labores finales de trabajo de campo
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Labores finales e Informe de Auditoria
ÍNDICE
Labores finales de trabajo de campo
Hechos posteriores
El informe de auditoria
El informe de auditoría: concepto y características.
• Concepto:
• Características:
Estructura del informe
Carta de representación o carta de gerencia
Opinión del auditor
Cambio en la estructura del informe
Propuesta de ajuste y reclasificaciones
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Labores finales e Informe de Auditoria
LABORES FINALES DE TRABAJO DE CAMPO
Antes de concluir el trabajo de campo el auditor debe asegurarse de haber
cumplido con aplicar los procedimientos de auditoria suficientes para evaluar
dos aspectos importantes como son: Las Contingencias y los Hechos
Posteriores; también adoptara acciones para obtener la carta de gerencia.
Estos aspectos se comentan a continuación:
A.- Contingencias: Según el manual para la preparación de la información
financiera establecida por la Comisión Nacional Supervisora de Empresas y
Valores – CONASEV, en lo relacionado a presentación de los Estados
Financieros y sus notas señala.
5.104.32. Contingencias
La contingencia es un activo o pasivo, surgida a raíz de sucesos pasados, cuya
existencia quedara confirmada solo si llegan a ocurrir, o en su caso no ocurrir,
uno o más sucesos futuros inciertos que no están enteramente bajo el control
de la empresa.
Se considera como pasivo contingente, también, una obligación presente
surgida de sucesos pasados, pero no se ha reconocido contablemente, porque:
(i) No es probable que por la existencia de la misma, y para satisfacerla, se
requiera que la empresa tenga que desprenderse de recursos que incorporen
beneficios económicos; o (ii) el importe de la obligación no puede ser medido
con la suficiente confiabilidad.
La empresa debe abstenerse a reconocer cualquier activo o pasivo de carácter
contingente. No obstante, debe revelar la existencia de los mismos, teniendo
en cuenta lo sgte.: (i) Los activos contingentes siempre y cuando sea probable
la entrada de beneficios económicos por dichos activos, (ii) los pasivos
contingentes en cualquier circunstancia, excepto en el caso que la probabilidad
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de tener una salida de recursos que incorporen beneficios económicos se
considere remota.
Estas situaciones se refieren, entre otros, a:
1.- Reclamaciones contra la empresa, que la gerencia conoce y que por alguna
razón no se han iniciado las acciones legales;
2.- Procesos judiciales pendientes o posibles como demandados o
demandantes y la opinión de los abogados y de la gerencia;
3.- Garantías directas o indirectas dadas por productos o defectos de los
mismos, por recompra de partidas por cobrar o de bienes relacionados con
estas partidas o activos y que en algunos casos pueda restringir su titularidad.
Así como, el importe de las restricciones a la realización de los activos, al cobro
de los ingresos derivados de los mismos, o de los recursos obtenidos por su
enajenación o su disposición por otra vía;
4.- Los pasivos potenciales derivados de actividades de fideicomiso si se
producen fallas en las funciones fiduciarias.
Los mayores casos de perdidas contingentes se generan por procesos
judiciales o litigios, pero también pueden producirse por otros motivos, tales
como por; tales como por aval de la deuda de otra persona, por cuentas
incobrables, letras descontadas y las de orden tributarías, etc. De echo, no es
fácil detectar las perdidas contingentes en una auditoria, sin embargo es
responsabilidad del auditor estar alerta a detectarlas, ya sea cuando examina
las obligaciones por pagar, con el propósito de detectar aquellas no
registradas, cuando toma lectura de las actas de las sesiones de directorio y de
las juntas de accionistas de los convenios, contratos y verifica su cumplimiento
contractual, cuando revisa la contabilización de las letras descontadas y de
otro lado, cuando toma conocimiento de reclamos ya existentes, pero que la
administración todavía no los ha derivado a los abogados.
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Por todo esto, el auditor debe aplicar procedimientos de auditoria que le
permita determinar la existencia de perdidas contingentes, que desde luego
muchas veces tienen que aplicar procedimientos adicionales.
