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  • 8/10/2019 Manual Carn B

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    Tema 0:

    Definiciones generales1. Definiciones relativas a la persona

    CONDUCTORPersona que maneja el mecanismo de la direccin o va al mando de un vehculo. En vehculosque circulen en funcin de aprendizaje de la conduccin, es conductor la persona que est acargo del doble mando.

    PEATNPersona que, sin ser conductor, transita a pie por las vas o terrenos pblicos o privados quesean de uso comn. Son tambin peatones quienes empujan o arrastran un coche de nios, deimpedido o cualquier otro vehculo sin motor de pequeas dimensiones, los que conducen a

    pie un ciclo o ciclomotor de dos ruedas y los impedidos que circulan al paso en una silla deruedas, con o sin motor. TITULAR DEL VEHCULO

    Persona a cuyo nombre figura inscrito el vehculo en el registro oficial correspondiente. TOMADOR

    Persona que contrata el seguro de responsabilidad civil obligatoria del vehculo con la entidadaseguradora.

    USUARIO DEL VEHCULOPersona que se encuentra dentro del vehculo, con conocimiento del conductor.

    2. Definiciones relativas al vehculo

    2.1 Vehculos no considerados de motor VEHCULO DE TRACCIN ANIMAL

    Vehculo arrastrado por animales. CICLO

    Vehculo de dos ruedas por lo menos, accionado por el esfuerzo muscular de las personas quelo ocupan, en particular mediante pedales o manivelas.

    BICICLETACiclo de dos ruedas.

    BICICLETA CON PEDALEO ASISTIDOBicicleta que utiliza un motor, con potencia no superior a 0,5 kW, como ayuda al esfuerzomuscular del conductor. Dicho motor deber detenerse si el conductor deja de pedalear o lavelocidad supera los 25 km/h.

    REMOLQUEVehculo no autopropulsado diseado y concebido para ser remolcado por un vehculo demotor.

    SEMIREMOLQUEVehculo no autopropulsado diseado y concebido para ser acoplado a un automvil, sobre elque reposar parte del mismo, transfirindole una parte sustancial de su masa.

    CARAVANARemolque o semiremolque concebido y acondicionado para ser utilizado como vivienda mvil,permitindose el uso de su habitculo cuando el vehculo se encuentra estacionado.

    VEHCULO PARA PERSONAS DE MOVILIDAD REDUCIDAVehculo cuya tara no sea superior a 350 kg y que, por construccin, no pueda alcanzar enllano una velocidad superior a 45 km/h, proyectado y construido especialmente para el uso depersonas con alguna disfuncin o incapacidad fsica.

    TRANVAEs el vehculo que marcha por rales instalados en la va.

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    CICLOMOTOR DE 2 RUEDASVehculo de dos ruedas, provisto de un motor de cilindrada no superior a 50 cm, si es decombustin interna, y con una velocidad mxima por construccin no superior a 45 km/h.

    CICLOMOTOR DE 3 RUEDASVehculo de tres ruedas, provisto de un motor de cilindrada no superior a 50 cm, si es decombustin interna, y con una velocidad mxima por construccin no superior a 45 km/h.

    CUADRICICLO LIGEROVehculo de cuatro ruedas cuya masa en vaci sea inferior a 350 kg, no incluida la masa de lasbateras en el caso de los vehculos elctricos, cuya velocidad mxima por construccin no seasuperior a 45 km/h y con un motor de cilindrada inferior o igual a 50 cm para los motores deexplosin, o cuya potencia neta sea inferior o igual a 4 kW para los dems tipos de motores.

    2.2 Vehculos de motor AUTOMVILES

    AUTOMVIL

    Vehculo de motor que sirve, normalmente, para el transporte de personas o cosas o deambas a la vez o para la traccin de otros vehculos con aquel fin. Se excluyen de estadefinicin los vehculos especiales.

    MOTOCICLETA DE DOS RUEDASVehculo de dos ruedas sin sidecar, provisto de un motor de cilindrada superior a 50 cm, sies de combustin interna, y/o con una velocidad mxima por construccin superior a 45km/h.

    MOTOCICLETA CON SIDECARVehculo de tres ruedas asimtricas respecto a su eje medio longitudinal, provisto de unmotor de cilindrada superior a 50 cm, si es de combustin interna, y/o con una velocidad porconstruccin superior a 45 km/h.

    VEHCULO DE TRES RUEDASAutomvil de tres ruedas simtricas, provistode un motor de cilindrada superior a 50 cm, si

    es de combustin interna, y/o con una velocidad mxima por construccin superior a 45km/h. CUADRICICLO

    Automvil de cuatro ruedas cuya masa en vaco sea inferior o igual a 400 kg o 550 kg si setrata de vehculos destinados al transporte de mercancas, no incluida la masa de lasbateras incluida en los vehculos elctricos, y cuya potencia mxima neta sea inferior o iguala 15 kW. Los cuadriciclos tiene la consideracin de vehculos de tres ruedas.

    QUAD-ATVVehculo de cuatro o ms ruedas fabricado para usos especficos muy concretos, conutilizacin fundamentalmente fuera de carretera, con sistema de direccin mediante manillaren el que el conductor va sentado a horcajadas y dotado de un sistema de traccinadecuado al uso fuera de carretera y cuya velocidad puede estar limitada en funcin de suscaractersticas tcnicas o uso.

    TURISMOAutomvil destinado al transporte de personas que tenga, por lo menos, cuatro ruedas y quetenga, adems del asiento del conductor, ocho plazas como mximo.

    DERIVADO DE TURISMOAutomvil destinado a servicios o a transporte exclusivo de mercancas, derivado de unturismo del cual conserva la carrocera y dispone nicamente de una fila de asientos.

    VEHCULO MIXTO ADAPTABLEAutomvil especialmente dispuesto para el transporte, simultaneo o no, de mercancas ypersonas hasta un mximo de 9, incluido el conductor, y en el que se puede sustituireventualmente la carga, parcial o totalmente, por personas mediante la adicin de asientos.

    AUTOCARAVANAVehculo construido con propsito especial, incluyendo alojamiento vivienda y conteniendo,al menos, el equipo siguiente: Asientos y mesa, camas o literas que puedan ser convertidosen asientos, cocina y armarios o similares.

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    VEHCULOS TODO TERRENOVehculo automvil con traccin a dos o ms ejes, especialmente dispuesto para lacirculacin en terrenos difciles, con transporte simultaneo de personas y mercancas,pudindose sustituir la carga eventualmente, parcial o totalmente por personas mediante laadicin de asientos.

    AUTOBS O AUTOCAR

    Automvil que tenga ms de nueve plazas incluida la del conductor, destinado, por suconstruccin y acondicionamiento, a transporte de personas y equipajes. Se incluyen en estetrmino el trolebs, es decir, el vehculo conectado a una lnea elctrica y que no circula prorales.

    AUTOBS O AUTOCAR ARTICULADOAutobs o autocar compuesto por dos partes rgidas unidas entre s por una seccinarticulada. En este tipo de vehculos, los compartimientos para viajeros de cada una deambas partes rgidas se comunican entre s. La seccin articulada permite la libre circulacinde los viajeros entre las partes rgidas. La conexin y disyuncin entre las dos partesnicamente podr realizarse en el taller.

    AUTOBS O AUTOCAR DE DOS PISOSAutobs o autocar en el que los espacios destinados a los pasajeros estn dispuestos, almenos parcialmente, en dos niveles superpuestos, de los cuales el superior no dispone de

    plazas sin asiento. CAMIN

    Automvil con cuatro ruedas o ms, concebido y construido para el transporte demercancas, cuya cabina no est integrada en el resto de la carrocera y con un mximo de 9plazas, incluido el conductor.

    FURGN / FURGONETAAutomvil con cuatro ruedas o ms, concebido y construido para el transporte demercancas, cuya cabina est integrada en el resto de la carrocera y con un mximo de 9plazas, incluido el conductor.

    TRACTOCAMINAutomvil concebido y construido para realizar, principalmente, el arrastre de unsemirremolque.

    VEHCULO ARTICULADOAutomvil constituido por un vehculo de motor acoplado a un semirremolque.

    TREN DE CARRETERAAutomvil constituido por un vehculo de motor enganchado a un remolque.

    CONJUNTO DE VEHCULOSUn tren de carretera, o un vehculo articulado.

    VEHCULO ACONDICIONADOCualquier vehculo cuyas superestructuras fijas o mviles estn especialmente equipadaspara el transporte de mercancas a temperaturas dirigidas y en el que el espesor de cadapared lateral, incluido el aislamiento, sea de 45 mm, como mnimo.

    VEHCULOS ESPECIALES VEHCULO ESPECIAL

    Vehculo, autopropulsado o remolcado, concebido y construido para realizar obras oservicios determinados y que, por sus caractersticas, est exceptuado de cumplir alguna delas condiciones tcnicas exigidas en este Reglamento o sobrepasa permanentemente loslmites establecidos en el mismo para masas o dimensiones, as como la maquinaria agrcolay sus remolques.

    TRACTOR AGRCOLAVehculo especial autopropulsado, de dos o ms ejes, concebido y construido para arrastrar,empujar, llevar o accionar aperos, maquinaria o remolques agrcolas.

    MOTOCULTORVehculo especial autopropulsado, de un eje, dirigible por manceras por un conductor que

    marche a pie. Ciertos motocultores pueden, tambin, ser dirigidos desde un asientoincorporado a un remolque o mquina agrcola o a un apero o bastidor auxiliar con ruedas.

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    TRACTOCARROVehculo especial autopropulsado, de dos o ms ejes, especialmente concebido para eltransporte en campo de productos agrcolas.

    MQUINA AGRCOLA AUTOMOTRIZVehculo especial autopropulsado, de dos o ms ejes, concebido y construido para efectuartrabajos agrcolas.

    MAQUINARIA AGRCOLA REMOLCADAVehculo especial concebido y construido para efectuar trabajos agrcolas y que, paratrasladarse y maniobrar, debe ser arrastrado o empujado por un tractor agrcola, motocultor,portador o mquina agrcola automotriz. Se excluyen de este definicin los aperos agrcolas,entendindose por tales los tiles o instrumentos agrcolas, sin motor, concebidos yconstruidos para efectuar trabajos de preparacin de terreno o laboreo, que, adems, no seconsideran vehculos a los efectos de este Reglamento, as como tambin el resto demaquinaria agrcola remolcada de menos de 750 kg de masa.

    REMOLQUE AGRCOLAVehculo especial de transporte construido y destinado para ser arrastrado por un tractoragrcola.

    TRACTOR DE OBRASVehculo especial autopropulsado, de dos o ms ejes, concebido y construido para arrastrar

    o empujar tiles, mquinas o vehculos de obras. MQUINA DE OBRAS AUTOMOTRIZ

    Vehculo especial autopropulsado, de dos o ms ejes, concebido y construido para efectuartrabajos de obras.

