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1 LAS MUJERES Y LA POLÍTICA EN ESPAÑA Y FINLANDIA: LA PLATAFORMA DE ACCIÓN DE BEIJING 20 AÑOS DESPUÉS Autor: Adrián González Sahuquillo Resumen: En los años 50 se pensaba que el tiempo ajustaría las tasas de participación de las mujeres en la política, pero a mediados de los años 70 la tasa promedio de escaños ocupados por mujeres en la Unión Europea no superaba el 9%; y diez años más tarde, la media en la Unión Europea sólo había alcanzado el 11,8%. Resultaba evidente que el tiempo no resolvería el déficit de la falta de mujeres en los parlamentos y en el espacio público, y que era necesario establecer mecanismos de compensación. Será el resultado de la cuarta y última conferencia mundial sobre la mujer de la ONU el tema central de este trabajo: La Declaración y la Plataforma de Acción de Beijing de 1995, centrada en dos de los 189 países firmantes, España y Finlandia. Donde trataremos de analizar si veinte años después ambos países han cumplido y llevado a cabo eficazmente las medidas y políticas que firmaron. Las diferencias en la evolución parlamentaria de las mujeres de estos dos países son obvias, Finlandia es primer estado en conseguir en 1906 que las finlandesas fueran las primeras mujeres de Europa con derecho a votar y las primeras en el mundo con derecho a elegibilidad parlamentaria; pero la evolución femenina de ambos en el parlamento ha ido aumentando paulatinamente, a pesar de que los finlandeses y finlandesas ya llevaran mucho camino hecho respecto a España, y la mayoría de países Occidentales en general. No obstante, no hay que obviar la rápida evolución de España que, aunque la igualdad en términos legislativos llegara de una forma efectiva en el 2007, ha conseguido ponerse a la altura de países tan pioneros en igualdad de género como lo es Finlandia. A pesar de esto, los datos y la eficacia de las medidas muestran antagonismos: las políticas de discriminación positivas, como la ley de cuotas, son cuestionadas de carecer de objetividad y resultar hasta cierto nivel segregacionistas; la representación de las mujeres tiene sus diferencias en parlamentos, ministerios, como cabezas de lista, en la mesa del congreso y en comisiones parlamentarias; la permanencia en las legislaturas es fija para ellos y rotativa para ellas; y se suma los importantes hándicaps añadidos que tienen las mujeres, aceptados y asentados en sociedad. Palabras clave: mujeres, paridad, política, ONU, Finlandia, España

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LAS MUJERES Y LA POLÍTICA EN ESPAÑA Y

FINLANDIA: LA PLATAFORMA DE ACCIÓN DE

BEIJING 20 AÑOS DESPUÉS

Autor: Adrián González Sahuquillo

Resumen:

En los años 50 se pensaba que el tiempo ajustaría las tasas de participación de las mujeres

en la política, pero a mediados de los años 70 la tasa promedio de escaños ocupados por

mujeres en la Unión Europea no superaba el 9%; y diez años más tarde, la media en la

Unión Europea sólo había alcanzado el 11,8%. Resultaba evidente que el tiempo no

resolvería el déficit de la falta de mujeres en los parlamentos y en el espacio público, y

que era necesario establecer mecanismos de compensación. Será el resultado de la cuarta

y última conferencia mundial sobre la mujer de la ONU el tema central de este trabajo:

La Declaración y la Plataforma de Acción de Beijing de 1995, centrada en dos de los 189

países firmantes, España y Finlandia. Donde trataremos de analizar si veinte años después

ambos países han cumplido y llevado a cabo eficazmente las medidas y políticas que

firmaron.

Las diferencias en la evolución parlamentaria de las mujeres de estos dos países son

obvias, Finlandia es primer estado en conseguir en 1906 que las finlandesas fueran las

primeras mujeres de Europa con derecho a votar y las primeras en el mundo con derecho

a elegibilidad parlamentaria; pero la evolución femenina de ambos en el parlamento ha

ido aumentando paulatinamente, a pesar de que los finlandeses y finlandesas ya llevaran

mucho camino hecho respecto a España, y la mayoría de países Occidentales en general.

No obstante, no hay que obviar la rápida evolución de España que, aunque la igualdad en

términos legislativos llegara de una forma efectiva en el 2007, ha conseguido ponerse a

la altura de países tan pioneros en igualdad de género como lo es Finlandia.

A pesar de esto, los datos y la eficacia de las medidas muestran antagonismos: las políticas

de discriminación positivas, como la ley de cuotas, son cuestionadas de carecer de

objetividad y resultar hasta cierto nivel segregacionistas; la representación de las mujeres

tiene sus diferencias en parlamentos, ministerios, como cabezas de lista, en la mesa del

congreso y en comisiones parlamentarias; la permanencia en las legislaturas es fija para

ellos y rotativa para ellas; y se suma los importantes hándicaps añadidos que tienen las

mujeres, aceptados y asentados en sociedad.

Palabras clave: mujeres, paridad, política, ONU, Finlandia, España

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ÍNDICE

I. INTRODUCCIÓN ........................................................................................................... 3

II. LA ACCIÓN POSITIVA Y SU CUESTIONADA EFICACIA ............................... 4

2.1. Ley de Cuotas .......................................................................................................... 6

2.2. Sistema Cremallera ................................................................................................. 6

2.3. La Democracia Paritaria y sus entramados .......................................................... 7

III. ANÁLISIS DE LA EVOLUCIÓN PARLAMENTARIA DE LAS MUJERES:

ESPAÑA Y FINLANDIA ....................................................................................................... 8

3.1. España: Antecedentes históricos anteriores a Beijing y aportaciones

posteriores. ........................................................................................................................... 8

3.2. Finlandia: Antecedentes históricos anteriores a Beijing y las aportaciones

posteriores .......................................................................................................................... 14

3.3. Análisis comparativo de la evolución parlamentaria en España y Finlandia .. 20

IV. CONCLUSIÓN .......................................................................................................... 27

V. BIBLIOGRAFÍA ........................................................................................................... 28

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I. INTRODUCCIÓN

La Declaración Universal de Derechos Humanos establece que “toda persona tiene

derecho a participar en el gobierno de su país”. A pesar de esto, en los años 50 se

pensaba que el tiempo ajustaría las tasas de participación de las mujeres en la política,

pero a mediados de los años 70 la tasa promedio de escaños ocupados por mujeres en la

Unión Europea no superaba el 9%.

Diez años más tarde, en 1989, el porcentaje promedio de la Unión Europea sólo había

aumentado en tres puntos, alcanzando el 11,8%. Resultaba evidente que el tiempo no

resolvería el déficit de la falta de mujeres en los parlamentos y en el espacio público y

que era necesario establecer mecanismos de compensación. Las voces que evidenciaban

la falta de representación de las mujeres en el espacio público no sólo no pudieron

acallarse, sino que fueron aumentando su eco. El 3 de noviembre de 1992 se adoptó en la

primera Cumbre Europea "Mujeres en el Poder" la Declaración de Atenas en la que se

denunciaba el déficit democrático y se proclama la necesidad de conseguir un reparto

equilibrado de los poderes públicos y políticos entre hombres y mujeres. Este documento

es el punto de referencia inicial en la lucha por la paridad tanto desde las instituciones de

la Europa Comunitaria como en los países que la conforman. (Boix, 2007)

La habilitación y autonomía de las mujeres y el mejoramiento de su condición social,

económica y política son fundamentales para el logro de un gobierno y una administración

transparentes y responsables y del desarrollo sostenible en todas las esferas de la vida,

pero son las relaciones de poder las que impiden que las mujeres puedan vivir plenamente

funcionan a muchos niveles de la sociedad. El objetivo de igualdad de participación de la

mujer y el hombre en la adopción de decisión proporciona un equilibrio igualitario que

refleja la composición de una sociedad, su democracia y el correcto funcionamiento de

ella.