Teniendo en consideración, que los mayores casos de contingencias, se derivan
de procesos judiciales o litigios, es procedimiento acostumbrado solicitar a
través de la Gerencia, informes a los abogados de la empresa, los que deberán
dar respuesta directamente a los auditores sobre los diversos casos que tenga
la empresa, esto para confirmar la información proporcionada por la gerencia
en la nota de los estados financieros.
El auditor, al recibir el informe de los abogados, que generalmente son muy
resumidos en su contenido, es necesario que con el apoyo de un asesor legal
estudie cuidadosamente la información proporcionada, a efectos de apreciar se
es completa responde a lo solicitado, en caso de no ser así se le podría
solicitar una ampliación de su informe por escrito, también podrá sostener
entrevista con el máximo ejecutivo de la empresa para indagar sobre otros
casos de contingencias o para obtener mayores explicaciones de los casos mas
importantes. De otro lado, el auditor podrá entrevistarse con el abogado
informante para evidenciar el contenido de algunos documentos procesales que
confirme lo revelado en su informe.
Para una mejor ilustración a continuación se presenta un ejemplo, donde la
Gerencia de la empresa examinada a requerimiento del Auditor, solicita al
estudio de abogados informe sobre los juicios y litigios.
HECHOS POSTERIORES
Según la Norma Internacional de Contabilidad (NIC) N° 10 “Sucesos
posteriores a la fecha del Balance General”, se contempla dos aspectos:
- La contabilización de sucesos ocurridos después de la fecha del Balance
General.
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- La revelación de sucesos ocurridos después de la fecha del Balance
General.
En lo pertinente a reconocimiento y medición NIC 10, señala que los sucesos
que ocurran después del balance general pueden ser de 2 tipos:
1.- Sucesos que requieren o son motivo para que se reconozcan ajustes
contables con retroactividad al 31 de Diciembre: Este tipo de sucesos tiene la
característica de proporcionar evidencias adicionales a las condiciones ya
existentes al 31 de diciembre.
La empresa debe corregir los importes conocidos en sus estados financieros
para que reflejen aquellos sucesos ocurridos después de la fecha del balance
general que requieren ajustes.
2.- Sucesos que requieren o son motivo solo para efectuar revelaciones en las
notas a los estados financieros: Este tipo de sucesos tiene la característica de
que son indicadores de nuevas condiciones surgidas con posterioridad al 31 de
diciembre.
La empresa no debe corregir los importes reconocidos en sus estados
financieros para reflejar aquellos sucesos ocurridos después de la fecha del
balance general que no requieren ajustes.
Sin embargo, esos sucesos deben revelarse en notas a los estados financieros.
¿Cual es la responsabilidad del Auditor frente a los “Hechos Posteriores”?
La NIA 560 – “Hechos Posteriores”, denomina así a los hechos ocurridos entre
el final del periodo y la fecha del dictamen del auditor, así como los hechos
descubiertos después de la fecha de dicho dictamen,
Al respecto, la NIA señala que:
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“El auditor debe aplicar procedimientos diseñados para obtener evidencia
suficiente y competente de que todos los hechos ocurridos hasta la fecha de su
dictamen que requieran ajustes o revelación en los estados financieros, han
sido debidamente identificados. Estos procedimientos son adicionales a los
procedimientos de rutina que pueden aplicarse a transacciones especificas
ocurridas después del final del periodo para obtener evidencia sobre los saldos
de cuenta al final del periodo, por ejemplo, las pruebas de corte de inventario
y de pagos a los acreedores.
No puede esperarse, sin embargo, que el auditor lleve a cabo una revisión
continua de todos los aspectos sobre las cuales, mediante procedimientos
anteriores aplicados hayan podido llegar a una conclusión satisfactoria.
Entre los procedimientos para identificar hechos que puedan requerir ajustes o
revelación en los estados financieros, la referida NIA 560, contempla los
procedimientos siguientes.
- Revisar los procedimientos establecidos por la administración para
asegurar que los hechos posteriores han sido identificados.