    MQUINA DE OBRAS REMOLCADAVehculo especial concebido y construido para efectuar trabajos de obras y que, paratrasladarse y maniobrar, debe ser arrastrado o empujado por un tractor de obras o unamquina de obras automotriz.

    TRACTOR DE SERVICIOSVehculo especial autopropulsado, de dos o ms ejes, concebido y construido para arrastraro empujar vehculos de servicio, vagones u otros aparatos.

    MAQUINARIA DE SERVICIOS AUTOMOTRIZVehculo especial autopropulsado, de dos o ms ejes, concebido y construido para efectuarservicios determinados.

    TREN TURSTICOVehculo especial constituido por un vehculo tractor y uno o varios remolques, concebido yconstruido para el transporte de personas con fines tursticos, con velocidad mxima limitaday sujeto a las limitaciones de circulacin que imponga la autoridad competente en materia detrfico.

    3. Otras definiciones TARA

    Masa del vehculo con su equipo fijo autorizado, sin personal de servicio, pasajeros ni carga ycon su dotacin completa de agua, combustible, lubricante, repuestos, herramientas y

    accesorios necesarios. MASA EN ORDEN DE MARCHA

    Se considera como masa en orden de marcha el resultado de sumar a la tara la masa estndardel conductor de 75 kg y para los autobuses y autocares, la masa del acompaante de 75 kg silo lleva.

    MASA EN CARGALa masa efectiva del vehculo y de su carga, incluida la masa del personal de servicio y de lospasajeros.

    MASA POR EJELa que gravita sobre el suelo, transmitida por la totalidad de las ruedas acopladas a ese eje.

    MASA MXIMA AUTORIZADA (MMA)La masa mxima para la utilizacin de un vehculo con carga en circulacin por las vaspblicas.

    MASA MXIMA AUTORIZADA POR EJELa masa mxima de un eje o grupo de ejes con carga para utilizacin por las vas pblicas.

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    MASA MXIMA AUTORIZADA DEL CONJUNTOSuma de las masas del vehculo de motor cargado y del remolque arrastrado cargado para suutilizacin por las vas pblicas.

    Tema 1:Normas generales de comportamiento

    1. mbito de aplicacin de las normas de trfico Son aplicables en todo el territorio nacional y obliga a los titulares y usuarios de las vas y

    terrenos pblicos aptos para la circulacin, tanto urbanos como interurbanos, a los de las vasy terrenos que, sin tener tal aptitud sean de uso comn, y, en defecto de otras normas, a los delas vas y terrenos privados que sean utilizados por una colectividad indeterminada deusuarios.

    No son aplicables los preceptos de la ley a los caminos, terrenos, garajes cocheras, u otroslocales de similar naturaleza construidos dentro de fincas privadas, sustrados al uso pblico ydestinados al uso exclusivo de los propietarios y sus dependientes.

    2. Usuarios

    Los usuarios de la va estn obligados a comportarse de forma que no entorpezcan lacirculacin, no causen peligro, perjuicio o molestias innecesarias a las personas ni daos a losbienes.

    3. Conductores

    Se deber conducir con la diligencia y precaucin necesaria para evitar todo dao, propio oajeno, cuidando de no poner en peligro, tanto al mismo conductor como a los dems ocupantesdel vehculo y al resto de los usuarios de la va.

    Queda terminantemente prohibido conducir de modo negligente o temerario.

    La conduccin negligente o temeraria se considerar infraccin grave.

    Se prohbe arrojar, depositar o abandonar sobre la va objetos o materias que puedanentorpecer la libre circulacin, parar o estacionar, o producir en la misma o en susinmediaciones efectos que modifiquen las condiciones apropiadas para circular, parar oestacionar.

    No se instalar en vas o terrenos objeto del mbito de aplicacin de la legislacin sobre trfico,circulacin de vehculos a motor y seguridad vial ningn aparato, instalacin o construccin, ni

    se realizarn actuaciones como rodajes, encuestas o ensayos, aunque sea con carcterprovisional o temporal, que pueda entorpecer la circulacin.

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    4. Sealizacin de los obstculos o peligros

    Quienes hubieran creado sobre la va algn obstculo o peligro debern hacerlo desaparecer loantes posible, adoptando entre tanto las medidas necesarias para que pueda ser advertido porlos dems usuarios y para que no se dificulte la circulacin.

    No se considerarn obstculos en la calzada los resaltos en los pasos para peatones y bandastransversales, siempre que cumplan la regulacin bsica establecida al efecto por el Ministeriode Fomento y se garantice la seguridad vial de los usuarios y, en particular, de los ciclistas.

    Para advertir la presencia en la va de cualquier obstculo o peligro creado, el causante delmismo deber sealizarlo de forma eficaz tanto de da como de noche.

    Si el obstculo lo motiva la inmovilizacin del vehculo o la cada de la carga, si procede, elcausante lo sealizar con las luces de posicin y la luz de emergencia en caso de poseerse.

    En tanto se deja libre la va, todo conductor colocar los dispositivos de presealizacin depeligro para advertir dicho obstculo.

    Tales dispositivos o elementos se colocarn uno por delante y otro por detrs del vehculo o lacarga, como mnimo a 50 metros de distancia y en forma tal que sean visibles desde 100metros al menos.

    En calzada de sentido nico o de ms de 3 carriles, bastar la colocacin de un slo dispositivosituado por detrs.

    Todas las actuaciones que deban desarrollar los servicios de asistencia mecnica, sanitaria ocualquier otro tipo de intervencin debern regirse por los principios de utilizacin de losrecursos idneos y estrictamente necesarios en cada caso. El organismo autnomo JefaturaCentral de Trfico o, en su caso, la autoridad autonmica o local responsable de la regulacindel trfico, o sus agentes, acordarn la presencia y permanencia en la zona de intervencin detodo el personal y equipo que sea imprescindible y garantizar la ausencia de personas ajenasa las labores propias de la asistencia; adems, ser la encargada de sealar en cada casoconcreto los lugares donde deben situarse los vehculos de servicios de urgencia o de otrosservicios especiales, atendiendo a la prestacin de la mejor asistencia y velando por el mejorauxilio de las personas.

    La actuacin de los quipos de los servicios de urgencia, as como la de los de asistenciamecnica y de conservacin de carreteras, deber procurar en todo momento la menorafectacin posible sobre el resto de la circulacin, ocupando el mnimo posible de la calzada ysiguiendo en todo momento las instrucciones que imparta el organismo autnomo JefaturaCentral de Trfico o, en su caso, la autoridad autonmica o local responsable de la regulacindel trfico, o sus agentes.

    La detencin, parada o estacionamiento de los vehculos destinados a los servicios citadosdeber efectuarse de forma que no cree un nuevo peligro y donde cause menor obstculo a lacirculacin.

    5. Prevencin de incendios

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    Se prohbe arrojar a la va o en sus inmediaciones cualquier objeto que pueda dar lugar a laproduccin de incendios o, en general, poner en peligro la seguridad vial.

    6. Emisin de perturbaciones y contaminantes

    Los vehculos no podrn circular emitiendo perturbaciones electromagnticas, ruidos, gases uotros contaminantes por encima de las limitaciones previstas en las normas especficasreguladoras de la materia.

    Tanto en las vas pblicas urbanas como en las interurbanas se prohbe la circulacin devehculos a motor y ciclomotores con el llamado escape libre, o sea, sin el preceptivodispositivo silenciador de las explosiones.

    Todo conductor que se vea obligado a permanecer con su vehculo detenido en el interior deun tnel u otro lugar cerrado, por un perodo de tiempo superior a dos minutos, deberinterrumpir el funcionamiento del motor hasta que pueda proseguir la marcha, conservandoencendido el alumbrado de posicin.

    Durante la carga de combustible el motor del vehculo deber estar parado.

    Los propietarios de aparatos distribuidores de combustibles o empleados de estos ltimos nopodrn facilitar los combustibles para su carga si no est parado el motor y apagadas las lucesde los vehculos, los sistemas elctricos como la radio y los dispositivos emisores de radiacinelectromagntica como los telfonos mviles.

    En ausencia de los propietarios de aparatos distribuidores de combustibles o empleados deestos ltimos, el conductor del vehculo o, en su caso, la persona que vaya a cargar elcombustible en el vehculo deber cumplir los mismos requisitos establecidos en el puntoanterior.

    7. Control del vehculo o animales

    Los conductores debern estar en todo momento en condiciones de controlar sus vehculos oanimales.

    Al aproximarse a otros usuarios de la va debern adoptar las precauciones necesarias para laseguridad de los mismos, especialmente cuando se trate de nios, ancianos, invidentes u otraspersonas manifiestamente impedidas.

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    El conductor de un vehculo est obligado a mantener su propia libertad de movimiento, elcampo necesario de visin y la atencin permanente a la conduccin que garanticen su propiaseguridad, la del resto de los ocupantes del vehculo y la de los dems usuarios de la va.

    Debern cuidar especialmente de mantener la posicin adecuada y que la mantengan el restode los pasajeros, as como la adecuada colocacin de los objetos o animales transportadospara evitar interferencias entre el conductor y cualquiera de ellos.

    Se considera incompatible con la obligatoria atencin permanente a la conduccin el uso, porparte del conductor, de dispositivos tales como pantallas con acceso a Internet, monitores detelevisin y reproductores de vdeo o DVD. Se exceptan, a estos efectos, el uso de monitoresque estn a la vista del conductor y cuya utilizacin sea necesaria para la visin de acceso obajada de peatones o para la visin en vehculos con cmara de maniobras traseras, as comoel dispositivo GPS.

    Queda prohibido conducir y utilizar cascos o auriculares conectados a aparatos receptores oreproductores de sonido, excepto durante la correspondiente enseanza y la realizacin de laspruebas de aptitud en circuito abierto para la obtencin del permiso de conduccin demotocicletas de dos ruedas cuando as lo exija el Reglamento General de Conductores.

    Se prohbe la utilizacin durante la conduccin de dispositivos de telefona mvil y cualquierotro medio o sistema de comunicacin, excepto cuando el desarrollo de la comunicacin tengalugar sin emplear las manos ni usar cascos, auriculares o instrumentos similares.

    Quedan exentos de dicha prohibicin los agentes de la autoridad en el ejercicio de lasfunciones que tengan encomendadas.

    Se prohbe la instalacin de mecanismos o sistemas encaminados a eludir la vigilancia de losagentes de trfico.

    8. Visibilidad en el vehculo

    La superficie acristalada del vehculo deber permitir, en todo caso, la visibilidad difana delconductor sobre toda la va por la que circule, sin interferencias de lminas o adhesivos.

    nicamente se permitir circular con lminas adhesivas o cortinillas contra el sol en lasventanillas posteriores cuando el vehculo lleve dos espejos retrovisores exteriores.

    No obstante, la utilizacin de lminas adhesivas en los vehculos se permitir cuando se

    encuentren homologadas.

    Tema 2:Pesos, dimensiones, transporte de personasEl nmero de personas transportadas en un vehculo no podr ser superior al de plazas quetenga autorizadas.

