libro caja y bancos

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LIBRO CAJA Y BANCOSEs un libro en el cual se debe anotar las operaciones que realiza la empresa con la entidad bancaria en donde mantiene una cuenta corriente o del dinero en efectivo. 1. OBLIGADOS: En virtud del artculo 65 del TUO de la Ley del Impuesto a la Renta, el Libro Caja y Bancos resulta obligatorio para todos aquellos perceptores de rentas de tercera categora que se encuentren obligados a llevar contabilidad completa, y que corresponde a aquellos sujetos cuyos ingresos brutos anuales superen las 150 UIT. En efecto, el Libro Caja y Bancos, en el que se registra mensualmente toda la informacin, proveniente del movimiento del efectivo y del equivalente de efectivo, integra la contabilidad completa de acuerdo al artculo 12 de la resolucin de superintendencia N 234-2006/Sunat. 2. EXCEPTUADOS En principio, de acuerdo al artculo 65 del TUO de la Ley del Impuesto a la Renta, no estn obligados a llevar el Libro Caja y Bancos del perceptores de rentas de tercera categora cuyos ingresos brutos anuales no superen las 150 UIT. Adems, de acuerdo al numeral 1.1 del artculo 13 de la resolucin de superintendencia N 234-2006/Sunat , se encontrarn exceptuados de llevar este libro los deudores tributarios que lleven sus libros o registros utilizando hojas sueltas o continuas, en la medida que la informacin que se requiere de este libro se encuentre contenida en el libro mayor. 3. PLAZO DE ATRASO Acorde con el numeral 1 del Anexo 2 de la Resolucin N 234-2006/Sunat, tendr el siguiente plazo de atraso: Tres meses desde el da hbil del mes siguiente en que se realizaron las operaciones relacionadas con el ingreso o salida del efectivo o equivalente de efectivo. 4. REQUISITOS GENERALES Dado que este libro se encuentra dentro del Anexo 1 de la Resolucin N 2342006/Sunat, se trata de un libro y registro vinculado a asuntos tributarios que deber ser legalizado por los notarios, a falta de estos, por los jueces de paz letrados o jueces de paz, cuando corresponda, de la provincia en la que se encuentre ubicado el domicilio fiscal del deudor tributario, salvo tratndose de las provincias de Lima y Callao, en cuyo caso la legalizacin podr ser efectuada por los notarios o jueces de cualquiera de dichas provincias. Adems de la legalizacin, requiere contener los siguientes datos de cabecera: Denominacin de Libro Periodo y/o ejercicio al que corresponde la informacin registrada. Numero de RUC del deudor tributario, apellidos y nombres, denominacin y/o razn social de este.

5. REQUISITOS ESPECIFICOS Conforme lo sealado en el numeral 1.1 del artculo 13 de la Resolucin N 2342006/Sunat debe contener mensualmente la siguiente informacin minima proveniente del movimiento del efectivo y del equivalente de efectivo: FORMATO 1.1: LIBRO CAJA Y BANCOS DETALLE DE LOS MOVIMIENTOS DEL EFECTIVO i. Numero correlativo del registro o cdigo nico de la operacin ii. Fecha de operacin iii. Descripcin de la operacin registrada, que indique su naturaleza. De tratarse de saldos, inicial o final, indicarlo en esta columna. iv. Cdigo y denominacin de la cuenta contable asociada que es el origen o destino de la operacin, segn el plan de cuentas utilizado, tratndose de libros o registros llevados en forma manual. v. Saldos y movimientos: o Saldo deudor, de ser el caso. o Saldo acreedor, de ser el caso. vi. Totales

FORMATO 1.2: LIBRO CAJA Y BANCOS DETALLE DE LOS MOVIMIENTOS DE LA CUENTA CORRIENTE i. Se deber incluir como datos de cabecera adicionales, a los contemplados en el literal a) del articulo 6, la siguiente informacin: -Nombre de la entidad financiera -Cdigo de la cuenta corriente. ii. Numero correlativo del registro o cdigo nico de la operacin iii. Fecha de operacin iv. Medio de pago utilizado (segn tabla 1) v. Descripcin de la operacin, opcionalmente se podr consignar en esta columna, en forma literal, el medio de pago utilizado, en cuyo caso no ser necesario utilizar la columna sealada en el punto iv vi. Apellidos y nombres, denominacin o razn social de los girados o beneficiario. En esta columna se indicarn los saldos, inicial o final y de tratarse de operaciones mltiples se podr consignar como concepto el termino varios vii. Numero de la transaccin bancaria, numero del documento sustentatorio o nmero del control interno de la operacin. viii. Cdigo y denominacin de la cuenta contable asociada que es el origen o destino de la operacin, segn el plan de cuentas utilizado, tratndose de libros o registros llevados en forma manual. ix. Saldos y movimientos: o Saldo deudor, de ser el caso. o Saldo acreedor, de ser el caso. x. Totales

