lautaro s/n lo narváez olmué manual de convivencia ... · usar un vocabulario adecuado ......

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I. MUNICIPALIDAD DE OLMUE DEPARTAMENTO EDUCACION ESCUELA BASICA LO NARVÁEZ Lautaro s/n Lo Narváez – Olmué Manual de convivencia, Escuela lo Narváez 2018

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I. MUNICIPALIDAD DE OLMUE

DEPARTAMENTO EDUCACION

ESCUELA BASICA LO NARVÁEZ

Lautaro s/n Lo Narváez – Olmué

Manual de

convivencia,

Escuela lo Narváez

2018

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Lautaro s/n Lo Narváez – Olmué

D.- MANUAL DE CONVIVENCIA ESCOLAR INTERNA, ESCUELA BÁSICA LO

NARVÁEZ DE OLMUÉ

PÁRRAFO 1.° DE LOS ALUMNOS.

El alumno es el sujeto de la educación en el cual, la escuela cifra todos sus

esfuerzos formativos, para desarrollar en él, todas sus capacidades y

competencias, que le permitan integrarse a la sociedad.

La matrícula significa para el alumno y apoderado el derecho a la educación y

aceptación de las disposiciones del presente “Manual de Convivencia”, el cual

es el producto de una revisión consensuada, en la que han participado:

Equipo Directivo, Profesores, Asistentes de la educación, Apoderados y Alumnos.

I.- Deberes:

01.- Conocer y respetar en su totalidad el Manual de Convivencia Interno del

establecimiento educacional.

02.- Usar (Tener siempre) su agenda de comunicaciones, para registrar toda

la información emanada de la escuela al hogar o viceversa.

03.- Mostrar comunicaciones enviadas al apoderado y/o al profesor jefe o

profesor del ramo que correspondiere.

04.- Cuidar su higiene y presentación personal.(baño, después de Clases de

Educación Física o Taller de Deporte, desde 5º a 8º, siempre que las

instalaciones de camarines y duchas estén en buen estado). Los alumnos (as) de

Eñza. Pre Básica y Primer Ciclo deberán asearse y traer una moda de ropa para

cambiarse.

05.- Mantener hábitos de aseo, dentro y fuera del establecimiento (cepillado

obligatorio de dientes, después de almorzar, con tuición directa de los respectivos

docentes).

06.- Demostrar respeto hacia pares y adultos, dentro y fuera del establecimiento.

07.- Presentarse a clases con los materiales escolares necesarios para realizar las

tareas y ejercicios.

08.- Asistir diariamente y puntualmente a clases en el horario establecido (La

hora de Comienzo de la Jornada es a las 8 h. 15 min.), es decir, cualquier

alumno(a) que llegue después de esa hora, se considera atrasado(a).

09.- Participar en todas las actividades que el colegio programe como parte del

proceso de formación educativa asistiendo con el uniforme oficial.

10.- Cumplir en forma oportuna y responsable con sus obligaciones escolares

(tareas, trabajos y pruebas).

11.- Usar un vocabulario adecuado a las normas de convivencia social, evitando

el uso de sobrenombres a compañeros y de palabras groseras u obscenas.

12.- Presentar justificativo firmado por el apoderado cada vez que falte a

clases y la presencia del mismo, desde la tercera falta consecutiva.

13.- No faltar a los compromisos fijados con anterioridad como pruebas escritas,

controles orales, trabajos de investigación, etc.

14.- Todos los alumnos y alumnas deben usar el uniforme oficial de la escuela,

diariamente, a saber;

Damas: falda cuadrillé, polera blanca (de la escuela), chaleco escote en V rojo,

calcetas azul marina, zapatos negros, cinta, cole rojo. De Pre Kinder a Séptimo

año delantal cuadrillé rojo. Octavo año delantal blanco.

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Varones: pantalón plomo, polera blanca (de la escuela), chaleco escote en V rojo

y Pelo con corte adecuado y limpio. De Pre Kinder a Séptimo año cotona beige,

Octavo año capa blanca.

Las Parkas o Chaquetones que se usen, por el frío, deben ser de color azul o rojo

y no de colores claros y/o con ilustraciones.

Uniforme de Verano: Es una alternativa, que implica que se puede cambiar el

yersey, por la polera con la insignia de la escuela.

Los niños y niñas de enseñanza pre básica deberán usarán idéntico uniforme y su

delantal correspondiente.

Los alumnos Abanderados, en las presentaciones oficiales, usan corbata y la

indumentaria tradicional a su alta investidura.

15.- Para las actividades de Educación Física: Damas: Camiseta polo blanca,

calzas negras o pantalón negro (Por ningún motivo se permitirá practicar en la

clase de Ed. Física con jeans de ningún color), zapatillas sin terraplén. Varones:

Short blanco, camiseta polo blanca, zapatillas.

El buzo no es para hacer la clase, es sólo para venir o irse del colegio

El (la) profesor(a) de Educación Física podrá autorizar el uso de la Salida de

Cancha, para realizar la clase, solo si se cerciora de que el (la) alumno (a) tiene

otra de recambio.

16.- Tener siempre una actitud de respeto para con todas las personas que

laboran en el establecimiento educacional.

17.- Prohibido traer joyas, pinturas, telefonías celulares, mp3, mp4,

computadores personales u otros artefactos electrónicos, aros colgantes,

objetos de valor., salvo que algún docente lo solicite, expresamente. El

(la) Profesor(a) jefe podrá guardar diariamente algún teléfono cuando el

apoderado lo solicite.

Prohibido el uso de piercing (en partes visibles del cuerpo).

Prohibido uso de maquillaje excesivo (sombra, lápiz labial, delineador y esmalte

de uñas), durante el periodo de clases y/o cuando vista su uniforme.

18.- Demostrar respeto con el medio ambiente que les rodea, cuidando plantas,

jardines y otros seres vivos, Además deberán ser partícipes de las campañas

de reciclaje de residuos, basados en la clasificación de los mismos.

19.- Participar del énfasis en el cultivo de los valores patrios y sus celebraciones

tradicionales.

II.- Derechos.

01.- Ser respetados por sus profesores, (ello implica que los docentes evitarán

cualquier tipo de maltrato a sus alumnos) auxiliares y pares.

02.- Emitir sus juicios y opiniones en forma libre, así como ser escuchado y

defender sus planteamientos en forma responsable.

03.- Formar parte de la organización de lo que ocurra dentro del

establecimiento educacional, que sea atingente con la perspectiva de los

estudiantes.

04.- Ser atendido oportunamente cuando la situación amerite, sea esta de

carácter físico, psicológico u otra.

05.- Elegir libremente su directiva de Consejo de curso y, eventualmente la de su

Centro de Alumnos, en forma democrática y pública.

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06.- Ser reconocido, en forma pública, y/o mediante anotación, en libro de

clases, por actuaciones meritorias, actividades destacadas o en beneficio de la

comunidad, ya sea en el ámbito curricular o extra programático, según lo

estipule el “Reglamento de Premiación (Anexo 1)

07.- Recibir atención y adaptaciones curriculares, según proceda, a aquellos

alumnos que presenten necesidades especiales.

08.- Conocer todos los contenidos que exige el currículo, para el nivel

respectivo, en buena forma y con evaluaciones pertinentes

09.- Ser calificado en días y horas acordados con anticipación, cuando se

trate de instrumentos sumativos (pruebas coeficiente dos)

10.- Conocer el resultado de los controles administrados por los (las) docentes, en

un plazo máximo de 15 días corridos, desde la fecha de aplicación de los mismos

11.- Ser atendido oportunamente, en sus clases, en ausencia de los (las)

profesores (as) titulares

12.- Convivir en ambientes dignos, limpios y seguros, por su condición de niños,

tanto en la sala de clases, como en los patios u otras dependencias.