    En ningn caso se podr sobrepasar, entre viajeros y equipaje, la masa mxima autorizadapara el vehculo.

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    1. Emplazamiento y acondicionamiento de las personas

    Queda prohibido circular con menores de 12 aos situados en los asientos delanteros delvehculo, salvo que utilicen asientos de seguridad para menores u otros dispositivosconcebidos especficamente para ello y debidamente homologados al efecto.

    Excepcionalmente, cuando su estatura sea igual o superior a 135 centmetros, los menores dedoce aos podrn utilizar como tal el propio cinturn de seguridad para adultos de que estndotados los asientos delanteros.

    Est prohibido transportar personas en emplazamientos distintos al destinado y acondicionadopara ellas.

    Los vehculos autorizados para transportar simultneamente personas y carga, debern estarprovistos de una proteccin adecuada al tipo de carga que transporten, de tal manera quedicha carga no estorbe a los ocupantes ni pueda daarlos en caso de salir proyectada.

    2. Normas relativas a ciclos, ciclomotores y motocicletas

    Los ciclos no podrn ser ocupados por ms de una persona cuando hayan sido construidospara una sola. Aunque podrn transportar, no obstante, cuando el conductor sea mayor deedad, un menor de hasta siete aos en asiento adicional que habr de ser homologado.

    En los ciclomotores y en las motocicletas, adems del conductor y, en su caso, del ocupantedel sidecar de stas, puede viajar, siempre que as conste en su licencia o permiso decirculacin, un pasajero que sea mayor de 12 aos, utilice casco de proteccin y cumpla lassiguientes condiciones:

    Que as conste en su permiso de circulacin.

    Que vaya a horcajadas y con los pies apoyados en los reposapis laterales.

    Que utilice el asiento correspondiente detrs del conductor.

    En ningn caso podr situarse el pasajero en lugar intermedio entre la persona que conduce yel manillar de direccin del ciclomotor o motocicleta.

    Excepcionalmente, los mayores de siete aos podrn circular en motocicletas o ciclomotoresconducidos por su padre, madre o tutor o por personas mayores de edad por ellos autorizadas,siempre que utilicen casco homologado y se cumplan las prescripciones del apartado anterior.

    Las motocicletas, los vehculos de tres ruedas, los ciclomotores y los ciclos y bicicletas podrnarrastrar un remolque o semirremolque, siempre que no superen el 50 por ciento de la masa envaco del vehculo tractor y se cumplan las siguientes condiciones:

    Que la circulacin sea de da y en condiciones que no disminuyan la visibilidad.

    Que la velocidad a que se circule en estas condiciones quede reducida en un 10 por cientorespecto a las velocidades genricas que para estos vehculos.

    Que en ningn caso transporten personas en el vehculo remolcado.

    En circulacin urbana se estar a lo dispuesto por las ordenanzas correspondientes.

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    3. Limitacin de dimensiones en los vehculos

    Como norma general, la anchura mximaautorizada para los vehculos, incluida la carga, esde 2,55 metros.La anchura mxima autorizada para determinados vehculos acondicionados, como porejemplo vehculos frigorficos o autobuses destinados al traslado de presos, es de 2,60 metros.

    Como norma general, la altura mximaautorizada para los vehculos, incluida la carga, es de4 metros.La longitud mximaautorizada para los vehculos, incluida la carga, es:

    Vehculos de motor, excepto autobuses 12 m

    Remolques 12 m

    Vehculos articulados, excepto autobuses 16,50 m

    Trenes de carretera 18,75 m

    Los vehculos y conjuntos de vehculos cuya longitud rebase los 12 metros estarn obligados allevar, en su parte posterior y centrada con respecto al eje del vehculo, una placa de 1.300milmetros de longitud y 250 milmetros de altura con el fondo de color amarillo reflectante yborde rojo fluorescente de 40 milmetros.

    Esta placa podr ser sustituida por dos de caractersticas anlogas y de 500 milmetros delongitud. Se colocarn de forma simtrica y tan cerca como sea posible de los bordes delvehculo.

    4. Limitacin de peso

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    El peso en carga del vehculo no deber rebasar en ningn caso el peso mximo autorizadopara el mismo, para sus ejes o para la va por la que circula, tanto si est destinado altransporte de mercancas como al de personas.

    5. Disposicin de la carga

    La carga transportada en un vehculo as como los accesorios que se utilicen para suacondicionamiento o proteccin, deben estar dispuestos y, si fuera necesario, sujetos de talforma que no puedan:

    Arrastrar, caer total o parcialmente o desplazarse de manera peligrosa.

    Comprometer la estabilidad del vehculo.

    Producir ruido, polvo u otras molestias que puedan ser evitadas.

    Ocultar los dispositivos de alumbrados o de sealizacin luminosa, las placas o dispositivosobligatorios y las advertencias manuales de sus conductores.

    El transporte de materias que produzcan polvo o puedan caer se efectuar siemprecubrindolas totalmente y de forma eficaz.

    6. Dimensiones de la carga

    La carga no sobresaldr de la proyeccin en planta delvehculo salvo en los casos y las

    condiciones previstas en los apartados siguientes: En los vehculos destinados exclusivamente al transporte de mercancas, tratndose de cargas

    indivisibles y siempre que se cumplan las condiciones establecidas para su estiba yacondicionamiento, podrn sobresalir:

    o En el caso de vigas, postes, tubos u otras cargas de longitud indivisible:

    En vehculos de longitud superior a 5 metros, 2 metros por la parte anterior y 3 metros por laposterior.

    En vehculos de longitud igual o inferior a 5 metros, el tercio de la longitud del vehculo porcada extremo, anterior y posterior.

    En estos casos la carga que sobresalga por detrs de los vehculos deber ser sealizada por

    medio de un panel de 50 por 50 centmetros de dimensin, pintado con franjas diagonalesalternas de color rojo y blanco. El panel se deber colocar en el extremo posterior de la carga,de manera que quede constantemente perpendicular al eje del vehculo.

    o En el caso de que la dimensin menor de la carga indivisible sea superior al ancho delvehculo, podr sobresalir hasta 40 centmetros por cada lateral, siempre que el ancho total nosea superior a 2,55 metros.

    En el resto de los vehculos no destinados exclusivamente al transporte de mercancas lacarga podr sobresalir por la parte posterior hasta un 10 por ciento de su longitud y, si fueraindivisible, un 15 por ciento.

    Cuando la carga sobresalga longitudinalmente por toda la anchura de la parte posterior delvehculo, se colocarn transversalmente dos paneles de sealizacin, cada uno en un extremode la carga o de la anchura del material que sobresalga.

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    En los vehculos de anchura inferior a 1metro, la carga no deber sobresalir lateralmente ms de 50 centmetros a cada lado del ejelongitudinal del mismo. No podr sobresalir por la extremidad anterior ni ms de 25 centmetrospor la posterior.

    Cuando el vehculo circule entre la puesta y la salida del sol bajo condiciones meteorolgicas oambientales que disminuyan sensiblemente la visibilidad, la carga deber ir sealizada,adems, con una luz roja.

    Cuando la carga sobresalga por delante, la sealizacin deber hacerse por medio de una luzblanca y de un dispositivo reflectante de color blanco.

    Cuando la carga sobresalga de la proyeccin en planta del vehculo, se debern adoptar todaslas precauciones convenientes para evitar daos o peligros y deber ir resguardada en laextremidad saliente para aminorar los efectos de un posible roce o choque.

    Las cargas que sobresalgan lateralmente del glibo del vehculo de tal manera que suextremidad lateral se encuentre a ms de 40 centmetros del borde exterior de la luz delanterao trasera de posicin del vehculo, entre la puesta y la salida del sol, as como cuando existancondiciones meteorolgicas o ambientales que disminuyan sensiblemente la visibilidad,debern estar sealizadas por medio de una luz blanca y un dispositivo reflectante de colorblanco por la parte delantera y, en la parte trasera, de una luz roja y un dispositivo reflectantede color rojo.

    7. Operaciones de carga y descarga

    Las operaciones de carga o descarga debern llevarse a cabo fuera de la va.Excepcionalmente, cuando sea inexcusable efectuarlas en sta, debern realizarse sinocasionar peligros ni perturbaciones graves al trnsito de otros usuarios y teniendo en cuentalas normas siguientes:

    Se respetarn las disposiciones sobre paradas y estacionamientos y, en poblado, las quedicten las autoridades municipales sobre horas y lugares adecuados.

    Se efectuarn, en lo posible, por el lado del vehculo ms prximo al borde de la calzada.

    Se llevarn a cabo con medios suficientes para conseguir la mxima celeridad, procurandoevitar ruidos y molestias innecesarias.

    Queda prohibido depositar la mercanca en la calzada, arcn y zonas peatonales.

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    8. Esquema de resumenComo norma general, LA MERCANCA NO PUEDE SOBRESALIR NADA.Como excepcin, en vehculos destinados exclusivamente al transporte de mercancascon cargas indivisibles, stas podrn sobresalir:

    Por delante Por detrs Por cada lateral

    Vehculo inferior a 1 m Nada 25 cm50 cm (por cada

    lado del ejelongitudinal)

    Vehculo de 1 m hasta 5 m1/3 de la

    longitud delvehculo

    1/3 de la longitud delvehculo

    40 cm (sinsobrepasar un

    ancho de 2,55 m)

    Vehculos de 5 m hasta 12 m 2 metros 3 metros40 cm (sin

    sobrepasar unancho de 2,55 m)

    Vehculos no destinadosexclusivamente al transportede mercancas

    nada

    10% de la longituddel vehculo, si la

    carga es divisible15% de la longituddel vehculo, si la

    carga es indivisible

    Tema 3:Seguridad vial

    1. El factor humano

    En toda situacin de trfico intervienen tres elementos; el conductor, el vehculo y la va y suentorno. Gran parte de los accidentes de trfico, entre 70 y 90 de cada 100, son debidosprincipalmente al factor humano, el conductor. Ejemplo de sto son las distracciones o laconduccin bajo los efectos del alcohol.

    1.1 Tiempo de reaccin

    Es el tiempo que transcurre desde que el conductor ve un obstculo hasta que reacciona. Estetiempo vara en funcin del estado psicofsico del conductor, nunca por la velocidad ni por elestado de la va.

    Aunque parezca que la reaccin ante un obstculo o situacin imprevista tenga que serinstantnea, el tiempo medio de reaccin de un conductor es de aproximadamente 0,75segundos, entre 0,5 y 1 segundo.

    1.2 Distancia de reaccin

    Es la distancia que recorre el vehculo durante el tiempo de reaccin. A mayor tiempo de

    reaccin mayor ser la distancia recorrida. Esta distancia tambin vara con la velocidad, amayor velocidad mayor ser la distancia de reaccin.

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    1.3 Distancia de frenado

    Es la recorrida por el vehculo desde que el conductor acciona el freno hasta que quedadetenido. Esta distancia puede variar dependiendo de los siguientes factores:

    De la velocidad a que se circula.

