legislacion de la reforma agraria

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DERECHO AGRARIO LEGISLACION DE LA REFORMA AGRARIA

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Page 1: Legislacion de la reforma agraria

DERECHO AGRARIO

 

 LEGISLACION DE LA

REFORMA AGRARIA

Page 2: Legislacion de la reforma agraria

Primer Código Agrario de 22 de Marzo de 1934.

Todos los antecedentes que hemos visto en el presente tema explican por si mismos, la necesidad de reunir en una codificación la Legislación agraria, el primer Código Agrario integrado por 178 artículos y siete transitorios, divididos en algunos títulos.

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Primer Código Agrario de 22 de Marzo de 1934.

El primero conocía de las autoridades agrarias, el segundo de las disposiciones comunes a las restituciones y dotaciones de tierras y aguas, en el tercer titulo, el articulado se refería a la capacidad jurídica de los sujetos de derecho agrario y el cuarto señalaba el procedimiento en materia de dotación de tierras.

Page 4: Legislacion de la reforma agraria

Primer Código Agrario de 22 de Marzo de 1934.

El titulo quinto a la dotación de aguas, el titulo sexto a la creación de Nuevos Centros de Población Agrícola, el titulo séptimo al Registro Agrario Nacional, el Octavo se refería al régimen de propiedad agraria, el titulo noveno trato de las responsabilidades y sanciones y el Noveno de las disposiciones generales.

Page 5: Legislacion de la reforma agraria

Primer Código Agrario de 22 de Marzo de 1934.

A las parcelas se les fijo una extensión de 4 hectáreas en tierras de riego, o su equivalente en otro tipo de tierras. Respecto a los límites de la pequeña propiedad, el artículo 51 decía que serian inafectables las superficies que no excedieran de 150 hectáreas de riego o 300 de temporal.

Page 6: Legislacion de la reforma agraria

Primer Código Agrario de 22 de Marzo de 1934.

El artículo 59 consagro el derecho de localización de su predio inafectable, a los propietarios afectados, es decir, que tenían derecho a localizar dentro de la propiedad que les era afectada, la superficie que integrara su pequeña propiedad y que integrara unidad topográfica.

Page 7: Legislacion de la reforma agraria

Primer Código Agrario de 22 de Marzo de 1934.

Respecto al procedimiento, claramente se establece la doble vía ejidal, de la siguiente manera: Si el expediente respectivo se inicia por la acción de restitución, el expediente se iniciaría por esta vía, pero al mismo tiempo se seguiría de oficio el procedimiento dotatorio, para el caso de que la restitución se declarara improcedente.

Page 8: Legislacion de la reforma agraria

Código Agrario de 23 de Septiembre de 1940

El General Lázaro Cárdenas, a través de las experiencias recogidas en sus giras de gobierno, advirtió la necesidad de reformar el Código Agrario de 1934, para hacer más rápida la tramitación, tanto de las solicitudes agrarias que existen en el Departamento Agrario, como en las ejecuciones de las resoluciones tomadas por el Poder Ejecutivo.

Page 9: Legislacion de la reforma agraria

Código Agrario de 23 de Septiembre de 1940

La tendencia de las disposiciones de este Código -se decía en su exposición de motivos- "es permitir donde haya tierras suficientes, que se finque una verdadera agricultura comercial, en consonancia con las demandas económicas de la Nación, evitando que continúe fomentándose la agricultura domestica, que si bien podía satisfacer las necesidades de la familia campesina, no produce lo suficiente para hacer concurrir los productos agrícolas ejidales excedentes al mercado nacional."

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Código Agrario de 23 de Septiembre de 1940

En el titulo primero del ordenamiento en estudio, se distinguió entre Autoridades y Organismos agrarios, determinando el origen, la designación, funcionamiento y atribuciones de las autoridades y de los órganos agrarios; en el libro séptimo las sanciones en materia agraria para estas autoridades y organismos. Un avance notable se puede advertir en el artículo 163, que prescribe que para la capacidad individual agraria, es indispensable ser mexicano por nacimiento.

