I. MUNICIPALIDAD DE OLMUE
DEPARTAMENTO EDUCACION
ESCUELA BASICA LO NARVÁEZ
Lautaro s/n Lo Narváez – Olmué
Manual de
convivencia,
Escuela lo Narváez
2018
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D.- MANUAL DE CONVIVENCIA ESCOLAR INTERNA, ESCUELA BÁSICA LO
NARVÁEZ DE OLMUÉ
PÁRRAFO 1.° DE LOS ALUMNOS.
El alumno es el sujeto de la educación en el cual, la escuela cifra todos sus
esfuerzos formativos, para desarrollar en él, todas sus capacidades y
competencias, que le permitan integrarse a la sociedad.
La matrícula significa para el alumno y apoderado el derecho a la educación y
aceptación de las disposiciones del presente “Manual de Convivencia”, el cual
es el producto de una revisión consensuada, en la que han participado:
Equipo Directivo, Profesores, Asistentes de la educación, Apoderados y Alumnos.
I.- Deberes:
01.- Conocer y respetar en su totalidad el Manual de Convivencia Interno del
establecimiento educacional.
02.- Usar (Tener siempre) su agenda de comunicaciones, para registrar toda
la información emanada de la escuela al hogar o viceversa.
03.- Mostrar comunicaciones enviadas al apoderado y/o al profesor jefe o
profesor del ramo que correspondiere.
04.- Cuidar su higiene y presentación personal.(baño, después de Clases de
Educación Física o Taller de Deporte, desde 5º a 8º, siempre que las
instalaciones de camarines y duchas estén en buen estado). Los alumnos (as) de
Eñza. Pre Básica y Primer Ciclo deberán asearse y traer una moda de ropa para
cambiarse.
05.- Mantener hábitos de aseo, dentro y fuera del establecimiento (cepillado
obligatorio de dientes, después de almorzar, con tuición directa de los respectivos
docentes).
06.- Demostrar respeto hacia pares y adultos, dentro y fuera del establecimiento.
07.- Presentarse a clases con los materiales escolares necesarios para realizar las
tareas y ejercicios.
08.- Asistir diariamente y puntualmente a clases en el horario establecido (La
hora de Comienzo de la Jornada es a las 8 h. 15 min.), es decir, cualquier
alumno(a) que llegue después de esa hora, se considera atrasado(a).
09.- Participar en todas las actividades que el colegio programe como parte del
proceso de formación educativa asistiendo con el uniforme oficial.
10.- Cumplir en forma oportuna y responsable con sus obligaciones escolares
(tareas, trabajos y pruebas).
11.- Usar un vocabulario adecuado a las normas de convivencia social, evitando
el uso de sobrenombres a compañeros y de palabras groseras u obscenas.
12.- Presentar justificativo firmado por el apoderado cada vez que falte a
clases y la presencia del mismo, desde la tercera falta consecutiva.
13.- No faltar a los compromisos fijados con anterioridad como pruebas escritas,
controles orales, trabajos de investigación, etc.
14.- Todos los alumnos y alumnas deben usar el uniforme oficial de la escuela,
diariamente, a saber;
Damas: falda cuadrillé, polera blanca (de la escuela), chaleco escote en V rojo,
calcetas azul marina, zapatos negros, cinta, cole rojo. De Pre Kinder a Séptimo
año delantal cuadrillé rojo. Octavo año delantal blanco.
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Varones: pantalón plomo, polera blanca (de la escuela), chaleco escote en V rojo
y Pelo con corte adecuado y limpio. De Pre Kinder a Séptimo año cotona beige,
Octavo año capa blanca.
Las Parkas o Chaquetones que se usen, por el frío, deben ser de color azul o rojo
y no de colores claros y/o con ilustraciones.
Uniforme de Verano: Es una alternativa, que implica que se puede cambiar el
yersey, por la polera con la insignia de la escuela.
Los niños y niñas de enseñanza pre básica deberán usarán idéntico uniforme y su
delantal correspondiente.
Los alumnos Abanderados, en las presentaciones oficiales, usan corbata y la
indumentaria tradicional a su alta investidura.
15.- Para las actividades de Educación Física: Damas: Camiseta polo blanca,
calzas negras o pantalón negro (Por ningún motivo se permitirá practicar en la
clase de Ed. Física con jeans de ningún color), zapatillas sin terraplén. Varones:
Short blanco, camiseta polo blanca, zapatillas.
El buzo no es para hacer la clase, es sólo para venir o irse del colegio
El (la) profesor(a) de Educación Física podrá autorizar el uso de la Salida de
Cancha, para realizar la clase, solo si se cerciora de que el (la) alumno (a) tiene
otra de recambio.
16.- Tener siempre una actitud de respeto para con todas las personas que
laboran en el establecimiento educacional.
17.- Prohibido traer joyas, pinturas, telefonías celulares, mp3, mp4,
computadores personales u otros artefactos electrónicos, aros colgantes,
objetos de valor., salvo que algún docente lo solicite, expresamente. El
(la) Profesor(a) jefe podrá guardar diariamente algún teléfono cuando el
apoderado lo solicite.
Prohibido el uso de piercing (en partes visibles del cuerpo).
Prohibido uso de maquillaje excesivo (sombra, lápiz labial, delineador y esmalte
de uñas), durante el periodo de clases y/o cuando vista su uniforme.
18.- Demostrar respeto con el medio ambiente que les rodea, cuidando plantas,
jardines y otros seres vivos, Además deberán ser partícipes de las campañas
de reciclaje de residuos, basados en la clasificación de los mismos.
19.- Participar del énfasis en el cultivo de los valores patrios y sus celebraciones
tradicionales.
II.- Derechos.
01.- Ser respetados por sus profesores, (ello implica que los docentes evitarán
cualquier tipo de maltrato a sus alumnos) auxiliares y pares.
02.- Emitir sus juicios y opiniones en forma libre, así como ser escuchado y
defender sus planteamientos en forma responsable.
03.- Formar parte de la organización de lo que ocurra dentro del
establecimiento educacional, que sea atingente con la perspectiva de los
estudiantes.
04.- Ser atendido oportunamente cuando la situación amerite, sea esta de
carácter físico, psicológico u otra.
05.- Elegir libremente su directiva de Consejo de curso y, eventualmente la de su
Centro de Alumnos, en forma democrática y pública.
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06.- Ser reconocido, en forma pública, y/o mediante anotación, en libro de
clases, por actuaciones meritorias, actividades destacadas o en beneficio de la
comunidad, ya sea en el ámbito curricular o extra programático, según lo
estipule el “Reglamento de Premiación (Anexo 1)
07.- Recibir atención y adaptaciones curriculares, según proceda, a aquellos
alumnos que presenten necesidades especiales.
08.- Conocer todos los contenidos que exige el currículo, para el nivel
respectivo, en buena forma y con evaluaciones pertinentes
09.- Ser calificado en días y horas acordados con anticipación, cuando se
trate de instrumentos sumativos (pruebas coeficiente dos)
10.- Conocer el resultado de los controles administrados por los (las) docentes, en
un plazo máximo de 15 días corridos, desde la fecha de aplicación de los mismos
11.- Ser atendido oportunamente, en sus clases, en ausencia de los (las)
profesores (as) titulares
12.- Convivir en ambientes dignos, limpios y seguros, por su condición de niños,
tanto en la sala de clases, como en los patios u otras dependencias.
13.- Ser respetado constantemente, en su individualidad, tanto en su condición
física, como moral e intelectual
14.- No ser discriminado por diferencias étnicas, religiosas o de otra naturaleza.