    Del estado de los neumticos, suspensin y frenos del vehculo.

    De la carga del vehculo.

    Del estado del pavimento.

    De las condiciones meteorolgicas de la va.

    En pavimento mojado la distancia de frenado puede llegar a ser hasta el doble que en el casode pavimento seco y hasta diez veces ms cuando existe hielo en la calzada.

    1.4 Distancia de detencin

    La distancia de detencin es la suma de la distancia de reaccin ms la distancia de frenado.

    1.5 Distancia de seguridad entre vehculos

    Entre nosotros y el vehculo que nos precede debemos dejar suficiente espacio para que en elcaso que dicho vehculo se detenga bruscamente, nosotros tambin podamos detenernos sincolisionar con l.

    Esta distancia, conocida como distancia de seguridad, la aumentaremos en funcin de:

    Estado psicofsico del conductor.

    La velocidad.

    La falta de visibilidad (niebla, humos, nieve).

    Las condiciones de adherencia del pavimento.

    El estado del vehculo.

    Cmo calcular la distancia de seguridad

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    En general siempre debemos mantener una distancia de seguridad, respecto al vehculo quenos precede, de un mnimo de 2 segundos en zona urbana y de 3 segundos en carretera. Estadistancia de seguridad nos permitir reaccionar con tiempo suficiente para poder tomar lasdecisiones ms adecuadas ante circunstancias imprevistas.

    No obstante, en determinadas circunstancias debemos aumentar esta distancia de seguridad almenos un segundo ms respecto al vehculo que nos precede. Por Ejemplo:

    Cuando se conduce bajo condiciones ambientales adversas como lluvia o durante la noche.

    Cuando el estado del conductor no es el ms adecuado, por ejemplo si se encuentra fatigado osomnoliento.

    Cuando otro vehculo nos sigue demasiado cerca.

    1.6 Factores que disminuyen las aptitudes del conductor

    1.6.1 La fatig a

    La conduccin exige un esfuerzo fsico y psquico. Cuando este esfuerzo se realiza de maneraintensa o continuada aparece la fatiga, ya sea fsica o psquica.

    La fatiga supone una disminucin de la capacidad de rendimiento del conductor, es decir, de lacapacidad para conducir con los niveles normales de seguridad.

    La fatiga corporal se manifiesta en el cansancio de los msculos o del organismo en general.La fatiga psquica se manifiesta disminuyendo la capacidad de concentracin y de percepcin

    de los estmulos que se reciben del entorno.

    La fatiga puede verse facilitada por:

    Factores externos.

    Factores relacionados con el vehculo.

    Factores relacionados con el propio conductor.

    Entre los factores externos que facilitan la fatiga se encuentran la monotona de la carretera,las congestiones y retenciones de trfico, el mal estado de la va, las condicionesmeteorolgicas o ambientales desfavorables, etc.

    Entre los factores relacionados con el vehculo el ruido excesivo del motor, la ventilacin

    inadecuada del habitculo, el exceso de calefaccin, una iluminacin defectuosa, la falta deconfort del vehculo, etc.

    Entre los factores relacionados con el propio conductor se pueden citar las largas jornadas alvolante, la atencin y concentracin permanentes, la mala colocacin en el asiento del

    vehculo, la necesidad imperiosa de cumplir un horario, la conduccin con hambre o sueo, laingesta de alcohol o comidas copiosas, las malas posturas al volante, el estrs, etc.

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    Efectos producidos por la fatiga

    Agarrotamiento muscular, ya que los msculos no estn relajados.

    Agotamiento fsico, sensacin general de cansancio.

    Lentitud y falta de precisin en los movimientos.

    Disminucin de la atencin.

    Aumento del tiempo de reaccin ante estmulos externos.

    Cmo combatir la fatiga

    La sensacin de fatiga tiene una funcin protectora del propio organismo. Es como una sealde alarma que indica que las facultades han llegado al lmite de sus posibilidades y es precisauna recuperacin de energa para conducir o seguir conduciendo con las debidas garantas deseguridad.

    El mejor remedio para recuperarse y combatir la fatiga es parar cada 2 horas para descansar.

    1.6.2 La somno lencia

    Conducir con sueo es uno de los mayores peligros al volante. Se ha calculado que este factorde riesgo est implicado, directa o indirectamente, entre el 15 y el 30% de los accidentes detrfico. Adems, los siniestros causados por el sueo suelen resultar especialmente graves.

    Esta cifra puede parecer demasiado elevada ante la idea de que para tener un accidentedebido al sueo es necesario quedarse totalmente dormido al volante. Pero esto no es cierto,

    los riesgos de la somnolencia durante la conduccin aparecen mucho antes de que elconductor llegue a quedarse dormido. Por otra parte, los accidentes debidos al sueo no slosuceden por la noche, existen muchas circunstancias que pueden provocarnos sueo durantelas horas del da.

    Efectos producidos por la somnolencia

    Aumento del tiempo que tardamos en reaccionar ante los eventos del trfico.Bajo los efectos de la somnolencia son tpicos, por ejemplo, los alcances traseros. El vehculoque nos precede frena y el sueo nos impide reaccionar a tiempo para evitar la colisin.

    Aumento de las distracciones durante la conduccin.La somnolencia hace que resulte ms difcil mantener la concentracin en el trfico. Es por ello

    que las distracciones suelen aparecer con mayor facilidad, especialmente si el entorno de lava es montono y nos encontramos en condiciones de poco trfico. Toma de decisiones ms lenta y con ms errores.

    Tardaremos ms tiempo en tomar cualquier decisin, por ejemplo si podemos adelantar conseguridad o no, por lo que es fcil verse envuelto en situaciones de peligro. Tambin secometen muchos ms errores al volante, especialmente en situaciones complicadas en las quees necesario dar una respuesta rpida, como por ejemplo en una incorporacin a una autova.

    Movimientos ms lentos, menos precisos y automatizados.Bajo los efectos del sueo los msculos se relajan, por lo que nuestros movimientos sern mslentos y menos precisos. Tambin es frecuente observar una tendencia a ejecutar losmovimientos de forma automtica, sin pensar suficientemente. Esto puede llevarnos a realizaruna maniobra centrndonos ms en el hbito que en las necesidades de la situacin y, porejemplo, podemos llegar a rebasar un semforo, sin confirmar previamente si la luz ya haba

    cambiado a verde.

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    Aparicin de microsueos.Los microsueos son periodos de apenas unos segundos durante los cuales el conductorqueda ligeramente dormido y permanece ajeno a lo que ocurre en el trfico. El mayor problemade estos microsueos es que el conductor no suele ser consciente de haberse quedadodormido, en ocasiones ni siquiera al volver a despertar, por lo que suelen pasar completamenteinadvertidos y se relacionan con numerosos accidentes de trfico.

    Percepcin deficiente del entorno.Bajo los efectos del sueo nuestra capacidad para percibir el entorno se altera. Por ejemplo, lavisin se puede volver borrosa, resultando ms difcil enfocar la vista provocando que aparezcala fatiga ocular.

    Conduccin hostil y peligrosa.El sueo puede hacernos sentir inquietos al volante o que nuestro comportamiento con losdems usuarios de la va sea ms hostil. Tambin es posible que aceptemos un mayor nivel deriesgo y que circulemos a mayor velocidad, especialmente cuando nos encontremos cerca dellugar de destino y con muchas ganas de llegar.

    1.6.3 El sentido d e la vista

    Una mala visin es un peligro tanto para la seguridad del propio conductor como para la de losdems usuarios de la va. Es por ello que el conductor debe tener un especial cuidado en esteaspecto y acudir al mdico tan pronto como detecte deficiencias en su visin.

    Conduccin nocturna y deslumbramientoLa conduccin durante la noche es ms peligrosa que la diurna:

    Hace falta un tiempo de adaptacin para que los ojos puedan acomodarse a la oscuridad.

    La percepcin de objetos y obstculos es peor.

    La luz que proporcionan los faros del vehculo es siempre limitada y no puede compararse conla luz diurna.

    Durante la noche tambin existe el peligro de deslumbramiento, por lo que tomaremos lasmedidas necesarias tanto para evitar deslumbrar al resto de usuarios de la va como para questos no nos deslumbren a nosotros.

    Para evitar deslumbrar al resto de usuarios de la va:

    Sustituiremos el alumbrado de carretera por el de cruce tan pronto como se aprecie laposibilidad de deslumbrar a otros conductores y usuarios.

    Mantendremos bien regladas las luces para que su haz luminoso no se eleve por encima de

    los lmites permitidos cuando circulemos con la luz de cruce.En el caso de sufrir deslumbramiento:

    Dirigiremos la vista al lado derecho de la calzada evitando mirar de frente las luces del vehculoque viene en sentido contrario.

    Reduciremos la velocidad lo necesario, llegando incluso a la detenernos, hasta recuperarnosde los efectos del deslumbramiento.

    Si el deslumbramiento se produce a travs del espejo retrovisor interior, podemos cambiarlevemente su posicin, accionar el dispositivo anti-deslumbramiento del mismo en caso depresentarlo, poner la mano frente a l para evitar los reflejos o desplazar ligeramente lacabeza.

    Durante el da tambin existe la posibilidad de sufrir deslumbramiento producido por el sol,especialmente durante su puesta y salida o por el reflejo que produce en superficies brillantes o

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    hmedas de la calzada. Evitaremos dicho deslumbramiento con el uso de parasoles y gafasoscuras.

    1.6.4 El alcoh ol

    El alcohol puede afectar gravemente nuestra capacidad para conducir un vehculo conseguridad. Los conductores que circulan con frecuencia bajo los efectos de bebidas alcohlicastienen una alta probabilidad sufrir o causar un accidente.

    Es importante tener presente que con cada nueva ingesta de alcohol el riesgo de sufrir unaccidente aumenta ms rpidamente. Por ejemplo, con una alcoholemia de entre 0,3 y 0,5 g/lel riesgo de sufrir un accidente es el doble que si no hemos ingerido alcohol. Al llegar a unaalcoholemia de entre 0,5 y 0,8 g/l el riesgo ya es cinco veces mayor.

    Efectos producidos por el alcohol en el conductorAlteraciones en el comportamiento:

    Percepcin de falsa seguridad en s mismo provocando que asuma ms riesgos de los queaceptara sin haber ingerido alcohol.

    Disminucin de la prudencia con el consiguiente aumento de las infracciones.

    Respuestas impulsivas, agresivas o descorteses ante los dems conductores.

    Alteraciones en la percepcin del entorno del trfico:

    Peor percepcin de las seales de trfico, luces de los semforos o de los otros vehculos.

    Peor clculo de las distancias y velocidades a las que circulan los dems conductores.

    Mayor sensibilidad a los deslumbramientos.

    Aparicin del fenmeno de visin en tnel con mayor facilidad.

    Alteraciones en la capacidad para prestar atencin:

    Mayor probabilidad de sufrir distracciones, especialmente en situaciones complejas comopuede ser en una interseccin con mucho trfico.

