lavados de activos

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SOBRE POLÍTICAS Y PROCEDIMIENTOS PARA LA PREVENCIÓN Y CONTROL DE LAVADO DE ACTIVOS GERENCIA: José Caraguay

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Page 1: Lavados de Activos

SOBRE POLÍTICAS Y PROCEDIMIENTOS

PARA LA PREVENCIÓN Y CONTROL DE

LAVADO DE ACTIVOS

GERENCIA:

José Caraguay

GERENCIA:

José Caraguay

Page 2: Lavados de Activos
Page 3: Lavados de Activos

CONTENIDOS. INTRODUCCION.

POLITICAS.

POLITICAS GENERALES DE PREVENCION DE LAVADO DE ACTIVOS

POLITICAS ESPECIALES DE PREVENCION DE LAVADO DE ACTIVOS.

COMITÉ DE ETICA.

MISION

UNIDAD DE CUMPLIMIENTO

MISION

INTEGRACION.

CAPITULO II

LAVADO DE ACTIVOS.

DEFINICION

ETAPAS.

CARACTERIZTICAS.

MECANISMOS DE PREVENCION

CONOZCA A SU SOCIO O CLIENTE.

CONOZCA A SU EMPLEADO O COLABORADOR.

CONOZCA SU MERCADO

CONOZCA A SU PROOVEDOR

CONOZCA A SU CORRESPONSAL

REGISTRO Y VERIFICACION DE LA INFORMACION.

SENALES DE ALERTA.

TRANSACCIONES INUSUALES E INJUSTIFICADAS.

DETECCION DE OPERACIONES INUSUALES E INJUSTIFICADAS

Page 4: Lavados de Activos

INTRODUCCIO N.

El fenómeno del lavado de activos, por el volumen que alcanza y su

carácter global, es considerado como un elemento desestabilizador de

la economía de los países y de los mercados financieros, que genera

incertidumbre y movimientos especulativos que afectan la credibilidad

de las instituciones financieras en sus relaciones con los entes

reguladores y con la sociedad en general.

La Cooperativa de Ahorro y Crédito “27 de abril”, consciente de la

trascendencia del problema y del papel que las instituciones

financieras juegan en su prevención, colabora con las autoridades

competentes, organismos de control, uniendo sus esfuerzos al resto

del sistema financiero ecuatoriano, en su lucha contra toda forma de

lavado de activos. Los esfuerzos de la Cooperativa “27 de abril” se

concretan en el establecimiento de políticas y procedimientos que

deben cumplir todos los directores, funcionarios y empleados de la

institución.

Page 5: Lavados de Activos

SOBRE POLÍTICAS Y PROCEDIMIENTOS PARA LA PREVENCIÓN Y

CONTROL DE LAVADO DE ACTIVOS

POLÍTICAS

Todos los colaboradores de la Institución y de manera especial, quienes manejan

relación comercial con clientes, deben tener claro que son responsables de recopilar,

investigar, concretar y analizar la información proporcionada por los mismos.

POLÍTICAS GENERALES DE PREVENCIÓN DE LAVADO DE ACTIVOS

a. Quienes tengan relación directa con los socios y clientes deberán

hacerles conocer la medidas de prevención adoptadas por la

Cooperativa para garantizar la legitimidad de sus transacciones;

b. El Comité de Ética, máximo organismo de la Cooperativa para el control

y cumplimiento de las políticas y procedimientos para prevenir y

detectar el lavado de activos, es el encargado de ratificar la cancelación

de la relación comercial con aquellos socios o clientes a los que se a

detectado, con evidencias suficientes de que su transaccionalidad no

guarda correspondencia con los patrones regulares de las actividades

económicas que normalmente realiza y cuyo origen no puede

justificarse;

c. La Cooperativa a través del Comité de Ética ha fijado como política, no

establecer ningún tipo de relación comercial con las personas que

consten en la lista de sindicados del CONSEP; la lista por delitos de tipo

penal en los que se hayan dictado sobreseimiento provisional

provenientes de la S.B.S y, los listados OFAC (Office of Foreing Assets

Control). Oficina de Control de Activos Extranjeros;

d. El control de prevención de lavado de activos se aplicará a toda

transacción de operaciones activas o pasivas iguales o mayores a $2.000

sean en efectivo o valores (papeles negociables); o las transacciones

acumuladas dentro de un mes sean iguales o mayores a dicho valor;

e. Mantener un carácter confidencial toda información suministrada para

la prevención o investigación de lavado de activos; así como la

documentación expedida por el Consejo Nacional de Control de

Sustancias Estupefacientes Y Psicotrópicas CONSEP, Superintendencia

de Bancos y Organismos Internacionales, que tengan relación con el

control antilavado. Por consiguiente su divulgación no autorizada, será

Page 6: Lavados de Activos

sancionada de acuerdo a lo estipulado en el Reglamento Interno de

Trabajo;

f. En lo referente a información para Prevención y control de Lavado de

activos con antelación a su divulgación institucional, deberá ser

conocida y aprobada por el Comité de Ética, previo informe de la unidad

de Cumplimiento;

g. Los informes de la Unidad de Cumplimiento y la Actas del Comité de

Ética, son de carácter confidencial y reservado , para uso exclusivo de la

Cooperativa y conocimiento del Comité antes señalado;

h. La Gerencia General Apoyará a la adecuada implantación y aplicación de

las disposiciones legales, manuales de control y procedimientos

operativos;

i. El Oficial de Cumplimiento, es el responsable de controlar la aplicación y

cumplimiento de las normas contenidas en el presente Manual y demás

disposiciones de los organismos de control respecto de la prevención de

lavado de activos;

j. Auditoría Interna evaluará la aplicación de las disposiciones emitidas

por los organismos de control y las establecidas por la entidad en el

presente Manual, y planteará mejoras al mismo.