Page 11: Legislacion de la reforma agraria

Código Agrario de 23 de Septiembre de 1940

Se nota la intención de ordenar con técnica jurídica los diversos conceptos e instituciones agrarios de que trata, perfeccionando las instituciones ya existentes, sin que esto signifique que se llegara a un resultado satisfactorio. La vigencia de este código sólo duro dos años, pues será derogado por el Código Agrario de 1942.

Page 12: Legislacion de la reforma agraria

Código Agrario de 23 de Septiembre de 1940

Como ya vimos, desde 1931 se había prohibido el Juicio de Amparo en materia Agraria y que en 1934, con ese propósito, se había reformado el artículo 27 constitucional; ahora veremos el Código Agrario de 1942, expedido el 30 de Diciembre de 1942, por el General Manuel Ávila Camacho, que es en general un código con mejor estructura que los anteriores y que tuvo vigencia hasta la promulgación de Ley Federal de Reforma Agraria de 1971.

Page 13: Legislacion de la reforma agraria

Código Agrario de 23 de Septiembre de 1940

Durante la vigencia de este código, terminó su periodo el General Manuel Ávila Camacho y bajo este régimen, se expidieron las siguientes leyes agrarias: La Ley de Crédito Agrícola, la Ley del Seguro Social, Reglamento de la Parcela escolar, la Ley de Educación Agrícola, después, en diciembre de 1946, se expidió la Ley Federal de Colonización.

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Ley Federal de Reforma Agraria de 22 de Marzo de 1971

Los temas básicos de esta Ley, coinciden con los ya tratados en el Código agrario Derogado, pero deshecha la distinción que los anteriores ordenamientos hacían en relación con las autoridades agrarias y los órganos agrarios, para ocuparse solamente de las autoridades agrarias.

Page 15: Legislacion de la reforma agraria

Ley Federal de Reforma Agraria de 22 de Marzo de 1971

Sin embargo la innovación fundamental de este libro, es que convierte a las Comisiones Agraria Mixtas en Tribunales de lo Contencioso Agrario, para asuntos ínter ejidales, tratando en forma tímida, de descentralizar la justicia agraria, para que los campesinos trataran de dirimir sus controversias en sus respectivas localidades.

Page 16: Legislacion de la reforma agraria

Ley Federal de Reforma Agraria de 22 de Marzo de 1971

Las mujeres lograron el reconocimiento de su capacidad jurídica igual que la del varón y por efecto del artículo 78, ya no perderían sus derechos agrarios cuando se casasen con un ejidatario, porque su matrimonio se entenderá celebrado bajo el régimen de separación de bienes.

Page 17: Legislacion de la reforma agraria

Ley Federal de Reforma Agraria de 22 de Marzo de 1971

El artículo 81 de la L. F. R. A volvió al régimen sucesorio ejidal de considerar la parcela como un patrimonio familiar, estableciendo una especie de sucesión legitima forzosa, al obligar al ejidatario a testar en favor de su esposa e hijos o en caso de fallecer intestado, a abrir la vía legitima en favor de su familia.

Page 18: Legislacion de la reforma agraria

Ley Federal de Reforma Agraria de 22 de Marzo de 1971

Una de las innovaciones más importantes de la Nueva Ley Federal de Reforma Agraria, fue la prohibición de que la pequeña propiedad permaneciera sin explotación, previniendo en su artículo 251, que la propiedad agrícola o ganadera, para conservar su calidad de inafectable, no podría permanecer sin explotación por más de dos años consecutivos.

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Ley Federal de Reforma Agraria de 22 de Marzo de 1971

Este precepto representa un paso más en la vinculación de la pequeña propiedad al concepto de función social, sostenido por el artículo 27 Constitucional.

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Ley Federal de Reforma Agraria de 22 de Marzo de 1971

En materia de procedimientos agrarios la Ley Federal de Reforma Agraria se adiciona notablemente, creándose otros nuevos procedimientos, como el de nulidad y cancelación de documentos que contravenga las leyes agrarias, la nulidad de contratos y concesiones etc.