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Page 1: MANEJO EFICAZ DE LA NOMINA.ppt

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Page 2: MANEJO EFICAZ DE LA NOMINA.ppt

OrganizaciónJurisprudencia del Trabajo

Caracas, 24 y 25 de enero de 2008.

El Manejo Eficaz de El Manejo Eficaz de la Nómina. la Nómina.

Fórmulas Prácticas Fórmulas Prácticas de Cálculo y de Cálculo y Mecanismos Mecanismos OperativosOperativos

Page 3: MANEJO EFICAZ DE LA NOMINA.ppt

Nómina y Nómina y SalarioSalario

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EL MANEJO EFICAZ DE LA NÓMINA

Page 4: MANEJO EFICAZ DE LA NOMINA.ppt

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NóminaNómina

De remuneración De remuneración económicaeconómica

De remuneración De remuneración socialsocial

Principio de Principio de conmutatividadconmutatividad

Naturaleza Naturaleza social del social del contrato contrato de trabajode trabajo

EL MANEJO EFICAZ DE LA NÓMINA

Estructura Doble de la Nómina según la LOTEstructura Doble de la Nómina según la LOT

Page 5: MANEJO EFICAZ DE LA NOMINA.ppt

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SALARIOSALARIO

“Se entiende por salario la remuneración, provecho o ventaja, cualquiera fuere su denominación o método de cálculo, siempre que pueda evaluarse en efectivo, que corresponda al trabajador por la prestación de su servicio y, entre otros, comprende las comisiones, primas, gratificaciones, participación en los beneficios o utilidades, sobresueldos, bono vacacional, así como recargos por días feriados, horas extras o trabajo nocturno, alimentación y vivienda...”

(Artículo 133 LOT)

5

EL MANEJO EFICAZ DE LA NÓMINA

Page 6: MANEJO EFICAZ DE LA NOMINA.ppt

6

ConmutatividadConmutatividadArt. 133Art. 133

ProporcionalidadProporcionalidadArt. 135, 130 y 194Art. 135, 130 y 194

Elementos Elementos distintivos distintivos del Salariodel Salario

EL MANEJO EFICAZ DE LA NÓMINA

Seguridad y CertezaSeguridad y CertezaArt. 147 y 151Art. 147 y 151

PeriodicidadPeriodicidadArt. 150Art. 150

DisponibilidadDisponibilidadArt. 131Art. 131

IndividualidadIndividualidadArt. 148Art. 148

Page 7: MANEJO EFICAZ DE LA NOMINA.ppt

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SALARIO NORMALSALARIO NORMAL

“A los fines de esta Ley se entiende por salario normal, la remuneración devengada por el trabajador en forma regular y permanente por la prestación de su servicio. Quedan por tanto excluidos del mismo las percepciones de carácter accidental, las derivadas de la prestación de antigüedad y las que esta Ley considere que no tienen carácter salarial.“Para la estimación del salario normal ninguno de los conceptos que lo integran producirá efectos sobre sí mismo” (Art. 133 LOT Par. Seg.)

EL MANEJO EFICAZ DE LA NÓMINA

Page 8: MANEJO EFICAZ DE LA NOMINA.ppt

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EL MANEJO EFICAZ DE LA NÓMINA

Salario amplio.Salario amplio.Base de cálculoBase de cálculo

Salario amplio.Salario amplio.Base de cálculoBase de cálculo

Prestación Prestación de antigüedadde antigüedad

((Arts. 108 Par. 5° Arts. 108 Par. 5° y 146 Par.2°)y 146 Par.2°)

UtilidadesUtilidades(Art. 179)(Art. 179)

Indemnización Indemnización de antigüedadde antigüedad(Arts. 125 y 146)(Arts. 125 y 146)

Indemnización Indemnización Sustitutiva Sustitutiva del preavisodel preaviso

(Arts. 125 y 146)(Arts. 125 y 146)

Page 9: MANEJO EFICAZ DE LA NOMINA.ppt

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Salario normal:Salario normal:Base de cálculoBase de cálculo

Salario normal:Salario normal:Base de cálculoBase de cálculo

EL MANEJO EFICAZ DE LA NÓMINA

AsignacionesAsignaciones DeduccionesDeducciones

Descanso SemanalDías Feriados

Horas ExtraordinariasTrabajo Nocturno

Vacaciones y Bono Vacacional Arts. 145 y 223 LOT

Indemnización por Accidentes de Trabajo

o Enfermedad Profesional Arts. 575 y 576 LOT

Contribuciones, Tasas o Impuestos(R.P. Empleo,

SSO,INCE,

R.P. Vivienda y Hábitat,ISLR)

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Manejo operativo de las Manejo operativo de las Asignaciones derivadas del Asignaciones derivadas del

Salario. Salario. Bases y reglas del cálculoBases y reglas del cálculo

EL MANEJO EFICAZ DE LA NÓMINA

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Presunción de Existencia:

Según el Art.66 “la prestación de servicio en la relación de trabajo debe ser remunerada”, lo que quiere decir que cuando se presta un servicio personal bajo el régimen de subordinación o dependencia, debe presumirse que todo pago hecho al trabajador por tal concepto es salario.

El Pago del SalarioEl Pago del Salario

EL MANEJO EFICAZ DE LA NÓMINA

Page 12: MANEJO EFICAZ DE LA NOMINA.ppt

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Forma de pago:

La Ley obliga al pago del salario en dinero

efectivo y, a la vez, permite, por acuerdo entre el

patrono y el trabajador, el pago mediante cheque

o por medio de una entidad bancaria o de ahorro y

préstamo, cuyo procedimiento se halla regulado

en el Art.55 del RLOT. Prohíbe el salario en

especie, salvo cuando ello conlleve un beneficio

social para el trabajador. (Art.147 LOT).

EL MANEJO EFICAZ DE LA NÓMINA

Page 13: MANEJO EFICAZ DE LA NOMINA.ppt

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Oportunidad del Pago:

El salario debe ser pagado en día laborable y durante la jornada de trabajo. Si el día de pago coincide con un día feriado, el salario debe pagarse el día hábil inmediatamente anterior (Art.151 LOT).

EL MANEJO EFICAZ DE LA NÓMINA

Page 14: MANEJO EFICAZ DE LA NOMINA.ppt

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Periodicidad del pago:

El lapso fijado para el pago del salario no debe ser mayor de una (1) quincena (Art.150).

En aquellos casos en que el trabajador reciba del patrono alimentación y vivienda, el pago del salario puede ser mensual (Art.150 LOT).

Proporcionalidad del pago:

Si la jornada ordinaria de trabajo es inferior a la jornada máxima legal, el salario debe ser proporcional a ésta (Art.194 LOT).

EL MANEJO EFICAZ DE LA NÓMINA

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Pago en moneda extranjera:No existe disposición legal que prohíba el pago en

moneda extranjera. Pero el pago debe hacerse en moneda de curso legal.