13.- Ser respetado constantemente, en su individualidad, tanto en su condición

física, como moral e intelectual

14.- No ser discriminado por diferencias étnicas, religiosas o de otra naturaleza.

15.- Ser Beneficiario del “Seguro escolar número 16.744. derecho 313”, que protege

a los estudiantes y además incluye los accidentes ocurridos en el trayecto directo

de ida y regreso entre su hogar y el colegio.

16.- Que se proteja su dignidad e integridad como persona, considerando sus

diferencias individuales, considerando su seguridad física y moral.

17.- Recibir información oportuna en programas de prevención de drogas,

orientación sexual, deportes, recreación y vida sana.

18.- Ser atendido en forma individual frente a situaciones especiales, tales como:

Accidentes de larga recuperación, embarazos u otras enfermedades que

mantengan larga data; previa calendarización de sus obligaciones escolares.

19.- Conocer las anotaciones registradas en el libro de clases, incluidos los motivos

de ésta.

20.- Conocer el estado de las calificaciones y horario de atención del profesor jefe

y asignaturas.

III.- De las Faltas

Se considera “Falta”, en el presente Manual, a cualquier situación que

contravenga el espíritu de la normal convivencia en el Establecimiento.

Para la graduación de las faltas se consideran tres niveles según lo dispuesto

en el documento “Orientaciones para la elaboración y revisión de Reglamentos

de Convivencia Escolar”, emanado de la División de Educación General (2011). • FALTA LEVE:

Son aquellas actitudes, comportamiento y/o transgresiones de común ocurrencia

y que no tienen consecuencias mayores para la sana convivencia escolar, pero

no contribuyen al buen ambiente de trabajo escolar. • FALTA MEDIANAMENTE GRAVE

Son aquellas actitudes, comportamientos y/o transgresiones que afectan o

pueden afectar la convivencia escolar, repercutiendo en menor medida en los

integrantes de la comunidad y que no se enmarcan en las normas establecidas en

el presente reglamento.

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• FALTA GRAVE:

Son aquellas actitudes, comportamientos y/o transgresiones que afectan o

pueden afectar negativamente la convivencia escolar y son realizadas con

pleno conocimiento de la mala acción que se comete y el infractor(es) posee(n)

voluntad libre para realizarla. • FALTA MUY GRAVE

Actitudes, comportamientos y/o transgresiones que dañan gravemente la

convivencia escolar y que son realizadas con pleno conocimiento de la mala

acción que se comete y el infractor(es) posee(n) voluntad libre para realizarla.

EN EDUCACION PARVULARIA:

En aquellos casos de alumnos que presenten actitudes autolesivas y de

agresividad con sus compañeros.

Listado de faltas leves:

01.- Ausentarse a clases y/o actividades sin justificación

02.- Ingresar atrasado al establecimiento 3 o más veces en el período de un mes

03.- Lanzar todo tipo de elementos, objetos, comida y/o escupir ya sea dentro o

fuera del establecimiento

04.- No cumplir con entrega de tareas y trabajos escolares dentro de la fecha

establecida

05.- Presentarse sin materiales solicitados en las diferentes asignaturas

06.- No presentarse a evaluaciones sin justificación

07.-Ausentarse o no participar de evaluaciones y/o actividades escolares estando

presente (pruebas, controles, disertaciones, y/u otros compromisos contraídos)

08.- Ausentarse a clases estando presente en el establecimiento

09.- Realizar comportamientos que perjudiquen las actividades de aprendizaje (no

prestar atención, molestar, tirar papeles)

10.- Uso de celular y/o aparato tecnológico sin la autorización del profesor

11.-Expresarse de manera vulgar con compañeros, docentes o cualquier miembro

de la comunidad educativa dentro o fuera del aula de clases

12.- Presentarse sin su libreta escolar

13-. Vender productos dentro del establecimiento sin autorización previa

14.- Asistir al establecimiento sin uniforme y/o sin una adecuada presentación

personal. Usar accesorios o prendas de vestir que no correspondan a éste.

15.- Descuidar la higiene y presentación personal

16.- Atentar contra el orden y limpieza de la sala de clases u otra dependencia del

establecimiento

17.- No traer firmadas las comunicaciones que se envían al hogar

18.- Usar servicios higiénicos de manera inadecuada (dejar llaves abiertas)

19.- No respetar la integridad de otros “seres vivos” que comparten con la

comunidad (peces, tortugas, abejas, lombrices, aves, árboles y plantas, en general)

Medidas o sanciones a las faltas leves

1° : Previo registro de una falta, se establece una conversación formativa: Profesor

y Alumno.

2° : 3 anotaciones negativas: Profesor Jefe entrevista a Apoderado y Estudiante,

con el objeto de proponer y acordar las medidas de carácter formativo,

adecuadas para el abordaje del caso particular del estudiante.

3° : 4 anotaciones negativas de carácter leve: Entrevista Profesor Jefe con Alumno,

firma de compromiso de cambio de conducta y/o cumplimiento de deberes, y

servicio comunitario.

4° : 6 atrasos: Alumno deberá presentarse con su apoderado a la hora que se le

cite para que pueda ingresar a clases.

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Listado de las faltas graves:(El siguiente Listado amerita la posibilidad de

sanciones, que se estipulan más adelante)

01.- Agredir física y verbalmente, amenazar o amedrentar a cualquier miembro

de la comunidad escolar.

02.- Hurtar y/o apropiarse de las pertenencias ajenas.

03.- Destrucción voluntaria, uso indebido del material educativo o de la

infraestructura de la escuela.

04.- Abandonar el establecimiento en horas de clases sin autorización.

05.- La falta de honestidad en la realización de trabajos y evaluaciones.

06.-Falsificación o alteración de documentos o instrumentos evaluativos (pruebas

escritas) o adulteración de la firma del apoderado

07.- Portar y/o consumir cualquier tipo de drogas alcohol y cigarrillos.

08.- Portar armas de fuego y/o armas blancas

09.- Acciones que contribuyan a lesionar la imagen corporativa de la

Escuela que signifique un menoscabo para ella.

10.- Acciones que perjudiquen la imagen y la honra del personal que labora

en el establecimiento, interna o externamente.

11.- No respetar los símbolos patrios.

12.- Faltar el respeto a los profesores o personal del establecimiento educacional.

13.- Provocar desorden en la sala de clases que impidan el normal desarrollo

de las actividades educativas.

14.- Evidenciar falta de respeto al “Medio Ambiente”, en el interior de la Escuela

15.- Hacer mal uso de las “Redes Sociales” (facebook, youtube u otras) en

perjuicio de la imagen de miembros de la unidad educativa.

16-. Orinar y/o defecar fuera de los servicios higiénicos (bajo escaleras, pasillos,

patios, etc)

17.-Participar en desórdenes en la Vía pública haciendo uso del uniforme del

colegio.

18.- Dañar y /o hurtar los bienes o pertenencias de los compañeros y/o personal

de la comunidad

19.- Ejecutar acciones violentas que pongan en riesgo la seguridad de algún

miembro de la comunidad escolar

20.- Uso indebido de celular y/o aparato tecnológico para visualizar y/o compartir

imágenes o videos que atenten contra la moral

21.- Discriminar a algún integrante de la comunidad educativa ya sea por razón

física, edad, raza, religión, orientación sexual, etc.

22.- Faltar a clases “deliberadamente” sin conocimiento de sus padres y/o Tutor.

23.- La reiteración de 4 faltas graves será considerado falta gravísima.