- Leer las actas de secciones de los accionistas, directos comités
ejecutivos y de auditoria realizadas en fecha posterior a la del final del
periodo e indagar sobre los asuntos discutidos en aquellas sesiones
respecto a las cuales no pueden aun contar con las respectivas actas.
- Leer los últimos estados financieros interinos disponibles de la
organización y de considerarlos necesarios y pertinentes los
presupuestos, pronósticos de flujos de efectivo y otros informes de
administración que guarden relación.
- Investigar o ampliar las indagaciones escritas u orales previamente
efectuadas entre el asesor legal de la organización, sobre litigios y
reclamos.
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- Investigar ante la administración acerca de si existen hechos que hayan
ocurridos posteriormente que puedan afectar a los estados financieros
auditados. Los siguientes son ejemplos de indagaciones ante la
administración sobre asuntos específicos:
o El estatus actual de las partidas que fueron contabilizadas sobre la
base de información preliminar o inconclusa.
o Si han contratado nuevos compromisos, préstamos o garantías
que se hayan contraído.
o Si han ocurrido o se planean ventas de activos efectuados o
planeadas,
o Si han hecho o se planea la emisión de nuevas acciones o bonos
sin garantía, o un acuerdo para incorporación o para liquidar.
o Si algún activo ha sido apropiado por el gobierno o destruido, por
ejemplo, por fuego o inundación
o Si ha habido algún desarrollo referente a las áreas de riesgo y se
vislumbran contingencias.
o Si ha ocurrido o probablemente ocurra cualquier hecho que ponga
en discusión la propiedad de las políticas contables utilizada en los
estados financieros como seria el caso, por ejemplo, si aquellos
hechos pusieran en duda la validez del concepto de la empresa en
marcha.
NIA 560. HECHOS POSTERIORES
La norma establece que el auditor deberá considerar los efectos de los hechos
posteriores al cierre de los estados contables examinados sobre tales estados
contables y sobre su informe de auditoria.
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La norma distingue el tratamiento a darle a los hechos significativos:
1) Los ocurridos hasta la fecha del informe de auditoria
2) Los descubiertos después de la fecha del informe de auditoria pero antes de que los estados contables hayan sido emitidos
3) Los descubiertos después que los estados contables fueron emitidos.
Como caso especial trata estas situaciones en empresas que hacen
oferta publica de sus títulos valores.
EL INFORME DE AUDITORIA
El informe de auditoría: concepto y características.
• Concepto:
Es un documento emitido por el auditor como resultado final de su examen
y/o evaluación incluye información suficiente sobre observaciones,
conclusiones de hechos significativos, así como recomendaciones constructivas
para superar las debilidades en cuanto a políticas, procedimientos,
cumplimiento de actividades y otras.
• Características:
- CLARO: Sin utilizar terminología sofisticada que limite la comprensión.
- OBJETIVO: Ha de estar soportado por los papeles de trabajo del
auditor y ser independiente de los intereses de los destinatarios.
- CONCISO: Debe evaluar las cuentas anuales auditadas de la forma
más breve posible.
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- OPORTUNO: Tiene que emitir una opinión sobre los EEFF considerando
los hechos acaecidos con posterioridad al cierre de las cuentas
anuales.
ESTRUCTURA DEL INFORME
- Titulo del informe
Se informa a los usuarios de los estados financieros que el informe de
los auditores que tipo de auditoría que se está realizando
- Destinatario del Informe
La entidad, a su junta directiva, a sus accionistas, a los socios o al
propietario del negocio según sea el caso.
- Párrafo introductorio: Se especifica
o Los EEFF que fueron auditados
o La responsabilidad de Gerencia por los EEFF
o La responsabilidad del auditor por expresar su opinión
- Párrafo de alcance: El auditor indica haber cumplido con las normas
establecidas para la realización de la auditoria, las normas establecen
criterios, la naturaleza y el alcance de los criterios aplicados a la
auditoria y a la preparación del informe del auditor.
o La base para una opinión es la evidencia los cuales se obtienen a
través de los procedimientos.
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o El auditor debe utilizar su criterio profesional y el conocimiento
sobre las circunstancias de la entidad para determinar que
pruebas aplicar, cuando y cuanto.
