ley general de contabilidad gubernamental y sus implicaciones para los gobiernos locales

94
CON FECHA 24 DE ABRIL DE 2009 LA SECRETARIA DE FINANZAS PRESENTO EN EL AUDITORIO ARQ. LUIS RAMON BARREDA CEDILLO DEL COMPLEJO ADMINISTRATIVO DEL GOBIERNO DEL ESTADO, UNA INTERESANTE CONFERENCIA SOBRE LAS IMPLICACIONES DE LA LEY GENERAL DE CONTABILIDAD GUBERNAMENTAL EN LOS GOBIERNOS LOCALES, SUSTENTADA POR LOS EXPOSITORES: C.P. JOSE FEDERICO ALVAREZ ARANA Y ACT. JOSE AMADOR PALOMERA AGUILAR. LA INVITACION A LA CONFERENCIA SE HIZO EXTENSIVA A LOS SERVIDORES PUBLICOS RELACIONADOS CON LAS AREAS DE CONTABILIDAD Y AFINES DE LAS DEPENDENCIAS, ORGANISMOS, PODERES Y ENTES AUTONOMOS

Upload: samuru

Post on 09-Jan-2016

24 views

Category:

Documents


0 download

DESCRIPTION

- PowerPoint PPT Presentation

TRANSCRIPT

Page 1: LEY GENERAL DE CONTABILIDAD GUBERNAMENTAL Y SUS IMPLICACIONES PARA LOS  GOBIERNOS LOCALES

CON FECHA 24 DE ABRIL DE 2009 LA SECRETARIA DE FINANZAS PRESENTO EN EL AUDITORIO ARQ. LUIS RAMON BARREDA CEDILLO DEL COMPLEJO ADMINISTRATIVO DEL GOBIERNO DEL ESTADO, UNA INTERESANTE CONFERENCIA SOBRE LAS IMPLICACIONES DE LA LEY GENERAL DE CONTABILIDAD GUBERNAMENTAL EN LOS GOBIERNOS LOCALES, SUSTENTADA POR LOS EXPOSITORES: C.P. JOSE FEDERICO ALVAREZ ARANA Y ACT. JOSE AMADOR PALOMERA AGUILAR.

LA INVITACION A LA CONFERENCIA SE HIZO EXTENSIVA A LOS SERVIDORES PUBLICOS RELACIONADOS CON LAS AREAS DE CONTABILIDAD Y AFINES DE LAS DEPENDENCIAS, ORGANISMOS, PODERES Y ENTES AUTONOMOS

Page 2: LEY GENERAL DE CONTABILIDAD GUBERNAMENTAL Y SUS IMPLICACIONES PARA LOS  GOBIERNOS LOCALES

22

LEY GENERAL DE CONTABILIDAD GUBERNAMENTAL Y SUS IMPLICACIONES

PARA LOS GOBIERNOS LOCALES

SECRETARIA DE FINANZAS DEL ESTADO DE COLIMA

INDETEC.

Abril 24 del 2009. Colima, Col.

Page 3: LEY GENERAL DE CONTABILIDAD GUBERNAMENTAL Y SUS IMPLICACIONES PARA LOS  GOBIERNOS LOCALES

33

OBJETIVO

Analizar el contenido de la nueva Ley General de Contabilidad Gubernamental así como las obligaciones que derivan de su aplicación para los poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial de los estados y el Distrito Federal, los ayuntamientos de los municipios, los órganos político-administrativos de las demarcaciones territoriales del Distrito Federal, las entidades de la administración pública paraestatal, ya sean estatales o municipales y los órganos autónomos estatales.

Page 4: LEY GENERAL DE CONTABILIDAD GUBERNAMENTAL Y SUS IMPLICACIONES PARA LOS  GOBIERNOS LOCALES

TEMÁTICA

1. Esfuerzos Nacionales Hacia la Armonización Contable.

2. Ley General de Contabilidad Gubernamental.

3. Órganos Rectores de la Armonización Contable.

4. Proceso para la Armonización Contable.

6. Obligaciones de los Gobiernos Locales y Plazos para la Armonización Contable.

7. Sanciones por incumplimiento a la Ley.

8. Acciones inmediatas a realizar por le Gobierno del Estado.

4

Page 5: LEY GENERAL DE CONTABILIDAD GUBERNAMENTAL Y SUS IMPLICACIONES PARA LOS  GOBIERNOS LOCALES

55

1 ESFUERZOS NACIONALES HACIA LA ARMONIZACIÓN CONTABLE

Page 6: LEY GENERAL DE CONTABILIDAD GUBERNAMENTAL Y SUS IMPLICACIONES PARA LOS  GOBIERNOS LOCALES

66

1.1.- Esfuerzos intergubernamentales.

1.2.- Reforma Constitucional

ESFUERZOS NACIONALES HACIA LA ARMONIZACIÓN CONTABLE

Page 7: LEY GENERAL DE CONTABILIDAD GUBERNAMENTAL Y SUS IMPLICACIONES PARA LOS  GOBIERNOS LOCALES

77

1.1.- Esfuerzos intergubernamentales:

1.1.1.- Grupos de Trabajo de la Comisión Permanente de Funcionarios Fiscales (CPFF).

❍ Sistemas de Información sobre Finanzas Públicas 1996-2002

❍ Presupuesto por Programas 1998-2002

❍ Sistemas de Información Contable, Financiera y Presupuestal 2002-

2005.

❍ Armonización Presupuestal y Contable 2005-2008.

❍ Gasto, Contabilidad y Transparencia 2008-Hoy

Page 8: LEY GENERAL DE CONTABILIDAD GUBERNAMENTAL Y SUS IMPLICACIONES PARA LOS  GOBIERNOS LOCALES

88

1.1.2.- Principales Productos Generados por los Grupos de Trabajo de la CPFF

a).- Para la armonización de estructuras programáticas presupuestales:

• Clasificador por objeto del gasto a nivel de capítulo y concepto.

• Clasificaciones económica del gasto, administrativa armonizada a

nivel de grupo y funcional homologada.

• Carátula Ingreso – Gasto, rubros que la integran, lineamiento y

glosario de términos.

Continua..

Page 9: LEY GENERAL DE CONTABILIDAD GUBERNAMENTAL Y SUS IMPLICACIONES PARA LOS  GOBIERNOS LOCALES

99

• Elementos que conformarán la estructura programática

armonizada.

• Actualización del ejercicio de la clasificación funcional

homologada en 16 Entidades Federativas.

• Batería de indicadores financieros: ingreso, gasto, deuda y

resultados fiscales.

….Continua

Page 10: LEY GENERAL DE CONTABILIDAD GUBERNAMENTAL Y SUS IMPLICACIONES PARA LOS  GOBIERNOS LOCALES

1010

b).- Para la Armonización del Marco Jurídico Normativo de Entidades Federativas:

• Lineamientos constitucionales para la reconducción presupuestal.

• Estructura y contenido del Decreto de Presupuesto de Egresos.

• Elementos presupuestales a considerar en Leyes de Planeación.

• Lineamientos elaboración Ley y Reglamento de Presupuesto

Contabilidad y Gasto Público.

Page 11: LEY GENERAL DE CONTABILIDAD GUBERNAMENTAL Y SUS IMPLICACIONES PARA LOS  GOBIERNOS LOCALES

1111

c).- Para la Modernización de los Sistemas de Contabilidad Gubernamental y Cuenta Pública

❍ Grupo Técnico de Contabilidad Gubernamental 1996-2006

Difusión de materiales normativos y técnicos.

