lavados de activos
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SOBRE POLÍTICAS Y PROCEDIMIENTOS
PARA LA PREVENCIÓN Y CONTROL DE
LAVADO DE ACTIVOS
GERENCIA:
José Caraguay
GERENCIA:
José Caraguay
CONTENIDOS. INTRODUCCION.
POLITICAS.
POLITICAS GENERALES DE PREVENCION DE LAVADO DE ACTIVOS
POLITICAS ESPECIALES DE PREVENCION DE LAVADO DE ACTIVOS.
COMITÉ DE ETICA.
MISION
UNIDAD DE CUMPLIMIENTO
MISION
INTEGRACION.
CAPITULO II
LAVADO DE ACTIVOS.
DEFINICION
ETAPAS.
CARACTERIZTICAS.
MECANISMOS DE PREVENCION
CONOZCA A SU SOCIO O CLIENTE.
CONOZCA A SU EMPLEADO O COLABORADOR.
CONOZCA SU MERCADO
CONOZCA A SU PROOVEDOR
CONOZCA A SU CORRESPONSAL
REGISTRO Y VERIFICACION DE LA INFORMACION.
SENALES DE ALERTA.
TRANSACCIONES INUSUALES E INJUSTIFICADAS.
DETECCION DE OPERACIONES INUSUALES E INJUSTIFICADAS
INTRODUCCIO N.
El fenómeno del lavado de activos, por el volumen que alcanza y su
carácter global, es considerado como un elemento desestabilizador de
la economía de los países y de los mercados financieros, que genera
incertidumbre y movimientos especulativos que afectan la credibilidad
de las instituciones financieras en sus relaciones con los entes
reguladores y con la sociedad en general.
La Cooperativa de Ahorro y Crédito “27 de abril”, consciente de la
trascendencia del problema y del papel que las instituciones
financieras juegan en su prevención, colabora con las autoridades
competentes, organismos de control, uniendo sus esfuerzos al resto
del sistema financiero ecuatoriano, en su lucha contra toda forma de
lavado de activos. Los esfuerzos de la Cooperativa “27 de abril” se
concretan en el establecimiento de políticas y procedimientos que
deben cumplir todos los directores, funcionarios y empleados de la
institución.
SOBRE POLÍTICAS Y PROCEDIMIENTOS PARA LA PREVENCIÓN Y
CONTROL DE LAVADO DE ACTIVOS
POLÍTICAS
Todos los colaboradores de la Institución y de manera especial, quienes manejan
relación comercial con clientes, deben tener claro que son responsables de recopilar,
investigar, concretar y analizar la información proporcionada por los mismos.
POLÍTICAS GENERALES DE PREVENCIÓN DE LAVADO DE ACTIVOS
a. Quienes tengan relación directa con los socios y clientes deberán
hacerles conocer la medidas de prevención adoptadas por la
Cooperativa para garantizar la legitimidad de sus transacciones;
b. El Comité de Ética, máximo organismo de la Cooperativa para el control
y cumplimiento de las políticas y procedimientos para prevenir y
detectar el lavado de activos, es el encargado de ratificar la cancelación
de la relación comercial con aquellos socios o clientes a los que se a
detectado, con evidencias suficientes de que su transaccionalidad no
guarda correspondencia con los patrones regulares de las actividades
económicas que normalmente realiza y cuyo origen no puede
justificarse;
c. La Cooperativa a través del Comité de Ética ha fijado como política, no
establecer ningún tipo de relación comercial con las personas que
consten en la lista de sindicados del CONSEP; la lista por delitos de tipo
penal en los que se hayan dictado sobreseimiento provisional
provenientes de la S.B.S y, los listados OFAC (Office of Foreing Assets
Control). Oficina de Control de Activos Extranjeros;
d. El control de prevención de lavado de activos se aplicará a toda
transacción de operaciones activas o pasivas iguales o mayores a $2.000
sean en efectivo o valores (papeles negociables); o las transacciones
acumuladas dentro de un mes sean iguales o mayores a dicho valor;
e. Mantener un carácter confidencial toda información suministrada para
la prevención o investigación de lavado de activos; así como la
documentación expedida por el Consejo Nacional de Control de
Sustancias Estupefacientes Y Psicotrópicas CONSEP, Superintendencia
de Bancos y Organismos Internacionales, que tengan relación con el
control antilavado. Por consiguiente su divulgación no autorizada, será
sancionada de acuerdo a lo estipulado en el Reglamento Interno de
Trabajo;
f. En lo referente a información para Prevención y control de Lavado de
activos con antelación a su divulgación institucional, deberá ser
conocida y aprobada por el Comité de Ética, previo informe de la unidad
de Cumplimiento;
g. Los informes de la Unidad de Cumplimiento y la Actas del Comité de
Ética, son de carácter confidencial y reservado , para uso exclusivo de la
Cooperativa y conocimiento del Comité antes señalado;
h. La Gerencia General Apoyará a la adecuada implantación y aplicación de
las disposiciones legales, manuales de control y procedimientos
operativos;
i. El Oficial de Cumplimiento, es el responsable de controlar la aplicación y
cumplimiento de las normas contenidas en el presente Manual y demás
disposiciones de los organismos de control respecto de la prevención de
lavado de activos;
j. Auditoría Interna evaluará la aplicación de las disposiciones emitidas
por los organismos de control y las establecidas por la entidad en el
presente Manual, y planteará mejoras al mismo.