- Párrafo de opinión
El auditor comunica su opinión, basada en su criterio profesional y
razonablemente seguro de sus conclusiones. Aquí se hace incapie de la
importancia relativa.
- Firma y fecha del informe
Es firmado por el auditor quien asume la responsabilidad de la
auditoria. La fecha de la auditoria es importante porque representa la
fecha en que el auditor obtuvo una razonable seguridad de la opinión
vertida.
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CARTA DE REPRESENTACION O CARTA DE GERENCIA
La NIA 580 - “Representaciones de la Administracion”, establece que el
auditor debe obtener las pertinentes representaciones de la administración.
Las representaciones de la administración también se le conoce como
Declaraciones de la Gerencia o Carta de Gerencia.
Cabe aclarar que las declaraciones de la gerencia no solamente se solicita al
final de la Auditoria, sino también puede obtenerse durante el transcurso del
examen, esto cuando el auditor lo requiera a la administración de la empresa
sobre asuntos con efecto material para los estados financieros, más aun, si
considera que no existe otro tipo de evidencia sobre este asunto.
Sin embargo, cabe señalar que las declaraciones de la Gerencia o Carta de
Gerencia no sustituye las evidencias obtenidas por el auditor en su revisión
significando entonces que estas declaraciones son evidencias de auditoría
competente pero no necesariamente suficiente, por cuando el auditor debe
completar su revisión, aplicando las técnicas de auditoría combinadas de
acuerdo a la circunstancias.
Esta NIA también contempla algunos aspectos básicos que debe considerarse
en la Carta de Representación de Gerencia, tales como:
- Siempre debe estar dirigida al auditor
- Debe ser firmada por los más altos ejecutivos de la empresa (Presidente
del directorio o gerente general); sin embargo, en algunos casos
también se puede requerir que lo firme el funcionario responsable del
área cuando se trata de asuntos específicos y que se relaciona con el
asunto materia de la declaración.
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- La carta de gerencia que se obtenga al final de la auditoria debe tener
como fecha la del dictamen, pudiéndose también emitirse con fecha
posterior al dictamen.
La NIA también contempla los procedimientos a seguir ¿Cuándo la
administración de la empresa examinada se rehúsa a presentar la carta de
Gerencia, lo cual puede constituir limitación al alcance del examen conllevando
al auditor incluso, a emitir una opinión con salvedades o abstenerse de opinar.
NIA 580. Representaciones de la dirección o gerencia
El auditor debe obtener evidencia respecto de que la dirección del ente
reconoce su responsabilidad sobre la presentación razonable de los estados
contables, de acuerdo con las normas contables vigentes y que los ha
aprobado debidamente. Para ello, el auditor debe obtener una carta de
representación escrita de la dirección que incluya las afirmaciones
significativas, tanto explicitas como implícitas, que contienen los estados
contables, cuando ninguna otra evidencia apropiada es razonable pensar que
pueda existir. Por ello esta carta no sustituye los procedimientos de auditoría
que debe efectuar el auditor. La norma provee un ejemplo de carta de
representación.
Se la dirección se rehusara a proporcionar esta carta de representación, ello
constituirá una limitación al alcance de trabajo y por lo tanto el auditor debería
emitir una opinión con salvedad indeterminada o abstenerse de opinar.
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OPINIÓN DEL AUDITOR
Es la expresión máxima del trabajo de auditoría.
Existen tipos de opiniones
- Sin salvedades
- Con salvedades
- Negativa
- Abstención de Opinión
Opinión sin salvedades o favorable
En una opinión favorable, el auditor manifiesta de forma clara y precisa que las
cuentas anuales consideradas expresan en todos los aspectos significativos la
imagen fiel del patrimonio y de la situación financiera, de los resultados de sus
operaciones y de los recursos obtenidos y aplicados durante el ejercicio, y
contienen la información necesaria y suficiente para su interpretación y
comprensión adecuada, de conformidad con principios y normas contables
generalmente aceptados que guardan uniformidad con los aplicados en el
ejercicio anterior.