15.- Ser Beneficiario del “Seguro escolar número 16.744. derecho 313”, que protege
a los estudiantes y además incluye los accidentes ocurridos en el trayecto directo
de ida y regreso entre su hogar y el colegio.
16.- Que se proteja su dignidad e integridad como persona, considerando sus
diferencias individuales, considerando su seguridad física y moral.
17.- Recibir información oportuna en programas de prevención de drogas,
orientación sexual, deportes, recreación y vida sana.
18.- Ser atendido en forma individual frente a situaciones especiales, tales como:
Accidentes de larga recuperación, embarazos u otras enfermedades que
mantengan larga data; previa calendarización de sus obligaciones escolares.
19.- Conocer las anotaciones registradas en el libro de clases, incluidos los motivos
de ésta.
20.- Conocer el estado de las calificaciones y horario de atención del profesor jefe
y asignaturas.
III.- De las Faltas
Se considera “Falta”, en el presente Manual, a cualquier situación que
contravenga el espíritu de la normal convivencia en el Establecimiento.
Para la graduación de las faltas se consideran tres niveles según lo dispuesto
en el documento “Orientaciones para la elaboración y revisión de Reglamentos
de Convivencia Escolar”, emanado de la División de Educación General (2011). • FALTA LEVE:
Son aquellas actitudes, comportamiento y/o transgresiones de común ocurrencia
y que no tienen consecuencias mayores para la sana convivencia escolar, pero
no contribuyen al buen ambiente de trabajo escolar. • FALTA MEDIANAMENTE GRAVE
Son aquellas actitudes, comportamientos y/o transgresiones que afectan o
pueden afectar la convivencia escolar, repercutiendo en menor medida en los
integrantes de la comunidad y que no se enmarcan en las normas establecidas en
el presente reglamento.
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• FALTA GRAVE:
Son aquellas actitudes, comportamientos y/o transgresiones que afectan o
pueden afectar negativamente la convivencia escolar y son realizadas con
pleno conocimiento de la mala acción que se comete y el infractor(es) posee(n)
voluntad libre para realizarla. • FALTA MUY GRAVE
Actitudes, comportamientos y/o transgresiones que dañan gravemente la
convivencia escolar y que son realizadas con pleno conocimiento de la mala
acción que se comete y el infractor(es) posee(n) voluntad libre para realizarla.
EN EDUCACION PARVULARIA:
En aquellos casos de alumnos que presenten actitudes autolesivas y de
agresividad con sus compañeros.
Listado de faltas leves:
01.- Ausentarse a clases y/o actividades sin justificación
02.- Ingresar atrasado al establecimiento 3 o más veces en el período de un mes
03.- Lanzar todo tipo de elementos, objetos, comida y/o escupir ya sea dentro o
fuera del establecimiento
04.- No cumplir con entrega de tareas y trabajos escolares dentro de la fecha
establecida
05.- Presentarse sin materiales solicitados en las diferentes asignaturas
06.- No presentarse a evaluaciones sin justificación
07.-Ausentarse o no participar de evaluaciones y/o actividades escolares estando
presente (pruebas, controles, disertaciones, y/u otros compromisos contraídos)
08.- Ausentarse a clases estando presente en el establecimiento
09.- Realizar comportamientos que perjudiquen las actividades de aprendizaje (no
prestar atención, molestar, tirar papeles)
10.- Uso de celular y/o aparato tecnológico sin la autorización del profesor
11.-Expresarse de manera vulgar con compañeros, docentes o cualquier miembro
de la comunidad educativa dentro o fuera del aula de clases
12.- Presentarse sin su libreta escolar
13-. Vender productos dentro del establecimiento sin autorización previa
14.- Asistir al establecimiento sin uniforme y/o sin una adecuada presentación
personal. Usar accesorios o prendas de vestir que no correspondan a éste.
15.- Descuidar la higiene y presentación personal
16.- Atentar contra el orden y limpieza de la sala de clases u otra dependencia del
establecimiento
17.- No traer firmadas las comunicaciones que se envían al hogar
18.- Usar servicios higiénicos de manera inadecuada (dejar llaves abiertas)
19.- No respetar la integridad de otros “seres vivos” que comparten con la
comunidad (peces, tortugas, abejas, lombrices, aves, árboles y plantas, en general)
Medidas o sanciones a las faltas leves
1° : Previo registro de una falta, se establece una conversación formativa: Profesor
y Alumno.
2° : 3 anotaciones negativas: Profesor Jefe entrevista a Apoderado y Estudiante,
con el objeto de proponer y acordar las medidas de carácter formativo,
adecuadas para el abordaje del caso particular del estudiante.
3° : 4 anotaciones negativas de carácter leve: Entrevista Profesor Jefe con Alumno,
firma de compromiso de cambio de conducta y/o cumplimiento de deberes, y
servicio comunitario.
4° : 6 atrasos: Alumno deberá presentarse con su apoderado a la hora que se le
cite para que pueda ingresar a clases.
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Listado de las faltas graves:(El siguiente Listado amerita la posibilidad de
sanciones, que se estipulan más adelante)
01.- Agredir física y verbalmente, amenazar o amedrentar a cualquier miembro
de la comunidad escolar.
02.- Hurtar y/o apropiarse de las pertenencias ajenas.
03.- Destrucción voluntaria, uso indebido del material educativo o de la
infraestructura de la escuela.
04.- Abandonar el establecimiento en horas de clases sin autorización.
05.- La falta de honestidad en la realización de trabajos y evaluaciones.
06.-Falsificación o alteración de documentos o instrumentos evaluativos (pruebas
escritas) o adulteración de la firma del apoderado
07.- Portar y/o consumir cualquier tipo de drogas alcohol y cigarrillos.
08.- Portar armas de fuego y/o armas blancas
09.- Acciones que contribuyan a lesionar la imagen corporativa de la
Escuela que signifique un menoscabo para ella.
10.- Acciones que perjudiquen la imagen y la honra del personal que labora
en el establecimiento, interna o externamente.
11.- No respetar los símbolos patrios.
12.- Faltar el respeto a los profesores o personal del establecimiento educacional.
13.- Provocar desorden en la sala de clases que impidan el normal desarrollo
de las actividades educativas.
14.- Evidenciar falta de respeto al “Medio Ambiente”, en el interior de la Escuela
15.- Hacer mal uso de las “Redes Sociales” (facebook, youtube u otras) en
perjuicio de la imagen de miembros de la unidad educativa.
16-. Orinar y/o defecar fuera de los servicios higiénicos (bajo escaleras, pasillos,
patios, etc)
17.-Participar en desórdenes en la Vía pública haciendo uso del uniforme del
colegio.
18.- Dañar y /o hurtar los bienes o pertenencias de los compañeros y/o personal
de la comunidad
19.- Ejecutar acciones violentas que pongan en riesgo la seguridad de algún
miembro de la comunidad escolar
20.- Uso indebido de celular y/o aparato tecnológico para visualizar y/o compartir
imágenes o videos que atenten contra la moral
21.- Discriminar a algún integrante de la comunidad educativa ya sea por razón
física, edad, raza, religión, orientación sexual, etc.
22.- Faltar a clases “deliberadamente” sin conocimiento de sus padres y/o Tutor.
23.- La reiteración de 4 faltas graves será considerado falta gravísima.
Medidas o sanciones a las faltas graves
01.- El estudiante que presente una falta de carácter grave, será entrevistado por
el Comité de Convivencia Escolar, junto al profesor jefe y su apoderado, quien
propondrá las medidas de carácter FORMATIVO, adecuadas para el abordaje
del caso particular del estudiante.