Sanción: “Al patrono que no pague a sus trabajadores en moneda de curso legal o en el debido plazo, o que pague en lugares prohibidos; o que descuente, retenga o compense del salario más de lo que la Ley permite; o que pague al trabajador un salario inferior al mínimo fijado, se le impondrá una multa no menor del equivalente a un cuarto (1/4) de un salario mínimo, ni mayor del equivalente a uno y medio (1 ½) salarios mínimos” (Art.627 LOT)

EL MANEJO EFICAZ DE LA NÓMINA

Page 16: MANEJO EFICAZ DE LA NOMINA.ppt

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Salario Salario variablevariable

Salario Salario fijofijo

EL MANEJO EFICAZ DE LA NÓMINA

Clases de salario y su Clases de salario y su incidencia en los cálculosincidencia en los cálculos

Page 17: MANEJO EFICAZ DE LA NOMINA.ppt

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Salario Salario FijoFijo

(Art. 140 LOT)(Art. 140 LOT)

Salario Salario FijoFijo

(Art. 140 LOT)(Art. 140 LOT)

Estipulado por Estipulado por unidad de tiempounidad de tiempo

Salario diarioSalario diario Salario horaSalario hora

Es el treintavo de Es el treintavo de la remuneración la remuneración

del mesdel mes

Es la alícuota del Es la alícuota del salario diario salario diario

entre el número entre el número de horasde horas

EL MANEJO EFICAZ DE LA NÓMINA

Page 18: MANEJO EFICAZ DE LA NOMINA.ppt

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EL MANEJO EFICAZ DE LA NÓMINA

Descanso y feriadosDescanso y feriados

Descanso Descanso semanal semanal

obligatorioobligatorio

Normalmente es el domingo.

Puede ser otro día conforme

a los Arts. 213 y 214 LOT.

Se le remunera con el salario

equivalente a un día.El salario mensual ya incluye el pago

de los días feriados y de descansos.

Art. 88 Art. 88 RLOTRLOT

Page 19: MANEJO EFICAZ DE LA NOMINA.ppt

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Reglas y cálculos para el pago Reglas y cálculos para el pago

del día de descanso y feriadodel día de descanso y feriado

-Si el trabajo se realiza por un período de cuatro (4) horas o más, se le cancelará al trabajador el equivalente a un (1) día de salario, con el recargo del 50% (Art.218 LOT)

-Si el trabajo se realiza en un período inferior a cuatro (4) horas, se le remunerará con el equivalente a medio (1/2) día de salario, con el recargo del 50% (Art.218 LOT)

EL MANEJO EFICAZ DE LA NÓMINA

Page 20: MANEJO EFICAZ DE LA NOMINA.ppt

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Reglas para el día de descanso Reglas para el día de descanso compensatoriocompensatorio

-La labor prestada durante un período superior a 4 horas en el día de descanso semanal obligatorio genera un (1) día de descanso compensatorio, que ha de ser disfrutado en la semana siguiente al día trabajado (Art.218 LOT y 89 RLOT).

-La labor prestada durante un período inferior a 4 horas en el día de descanso semanal obligatorio genera ½ día de descanso compensatorio, que debe ser disfrutado en la semana siguiente al día trabajado (Art.218 LOT y 89 RLOT)

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EL MANEJO EFICAZ DE LA NÓMINA

Page 21: MANEJO EFICAZ DE LA NOMINA.ppt

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Reglas para el día de descanso Reglas para el día de descanso compensatoriocompensatorio

- El trabajo prestado en día feriado no genera descanso

compensatorio, salvo que coincida con el día de

descanso semanal obligatorio (Art.218 LOT y 89 RLOT)

- Cuando el trabajador falta más de un (1) día de

su jornada semanal, pierde el derecho al pago del

día de descanso semanal (Art.216 LOT)

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EL MANEJO EFICAZ DE LA NÓMINA

Page 22: MANEJO EFICAZ DE LA NOMINA.ppt

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EL MANEJO EFICAZ DE LA NÓMINA

Horas ExtraordinariasHoras Extraordinarias

““El trabajo que exceda de la El trabajo que exceda de la jornada ordinaria se pagará jornada ordinaria se pagará

como extraordinario”como extraordinario”

Parágrafo Único del Art.202 LOTParágrafo Único del Art.202 LOT

JornadaJornadaMáxima Máxima

legallegal

Diurna:8 h.d. y 44 h.s.

Nocturna:7 h.d. y 35 h.s.

Mixta:7 ½ h.d. y 42 h.s.

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Horas ExtraordinariasHoras Extraordinarias

Procedencia

Sólo proceden en el caso de haberse estipulado salario por unidad de tiempo, es decir, salario fijo, y requieren autorización previa del Ministerio del Trabajo, otorgada a través de la correspondiente Inspectoría del Trabajo (Art.207 LOT)

En caso de emergencia se puede laborar horas extraordinarias sin autorización, pero se debe notificar al Inspector, al día hábil siguiente. La notificación ha de ser debidamente motivada (Art.210 LOT)

EL MANEJO EFICAZ DE LA NÓMINA

Page 24: MANEJO EFICAZ DE LA NOMINA.ppt

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EL MANEJO EFICAZ DE LA NÓMINA

LímitesLímitesNo más de 10 horas No más de 10 horas a la semana ni 100 a la semana ni 100

al añoal año(Art. 207 LOT)(Art. 207 LOT)

Base de Base de cálculocálculo

RecargoRecargo

Salario normalSalario normal

50 % 50 % (Art. 155 LOT)(Art. 155 LOT)

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Constante para calcular la hora extra de Constante para calcular la hora extra de la jornada la jornada diurnadiurna

Salario diario diurno x 1.50 = Hora extra diurnaNo. de horas jornada diurna

Ejemplo:

Salario diario: Bs. F. 30,00

No. de horas de la jornada diurna:8 horas

Valor hora extra: Bs.F.30,00 x 1.50 = Bs.F. 5,62 8

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EL MANEJO EFICAZ DE LA NÓMINA

Page 26: MANEJO EFICAZ DE LA NOMINA.ppt

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Constante para calcular la hora extra de Constante para calcular la hora extra de la jornada la jornada nocturnanocturna

Salario diario diurno x 1.30 x 1.50 No. de horas jornada nocturna

Ejemplo:

Salario diario diurno:Bs. F. 30,00

No. de horas de la jornada nocturna:7 horas

Valor hora extra: Bs. F.30 x 1.30 x 1.50 =Bs.F. 8,35 7

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EL MANEJO EFICAZ DE LA NÓMINA

Page 27: MANEJO EFICAZ DE LA NOMINA.ppt

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Salario Salario Variable.Variable.

(Art. 141 LOT)(Art. 141 LOT)

Salario Salario Variable.Variable.

(Art. 141 LOT)(Art. 141 LOT)

Estipulado por Estipulado por unidad de obra, unidad de obra,

por pieza, a destajo por pieza, a destajo o a comisióno a comisión

Salario mixtoSalario mixto

Está compuesto Está compuesto por una parte fija por una parte fija y otra variable. y otra variable.

Se asimila al Se asimila al salario variable.salario variable.

Se toma en cuenta Se toma en cuenta el resultado.el resultado.

EL MANEJO EFICAZ DE LA NÓMINA

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Regla Básica de Cálculo del Día Feriado y Regla Básica de Cálculo del Día Feriado y

Descanso Semanal.Descanso Semanal.

