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MEMORIA Y ESTUDIO JUSTIFICATIVO DE LAS EXIGENCIAS BÁSICAS DEL CÓDIGO TÉCNICO DE LA EDIFICACIÓN 09/2013 Pablo Freiría Lorenzo Arquitecto Técnico / Ingeniero de Edificación Colegiado VR 1055 – Teléfono 666.09.32.73 LOCAL COMERCIAL Rial y González C.B. CC Travesía de Vigo 202 - Local B 15 Vigo, Pontevedra [36207]

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MEMORIA Y ESTUDIO JUSTIFICATIVO DE LAS EXIGENCIAS BÁSICAS DEL CÓDIGO

TÉCNICO DE LA EDIFICACIÓN

09/2013

Pablo Freiría Lorenzo Arquitecto Técnico / Ingeniero de Edificación

Colegiado VR 1055 – Teléfono 666.09.32.73

LOCAL COMERCIAL

Rial y González C.B.

CC Travesía de Vigo 202 - Local B 15

Vigo, Pontevedra [36207]

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Ingeniero de Edificación VR- 1055

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ÍNDICE DE LA MEMORIA DEL PROYECTO

1. SECCIÓN 1: MEMORIA DESCRIPTIVA.

1.1. AGENTES Página 04

1.1.1. Promotor Página 04

1.1.2. Arquitecto Técnico / Ingeniero de Edificación Página 04

1.2. INFORMACIÓN PREVIA Página 04-06

1.2.1. Antecedentes y condiciones de partida Página 04-05

1.2.2. Emplazamiento Página 06

1.2.3. Entorno físico Página 06

1.3. NORMATIVA URBANÍSTICA Página 07-14

Art. 5.4.1. Definición de clases y categorías Página 07-08

Art. 5.4.2. Aplicación y disposiciones aplicables Página 08-09

Art. 5.4.3. Dimensiones Página 09

Art. 5.4.4. Condiciones de posición Página 10

Art. 5.4.5. Circulación interior Página 10

Art. 5.4.6. Escaleras y accesibilidad Página 11

Art. 5.4.7. Altura libre de pisos Página 11

Art. 5.4.8. Aseos Página 11-12

Art. 5.4.9. Iluminación y ventilación Página 12

Art. 5.4.10. Condición de garaje - aparcamiento Página 12-13

Art. 5.4.11. Ordenación carga y descarga Página 13

Art. 5.4.12. Pasajes Página 14

Art. 5.4.13. Grandes superficies comerciales Página 14

1.4. ANEJO INFOGRÁFICO Página 15-16

1.5. DESCRIPCIÓN DE LA ACTIVIDAD Página 17

1.6. INFORME DEL ESTADO ACTUAL DEL LOCAL Página 17-18

1.7. CUADRO DE SUPERFICIES Página 18

1.8. MAQUINARIA Página 19-22

1.8.1. Banco y prensa Bravo Página 19-20

1.8.2. Horno Página 20

1.8.3. Duplicadora de llaves Wilkin FF 88 – 2 Página 21

1.8.4. Duplicadora de llaves Wilkin 50 Página 21-22

1.9. ASIENTO CATASTRAL Página 23

Gondomar, a Septiembre de 2.013

El Arquitecto Técnico e Ingeniero de Edificación:

Pablo Freiría Lorenzo

Colegio núm. VR-1055

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2. SECCIÓN 2: CUMPLIMIENTO DEL CTE.

SI 1: Propagación interior Página 24-25

SI 2: Propagación exterior Página 25-26

SI 3: Evacuación de ocupantes Página 26-28

SI 4: Instalaciones de protección contra incendios Página 29

SI 5: Intervención de los bomberos Página 30

SI 6: Resistencia al fuego de la estructura Página 30-31

HE 1: Limitación de demanda energética Página 32

HE 2: Rendimiento de las instalaciones térmicas Página 32

HE 3: Eficiencia energética de las instalaciones de iluminación Página 32

HE 4: Contribución solar mínima de agua caliente sanitaria Página 32

HE 5: Contribución solar mínima de energía eléctrica Página 32

SUA 1: Seguridad frente al riesgo de caídas Página 33

SUA 2: Seguridad frente al riesgo de impacto o atrapamiento Página 33-34

SUA 3: Seguridad frente al riesgo de aprisionamiento en recintos Página 34

SUA 4: Seguridad frente al riesgo causado por iluminación inadecuada Página 35-36

SUA 5: Seguridad frente al riesgo de situaciones de alta ocupación Página 36

SUA 6: Seguridad frente al riesgo de ahogamiento Página 37

SUA 7: Seguridad frente al riesgo causado por vehículos en movimiento Página 37

SUA 8: Seguridad frente al riesgo causado por la acción del rayo Página 37

SUA 9: Accesibilidad Página 37-38

HR: Protección frente al ruido Página 39

HS 1: Protección frente a la humedad Página 39-42

HS 2: Recogida y evacuación de residuos Página 42

HS 3: Calidad del aire interior Página 42-43

HS 4: Suministro de agua Página 43

HS 5: Evacuación de agua Página 43

Normativa de accesibilidad y barreras arquitectónicas Página 43-44

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3. SECCIÓN 3: PLANOS Página 45

Plano de Situación y Emplazamiento Plano 01 Plano de zonas y superficies Plano 02 Plano de cotas Plano 03 Plano de tomas eléctricas y cuadro eléctrico Plano 04 Plano de iluminación Plano 05 Plano de toberas de aire, rejillas y altavoces Plano 06 Plano de emergencia y recorrido desfavorable Plano 07 Plano de secciones Plano 08

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SECCIÓN 1: MEMORIA DESCRIPTIVA

1.1 AGENTES

En este caso, el promotor de la Licencia de Actividad para la tienda Bazar, coincide con

el propietario del local comercial en el que se quiere realizar dicha actividad y dado el

estado actual del inmueble, no es necesaria la intervención de otros agentes.

1.1.1 Promotor: Nombre: Rial y González C. B. NIF: E – 27790294 Dirección: C.C. Travesía de Vigo N 202, Local B15, Vigo C.P: 36207, Pontevedra Teléfono: 986.23.06.43 / 687.10.67.13 (Luis)

1.1.2 Arquitecto Técnico / Ingeniero de Edificación: Nombre: Pablo Freiría Lorenzo DNI: 53178530-T Dirección Postal: Barrio Serra Nº 3ª, Vincios (Gondomar), C.P: 36316, Pontevedra Teléfono: 666.09.32.73

1.2 INFORMACIÓN PREVIA

1.2.1 ANTECEDENTES Y CONDICIONES DE PARTIDA Se recibe por parte del promotor el encargo de redacción de la documentación necesaria para la apertura de un local comercial acondicionado a tienda de reparación de calzado y venta de productos destinados al tinte y conservación de los mismos, así como la copia de llaves y mandos a distancia. La tienda de reparación de calzado se compone de tres espacios, el de mayor superficie, estará dedicado a tienda exposición, el de menor tamaño será un servicio de carácter privado dedicado al personal de la tienda y el espacio restante será destinado a zona de trabajo y reparación.

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Se incluyen en él. El desarrollo de todos los planos y documentación necesarios para llevar a cabo dicho proyecto, que tiene como puntos fundamentales, los siguientes:

1. Memoria descriptiva, redactada por técnico/a competente, de las actividades y las instalaciones necesarias para su desenvolvimiento, en la que deberán figurar las características técnicas de sus distintos elementos, con indicación de la potencia de la maquinaria a utilizar, expresada en CV, en caso de motores, o en Kw en otros casos.

2. Memoria urbanística: incluirá la justificación de las condiciones exigidas por los diversos títulos de la normativa del plan general.

3. En las ordenanzas 1 e 2 memoria y planos justificativos del cumplimento da normativa estética en las fachadas.

4. Justificación del cumplimento de las exigencias básicas de seguridad contra Incendios del Código Técnico de la Edificación (CTE). En el caso de cambios de uso deberá justificar el cumplimento de la totalidad de las exigencias básicas del CTE.

5. Plano a escala 1:1000 de la cartografía oficial de Vigo, en el que se señale la situación de la edificación en la que se sitúa el local en el que se pretende la actividad.

6. Planos de planta acotados, con superficie de cada estancia con indicación del uso, reflejando los elementos fijos, el mobiliario

7. Planos de alzados e sección del local acotando las alturas libres. 8. Planos en los que se indique a situación de las instalaciones de protección contra

incendios. Incluirá la definición de los corredores fijos de evacuación. 9. Planos con indicación de la situación de instalaciones descritas en la memoria. 10. Estudio justificativo del cumplimento da Ordenanza municipal de protección del

medio contra la contaminación acústica producida por la emisión de ruidos y vibraciones, siempre que la actividad sea susceptible de generar ruidos y/o vibraciones. El estudio contendrá las determinaciones establecidas en el artículo de la ordenanza.