    Alteraciones en la psicomotricidad:

    Ejecucin de maniobras con menor precisin y coordinacin entre los distintos movimiento.

    Alteraciones en la toma de decisiones:

    Toma de decisiones con ms lentitud y errores.

    Lmite de las tasas de alcohol

    Conductores

    Tasas de alcoholpor litro

    Ensangre

    En airerespirado

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    Como norma general, los conductores de cualquier vehculo, inclusobicicletas, tienen prohibido conducir con tasas de alcohol superioresa:

    0,5 g/l 0,25 mg/l

    Los conductores de vehculos destinados al transporte demercancas con masa mxima autorizada superior a 3.500kilogramos tienen prohibido conducir con tasas de alcohol superioresa:

    0,3 g/l 0,15 mg/l

    Los conductores de vehculos destinados al transporte de viajeros dems de nueve plazas, de servicio pblico, destinados al escolar o demenores, destinados al transporte de mercancas peligrosas, deservicio de urgencia o de transportes especiales, tienen prohibidoconducir con tasas de alcohol superiores a:

    0,3 g/l 0,15 mg/l

    Todos los conductores de vehculos durante los dos aos siguientesa la obtencin de su primer permiso o licencia de conduccin, tienenprohibido conducir con tasas de alcohol superiores a:

    * Cuando se sea titular de un permiso y se obtenga otro, laantigedad de ste ltimo se contar a partir de la fecha en que fueobtenido el primero para calcular los dos aos. Si al obtener porprimera vez un permiso de conduccin, sea de la categora que sea,ya se tiene una licencia, la antigedad de sta no cuenta. Laantigedad de una licencia slo se contar en el caso de obteneruna segunda licencia.

    0,3 g/l 0,15 mg/l

    1.6.4.1Pruebas de deteccin alcohlica

    Las pruebas para la deteccin de intoxicacin por alcohol sern realizadas por los Agentesencargados de la vigilancia del trfico y consistirn, normalmente, en la verificacin del aireespirado mediante etilmetros oficialmente autorizados que determinarn de forma cuantitativael grado de impregnacin alcohlica.

    A peticin del interesado o por orden de la Autoridad judicial se podrn repetir las pruebas aefectos de contraste, pudiendo consistir en anlisis de sangre, orina u otros anlogos.

    Cuando las personas obligadas sufran lesiones, dolencias o enfermedades cuya gravedadimpida la prctica de las pruebas, el personal facultativo del centro mdico al que hayan sidoevacuados decidir las pruebas a realizar.

    Personas obligadas a realizar las pruebasTodos los conductores de vehculos quedan obligados a someterse a las pruebas que seestablezcan para la deteccin de las posibles intoxicaciones por alcohol. La negativa asometerse a dichas pruebas constituye un delito grave de desobediencia castigado por elcdigo penal.

    Los agentes de la Autoridad encargados de la vigilancia del trfico podrn someter a dichaspruebas a:

    Cualquier usuario de la va o conductor de vehculo implicado directamente como posibleresponsable en un accidente de circulacin.

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    Quienes conduzcan cualquier vehculo con sntomas evidentes, manifestaciones que denoteno hechos que permitan razonablemente presumir que lo hacen bajo la influencia de bebidasalcohlicas.

    Los conductores que sean denunciados por la comisin de algunas de las infracciones a lasnormas de circulacin.

    Los que con ocasin de conducir un vehculo, sean requeridos al efecto por la Autoridad o susagentes dentro de los programas de controles preventivos de alcoholemia ordenados por dichaAutoridad.

    Igualmente quedan obligados los dems usuarios de la va cuando se hallen implicados enalgn accidente de circulacin.

    Resultado de las pruebas

    Si el resultado de la prueba practicada presenta un grado de impregnacin superior alpermitido, o, an sin alcanzar estos lmites, la persona examinada presenta sntomas evidentesde encontrarse bajo la influencia de bebidas alcohlicas, el Agente informar al interesado quepara una mayor garanta le va a someter, a efecto de contraste, a una segunda prueba.

    De la misma forma advertir a la persona sometida a examen del derecho que tiene acontrolar, por s o por cualquiera de sus acompaantes o testigos presentes, que entre larealizacin de la primera y segunda prueba medie un tiempo mnimo de 10 minutos.

    Igualmente le informar del derecho que tiene a formular cuantas alegaciones u observacionestenga por conveniente, las cuales se consignarn por diligencia y a contrastar los resultadosobtenidos mediante anlisis de sangre, orina u otros anlogos.

    En el caso de que el interesado decida la realizacin de dichos anlisis, el agente de laautoridad adoptar las medidas ms adecuadas para su traslado al centro sanitario msprximo.

    El personal sanitario vendr obligado, en todo caso, a proceder a la obtencin de muestras yremitirlas al laboratorio correspondiente y a dar cuenta del resultado de las pruebas que se

    realicen a la Autoridad judicial, a los rganos perifricos de la Jefatura Central de Trfico ycuando proceda a las autoridades municipales competentes.

    Entre los datos que comunique el personal sanitario a las mencionadas autoridades figurarn,en su caso, el sistema empleado en la investigacin de la alcoholemia, la hora exacta en quese tom la muestra, el mtodo utilizado para su conservacin y el porcentaje de alcohol ensangre que presenta el individuo examinado.

    El importe de dichos anlisis correr a cargo del interesado cuando el resultado sea positivo yde los rganos perifricos de la Jefatura Central de Trfico o de las autoridades municipalescompetentes, cuando sea negativo.

    Inmovilizacin del vehculo

    En el supuesto de que el resultado de las pruebas y de los anlisis, en su caso, fuera positivo,el Agente podr proceder adems a la inmediata inmovilizacin del vehculo mediante su

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    precinto u otro procedimiento efectivo que impida su circulacin, proveyendo cuando seanecesario en orden a la seguridad de la circulacin, la de las personas transportadas engeneral, especialmente si se trata de nios, ancianos, enfermos o invlidos, la del propiovehculo y de la carga, a no ser que pueda hacerse cargo de su conduccin otra personadebidamente habilitada.

    Tambin podr inmovilizarse el vehculo en los casos de negativa a efectuar las pruebas dedeteccin alcohlica o cuando el obligado presente sntomas evidentes de encontrarse bajo lainfluencia de bebidas alcohlicas.

    Salvo en los casos en que la Autoridad judicial hubiera ordenado su depsito o intervencin, lainmovilizacin del vehculo ser dejada sin efecto tan pronto como desaparezca la causa que lamotiv.

    Los gastos que pudieran ocasionarse por la inmovilizacin, traslado y depsito del vehculosern de cuenta del conductor o de quien legalmente deba responder por l.

    Las infracciones relativas a las normas sobre la ingestin de bebidas alcohlicas tendrn laconsideracin de graves.

    1.6.5 Drogas y medicamentos

    Las drogas alteran la actividad nerviosa, el ritmo de las funciones corporales y el estado deconciencia, por lo que la conduccin bajo sus efectos es muy peligrosa.

    El conductor que haya ingerido drogas o se encuentre bajo los efectos de medicamentos uotras sustancias que alteren el estado fsico o mental para conducir sin peligro, no podrcircular. Las infracciones en este sentido tendrn la consideracin de graves.

    En el caso de los medicamentos ser necesario informarse, ya sea a travs del mdico,farmacutico o del propio prospecto del medicamento, sobre las posibles contraindicacionespara la conduccin.

    Las pruebas para la deteccin de estas sustancias consistirn normalmente en elreconocimiento mdico de la persona y en los anlisis clnicos que el mdico forense u otrotitular experimentado estime ms adecuados. A peticin del interesado, o por orden de laautoridad judicial, se podrn repetir las pruebas a efectos de contraste. Estn obligados asometerse a dichas pruebas los mismos usuarios que tambin lo estn para las pruebas dedeteccin alcohlica.

    2. El factor vehculo

    El vehculo es un elemento muy importante en toda situacin de trfico, siendo imprescindibleseguir el plan de mantenimiento indicado por el fabricante as como pasar las correspondientesinspecciones tcnicas (ITV). La gran mayora de los accidentes producidos por un fallomecnico podran haberse evitado con un mantenimiento adecuado.

    Los vehculos llevan instalados elementos de seguridad que debemos conocer y utilizarcorrectamente. Estos elementos pueden ser de seguridad activa o pasiva segn su finalidad.

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    Los elementos de seguridad activa o primaria tienen como finalidad reducir la posibilidad deque se produzca un accidente, actuando antes de que se produzca, ya sea de formaautomtica o por la intervencin del conductor.

    Por su parte los elementos de seguridad pasiva o secundaria, como puede ser el airbag,actan de forma automtica para reducir la gravedad de las lesiones sufridas en un accidente.

    2.1 Elementos de la seguridad activa

    2.1.1 El alumbrado

    Su funcin es la de permitir ver y ser vistos. Debemos comprobar peridicamente su correctofuncionamiento y no descuidar su uso, por ejemplo realizando un cambio de direccin sin usarlos indicadores de direccin.

    Los ltimos avances en cuanto a sistemas de alumbrado son:

    Lmparas Xenn o Bi-Xenn:

    Emiten una luz ms parecida a la luz natural, reducen la fatiga ocular y la posibilidad dedeslumbrar a otros conductores.

    Luces adaptativas:Esta tecnologa consigue que al llegar a una curva el haz de luz no marque una lnea recta sinoque siga la trayectoria de la curva.

    Luces de da:Utilizan tecnologa LED de bajo consumo para hacer ms visible el vehculo.Hasta que su uso no sea obligatorio, se recomienda encender la luz de corto alcance al circularde da fuera de poblado.

    2.1.2 Los neumticos

    Los neumticos provocan la mayor parte de los accidentes debidos a un fallo mecnico.

    El neumtico es una pieza de caucho que forma la parte exterior de la rueda. Su funcinprincipal es lograr un contacto adecuado con el pavimento por adherencia y friccin,posibilitando el arranque, frenado y gua del vehculo.

    En la parte lateral del neumtico encontramos especificado su tipo y caractersticas, como porejemplo la carga o velocidad mxima que puede soportar o su fecha de fabricacin:

    Dimensiones del neumtico:Indica el ancho del neumtico en milmetros y la relacin entre la altura del flanco y el anchodel neumtico, lo que se llama el perfil.

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    Estructura:

    Los neumticos tienen una estructura de hilos que los refuerzan. Dependiendo de laorientacin de estos hilos podemos clasificar los neumticos en diagonales o radiales. Lamayora de los vehculos actuales utiliza los de tipo radial (R) por ofrecer mayor adherencia yrendimiento kilomtrico.

    Dimetro de la llanta:Indica el dimetro de la llanta, en pulgadas, sobre la que se montar el neumtico.

    ndice de carga:Indica la carga mxima que puede transportar el neumtico. El ndice de carga de losneumticos de nuestro vehculo debe ser siempre igual o superior al recomendado por elfabricante del vehculo. En el caso de la imagen superior, un ndice de carga 110 indica unacarga mxima de 1060 kg por neumtico.