Medidas o sanciones a las faltas graves

01.- El estudiante que presente una falta de carácter grave, será entrevistado por

el Comité de Convivencia Escolar, junto al profesor jefe y su apoderado, quien

propondrá las medidas de carácter FORMATIVO, adecuadas para el abordaje

del caso particular del estudiante.

02.- El estudiante será DERIVADO con Dupla Psicosocial, siempre que el Profesor

Jefe lo estime conveniente y que haya dejado consignado previamente en el

libro de clases las entrevistas, medidas formativas aplicadas y seguimiento

realizado.

03.- El comité de Convivencia determinará si procede a la intervención con el

estudiante o si el caso amerita derivación a programas o redes externas.

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04.- El estudiante que presente dos faltas de carácter GRAVE, luego de la primera

citación del Apoderado será derivado al Comité de Convivencia quien citará al

apoderado nuevamente y procederá a determinar la medida formativa-reflexiva

de permanencia en el hogar (suspensión) del estudiante por un periodo máximo

de tres días.

05.- El estudiante que presente tres faltas GRAVES será derivado al Comité de

Convivencia y se le aplicará la medida formativa-reflexiva de permanencia en el

hogar, por un plazo de cinco días, previa toma de conocimiento y firma de libro

por parte del apoderado

06.- La Dirección del establecimiento, junto al Consejo de Profesores, se reservan

el derecho de resolver la situación del alumno o alumna frente a cualquier falta

grave que lo amerite, y una vez que éste haya hecho uso de sus derechos,

procediéndose en tales circunstancias como lo indica los puntos anteriores.

07.- Toda conducta que se relacione con el presente manual de convivencia, se

registrará en el libro de clases y se le comunicará al apoderado a través de la

agenda escolar.

08.- Cualquier situación no prevista en este manual, será resuelta por la Dirección

del Colegio.

Listado de faltas gravísimas:

01.- Violentar físicamente (golpear) a cualquier miembro de la comunidad escolar

dentro o fuera del establecimiento

02.- Violentar sexualmente a cualquier miembro de la comunidad educativa

03.- Amenazar o amedrentar a cualquier miembro de la comunidad escolar con

arma corto-punzante, o de fuego

04.- Atentar contra la infraestructura del establecimiento a través de acto

incendiario

05.- Traficar (vender, repartir u ofrecer) sustancias ilícitas dentro del establecimiento

06.- Portar o difundir material pornográfico de celular a celular o a través de redes

sociales.

07.- Agresiones físicas o sostenidas en el tiempo como el bullyng, el cibergrooming

entre otros.

Protocolo de actuación frente a faltas gravísimas (Este Protocolo se complementa

con el Párrafo 3°, inciso A, del presente manual de convivencia)

1°.- Director podrá resolver la situación mediante la suspensión indefinida y/o

documento de condicionalidad de matrícula (ORD-N°476, Letra L-

Superintendencia de Educación) del alumno y la unidad educativa estudiará su

compromiso de matrícula para el año siguiente, procediendo a la cancelación de

matrícula en cualquier momento del año académico.

2°.- El Director realizará denuncia fundada y por escrito al Apoderado

3°.- El apoderado podrá apelar dentro de un plazo de 15 días

4°.- Registrar situación en reunión Ampliada de Comité de Convivencia donde

analizan la medida aplicada. Durante este proceso se propondrá al apoderado la

reducción de la jornada escolar del estudiante.

5°.- Entrega de Respuesta de apelación por parte del Director a apoderado

6°.- Envío de antecedentes a la Superintendencia en un plazo no superior a cinco

días ratificada la medida

7°.- Durante este proceso y en espera de pronunciación de la Superintendencia de

Educación respecto a la ratificación o denegación de la medida, el alumno

deberá continuar escolarizado mediante rendición de exámenes libres, a fin de

garantizar el buen clima de convivencia escolar y exitoso proceso académico del

estudiante.

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ANEXO DE MEDIDAS Y SANCIONES PARA EDUCACIÓN PRE-BÁSICA

En el caso de preescolar (Pre- Kínder y Kínder) las sanciones tienen un carácter de

“recomendaciones” a la familia por parte de los profesionales que interactúan con

los alumnos y alumnas en las distintas áreas de desarrollo.

Esto implica un compromiso por parte de la familia, es decir, una obligación

contraída por los padres para apoyar a sus hijos e hijas frente a dificultades de

aprendizaje, conductas emocionales inadecuadas, dificultades en su desarrollo

social, apoyo familiar inadecuado e inexistente, etc. Este compromiso se hará por

escrito y deberá ser firmado por el apoderado.

De no cumplir la familia con dicho compromiso; no brinde el apoyo necesario en

cuanto a tratamientos o la presentación de informes de especialistas externos y/o

exámenes médicos, se procederá a la derivación de caso a Dupla Psicosocial del

establecimiento.

Las sanciones aplicables en este nivel escolar se refieren a aquellas situaciones en

que la persistencia o gravedad de las faltas hagan imposible el diálogo como

instancia de solución.

Las sanciones contempladas para este grupo en nuestro establecimiento son las

siguientes:

Reducción de la jornada escolar

Medida formativa-reflexiva de permanencia en el hogar y/o suspensión de

actividades oficiales.

Condicionalidad de matrícula (ORD-N°476, Letra L-Superintendencia de

Educación)

INSTANCIAS DE APELACIÓN DE SANCIONES POR PARTE DEL APODERADO

Todas las Instancias de apelación a las sanciones aplicadas, están descritas en el

Párrafo 3° (Protocolos) del presente Manual.

IV.- DE LA ASISTENCIA, PUNTUALIDAD Y RETIROS AL HOGAR, EVENTUALES.

01.- Toda inasistencia del alumno debe ser justificada al día siguiente por el

apoderado, mediante comunicación escrita (en cuaderno de comunicaciones)

y, en caso de enfermedad, el apoderado debe presentar el certificado médico

correspondiente.

02.- El retiro de los alumnos del establecimiento, dentro de la jornada de clases,

debe ser justificado y realizado por el apoderado o un adulto autorizado por el

mismo apoderado, exclusivamente, aunque, en última instancia, es la Dirección

de la escuela, quien autoriza o niega definitivamente la salida del

establecimiento.

(*) 03.- Para ingresar a clases con posterioridad al inicio de la jornada de

clases (después de las 8h 30min.) el (la) alumno (a) deberá presentar justificativo

o acudir con su apoderado. De lo contrario, recibirá las sanciones que

correspondan a su calidad de “Atrasado”, y solicitar un pase en la Dirección.

(*) 04.- El (la) alumno (a) que no asistió a clases teniendo programada alguna

evaluación, deberá hacer la misma, dentro del plazo de una semana, como plazo

máximo, pudiendo ésta aplicarse en horario diferente al del curso.

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(*) 05.- Al cumplir 3 atrasos, (tres veces después de las 8 h. 30min.) el alumno o

alumna deberá presentarse con su apoderado a la hora que se le cite para que

pueda ingresar a clases, de no asistir el apoderado, el alumno será suspendido

de toda actividad hasta que el apoderado se presente y se comprometa, por

escrito, a cautelar la puntualidad de su pupilo

(*) Se exceptúa a los alumnos (as) de Enseñanza Pre básica, pudiendo la

educadora autorizar cambios de horario de ingreso, según criterios propios del

nivel.

V.- De las Sanciones:

01.- Al cumplir tres atrasos el alumno deberá presentarse con su apoderado a la

hora que se le cite para que pueda ingresar a clases. (Ver punto 05 de Asistencia

y Puntualidad).

02.- Tres observaciones negativas por incumplimiento escolar, significa que el

alumno (a) deberá presentarse con su apoderado ante el profesor (a) jefe, quien

consignará la cita y el compromiso de cambio en el Leccionario.