k. Los funcionarios y empleados de la Cooperativa son los responsables de
la aplicación y supervisión de los procedimientos para prevenir, detectar
e informar sobre las operaciones relacionadas al Lavado de Activos en la
oficina a su cargo;
l. Los funcionarios y empleados de la Cooperativa, deberán asistir de
forma obligatoria a los cursos de capacitación que se convocaren,
relativos al control y prevención de lavado de activos, caso contrario se
sujetarán a las sanciones estipuladas en le Reglamento Interno de
Trabajo;
m. Las disposiciones contenidas en el manual de Políticas y Procedimientos
para Prevención y Control de Lavado de Activos, serán difundidas por
parte del oficial de cumplimiento a todos los directores, funcionarios y
empleados de la Cooperativa; así como, las actualizaciones que se
realicen posteriormente;
n. Los principios y valores éticos serán divulgados internamente, con la
finalidad de que todos sus directores, funcionario y empleados los
acaten de manera irrestricta; y,
o. La detección y prevención del lavado de activos; así como, el
cumplimiento de las normas previstas en el presente manual y de las
emitidas por los organismos de control, es responsabilidad de todos los
directores, funcionarios y empleados de la Cooperativa.
POLÍTICAS ESPECIALES DE PREVENCIÓN DE LAVADO DE ACTIVOS
a. Existen controles manuales y automáticos, para administrar y filtrar la
lista de sindicatos del CONSEP; la lista pro delitos de tipo penal de la
S.B.S y, los listados OFAC (Office Foreig Assets Control), Oficina de
control de Activos Extranjeros;
b. Con aquellas personas que se encuentren en las listas antes
mencionadas, no se establecerá ninguna relación comercial;
c. Obtener información completa, clara y exacta en los documentos que la
Cooperativa exige en la apertura de la relación comercial;
d. Verificar los datos, la información y la documentación suministrada;
COMITÉ DE ÉTICA
EL Comité de Ética, es un cuerpo colegiado que tiene como función principal vigilar
la aplicación de las políticas de prevención, tendientes a evitar el riesgo de que la
institución sea utilizada en actividades ilícitas.
Misión
Preservar la imagen institucional , la credibilidad, confianza y seguridad de los
socios, clientes y comunidad, a través del fortalecimiento de la gestión de
prevención, detección y control de lavado de activos, la definición, implementación
y supervisión del cumplimiento del sistema, estrategias, políticas y procedimientos
a aplicar en las diferentes áreas, servicios y productos financieros de la
Cooperativa.
UNIDAD DE CUMPLIMIENTO
La Unidad de Cumplimiento de conforma para coordinar las acciones y decisiones
del Comité de Ética, de acuerdo a lo que disponen los organismos de control.
Misión
Implementar y vigilar el cumplimiento de las disposiciones legales y reglamentarias,
políticas, procedimientos, regulaciones y controles establecidos por la institución y
autoridades de control, para prevenir y detectar el lavado de activos.
Integración
Oficial de cumplimiento.
CAPITULO II
LAVADO DE ACTIVOS
DEFINICION
El lavado de Activos es el conjunto de operaciones realizadas por una persona
natural o jurídica, tendientes a ocultar o disfrazar el origen ilícito de los bienes o
recursos que provienen de actividades delictivas.
El proceso de lavado de activos, se caracteriza por manejar grandes sumas de
dinero de alta o baja denominación, y tiene como inconveniente su colocación,
traslado y depósito. Es por ello que las personas dedicadas a estas actividades
ilícitas deben realizar múltiples transacciones, que generalmente ocurren en cuatro
etapas:
ETAPAS.
Producción o Recolección.
Consiste en la obtención de dinero o bienes de cualquier naturaleza, a través de
actividades ilícitas.
Colocación y Ubicación.
El efectivo o bienes recibidos por actividades ilícitas ingresas a la economía
legalmente, bien sean en depósitos, inversiones, servicios o cualquier otro producto
financiero.
Estratificación.
Consiste en la movilización de fondos a través del sistema financiero, a menudo en
una compleja serie de transacciones para crear confusión y complicar el rastreo
documental.
Integración.
En esta etapa la persona que intenta lavar dinero o activos, justifica ante la entidad
financiera con información aparentemente legítima.