Comoquiera que según el Art.216 de la LOT, cuando se trate de remuneración variable, el salario del día feriado (y del descanso semanal) es el promedio de los salarios devengados en la respectiva semana, quiere decir que el pago de los días feriados y de descanso no está incluido en la remuneración, y en consecuencia deben ser calculados separadamente, a cuyo fin deben sumarse previamente -para obtener el salario normal- la parte fija y la variable.

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EL MANEJO EFICAZ DE LA NÓMINA

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Constante para el cálculo de días feriados Constante para el cálculo de días feriados y de descanso (Salario Variable)y de descanso (Salario Variable)

Constante para el cálculo de días feriados y de Constante para el cálculo de días feriados y de descanso (Salario Mixto)descanso (Salario Mixto)

EL MANEJO EFICAZ DE LA NÓMINA

Monto salario variable percibido Días inhábiles

del mes o semanaDías hábiles del mes o semana

Salario correspondiente al total de días feriados

y de descanso

X =

Parte fija +Parte variable Días inhábiles

del período

Salario correspondiente a los días feriados y de descanso del período

X =Días hábiles del período

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Ejemplo Cálculo Mensual:-Salario Variable mensual: Bs.F 600-Días hábiles del mes: 24 días-Días inhábiles: 6 días

Bs. F. 600,00 = Bs. F. 25,00 diarios x 6 = Bs. F. 150,00 24

Ejemplo Cálculo Semanal:Salario Variable de la Semana: Bs. F 116,67Días hábiles de la semana: 6 días

Bs. F. 166,67= Bs. F. 27,77 por día de descanso y/o feriado 6 de la semana respectiva

(*) Días hábiles de la semana (lunes a sábado) según la LOT

EL MANEJO EFICAZ DE LA NÓMINA

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Horas Extraordinarias

No es posible hablar de horas extraordinarias cuando el trabajo pactado obedece al resultado de una actividad que escapa de la supervisión directa del patrono, o por pieza, destajo o tarea. Sin embargo, si la labor se lleva a cabo bajo la supervisión directa del patrono dentro de una jornada previamente establecida y ésta se extiende más allá de aquella, el trabajador tendrá derecho al pago de horas extraordinarias en base a su salario variable.

EL MANEJO EFICAZ DE LA NÓMINA

Page 33: MANEJO EFICAZ DE LA NOMINA.ppt

33

EL MANEJO EFICAZ DE LA NÓMINA

El salario mínimo a El salario mínimo a tomar en consideración tomar en consideración

para los topes de la para los topes de la Seguridad Social y sus Seguridad Social y sus

cotizaciones.cotizaciones.

Page 34: MANEJO EFICAZ DE LA NOMINA.ppt

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Seguro Social ObligatorioSeguro Social Obligatorio

Tope salarial:Cinco (5) salarios mínimos vigentes (Bs. F. 3.073,95)

Porcentaje de aporte: Patrono Trabajador

Régimen general 9% 10% 11% 4%Régimen parcial 4% 2%

EL MANEJO EFICAZ DE LA NÓMINA

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Vivienda y HábitatVivienda y Hábitat

Tope Salarial: No tiene

Porcentajes de cotización: Aporte Trabajador 1% Aporte Patrono 2%

Régimen Prestacional de EmpleoRégimen Prestacional de Empleo

Tope Salarial:Aunque la LRPE establece un tope de hasta diez (10) salarios mínimos, se aplica transitoriamente como tope cinco (5) salarios mínimos vigentes (Bs. F. 3.073,95)

Porcentajes de Cotización: Aporte Trabajador: 0.50% Aporte Patrono: 2%

35

EL MANEJO EFICAZ DE LA NÓMINA

Page 36: MANEJO EFICAZ DE LA NOMINA.ppt

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Ley de Alimentación para los Ley de Alimentación para los Trabajadores y su ReglamentoTrabajadores y su Reglamento

Acreedores al beneficio: Trabajadores que devenguen hasta tres (3) salarios mínimos (Bs. F. 1.844,37)

Pérdida del beneficio: Llegar a devengar mas de tres (3) salarios mínimos

EL MANEJO EFICAZ DE LA NÓMINA

Page 37: MANEJO EFICAZ DE LA NOMINA.ppt

37

Régimen de GuarderíasRégimen de Guarderías

¿Quién está obligado?El patrono que ocupe a más de veinte (20) trabajadores

¿En qué consiste la obligación?En mantener guarderías o servicios de educación inicial para los hijos de los trabajadores durante la jornada de trabajo.

¿Todos los trabajadores son beneficiarios?Sólo los trabajadores que perciban una remuneración mensual en dinero que no exceda del equivalente a cinco (5) salarios mínimos, hasta que sus hijos cumplan los cinco (5) años de edad.” (Art. 101 RLOT)

EL MANEJO EFICAZ DE LA NÓMINA

Page 38: MANEJO EFICAZ DE LA NOMINA.ppt

38

Régimen de Guarderías

Opciones de cumplimiento:• La instalación y mantenimiento, a cargo de uno o varios

patronos, de guarderías o servicios de educación inicial.• El pago de la matrícula y mensualidades a la guardería

o servicios de educación inicial, debidamente inscritas ante las autoridades competentes. En este caso, la obligación del patrono se entenderá satisfecha con el pago de una cantidad de dinero equivalente al cuarenta por ciento (40%) del salario mínimo, por concepto de matrícula y de cada mensualidad (Bs.F. 245,92)

• Cualquier otra modalidad que se establezca mediante Resolución conjunta, de los Ministerios del Trabajo y Educación...” (Art. 102 RLOT)

EL MANEJO EFICAZ DE LA NÓMINA

Page 39: MANEJO EFICAZ DE LA NOMINA.ppt

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Salario Mínimo a considerar para el máximo de Salario Mínimo a considerar para el máximo de la indemnización prevista en el Artículo 125:la indemnización prevista en el Artículo 125:

Establece la segunda parte del Art. 125 de la Ley Orgánica del Trabajo:

“...Adicionalmente el trabajador recibirá una indemnización sustitutiva del preaviso previsto en el artículo 104 de esta Ley, en los siguientes montos y condiciones:a) Quince (15) días de salario, cuando la antigüedad fuere mayor de un (1) mes y no exceda de seis (6) meses;b) Treinta (30) días de salario, cuando fuere superior a seis (6) meses y menor de un (1) año;c) Cuarenta y cinco (45) días de salario, cuando fuere igual o superior a un (1) año;d) Sesenta (60) días de salario, cuando fuere igual o superior a dos (2) años, y no mayor de diez (10) años; ye) Noventa (90) días de salario, si excediere del límite anterior.El salario de base para el cálculo de esta indemnización no excederá de diez (10) salarios mínimos mensuales...”diez (10) salarios mínimos mensuales...”

