los realejos · web view2018/12/26  · sesiÓn jgl2018/25. acta de la sesiÓn de carÁcter...

165
SESIÓN JGL2018/25 ACTA DE LA SESIÓN DE CARÁCTER ORDINARIO CELEBRADA POR LA JUNTA DE GOBIERNO LOCAL EL DÍA 26 DICIEMBRE 2018. Asistentes: Sr. Alcalde - Presidente: D. Manuel Domínguez González Sres. Concejales: D.ª MARÍA NOELIA GONZÁLEZ DAZA D. DOMINGO GARCÍA RUIZ. D. MOISÉS DARÍO PÉREZ FARRÁIS D.ª LAURA MARÍA LIMA GARCÍA Sra. Secretaria en funciones: D.ª Raquel Oliva Quintero En la Histórica Villa de Los Realejos, Provincia de Santa Cruz de Tenerife, siendo las 14:06 horas, del día 26 de diciembre de 2018, se reúne, en la Sala de Prensa, la Junta de Gobierno Local, bajo la presidencia del Señor Alcalde, concurriendo los Sres./as Concejales/as relacionados al margen, haciendo constar que no asisten, D. ADOLFO GONZÁLEZ PÉREZ-SIVERIO, D. JOSÉ ALEXIS HERNÁNDEZ DORTA, todos ellos asistidos por la Sra. Secretaria en funciones, al objeto de celebrar la sesión ordinaria, en primera convocatoria, con arreglo al siguiente orden del día: ORDEN DEL DÍA 1. APROBACIÓN , SI PROCEDE, DEL ACTA DE LA SESIÓN DE CARÁCTER ORDINARIO CELEBRADA POR LA JUNTA DE GOBIERNO LOCAL EL DÍA 10/12/2018.- Dada cuenta del borrador de referencia, por unanimidad de todos los miembros presentes se aprueba el acta de la sesión de carácter ordinario celebrada por la Junta de Gobierno Local.

Upload: others

Post on 23-Dec-2020

2 views

Category:

Documents


0 download

TRANSCRIPT

SESIÓN JGL2018/25

ACTA DE LA SESIÓN DE CARÁCTER ORDINARIO CELEBRADA POR LA JUNTA DE GOBIERNO LOCAL EL DÍA 26 diciembre 2018.

Asistentes:

Sr. Alcalde - Presidente:

D. Manuel Domínguez González

Sres. Concejales:

D.ª MARÍA NOELIA GONZÁLEZ DAZA

D. DOMINGO GARCÍA RUIZ.

D. MOISÉS DARÍO PÉREZ FARRÁIS

D.ª LAURA MARÍA LIMA GARCÍA

Sra. Secretaria en funciones:D.ª Raquel Oliva Quintero

En la Histórica Villa de Los Realejos, Provincia de Santa Cruz de Tenerife, siendo las 14:06 horas, del día 26 de diciembre de 2018, se reúne, en la Sala de Prensa, la Junta de Gobierno Local, bajo la presidencia del Señor Alcalde, concurriendo los Sres./as Concejales/as relacionados al margen, haciendo constar que no asisten, D. ADOLFO GONZÁLEZ PÉREZ-SIVERIO, D. JOSÉ ALEXIS HERNÁNDEZ DORTA, todos ellos asistidos por la Sra. Secretaria en funciones, al objeto de celebrar la sesión ordinaria, en primera convocatoria, con arreglo al siguiente orden del día:

ORDEN DEL DÍA

1. APROBACIÓN, SI PROCEDE, DEL ACTA DE LA SESIÓN DE CARÁCTER ORDINARIO CELEBRADA POR LA JUNTA DE GOBIERNO LOCAL EL DÍA 10/12/2018.- Dada cuenta del borrador de referencia, por unanimidad de todos los miembros presentes se aprueba el acta de la sesión de carácter ordinario celebrada por la Junta de Gobierno Local.

1. Prorroga del Plan de Modernización Administrativa para el ejercicio 2019. Pr 767. Visto el expediente instruido para llevar a cabo la prórroga del Plan de Modernización administrativa con base en los siguientes:

ANTECEDENTES DE HECHO

I.- Por el Ingeniero Técnico del Plan de Modernización se ha emitido informe a sobre la situación actual del contenido del mismo y propuestas de inclusión de determinados aspectos para el próximo ejercicio 2019 cuyo tenor literal es el siguiente:

1. Introducción

Con fecha de diciembre de 2018 se aprueba prorrogar el Plan de Modernización Administrativa durante el periodo 2018 para dar cumplimiento a las exigencias planteadas por la organización de cara a mejorar la interacción de los ciudadanos de Los Realejos con su Ayuntamiento.

El objetivo general se estr0ucturó en tres objetivos estratégicos, que luego son desarrollados mediante una serie de estrategias y proyectos. Estos objetivos son los siguientes:

Objetivo 1: ATENCIÓN INTEGRAL AL CIUDADANO: Mejorar la atención e información al ciudadano, con la apertura e impulso de diferentes canales de comunicación, para favorecer la participación y transparencia informativa.

Objetivo 2: ORGANIZACIÓN ADMINISTRATIVA: Analizar y redefinir los procesos y procedimientos del Ayuntamiento de Los Realejos, mediante la simplificación, normalización y automatización progresiva de los procedimientos.

Objetivo 3: ADMINISTRACIÓN ELECTRÓNICA: Implantar, mantener y desarrollar las posibilidades de las nuevas tecnologías de la información y comunicación.

A cada objetivo se le asignan una o más estrategias, que actúan como guías para lograrlo. No obstante, una estrategia puede contribuir al cumplimiento de más objetivos que aquel al que se haya asociado en primer término. Las estrategias se clasifican y agrupan de acuerdo con los objetivos establecidos.

OBJETIVOS

ESTRATEGIAS

Objetivo 1: ATENCIÓN INTEGRAL AL CIUDADANO

1.1.- Mejora de la información y atención integral

del ciudadano

1.2.- Mejora de los servicios de atención

presencial, telefónica y telemática

Objetivo 2: ORGANIZACIÓN ADMINISTRATIVA

2.1.- Racionalización y simplificación

de procedimientos

Objetivo 3: ADMINISTRACIÓN ELECTRÓNICA

3.1.- Adaptación a las normativas: Ley 11/2007,

RD 3/2010 y RD 4/2010

3.2.- Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas

3.3.- Ley 40/2015 de Régimen Jurídico del Sector Público.

Para alcanzar los objetivos del Plan para el periodo 2018 se establecieron una serie de estrategias y, asociadas a estas, un conjunto de líneas de acciones que denominamos proyectos. El resultado final son 3 objetivos, 5 estrategias y 15 proyectos.

1. Objetivo 1: ATENCIÓN INTEGRAL AL CIUDADANO

El objetivo es acercar la administración del Ayuntamiento de Los Realejos al ciudadano, mejorando la atención e información en cualquiera de las formas de relación (presencial, telefónica y telemática) y para favorecer la participación y transparencia informativa. Para la consecución de este objetivo se estructuran dos líneas de actuación estratégica, que se articulan a través de cuatro proyectos.

1.1.- Mejora de la información y atención integral del ciudadano

1. Gestor de contenidos 010 – Servicios de tramitación telefónica

1.2.- Mejora de los servicios de atención presencial, telefónica y telemática

1. Plan de continuidad del PIAC

1. Oficina de registro de certificados de FNMT

1. Objetivo 2: ORGANIZACIÓN ADMINISTRATIVA

El objetivo es analizar y redefinir funciones, actividades, procedimientos y procesos del Ayuntamiento de Los Realejos, mediante la reordenación, normalización, simplificación y automatización progresiva de los mismos. Para la consecución de este objetivo se estructura una línea de actuación estratégica, que se articulan a través de un proyecto.

2.1.- Racionalización y simplificación de procedimientos

1. Incorporación de tramites al gestor de expedientes

1.

1. Objetivo 3: ADMINISTRACIÓN ELECTRÓNICA

El objetivo de esta línea de actuación estratégica es utilizar las posibilidades de las nuevas tecnologías de la información y comunicación mediante la promoción y difusión de las misma, así como la implantación de la administración electrónica para ofrecer una atención multicanal. Para la consecución de este objetivo se estructuran dos líneas de actuación estratégica, que se articulan a través de once proyectos.

3.1.- Adaptación a las normativas: Ley 11/2007, RD 3/2010 y RD 4/2010, RGPD

1. Securización de accesos al CPD

1. LOPD

1. Normalización del servicio de telecomunicaciones

3.2.- Implantación de servicios de administración electrónica

1. Puntos WIFI en edificios municipales

1. Mejoras en conectividad de edificios públicos

1. Estrategia de Ciudad Inteligente

1. Armario tecnológico

1. Evento tecnológico

1. ENS e ENI

1. Administración electrónica. Formación a la ciudadanía

1. Libros electrónicos para la ciudadanía

A continuación se enumeran todos los proyectos y acciones en la siguiente tabla:

Año

2018

Trimestre

1

2

3

4

Gestor de contenidos 010 – Servicios de tramitación

Plan de continuidad del PIAC

Oficina de registro de certificados FNMT

Expediente electrónico

Securización de accesos al CPD

LOPD

Normalización del servicio de telecomunicaciones

Puntos WIFI en edificios municipales

Mejoras en conectividad de edificios públicos

Administración electrónica: Formación a la ciudadanía

Difusión de libros electrónicos

ENS e ENI

Estrategia de Ciudad Inteligente

Armario tecnológico

Evento tecnológico

De forma resumida se detalla a continuación los avances y resultados en cada uno de los proyectos, así como una serie de actividades y proyecto que aunque no estaban previstas en el Plan han sido realizadas.

1. Gestor de contenidos 010 – Servicios de tramitación telefónica

Aplazado

1. Plan de continuidad del PIAC

Aplazado

1. Oficina de registro de certificados FNMT

Aplazado

1. Administración electrónica: Formación a la ciudadanía

Se realizan varias actuaciones para modernizar en equipamiento del aula de informática del ayuntamiento dotándole con 21 ordenadores, mesas y sillas, pizarra y aire acondicionado. De este modo esta organización contará con un aula totalmente renovada y equipada con las últimas tecnologías para la formación de sus empleados como a la ciudadanía.

1. Expediente electrónico, portafirmas y firma electrónica

El modelo electrónico es el de referencia, se hacen trabajos de modelado para permitir la tramitación completa de los procedimientos con mayor impacto en los centros de trabajo.

1. Securización de accesos al CPD

Aplazado

1. LOPD

Para dar cumplimiento al RGPD se contratan los servicios profesionales de auditoria, inventario y asesoramiento. Se ha realizado la primera reunión de trabajo y se están analizando todos los ficheros registrados ante la Agencia Española de Protección de Datos

1. Normalización del servicio de telecomunicaciones

Se ha publicado la licitación del servicio de telecomunicaciones, estimándose su adjudicación en los primeros meses del año 2019.

1. Puntos WIFI en edificios municipales

Se instalan y configuran tres nuevos puntos de acceso con gestión centralizada en las dependencias de Agencia de Desarrollo Local, Casa de La Parra y Juventud.