CARACTERÍSTICAS.
a. El lavado de activos implica operaciones financieras cuantiosas que le
dan al lavador una posición económica privilegiada;
b. Crear escenarios inexistentes o a falsos para encubrir su actividad
criminal;
c. Es un conjunto de operaciones complejas y poco comunes realizadas
por una persona natural o jurídica, muchas de las cuales tienen
característica, frecuencia o volúmenes fuera de lo normal;
d. Es un delito de dimensiones internacionales. El desarrollo tecnológico
de las entidades financieras facilita a la delincuencia organizada que
opera nacional e internacionalmente;
e. Son operaciones financieras que no guardan relación con la actividad
económica de la persona natural o jurídica; y,
Utiliza el sistema financiero para legalizar los recursos provenientes de sus
actividades ilícitas.
MECANISMOS DE PREVENCIÓN.
CONOZCA A SU SOCIO O CLIENTE.
Este principio es la piedra angular en todo el sistema de prevención del lavado de
activos, pues facilita a la entidad identificar al socio o cliente, definir su perfil, saber
dónde reside, la actividad económica a la que se dedica y cuál es su patrimonio
estimado; aspectos que permitan estar e la capacidad de conocer el origen legal de
los fondos a través de la entidad serán movilizados.
La política “Conozca a su socio o cliente”, le permitirá a la Cooperativa obtener
información completa, clara y exacta de las personas que realizan operaciones en la
Entidad.
Condiciones mínimas para conocimiento de clientes:
Entrevistar personalmente a los socios o clientes.
Documento de Identificación. el documento de identificación a
requerirse podrá estar de acuerdo al tipo de persona que solicita la
relación comercial o la prestación del servicio; y, puede ser.
Persona Natural Cédula de ciudadanía y certificado de votación
actualizada; y, otros documentos que la identifiquen.
Persona Jurídica. RUC; nombramiento inscrito en el Registro
Mercantil, cédula de ciudadanía o pasaporte y certificado de
votación del representante legal, actualizados.
Persona Natural o Extranjera. Pasaporte o cédula de identidad
o ciudadanía actualizadas (de ser residente); y, otros
documentos que la identifiquen.
Persona Jurídica Extranjera no domiciliada. Número análogo al
RUC, autenticado por la embajada o consulado del país de
origen, nombramiento refrendado del representante legal o
apoderado, cédula de identidad o pasaporte.
c. Dirección Domiciliaria. La dirección declarada a la Cooperativa, deberá
ser confirmada y actualizada periódicamente.
d. Accionistas y administradores. Para el caso de personas jurídicas se
requerirá; los estatutos o la escritura de constitución debidamente
inscrita en le Registro Mercantil o donde corresponda; estados
financieros actualizados por lo menos una vez al año y presentados a la
Superintendencia de Compañías o al organismo de control que
corresponda.
e. Actividad. La actividad económica del socio o cliente, se registrará al
inicio de la relación comercial o prestación de servicios. El asesor a
cargo deberá realizar el seguimiento de la misma, en base al volumen
de operaciones, frecuencia y tipo de transacciones, versus la actividad
económica declarada.
f. Poder de delegación. En el caso de socios o clientes aptos para
contratar, que delegaren a terceros el manejo de sus cuentas, deberá
requerirse a más de los requisitos señalados anteriormente, el poder de
delegación específico debidamente legalizado.
Mecanismos específicos de prevención:
a. No aperturar o emitir ningún tipo de producto o servicio, si el socio o
cliente no presenta la documentación completa.
b. El empleado de la Cooperativa que dure de la verdadera identidad del
socio o cliente, a más de los datos proporcionados, puede a criterio
propio solicitar se presente otro tipo de documentos que permitan una
mejor identificación del mismo, tales como:
Facturas de pago de algunos servicios públicos (agua, luz,
teléfono) con estos documentos podemos establecer y
comprobar la dirección del domicilio, nombres y apellidos
completos y verificar si se trata del mismo adjudicatario.
Tarjetas de identificación adicionales (del trabajo, comisariato,
colegio profesional, carné de afiliación al Instituto Ecuatoriano
de Seguridad Social, etc.) La mayoría de estos documentos tiene
fotos del cliente.
Licencia de conducir o libreta militar. En estos documentos hay
menor riesgo de falsificación.
Procedimientos de Prevención:
Para la prevención se considerará principalmente los siguientes aspectos:
a. Los funcionarios y empleados que mantiene relación comercial directa
con los socios o clientes, deben realizar un proceso de Debida Diligencia,
esto significa que deben identificar plenamente a sus clientes, entre
otras cosas implica ”Quien es”, “Que hace” , “Donde opera”, “Cómo
realiza sus operaciones”, “Frecuencia con las que realiza”, “Que
servicios requiere de la Institución”, “Propósitos de la relación
comercial”.