03.- De cometerse nuevas faltas, posterior a la primera citación del apoderado,

corresponderá la aplicación de suspensión entre 1 a 5 (uno a cinco) días,

según la gravedad de los hechos (el criterio de gravedad se establece se

establece en el título III, de este manual)

04.- De continuar la (s) falta (s) que hayan requerido aplicar sanción de

suspensión, se podrá aplicar una segunda y hasta una tercera suspensión en

condiciones similares al punto anterior, y de mantenerse la situación, la

Dirección podrá resolver la suspensión indefinida del (la) alumno (a) (debiendo,

asistir éste a sus controles escritos), previa conversación personal entre la

Autoridad de la escuela y su apoderado. Esta vez, sin embargo, el apoderado,

deberá firmar documento de condicionalidad y la Unidad Educativa estudiará

su compromiso de matrícula para el año siguiente y/o pudiendo procederse

a la cancelación de matrícula en cualquier momento del año académico.

05.- La Dirección del establecimiento, junto al Consejo de profesores, se

reservan el derecho de resolver la situación del alumno o alumna frente a

cualquier “falta grave” que lo amerite y una vez que éste haya hecho uso de

sus derechos, procediéndose, en tales circunstancias como lo indica el punto

anterior (Título V, Artículo N° 4)

06.- Toda Conducta, que se relacione con el presente Manual de

Convivencia, se registrará en el libro de clases y se le comunicará al apoderado

a través de la Agenda Escolar.

07.- Cualquier situación no prevista en este Manual, será resuelta por la

Dirección del Colegio y el Consejo de Profesores.

08.- EN EDUCACIÓN PARVULARIA: Cuando se haya cometido faltas graves, en

este nivel, se le solicitará telefónicamente al apoderado que realice el retiro del

alumno de clases. Si el apoderado no asiste a retirarlo, será citado para el día

siguiente y el alumno podrá ser suspendido, después de evaluar el caso, según

se consigna en Anexo único, inciso III, sobre Educación Parvularia.

VI.- El Centro de Alumnos y Alumnas

Definición, fines y funciones:

El Centro de Alumnos es la organización formada por los estudiantes del

establecimiento educacional. Su finalidad es servir a sus miembros como medio

de desarrollar en ellos el pensamiento reflexivo, el juicio crítico y la voluntad de

acción; de formarlos para la vida democrática, y de prepararlos para participar

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en los cambios culturales y sociales. Las funciones del Centro de Alumnos son las siguientes:

a) Promover la creación e incremento de oportunidades para que los alumnos y

alumnas manifiesten democrática y organizadamente sus intereses, inquietudes y

aspiraciones.

b) Promover en el alumnado la mayor dedicación a su trabajo escolar,

procurando que se desarrolle y fortalezca un adecuado ambiente educativo

y una estrecha relación humana entre sus integrantes basada en el respeto

mutuo.

c) Orientar sus organismos y actividades hacia la consecución de las finalidades

establecidas en el PEI de la Escuela de Lo Narváez

d) Representar los problemas, necesidades y aspiraciones de sus miembros

ante el Consejo Escolar, las autoridades u organismos que corresponda.

e) Procurar el bienestar de sus miembros, tendiendo a establecer las condiciones

deseables para su pleno desarrollo.

f) Promover el ejercicio de los derechos estudiantiles y de los derechos humanos

universales a través de sus organismos, programas trabajo y relaciones

interpersonales.

g) Designar sus representantes ante las organizaciones estudiantiles con las

cuales el Centro se relacione

De la Organización y Funcionamiento Del Centro de Alumnos

El Centro de Alumnos de la Escuela de Lo Narváez se organizará y funcionará

con los siguientes organismos:

a) La Asamblea General

b) La Directiva

c) El Consejo de Delegados de Curso

d) El Consejo de Curso

También podrán formar parte constitutiva del Centro de Alumnos todos aquellos

organismos y comisiones de tipo funcional, permanentes o circunstanciales, que

para el mejor cumplimiento de sus funciones puedan crear la Asamblea General,

la Directiva del Centro de Alumnos o el Consejo de Delegados de Curso.

a) De la Asamblea General. La Asamblea General estará constituida por

todos los alumnos del establecimiento pertenecientes al segundo ciclo de

enseñanza básica y a ella corresponde: 1) Convocar a la elección de la Directiva del Centro de Alumnos.

2) Aprobar el reglamento interno del Centro Alumnos de acuerdo al

procedimiento establecido

La Asamblea General se reunirá en sesión ordinaria a lo menos una vez al año

a objeto de pronunciarse sobre la cuenta de gestión anual de la

directiva del Centro de Alumnos y convocar a la elección de la misma.

Asimismo, la Asamblea General podrá sesionar de manera extraordinaria

cuando sea convocada por tres o más miembros de la directiva, por el 50%

más uno del Consejo de Delegados de Curso

b) De la Directiva del Centro de Alumnos. Será elegida anualmente en votación

universal, unipersonal, secreta e informada, dentro de los primeros 45 días de

iniciado el año escolar

Para optar a cargos en la Directiva del Centro, el postulante deberá

cumplir dos requisitos:

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1) Tener a lo menos seis meses de permanencia en el establecimiento al

momento de postular

2) No haber sido destituido de algún cargo del Centro de Alumnos por

infracción a sus reglamentos.

3) No estar en calidad de condicionalidad por problemas de disciplina o

similares, según lo determine la Dirección de la escuela. La Directiva estará constituida a lo menos por un Presidente, un

Vicepresidente, un Secretario Ejecutivo, un Secretario de Finanzas (Tesorería)

y un Secretario de Actas.

Le corresponde a la Directiva:

i) Dirigir y administrar el Centro de Alumnos en todas aquellas materias de su

competencia. ii) Elaborar y ejecutar el Plan Anual de Trabajo del Centro de Alumnos.

iii) Representar al Centro de Alumnos ante la dirección del establecimiento, el

Centro de Padres y Apoderados y otras instituciones de la Comunidad. En el

caso del Consejo Escolar, se representará a través de su presidente(a).

iv) Decidir, a proposición del Consejo de Delegados de Curso, la

participación del Centro de Alumnos ante las organizaciones estudiantiles

con las cuales el Centro se relacionará y designar a los representantes

cuando corresponda.

v) Presentar al Consejo de Delegados de Curso, antes de finalizar su mandato

y antes de ser presentado a la Asamblea General, una cuenta anual de

las actividades realizadas.

vi) Convocar a lo menos una vez al mes al Consejo de Delegados de Curso, a

sesionar en reuniones ordinarias.

vii) Convocar a reunión extraordinaria a la Asamblea General, con el

acuerdo de a lo menos tres de los miembros que conforman la directiva.

c) Del Consejo de Delegados de Curso. Estará formado, por dos delegado de

cada uno de los cursos del segundo ciclo de enseñanza básica

El Presidente del Consejo de Curso será por derecho propio uno de estos

delegados. Los delegados no podrán ser miembros de la Directiva del Centro

El Consejo de Delegados de Curso será presidido por el Presidente del

Centro de Alumnos. El quórum para sesionar será de dos tercios de sus

miembros y los acuerdos deberán adoptarse por simple mayoría, las cuales

deberán aprobarse con el voto conforme de los dos tercios del quórum

para sesionar. Corresponde al Consejo de Delegados de Curso:

1) Elaborar el Reglamento Interno del Centro de Alumnos y someterlo a

aprobación ante la Asamblea General.

2) Aprobar el Plan Anual de Trabajo y el Presupuesto elaborado por la

Directiva del Centro.