02.- El estudiante será DERIVADO con Dupla Psicosocial, siempre que el Profesor
Jefe lo estime conveniente y que haya dejado consignado previamente en el
libro de clases las entrevistas, medidas formativas aplicadas y seguimiento
realizado.
03.- El comité de Convivencia determinará si procede a la intervención con el
estudiante o si el caso amerita derivación a programas o redes externas.
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04.- El estudiante que presente dos faltas de carácter GRAVE, luego de la primera
citación del Apoderado será derivado al Comité de Convivencia quien citará al
apoderado nuevamente y procederá a determinar la medida formativa-reflexiva
de permanencia en el hogar (suspensión) del estudiante por un periodo máximo
de tres días.
05.- El estudiante que presente tres faltas GRAVES será derivado al Comité de
Convivencia y se le aplicará la medida formativa-reflexiva de permanencia en el
hogar, por un plazo de cinco días, previa toma de conocimiento y firma de libro
por parte del apoderado
06.- La Dirección del establecimiento, junto al Consejo de Profesores, se reservan
el derecho de resolver la situación del alumno o alumna frente a cualquier falta
grave que lo amerite, y una vez que éste haya hecho uso de sus derechos,
procediéndose en tales circunstancias como lo indica los puntos anteriores.
07.- Toda conducta que se relacione con el presente manual de convivencia, se
registrará en el libro de clases y se le comunicará al apoderado a través de la
agenda escolar.
08.- Cualquier situación no prevista en este manual, será resuelta por la Dirección
del Colegio.
Listado de faltas gravísimas:
01.- Violentar físicamente (golpear) a cualquier miembro de la comunidad escolar
dentro o fuera del establecimiento
02.- Violentar sexualmente a cualquier miembro de la comunidad educativa
03.- Amenazar o amedrentar a cualquier miembro de la comunidad escolar con
arma corto-punzante, o de fuego
04.- Atentar contra la infraestructura del establecimiento a través de acto
incendiario
05.- Traficar (vender, repartir u ofrecer) sustancias ilícitas dentro del establecimiento
06.- Portar o difundir material pornográfico de celular a celular o a través de redes
sociales.
07.- Agresiones físicas o sostenidas en el tiempo como el bullyng, el cibergrooming
entre otros.
Protocolo de actuación frente a faltas gravísimas (Este Protocolo se complementa
con el Párrafo 3°, inciso A, del presente manual de convivencia)
1°.- Director podrá resolver la situación mediante la suspensión indefinida y/o
documento de condicionalidad de matrícula (ORD-N°476, Letra L-
Superintendencia de Educación) del alumno y la unidad educativa estudiará su
compromiso de matrícula para el año siguiente, procediendo a la cancelación de
matrícula en cualquier momento del año académico.
2°.- El Director realizará denuncia fundada y por escrito al Apoderado
3°.- El apoderado podrá apelar dentro de un plazo de 15 días
4°.- Registrar situación en reunión Ampliada de Comité de Convivencia donde
analizan la medida aplicada. Durante este proceso se propondrá al apoderado la
reducción de la jornada escolar del estudiante.
5°.- Entrega de Respuesta de apelación por parte del Director a apoderado
6°.- Envío de antecedentes a la Superintendencia en un plazo no superior a cinco
días ratificada la medida
7°.- Durante este proceso y en espera de pronunciación de la Superintendencia de
Educación respecto a la ratificación o denegación de la medida, el alumno
deberá continuar escolarizado mediante rendición de exámenes libres, a fin de
garantizar el buen clima de convivencia escolar y exitoso proceso académico del
estudiante.
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ANEXO DE MEDIDAS Y SANCIONES PARA EDUCACIÓN PRE-BÁSICA
En el caso de preescolar (Pre- Kínder y Kínder) las sanciones tienen un carácter de
“recomendaciones” a la familia por parte de los profesionales que interactúan con
los alumnos y alumnas en las distintas áreas de desarrollo.
Esto implica un compromiso por parte de la familia, es decir, una obligación
contraída por los padres para apoyar a sus hijos e hijas frente a dificultades de
aprendizaje, conductas emocionales inadecuadas, dificultades en su desarrollo
social, apoyo familiar inadecuado e inexistente, etc. Este compromiso se hará por
escrito y deberá ser firmado por el apoderado.
De no cumplir la familia con dicho compromiso; no brinde el apoyo necesario en
cuanto a tratamientos o la presentación de informes de especialistas externos y/o
exámenes médicos, se procederá a la derivación de caso a Dupla Psicosocial del
establecimiento.
Las sanciones aplicables en este nivel escolar se refieren a aquellas situaciones en
que la persistencia o gravedad de las faltas hagan imposible el diálogo como
instancia de solución.
Las sanciones contempladas para este grupo en nuestro establecimiento son las
siguientes:
Reducción de la jornada escolar
Medida formativa-reflexiva de permanencia en el hogar y/o suspensión de
actividades oficiales.
Condicionalidad de matrícula (ORD-N°476, Letra L-Superintendencia de
Educación)
INSTANCIAS DE APELACIÓN DE SANCIONES POR PARTE DEL APODERADO
Todas las Instancias de apelación a las sanciones aplicadas, están descritas en el
Párrafo 3° (Protocolos) del presente Manual.
IV.- DE LA ASISTENCIA, PUNTUALIDAD Y RETIROS AL HOGAR, EVENTUALES.
01.- Toda inasistencia del alumno debe ser justificada al día siguiente por el
apoderado, mediante comunicación escrita (en cuaderno de comunicaciones)
y, en caso de enfermedad, el apoderado debe presentar el certificado médico
correspondiente.
02.- El retiro de los alumnos del establecimiento, dentro de la jornada de clases,
debe ser justificado y realizado por el apoderado o un adulto autorizado por el
mismo apoderado, exclusivamente, aunque, en última instancia, es la Dirección
de la escuela, quien autoriza o niega definitivamente la salida del
establecimiento.
(*) 03.- Para ingresar a clases con posterioridad al inicio de la jornada de
clases (después de las 8h 30min.) el (la) alumno (a) deberá presentar justificativo
o acudir con su apoderado. De lo contrario, recibirá las sanciones que
correspondan a su calidad de “Atrasado”, y solicitar un pase en la Dirección.
(*) 04.- El (la) alumno (a) que no asistió a clases teniendo programada alguna
evaluación, deberá hacer la misma, dentro del plazo de una semana, como plazo
máximo, pudiendo ésta aplicarse en horario diferente al del curso.
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(*) 05.- Al cumplir 3 atrasos, (tres veces después de las 8 h. 30min.) el alumno o
alumna deberá presentarse con su apoderado a la hora que se le cite para que
pueda ingresar a clases, de no asistir el apoderado, el alumno será suspendido
de toda actividad hasta que el apoderado se presente y se comprometa, por
escrito, a cautelar la puntualidad de su pupilo
(*) Se exceptúa a los alumnos (as) de Enseñanza Pre básica, pudiendo la
educadora autorizar cambios de horario de ingreso, según criterios propios del
nivel.
V.- De las Sanciones:
01.- Al cumplir tres atrasos el alumno deberá presentarse con su apoderado a la
hora que se le cite para que pueda ingresar a clases. (Ver punto 05 de Asistencia
y Puntualidad).
02.- Tres observaciones negativas por incumplimiento escolar, significa que el
alumno (a) deberá presentarse con su apoderado ante el profesor (a) jefe, quien
consignará la cita y el compromiso de cambio en el Leccionario.