Tal y como muestra la Declaración de Beijing (1995): “La participación equitativa de

las mujeres en la vida política desempeña un papel crucial en el proceso general de

adelanto de estas. La participación igualitaria de la mujer en la adopción de decisiones

no sólo es una exigencia básica de justicia o democracia sino que puede considerarse

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una condición necesaria para que se tengan en cuenta los intereses de la mujer. Sin la

participación activa de la mujer y la incorporación del punto de vista de la mujer a todos

los niveles del proceso de adopción de decisiones no se podrán conseguir los objetivos

de igualdad, desarrollo y paz”.

La ocupación por parte de las mujeres de cargos políticos, y con ellas, la adopción de

decisiones desde los gobiernos y/o los órganos legislativos, permiten reforzar iniciativas

políticas e incluirlas en los programas de los propios partidos, así como nuevos temas que

tienen que ver con el género, valores y experiencias de la mujer, y ayuda a tener muchos

más puntos de vista sobre políticas generales.

A pesar de que en la mayoría de los países existe un movimiento generalizado de

democratización, la mujer suele estar poco representada en casi todos los niveles de

gobierno, sobre todo a nivel de los ministerios y otros órganos ejecutivos, y además ha

avanzado poco en el poder político en los órganos legislativos, y es esto precisamente lo

que trataremos de analizar en este trabajo, comparando a Finlandia y España: qué medidas

han adoptado estos países a partir de Beijing, y si ha afectado a la evolución parlamentaria

de las mujeres, utilizando documentos oficiales CEDAW ONU e informes sombra de los

países en cuestión, realizados a espaldas de los gobiernos por asociaciones de mujeres.

II. LA ACCIÓN POSITIVA Y SU CUESTIONADA EFICACIA

Tratar de manera desigual lo que en el punto de partida tiene una situación desigual

sería la base del concepto de Acción Positiva, más conocida como “discriminación

positiva”. Mª Ángeles Berrera define a la acción positiva en términos generales como

“una serie de medidas o planes vinculados de un modo u otro al Derecho

(fundamentalmente al poder normativo de la Administración) y destinados a eliminar la

desigualdad o discriminación intergrupal”. (Barrere, 2003)

Pero en términos más específicos, esta discriminación expresa:

“[…] una acción que, a diferencia de la discriminación negativa (o simplemente

discriminación), pretende establecer políticas que dan a un determinado grupo social,

étnico, minoritario o que históricamente haya sufrido discriminación a causa de

injusticias sociales, un trato preferencial en el acceso o distribución de ciertos recursos

o servicios así como acceso a determinados bienes, con el objeto de mejorar la calidad

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de vida de grupos desfavorecidos, y compensarlos por los perjuicios o la discriminación

de la que fueron víctimas en el pasado”. (Borge, 2012)

Este tipo de acción nace en Estados Unidos en la década de los 60 y parte del derecho

antidiscriminatorio que surge como reacción a las protestas protagonizadas por la

población afroamericana, y por otras minorías y movimientos de contestación social. Pero

este tipo de políticas de discriminación positiva se plantean en numerosos ámbitos, y no

sólo por cuestiones de sexo, sino también para tumbas las desigualdades por motivos de

raza, edad, opción sexual o discapacidades.

En este caso, centrándonos en la cuestión de género y más concretamente en el ámbito

político, a primera vista la acción positiva se muestra bastante beneficiosa, no obstante,

ha sido tachada como una medida que carece de objetividad y que hasta cierto nivel

resulta segregacionista. Siguiendo esta línea, Mª Ángeles Cabré (2014) afirma que “me

consta que discriminación positiva suena a oxímoron, es decir a juego de contrarios. En

cuestión de género, suena incluso a ofensa: ¿necesitan las mujeres que se las discrimine

aún más de lo que se les ha discriminado ya, aunque sea ahora para bien?”, esta serie

de afirmaciones ponen de debate estas medidas, incluso se pone en duda su eficacia,

sospechosas de tener un trasfondo: “esa negativa a aceptar una merecidísima ventaja, y

la cacareada controversia que la cuestión arrastra, llevan a pensar que algo esconde el

asunto más allá de la natural discrepancia”.

Trasladándolo a los razonamientos actuales de mujeres y hombres, y sobre todo en los

jóvenes, tal como recalca Cabré “las chicas jóvenes de hoy no quieren ni oír hablar de

cuotas y demás zarandajas, que les suenan al para ellas caduco feminismo: ellas jamás

han sido discriminadas, o eso creen. Curiosamente, en su pertinaz alergia también

olvidan que los varones llevan siglos administrando en su propio beneficio políticas de

discriminación positiva y que les ha ido espléndidamente” pero realmente como bien

sigue explicando esta autora “habría que explicarles a esas tiernas muchachas en flor

(…) que las políticas de discriminación positiva caminan hacia una nueva socialización,

tan necesaria, basada en la cooperación (…). Siendo la discriminación positiva tan solo

un instrumento para romper el a estas alturas abominable techo de cristal, es de necios

matar al mensajero cuando son tantos los beneficios que lo que nos trae nos puede

deparar”. (Cabré, 2014)

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2.1.Ley de Cuotas

Algunos países han establecido en sus legislaciones un porcentaje de participación o un

número de campos designados para la intervención femenina. Promoviendo así que las

mujeres accedan más fácilmente a cargos de administración pública (tanto de menor como

de mayor jerarquía). Sin embargo, no todos los partidos políticos tienen el mismo interés

por fomentar dicha participación, sino que se preocupan únicamente por cumplir con una

cuota específica fijada por ley, tal y como analizaremos posteriormente en los casos de

nuestros dos países: Finlandia y España.Así pues, la Ley de Cuotas es una media que cabe

dentro del concepto de Acción Positiva y a través de ella se plantea el objetivo de generar

una base igualitaria entre hombres y mujeres en el acceso a los cargos de poder en

distintos ámbitos. Se establecen cuotas máximas (o mínimas) de participación por sexo

en candidaturas y porcentajes de cargos en elecciones municipales y parlamentarias.

En su origen, la primera Ley de Cuotas existentes se llevó a cabo en Argentina en 1991,

y ha dado pie a que los partidos socialistas en los diferentes países hayan abierto la brecha

para el establecimiento de las cuotas en la participación de las mujeres, como es el caso

de España y Finlandia.

2.2.Sistema Cremallera

Además de la cuota (la presencia de mujeres en las listas) es

importante que estas mujeres estén situadas en puestos con

posibilidades reales de ser elegidas, ya que son frecuentes los

casos en los que se las coloca al final de las listas para engrosar

el porcentaje con el objetivo de cumplirlo.

El mecanismo más eficaz para contrarrestar esta práctica es el

establecimiento del sistema cremallera, el cual las mujeres y

los hombres ocupan puestos alternos, los hombres ocupan los

puestos impares y las mujeres los pares, o viceversa. Esta medida permite que exista

alternancia de mujeres y hombres en las listas electorales y que la representación sea

equitativa.

