otros a través de redes

sociales y enviar correos electrónicos o mensajes de texto insultantes u ofensivos, tanto

de manera anónima como cuando se revela la identidad de quien los envía.

6. Acoso Escolar: De acuerdo con el artículo 2 de la Ley 1620 de 2013, es toda conducta

negativa, intencional metódica y sistemática de agresión, intimidación, humillación, ridiculización,

86

difamación, coacción, aislamiento deliberado, amenaza o incitación a la violencia o cualquier forma

de maltrato psicológico, verbal, físico o por medios electrónicos contra un niño, niña o adolescente,

por parte de un estudiante o varios de sus pares con quienes mantiene una relación de poder

asimétrica, que se presenta de forma reiterada o a lo largo de un tiempo determinado. También

puede ocurrir por parte de docentes contra estudiantes, o por parte de estudiantes contra docentes,

ante la indiferencia o complicidad de su entorno.

7. Ciberacoso Escolar: De acuerdo con el artículo 2 de la Ley 1620 de 2013, es toda forma de

intimidación con uso deliberado de tecnologías de información (Internet, redes sociales virtuales,

telefonía móvil y video juegos online) para ejercer maltrato psicológico y continuado.

8. Violencia Sexual: De acuerdo con lo establecido en el artículo 2 de la Ley 1146 de 2007, "se

entiende por violencia sexual contra niños, niñas y adolescentes todo acto o comportamiento de tipo

sexual ejercido sobre un niño, niña o adolescente, utilizando la fuerza o cualquier forma de coerción

física, psicológica o emocional, aprovechando las condiciones de indefensión, de desigualdad y las

relaciones de poder existentes entre víctima y agresor".

9. Vulneración de los derechos de los niños, niñas y adolescentes: Es toda situación de daño,

lesión o perjuicio que impide el ejercicio pleno de los derechos de los niños, niñas y adolescentes

10. Restablecimiento de los derechos de los niños, niñas y adolescentes: Es el conjunto de

actuaciones administrativas y de otra naturaleza, que se desarrollan para la restauración de su

dignidad e integridad como sujetos de derechos, y de su capacidad para disfrutar efectivamente

de los derechos que le han sido vulnerados.

CAPÍTULO II

DE LA PREVENCIÓN Y RESOLUCIÓN DE CONFLICTOS

El Colegio tiene como estrategia para resolver los conflictos, el diálogo y la concertación entre las personas involucradas. Esta medida pretende restablecer las relaciones personales y de grupo, en busca de la sana convivencia. Son instancias de mediación y conciliación en los conflictos

El docente de la asignatura.

El Director de curso.

El personero de los estudiantes.

La Psicóloga.

Los Coordinadores

El Comité Escolar de Convivencia

La Rectoría.

ARTÍCULO 79. EL COMITÉ DE AULA Y LAS MESAS DE CONCILIACIÓN: Son instancias que ayudan a dar solución a un conflicto, además de ser parte básica para su proceso:

87

Comité de Aula: Son miembros de la comunidad con capacidades y cualidades para ayudar a otras personas a resolver conflictos. Facilita la construcción de acuerdos pero no decide la solución. Fomenta un acuerdo de palabra (acta de conciliación). Es un comité que juega el papel de mediador en el conflicto. Está conformado por:

1. Maestro director de curso.

2. Representante de curso.

3. Secretario

ARTÍCULO 80. FUNCIONES DEL COMITE DE AULA: Este comité se encarga de mediar en los diferentes conflictos que se presentan en el aula de clase entre las siguientes personas:

Estudiantes con estudiantes

Estudiantes con maestros

Estudiantes con padres

Estudiantes con la comunidad educativa

Se deben tener en cuenta los siguientes elementos:

1. Quiénes son los involucrados.

2. Causas del conflicto.

3. Cómo se desarrolla el conflicto.

4. Actitudes y condiciones para resolver el conflicto.

5. Las reglas que permitirán solucionar el conflicto.

6. Establecimiento de acuerdos. (Consignados en Acta).

ARTÍCULO 81. MESA DE CONCILIACIÓN: La Conciliación es un proceso mediante el cual las personas involucradas en un conflicto lo resuelven en forma rápida con la participación de un tercero, el cual es imparcial, ajeno al conflicto y a las partes, legitimado por la comunidad. Esta mesa juega un papel de conciliador. La conforman:

El Coordinador.

La Psicóloga.

Los Docentes representantes del área de ciencias sociales o Inteligencia Emocional, según

el grado.

El personero de los estudiantes.

El Consejo Estudiantil.

ARTÍCULO 82. FUNCIONES DE LA MESA DE CONCILIACIÓN: Este comité se encarga de conciliar en los diferentes conflictos que se presentan en el aula de clase o en el colegio entre las siguientes personas: Estudiantes con estudiantes, estudiantes con docentes, estudiantes con padres, estudiantes con la comunidad educativa. Se deben tener en cuenta las siguientes etapas:

1. Quiénes son los involucrados.

2. Causas del conflicto.

88

3. Cómo se desarrolla el conflicto.

4. Actitudes y condiciones para resolver el conflicto.

5. Las reglas que permitirán solucionar el conflicto.

6. Establecimiento de acuerdos.

7. Fortalecer a través de actividades la convivencia, el respeto por los derechos humanos y la

democracia.

8. Construir un sentido más fuerte de cooperación a través de talleres, foros, charlas,

actividades lúdicas-recreativas, facilitando la comunicación y mejorando los vínculos de la

vida cotidiana al interior de la comunidad educativa.

9. Mejorar el ambiente en el aula fomentando valores de honestidad, respeto y responsabilidad

a través del compromiso y la participación del estudiante y el desarrollo de habilidades de

liderazgo en la comunidad educativa.

10. Mejorar las relaciones entre los miembros de la comunidad educativa.

11. Desarrollar el pensamiento crítico y habilidades para solucionar los conflictos.

12. Ser agentes activos en los procesos académicos y disciplinarios de la comunidad educativa.

13. Usar estrategias que faciliten el conocimiento del manual de convivencia y reformas que

éstas tengan para una mejor convivencia.

14. Después de llegar a un acuerdo que satisfaga los intereses legítimos de ambas partes, se

elaborará un acta de conciliación.

ARTÍCULO 83. PRECISIONES IMPORTANTES

Los siguientes aspectos complementan lo expresado anteriormente sobre el procedimiento

disciplinario:

1. Los malos modales, la indisciplina y el bajo rendimiento académico, ocasionan la pérdida

del cupo en el colegio.

2. Al estudiante cuyos padres de familia no muestren compromiso con el seguimiento

académico y comportamental de su hijo (a) ni cumplan con los requerimientos de apoyo

externo a nivel de psicología o terapias requeridas por el colegio ocasionan la pérdida del

cupo en la Institución.

3. El reglamento o manual de convivencia es base fundamental que orienta la filosofía del

establecimiento para mantener un nivel de excelencia, por lo que su incumplimiento

reiterado así sea en faltas leves, conlleva a la pérdida del cupo.

4. El Colegio Don Bosco de Villavicencio no puede cambiar sus principios, su carisma, sus

políticas, sus metas y propósitos, en beneficio personal del estudiante o de los padres

de familia; por lo que quien discrepe de las orientaciones y filosofía de la institución,

debe respetarlos y acatarlos, o buscar otro establecimiento educativo armónico con sus

preferencias.

5. El Colegio prohíbe terminantemente a los estudiantes portar sumas de dinero superiores a

las que cubran las necesidades diarias, joyas y artículos suntuarios que no hagan parte del

uniforme, celulares y artículos distintos a los útiles de estudio. En caso de pérdida, el colegio

89

no se hace responsable y son decomisados, se devolverán a los padres de familia al terminar

el año lectivo.

6. El estudiante cuyos padres de familia o acudientes no se encuentren a paz y salvo por

concepto de pensiones con el colegio, no podrá disponer del boletín o visualización de notas

por la web académica del colegio, ni ningún estímulo (mención de honor, diploma).

7. La decisión de perdida de cupo será tomada por el consejo directivo contra la cual no

procede ningún recurso.

8. Para el caso del uso inadecuado del celular el procedimiento será el siguiente:

Primera vez: Decomiso del celular; será entregado al estudiante al finalizar la jornada

escolar con registro en el observador.

Segunda vez: Se citará al padre de familia para entrega del celular, con acta de reunión

y firma del compromiso.

Tercera vez: Revisión del compromiso y decomiso del celular, el cual será entregado al

Padre de Familia o Acudiente, al finalizar el primer o segundo semestre del año escolar.

9. Cuando un estudiante es víctima de agresión, acoso o cualquier situación que vulnere sus

derechos, presentará un informe escrito de los hechos a coordinación de convivencia.

CAPÍTULO III

DE LA CLASIFICACIÓN DE LOS COMPORTAMIENTOS SEGÚN LAS SITUACIONES Y PROTOCOLOS DE TIPO I, II, III.