Vínculos de comunicación directa entre áreas de contabilidad.

Intercambio de experiencias.

Conocimiento de sistemas de contabilidad y cuenta pública.

Principales logros alcanzados:

Continúa …

Page 12: LEY GENERAL DE CONTABILIDAD GUBERNAMENTAL Y SUS IMPLICACIONES PARA LOS  GOBIERNOS LOCALES

1212

Conocimiento de perspectivas de desarrollo al corto y mediano plazo.

Promoción de la modernización de los sistemas contables

Análisis y discusión de tópicos relacionados con la materia.

1.1.3.- Principales logros alcanzados:

…Continúa

Page 13: LEY GENERAL DE CONTABILIDAD GUBERNAMENTAL Y SUS IMPLICACIONES PARA LOS  GOBIERNOS LOCALES

13

1.1.4.- Primera Convención Nacional Hacendaria (2004)

1.1.4.1.- Objetivo General en Materia de Armonización.- Configurar un sistema nacional de transparencia, fiscalización y rendición de cuentas

1.1.4.2.- Estrategia: Impulsar la homologación y armonización de la información hacendaria, así como también de los respectivos marcos jurídicos.

Continua…

13

Page 14: LEY GENERAL DE CONTABILIDAD GUBERNAMENTAL Y SUS IMPLICACIONES PARA LOS  GOBIERNOS LOCALES

1414

1.1.4.4.- Acciones:

Armonizar y modernizar los sistemas de información contables para los tres ámbitos de gobierno, donde se contemplen: marcos jurídicos similares, principios y normas contables comunes, sistemas de administración financiera, registro contable y modelos de información de cuentas compatibles para propiciar el control, evaluación y fiscalización concurrentes.

Impulsar la creación de ordenamientos legales que regulen el acceso de la ciudadanía a la información y a los resultados de la gestión pública de todos los estados y municipios bajo criterios básicos homogéneos.

Impulso a la incorporación y armonización de lineamientos y contenidos en la información presentada en las páginas web de los Congresos Federal y Estatales.

Page 15: LEY GENERAL DE CONTABILIDAD GUBERNAMENTAL Y SUS IMPLICACIONES PARA LOS  GOBIERNOS LOCALES

15

1.2.- Reforma Constitucional para la Armonización Contable.

Adición de fracción XXVIII al artículo 73 Constitucional.

Facultad del Congreso.- …Expedir leyes en materia de contabilidad gubernamental que regirán la contabilidad pública y la presentación homogénea de información financiera, de ingresos y egresos, y patrimonial … a fin de garantizar su armonización a nivel nacional” *

* Decreto publicado en el DOF 7 de mayo de 2008, en vigor a partir del día siguiente.

Plazo máximo para emitir la ley respectiva: 1 Año. (Art. Segundo Transitorio).-

15

Page 16: LEY GENERAL DE CONTABILIDAD GUBERNAMENTAL Y SUS IMPLICACIONES PARA LOS  GOBIERNOS LOCALES

1616

1.2.3.- Algunos Motivos para la Reforma Constitucional para la Armonización Contable.

Mejorar la transparencia con que los entes públicos elaboran la información financiera, presupuestaria y patrimonial.

Contar con datos comparables.

Fortalecer y facilitar las funciones de fiscalización de los órganos de los diferentes niveles de gobierno.

Mejorar la eficiencia del gasto y la rendición de cuentas.

Homologar la contabilidad gubernamental en los tres órdenes de gobierno conforme a mejores prácticas internacionales.

Page 17: LEY GENERAL DE CONTABILIDAD GUBERNAMENTAL Y SUS IMPLICACIONES PARA LOS  GOBIERNOS LOCALES

1717

2LEY GENERAL DE CONTABILIDAD

GUBERNAMENTAL (LGCG)

Page 18: LEY GENERAL DE CONTABILIDAD GUBERNAMENTAL Y SUS IMPLICACIONES PARA LOS  GOBIERNOS LOCALES

1818

2.1.- Publicación, entrada en vigor y efectos de la Ley General de Contabilidad Gubernamental (LGCG).

Decreto publicado en el DOF 31 de diciembre de 2008, para entrar en vigor el 1 de enero de 2009.

Deroga a las disposiciones que se opongan a la presente Ley.

Deroga el Título Quinto De la Contabilidad Gubernamental, los Capítulos I, De la Valuación del Patrimonio del Estado, II De los Catálogos de Cuentas y del Registro Contable de las Operaciones y III De la Formulación de Estados Financieros y los artículos 86 a 105 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.

Establece Plazos para su cumplimiento y prevé sanciones.

Page 19: LEY GENERAL DE CONTABILIDAD GUBERNAMENTAL Y SUS IMPLICACIONES PARA LOS  GOBIERNOS LOCALES

1919

2.2.- Estructura General de la LGCG.

TÍTULO PRIMERO.-Objeto y Definiciones de la Ley

CAPÍTULO ÚNICO.- Disposiciones Generales (Art.1-5) TÍTULO SEGUNDO.- De la Rectoría de la Armonización Contable

CAPÍTULO I.-Del Consejo Nacional de Armonización Contable (Art.6-10)CAPÍTULO II.-Del Secretario Técnico (Art. 11) CAPÍTULO III.-Del Comité Consultivo (Art. 12) CAPÍTULO IV.- Del Procedimiento para la Emisión de Disposiciones y para el Seguimiento de su Cumplimiento (Art.14-15)  

 

Page 20: LEY GENERAL DE CONTABILIDAD GUBERNAMENTAL Y SUS IMPLICACIONES PARA LOS  GOBIERNOS LOCALES

2020

 TÍTULO TERCERO.- De la Contabilidad Gubernamental

CAPÍTULO I.- Del Sistema de Contabilidad Gubernamental (Art 16-21). CAPÍTULO II.- Del Registro Patrimonial (Art. 23-32). CAPÍTULO III.- Del Registro Contable de las Operaciones (Art. 33-43)  TÍTULO CUARTO.- De la Información Financiera Gubernamental y la Cuenta Pública.

CAPÍTULO I.- De la Información Financiera Gubernamental (Art. 44-51) CAPÍTULO II.- Del Contenido de la Cuenta Pública (Art. 52). TÍTULO QUINTO.- De Las SancionesCAPÍTULO ÚNICO.(Art. 56).

TRANSITORIOS (Art. Primero a Decimosegundo).

Page 21: LEY GENERAL DE CONTABILIDAD GUBERNAMENTAL Y SUS IMPLICACIONES PARA LOS  GOBIERNOS LOCALES

2121

2.3.- Alcances de la Ley. (Art. 1º)

Es de observancia obligatoria para los poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial de la Federación, los estados y el Distrito Federal; los ayuntamientos de los municipios; los órganos político-administrativos de las demarcaciones territoriales del Distrito Federal; las entidades de la administración pública paraestatal, ya sean federales, estatales o municipales y los órganos autónomos federales y estatales.

Es de orden público y tiene como objeto establecer los criterios generales que regirán la contabilidad gubernamental y la emisión de información financiera de los entes públicos, con el fin de lograr su adecuada armonización.