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Esta acción se puede observar en la actualidad en partidos españoles como Izquierda

Unida, PSOE o Podemos, sin ir más lejos, en las elecciones generales de España de 2015

(20-D).1

2.3. La Democracia Paritaria y sus entramados

En la Cumbre mundial de la mujer de Beijing celebrada en 1995 la Democracia

paritaria fue uno de los propósitos establecidos para el 2005 en España, por lo que

implicaba que en esa fecha se alcanzara el acceso efectivo de la mujer a los niveles de

toma de decisiones políticas en un 50%.

En el ámbito de la política la paridad planteaba sustentosos debates, en la que las

preguntas eran constantes: ¿Se puede alcanzar realmente la paridad? ¿Sólo se puede

alcanzar mediante acciones positivas y no por sí sola? ¿Está consolidada la paridad una

vez alcanzada? ¿Los varones son insustuibles y las mujeres intercambiables? ¿El

problema es solo de cifras? …

En España, por ejemplo, según ha ido aumentando las cuotas de representación femenina

ha ido disminuyendo el tiempo que las mujeres permanecen en sus cargos. El estudio

sobre “Paridad y consolidación del poder de las mujeres” realizado por Alicia Miyares

(Varela, 2004) demuestra que el 60 % de las diputadas sólo permanecen una legislatura,

y de hecho sólo tres mujeres: Ana Balletbó y Carmen del Campo Casasús, del PSOE, y

Celia Villalobos, del PP, han permanecido seis legislaturas fijas en el Congreso de

Diputados. Esta rotación hace que las mujeres no tengan verdaderamente un poder real

y que desde esta institución las mujeres se hagan oir:

“Hacer la renovación por la vía de las mujeres. Ese es el truco. Los responsables de los

partidos políticos buscan mujeres muy profesionales a las que alquilan durante una

legislatura y luego les dicen adiós. La mayoría de los independientes son mujeres.

Cuando las cambian no tienen ningún lío en el partido porque ellas no cuentan con quien

las defienda. Y además ellas quedan bien porque han renovado las listas. Perfecto”

comentaba Ana Balletbó en una entrevista (Valera, 2004)

1 Papeleta electoral de las elecciones generales del 2015 (20-D) de diputados y diputadas por Cantabria del PSOE.

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“Las mujeres no estamos en los círculos de confianza donde se ejerce el poder y el motivo

es básico: ellos se conocen desde hace más de muchos años... tienen un nivel de confianza

que está por encima del cargo que ocupa cada uno de manera coyuntural... hace 20 años

las mujeres no estábamos allí y jugamos en desventaja” señalaba Lourdes Muñoz

(Valera, 2004)

Durante años la lucha de una buena parte del movimiento feminista ha sido por el derecho

a estar presente, porque las mujeres tengan el mismo derecho a equivocarse que los

hombres, también el mismo derecho a la incompetencia y a la competencia de ellos.

Pero pensar sólo en cifras, advierte la filósofa Victoria Sendón (2002), implica el peligro

de que se instaure “la política del harén”, que consiste en que “cada jeque se rodea de

sus chicas y elije a las menos molestas, a las más sumisas, a las que no le van a robar

protagonismo, o como mucho, a las que le darán más votos. Si la paridad no se ejercita

desde las propias mujeres que eligen a sus representantes y las imponen a los partidos,

la cosa no tiene sentido”.

Por otro lado, tampoco las cifras pueden llevarnos a engaño: en España, de momento,

sólo se ha alcanzado la paridad en el poder legislativo: el Consejo de Ministros de José

Luís Rodríguez Zapatero fue paritario con el 50% de mujeres y 50 % de hombres, pero

en los segundos niveles de gobierno la presencia de las mujeres quedó reducida a un 24%.

“El fin de la paridad es un cambio de actitudes y valores respecto a la distribución social

de los sexos. Si al final la paridad va a consistir en que seguimos perpetuando los

estereotipos, la hemos vaciado de contenido” - confirma Alicia Miyares (Varela, 2004).

III. ANÁLISIS DE LA EVOLUCIÓN PARLAMENTARIA DE LAS

MUJERES: ESPAÑA Y FINLANDIA

3.1.España: Antecedentes históricos anteriores a Beijing y aportaciones

posteriores.

Tal y como plantea Monserrat Boix (2005), la incorporación al espacio público por parte

de las mujeres en España no ha sido nada fácil. Las primeras mujeres que participaron en

la vida política ocuparon 13 escaños (de los 385) de las Cortes Generales en 1923 durante

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la Dictadura de Primo de Rivera. Éstas fueron designadas a título personal porque en ese

momento las mujeres españolas no tenían derecho al voto.

Ya con II República Española se permitió la participación de las mujeres, logrando el

acceso de tres diputadas en las Cortes Constituyentes de 1931. Pero el verdadero cambio

significativo, al menos desde la legalidad, se hizo en 1933 con la aprobación de la

Constitución, la cual garantizaba el sufragio popular, y con él el derecho de las mujeres

para votar. No resultó nada fácil este hecho, ya que se consideraba que las mujeres estaban

bajo la influencia de la Iglesia Católica y la izquierda y se temía que su voto fuera

conservador y no pudiera perdurar la República.

La figura representativa que luchó y logró que las mujeres pudieran acceder al voto fue

la de Clara Campoamor, diputada del Partido Radical, que desde la Comisión

Constitucional defendió “con uñas y dientes” los derechos de las mujeres. Peleó para

establecer la no discriminación por razón de sexo, la igualdad legal de los hijos fuera y

dentro del matrimonio, el divorcio y el sufragio universal sin achantarse ni por las fuertes

presiones que recibió incluso de su propio partido, ni ante la amenaza de mantener su

posición política, cosa que, significó el final de su carrera política.

Con la llegada del franquismo, las Cortes franquistas constituidas en 1943 y tenían como

única representación femenina sólo dos mujeres -de la Sección Femenina- las cuales

fueron nombradas diputadas. Es ya, en 1968, cuando empiezan a ser elegidas algunas

alcaldesas, y en 1975 cuando fueron nombradas trece diputadas. Tanto durante la guerra

civil, como posteriormente en la etapa de la dictadura franquista, las mujeres (de la

derecha y de la izquierda) eran tremendamente activas en el espacio público, de hecho,

fue el movimiento feminista quien dos semanas después de la muerte de Franco organizó

el primer mitin político de la Transición, pero los espacios de decisión política

continuaban siendo limitados para las mujeres.

En 1977 se legalizan los partidos políticos y se celebran elecciones generales. Entre las

más de 5000 candidaturas se encontraban 753 mujeres luchando por los 350 escaños del

Congreso de Diputados. En las elecciones al Congreso de Diputados de 1979 la presencia

femenina no es superior a un 6%, cifras similares a las convocatorias electorales

posteriores desde el 82 al 89 en el que la presencia femenina oscila entre el 2,4 % y el 5,6

%. (Jimez, citado en Boix, 2005)

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Figura 1: Evolución Parlamentaria de las mujeres en España antes de Beijing en %.

Son las mujeres del Partido Socialista de Cataluña, en 1982, las que logran incorporar el

primer compromiso de cuotas en un partido español. Se empezó por un 12 %, se siguió

con el 15% y el 20 y el 25 % siguiendo como ejemplo la dinámica de las socialistas

francesas.