k. Los funcionarios y empleados de la Cooperativa son los responsables de

la aplicación y supervisión de los procedimientos para prevenir, detectar

e informar sobre las operaciones relacionadas al Lavado de Activos en la

oficina a su cargo;

l. Los funcionarios y empleados de la Cooperativa, deberán asistir de

forma obligatoria a los cursos de capacitación que se convocaren,

relativos al control y prevención de lavado de activos, caso contrario se

sujetarán a las sanciones estipuladas en le Reglamento Interno de

Trabajo;

m. Las disposiciones contenidas en el manual de Políticas y Procedimientos

para Prevención y Control de Lavado de Activos, serán difundidas por

parte del oficial de cumplimiento a todos los directores, funcionarios y

empleados de la Cooperativa; así como, las actualizaciones que se

realicen posteriormente;

n. Los principios y valores éticos serán divulgados internamente, con la

finalidad de que todos sus directores, funcionario y empleados los

acaten de manera irrestricta; y,

o. La detección y prevención del lavado de activos; así como, el

cumplimiento de las normas previstas en el presente manual y de las

Page 7: Lavados de Activos

emitidas por los organismos de control, es responsabilidad de todos los

directores, funcionarios y empleados de la Cooperativa.

POLÍTICAS ESPECIALES DE PREVENCIÓN DE LAVADO DE ACTIVOS

a. Existen controles manuales y automáticos, para administrar y filtrar la

lista de sindicatos del CONSEP; la lista pro delitos de tipo penal de la

S.B.S y, los listados OFAC (Office Foreig Assets Control), Oficina de

control de Activos Extranjeros;

b. Con aquellas personas que se encuentren en las listas antes

mencionadas, no se establecerá ninguna relación comercial;

c. Obtener información completa, clara y exacta en los documentos que la

Cooperativa exige en la apertura de la relación comercial;

d. Verificar los datos, la información y la documentación suministrada;

COMITÉ DE ÉTICA

EL Comité de Ética, es un cuerpo colegiado que tiene como función principal vigilar

la aplicación de las políticas de prevención, tendientes a evitar el riesgo de que la

institución sea utilizada en actividades ilícitas.

Misión

Preservar la imagen institucional , la credibilidad, confianza y seguridad de los

socios, clientes y comunidad, a través del fortalecimiento de la gestión de

prevención, detección y control de lavado de activos, la definición, implementación

y supervisión del cumplimiento del sistema, estrategias, políticas y procedimientos

a aplicar en las diferentes áreas, servicios y productos financieros de la

Cooperativa.

UNIDAD DE CUMPLIMIENTO

La Unidad de Cumplimiento de conforma para coordinar las acciones y decisiones

del Comité de Ética, de acuerdo a lo que disponen los organismos de control.

Misión

Implementar y vigilar el cumplimiento de las disposiciones legales y reglamentarias,

políticas, procedimientos, regulaciones y controles establecidos por la institución y

autoridades de control, para prevenir y detectar el lavado de activos.

Integración

Oficial de cumplimiento.

Page 8: Lavados de Activos

CAPITULO II

LAVADO DE ACTIVOS

DEFINICION

El lavado de Activos es el conjunto de operaciones realizadas por una persona

natural o jurídica, tendientes a ocultar o disfrazar el origen ilícito de los bienes o

recursos que provienen de actividades delictivas.

El proceso de lavado de activos, se caracteriza por manejar grandes sumas de

dinero de alta o baja denominación, y tiene como inconveniente su colocación,

traslado y depósito. Es por ello que las personas dedicadas a estas actividades

ilícitas deben realizar múltiples transacciones, que generalmente ocurren en cuatro

etapas:

ETAPAS.

Producción o Recolección.

Consiste en la obtención de dinero o bienes de cualquier naturaleza, a través de

actividades ilícitas.

Colocación y Ubicación.

El efectivo o bienes recibidos por actividades ilícitas ingresas a la economía

legalmente, bien sean en depósitos, inversiones, servicios o cualquier otro producto

financiero.

Estratificación.

Consiste en la movilización de fondos a través del sistema financiero, a menudo en

una compleja serie de transacciones para crear confusión y complicar el rastreo

documental.

Integración.

En esta etapa la persona que intenta lavar dinero o activos, justifica ante la entidad

financiera con información aparentemente legítima.