11. En los casos de cambios de uso: memoria justificativa del cumplimento de la normativa aplicable sobre accesibilidad y supresión de barreras arquitectónicas, tanto el Reglamento de desenvolvimiento de la Ley de accesibilidad y supresión de barreras en la C.A. de Galicia (D. 35/2000) como las Exigencias básicas de seguridad de utilización y accesibilidad del Código Técnico de la Edificación (CTE).

12. A documentación técnica deberá estar subscrita por técnico o técnicos competentes, y reunir los requisitos formales exigibles en conformidad con la legislación en vigor.

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1.2.2 EMPLAZAMIENTO

El local está situado en la planta baja del Centro Comercial Travesía de Vigo, enmarcado

en el local B 15.

1.2.3 ENTORNO FÍSICO:

El local linda superiormente con la primera planta destinada a centro comercial e

inferiormente con la planta sótano destinada a garaje. Lateralmente linda con un local

(B16) y con la salida de emergencia. Posee un frente conectado al pasillo del centro

comercial y una fachada ciega que coincide con la fachada del centro comercial.

1.3 NORMATIVA URBANÍSTICA

Normas urbanísticas de Vigo. Normativa urbanística completa do Plan Xeral de

Ordenación Municipal (PXOM) con aprobación definitiva parcial do 16.05.2008

publicada no BOP n.º 151 do 6 de agosto de 2008. (Formato PDF, 447 páxinas, 16,5 MB,

versión en galego)

Publicación BOP n.º175 de 10 de setembro de 2009. Exp. 7266/411. Normativa do PXOM aprobada por Orde do Conselleiro de Medio Ambiente, Territorio e Infraestruturas do 13.07.2009 (DOG n.º 144, de 24.07.2009). (Formato pdf, 33 páxinas, 863 KB, versión en galego).

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Publicación BOP n.º151 de 6 de agosto de 2008. Normativa urbanística completa do PXOM con aprobación definitiva parcial do 16.05.2008. (Formato pdf, 447 páxinas, 16,5 MB, versión en galego).

CAPÍTULO 5.4 USO TERCIARIO GENERAL: COMERCIO, OFICINAS, RECREATIVO Y REUNIÓN

Art. 5.4.1 DEFINICIÓN CLASES Y CATEGORÍAS. 1. Comprende los espacios y locales destinados a actividades terciarias de carácter

general, incluyendo los de índole comercial de venta de servicios de carácter privado, artesanos, así como los abiertos al uso público destinados a compraventa de mercancías al por menor (comercio minorista en general); a prestar servicios administrativos, técnicos, financieros, de información u otros, de carácter público o privado, así como los como los despachos de los profesionales; o a procurar servicios privados a la población (peluquería, bares, etc.); y al recreativo, espectáculos y ocio (centros de reunión, salas de juego, discotecas, bares, restaurantes, cines, teatros, etc.).

2. Dentro del uso Terciario Comercio, a los efectos de su pormenorización, se

establecen las siguientes Clases y Categorías:

CLASE COMERCIO: Categoría 1ª. Locales comerciales de venta de todo tipo de productos, alimentarios o no y pequeñas actividades artesanales, cerámica, mimbre, etc. U otros análogos, en establecimiento independiente de dimensión no superior a doscientos (200) metros cuadrados de superficie de zona de venta en el primer caso y total en el segundo, constituyendo única razón comercial. No quedan incluidos en esta clase y categoría los talleres de superficie superior a la fijada ni los destinados a la reparación de vehículos automóviles de todo tipo y superficie, regulándose todos estos dentro del uso Industrial. JUSTIFICACIÓN: Por la configuración del local comercial de 29,90 m2 y la actividad que se desarrollará en él (Reparación de calzado y venta al por menor de productos), podemos concluir que se trata de una clase de comercio de Categoría 1 según la normativa del ayuntamiento de Vigo.

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Categoría 2ª. Locales comerciales de venta de todo tipo de productos, alimentarios o no, en establecimiento independiente de dimensión no superior a quinientos (500) metros cuadrados de superficie de venta en comercios alimentarios y dos mil quinientos (2.500) metros cuadrados en los no alimentarios. Categoría 3ª. Agrupación Comercial: cuando en un mismo espacio se integran varias firmas comerciales con accesos e instalaciones comunes, en forma de galerías, centros y complejos comerciales. Se considera incluida en esta Categoría los comercios alimentarios de dimensión no superior a setecientos cincuenta (750) metros cuadrados de superficie en una o varias entidades comerciales. Superficie total igual o inferior a dos mil quinientos (2.500) metros cuadrados. Categoría 4ª. Superficies comerciales: cuando la actividad comercial tiene lugar en establecimientos que operan bajo una sola firma comercial y alcanzan dimensiones superiores a quinientos (500) metros cuadrados de superficie de venta alimentaria y dos mil quinientos (2.500) metros cuadrados en los no alimentarios, y superficie total inferior a cuatro mil (4.000) metros cuadrados. Categoría 5ª. Grandes superficies comerciales: cuando por agrupación, o no, de pequeños o medianos comercios, en su conjunto se alcancen superficies de venta igual o superior a cuatro mil (4.000) metros cuadrados. A los efectos de las categorías anteriores se entiende por locales independientes aquellos establecimientos que se accede directamente desde la vía pública o espacios libres, y locales agrupados, aquel conjunto de locales a los que se accede por espacios edificados comunes. Art. 5.4.2 APLICACIÓN Y DISPOSICIONES APLICABLES. 1. Las condiciones que se señalan para el uso Terciario General, Comercial, Oficinas,

Recreativo y Reunión, son de aplicación a los locales que resulten de llevar a cabo obras de nueva edificación o de reestructuración general, en estos casos será exigible la altura mínima del uso. Serán, asimismo, de aplicación en el resto de las obras y de implantación de estos usos en edificaciones existentes de otros usos característicos en las que por el nivel de intervención y características del edificio sea posible la exigencia de su cumplimiento.

2. Las condiciones de garaje-aparcamiento son así mismo aplicables sólo cuando correspondan a obras de nueva edificación o de reestructuración general, sin que sea, por tanto aplicable a actividades que se instalen en edificaciones existentes no edificadas con arreglo a este Plan General, y en el supuesto de que el uso terciario a instalar no ocupe más de las dos terceras partes de la superficie de la edificación existente.

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3. Además de las condiciones que se establecen en el presente Capítulo serán de aplicación las disposiciones de las Administraciones competentes en la materia, en particular las referentes a las medidas de protección de incendios y las de supresión de las barreras arquitectónicas.

SECCIÓN 1ª. CONDICIONES DE COMERCIO. Art. 5.4.3 DIMENSIONES. 1. A los efectos de la aplicación de las determinaciones que hagan referencia a la

superficie de venta, esta dimensión se entenderá como la suma de la superficie de todos los locales en los que se produce el intercambio comercial o en los que el público accede a los productos tales como mostradores, vitrinas, góndolas de exposición, probadores, cajas, etc., los espacios de permanencia y pasos de los trabajadores y del público, incluidos bares y restaurantes si existiesen en el interior del establecimiento o agrupación de locales. Se excluyen expresamente las superficies destinadas a oficinas, almacenaje no visitable por el público, zonas de carga y descarga y los aparcamientos de vehículos y otras dependencias de uso restringido.

CUADRO DE SUPERFICIES

SUPERFICIE DE VENTA 12,44 m2

SUPERFICIE TALLER 13,06 m2

SERVICIO PRIVADO 4,40 m2

SUPERFICIE TOTAL 29,90 m2

2. En ningún caso la superficie de venta será menor de seis (6) metros cuadrados y no

podrá servir de paso o tener comunicación con ninguna vivienda, salvo que se tratase de vivienda unifamiliar.

JUSTIFICACIÓN: La superficie de venta incluyendo mostradores y vitrinas es de 12,44 m2.

3. En las categorías 1ª, 2ª y 3ª el almacén no podrá superara el treinta (30) por ciento de la superficie total.

JUSTIFICACIÓN: La superficie de almacén son unos pequeños armarios situados inferiormente en los estantes, en ningún caso supera los 4,14 m2. Se sitúa entorno a los 2,00 m2.

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Art. 5.4.4 CONDICIONES DE POSICIÓN. 1. El uso Comercial podrá estar situado en plantas bajo rasante, asociadas a la planta

baja, en planta baja o en plantas superiores, siempre con las limitaciones que se establezcan en las zonas de ordenanza.

