ley procesal de trabajo

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LEY PROCESAL DE TRABAJO El Proceso Laboral Desigualdad sustantiva y procesal Jurisdicción especial Conflictos La cosa juzgada Regulación procesal Desigualdad sustantiva y procesal La igualdad de las partes (liberalismo) La desigualdad en el Derecho Laboral La desigualdad en el Derecho Procesal Laboral La igualdad por compensación Regulación procesal La Ley Procesal del Trabajo (26636) La Nueva Ley Procesal del Trabajo (29497): 2010: Tacna (15 de Julio), Cañete (16 de Agosto), La Libertad (01 de Setiembre), Arequipa (01 de Octubre), Lambayeque (02 de Noviembre) y Cusco (01 de Diciembre) 2011: Moquegua (01 de Julio), Ica (08 de Julio), Junín (15 de Julio), Santa (22 de Julio) y Cajamarca (26 de Julio). 2012: Lima Sur (02 de Julio), Lima Norte (03 de Setiembre), Callao (01 de Octubre) y Lima (05 de Noviembre). La acción de amparo laboral Eficacia horizontal de los derechos fundamentales Precedentes vinculantes

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Page 1: Ley procesal de trabajo

LEY PROCESAL DE TRABAJO

El Proceso Laboral

• Desigualdad sustantiva y procesal

• Jurisdicción especial

• Conflictos

• La cosa juzgada

• Regulación procesal

Desigualdad sustantiva y procesal

• La igualdad de las partes (liberalismo)

• La desigualdad en el Derecho Laboral

• La desigualdad en el Derecho Procesal Laboral

• La igualdad por compensación

Regulación procesal

• La Ley Procesal del Trabajo (26636)

• La Nueva Ley Procesal del Trabajo (29497):

– 2010: Tacna (15 de Julio), Cañete (16 de Agosto), La Libertad (01 de Setiembre), Arequipa (01 de Octubre), Lambayeque (02 de Noviembre) y Cusco (01 de Diciembre)

– 2011: Moquegua (01 de Julio), Ica (08 de Julio), Junín (15 de Julio), Santa (22 de Julio) y Cajamarca (26 de Julio).

– 2012: Lima Sur (02 de Julio), Lima Norte (03 de Setiembre), Callao (01 de Octubre) y Lima (05 de Noviembre).

La acción de amparo laboral

• Eficacia horizontal de los derechos fundamentales

• Precedentes vinculantes

• Efectos del amparo

Las Partes Procesales

• Demandante

• Demandado

Page 2: Ley procesal de trabajo

• Juzgador

El Demandante

• Prestador de servicios laborales, formativos, cooperativistas o administrativos, sea o no mayor de edad. (Arts. IITP, 8º y 9º).

• Sindicatos (Art. 8º inc. 8.2 y 8.3).

• Organizaciones sin fines de lucro (Art. 9º).

• Defensoría del Pueblo (Art. 9º).

• Ministerio Público (Art. 9º).

• Empleador (Art. 2º inc. 1 lit. b, k. Art. 3º).

• Administradoras de fondos de pensiones (Art. 1º).

El Demandado

• Empleador (Arts. 1º y 2º).

• Prestador de servicios laborales, formativos, cooperativistas o administrativos, sea o no mayor de edad. (Arts. IITP, 8º y 9º).

• Sindicatos (Art. 2º inc. G. Art. 8º).

• Autoridad Administrativa de Trabajo (Art. 2º inc. 4).

• AFPs (Art. 2º inc. 1 lit. j).

• EPS y aseguradoras (Art. 2º inc. 1 lit. i).

• Árbitros y tribunales arbitrales (Art. 3º).

• Jueces laborales (Art. 2º inc. 1 lit. k).

• Institutos, fondos, cajas y similares (Art. 2º inc. 1 lit. h).

El Juzgador

• Juez de Paz Letrado (Art. 1º).

• Juez de Trabajo (Arts. 2º y 4º inciso 4.3).

• Sala Laboral de Corte Superior (Arts. 3º y 4º inc. 4.2).

• Sala Constitucional y Social de la Corte Suprema (Art. 4º inc. 4.1).

Page 3: Ley procesal de trabajo

Las Pretensiones en elProceso laboral

Las Pretensiones

• Prestador

• Empleador

• Sindicato

Cómo se demanda

• Existencia del derecho

• Vigencia del derecho

• Competencia del juzgador

• Vía procesal

• Comparecencia

• Requisitos formales

Judicialmente:

• Audiencia de Conciliación (ordinario)

• Audiencia de Juzgamiento (ordinario)

• Audiencia Única (abreviado)

• Sentencia de vista

• Sentencia casatoria

• Extra Judicialmente:

• Conciliación o Transacción

Cómo se ejecuta la sentencia

• Juzgado de paz letrado

• Juzgado de trabajo

• Contradicción

• Liquidación de devengados

• Problemas

Page 4: Ley procesal de trabajo

Nulidad de cosa juzgada fraudulenta

• Se interpone ante Juez de Trabajo o Mixto.

• Vía procesal: ordinaria laboral.

• Plazo: 6 meses de ejecutada, o de haber adquirido calidad de cosa juzgada si no fuere ejecutable.

• Causales: fraude o colusión cometido por una de las partes, ambas partes, el juez, o todos ellos.

• Base legal: Art. 2º inc. 1 lit. k NLPT, Art. 178º CPC.

Conclusiones

• El proceso laboral es una necesidad debido a la desigualdad sustantiva y procesal entre empleador y trabajador.

• La Nueva Ley Procesal del Trabajo pretende acortar los plazos de solución del conflicto mediante la aplicación del principio de oralidad y la sanción de la mala fe procesal.

• La Nueva Ley Procesal facilita al trabajador la probanza del vínculo laboral.

• Sin embargo, las sentencias firmes laborales pueden ser impugnadas vía acción de amparo o vía nulidad de cosa juzgada fraudulenta.

• La Nueva Ley Procesal del Trabajo no elimina la competencia del TC para conocer demandas de reposición laboral vía amparo.

• Los abogados tienen una responsabilidad ética en la solución de los casos laborales y en la aplicación adecuada de la legislación procesal.