CARACTERÍSTICAS.

a. El lavado de activos implica operaciones financieras cuantiosas que le

dan al lavador una posición económica privilegiada;

b. Crear escenarios inexistentes o a falsos para encubrir su actividad

criminal;

Page 9: Lavados de Activos

c. Es un conjunto de operaciones complejas y poco comunes realizadas

por una persona natural o jurídica, muchas de las cuales tienen

característica, frecuencia o volúmenes fuera de lo normal;

d. Es un delito de dimensiones internacionales. El desarrollo tecnológico

de las entidades financieras facilita a la delincuencia organizada que

opera nacional e internacionalmente;

e. Son operaciones financieras que no guardan relación con la actividad

económica de la persona natural o jurídica; y,

Utiliza el sistema financiero para legalizar los recursos provenientes de sus

actividades ilícitas.

MECANISMOS DE PREVENCIÓN.

CONOZCA A SU SOCIO O CLIENTE.

Este principio es la piedra angular en todo el sistema de prevención del lavado de

activos, pues facilita a la entidad identificar al socio o cliente, definir su perfil, saber

dónde reside, la actividad económica a la que se dedica y cuál es su patrimonio

estimado; aspectos que permitan estar e la capacidad de conocer el origen legal de

los fondos a través de la entidad serán movilizados.

La política “Conozca a su socio o cliente”, le permitirá a la Cooperativa obtener

información completa, clara y exacta de las personas que realizan operaciones en la

Entidad.

Condiciones mínimas para conocimiento de clientes:

Entrevistar personalmente a los socios o clientes.

Documento de Identificación. el documento de identificación a

requerirse podrá estar de acuerdo al tipo de persona que solicita la

relación comercial o la prestación del servicio; y, puede ser.

Persona Natural Cédula de ciudadanía y certificado de votación

actualizada; y, otros documentos que la identifiquen.

Persona Jurídica. RUC; nombramiento inscrito en el Registro

Mercantil, cédula de ciudadanía o pasaporte y certificado de

votación del representante legal, actualizados.

Persona Natural o Extranjera. Pasaporte o cédula de identidad

o ciudadanía actualizadas (de ser residente); y, otros

documentos que la identifiquen.

Page 10: Lavados de Activos

Persona Jurídica Extranjera no domiciliada. Número análogo al

RUC, autenticado por la embajada o consulado del país de

origen, nombramiento refrendado del representante legal o

apoderado, cédula de identidad o pasaporte.

c. Dirección Domiciliaria. La dirección declarada a la Cooperativa, deberá

ser confirmada y actualizada periódicamente.

d. Accionistas y administradores. Para el caso de personas jurídicas se

requerirá; los estatutos o la escritura de constitución debidamente

inscrita en le Registro Mercantil o donde corresponda; estados

financieros actualizados por lo menos una vez al año y presentados a la

Superintendencia de Compañías o al organismo de control que

corresponda.

e. Actividad. La actividad económica del socio o cliente, se registrará al

inicio de la relación comercial o prestación de servicios. El asesor a

cargo deberá realizar el seguimiento de la misma, en base al volumen

de operaciones, frecuencia y tipo de transacciones, versus la actividad

económica declarada.

f. Poder de delegación. En el caso de socios o clientes aptos para

contratar, que delegaren a terceros el manejo de sus cuentas, deberá

requerirse a más de los requisitos señalados anteriormente, el poder de

delegación específico debidamente legalizado.

Mecanismos específicos de prevención:

a. No aperturar o emitir ningún tipo de producto o servicio, si el socio o

cliente no presenta la documentación completa.

b. El empleado de la Cooperativa que dure de la verdadera identidad del

socio o cliente, a más de los datos proporcionados, puede a criterio

propio solicitar se presente otro tipo de documentos que permitan una

mejor identificación del mismo, tales como:

Facturas de pago de algunos servicios públicos (agua, luz,

teléfono) con estos documentos podemos establecer y

comprobar la dirección del domicilio, nombres y apellidos

completos y verificar si se trata del mismo adjudicatario.

Tarjetas de identificación adicionales (del trabajo, comisariato,

colegio profesional, carné de afiliación al Instituto Ecuatoriano

de Seguridad Social, etc.) La mayoría de estos documentos tiene

fotos del cliente.

Licencia de conducir o libreta militar. En estos documentos hay

menor riesgo de falsificación.

Page 11: Lavados de Activos

Procedimientos de Prevención:

Para la prevención se considerará principalmente los siguientes aspectos:

a. Los funcionarios y empleados que mantiene relación comercial directa

con los socios o clientes, deben realizar un proceso de Debida Diligencia,

esto significa que deben identificar plenamente a sus clientes, entre

otras cosas implica ”Quien es”, “Que hace” , “Donde opera”, “Cómo

realiza sus operaciones”, “Frecuencia con las que realiza”, “Que

servicios requiere de la Institución”, “Propósitos de la relación

comercial”.