Page 22: LEY GENERAL DE CONTABILIDAD GUBERNAMENTAL Y SUS IMPLICACIONES PARA LOS  GOBIERNOS LOCALES

22

Armonización

Catalogo de cuentas

Comité

Contabilidad Gubernamental

ConsejoCosto financiero de la deuda

Cuentas contablesCuentas presupuestarias

Cuenta públicaDeuda pública

Endeudamiento neto

Entes públicos

Entidades federativas

Gasto comprometido

Ingreso devengado

Inventario

Postulados básicos

Secretaría de Hacienda

Sistema

Gasto devengadoGasto ejercido

Gasto pagado

Información financiera

Lista de cuentas

Manuales de contabilidad

Normas contables

Órganos autónomos

Plan de cuentas

Planeación del desarrollo

2.4.- Conceptos de la Ley.

Page 23: LEY GENERAL DE CONTABILIDAD GUBERNAMENTAL Y SUS IMPLICACIONES PARA LOS  GOBIERNOS LOCALES

2323

→ Considera el devengado contable como base para el registro.

→ Reconocimiento de activos, pasivos, ingresos y gastos.

→ Aplicación de postulados básicos.

→ Información mínima que integra la cuenta pública

→ Relaciona información presupuestaria y programática con los

objetivos y prioridades de la Planeación Nacional y Estatal.

→ Cuentas Públicas con resultados de la evaluación del

desempeño.

2.5.- Principales Características sobre la Contabilidad consideradas en la Ley:

Page 24: LEY GENERAL DE CONTABILIDAD GUBERNAMENTAL Y SUS IMPLICACIONES PARA LOS  GOBIERNOS LOCALES

2424

2.6.- Algunas ventajas que propicia la Armonización Contable

1. Posibilita la comparabilidad de la información contable.

2. Es la base de un lenguaje financiero común entre gobiernos.

3. Propicia uniformidad de estructuras de cuentas públicas.

4. Facilita la fiscalización.

5. Permite a la sociedad acceder a la información pública

6. Favorece el acceso a los mercados financieros.

Page 25: LEY GENERAL DE CONTABILIDAD GUBERNAMENTAL Y SUS IMPLICACIONES PARA LOS  GOBIERNOS LOCALES

2525

2.7 Consecuencia para entidades y municipios de no ir al corriente con obligaciones que impone la ley

SHCP no inscribirá obligaciones de entidades federativas y

municipios en el Registro de Obligaciones y Empréstitos de

Entidades y Municipios.

Las participaciones federales que les correspondan no

podrán afectarse para el pago de obligaciones contraídas con

la Federación, instituciones de crédito que operen en

territorio nacional o personas físicas o morales nacionales.

Page 26: LEY GENERAL DE CONTABILIDAD GUBERNAMENTAL Y SUS IMPLICACIONES PARA LOS  GOBIERNOS LOCALES

2626

3ÓRGANOS RECTORES PARA LA

ARMONIZACIÓN CONTABLE

Page 27: LEY GENERAL DE CONTABILIDAD GUBERNAMENTAL Y SUS IMPLICACIONES PARA LOS  GOBIERNOS LOCALES

27

Consejo Nacional de Armonización Contable.

Secretario Técnico.

Comité Consultivo.

ÓRGANOS RECTORES PARA LA ARMONIZACIÓN CONTABLE

Page 28: LEY GENERAL DE CONTABILIDAD GUBERNAMENTAL Y SUS IMPLICACIONES PARA LOS  GOBIERNOS LOCALES

28

CONSEJO NACIONAL DE

ARMONIZACIÓN CONTABLE

SECRETARIO SHCP. Preside

SUBSECRETARIOS SHCP:

EGRESOS-INGRESOS-HDA Y C.P.

TESORERO FEDERACIÓN SHCP

TITULAR UNIDAD ADMVA COORD CON ENTIDADES FEDERATIVAS SHCP

4 GOBERNADORES DE ENTIDADES FEDERATIVAS (2 AÑOS)

Suplencia: Secretarios Finanzas

2 REPRENTANTES AYUNTAMIENTOS (2 AÑOS) Atribuciones contables

SECRETARIO TÉCNICO

Suplencia:

Servidor público que ocupe puesto inmediato inferior

1 INTEGRANTE GRUPOS 1 Y 3

1 INTEGRANTE GRUPOS 2 Y 4

1 INTEGRANTE GRUPOS 5 Y 7

1 INTEGRANTE GRUPOS 6 Y 8

Sustitución: orden alfabético del Grupo

Los elige el Consejo. Suple servidor publico puesto inmediato inferior

Tiene voz pero no voto.

REPRESENTANTE SFP

Art. 20-III LCF

Page 29: LEY GENERAL DE CONTABILIDAD GUBERNAMENTAL Y SUS IMPLICACIONES PARA LOS  GOBIERNOS LOCALES

29

CONSEJO NACIONAL DE

ARMONIZACIÓN CONTABLE

SECRETARIO SHCP. Preside

SUBSECRETARIO EGRESOS SHCP

EGRESOS-INGRESOS-HDA Y C.P.

TESORERO FEDERACIÓN SHCP

TITULAR UCEF SHCP

4 GOBERNADORES DE ENTIDADES FEDERATIVAS (2 AÑOS)

2 REPRESENTANTES AYUNTAMIENTOS (2 AÑOS)

SECRETARIO TÉCNICO

1 BC-BCS-HGO-NL-SIN-SON-TAMPS-TLAX

1 AGS-CHIH-COAH-COL-DGO-JAL-NAY-ZAC

1 CHIS-GTO-MICH-OAX-PUE-QRO-SLP-VER

1 CAM-DF-GRO-MÉX-MOR-QROO-TAB-YUC

Sustitución: orden alfabético del Grupo

1 TESORERO MUNICIPIO SALTILLO

1 TESORERO MUNICIPIO ZACATECAS

TITULAR UCGIGP SHCP

SECRETARIO SFP

Page 30: LEY GENERAL DE CONTABILIDAD GUBERNAMENTAL Y SUS IMPLICACIONES PARA LOS  GOBIERNOS LOCALES

30

FACULTADES DEL CONSEJO NACIONAL DE ARMONIZACION CONTABLE

Emitir la normatividad contable.

Determinar características de sistemas simplificados de municipios con menos de 25,000 habitantes.

Realizar ajustes a los plazos para la armonización progresiva del sistema.

Determinar plazos para que los gobiernos adopten sus decisiones.

www.conac.gob.mx

30

Page 31: LEY GENERAL DE CONTABILIDAD GUBERNAMENTAL Y SUS IMPLICACIONES PARA LOS  GOBIERNOS LOCALES

31

IMPORTANCIA DE LA DIVERSIDAD Y REPRESENTATIVIDAD DE INSTITUCIONES QUE INTEGRAN EL CONSEJO

Se encuentran representadas las instituciones involucradas en la materia de la contabilidad gubernamental.

Las decisiones que adopte el Consejo podrán ser enriquecidas con opiniones fundadas en la perspectiva de las diversas instituciones integrantes.

La investidura de sus integrantes garantiza un nivel importante en la toma de acuerdos.

31

Page 32: LEY GENERAL DE CONTABILIDAD GUBERNAMENTAL Y SUS IMPLICACIONES PARA LOS  GOBIERNOS LOCALES

32

ATRIBUCIONES DEL SECRETARIO TÉCNICO DEL CONSEJO

Formular proyectos de la normatividad.

Recibir, evaluar y responder propuestas técnicas de: Comité,

instituciones y sociedad.

Asesorar y capacitar en la materia a entes públicos.

Dar seguimiento, orientar y evaluar los avances en la

armonización.

Establecer grupos de trabajo para mejor desempeño de

funciones.