ARTÍCULO 84. CLASIFICACIÓN DE LAS SITUACIONES: Las situaciones que afectan la

convivencia escolar y el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos, se clasifican

en tres tipos (artículo 40 Decreto 1965 de 2013)

1. Situaciones Tipo l. Corresponden a este tipo los conflictos manejados inadecuadamente y

aquellas situaciones esporádicas que inciden negativamente en el clima escolar, y que en

ningún caso generan daños al cuerpo o a la salud.

2. Situaciones Tipo II. Corresponden a este tipo las situaciones de agresión escolar,

acoso escolar (bullying) y ciberacoso (Ciberbullying), que no revistan las características de

la comisión de un delito y que cumplan con cualquiera de las siguientes características:

a. Que se presenten de manera repetida o sistemática.

b. Que causen daños al cuerpo o a la salud sin generar incapacidad alguna para cualquiera

de los involucrados.

3. Situaciones Tipo III. Corresponden a esta tipo las situaciones de agresión escolar

que sean constitutivas de presuntos delitos contra la libertad, integridad y formación sexual,

90

referidos en el Título IV del Libro 11 de la Ley 599 de 2000, o cuando constituyen cualquier

otro delito establecido en la ley penal colombiana vigente.

ARTÍCULO 85. SITUACIONES TIPO I: Son faltas tipificadas como tipo I, aquellas en las cuales se

puede incurrir en el acontecer diario de la vida de la institución en materia leve, no recurrente y sin

intencionalidad negativa, tales como:

1. Incumplir por primera vez cualquiera de los deberes del estudiante Bosconiano.

2. Incumplir sin causa justificada con el horario establecido del colegio o de las clases.

3. Usar un vocabulario y modales inadecuados.

4. Interrumpir constantemente las actividades académicas y/o curriculares, mediante

actuaciones que impidan el normal desarrollo de las clases, teniendo en cuenta las reglas

claras establecidas en el aula de clase. (Charlar constantemente, no respetar el turno para

intervenir, levantarse del puesto, etc.).

5. Portar los uniformes inadecuadamente y en el horario no establecido.

6. Retirarse de clase o de cualquier actividad sin el permiso correspondiente.

7. Utilizar inadecuadamente los servicios del colegio, espacios, muebles y materiales de trabajo;

todo daño debe ser reparado en los dos (2) días hábiles siguientes. (De acuerdo con lo

establecido en el parágrafo 1 del presente artículo).

8. Incumplir con los principios de higiene y presentación personal, corte de cabello y peinados

que den apariencia de abandono o desaseo o uso de accesorios no permitidos.

9. Portar con el uniforme cualquier tipo de maquillaje, pintura de uñas, en ojos, labios, mejillas,

así como peinados y tintes extravagantes.

10. Traer al colegio elementos diferentes a los necesarios para el trabajo escolar.

11. Presentarse al colegio sin los implementos necesarios para las actividades escolares.

12. Asistir al colegio sin la agenda escolar e incumpliendo con el diligenciamiento correcto de

la misma.

13. Retener o no entregar oportunamente los comunicados que envía el colegio a los

acudientes o padres de familia o viceversa.

91

14. Faltar al respeto o mal comportamiento en Eucaristía.

15. Crear en clase situaciones que distraigan la atención de los demás y afecten el desarrollo

de la misma.

16. Incumplir con la devolución de los desprendibles de las circulares en el tiempo establecido o

al momento de ser solicitados.

17. En caso de ausencias incumplir c o n la presentación de las excusas dentro del tiempo

oportuno.

18. Ingerir alimentos, bebidas o masticar chicle dentro del aula de clase.

19. Incurrir en mal comportamiento, en la calle y lugares públicos, portando el uniforme que lo

identifica como estudiante de la Institución.

20. Incumplir los deberes académicos y disciplinarios asignados por los docentes.

21. Realizar manifestaciones exageradas amorosas y de noviazgo, ya sean públicas o privadas,

dentro del espacio escolar.

22. Utilizar espacios que no sean permitidos para los estudiantes en los descansos

o actividades institucionales, como salones, auditorios o aulas especializadas.

23. Comprar a personas no autorizadas, comestibles u otros elementos a los alrededores

y dentro de la Institución.

24. Utilizar radios, Ipods, Ipad, Mp3, Mp4, Wolkman, Discman, PSP y demás elementos de

entretenimiento en horarios de clase o actos comunitarios; el colegio no se hace responsable

por la pérdida de estos elementos si son traídos al plantel.

25. Comercializar cualquier tipo de producto dentro del Colegio sin autorización de Rectoría.

26. Hacer caso omiso a las observaciones y llamados de atención por parte de maestros,

directivos y administrativos

27. Solicitar servicios a domicilio sin previa autorización de Rectoría o Coordinación de

Convivencia.

28. Realizar actos contra la naturaleza y el medio ambiente.

92

29. Devolver en mal estado los objetos que le son prestados por la Institución o cualquier

integrante de la comunidad educativa.

30. Ocasionar daños a prendas del uniforme propias o ajenas.

31. Agredir verbalmente a cualquier integrante de la comunidad educativa con palabaras soeces

o gestos despectivos.

32. Las demás que a juicio de directivas y profesores se consideren como faltas, por tratarse de

omisiones o incumplimientos a los deberes

PARÁGRAFO 1: En el evento de que algún objeto sea maltratado o destruido el estudiante deberá

cancelar el valor del mismo o entregar uno de iguales o mejores características.

PARÁGRAFO 2: La acumulación de más de tres faltas leves, sin atender a los correctivos

impuestos, serán consideradas como faltas graves.

ARTÍCULO 87. CORRECTIVOS PEDAGÓGICOS PARA SITUACIONES TIPO I:

Atendiendo el artículo 88 “Protocolo RUTA DE ATENCIÓN”, se deben realizar los registros

correspondientes y aplicar cualquier de los siguientes correctivos pedagógicos según la

consideración de la falta:

1. Diálogo reflexivo con el estudiante por parte del docente o directivo que conoce la falta, sobre la

situación presentada y la manera de solucionar el inconveniente.

2. Llamado de atención por escrito en el observador por parte del docente que conoce la falta,

dando informe al Director de curso correspondiente, quien es el encargado del acompañamiento

y seguimiento de los compromisos establecidos en el observador del estudiante.

3. Citación a padre de familia: cuando el estudiante reincide en la comisión de faltas Tipo I, llegando

a tres (3) llamados de atención escritos en el año lectivo, la Coordinación de Convivencia citará a

los padres de familia para acordar estrategias de mejoramiento, dejando registro de este

procedimiento con sus respectivas firmas en el acta y el observador.

PARÁGRAFO. La reincidencia en la comisión de faltas Tipo I, posterior a la citación a los

padres de familia, las convierte en faltas tificadas como Tipo II y el proceso de convivencia continua

hasta que el estudiante evidencie una actitud de mejora.

ARTICULO 88. SITUACIONES TIPO II. Corresponden a este tipo, las situaciones de agresión

escolar, acoso escolar, que no revistan las características de la comisión de un delito y que cumplan

con cualquiera de las siguientes características:

93

a. Que se presenten de manera repetida o sistemática.

b. Que causen daños al cuerpo o a la salud sin generar incapacidad alguna para cualquiera

de los involucrados.

Las Situaciones de Tipo II, son aquellas que muestran deficiencia en cuanto a la comprensión y

puesta en práctica de los presupuestos comportamentales del Colegio Don Bosco e implican

directamente a la persona que las comete y afectan a otras personas, porque agreden la dignidad,

el buen nombre o la integridad física o moral de sus compañeros, docentes o algún otro miembro de

la comunidad educativa, tales como:

1. Reincidir en faltas leves, posteriores a la aplicación de los correctivos pedagógicos

señalados para las mismas.

2. Desacatar la Constitución y las Leyes de Colombia, el reglamento o Manual de Convivencia

y las directrices y orientaciones dadas por las distintas instancias del Plantel.

3. Incumplir las sanciones impuestas por la Coordinación de Convivencia y demás instancias

de la institución.

4. Irrespetar de palabra, acción u omisión a directivos, docentes, compañeros y empleados del

Colegio, por primera vez o inquietud.

5. Irrespetar los símbolos patrios, religiosos y del Colegio.

6. Faltar a la honradez y/o tener complicidad en actos contra la misma.

7. Presentar bajo rendimiento académico durante varios periodos.

8. Faltar a la honradez en misiones o trabajos presentándolos como propios, siendo de otro

estudiante; plagiar a un autor sin dar los créditos correspondientes o haciendo fraude o

intento de fraude en las pruebas de desempeño o en las Olimpiadas del Saber.

9. Alterar, adulterar o falsificar documentos, evaluaciones, calificaciones y-o firmas.

10. Ocultar o tergiversar la información de situaciones académicas o convivenciales, que el

colegio envía a los padres de familia

11. Denigrar del colegio y cualquier otra actuación que atente contra su nombre o prestigio.

12. Utilizar el nombre del colegio, sin autorización, en beneficio propio o de terceros (rifas,

eventos, espectáculos, fiestas, etc).

13. Portar el uniforme de la institución en bares, discotecas, locales de juegos de azar u otros

establecimientos de dudosa reputación.