b. Documentar la actividad económica y financiera de los clientes,

principal negocio, cobertura de operación, cuántos empleados tiene

ingresos mensuales;

c. Determinar si el cliente tiene otros negocios;

d. Toda la documentación recibida se debe mantener en una carpeta

individual;

e. Identificar a los socios o clientes cuyos datos, actividad económica y

más información relacionada con la política “Conozca a su socio cliente”

no ha podido ser confirmados satisfactoriamente y reportarlos

inmediatamente al Oficial de Cumplimiento;

f. Abstenerse de efectuar transacciones con personas que son renuentes a

entregar información completa, poco creíble y que no aporten a

referencias verificables;

g. Reportar al Oficial de Cumplimiento, si la conducta o actuación del socio

o cliente se enmarca en una o varias de las señales de alerta

determinadas en el presente manual;

h. Actualizar los datos de los socios o clientes por lo menos una vez al año,

mediante la suscripción y firma del “Formulario de Reconfirmación de

Datos” (Anexo Nª 4 y 5), que se agregará a su carpeta para el respectivo

control;

i. Identificar debidamente a los vendedores de instrumentos monetarios

tales como: Money orders, travelers cheks o cheques dólar del exterior;

especialmente a los procedentes de aquellos países considerados como

“paraísos fiscales”, y, de los que consten en las listas proporcionadas

por en CONSEP. INOBSERVANCIA. La cooperativa le impondrá las

sanciones pertinentes, independientemente de las acciones penales a

que hubieren lugar; por acción u omisión;

Page 12: Lavados de Activos

CONOZCA A SU EMPLEADO O COLABORADOR.

El factor humano es el elemento primordial de toda política de prevención.

La política del conocimiento de los empleados conduce a prevenir, detectar y coartar

conductas corruptas que tiendan a facilitar o proporcionar el uso de la Cooperativa

como herramienta para lavar activos.

Procedimientos de Prevención

Con la finalidad de logara el cumplimiento de esta política, se realizarán actividades que

se definen a continuación:

a. Recursos Humanos, es el responsable de un adecuado proceso de

selección del personal, el mismo que debe asegurar la integridad moral,

una conducta intachable y un desempeño profesional de quienes son

aspirantes a una posición de trabajo en la Cooperativa;

b. Verificar las referencias laborales, personales y patrimoniales

presentadas por los aspirantes es imprescindible en un proceso

adecuado de selección;

c. Revisar en las listas de personas sindicadas e implicadas al personal

aspirante, previo a su contratación y dejar evidencia de lo observado;

d. Recursos humanos realizará una revisión y evaluación periódica de los

antecedentes personales, laborales, patrimoniales, así como de la

condición social, capacidad económica o desempeño profesional de

funcionarios y empleados de la Cooperativa. De esa manera se podrán

prevenir, detectar y sancionar oportunamente conductas disfuncionales

o corruptas que de algún modo puedan facilitar el uso de la entidad

como herramienta para el Lavado de Activos.

e. El Manual de políticas y Procedimientos para Prevención y control de

lavado de Activos, es de lectura obligatoria para todos los

colaboradores. A fin de verificar el cumplimiento de esta disposición, la

unidad de Cumplimiento aplicará evaluaciones de control a los

funcionarios y empleados con la finalidad e medir el grado de

conocimientos; el puntaje mínimo aceptable será el 85% de la

evaluación aplicada. En el caso de que algún funcionario o empleado

tuviere un puntaje inferior deberá recibir nuevamente la capacitación;

f. Recursos humanos en coordinación con la unidad de cumplimiento,

desarrollará programas de capacitación, de ejecución continua y

permanente para todos los funcionarios y empleados, sobre normativas

Page 13: Lavados de Activos

legales, instructivos, requerimientos, recomendaciones, manuales y

políticas respecto a la prevención y control del lavado de activos;

g. En los programas de inducción, Recursos Humanaos deberá enfatizar en

la normativa legal, procedimientos internos y políticas para prevenir el

lavado de activos, sobre todo en la responsabilidad que cada uno de los

colaboradores adquiere para prevenir el mal uso de los productos y

servicios de la Cooperativa, y en la obligación de reportar cualquier

inusualidad.

h. Los funcionarios y empleados serán evaluados en su comportamiento,

considerando conductas injustificadas o fuera de lo normal, a las

siguientes: negarse a salir de vacaciones, renuencia a ejercer otras

funciones, colaboración inusual y no autorizada, encontrarse

habitualmente en ligares distintos al de su función, que tenga relación

con desapariciones de activos o diferencias inexplicadas, etc. Si este

tipo de conducta no es debidamente justificado, serán reportados

inmediatamente al Oficial de Cumplimiento;

i. Todos los empleados y funcionarios obligatoriamente, deberán informar

o reportar al oficial de Cumplimiento sobre a existencia de

transacciones inusuales o injustificadas, no compatibles con la actividad

del socio o cliente, debiendo mantener estricta reserva sobre este

hecho, absteniéndose de informar al socio o cliente que haya sido

reportado, investigado o involucrado; de comprobarse su inobservancia,

la Cooperativa le impondrá las sanciones pertinentes,

independientemente de las acciones penales a que hubieren lugar; por

acción u omisión;

j. Los funcionarios y empleados de la Cooperativa no podrán prestar sus

cuentas personales a terceras personas ya sea para asuntos

comerciales, efectivización de cheques, donaciones, actos sociales, etc,;

k. La información registrada en los diferentes formularios y/o documentos

presentados por los funcionarios y empleados, deberá ser confirmada y

actualizada anualmente, mediante la suscripción del formulario de

“Reconfirmación de Datos”;

l. Vigilar a los funcionarios o empleados que realicen transacciones u

operaciones por cuenta de terceros ; y,

m. Reportar mensualmente y por escrito al Oficial de Cumplimiento la

existencia o inexistencia de actividades inusuales e injustificadas.