JUSTIFICACIÓN: Situado sobre rasante.

2. Podrán, así mismo, implantarse usos comerciales en plantas Semisótanos, si dispusieran de accesibilidad adecuada.

JUSTIFICACIÓN: Situado sobre rasante.

Art. 5.4.5 CIRCULACIÓN INTERIOR. 1. En los locales de la Categoría 1ª, definida en el Artículo 5.4.1 todos los recorridos

accesibles al público tendrán una anchura mínima de un (1) metro; los desniveles se salvarán, con anchura análoga, mediante rampas o escaleras.

JUSTIFICACIÓN: El recorrido público se efectúa por un espacio diáfano con una entrada de 3,496 m. Asimismo no hay en el interior del local desniveles y por tanto rampas o escaleras.

2. En los locales de las restantes categorías los recorridos tendrán una anchura mínima

de ciento cuarenta (140) centímetros: los desniveles se salvarán mediante rampas o escaleras de igual anchura.

JUSTIFICACIÓN: No aplicable. 3. El sistema de comunicación y circulación interior resolverá como mínimo la

normativa municipal o supramunicipal aplicable por razones de seguridad y prevención de incendios y asimismo, cumplirá las condiciones específicas que en función de la categoría de comercio establezcan las normativas sectoriales.

JUSTIFICACIÓN: No aplicable.

4. En cualquier caso, cuando el desnivel a salvar dentro del establecimiento sea superior a ocho (8) metros, se dispondrá de aparatos elevadores de uso público. El número y la capacidad de los mismos se adecuarán al nivel de ocupación y movilidad previstas. Los aparatos elevadores podrán ser sustituidos por escaleras o rampas mecánicas, siempre que haya, al menos, un aparato elevador y en su conjunto se resuelva la movilidad.

JUSTIFICACIÓN: No aplicable.

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Art. 5.4.6 ESCALERAS Y ACESIBILIDAD.

1. El número de escaleras entre cada dos pisos será de una por cada quinientos (500) metros cuadrados de superficie en el piso inmediatamente superior, o fracción mayor de doscientos cincuenta (250) metros cuadrados, que se localizará en los lugares que provoquen menores recorridos.

2. En comercios de Categorías 3ª, 4ª y 5ª, deberán disponer de ascensores que cumplan las condiciones de accesibilidad.

3. Se cumplirá en todo caso la regulación establecida por razones de protección de incendios por el Código Técnico de la Edificación.

JUSTIFICACIÓN: No aplicable.

Art. 5.4.7 ALTURA LIBRE DE PISOS. La distancia mínima de suelo a techo será, en edificios de uso exclusivo, de trescientos (300) centímetros como mínimo. En los edificios con otros usos, serán las que señalen las normas de aplicación de la zona de ordenanza en que se encuentren, siendo siempre de doscientos setenta (270) centímetros como mínimo en las plantas que se encuentren debajo de la planta baja. JUSTIFICACIÓN: Altura libre 3,16 m cumple todos los apartados. Art. 5.4.8 ASEOS.

1. Los locales destinados a comercio dispondrán de los siguientes servicios sanitarios: hasta ciento cincuenta (150) metros cuadrados, un inodoro y un lavabo, hasta trescientos (300) metros cuadrados igual pero para sexos separados, y por encima de esa superficie un inodoro y un lavabo más por cada cien (100) metros más.

JUSTIFICACIÓN: No aplicable, el centro comercial posee servicios sanitarios colectivos. El servicio será exclusivo a uso del personal.

2. En ningún caso podrán comunicar directamente con el resto de los locales, para

lo cual deberá instalarse un vestíbulo o espacio de aislamiento. JUSTIFICACIÓN: Una puerta separa los espacios no comunicándolos directamente.

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3. Los aseos correspondientes a las Categorías 3º, 4ª y 5º podrán agruparse, manteniendo el número y condiciones con referencia a la superficie total, incluidos los espacios comunes de uso público.

JUSTIFICACIÓN: No aplicable.

Art. 5.4.9 ILUMINACIÓN Y VENTILACIÓN. 1. La luz y ventilación de los locales comerciales podrá ser natural o artificial. En el

primer caso los huecos de luz y ventilación deberán tener una superficie total no inferior a 1/8 de la que tenga la planta del local. Se exceptúan los locales exclusivamente destinados a almacenes, trasteros o pasillos. En el segundo caso, se exigirá la presentación de los proyectos detallados de las instalaciones de iluminación y acondicionamiento de aire, que deberán ser aprobados por el Ayuntamiento, quedando estas instalaciones sometidas a revisión antes de la apertura del local y en cualquier momento. En el supuesto de que no fuesen satisfactorias, o no funcionaran correctamente, en tanto no se adopten las medidas correctoras oportunas, el Ayuntamiento podrá cerrar total o parcialmente el local.

JUSTIFICACIÓN: Superficie total del local = 29,90 m2, 1/8 superficie = 3,73 m2, superficie de entrada 3,49 m x 3,00 m = 10,47 m2. CUMPLE. 2. Los caudales mínimos requeridos para la ventilación de los locales serán las que se

establecen en la tabla 2 de la Norma UNE 100-011-91.

3. En edificios de nueva edificación al menos el cincuenta por ciento de los locales comerciales que puedan separarse, según las condiciones de la planta baja, deberán dejar previsto un conducto de ventilación y evacuación de humos, independientes de las de carácter estático para aseos, hasta superar la cumbrera de cubierta, con una superficie mínima de quinientos (500) centímetros cuadrados.

JUSTIFICACIÓN: No aplicable.

Art. 5.4.10 CONDICIÓN DE GARAJE – APARCAMIENTO. 1. Se dispondrá de una plaza de aparcamiento por cada cien (100) metros cuadrados

de superficie comercial en las Categorías 2ª y 3º, definidas en el Artículo 5.4.1, salvo que la superficie destinada a comercio alimentario supere los cuatrocientos (400) metros cuadrados, en cuyo caso se dotará de una plaza por cada cincuenta (50) metros cuadrados. Estas reservas podrán estar resueltas en los edificios en los que se encuentren instaladas las instalaciones del uso comercial.

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JUSTIFICACIÓN: No aplicable. 2. Para los establecimientos de la Categoría 1ª, cuando su emplazamiento sea un bajo

comercial de una edificación de uso característico diferente, la reserva de plazas de aparcamiento, deberá estar prevista en el proyecto de la edificación correspondiente.

JUSTIFICACIÓN: El centro comercial posee plazas de garaje.

3. Para los comercios de las restantes Categorías se dispondrá de una plaza de

aparcamiento por cada cincuenta (50) metros cuadrados de superficie comercial no alimentaria y una plaza por cada veinticinco (25) metros cuadrados que se destinen a comercio alimentario.

JUSTIFICACIÓN: El centro comercial posee plazas de garaje.

4. Todos los proyectos de nueva edificación o de reestructuración general deberán contemplar, de acuerdo con la distribución de usos prevista las reservas de plazas de aparcamiento que correspondan a los locales.

JUSTIFICACIÓN: El centro comercial posee plazas de garaje.

5. Los garajes-aparcamientos deberán cumplir las condiciones del Capítulo 5.7 de

estas Normas.

JUSTIFICACIÓN: Cumple.

6. En todo caso, en ámbitos de Suelo Urbano No Consolidado o Sectores de Suelo Urbanizable de uso comercial se reservarán dos (2) plazas de aparcamiento por cada cien (100) metros edificables, de las que, al menos, la cuarta parte deben ser de dominio público.

JUSTIFICACIÓN: No aplicable.

Art. 5.4.11 ORDENACIÓN DE CARGA Y DESCARGA. En nuevas edificaciones, para instalaciones de Categorías 3º, 4ª y 5ª, se dispondrá dentro del local, o en la propia parcela, de una dársena que permita las operaciones de carga y descarga sin entorpecer la circulación de vehículos. JUSTIFICACIÓN: No aplicable.

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Art. 5.4.12 PASAJES. Las agrupaciones comerciales podrán establecerse en planta baja, de edificios residenciales, formando un pasaje que tendrá acceso para el público desde ambos extremos con una anchura superior a cuatro (4) metros. JUSTIFICACIÓN: No aplicable.

Art. 5.4.13 GRANDES SUPERFICIES COMERCIALES.

1. No se permitirá la implantación de grandes superficies de alimentación, Categoría 5ª, salvo en las zonas y condiciones de tamaño que el Plan General establezca expresamente.

2. En otro caso, la concesión de licencia de edificación quedará supeditada a la demostración de aceptabilidad de los impactos que estos establecimientos puedan producir sobre el tráfico y la estructura comercial existente tanto en el entorno inmediato como en otros puntos de la ciudad que puedan ser previsiblemente afectados, y la conveniencia de su implantación en zonas de uso no Comercial. Dichas condiciones se contemplarán en un Plan Especial que se redacte, tramite y apruebe al efecto.