39

EL MANEJO EFICAZ DE LA NÓMINA

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40

Exclusión del 20% del Exclusión del 20% del Salario para Beneficios, Salario para Beneficios,

Prestaciones e Prestaciones e IndemnizacionesIndemnizaciones

SALARIO DE EFICACIA ATÍPICASALARIO DE EFICACIA ATÍPICA

EL MANEJO EFICAZ DE LA NÓMINA

Page 41: MANEJO EFICAZ DE LA NOMINA.ppt

41

Parágrafo Primero, Art. 133: “...las convenciones colectivas y, en las empresas donde no hubiere trabajadores sindicalizados, los acuerdos colectivos, o los contratos individuales de trabajo, podrán establecer que hasta un veinte por ciento (20%) del salario se excluya de la base de cálculo de los beneficios, prestaciones o indemnizaciones que surjan de la relación de trabajo, fuere de fuente legal o convencional. El salario mínimo deberá ser considerado en su totalidad como base de cálculo de dichos beneficios, prestaciones o indemnizaciones.”

SALARIO DE EFICACIA ATÍPICASALARIO DE EFICACIA ATÍPICA

EL MANEJO EFICAZ DE LA NÓMINA

Page 42: MANEJO EFICAZ DE LA NOMINA.ppt

42

Esta cuota se deduce del salario, sin afectar los beneficios sociales cuya base de cálculo impone la Ley.

La exclusión del 20% no incluye las contribuciones forzosas e impuestos.

SALARIO DE EFICACIA ATÍPICASALARIO DE EFICACIA ATÍPICA

EL MANEJO EFICAZ DE LA NÓMINA

Page 43: MANEJO EFICAZ DE LA NOMINA.ppt

43

Necesidad de un acuerdo entre patrono y Necesidad de un acuerdo entre patrono y trabajadortrabajador

Al patrono le está vedado imponer unilateralmente una recomposición salarial en la que se excluya el mencionado 20%, pues tanto el texto legal como el reglamentario (Art.51 RLOT) exigen la existencia previa de un pacto a tales fines. El mismo puede hacerse mediante:

-Convenciones colectivas celebradas con Sindicatos

-Acuerdos colectivos en las empresas donde no hubiere trabajadores sindicalizados-Contratos individuales

EL MANEJO EFICAZ DE LA NÓMINA

Page 44: MANEJO EFICAZ DE LA NOMINA.ppt

44

•Monto del salario sobre el que incidirá la Monto del salario sobre el que incidirá la exclusión: ¿20% del aumento o del salario exclusión: ¿20% del aumento o del salario total?total?

El literal c) del Art.51 del RLOT establece que sólo podrá pactarse la exclusión “cuando afecte una porción del aumento salarial que se reconozca a los trabajadores, o al inicio de la relación de trabajo a los fines de la fijación originaria del salario...”.

Si un trabajador tiene un salario mensual de Bs.F.800,00, y le aumento un 25%, es decir, le elevo su ingreso a Bs.F.1.000,00, incidirá sobre sus prestaciones la suma de Bs.F. 840,00, pues el 20% de la suma total, es decir, de Bs.F. 1.000,00 es Bs.F.160,00.

EL MANEJO EFICAZ DE LA NÓMINA

Page 45: MANEJO EFICAZ DE LA NOMINA.ppt

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VacacionesVacaciones

EL MANEJO EFICAZ DE LA NÓMINA

Page 46: MANEJO EFICAZ DE LA NOMINA.ppt

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Nacimiento del derecho.Nacimiento del derecho.

Cuando el trabajador cumpla un (1) año de trabajo ininterrumpido para un patrono, disfrutará de un período de vacaciones remuneradas de quince (15) días hábiles. Los años sucesivos tendrá derecho además a un (1) día adicional remunerado por cada año de servicio, hasta un máximo de quince (15) días hábiles. (Art. 219 LOT)

EL MANEJO EFICAZ DE LA NÓMINA

Page 47: MANEJO EFICAZ DE LA NOMINA.ppt

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Régimen de los días adicionales.

El trabajador podrá prestar servicio en los días adicionales de disfrute a que pueda tener derecho conforme a su antigüedad, a su libre decisión. En este caso tendrá derecho al pago adicional de los salarios que se causen con ocasión del trabajo prestado. (Art. 219 LOT)

EL MANEJO EFICAZ DE LA NÓMINA

Page 48: MANEJO EFICAZ DE LA NOMINA.ppt

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Efectos de la suspensión del contrato de Efectos de la suspensión del contrato de trabajotrabajo

Para adquirir el derecho al disfrute de la vacación, es preciso haber laborado un (1) año ininterrumpido, o expresado de otro modo, 365 días de labor efectiva, de manera que las suspensiones del contrato de trabajo tienen como efecto posponer la vacación anual tantos días como haya durado la suspensión.

EL MANEJO EFICAZ DE LA NÓMINA

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Imputación de la inasistencia injustificada

Artículo 233 LOT.- “Los períodos de inasistencia al trabajo sin causa justificada, en cuanto totalicen siete (7) o más días al año, podrán imputarse al período de vacación anual a que tiene derecho al trabajador, siempre que el patrono le hubiere pagado el salario correspondiente a los días de inasistencia”.

1.- Si el patrono procedió al descuento de salario por dichas faltas injustificadas no podrá imputarlas al período vacacional.2.- Si las inasistencias no igualan o superan el número de días previsto por la norma, tampoco podrán ser imputadas al período vacacional

EL MANEJO EFICAZ DE LA NÓMINA

Page 50: MANEJO EFICAZ DE LA NOMINA.ppt

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Salario de base para el cálculo de su pagoSalario de base para el cálculo de su pago

• De acuerdo con lo dispuesto en el Art. 145 de la LOT, el salario de base para el cálculo es el normal devengado por el trabajador en el mes efectivo de labores inmediatamente anterior al día en que nació el derecho a la vacación.

• El Art. 95 RLOT plantea que las vacaciones y el bono vacacional deben ser canceladas con el salario normal del mes inmediatamente anterior al día en que efectivamente disfrute de su derecho. En caso de vacaciones vencidas y no disfrutadas a la terminación de la relación de trabajo, se incluirá en el pago, los días feriados y de descanso semanal que le hubieren correspondido al trabajador de haber disfrutado las vacaciones.

50

EL MANEJO EFICAZ DE LA NÓMINA

Page 51: MANEJO EFICAZ DE LA NOMINA.ppt

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Acumulación de vacaciones

El goce de una (1) o dos (2) vacaciones anuales podrá posponerse a solicitud del trabajador para permitir la acumulación hasta de tres (3) períodos, cuando la finalidad de dicha acumulación sea conveniente para el solicitante.