Page 14: Lavados de Activos

CONOZCA SU MERCADO.

Las entidades financieras debe conocer las personas a las que puede interesar los

productos o servicios ofrecidos y hacia ellos enfocará su labor de mercadeo.

Esto permite comparar las transacciones realizadas por los socios o clientes con perfiles

financieros similares o que pertenecen al mismo sector económico, para agruparlos en

estratos homogéneos.

Procedimientos de Prevención

Con el propósito de prevenir y detectar actos y hechos sospechosos y conocer a que

sectores del mercado la cooperativa se encuentra atendiendo; sus socios y clientes

podrán agruparse de la siguiente forma:

a. De acuerdo a los niveles de riesgo, en grupos homogéneos;

b. Por clase de productos y por oficina;

c. Por regiones, hábitos de consumo y estructura de gastos; y,

d. Por edad, actividad económica, profesión u ocupación.

El conocimiento del mercado es de utilidad para identificar:

Señales de alerta,

Segmentos de mercado,

Factores de riesgo,

Criterios de normalidad,

Perfiles de los clientes

CONOZCA A SU PROVEEDOR.

Este concepto se basa en el conocimiento de los proveedores (personas naturales o

jurídicas), con los que opera la Cooperativa; así como en el conocimiento de las

actividades de éstos y en una apropiada verificación de la documentación

proporcionada, en forma previa a establecer una relación comercial.

Procedimientos de prevención.

a. Conocer suficientemente las actividades de los proveedores, ya sean

personas naturales o jurídicas que deseen iniciar una relación comercial

o de negocios con la Cooperativa.

b. Verificar que le proveedor no se encuentre involucrado en la comisión

de delitos tipificados y sancionados en la Ley de Sustancias,

Estupefacientes y Psicotrópicas; para lo cual revisará los listados o

sistemas de información provenientes del o lo organismos

correspondientes; e encontrarse registrado se abstendrá de iniciar la

relación comercial.

Page 15: Lavados de Activos

c. Verificar que el pago por servicios prestados o venta de bienes sea

encargado a la misma persona o empresa de ninguna manera se

efectuará pagos a beneficiarios distintos al proveedor.

d. Abstenerse a efectuar transacciones con personas que son renuentes a

entregar información completa, poco creíble y que no aporten

referencias verificables;

e. Reportar al Oficial de Cumplimiento si la conducta o actuación del

cliente se enmarca en una o varias de las señales de alerta

determinadas en el presente Manual;

f. Identificar a proveedores cuya información relacionada con la política

“Conozca a su proveedor”, no han podido ser confirmadas

satisfactoriamente y reportarlos inmediatamente al oficial de

Cumplimiento;

g. Los funcionarios y/o empleados del área administrativa encargados de

entablar relaciones comerciales con proveedores, son responsables de

efectuar el contacto, investigación y actualización de la siguiente

documentación e información;

Copia de la escritura de constitución de la empresa y/o

estatutos.

Copia del registro Único de Contribuyentes;

Copias de cédulas y certificados de votación de los

representantes legales;

Copia del nombramiento de los representantes legales; y,

FORMULARIO DE “INFORMACIÓN DE PROVEEDORES”.

(Anexo Nª 5) Debidamente llenado y firmado.

Todos los documentos formarán parte del historial de los proveedores y serán

debidamente archivado en carpetas individuales para el análisis correspondiente.

CONOZCA A SU CORRESPONSAL.

La Cooperativa, antes de suscribir un convenio de corresponsalía, deberá recabar

suficiente información sobre sus posibles corresponsales, para evitar que sus cuentas

sean utilizadas como conductos para legitimar el dinero ilícito y que sea involucrada en

actividades de lavado de activos.

Deberá además, presentar atención especial en el uso por parte de terceros de las

cuentas de corresponsalía, para la movilización de fondos.

Procedimientos de Prevención.

La verificación, actualización e intercambio de la documentación e información,

proporcionada por las entidades que mantienen convenio de corresponsalía con la

Page 16: Lavados de Activos

Cooperativa, permite prevenir y detectar operaciones inusuales e injustificadas que se

quieran canalizar a través de estas instituciones.

Los funcionarios de tesorería, son los responsables de efectuar el contacto,

investigación y actualización de la siguiente documentación e información:

Sobre la gerencia de la institución representada;

Actividades comerciales;

Ubicación;

Medidas de prevención y lavado de activos aplicadas;

La identidad de otras entidades que utilizaran la cuenta de la institución

corresponsal;

La situación de la regulación y supervisión en el país de la entidad

representada;

Detalles relevantes sobre la estructura organizacional, societaria,

accionaria y cooperativa.