3) Informar y estudiar las iniciativas, proposiciones y acciones de los diversos

cursos y grupos de alumnos con el fin de impulsar las que estime más

convenientes. 4) Determinar las formas de financiamiento del Centro de Alumnos.

5) Servir de organismo informativo y coordinador de las actividades de la

Directiva y los Consejos de Curso.

6) Constituir los organismos y comisiones permanentes y circunstanciales

que se consideren indispensables para cumplir con los objetivos del Centro

de Alumnos.

7) Pronunciarse sobre la cuenta anual y el balance que le debe presentar la

Directiva del Centro de Alumnos e informar de ella a la Asamblea General

antes de que ésta proceda a la elección de la mesa directiva.

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8) Determinar las medidas disciplinarias que corresponda aplicar a los

miembros del Centro, de acuerdo con lo estipulado en el Reglamento

Interno. Las sanciones que se apliquen sólo podrán consistir en medidas

que afectan su participación como miembro del Consejo no pudiendo, en

caso alguno significar la exclusión del Centro de Alumnos.

d) Del Consejo de Curso: Como forma de organización estudiantil, constituye

el organismo base del Centro de Alumnos. Lo integran todos los alumnos

del curso respectivo.

Se organiza democráticamente, elige su directiva y representantes ante el

Consejo de Delegados de Curso, y participa activamente en los planes de

trabajo preparados por los diversos organismos del Centro de Alumnos.

Sin perjuicio de las actividades que se desarrollen en la hora de Consejo de

Curso contemplada en el plan de estudios que aplica el establecimiento, con

acuerdo del Profesor Jefe de Curso, parte de este tiempo puede ser

empleado para tratar materias relativas al Centro de Alumnos. El Consejo

de Curso deberá iniciar sus funciones durante los primeros 30 días del año

lectivo establecimiento.

Del Asesor(a) del Centro de Alumnos

El Centro de Alumnos tendrá un(a) asesor(a) perteneciente al personal del

establecimiento para orientar el desarrollo de sus actividades y para relacionarlo

con él mismo. Los asesores de los Consejos de Curso serán sus respectivos Profesores Jefes.

La Dirección del establecimiento adoptará las medidas pertinentes que el

Centro de Alumnos cuente con los asesores que se requieran, con motivación

por el trabajo con jóvenes, de conformidad con los mismos.

PÁRRAFO 2°.- DE LOS PADRES Y APODERADOS:

I.- Definición

a) Son Padres o Madres aquellas personas naturales que, con la certificación

respectiva, acrediten su naturaleza consanguínea.

b) Son apoderados (as), de este establecimiento educacional, aquellas

personas mayores de 18 años que firmaron ante la escuela cuando matricularon

a sus hijos o hijas, asumiendo con toda responsabilidad dicho rol, el cual

implica conocer primeramente sus propios estatutos, que tienen implícito un

conjunto de deberes y derechos para llevar a cabo una educación formativa.

c) Son Apoderados, acreditados en el Centro General de Padres y Apoderados

de Escuela, aquellos apoderados de la misma, que mantengan al día sus

cotizaciones (pagos fijados por la directiva) y asistan regularmente a reuniones.

II.-Derechos y deberes:

Al presente reglamento quedan afecto todos los padres y apoderados del

establecimiento, quienes tienen el derecho a:

01.- Ser recibidos por todos los estamentos de la escuela, en los horarios

establecidos por la Dirección de la Escuela, respetando el conducto regular, a

saber: Profesor(a) del Ramo, Profesor (a) Jefe, Profesor (a) encargada de

Inspectoría, Jefe de UTP, Dirección.

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02.- Participar en todas las actividades relacionadas con los sub centros y Centro

General de Padres y Apoderados.

03.- Expresarse libremente, emitir juicios y disentir ante un hecho o situación

determinada, a través de los canales establecidos de manera adecuada,

respetuosa y siguiendo los conductos regulares (establecidos en el punto 01).

04.- Participar en la elaboración de proyectos, y/o apoyar a los que la escuela

postule, a través de sus representantes; sean éstos, propiciados por el MINEDUC

u otras instituciones.

05.- Ser informados y orientados constantemente acerca de las actividades

escolares de sus pupilos (as).

III.- De las Obligaciones

01.- Asistir a reuniones citadas por el establecimiento y por la directiva del Centro

General de Padres.

En caso de enfermedad, el apoderado justificará personalmente su inasistencia

o mediante un certificado médico dentro de 48 horas.

02.- Respetar los acuerdos tomados en reunión de apoderados, como así

también en la directiva de Centro General de Padres y Apoderados, que son

de carácter obligatorio para todos los apoderados.

03.- Justificar mediante comunicación o a través del Cuaderno de

comunicaciones toda inasistencia de su pupilo (a)

04.- Responder por todos los daños y perjuicios ocasionados por su pupilo(a),

dentro de la infraestructura de la Escuela.

05.- Respetar las norma del establecimiento, relativa al acceso a él, por lo que no

puede ingresar a la sala de clases durante el ejercicio de la docencia, excepto

en los horarios de Atención de Apoderados, debidamente establecidos.

06.- Asumir conscientemente la responsabilidad de cooperar con el proceso

educativo de su pupilo(a) tanto académico, como disciplinario, apoyando

controlando a su hijo(a) en el cumplimiento de las actividades y proveer los

elementos necesarios para el logro de éstos.

07.- Apoyar en todo momento la labor formativa del colegio, en relación con

hábitos de comportamiento y no desautorizar al profesor (a), en este sentido.

08.- Revisar cuadernos y evaluaciones, conversar con su hijo(a) las calificaciones

obtenidas, así como las tareas escolares en jornada diaria.

09.- Firmar toda evaluación y comunicación de su hijo(a).

10.- Velar porque su pupilo (a) tenga al día sus cuadernos especialmente por

días de inasistencias.

11.- Asistir a citaciones individuales (por profesor jefe o de asignatura) cuando

sea requerido.

12.- Supervisar diariamente el correcto uso del uniforme de su pupilo y

presentación personal.

13.- Asumir conscientemente la responsabilidad de cooperar con los hábitos

alimenticios de su pupilo (a) otorgados por la JUNAEB, (desayuno y almuerzo),

14.- Enviar a su pupilo (a) a clases en óptimas condiciones de salud (sin fiebre,

indigestión, vómitos, etc.).

15.- Enviar a su pupilo a clases sin pediculosis u otra enfermedad contagiosa

16.- Incentivar a su pupilo(a) en la cultura de respeto ambiental, que la

escuela ha instalado en su práctica diaria.

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17.- Actuar con respeto, prudencia y honestidad ante todo el personal de la

escuela. Esto implica no agredir física o verbalmente a un (a) integrante de la

comunidad educativa (auxiliares, personal paradocente, docentes, etc.)

La institución se reserve el derecho de hacer todas las denuncias legales

pertinentes en casos de agresión a cuales quiera de sus funcionarios (as),

considerando la prohibición de ingresar a la escuela, al agresor (a), como

medida inmediata.

18.- Respetar, cuidar y defender la buena imagen del establecimiento, evitando

efectuar comentarios y/o actitudes que la perjudiquen de manera directa o por

Redes Sociales.

Finalmente se establece que:

El apoderado debe dejar un número de teléfono o celular vigente para

en caso de urgencia comunicarse inmediatamente con él.

El apoderado toma conocimiento de que hay otros

establecimientos educacionales gratuitos y que es libre de elegir la

educación para sus hijos.

IV.- Del Centro de Padres y Apoderados y su funcionamiento.

El Centro de Padres y Apoderados de la Escuela de Lo Narváez, es la institución

formada por Apoderados de la Escuela, definidos como tales en el punto I,

c)del párrafo 2°, del presente Reglamento, quienes además deben estar

debidamente inscritos en el Registros de Apoderados de la escuela.