    Cdigo de velocidad:Indica la velocidad mxima a la que puede circular el neumtico. Los neumticos que

    instalemos deben tener un cdigo de velocidad mayor o igual al recomendado por el fabricantedel vehculo. En el caso de la imagen superior, un cdigo de velocidad S indica una velocidadmxima de 180 km/h.

    Fecha de fabricacin:Indica la semana y el ao de fabricacin. Es recomendable que el neumtico no tenga ms de5 aos ya que el caucho puede endurecerse y perder su capacidad de adherencia.

    Tipo de cmara de aire:Segn su montaje los neumticos pueden ser:

    o Con cmara:Utilizan cmara y una l lanta especfica para ello. Los utilizan algunos 4x4 yvehculos agrcolas.

    o Tubeless o sin cmara: No utilizan cmara. Los flancos del neumtico se adhieren a la llantadurante el montaje para evitar la prdida de aire, por lo que la llanta debe ser especfica paraello. Actualmente la mayora de vehculos utiliza este tipo de neumtico.

    Indicadores de desgaste TWI

    La parte plana del neumtico que est en contacto con la superficie se denomina banda derodadura. Es la zona que sufre ms desgaste, por lo que es conveniente comprobar que laprofundidad de las ranuras de su dibujo no es inferior a los 1,6 milmetros. En este casodeberemos sustituir el neumtico.

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    Los neumticos llevan unos indicadores, denominados TWI, que nos ayudarn a comprobar eldesgaste. Se encuentran dentro de las ranuras del dibujo y tienen una altura de 1,6 milmetros.Cuando el dibujo quede al mismo nivel que dichos indicadores deberemos cambiar elneumtico.

    2.1.3 Los fr enos

    La funcin de los frenos es disminuir progresivamente la velocidad de nuestro vehculo o,cuando ya se encuentra inmvil, mantenerlo detenido.

    Los tipos de freno ms utilizados son:

    Frenos de disco:Funcionan por la friccin de unas pastillas sobre un disco de aceroconectado a la rueda. Son los ms utilizados, ofrecen una mayor eficacia con frenadas mssuaves y progresivas.

    Frenos de tambor: Dos zapatas presionan contra la superficie interior de un tambor conectadoa la rueda.Existen otros tipos de frenos. Las bicicletas, por ejemplo, acostumbran a utilizar frenos dellanta, los cuales funcionan por la friccin de las pastillas directamente sobre la llanta de larueda.

    Sistema de antibloqueo ABS

    Al frenar de forma brusca existe el peligro de que las ruedas queden bloqueadas con laconsiguiente prdida de control del vehculo. Para que esto no ocurra existe el sistemaantibloqueo ABS.

    Si en una frenada brusca una o varias ruedas reducen repentinamente su velocidad de giro, el

    ABS lo detecta e interpreta que las ruedas estn a punto de quedar bloqueadas sin que elvehculo se haya detenido. En este momento el sistema reduce automticamente la presinrealizada por el conductor sobre los frenos, permitiendo que las ruedas sigan girando sin llegara bloquearse.

    Desde el ao 2004 es obligatorio que todos los turismos fabricados en la Unin Europea llevaninstalado el sistema ABS como equipo de serie.

    Cmo realizar una frenada de emergencia

    Con sistema ABS:Pisaremos a fondo el pedal del freno y no levantaremos el pie hasta que el vehculo se hayadetenido. Al entrar en funcionamiento el sistema ABS notaremos un leve temblor en el pedalque es del todo normal.

    Sin sistema ABS:Pisaremos con fuerza el pedal del freno, reduciendo progresivamente la presin a medida queel vehculo va perdiendo velocidad.

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    2.1.4 Suspens in y amortig uacin

    El sistema de suspensin y amortiguacin es el encargado de mantener el contacto delvehculo con el asfalto garantizando su estabilidad. Cuando se encuentra en mal estadodisminuye la estabilidad y el confort, aumenta la distancia de frenado y las luces tienden oscilarcon exceso circulando de noche.

    2.2 Elementos de seguridad pasiva

    2.2.1 Chas is y carr ocera

    Protegen a los ocupantes del vehculo absorbiendo parte de la energa desprendida en unacolisin.

    Tambin pueden ser considerados elementos de la seguridad activa ya que influyen en laestabilidad del vehculo y, consecuentemente, a evitar los accidentes.

    2.2.2 Cinturn d e segu ridad

    El cinturn de seguridad protege a los ocupantes del vehculo en caso de accidente odetencin brusca, evitando que se desplacen por el interior del vehculo o salgan despedidos.

    Circulando a 50 km/h y sin cinturn, el impacto con el parabrisas es equivalente a una cadadesde un tercer piso, por lo que la correcta colocacin del cinturn de seguridad es muyimportante.

    La parte superior de la cinta debe colocarse sobre la clavcula, a medio camino entre el hombroy el cuello, mientras que la parte inferior de la cinta se colocar sobre los huesos de la cadera,siempre por debajo del abdomen. No colocar correctamente la parte inferior de la cinta puedeprovocar que el cuerpo se deslice por debajo de ella y salga despedido, lo que se conoce comoel efecto submarino.

    Uso obligatorio del cinturn de seguridad

    Es obligatorio el uso de cinturones de seguridad u otros sistemas de retencin homologados,correctamente abrochados, tanto en la circulacin de vas urbanas como interurbanas:

    Por el conductor y los pasajeros de:

    o Los turismos.

    o Aquellos vehculos con masa mxima autorizada de hasta 3.500 kilogramos que, conservandolas caractersticas esenciales de los turismos, estn dispuestos para el transporte, simultneoo no, de personas y mercancas.

    o Las motocicletas y motocicletas con sidecar, ciclomotores, vehculos de tres ruedas ycuadriciclos, cuando estn dotados de estructura de proteccin y cinturones de seguridad y asconste en la correspondiente tarjeta de inspeccin tcnica.

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    Por el conductor y los pasajeros de los asientos equipados con cinturones de seguridad u otrossistemas de retencin homologados de los vehculos destinados al transporte de mercancas yde los vehculos mixtos.

    Por el conductor y los pasajeros de ms de tres aos de edad de los asientos equipados concinturones de seguridad u otros sistemas de retencin homologados de los vehculosdestinados al transporte de personas de ms de nueve plazas, incluido el conductor. Lospasajeros debern ser informados de esta obligacin.

    La utilizacin de los cinturones de seguridad y otros sistemas de retencin homologados pordeterminadas personas en funcin de su talla y edad, excepto en los vehculos de ms denueve plazas, incluido el conductor, se ajustar a las siguientes indicaciones:

    En los asientos delanteros del vehculo:

    o Queda prohibido circular con menores de doce aos situados en los asientos delanteros delvehculo, salvo que utilicen dispositivos homologados al efecto. Excepcionalmente, cuando suestatura sea igual o superior a 135 centmetros, los menores de doce aos podrn utilizar

    como tal dispositivo el propio cinturn de seguridad para adultos de que estn dotados losasientos delanteros.

    o Los nios no podrn utilizar un dispositivo de retencin orientado hacia atrs instalado en unasiento del pasajero protegido con un airbag frontal, a menos que haya sido desactivado,condicin que se cumplir tambin en el caso de que dicho airbag se haya desactivadoadecuadamente de forma automtica.

    En los asientos traseros del vehculo:

    o Las personas cuya estatura no alcance los 135 centmetros, debern utilizar un dispositivo deretencin homologado adaptado a su talla y a su peso.

    o Las personas cuya estatura sea igual o superior a 135 centmetros y no supere los 150centmetros, podrn utilizar indistintamente un dispositivo de retencin homologado adaptado asu talla y a su peso o el cinturn de seguridad para adultos.

    En los turismos y en aquellos vehculos cuya masa mxima autorizada de hasta 3.500kilogramos que, conservando las caractersticas esenciales de los turismos, estn dispuestospara el transporte, simultneo o no de personas y mercancas, que no estn provistos de

    dispositivos de seguridad no podrn viajar nios menores de tres aos de edad. Adems, losmayores de tres aos que no alcancen los 135 centmetros de estatura debern ocupar elasiento trasero.

    Uso no obligatorio del cinturn de seguridad

    Podrn circular sin los cinturones u otros sistemas de retencin homologados:

    Los conductores, al efectuar la maniobra de marcha atrs o de estacionamiento.

    Las personas provistas de un certificado de exencin por razones mdicas graves o enatencin a su condicin de discapacitado. El certificado deber ser presentado cuando lorequiera cualquier agente de la autoridad responsable del trfico.

    La exencin alcanzar igualmente cuando circulen en poblado, pero en ningn caso cuando lohagan por autopistas, autovas o carreteras convencionales, a:

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    Los conductores de taxis, cuando estn de servicio. Asimismo, cuando circulen en trficourbano o reas urbanas de grandes ciudades, podrn transportar a personas cuya estatura noalcance los 135 centmetros sin utilizar un dispositivo de retencin homologado adaptado a sutalla y a su peso, siempre que ocupen el asiento trasero.

    Los distribuidores de mercancas, cuando realicen sucesivas operaciones de carga y descargade mercancas en lugares situados a corta distancia unos de otros.

    Los conductores y pasajeros de los vehculos en servicios de urgencia.

    Las personas que acompaen a un alumno o aprendiz durante el aprendizaje de la conduccino las pruebas de aptitud y estn a cargo de los mandos adicionales del automvil,responsabilizndose de la seguridad de la circulacin.

    2.2.3 El airb ag

    El airbag, o bolsa de aire, se hincha y deshincha en milsimas de segundo al producirse un

    impacto, protegiendo a los ocupantes del vehculo de las fuerzas de desaceleracin y evitandoque el cuerpo impacte contra el habitculo del vehculo. Existen diversos tipos de airbag, losms comunes son los frontales de conductor y acompaante, los laterales y los de techo o decortinilla.

    2.2.4 El apoy acabezas

    Previene el latigazo cervical que se produce especialmente en las colisiones por alcance,pudindose producir un esquince cervical que es una de las lesiones ms usuales en losaccidentes de trfico. Casi una cuarta parte de los accidentados la sufren.

    Es muy importante regularlo correctamente, el borde superior del apoyacabezas debe quedarsituado entre el lmite superior de la cabeza y la altura de los ojos. El espacio existente entre elapoyacabezas y la cabeza debe ser mnimo, no debe superar nunca los 4 centmetros.

    2.2.5 El casco

    Las lesiones sufridas en la cabeza son la principal causa de muerte en los accidentes en losque estn implicados vehculos de dos ruedas. El uso del casco reduce un 30% la posibilidadde sufrir lesiones mortales y aumenta un 20% la posibilidad no sufrir dao alguno.

    El casco que utilicemos debe estar homologado y quedarnos bien ajustado a la cabeza. Encuanto al color es preferible elegir los claros y brillantes, ya que son vistos por los demsusuarios con ms facilidad y por lo tanto son ms seguros.