b. Documentar la actividad económica y financiera de los clientes,
principal negocio, cobertura de operación, cuántos empleados tiene
ingresos mensuales;
c. Determinar si el cliente tiene otros negocios;
d. Toda la documentación recibida se debe mantener en una carpeta
individual;
e. Identificar a los socios o clientes cuyos datos, actividad económica y
más información relacionada con la política “Conozca a su socio cliente”
no ha podido ser confirmados satisfactoriamente y reportarlos
inmediatamente al Oficial de Cumplimiento;
f. Abstenerse de efectuar transacciones con personas que son renuentes a
entregar información completa, poco creíble y que no aporten a
referencias verificables;
g. Reportar al Oficial de Cumplimiento, si la conducta o actuación del socio
o cliente se enmarca en una o varias de las señales de alerta
determinadas en el presente manual;
h. Actualizar los datos de los socios o clientes por lo menos una vez al año,
mediante la suscripción y firma del “Formulario de Reconfirmación de
Datos” (Anexo Nª 4 y 5), que se agregará a su carpeta para el respectivo
control;
i. Identificar debidamente a los vendedores de instrumentos monetarios
tales como: Money orders, travelers cheks o cheques dólar del exterior;
especialmente a los procedentes de aquellos países considerados como
“paraísos fiscales”, y, de los que consten en las listas proporcionadas
por en CONSEP. INOBSERVANCIA. La cooperativa le impondrá las
sanciones pertinentes, independientemente de las acciones penales a
que hubieren lugar; por acción u omisión;
CONOZCA A SU EMPLEADO O COLABORADOR.
El factor humano es el elemento primordial de toda política de prevención.
La política del conocimiento de los empleados conduce a prevenir, detectar y coartar
conductas corruptas que tiendan a facilitar o proporcionar el uso de la Cooperativa
como herramienta para lavar activos.
Procedimientos de Prevención
Con la finalidad de logara el cumplimiento de esta política, se realizarán actividades que
se definen a continuación:
a. Recursos Humanos, es el responsable de un adecuado proceso de
selección del personal, el mismo que debe asegurar la integridad moral,
una conducta intachable y un desempeño profesional de quienes son
aspirantes a una posición de trabajo en la Cooperativa;
b. Verificar las referencias laborales, personales y patrimoniales
presentadas por los aspirantes es imprescindible en un proceso
adecuado de selección;
c. Revisar en las listas de personas sindicadas e implicadas al personal
aspirante, previo a su contratación y dejar evidencia de lo observado;
d. Recursos humanos realizará una revisión y evaluación periódica de los
antecedentes personales, laborales, patrimoniales, así como de la
condición social, capacidad económica o desempeño profesional de
funcionarios y empleados de la Cooperativa. De esa manera se podrán
prevenir, detectar y sancionar oportunamente conductas disfuncionales
o corruptas que de algún modo puedan facilitar el uso de la entidad
como herramienta para el Lavado de Activos.
e. El Manual de políticas y Procedimientos para Prevención y control de
lavado de Activos, es de lectura obligatoria para todos los
colaboradores. A fin de verificar el cumplimiento de esta disposición, la
unidad de Cumplimiento aplicará evaluaciones de control a los
funcionarios y empleados con la finalidad e medir el grado de
conocimientos; el puntaje mínimo aceptable será el 85% de la
evaluación aplicada. En el caso de que algún funcionario o empleado
tuviere un puntaje inferior deberá recibir nuevamente la capacitación;
f. Recursos humanos en coordinación con la unidad de cumplimiento,
desarrollará programas de capacitación, de ejecución continua y
permanente para todos los funcionarios y empleados, sobre normativas
legales, instructivos, requerimientos, recomendaciones, manuales y
políticas respecto a la prevención y control del lavado de activos;
g. En los programas de inducción, Recursos Humanaos deberá enfatizar en
la normativa legal, procedimientos internos y políticas para prevenir el
lavado de activos, sobre todo en la responsabilidad que cada uno de los
colaboradores adquiere para prevenir el mal uso de los productos y
servicios de la Cooperativa, y en la obligación de reportar cualquier
inusualidad.
h. Los funcionarios y empleados serán evaluados en su comportamiento,
considerando conductas injustificadas o fuera de lo normal, a las
siguientes: negarse a salir de vacaciones, renuencia a ejercer otras
funciones, colaboración inusual y no autorizada, encontrarse
habitualmente en ligares distintos al de su función, que tenga relación
con desapariciones de activos o diferencias inexplicadas, etc. Si este
tipo de conducta no es debidamente justificado, serán reportados
inmediatamente al Oficial de Cumplimiento;
i. Todos los empleados y funcionarios obligatoriamente, deberán informar
o reportar al oficial de Cumplimiento sobre a existencia de
transacciones inusuales o injustificadas, no compatibles con la actividad
del socio o cliente, debiendo mantener estricta reserva sobre este
hecho, absteniéndose de informar al socio o cliente que haya sido
reportado, investigado o involucrado; de comprobarse su inobservancia,
la Cooperativa le impondrá las sanciones pertinentes,
independientemente de las acciones penales a que hubieren lugar; por
acción u omisión;
j. Los funcionarios y empleados de la Cooperativa no podrán prestar sus
cuentas personales a terceras personas ya sea para asuntos
comerciales, efectivización de cheques, donaciones, actos sociales, etc,;
k. La información registrada en los diferentes formularios y/o documentos
presentados por los funcionarios y empleados, deberá ser confirmada y
actualizada anualmente, mediante la suscripción del formulario de
“Reconfirmación de Datos”;
l. Vigilar a los funcionarios o empleados que realicen transacciones u
operaciones por cuenta de terceros ; y,
m. Reportar mensualmente y por escrito al Oficial de Cumplimiento la
existencia o inexistencia de actividades inusuales e injustificadas.