Su funcionamiento está definido y normado por el decreto 565 del 06 del 06 de

1990 y todas las modificaciones posteriores.

De esta normativa se extraen algunos elementos, a saber:

De las Funciones del Centro general de Padres y Apoderados

… “Para los efectos del presente decreto los Centros de Padres y

Apoderados, en adelante Centros de Padres, son organismos que comparten

y colaboran en los propósitos educativos y sociales de los establecimientos

educacionales de que forma parte.

Los Centros de Padres orientarán sus acciones con plena observancia de las

atribuciones técnico-pedagógicas que competen exclusivamente al

establecimiento, promoverán la solidaridad, la cohesión grupal entre sus

miembros, apoyarán organizadamente las labores educativas del

establecimiento y, estimularán el desarrollo y progreso del conjunto de la

comunidad escolar.

Funciones del Centro de Padres:

a) Fomentar la preocupación de sus miembros por la formación y desarrollo

personal de sus hijos y pupilos y, en consonancia con ello, promover las

acciones de estudio y capacitación que sean convenientes para el mejor

cometido de las responsabilidades educativas de la familia.

b) Integrar activamente a sus miembros en una comunidad inspirada por

principios, valores e ideales educativos comunes, canalizando para ellos las

aptitudes, intereses y capacidades personales de cada uno.

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c) Establecer y fomentar vínculos entre el hogar y el establecimiento y que

faciliten la comprensión y el apoyo familiar hacia las actividades escolares y el

ejercicio del rol que corresponde desempeñar a los padres y apoderados en el

fortalecimiento de los hábitos, ideales, valores y actitudes que la educación

fomenta en los alumnos.

d) Apoyar la labor educativa del establecimiento, aportando esfuerzos y

recursos para favorecer el desarrollo integral del alumno.

e) Proyectar acciones hacia la comunidad en general; difundir los propósitos e

ideales del Centro de Padres; promover la cooperación de las instituciones y

agentes comunitarios en las labores del establecimiento y, cuando

corresponda, participar en todos aquellos programas de progreso social que

obren en beneficio de la educación, protección y desarrollo de la niñez y

juventud.

f) Proponer y patrocinar dentro del respectivo establecimiento y en la

comunidad, iniciativas que favorezcan la formación de los alumnos, en especial

aquellas relacionadas con el mejoramiento de las condiciones económicas,

culturales, sociales y de salud que puedan afectar las oportunidades y el normal

desarrollo de los alumnos y alumnas

g) Mantener comunicación permanente con los niveles directivos del

establecimiento tanto para obtener y difundir entre sus miembros la información

relativa a las políticas, programas y proyectos educativos del establecimiento

como para plantear, cuando corresponda, las inquietudes, motivaciones y

sugerencias de los padres relativas al proceso educativo y vida escolar”………

De la organización y funcionamiento

Forman parte de la organización a lo menos los siguientes organismos:

a) La Asamblea General

b) El Directorio

c) El Consejo de Delegados de Curso

d) Los Sub-Centros de cada curso

a) La Asamblea General: Estará constituida por los padres y apoderados de los

alumnos del establecimiento que deseen participar y, en ausencia de

cualesquiera de ellos, por quienes los representen. Corresponde a la Asamblea General:

i) Elegir anualmente a los miembros del Directorio en votación universal,

secreta e informada y según los procedimientos eleccionarios que el

Reglamento Interno contemple. La elección del Directorio deberá efectuarse

dentro de 90 días de iniciado el año escolar en el establecimiento. ii) Aprobar el Reglamento Interno y sus modificaciones de acuerdo con

los procedimientos que establezca dicho Reglamento.

iii) Tomar conocimiento de los Informes, Memorias y Balances que debe

entregar el Directorio.

b) El Directorio: Estará formado a lo menos por el (la) Presidente (a), un(a)

Secretario(a), un(a) Tesorero(a) y un(a) Director(a). El Director del establecimiento o su representante, participará en las

reuniones del Directorio en calidad de asesor.

El Directorio se reunirá de manera ordinaria a lo menos una vez al mes y en

forma extraordinaria según las razones y procedimientos que el Reglamento

Interno establezca. No obstante, el Director del Establecimiento, el Presidente

del Centro de Padres o ambos conjuntamente, podrán convocar a reunión

extraordinaria del Directorio cuando existan situaciones imprevistas o urgencias

que así lo ameriten.

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Son funciones del Directorio del Centro de Padres, a lo menos las siguientes:

1) Dirigir al Centro de Padres de acuerdo a sus fines y funciones y administrar sus

bienes y recursos.

2) Representar al Centro ante la Dirección del establecimiento, la comunidad

escolar y demás organismos y agentes externos con los cuales el Centro deba

vincularse.

3) Elaborar los planes, programas y proyectos de trabajo del Centro y difundirlos

entre sus miembros. 4) Convocar a reuniones de la Asamblea General y del Consejo de Delegados de

Curso.

5) Proponer al Consejo de Delegados de Curso la designación de las personas a

cargo de los organismos internos del Centro y de las comisiones de trabajo.

6) Supervisar las actividades que realizan los organismos internos del Centro

y sus comisiones.

7) Estimular la participación de los padres y apoderados en las actividades del

Centro y apoyar decididamente aquellas iniciativas y programas de trabajo

resueltas por los Sub-Centros que contribuyen al cumplimiento de las funciones

del Centro.

8) Informar periódicamente a la Dirección del establecimiento acerca del

desarrollo de programas de trabajo del Centro de las inquietudes e intereses

de los padres en torno a la marcha del proceso escolar, y obtener de dicha

Dirección la información indispensable para mantener compenetrados a los

padres de los propósitos y desarrollo del proyecto educativo del

establecimiento.

9) Someter a aprobación del Consejo de Delegados de Curso las fuentes de

financiamiento del centro y el presupuesto anual de entradas y gastos.

10) Elaborar los Informes, Cuentas, Memorias, Balances y otros que le

corresponde presentar a la Asamblea General o al Consejo de Delegados de

Curso.

Para ser miembro del Directorio se requiere que el postulante sea mayor de 21 y

tenga a lo menos un año de pertenencia al Centro de Padres del

establecimiento

c) El Consejo de Delegados de Curso: Estará formado a lo menos por un

delegado elegido democráticamente por los padres y apoderados de

cada curso. El (la) Presidente (a) del Sub-Centro se desempeñará por

derecho propio como el o alguno de los delegados de curso.

El Consejo de Delegados de Curso se reunirá a lo menos bimensualmente y en

sus reuniones de trabajo podrán ser invitados a participar el Director del

establecimiento o su representante. El Consejo de Delegados de Curso tendrá como funciones:

1) Redactar el Reglamento Interno y las modificaciones que éste requiera y

someterlo a la aprobación de la Asamblea General.

2) Designar a las personas encargadas de los organismos internos del Centro

y a los miembros de las Comisiones de trabajo.

3) Aprobar los procedimientos de financiamiento del Centro, los montos de las

cuotas que pudiesen cancelar los miembros del Centro y el presupuesto anual

de entradas y gastos elaborado por el Directorio.

4) Coordinar las actividades que desarrollan los organismos internos y

comisiones del Centro con las que realizan los Sub-Centros.

d) Los Sub-Centros de cada curso: Por cada curso del establecimiento existirá

un Sub- Centro de Padres, el que estará integrado por los padres y apoderados

del respectivo curso, que deseen participar en él.

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A los Sub-Centros corresponderá dentro del ámbito de sus respectivas

competencias, cumplir y promover las funciones del Centro de Padres

establecidas en el presente reglamento.