32

Page 33: LEY GENERAL DE CONTABILIDAD GUBERNAMENTAL Y SUS IMPLICACIONES PARA LOS  GOBIERNOS LOCALES

33

COMITÉ

CONSULTIVO

MIEMBROS CPFF EXCEPTO SECRETARIO SHCP

8 REPRESENTANTES DE MUNICIPIOS (1 POR GRUPO, ART. 20-III LCF)

1 REPTE. AUDITORÍA SUPERIOR FEDERACIÓN

1 REPTE. ENTIDS ESTATALES FISCALIZACIÓN

DIRECTOR GENERAL DE INDETEC

1 REPTE. FED. NAL. ASOCIACIÓN MEXICANA DE COLEGIOS DE CONTADORES PÚBLICOS

INTEGRACIÓN DEL COMITÉ CONSULTIVO

1 PPTE INSTITUO MEXICANO CONTADORES PÚBLICOS

OTROS REPTES ORG PROFS EXPERTOS INVITADOS

Page 34: LEY GENERAL DE CONTABILIDAD GUBERNAMENTAL Y SUS IMPLICACIONES PARA LOS  GOBIERNOS LOCALES

34

COMITÉ

CONSULTIVO

MIEMBROS CPFF EXCEPTO SECRETARIO SHCP

8 REPRESENTANTES DE MUNICIPIOS (1 POR GRUPO, ART. 20-III LCF)

1 REPTE. AUDITORÍA SUPERIOR FEDERACIÓN

1 REPTE. ENTIDS ESTATALES FISCALIZACIÓN

DIRECTOR GENERAL DE INDETEC

1 REPTE. FED. NAL. ASOCIACIÓN MEXICANA DE COLEGIOS DE CONTADORES PÚBLICOS

INTEGRACIÓN DEL COMITÉ CONSULTIVO

1 REPESENTANTE DEL IMCP

REPTES. ORGS. PROFS. EXPERTOS INVITADOS

TITULARES ÓRGANOS HACENDARIOS DE:

Z1: BCS; Z2: CHIH; Z3: N.L.; Z4: JAL.; Z5: QRO.; Z6: EDOMEX; Z7: CHIS.; Z8: TAB.

Z1: ; Z2: DURANGO; Z3: CD. VICTORIA; Z4: ZAPOPAN; Z5: SAN LUIS POTOSÍ; Z6: ACAPULCO; Z7: PUEBLA; Z8: OTÓN P. BLANCO

Page 35: LEY GENERAL DE CONTABILIDAD GUBERNAMENTAL Y SUS IMPLICACIONES PARA LOS  GOBIERNOS LOCALES

35

PAPEL DEL COMITÉ CONSULTIVO EN APOYO A LA ARMONIZACIÓN CONTABLE

Propone la creación o modificación de normas

Opina sobre normas que formule el Secretario Técnico del Consejo.

Propone acciones para la capacitación.

Apoya acciones de capacitación

35

Page 36: LEY GENERAL DE CONTABILIDAD GUBERNAMENTAL Y SUS IMPLICACIONES PARA LOS  GOBIERNOS LOCALES

3636

4PROCESO DE EMISIÓN

DE DISPOSICIONES

Page 37: LEY GENERAL DE CONTABILIDAD GUBERNAMENTAL Y SUS IMPLICACIONES PARA LOS  GOBIERNOS LOCALES

Recibe Proyecto y lo analiza

PROCESO DE EMISIÓN DE DISPOSICIONESConsejo Secretario Técnico Comité

Inicio

Determina modificar o emitir disposiciones

Determina modificar o emitir disposiciones

Inicio

Proyecto

Elabora Proyecto y somete a

opinión de Comité

Proyecto

Observaciones

Recibe observaciones e

incluye pertinentes

Proyecto

Somete Proyecto a Consejo

Proyecto

Recibe Proyecto para aprobación

Aprueba?

Difunde acuerdo oportunamente

Fin

Emite observaciones y envía al Secretario

Observaciones

NO

37

Page 38: LEY GENERAL DE CONTABILIDAD GUBERNAMENTAL Y SUS IMPLICACIONES PARA LOS  GOBIERNOS LOCALES

3838

5SISTEMA DE CONTABILIDAD

GUBERNAMENTAL E INFORMACIÓN FINANCIERA

Page 39: LEY GENERAL DE CONTABILIDAD GUBERNAMENTAL Y SUS IMPLICACIONES PARA LOS  GOBIERNOS LOCALES

3939

5.1.- Del Sistema de Contabilidad.

a) Integración del Sistema.

El sistema estará conformado por el conjunto de registros, procedimientos, criterios e informes, estructurados sobre la base de principios técnicos comunes destinados a captar, valuar, registrar, clasificar, informar e interpretar, las transacciones, transformaciones y eventos que, derivados de la actividad económica, modifican la situación patrimonial del gobierno y de las finanzas públicas. (Art. 18)

Page 40: LEY GENERAL DE CONTABILIDAD GUBERNAMENTAL Y SUS IMPLICACIONES PARA LOS  GOBIERNOS LOCALES

4040

5.1.- Del Sistema de Contabilidad y de la Información Financiera.

a) Criterio General.

El sistema, al que deberán sujetarse los entes públicos, registrará de manera armónica, delimitada y específica las operaciones presupuestarias y contables derivadas de la gestión pública, así como otros flujos económicos. Asimismo, generará estados financieros, confiables, oportunos, comprensibles, periódicos y comparables, los cuales serán expresados en términos monetarios. (Art.16)

Page 41: LEY GENERAL DE CONTABILIDAD GUBERNAMENTAL Y SUS IMPLICACIONES PARA LOS  GOBIERNOS LOCALES

4141

Los entes públicos deberán asegurarse que el sistema:I. Refleje la aplicación de los principios, normas contables generales y

específicas e instrumentos que establezca el consejo;II. Facilite el reconocimiento de las operaciones de ingresos, gastos,

activos, pasivos y patrimoniales de los entes públicos;III. Integre en forma automática el ejercicio presupuestario con la

operación contable, a partir de la utilización del gasto devengado;IV. Permita que los registros se efectúen considerando la base

acumulativa para la integración de la información presupuestaria y contable;

V. Refleje un registro congruente y ordenado de cada operación que genere derechos y obligaciones derivados de la gestión económico-financiera de los entes públicos;

b).- Observación para los Entes Públicos. (Art.19)

Page 42: LEY GENERAL DE CONTABILIDAD GUBERNAMENTAL Y SUS IMPLICACIONES PARA LOS  GOBIERNOS LOCALES

4242

VI. Genere, en tiempo real, estados financieros, de ejecución presupuestaria y otra información que coadyuve a la toma de decisiones, a la transparencia, a la programación con base en resultados, a la evaluación y a la rendición de cuentas, y

VII. Facilite el registro y control de los inventarios de los bienes muebles e inmuebles de los entes públicos.

Deberán contar con manuales de contabilidad, así como con otros instrumentos contables que defina el consejo. (Artículo 20)

Page 43: LEY GENERAL DE CONTABILIDAD GUBERNAMENTAL Y SUS IMPLICACIONES PARA LOS  GOBIERNOS LOCALES

4343

Registro patrimonial

Registro Contable de las operaciones.

5.2.-Modalidades de Registro

Page 44: LEY GENERAL DE CONTABILIDAD GUBERNAMENTAL Y SUS IMPLICACIONES PARA LOS  GOBIERNOS LOCALES

4444

5.2.1.- Obligaciones relacionadas con el registro patrimonial

Page 45: LEY GENERAL DE CONTABILIDAD GUBERNAMENTAL Y SUS IMPLICACIONES PARA LOS  GOBIERNOS LOCALES

45 45

Llevar registros auxiliares

Registrar las operaciones presupuestarias y contables con ajuste a

catálogos de cuentas alineados al plan de cuentas.

