los presupuestos procesales

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LOS PRESUPUESTOS PROCESALES Son aquellos antecedentes necesarios que deben concurrir para que el juicio tenga una existencia jurídica y validez formal. Presupuestos procesales de existencia: aquellos antecedentes que deben concurrir para que nos encontremos ante un proceso para que tenga una existencia jurídica. Presupuestos procesales de validez: aquellos antecedentes que deben concurrir para que un proceso no obstante poseer una existencia jurídica, tenga una validez formal. PRESUPUESTOS PROCESALES DE EXISTENCIA. 1) La existencia de un juez que ejerza jurisdicción. 2) La existencia de partes. 3) La existencia de un conflicto o litigio. Efectos ante la falta de alguno de estos presupuestos: a) Proceso inexistente, los actos generados en él no producen efecto alguno. b) El tribunal no está obligado a proveer la demanda para dar inicio a un proceso. c) No se genera el estado de litispendencia. d) No se produce el efecto de cosa juzgada, una ver firme la sentencia, cosa juzgada aparente. e) Las partes pueden desconocer en cualquier momento el fallo por cualquier vía. Sin plazo para sanear la inexistencia. f) La inexistencia bastaría que fuera constatada por el juez, sin necesidad de interponer excepción perentoria. PRESUPUESTOS PROCESALES DE VALIDEZ. 1) Existencia de un tribunal competente.

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Page 1: Los Presupuestos Procesales

LOS PRESUPUESTOS PROCESALES

Son aquellos antecedentes necesarios que deben concurrir para que el juicio tenga una existencia jurídica y validez formal.

Presupuestos procesales de existencia: aquellos antecedentes que deben concurrir para que nos encontremos ante un proceso para que tenga una existencia jurídica.

Presupuestos procesales de validez: aquellos antecedentes que deben concurrir para que un proceso no obstante poseer una existencia jurídica, tenga una validez formal.

PRESUPUESTOS PROCESALES DE EXISTENCIA.

1) La existencia de un juez que ejerza jurisdicción.

2) La existencia de partes.

3) La existencia de un conflicto o litigio.

Efectos ante la falta de alguno de estos presupuestos:

a) Proceso inexistente, los actos generados en él no producen efecto alguno.

b) El tribunal no está obligado a proveer la demanda para dar inicio a un proceso.

c) No se genera el estado de litispendencia.

d) No se produce el efecto de cosa juzgada, una ver firme la sentencia, cosa juzgada aparente.

e) Las partes pueden desconocer en cualquier momento el fallo por cualquier vía. Sin plazo para sanear la inexistencia.

f) La inexistencia bastaría que fuera constatada por el juez, sin necesidad de interponer excepción perentoria.

PRESUPUESTOS PROCESALES DE VALIDEZ.

1) Existencia de un tribunal competente.

2) La capacidad de las partes.

3) El cumplimiento de formalidades legales contempladas para elo desarrollo del procedimiento.

Efectos que se producen ante la omisión de alguno de estos presupuestos :

a) El tribunal se encuentra facultado para adoptar diversas medidas de oficio para prevenir o declarar la nulidad de un proceso, siendo las principales las siguientes:

Page 2: Los Presupuestos Procesales

i) no dar curso a la demanda por no cumplir con alguno de los tres primeros requisitos del Art. 254 CPC.

ii) no proveer la primera presentación en juicio que no contenga la constitución del patrocinio y no proveer apercibiendo de tenerse por no presentado si no se ha constituido el poder.

iii) declarar de oficio su incompetencia absoluta.

iv) declarar de oficio la nulidad procesal. Art. 83 CPC.

v) corregir de oficio errores que observe en la tramitación del procedimiento.

vi) casación de oficio. Art. 775 CPC.

b) Las partes pueden alegar la nulidad procesal que afecte al proceso o a un acto específico de éste mediante alguna de las siguientes vías:

i) excepción dilatoria.

ii) incidente de nulidad procesal.

iii) recurso casación en la forma.

iv) recurso de revisión.

c) El proceso nulo y los actos realizados en él generan todos sus efectos jurídicos mientras no sea declarada la nulidad.

d) El proceso nulo genera el estado de litispendencia.

e) La nulidad procesal debe ser declarada, salvo disposición expresa de ley en contrario, sólo en el caso que el vicio irrogue un perjuicio a las partes que sea reparable sólo con la invalidación del fallo, principio de protección.

f) La sentencia dictada en el proceso, una vez firme, produce cosa juzgada, al haber precluído los medios de impugnación para reclamar del vicio. Excepción recurso de revisión.

g) Las partes sólo pueden alegar la nulidad dentro del proceso y antes de que se encuentre ejecutoriado el fallo.

h) El acto nulo puede ser convalidado por voluntad expresa de las partes y por transcurso del tiempo, en caso de no ejercerse los medios de reclamación en el plazo señalado por la ley.

PRESUPUESTOS PROCESALES DE EFICACIA.

Page 3: Los Presupuestos Procesales

El acto procesal es oponible cuando produce sus efectos con relación a las personas a quienes está destinado; es inoponible en todos los demás casos.

La inoponibilidad tiene su fundamento en los efectos relativos del proceso y de la sentencia.

Los actos procesales ejecutados en un proceso no son oponibles a los terceros absolutos, es decir, todos aquellos a quienes no vincula la relación procesal.

Efectos que se producen ante la falta de un presupuesto de oponibilidad de un proceso:

1) La inoponibilidad debe hacerse valer por un tercero en contra de toda persona que pretenda prevalerse de un acto procesal o sentencia.

2) La inoponibilidad se puede hacer valer en contra de toda persona que pretenda prevalerse del acto o de la nulidad afectada de ineficacia.

3) La inoponibilidad puede oponerse generalmente como excepción o defensa.

4) La inoponibilidad no es una sanción que tenga por objeto atacar el acto mismo, sino sus efectos

5) No existen plazos para reclamarla, los actos no se convalidan con el tiempo.