Dentro de 30 días de iniciado el año escolar en el establecimiento, cada Sub-

Centro elegirá democráticamente una directiva y al o los delegados que lo

representarán en el Consejo de Delegados de Curso. La directiva y los delegados

permanecerán un año en sus funciones.

La directiva de cada Sub-Centro estará integrada por el Presidente y el número

restante de miembros que establezca el Reglamento Interno. Este Reglamento

indicará igualmente las normas y procedimientos para la elección de la

directiva, de los delegados y los reemplazos que hubiesen de realizarse. A las directivas de los Sub-Centros corresponderá fundamentalmente:

1) Estimular la participación de todos los miembros del Sub-Centro en las

actividades promovidas y programadas por el Centro de Padres.

2) Poner en ejecución los programas específicos de trabajo y decisiones que en el

marco de los fines y funciones del Centro de Padres y Apoderados, sean

resueltas por los miembros del Sub-Centro.

3) Vincular al Sub-Centro con la directiva del Centro de Padres con los otros Sub-

Centros, y, cuando corresponda con la Dirección del establecimiento y con

profesores Jefes de Curso

Finalmente: Los Centros de Padres que desearen obtener personalidad jurídica,

se constituirán de acuerdo a las normas señaladas en el Título XXXIII del Libro I

del Código Civil, con las modalidades que se señalan en este reglamento,

pudiendo adoptar los estatutos que libremente aprueben o el estatuto tipo

aprobado por los Ministerios de Justicia y de Educación.

Los Centros de Padres que se acojan al estatuto tipo, se constituirán por

instrumento privado protocolizado, suscrito por los constituyentes. Asimismo los

Centros de Padres se podrán constituir DTO 828, EDUCACION como personas

jurídicas de acuerdo con las normas Art. único a) señaladas en la Ley N° 19.418

de 1995, que establece D.O. 19.01.1996 normas sobre Juntas de Vecinos y

demás organizaciones comunitarias, con las modalidades que correspondan,

pudiendo adoptar los estatutos que libremente aprueben o el estatuto tipo

aprobado por los Ministerio del Interior y de Educación

PÁRRAFO 3º: DE LOS PROTOCOLOS

Son los procedimientos establecidos para la puesta en marcha de un plan de

actuación o conjunto de acciones de emergencia ante una falla no planificada

A.- De actuación frente a sanciones por aplicar:

Cuando un(a) alumno(a) actúa de manera incorrecta, tal que la situación

merece la aplicación de sanciones descritas en el presente manual:

01.- Llamado de atención, de manera directa; anotación en el

leccionario. 02.- Conocimiento de Inspectores y Profesor(a) Jefe.

03.- Aplicación de Sanciones respectivas, según manual, que implica

conocimiento de apoderado, según gravedad de las faltas.

Solo si la situación lo requiere:

04.-Conocer de la Sanción, según los contenidos del manual de convivencia,

por el (la) Encargado (a) de Convivencia Escolar

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05.- Escuchar las versiones de los involucrados (alumnos o funcionarios) y estudiar

el caso, por Comité de Convivencia Escolar

06.- Conocimiento de la Dirección de la Escuela

07.- Instruir investigación interna, si la situación lo establece

08.- Si la situación lo amerita, consulta al Consejo de Profesores.

09.- Aplicar la normativa indicada en el párrafo 1° y sus títulos del ( I al V).

Sobre los procesos de Apelación:

Cada vez que el (la) alumno (a) reciba alguna sanción, tal como se estipula en el

presente Manual, éste podrá apelar de la forma siguiente:

En el caso de faltas leves o de mediana gravedad, el (la) alumno (a) se dirigirá

directamente a su Profesor (a) jefe para comunicarle su petición. El (la) profesor

(a) Jefe evaluará el caso y considerará la solución del caso con el docente

involucrado o la derivación a instancias superiores

En caso de faltas graves y muy graves si un alumno desee apelar a una

sanción el procedimiento será el siguiente:

1. El apoderado podrá presentar una Carta de apelación al Comité de

Convivencia Escolar (C.C.E.), para la revisión de la sanción dentro de los tres días

hábiles siguientes a la comunicación de la sanción

2. El C.C.E. revisará la carta de apelación y comunicará a la Dirección,

pudiendo éste, si así lo estimare, someter a la decisión al consejo de profesores.

3. La resolución será comunicada en un máximo de cinco días a contar del día

que se presentó esta apelación.

CONSEJOS DE DISCIPLINA DOCENTE:

Durante el año escolar la Dirección podrá convocar al Consejo de Profesores

para analizar situaciones disciplinarias de los alumnos. Las decisiones que se

acuerden en dichos consejos docentes podrán generar sanciones disciplinarias

escritas, traslados de curso, suspensiones de clases, condicionalidades y

cancelación de matrícula. Estas decisiones serán notificadas por el Inspector en

forma escrita a los alumnos y apoderados.

B.- En casos de Accidentes dentro de la Unidad Educativa

Si un (a) alumno(a) sufre algún accidente en la escuela o durante el

desarrollo de actividades que se hayan programado con el conocimiento y

autorización de los padres. 01.- El docente encargado procederá a evaluar la

condición del accidentado(a)

02.- El docente y/o adulto responsable aplicará primeros auxilios, factibles.

03.- El funcionario debe dar aviso al Encargado de salud y/o directamente a la

Dirección, quien deberá decidir sobre el traslado del alumno (a) al centro

asistencial, según la gravedad del evento. La escuela NO cuenta con vehículos

de traslado, por lo que, de producirse una emergencia que lo requiera, deberá

llamarse a la ambulancia.

También debe considerarse el hecho de que el SEGURO ESCOLAR solo opera

en el Hospital de Limache y No en el CESFAM de Olmué.

04.- “Paralelamente” se comunicará con el apoderado, para que sea éste

quien, en conocimiento del punto anterior y en presencia del (la) docente de

la escuela tome la decisión de llevar al niño(a) al hospital, al CESFAM o solo a su

hogar.

05.- Si el alumno(a) es trasladado al hospital, el docente presente, deberá

entregar a quien proceda al traslado (Apoderado, funcionario de la escuela

o funcionario del servicio de salud) el documento de SEGURO ESCOLAR, firmado

por la autoridad a cargo de la escuela, en ese momento.

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06.- El funcionario de la escuela, que tomó conocimiento, deberá consignar en la

Bitácora de registro diario, todo lo sucedido y las medidas adoptadas.

C.- En casos de Pediculosis u otra enfermedad infecto contagiosa

Cuando algún (a) docente identifique a algún (os) alumnos o alumnas con

alguna enfermedad contagiosa (virus de cualquier tipo contagioso) o cuando

éstos sean portadores de pediculosis, los pasos a seguir serán los siguientes:

01.- Comunicación escrita al apoderado indicando la detección de la situación

02.- Permanencia del (la) alumno(a) EN SU HOGAR HASTA SOLUCIONADO EL

PROBLEMA, es decir, hasta que el niño o niña este sano y se demuestre que no

seguirá el contagio.

03.- Si los padres insisten en mandar al alumno a clases, éste deberá ser devuelto

a su hogar con un funcionario de la escuela y proceder a hacer denuncias a los

organismos que correspondan, por vulnerabilidad del menor.

04.- Solucionado el problema, el alumno o alumna se reintegra en forma normal

y se le aplicarán controles y evaluaciones según corresponda al trato de un

alumno que haya presentado Licencia Médica.