Disponer de instrumentos para generar registro automático y por única vez

de operaciones presupuestarias y contables.

Respaldar la contabilización de operaciones con la documentación.

Registrar, valuar y mantener actualizadas las provisiones que se constituyan

para hacer frente a pasivos de cualquier naturaleza.

Conservar y poner a disposición comprobantes y libros contables.

…Continua

Page 46: LEY GENERAL DE CONTABILIDAD GUBERNAMENTAL Y SUS IMPLICACIONES PARA LOS  GOBIERNOS LOCALES

4646

Reflejar la baja de bienes muebles e inmuebles en la cuenta específica del activo.

Reflejar el grado de avance de la obra en proceso en forma objetiva y comprobable en la cuenta contable específica del activo.

Publicar inventario de sus bienes en Internet, actualizándolo al menos cada 6 meses. Los municipios podrán recurrir a otros medios de acceso público.

Entregar a través de acta de entrega recepción bienes no inventariados o en proceso de registro.

……Continua.

Page 47: LEY GENERAL DE CONTABILIDAD GUBERNAMENTAL Y SUS IMPLICACIONES PARA LOS  GOBIERNOS LOCALES

Inmuebles destinados a un servicio público

Mobiliario y equipo, incluido el de cómputo, vehículos y demás muebles al servicio de los entes públicos.

Otros bienes muebles e inmuebles que el Consejo determine.

Las obras en proceso.

Los fideicomisos sin estructura orgánica y contratos análogos sobre los que se tenga derecho o de los que emane una obligación.

A).Bienes que se registran. Art.23 LGCG

Page 48: LEY GENERAL DE CONTABILIDAD GUBERNAMENTAL Y SUS IMPLICACIONES PARA LOS  GOBIERNOS LOCALES

4848

B).- Bienes que no se registran:

◘ Monumentos arqueológicos, artísticos o históricos, (solo se llevará registro auxiliar).

◘Bienes de uso común en términos de la Ley General de Bienes Nacionales.

Los bienes nacionales siguientes: Recursos naturales (art. 27 pfo. cuarto CPEUM);

Aguas nacionales (art. 27 pfo. quinto CPEUM);

Zona económica exclusiva (art. 27 pfo. octavo CPEUM);

◘ La plataforma continental (Art. 42-IV CPEUM).

Page 49: LEY GENERAL DE CONTABILIDAD GUBERNAMENTAL Y SUS IMPLICACIONES PARA LOS  GOBIERNOS LOCALES

4949

5.2.2.- Normas que emitirá el Consejo (Art.30).

◘ El consejo emitirá, para efectos contables, las disposiciones sobre registro y valuación del patrimonio que requiere la aplicación esta Ley.

5.2.3.- Transición de Administraciones.(Art. 31)

Cuando se realice la transición de una administración a otra, los bienes que no se encuentren inventariados o estén en proceso de registro y hubieren sido recibidos o adquiridos durante el encargo de su administración, deberán ser entregados oficialmente a la administración entrante a través de un acta de entrega y recepción. La administración entrante realizará el registro e inventario a que se refiere esta Ley

.

Page 50: LEY GENERAL DE CONTABILIDAD GUBERNAMENTAL Y SUS IMPLICACIONES PARA LOS  GOBIERNOS LOCALES

5050

5.3 Sobre el Registro Contable de la Operaciones.

Page 51: LEY GENERAL DE CONTABILIDAD GUBERNAMENTAL Y SUS IMPLICACIONES PARA LOS  GOBIERNOS LOCALES

5151

Artículo 44.- Los estados financieros y la información

emanada de la contabilidad deberán sujetarse a criterios

de utilidad, confiabilidad, relevancia, comprensibilidad y

de comparación, así como a otros atributos asociados a

cada uno de ellos, como oportunidad, veracidad,

representatividad, objetividad, suficiencia, posibilidad de

predicción e importancia relativa, con el fin de alcanzar la

modernización y armonización que la Ley determina.

5.4 Información Financiera Gubernamental y Cuenta Pública

Page 52: LEY GENERAL DE CONTABILIDAD GUBERNAMENTAL Y SUS IMPLICACIONES PARA LOS  GOBIERNOS LOCALES

5252

Información contable de entidades federativas y municipios (Art.47):

❍ Estado de situación financiera.

❍ Estado de variación en la hacienda pública.

❍ Estado de cambios en la situación financiera;

❍ Informes sobre pasivos contingentes (no obliga a municipios).

❍ Notas a los estados financieros.

❍ Estado analítico del activo.

Page 53: LEY GENERAL DE CONTABILIDAD GUBERNAMENTAL Y SUS IMPLICACIONES PARA LOS  GOBIERNOS LOCALES

5353

Información contable de entidades federativas y municipios:

❍ Estado analítico de la deuda del cual se derivarán las

siguientes clasificaciones (no obliga a municipios):

Corto y largo plazo.

Fuentes de financiamiento.

❍ Endeudamiento neto, financiamiento menos amortización (no

obliga a municipios).

❍ Intereses de la deuda (no obliga a municipios).

Page 54: LEY GENERAL DE CONTABILIDAD GUBERNAMENTAL Y SUS IMPLICACIONES PARA LOS  GOBIERNOS LOCALES

5454

Información presupuestaria de entidades federativas y municipios:

❍ Estado analítico de ingresos y en clasificaciones:

Económica.

Por fuente de financiamiento.

Concepto.

❍ Estado analítico del ejercicio del presupuesto de egresos y en

clasificaciones:

Administrativa.

Económica y por objeto del gasto.

Funcional-programática.

Page 55: LEY GENERAL DE CONTABILIDAD GUBERNAMENTAL Y SUS IMPLICACIONES PARA LOS  GOBIERNOS LOCALES

5555

…Continua Información presupuestaria de entidades federativas y municipios:

❍ Endeudamiento neto , financiamiento menos amortización,

clasificado en origen interno y externo (no obliga a municipios).

❍ Intereses de la deuda (no obliga a municipios).

❍ Un flujo de fondos que resuma todas las operaciones y los

indicadores de postura fiscal(no obliga a municipios).

Page 56: LEY GENERAL DE CONTABILIDAD GUBERNAMENTAL Y SUS IMPLICACIONES PARA LOS  GOBIERNOS LOCALES

5656

Información programática de entidades federativas*

❍ Gasto por categoría programática.

❍ Programas y proyectos de inversión.

❍ Indicadores de resultados.

Información complementaria:

❍ Para generar las cuentas nacionales.

❍ Para atender requerimientos de organismos internacioneales.

* No obliga a municipios

Page 57: LEY GENERAL DE CONTABILIDAD GUBERNAMENTAL Y SUS IMPLICACIONES PARA LOS  GOBIERNOS LOCALES

5757

5.4.- Cuenta Pública (Art. 53)

❍ Basada en estados financieros e información presupuestaria, programática y contable que emanen de los registros.

❍ Estados de ingresos y gastos públicos en base a devengado y flujo de efectivo❍ Su cobertura atenderá a lo establecido en su marco legal vigente y contener como

mínimo:I Información contable, conforme a lo señalado en la fracción I del artículo 46 de esta

Ley;II. Información Presupuestaria, conforme a lo señalado en la fracción II del artículo 46

de esta Ley;III.Información programática, de acuerdo con la clasificación establecida en la

fracción III del artículo 46 de esta Ley;IV. Análisis cualitativo de los indicadores de la postura fiscal, estableciendo su vínculo

con los objetivos y prioridades definidas en la materia, en el programa económico anual:

a) Ingresos presupuestarios;b) Gastos presupuestarios;c) Postura Fiscal;d) Deuda pública, yV. La información a que se refieren las fracciones I a III de este artículo, organizada

por dependencia y entidad.