Se elaboran los Pliegos Técnicos para la licitación del servicio de WIFI en los edificios municipales.

1. Mejoras en conectividad de edificios públicos

Se instalan equipos de red para mejorar las prestaciones en las dependencias de Agencia de Desarrollo Local, CPD y Policía (nodos de la red troncal en anillo de fibra municipal).

1. Estrategia de Ciudad Inteligente

Aplazado

1. ENS y ENI

Aplazado, está condicionado a la finalización del proyecto de LOPD y cumplimiento de RGPD

1. Armario tecnológico

Se adquieren los equipos informáticos portátiles.

1. Evento tecnológico

Foro ciencia y tecnología con talleres y demostraciones durante todo el día de las más avanzadas tecnologías, dispositivos de última generación y experimentos científicos.

Acciones/proyectos no contemplados en el Plan de Modernización pero que han sido puestas en marcha o renovados en el 2018.

Objetivo 1: ATENCIÓN INTEGRAL AL CIUDADANO

1. Se da continuidad al servicio del 010

1. Se da continuidad al servicio de CitaPrevia en Urbanismo

1. Se da continuidad al servicio de Incidencias de Ciudadanos ante Alcaldía

1. Se da continuidad al servicio de Zona Azul

Objetivo 2: ORGANIZACIÓN ADMINISTRATIVA

1. Incorporación de una técnico auxiliar para dar cobertura al primer nivel del CAU y soporte de administración electrónica. (inicio enero 2019)

Objetivo 3: ADMINISTRACIÓN ELECTRÓNICA

1. Puesta en funcionamiento de servicio de copias de seguridad con nuevas funcionalidades

1. Mejoras en la seguridad del correo electrónico

1. Mejoras en la conexión de acceso a Internet

1. Oportunidades de mejora/acciones pendientes

El plazo finaliza en diciembre de 2018 y aún siguen actuaciones pendientes de realizar para poder dar cumplimiento a la exigencia contenida en la Disposición adicional séptima de la Ley 2/2011, de 4 de marzo de Economía Sostenible, Ley 39/2015 y Ley 40/2015, RGPD.

Siguen estando vigentes los tres objetivos estratégicos y a continuación se enumeran los proyectos previstos y a que día de hoy están pendientes por realizar.

Año

2019

Trimestre

1

2

3

4

Gestor de contenidos 010 – Servicios de tramitación

Plan de continuidad del PIAC

Oficina de registro de certificados FNMT

Expediente electrónico

Securización de accesos al CPD

LOPD, RGPD

Normalización del servicio de telecomunicaciones

Puntos WIFI en edificios municipales

Mejoras en conectividad de edificios públicos

Administración electrónica: Formación a la ciudadanía

Difusión de libros electrónicos

ENS e ENI

Estrategia de Ciudad Inteligente

Armario tecnológico: Formación a la ciudadanía

Evento tecnológico

Servicio de impresión en salas de estudio

Actualización de sistemas operativos de servidores

PRIMERO: Aprobar el siguiente calendario de trabajo para ejecutar las actividades necesarias para dar cumplimiento al programa para la puesta en servicio de la administración electrónica en el Excmo. Ayuntamiento de Los Realejos y de sus organismos dependientes, que se detalla seguidamente:

La duración de este programa será de 12 meses, estableciéndose como fecha de comienzo el día siguiente a su aprobación.

La dotación de medios y recursos de toda índole será imprescindible para alcanzar los objetivos propuestos en este programa, para ello el Ayuntamiento establece como presupuesto económico para el ejercicio contable 2019:

Personal

152.456,00

Proyectos

55.160,00

Total

207.616,00

SEGUNDO: Prorrogar el Plan de Modernización Administrativa elaborado por el Ayuntamiento de Los Realejos durante el período 2019.

CONSIDERACIONES JURÍDICAS

Primero.- Considerando lo dispuesto en el artículo 12 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre del procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas según el cual se impulsa el empleo y la aplicación de técnicas y medios electrónicos, informáticos y telemáticos por parte de la Administración en su relación con los ciudadanos.

Segundo.- Considerando que la nueva normativa impulsa una nueva concepción al construir su regulación sobre la base del derecho de los ciudadanos a utilizar los medios de comunicación electrónica para relacionarse con la Administración y ejercer sus derechos. Este singular punto de partida que pone al ciudadano y sus derechos en la base de todo, no sólo significa la imposición de un compromiso jurídico de incorporar las tecnologías de la información a la totalidad de las funciones administrativas. También, implica la consideración del ciudadano como portador de derechos de prestación que la Administración debe satisfacer de forma efectiva.

Tercero.- Considerando, que dado el cumplimiento de los anteriores preceptos legales, resulta preciso prorrogar el Plan de Modernización citado así como proceder a la aprobación del programa y calendario de trabajo.

Cuarto.- Considerando, respecto a la competencia, que corresponde a la Alcaldía-Presidencia la aprobación de proyectos a tenor de lo dispuesto en la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, si bien dicha competencia ha sido delegada en la Junta de Gobierno Local por Decreto de la Alcaldía-Presidencia de 15 de junio de 2015

Visto todo lo anterior, la Junta de Gobierno Local, en virtud de la facultad delegada por el Decreto de la Alcaldía-presidencia nº 1263/15, de 15 de junio, por la que se delegan facultades en la Junta de Gobierno Local, y por UNANIMIDAD de todos sus miembros presentes, adopta el siguiente ACUERDO:

PRIMERO.- Aprobar y hacer público el siguiente programa y calendario de trabajo para la prórroga del Plan de Modernización en el Excmo. Ayuntamiento de Los Realejos y de sus organismos dependientes, detallado en el expositivo del presente acuerdo.

SEGUNDO: Prorrogar el Plan de Modernización Administrativa elaborado por el Ayuntamiento de Los Realejos actualmente vigente, para el período 2019.

1. dación de cuenta Decreto ALCALDÍA PRESIDENCIA Nº 2018/2392, de 13 de diciembre de rectificación del servicio de talleres de navidad. Pr 768. Se da cuenta del Decreto mencionado anteriormente, dándose por enterados todos los miembros de la Junta de Gobierno Local presentes, cuyo tenor literal es el siguiente:

“Visto el expediente instruido para llevar a cabo la contratación del SERVICIO DE TALLERES DE ANIMACIÓN Y AMBIENTACIÓN NAVIDEÑA EN ZONAS DISEMINADAS EN EL MUNICIPIO Y ASOCIACIONES DE VECINOS Y ANIMACIÓN Y DINAMIZACIÓN EN LA CAMPAÑA DE NAVIDAD EN ZONAS COMERCIALES ABIERTAS, mediante PROCEDIMIENTO ABIERTO SIMPLIFICADO SUMARIO Y TRAMITACIÓN ORDINARIA, conforme a los siguientes:

ANTECEDENTES DE HECHO

1º.- Mediante Decreto 2018/2344, de 3 de diciembre se aprobó el referido expediente de contratación, consignándose por error los siguientes importes de cada uno de los lotes:

Lote

Presupuesto sin IGIC

IGIC total

Precio total

Lote 1.- Servicio de talleres de animación y ambientación navideña en zonas diseminadas y asociaciones de vecinos

3.409,77 euros

238,68 euros

3.648,45 euros

Lote 2.- Servicio de animación y dinamización en la campaña de navidad en zonas comerciales abiertas

2.335,00 euros

163,45 euros

2.498,45 euros

TOTAL

5.744,77 euros

402,13 euros

6.146,90 euros

2º.- Los importes correctos son los siguientes: conforme a la cláusula 5.2 del pliego en el que está consignado correctamente:

Lote

Presupuesto sin IGIC

IGIC total

Precio total

Lote 1.- Servicio de talleres de animación y ambientación navideña en zonas diseminadas y asociaciones de vecinos

2.335,00 euros

163,45 euros

2.498,45 euros

Lote 2.- Servicio de animación y dinamización en la campaña de navidad en zonas comerciales abiertas

3.409,77 euros

238,68 euros

3.648,45 euros

TOTAL

5.744,77 euros

402,13 euros

6.146,90 euros

CONSIDERACIONES JURÍDICAS

I.- La contratación, que motiva el presente expediente, se califica como contrato de servicios de carácter administrativo, de conformidad con lo establecido en el artículo 17 de la Ley

9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014 (en adelante LCSP). Como contrato administrativo se regirá en cuanto a su preparación, adjudicación, efectos y extinción por el citado texto y sus disposiciones de desarrollo; supletoriamente se aplicará las restantes normas de derecho administrativo, y, en su defecto, las normas de derecho privado (art.º 25 LCSP).

II.- El artículo 122.1 de la LCSP establece “los pliegos de cláusulas administrativas particulares deberán aprobarse previamente a la autorización del gasto o conjuntamente con ella, y siempre antes de la licitación del contrato, o de no existir esta, antes de su adjudicación, y solo podrán ser modificados con posterioridad por error material, de hecho o aritmético. En otro caso, la modificación del pliego conllevará la retroacción de actuaciones.”

III.- De conformidad con la Disposición Adicional segunda de la LCSP señala que “1. Corresponden a los Alcaldes y a los Presidentes de las Entidades locales las competencias como órgano de contratación respecto de los contratos de obras, de suministro, de servicios, de gestión de servicios públicos, los contratos administrativos especiales, y los contratos privados cuando su importe no supere el 10 % de los recursos ordinarios del presupuesto ni, en cualquier caso, la cuantía de seis millones de euros, incluidos los de carácter plurianual cuando su duración no sea superior a cuatro años, siempre que el importe acumulado de todas sus anualidades no supere ni el porcentaje indicado, referido a los recursos ordinarios del presupuesto del primer ejercicio, ni la cuantía señalada.

Asimismo corresponde a los Alcaldes y a los Presidentes de las Entidades locales la adjudicación de concesiones sobre los bienes de las mismas y la adquisición de bienes inmuebles y derechos sujetos a la legislación patrimonial cuando su valor no supere el 10 % de los recursos ordinarios del presupuesto ni el importe de tres millones de euros, así como la enajenación del patrimonio, cuando su valor no supere el porcentaje ni la cuantía indicados.”

No obstante dicha competencia ha sido delegada por el Sr. Alcalde-Presidente en la Junta de Gobierno Local en virtud del Decreto de la Alcaldía-Presidencia nº 1263/15, de 15 de junio, siendo, por tanto, dicho órgano colegiado el competente en el presente expediente, no obstante, la necesidad de agilizar la tramitación del expediente, procede avocar la competencia delegada por la Alcaldía Presidencia.