D.- En casos de Eventos de gran envergadura (Incendios, Sismos u otros)

En la eventualidad de producirse algún evento de carácter mayor (Sismos,

incendios u otros) en horarios de permanencia de los estudiantes en la Unidad

Educativa, todos los miembros de la comunidad deberán respetar, de la mejor

manera posible, estas disposiciones:

01.- Seguir las instrucciones del Plan de Seguridad Interna, que establece

procedimientos diferenciados, según el tipo de situación presentada

Eventualmente, sin embargo, se deben seguir algunas reglas básicas, a saber:

El evento será anunciado por repique seguido de campanadas

Salir a Zonas de Seguridad indicadas con Flechas en las paredes siempre

bajo la tutela del docente a cargo

Mantenerse en los lugares seguros hasta que se disponga.

02.- Después de que la autoridad que esté a cargo de la Escuela en el

momento, lo decida, reingresar al trabajo normal.

Secuencia de autoridad: Director; Jefa de UTP; Profesor(a) de Turno;

Encargado de Convivencia

03.- El eventual retiro de alumnos de la escuela, solo se concretará, con las

siguientes restricciones:

Para niños (as) desde pre kínder a cuarto año: Solo se pueden retirar

con la presencia de su apoderado o a quien éste designe

Para niños(as) desde 5° a 8° año: Solo se podrán retirar, si sus padres se

comunican con la escuela por vía telefónica y expresamente lo autorizan.

Los funcionarios de la escuela, podrán retirarse a sus hogares, solo si la

autoridad responsable lo autoriza y cuando todos sus alumnos a cargo hayan

sido debidamente ubicados con sus familiares.

Todos los alumnos que no sean retirados debidamente, permanecerán

en la escuela hasta el término de la jornada.

04.- Las actividades de la escuela continúan con normalidad, excepto que se

comunique a los apoderados, por escrito otra resolución.

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E.- Para prevenir el maltrato infantil y/o Vulnerabilidad.

Si un estudiante presenta signos físicos, emocionales o conductuales, que hagan presumir que pudiera ser víctima de maltrato de cualquier tipo u otra vulneración de sus derechos, ya sea interna o externamente a la institución: 01.- Poner en conocimiento a la Dirección y Encargado de Convivencia.

02.- El encargado de Convivencia deberá recopilar antecedentes suficientes del caso, para determinar si efectivamente existen sospechas fundadas de algún tipo de maltrato o vulneración, plazo máximo (24 horas). 03.- Si no se encuentra el Encargado de Convivencia, deberá ser el profesor (a) Jefe quien recopile los antecedentes suficientes, siendo siempre este último, (Profesor(a) Jefe) el responsable de las denuncias pertinentes. El modo de proceder será:

3.1.- Citar a los apoderados del alumno (a) para informarle sobre los antecedentes que afectarían a su hijo (a). 3.2.- Determinar en conjunto con los padres y/o apoderado la posible intervención de especialistas externos. 3.3.- Realizar acompañamiento y seguimiento del menor por parte del Encargado de Convivencia y profesor jefe En caso de no tener los suficientes datos y/o pruebas la investigación quedará suspendida hasta que se recaben nuevos antecedentes con un plazo máximo de una semana. De no haber cambios la investigación quedará nula. 04.- En caso que la sospecha recaiga sobre el padre, madre u otro adulto, se pondrán inmediatamente los antecedentes a disposición del Tribunal de Familia y/o Redes de Apoyo. Bajo ninguna circunstancia se debe citar a los posibles agresores 4.1.- En caso que sea un adulto externo a la familia, se citará al apoderado para comunicarle la situación. 4.2.- Se informará a Carabineros o PDI, para que se investigue el hecho (denunciar) dentro de las 24 horas desde que se conocieron los acontecimientos.

F.- Intervención ante sospechas de abuso sexual a menores

Si un (a) estudiante presenta signos físicos, emocionales o conductuales, que hagan presumir que pudiera ser víctima de abuso sexual, ya sea por situación interna o externamente a la institución, deberá seguirse los siguientes pasos: 01.- Poner en conocimiento al Encargado(a) de Convivencia, por parte del funcionario que hizo la observación que generó la sospecha. 02.- El encargado de Convivencia deberá recopilar antecedentes suficientes del caso, para determinar si efectivamente existen sospechas fundadas, plazo máximo (24 horas). 03.- Si no se encuentra el Encargado de Convivencia, deberá ser el profesor (a) Jefe quien recopile los antecedentes suficientes para luego informar al encargado convivencia y/o la Dirección. Solo uno de estos dos funcionarios (encargado convivencia o profesor jefe) podrá realizar la investigación inicial para evitar la sobre exposición del caso. Estando el caso, en conocimiento del encargado de convivencia y/o la Dirección, si éstos lo acogen, el modo de procedimiento será el siguiente: a) Derivar a sicólogo para entrevista inicial

b) Citar al apoderado, solo en caso de que esta decisión no afecte el desarrollo de la investigación. c) Determinar “solo entre los funcionarios mencionados” (Dirección, encargado convivencia y sicólogo) la validez de la situación y determinar: Si no verdadero: El (la) sicólogo(a) tomará el caso para apoyar al

estudiante y evitar nuevas denuncias falsas Si se determina validez: Denuncia a fiscalía, previa comunicación con los

padres o tutores, siempre que la situación no esté generada desde el hogar.

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G.- En casos de alumnas en estado de embarazo y madres lactantes.

“El embarazo y la maternidad, no constituyen impedimento para ingresar y

permanecer en los establecimientos de educación de cualquier nivel.

Estos últimos deberán, además, otorgar las facilidades académicas del caso” (Ley

Constitucional Nº 19688 de 30/08/2000)

Los procedimientos, en cuanto a sus aspectos disciplinarios y de convivencia, sobre

las alumnas en estado de embarazo que se establecen para ellas, son:

El/la Encargado/a de Convivencia escolar evaluará la situación académica de la

alumna en el momento del conocimiento de su embarazo, para su posterior

desempeño escolar.

La alumna podrá asistir regularmente a clases mientras su salud se lo permita.

Se le aplicarán pruebas orales o escritas, conforme a su situación.

En el caso de continuas inasistencias podrá recuperar sus materias con ayuda

del/la Encargado/a de Convivencia escolar y su apoderada/o. Al no poder asistir

la alumna más a clases, por su estado, la apoderada/o se preocupará de asistir al

establecimiento para recoger documentos (hojas, guías, etc.,) que ayuden a la

promoción de la alumna. En ningún caso la alumna será expulsada o cancelada

su matrícula, teniendo la certificación médica que la acredite para continuar su

educación.

Al no asistir la alumna a las pruebas o interrogaciones, quedará con un proceso no

terminado.

H.- Del acceso al interior del establecimiento de personas ajenas a los alumnos y

funcionarios:

El ingreso al interior del establecimiento de cualquier persona, que no sea

funcionario y/o autoridad reconocida por portería, deberá ser informada, antes de

que ello se concrete, al Director o la autoridad encargada, quien autorizará o

negará tal ingreso. Éste será consignado en la “Bitácora de Portería”

En el caso específico de padres, madres o apoderados, solo podrán hacer ingreso

al establecimiento en determinadas situaciones y bajo las siguientes condiciones:

Reuniones de apoderados

Entrevistas con Profesor Jefe, Inspectoría, Dirección u otro estamento

Actos y actividades extra programáticas en donde se haya notificado

previamente su asistencia mediante una comunicación.

La solicitud de entrevistas con Profesores y Asistentes deberá quedar consignada

por escrito.

Al momento de hacer asistir a entrevista con Profesor, el apoderado deberá mostrar

en portería la notificación en donde se le asignó fecha y hora para dicha entrevista.

El ingreso de apoderados debe regirse por lo consignado en el presente Manual

de Convivencia, en el párrafo 2°, inciso III, artículos 16 al 18.