Page 58: LEY GENERAL DE CONTABILIDAD GUBERNAMENTAL Y SUS IMPLICACIONES PARA LOS  GOBIERNOS LOCALES

5858

5.5.- Relación con el Plan Estatal de Desarrollo (Art. 54)

❍La información presupuestaria y programática que forme parte de la cuenta pública deberá relacionarse, en lo conducente, con los objetivos y prioridades de la planeación del desarrollo. Asimismo, deberá incluir los resultados de la evaluación del desempeño de los programas federales, de las entidades federativas, municipales y de las demarcaciones territoriales del Distrito Federal, respectivamente, así como los vinculados al ejercicio de los recursos federales que les hayan sido transferidos.

Page 59: LEY GENERAL DE CONTABILIDAD GUBERNAMENTAL Y SUS IMPLICACIONES PARA LOS  GOBIERNOS LOCALES

5959

6OBLIGACIONES Y PLAZOS DE LOS

GOBIERNOS LOCALES PARA LA ARMONIZACIÓN CONTABLE

Page 60: LEY GENERAL DE CONTABILIDAD GUBERNAMENTAL Y SUS IMPLICACIONES PARA LOS  GOBIERNOS LOCALES

6060

o A más tardar al 31 de diciembre de 2010.

o A más tardar el 31 de diciembre de 2011.

o A más tardar el 31 de diciembre de 2012.

Plazos para los gobiernos locales para la armonización contable

Page 61: LEY GENERAL DE CONTABILIDAD GUBERNAMENTAL Y SUS IMPLICACIONES PARA LOS  GOBIERNOS LOCALES

6161

6.1.- Obligaciones de los gobiernos estatales a mas tardar el 31 de diciembre de 2010

Emitir información contable y presupuestaria de forma periódica bajo las clasificaciones administrativa, económica y funcional-programática sobre la base técnica siguiente:

◘ Cuentas alineadas al plan de cuentas.◘ Clasificadores presupuestarios armonizados.◘ Registro único y automático de operaciones contables y

presupuestarias.◘ Momentos contables de ingresos y gastos previstos en la Ley. ◘ Indicadores para medir los avances físico-financieros

relacionados con los recursos federales

Page 62: LEY GENERAL DE CONTABILIDAD GUBERNAMENTAL Y SUS IMPLICACIONES PARA LOS  GOBIERNOS LOCALES

6262

6.2.- Obligaciones de los gobiernos estatales a mas tardar el 31 de diciembre de 2011

1. Emitir información contable presupuestaria y programática sobre la base técnica lograda en 2010 y la siguiente: 

◘ Registro contable con base acumulativa.

◘ Apego a postulados básicos de contabilidad gubernamental.

◘ Registros en libros diario, mayor e inventarios y balances.

◘ Catálogos de cuentas.

◘ Manuales de contabilidad

Page 63: LEY GENERAL DE CONTABILIDAD GUBERNAMENTAL Y SUS IMPLICACIONES PARA LOS  GOBIERNOS LOCALES

6363

6.3.- Obligaciones de los gobiernos estatales a partir del inicio del ejercicio 2012

Emitir las cuentas públicas conforme a la estructura establecida

Page 64: LEY GENERAL DE CONTABILIDAD GUBERNAMENTAL Y SUS IMPLICACIONES PARA LOS  GOBIERNOS LOCALES

6464

6.3.- Obligaciones de los gobiernos estatales a más tardar el 31 de diciembre de 2012

1. Efectuar registros contables del patrimonio y su valuación.

2. Operar y generar en tiempo real estados financieros.

3. Indicadores de resultados sobre cumplimiento de metas.

4. Publicar información contable, presupuestaria y programática en Internet.

5. Integrar inventario de bienes muebles e inmuebles.

Page 65: LEY GENERAL DE CONTABILIDAD GUBERNAMENTAL Y SUS IMPLICACIONES PARA LOS  GOBIERNOS LOCALES

6565

6.4.- Obligaciones de los gobiernos municipales a más tardar el 31 de diciembre de 2012

1. Operar y generar en tiempo real estados financieros.

2. Emitir información periódica conforme Ley.

3. Integrar cuenta pública conforme Ley.

4. Integrar inventario de bienes muebles e inmuebles.

Page 66: LEY GENERAL DE CONTABILIDAD GUBERNAMENTAL Y SUS IMPLICACIONES PARA LOS  GOBIERNOS LOCALES

6666

7INCUMPLIMIENTO

DE LA LEY

Page 67: LEY GENERAL DE CONTABILIDAD GUBERNAMENTAL Y SUS IMPLICACIONES PARA LOS  GOBIERNOS LOCALES

6767

7.1.- Supuestos de Incumplimiento (Art. 56 y 57)

Omitir o alterar registros, actos o partes de la contabilidad de los

recursos públicos;

• Alterar los documentos que integran la contabilidad de la

información financiera;

• No realizar los registros presupuestarios y contables en la forma y

términos que establece esta Ley, con información confiable y veraz;

Page 68: LEY GENERAL DE CONTABILIDAD GUBERNAMENTAL Y SUS IMPLICACIONES PARA LOS  GOBIERNOS LOCALES

6868

…Continúan supuestos de incumplimiento.

Cuando por razón de la naturaleza de sus funciones tengan

conocimiento de que puede resultar dañada la hacienda pública o

el patrimonio de cualquier ente público y, estando dentro de sus

atribuciones, no lo eviten o no lo informen a su superior

jerárquico.

No tener o no conservar, en los términos de la normativa, la

documentación comprobatoria del patrimonio, así como de los

ingresos y gastos de los entes públicos.

Page 69: LEY GENERAL DE CONTABILIDAD GUBERNAMENTAL Y SUS IMPLICACIONES PARA LOS  GOBIERNOS LOCALES

6969

7.2.- Tratamiento de Incumplimiento (Art. 57)

Sancionables conforme legislación aplicable a la naturaleza del

orden de gobierno correspondiente.

Aplicables directamente al infractor y subsidiariamente a

quienes por dolo, culpa o negligencia omitieron revisar o

autorizaron los actos.

Se imponen con independencia de responsabilidades políticas,

penales o civiles que se determinen.

Page 70: LEY GENERAL DE CONTABILIDAD GUBERNAMENTAL Y SUS IMPLICACIONES PARA LOS  GOBIERNOS LOCALES

7070

8ACCIONES INMEDIATAS A INSTRUMENTAR

POR EL ESTADO

Page 71: LEY GENERAL DE CONTABILIDAD GUBERNAMENTAL Y SUS IMPLICACIONES PARA LOS  GOBIERNOS LOCALES

71

• Dar a conocer a los entes gubernamentales y

ayuntamientos la existencia y alcances de la Ley.

• Crear sitios WEB para la difusión y consulta de

información.

• Actualizar el inventario de bienes muebles e inmuebles.

• Conciliar inventario físico con el registro contable.