03.- De cometerse nuevas faltas, posterior a la primera citación del apoderado,
corresponderá la aplicación de suspensión entre 1 a 5 (uno a cinco) días,
según la gravedad de los hechos (el criterio de gravedad se establece se
establece en el título III, de este manual)
04.- De continuar la (s) falta (s) que hayan requerido aplicar sanción de
suspensión, se podrá aplicar una segunda y hasta una tercera suspensión en
condiciones similares al punto anterior, y de mantenerse la situación, la
Dirección podrá resolver la suspensión indefinida del (la) alumno (a) (debiendo,
asistir éste a sus controles escritos), previa conversación personal entre la
Autoridad de la escuela y su apoderado. Esta vez, sin embargo, el apoderado,
deberá firmar documento de condicionalidad y la Unidad Educativa estudiará
su compromiso de matrícula para el año siguiente y/o pudiendo procederse
a la cancelación de matrícula en cualquier momento del año académico.
05.- La Dirección del establecimiento, junto al Consejo de profesores, se
reservan el derecho de resolver la situación del alumno o alumna frente a
cualquier “falta grave” que lo amerite y una vez que éste haya hecho uso de
sus derechos, procediéndose, en tales circunstancias como lo indica el punto
anterior (Título V, Artículo N° 4)
06.- Toda Conducta, que se relacione con el presente Manual de
Convivencia, se registrará en el libro de clases y se le comunicará al apoderado
a través de la Agenda Escolar.
07.- Cualquier situación no prevista en este Manual, será resuelta por la
Dirección del Colegio y el Consejo de Profesores.
08.- EN EDUCACIÓN PARVULARIA: Cuando se haya cometido faltas graves, en
este nivel, se le solicitará telefónicamente al apoderado que realice el retiro del
alumno de clases. Si el apoderado no asiste a retirarlo, será citado para el día
siguiente y el alumno podrá ser suspendido, después de evaluar el caso, según
se consigna en Anexo único, inciso III, sobre Educación Parvularia.
VI.- El Centro de Alumnos y Alumnas
Definición, fines y funciones:
El Centro de Alumnos es la organización formada por los estudiantes del
establecimiento educacional. Su finalidad es servir a sus miembros como medio
de desarrollar en ellos el pensamiento reflexivo, el juicio crítico y la voluntad de
acción; de formarlos para la vida democrática, y de prepararlos para participar
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en los cambios culturales y sociales. Las funciones del Centro de Alumnos son las siguientes:
a) Promover la creación e incremento de oportunidades para que los alumnos y
alumnas manifiesten democrática y organizadamente sus intereses, inquietudes y
aspiraciones.
b) Promover en el alumnado la mayor dedicación a su trabajo escolar,
procurando que se desarrolle y fortalezca un adecuado ambiente educativo
y una estrecha relación humana entre sus integrantes basada en el respeto
mutuo.
c) Orientar sus organismos y actividades hacia la consecución de las finalidades
establecidas en el PEI de la Escuela de Lo Narváez
d) Representar los problemas, necesidades y aspiraciones de sus miembros
ante el Consejo Escolar, las autoridades u organismos que corresponda.
e) Procurar el bienestar de sus miembros, tendiendo a establecer las condiciones
deseables para su pleno desarrollo.
f) Promover el ejercicio de los derechos estudiantiles y de los derechos humanos
universales a través de sus organismos, programas trabajo y relaciones
interpersonales.
g) Designar sus representantes ante las organizaciones estudiantiles con las
cuales el Centro se relacione
De la Organización y Funcionamiento Del Centro de Alumnos
El Centro de Alumnos de la Escuela de Lo Narváez se organizará y funcionará
con los siguientes organismos:
a) La Asamblea General
b) La Directiva
c) El Consejo de Delegados de Curso
d) El Consejo de Curso
También podrán formar parte constitutiva del Centro de Alumnos todos aquellos
organismos y comisiones de tipo funcional, permanentes o circunstanciales, que
para el mejor cumplimiento de sus funciones puedan crear la Asamblea General,
la Directiva del Centro de Alumnos o el Consejo de Delegados de Curso.
a) De la Asamblea General. La Asamblea General estará constituida por
todos los alumnos del establecimiento pertenecientes al segundo ciclo de
enseñanza básica y a ella corresponde: 1) Convocar a la elección de la Directiva del Centro de Alumnos.
2) Aprobar el reglamento interno del Centro Alumnos de acuerdo al
procedimiento establecido
La Asamblea General se reunirá en sesión ordinaria a lo menos una vez al año
a objeto de pronunciarse sobre la cuenta de gestión anual de la
directiva del Centro de Alumnos y convocar a la elección de la misma.
Asimismo, la Asamblea General podrá sesionar de manera extraordinaria
cuando sea convocada por tres o más miembros de la directiva, por el 50%
más uno del Consejo de Delegados de Curso
b) De la Directiva del Centro de Alumnos. Será elegida anualmente en votación
universal, unipersonal, secreta e informada, dentro de los primeros 45 días de
iniciado el año escolar
Para optar a cargos en la Directiva del Centro, el postulante deberá
cumplir dos requisitos:
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1) Tener a lo menos seis meses de permanencia en el establecimiento al
momento de postular
2) No haber sido destituido de algún cargo del Centro de Alumnos por
infracción a sus reglamentos.
3) No estar en calidad de condicionalidad por problemas de disciplina o
similares, según lo determine la Dirección de la escuela. La Directiva estará constituida a lo menos por un Presidente, un
Vicepresidente, un Secretario Ejecutivo, un Secretario de Finanzas (Tesorería)
y un Secretario de Actas.
Le corresponde a la Directiva:
i) Dirigir y administrar el Centro de Alumnos en todas aquellas materias de su
competencia. ii) Elaborar y ejecutar el Plan Anual de Trabajo del Centro de Alumnos.
iii) Representar al Centro de Alumnos ante la dirección del establecimiento, el
Centro de Padres y Apoderados y otras instituciones de la Comunidad. En el
caso del Consejo Escolar, se representará a través de su presidente(a).
iv) Decidir, a proposición del Consejo de Delegados de Curso, la
participación del Centro de Alumnos ante las organizaciones estudiantiles
con las cuales el Centro se relacionará y designar a los representantes
cuando corresponda.
v) Presentar al Consejo de Delegados de Curso, antes de finalizar su mandato
y antes de ser presentado a la Asamblea General, una cuenta anual de
las actividades realizadas.
vi) Convocar a lo menos una vez al mes al Consejo de Delegados de Curso, a
sesionar en reuniones ordinarias.
vii) Convocar a reunión extraordinaria a la Asamblea General, con el
acuerdo de a lo menos tres de los miembros que conforman la directiva.
c) Del Consejo de Delegados de Curso. Estará formado, por dos delegado de
cada uno de los cursos del segundo ciclo de enseñanza básica
El Presidente del Consejo de Curso será por derecho propio uno de estos
delegados. Los delegados no podrán ser miembros de la Directiva del Centro
El Consejo de Delegados de Curso será presidido por el Presidente del
Centro de Alumnos. El quórum para sesionar será de dos tercios de sus
miembros y los acuerdos deberán adoptarse por simple mayoría, las cuales
deberán aprobarse con el voto conforme de los dos tercios del quórum
para sesionar. Corresponde al Consejo de Delegados de Curso:
1) Elaborar el Reglamento Interno del Centro de Alumnos y someterlo a
aprobación ante la Asamblea General.
2) Aprobar el Plan Anual de Trabajo y el Presupuesto elaborado por la
Directiva del Centro.
3) Informar y estudiar las iniciativas, proposiciones y acciones de los diversos
cursos y grupos de alumnos con el fin de impulsar las que estime más
convenientes. 4) Determinar las formas de financiamiento del Centro de Alumnos.