En consecuencia, esta Alcaldía-Presidencia en el ejercicio de las atribuciones que la vigente legislación le confiere, RESUELVE:

"PRIMERO.- Avocar la competencia delegada a la Junta de Gobierno Local, conferida mediante decreto de la Alcaldía-Presidencia nº 1263/15, de fecha 15 de junio, referida a la rectificación del expediente de contratación del SERVICIO DE TALLERES DE ANIMACIÓN Y AMBIENTACIÓN NAVIDEÑA EN ZONAS DISEMINADAS EN EL MUNICIPIO Y ASOCIACIONES DE VECINOS Y ANIMACIÓN Y DINAMIZACIÓN EN LA CAMPAÑA DE NAVIDAD EN ZONAS COMERCIALES ABIERTAS

SEGUNDO.- Rectificar la cláusula 1.1 del pliego de probar el Pliego de Condiciones Económico-Administrativas del SERVICIO DE TALLERES DE ANIMACIÓN Y AMBIENTACIÓN NAVIDEÑA EN ZONAS DISEMINADAS EN EL MUNICIPIO Y ASOCIACIONES DE VECINOS Y ANIMACIÓN Y DINAMIZACIÓN EN LA CAMPAÑA DE NAVIDAD EN ZONAS

COMERCIALES ABIERTAS, aprobado por Decreto 20182344, de 3 de diciembre, en el siguiente sentido:

Lote

Presupuesto sin

IGIC

IGIC total

Precio total

Lote 1.- Servicio de talleres de animación y ambientación navideña en zonas diseminadas y

asociaciones de vecinos

2.335,00 euros

163,45 euros

2.498,45 euros

Lote 2.- Servicio de animación y dinamización en la campaña de navidad en zonas comerciales

abiertas

3.409,77 euros

238,68 euros

3.648,45 euros

TOTAL

5.744,77 euros

402,13 euros

6.146,90 euros

TERCERO.- Publicar anuncio de licitación en el Perfil del Contratante del Ayuntamiento de Los Realejos alojado en la Plataforma de Contratación del Sector Público.

CUARTO.- Dar cuenta de la presente resolución en la Junta de Gobierno Local”.

1. ASUNTOS URGENTES.- previa declaración de urgencia adoptada por unanimidad de los miembros presentes que constituyen mayoría absoluta del número legal de los que forman la Junta de Gobierno Local, se pasa a tratar los siguientes asuntos, no incluidos en el orden del día:

0. AprobaCIÓN Del proyecto denominado “REPAVIMENTACIÓN DE LA CALLE ISLA DE LA GRACIOSA”. PR 795. En relación con el proyecto denominado “PROYECTO DE REPAVIMENTACIÓN DE LA CALLE ISLA DE LA GRACIOSA”, redactado por el Arquitecto de la Gerencia Municipal de Urbanismo cuyo presupuesto de licitación asciende a la cantidad de 55.624,19€, IGIC no incluido y liquidado al tipo 7%.

Resultando que de conformidad con el artículo 3.2.1. de los Estatutos de la Gerencia Municipal de Urbanismo corresponde a ésta entre sus competencias preparar y proponer a la aprobación de las autoridades competentes cualquier clase de documentos y proyectos de índole urbanística que deba formular el Ayuntamiento.

Considerando lo dispuesto en los artículos 93 del Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local, aprobado por Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y 229.2 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Corporaciones Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre.

Visto todo lo anterior, la Junta de Gobierno Local, en virtud de la facultad delegada por el Decreto de la Alcaldía-presidencia nº 1263/15, de 15 de junio, por la que se delegan facultades en la Junta de Gobierno Local, y por UNANIMIDAD de todos sus miembros presentes, adopta el siguiente ACUERDO:

PRIMERO.- Aprobar el proyecto denominado “REPAVIMENTACIÓN DE LA CALLE ISLA DE LA GRACIOSA”, de fecha 26 de diciembre de 2018, redactado por el Arquitecto de la Gerencia Municipal de Urbanismo cuyo presupuesto de licitación asciende a la cantidad de 55.624,19€, IGIC no incluido y liquidado al tipo 7%.

SEGUNDO.- Encomendar que la Dirección Técnica del citado proyecto se lleve a cabo por el Arquitecto de la Gerencia Municipal de Urbanismo Don Agustín Francisco Hernández Fernández.

0. AprobaCIÓN Del proyecto denominado “Repavimentación de tramo de vía en la Calle Lanzarote”. PR 793. En relación con el proyecto denominado “Repavimentación de tramo de vía en la Calle Lanzarote”, redactado por el Arquitecto de la Gerencia Municipal de Urbanismo cuyo prepuesto de licitación asciende a la cantidad de 108.937,390€, IGIC no incluido y liquidado al tipo 7%.

Resultando que de conformidad con el artículo 3.2.1 de los Estatutos de la Gerencia Municipal de Urbanismo corresponde a ésta entre sus competencias preparar y proponer a la aprobación de las autoridades competentes cualquier clase de documentos y proyectos de índole urbanística que deba formular el Ayuntamiento.

Considerando lo dispuesto en los artículos 93 del Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen local, aprobado por Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y 229.2 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Corporaciones Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre.

Visto todo lo anterior, la Junta de Gobierno Local, en virtud de la facultad delegada por el Decreto de la Alcaldía-presidencia nº 1263/15, de 15 de junio, por la que se delegan facultades en la Junta de Gobierno Local, y por UNANIMIDAD de todos sus miembros presentes, adopta el siguiente ACUERDO:

PRIMERO.- Aprobar el proyecto denominado “Repavimentación de tramo de vía en la Calle Lanzarote”, redactado por el Arquitecto de la Gerencia Municipal de Urbanismo cuyo prepuesto de licitación asciende a la cantidad de 108.937,390€, IGIC no incluido y liquidado al tipo 7%.

SEGUNDO.- Encomendar que la Dirección Técnica del citado proyecto se lleve a cabo por el Arquitecto Municipal de la Gerencia Municipal de Urbanismo Don Agustín Francisco Hernández Fernández.

0. DACIÓN DE CUENTA DE LA RESOLUCIÓN DE LA ALCALDÍA-PRESIDENCIA 2018/2408, DE 17 DE DICIEMBRE RELATIVA A LA APROBACIÓN DEL PROYECTO DENOMINADO “PROYECTO BÁSICO Y DE EJECUCIÓN PARA LA REMODELACIÓN Y MEJORA DE LA PLAZA VIERA Y CLAVIJO”. PR 772. Se da cuenta del Decreto mencionado anteriormente, dándose por enterados todos los miembros de la Junta de Gobierno Local presentes, cuyo tenor literal es el siguiente:

“En relación con el Proyecto denominado “PROYECTO BASICO Y DE EJECUCION PARA LA REMODELACION Y MEJORA DE LA PLAZA VIERA Y CLAVIJO”, con un presupuesto de licitación de SETECIENTOS QUINCE MIL DOSCIENTOS VEINTINUEVE EUROS CON SESENTA Y SEIS CENTIMOS (715.229,66 €) IGIC incluido y liquidado al 7% desglosado en QUINIENTOS SETENTA Y CUATRO MIL NOVECIENTOS TREINTA Y NUEVE EUROS CON SETENTA Y OCHO CENTIMOS (574.939,78 €) de proyecto de obra civil, redactado por contratación externa a OA3 Oficina de Arquitectura Tres SLP (obra civil), al cual se acompaña el proyecto de Instalaciones de Baja Tensión para Reforma de la Plaza Viera y Clavijo con un presupuesto de CIENTO CUARENTA MIL DOSCIENTOS OCHENTA Y NUEVE EUROS CON OCHENTA Y OCHO CENTIMOS (140.289,88 €) redactado por contratación externa a la Ingeniera Técnica Industrial Dª Sonia Pérez Dorta

Dicha actuación busca dar una imagen de continuidad que unifique en un único espacio la Plaza Viera y Clavijo, la Plaza de la Unión, el actual espacio destinado a aparcamiento frente a la Biblioteca Municipal, dentro de los límites del entorno BIC Iglesia de Santiago Apóstol, modificando los pavimentos existentes, unificándolos en toda la actuación, a excepción de la vía de tráfico y con el cambio de la barandilla perimetral de la plaza, la cual se sustituye por otra más permeable a la vista. Se mejoran las condiciones preexistentes en materia de accesibilidad y supresión de barreras físicas tanto del espacio urbano ya consolidado como de acceso al BIC

Dicha actuación se encuentra incluida dentro del Plan Insular de Cooperación a las Obras y Servicios de Interés Municipal 2014/2017 y ha sido remitida para informes sectoriales al Servicio Administrativo de Carreteras y Paisaje y al Servicio de Patrimonio Histórico del Excmo. Cabildo Insular de Tenerife así como al Instituto de Astrofísica de Canarias. En este sentido, han sido emitidos informes favorables (sometidos a determinados condicionantes) por el Servicio de Patrimonio Histórico (27/11/2018), Servicio de Carreteras y Paisaje (28/11/2018) e Instituto de Astrofísica de Canarias (28/11/2018)

Considerando lo dispuesto en los artículos 93 del Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local, aprobado por Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril (BB.OO.EE. núms. 96 y 97, de 22 y 23 de abril de 1986), Ley 39/15 de 1 de octubre de, Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y 229.2 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Corporaciones Locales, aprobado por Real Decreto 2.568/1986, de 28 de noviembre (B.O.E. nº 305, de 22-12-1986; c.e. en B.O.E. nº 12 de 14-01-1987).

Considerando lo dispuesto en el artículo artº. 10 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, según el cual “Los órganos superiores podrán avocar para sí el conocimiento de un asunto cuya resolución corresponda ordinariamente o por delegación a sus órganos administrativos dependientes, cuando circunstancias de índole técnica, económica, social, jurídica o territorial lo hagan conveniente. En los supuestos de delegación de competencias en órganos no jerárquicamente dependientes, el conocimiento de un asunto podrá ser avocado únicamente por el órgano delegante. En todo caso, la avocación se realizará mediante acuerdo motivado que deberá ser notificado a los interesados en el procedimiento, si los hubiere, con anterioridad a la resolución final que se dicte. Contra el acuerdo de avocación no cabrá recurso, aunque podrá impugnarse en el recurso que, en su caso se interponga contra la resolución del procedimiento”.