(Art. 229 LOT)

51

EL MANEJO EFICAZ DE LA NÓMINA

Page 52: MANEJO EFICAZ DE LA NOMINA.ppt

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Posposición de las vacaciones

La época en que el trabajador deba tomar sus vacaciones anuales será fijada por convenio entre el trabajador y el patrono. Si no llegasen a un acuerdo, el Inspector del Trabajo hará la fijación. Las vacaciones anuales no podrán posponerse más allá de seis (6) meses a partir de la fecha en que nació el derecho, salvo el caso de acumulación prevista en el artículo anterior. Los trabajadores con responsabilidades familiares tendrán preferencia para que sus vacaciones coincidan con las de sus hijos, según el calendario

escolar. (Art. 230 LOT)

EL MANEJO EFICAZ DE LA NÓMINA

Page 53: MANEJO EFICAZ DE LA NOMINA.ppt

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Disfrute parcial de las vacaciones

Las partes de la relación de trabajo podrán convenir que el disfrute de las vacaciones anuales, en los términos previstos en el Artículo 219 de la Ley Orgánica del Trabajo, se haga en dos (2) períodos, si ello conviniere al trabajador. (Art. 96 RLOT)

53

EL MANEJO EFICAZ DE LA NÓMINA

Page 54: MANEJO EFICAZ DE LA NOMINA.ppt

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Repetición de lo pagado por vacaciones no disfrutadas

El trabajador deberá disfrutar las vacaciones de manera efectiva.Mientras exista la relación de trabajo, el convenio mediante el cual el patrono paga la remuneración de las mismas sin conceder el tiempo necesario para que el trabajador las disfrute, lo dejará obligado a concederlas con su respectiva remuneración, sin que pueda alegar en su favor el hecho de haber cumplido anteriormente con el requisito del pago. (Art. 226

LOT)

EL MANEJO EFICAZ DE LA NÓMINA

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55

El trabajador no debe efectuar trabajo remunerado durante el curso de su vacación anual. En caso de hacerlo, el patrono para el que preste sus servicios y que le haya pagado el salario correspondiente al disfrute vacacional, tendrá derecho a la repetición de lo pagado”. (Art. 234 LOT y Art. 97 RLOT)

Repetición del pago por parte del trabajadorRepetición del pago por parte del trabajador

EL MANEJO EFICAZ DE LA NÓMINA

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56

Vacaciones ColectivasVacaciones Colectivas

Si el patrono otorgare vacaciones colectivas a su personal mediante la suspensión de actividades durante cierto número de días al año, a cada trabajador se imputarán esos días a lo que le corresponda por concepto de sus vacaciones anuales.

Si el trabajador, para el momento de las vacaciones colectivas, no hubiere cumplido el tiempo suficiente para tener derecho a vacaciones anuales, los días correspondientes a las vacaciones colectivas serán para él de descanso remunerado y en cuanto excedieren el lapso vacacional que le correspondería, se le imputarán a las vacaciones futuras”. ( (Art. 220 LOT)

EL MANEJO EFICAZ DE LA NÓMINA

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Bono Vacacional

Los patronos pagarán al trabajador en la oportunidad de sus vacaciones, además del salario correspondiente, una bonificación especial para su disfrute equivalente a un mínimo de siete (7) días de salario más un (1) día por cada año a partir de la vigencia de esta Ley hasta un total de veintiún (21) días de salario, cuando el trabajador no hubiere adquirido el derecho a recibir una bonificación mayor a la inicialmente prevista de siete (7) salarios. (Art. 223 LOT)

EL MANEJO EFICAZ DE LA NÓMINA

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Vacaciones fraccionadasVacaciones fraccionadas

Forma de cálculo: En proporción a los meses completos

de servicio como pago fraccionado de las vacaciones que

le hubieran correspondido (Art.225 LOT)

12 meses del año

Número de días de disfrute o bono vacacional que corresponden al trabajador

Meses completoscompletos de servicio

X

EL MANEJO EFICAZ DE LA NÓMINA

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Monto distribuible

Para proceder a determinar la cuantía de la participación de cada trabajador en las utilidades, es menester previamente determinar el monto total de la utilidad líquida, labor que hay que cumplir ajustándose a lo que al efecto establece la preceptiva pertinente de la LOT, en concordancia con la Ley de ISLR.

EL MANEJO EFICAZ DE LA NÓMINA

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Preceptiva legal aplicable: Esta materia es regulada, en sus aspectos esenciales, por el Art.174 de la LOT, el cual remite, a su vez, a la Ley de ISLR

El Art.174 de la LOT, que entró en vigencia antes de la reforma de la Ley de ISLR, establece que el monto de los beneficios líquidos es la suma de los enriquecimientos netos gravables.

Beneficios Líquidos (LOT) = Enriquecimientos netos gravables (Ley de ISLR)

Monto distribuible: por lo menos el 15% de los beneficios líquidos (Art.174 LOT)

EL MANEJO EFICAZ DE LA NÓMINA

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EL MANEJO EFICAZ DE LA NÓMINA

LímitesLímites(Art. 174 LOT)(Art. 174 LOT)

MáximoMáximo

MínimoMínimo

Límite máximo paraLímite máximo paraempresas empresas que tengan que tengan

un capital social que no un capital social que no exceda de Bs.1.000.000exceda de Bs.1.000.000( Bs. F. 1.000,00) ó que ( Bs. F. 1.000,00) ó que

ocupen menos de 50ocupen menos de 50 trabajadorestrabajadores

120 días120 días

15 días15 días

60 días60 días

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Utilidades Convencionales.Utilidades Convencionales.

La utilidad convencional o contractual es una cantidad determinada, que -en concepto de utilidad- la empresa se obliga a pagar al trabajador, mediante acuerdo celebrado entre ellos.

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EL MANEJO EFICAZ DE LA NÓMINA

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Tenemos que distinguir dos supuestos, dentro de los cuales podrían encontrarse las empresas:

El caso en que patrono y trabajador convengan una participación en los beneficios que se corresponda con el tope legal máximo al que esté obligada la empresa, de conformidad con el art. 174, Parágrafo Primero LOT.Si la empresa garantiza un número de días correspondientes a la utilidad convencional sin llegar a alcanzar su tope legal máximo, está en la obligación de determinar al final del ejercicio económico, el quince por ciento (15%) de los beneficios líquidos que arroja la empresa; ello a los efectos de verificar si este porcentaje sobrepasa la utilidad previamente garantizada, y si los beneficios de la empresa son más altos que la participación convencional, el trabajador tendrá derecho a recibir aquella en lugar de ésta.

EL MANEJO EFICAZ DE LA NÓMINA

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Utilidades Convencionales. Utilidades Convencionales. Derecho adquirido.Derecho adquirido.

Si se ha venido pagando a los trabajadores un número de días previamente determinado, ello en concepto de utilidades, tal cantidad ha pasado a formar parte de las condiciones esenciales del contrato individual de trabajo, por lo que no es posible alterarlas válidamente, por decisión unilateral del patrono sin afectar las condiciones inherentes a los derechos laborales del trabajador.

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EL MANEJO EFICAZ DE LA NÓMINA

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Preceptiva correcta: Artículo 174 vs. Art. 179Preceptiva correcta: Artículo 174 vs. Art. 179

Mientras los Arts. 174 y 146 de la LOT hablan de meses completos para determinar la parte proporcional que el trabajador ha laborado durante todo el año, el art. 179 usa una fórmula genérica, en la que la proporción entre trabajo efectivo y participación es matemáticamente exacta, y asegura una justa y equitativa distribución de los beneficios, dando a cada cual lo que le corresponde.La fórmula del Art. 179 ordena dividir el total de los beneficios repartibles entre el total de los salarios devengados por todos los trabajadores durante el ejercicio respectivo. Se obtiene así un cuociente, que se multiplica por el monto de los salarios devengados por cada trabajador durante el respectivo ejercicio anual, y de este modo se obtiene lo que le corresponde por concepto de beneficios.