5) Servir de organismo informativo y coordinador de las actividades de la
Directiva y los Consejos de Curso.
6) Constituir los organismos y comisiones permanentes y circunstanciales
que se consideren indispensables para cumplir con los objetivos del Centro
de Alumnos.
7) Pronunciarse sobre la cuenta anual y el balance que le debe presentar la
Directiva del Centro de Alumnos e informar de ella a la Asamblea General
antes de que ésta proceda a la elección de la mesa directiva.
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8) Determinar las medidas disciplinarias que corresponda aplicar a los
miembros del Centro, de acuerdo con lo estipulado en el Reglamento
Interno. Las sanciones que se apliquen sólo podrán consistir en medidas
que afectan su participación como miembro del Consejo no pudiendo, en
caso alguno significar la exclusión del Centro de Alumnos.
d) Del Consejo de Curso: Como forma de organización estudiantil, constituye
el organismo base del Centro de Alumnos. Lo integran todos los alumnos
del curso respectivo.
Se organiza democráticamente, elige su directiva y representantes ante el
Consejo de Delegados de Curso, y participa activamente en los planes de
trabajo preparados por los diversos organismos del Centro de Alumnos.
Sin perjuicio de las actividades que se desarrollen en la hora de Consejo de
Curso contemplada en el plan de estudios que aplica el establecimiento, con
acuerdo del Profesor Jefe de Curso, parte de este tiempo puede ser
empleado para tratar materias relativas al Centro de Alumnos. El Consejo
de Curso deberá iniciar sus funciones durante los primeros 30 días del año
lectivo establecimiento.
Del Asesor(a) del Centro de Alumnos
El Centro de Alumnos tendrá un(a) asesor(a) perteneciente al personal del
establecimiento para orientar el desarrollo de sus actividades y para relacionarlo
con él mismo. Los asesores de los Consejos de Curso serán sus respectivos Profesores Jefes.
La Dirección del establecimiento adoptará las medidas pertinentes que el
Centro de Alumnos cuente con los asesores que se requieran, con motivación
por el trabajo con jóvenes, de conformidad con los mismos.
PÁRRAFO 2°.- DE LOS PADRES Y APODERADOS:
I.- Definición
a) Son Padres o Madres aquellas personas naturales que, con la certificación
respectiva, acrediten su naturaleza consanguínea.
b) Son apoderados (as), de este establecimiento educacional, aquellas
personas mayores de 18 años que firmaron ante la escuela cuando matricularon
a sus hijos o hijas, asumiendo con toda responsabilidad dicho rol, el cual
implica conocer primeramente sus propios estatutos, que tienen implícito un
conjunto de deberes y derechos para llevar a cabo una educación formativa.
c) Son Apoderados, acreditados en el Centro General de Padres y Apoderados
de Escuela, aquellos apoderados de la misma, que mantengan al día sus
cotizaciones (pagos fijados por la directiva) y asistan regularmente a reuniones.
II.-Derechos y deberes:
Al presente reglamento quedan afecto todos los padres y apoderados del
establecimiento, quienes tienen el derecho a:
01.- Ser recibidos por todos los estamentos de la escuela, en los horarios
establecidos por la Dirección de la Escuela, respetando el conducto regular, a
saber: Profesor(a) del Ramo, Profesor (a) Jefe, Profesor (a) encargada de
Inspectoría, Jefe de UTP, Dirección.
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02.- Participar en todas las actividades relacionadas con los sub centros y Centro
General de Padres y Apoderados.
03.- Expresarse libremente, emitir juicios y disentir ante un hecho o situación
determinada, a través de los canales establecidos de manera adecuada,
respetuosa y siguiendo los conductos regulares (establecidos en el punto 01).
04.- Participar en la elaboración de proyectos, y/o apoyar a los que la escuela
postule, a través de sus representantes; sean éstos, propiciados por el MINEDUC
u otras instituciones.
05.- Ser informados y orientados constantemente acerca de las actividades
escolares de sus pupilos (as).
III.- De las Obligaciones
01.- Asistir a reuniones citadas por el establecimiento y por la directiva del Centro
General de Padres.
En caso de enfermedad, el apoderado justificará personalmente su inasistencia
o mediante un certificado médico dentro de 48 horas.
02.- Respetar los acuerdos tomados en reunión de apoderados, como así
también en la directiva de Centro General de Padres y Apoderados, que son
de carácter obligatorio para todos los apoderados.
03.- Justificar mediante comunicación o a través del Cuaderno de
comunicaciones toda inasistencia de su pupilo (a)
04.- Responder por todos los daños y perjuicios ocasionados por su pupilo(a),
dentro de la infraestructura de la Escuela.
05.- Respetar las norma del establecimiento, relativa al acceso a él, por lo que no
puede ingresar a la sala de clases durante el ejercicio de la docencia, excepto
en los horarios de Atención de Apoderados, debidamente establecidos.
06.- Asumir conscientemente la responsabilidad de cooperar con el proceso
educativo de su pupilo(a) tanto académico, como disciplinario, apoyando
controlando a su hijo(a) en el cumplimiento de las actividades y proveer los
elementos necesarios para el logro de éstos.
07.- Apoyar en todo momento la labor formativa del colegio, en relación con
hábitos de comportamiento y no desautorizar al profesor (a), en este sentido.
08.- Revisar cuadernos y evaluaciones, conversar con su hijo(a) las calificaciones
obtenidas, así como las tareas escolares en jornada diaria.
09.- Firmar toda evaluación y comunicación de su hijo(a).
10.- Velar porque su pupilo (a) tenga al día sus cuadernos especialmente por
días de inasistencias.
11.- Asistir a citaciones individuales (por profesor jefe o de asignatura) cuando
sea requerido.
12.- Supervisar diariamente el correcto uso del uniforme de su pupilo y
presentación personal.
13.- Asumir conscientemente la responsabilidad de cooperar con los hábitos
alimenticios de su pupilo (a) otorgados por la JUNAEB, (desayuno y almuerzo),
14.- Enviar a su pupilo (a) a clases en óptimas condiciones de salud (sin fiebre,
indigestión, vómitos, etc.).
15.- Enviar a su pupilo a clases sin pediculosis u otra enfermedad contagiosa
16.- Incentivar a su pupilo(a) en la cultura de respeto ambiental, que la
escuela ha instalado en su práctica diaria.
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17.- Actuar con respeto, prudencia y honestidad ante todo el personal de la
escuela. Esto implica no agredir física o verbalmente a un (a) integrante de la
comunidad educativa (auxiliares, personal paradocente, docentes, etc.)
La institución se reserve el derecho de hacer todas las denuncias legales
pertinentes en casos de agresión a cuales quiera de sus funcionarios (as),
considerando la prohibición de ingresar a la escuela, al agresor (a), como
medida inmediata.
18.- Respetar, cuidar y defender la buena imagen del establecimiento, evitando
efectuar comentarios y/o actitudes que la perjudiquen de manera directa o por
Redes Sociales.
Finalmente se establece que:
El apoderado debe dejar un número de teléfono o celular vigente para
en caso de urgencia comunicarse inmediatamente con él.
El apoderado toma conocimiento de que hay otros
establecimientos educacionales gratuitos y que es libre de elegir la
educación para sus hijos.
IV.- Del Centro de Padres y Apoderados y su funcionamiento.
El Centro de Padres y Apoderados de la Escuela de Lo Narváez, es la institución
formada por Apoderados de la Escuela, definidos como tales en el punto I,
c)del párrafo 2°, del presente Reglamento, quienes además deben estar
debidamente inscritos en el Registros de Apoderados de la escuela.