CONOZCA SU MERCADO.
Las entidades financieras debe conocer las personas a las que puede interesar los
productos o servicios ofrecidos y hacia ellos enfocará su labor de mercadeo.
Esto permite comparar las transacciones realizadas por los socios o clientes con perfiles
financieros similares o que pertenecen al mismo sector económico, para agruparlos en
estratos homogéneos.
Procedimientos de Prevención
Con el propósito de prevenir y detectar actos y hechos sospechosos y conocer a que
sectores del mercado la cooperativa se encuentra atendiendo; sus socios y clientes
podrán agruparse de la siguiente forma:
a. De acuerdo a los niveles de riesgo, en grupos homogéneos;
b. Por clase de productos y por oficina;
c. Por regiones, hábitos de consumo y estructura de gastos; y,
d. Por edad, actividad económica, profesión u ocupación.
El conocimiento del mercado es de utilidad para identificar:
Señales de alerta,
Segmentos de mercado,
Factores de riesgo,
Criterios de normalidad,
Perfiles de los clientes
CONOZCA A SU PROVEEDOR.
Este concepto se basa en el conocimiento de los proveedores (personas naturales o
jurídicas), con los que opera la Cooperativa; así como en el conocimiento de las
actividades de éstos y en una apropiada verificación de la documentación
proporcionada, en forma previa a establecer una relación comercial.
Procedimientos de prevención.
a. Conocer suficientemente las actividades de los proveedores, ya sean
personas naturales o jurídicas que deseen iniciar una relación comercial
o de negocios con la Cooperativa.
b. Verificar que le proveedor no se encuentre involucrado en la comisión
de delitos tipificados y sancionados en la Ley de Sustancias,
Estupefacientes y Psicotrópicas; para lo cual revisará los listados o
sistemas de información provenientes del o lo organismos
correspondientes; e encontrarse registrado se abstendrá de iniciar la
relación comercial.
c. Verificar que el pago por servicios prestados o venta de bienes sea
encargado a la misma persona o empresa de ninguna manera se
efectuará pagos a beneficiarios distintos al proveedor.
d. Abstenerse a efectuar transacciones con personas que son renuentes a
entregar información completa, poco creíble y que no aporten
referencias verificables;
e. Reportar al Oficial de Cumplimiento si la conducta o actuación del
cliente se enmarca en una o varias de las señales de alerta
determinadas en el presente Manual;
f. Identificar a proveedores cuya información relacionada con la política
“Conozca a su proveedor”, no han podido ser confirmadas
satisfactoriamente y reportarlos inmediatamente al oficial de
Cumplimiento;
g. Los funcionarios y/o empleados del área administrativa encargados de
entablar relaciones comerciales con proveedores, son responsables de
efectuar el contacto, investigación y actualización de la siguiente
documentación e información;
Copia de la escritura de constitución de la empresa y/o
estatutos.
Copia del registro Único de Contribuyentes;
Copias de cédulas y certificados de votación de los
representantes legales;
Copia del nombramiento de los representantes legales; y,
FORMULARIO DE “INFORMACIÓN DE PROVEEDORES”.
(Anexo Nª 5) Debidamente llenado y firmado.
Todos los documentos formarán parte del historial de los proveedores y serán
debidamente archivado en carpetas individuales para el análisis correspondiente.
CONOZCA A SU CORRESPONSAL.
La Cooperativa, antes de suscribir un convenio de corresponsalía, deberá recabar
suficiente información sobre sus posibles corresponsales, para evitar que sus cuentas
sean utilizadas como conductos para legitimar el dinero ilícito y que sea involucrada en
actividades de lavado de activos.
Deberá además, presentar atención especial en el uso por parte de terceros de las
cuentas de corresponsalía, para la movilización de fondos.
Procedimientos de Prevención.
La verificación, actualización e intercambio de la documentación e información,
proporcionada por las entidades que mantienen convenio de corresponsalía con la
Cooperativa, permite prevenir y detectar operaciones inusuales e injustificadas que se
quieran canalizar a través de estas instituciones.
Los funcionarios de tesorería, son los responsables de efectuar el contacto,
investigación y actualización de la siguiente documentación e información:
Sobre la gerencia de la institución representada;
Actividades comerciales;
Ubicación;
Medidas de prevención y lavado de activos aplicadas;
La identidad de otras entidades que utilizaran la cuenta de la institución
corresponsal;
La situación de la regulación y supervisión en el país de la entidad
representada;
Detalles relevantes sobre la estructura organizacional, societaria,
accionaria y cooperativa.