Este tipo de opinión solo podrá expresarse cuando concurran las siguientes
circunstancias:
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- Que el auditor haya realizado su trabajo sin limitaciones y sin incertidumbres,
de acuerdo con las Normas de Auditoría.
- Que las cuentas anuales, incluyendo la información necesaria y suficiente en
la memoria para su interpretación y comprensión adecuada, se hayan
formulado de conformidad con los principios y normas contables.
En conjunto representan la actividad de la empresa en concordancia con la
información disponible por el auditor.
Opinión con salvedades
La opinión del auditor expresa que “excepto por” los efectos de los asuntos a
que se refiere la salvedad los EEFF presentan razonablemente la situación
financiera. Se presentan los siguientes. Casos:
- Limitaciones al alcance
- Desviación de principios de contabilidad
- Revelación inadecuada
- Cambios en la contabilización
Este tipo de opinión es aplicable cuando el auditor concluye que existen una o
varias de las circunstancias que se relacionan en este apartado, siempre que
sean significativas en relación con las cuentas anuales tomadas en su
conjunto.
Las circunstancias que pueden dar lugar a una opinión con salvedades, en caso
de que sean significativas en relación con las cuentas anuales son las
siguientes:
Limitación al alcance del trabajo realizado. Existe una limitación al alcance
cuando el auditor no puede aplicar los procedimientos de auditoría requeridos
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por las Normas Técnicas de Auditoria o aquellos otros procedimientos
adicionales que el auditor considera necesario a fin de satisfacerse de que las
cuentas anuales presentan la imagen fiel de la entidad auditada.
Las limitaciones al alcance de la auditoría pueden provenir de la propia entidad
auditada o venir impuestas por las circunstancias. A título de ejemplo, entre
las primeras se contarían la negativa de la entidad auditada al envío de cartas
de solicitud de confirmación de saldo o a permitir presenciar un recuento físico
de existencias. Entre las limitaciones impuestas por las circunstancias estarían
la destrucción accidental de documentación o registros necesarios para la
auditoría, o la imposibilidad de haber presenciado los recuentos físicos de
existencias llevados a cabo por haber sido nombrado auditor con posterioridad
al cierre del ejercicio.
Ante una limitación al alcance, la decisión del auditor de cuentas sobre denegar
la opinión o emitirla con salvedades dependerá de la importancia de la
limitación. Para decidir al respecto, al auditor de cuentas tendrá en
consideración la naturaleza y magnitud del efecto potencial de los
procedimientos omitidos y la importancia relativa del epígrafe afectado en las
cuentas anuales. Cuando las limitaciones sean muy significativas e impuestas
por la entidad, el auditor de cuentas deberá denegar su opinión sobre las
cuentas anuales.
Errores o incumplimiento de los principios y normas contables generalmente
aceptadas, incluyendo omisiones de información necesaria. Durante su trabajo
el auditor puede identificar una o varias circunstancias siguientes que suponen
un incumplimiento de los citados principios y normas contables generalmente
aceptados:
- Utilización de principios y normas contables distintas de los
generalmente aceptados.
- Errores en las cuentas anuales.
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- Insuficiencia de información en las cuentas anuales que impidiera la
interpretación y comprensión adecuada.
- Hechos posteriores a la fecha de cierre del ejercicio cuyo efecto no
hubiera sido corregido en las cuentas anuales o desglosadas en la
memoria.
Cuando el auditor observe alguna de las circunstancias relacionadas, deberá
evaluar y, en su caso, cuantificar su efecto sobre las cuentas anuales. Si
concluyera que el efecto es significativo, el auditor deberá expresar una
opinión con salvedades, o en aquellos casos en los que el incumplimiento haga
concluir al auditor que las cuentas anuales no presentan la imagen fiel de la
entidad, una opinión desfavorable.
Cuando el auditor de cuentas considera que el desenlace final de una
incertidumbre existente a la fecha de su informe, que podría probablemente
afectar significativamente a las cuentas anuales que está auditando, no es
susceptible de ser estimado razonablemente, emitirá una opinión con
salvedades o, en casos excepcionales, denegará su opinión, dependiendo del
grado de significación de los efectos que sobre dichas cuentas anuales pueda
suponer la resolución final de la incertidumbre.