14. Utilizar los servicios de transporte y comedor sin la debida autorización.

15. Ausentarse del colegio sin autorización de la Rectoría o de autoridad competente.

16. Cometer o participar en hurto comprobado.

17. Utilizar justicia por sí mismo y tomar decisiones que estén reservadas a docentes y

directivos del plantel.

18. Utilizar pólvora, sustancias químicas u otros elementos que atenten contra las personas o

bienes de la institución.

19. Presentar mal comportamiento en otras instituciones cuando actúe como estudiante del

Colegio Don Bosco de Villavicencio.

94

20. Esconder, dar mal uso y causar daños de cualquier índole a elementos personales del

docente, empleados y compañeros.

21. Causar daño en bien común, lugares o elementos comunitarios (salones, paredes,

baños, etc.), así como escribir letreros o mensajes en salones, paredes o baños.

22. Hacer bromas pesadas, gestos obscenos, utilizar apodos o sobrenombres que ridiculicen y

humillen a sus compañeros.

23. Cometer actos en contra de la moral y a las buenas costumbres.

24. Usar la red de internet u otros medios de comunicación del colegio para aspectos diferentes

a los establecidos por la Institución.

25. Proferir burlas, insultos, ofensas, amenazas, imágenes, informaciones o comentarios

irrespetuosos o denigrantes de los compañeros, docentes, directivos u otros miembros de

la institución, de manera personal o por cualquier medio de comunicación.

26. Sustraer, destruir u ocultar los contenidos de las pruebas saber y/o planillas de notas.

27. Utilizar de forma reiterada radios, Ipods, Ipad, Mp3, Mp4, Wolkman, Discman, PSP y

cualquier medio electrónico y/o tecnológico de entretenimiento, en horarios de clase o actos

comunitarios, sin autorización previa del docente o directivo docente; el colegio no se hace

responsable por la pérdida de estos elementos si son traídos al plantel.

28. Portar, producir o distribuir cualquier tipo de material pornográfico.

29. Esconder maletines, útiles escolares, uniformes u objetos personales de cualquier miembro

de la comunidad educativa.

30. Omitir información de actos que atentan en beneficio de la sana convivencia escolar.

31. Incentivar, organizar y participar en apuestas en juegos de azar.

32. Desatender reiteradamente las orientaciones e instrucciones impartidas por cualquier

miembro de la comunidad educativa.

33. Apropiarse deliberadamente de objetos pertenecientes a la institución o a cualquier miembro

de la comunidad.

34. Mal comportamiento o irrespeto hacia la monitora y o conductor de la ruta.

35. Realizar actos que molesten a los transeúntes o que perjudique el buen nombre del Colegio.

36. Incumplir los compromisos académicos o de convivencia establecidos en el acta de reunión.

37. Golpear o maltratar físicamente a algún miembro de la comunidad educativa

38. Violar e incumplir los deberes y prohibiciones del presente manual de convivencia escolar

que no hayan sido contempladas en este artículo.

ARTICULO 89. CORRECTIVOS PEDAGÓGICOS PARA SITUACIONES TIPO II. Atendiendo el

artículo 88, protocolo RUTA DE ATENCIÓN, se deben realizar los registros correspondientes y se

aplica cualquiera de los siguientes correctivos pedagógicos según la consideración de la falta:

1. Jornadas de reflexión de uno a cinco días: este correctivo pedagógico es aplicado

por la coordinación de convivencia y será cumplido en el colegio, mediante diferentes

estrategias pedagógicas de interiorización y de socialización dirigidas por psicorientación

(Lecturas, ensayos, exposiciones, carteleras, etc.) que buscan remediar y evitar la nueva

comisión de faltas; se debe levantar acta de compromiso firmada por el estudiante y los

95

padres de familia; esta acta tendrá un seguimiento durante el periodo académico y al finalizar

el mismo.

2. Ante la falta de honradez por plagio, fraude o intento de fraude en misiones, trabajos,

pruebas de desempeño u olimpiadas del saber; estos serán anulados y la valoración

equivaldrá a 10 según la escala de valoración Institucional.

3. Si el estudiante reincide en la comisión de cualquier falta de Tipo II, su caso se remitirá a

rectoría, la cual lo estudiará y procederá por medio de una resolución de Rectoria a aplicar

la desescolarización o suspensión de clases por un tiempo proporcional a la falta cometida

(de 1 a 5 días); el estudiante debe cumplir con un trabajo académico y una labor social en

instituciones a fines a la educación y formación humana, esta acción pedagógica correctiva,

debe quedar registrada en el acta correspondiente y en el observador del estudiante, con

las firmas del estudiante y los padres de familia o Acudiente.

4. Cuando el estudiante incurra en cualquier falta posterior al correctivo pedagógico descrito

en el numeral 2 de este artículo, se informará por parte de Coordinación de Convivencia a

Rectoría, allegando los soportes, para la aplicación de la Matrícula en Observación; la

Rectoría formalizará esta decisión a través de una resolución e información de los

seguimientos posteriores, que será entregada al estudiante en presencia de los Padres de

Familia o Acudiente. (Parágrafo 1)

La matrícula en observación conlleva la pérdida de cupo para el siguiente año lectivo; en el

caso de los estudiantes de 11° grado acarrea la no proclamación en la ceremonia especial

de graduación.

5. Ante la aplicación de cualquiera de los correctivos pedagógicos mencionados para las faltas

Tipo II, la valoración de Comprtamineto en el periodo académico será de 70. (Desempeño

Básico)

PARÁGRAFO 1: La Rectoría convocará a reunión al comité de convivencia escolar, si el caso lo

amerita.

ARTÍCULO 90. SITUACIONES TIPO III. Corresponden a este tipo las situaciones de agresión

escolar que sean constitutivas de presuntos delitos contra la libertad, integridad y formación sexual,

referidos en el Título IV del Libro 11 de la Ley 599 de 2000, o cuando constituyen cualquier otro

delito establecido en la ley penal colombiana vigente.

Son faltas Tipo III, las que se cometen en materia grave, afectando directamente la razón de ser de

la Institución y el sano desarrollo de las personas, acarreando la exclusión ipso facto del colegio,

tales como:

1. Reincidir en la conducta que dio origen a la matrícula en observación.

96

2. Incurrir en faltas Tipo III dentro y fuera del colegio, contra cualquier aspecto de la moral

cristiana, tales como embriaguez, tenencia, tráfico y/o consumo de sustancias

psicoactivas o famacodependientes, prostitución, etc.

3. Causar daño a cualquier integrante de la comunidad educativa o así mismo, mediante el

uso intencional de armas o elementos de trabajo escolar u otros objetos.

4. Falsificar firmas, sellos o cualquier clase de documento.

5. Practicar ritos satánicos, espiritismo, brujería y otros actos que atenten contra la dignidad

de la persona humana.

6. Promover, coaccionar, manipular o inducir a sus compañeros a formar parte de grupos

que dentro de sus comportamientos y filosofía pretenden agredir el concepto primordial

que es la vida y la dignidad.

7. Intentar o cometer soborno, chantaje, intimidación o acoso escolar, dentro y fuera de la

institución hacia cualquier integrante de la comunidad educativa a través de cualquier

medio de comunicación.

8. Desacreditar, difamar o calumniar al colegio, su filosofía o a cualquier integrante de la

institución.

9. Causar o propiciar daño intencional a las instalaciones y bienes del colegio.

10. Realizar actos de terrorismo en cualquiera de sus tipificaciones.

11. Intentar o realizar cualquier clase de hurto.

12. Intentar o cometer acoso o abuso sexual hacia cualquier integrante de la institución.

13. Participar en delitos de cualquier índole, escándalos, pandillas o situaciones punibles.

14. Golpear o maltratar físicamente algún miembro de la comunidad educativa ocasionando

lesiones personales.

15. Consumir, portar o expender dentro o fuera del colegio cualquier tipo de drogas

alucinógenas, sustancias químicas o naturales, bebidas alcohólicas y demás elementos

que atenten contra la integridad física o mental, medio ambiente e impidan el normal

desarrollo de las actividades académicas.

97

16. Todas aquellas faltas que no estén expresadas en este artículo, pero que a juicio del

equipo docente y/o directivas, sean consideradas faltas muy graves que atenten contra lo

establecido en este Manual de Convivencia.

ARTÍCULO 91. CORRECTIVOS PEDAGÓGICOS PARA LAS FALTAS SITUACIONES TIPO

III: Atendiendo el artículo 88, protocolo RUTA DE ATENCIÓN, se deben realizar los registros

correspondientes y aplicar cualquier de los siguientes correctivos pedagógicos según la

consideración de la falta:

Las faltas consideradas Tipo III, serán sancionadas con el retiro definitivo del estudiante del

establecimiento, sin que sea menester agotar las diferentes etapas que suponen el otorgamiento

de oportunidades para su corrección por parte del mismo estudiante.

Una vez comprobada la falta considerada Tipo III o de especial gravedad y haber escuchado al

estudiante en descargos y anexando el proceso de convivencia sí estuvo reportado durante el

trascurso del año escolar, la rectoría junto con el comité de convivencia escolar y el consejo directivo,

determinará el retiro del estudiante, enviando comunicación escrita a los padres de familia para

notificarles la exclusión de su hijo (a) del colegio o remisión a las entidades externas y de

competencia legal.