Revisar que no conste en la lista de imputados de la ley 10;
Listados de firmas actualizadas vigentes;
Estados financieros aprobados;
Memorias anuales de los 3 últimos años;
Informes y reportes financieros que contengan la calificación de riesgos;
y,
Toda publicación o información relacionada que pueda ayudar a un
análisis por menorizado de nuestros corresponsales.
Todos los documentos formaran parte del historial de los corresponsales; será
debidamente archivado en carpetas individuales; y, se verificará la información y
documentación suministrada, con el objetivo de comprobar su existencia, prestigio y
trayectoria.
Verificar que le posible corresponsal y sus representantes legales no consten en las listas
nacionales e internacionales.
Los funcionarios responsables deberán por lo menos una vez al año, solicitar los estados
financieros representados a las entidades de control o auditados y cualquier
información relevante que permita mantener actualizada la base de corresponsales.
Para la aplicación de la política “Conozca a sus corresponsales” se utilizara el formulario
de “Conozca a su corresponsal”, (Anexo Nº 12 ) que será llenado por el funcionario que
lleva la relación comercial.
REGISTRO Y VERIFICACIÓN DE LA INFORMACIÓN.
Previo a entablar relaciones de negocios con clientes, empleados, proveedores,
corresponsales, es importante verificar la información proporcionada. Es
responsabilidad de los funcionarios y empleados que manejan relación comercial con
clientes: Apertura de Cuentas e Información, Inversiones, Crédito, Recursos Humanos,
Área Administrativa, Tesorería; validar la información, ya que en esta instancia se
produce el primer filtro de control dentro de la fase del conocimiento del cliente, del
empleado, del corresponsal o del proveedor.
Se recomienda verificar de manera especial, direcciones domiciliarias y laborales,
teléfonos, referencias financieras o comerciales. No se debe aceptar como validos,
números telefónicos celulares, casillas postales que remplacen direcciones, referencias
personales que no poseen direcciones domiciliarias o teléfonos verificables, tampoco
son validas las direcciones transitorias de hoteles o similares o direcciones electrónicas.
En caso de que el proceso de verificación existan incongruencias respecto a la integridad
y veracidad de la información proporcionada, se debe reportar a los niveles inmediatos
superiores para su análisis y decisión de aceptación o rechazo. Así mismo, informar al
Oficial de Cumplimiento para ratificar las decisiones tomadas.
Finalmente la información suministrada debe ser ingresad en los sistemas autorizados
para validar dicha información y luego debe ser archivada en files individuales, que
permitirán la realización de verificaciones posteriores.
SEÑALES DE ALERTA.
Son comportamientos particulares de los socios o clientes y situaciones atípicas que
presentan las transacciones y que puede e encubrir operaciones del lavado de activos.
¿Qué hacer ante una señal de alerta?
Es importante destacar que la responsabilidad de identificar y verificar las señales de
alerta, recae en primera instancia recae sobre la Cooperativa y a su vez sobre los
colaboradores que procesan las transacciones y sobre aquellos que tiene contacto
permanente con los socios y clientes; lo mencionado no libera de responsabilidad a los
demás miembros de la Institución que debe estar igualmente preparados para
reconocer una señal de alerta.
Al identificar una señal de alerta, esta debe ser informada al nivel inmediatamente
superior dentro de cada área, para que este se encargue de efectuar indagaciones
adicionales con el socio o cliente; si la señal de alerta es desvanecida con la
documentación proporcionada, la operación debe ser procesada; si por el contrario no
es posible determinar la idoneidad de la transacción, esta debe ser reportada a la
Unidad de Cumplimiento, para su revisión, análisis y reporte a los Organismos de
Control, si así lo amerita.
A continuación se detalla una lista de señales de alerta, que debe ser tomada en cuenta
y analizada en el proceso diario de las transacciones:
I. SEÑALES DE ALERTA EN OPERACIONES EN GENERAL.
I.I Operaciones que no corresponden al perfil económico del cliente.
I.2 Operaciones fraccionadas tendientes a eludir normas u obligaciones de reporte.
I.3 Operaciones efectuadas frecuentemente a nombre de terceros, sin que exista
justificativo para ello.
I.4 Un cliente entrega una suma importante de billetes en moneda extranjera y
solicita efectuar transferencias a distintos lugares del país o del extranjero sin
justificación claro o acorde con su actividad declarada.
I.5 Un cliente entrega numerosos instrumentos monetarios como: cheques de
viajero, ordenes postales u otras, y solicita una transferencia por su valor
equivalente sin que este acorde con su actividad declarada.
I.6 Cuando una persona, que no es cliente habitual, deposita fondos en cualquiera
de las oficinas de la institución o de los bancos corresponsales en el exterior para
ser cobrados localmente o reenviados a otros países.
I.7 Una persona, de improviso y sin fundamento, aparece como dueña de
importante negocios.
I.8 Clientes que utilizan compañías domiciliadas en paraísos fiscales.
I.9 Operaciones en las cuales el cliente ofrece pagar elevadas comisiones, sin
justificativo legal y técnico.