En 1988 el PSOE aprueba en su congreso la cuota del 25 %, pero será nueve años más

tarde, en 1996, cuando logren adoptar una cuota de representación paritaria, entre un 40

y un 60 % para hombres y mujeres, en los órganos del partido y en las listas electorales.

Informes de la ONU (1986) ya mostraban la preocupación por la baja tasa de participación

en el Parlamento y en los departamentos ministeriales, así como por la discriminación

contra la mujer en materia de participación política en general. Expertas de la ONU

recalcaban que en España la mujer estaba mejor representada en los partidos minoritarios

marginales, y que tal y como se aprecia en la gráfica la representación de las mujeres en

las Cortes Generales había descendido. Además, destacaban los altos porcentajes de

afiliación de mujeres a partidos políticos y los bajos porcentajes de su participación a

nivel ejecutivo.

España, antes de la declaración de Beijing ya había llevado a cabo algunos planes de

igualdad y medidas en este ámbito, pero fue a partir de 1995 cuando se inician con más

eficacia y contundencia nuevas medidas y nuevos objetivos.

5,8 6 3,5 5,5

94,2 94 96,5 94,5

1 9 7 7 1 9 7 9 1 9 8 2 1 9 8 9

EVOLUCIÓN PARLAMENTARIA DE LAS MUJERES EN ESPAÑA ANTES DE BEIJING (EN %)

Mujeres Hombres

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Las acciones llevadas a cabo antes de 1995 para mejorar la situación de las mujeres en la

sociedad se establecieron más tarde en España que en otros países occidentales. El

Instituto de la Mujer (IM) se fundó en 1983, siendo en la actualidad es el mayor órgano

de defensa de la mujer a nivel nacional. Su objetivo es diseñar políticas capaces de

mejorar la situación de las mujeres en todas las esferas sociales, y también lleva a cabo

investigaciones y campañas educativas y financia las actividades de distintas

organizaciones de mujeres. (Raevaara y Taskinen, 2015)

El funcionamiento del IM dentro del aparato gubernamental ha sido tachado de ineficaz,

ya que en España es complicado establecer un organismo estatal independiente que

desarrolle e incremente las políticas dirigidas a la mujer porque sus tareas se solapan con

las de los distintos ministerios, y son éstos los que no suelen estar dispuestos a reducir su

propio poder de decisión.

Por esto mismo, y por carecer de suficiente presupuesto y de los poderes ejecutivos

necesarios, el IM no ha podido realizar sus propias políticas igualitarias, pero si lanza

campañas proyectos y campañas de investigación y de información de forma

independiente. Algunas de las campañas de información dirigidas a las mujeres han

tratado de sus derechos legales, otras de las instituciones políticas para posibilitar su

influencia en el proceso de toma de decisiones políticas, y ha tenido un papel importante

a la hora de planificar e implementar la igualdad de oportunidades políticas. A pesar de

esto, tal y como muestra el Informe del comité para la eliminación de la discriminación

contra la mujer de la Asamblea General de la ONU (1986) las acciones realizadas por el

IM no eran suficientes.

Ejemplo de esto son los dos planes de Igualdad que se llevaron a cabo antes de, e

impulsados por el IM: El I Plan para la Igualdad de Oportunidades de las Mujeres (I

PIOM) que se inspiró en el Plan para la Igualdad de la Comunidad Económica Europea,

del cual España fue miembro a partir de 1986, y su objetivo era el desarrollo de las

medidas jurídicas que aseguraban la coherencia del ordenamiento jurídico con la

Constitución en los ámbitos de protección y garantía de igualdad.

La evaluación del primer plan de Igualdad permitió la elaboración del II PIOM, que cubría

el período que iba de 1993 a 1995, en el que uno de los tres campos de especial prioridad

era el tema que estamos tratando: la promoción del pleno acceso de las mujeres a puestos

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de responsabilidad, y que su marco de acción en este ámbito era a nivel la legislación o

la participación social y política.

Es difícil analizar todas las repercusiones que tuvieron los I y II PIOM a nivel de política

de igualdad en general, porque como bien dicen algunas autoras como Celia Valiente

(1994), los objetivos fueron trazados ya de antemano con cierta abstracción, pero aun así

destacan algunos resultados: El primer Plan creó infraestructuras de promoción de la

igualdad entre mujeres y hombres en lo que atañe a cargos administrativos. También

permitió la aplicación de los planes de igualdad en la mayoría de las comunidades

autónomas. El proceso de evaluación del segundo plan evidenció la necesidad de diseñar

medidas más eficaces para analizar los resultados de este tipo de políticas.

Es ya con el III Plan, este de 1997 al 2000, cuando el objetivo principal es impulsar una

política combinada e incorporar las cuestiones de género en todos los programas y

políticas. (ONU, 1999)

A pesar de esto, desde la ONU (1999) seguían advirtiendo que la participación de las

mujeres en el proceso de adopción de decisiones seguía siendo insuficiente: el porcentaje

de mujeres parlamentarias había aumentado del 15% al 22% entre 1989 y 1993 en el

Parlamento. Además, se observa que existe un alto nivel de descentralización y que las

competencias en materia de igualdad de oportunidades se han transferido a las

comunidades autónomas (CCAA), haciendo que no existan mecanismos de vigilancia

eficaces en el Gobierno central, es por esto que el Comité recomendó al Gobierno

nacional que supervisara las medidas que toman las CCAA, así como su coherencia y

coordinación con la política nacional en materia de igualdad.

Después de esto, desde el gobierno central y con la Declaración de Beijing en 1995, se

han llevado a cabo varias medidas e iniciativas legislativas.

En 2005 se adoptaron medidas para favorecer la igualdad entre mujeres y hombres, se

establecieron actuaciones que contribuyeran a disminuir la desigualdad en todos los

ámbitos de la vida cotidiana. Como en el empleo, la empresa o la conciliación de la vida

laboral y familiar, incluyéndose también en la vida política.

En ese mismo año, se aprobó el Plan para la Igualdad de Género en la Administración

General del Estado, el cual establece medidas para eliminar los obstáculos existentes y

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garantizar la igualdad real de oportunidades entre hombres y mujeres en el acceso y

desempeño del servicio público, que desde entonces realmente no habían sido realmente

efectivas.

Con la Ley Orgánica 3/2007, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, se apostó

por llevar a cabo políticas activas que, de forma integral y coordinada, remuevan los

obstáculos que impidan o dificulten la igualdad de género en la sociedad española.

En cumplimiento del artículo 77 de ésta Ley establece que en todos los Ministerios se

concede a uno de sus órganos directivos el desarrollo de las funciones relacionadas con

el asunto de igualdad entre mujeres y hombres en el ámbito de las materias de su

competencia. Además, se determinaron los órganos directivos de los diferentes

departamentos ministeriales que desarrollan las funciones de las Unidades de Igualdad

en esta Ley.

En 2007 se aprobó el Plan Estratégico de Igualdad de Oportunidades 2008-2011. El Plan

está inspirado en dos principios: no discriminación e igualdad, y afecta a temas como el

que estamos tratando: el empoderamiento de las mujeres.