Su funcionamiento está definido y normado por el decreto 565 del 06 del 06 de
1990 y todas las modificaciones posteriores.
De esta normativa se extraen algunos elementos, a saber:
De las Funciones del Centro general de Padres y Apoderados
… “Para los efectos del presente decreto los Centros de Padres y
Apoderados, en adelante Centros de Padres, son organismos que comparten
y colaboran en los propósitos educativos y sociales de los establecimientos
educacionales de que forma parte.
Los Centros de Padres orientarán sus acciones con plena observancia de las
atribuciones técnico-pedagógicas que competen exclusivamente al
establecimiento, promoverán la solidaridad, la cohesión grupal entre sus
miembros, apoyarán organizadamente las labores educativas del
establecimiento y, estimularán el desarrollo y progreso del conjunto de la
comunidad escolar.
Funciones del Centro de Padres:
a) Fomentar la preocupación de sus miembros por la formación y desarrollo
personal de sus hijos y pupilos y, en consonancia con ello, promover las
acciones de estudio y capacitación que sean convenientes para el mejor
cometido de las responsabilidades educativas de la familia.
b) Integrar activamente a sus miembros en una comunidad inspirada por
principios, valores e ideales educativos comunes, canalizando para ellos las
aptitudes, intereses y capacidades personales de cada uno.
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c) Establecer y fomentar vínculos entre el hogar y el establecimiento y que
faciliten la comprensión y el apoyo familiar hacia las actividades escolares y el
ejercicio del rol que corresponde desempeñar a los padres y apoderados en el
fortalecimiento de los hábitos, ideales, valores y actitudes que la educación
fomenta en los alumnos.
d) Apoyar la labor educativa del establecimiento, aportando esfuerzos y
recursos para favorecer el desarrollo integral del alumno.
e) Proyectar acciones hacia la comunidad en general; difundir los propósitos e
ideales del Centro de Padres; promover la cooperación de las instituciones y
agentes comunitarios en las labores del establecimiento y, cuando
corresponda, participar en todos aquellos programas de progreso social que
obren en beneficio de la educación, protección y desarrollo de la niñez y
juventud.
f) Proponer y patrocinar dentro del respectivo establecimiento y en la
comunidad, iniciativas que favorezcan la formación de los alumnos, en especial
aquellas relacionadas con el mejoramiento de las condiciones económicas,
culturales, sociales y de salud que puedan afectar las oportunidades y el normal
desarrollo de los alumnos y alumnas
g) Mantener comunicación permanente con los niveles directivos del
establecimiento tanto para obtener y difundir entre sus miembros la información
relativa a las políticas, programas y proyectos educativos del establecimiento
como para plantear, cuando corresponda, las inquietudes, motivaciones y
sugerencias de los padres relativas al proceso educativo y vida escolar”………
De la organización y funcionamiento
Forman parte de la organización a lo menos los siguientes organismos:
a) La Asamblea General
b) El Directorio
c) El Consejo de Delegados de Curso
d) Los Sub-Centros de cada curso
a) La Asamblea General: Estará constituida por los padres y apoderados de los
alumnos del establecimiento que deseen participar y, en ausencia de
cualesquiera de ellos, por quienes los representen. Corresponde a la Asamblea General:
i) Elegir anualmente a los miembros del Directorio en votación universal,
secreta e informada y según los procedimientos eleccionarios que el
Reglamento Interno contemple. La elección del Directorio deberá efectuarse
dentro de 90 días de iniciado el año escolar en el establecimiento. ii) Aprobar el Reglamento Interno y sus modificaciones de acuerdo con
los procedimientos que establezca dicho Reglamento.
iii) Tomar conocimiento de los Informes, Memorias y Balances que debe
entregar el Directorio.
b) El Directorio: Estará formado a lo menos por el (la) Presidente (a), un(a)
Secretario(a), un(a) Tesorero(a) y un(a) Director(a). El Director del establecimiento o su representante, participará en las
reuniones del Directorio en calidad de asesor.
El Directorio se reunirá de manera ordinaria a lo menos una vez al mes y en
forma extraordinaria según las razones y procedimientos que el Reglamento
Interno establezca. No obstante, el Director del Establecimiento, el Presidente
del Centro de Padres o ambos conjuntamente, podrán convocar a reunión
extraordinaria del Directorio cuando existan situaciones imprevistas o urgencias
que así lo ameriten.
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Son funciones del Directorio del Centro de Padres, a lo menos las siguientes:
1) Dirigir al Centro de Padres de acuerdo a sus fines y funciones y administrar sus
bienes y recursos.
2) Representar al Centro ante la Dirección del establecimiento, la comunidad
escolar y demás organismos y agentes externos con los cuales el Centro deba
vincularse.
3) Elaborar los planes, programas y proyectos de trabajo del Centro y difundirlos
entre sus miembros. 4) Convocar a reuniones de la Asamblea General y del Consejo de Delegados de
Curso.
5) Proponer al Consejo de Delegados de Curso la designación de las personas a
cargo de los organismos internos del Centro y de las comisiones de trabajo.
6) Supervisar las actividades que realizan los organismos internos del Centro
y sus comisiones.
7) Estimular la participación de los padres y apoderados en las actividades del
Centro y apoyar decididamente aquellas iniciativas y programas de trabajo
resueltas por los Sub-Centros que contribuyen al cumplimiento de las funciones
del Centro.
8) Informar periódicamente a la Dirección del establecimiento acerca del
desarrollo de programas de trabajo del Centro de las inquietudes e intereses
de los padres en torno a la marcha del proceso escolar, y obtener de dicha
Dirección la información indispensable para mantener compenetrados a los
padres de los propósitos y desarrollo del proyecto educativo del
establecimiento.
9) Someter a aprobación del Consejo de Delegados de Curso las fuentes de
financiamiento del centro y el presupuesto anual de entradas y gastos.
10) Elaborar los Informes, Cuentas, Memorias, Balances y otros que le
corresponde presentar a la Asamblea General o al Consejo de Delegados de
Curso.
Para ser miembro del Directorio se requiere que el postulante sea mayor de 21 y
tenga a lo menos un año de pertenencia al Centro de Padres del
establecimiento
c) El Consejo de Delegados de Curso: Estará formado a lo menos por un
delegado elegido democráticamente por los padres y apoderados de
cada curso. El (la) Presidente (a) del Sub-Centro se desempeñará por
derecho propio como el o alguno de los delegados de curso.
El Consejo de Delegados de Curso se reunirá a lo menos bimensualmente y en
sus reuniones de trabajo podrán ser invitados a participar el Director del
establecimiento o su representante. El Consejo de Delegados de Curso tendrá como funciones:
1) Redactar el Reglamento Interno y las modificaciones que éste requiera y
someterlo a la aprobación de la Asamblea General.
2) Designar a las personas encargadas de los organismos internos del Centro
y a los miembros de las Comisiones de trabajo.
3) Aprobar los procedimientos de financiamiento del Centro, los montos de las
cuotas que pudiesen cancelar los miembros del Centro y el presupuesto anual
de entradas y gastos elaborado por el Directorio.
4) Coordinar las actividades que desarrollan los organismos internos y
comisiones del Centro con las que realizan los Sub-Centros.
d) Los Sub-Centros de cada curso: Por cada curso del establecimiento existirá
un Sub- Centro de Padres, el que estará integrado por los padres y apoderados
del respectivo curso, que deseen participar en él.
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A los Sub-Centros corresponderá dentro del ámbito de sus respectivas
competencias, cumplir y promover las funciones del Centro de Padres
establecidas en el presente reglamento.