De conformidad con la Disposición Adicional Segunda del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, la competencia para contratar en el presente procedimiento viene atribuida a la Alcaldía-Presidencia la cual ha delegado la misma en la Junta de Gobierno Local por Decreto nº 1263/15, de fecha 15 de junio, siendo por tanto dicho órgano el competente en el presente expediente. No obstante, en el presente supuesto, y dado que no está previsto la celebración de sesiones de la Junta de Gobierno Local hasta el 12 de diciembre del presente año, resulta preciso avocar la competencia delegada por parte de la Alcaldía, al amparo de lo establecido en artº. 10 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

En su consecuencia, esta Alcaldía-Presidencia, en el ejercicio de las facultades que la vigente legislación le confiere, RESUELVE:

"PRIMERO.- Avocar la competencia delegada a la Junta de Gobierno Local, conferida mediante decreto de la Alcaldía-Presidencia nº 1263/15, de fecha 15 de junio, referida a la aprobación del proyecto denominado “PROYECTO BASICO Y DE EJECUCION PARA LA REMODELACION Y MEJORA DE LA PLAZA VIERA Y CLAVIJO

SEGUNDO.- Aprobar el proyecto denominado “PROYECTO BASICO Y DE EJECUCION PARA LA REMODELACION Y MEJORA DE LA PLAZA VIERA Y CLAVIJO”, con un presupuesto de licitación de SETECIENTOS QUINCE MIL DOSCIENTOS VEINTINUEVE EUROS CON SESENTA Y SEIS CENTIMOS (715.229,66 €) IGIC incluido y liquidado al 7% desglosado en QUINIENTOS SETENTA Y CUATRO MIL NOVECIENTOS TREINTA Y NUEVE EUROS CON SETENTA Y OCHO CENTIMOS (574.939,78 €) de proyecto de obra civil, redactado por contratación externa a OA3 Oficina de Arquitectura Tres SLP (obra civil), al cual se acompaña el proyecto de Instalaciones de Baja Tensión para Reforma de la Plaza Viera y Clavijo con un presupuesto de CIENTO CUARENTA MIL DOSCIENTOS OCHENTA Y NUEVE EUROS CON OCHENTA Y OCHO CENTIMOS (140.289,88 €) redactado por contratación externa a la Ingeniera Técnica Industrial Dª Sonia Pérez Dorta

TERCERO.- Proponer que la dirección técnica del citado proyecto se lleve por los Técnicos de la Gerencia Municipal de Urbanismo

CUARTO.- Dar cuenta de la presente resolución a la Junta de Gobierno Local.”

0. DACION DE CUENTA DE LA RESOLUCIÓN DE LA ALCALDÍA-PRESIDENCIA Nº 2018/2437, DE 19 DE DICIEMBRE, RELATIVA A LA MODIFICACIÓN DEL CONTRATO DE OBRAS COMPRENDIDAS EN EL PROYECTO DENOMINADO “CERRAMIENTO DE LA CANCHA DEPORTIVA ANEXA AL PABELLÓN MUNICIPAL DE LA CARRERA (COMPLEJO DEPORTIVO BASILIO LABRADOR)”. PR 780. Se da cuenta del Decreto mencionado anteriormente, dándose por enterados todos los miembros de la Junta de Gobierno Local presentes, cuyo tenor literal es el siguiente:

“Visto el expediente instruido para llevar a cabo la contratación de las obras comprendidas en el proyecto denominado "CERRAMIENTO DE LA CANCHA DEPORTIVA ANEXA AL PABELLÓN MUNICIPAL DE LA CARRERA (COMPLEJO DEPORTIVO BASILIO LABRADOR)”mediante procedimiento abierto y oferta económicamente más ventajosa con varios criterios de adjudicación, conforme a los siguientes:

ANTECEDENTES DE HECHO

1º.- Con fecha 1 de agosto de 2018 se firmó el acta de comprobación de replanteo de las reseñadas obras.

2º.- Con fecha 10/12/2018 se firma acta de precios contradictorios entre la empresa contratista y la dirección facultativa de las obras, existiendo conformidad con los precios que se indican en el siguiente apartado. Por tal motivo, no se formula audiencia a la empresa contratista, dada su conformidad con los precios.

3º.- Consta informe del Arquitecto Técnico de la Unidad de Proyectos y Obras municipales del siguiente tenor literal.

“En relación con la ejecución de las Obras denominadas "CERRAMIENTO DE LA CANCHA DEPORTIVA ANEXA AL PABELLÓN MUNICIPAL DE LA CARRERA" adjudicada a la empresa FALISA, S.L. el técnico que suscribe INFORMA:

Que una vez adjudicado los trabajos, se comprobó que hubo una serie de omisiones en la redacción del proyecto que se describen a continuación:

- No se contempló en las instalaciones provisionales de la obra el desvío de la línea de derivación individual de alimentación eléctrica del Pabellón, por lo que se tuvo que realizar la misma para seguir dando servicio al edificio.

- Las tapas registro previstas en la canalización de media tensión proyectada (tipo A3), no cumplían con la normativa en vigor de la compañía suministradora ENDESA por lo que se tuvieron que sustituir por tapas tipo AR2.

- Las canalizaciones de pluviales y saneamiento del Pabellón de la Carrera estaban vertiendo actualmente a una fosa y un pozo absorbente, por lo que hemos tenido que conectar definitivamente la canalización de pluviales a la red existente en la vía pública y dejar prevista la preconexión de saneamiento al no existir ésta instalación en la calle.

- En los trabajos de apertura de zanjas para ejecutar la nueva cimentación han aparecido instalaciones de abastecimiento y electricidad que se han tenido de desviar para proseguir con los trabajos necesarios de ejecución de cimientos.

Todo ello se ha justificado según lo establecido en el RDL 3/2011 de 14 de Noviembre art. 107.1 apart. a), siendo indispensable introducir nuevos precios contradictorios para poder continuar con el proyecto de obras adjudicado, así mismo no se altera las condiciones esenciales de la licitación y no es necesario la redacción de un proyecto modificado.

Estas modificaciones han supuesto un sobrecoste de 13.006,38 € (i.g.i.c. incluido liquidado al tipo cero) y han generado los siguientes precios nuevos:

PN 01.- Desvío provisional de línea de derivación individual de alimentación del Pabellón La Carrera, que incluye:

Desconexiones, retirada de línea, tramo nueva canalización en montantes de fachada norte del pabellón, tramo de canalización por descansillo de escalera de emergencia norte, y nuevo trazado de línea por interior de pared de lado oeste de Pabellón, fijada mediante grapas a viga de nivel intermedio de cerramiento, hasta cuadro de pabellón y reposición de conexión, incluso ayudas de albañilería, totalmente terminado.

PN 02.- Sustitución de tapa y marco de arqueta de nuev a canalización de MT tipo A3 por tapa tipo AR2 de 1250x 750 mm, D400, con v iga transv ersal, según norma de compañía suministradora Endesa, homologada, incluso ay udas de albañilería. Totalmente instalada.

PN 03.- Tubería de pluviales de polietileno de alta densidad, SN-8 (rigidez anular nominal 8 kN/m²), según UNE-EN 13476, Condusan (T.P.P. Tuberías y perfiles plásticos) o equivalente, de D 200 mm, compuesta de dos capas: una exterior en color negro y corrugada y una interior lisa y en color blanco, con junta elástica, incluso excavación con extracción de tierras al borde, solera de arena de 10 cm de espesor, colocación de la tubería, relleno y compactación de la zanja con arena volcánica, carga y transporte de tierras a vertedero. Totalmente instalada y probada, según C.T.E. DB HS-5 y UNE-ENV 13801.

PN 04.- Tubería de pluviales SN-4, de PVC-U, UNE-EN 1401-1, T.P.P. (Tuberías y perfiles plásticos) o equivalente, de D 250 mm y 6,2 mm de espesor, color teja, con junta elástica, enterrada en zanja, con p.p. de piezas especiales, incluso corte de la calzada con disco de diamante, demolición de asfalto, bordillo y loseta hidráulica, excavación con extracción de tierras al borde, solera de arena de 10 cm de espesor, colocación de la tubería, relleno y compactación de la zanja con arena volcánica, solera de hormigón en masa, baldosa hidráulica, p.p. de bordillo de hormigón, pavimento asfáltico, señalización, carga, transporte de tierras a vertedero y acometida al pozo existente. Totalmente instalada y probada, según C.T.E. DB HS-5.

PN 05.- Tubería de saneamiento de polietileno de alta densidad, SN-8 (rigidez anular nominal 8 kN/m²), según UNE-EN 13476, Condusan (T.P.P. Tuberías y perfiles plásticos) o equivalente, de D 315 mm, compuesta de dos capas: una exterior en color negro y corrugada y una interior lisa y en color blanco, con junta elástica, incluso excavación con extracción de tierras al borde, solera de arena de 10 cm de espesor, colocación de la tubería, relleno y compactación de la zanja con arena volcánica, carga y transporte de tierras a vertedero. Totalmente instalada y probada, según C.T.E. DB HS-5 y UNE-ENV 13801.

PN 06.- Pozo de registro circular (parte fija), prefabricado de hormigón armado, de diámetro interior 1,20 m, con marcado CE s/UNE-EN 1917 y UNE 127917, formado por pieza inferior constituída por base de pozo de 1200x1000 mm (Dxh) y pieza superior constituída por cono de 1200/625x1000 mm (D inf/sup x h), incluso pates montados en fábrica, registro reforzado D 400, s/UNE EN 124, de fundición dúctil EJ-Norinco o equivalente, de D=600 mm, juntas de estanqueidad o material de sellado, conexión a conducciones, incluso excavación precisa, relleno de trasdós con carga y transporte de tierras sobrantes a vertedero, totalmente terminado, según C.T.E. DB HS-5.

PN 07.- Pozo de registro circular (parte variable), prefabricado de hormigón armado, de diámetro interior 1,20 m, con marcado CE s/UNE-EN 1917 y UNE 127917, formado por anillos de 1200/1200 mm (Dxh), incluso pates montados en fábrica, juntas de estanqueidad o material de sellado, incluso excavación precisa, relleno de trasdós con carga y transporte de tierras sobrantes a vertedero, totalmente terminado, según C.T.E. DB HS-5.

PN 08.- Desvío de canalizaciones enterradas de suministro de agua consistentes en

- Corte de pavimento continuo de hormigón y demolición

- Demolición de pavimento de granito artificial y reposición del mismo i/atezado

- Excavación manual para enterrar canalizaciones y posterior relleno

- Desmontaje y desvío de canalizaciones existentes

- Reposición de pavimento continuo de hormiigón

Instalada y probada. Según C.T.E. DB HS-4, Decreto 134/2011 Consejería de Industria y UNE-ENV 12108.

PN 09.- Partida de desvío de líneas que alimentan los subcuadros de los cuartos de bombas, almacén y vestuarios de planta baja del Pabellón, consistente en 4 líneas de diferentes secciones, tubo corrugado enterrado y empotrado, así como nueva caja de registro empotrada tipo PT-9, para conexiones, en pared de taller, y canalización a arqueta existente. Nueva instalación de arqueta de paso, de poliester de 40x 40 cm en pasillo de acceso. Incluso ayudas de albañilería necesarias. Totalmente terminado.”

4º.- Por la Intervención Municipal se ha expedido el documento acreditativo de la existencia de crédito suficiente y adecuado para atender a las obligaciones económicas que se deriven de la modificación del contrato, con cargo a la aplicación PBA 342 62200, por importe de 13.006,38 euros para atender el gasto previsto.

CONSIDERACIONES JURÍDICAS

I.- De conformidad con la disposición transitoria primera de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos de Sector Público, "Los expedientes de contratación iniciados antes de la entrada en vigor de esta Ley se regirán por la normativa exterior", esto es, por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre.

II.- La contratación, que motiva el presente expediente, se califica como contrato de obras de carácter administrativo, de conformidad con lo establecido en los artículos 6 y 19 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público (en adelante TRLCSP) con las modificaciones introducidas al mencionado texto legal por la Ley 14/2013 de 27 de septiembre y Ley 25/2013 de 27 de diciembre de impulso de la factura electrónica y creación del registro contable de facturas en el sector público. Como contrato administrativo se regirá en cuanto a su preparación, adjudicación, efectos y extinción por la citada Ley y sus disposiciones de desarrollo; supletoriamente se aplicará las restantes normas de derecho administrativo, y, en su defecto, las normas de derecho privado (art.º 19 TRLCSP).