Ruta de atención integral para la convivencia escolar: En caso de que el estudiante tenga un

proceso convivencial de gravedad y se evidencien situaciones que afectan la convivencia escolar

y el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos, y sean clasificadas entre el

protocolo definido como situación tipo III, el comité de convivencia escolar del colegio lo remite

a los entes del estado encargados y definidos en el decreto 1965 mencionados en el Titulo IV,

capitulo II, articulo 39 de la ley 1620 de 2013, que crea el sistema nacional de convivencia

escolar y formación para el ejercicio de los derechos humanos, la educación para la sexualidad y

la prevención y mitigación de la violencia escolar"

ARTÍCULO 92. PROTOCOLOS DE LA RUTA DE ATENCIÓN INTEGRAL: Los protocolos de los

establecimientos educativos estarán orientados a fijar los procedimientos necesarios para asistir

oportunamente a la comunidad educativa frente a las situaciones que afectan la convivencia escolar

y el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos.

La formación de los niños (as) y adolescentes es un proceso prolongado que requiere de una

combinación de varios factores: el buen ejemplo a través de la modelación humana que reciben de

los adultos; un entorno favorable de convivencia pacífica, basada en el buen trato, la tolerancia y la

valoración de los otros; estímulos externos que promuevan el esfuerzo personal y grupal, y un

conjunto de sanciones que ayuden a los niños (as) a establecer límites personales y sociales para

vivir bien en comunidad. El colegio Don Bosco, cuenta con un programa transversal institucional que

orienta e impacta la convivencia de TODA la comunidad educativa definiendo políticas en favor de

98

un ambiente sano, seguro y confiable y buscando alternativas de intervención preventiva, primaria o

secundaria cuando se presentan casos de acoso escolar.

Definiciones Conceptuales:

a) Conflicto: es una situación en la que dos o más personas no están de acuerdo con el modo de

actuar de un individuo o un grupo. Para que esta situación exista es necesario que se presente

un desacuerdo que no haya sabido resolverse. La palabra conflicto en nuestro entorno social ha

sido tradicionalmente considerada como algo negativo, sinónimo de problema, generando como

efecto molestias en las personas que lo han tenido que vivir. De allí que muchos hablan de “evitar

99

el conflicto”, o de “no generar conflictos” lo que desde esa concepción negativa del mismo sería

esperable y razonable.

b) Maltrato: Entendemos por maltrato la conducta agresiva física, verbal o actitudinal hacia otra

persona que le cause daño, bien sea físico o emocional. El conflicto y el desacuerdo son

elementos normales de la vida y pueden generar tristeza, malestar e incomodidad, pero no deben

confundirse con el maltrato. En el maltrato siempre hay alguien que se siente mal, que sufre, que

no se siente reconocido y que, por el contrario, se siente desvalorado o menospreciado por otros.

Entre los niños (as) y adolescentes, hay juegos pesados y bromas que no tienen que ser

consideradas necesariamente como maltrato, pero que deben ser observadas con cuidado por

las personas adultas, para determinar si son o no maltrato entre iguales.

c) Se considera acoso escolar a toda acción o conducta física, verbal o virtual, incluyendo las

comunicaciones hechas por escrito o por medios electrónicos, repetitiva en el tiempo y

deliberada, cuyo contenido consista en agresiones psicológicas o físicas a un niño (a) o

adolescente o por parte de otras que asumen una posición de superioridad con el fin de dañar,

aislar, humillar y someter. Dichas agresiones tienen uno o más de los siguientes efectos:

Interferir en la habilidad de los estudiantes de beneficiarse o participar de los servicios,

actividades o privilegios ofrecidos por el colegio.

Causar detrimento en la salud mental o física de los estudiantes que se evidencie en el

contexto familiar, escolar o social.

Causar miedo o poner en peligro al estudiante o sus pertenencias.

Generar deseos de salirse del colegio. El matoneo se evidencia en acoso, burlas,

amenazas, intimidación, persecución, violencia física, robo, violencia psicológica,

humillación pública, destrucción de propiedad, exclusión social retaliación, entre otros.

Interferir en el desempeño académico.

d) Conciliación: Es un mecanismo de solución de conflictos a través del cual, dos o más personas

gestionan por si mismas la solución de sus diferencias, con la ayuda de un tercero neutral y

calificado, denominado conciliador. (Programa Nacional de conciliación del Ministerio de Justicia)

e) Mediación: Se refiere al método utilizado para buscar la conciliación y es el proceso de

comunicación entre las partes y un tercero mediador, que dinamiza la resolución del conflicto, a

través del cual se busca llegar a un acuerdo donde ambas partes ganan, al menos en lo

fundamental.

f) Reparación: Es la manifestación de la voluntad del agresor de hacerse responsable por sus

acciones y es una evidencia de su toma de conciencia. Propicia el perdón y la restauración de

la relación.

g) Acción reparadora: Es una acción propuesta por el agresor, fruto de la mediación, dirigida a

subsanar los daños causados y reconocidos por la víctima, bien sean materiales o emocionales.

100

h) Alcance de la reparación: Dependiendo de las edades de desarrollo de los niños (as) y

adolescentes en conflicto y de los contextos, la reparación es un proceso que busca la toma de

conciencia por parte del estudiante agresor de haber dañado a otra/s, de estar arrepentido, de

hacerse responsable por lo hecho y de aminorar el temor de la víctima de que vuelva a repetirse.

Acciones Institucionales frente al Acoso Escolar: El colegio Don Bosco como comunidad

educativa, desarrolla acciones encaminadas a lograr una cultura de NO tolerancia frente al maltrato

escolar:

1. Crear una cultura de apoyo y el respeto mutuo.

2. Fomentar en los miembros de la comunidad educativa una cultura de reporte de incidentes

de matoneo escolar.

3. Empoderar a los testigos.

4. Asegurar que la comunidad pueda responder adecuadamente frente a los casos de maltrato

y matoneo.

Niveles de intervención frente al Acoso Escolar: El colegio cuenta con tres niveles de intervención

frente a los casos de matoneo:

1. INTERVENCIÓN PRIMARIA: Prevención

El colegio desarrolla prácticas pedagógicas orientadas a prevenir el maltrato y el matoneo a través

de las siguientes instancias:

Promover un clima de respeto y sana convivencia. (Buenos días - Reglas Claras – Cátedra

Inteligencia Emocional)

Realizar las convivencias Bosconianas, una vez al año, encaminadas a la toma de

conciencia de la importancia de este tema y la NO tolerancia frente al mismo.

Aclarar la diferenciación conceptual de los términos que implican el matoneo “bullying” frente

a la comunidad educativa (padres, estudiantes y profesores)

Enfocar algunas de las direcciones de grupo a la formación en habilidades sociales.

Reconocer la importancia del acompañamiento de adultos responsables (Docentes,

administrativos, etc.,) a los estudiantes en los espacios de descanso.

PROTOCOLO PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES:

El colegio Don Bosco, de acuerdo al decreto 1965 de 11 de septiembre de 2013, ha establecido el

protocolo para situaciones que afectan la convivencia escolar.

1. Cualquier miembro de la comunidad educativa que tenga conocimiento o sospecha de una

situación que afecte la convivencia escolar y el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y

reproductivos, tiene la obligación de comunicarlo a un docente, tutor o tutora o a la coordinación

de convivencia de la institución educativa.

101

2. Se garantizará la protección de la persona o personas que informan sobre la situación que

afecta la convivencia escolar y el derecho que les asiste a la intimidad y a la confidencialidad

de los documentos en medio físico o electrónico, así como de las informaciones suministradas

por las personas que intervengan y de toda información que se genere dentro de las mismas en

los términos establecidos en la Constitución Política, los tratados internacionales, en el decreto

1965 de 2013, la ley 1098 de 2006, la ley estatutaria 1581 de 2012 y el decreto 1377 de 2013.

3. El departamento de convivencia recibe la inquietud, queja o información sobre situaciones que

afectan la convivencia escolar e identifica la situación y el proceso a seguir.

4. El Departamento de Coordinación de Convivencia recopila y completa la información a través

de la siguientes estrategias:

a. Observación del estudiante afectado.

b. Contraste de opiniones con otros compañeros (as).

c. Dialogo con estudiante afectado.

d. Entrevista a familias y/o responsables legales del estudiante.

e. Si se estima conveniente completar la información con otras fuentes, tales como personal

administrativo y servicios generales, etc.

5. Una vez recopilada la información el Coordinador de Convivencia realizará un informe con los

datos obtenidos.

6. Se citan por escrito las partes afectadas (formato CDB-F032) y mediante acta de reunión (CDB-

F027) se socializa la información recolectada para determinar los acuerdos y estrategias

encaminadas a solucionar la situación que afecta la convivencia escolar, activando la ruta de

atención según procedimiento.

7. En este proceso deben considerarse los siguientes aspectos:

a. Garantizar la protección de los menores.

b. Preservar su intimidad y la de sus familias o acudiente.

c. Actuar según la ruta y procedimientos de atención.

d. Generar un clima de confianza básica en los estudiantes en todo el proceso.

e. Recoger todo tipo de pruebas o indicadores.