En 2012 se aprobó el I Plan de Igualdad entre mujeres y hombres en la Administración

General del Estado y en sus Organismos Autónomos, el cual establece que el Gobierno

aprobará, al inicio de cada legislatura, un Plan para la Igualdad entre mujeres y hombres

que establecerá los objetivos a alcanzar en materia de promoción de la igualdad de trato

y oportunidades en el empleo público, así como las estrategias o medidas a adoptar para

su consecución. (Ministerio de Empleo y Seguridad Social, 2015)

A pesar de estas acciones, desde el informe sombra CEDAW (2008-2013) destacan los

grandes recortes que se han hecho en las políticas de la Administración General del

Estado, así como en las CCAA. En el Estado central, según este informe CEDAW, las

políticas y organismos de igualdad se han recortado al 50%, un 49% del Presupuesto del

Estado para la igualdad y un promedio del 32% en políticas de igualdad de las CCAA.

Además, el organismos estatal para la igualdad ha bajado tres rangos: de Ministerio de

Igualdad (2008-2011) a Dirección General en 2012, estando sin Plan Estratégico de

Igualdad entre Mujeres y Hombres al que obliga el artículo 17 de la LOI y la medida 203

de la Plataforma de Acción de Beijing.

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14

3.2.Finlandia: Antecedentes históricos anteriores a Beijing y las aportaciones

posteriores

La situación en Finlandia es diferente que en España, ya que las políticas de igualdad y

su asentamiento en la sociedad finlandesa es mucho más adelantada. Tal y como nos

muestran Raevaara y Taskinen (2015) y los datos de Katriinna (2000), ya en 1884 es

cuando en Finlandia se funda la primera organización de mujeres, la Asociación de

Mujeres Finlandesas (Finsk Kvinnoförening - Suomen Naisyhdisstys) y en 1892 el

Movimiento Unido para los Derechos de la Mujer (Naisasialiitto Unioni). Pero estas

nuevas organizaciones no atraían a muchas mujeres, ya que estaban más implicadas en

movimientos conjuntos, como fue el Movimiento Antialcohólico, el Movimiento del Club

de Jóvenes para la Lengua Finlandesa o el Partido Social Democrático. A pesar de esto,

las mujeres ocupaban una posición fuerte en tales asociaciones y solían ser fundadoras y

lideresas de las ramas locales. Era sobre todo el Movimiento Antialcohólico el que

constituía una vía importante de activismo social para las mujeres (superando a principios

del siglo XX el número de hombres), llegando a considerarse ésta la asociación más

importante para las mujeres del fin del siglo.

Desde organizaciones conjuntas o desde sus propias organizaciones, las mujeres

siguieron participando en la lucha por el sufragio. El movimiento de la clase trabajadora

apoyaba al movimiento feminista en su reivindicación del sufragio universal, con

argumentos de igualdad y justicia: “como ciudadanas que eran, las mujeres deberían

gozar de los mismos derechos que los hombres”. Las mujeres de la clase trabajadora

incorporaron a este debate argumentos basados en que mejor que ellas mismas, nadie

podía representar a las mujeres y madres trabajadoras.

Según indican Raevaara y Taskinen, citando a Kuusipalo (1993), el activismo cívico

destacó en la Gran Huelga de 1905, en la que las autoridades rusas se vieron obligadas a

acceder a las exigencias de reforma, obteniendo los finlandesas y las finlandeses en 1906

el sufragio en las elecciones nacionales y el derecho a presentarse como candidatas o

candidatos. Estas reformas hicieron que las finlandesas fueran las primeras mujeres de

Europa con derecho a votar y las primeras en el mundo con derecho a elegibilidad

parlamentaria.

En las primeras elecciones democráticas celebradas en 1907, 19 mujeres se encontraban

entre los 200 miembros elegidos al parlamento. La tasa femenina de diputadas en el

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15

parlamento oscilaba alrededor de un 10%, porcentaje que duró hasta finales de los años

40. En las elecciones de 1930 las mujeres redujeron su representatividad obteniendo sólo

el 6% de los escaños parlamentarios. En 1945 la proporción de mujeres en el parlamento,

era algo más del 10%. Durante el período de los años 50 y 60, las mujeres tuvieron una

media del 15% y en 1970 la tasa femenina alcanzó el 22%, manteniéndose desde entonces

por encima del 20%, y alcanzando el 30% en las elecciones de 1983.

En 1991, Finlandia tenía la tasa más elevada de mujeres en parlamento con un 39%. En

las últimas elecciones de 1995 esta tasa disminuyó hasta el 33%, aunque esta proporción

todavía sitúa a Finlandia en el tercer puesto mundial de representación parlamentaria

femenina.

La Ley sobre la Eligibilidad de las mujeres en cargos estatales se aprobó en 1926 y Miina

Sillanpää fue la primera ministra en formar parte del gobierno. La segunda mujer en

formar parte del gobierno finlandés fue nombrada en 1948, y desde 1968 siempre ha

habido por lo menos una mujer en el equipo de gobierno.

Figura 2: Evolución parlamentaria de las mujeres en Finlancia antes de Beijing en %.

Fuente: Raevaara y Taskinen (2015)

En el ámbito municipal, las mujeres obtuvieron el derecho de voto en las elecciones

municipales más tarde, en 1917. La representación local de las mujeres era menor a la

10 6 10 15 2030

39 33

90 94 90 85 8070

61 67

1 9 0 7 1 9 3 0 1 9 4 5 1 9 5 5 1 9 7 0 1 9 8 3 1 9 9 1 1 9 9 5

EVOLUCIÓN PARLAMENTARIA DE LAS MUJERES EN FINLANDIA ANTES DE BEIJING (EN %)

Mujeres Hombres

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16

parlamentaria, había una marcada diferencia entre el campo y la ciudad y las mujeres

formaban parte sobre todo de consejos de beneficencia, educación, vivienda y salud.

Una de las instituciones encargadas de promover este tipo de políticas es el Consejo para

la Igualdad, establecida en 1972. Se trata de un cuerpo consultivo permanente que

depende de la administración pública. Su tarea es promover los temas de igualdad a nivel

de las autoridades, las distintas instituciones nacionales y locales, los representantes de

las organizaciones pertenecientes al mercado laboral y otros grupos de interés. También

incluye, de una manera parecida al Instituto de la Mujer en España, en la coordinación de

la investigación, así como las iniciativas y la redacción de las reformas en la cooperación

con otras autoridades públicas.

Una de las responsabilidades del Consejo es asegurarse de que los aspectos de paridad se

tomen en cuenta a la hora de reformar la legislación o la administración pública. Su

objetivo es promover la igualdad en todos los campos de la organización social y también

lleva a cabo investigaciones y formaciones sobre temas de igualdad y asegura la

cooperación internacional en este sector. En 1974, los países nórdicos empezaron a

trabajar juntos en temas de lucha por la igualdad. Finlandia participa también en los

comités para la igualdad de la UE, la OCDE y Las Naciones Unidas.

A raíz de la ratificación de la Ley sobre la Igualdad entre Mujeres y Hombres (de la que

hablaremos posteriormente) se estableció el puesto de "Ombudsman para la Igualdad"

(Defensor del pueblo para la Igualdad) en el seno del Ministerio de Asuntos Sociales. Su

misión es la de asegurar la correcta aplicación de la Ley sobre la Igualdad y tiene la

autoridad para solicitar informes sobre las distintas autoridades, los responsables

laborales y particulares. También tiene la autoridad para llevar a cabo inspecciones si así

lo requiere el caso, proporcionar consejos e informes y publicar información acerca de la

situación de las mujeres y la política igualitaria en Finlandia.