Revisar que no conste en la lista de imputados de la ley 10;

Listados de firmas actualizadas vigentes;

Estados financieros aprobados;

Memorias anuales de los 3 últimos años;

Informes y reportes financieros que contengan la calificación de riesgos;

y,

Toda publicación o información relacionada que pueda ayudar a un

análisis por menorizado de nuestros corresponsales.

Todos los documentos formaran parte del historial de los corresponsales; será

debidamente archivado en carpetas individuales; y, se verificará la información y

documentación suministrada, con el objetivo de comprobar su existencia, prestigio y

trayectoria.

Verificar que le posible corresponsal y sus representantes legales no consten en las listas

nacionales e internacionales.

Los funcionarios responsables deberán por lo menos una vez al año, solicitar los estados

financieros representados a las entidades de control o auditados y cualquier

información relevante que permita mantener actualizada la base de corresponsales.

Para la aplicación de la política “Conozca a sus corresponsales” se utilizara el formulario

de “Conozca a su corresponsal”, (Anexo Nº 12 ) que será llenado por el funcionario que

lleva la relación comercial.

Page 17: Lavados de Activos

REGISTRO Y VERIFICACIÓN DE LA INFORMACIÓN.

Previo a entablar relaciones de negocios con clientes, empleados, proveedores,

corresponsales, es importante verificar la información proporcionada. Es

responsabilidad de los funcionarios y empleados que manejan relación comercial con

clientes: Apertura de Cuentas e Información, Inversiones, Crédito, Recursos Humanos,

Área Administrativa, Tesorería; validar la información, ya que en esta instancia se

produce el primer filtro de control dentro de la fase del conocimiento del cliente, del

empleado, del corresponsal o del proveedor.

Se recomienda verificar de manera especial, direcciones domiciliarias y laborales,

teléfonos, referencias financieras o comerciales. No se debe aceptar como validos,

números telefónicos celulares, casillas postales que remplacen direcciones, referencias

personales que no poseen direcciones domiciliarias o teléfonos verificables, tampoco

son validas las direcciones transitorias de hoteles o similares o direcciones electrónicas.

En caso de que el proceso de verificación existan incongruencias respecto a la integridad

y veracidad de la información proporcionada, se debe reportar a los niveles inmediatos

superiores para su análisis y decisión de aceptación o rechazo. Así mismo, informar al

Oficial de Cumplimiento para ratificar las decisiones tomadas.

Finalmente la información suministrada debe ser ingresad en los sistemas autorizados

para validar dicha información y luego debe ser archivada en files individuales, que

permitirán la realización de verificaciones posteriores.

SEÑALES DE ALERTA.

Son comportamientos particulares de los socios o clientes y situaciones atípicas que

presentan las transacciones y que puede e encubrir operaciones del lavado de activos.

¿Qué hacer ante una señal de alerta?

Es importante destacar que la responsabilidad de identificar y verificar las señales de

alerta, recae en primera instancia recae sobre la Cooperativa y a su vez sobre los

colaboradores que procesan las transacciones y sobre aquellos que tiene contacto

permanente con los socios y clientes; lo mencionado no libera de responsabilidad a los

demás miembros de la Institución que debe estar igualmente preparados para

reconocer una señal de alerta.

Al identificar una señal de alerta, esta debe ser informada al nivel inmediatamente

superior dentro de cada área, para que este se encargue de efectuar indagaciones

adicionales con el socio o cliente; si la señal de alerta es desvanecida con la

documentación proporcionada, la operación debe ser procesada; si por el contrario no

es posible determinar la idoneidad de la transacción, esta debe ser reportada a la

Unidad de Cumplimiento, para su revisión, análisis y reporte a los Organismos de

Control, si así lo amerita.

Page 18: Lavados de Activos

A continuación se detalla una lista de señales de alerta, que debe ser tomada en cuenta

y analizada en el proceso diario de las transacciones:

I. SEÑALES DE ALERTA EN OPERACIONES EN GENERAL.

I.I Operaciones que no corresponden al perfil económico del cliente.

I.2 Operaciones fraccionadas tendientes a eludir normas u obligaciones de reporte.

I.3 Operaciones efectuadas frecuentemente a nombre de terceros, sin que exista

justificativo para ello.

I.4 Un cliente entrega una suma importante de billetes en moneda extranjera y

solicita efectuar transferencias a distintos lugares del país o del extranjero sin

justificación claro o acorde con su actividad declarada.

I.5 Un cliente entrega numerosos instrumentos monetarios como: cheques de

viajero, ordenes postales u otras, y solicita una transferencia por su valor

equivalente sin que este acorde con su actividad declarada.

I.6 Cuando una persona, que no es cliente habitual, deposita fondos en cualquiera

de las oficinas de la institución o de los bancos corresponsales en el exterior para

ser cobrados localmente o reenviados a otros países.

I.7 Una persona, de improviso y sin fundamento, aparece como dueña de

importante negocios.

I.8 Clientes que utilizan compañías domiciliadas en paraísos fiscales.

I.9 Operaciones en las cuales el cliente ofrece pagar elevadas comisiones, sin

justificativo legal y técnico.