I.10 Intento de soborno, mediante comisiones o ganancias, para obtener servicios
que la institución no presta regularmente, o para evitar ser objeto de los controles
de prevención del lavado de activos.
I.11 Cambios significativos en las relaciones de intercambio de divisas entre bancos
corresponsales, o existencia de transacciones desproporcionadas entre un banco
pequeño y otro grande.
I.12 Cambios societarios de una persona jurídica, en los que le perfil de los nuevos
socios o accionistas no sea consistente con su objeto social; o, en los que los nuevos
socios o accionistas presenten resistencia a proporcionar información personal o
financiera.
I.13 Uso excesivo de casilleros de seguridad o cambio de patrones de tráfico.
I.14 Uso de los depósitos nocturnos para grandes cantidades en efectivo, cuando la
actividad del cliente no implica recepción de dinero en efectivo.
I.15 Compañías que son financiadas por préstamos obtenidos fuera del país.
I.16 Débitos a cuentas para efectuar transferencias a través de instituciones
financieras ubicadas en países de lato riego.
I.17 Pagos de transferencias al exterior realizados mediante instrumentos girados
contra múltiples instituciones financieras.
2. SEÑALES DE ALERTA CON OPERACIONES CON TÍTULOS.
2.1 Adquisición de títulos cuyo monto no corresponda el perfil económico del
cliente.
2.2 Depósitos o garantías con títulos cuyo monto no corresponda al perfil
económico del cliente o cuya procedencia no se debidamente justificada.
2.3 Negociación de títulos sin utilizar la cuenta corriente del cliente.
3. SEÑALES DE ALERTA CON OTRAS OPERACIONES O SERVICIOS.
3.1 Utilización excesiva de servicios de custodia.
3.2 Autorización no justificada para que terceros operen cajas de seguridad.
3.3 Prestación justificada de garantías por parte de terceros no cliente.
3.4 Compra o venta de moneda extranjera, metales preciosos y otros valores, cuyo
monto no responda al perfil económico del cliente.
3.5 Cuando un cliente solicita financiamiento un tercero otorgando una garantía
real, sin que exista relación justificada entre ellos.
4. SEÑALES DE ALERTA EN CUENTAS:
4.1 Cuentas generalmente inactivas o de poco movimiento que, en forma
imprevista e injustificada, presenten movimientos por montos inusuales, en
especial si provienen del exterior.
4. 2 Cuentas que presentan un amplio saldo activo que no corresponda al perfil
económico del cliente, en especial si se produce transferencias a cuentas en el
exterior.
4.3 Cuentas que reciben gran número de depósitos sin justificación.
4.4 Cuentas cuyo movimiento no corresponda al perfil económico del cliente.
4.5 Apertura injustificada de varias cuentas, por parte del mismo cliente, para
realizar transferencias frecuentes de importes entre diversas cuentas o utilizar
como “cuentas puente”.
4.6 Cuando los estados financieros de un cliente de banca corporativa no son
preparados por un contador.
4.7 Existencia de cuentas que reflejan numerosos depósitos para transferirlos en
forma inmediata al exterior, cuando a tal actividad no corresponda al perfil
económico del titular.
4.8 La cuenta de una compañía recibe numerosos depósitos en efectivo, mantiene
saldos altos y no utiliza otros servicios como créditos, débitos automáticos o
nóminas.
4.9 Los estados financieros presentado por el cliente reflejan inversiones por
montos superiores a créditos solicitados, así como ingresos provenientes de
negocios realizados en paraísos fiscales.
5. SEÑALES DE ALERTA EN EL COMPORTAMIENTO DE LA CLIENTELA.
5.1 Clientes que pretenden reestructurar una operación, cuando la configuración
originaria implica ciertas formas de identificación o reporte.
5.2 Clientes que ofrecen resistencia a suministrar la información necesaria para
realizar las operaciones.
5.3 Clientes que, en forma anticipada, cancelan total o parcialmente obligaciones
por montos elevados, mediante pagos inesperados y sin justificación adecuada
respecto del origen de los fondos.
5.4 Clientes, que en forma frecuente e injustificada, evitar tener contacto directo
con el personal de la institución, mediante el otorgamiento de poder a favor de
terceros, o efectuando pagos al contacto por sumas elevadas a través de cajeros
automáticos o dispositivos electrónicos.
5.5 Clientes que, sin justificación debida, son titulares de numerosas cuentas en una
o varias instituciones, y efectúan elevadas transacciones en efectivo.
5.6 Clientes que, sin justificación debida, operan con sucursales bancarias lejanas a
su domicilio personal o comercial.
5.7 Clientes que insisten en mantener cuentas administrativas por terceros,
especialmente cuando éstas presentan movimientos que no corresponden al perfil
económico del titular.
5.8 Una empresa que mantiene cuentas a nombre de sus administradores,
dependientes o clientes, con la finalidad de efectuar pagos o retiros de efectivo.
5.9 Una empresa que se niega a proveer sus estados financieros, o si estos difieren
notablemente de aquellos de empresas similares.