Al presente contrato le resulta de aplicación del mencionado Texto Refundido, en base a lo dispuesto en la Disposición transitoria primera apartado segundo de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014.

III.- Conforme a lo dispuesto en el artículo 107 del TRLCSP señala que.” 1. Las modificaciones no previstas en los pliegos o en el anuncio de licitación solo podrán efectuarse cuando se justifique suficientemente la concurrencia de alguna de las siguientes circunstancias:

1. Inadecuación de la prestación contratada para satisfacer las necesidades que pretenden cubrirse mediante el contrato debido a errores u omisiones padecidos en la redacción del proyecto o de las especificaciones técnicas.”

A este respecto consta informe de los errores padecidos en el proyecto, y que se hace indispensable introducir estos precios para poder continuar con el proyecto de obras adjudicado.

IV.- Procede iniciar expediente de modificación del contrato y será necesario dar audiencia a la empresa contratista por un plazo de cinco días hábiles. No obstante, en el presente supuesto existe conformidad con los nuevos precios a introducir en el proyecto, asimismo, no se supera el porcentaje del 10% previsto en el artículo 107.3 apartado d) del TRLCSP

V.- De conformidad con la disposición adicional 2ª apartado 1 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre atribuye la competencia para aprobar la modificación del contrato en el presente procedimiento viene atribuida a la Alcaldía-Presidencia. No obstante, dicha competencia ha sido delegada por el Sr. Alcalde-Presidente en la Junta de Gobierno Local.

En consecuencia, esta Alcaldía-Presidencia en el ejercicio de las atribuciones que la vigente legislación le confiere, RESUELVE:

"PRIMERO. Avocar la competencia delegada en la Junta de Gobierno Local mediante Decreto nº 1263/15, de fecha 15 de junio, referida a la modificación del contrato "CERRAMIENTO DE LA CANCHA DEPORTIVA ANEXA AL PABELLÓN MUNICIPAL DE LA CARRERA (COMPLEJO DEPORTIVO BASILIO LABRADOR)”

SEGUNDO. Aprobar la modificación del contrato de obras comprendidas en el proyecto denominado "CERRAMIENTO DE LA CANCHA DEPORTIVA ANEXA AL PABELLÓN MUNICIPAL DE LA CARRERA (COMPLEJO DEPORTIVO BASILIO LABRADOR)” al amparo del artículo 107.2 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, a efectos de incluir los siguientes precios contradictorios:

PN 01.- Desvío provisional de línea de derivación individual de alimentación del Pabellón La Carrera, que incluye:

Desconexiones, retirada de línea, tramo nueva canalización en montantes de fachada norte del pabellón, tramo de canalización por descansillo de escalera de emergencia norte, y nuevo trazado de línea por interior de pared de lado oeste de Pabellón, fijada mediante grapas a viga de nivel intermedio de cerramiento, hasta cuadro de pabellón y reposición de conexión, incluso ayudas de albañilería, totalmente terminado. Precio unitario descompuesto: 20,95 euros.

PN 02.- Sustitución de tapa y marco de arqueta de nueva canalización de MT tipo A3 por tapa tipo AR2 de 1250x 750 mm, D400, con viga transversal, según norma de compañía suministradora Endesa, homologada, incluso ayudas de albañilería. Totalmente instalada. Precio unitario descompuesto:750,74 euros

PN 03.- Tubería de pluviales de polietileno de alta densidad, SN-8 (rigidez anular nominal 8 kN/m²), según UNE-EN 13476, Condusan (T.P.P. Tuberías y perfiles plásticos) o equivalente, de D 200 mm, compuesta de dos capas: una exterior en color negro y corrugada y una interior lisa y en color blanco, con junta elástica, incluso excavación con extracción de tierras al borde, solera de arena de 10 cm de espesor, colocación de la tubería, relleno y compactación de la zanja con arena volcánica, carga y transporte de tierras a vertedero. Totalmente instalada y probada, según C.T.E. DB HS-5 y UNE-ENV 13801. Precio unitario descompuesto: 47,14 euros.

PN 04.- Tubería de pluviales SN-4, de PVC-U, UNE-EN 1401-1, T.P.P. (Tuberías y perfiles plásticos) o equivalente, de D 250 mm y 6,2 mm de espesor, color teja, con junta elástica, enterrada en zanja, con p.p. de piezas especiales, incluso corte de la calzada con disco de diamante, demolición de asfalto, bordillo y loseta hidráulica, excavación con extracción de tierras al borde, solera de arena de 10 cm de espesor, colocación de la tubería, relleno y compactación de la zanja con arena volcánica, solera de hormigón en masa, baldosa hidráulica, p.p. de bordillo de hormigón, pavimento asfáltico, señalización, carga, transporte de tierras a vertedero y acometida al pozo existente. Totalmente instalada y probada, según C.T.E. DB HS-5. Precio unitario descompuesto:153,55 euros.

PN 05.- Tubería de saneamiento de polietileno de alta densidad, SN-8 (rigidez anular nominal 8 kN/m²), según UNE-EN 13476, Condusan (T.P.P. Tuberías y perfiles plásticos) o equivalente, de D 315 mm, compuesta de dos capas: una exterior en color negro y corrugada y una interior lisa y en color blanco, con junta elástica, incluso excavación con extracción de tierras al borde, solera de arena de 10 cm de espesor, colocación de la tubería, relleno y compactación de la zanja con arena volcánica, carga y transporte de tierras a vertedero. Totalmente instalada y probada, según C.T.E. DB HS-5 y UNE-ENV 13801. Precio unitario descompuesto: 62,13 euros.

PN 06.- Pozo de registro circular (parte fija), prefabricado de hormigón armado, de diámetro interior 1,20 m, con marcado CE s/UNE-EN 1917 y UNE 127917, formado por pieza inferior constituída por base de pozo de 1200x1000 mm (Dxh) y pieza superior constituída por cono de 1200/625x1000 mm (D inf/sup x h), incluso pates montados en fábrica, registro reforzado D 400, s/UNE EN 124, de fundición dúctil EJ-Norinco o equivalente, de D=600 mm, juntas de estanqueidad o material de sellado, conexión a conducciones, incluso excavación precisa, relleno de trasdós con carga y transporte de tierras sobrantes a vertedero, totalmente terminado, según C.T.E. DB HS-5. Precio unitario descompuesto: 720,31 euros.

PN 07.- Pozo de registro circular (parte variable), prefabricado de hormigón armado, de diámetro interior 1,20 m, con marcado CE s/UNE-EN 1917 y UNE 127917, formado por anillos de 1200/1200 mm (Dxh), incluso pates montados en fábrica, juntas de estanqueidad o material de sellado, incluso excavación precisa, relleno de trasdós con carga y transporte de tierras sobrantes a vertedero, totalmente terminado, según C.T.E. DB HS-5. Precio unitario descompuesto: 197,78 euros.

PN 08.- Desvío de canalizaciones enterradas de suministro de agua consistentes en:

- Corte de pavimento continúo de hormigón y demolición

- Demolición de pavimento de granito artificial y reposición del mismo i/atezado

- Excavación manual para enterrar canalizaciones y posterior relleno

- Desmontaje y desvío de canalizaciones existentes

- Reposición de pavimento continúo de hormigón

Instalada y probada. Según C.T.E. DB HS-4, Decreto 134/2011 Consejería de Industria y UNE-ENV 12108. Precio unitario descompuesto: 1.257,49 euros.

PN 09.- Partida de desvío de líneas que alimentan los subcuadros de los cuartos de bombas, almacén y vestuarios de planta baja del Pabellón, consistente en 4 líneas de diferentes secciones, tubo corrugado enterrado y empotrado, así como nueva caja de registro empotrada tipo PT-9, para conexiones, en pared de taller, y canalización a arqueta existente. Nueva instalación de arqueta de paso, de poliester de 40x 40 cm en pasillo de acceso. Incluso ayudas de albañilería necesarias. Totalmente terminado. Precio unitario descompuesto: 1.219,57 euros.

TERCERO. Autorizar el gasto por el importe de TRECE MIL SEIS EUROS CON TREINTA Y OCHO CÉNTIMOS (13.006,38.- €), IGIC liquidado a tipo cero.

CUARTO. Requerir al adjudicatario para que en el plazo de QUINCE-15-DÍAS HÁBILES siguientes a la notificación de la presente resolución de modificación acuda su representante legal, a esta Casa Consistorial, el día y hora que se le indique al efecto, al objeto de formalizar el correspondiente modificación del contrato

QUINTO.- Requerir a la empresa contratista para que en el plazo de QUINCE-15-DÍAS HÁBILES siguientes a la notificación de la presente resolución de modificación, a fin de que reajuste la garantías definitiva constituida en relación al contrato, que debe incrementarse cada una de ellas en la cantidad de SEISCIENTOS CINCUENTA EUROS CON TREINTA Y DOS CÉNTIMOS (650,32.- €), equivalente al 5% del incremento de los nuevos precios del contrato de obra.

SEXTO.- Dar traslado de la presente resolución a los Servicios Económicos.”

SÉPTIMO. Dar cuenta de la presente resolución en la Junta de Gobierno Local.”

4.5.Dación DE CUENTA decreto ALCALDÍA PRESIDENCIA Nº 2018/2356 de 4 de diciembre de 2018, de requerimiento de documentación para la adquisición de ordenadores para las dependencias municipales. PR 777. Se da cuenta del Decreto mencionado anteriormente, dándose por enterados todos los miembros de la Junta de Gobierno Local presentes, cuyo tenor literal es el siguiente:

“Visto el expediente instruido para llevar a cabo la contratación del SUMINISTRO PARA LA ADQUISICIÓN DE ORDENADORES PARA LAS DEPENDENCIAS MUNICIPALES, por un importe de licitación de TREINTA Y DOS MIL OCHOCIENTOS EUROS (32,800,00.-), IGIC no incluido, mediante PROCEDIMIENTO ABIERTO SIMPLIFICADO SUMARIO, UN SOLO LOTE Y TRAMITACIÓN ORDINARIA conforme a los siguientes:

ANTECEDENTES DE HECHO

1º.- Mediante acuerdo de la Junta de Gobierno Local de fecha 17 de octubre de 2018 se acordó el inicio del expediente de contratación, quedando justificada la necesidad, la no división de lotes.

2º.- Por el Técnico Informática se ha informado el pliego de prescripciones técnicas, criterios de adjudicación del contrato y criterios de modificación.

3º.- Por la Intervención Municipal se ha expedido documento acreditativo de la existencia de crédito adecuado y suficiente para atender las obligaciones que se derivan de la presente contratación con cargo a la aplicación SIM número de operación 220180000461.

4º.- El anuncio de licitación se publicó en la Plataforma de Contratación del Sector Público el día 13 de noviembre de 2018.