Dentro de 30 días de iniciado el año escolar en el establecimiento, cada Sub-
Centro elegirá democráticamente una directiva y al o los delegados que lo
representarán en el Consejo de Delegados de Curso. La directiva y los delegados
permanecerán un año en sus funciones.
La directiva de cada Sub-Centro estará integrada por el Presidente y el número
restante de miembros que establezca el Reglamento Interno. Este Reglamento
indicará igualmente las normas y procedimientos para la elección de la
directiva, de los delegados y los reemplazos que hubiesen de realizarse. A las directivas de los Sub-Centros corresponderá fundamentalmente:
1) Estimular la participación de todos los miembros del Sub-Centro en las
actividades promovidas y programadas por el Centro de Padres.
2) Poner en ejecución los programas específicos de trabajo y decisiones que en el
marco de los fines y funciones del Centro de Padres y Apoderados, sean
resueltas por los miembros del Sub-Centro.
3) Vincular al Sub-Centro con la directiva del Centro de Padres con los otros Sub-
Centros, y, cuando corresponda con la Dirección del establecimiento y con
profesores Jefes de Curso
Finalmente: Los Centros de Padres que desearen obtener personalidad jurídica,
se constituirán de acuerdo a las normas señaladas en el Título XXXIII del Libro I
del Código Civil, con las modalidades que se señalan en este reglamento,
pudiendo adoptar los estatutos que libremente aprueben o el estatuto tipo
aprobado por los Ministerios de Justicia y de Educación.
Los Centros de Padres que se acojan al estatuto tipo, se constituirán por
instrumento privado protocolizado, suscrito por los constituyentes. Asimismo los
Centros de Padres se podrán constituir DTO 828, EDUCACION como personas
jurídicas de acuerdo con las normas Art. único a) señaladas en la Ley N° 19.418
de 1995, que establece D.O. 19.01.1996 normas sobre Juntas de Vecinos y
demás organizaciones comunitarias, con las modalidades que correspondan,
pudiendo adoptar los estatutos que libremente aprueben o el estatuto tipo
aprobado por los Ministerio del Interior y de Educación
PÁRRAFO 3º: DE LOS PROTOCOLOS
Son los procedimientos establecidos para la puesta en marcha de un plan de
actuación o conjunto de acciones de emergencia ante una falla no planificada
A.- De actuación frente a sanciones por aplicar:
Cuando un(a) alumno(a) actúa de manera incorrecta, tal que la situación
merece la aplicación de sanciones descritas en el presente manual:
01.- Llamado de atención, de manera directa; anotación en el
leccionario. 02.- Conocimiento de Inspectores y Profesor(a) Jefe.
03.- Aplicación de Sanciones respectivas, según manual, que implica
conocimiento de apoderado, según gravedad de las faltas.
Solo si la situación lo requiere:
04.-Conocer de la Sanción, según los contenidos del manual de convivencia,
por el (la) Encargado (a) de Convivencia Escolar
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05.- Escuchar las versiones de los involucrados (alumnos o funcionarios) y estudiar
el caso, por Comité de Convivencia Escolar
06.- Conocimiento de la Dirección de la Escuela
07.- Instruir investigación interna, si la situación lo establece
08.- Si la situación lo amerita, consulta al Consejo de Profesores.
09.- Aplicar la normativa indicada en el párrafo 1° y sus títulos del ( I al V).
Sobre los procesos de Apelación:
Cada vez que el (la) alumno (a) reciba alguna sanción, tal como se estipula en el
presente Manual, éste podrá apelar de la forma siguiente:
En el caso de faltas leves o de mediana gravedad, el (la) alumno (a) se dirigirá
directamente a su Profesor (a) jefe para comunicarle su petición. El (la) profesor
(a) Jefe evaluará el caso y considerará la solución del caso con el docente
involucrado o la derivación a instancias superiores
En caso de faltas graves y muy graves si un alumno desee apelar a una
sanción el procedimiento será el siguiente:
1. El apoderado podrá presentar una Carta de apelación al Comité de
Convivencia Escolar (C.C.E.), para la revisión de la sanción dentro de los tres días
hábiles siguientes a la comunicación de la sanción
2. El C.C.E. revisará la carta de apelación y comunicará a la Dirección,
pudiendo éste, si así lo estimare, someter a la decisión al consejo de profesores.
3. La resolución será comunicada en un máximo de cinco días a contar del día
que se presentó esta apelación.
CONSEJOS DE DISCIPLINA DOCENTE:
Durante el año escolar la Dirección podrá convocar al Consejo de Profesores
para analizar situaciones disciplinarias de los alumnos. Las decisiones que se
acuerden en dichos consejos docentes podrán generar sanciones disciplinarias
escritas, traslados de curso, suspensiones de clases, condicionalidades y
cancelación de matrícula. Estas decisiones serán notificadas por el Inspector en
forma escrita a los alumnos y apoderados.
B.- En casos de Accidentes dentro de la Unidad Educativa
Si un (a) alumno(a) sufre algún accidente en la escuela o durante el
desarrollo de actividades que se hayan programado con el conocimiento y
autorización de los padres. 01.- El docente encargado procederá a evaluar la
condición del accidentado(a)
02.- El docente y/o adulto responsable aplicará primeros auxilios, factibles.
03.- El funcionario debe dar aviso al Encargado de salud y/o directamente a la
Dirección, quien deberá decidir sobre el traslado del alumno (a) al centro
asistencial, según la gravedad del evento. La escuela NO cuenta con vehículos
de traslado, por lo que, de producirse una emergencia que lo requiera, deberá
llamarse a la ambulancia.
También debe considerarse el hecho de que el SEGURO ESCOLAR solo opera
en el Hospital de Limache y No en el CESFAM de Olmué.
04.- “Paralelamente” se comunicará con el apoderado, para que sea éste
quien, en conocimiento del punto anterior y en presencia del (la) docente de
la escuela tome la decisión de llevar al niño(a) al hospital, al CESFAM o solo a su
hogar.
05.- Si el alumno(a) es trasladado al hospital, el docente presente, deberá
entregar a quien proceda al traslado (Apoderado, funcionario de la escuela
o funcionario del servicio de salud) el documento de SEGURO ESCOLAR, firmado
por la autoridad a cargo de la escuela, en ese momento.
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06.- El funcionario de la escuela, que tomó conocimiento, deberá consignar en la
Bitácora de registro diario, todo lo sucedido y las medidas adoptadas.
C.- En casos de Pediculosis u otra enfermedad infecto contagiosa
Cuando algún (a) docente identifique a algún (os) alumnos o alumnas con
alguna enfermedad contagiosa (virus de cualquier tipo contagioso) o cuando
éstos sean portadores de pediculosis, los pasos a seguir serán los siguientes:
01.- Comunicación escrita al apoderado indicando la detección de la situación
02.- Permanencia del (la) alumno(a) EN SU HOGAR HASTA SOLUCIONADO EL
PROBLEMA, es decir, hasta que el niño o niña este sano y se demuestre que no
seguirá el contagio.
03.- Si los padres insisten en mandar al alumno a clases, éste deberá ser devuelto
a su hogar con un funcionario de la escuela y proceder a hacer denuncias a los
organismos que correspondan, por vulnerabilidad del menor.
04.- Solucionado el problema, el alumno o alumna se reintegra en forma normal
y se le aplicarán controles y evaluaciones según corresponda al trato de un
alumno que haya presentado Licencia Médica.