    Cuando el casco haya recibido un golpe, ya sea en un accidente o por una cada del mismodesde una altura superior a los 1,50 metros, es recomendable cambiarlo lo antes posible. Enalgunos casos los daos sufridos por el casco no son visibles a simple vista.

    Los conductores y pasajeros de motocicletas o motocicletas con sidecar, de vehculos de tresruedas y cuadriciclos, de ciclomotores y de vehculos especiales quad debern utilizar

    adecuadamente cascos de proteccin homologados o certificados segn la legislacin vigente,cuando circulen tanto en vas urbanas como en interurbanas.

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    En el caso de los conductores de bicicletas slo debern llevar el casco cuando circulen envas interurbanas, salvo en rampas ascendentes prolongadas, o por razones mdicas que seacreditarn o en condiciones extremas de calor.

    3. El factor va

    3.1 Conduccin en condiciones adversas

    Las condiciones climatolgicas o ambientales adversas, hacen que la conduccin sea msdifcil y peligrosa. Los factores climatolgicos ms importantes a tener en cuenta sonlalluvia,la nieve,el hielo,la niebla,el vientoyel sol.

    3.2 La lluviaLa lluvia disminuye la adherencia de los neumticos a la calzada y dificulta la visibilidad.

    En previsin de lluvia, es importante revisar la presin y la profundidad del dibujo de losneumticos as como el estado de las escobillas y los difusores de aire del parabrisas.

    Prestaremos especial atencin durante las primeras gotas de lluviacadas. La acumulacin de polvo y grasa de los vehculos en la calzada hace que con lasprimeras gotas se forme una capa de suciedad muy deslizante.

    Con la calzada mojada los neumticos pierden adherencia aumentando la distancia necesariapara frenar, por lo que reduciremos la velocidad y aumentaremos la distancia de seguridad.Frenaremos siempre con suavidad para evitar un posible bloqueo de las ruedas.

    Los frenos mojados tambin pueden perder eficacia, sobre todo al pasar por zonas conacumulaciones importantes de agua. Para favorecer el secado del sistema de frenorealizaremos unas pulsaciones cortas y repetidas al pedal.

    Realizaremos una correcta ventilacin del habitculo y utilizaremos la luneta trmica para

    evitar que se empaen los cristales. Ante la disminucin de la visibilidad producida por la lluvia utilizaremos las luces de cruce y en

    su caso las antiniebla.

    La conduccin con lluvia es ms exigente y fatigosa para el conductor, por lo que realizaremosparadas de descanso con mayor frecuencia.

    AquaplaningUno de los efectos ms peligrosos producidos por la lluvia es el conocido como aquaplaning.Se puede producir al circular a cierta velocidad por tramos de la calzada que presentenacumulacin de agua.

    La funcin del dibujo de los neumticos es la de expulsar el agua hacia los laterales de la

    rueda, despejando de esta forma la zona de rodadura que es la que proporciona adherencia alvehculo. Cuando el dibujo del neumtico no es capaz de evacuar la cantidad de agua

    http://www.todotest.com/manual/manual.asp%C3%B1t=3&p=16&sp=3.2http://www.todotest.com/manual/manual.asp%C3%B1t=3&p=16&sp=3.2http://www.todotest.com/manual/manual.asp%C3%B1t=3&p=16&sp=3.2http://www.todotest.com/manual/manual.asp%C3%B1t=3&p=16&sp=3.2http://www.todotest.com/manual/manual.asp%C3%B1t=3&p=17&sp=3.3http://www.todotest.com/manual/manual.asp%C3%B1t=3&p=17&sp=3.3http://www.todotest.com/manual/manual.asp%C3%B1t=3&p=17&sp=3.3http://www.todotest.com/manual/manual.asp%C3%B1t=3&p=18&sp=3.4http://www.todotest.com/manual/manual.asp%C3%B1t=3&p=18&sp=3.4http://www.todotest.com/manual/manual.asp%C3%B1t=3&p=18&sp=3.4http://www.todotest.com/manual/manual.asp%C3%B1t=3&p=18&sp=3.5http://www.todotest.com/manual/manual.asp%C3%B1t=3&p=18&sp=3.5http://www.todotest.com/manual/manual.asp%C3%B1t=3&p=18&sp=3.5http://www.todotest.com/manual/manual.asp%C3%B1t=3&p=19&sp=3.6http://www.todotest.com/manual/manual.asp%C3%B1t=3&p=19&sp=3.6http://www.todotest.com/manual/manual.asp%C3%B1t=3&p=19&sp=3.6http://www.todotest.com/manual/manual.asp%C3%B1t=3&p=19&sp=3.7http://www.todotest.com/manual/manual.asp%C3%B1t=3&p=19&sp=3.7http://www.todotest.com/manual/manual.asp%C3%B1t=3&p=19&sp=3.7http://www.todotest.com/manual/manual.asp%C3%B1t=3&p=19&sp=3.7http://www.todotest.com/manual/manual.asp%C3%B1t=3&p=19&sp=3.6http://www.todotest.com/manual/manual.asp%C3%B1t=3&p=18&sp=3.5http://www.todotest.com/manual/manual.asp%C3%B1t=3&p=18&sp=3.4http://www.todotest.com/manual/manual.asp%C3%B1t=3&p=17&sp=3.3http://www.todotest.com/manual/manual.asp%C3%B1t=3&p=16&sp=3.2http://www.todotest.com/manual/manual.asp%C3%B1t=3&p=16&sp=3.2
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    acumulada, el neumtico pierde el contacto con el pavimento y se desliza flotando sobre elagua, haciendo que el conductor pierda el control del vehculo.

    La aparicin del efecto aquaplaning depender de la capacidad de evacuacin de agua quetengan los neumticos, que se mide en litros por segundo, y de la velocidad a la quecirculemos. A mayor velocidad, el tiempo que tendrn los neumticos para evacuar el agua dela calzada ser menor, aumentando la probabilidad de sufrir el aquaplaning.

    La mejor forma de prevenir el aquaplaning es moderar la velocidad.

    3.3 La nieve

    La nieve provoca una disminucin de la adherencia de los neumticos y, mientras estnevando, dificulta la visibilidad.

    Al realizar un trayecto por una zona con previsin de nevadas, es aconsejable lleva el depsitode combustible lleno. Esto nos permitir disponer de suficiente tiempo de calefaccin en elcaso de quedar bloqueados a causa de la nieve. Tambin es aconsejable llevar ropa de abrigo,agua y el telfono mvil con su batera completamente cargada.

    Para lograr una conduccin segura en tramos con nieve, es importante llevar los frenos bienreglados, equilibrados y los neumticos a su debida presin.

    Al conducir con nieve en la calzada lo haremos siguiendo las siguientes indicaciones:

    Arrancaremos el vehculo con suavidad y utilizando la marcha ms larga posible, normalmentela segunda o tercera marcha, para evitar que las ruedas patinen.

    Reduciremos la velocidad.

    Las frenadas, aceleraciones y giros de volante los realizaremos con suavidad.

    En vehculos que no dispongan de sistema ABS, siempre que sea posible frenaremos con elmotor evitando utilizar el pedal del freno.

    Circularemos utilizando las roderas de otros vehculos en la nieve, esto nos evitar sufrirdeslizamientos laterales.

    Colocaremos las cadenas en los neumticos cuando sea necesario.

    Comprobaremos con frecuencia que en los bajos y guardabarros del vehculo no se acumulenieve, retirndola en el caso de ser as. De no hacerlo, esta acumulacin de nieve podraafectar a la direccin del vehculo, especialmente en las curvas y giros.

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    En das de sol, utilizaremos gafas oscuras para evitar el reflejo de los rayos solares en la nieve.

    Ante la disminucin de la visibilidad durante las nevadas, utilizaremos las luces de cruce y ensu caso las antiniebla.

    3.4 El hielo

    La existencia de hielo en la calzada disminuye de forma muy importante la adherencia de losneumticos.

    Debemos tener especial cuidado al circular por zonas sombras, puentes y proximidades dearroyos en las que ser ms fcil encontrar hielo, sobre todo si la temperatura es inferior a loscero grados, o prxima, durante la noche y las primeras horas del da.

    Al circular sobre hielo actuaremos de la misma forma que en el caso de nieve, arrancando elvehculo con marchas largas, reduciendo la velocidad, actuando sobre el volante y los pedales

    con suavidad y, en el caso que el vehculo no tenga sistema ABS, frenando con el motorsiempre que sea posible.

    La siguiente seal nos advierte de la posible existencia de hielo:

    Pavimento deslizante por hielo o nieve.Peligro por la proximidad de una zona de la calzada cuyo pavimento puederesultar especialmente deslizante a causa del hielo o nieve.

    3.5 La niebla

    La niebla reduce de forma brusca la visibilidad. En algunas ocasiones incluso hace imposible elseguir circulando aun disponiendo de un buen equipamiento de luces.

    Al circular con niebla actuaremos de la siguiente forma:

    Utilizaremos el alumbrado de cruce, y antiniebla si es necesario, para ver y ser vistos.

    Reduciremos la velocidad hasta adaptarla a nuestro campo de visin.

    Utilizaremos las marcas horizontales de la calzada como guas.

    Eliminaremos las pequeas gotas del parabrisas y mantendremos el habitculo bien ventiladopara evitar que se empaen los cristales.

    Extremaremos la precaucin cerca de ros y zonas hmedas en las que la niebla puedeaparecer con mayor frecuencia.

    Prestaremos atencin a la falta de adherencia que produce la niebla al humedecer el asfalto.

    La siguiente seal nos indica la proximidad de una zona de visibilidad reducida:

    Visibilidad reducida.Peligro por la proximidad de un tramo en que la circulacin se ve dificultadapor una perdida notable de visibilidad debida a niebla, lluvia, nieve, humos,etc.

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    3.6 El viento

    El viento puede sacudir de forma imprevista nuestro vehculo llegando incluso a modificar sutrayectoria, especialmente al pasar de zonas resguardadas a zonas desprotegidas como puede

    ser a la salida de un tnel o al adelantar a un camin.

    Al circular por una zona con viento:

    Comprobaremos la direccin del viento observando la vegetacin u otros elementos delentorno de la va. El viento lateral es el que ms puede afectar la estabilidad del vehculo.

    Reduciremos la velocidad.

    Sujetaremos el volante con firmeza para mantear la trayectoria deseada.

    Extremaremos las precauciones ante la posibilidad de encontrar obstculos en la calzada.

    Cerraremos las ventanillas para evitar la entrada de polvo o algn objeto inesperado en el

    habitculo.La siguiente seal nos indica la proximidad de una zona en la que sopla viento lateral confrecuencia:

    Viento transversal.Peligro por la proximidad de una zona donde sopla frecuentemente vientofuerte en direccin transversal.

    3.7 El sol y el calor

    Al conducir es importante que la temperatura del interior del vehculo sea la adecuada. Unatemperatura excesiva puede aumentar la fatiga del conductor.