JUSTIFICACIÓN: No aplicable.

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1.4 ANEJO INFOGRÁFICO

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Actualmente el local se encuentra en fase de desarrollo con lo que no es posible mostrar

fotográficas de un acabado final salvo de las instalaciones que posee.

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1.5 DESCRIPCIÓN DE LA ACTIVIDAD.

La actividad a desarrollar será uso COMERCIAL y según la Normativa urbanística completa do Plan Xeral de Ordenación Municipal (PXOM) con aprobación definitiva parcial do 16.05.2008 publicada no BOP n.º 151 do 6 de agosto de 2008 y la forma y disposición del local, estará englobada en la CATEGORÍA 1.

1.6 INFORME DEL ESTADO ACTUAL DEL LOCAL

La planta del local tiene una forma rectangular de dimensiones 4,35 m x 6,86 m, con una superficie útil de 29,90 m². La altura libre es de 3,16 m, y en la actualidad y a la hora de la realización de este informe se encuentra en reformas por parte del promotor. No obstante se me han facilitado los planos de desarrollo y el estado final del mismo para poder suscribir el presente proyecto de actividad. El proyecto de actividad ha sido desarrollado acorde a esa documentación no respondiendo el técnico a los cambios que pudiesen surgir en el desarrollo del mismo y suscribiendo lo redactado en el presente informe.

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1.7 CUADRO DE SUPERFICIES.

CUADRO DE SUPERFICIES

DESIGNACIÓN EXTENSIÓN

Exposición a público y venta 12,44 m2

Taller y espacio de trabajo 13,06 m2

Aseo para personal 4,40 m2

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1.8 MAQUINARIA

1.8.1 Banco y prensa Wilkin modelo Bravo

Características - Banco

2 Motores independientes de bandas de 1cv / potencia de 2.800 r.p.m. Motor fresa: 1cv de 2.800 r.p.m. Motor aspiración: 1cv de 2.800 r.p.m. Motor limpieza: 1cv de 1.400 r.p.m. (CEPILLOS FIJOS) Motor apomazadora: 1/4cv de 2.800 r.p.m. Banda estrecha 1480 X 40 X 80 grano. Banda ancha 1480 X 70 X 24 grano. Lija cono estándar 40 grano. Lija estrella estándar 100 grano. Tampón cuero 175 X 30 X 55 m/m. Cepillo pelo 210 X 30 x50 55m/m.

Dimensiones

Ancho: 146 cm. Fondo: 70 cm. Alto: 182 cm. Peso: 570Kg. apróx.

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Características - Prensa

Compresor de 1cv de potencia Un calderín de 25L de capacidad

Dimensiones

Ancho: 51 cm. Fondo: 70 cm. Alto: 182 cm. Peso: 260Kg.

1.8.2 Horno

Características: - Horno para acelerar el secado del calzado. - Reactivado con cola de doble potencia. - Dos lámparas de 250W Dimensiones:

Ancho: 50cm Fondo: 37cm Alto: 40cm Peso: 20Kg

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1.8.3 Duplicadora de llaves Wilkin FF 88 – 2

Características

Motor monofásico a 220 v. Velocidad del motor – 12.000 r.p.m. Velocidad del husillo porta fresas de 0 a 8500 rpm Correa: Policord 6 x 470 m/m. Dimensiones: Ancho 32 cm, Largo 46 cm, Altura 42,5 cm. Peso 38 Kg. Pinza Porta fresas ᶲ6 m/m. Mordaza tipo monobloc, inclinación en ambos sentidos de 0º a 45º.

1.8.4 Duplicadora de llaves Wilkin 50

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Características:

Motor monofásico: 220v - 1400 r.p.m. Velocidad de los ejes porta-fresas: 900 r.p.m. Fluorescente de 6 W

Dimensiones:

Anchura: 55cm Profundidad: 54cm Altura: 32cm Peso: 49kg

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1.9 ASIENTO CATASTRAL

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SECCIÓN 2: CUMPLIMIENTO DEL CTE

SEGURIDAD EN CASO DE INCENDIO SI 1: PROPAGACIÓN INTERIOR

1.1 Compartimentación en sectores de incendio

Toda zona con uso previsto diferente y subsidiario del principal del edificio o del establecimiento en el que esté integrada debe constituir un sector de incendio diferente cuando supere los límites que establecen en la tabla 1.1. (Condiciones de compartimentación en sectores de incendio).

Tabla 1.1 Compartimentación en sectores de incendio CTE. En general, todo establecimiento debe constituir sector de incendio diferenciado del resto del edificio excepto, en edificios cuyo uso principal sea Residencial Vivienda, los establecimientos cuya superficie construida no exceda de 500 m2 y cuyo uso sea Docente, Administrativo o Residencial Público. El epígrafe general no aporta gran relevancia informativa. En lo particular: En centros comerciales, cada establecimiento de uso Pública Concurrencia destinado a otro tipo de actividad (Distinta de cines, teatros, discotecas, salas de baile…), cuando su superficie construida exceda de 500 m2; debe constituir al menos un sector de incendio diferenciado, incluido el posible vestíbulo común a diferentes salas. Entiendo que no se considera realmente un sector de incendio diferenciado por la superficie del local 29,90 m2 frente a los 500 m2 de los que el CTE hace referencia como superficie máxima. Además según el punto 1.1 Las superficies máximas indicadas en dicha tabla para los sectores de incendio pueden duplicarse cuando estén protegidos con una instalación automática de extinción con lo que pasaríamos a comparar 29,90 m2 frente a los 1000 m2 de los que el CTE nos permitiría alcanzar como máximo.

1.2 Locales y zonas de riesgo especial

El local comercial no dispone de locales o zonas de riesgo especial.

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1.3 Espacios ocultos. Paso de instalaciones a través de elementos de compartimentación de incendios Compradas las bajantes ejecutadas hacia la planta inferior (Planta destinada mayormente a garajes), se verifica la existencia de anillos de compartimentación de sectores incendiarios. 1.4 Reacción al fuego de elementos constructivos, decorativos y de mobiliario. Los elementos constructivos deben cumplir las condiciones de reacción al fuego que se establecen en la tabla 4.1 del CTE.

Tabla 4.1 Clases de reacción al fuego de los elementos constructivos:

SITUACIÓN DEL ELEMENTO

REVESTIMIENTO

TECHOS Y PAREDES SUELOS

ZONAS OCUPABLES C-s2,d0 EFL

FALSO TECHO B-s3,d0 BFL-s2

No es de aplicación el apartado 4 de esta sección porque a pesar de ser un establecimiento de uso Pública Concurrencia, no se han proyectado ninguno de los elementos siguientes elementos:

a) Butacas y asientos fijos tapizados que formen parte del proyecto, en cines, teatros, auditorios, salones de actos, etc.:

b) Elementos textiles suspendidos, como telones, cortinas, cortinajes, etc.:

SEGURIDAD EN CASO DE INCENDIO SI 2: PROPAGACIÓN EXTERIOR

2.1 Medianerías y fachadas

Apartado 1: No existen medianerías ni fachadas colindantes ya que se trata de un edificio aislado. Además la fachada que comparte el local el edificio con el local B15 no posee aberturas por las cuales el fuego se pueda propagar al exterior hacia otros sectores o edificios. Apartado 2: Esta sección no es de aplicación por no darse el caso.

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Apartado 3: No es de aplicación por no darse el caso de propagación vertical por fachada al no haber huecos de fachada. Apartado 4: La clase de reacción al fuego de los materiales que ocupen más del 10% de la superficie del acabado exterior de las fachadas o de las superficies interiores de las cámaras ventiladas que dichas fachadas puedan tener, será B-s3,d2 hasta una altura de 3,5 m como mínimo, en aquellas fachadas cuyo arranque inferior sea accesible al público desde la rasante exterior o desde una cubierta, y en toda la altura de la fachada cuando esta exceda de 18 m, con independencia de donde se encuentre su arranque. El acabado exterior es aplacado en granito silvestre en la totalidad de la altura del elemento, lo que asegura este apartado. 2.2 Cubiertas

Apartado 1: No es de aplicación.

Apartado 2: No es de aplicación. Apartado 3: No es de aplicación.

