ley federal del trabajo ley fed. del trabajo articulos: 473 474 475 477 478 479 480 ley fed. del...

10
LEY FEDERAL DEL TRABAJO LEY FED. DEL TRABAJO ARTICULOS: 473 474 475 477 478 479 480

Upload: francisco-bustos-salas

Post on 02-Feb-2016

444 views

Category:

Documents


5 download

TRANSCRIPT

LEY FEDERAL DEL TRABAJO

LEY FED. DEL TRABAJO

ARTICULOS:• 473• 474• 475• 477• 478• 479• 480

TEORIA SOCIAL

Es el estudio sistemático de la sociedad, la acción social y los grupos que la conforman. Estudia como son creadas, mantenidas o cambiadas las organizaciones y las instituciones que conforman la estructura social, el efecto que tiene en el comportamiento individual y social, y los cambios en estas, producto de la interacción social.

TEORIA ECONOMICA

Se entiende por teoría económica cada una de las hipótesis o modelos que pretenden explicar aspectos de la realidad económica.

En la teoría económica se distinguen dos enfoques diferenciados: Microeconomía Macroeconomía

LEY FEDERAL DEL TRABAJO

LEY FEDERAL DEL TRABAJO

• ARTICULO 473

Riesgos de trabajos son los accidentes y enfermedades a que están expuestos los

trabajadores en ejercicio o con motivo del trabajo.

LEY FEDERAL DEL TRABAJO

ARTICULO 474

Accidente de trabajo es toda lesión orgánica o perturbación funcional, inmediata o posterior, o la muerte, producida repentinamente en ejercicio, o con motivo del trabajo, cualesquiera que sean el lugar y el tiempo en que se preste.

Artículo 475de la Ley Federal del Trabajo

Enfermedad de trabajo es todo estado patológico derivado de la acción continuada de una causa que tenga su origen o motivo en el trabajo o en el medio en que el trabajador se vea obligado a prestar sus servicios.

Artículo 477

de la Ley Federal del trabajo

Cuando los riesgos se realizan pueden producir: I. Incapacidad temporal; II. Incapacidad permanente parcial; III. Incapacidad permanente total; y IV. La muerte.

RIESGOS DE TRABAJO

Accidentes y enfermedades

En ejercicio con motivo del trabajo

478

Art.

479

Art.

480

Art.

LEY FEDERAL DEL TRABAJO

Pérdida de facultades o aptitudes que imposibilita parcial o totalmente a una persona

Para desempeñar su trabajo por algún tiempo

Art. 478

LEY FEDERAL DEL TRABAJO

Articulo 479

• incapacidad

permanente

parcial es

la

disminución de las

facultades o

aptitudes de una

persona para

trabajar.

LEY FEDERAL DEL TRABAJO

Artículo 480.

• Incapacidad permanente total es la pérdida de facultades o

aptitudes de una persona que la

imposibilita para desempeñar cualquier trabajo por el resto de

su vida.

LEY FEDERAL DEL TRBAJO