5º.- Mediante Decreto de la Alcaldía-Presidencia 2018/2077, de 16 de noviembre, se rectificó el pliego de prescripciones técnicas que han de regir el citado contrato.

6º.- Se publicó nuevo de licitación en la Plataforma de Contratación del Sector Público, finalizando el nuevo plazo el día 26 de noviembre.

7º.- En el plazo de presentación de ofertas se ha presentado un total de 9 empresas: Algorimos procesos y diseños S.A., Atlantis tecnología y sistemas S.L.U., Integra Tecnología y comunicación de Canarias S.L., Omnia Infosys S.L.U., Sistemas de Datos S.L., Sotesa S.L., Teknoservice S.L., Velorcios S.L.

8º.- Por el Técnico de Sistemas Informáticos se emite el siguiente informe de valoración de fecha 30/11/2018 del siguiente tenor literal:

“1.- Antecedentes y situación actual

Los Servicios Informáticos tienen asignado entre otras, las funciones la dotación del equipamiento informático de acuerdo con las especificaciones funcionales y necesidades de los centros gestores. En el ejercicio de sus funciones los Servicios Informáticos tiene entre sus competencias garantizar una mejor prestación de los servicios ofrecidos a los ciudadanos del municipio de Los Realejos, mediante la ampliación y mejora de los sistemas de información. A tal fin, los Servicios Informáticos están realizando una apuesta de futuro en nuevas tecnologías para proporcionar al ciudadano la mejor información y calidad en los servicios prestados a través de la gestión electrónica de todos los expedientes administrativos, con intención de reducir plazos y mejorar en la gestión de los mismos.

Hay un alto porcentaje de equipos informáticos que dan soporte a la gestión electrónica que no cumplen con los requisitos exigidos ni por el fabricante del sistema operativo y por el proveedor de las aplicaciones.

Por lo tanto se busca retirar los equipos informáticos que no cumplen y sustituirlos por equipos nuevos que cumplan con dichos requerimientos.

1. 2. Objeto

Por lo anteriormente escrito se presenta este informe que recoge las valoraciones técnicas realizadas para realizar la selección del equipamiento para este suministro.

3. Precio máximo de licitación

El importe total no podrá superar los 32.800 € y 2.296 € en concepto de IGIC incluyendo el suministro, los servicios de envío y mantenimiento.

1. 4. Equipamiento y requisitos mínimos cumplir

Se ha estimado la necesidad de suministrar 45 (cuarenta y cinco) ordenadores de sobre mesa.

0. Características técnicas mínimas

Concepto

Descripción

Procesador

Intel(R) Core(TM) i5-7500 (Quad-core 3.4GHz) o equivalente

Placa base

BIOS actualizable.

Memoria Ram

8GB

Disco Duro

128 GB SSD

Unidad Óptica

DVD±R

Tarjeta de Red

10/100/1000 Mb.

Tarjeta Gráfica

Intel HD Graphics 4.600 o equivalente

Audio

Altavoz interno

Periféricos

Ratón óptico (rueda + 3 botones) y teclado QWERTY español (no inalámbricos) USB

Chasis

Dimensiones máximas 400 x 170 x 445 mm

Monitor

LED 21.5", 1920 x 1080 FullHD, IPS, 250 cd/m2, 1000:1, 8 ms, DVI-D, VGA, DisplayPort, negro

1. 5. Propuestas y valoración de las mismas2. 5.1. PRECIO. Puntuación máxima total: 53 puntos

0. Se valorará cada una, asignando la máxima puntuación a la proposición económicamente más baja. El resto de las ofertas serán valoradas de forma proporcional con arreglo a la siguiente fórmula:

1.

1. P: puntuación de cada oferta

1. Pm: máxima puntuación que se puede obtener

1. F: Oferta más baja

1. O: Oferta a valorar

1. Todas las puntuaciones se redondearán al segundo decimal.

8. MEJORAS ADICIONALES. Puntuación máxima: 17 puntos

Solo se tendrán en cuenta las siguientes mejoras porque son relevantes para el proyecto:

1. Mejora del procesador sobre el mínimo indicado: hasta 4 puntos

Algoritmos

Atlantis

Integra

Omnia

Qwerty

Sistemas

Sotesa

Teknoservice

Velorcios

Proce

sador

1

Valor

 

5

5

5

5

5

5

5

5

Puntuación

0,00

0,00

0,00

0,00

0,00

0,00

0,00

0,00

0,00

Cantidad de núcleos

1

Valor

6

6

6

4

4

6

4

6

Puntuación

0,00

1,00

1,00

1,00

0,00

0,00

1,00

0,00

1,00

Frecuen

cia

1

Valor

4,1

4,1

4,1

3,9

3,8

3,3

3,6

4,1

Puntuación

0,00

1,00

1,00

1,00

0,95

0,93

0,00

0,88

1,00

Memoria Cache

1

Valor

9

9

9

6

6

9

6

9

Puntuación

0,00

1,00

1,00

1,00

0,00

0,00

1,00

0,00

1,00

4

Total

0,00

3,00

3,00

3,00

0,95

0,93

2,00

0,88

3,00

Se advierte que el licitador “Algoritmos Procesos y Datos” el procesador ofertado es inferior al exigido en los pliegos técnicos.

1. Mejora de la memoria RAM sobre el mínimo indicado: hasta 4 puntos

Algoritmos

Atlantis

Integra

Omnia

Qwerty

Sistemas

Sotesa

Teknoservice

Velorcios

8GB

4

Valor

8

8

8

8

8

8

8

16

8

Puntua

ción

0,00

0,00

0,00

0,00

0,00

0,00

0,00

4,00

0,00

1. Mejora del tamaño del disco duro sobre el mínimo indicado: hasta 4 puntos

1.

Algoritmos

Atlantis

Integra

Omnia

Qwerty

Sistemas

Sotesa

Teknoservice

Velorcios

128

GB SSD

4

Valor

256

256

256

128

256

128

240

256

256

Puntua

ción

4,00

4,00

4,00

0,00

4,00

0,00

3,75

4,00

4,00

1. Mejora sobre la tarjeta gráfica sobre el mínimo indicado: hasta 1 punto

1.

Algoritmos

Atlantis

Integra

Omnia

Qwerty

Sistemas

Sotesa

Teknoservice

Velorcios

Intel HD Graphics 4.600 o equivalente

1

Valor

SÍ (2 MONITO

RES)

Puntua

ción

1

1

1

1

1

1

0

1

1

1. Mejora del tamaño del monitor sobre el mínimo indicado: hasta 5 puntos

1.

Algoritmos

Atlantis

Integra

Omnia

Qwerty

Sistemas

Sotesa

Teknoservice

Velorcios

21,5

4

Valor

22

23

23

21

21

21

24

23

23

Puntua

ción

3,67

3,83

3,83

0,00

0,00

0,00

4,00

3,83

3,83

Total

3,67

3,83

3,83

0,00

0,00

0,00

4,00

3,83

3,83

5.3. Plazo de entrega de los equipos. Puntuación máxima: 15 puntos.- Hasta un máximo de 15 puntos en total, asignando 1 punto por cada día en la reducción del plazo de entrega.

Algoritmos

Atlantis

Integra

Omnia

Qwerty

Sistemas

Sotesa

Teknoservice

Velorcios

20 días

15

Valor

13

18

15

16

15

20

10

14

20

Puntua

ción

7

2

5

4

5

-

10

6

-

5.4 TIEMPO DE RESPUESTA EN REPARACIÓN DE AVERÍAS (HORAS). Puntuación máxima total: 6 puntos.- Hasta un máximo en su suma de 6 puntos en total, se asignará una puntuación de 1 punto por cada hora de menos a partir del tiempo máximo estipulado (48 horas):

Algoritmos

Atlantis

Integra

Omnia

Qwerty

Sistemas

Sotesa

Teknoservice

Velorcios

48 horas

6

Valor

44

42

24

42

42

42

24

24

42

Puntua

ción

4

6

6

6

6

6

6

6

6

Teniendo en cuenta las propuestas económicas y las características técnicas presentadas, se agrupan en la siguiente tabla todos los elementos a valorar para una mejor comprensión.

La oferta más ventajosa corresponde a Integra Tecnología y Comunicaciones de Canarias S.L. con 83,55 puntos sobre 100. (Documento firmado electrónicamente)”

CONSIDERACIONES JURÍDICAS

I.- La contratación, que motiva el presente expediente, se califica como contrato de suministro de carácter administrativo, de conformidad con lo establecido en el artículo 16 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014 (en adelante LCSP). Como contrato administrativo se regirá en cuanto a su preparación, adjudicación, efectos y extinción por el citado texto y sus disposiciones de desarrollo; supletoriamente se aplicará las restantes normas de derecho administrativo, y, en su defecto, las normas de derecho privado (art.º 25 LCSP).

II.- La Legislación aplicable al asunto es la siguiente:

1. Los artículos 63, 99 a 102, 116, 117, 122, 124 y 131 a 159 y las Disposiciones Adicionales Segunda, Tercera y Decimoquinta de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014.

1. El Real Decreto 817/2009, de 8 de mayo, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público.

1. El Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas. (Artículos vigentes tras la entrada en vigor del Real Decreto 817/2009, de 8 de mayo).

III.- En el procedimiento abierto todo empresario interesado podrá presentar una proposición, quedando excluida toda negociación de los términos del contrato con los licitadores. (art.º 156.1 LCSP).

La adjudicación del procedimiento se acordará por el órgano de contratación en resolución motivada y se notificará a los candidatos y licitadores, debiendo ser publicada en el perfil del contratante (art.º 151.1 LCSP).

La formalización del contrato se efectuará mediante la firma de aceptación de la resolución de adjudicación, previa presentación del Anexo II y declaración prevista en la cláusula 15.3.5 del pliego de cláusulas administrativas particulares.

IV.- De conformidad con la Disposición Adicional segunda de la LCSP señala que “1. Corresponden a los Alcaldes y a los Presidentes de las Entidades locales las competencias como órgano de contratación respecto de los contratos de obras, de suministro, de servicios, de gestión de servicios públicos, los contratos administrativos especiales, y los contratos privados cuando su importe no supere el 10 % de los recursos ordinarios del presupuesto ni, en cualquier caso, la cuantía de seis millones de euros, incluidos los de carácter plurianual cuando su duración no sea superior a cuatro años, siempre que el importe acumulado de todas sus anualidades no supere ni el porcentaje indicado, referido a los recursos ordinarios del presupuesto del primer ejercicio, ni la cuantía señalada.

Asimismo corresponde a los Alcaldes y a los Presidentes de las Entidades locales la adjudicación de concesiones sobre los bienes de las mismas y la adquisición de bienes inmuebles y derechos sujetos a la legislación patrimonial cuando su valor no supere el 10 % de los recursos ordinarios del presupuesto ni el importe de tres millones de euros, así como la enajenación del patrimonio, cuando su valor no supere el porcentaje ni la cuantía indicados.”