SEGURIDAD EN CASO DE INCENDIO SI 3: EVACUACIÓN DE OCUPANTES

3.1 Compatibilidad de los elementos de evacuación

Como excepción, los establecimientos de uso Pública Concurrencia cuya superficie construida total no exceda de 500 m² y estén integrados en centros comerciales podrán tener salidas de uso habitual o salidas de emergencia a las zonas comunes de circulación del centro. Cuando su superficie sea mayor que la indicada, al menos las salidas de emergencia serán independientes respecto de dichas zonas comunes. La salida del local se hace a través de una zona común y la salida de emergencia dista a menos de 25 metros del local.

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3.2 Cálculo de la ocupación

Para el cálculo de la ocupación se ha aplicado la tabla 2.1 de esta sección. Para uso de Pública Concurrencia: Comercial En establecimientos comerciales:

Áreas de ventas en plantas de sótano, baja y entreplanta (2 m2/persona). Áreas de ventas en plantas diferentes de las anteriores (3 m2/persona).

En zonas comunes de centros comerciales:

Mercados y galerías de alimentación (2 m2/persona). Plantas de sótano, baja y entreplanta o en cualquier otra con acceso desde el

espacio exterior (3 m2/persona). Plantas diferentes de las anteriores (5 m2/persona). En áreas de venta en las que no sea previsible gran afluencia de público, tales

como exposición y venta de muebles, vehículos, etc. (5 m2/persona).

En el proyecto: 29,90 m2 / (2m²/persona) = 14,95 ≈ 15 personas. Aunque se estima que la afluencia punta sea bastante menor, por la experiencia con locales de la misma tipología.

3.3 Número de salidas y longitud de los recorridos de evacuación

El establecimiento proyectado cumple con dicho apartado. Cuenta con una salida al exterior, la ocupación no excede de 100 personas y la longitud es < a 25 metros.

3.4 Dimensionado de los medios de evacuación. Cálculo:

La única puerta del local pertenece a un servicio utilizado únicamente por el

personal asociado al mismo por lo que no hay posibilidad de simultaneidad de paso o embotellamientos de personal.

La salida exterior está compuesta de un hueco de 3, 49 m, ancho superior a 1,00m lo que verifica el cumplimiento.

No hay escaleras, rampas o pasillo de acceso al local comercial.

3.5 Protección de las escaleras

Este local no posee escaleras.

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3.6 Puertas situadas en recorridos de evacuación

La puerta es abatible con eje de giro vertical y su sistema de cierre no actuará mientras haya actividad en la local ya que se trata de una puerta de acceso a un servicio del local.

3.7 Señalización de los medios de evacuación

Se utilizan las señales de evacuación, definidas en la norma UNE 23034:1988. Las salidas de recinto, planta o edificio tendrán una señal con el rótulo “SALIDA”, excepto en edificios de uso Residencial Vivienda y, en otros usos, cuando se trate de salidas de recintos cuya superficie no exceda de 50 m², sean fácilmente visibles desde todo punto de dichos recintos y los ocupantes estén familiarizados con el edificio. Debido a la superficie del local 29,90 m2 y a la configuración del mismo, la visibilidad de la salida del recinto es clara y es posible visualizarla desde cualquier punto. No siendo necesario el colocar un rótulo “Salida”. Una vez situado en las zonas comunes del centro comercial este dispone de los rótulos para señalar los recorridos de evacuación.

3.8 Control del humo de incendio

El local cuenta con dos detectores de presencia de humo.

3.9 Evacuación de personas con discapacidad en caso de incendio. A pesar de tratarse de un local de pública concurrencia, no posee una altura de evacuación superior a 10 m, por ello no es necesario habilitar salidas de emergencia accesibles para personas con discapacidad. No obstante en el recorrido de emergencia se observa que no hay presencia de escalones que dificulten la movilidad de personas con discapacidad.

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SEGURIDAD EN CASO DE INCENDIO SI 4: INSTALACIONES DE

PROTECCIÓN CONTRA INCENDIOS

4.1 Dotación de instalaciones de protección contra incendios

Existe a una distancia inferior a 15 metros un extintor propio de las instalaciones del centro comercial con eficacia 21A – 113B. Según lo establecido para locales de Pública Concurrencia, en la tabla 1.1, no alcanza los valores mínimos para la obligación de otro tipo de dotaciones. No obstante el local dispone de rociadores automáticos y detección de humos por la configuración del centro comercial. Con lo que las exigencias mínimas quedan cubiertas.

4.2 Señalización de las instalaciones manuales de protección contra incendios

El extintor portátil está señalizado mediante una señal definida en la norma UNE 23033-1 cuyo tamaño es de 210 x 297 mm (>210x210mm), ya que la distancia de observación de la señal no excede de 10 m. Ésta es visible en caso de fallo en el suministro al alumbrado normal. Además cumple con las normas UNE 23035-1:2003, UNE 23035-2:2003 y UNE 23035-4:2003 y su mantenimiento se realizará conforme a lo establecido en la norma UNE 23035-3:2003.

LOCAL 15B

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SEGURIDAD EN CASO DE INCENDIO SI 5: INTERVENCIÓN DE LOS

BOMBEROS

Desde el propio ámbito regulador del CTE, debe aplicarse siempre cuando se hagan obras o cuando se cambie el uso principal de un establecimiento; pero hay que tener en cuenta que la competencia para regular y controlar las actividades y sus cambios, así como los procedimientos de legalización, corresponde al Ayuntamiento. Por ello es el mismo Ayuntamiento quién debe decidir sobre la aplicación del CTE a procesos como éste y sobre el alcance de dicha aplicación. Después de revisar el conjunto de normativa municipal, no se recogen obligaciones de aplicación en este Documento Básico de Seguridad en caso de Incendio.

SEGURIDAD EN CASO DE INCENDIO SI 6: RESISTENCIA AL FUEGO DE LA

ESTRUCTURA

En este caso, se trata de la comprobación de un local situado en la planta baja ya construido, por lo que verificamos si lo ya realizado cumple actualmente con este Documento Básico, y en los casos necesarios tomamos las medidas adecuadas para adaptarlo al cumplimiento del mismo. Estamos ante un uso de pública concurrencia de altura de evacuación <15 m de altura, lo que según la tabla 3.1 nos exige una resistencia mínima de los elementos estructurales de R90. Se ha realizado la comprobación de los anejos C y F Anejo C (Pilares, soportes y vigas)

Método simplificado: La dimensión mínima de la sección recta que deben tener las vigas y soportes de R90 es de 120 mm. En nuestro caso se tratan de vigas de 400mm x 300mm de sección; pero para determinar la capacidad resistente de cálculo de la sección transversal, debemos desconsiderar aquella parte afectada por más de 500 ºC, en el tiempo considerado.

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La figura C.6 nos muestra las isotermas para cuartos de sección de 300 x 300 mm expuestos por ambas caras, que para R-90:

Cálculo: (150 – 30) x 2 = 240 mm > 120 mm Es de considerar que si cumple en una sección de 300 x 300 mm lo hará una de dimensiones mayores como 400 x 350 mm. Los soportes a su vez son pilares prefabricados de muros de hormigón de 350 x 400 mm en los extremos y de 500 x 500 en vanos intermedios, protegidos con una hoja de cartón yeso no portante que los protege de la llama directa, pudiéndose considerar por tanto como R-90 o superior, suficiente para este apartado justificativo. Anejo F (Tabiques)

Del anejo F hemos verificado en la tabla F.1 que el caso más desfavorable en los tabiques o particiones, en nuestro caso al incorporar tabiquería de cartón yeso como acabado de la partición con un espesor total > 100 mm. Lo que nos da lugar a clasificarlo en un EI > 90. Hay que tener en cuenta que el CTE considera que una clasificación EI asignada a un elemento no presupone que el mismo carezca de capacidad portante ante la acción del fuego y que, por tanto, no pueda ser clasificado también como REI, sino simplemente que no se dispone de dicha clasificación.

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AHORRO DE ENERGÍA HE 1: LIMITACIÓN DE DEMANDA ENERGÉTICA

No es de aplicación debido a las características del local.

AHORRO DE ENERGÍA HE 2: RENDIMIENTO DE LAS INSTALACIONES TÉRMICAS

El local dispone de instalaciones térmicas apropiadas destinadas a proporcionar el bienestar térmico de sus ocupantes (Toberas de aire acondicionado). Esta exigencia se desarrolla actualmente en el vigente Reglamento de Instalaciones Térmicas en los Edificios, RITE, (REAL DECRETO 1027/2007, de 20 de julio y sus posteriores modificaciones).

AHORRO DE ENERGÍA HE 3: EFICIENCIA ENERGÉTICA DE LAS

INSTALACIONES DE ILUMINACIÓN

No es de aplicación debido a las características del local.

AHORRO DE ENERGÍA HE 4: CONTRIBUCIÓN SOLAR MÍNIMA DE AGUA CALIENTE SANITARIA

No es de aplicación debido a las características del local.