CASO PRCTICO: Caso 1: La empresa comercial El lamo SAC con N RUC 20454541761 posee una cuenta corriente N 001-457-511 en el Banco Interbank y realiza las siguientes operaciones en el mes de marzo: 1. Apertura el Libro Bancos con 4,000.00 2. El 12.03.2011 paga servicios pblicos de telefnica con giro de cheque 9055001 por 714.00 3. El 12.03.2011 paga planillas al Sr. Aldaba Juan con giro de cheque 9055002 por 870.00 4. El 12.03.2011 paga planillas a la Sra. Arroyo Paulina con giro de cheque 9055003 por 696.00 5. El 12.03.2011 paga seguro social de salud Essalud con giro de cheque 9055004 por 162.00 6. Se anula el cheque 9055005 7. El 12.03.2011 paga descuentos de ley ONP con giro de cheque 9055006 por 234.00 8. El 20.03.2011 recibe un deposito en cuenta del Sr. Espejo Martnez Jos por la Factura N 001-5664323 por el importe de 4,165.00 9. El da 25.03.2010 se gira cheque N 9055007 por el pago al proveedor Mavila Hnos. SRL por 450.00 10. El dia 25.03.2011 se gira cheque N 9055008 por el pago al proveedor Metro SA por 2284.80 11. El da 26.03.2011 se gira cheque N 9055009 por el pago de servicios profesionales del Sr. Andrade Julio por 1,440.00 12. El 27.03.2011 se recibe el deposito en cuenta del Sr. Espejo Martinez por la Factura N 001-5664321 por 800.00 13. El 27.03.2011 se recibe el deposito en cuenta del Sr. Yataco Sanchez Jayme por la Factura N 001-5664325 por 7,735.00 14. El 28.03.2011 se recibe el deposito en cuenta de la Sra. Arroyo Espejo Juana por la Factura N 001-5664324 por 2,380.00.00 15. El da 30.03.2011 se gira cheque N 9055010 por el pago al proveedor Mavila Hnos. SRL por 2,201.50 Se pide realizar el llenado del libro caja y bancos Formato 1.2 y determinar el saldo para el siguiente mes. Caso 2: La empresa comercial House SRL con nmero de RUC 20417558983, en el periodo de enero del 2011 posee una cuenta corriente N 001-1245-5222 en el Banco de Crdito del Per. En el formato 1.2 inicio el mes con un saldo inicial de 13,100.00 El ltimo nmero correlativo de registro en el libro fue el 0430. El da 02.01.2011 el cliente empresa JUSAC, le hizo un depsito en cuenta por 7,300.00. El da 03.01.2011 pago al proveedor Comercial Mab SRL con cheque no negociable el importe de 6,300.00 Se pide realizar el llenado del libro caja y bancos Formato 1.2 y determinar el saldo para el siguiente mes. Caso 3: Se apertura una cuenta corriente N 0411-154-8744 en el Banco Continental el 15.02.2011 con S/. 50,000.00 Se realiza el giro de cheque N 112200 efectuado el da siguiente a la orden de Miguel Jimnez por S/. 15,000.00;

El 18.02.2011 se gira el cheque N 112201 por S/. 40,000.00 a la orden de Justo Prez y el 20.02.2011 se realiza un deposito en cuenta corriente por S/ 15,000.00.

Tabla N 1: TIPO DE MEDIO DE PAGO N 001 002 003 004 005 006 007 008 009 010 011 101 102 103 104 105 106 107 108 999 DESCRIPCION Deposito en cuenta Giro Transferencia de fondos Orden de pago Tarjeta de debito Tarjeta de crdito Cheques con la clusula de no negociable intransferible no a la orden Efectivo por operaciones en las que no existe obligacin de utilizar medios de pago Efectivo en los dems casos Medios de pago de comercio exterior Letras de cambio Transferencias comercio exterior Cheques bancarios comercio exterior Orden de pago simple comercio exterior Orden de pago documentario comercio exterior Remesa simple comercio exterior Remera documentaria comercio exterior Carta de crdito simple comercio exterior Carta de crdito documentario comercio exterior Otros medios de pago (especificar)vii.