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Interrupciones del Contrato de TrabajoInterrupciones del Contrato de Trabajo

En caso de suspensión de la relación de trabajo la vinculación jurídica entre patrono y trabajador no se rompe. Lo que se suspende de acuerdo con nuestra legislación laboral, son los efectos del contrato de trabajo, ello de conformidad con el artículo 95 de la LOT.Dispone la Ley (Art. 97) que : “...La antigüedad del trabajador comprenderá el tiempo servido antes y después de la suspensión, salvo disposición especial”.En consecuencia, el tiempo durante el cual se suspende la relación de trabajo no se imputa a la antigüedad del trabajador y al no existir ese lapso para efectos del vínculo laboral no se genera el derecho al pago de utilidades, en justa proporción al tiempo que dure la suspensión.

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EL MANEJO EFICAZ DE LA NÓMINA

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Salario de base de las utilidadesSalario de base de las utilidades

Las utilidades deben ser calculadas con base en el salario integral, o en sentido amplio, el cual debe ser identificado como todo provecho, retribución o ventaja que ingresa directamente al patrimonio del trabajador, con ocasión del contrato de trabajo, entendiendo por tal el efectivamente ejecutado e inclusive, cuando por disposición de la Ley, los contratos o la práctica consuetudinaria, el trabajador tuviere el derecho de no trabajar.

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EL MANEJO EFICAZ DE LA NÓMINA

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Asignaciones que conforman

la base de cálculo de las utilidades:

-Salario Básico o Normal

-Vacaciones disfrutadas y pagadas

-Días de descanso y Feriados no Laborados

-Trabajo Nocturno

-Horas Extras

-Días de Descanso o Feriados Laborados

-Bonificaciones Especiales que tengan naturaleza salarial

-Bono por Producción

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Verificación por parte del trabajador de los resultados

“La mayoría absoluta de los trabajadores de una empresa o el sindicato al que esté afiliado más del veinticinco por ciento (25%) de los mismos, podrá solicitar por ante la Administración del Impuesto sobre la Renta el examen y verificación de los respectivos inventarios y balances para comprobar la renta obtenida en uno o más ejercicios anuales. A los fines de determinar dicha mayoría no se considerarán los trabajadores a que se refieren los artículos 42 y 45 de

esta Ley”. (Artículo 181 LOT)

EL MANEJO EFICAZ DE LA NÓMINA

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Verificación por parte del trabajador de los resultados

Artículo 58 RLOT. Verificación de los beneficios declarados. “La Administración Tributaria, cuando le fuere solicitado de conformidad con lo establecido en el artículo 181 de la Ley Orgánica del Trabajo, procederá a los exámenes que estime procedentes a los fines de verificar la renta obtenida por el patrono en uno o más ejercicios anuales y rendirá su informe en un lapso que no excederá de seis (6) meses contados a partir de la solicitud. Tal solicitud también podrá ser realizada por el Inspector o Inspectora del Trabajo.El referido informe deberá ser remitido, debidamente certificado, a los solicitantes, al patrono o patrona y al Ministerio del Trabajo”.

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EL MANEJO EFICAZ DE LA NÓMINA

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No gravabilidad de las No gravabilidad de las utilidades por el ISLRutilidades por el ISLR

Artículo 31 LISLR: “Se consideran como enriquecimientos netos los sueldos, salarios, emolumentos, dietas, pensiones, obvenciones y demás remuneraciones similares, distintas de los viáticos, obtenidos por la prestación de servicios personales bajo relación de dependencia. También se consideran como enriquecimientos netos los intereses provenientes de préstamos y otros créditos concedidos por las instituciones financieras constituidas en el exterior y no domiciliadas en el país, así como las participaciones gravables con impuestos proporcionales conforme a los términos de esta ley.”

Artículo 133 LOT: “Parágrafo Cuarto. Cuando el patrono o el trabajador estén obligados a cancelar una contribución, tasa o impuesto, se calculará considerando el salario normal correspondiente al mes inmediatamente anterior a aquél en que se causó.”...

EL MANEJO EFICAZ DE LA NÓMINA

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Trabajador 0,5% sobre las utilidades ya sean legales o convencionales

Patrono Por no ser salario normal no se suman a las remuneraciones que sirvan de base de cálculo para el aporte del 2% del patrono. Adicionalmente incurriría el INCE en la aplicación de doble tributación: Patrono-Trabajador.

Gravabilidad de las utilidades por el INCEGravabilidad de las utilidades por el INCE

EL MANEJO EFICAZ DE LA NÓMINA

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Grupos de Empresas. Grupos de Empresas. Concepto de Concepto de Unidad EconómicaUnidad Económica

Artículo 22 Reglamento LOT. Grupo de

empresas. “Los patronos o patronas que

integraren un grupo de empresas, serán

solidariamente responsables entre sí

respecto de las obligaciones laborales

contraídas con sus trabajadores o

trabajadoras.

EL MANEJO EFICAZ DE LA NÓMINA

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Parágrafo Primero. Se considerará que existe un grupo de empresas cuando éstas se encontraren sometidas a una

administración o control común y constituyan una unidad económica de carácter permanente, con independencia de las diversas personas naturales o jurídicas que tuvieren a su cargo la explotación de las mismas.

Parágrafo Segundo: Se presumirá, salvo prueba en contrario, la existencia de un grupo de empresas cuando:

a) Existiere relación de dominio accionario de unas personas jurídicas sobre otras, o cuando los accionistas con poder decisorio fueren comunes;

b) Las juntas administradoras u órganos de dirección involucrados estuvieren conformados, en proporción significativa, por las mismas personas;

c) Utilizaren una idéntica denominación, marca o emblema;o

d) Desarrollen en conjunto actividades que evidenciaren su integración”.

EL MANEJO EFICAZ DE LA NÓMINA

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El artículo 177 de la Ley Orgánica del Trabajo

ordena se atienda al concepto de unidad económica

en las labores de determinación de los beneficios

(utilidades): “La determinación definitiva de los

beneficios de una empresa se hará atendiendo al

concepto de unidad económica de la misma, aun en

los casos en que ésta aparezca dividida en diferentes

explotaciones o con personerías jurídicas distintas u

organizada en diferentes departamentos, agencias o

sucursales, para los cuales se lleve contabilidad

separada”.

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EL MANEJO EFICAZ DE LA NÓMINA

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Sujetos excluidos de la obligación de otorgar Utilidades

a)Las empresas comerciales cuyo capital invertido no exceda del equivalente a sesenta (60) salarios mínimos mensuales;

b)Las empresas industriales cuyo capital invertido no exceda del equivalente a ciento treinta y cinco (135) salarios mínimos mensuales; y,c)Las empresas agrícolas y pecuarias cuyo capital invertido no exceda del equivalente a doscientos cincuenta (250) salarios mínimos mensuales. Las empresas a que se refiere este artículo estarán obligadas a pagar a sus trabajadores, dentro de los primeros quince (15) días del mes de diciembre de cada año, una bonificación equivalente a por lo menos quince (15) días de salario.

(Art. 183 LOT)

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EL MANEJO EFICAZ DE LA NÓMINA

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Patronos excluidosPatronos excluidos

Artículo 184 LOT: “Los patronos cuyas

actividades no tengan fines de lucro estarán

exentos del pago de la participación en los

beneficios, pero deberán otorgar a sus

trabajadores una bonificación de fin de año

equivalente a por lo menos quince (15) días de

salario.”