5.10 Una empresa que se niega dar referencias de crédito para sus clientes.
5.11 Un cliente entrega una suma importante en moneda extranjera y solicita
efectuar transferencias a distintos lugares del país o del exterior sin justificación
debida.
5.12 Un cliente entrega numerosos instrumentos monetarios, cheques de viajero,
órdenes postales u otros, y solicita una transferencia por su equivalente sin que
corresponda a su perfil económico.
5.13 Clientes que, de improviso y sin justificación, aparece como dueños de
importantes negocios.
5.14 Clientes que utilizan compañías domiciliadas en paraísos fiscales.
5.15 Clientes que ofrecen comisiones o sobornos a cambio de servicios financieros.
5.16 Una persona que, sin ser cliente recibe o realiza operaciones o transacciones
cuyo monto se cerca al umbral de reporte.
5.17 Transacciones en efectivo, por montos inferiores al umbral de reporte, que son
realizadas el mismo día, en una o varias sucursales o agencias, antes y después del
horario normal de atención, para aparentar que han sido realizadas en dos días
diferentes.
5.18 Un cliente que al intentar efectuar una transacción, por un valor igual o
superior al umbral de reporte, se niega a suscribir la declaración de origen lícito de
recursos.
5.19 Un cliente ingresa a la institución acompañado de un tercero, se dirigen a cajas
diferentes y realizan transacciones similares por debajo del umbral de reporte.
5.20 Un cliente requiere enviar o recibir muchas transferencias hacia o desde países
de altos riesgo, particularmente si éstas no corresponden a su perfil económico.
6. SEÑALES DE ALERTA EN OPERACIONES CON DINERO EN EFECTIVO
6.1 Requerimientos frecuentes de efectivo por importes significativos, que no
corresponden al perfil económico del cliente.
6.2 Adquisiciones frecuentes y por importes significativos de títulos, depósitos u
otros instrumentos en efectivo.
6.3 Operaciones fraccionadas en efectivo realizadas con mucha frecuencia las que,
si bien individualmente aparecen como poco importantes, sumadas resultan
significativas.
6.4 Operaciones frecuentes de compraventa de monedas extranjeras por parte de
un mismo cliente.
6.5 Operaciones de alto monto efectuadas en dinero en efectivo, en lugar de utilizar
instrumentos y medios de pago usualmente utilizados para esa clase de
operaciones.
6.6 Pedidos de cambio de gran cantidad de billetes de baja denominación por
billetes de denominación superior sin justificación.
6.7 Transporte inusual de dinero por parte de depositantes desconocidos.
6.8 Aumento considerable de depósitos y retiros en efectivo, por parte de personas
naturales o jurídicas.
6.9 Una sucursal o agencia envía más efectivo de lo normal a la matriz de una
institución del sistema financiero o al Banco Central del Ecuador.
7. SEÑALES DE ALERTA EN OPERACIONES DE CRÉDITO.
7.1 Un cliente solicita un préstamo sin motivo justificado o con poco sentido
económico, ofreciendo garantizar la operación con colaterales en efectivo, tales
como pólizas o depósitos en moneda nacional o extranjera.
7.2 Un cliente paga anticipadamente un préstamo de monto elevado que
presentaba dificultades de recuperación, sin explicación razonable respecto del
origen de los fondos.
7.3 Prepago inesperado de un crédito, especialmente si se lo hace en efectivo.
7.4 El dinero proveniente de un crédito es enviado al exterior sin mayor explicación.
7.5 Préstamos garantizados con depósitos a plazos u otros instrumentos de
inversión.
TRANSACCIONES INUSUALES E INJUSTIFICADAS.
Los directivos, funcionarios y empleados de la Cooperativa de Ahorro y Crédito “27
de Abril” deben estar consientes que el lavado de activos no solo implica la
participación de dinero en efectivo, sino que se le puede realizar con la
participación de otros instrumentos monetarios y que las organizaciones delictivas
lo pueden realizar utilizando los productos del activo, pasivo y contingente que la
institución ofrece a sus clientes.
DETECCION DE OPERACIONES INUSUALES E INJUSTIFICADAS.
Transacciones Inusuales.
Son las transacciones cuya cuantía o características no guardan relación con la
actividad económica, o características de los socios o clientes; así como, aquellas
que por su número, cantidades transadas o características particulares se salen de
los parámetros de normalidad establecidos para los clientes o para determinado
rango de mercado.
Transacciones Injustificadas.
Es aquella operación inusual (no guarda relación con los parámetros de normalidad)
o conjunto de operaciones, respecto de la cual una vez efectuado el análisis la
Cooperativa no la encuentre justificada.
Pueden considerarse como injustificada las operaciones que, no obstante de estar
aparentemente justificadas, la Cooperativa estima que escapan de lo usual.
Los funcionarios o empleados deberán verificar si la conducta o actividad del socio o
cliente se enmarca en las señales de alerta dadas a conocer y, si así fuera, reportarla
inmediatamente al Jefe de la Agencia , Departamento de Unidad y Cumplimiento.