De conformidad con la Disposición Adicional Segunda del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, la competencia para contratar en el presente procedimiento viene atribuida a la Alcaldía-Presidencia la cual ha delegado la misma en la Junta de Gobierno Local por Decreto nº 1263/15, de fecha 15 de junio, siendo por tanto dicho órgano el competente en el presente expediente. Considerando que conviene agilizar la tramitación del expediente procede avocar la competencia delegada en el presente caso:

En consecuencia, esta Alcaldía-Presidencia en el ejercicio de las atribuciones que la vigente legislación le confiere, RESUELVE:

"PRIMERO.- Avocar la competencia delegada en la Junta de gobierno Local mediante Decreto 1263/2015, de 15 de junio referida al requerimiento de documentación del SUMINISTRO PARA LA ADQUISICIÓN DE ORDENADORES PARA LAS DEPENDENCIAS MUNICIPALES para que en el plazo de SIETE-7- DÍAS HÁBILES.

SEGUNDO.- Requerir a la empresa INTEGRA TECNOLOGÍCA Y COMUNICACIÓN DE CANARIAS S.L., con CIF B38659074, con domicilio en Calle Fotógrafo J. Norberto Rodríguez Díaz, nº 2 Edificio Prisma planta 4º., que ha presentado la mejor oferta para la adjudicación del SUMINISTRO PARA LA ADQUISICIÓN DE ORDENADORES PARA LAS DEPENDENCIAS MUNICIPALES para que en el plazo de SIETE-7- DÍAS HÁBILES, a contar desde el siguiente a aquel en que haya recibido el requerimiento, presente la siguiente documentación acreditativa de estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social prevista en la cláusula 15.3.3 del pliego de cláusulas administrativa.

TERCERO.- Notificar a la citada empresa y a los servicios económicos a los efectos oportunos.

CUARTO.- Dar cuenta de la presente resolución en la Junta de Gobierno Local.”

0. DACIÓN DE CUENTA DE LA RESOLUCIÓN Nº 2018/2403, DE FECHA 17 DE DICIEMBRE DE 2018 SOBRE LA ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO DEL “SUMINISTRO PARA LA ADQUISICIÓN DE ORDENADORES PARA LAS DEPENDENCIAS MUNICIPALES”. PR 778. Se da cuenta del Decreto mencionado anteriormente, dándose por enterados todos los miembros de la Junta de Gobierno Local presentes, cuyo tenor literal es el siguiente:

“Visto el expediente instruido para llevar a cabo la contratación del SUMINISTRO PARA LA ADQUISICIÓN DE ORDENADORES PARA LAS DEPENDENCIAS MUNICIPALES, por un importe de licitación de TREINTA Y DOS MIL OCHOCIENTOS EUROS (32.800,00.-), IGIC no incluido, mediante PROCEDIMIENTO ABIERTO SIMPLIFICADO SUMARIO, UN SOLO LOTE Y TRAMITACIÓN ORDINARIA conforme a los siguientes:

ANTECEDENTES DE HECHO

1º.- Mediante acuerdo de la Junta de Gobierno Local de fecha 17 de octubre de 2018 se acordó el inicio del expediente de contratación, quedando justificada la necesidad, la no división de lotes.

2º.- Por el Técnico Informática se ha informado el pliego de prescripciones técnicas, criterios de adjudicación del contrato y criterios de modificación.

3º.- Por la Intervención Municipal se ha expedido documento acreditativo de la existencia de crédito adecuado y suficiente para atender las obligaciones que se derivan de la presente contratación con cargo a la aplicación SIM número de operación 220180000461.

4º.- El anuncio de licitación se publicó en la Plataforma de Contratación del Sector Público el día 13 de noviembre de 2018.

5º.- Mediante Decreto de la Alcaldía-Presidencia 2018/2077, de 16 de noviembre, se rectificó el pliego de prescripciones técnicas que han de regir el citado contrato.

6º.- Se publicó nuevo de licitación en la Plataforma de Contratación del Sector Público, finalizando el nuevo plazo el día 26 de noviembre.

7º.- En el plazo de presentación de ofertas se ha presentado un total de 9 empresas: Algorimos procesos y diseños S.A., Atlantis tecnología y sistemas S.L.U., Integra Tecnología y comunicación de Canarias S.L., Omnia Infosys S.L.U., Sistemas de Datos S.L., Sotesa S.L., Teknoservice S.L., Velorcios S.L.

8º.- Por el Técnico de Sistemas Informáticos se emite el siguiente informe de valoración de fecha 30/11/2018 del siguiente tenor literal:

“1.- Antecedentes y situación actual

Los Servicios Informáticos tienen asignado entre otras, las funciones la dotación del equipamiento informático de acuerdo con las especificaciones funcionales y necesidades de los centros gestores. En el ejercicio de sus funciones los Servicios Informáticos tiene entre sus competencias garantizar una mejor prestación de los servicios ofrecidos a los ciudadanos del municipio de Los Realejos, mediante la ampliación y mejora de los sistemas de información. A tal fin, los Servicios Informáticos están realizando una apuesta de futuro en nuevas tecnologías para proporcionar al ciudadano la mejor información y calidad en los servicios prestados a través de la gestión electrónica de todos los expedientes administrativos, con intención de reducir plazos y mejorar en la gestión de los mismos.

Hay un alto porcentaje de equipos informáticos que dan soporte a la gestión electrónica que no cumplen con los requisitos exigidos ni por el fabricante del sistema operativo y por el proveedor de las aplicaciones.

Por lo tanto se busca retirar los equipos informáticos que no cumplen y sustituirlos por equipos nuevos que cumplan con dichos requerimientos.

1. 2. Objeto

Por lo anteriormente escrito se presenta este informe que recoge las valoraciones técnicas realizadas para realizar la selección del equipamiento para este suministro.

3. Precio máximo de licitación

El importe total no podrá superar los 32.800 € y 2.296 € en concepto de IGIC incluyendo el suministro, los servicios de envío y mantenimiento.

1. 4. Equipamiento y requisitos mínimos cumplir

Se ha estimado la necesidad de suministrar 45 (cuarenta y cinco) ordenadores de sobre mesa.

0. Características técnicas mínimas

Concepto

Descripción

Procesador

Intel(R) Core(TM) i5-7500 (Quad-core 3.4GHz) o equivalente

Placa base

BIOS actualizable.

Memoria Ram

8GB

Disco Duro

128 GB SSD

Unidad Óptica

DVD±R

Tarjeta de Red

10/100/1000 Mb.

Tarjeta Gráfica

Intel HD Graphics 4.600 o equivalente

Audio

Altavoz interno

Periféricos

Ratón óptico (rueda + 3 botones) y teclado QWERTY español (no inalámbricos) USB

Chasis

Dimensiones máximas 400 x 170 x 445 mm

Monitor

LED 21.5", 1920 x 1080 FullHD, IPS, 250 cd/m2, 1000:1, 8 ms, DVI-D, VGA, DisplayPort, negro

1. 5. Propuestas y valoración de las mismas2. 5.1. PRECIO. Puntuación máxima total: 53 puntos

0. Se valorará cada una, asignando la máxima puntuación a la proposición económicamente más baja. El resto de las ofertas serán valoradas de forma proporcional con arreglo a la siguiente fórmula:

1.

1. P: puntuación de cada oferta

1. Pm: máxima puntuación que se puede obtener

1. F: Oferta más baja

1. O: Oferta a valorar

1. Todas las puntuaciones se redondearán al segundo decimal.

8. 5.2. MEJORAS ADICIONALES. Puntuación máxima: 17 puntos

Solo se tendrán en cuenta las siguientes mejoras porque son relevantes para el proyecto:

1. Mejora del procesador sobre el mínimo indicado: hasta 4 puntos

Algoritmos

Atlantis

Integra

Omnia

Qwerty

Sistemas

Sotesa

Teknoservice

Velorcios

Procesador

1

Valor

5

5

5

5

5

5

5

5

Puntua

ción

0,00

0,00

0,00

0,00

0,00

0,00

0,00

0,00

0,00

Cantidad de núcleos

1

Valor

6

6

6

4

4

6

4

6

Puntua

ción

0,00

1,00

1,00

1,00

0,00

0,00

1,00

0,00

1,00

Frecuencia

1

Valor

4,1

4,1

4,1

3,9

3,8

3,3

3,6

4,1

Puntua

ción

0,00

1,00

1,00

1,00

0,95

0,93

0,00

0,88

1,00

Memoria Cache

1

Valor

9

9

9

6

6

9

6

9

Puntua

ción

0,00

1,00

1,00

1,00

0,00

0,00

1,00

0,00

1,00

4

Total

0,00

3,00

3,00

3,00

0,95

0,93

2,00

0,88

3,00

Se advierte que el licitador “Algoritmos Procesos y Datos” el procesador ofertado es inferior al exigido en los pliegos técnicos.

1. Mejora de la memoria RAM sobre el mínimo indicado: hasta 4 puntos

Algoritmos

Atlantis

Integra

Omnia

Qwerty

Sistemas

Sotesa

Teknoservice

Velorcios

8GB

4

Valor

8

8

8

8

8

8

8

16

8

Puntuación

0,00

0,00

0,00

0,00

0,00

0,00

0,00

4,00

0,00

1. Mejora del tamaño del disco duro sobre el mínimo indicado: hasta 4 puntos

Algoritmos

Atlantis

Integra

Omnia

Qwerty

Sistemas

Sotesa

Teknoservice

Velorcios

128 GB SSD

4

Valor

256

256

256

128

256

128

240

256

256

Puntuación

4,00

4,00

4,00

0,00

4,00

0,00

3,75

4,00

4,00

1. Mejora sobre la tarjeta gráfica sobre el mínimo indicado: hasta 1 punto

Algoritmos

Atlantis

Integra

Omnia

Qwerty

Sistemas

Sotesa

Teknoservice

Velorcios

Intel HD Graphics 4.600 o equivalente

1

Valor

SÍ (2 MONITORES)

Puntuación

1

1

1

1

1

1

0

1

1

1. Mejora del tamaño del monitor sobre el mínimo indicado: hasta 5 puntos

Algoritmos

Atlantis

Integra

Omnia

Qwerty

Sistemas

Sotesa

Teknoservice

Velorcios

21,5

4

Valor

22

23

23

21

21

21

24

23

23

Puntuación

3,67

3,83

3,83

0,00

0,00

0,00

4,00

3,83

3,83

Total

3,67

3,83

3,83

0,00

0,00

0,00

4,00

3,83

3,83

5.3. Plazo de entrega de los equipos. Puntuación máxima: 15 puntos.- Hasta un máximo de 15 puntos en total, asignando 1 punto por cada día en la reducción del plazo de entrega.

Algoritmos

Atlantis

Integra

Omnia

Qwerty

Sistemas

Sotesa

Teknoservice

Velorcios

20 días

15

Valor

13

18

15

16

15

20

10

14

20

Puntuación

7

2

5

4

5

-

10

6

-

5.4 TIEMPO DE RESPUESTA EN REPARACIÓN DE AVERÍAS (HORAS). Puntuación máxima total: 6 puntos.- Hasta un máximo en su suma de 6 puntos en total, se asignará una puntuación de 1 punto por cada hora de menos a partir del tiempo máximo estipulado (48 horas):

Algoritmos

Atlantis

Integra

Omnia

Qwerty

Sistemas

Sotesa

Teknoservice

Velorcios

48 horas

6

Valor

44

42

24

42

42

42

24

24

42

Puntuación

4

6

6

6

6

6

6

6

6

Teniendo en cuenta las propuestas económicas y las características técnicas presentadas, se agrupan en la siguiente tabla todos los elementos a valorar para una mejor comprensión.