Realmente el Estado Finlandés comenzó a para promover la igualdad de género a

principios de 1960 por las Naciones Unidas, donde el objetivo era encontrar medidas

para aumentar la representación de las mujeres en los comités gubernamentales, consejos

consultivos y de una manera igualitaria. Este objetivo fue iniciado por el Consejo para la

Igualdad de principios de 1970, y fue "inspirado" por década de las mujeres de la ONU y

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17

la CEDAW. A raíz de esto es cuando se elaboró el primer Plan de Acción para la Igualdad

de Género del Gobierno de Finlandia (1981-1986).

En Finlandia, la Ley sobre la Igualdad entre Mujeres y Hombres entró en vigor en 1987.

El objetivo era el de promover la igualdad entre mujeres y hombres, impedir la

discriminación basada en el sexo y suscitar el estatuto de las mujeres, estipular que los

hombres y las mujeres debían tener igualdad de oportunidades en los comités

gubernamentales y consejos consultivos, a nivel educativo y profesional y que las

autoridades políticas y patronales tenían la obligación de promover la igualdad. Esta

legislación fue una de las condiciones de la ratificación de la CEDAW en 1986.

En 1995 una enmienda en la Ley de Igualdad de los Sexos hizo hincapié en la necesidad

de obrar por la igualdad de forma sistemática, requiriéndose que la representatividad de

los sexos sea equitativa tanto en las entidades nacionales como locales, ya que como

mostraba el informe del comité para la eliminación de la discriminación contra la mujer

de la ONU (1995) la adopción de decisiones seguía siendo un ámbito dominado por

hombres, por lo que se estableció una cuota del 40% para ambos sexos en los comités

gubernamentales centrales y locales, el decir, el porcentaje mínimo de hombres y mujeres

no podía estar por debajo del 40%, sino entre un 40 y 60 % en los comités

gubernamentales, las juntas consultivas y sus correspondientes órganos como en los

cuerpos municipales. También se estableció que debía haber una proporción equitativa

de hombres y mujeres en las juntas administrativas y directivas y en otros órganos

ejecutivos o administrativos con representantes nombrados o elegidos dentro de los

organismos, instituciones o empresas municipales o estatales.

Un 70% de los comités establecidos tras la enmienda respetaron las cuotas requeridas,

con una media en 1996 (un año después) del 42% de mujeres. Además, las mujeres

también tenían una escasa representación en el comité de la UE establecido antes de la

instauración de las cuotas (2 de 15).

En el caso de Finlandia, la declaración de Beijing no afectó directamente a la hora de

llevar a cabo políticas de igualdad relacionadas con el empoderamiento de la mujer. Pues,

Finlandia en 1995 ya llevaba años de diferencia respecto a España, y Occidente en

general, de políticas de igualdad.

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18

A pesar del adelanto, inmediatamente después de Beijing el Gobierno finlandés decidió

iniciar la elaboración de un programa nacional de igualdad que sirviera de orientación

para una política sistemática de igualdad. Los principios básicos del proyecto del

programa se basaron en los de la Plataforma de Acción de Beijing, y por lo tanto hacen

hincapié en la potenciación y el delante de la mujer. (ONU, 1997)

Cabe destacar que en 1996, cuando Finlandia estaba dividida en 12 regiones, 4 mujeres

eran gobernadoras. Desde septiembre de 1997, cuando el número de regiones fue

reducido a 5, 3 de esas 5 fueron gobernadoras. Pero nuevamente llama la atención la

diferencia a nivel local, en la que es más difícil encontrar a mujeres entre los altos cargos.

De los 455 municipios que tiene Finlandia, sólo 32 tienen a su cabeza administradoras

municipales. De 1988 a 1995 se duplicó el número de consejos municipales presididos

por una mujer, pero el porcentaje siguió sin sobrepasar el 15%. Entre los miembros de

estos consejos, la tasa femenina era del orden del 30% en 1996, pero sólo un 25% de

mujeres eran miembros de las juntas directivas municipales.

Posteriormente, llegó el segundo Plan de Acción para la Igualdad de Género (1997-1999),

en el cual no hubo objetivos o estrategias para promover la igualdad de género en la toma

de decisiones políticas, pero si hay, sin embargo, un objetivo modesto para aumentar la

proporción de mujeres en los consejos de administración de las empresas de la mayoría

por el Estado y el 30% y el objetivo de aumentar la participación de las mujeres en la

toma de decisiones en la agricultura y la silvicultura cuestiones.

Cabe recalcar que realmente la única medida concreta, con exclusión de la legislación en

la igualdad de género, probablemente jamás emprendido (iniciada por el Consejo para la

Igualdad) por el Gobierno finlandés para promover la igualdad de género en la toma de

decisiones políticas, fue en 1975. Se permitió que las organizaciones de mujeres

estuvieran dentro de los partidos políticos, siendo los principales actores en la promoción

de la representación de las mujeres en la política en Finlandia.

Tal y como muestra el informe de la CEDAW de 1997, las parlamentarias finlandesas

forman una red, llamada Coalición de Asociaciones de Mujeres de Finlandia para la

Acción Conjunta (NYTKIS, fundada en 1988) con el propósito de reunir a sus

compañeras de todos los partidos para debatir sobre las cuestiones que interesen

particularmente a las mujeres, así como los derechos de éstas, e incorporan un enfoque

femenino en toda labor legislativa en general. Esta red organiza además seminarios y

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reuniones sobre temas como la igualdad y la cooperación entre las mujeres, organizada

campañas de sensibilización, e incluso las campañas electorales para respaldar las

candidaturas femeninas.

La cooperación entre el Consejo y NYTKIS dio lugar, por ejemplo, en las elecciones

parlamentarias de 1991, en una campaña llamada "Elegir a 101 mujeres a Eduskunta (el

parlamento de Finlandia)". El problema es que las organizaciones de mujeres en general,

incluida NYTKIS, no reciben apoyo financiero del Gobierno de manera regular, problema

que se destacó en el Plan de Acción para la Igualdad de Género del Gobierno finlandés

en 1997- 99 con el objetivo de establecer el apoyo financiero para las organizaciones de

mujeres que participan en la cooperación internacional en materia de igualdad de género.

Otro dato que cabe destacar y que tiene especial importancia, es que se considera que a

nivel estatal las mujeres salen beneficiadas con el sistema electoral finlandés, ya que el

hecho de que las finlandesas sean votantes activas también ha favorecido el crecimiento

del número de mujeres en el Parlamento. El voto de las mujeres superó el de los hombres

en las elecciones parlamentarias de 1991. En las elecciones de 1995 votó un 73% de

mujeres mientras que sólo un 71% de hombres lo hizo. (ONU, 1997)

En las elecciones se elaboran listas abiertas de candidatas y candidatos, por lo tanto, el

principio según el cual "las mujeres votan por las mujeres" sirve para incrementar el

número de mujeres elegidas al parlamento. Cada voto a una candidata tiene un efecto

directo sobre la tasa femenina en los cuerpos electorales. La mayoría de candidatos en las

elecciones parlamentarias de 1995 seguía siendo masculina, pero la tasa femenina era del

39% (el doble que hacía 20 años).