CAPÍTULO IV

DEL DEBIDO PROCESO

ARTÍCULO 93. DEBIDO PROCESO: Es la secuencia de etapas que se deben seguir y los requisitos

que se deben cumplir para una justa aplicación de las normas y correctivos pedagógicos frente a la

comisión de faltas, con el fin de garantizar el respeto de los derechos y la exigibilidad de los

deberes de todos los miembros de la comunidad educativa.

Cualquier autoridad de la Institución, directivo o docente, que tenga conocimiento de una falta por

parte de un estudiante, debe escuchar las versiones sobre el hecho, buscar su solución e informar

al director de grupo, coordinadores o psicóloga, para evaluarla y seguir su respectivo proceso.

102

La aplicación de cualquiera de los correctivos pedagógicos debe quedar registrada en el

observador del estudiante y el procedimiento a seguir para aplicar un correctivo pedagógico se

establece de acuerdo con la clasificación de la falta.

ARTÍCULO 94. PAUTAS PARA EL DEBIDO PROCESO: En todas las acciones que se realicen en el marco de los diversos componentes de la Ruta de Atención Integral para la Convivencia Escolar, debe garantizarse la aplicación de los principios de protección integral, incluyendo el derecho a no ser revictimizado; el interés superior de los niños, las niñas y los adolescentes; la prevalencia de los derechos; la corresponsabilidad; la exigibilidad de los derechos; la perspectiva de género y los derechos de los niños, las niñas y los adolescentes de los grupos étnicos, como se definen en los artículos 7 al 13 de la Ley 1098 de 2006. Así mismo, se deberá garantizar el principio de proporcionalidad en las medidas adoptadas en las situaciones que afecten la convivencia, y la protección de datos contenida en la Constitución, los tratados internacionales y la Ley 1581 de 2012. Es responsabilidad de quienes intervienen en el proceso por parte de la Institución de garantizar el derecho a la protección de quien informa, la intimidad y la confidencialidad de la información y documentos según lo establece el Decreto 1965 de 2013.

a. Comunicación formal: apertura del proceso de manera escrita en formato preestablecido.

Esta apertura se debe hacer por el conocimiento o mediante la radicación de una queja

escrita ante el competente de acuerdo a la categoría de la Situación, a través de la cual se

informa de los hechos.

b. Formulación de los cargos: Lo realiza el funcionario competente que lleva el proceso con

comunicación formal de calificación de la situación Tipo, dejando el registro escrito.

c. Presentación de pruebas: Las presenta el funcionario competente que lleva el caso. (Si

son solicitadas)

d. Presentación de descargos: Lo realiza el o la (persona notificada) ante la instancia

correspondiente de acuerdo a la gravedad de la situación acompañada de los padres de

familia o acudiente, en un término máximo de tres (6) días hábiles.

e. Estudio o análisis de los descargos: Lo realiza la persona o estamento que hace el estudio

teniendo en cuenta los agravantes y atenuantes.

f. Definición del correctivo pedagógico y de las acciones restaurativas: El correctivo

pedagógico siempre va de acuerdo a los hechos. Se tiene en cuenta el desarrollo

cronológico, madurez sicológica, contexto que rodeó los hechos y condiciones familiares. No

debe ser excesiva, será formativa mediante trabajo pedagógico y además el estudiante debe

realizar acción de restitución cuando haya afectación a otra persona y/o bienes.

g. Notificación de los correctivos pedagógicos y de las acciones restaurativas: Se hace

entrega de la decisión del comité responsable (Comité Escolar de Convivencia) a los

representantes legales del estudiante, por medio de copia del acta del comité y en caso de

situaciones de faltas de tipificación III, por medio de resolución de Rectoría.

h. Interposición del recurso de reposición y apelación: Se realiza ante la persona o comité

que estableció el correctivo pedagógico o en caso de la apelación al estamento siguiente,

según el conducto regular o jerarquía.

103

PARAGRAFO: Cuando el rector o el Comité escolar de Convivencia necesiten la ampliación de la

información, podrán citar al estudiante en compañía del personero estudiantil o del representante de

curso.

ARTÍCULO 95. RECURSOS QUE PROCEDEN POR LA APLICACIÓN DE SITUACIONES TIPO I, II y III: En todo proceso disciplinario a un estudiante, se debe respetar siempre su derecho a la defensa mediante el recurso de reposición y en subsidio de apelación, consistente en la presentación por escrito de una solicitud de reconsideración firmada por el padre, madre o acudiente, sustentando las razones de hecho y derecho pertinentes y radicándola en la recepción del Colegio. Dicho recurso tiene como finalidad la manifestación de los elementos o pruebas que desvirtúen la responsabilidad del estudiante en los hechos que motivaron la sanción o la violación al debido proceso establecido en el Manual de Convivencia. De no presentarse recurso de reposición, la decisión quedará en firme transcurrido tres (3) días hábiles desde el momento en que hayan sido notificados del contenido de la misma a la madre, padre o el acudiente autorizado y el estudiante. Todo recurso de deberá ajustarse a los siguientes requisitos:

1. Siempre debe presentarse por escrito.

2. En el término de los tres (3) días hábiles siguientes a la notificación del contenido del acta o

resolución.

3. Las razones de la solicitud deberán presentarse con respeto, o de lo contrario no serán

consideradas.

4. La sustentación del recurso deberá versar sobre hechos o pruebas que no se tuvieron en

cuenta en el proceso disciplinario y que desvirtúen la responsabilidad del estudiante, o

miembro de la comunidad educativa, sobre la presunta violación al debido proceso.

a. RECURSO DE REPOSICIÓN: Este Recurso se puede presentar ante el funcionario

competente o estamento que emitió el correctivo pedagógico con el objeto de que la revise,

modifique o revoque. Se deberá interponer dentro de los tres (6) días hábiles siguientes,

contados a partir de la fecha de notificación. Por su parte, el Colegio contará con cinco (6)

días hábiles para modificar, confirmar o revocar la decisión tomada. El recurso de reposición

será resuelto por la misma autoridad escolar que haya impuesto el correspondiente

correctivo.

b. RECURSO DE APELACIÓN: Se puede presentar ante el funcionario que produjo el

correctivo, para que sea resuelto por el superior jerárquico de aquel, o ante éste, con la

finalidad de que la modifique, confirme o revoque. Si el funcionario que produjo el correctivo

pedagógico no da trámite al recurso, deberá plantearse queja ante la Rectoría para que

ordene darle curso a la apelación. El recurso de apelación deberá interponerse como

subsidiario de reposición o directamente cuando no se emplee el recurso de reposición,

dentro de los tres días (6) días hábiles siguientes contados a partir de la notificación de la

decisión de primera instancia. El Colegio deberá responder dentro de los cinco (6) días

hábiles siguientes a la interposición del recurso, salvo que se solicite la práctica de pruebas,

evento en el cual este término se doblará. Cuando la falta sea de Tipo I y el correctivo lo

104

imponga un maestro la apelación la resuelve el Coordinador (a). Cuando la falta sea de Tipo

II y III y el correctivo lo imponga el Coordinador (a), la resolución de la apelación será de

competencia de la Rectoría. Cuando la falta sea de carácter de Tipo II y III y la sanción la

imponga el Comité Escolar de Convivencia, la Rectoría o Consejo Directivo, la resolución de

la apelación será de competencia del Consejo Directivo.

Parágrafo 1: El no hacer uso de los recursos señalados (reposición y apelación) en los términos del

tiempo previsto hace que el correctivo quede en firme.

ARTÍCULO 96. DEBIDO PROCESO PARA EL CONTROL DE RETARDOS

Aunque los retardos en la llegada al colegio están clasificados como faltas leves, dada la

particularidad de esta contravención, se define el procedimiento específico para su registro, control

y seguimiento:

1. La coordinación de convivencia tomará nota diaria en un libro de registro de los estudiantes que

lleguen tarde al colegio sin justa causa.

2. Se tendrán como justa causa: las excusas médicas por la IPS y la calamidad doméstica notificada

por escrito, el colapso del sistema de transporte público y cualquier otra de fuerza mayor y de

conocimiento público.

3. La acumulación de llegadas impuntuales durante el año lectivo, producirá los siguientes efectos:

1. Primer retardo: Diálogo reflexivo y aviso escrito al padre de familia.

2. Segundo retardo: Trabajo escrito sobre la puntualidad y la responsabilidad, firmado por

estudiante y padre de familia.

3. Tercer retardo: E xposición ante compañeros sobre la puntualidad y la responsabilidad,

por medio de carteleras, avaladas con la firma del padre de familia.

4. Cuarto retardo: Llamado de atención escrito (en el observador del estudiante.

5. Quinto retardo: Citación a padres de familia anexando acta de reunión.

6. Sexto retardo: Jornada de reflexión

7. Séptimo retardo: Retiro temporal del colegio

8. Octavo retardo: Matrícula en observación

PARÁGRAFO 1: Los estudiantes que lleguen tarde al colegio, ingresarán a clase a partir de la 2ª

hora de clase, asumiendo la responsabilidad por el incumplimiento en la presentación de misiones,

trabajos o evaluaciones correspondientes a la 1ª clase, igualmente se tendrá en cuenta para la

evaluación del comportamiento de cada uno de los periodos.