78

EL MANEJO EFICAZ DE LA NÓMINA

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80

Artículo 108.- “Después del tercer mes ininterrumpido de servicio, el trabajador tendrá derecho a una prestación de antigüedad equivalente a cinco (5) días de salario por cada mes...”

80

EL MANEJO EFICAZ DE LA NÓMINA

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Reglas para el cómputo del tiempo. Reglas para el cómputo del tiempo. Inasistencias.Inasistencias.

a)

Salario devengado = Bs.F. 1.000,00Acreditación = Bs.F. 166,66

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EL MANEJO EFICAZ DE LA NÓMINA

1 2 3 4

19/09 19/10

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suspensión abono

b) Una suspensión de 30 días produce un corrimiento del abono de la misma duración, y por tanto, no ha nacido el derecho al primer depósito

82

1 2 3 4 5

EL MANEJO EFICAZ DE LA NÓMINA

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83

c) Una suspensión en el mes quinto no genera abono, aún cuando ya se haya producido el primer abono

83

EL MANEJO EFICAZ DE LA NÓMINA

1 2 3 4 5

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suspensión

Salario devengado 1 al 15 = Bs.F. 500,00Salario devengado 16 al 30 = Bs. 0Acreditación del mes = Bs F. 83,33

EL MANEJO EFICAZ DE LA NÓMINA

d)

1 2 3 4 5

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Acreditación y cálculo de los abonos Acreditación y cálculo de los abonos correcorresspondientes en los casos de pondientes en los casos de

Asignaciones Salariales con periodicidad Asignaciones Salariales con periodicidad distinta al mesdistinta al mes

Artículo 108 LOT: “La prestación de antigüedad, como derecho adquirido, será calculada con base al salario devengado en el mes al que corresponda lo acreditado o depositado, incluyendo la cuota parte de lo percibido por concepto de participación en los beneficios o utilidades de la empresa, de conformidad con lo previsto en el Artículo 146 de esta ley y de la reglamentación que deberá dictarse al efecto.”

EL MANEJO EFICAZ DE LA NÓMINA

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Artículo 54 RLOT. “Salario de base para el cálculo de prestaciones e indemnizaciones. A los efectos de determinar el salario de base para el cálculo de las prestaciones, beneficios e indemnizaciones de naturaleza laboral, se tomarán en consideración las percepciones salariales que se causen durante el lapso respectivo, aun cuando su pago efectivo no se hubiere verificado dentro del mismo...”

EL MANEJO EFICAZ DE LA NÓMINA

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Salario causado: Es aquel que aún cuando no haya sido cancelado en dinero en efectivo, el trabajador lo ha generado.

Salario pagado: Es aquel efectivamente cancelado, independientemente del momento en que se generó.

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EL MANEJO EFICAZ DE LA NÓMINA

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Ejemplo:

Mes 1Salario (parte fija) = Bs.F. 600,00. Comisiones causadas y no pagadas = Bs.F. 250,00Descanso semanal y feriados = Bs.F. 115,38 Total salario causado =Bs. F. 965,38Total salario pagado = Bs. F. 715,38Salario base de cálculo del abono de prestaciones = Bs. F. 965,38

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EL MANEJO EFICAZ DE LA NÓMINA

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Mes 2

Salario (parte fija) =Bs. F. 600,00

Comisiones causadas en el mes 1 y pagadas en el

mes 2 =Bs. F. 250,00

Total salario causado = Bs.F. 600,00

Total salario pagado = Bs.F. 850,00

Salario base de cálculo del abono de prestaciones = Bs. F. 600,00

89

EL MANEJO EFICAZ DE LA NÓMINA

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Base de CálculoBase de Cálculo

90

EL MANEJO EFICAZ DE LA NÓMINA

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SALARIOSALARIO

Se entiende por salario la remuneración, provecho o ventaja, cualquiera fuere su denominación o método de cálculo, siempre que pueda evaluarse en efectivo, que corresponda al trabajador por la prestación de su servicio y, entre otros, comprende las comisiones, primas, gratificaciones, participación en los beneficios o utilidades, sobresueldos, bono vacacional, así como recargos por días feriados, horas extras o trabajo nocturno, alimentación y vivienda. (Art. 133 LOT)

EL MANEJO EFICAZ DE LA NÓMINA

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Manejo Práctico de horas extraordinarias, trabajo nocturno, días feriados, descanso semanal...

Salario Trabajador: Bs. F. 614,79Salario diario: Bs.F. 20,49Abono mensual: Bs.F. 102,45

Caso: el trabajador laboró durante un mes 10 horas extraordinarias (turno diurno), 1 día feriado, 1 domingo y 15 días de noche.

92

EL MANEJO EFICAZ DE LA NÓMINA

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Total 10 horas extraordinarias:

Total 1 día feriado y 1 de descanso laborados:

Bono nocturno:

Salario trabajador durante ese mes:

Salario diario:

Abono mensual:

93

EL MANEJO EFICAZ DE LA NÓMINA

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Fórmula para determinar la alícuota de Fórmula para determinar la alícuota de utilidad a formar parte de la base de cálculo utilidad a formar parte de la base de cálculo

del abono mensualdel abono mensual

Días de utilidades5 días de abono

360 días del año

x

EL MANEJO EFICAZ DE LA NÓMINA

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Salario mensual: Bs.F. 800,00Utilidad Convencional: 90 díasSalario promedio del ejercicio: Bs.F. 800,00Utilidad legal: 120 días

Salario abono:

Utilidad Abono:

Abono mensual: Bs. F. 166, 62

Abono al cierre del ejercicio:

Bs.F. 800 x 5 días = 26.66 x 5 días =Bs. F. 133,30Bs. F. 133,30 30

90 x 5 días= 0,25 x 5 días= 1,25 x 26.66= Bs. F. 33,32Bs. F. 33,32360

800 x 5 días= 133,30 + abono mensual= Bs. F. 299,92Bs. F. 299,9230

EL MANEJO EFICAZ DE LA NÓMINA

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Manejo Operativo de Manejo Operativo de los Días Adicionales los Días Adicionales

AcumulativosAcumulativos

97

EL MANEJO EFICAZ DE LA NÓMINA

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Manejo Operativo de los Días Adicionales Manejo Operativo de los Días Adicionales Acumulativos Acumulativos

Modo de computar el tiempo para el primer pago

Artículo 108 LOT: “Después del primer año de servicio, o fracción superior a seis (6) meses contados a partir de la fecha de entrada en vigencia de esta Ley, el patrono pagará al trabajador adicionalmente dos (2) días de salario, por cada año, por concepto de prestación de antigüedad, acumulativos hasta treinta (30) días de salario...”

EL MANEJO EFICAZ DE LA NÓMINA

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Artículo 71 Reglamento LOT. Prestación de Antigüedad. Pago adicional. “La prestación de antigüedad adicional prevista en el primer aparte del Artículo 108 de la Ley Orgánica del Trabajo, equivalente a dos (2) días de salario por cada año de servicio, acumulativos hasta treinta (30) días de salario, se causará cumplido que fuere el segundo año de servicio. En caso de extinción de la relación de trabajo, la fracción de antigüedad en el servicio superior a seis (6) meses se considerará equivalente a un (1) año...”