AHORRO DE ENERGÍA HE 5: CONTRIBUCIÓN SOLAR MÍNIMA DE ENERGÍA ELÉCTRICA

No es de aplicación debido a las características del local.

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SEGURIDAD DE UTILIZACIÓN Y ACCESIBILIDAD SUA 1: SEGURIDAD FRENTE AL RIESGO DE CAIDAS

1.1 Resbaladicidad de los suelos

Se han clasificado los suelos en función de su localización de la tabla 1.2 El suelo de la zona al público es del tipo 1 y el los aseos son del tipo 2 como indica la misma. 1.2 Discontinuidades en el pavimento.

Se aprecian dos cambios en el tipo de pavimento:

- Entre los pasillos y zonas comunes del centro comercial y la zona de atención y venta del local (Resuelto con un cubrejunta de altura inferior a 4 mm).

- Entre el local y la zona de trabajo del personal resuelto por un tapajuntas de altura inferior a 4 mm (Quedaría exento por ser una zona de uso restringido).

1.3 Desniveles

No hay desniveles en el interior del local por lo que no procede este apartado. 1.4 Escaleras y rampas

El local no posee escaleras y/o rampas por lo que este apartado no procede. 1.5 Limpieza de los acristalamientos exteriores

La limpieza de los acristalamientos del local, no posee dificultades, por situarse en la planta baja del edificio y no superar los 3,00m de altura respecto la cota más baja desde el exterior del local, pudiéndose realizar de forma manual sin necesidad de medios especiales, tanto en el interior como por el exterior.

SEGURIDAD DE UTILIZACIÓN Y ACCESIBILIDAD SUA 2: SEGURIDAD FRENTE AL RIESGO DE IMPACTO O ATRAPAMIENTO

2.1 Impacto

Impacto con elementos fijos La altura libre de paso es superior a 2,20 m en zonas de circulación y a 2,00 m en los umbrales de las puertas.

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No existen elementos fijos que sobresalgan de las fachadas o de las paredes a una altura inferior a 2,20 m sobre cualquier zona de circulación. Impacto con elementos practicables La doble puerta oscilante de entrada a la zona de trabajo es de maniobra horizontal, de uso manual pero la superficie de ambas hojas no excede de 6,25 m2, por lo que no es de aplicación este apartado además da acceso a un espacio de uso restringido con lo que deja de ser de aplicación. Impacto con elementos frágiles Las superficies acristaladas de la fachada y la puerta de entrada cumplen con la clasificación de prestaciones X (Y) Z determinada según la norma UNE EN 12600:2003 cuyos parámetros cumplan lo que se establece en la tabla 1.1 X: Cualquiera Y: B o C Z: 1 o 2 Impacto con elementos insuficientemente perceptibles Por la disposición de la fachada y de la cristalera no hay posibilidad de impacto por confusión con un espacio abierto.

2.2 Atrapamiento

No existen puertas correderas ni elementos de apertura o cierre automáticos.

SEGURIDAD DE UTILIZACIÓN Y ACCESIBILIDAD SUA 3: SEGURIDAD FRENTE AL RIESGO DE APRISIONAMIENTO EN RECINTOS

En el local sólo existe una puerta perteneciente a un aseo de uso restringido. Queda excluida de este apartado, no está recogido en el CTE. El local posee una verja metálica de cierre que permanece abierta durante la actividad del local no pudiendo aprisionar personal en su interior,

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SEGURIDAD DE UTILIZACIÓN Y ACCESIBILIDAD SUA 4: SEGURIDAD FRENTE AL RIESGO CAUSADO POR ILUMINACIÓN INADECUADA

1.- ALUMBRADO NORMAL EN ZONAS DE CIRCULACIÓN

NORMA LOCAL

Zona Iluminancia mínima [lux]

Exterior Exclusiva para personas

Escaleras 20

Resto de zonas 20

Para vehículos o mixtas 20

Interior Exclusiva para personas

Escaleras 100

Resto de zonas 100 350

Para vehículos o mixtas 50

Factor de uniformidad media fu 40 %

75 %

2.- ALUMBRADO DE EMERGENCIA

Dotación:

Contarán con alumbrado de emergencia:

Recorridos de evacuación

Aparcamientos cuya superficie construida exceda de 100 m²

Locales que alberguen equipos generales de las instalaciones de protección

Locales de riesgo especial

Lugares en los que se ubican cuadros de distribución o de accionamiento de la instalación

de alumbrado

Las señales de seguridad

Disposición de las luminarias:

NORMA LOCAL

Altura de colocación h 2 m

H ≈ 3,16 m

Se dispondrá una luminaria en:

Cada puerta de salida.

Señalando el emplazamiento de un equipo de seguridad.

Puertas existentes en los recorridos de evacuación.

Escaleras (cada tramo recibe iluminación directa).

En cualquier cambio de nivel.

En los cambios de dirección y en las intersecciones de pasillos.

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Características de la instalación:

Será fija.

Dispondrá de fuente propia de energía.

Entrará en funcionamiento al producirse un fallo de alimentación en las zonas de alumbrado normal. El alumbrado de emergencia en las vías de evacuación debe alcanzar, al menos, el 50% del nivel de iluminación requerido al cabo de 5 segundos y el 100% a los 60 segundos.

Condiciones de servicio que se deben garantizar (durante una hora desde el fallo):

NORMA LOCAL

Vías de evacuación de anchura

2m

Iluminancia en el eje central

Iluminancia en la banda central

Vías de evacuación de anchura > 2m

Pueden ser tratadas como varias bandas de anchura 2m

NORMA LOCAL

Relación entre iluminancia máxima y mínima a lo largo de la línea central

Puntos donde estén situados: equipos de seguridad, instalaciones de protección contra incendios y cuadros de distribución del alumbrado.

Iluminancia

5 luxes

Valor mínimo del Índice de Rendimiento Cromático (Ra) Ra 40

Ra = 80.00

Iluminación de las señales de seguridad:

NORMA LOCAL

Luminancia de cualquier área de color de seguridad 2 cd/m²

3 cd/m²

Relación entre la luminancia máxima/mínima dentro del color blanco o de seguridad

10:1

10:1

Relación entre la luminancia Lblanca, y la luminancia Lcolor > 10

5:1

15:1

10:1

Tiempo en el que se debe alcanzar cada nivel de iluminación

50%

--> 5 s 5 s

100% --> 60 s 60 s

SEGURIDAD DE UTILIZACIÓN Y ACCESIBILIDAD SUA 5: SEGURIDAD

FRENTE AL RIESGO CAUSADO POR SITUACIONES DE ALTA OCUPACIÓN

No es de aplicación debido a las características del local.

Neoflokis
Resaltado
Neoflokis
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SEGURIDAD DE UTILIZACIÓN Y ACCESIBILIDAD SUA 6: SEGURIDAD FRENTE AL RIESGO CAUSADO POR AHOGAMIENTO

No es de aplicación debido a las características del local.

SEGURIDAD DE UTILIZACIÓN Y ACCESIBILIDAD SUA 7: SEGURIDAD FRENTE AL RIESGO CAUSADO POR VEHÍCULOS EN MOVIMIENTO

No es de aplicación debido a las características del local.

SEGURIDAD DE UTILIZACIÓN Y ACCESIBILIDAD SUA 8: SEGURIDAD

FRENTE AL RIESGO CAUSADO POR LA ACCIÓN DEL RAYO

No es de aplicación debido a las características del local.

SEGURIDAD DE UTILIZACIÓN Y ACCESIBILIDAD SUA 9: ACCESIBILIDAD

Se aplica a este proyecto las condiciones de accesibilidad contenidas en este DB del CTE.

9.1 Condiciones de accesibilidad Condiciones funcionales La local dispone de un itinerario accesible que comunica la entrada principal del local con el exterior. Accesibilidad entre plantas del edificio El local está situado en la planta baja del centro comercial, por lo que este apartado no es de aplicación, por no salvar altura con otras plantas. No obstante el centro comercial dispone de ascensores y escaleras mecánicas para el desplazamiento entre plantas con otros locales.

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Resaltado
Neoflokis
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9.2 Dotación de elementos accesibles Viviendas accesibles, Alojamientos accesibles, Plazas de aparcamiento accesibles, Plazas reservadas, Piscinas En el local no existen aparcamientos privados, ni asientos fijos para el público, como tampoco piscina. Por todo ello estos apartados no son de obligatorio cumplimiento para este proyecto. Servicios higiénicos accesibles El local no tiene que tener servicios públicos por lo que no es necesario poseer servicios higiénicos adaptados. Mobiliario fijo Todo el mobiliario proyectado es accesible.