105

PARÁGRAFO 2: El procedimiento contemplado en este artículo se aplicará también para el

registro, control y seguimiento de los estudiantes que no se presenten oportunamente en el

sitio de clase a lo largo de la jornada escolar, particularmente después de los descansos.

ARTÍCULO 97. DEBIDO PROCESO PARA JUSTIFICACIÓN DE AUSENCIAS

Para el total aprovechamiento del proceso formativo es fundamental la asistencia a todas las

jornadas escolares y actividades institucionales programadas; en caso de ausencias por fuerza

mayor, se debe proceder de la siguiente forma:

1. Toda ausencia programada deberá ser justificada por escrito y con antelación, para contar con

la autorización de la Rectoría o Coordinación Académica.

2. En caso de una calamidad familiar o de fuerza mayor imprevista, debe avisarse telefónicamente

y al reintegrarse a las actividades académicas, el estudiante debe presentar la justificación por

escrito.

3. En caso de ausencia por situaciones de salud, deberá presentar la constancia médica emanada

por el médico de la EPS correspondiente, al reintegrarse a las actividades académicas.

4. Las justificaciones o excusas por ausencias deberán ser presentadas ante la Rectoría o

Coordinación Académica al reintegrarse el estudiante al colegio.

5. Si el estudiante presenta las excusas de manera oportuna y se consideran justificadas, la

Coordinación Académica autorizará por escrito la presentación de las pruebas desarrolladas durante

la ausencia del estudiante; las misiones y trabajos serán evaluados con una prueba de desempeño

de las enseñanzas trabajadas.

6. En todos los casos de ausencia, es responsabilidad de los padres de familia o acudientes, y

estudiantes de ponerse al día en los procesos desarrollados durante su inasistencia al colegio.

ARTÍCULO 98. CONDUCTO REGULAR: El procedimiento que los estudiantes, padres y acudientes

deben seguir en sus reclamos cuando un superior les haga a los estudiantes una observación o

un llamado de atención, es de la siguiente manera:

1. Escuchar las observaciones que le hacen los profesores o superiores.

2. Explicar, aclarar, preguntar o presentar excusas sobre las observaciones o llamados que le

hicieron.

106

3. Si el estudiante considera que las sanciones u observaciones que le impusieron son injustas,

debe comentarlas a su acudiente y solo o en conjunto con su acudiente, en primer lugar deben

aclarar el hecho con el profesor con el cual se presentó la dificultad.

4. Si luego de dialogar con el profesor, el estudiante y acudiente consideran que aún no se le ha

hecho justicia, deben comunicarse con el Director de Grupo y presentarle las inconformidades,

para que éste procure solucionar la situación.

5. Si persiste la inconformidad después de haberle expuesto el caso al director de curso, debe

acudir a la coordinación correspondiente (convivencia o académica).

6. Si aún continúa la insatisfacción con la situación presentada, solicitará cita con la rectoría para

buscar conjuntamente una solución.

7. Si persiste el problema, el estudiante y acudiente, en forma escrita, solicitarán la intervención del

Consejo Directivo; esta instancia dará la última palabra a nivel institucional sobre el problema,

después de haber realizado las investigaciones correspondientes.

CAPÍTULO V

PROCEDIMIENTO DISCIPLINARIO

En cualquier sociedad se requieren normas, fruto de una participación democrática como las que

se presentan en este Manual de Convivencia. Pero más allá de esas normas, y esto es algo

esencial, se requiere un ambiente de diálogo, de concertación, de búsqueda de la verdad y de

objetividad. En muchas ocasiones, el diálogo y la concertación nos permiten salir adelante por

encima de las leyes, siempre y cuando haya honestidad, sinceridad, respeto, tolerancia y aceptación

mutua de las limitaciones que como humanos tenemos.

En el Colegio Don Bosco trabajamos con base en reglas claras que son normas de comportamiento

que propician la armonía y sana convivencia escolar.

Estas reglas básicas son:

1. Saludar y despedirse.

2. Pedir el favor y dar las gracias.

3. Mirar a los ojos a la persona con quien se habla.

4. Sentarse adecuadamente en clase y fuera de ella.

5. Levantar la mano para pedir la palabra.

ARTICULO 99. CRITERIOS: El procedimiento disciplinario en el Colegio Don Bosco, como factor

esencial dentro del proceso formativo, está sustentado en los siguientes criterios:

107

1. Para el Colegio Don Bosco de Villavicencio la convivencia es un proceso orientado a contribuir al

desarrollo integral del estudiante, a través de la formación en principios, valores, derechos y deberes,

que permitan la comprensión de las normas, la comprensión del propio DEBER SER y el DEBER

HACER, asumiendo las consecuencias de sus actos y atendiendo a los procesos de formación y de

corrección, que permitan el crecimiento personal y social así como el desarrollo de la dimensión

trascendente del ser humano.

2. Si se quebrantan los deberes o no se hace uso responsable de la libertad, afectando la

convivencia dentro del establecimiento o afectando su buen nombre con comportamientos fuera

del mismo, el estudiante será evaluado de acuerdo con los conductos regulares y las

competencias para cada caso, asumiendo las consecuencias y recibiendo los correctivos

pedagógicos que correspondan, los cuales se aplicarán buscando un cambio de comportamiento

y procurando la formación integral de la persona humana.

3. Para todos los efectos se considera falta el incumplimiento de los deberes y compromisos; para

la aplicación del presente reglamento o Manual de Convivencia se tendrá en cuenta la

tipificación de las faltas.

4. El proceso de evaluación convivencial es continuo; al finalizar cada uno de los períodos

académicos en que se encuentra distribuido el año escolar, el director de grupo informará a cada

uno de los estudiantes los resultados de la autoevaluación y heteroevaluación de su

comportamiento, lo mismo que a los organismos correspondientes de la institución, a saber:

coordinación, rectoría y a los padres de familia en el boletín respectivo.

En situaciones especiales la comunicación a los padres de familia se cumplirá mediante cita previa

con el director de curso, la coordinación de convivencia o con la rectoría.

5. El Colegio Don Bosco de Villavicencio, determina algunos correctivos como parte del proceso

formativo, con la intención de propiciar reflexión sobre las faltas en que incurra el estudiante y buscar

la corrección de las conductas que afecten la convivencia; los actos de indisciplina de los estudiantes

son objeto de tales correctivos pedagógicos, los cuales son de diferente índole y serán aplicados

según la trascendencia del acto de indisciplina dentro del ámbito escolar, para que el estudiante

comprometido reflexione sobre los hechos irregulares de su proceder y pueda reorientar su conducta

o su comportamiento.

6. Los correctivos pedagógicos son los siguientes:

Diálogo reflexivo.

Llamado de atención escrito (observador del estudiante)

Citación a padres de familia

Jornadas de reflexión en el colegio o en la casa, de uno a cinco días.

Retiro temporal del colegio.

108

Matrícula en Observación.

Cancelación de matrícula o retiro definitivo del colegio.

TITULO X

CAPÍTULO I

DE LOS SERVICIOS COMPLEMENTARIOS Y PLANTA FÍSICA

La adecuada utilización de la planta física, el mobiliario y los servicios complementarios es primordial

para que la comunidad educativa reciba los beneficios que requiere como apoyo al proceso

formativo; por lo tanto, es imprescindible dar cumplimiento riguroso a los siguientes aspectos:

ARTÍCULO 100. SERVICIO DE TRANSPORTE ESCOLAR: Se establece las siguientes normas

para el transporte escolar:

El Colegio Don Bosco prestará el servicio de transporte en rutas predeterminadas. Para una

adecuada y satisfactoria utilización de este servicio, se establece:

1. El Colegio Don Bosco se reserva el derecho de otorgar o suspender el servicio de ruta a los

estudiantes que la soliciten, ya que este servicio es optativo para los Padres de Familia o Acudientes.

De igual manera, se tendrá en cuenta el comportamiento de cada uno de los estudiantes durante el

transporte para permanecer en él o no.

2. Para cambios de ruta, se deberá dar aviso en Secretaría, por escrito y debidamente firmado por

los padres de familia o acudientes, de la nueva dirección e igualmente un número telefónico para

confirmar; éste debe ser entregado antes de las 9:00 a.m. si el cambio es para el mismo día; Si esto

no ocurriera, el colegio se abstiene de cambios a última hora, porque puede generar equivocaciones.

3. Quienes utilicen el servicio de transporte escolar, deben cumplir las siguientes normas:

Estar puntuales en el sitio de recogida diez minutos antes del paso habitual de la ruta), todo

retardo perjudica al grupo. (Llevar el uniforme completo, siempre que suba a la ruta y

permanezca en ella.

Hablar en voz baja, saludar y despedirse.

Mantener la ruta en perfecto orden y aseo y abstenerse de ingerir comidas o bebidas durante

los recorridos.

Ocupar el puesto que sea asignado por la monitora de la ruta o profesor encargado.

Permanecer sentado y por ningún motivo ubicarse en la puerta de la buseta durante los

recorridos.