D.- En casos de Eventos de gran envergadura (Incendios, Sismos u otros)
En la eventualidad de producirse algún evento de carácter mayor (Sismos,
incendios u otros) en horarios de permanencia de los estudiantes en la Unidad
Educativa, todos los miembros de la comunidad deberán respetar, de la mejor
manera posible, estas disposiciones:
01.- Seguir las instrucciones del Plan de Seguridad Interna, que establece
procedimientos diferenciados, según el tipo de situación presentada
Eventualmente, sin embargo, se deben seguir algunas reglas básicas, a saber:
El evento será anunciado por repique seguido de campanadas
Salir a Zonas de Seguridad indicadas con Flechas en las paredes siempre
bajo la tutela del docente a cargo
Mantenerse en los lugares seguros hasta que se disponga.
02.- Después de que la autoridad que esté a cargo de la Escuela en el
momento, lo decida, reingresar al trabajo normal.
Secuencia de autoridad: Director; Jefa de UTP; Profesor(a) de Turno;
Encargado de Convivencia
03.- El eventual retiro de alumnos de la escuela, solo se concretará, con las
siguientes restricciones:
Para niños (as) desde pre kínder a cuarto año: Solo se pueden retirar
con la presencia de su apoderado o a quien éste designe
Para niños(as) desde 5° a 8° año: Solo se podrán retirar, si sus padres se
comunican con la escuela por vía telefónica y expresamente lo autorizan.
Los funcionarios de la escuela, podrán retirarse a sus hogares, solo si la
autoridad responsable lo autoriza y cuando todos sus alumnos a cargo hayan
sido debidamente ubicados con sus familiares.
Todos los alumnos que no sean retirados debidamente, permanecerán
en la escuela hasta el término de la jornada.
04.- Las actividades de la escuela continúan con normalidad, excepto que se
comunique a los apoderados, por escrito otra resolución.
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E.- Para prevenir el maltrato infantil y/o Vulnerabilidad.
Si un estudiante presenta signos físicos, emocionales o conductuales, que hagan presumir que pudiera ser víctima de maltrato de cualquier tipo u otra vulneración de sus derechos, ya sea interna o externamente a la institución: 01.- Poner en conocimiento a la Dirección y Encargado de Convivencia.
02.- El encargado de Convivencia deberá recopilar antecedentes suficientes del caso, para determinar si efectivamente existen sospechas fundadas de algún tipo de maltrato o vulneración, plazo máximo (24 horas). 03.- Si no se encuentra el Encargado de Convivencia, deberá ser el profesor (a) Jefe quien recopile los antecedentes suficientes, siendo siempre este último, (Profesor(a) Jefe) el responsable de las denuncias pertinentes. El modo de proceder será:
3.1.- Citar a los apoderados del alumno (a) para informarle sobre los antecedentes que afectarían a su hijo (a). 3.2.- Determinar en conjunto con los padres y/o apoderado la posible intervención de especialistas externos. 3.3.- Realizar acompañamiento y seguimiento del menor por parte del Encargado de Convivencia y profesor jefe En caso de no tener los suficientes datos y/o pruebas la investigación quedará suspendida hasta que se recaben nuevos antecedentes con un plazo máximo de una semana. De no haber cambios la investigación quedará nula. 04.- En caso que la sospecha recaiga sobre el padre, madre u otro adulto, se pondrán inmediatamente los antecedentes a disposición del Tribunal de Familia y/o Redes de Apoyo. Bajo ninguna circunstancia se debe citar a los posibles agresores 4.1.- En caso que sea un adulto externo a la familia, se citará al apoderado para comunicarle la situación. 4.2.- Se informará a Carabineros o PDI, para que se investigue el hecho (denunciar) dentro de las 24 horas desde que se conocieron los acontecimientos.
F.- Intervención ante sospechas de abuso sexual a menores
Si un (a) estudiante presenta signos físicos, emocionales o conductuales, que hagan presumir que pudiera ser víctima de abuso sexual, ya sea por situación interna o externamente a la institución, deberá seguirse los siguientes pasos: 01.- Poner en conocimiento al Encargado(a) de Convivencia, por parte del funcionario que hizo la observación que generó la sospecha. 02.- El encargado de Convivencia deberá recopilar antecedentes suficientes del caso, para determinar si efectivamente existen sospechas fundadas, plazo máximo (24 horas). 03.- Si no se encuentra el Encargado de Convivencia, deberá ser el profesor (a) Jefe quien recopile los antecedentes suficientes para luego informar al encargado convivencia y/o la Dirección. Solo uno de estos dos funcionarios (encargado convivencia o profesor jefe) podrá realizar la investigación inicial para evitar la sobre exposición del caso. Estando el caso, en conocimiento del encargado de convivencia y/o la Dirección, si éstos lo acogen, el modo de procedimiento será el siguiente: a) Derivar a sicólogo para entrevista inicial
b) Citar al apoderado, solo en caso de que esta decisión no afecte el desarrollo de la investigación. c) Determinar “solo entre los funcionarios mencionados” (Dirección, encargado convivencia y sicólogo) la validez de la situación y determinar: Si no verdadero: El (la) sicólogo(a) tomará el caso para apoyar al
estudiante y evitar nuevas denuncias falsas Si se determina validez: Denuncia a fiscalía, previa comunicación con los
padres o tutores, siempre que la situación no esté generada desde el hogar.
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G.- En casos de alumnas en estado de embarazo y madres lactantes.
“El embarazo y la maternidad, no constituyen impedimento para ingresar y
permanecer en los establecimientos de educación de cualquier nivel.
Estos últimos deberán, además, otorgar las facilidades académicas del caso” (Ley
Constitucional Nº 19688 de 30/08/2000)
Los procedimientos, en cuanto a sus aspectos disciplinarios y de convivencia, sobre
las alumnas en estado de embarazo que se establecen para ellas, son:
El/la Encargado/a de Convivencia escolar evaluará la situación académica de la
alumna en el momento del conocimiento de su embarazo, para su posterior
desempeño escolar.
La alumna podrá asistir regularmente a clases mientras su salud se lo permita.
Se le aplicarán pruebas orales o escritas, conforme a su situación.
En el caso de continuas inasistencias podrá recuperar sus materias con ayuda
del/la Encargado/a de Convivencia escolar y su apoderada/o. Al no poder asistir
la alumna más a clases, por su estado, la apoderada/o se preocupará de asistir al
establecimiento para recoger documentos (hojas, guías, etc.,) que ayuden a la
promoción de la alumna. En ningún caso la alumna será expulsada o cancelada
su matrícula, teniendo la certificación médica que la acredite para continuar su
educación.
Al no asistir la alumna a las pruebas o interrogaciones, quedará con un proceso no
terminado.
H.- Del acceso al interior del establecimiento de personas ajenas a los alumnos y
funcionarios:
El ingreso al interior del establecimiento de cualquier persona, que no sea
funcionario y/o autoridad reconocida por portería, deberá ser informada, antes de
que ello se concrete, al Director o la autoridad encargada, quien autorizará o
negará tal ingreso. Éste será consignado en la “Bitácora de Portería”
En el caso específico de padres, madres o apoderados, solo podrán hacer ingreso
al establecimiento en determinadas situaciones y bajo las siguientes condiciones:
Reuniones de apoderados
Entrevistas con Profesor Jefe, Inspectoría, Dirección u otro estamento
Actos y actividades extra programáticas en donde se haya notificado
previamente su asistencia mediante una comunicación.
La solicitud de entrevistas con Profesores y Asistentes deberá quedar consignada
por escrito.
Al momento de hacer asistir a entrevista con Profesor, el apoderado deberá mostrar
en portería la notificación en donde se le asignó fecha y hora para dicha entrevista.
El ingreso de apoderados debe regirse por lo consignado en el presente Manual
de Convivencia, en el párrafo 2°, inciso III, artículos 16 al 18.