Mecanismos Todos los mecanismos proyectados, tales como interruptores, manetas de puertas, son mecanismos accesibles.

9.3 Condiciones y características de la información y señalización para accesibilidad.

Dada la simplicidad de local no es necesario incorporar información y señalización al

mismo.

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Resaltado
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PROTECCIÓN FRENTE AL RUIDO DB-HR No es de aplicación porque se considera un " recinto de actividad " (así se expresa en las definiciones, con los locales de pública concurrencia), y estos se excluyen de la aplicabilidad del HR. Por lo que en referencia al ruido, debe cumplir: " Ley 7/1997, de agosto, de protección acústica " y "Decreto 150/1999 (Galicia), de 7 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de protección contra la contaminación acústica (DO Galicia núm. 100, de 27 de mayo de 1999)”. Además, haciendo uso de la Guía de aplicación del DB HR Protección frente al ruido del Instituto Eduardo Torroja, avalada por el ministerio de vivienda y ministerio de ciencia e innovación, dice "Esta exclusión está motivada porque el aislamiento acústico entre recintos implica de forma conjunta a los diferentes elementos constructivos (forjados, elementos de separación vertical, tabiquería, cubierta, fachadas, etc.), de forma tal que salvo que se pueda intervenir sobre el conjunto de forma global, como ocurre en la rehabilitación integral, el CTE exime del cumplimiento del requisito básico de protección frente al ruido a las intervenciones sobre edificios existentes."..."suelen regularse por otros reglamentos como ordenanzas municipales." La normativa municipal no es aplicable en este caso.

SALUBRIDAD HS 1: PROTECCIÓN FRENTE A LA HUMEDA

1.- MUROS EN CONTACTO CON EL TERRENO

No es aplicable por ser una planta por encima de la rasante del terreno.

2.- SUELOS EN CONTACTO CON EL TERRENO

No es aplicable por poseer un sótano inferior destinado a garajes.

3.- FACHADAS Y MEDIANERAS DESCUBIERTAS

3.1.- Grado de impermeabilidad

El grado de impermeabilidad mínimo exigido a las fachadas se obtiene de la tabla 2.5 de CTE DB HS 1, en función de la zona pluviométrica de promedios y del grado de exposición al viento correspondientes al lugar de ubicación del edificio, según las tablas 2.6 y 2.7 de CTE DB HS 1.

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Resaltado
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Clase del entorno en el que está situado el edificio: E1 (1)

Zona pluviométrica de promedios: II (2) Altura de coronación del edificio sobre el terreno: entre 16 y 40 m (3) Zona eólica: B (4) Grado de exposición al viento: V2 (5) Grado de impermeabilidad: 4 (6)

Notas: 1) Clase de entorno del edificio E1 (Terreno tipo V: Centros de negocio de grandes ciudades, con profusión de edificios en altura). (2) Este dato se obtiene de la figura 2.4, apartado 2.3 de DB HS 1 Protección frente a la humedad. (3) Para edificios de más de 100 m de altura y para aquellos que están próximos a un desnivel muy pronunciado, el grado de exposición al viento debe ser estudiada según lo dispuesto en DB SE-AE. (4) Este dato se obtiene de la figura 2.5, apartado 2.3 de HS1, CTE. (5) Este dato se obtiene de la tabla 2.6, apartado 2.3 de HS1, CTE. (6) Este dato se obtiene de la tabla 2.5, apartado 2.3 de HS1, CTE.

R) Resistencia a la filtración del revestimiento exterior:

R1 El revestimiento exterior debe tener al menos una resistencia media a la filtración. Se considera que proporcionan esta resistencia los siguientes: Revestimientos continuos de las siguientes características: o Espesor comprendido entre 10 y 15 mm, salvo los acabados con una capa plástica

delgada. o Adherencia al soporte suficiente para garantizar su estabilidad. o Permeabilidad al vapor suficiente para evitar su deterioro como consecuencia

de una acumulación de vapor entre él y la hoja principal. o Adaptación a los movimientos del soporte y comportamiento aceptable frente a

la fisuración.

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Resaltado
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o Cuando se dispone en fachadas con el aislante por el exterior de la hoja principal, compatibilidad química con el aislante y disposición de una armadura constituida por una malla de fibra de vidrio o de poliéster.

Revestimientos discontinuos rígidos pegados de las siguientes características: o De piezas menores de 300 mm de lado. o Fijación al soporte suficiente para garantizar su estabilidad. o Disposición en la cara exterior de la hoja principal de un enfoscado de mortero. o Adaptación a los movimientos del soporte.

R2 El revestimiento exterior debe tener al menos una resistencia alta a la filtración. Se considera que proporcionan esta resistencia los revestimientos discontinuos rígidos fijados mecánicamente dispuestos de tal manera que tengan las mismas características establecidas para los discontinuos de R1, salvo la del tamaño de las piezas. El revestimiento aplacado de piezas de granito cumple estas características. B) Resistencia a la filtración de la barrera contra la penetración de agua:

B1 Debe disponerse al menos una barrera de resistencia media a la filtración. Se consideran como tal los siguientes elementos:

o Cámara de aire sin ventilar; o Aislante no hidrófilo colocado en la cara interior de la hoja principal.

B2 Debe disponerse al menos una barrera de resistencia alta a la filtración. Se consideran como tal los siguientes elementos:

o Cámara de aire sin ventilar y aislante no hidrófilo dispuestos por el interior de la hoja principal, estando la cámara por el lado exterior del aislante;

o Aislante no hidrófilo dispuesto por el exterior de la hoja principal. El centro comercial posee cámara de aire y local posee aislamiento (Poliuretano extruido) aislante no hidrófilo. C) Composición de la hoja principal:

C1 Debe utilizarse al menos una hoja principal de espesor medio. Se considera como tal una fábrica cogida con mortero de:

o ½ pie de ladrillo cerámico, que debe ser perforado o macizo cuando no exista revestimiento exterior o cuando exista un revestimiento exterior discontinuo o un aislante exterior fijados mecánicamente.

o 12 cm de bloque cerámico, bloque de hormigón o piedra natural.

Neoflokis
Resaltado
Neoflokis
Resaltado

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C2 Debe utilizarse una hoja principal de espesor alto. Se considera como tal una fábrica cogida con mortero de:

o 1 pie de ladrillo cerámico, que debe ser perforado o macizo cuando no exista revestimiento exterior o cuando exista un revestimiento exterior discontinuo o un aislante exterior fijados mecánicamente.

La solución se asimila al C1, no obstante cuando se trata de una sola hoja, es necesario considerar la opción C2. En este caso teniendo en cuenta que es una construcción de unos 15 años de antigüedad y que el porcentaje de la fachada es mínimo 25% ya que prácticamente de ese 25% el 70% es cristalera y huecos y teniendo en cuenta que durante todo este tiempo no ha dado problemas de infiltraciones, podremos considerar que la opción C1 se adapta a una solución aceptable considerando que se puede tomar como válida.

La partición principal posee una hoja de tabiquería que cumple las características del apartado C.

4.- CUBIERTAS

Por tratarse de un bajo sin balcones o voladizos no procede la justificación de cubiertas.

SALUBRIDAD HS 2: RECOGIDA Y EVACUACIÓN DE RESIDUOS

No es de aplicación debido a las características del local.

SALUBRIDAD HS 3: CALIDAD DEL AIRE INTERIOR

La aplicación del CTE en este caso no procede de manera que se revisa la normativa municipal para cumplir el apartado de ventilación. Art. 5.4.9 Iluminación y ventilación.

1. La luz y ventilación de los locales comerciales podrá ser natural o artificial. En el primer caso los

huecos de luz y ventilación deberán tener una superficie total no inferior a 1/8 de la que tenga la

planta del local. Se exceptúan los locales exclusivamente destinados a almacenes, trasteros o pasillos.

CUMPLE

Neoflokis
Resaltado
Neoflokis
Resaltado

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En el segundo caso, se exigirá la presentación de los proyectos detallados de las instalaciones de

iluminación y acondicionamiento de aire, que deberán ser aprobados por el Ayuntamiento, quedando

estas instalaciones sometidas a revisión antes de la apertura del local y en cualquier momento. En el

supuesto de que no fuesen satisfactorias, o no funcionaran correctamente, en tanto no se adopten las

medidas correctoras oportunas, el Ayuntamiento podrá cerrar total o parcialmente el local.

2. Los caudales mínimos requeridos para la ventilación de los locales serán las que se establecen en la

tabla 2 de la Norma UNE 100-011-91.