ACCIONES INMEDIATAS A INSTRUMENTAR POR EL ESTADO

Page 72: LEY GENERAL DE CONTABILIDAD GUBERNAMENTAL Y SUS IMPLICACIONES PARA LOS  GOBIERNOS LOCALES

7272

MUCHAS GRACIAS

C.P. JOSE FEDERICO

ALVAREZ ARANA

[email protected]

INDETEC

www.indetec.gob.mx

ACT. JOSE AMADOR PALOMERA AGUILAR

[email protected]

Page 73: LEY GENERAL DE CONTABILIDAD GUBERNAMENTAL Y SUS IMPLICACIONES PARA LOS  GOBIERNOS LOCALES

7373

ANEXOS

Conceptos que contiene la LGCG

Page 74: LEY GENERAL DE CONTABILIDAD GUBERNAMENTAL Y SUS IMPLICACIONES PARA LOS  GOBIERNOS LOCALES

74

• Dar a conocer a los entes gubernamentales y

ayuntamientos la existencia y alcances de la Ley.

• Aperturar sitios para la difusión y consulta de

información.

• Actualizar el inventario de bienes muebles e inmuebles.

• Conciliar inventario físico con el registro contable.

ACCIONES INMEDIATAS A INSTRUMENTAR POR EL ESTADO

Page 75: LEY GENERAL DE CONTABILIDAD GUBERNAMENTAL Y SUS IMPLICACIONES PARA LOS  GOBIERNOS LOCALES

7575

La revisión, reestructuración y compatibilización de los modelos contables vigentes a nivel nacional, a partir de la adecuación y fortalecimiento de las disposiciones jurídicas que las rigen, de los procedimientos para el registro de las operaciones, de la información que deben generar los sistemas de contabilidad gubernamental, y de las características y contenido de los principales informes de rendición de cuentas.

Armonización

Page 76: LEY GENERAL DE CONTABILIDAD GUBERNAMENTAL Y SUS IMPLICACIONES PARA LOS  GOBIERNOS LOCALES

7676

La revisión, reestructuración y compatibilización de los modelos contables vigentes a nivel nacional, a partir de la adecuación y fortalecimiento de las disposiciones jurídicas que las rigen, de los procedimientos para el registro de las operaciones, de la información que deben generar los sistemas de contabilidad gubernamental, y de las características y contenido de los principales informes de rendición de cuentas.

Armonización

Page 77: LEY GENERAL DE CONTABILIDAD GUBERNAMENTAL Y SUS IMPLICACIONES PARA LOS  GOBIERNOS LOCALES

77

La técnica que sustenta los sistemas de contabilidad gubernamental y que se utiliza para el registro de las transacciones que llevan a cabo los entes públicos, expresados en términos monetarios, captando los diversos eventos económicos identificables y cuantificables que afectan los bienes e inversiones, las obligaciones y pasivos, así como el propio patrimonio, con el fin de generar información financiera que facilite la toma de decisiones y un apoyo confiable en la administración de los recursos públicos.

Contabilidad Gubernamental

Page 78: LEY GENERAL DE CONTABILIDAD GUBERNAMENTAL Y SUS IMPLICACIONES PARA LOS  GOBIERNOS LOCALES

78

Las obligaciones de pasivo, directas o contingentes, derivadas de financiamientos a cargo de los gobiernos federal, estatales, del Distrito Federal o municipales, en términos de las disposiciones legales aplicables, sin perjuicio de que dichas obligaciones tengan como propósito operaciones de canje o refinanciamiento.

Deuda Pública

Page 79: LEY GENERAL DE CONTABILIDAD GUBERNAMENTAL Y SUS IMPLICACIONES PARA LOS  GOBIERNOS LOCALES

79

Los poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial de la Federación y de las entidades federativas; los entes autónomos de la Federación y de las entidades federativas; los ayuntamientos de los municipios; los órganos político-administrativos de las demarcaciones territoriales del Distrito Federal; y las entidades de la administración pública paraestatal, ya sean federales, estatales o municipales.

Entes Públicos

Page 80: LEY GENERAL DE CONTABILIDAD GUBERNAMENTAL Y SUS IMPLICACIONES PARA LOS  GOBIERNOS LOCALES

80

El momento contable del gasto que refleja la aprobación por autoridad competente de un acto administrativo, u otro instrumento jurídico que formaliza una relación jurídica con terceros para la adquisición de bienes y servicios o ejecución de obras. En el caso de las obras a ejecutarse o de bienes y servicios a recibirse durante varios ejercicios, el compromiso será registrado por la parte que se ejecutará o recibirá, durante cada ejercicio.

Gasto comprometido

Page 81: LEY GENERAL DE CONTABILIDAD GUBERNAMENTAL Y SUS IMPLICACIONES PARA LOS  GOBIERNOS LOCALES

81

El que se realiza cuando existe jurídicamente el derecho de cobro de impuestos, derechos, productos, aprovechamientos y otros ingresos por parte de los entes públicos.

Ingreso devengado

Page 82: LEY GENERAL DE CONTABILIDAD GUBERNAMENTAL Y SUS IMPLICACIONES PARA LOS  GOBIERNOS LOCALES

82

Los lineamientos, metodologías y procedimientos técnicos, dirigidos a dotar a los entes públicos de las herramientas necesarias para registrar correctamente las operaciones que afecten su contabilidad, con el propósito de generar información veraz y oportuna para la toma de decisiones y la formulación de estados financieros institucionales y consolidados.

Normas contables

Page 83: LEY GENERAL DE CONTABILIDAD GUBERNAMENTAL Y SUS IMPLICACIONES PARA LOS  GOBIERNOS LOCALES

83

El documento en el que se definirán los dos primeros agregados a los que deberán alinearse las listas de cuentas que formularán los entes públicos.

Plan de cuentas

Page 84: LEY GENERAL DE CONTABILIDAD GUBERNAMENTAL Y SUS IMPLICACIONES PARA LOS  GOBIERNOS LOCALES

84

Los elementos fundamentales de referencia general para uniformar los métodos, procedimientos y prácticas contables.

Postulados básicos

Page 85: LEY GENERAL DE CONTABILIDAD GUBERNAMENTAL Y SUS IMPLICACIONES PARA LOS  GOBIERNOS LOCALES

8585

REGISTRO PATRIMONIALBienes que no se registran: (Art. 27, pfo. 4 Constitución Federal)

Los recursos naturales de la plataforma continental. Los zócalos submarinos de las islas. Todos los minerales o substancias que en vetas, mantos, masas o yacimientos,

constituyan depósitos cuya naturaleza sea distinta de los componentes de los terrenos, tales como los minerales de los que se extraigan metales y metaloides utilizados en la industria.

Los yacimientos de piedras preciosas. Los yacimientos de sal de gema. Las salinas formadas directamente por las aguas marinas. Los productos derivados de la descomposición de las rocas, cuando su explotación

necesite trabajos subterráneos. Los yacimientos minerales u orgánicos de materias susceptibles de ser utilizadas

como fertilizantes. Los combustibles minerales sólidos. El petróleo y todos los carburos de hidrógeno sólidos, líquidos o gaseosos. El espacio situado sobre el territorio nacional, en la extensión y términos que fije el

Derecho Internacional.

Page 86: LEY GENERAL DE CONTABILIDAD GUBERNAMENTAL Y SUS IMPLICACIONES PARA LOS  GOBIERNOS LOCALES

8686

REGISTRO PATRIMONIALBienes que no se registran: (Art. 27, pfo. 5 Constitución Federal)

◘ Las aguas de los mares territoriales en la extensión y términos que fije el Derecho Internacional.