Sentarse correctamente y no sacar los brazos o la cabeza por las ventanillas.

Bajar de la buseta con prontitud.

Subir y bajar en el mismo paradero, tanto a la ida como al regreso.

109

Utilizar la ruta asignada al inscribirse en el servicio.

Guardar en los paraderos un comportamiento acorde con la cultura, respeto y el buen nombre

del colegio

Utilizar un lenguaje sano, cortés y adecuado.

Abstenerse de bajarse en paraderos diferentes a sus residencias, salvo autorización escrita de

los padres de familia o acudiente.

En caso de una eventualidad que impida el normal desplazamiento de la ruta, el estudiante

permanecerá dentro de ella, acatando las disposiciones del monitor(a).

La ruta escolar en conjuntos residenciales, recogerá y dejara al estudiante en portería, solo

entra al conjunto si está lloviendo.

4. El incumplimiento en el pago de la mensualidad por parte de los padres de familia

acarreará la suspensión en el servicio de transporte.

5. Deben cuidar los asientos, no romper ni rayar el tapizado y abstenerse de botar objetos y

basura en la camioneta o por las ventanas.

6. Las monitoras y conductores deben informar, sin excepción, cualquier anomalía ocurrida durante

el trayecto para tomar las medidas necesarias; de lo contrario se tomará como un incumplimiento al

contrato de trabajo.

7. Son derechos de los conductores:

Recibir un trato digno, justo y respetuoso por parte de todos los miembros del Colegio Don

Bosco.

Participar de todas los eventos que realice el colegio como parte de integración.

Ser escuchados en toda sus inquietudes y darles solución rápida y oportuna.

Recibir reconocimiento por su labor y empeño en su trabajo.

Obtener respaldo frente a los estudiantes y padres de familia, cuando estos actúan

indebidamente por falta de información. Recibir el pago oportuno según las disposiciones del

colegio.

8. Son deberes de los conductores:

Cumplir con los horarios establecidos en el contrato inicial.

Ser prudente durante los recorridos, tanto con su vocabulario como en la forma de conducir

Cumplir con toda las normas legales establecidas por las autoridades competentes.

Presentarse en todo momento sobrio y con buena disposición frente a los estudiantes,

padres de familia y profesores.

Aceptar con respeto las correcciones que en su momento se estime conveniente

por fallas en cualquiera de los recorridos.

110

Cumplir puntualmente con las reuniones planteadas por el Coordinador de Transporte y

dar cumplimiento a las recomendaciones que se plantean.

Mantener una disposición de escucha y armonía con todo el grupo evitando discordias y malos

entendidos.

Apoyar el trabajo de los monitores exigiendo respeto, puntualidad y buena disposición.

Mantener una adecuada presentación personal: utilizar el carné que los identifique como

funcionarios del colegio.

Abstenerse de tanquear los vehículos cuando se esté haciendo el recorrido, por seguridad.

Permitir los cambios de recorridos cuando estos lo ameriten y tengan el espacio disponible.

Avisar oportunamente tanto a las familias de los niños a su cargo como al coordinador de

transporte si se presenta alguna dificultad en el cumplimiento del recorrido y si es del caso,

enviar un recorrido adicional, para evitar inconvenientes con los padres de familia y poder salir

en el tiempo establecido por las directivas.

Emprender su viaje sin demoras innecesarias.

Facilitar el número telefónico para sostener comunicación cuando se requiera.

Velar porque el sistema de comunicación con su ruta esté en perfectas condiciones de

funcionamiento e informar al coordinador de rutas así como a las familias de los estudiantes

a su cargo cuando cambie de número telefónico celular.

Cumplir con las rutas establecidas y los cambios asignados según lo manifieste el Coordinador

de Transporte.

ARTÍCULO 101. PROTOCÓLO SERVICIO DE TRANSPORTE ESCOLAR:

PROTOCOLO DESCRIPCION CONTROL

MANEJO DE RUTAS

En el colegio Don Bosco contamos con el servicio de transporte escolares para los estudiantes interesados. A la hora de la llegada, las rutas llegan y se estacionan frente a la institución. 1. La persona auxiliar de la ruta, baja a cada uno de

los estudiantes, verifica que todos hayan bajado y entrado a la institución.

2. Las docentes que están en la puerta se encargan de recibir y saludar a los estudiantes.

3. En caso de presentarse algún incidente en el desplazamiento de la ruta, esté será informado al coordinador de convivencia.

En el momento de la salida (1:00, 2:00 y 3:00 p.m.) 1. La docente encargada de rutas, Verifica que los

estudiantes estén en el recorrido correspondiente.

Formato Listado de estudiantes de rutas

111

ARTÍCULO 102. BIBLIOTECA: El Colegio Don Bosco cuenta con una biblioteca escolar para el uso

de los miembros de la comunidad educativa; los estudiantes pueden utilizar la biblioteca cuando la

necesiten, siempre y cuando sigan las normas establecidas:

1. Para usar la biblioteca los estudiantes deben contar con previa autorización de la bibliotecaria.

2. Los libros de referencia y los reservados tales como enciclopedias, solo podrán ser consultados

dentro de la sala de lectura, presentando el carné escolar.

3. Se debe estar en silencio dentro de la biblioteca y una vez utilizados los libros se deben

entregar a la bibliotecaria; las mesas y sillas deben dejarse en perfecto orden. Para ingresar

a la biblioteca no se admiten maletas o similares.

4. Se pueden retirar de la biblioteca revistas, libros de consulta, diccionarios y documentos,

presentando el carnet actualizado y diligenciando la ficha de préstamo.

5. Una vez vencida la fecha de entrega del material prestado, la bibliotecaria podrá imponer

una multa económica diaria de quinientos pesos ($500), la cual debe ser cancelada al entregar el

texto.

6. En caso de pérdida o deterioro del texto, el estudiante deberá reponer el mismo, como

requisito para obtener el paz y salvo con el colegio.

7. Los bibliobancos dispuestos en cada salón están al servicio de los estudiantes, por lo

tanto se podrán prestar textos presentando el carné.

ARTICULO 103. PUPITRES: El Colegio Don Bosco suministra para cada estudiante un pupitre en

buen estado, el cual debe ser entregado al final del año de la misma forma; se debe tener en cuenta:

1. Cada estudiante es responsable del uso correcto de este bien; quien dañe el pupitre asignado o

el de algún compañero, deberá responder por su arreglo y repercutirá en su valoración

comportamental.

2. Cuando llega la ruta, esta se estaciona frente a la puerta de la institución o dentro de esta y la auxiliar de ruta, acomoda a los estudiantes en sus respectivos puestos y confirmando el listado del personal que va en el recorrido. Los desplazamientos a Salidas pedagógicas, culturales o Deportivas, se realizarán en los vehiculos autorizados por el Colegio y el costo de este transporte será asumido por el padre de Familia o Acudiente.

112

2. Cada profesor será responsable de los pupitres y demás muebles del salón a su cargo; velará

por su cuidado y conservación e informará oportunamente a la Coordinación de Convivencia

cualquier anomalía presentada.

3. En cada salón permanecerá la cantidad de pupitres necesarios.

4. Los armarios permanecerán en perfecto orden, evitando guardar elementos que no

correspondan como son maquetas, sacos, pocillos, vasos, etc.

ARTÍCULO 104. CANCHA E IMPLEMENTOS DEPORTIVOS: Son para el uso de cada uno de los

estudiantes del Colegio Don Bosco y se busca contribuir al estímulo de la actividad física y deportiva.

Se debe tener en cuenta:

1. El docente de Educación Física, Recreación y Deportes será el encargado de coordinar y

autorizar el uso de los espacios e implementos deportivos, así como de informar a la

Coordinación de Convivencia sobre cualquier anomalía.

2. La utilización de los espacios deportivos, balones, mallas, aros, lazos, conos, colchonetas

y demás elementos, deben reflejar el respeto a las sanas normas de cualquier práctica

deportiva.

3. Los espacios e implementos deportivos deben ser usados cuidadosamente; en caso de

producir daños o pérdida de algún implemento, se debe reponer o pagar el costo generado

por tal inconveniente.

ARTÍCULO 105. LABORATORIO DE BIOLOGÍA Y QUÍMICA: Son espacios adecuados para

realizar exclusivamente la parte experimental con base en las conceptualizaciones vistas en el aula

y de esta manera, complementar el proceso de aprendizaje; para su uso se deben tener en cuenta

las siguientes normas:

1. Cumplir estrictamente las indicaciones específicas de procedimientos y de seguridad,

socializadas por los docentes correspondientes

2. Utilizar obligatoriamente bata blanca, sobre el uniforme correspondiente.

3. En caso de pérdida o daño de algún implemento o material, el estudiante o grupo de trabajo

responderá por esto.

ARTÍCULO 106. SALA DE SISTEMAS Y COMPUTACIÓN: La sala de sistemas y computación

permite el desarrollo práctico de las clases de esta área para todos los grados, al igual que presta

soporte a la demás áreas del conocimiento, aprovechando los avances de las nuevas tecnologías

de la información. Para esto es necesario tener en cuenta:

1. Para el ingreso y utilización de la sala de sistemas y computación se requiere la autorización

del docente de Sistemas.