La CEDAW de 2001 muestra como el Gobierno de Finlandia, conforme a la Plataforma

de Acción de Beijing, está decidiendo llevar a cabo evaluaciones del impacto de género

de todas las nuevas iniciativas legislativas, puesto que está convenciendo que introducir

la perspectiva de género en la corriente principal de todas las políticas es fundamental

para el logro de la igualdad de género. Además, dada la “antigüedad” de la Ley de

Igualdad, el Gobierno Finlandés proyecta una renovación de ésta con el propósito de

corregir sus deficiencias y de adaptarla a los retos de la actualidad, ya que a pesar de los

notables avances, en Finlandia persiste el llamado “techo de cristal” tanto en el sector

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20

público como en el privado. Ejemplo de esto es, que aunque un 75% de los empleados/as

en departamentos gubernamentales son mujeres, pocas de ellas ocupan los puestos de

adopción de decisiones.

3.3.Análisis comparativo de la evolución parlamentaria en España y Finlandia

Trataremos de analizar en este apartado la evolución parlamentaria de las mujeres tanto

en España como en Finlandia, viendo qué importancia han tenido las medidas adoptadas

que hemos tratado a partir de 1995 por estos dos países en dicha evolución.

Cabe destacar de antemano que el parlamento de Finlandia es unicameral, a diferencia de

España que es bicameral, por lo que el análisis comparado lo haremos con el congreso de

los diputados en el caso de España. Pero antes, analizaremos la diferencia entre la

representación de las mujeres en el Congreso y en el Senado de España.

Tal y como apunta David Álvarez (2012) se puede observar que desde 1993 el porcentaje

de representación y la relevancia parlamentaria de las mujeres ha ido aumentando de una

forma paulatina hasta la última legislatura, creciendo alrededor de un 20% tanto en el

senado, como en el congreso. Es importante observar cómo el congreso de los diputados

siempre ha tenido más representación femenina que la cámara del Senado. La marcada

diferencia se equilibra a partir de la legislatura del año 2000, que es cuando se nota el

aumento de representación en el Senado, creciendo progresivamente al mismo ritmo que

el congreso de los diputados, pero no será hasta la legislatura del 2008 cuando se ponga

casi al mismo nivel.

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21

Figura 3: Representación de mujeres en el Congreso y Senado de España en % (1993-2011)

Fuente: El Instituto de la Mujer y para la Igualdad de Oportunidades. En Poder y Toma de Decisiones

Centrándonos en el Congreso de los diputados, podemos observar en la gráfica que el

salto cuantitativo se da en el período comprendido entre el año 1993 y el 2000, donde con

el inicio de la Legislatura de 1993-1996 donde casi se dobla el porcentaje de presencia,

pasando del 16% al 28%. Siete años clave donde se produce la primera gran alternancia

de poder entre la izquierda y la derecha de nuestro país. En la legislatura de 1993 a 1996

es el PSOE el que baja ligeramente y el PP aumenta un poco más, en la legislatura de

1996 a 2000, nuevamente el PSOE tiene un crecimiento importante. Es durante estos años

cuando se inició un gran debate sobre la acción positiva en la política, y cuando el PSOE

estableció cuotas para aumentar la presencia femenina en las instituciones políticas,

mientras que el PP las rechazó al considerarlas innecesarias. Otros partidos como IU

también tuvo cuotas, pero el bajo número de diputados hizo que sus resultados se vieran

afectados por variaciones coyunturales. (Astelarra, 2005)

Más tarde, seguirá aumentando el porcentaje de una forma muy paulatina, habiendo un

leve descenso respecto a la legislatura de 2004-2008, pero con las medidas de 2005 y

la Ley Orgánica 3/2007, se mantiene estancado el porcentaje entre las legislaturas de 2008

a 2011. Mientras tanto, el Plan Estratégico de Igualdad de Oportunidades 2008-2011 no

consiguió que el porcentaje aumentara y posteriormente analizaremos cómo será la

16

,29

22

28

,29 36

35

,71

35

,71

13

,46

14

,42 2

5,9

6

25

,96

32

,21

35

,58

1 9 9 3 1 9 9 6 2 0 0 0 2 0 0 4 2 0 0 8 2 0 1 1

REPRESENTACIÓN DE MUJERES ENCONGRESO Y SENADO DE ESPAÑA (EN %)

Congreso Senado

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22

situación antes de las elecciones del 20D para el congreso de los diputados y si estas

medidas han influido en alguna medida.

Ahora trataremos de analizar la evolución parlamentaria de España y Finlandia, esta vez

con el porcentaje de ambos países, es decir, España tendrá el promedio del Senado y el

Congreso de los diputados. Vemos la evolución en la siguiente gráfica:

Figura 4: Proporción de mujeres parlamentarias en %.

Fuente: Datos de la OCDE: “Share of women parliamentarians and legislated gender quotas”.

Como se puede observar fácilmente, el adelanto de Finlandia respecto España es notable,

e incluso antes de la declaración de Beijing, donde la diferencia es más significativa. A

pesar de esto, la situación en 2015 se logra equilibrar.

La evolución porcentual de la representación de las mujeres en Finlandia se ve afectada

de cierta manera por las medidas adoptadas a través de Beijing, pues es a partir de la

enmienda de 1995 de la Ley sobre la Igualdad entre Mujeres y Hombres de 1987 cuando

se fijan las cuotas de entre 40% y un 60% de la representación femenina, es por esto por

lo que entre el año 1995, hasta 2015 ha aumentado prácticamente un 10%, superando la

barrera del 40%.

33 3

6,5 4

2,5

42

,5

14

,8

23

,3

36 4

1,1

1 9 9 5 2 0 0 2 2 0 1 2 2 0 1 5

PROPORCIÓN DE MUJERES PARLAMENTARIAS (EN %)

Finlandia España

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23

Figura 5: Proporción de mujeres ministras en Finlandia y España en %

Fuente: OCDE: Share of women ministers

Además de esto, cabe destacar la evolución de los cargos ministeriales de estos dos países.

España consiguió su primer gobierno paritario en la legislatura de Rodríguez Zapatero de

2000, encabezado por el 50% de ministras y el 50% de ministros, acto que al gobierno de

Finlandia no le resulta muy peculiar, porque el porcentaje de ministras en Finlandia ha

ido rondando la paridad en los últimos años.

Hemos podido ver con los anteriores datos que la presencia de diputadas en Parlamento

ha sufrido un continuo aumento. Pero, ¿realmente ese crecimiento en presencia se ha visto

acompañado de una mayor relevancia?

Para poder tratar esta cuestión es importante observar la presencia de mujeres en dos

ámbitos de trabajo del Congreso muy significativos, la Mesa del Congreso y las

Comisiones Permanentes Legislativas. Para observar esta cuestión, analizaremos el caso

de España:

47

,1 50

62

,5

50

30

,8

30

,8

2 0 0 5 2 0 1 2 2 0 1 5

PROPORCIÓN DE MUJERES MINISTRAS (EN %)

Finlandia España

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24

Figura 6: Mujeres en la mesa del congreso en España (1996-2011)

Fuente: Congreso. Tomado de Álvarez, D. (2012)

Como podemos observar, la evolución de presencia de mujeres en la Mesa del Congreso

ha sido desigual, siendo la legislatura del 2000 la única donde las mujeres superan en

presencia a los hombres, con la única presidenta existente (Luisa Fernanda Rudi).