    Utilizaremos el aire acondicionado o el climatizador del vehculo,procurando que la temperatura interior sea aproximadamente de entre 20 y 23 C.

    En el caso de conducir con una temperatura elevada, es aconsejable beber agua o zumos confrecuencia para evitar la deshidratacin. Prestaremos especial atencin a la conduccindespus de las comidas ya que el calor aumenta an ms la aparicin del sueo.

    El uso de ropas claras, ligeras y holgadas es recomendable para evitar el calor al volante.

    Nos protegeremos convenientemente de los rayos solares con el uso de gafas oscuras yparasoles para evitar deslumbramientos o la fatiga ocular.

    A la hora de comprar un vehculo tendremos en cuenta que un color oscuro, a pleno sol enverano y comparndolo con un color claro, puede provocar un aumento en la temperatura delhabitculo de hasta 10 grados.

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    Tema 4:La va

    1. Definiciones generales

    La va constituye el elemento natural, fijo y permanente de la circulacin, siendo el escenariodonde se desarrolla el trfico. Se puede definir como el camino terrestre por donde se circula ytransita. Se distinguen dos tipos:

    VA INTERURBANAEs toda va pblica situada fuera de poblado.

    VA URBANAEs toda va pblica situada dentro de poblado, excepto las travesas.

    Va interurbana

    Va urbana

    1.1 Carreteras

    Carretera es toda va pblica pavimentada situada fuera de poblado, salvo los tramos entravesa.

    Por sus caractersticas, se clasifican en:

    AUTOPISTASCarreteras que estn especialmente proyectadas, construidas y sealizadas como tales para la

    exclusiva circulacin de automviles y renen las siguientes caractersticas:

    a. No tener acceso a las mismas las propiedades colindantes.

    b. No cruzar a nivel ninguna otra senda, va, lnea de ferrocarril o tranva, ni ser cruzadas a nivelpor senda, va de comunicacin o servidumbre de paso alguna.

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    c. Constar de distintas calzadas para cada sentido de circulacin, separadas entre s, salvo enpuntos singulares o con carcter temporal, por una franja de terreno no destinada a lacirculacin o, en casos excepcionales, por otros medios.

    AUTOVASCarreteras especialmente proyectadas, construidas y sealizadas como tales que tienen lascaractersticas siguientes:

    a. Tener acceso limitado a la misma las propiedades colindantes.

    b. No cruzar a nivel ninguna otra senda, va, lnea de ferrocarril o tranva, ni ser cruzada a nivelpor senda, va de comunicacin o servidumbre de paso alguna.

    c. Constar de distintas calzadas para cada sentido de circulacin, separadas entre s, salvo enpuntos singulares o con carcter temporal, por una franja de terreno no destinada a lacirculacin o por otros medios.

    VA PARA AUTOMVILESLa reservada exclusivamente a la circulacin de automviles, con una sola calzada y con

    limitacin total de accesos a las propiedades colindantes y sealizada con las siguientesseales:

    CARRETERAS CONVENCIONALESSon las que no renen las caractersticas propias de las autopistas, autovas y vas paraautomviles.

    VA O CALZADA DE SERVICIOCamino sensiblemente paralelo a una carretera, respecto de la cual tiene carcter secundario,conectado a sta solamente en algunos puntos y que sirve a las propiedades o edificioscontiguos.

    CARRETERAS DE CIRCUNVALACINLa que rodea total o parcialmente una poblacin, enlazando las que afluyen a ella.

    VARIANTE DE POBLACINObra de modernizacin de una carretera que afecta a su trazado y como consecuencia de lacual se evita o sustituye una travesa o tramo urbano.

    TRAVESAEs el tramo de carretera que discurre por poblado. No tendrn la consideracin de travesasaquellos tramosque dispongan de una alternativa viaria o variante a la cual tiene acceso.

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    Carreteras convencionales Va o calzada de servicio Variante de poblacin

    1.2 Partes de las que consta la va pblica

    Las vas estn formadas por una amplia franja de terreno, que se estructura de distinta forma

    de acuerdo con su destino. De ah que se puedan determinar una serie de elementos o zonasde la va que se pueden clasificar segn su destino y segn su trazado.

    POR SU DESTINO: Plataforma:

    Zona de la carretera dedicada al uso de vehculos, formada por la calzada y los arcenes. Calzada:

    Parte de la carretera dedicada a la circulacin de vehculos. Se compone de un ciertonmero de carriles.

    Carril:Banda longitudinal en que puede estar subdividida la calzada, delimitada o no por marcasviales longitudinales, siempre que tenga una anchura suficiente para permitir la circulacinde una fila de automviles que no sean motocicletas.

    Plataforma Calzada Carril Carril para vehculos con alta ocupacin:

    Es aquel especialmente reservado o habilitado para la circulacin de los vehculos con altaocupacin.

    Carril-bici:Es la va ciclista que discurre adosada a la calzada, en un solo sentido o en doble sentido.

    Carril-bici protegido:Es el carril-bici provisto de elementos laterales que lo separan fsicamente del resto de lacalzada, as como de la acera.

    Mediana:Franja longitudinal situada entre dos plataformas separadas, no destinada a la circulacin.

    Acera:Zona longitudinal de la carretera, elevada o no, destinada al trnsito de peatones.

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    Carril-bici Carril-bici protegido Acera Acera-bici:

    Es la va ciclista sealizada sobre la acera. Zona peatonal:

    Parte de la va, elevada o delimitada de otra forma, reservada a la circulacin de peatones.Se incluyen en esta definicin la acera, el andn y el paseo.

    Refugio:Zona peatonal situada en la calzada y protegida del trnsito rodado.

    Arcn:Franja longitudinal afirmada contigua a la calzada, no destinada al uso de vehculos

    automviles, ms que en circunstancias excepcionales.

    Zona peatonal Arcn Berma:

    Franja longitudinal, afirmada o no, comprendida entre el borde exterior del arcn y la cunetao talud.

    POR SU TRAZADO: Interseccin:

    Nudo de la red viaria en el que todos los cruces de trayectorias posibles de los vehculos quelo utilizan se realizan a nivel

    Glorieta:Se entiende por glorieta un tipo especial de interseccin caracterizado porque los tramos queen l confluyen se comunican a travs de un anillo en el que se establece una circulacinrotatoria alrededor de una isleta central. No son glorietas propiamente dichas lasdenominadas glorietas partidas en la que dos tramos, generalmente opuestos, se conectandirectamente a travs de la isleta central, por lo que el trfico pasa de uno a otro y no larodea.

    Paso a nivel:Cruce a la misma altura entre una va y una lnea de ferrocarril con plataformaindependiente.

    Interseccin Glorieta Paso a nivel

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    1.3 Otras definiciones Va ciclista:

    Va especficamente acondicionada para el trfico de ciclos, con la sealizacin horizontal yvertical correspondiente, y cuyo ancho permite el paso seguro de estos vehculos.

    Pista-bici:Va ciclista segregada del trfico motorizado, con trazado independiente de las carreteras.

    Senda ciclable:Va para peatones y ciclos, segregada del trfico motorizado, y que discurre por espaciosabiertos, parques, jardines o bosques.

    rea de servicio:Son las zonas colindantes con las carreteras, diseadas expresamente para albergarinstalaciones y servicios destinados a la cobertura de las necesidades de la circulacin,pudiendo incluir estaciones de suministro de carburantes, hoteles, restaurantes, talleres dereparacin y otros servicios anlogos destinados a facilitar la seguridad y comodidad de losusuarios de la carretera.

    Camino agrcola:Va de servicio destinada fundamentalmente para acceso a fincas rsticas, y cuyo trficopredominante es de tractores y maquinaria agrcola.

    Poblado:Espacio que comprende edificios y en cuyas vas de entrada y salida estn colocadas,respectivamente, las seales de entrada a poblado y de salida de poblado.

    Va ciclista rea de servicio Poblado

    Tramo urbano:Son los tramos de las carreteras estatales que discurren por suelo calificado de urbano por elcorrespondiente instrumento de planteamiento urbanstico.

    Carreteras estatales:Son las integradas en un itinerario de inters general o cuya funcin en el sistema detransporte afecte a ms de una Comunidad Autnoma.

    Tramo urbano Carreteras estatales Itinerarios de inters general:

    Son aqullos en los que concurra alguna de las siguientes circunstancias:o Formar parte de los principales itinerarios de trfico internacional, incluidos en los

    correspondientes convenios.

    o Constituir el acceso a un puerto o aeropuerto de inters general.

    o Servir de acceso a los principales pasos fronterizos.

    o Enlazar las Comunidades Autnomas, conectando los principales ncleos de poblacin delterritorio del Estado de manera que formen una red continua que soporte regularmente untrfico de largo recorrido.

    Red arterial de una poblacin o ncleo de poblaciones:Es el conjunto de tramos de carreteras actuales o futuras, que establezcan de forma integrada

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    la continuidad y conexin de los distintos itinerarios de inters general del Estado, o presten eldebido acceso a los ncleos de poblacin afectados.

    2. Sentido de la circulacin

    Calzada de sentido nico

    Calzada de doble sentido

    Se circular por la derecha de la calzada y lo ms cerca posible de su borde derechomanteniendo la separacin lateral suficiente para realizar el cruce con seguridad,especialmente en las curvas y cambios de rasante de reducida visibilidad, an cuando noexista sealizacin expresa que los delimite, en los que se debe dejar libre la mitad de la

    calzada que corresponda a los que puedan circular en sentido contrario.

    3. Posicin en la calzada

    Circulacin por la derecha

    Como norma general se circular por la derecha y, especialmente en las curvas y cambios derasante de reducida visibilidad, lo ms arrimado posible al borde de la calzada.

    Cuando en la va existan refugios, isletas o dispositivos de gua, se circular por la parte de lacalzada que quede a la derecha de stos, en el sentido de la marcha, salvo cuando estnsituados en una va de sentido nico o dentro de la parte correspondiente a un solo sentido decirculacin, en cuyo caso podr hacerse por cualquiera de los dos lados.

    En las plazas, glorietas y encuentros de vas los vehculos circularn dejando a su izquierda elcentro de aqullas.

    4. Progresin normal

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    Se entiende por progresin normal el circular dentro de la corriente del trfico, sin alteracionesrespecto a la posicin en la calzada, adaptndose en cada momento a las circunstancias dedicha corriente.

    En progresin normal el comportamiento del conductor viene determinado por las reglas deseguridad:

    Ocupar su posicin adecuada en la calzada.

    Mantener la debida separacin entre vehculos.

    Circular a velocidad adaptada a las circunstancias del trfico y de las vas.

    Realizar una observacin constante del trfico por delante, por detrs y por los costados.

    5. Utilizacin de los carriles

    Las calzadas pueden estar divididas en uno o varios carriles, entendiendo por carril a la bandalongitudinal en que puede estar subdividida la calzada, delimitada o no, por marcas viale