◘ Las aguas marinas interiores. ◘ Las aguas de las lagunas y esteros que se comuniquen permanente o

intermitentemente con el mar. ◘ Las aguas de los lagos interiores de formación natural que estén ligados directamente a

corrientes constantes. ◘ Las aguas de los ríos y sus afluentes directos o indirectos, desde el punto del cauce en

que se inicien las primeras aguas permanentes, intermitentes o torrenciales, hasta su desembocadura en el mar, lagos, lagunas o esteros de propiedad nacional.

◘ Las aguas de las corrientes constantes o intermitentes y sus afluentes directos o indirectos, cuando el cauce de aquéllas en toda su extensión o en parte de ellas, sirva de límite al territorio nacional o a dos entidades federativas, o cuando pase de una entidad federativa a otra o cruce la línea divisoria de la República.

Page 87: LEY GENERAL DE CONTABILIDAD GUBERNAMENTAL Y SUS IMPLICACIONES PARA LOS  GOBIERNOS LOCALES

8787

REGISTRO PATRIMONIALBienes que no se registran: (Art. 27, pfo. 5 Constitución Federal)

Las aguas de los lagos, lagunas o esteros cuyos vasos, zonas o riberas, estén

cruzadas por líneas divisorias de dos o más entidades o entre la República y un país

vecino, o cuando el límite de las riberas sirva de lindero entre dos entidades

federativas o a la República con un país vecino;

Las aguas de los manantiales que broten en las playas, zonas marítimas, cauces,

vasos o riberas de los lagos, lagunas o esteros de propiedad nacional,

Las aguas que se extraigan de las minas;

Los cauces, lechos o riberas de los lagos y corrientes interiores en la extensión que

fija la ley.

Page 88: LEY GENERAL DE CONTABILIDAD GUBERNAMENTAL Y SUS IMPLICACIONES PARA LOS  GOBIERNOS LOCALES

8888

REGISTRO PATRIMONIALBienes que no se registran: (Art. 27, pfo. 8 Constitución Federal)

La Nación ejerce en una zona económica exclusiva situada fuera del mar territorial y

adyacente a éste, los derechos de soberanía y las jurisdicciones que determinen las

leyes del Congreso. La zona económica exclusiva se extenderá a doscientas millas

náuticas, medidas a partir de la línea de base desde la cual se mide el mar territorial. En

aquellos casos en que esa extensión produzca superposición con las zonas económicas

exclusivas de otros Estados, la delimitación de las respectivas zonas se hará en la

medida en que resulte necesario, mediante acuerdo con estos Estados.

Bienes que no se registran: (Art. 42 Fracción IV Constitución Federal)

◘ La plataforma continental y los zócalos submarinos de las islas, cayos y arrecifes.

Page 89: LEY GENERAL DE CONTABILIDAD GUBERNAMENTAL Y SUS IMPLICACIONES PARA LOS  GOBIERNOS LOCALES

8989

REGISTRO PATRIMONIALBienes que no se registran: (Bienes de Uso Común, Ley General de Bienes Nacionales)

La plataforma continental y los zócalos submarinos de las islas, cayos y arrecifes.

El espacio aéreo situado sobre el territorio nacional, con la extensión y modalidades

que establezca el derecho internacional.

Las aguas marinas interiores, conforme a la Ley Federal del Mar.

El mar territorial en la anchura que fije la Ley Federal del Mar.

Las playas marítimas, entendiéndose por tales las partes de tierra que por virtud de la

marea cubre y descubre el agua, desde los límites de mayor reflujo hasta los límites de

mayor flujo anuales.

La zona federal marítimo terrestre. Los puertos, bahías, radas y ensenadas. Los diques, muelles, escolleras, malecones y demás obras de los puertos, cuando sean

de uso público.

Page 90: LEY GENERAL DE CONTABILIDAD GUBERNAMENTAL Y SUS IMPLICACIONES PARA LOS  GOBIERNOS LOCALES

9090

REGISTRO PATRIMONIALBienes que no se registran: (Bienes de Uso Común, Ley General de Bienes Nacionales)

Los cauces de las corrientes y los vasos de los lagos, lagunas y esteros de propiedad nacional.

Las riberas y zonas federales de las corrientes. Las presas, diques y sus vasos, canales, bordos y zanjas, construidos para la

irrigación, navegación y otros usos de utilidad pública, con sus zonas de protección y derechos de vía, o riberas en la extensión que, en cada caso, fije la dependencia competente en la materia, de acuerdo con las disposiciones legales aplicables.

Los caminos, carreteras, puentes y vías férreas que constituyen vías generales de comunicación, con sus servicios auxiliares y demás partes integrantes establecidas en la ley federal de la materia.

Page 91: LEY GENERAL DE CONTABILIDAD GUBERNAMENTAL Y SUS IMPLICACIONES PARA LOS  GOBIERNOS LOCALES

9191

REGISTRO PATRIMONIALBienes que no se registran: (Bienes de Uso Común, Ley General de Bienes Nacionales)

◘Los inmuebles considerados como monumentos arqueológicos conforme a la ley

de la materia.

◘Las plazas, paseos y parques públicos cuya construcción o conservación esté a

cargo del Gobierno Federal y las construcciones levantadas por el Gobierno

Federal en lugares públicos para ornato o comodidad de quienes los visiten.

◘Los demás bienes considerados de uso común por otras leyes que regulen bienes

nacionales.

En lo relativo a la inversión realizada por los entes públicos en estos bienes, se efectuará el registro contable de conformidad con lo que determine el Consejo.

Page 92: LEY GENERAL DE CONTABILIDAD GUBERNAMENTAL Y SUS IMPLICACIONES PARA LOS  GOBIERNOS LOCALES

9292

COORDINACIÓN DEL PROCESO DE ARMONIZACIÓN

∞ Consejo Nacional de Armonización Contable.

• Objeto: Emitir normas contables y lineamientos para la

generación de información financiera.

• Integración: 8 Funcionarios del Gobierno Federal

4 Gobernadores (2 Años).

2 Funcionarios municipales (2 años).

• Instalación: Dentro de los 30 días siguientes a entrada

en vigor Ley (27/01/2009)

Page 93: LEY GENERAL DE CONTABILIDAD GUBERNAMENTAL Y SUS IMPLICACIONES PARA LOS  GOBIERNOS LOCALES

9393

∞ Secretario Técnico del Consejo.

• Objeto: Formular proyectos de la normatividad que implica la

armonización contable someterlos a consideración del Consejo.

• Integración: Titular unidad contable competente de la SHCP.

Miembro del Consejo con voz pero sin voto.

• Otras facultades relevantes:

o Atiende propuestas técnicas de: Comité, instituciones y

sociedad

o Asesora y capacita en la materia a entes públicos.

o Da seguimiento, orienta y evalúa avances de armonización.

COORDINACIÓN DEL PROCESO DE ARMONIZACIÓN

Page 94: LEY GENERAL DE CONTABILIDAD GUBERNAMENTAL Y SUS IMPLICACIONES PARA LOS  GOBIERNOS LOCALES

9494

∞ Comité Consultivo.

• Objeto: Propone y opina respecto normas contables, de información

financiera y de registro y valuación del patrimonio. Apoya

capacitación.

• Integración: 8 Miembros de la CPFF .

8 Funcionarios Municipales.

1 Representante Auditoria Superior de la Federación.

1 Representante entidades estatales de fiscalización.

1 Director General de INDETEC.

1 Representante FNAMCCP .

1 Representante IMCP ( Más otros expertos invitados)

COORDINACIÓN DEL PROCESO DE ARMONIZACIÓN