EL MANEJO EFICAZ DE LA NÓMINA

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Manejo Operativo de los Días Adicionales Manejo Operativo de los Días Adicionales AcumulativosAcumulativos

1) Después del 1º año de servicio, mientras esté vigente la relación, la unidad temporal para pagar este derecho es el año.

2 días

19/06/97 20/06/99

100

EL MANEJO EFICAZ DE LA NÓMINA

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2) El pago del derecho opera en la fracción superior a seis (6) meses a la terminación de la relación de trabajo.

2 días

19/06/97 20/12/97 19/06/98 20/12/98

EL MANEJO EFICAZ DE LA NÓMINA

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3) Cada año de servicio representa la acumulación de dos (2) días de salario hasta un máximo de treinta (30)

días

Días adicionales de salario a pagar por cada año de servicio

99 00 01 02 03 04 05 06 07 08 09 10 11 12 13

Años

Días 2 4 6 8 10 12 14 16 18 20 22 24 26 28 30

102

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103

Aplicación de la base de cálculo: Aplicación de la base de cálculo: Salario mensual o el promedio anualSalario mensual o el promedio anual

Artículo 146 Parágrafo Segundo LOT: “...El salario base de cálculo para la prestación por antigüedad, en la forma y los términos establecidos en el artículo 108 de esta Ley, será el devengado en el mes correspondiente...”.

103

EL MANEJO EFICAZ DE LA NÓMINA

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104

La frase “...en la forma y los términos establecidos en el artículo 108 de esta Ley...” quiere decir que el Artículo 108 debe tomarse en todo su conjunto (prestación de antigüedad y prestación adicional), lo que significa que para el cálculo de lo que corresponde al trabajador por concepto de los dos (2) días de prestación adicional debe ser el devengado en el mes correspondiente.

104

EL MANEJO EFICAZ DE LA NÓMINA

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105

Artículo 71 RLOT: “...La referida prestación

adicional, será calculada con base en el

promedio de lo devengado por el trabajador en

el año respectivo...”.

105

EL MANEJO EFICAZ DE LA NÓMINA

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Forma de Forma de Acreditación, Acreditación,

Depósito y Pago de Depósito y Pago de los Intereses los Intereses MensualesMensuales

106

EL MANEJO EFICAZ DE LA NÓMINA

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107

Fórmula de cálculo de los Intereses Compuestos.

Artículo 108 LOT: ...“los intereses están exentos del Impuesto sobre la Renta, serán acreditados o depositados mensualmente y pagados al cumplir cada año de servicio, salvo que el trabajador, mediante manifestación escrita, decidiere capitalizarlos”.

107

EL MANEJO EFICAZ DE LA NÓMINA

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108

Fórmula de cálculo de los Intereses Fórmula de cálculo de los Intereses

Compuestos.Compuestos.

Al respecto, la Consultoría Jurídica del Ministerio del Trabajo en sus comentarios sobre la reforma de la Ley Orgánica del Trabajo, de fecha 10 de junio de 1.997, señala: “Este método de cálculo asegura, en primer lugar, que la prestación de antigüedad generará intereses inmediatamente que fuere causada y, en segundo lugar, que estos intereses serán capitalizables mensualmente.”CJMTFórmula:Capital generador de intereses x porcentaje tasa de interés / 360 x días que estuvo vigente la tasa

108

EL MANEJO EFICAZ DE LA NÓMINA

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Manejo Contable y Manejo Contable y Financiero de las Financiero de las Acreditaciones o Acreditaciones o

DepósitosDepósitos

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110

Art. 108 (LOT)

... Lo depositado o acreditado mensualmente se pagará al término de la relación de trabajo y devengará intereses según las siguientes opciones:a) Al rendimiento que produzcan los fideicomisos o los Fondos de Prestaciones de Antigüedad, según sea el caso y, en ausencia de éstos o hasta que los mismos se crearen, a la tasa del mercado si fuere en una entidad financiera;

110

EL MANEJO EFICAZ DE LA NÓMINA

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111

b) A la tasa activa determinada por el Banco Central de Venezuela, tomando como referencia los seis (6) principales bancos comerciales y universales del país; si el trabajador hubiese requerido que los depósitos se efectuasen en un fideicomiso individual o en un Fondo de Prestaciones de Antigüedad o en una entidad financiera, y el patrono no cumpliera con lo solicitado; y

111

EL MANEJO EFICAZ DE LA NÓMINA

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112

c) A la tasa promedio entre la activa y pasiva, determinada por el Banco Central de Venezuela, tomando como referencia los seis (6) principales bancos comerciales y universales del país, si fuere en la contabilidad de la empresa.

112

EL MANEJO EFICAZ DE LA NÓMINA

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113

La Potestad Absoluta del Trabajador sobre el Destino de sus Fondos

TrabajadorTrabajador

Patrono

Decide el destino de sus fondos

FideicomisoIndividual

ContabilidadFondos de

Prestaciones

Tasa Activa-Pasiva A la Tasa del Mercado,

mientras se creanA su Rendimiento

Tasa Activa, si no acatala decisión

del trabajador

EL MANEJO EFICAZ DE LA NÓMINA

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114

Régimen de Anticipos Y Régimen de Anticipos Y PréstamosPréstamos

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EL MANEJO EFICAZ DE LA NÓMINA

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ANTICIPOS

Norma aplicable:Artículo 108, Parágrafo Segundo LOT

Límite:El trabajador tiene derecho al anticipo hasta de un 75 % de lo acreditado o depositado

Frecuencia:Una (1) vez al año conforme al artículo 74 del RLOT, salvo que se trate de gastos por atención médica y hospitalaria.

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Causas por las cuales se pueden otorgar anticipos:

•Construcción, adquisición, mejora o reparación de vivienda para él y su familia;

•La liberación de hipoteca o de cualquier otro gravamen sobre vivienda de su propiedad;

•Las pensiones escolares para él, su cónyuge, hijos o con quien haga vida marital;

•Los gastos por atención médica y hospitalaria de las personas indicadas en el literal anterior.

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PRÉSTAMOSPRÉSTAMOS

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Es un contrato mediante el cual un particular se obliga a devolver el dinero que le ha sido otorgado.

Si la prestación está depositada en la contabilidad de la empresa, ésta queda obligado a otorgar al trabajador, del patrimonio de la propia empresa, a título de préstamo, una cantidad igual al 100% de lo depositado.

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La forma de pago de ese préstamo tendrá que establecerse por acuerdo entre patrono y trabajador, sin que exceda de la tercera parte del salario (Art. 165 LOT), pudiendo cobrarse intereses sobre el préstamo concedido.Si el patrono se niega a dar el préstamo, entonces tendrá que avalar el que solicite el trabajador al Banco y pagar la diferencia de los intereses. Ej.: Si la tasa de interés de ese mes del Banco es de 50%, y la tasa promedio para prestaciones es de 30%, el patrono tendrá que asumir el 20% de diferencia.

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