I.10 Intento de soborno, mediante comisiones o ganancias, para obtener servicios

que la institución no presta regularmente, o para evitar ser objeto de los controles

de prevención del lavado de activos.

I.11 Cambios significativos en las relaciones de intercambio de divisas entre bancos

corresponsales, o existencia de transacciones desproporcionadas entre un banco

pequeño y otro grande.

I.12 Cambios societarios de una persona jurídica, en los que le perfil de los nuevos

socios o accionistas no sea consistente con su objeto social; o, en los que los nuevos

socios o accionistas presenten resistencia a proporcionar información personal o

financiera.

I.13 Uso excesivo de casilleros de seguridad o cambio de patrones de tráfico.

I.14 Uso de los depósitos nocturnos para grandes cantidades en efectivo, cuando la

actividad del cliente no implica recepción de dinero en efectivo.

Page 19: Lavados de Activos

I.15 Compañías que son financiadas por préstamos obtenidos fuera del país.

I.16 Débitos a cuentas para efectuar transferencias a través de instituciones

financieras ubicadas en países de lato riego.

I.17 Pagos de transferencias al exterior realizados mediante instrumentos girados

contra múltiples instituciones financieras.

2. SEÑALES DE ALERTA CON OPERACIONES CON TÍTULOS.

2.1 Adquisición de títulos cuyo monto no corresponda el perfil económico del

cliente.

2.2 Depósitos o garantías con títulos cuyo monto no corresponda al perfil

económico del cliente o cuya procedencia no se debidamente justificada.

2.3 Negociación de títulos sin utilizar la cuenta corriente del cliente.

3. SEÑALES DE ALERTA CON OTRAS OPERACIONES O SERVICIOS.

3.1 Utilización excesiva de servicios de custodia.

3.2 Autorización no justificada para que terceros operen cajas de seguridad.

3.3 Prestación justificada de garantías por parte de terceros no cliente.

3.4 Compra o venta de moneda extranjera, metales preciosos y otros valores, cuyo

monto no responda al perfil económico del cliente.

3.5 Cuando un cliente solicita financiamiento un tercero otorgando una garantía

real, sin que exista relación justificada entre ellos.

4. SEÑALES DE ALERTA EN CUENTAS:

4.1 Cuentas generalmente inactivas o de poco movimiento que, en forma

imprevista e injustificada, presenten movimientos por montos inusuales, en

especial si provienen del exterior.

4. 2 Cuentas que presentan un amplio saldo activo que no corresponda al perfil

económico del cliente, en especial si se produce transferencias a cuentas en el

exterior.

4.3 Cuentas que reciben gran número de depósitos sin justificación.

4.4 Cuentas cuyo movimiento no corresponda al perfil económico del cliente.

4.5 Apertura injustificada de varias cuentas, por parte del mismo cliente, para

realizar transferencias frecuentes de importes entre diversas cuentas o utilizar

como “cuentas puente”.

4.6 Cuando los estados financieros de un cliente de banca corporativa no son

preparados por un contador.

Page 20: Lavados de Activos

4.7 Existencia de cuentas que reflejan numerosos depósitos para transferirlos en

forma inmediata al exterior, cuando a tal actividad no corresponda al perfil

económico del titular.

4.8 La cuenta de una compañía recibe numerosos depósitos en efectivo, mantiene

saldos altos y no utiliza otros servicios como créditos, débitos automáticos o

nóminas.

4.9 Los estados financieros presentado por el cliente reflejan inversiones por

montos superiores a créditos solicitados, así como ingresos provenientes de

negocios realizados en paraísos fiscales.

5. SEÑALES DE ALERTA EN EL COMPORTAMIENTO DE LA CLIENTELA.

5.1 Clientes que pretenden reestructurar una operación, cuando la configuración

originaria implica ciertas formas de identificación o reporte.

5.2 Clientes que ofrecen resistencia a suministrar la información necesaria para

realizar las operaciones.

5.3 Clientes que, en forma anticipada, cancelan total o parcialmente obligaciones

por montos elevados, mediante pagos inesperados y sin justificación adecuada

respecto del origen de los fondos.

5.4 Clientes, que en forma frecuente e injustificada, evitar tener contacto directo

con el personal de la institución, mediante el otorgamiento de poder a favor de

terceros, o efectuando pagos al contacto por sumas elevadas a través de cajeros

automáticos o dispositivos electrónicos.

5.5 Clientes que, sin justificación debida, son titulares de numerosas cuentas en una

o varias instituciones, y efectúan elevadas transacciones en efectivo.

5.6 Clientes que, sin justificación debida, operan con sucursales bancarias lejanas a

su domicilio personal o comercial.

5.7 Clientes que insisten en mantener cuentas administrativas por terceros,

especialmente cuando éstas presentan movimientos que no corresponden al perfil

económico del titular.

5.8 Una empresa que mantiene cuentas a nombre de sus administradores,

dependientes o clientes, con la finalidad de efectuar pagos o retiros de efectivo.

5.9 Una empresa que se niega a proveer sus estados financieros, o si estos difieren

notablemente de aquellos de empresas similares.