113

2. Los equipos de cómputo son para el servicio común de estudiantes, docentes y

administrativos, por lo tanto deben usarse con el cuidado adecuado.

3. Se deben reponer o pagar los daños causados por el uso inadecuado de los equipos y

demás elementos propios de esta sala.

4. Se deben cumplir estrictamente las indicaciones específicas de procedimientos y seguridad

de la sala, socializadas por el docente correspondiente.

ARTÍCULO 107. ACTIVIDADES EXTRACURRICULARES: De acuerdo con los lineamientos del

Ministerio de Educación Nacional y fundamentos por nuestros proyectos Educativo Institucional

(P.E.I), el colegio considera necesario adelantar actividades extracurriculares que brinden al

estudiante espacios propicios para desarrollar sus capacidades y habilidades de acuerdo con sus

intereses e inclinaciones para el buen desarrollo personal y de la comunidad educativa.

Las actividades complementarias pueden ser institucionales o esporádicas que son aquellas

que considera son importantes sin tener el carácter de obligatorias.

ARTÍCULO 108. PROTOCOLO DE SALIDAS PEDAGÓGICAS:

PROTOCOLO DESCRIPCION CONTROL

SALIDAS PEDAGÓGICAS

Toda salida pedagógica se enmarca dentro de los planes y programas de estudio de cada nivel y ciclo respectivo. Esto permite a los estudiantes observar, indagar y conocer diferentes ambientes culturales, tomando contacto directo con objetos materiales, personas y espacios que ayudan a la incorporación de nuevos aprendizajes.

1.- Las directivas, el coordinador académico, la psicóloga y el profesor, en conjunto determinarán la pertinencia de la salida.

2.- Coordinación académica comunicará por escrito en la circular de autorización a los padres y/o acudiente los siguientes aspectos:

• Lugar de la visita

• Fecha y horario de salida y de regreso

• Propósito de la visita

Circular para padres de familia

114

ARTICULO 109. PLANTA FÍSICA: La planta física se considera para el servicio de toda la

comunidad educativa y por lo tanto es una responsabilidad común su cuidado y mejoramiento; se

establecen las siguientes condiciones:

1. Los daños intencionales causados a las instalaciones y recursos del colegio por cualquier

miembro de la comunidad, son considerados como faltas graves y además los responsables deberán

cubrir el costo de su reparación o reposición; el mismo procedimiento de reparación o reposición

tendrán los daños causados sin culpa.

2. Para hacer uso de las instalaciones del colegio, fuera del horario de clase, se debe solicitar por

escrito y anticipadamente el permiso correspondiente a la Rectoría.

3. El aseo y la presentación del colegio es responsabilidad de todos; los estudiantes deberán

colaborar en el cumplimiento de este requisito al igual que con el proyecto de reciclaje; está

prohibido botar basura fuera de las canecas dispuestas para tal fin y se debe cumplir con la

clasificación de las mismas.

• Valor a cancelar (en el caso que corresponda)

• Fecha de devolución de autorización firmada.

Medio de Transporte.

Acompañantes a la actividad.

3.- El padre de familia debe enviar la autorización firmada el día señalado en la circular.

4.- Los estudiantes no podrán salir del Colegio sin la autorización firmada por el padre de familia y/o acudiente.

5.- No se aceptarán autorizaciones enviadas por e-mail u otro medio que no sea el indicado en el punto N° 3.

6.- El Colegio Garantizará en todo caso, que la empresa que prestará el servicio de trnasporte, culpla con los requisitos de operaciónpara este servicio y las debidas polizas.

7.-En caso de incidente en la salida pedagógica, se

manejará bajo los criterios del protocolo establecido en

el artículo 6 del presente Manual: PROTOCOLO EN

CASO DE ENFERMEDAD O ACCIDENTE.

115

4. Los salones y áreas comunes deberán ser usados en las horas indicadas y para actividades

específicas; las aulas permanecerán cerradas en horas de descanso.

ARTÍCULO 110. BAÑOS: El uso adecuado refleja la educación de cada uno de los que lo utilicen;

para tal fin se debe tener en cuenta:

1. Es importante el uso racional del agua, del jabón, del papel higiénico y demás elementos

propios de este servicio.

2. Se debe bajar el agua de la cisterna cada vez que sea necesario.

3. Los lavamanos no deben ser utilizados para lavar pinceles, palas, baldes que contengan

arena u otros elementos que atenten contra el buen funcionamiento.

4. Hay que abstenerse de arrojar al inodoro elementos sólidos como papel, hojas, toallas,

esferos, entre otros, por los daños que esto puede ocasionar.

El ingreso a los baños debe ser únicamente por la necesidad de utilización del servicio y no para

otras actividades (juegos, reuniones, etc)

ARTÍCULO 111. ELEMENTOS DE ORNATO: Considerando que se debe propender por el

embellecimiento del colegio y por la conservación de nuestro ambiente, se debe tener en cuenta:

1. Es importante cuidar, proteger y preservar todos los elementos que buscan dicho propósito

como son las carteleras, materas, señalización, decoración, recipientes, etc.

2. El docente, directivo o administrativo que presencie cualquier anomalía con estos elementos,

debe informarla oportunamente a la Coordinación de Convivencia.

3. Los daños ocasionados por el uso inadecuado de tales elementos deben ser repuestos o

pagados por el causante, además de afectar su valoración comportamental.

CAPITULO II

DEL SERVICIO SOCIAL Y PREICFES

(Resolución 4210 de 1996 del MEN)

ARTÍCULO 112. SERVICIO SOCIAL: Los estudiantes de educación media cumplirán una intensidad

mínima horaria de 80 horas extraclase, en un horario establecido por el Colegio, en un lugar definido

solamente por las directivas, de forma obligatoria. Todos asistirán sin excepción, así lo hayan

realizado en otra institución.

De no cumplir con este trabajo, el colegio no podrá entregarle al estudiante la certificación requerida

para su grado como bachiller, al finalizar el grado 11º.

116

ARTÍCULO 113. PRE-ICFES: Con el objetivo de asegurar la calidad académica institucional y

cumplir con los objetivos planteados por el Ministerio de Educación Nacional; los estudiantes de los

grados noveno, décimo y undécimo tomarán un curso de preparación Pre-Icfes durante los días

sábados del año escolar, según el calendario fijado por la Institución.

PARÁGRAFO: Los estudiantes que aprueben el grado décimo tendrán como requisito para iniciar

el grado undécimo, efectuar obligatoriamente, a partir de la tercera semana del mes de enero, la

preparación para el ICFES, costo adicional que se incluye con el pago de la matrícula y que

continuará durante el año escolar, terminando una s e m a n a antes de presentar las pruebas

del estado (saber 11°)

CAPITULO III

DEL DIPLOMA Y ACTA DE GRADO

ARTÍCULO 114. DIPLOMA Y ACTA DE GRADO: El diploma y acta de grado que expida el Colegio

Don Bosco es el reconocimiento expreso, de carácter académico, otorgado por la obtención de los

logros programados en el Plan de Estudios, por haber adquirido un saber determinado en la

institución.

ARTÍCULO 115. CEREMONIA DE GRADO: El grado es el acto académico en el cual la institución

hace entrega del diploma al estudiante, en ceremonia de graduación que se realizará en la fecha

determinada en el calendario académico

ARTÍCULO 116. CONSIDERACIONES GENERALES PARA EL GRADO: Para optar al grado como

BACHILLER ACADÉMICO que otorga el Colegio Don Bosco, se deben cumplir los siguientes

requisitos:

1. Haber aprobado todas las asignaturas y cumplido con todas las prescripciones del plan de

estudios.

2. Haber participado en el RETIRO ESPIRITUAL, que el Colegio programa para los estudiantes

de 11° grado.

3. Haber cumplido con el trabajo social que corresponde a 80 horas.

4. Estar a PAZ y SALVO por todo concepto y con todas las dependencias de la institución, según

certificado expedido (documental y financiero).

5. Presentar recibo de consignación por concepto del pago de los derechos de grado.

CAPITULO IV

DISPOSICIONES VARIAS

ARTÍCULO 117. DISPOSICIONES:

117

El desconocimiento de las normas establecidas por este manual de convivencia no podrá

constituir argumento válido para su incumplimiento.

Corresponde al Consejo Directivo, interpretar, ampliar, modificar y desarrollar las

disposiciones de este Manual de Convivencia, y decidir en los casos no contemplados en

él, de conformidad con los principios y valores de la Institución.

Las reformas introducidas tendrán vigencia a partir de la iniciación del año lectivo 2017 y

serán aplicables a todos los estudiantes que se matriculen.

ARTÍCULO 118. VIGENCIA: El presente Manual de Convivencia rige a partir del año lectivo 2017 y

deroga las disposiciones o acuerdos anteriores.

Dado en Villavicencio, a los 16 días del mes de diciembre de 2016, según acuerdo 066 de Consejo

Directivo.

Lic. MARÍA GLADYS VIGOYA DE ÁNGEL Lic. ROSA ARGENIS CASTELBLANCO DE ÁVILA

Rectoría Representante Legal