La oferta más ventajosa corresponde a Integra Tecnología y Comunicaciones de Canarias S.L. con 83,55 puntos sobre 100. (Documento firmado electrónicamente)”

9º.- Mediante Decreto 2018/2356, de fecha 4 de diciembre, se acordó requerir a la empresa INTEGRA TECNOLOGIA Y COMUNICACIÓN DE CANARIAS S.L., para que presentará la documentación previa a la adjudicación.

10º.- Por la entidad mercantil adjudicataria mediante instancia de fecha 12/12/2018 y Registro de Entrada telemático 2018/923, dicha entidad adjudicataria presenta la documentación requerida de estar al corriente con las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, y se incorpora de oficio documento de estar al corriente con las obligaciones tributarias del Ayuntamiento de Los Realejos.

CONSIDERACIONES JURÍDICAS

I.- La contratación, que motiva el presente expediente, se califica como contrato de suministros de carácter administrativo, de conformidad con lo establecido en el artículo 16 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014 (en adelante LCSP). Como contrato administrativo se regirá en cuanto a su preparación, adjudicación, efectos y extinción por el citado texto y sus disposiciones de desarrollo; supletoriamente se aplicará las restantes normas de derecho administrativo, y, en su defecto, las normas de derecho privado (art.º 25 LCSP).

II.- La Legislación aplicable al asunto es la siguiente:

— Los artículos 63, 99 a 102, 116, 117, 122, 124 y 131 a 159 y las Disposiciones Adicionales Segunda, Tercera y Decimoquinta de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014.

— El Real Decreto 817/2009, de 8 de mayo, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público.

— El Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas. (Artículos vigentes tras la entrada en vigor del Real Decreto 817/2009, de 8 de mayo).

III.- En el procedimiento abierto todo empresario interesado podrá presentar una proposición, quedando excluida toda negociación de los términos del contrato con los licitadores. (art.º 156.1 LCSP).

La adjudicación del procedimiento se acordará por el órgano de contratación en resolución motivada y se notificará a los candidatos y licitadores, debiendo ser publicada en el perfil del contratante (art.º 151.1 LCSP).

La formalización del contrato se efectuará mediante la firma de aceptación de la resolución de adjudicación, previa presentación del Anexo II y declaración prevista en la cláusula 15.3.5 del pliego de cláusulas administrativas particulares.

Asimismo, se hace constar que la empresa han aportado los certificados de estar al corriente con las obligaciones tributarias estatales, autonómicas y la Seguridad Social, y se comprueba de oficio que están al corriente con el Ayuntamiento de Los Realejos. En esta Administración obra documento acreditativo de la capacidad de obrar de ambas empresas.

IV.- Mediante Resolución de la Alcaldía – Presidencia número 2018/1727 de fecha 24/09/2018 se aprobaron las instrucciones sobre operaciones de cierre del ejercicio 2018, a los efectos de coordinación interadministrativa para el cierre “ordenado” de las operaciones contables y la liquidación del presupuesto a 31 de diciembre de 2018 y con el fin de garantizar y facilitar el cumplimiento de lo establecido en la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera (LOEPSF). En dichas instrucciones se especifican las operaciones, plazos y procedimientos a realizar a final del presente ejercicio.

En este sentido el apartado 3.3 de dichas instrucciones relativo a las Retenciones de créditos, Autorizaciones y Disposiciones de Gasto (Fases RC/A/D/AD) señala que: “Las propuestas de Autorizaciones (A) y Disposiciones (D) o acumulaciones de Autorización y Compromiso (AD) de gasto, con cargo a los créditos presupuestarios de 2018, deberán tener entrada en Intervención, según corresponda, junto con la documentación contable justificativa, como máximo el 10 de diciembre”

Habida cuenta que la propuesta de adjudicación del contrato (Fase D) que se emite supera la fecha límite señalada en las referidas instrucciones aprobadas por Resolución de la Alcaldía – Presidencia es por lo que necesariamente esta deficiencia o Salvedad deberá ser objeto de Convalidación a la hora de adoptar el correspondiente acuerdo, de conformidad con lo expresado por el Interventor en el informe de fiscalización.

V.- De conformidad con la Disposición Adicional segunda de la LCSP señala que “1. Corresponden a los Alcaldes y a los Presidentes de las Entidades locales las competencias como órgano de contratación respecto de los contratos de obras, de suministro, de servicios, de gestión de servicios públicos, los contratos administrativos especiales, y los contratos privados cuando su importe no supere el 10 % de los recursos ordinarios del presupuesto ni, en cualquier caso, la cuantía de seis millones de euros, incluidos los de carácter plurianual cuando su duración no sea superior a cuatro años, siempre que el importe acumulado de todas sus anualidades no supere ni el porcentaje indicado, referido a los recursos ordinarios del presupuesto del primer ejercicio, ni la cuantía señalada.

Asimismo corresponde a los Alcaldes y a los Presidentes de las Entidades locales la adjudicación de concesiones sobre los bienes de las mismas y la adquisición de bienes inmuebles y derechos sujetos a la legislación patrimonial cuando su valor no supere el 10 % de los recursos ordinarios del presupuesto ni el importe de tres millones de euros, así como la enajenación del patrimonio, cuando su valor no supere el porcentaje ni la cuantía indicados.”

De conformidad con la Disposición Adicional Segunda del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, la competencia para contratar en el presente procedimiento viene atribuida a la Alcaldía-Presidencia la cual ha delegado la misma en la Junta de Gobierno Local por Decreto nº 1263/15, de fecha 15 de junio, siendo por tanto dicho órgano el competente en el presente expediente, no obstante, procede avocar la competencia delegada dada la necesidad de agilizar la tramitación del expediente.

En consecuencia, esta Alcaldía-Presidencia en el ejercicio de las atribuciones que la vigente legislación le confiere, RESUELVE:

“PRIMERO.- Avocar la competencia delegada en la Junta de Gobierno Local mediante Decreto nº 1263/15, de fecha 15 de junio, referida a la adjudicación del contrato SUMINISTRO PARA LA ADQUISICIÓN DE ORDENADORES PARA LAS DEPENDENCIAS MUNICIPALES

SEGUNDO.- Adjudicar el contrato de SUMINISTRO PARA LA ADQUISICIÓN DE ORDENADORES PARA LAS DEPENDENCIAS MUNICIPALES, a favor de la a la empresa INTEGRA TECNOLOGÍCA Y COMUNICACIÓN DE CANARIAS S.L., con CIF B38659074, con domicilio en Calle Fotógrafo J. Norberto Rodríguez Díaz, nº 2 Edificio Prisma planta 4º, con presupuesto de adjudicación de VEINTIOCHO MIL OCHOCIENTOS SESENTA Y CUATRO EUROS (28.864,00.- € ) IGIC no incluido, liquidado al 7%, y un plazo de ejecución de QUINCE-15- DÍAS NATURALES.

TERCERO.- Convalidar la deficiencia o salvedad dado que la presente adjudicación supera la fecha del 10 de diciembre, fecha límite para dar entrada de la fase de disposición del gasto (D) según la Resolución de la Alcaldía – Presidencia nº 2018/1727 de fecha 24/09/2018 por el que se aprobaron las instrucciones sobre operaciones de cierre del ejercicio 2018, dado que por los plazos de aprobación del expediente de contratación no ha sido posible tramitarlo con anterioridad

CUARTO.- Son características y ventajas determinantes para la selección de la única oferta presentada, que ha sido declarada como la mejor relación calidad-precio, en aplicación de los criterios económicos y cualitativos.

QUINTO.- Publicar anuncio de adjudicación en el perfil de contratante en plazo de 15 días.

SEXTO.- Designar como responsable del SUMINISTRO PARA LA ADQUISICIÓN DE ORDENADORES PARA LAS DEPENDENCIAS MUNICIPALES, al Ingeniero Informático D. Francisco Miguel de Luis Padrón.

SÉPTIMO.- Notificar al adjudicatario del mencionado suministro y advertirle que la formalización del contrato se efectuará mediante la firma de aceptación de la resolución de adjudicación.

OCTAVO.- Publicar anuncio de formalización del contrato en el Perfil de contratante en plazo no superior a quince días tras la perfección del contrato y con el contenido contemplado en el anexo III de la Ley 9/2017 de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público.

NOVENO.- Dar cuenta de la presente resolución en la Junta de Gobierno Local.”

0. DACIÓN DE CUENTA DE LA RESOLUCIÓN Nº 2018/2400, DE FECHA 17 DE DICIEMBRE DE 2018 SOBRE LA ADJUDICACIÓN DEL “SUMINISTRO PARA LA ADQUISICIÓN DE TARJETA DE TRANSPORTE PARA ALUMNADO RESIDENTE EN LOS REALEJOS PARA EL CURSO ACADÉMICO 2018/2019”. PR 774. Se da cuenta del Decreto mencionado anteriormente, dándose por enterados todos los miembros de la Junta de Gobierno Local presentes, cuyo tenor literal es el siguiente:

“Visto el expediente instruido para llevar a cabo la contratación del SUMINISTRO PARA LA ADQUISICIÓN DE TARJETA DE TRANSPORTE PARA ALUMNADO RESIDENTE EN LOS REALEJOS PARA EL CURSO ACADÉMICO 2018/2019 con un presupuesto de licitación de, IGIC no incluido, mediante PROCEDIMIENTO NEGOCIADO SIN PUBLICIDAD CON UN ÚNICO EMPRESARIO Y MEJOR RELACIÓN COSTE-EFICACIA Y TRAMITACIÓN ORDINARIA conforme a los siguientes:

ANTECEDENTES DE HECHO

I.- Vista la propuesta de la Concejalía de Educación para iniciar expediente para llevar a cabo la compra de tarjetas de transporte por un importe máximo de TREINTA MIL EUROS (30.000 euros) IGIC incluido, liquidado al 3%.

II.- Por el Ayuntamiento se ha aprobado las bases para la concesión de ayudas al Transporte del Alumnado correspondiente al Curso Académico 2018/2019.

III.- En el expediente consta informe emitido por el Jefe de Servicio Administrativo de Movilidad y Proyectos Estratégicos del Excmo. Cabildo Insular de Tenerife del año 2016, en el que se pone de manifiesto que la empresa Transportes Interurbanos de Tenerife S.A.U. (TITSA) titularidad del Excmo. Cabildo Insular de Tenerife, resulta el único operador de transporte público regular de viajeros por carretera, que presta y gestiona servicios interurbanos entre el municipio de Los Realejos y el resto de municipios de la Isla de Tenerife.

Por tanto, TITSA es la única empresa operadora que puede ofertar el suminis