5.10 Una empresa que se niega dar referencias de crédito para sus clientes.

5.11 Un cliente entrega una suma importante en moneda extranjera y solicita

efectuar transferencias a distintos lugares del país o del exterior sin justificación

debida.

Page 21: Lavados de Activos

5.12 Un cliente entrega numerosos instrumentos monetarios, cheques de viajero,

órdenes postales u otros, y solicita una transferencia por su equivalente sin que

corresponda a su perfil económico.

5.13 Clientes que, de improviso y sin justificación, aparece como dueños de

importantes negocios.

5.14 Clientes que utilizan compañías domiciliadas en paraísos fiscales.

5.15 Clientes que ofrecen comisiones o sobornos a cambio de servicios financieros.

5.16 Una persona que, sin ser cliente recibe o realiza operaciones o transacciones

cuyo monto se cerca al umbral de reporte.

5.17 Transacciones en efectivo, por montos inferiores al umbral de reporte, que son

realizadas el mismo día, en una o varias sucursales o agencias, antes y después del

horario normal de atención, para aparentar que han sido realizadas en dos días

diferentes.

5.18 Un cliente que al intentar efectuar una transacción, por un valor igual o

superior al umbral de reporte, se niega a suscribir la declaración de origen lícito de

recursos.

5.19 Un cliente ingresa a la institución acompañado de un tercero, se dirigen a cajas

diferentes y realizan transacciones similares por debajo del umbral de reporte.

5.20 Un cliente requiere enviar o recibir muchas transferencias hacia o desde países

de altos riesgo, particularmente si éstas no corresponden a su perfil económico.

6. SEÑALES DE ALERTA EN OPERACIONES CON DINERO EN EFECTIVO

6.1 Requerimientos frecuentes de efectivo por importes significativos, que no

corresponden al perfil económico del cliente.

6.2 Adquisiciones frecuentes y por importes significativos de títulos, depósitos u

otros instrumentos en efectivo.

6.3 Operaciones fraccionadas en efectivo realizadas con mucha frecuencia las que,

si bien individualmente aparecen como poco importantes, sumadas resultan

significativas.

6.4 Operaciones frecuentes de compraventa de monedas extranjeras por parte de

un mismo cliente.

6.5 Operaciones de alto monto efectuadas en dinero en efectivo, en lugar de utilizar

instrumentos y medios de pago usualmente utilizados para esa clase de

operaciones.

6.6 Pedidos de cambio de gran cantidad de billetes de baja denominación por

billetes de denominación superior sin justificación.

Page 22: Lavados de Activos

6.7 Transporte inusual de dinero por parte de depositantes desconocidos.

6.8 Aumento considerable de depósitos y retiros en efectivo, por parte de personas

naturales o jurídicas.

6.9 Una sucursal o agencia envía más efectivo de lo normal a la matriz de una

institución del sistema financiero o al Banco Central del Ecuador.

7. SEÑALES DE ALERTA EN OPERACIONES DE CRÉDITO.

7.1 Un cliente solicita un préstamo sin motivo justificado o con poco sentido

económico, ofreciendo garantizar la operación con colaterales en efectivo, tales

como pólizas o depósitos en moneda nacional o extranjera.

7.2 Un cliente paga anticipadamente un préstamo de monto elevado que

presentaba dificultades de recuperación, sin explicación razonable respecto del

origen de los fondos.

7.3 Prepago inesperado de un crédito, especialmente si se lo hace en efectivo.

7.4 El dinero proveniente de un crédito es enviado al exterior sin mayor explicación.

7.5 Préstamos garantizados con depósitos a plazos u otros instrumentos de

inversión.

TRANSACCIONES INUSUALES E INJUSTIFICADAS.

Los directivos, funcionarios y empleados de la Cooperativa de Ahorro y Crédito “27

de Abril” deben estar consientes que el lavado de activos no solo implica la

participación de dinero en efectivo, sino que se le puede realizar con la

participación de otros instrumentos monetarios y que las organizaciones delictivas

lo pueden realizar utilizando los productos del activo, pasivo y contingente que la

institución ofrece a sus clientes.

DETECCION DE OPERACIONES INUSUALES E INJUSTIFICADAS.

Transacciones Inusuales.

Son las transacciones cuya cuantía o características no guardan relación con la

actividad económica, o características de los socios o clientes; así como, aquellas

que por su número, cantidades transadas o características particulares se salen de

los parámetros de normalidad establecidos para los clientes o para determinado

rango de mercado.

Page 23: Lavados de Activos

Transacciones Injustificadas.

Es aquella operación inusual (no guarda relación con los parámetros de normalidad)

o conjunto de operaciones, respecto de la cual una vez efectuado el análisis la

Cooperativa no la encuentre justificada.

Pueden considerarse como injustificada las operaciones que, no obstante de estar

aparentemente justificadas, la Cooperativa estima que escapan de lo usual.

Los funcionarios o empleados deberán verificar si la conducta o actividad del socio o

cliente se enmarca en las señales de alerta dadas a conocer y, si así fuera, reportarla

inmediatamente al Jefe de la Agencia , Departamento de Unidad y Cumplimiento.

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