Respecto a la relevancia por puestos ocupados en las Comisiones Permanentes

Legislativas, es antes de la Legislatura de 1996 cuando hay un evolución muy desigual,

con ascensos y descensos, pero es a partir de esta Legislatura de cuando se inicia un

ascenso paulatino y considerable, llegando al máximo de representatividad con un

38,12%, para descender en la actual hasta un 35,31%. (Álvarez, 2012)

20

54,54

36,36 33,33 33,33

80

45,46

63,64 66,67 66,67

1 9 9 6 2 0 0 0 2 0 0 4 2 0 0 8 2 0 1 1

MUJERES EN LA MESA DEL CONGRESOEN ESPAÑA(EN %)

Mujeres Hombres

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Figura 7: Mujeres en comisiones parlamentarias en España en % (1996-2011) Fuente: Congreso. Tomado de Álvarez, D. (2012)

Por lo tanto, si tenemos en cuenta la Mesa y las Comisiones, vemos que el porcentaje de

presencia relevante de las mujeres es de un 24,89%, mientras que la media de presencia

en el Congreso es de un 20,33%. El crecimiento y mejora de la presencia de mujeres en

el Congreso se ve acompañado, incluso superándolo, por el aumento en la presencia de

cargos relevantes dentro de la cámara. Sin duda alguna, y aunque deberían seguir

aumentando estos niveles, la cara positiva es que se crece no sólo en presencia, que es el

objetivo marcado especialmente por las barreras de las cuotas, sino también en relevancia.

Sin embargo, en la legislatura de 2011 se ha roto esa tendencia positiva y, tanto en

presencia como en relevancia, se ha iniciado un ligero descenso. El porcentaje femenino

de la nueva constitución de cortes es incierto a día de hoy (04/05/2016) por la

convocatoria a nuevas elecciones, pero la realidad es que, aunque las encuestas alertaban

de un desastre paritario en el Congreso, tras el 20D las mujeres consiguieron más

representación que nunca: 140, de los 350 puestos del Congreso de los Diputados, fueron

ocupados por mujeres en la legislatura más corta de la historia de la democracia, el

número más alto conseguido en la historia, ya que hasta ahora nunca había habido una

cifra similar de diputadas; sin embargo, aún no se alcanza la paridad. A pesar de haber

dado un paso en favor de la igualdad entre sexos, los hombres siguen siendo mayoría, con

210 representantes masculinos.

20 23,4334 38,12 35,31

80 76,5766 61,88 64,61

1 9 9 6 2 0 0 0 2 0 0 4 2 0 0 8 2 0 1 1

MUJERES EN COMISIONES PARLAMENTARIASEN ESPAÑA(EN %)

Mujeres Hombres

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Las cifras de las anteriores legislaturas fueron inferiores, en las elecciones del 2011

consiguieron 125, y en las anteriores a estas 126.

El partido más paritario fue Podemos, con un 48% de mujeres en Congreso, de sus 69

escaños. Les siguieron los socialistas muy de cerca, con el 46% de sus 90 escaños. El PP,

que está en el 36,5%.

En la formación de Ciudadanos se ha conseguido un 20%, 8 de sus 40 escaños, se sitúa

como la tasa más baja entre las principales formaciones que compondrán el Hemiciclo.

Unidad Popular-IU, que contará con dos escaños, tiene una diputada por su lista

cremallera. (Diario ElMundo, 2015)

Figura 8: Resultados electorales de las elecciones generales del 20 de diciembre por

partidos en %.

Fuente: Diario el Mundo (2015)

A todo esto, y tal y como comentábamos anteriormente sobre la Mesa del Congreso, la

Mesa de la “legislatura exprés” tras el acuerdo entre partidos, tuvo por primera vez

mayoría de mujeres: seis de nueve, destacando que la mesa del Congreso no tenía paridad

desde la legislatura de 2000 al 2004. (Gadea, 2016)

El Congreso tiene un futuro incierto, cosa que plantea una gran variedad de incógnitas en

el tema que nos atañe: ¿se conseguirá mejorar los resultados “paritarios” de las anteriores

36

,5 46 48 50

20

40

63

,5

54

52

50

80

60

P A R T I D O P O P U L A R

P A R T I D O S O C I A L I S T A

P O D E M O S U N I D A D P O P U L A R - I U

C I U D A D A N O S M E D I A

RESULTADOS ELECTORALES DE LAS ELECCIONESGENERALES DEL 20 DE DICIEMBRE POR PARTIDOS

(EN %)

Mujeres Hombres

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27

elecciones en el 26J? ¿Se mantendrá la igualdad de género en la Mesa del Congreso? ¿Se

envestirá por fin a una presidenta del gobierno?

Ante tantas incógnitas abiertas, lo que se puede afirmar de una forma segura es que

España ha alcanzado la cifra más alta de mujeres electas en Democracia y es la primera

vez que tras unas elecciones se tiene o roza la paridad en la Cámara Baja.

IV. CONCLUSIÓN

La igualdad de oportunidades, en los países que se han desarrollado, ha sido muy

importante para la incorporación de las mujeres al mundo público. En este sentido, en

términos del sistema de género, lo que busca cambiar es el hecho de que las mujeres

hubieran sido recluidas en el ámbito privado, impidiendo su participación en el mundo

público. La ocupación por parte de las mujeres de cargos políticos y con ellos, la adopción

de decisiones desde los gobiernos y/o los órganos legislativos, han permitido reforzar

iniciativas políticas, llevarlas a cabo, y lograr aumentar progresivamente el porcentaje de

representación parlamentaria de las mujeres.

La evolución femenina en la vida pública tanto de España, como de Finlandia, ha ido

aumentando paulatinamente. Cabe destacar que Finlandia ya llevaba mucho camino

hecho respecto a España, y la mayoría de países Occidentales en general. A pesar de esto,

no hay que caer en el error de dejar pasar la evolución a pasos de gigante que ha tenido

España, que aunque la igualdad en términos legislativos llegara de una forma efectiva en

el 2007, ha conseguido ponerse a la altura de países tan pioneros en igualdad de género

como lo es Finlandia. A pesar de esto, la sociedad finlandesa tiene más asentadas las

políticas de igualdad en sociedad dado que han convivido con ellas durante más años, y

por lo tanto están más interiorizadas que en la sociedad española.

No cabe ninguna duda que el final del siglo XX y los comienzos del XXI han sido

importantes y positivos para las mujeres. Se ha logrado la visibilización de los problemas,

y aunque las sociedades se resistan, a nadie se le escapa que la presencia de las mujeres

en el espacio público es imposible de frenar. Pero a pesar de todo esto, debemos reconocer

también que incluso en las condiciones más propicias para las mujeres, son los hombres

quienes continúan decidiendo cuales son las mujeres que están y en que puestos de

responsabilidad, siguen controlando de manera casi absoluta el poder de decisión.

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Y es por esto, que es necesario concienciar de una manera directa a la población sobre

esta temática y de qué manera les afecta, pues tal y como afirma Monserrat Boix(2003),

“es todavía muy frecuente escuchar en boca de mujeres que han logrado situarse en una

posición profesional destacada, el haberlo alcanzado ‘por su esfuerzo personal y por su

valía personal, no por ser mujeres’, pero olvidan así alegremente la historia: el derecho

de las mujeres a ocupar puestos de responsabilidad, a tener estudios y poder ejercer

libremente una profesión o simplemente a tener derecho al voto se ha logrado gracias a

la lucha del movimiento feminista; para que a nivel individual las mujeres puedan actuar

en libertad es necesario el reconocimiento de los derechos colectivos, de los derechos de

todas las mujeres, y no nos engañemos, pues aunque los datos sean favorables, aún queda

mucho por hacer”.

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