3. En edificios de nueva edificación al menos el cincuenta por ciento de los locales comerciales que

puedan separarse, según las condiciones de la planta baja, deberán dejar previsto un conducto de

ventilación y evacuación de humos, independientes de las de carácter estático para aseos, hasta

superar la cumbrera de cubierta, con una superficie mínima de quinientos (500) centímetros

cuadrados. La ventilación será natural: Superficie del local a ventilar: 29,90 m2 1/8 de la superficie: 3,73 m2

Hueco de acceso 3,49x3,00 10,47 m2

TOTAL 10,47 m2

CUMPLE

SALUBRIDAD HS 4: SUMINISTRO DE AGUA

Las instalaciones del local (Un aseo y un bidé) han sido proyectadas de acuerdo a las directrices del CTE.

SALUBRIDAD HS 5: EVACUACIÓN DE AGUAS

Las instalaciones del local (Un aseo y un bidé) han sido proyectadas de acuerdo a las directrices del CTE.

CUMPLIMIENTO DE LA NORMATIVA DE

ACCESIBILIDAD Y BARRERAS ARQUITECTÓNICAS

Justificar el cumplimiento de la Ley 8/1997 de Accesibilidad y Supresión de Barreras Arquitectónicas, en la Comunidad Gallega, D.O.G. del 29 de Agosto de 1997. CUMPLIMIENTO

Neoflokis
Resaltado
Neoflokis
Resaltado

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COMUNICACIÓN HORIZONTAL 1.1. VESTÍBULOS Se puede inscribir un círculo de 1,50m en el vestíbulo tras la puerta de entrada, sin que afecte a éste el barrido de la misma, y en el vestíbulo previo a los aseos. 1.2. CORREDORES Todo posible corredor tiene un ancho mínimo de 1,20 m y de 0,90 m en caso puntual. 1.3 ACCESOS PUERTAS El local no posee puertas de acceso al público. ASEOS. No dispone de aseos públicos.

Neoflokis
Resaltado
Neoflokis
Resaltado

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LICENCIA DE ACTIVIDAD

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SECCIÓN 3: PLANOS

Neoflokis
Resaltado
Neoflokis
Resaltado
Neoflokis
Línea poligonal

ZONAPÚBLICA12,44 m² ZONA

TALLER13,06 m²

ZONASERVICIO

4,40 m²

Asunto: Plano

PLANO DE: Escala:

Licencia de Actividad

02PLANO DE SUPERFICIES 1 / 40

EFIXES CONSULTORÍA S.L.Camiño da Quinta 24, Valladares36314 - Vigo Tlfno: 605.938.459

PABLO FREIRÍA LORENZOARQUITECTO TÉCNICO - INGENIERO DE EDIFICACIÓNCOLEGIADO VR - 1055 C.O.A.A.T.P.O (VIGO)

Promotor:

Situación:

Fecha:

DESIGNACIÓN EXTENSIÓN

ZONA PÚBLICA / VENTA

ZONA TALLER

SERVICIO PRIVADO

12,44 m²

13,06 m²

4,40 m²

CUADRO DE SUPERFICIES

TOTAL 29,90 m²

Rial y González C.B.

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20/09/2013

Neoflokis
Resaltado
Neoflokis
Resaltado
Neoflokis
Resaltado
Neoflokis
Resaltado
Neoflokis
Resaltado

6,86

4,35

2,80

1,48

0,72

3,49 3,36

1,00 1,35 0,07 2,73 0,061,65

0,06

2,29

1,2

1,50

1,50

0,72

Altura libre 3,16 m

Asunto: Plano

PLANO DE: Escala:

Licencia de Actividad

03PLANO DE COTAS 1 / 40

EFIXES CONSULTORÍA S.L.Camiño da Quinta 24, Valladares36314 - Vigo Tlfno: 605.938.459

PABLO FREIRÍA LORENZOARQUITECTO TÉCNICO - INGENIERO DE EDIFICACIÓNCOLEGIADO VR - 1055 C.O.A.A.T.P.O (VIGO)

Promotor:

Rial y González C.B.Situación:

Centro Comercial Travesía - Local 15B

Fecha:

20/09/2013

Neoflokis
Resaltado
Neoflokis
Resaltado
Neoflokis
Resaltado
Neoflokis
Resaltado
Neoflokis
Resaltado

BANCO WILKINMODELO BRAVO

PRENSAWILKIN

Asunto: Plano

PLANO DE: Escala:

Licencia de Actividad

04PLANO TOMAS ELÉCTRICAS Y CUADRO ELÉCTRICO

1 / 25

EFIXES CONSULTORÍA S.L.Camiño da Quinta 24, Valladares36314 - Vigo Tlfno: 605.938.459

PABLO FREIRÍA LORENZOARQUITECTO TÉCNICO - INGENIERO DE EDIFICACIÓNCOLEGIADO VR - 1055 C.O.A.A.T.P.O (VIGO)

Promotor:

Situación:

Fecha:

Rial y González C.B.

Centro Comercial Travesía - Local 15B

20/09/2013

DESIGNACIÓN SIMBOLO

ENCHUFE

ENCHUFE FUERZA

CUADRO ELÉCTRICO

LEYENDA

Neoflokis
Resaltado
Neoflokis
Resaltado
Neoflokis
Resaltado
Neoflokis
Resaltado

Asunto: Plano

PLANO DE: Escala:

Licencia de Actividad

05PLANO DE ILUMINACIÓN

1 / 25

EFIXES CONSULTORÍA S.L.Camiño da Quinta 24, Valladares36314 - Vigo Tlfno: 605.938.459

PABLO FREIRÍA LORENZOARQUITECTO TÉCNICO - INGENIERO DE EDIFICACIÓNCOLEGIADO VR - 1055 C.O.A.A.T.P.O (VIGO)

Promotor:

Situación:

Fecha:

Rial y González C.B.

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20/09/2013

DESIGNACIÓN SIMBOLO

LUMINARIA EMPOTRADA

LUMINARIA DE EMERGENCIA

LUMINARIA DE ESCAPARATE

LEYENDA

Neoflokis
Resaltado
Neoflokis
Resaltado
Neoflokis
Resaltado

Asunto: Plano

PLANO DE: Escala:

Licencia de Actividad

06PLANO DE TOBERAS AIRE, REJILLAS Y ALTAVOCES 1 / 25

EFIXES CONSULTORÍA S.L.Camiño da Quinta 24, Valladares36314 - Vigo Tlfno: 605.938.459

PABLO FREIRÍA LORENZOARQUITECTO TÉCNICO - INGENIERO DE EDIFICACIÓNCOLEGIADO VR - 1055 C.O.A.A.T.P.O (VIGO)

Promotor:

Situación:

Fecha:

Rial y González C.B.

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20/09/2013

DESIGNACIÓN SIMBOLO

REJILLA REGISTRABLE TECHO

TOBERA AIRE ACONDICIONADO

ALTAVOZ 20 cm

LEYENDA

ALTAVOZ 5 cm

Neoflokis
Resaltado
Neoflokis
Resaltado
Neoflokis
Resaltado

1,41

1,5

0,46

2,891,63

1,33

3,21

RECORRIDO DESFAVORABLE 8,14 m

Asunto: Plano

PLANO DE: Escala:

Licencia de Actividad

07PLANO DE EMERGENCIA 1 / 100

EFIXES CONSULTORÍA S.L.Camiño da Quinta 24, Valladares36314 - Vigo Tlfno: 605.938.459

PABLO FREIRÍA LORENZOARQUITECTO TÉCNICO - INGENIERO DE EDIFICACIÓNCOLEGIADO VR - 1055 C.O.A.A.T.P.O (VIGO)

Promotor:

Situación:

Fecha:

Rial y González C.B.

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20/09/2013

DESIGNACIÓN SIMBOLO

LUMINARIA DE EMERGENCIA

DETECTOR DE HUMO

ROCIADOR DE EMERGENCIA

LEYENDA

Neoflokis
Resaltado
Neoflokis
Resaltado
Neoflokis
Resaltado

SECCIÓN S-2

SECCIÓN S-4

SECCIÓN S-1

SECCIÓN S-3

SECCIÓN S-5

Asunto: Plano

PLANO DE: Escala:

Licencia de Actividad

08PLANO DE SECCIONES 1 / 40

EFIXES CONSULTORÍA S.L.Camiño da Quinta 24, Valladares36314 - Vigo Tlfno: 605.938.459

PABLO FREIRÍA LORENZOARQUITECTO TÉCNICO - INGENIERO DE EDIFICACIÓNCOLEGIADO VR - 1055 C.O.A.A.T.P.O (VIGO)

Promotor:

Situación:

Fecha:

Rial y González C.B.

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Neoflokis
Resaltado
Neoflokis
Resaltado
Neoflokis
Resaltado