Cambios durante el ejercicio. Con respecto a los principios y normas contables
generalmente aceptados utilizados en el ejercicio anterior
Opinión Negativa
El auditor debe haber identificado errores e incumplimiento de normas y
principios contables con efectos muy significativos en las cuentas anuales.
Ante una opinión desfavorable, el auditor tiene que exponer las razones en un
párrafo intermedio en el que se describan el efecto y motivos por los que
alcanzo tal conclusión.
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La opinión desfavorable supone manifestarse en el sentido de que las cuentas
anuales tomadas en su conjunto no presentan la imagen fiel del patrimonio, de
la situación financiera, del resultado de las operaciones o de los cambios de la
situación financiera de la entidad auditada, de conformidad con los principios y
normas contables generalmente aceptados.
Para que el auditor llegue a expresar una opinión desfavorable es preciso que
haya identificado errores, incumplimientos de principios y normas contables
generalmente aceptados, incluyendo defectos de presentación de la
información, que, a su juicio, afectan a las cuentas anuales en una cuantía o
concepto muy significativo.
Abstención de Opinión:
El auditor se abstendrá de opinar cuando no haya obtenido evidencia suficiente
para formar su opinión. Este informe se emite cuando las desviaciones de los
principios de contabilidad son tan significativas y afectan sustancialmente a los
estados financieros. Cuando el auditor no ha obtenido la evidencia necesaria
para formarse una opinión sobre las cuentas anuales tomadas en su conjunto,
debe manifestar en su informe que no le es posible expresar una opinión sobre
las mismas.
La necesidad de denegar una opinión pude originarse exclusivamente por:
- Limitaciones al alcance de la auditoría
- Incertidumbres
Cambio en la Estructura del Informe
Opinión adversa o negativa: Se incluye un párrafo explicativo donde el
auditor indica su duda substancial sobre la capacidad de la empresa para
continuar en marcha.
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Incertidumbres significativas: El auditor agrega un párrafo explicativo
debido a la situación de litigios significativos.
PROPUESTA DE AJUSTE Y RECLASIFICACIONES
En ambos casos, ha de tratarse de circunstancias de importancia y magnitud
muy significativas que impidan al auditor formarse una opinión.
Son ajustes contables el reconocimiento de hechos económicos que permitirán
presentar la información financiera de manera razonable, estos ajustes son: la
depreciación, ajustes en cargos diferidos, asientos de ajustes de cuentas de
inventarios o asientos de cierre que afectan a las cuentas de ingreso y costos y
gastos, así como el registro de la utilidad y cierre de cuentas, y el ajuste que
en algunas economías permite reconocer la pérdida del valor adquisitivo de la
moneda local (inflación)
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Los ajustes comprenden los asientos necesarios para corregir los saldos de los
libros; estos incluyen, entre otros, asientos que afectan los resultados del
ejercicio y asientos que afectan las cuentas del capital contable.
Las reclasificaciones son en su mayoría una corrección de error de registro o
por cambio en la aplicación del criterio contable utilizado, están representadas
por asientos que no afectan los libros y se llevan únicamente en los papeles de
trabajo. Resultan necesarios para presentar adecuadamente los estados
financieros y, comprenden la transferencia o reagrupación de saldos entre
cuentas del balance o entre cuentas de ingresos y gastos.
Dependiendo de la materialidad y la importancia relativa todos estos ajustes
ocasionan cambios en las aseveraciones presentadas en los estados
financieros.
Los ajustes en los papeles de auditoría son el criterio del auditor con los cuales
considera que la información está razonablemente presentada, a criterio del
auditor los ajustes y reclasificaciones que presente a los estados financieros se
pueden considerar necesarios debido a que en su revisión se detectaron fueron
omitidos o mal efectuados por el contador.
Debemos considerar que los papeles de trabajo de auditoría no son respaldo
para que el contador realice los ajustes y/o reclasificaciones, son parte de la
evidencia del trabajo de auditoría.
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