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La Uruca, San José, Costa Rica, miércoles 3 de setiembre del 2014 AÑO CXXXVI Nº 169 40 páginas

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Page 1: La Uruca, San José, Costa Rica, miércoles 3 de setiembre del … · 2015. 7. 1. · La Gaceta Nº 169 — Miércoles 3 de setiembre del 2014. Pág 3. Con fundamento en las anteriores

La Uruca, San José, Costa Rica, miércoles 3 de setiembre del 2014

AÑO CXXXVI Nº 169 40 páginas

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Pág 2 La Gaceta Nº 169 — Miércoles 3 de setiembre del 2014

DOCUMENTOS VARIOS

HACIENDADIRECCIÓN GENERAL DE ADUANAS

RES-APB-DN-189-2014.—Aduana Peñas Blancas, al ser las catorce horas del veintitrés de junio de dos mil catorce.—Procede de oficio esta Administración a delegar distintas funciones a la Subgerencia de la Aduana de conformidad con los artículos 89 al 92 de la Ley General de la Administración Pública, 12 y 24 de la Ley General de Aduanas, 8, 35 y 35 bis del Reglamento a la Ley General de Aduanas y la Directriz DGA-368-2014 del 12 de junio de 2014.

ConsiderandoI.—Fundamento Legal: La presente resolución se

fundamenta en los artículos 89, 90, 91 y 92 de la Ley General de la Administración Pública, 12 y 24 de la Ley General de Aduanas, 35 y 35 bis del Reglamento a la Ley General de Aduanas y la Directriz DGA-368-2014 del 12 de junio de 2014.

II.—Objeto de la Litis: De acuerdo con la normativa vigente y a criterio de la Dirección General de Aduanas, tanto el Subdirector General de Aduanas como el Subgerente de las Aduanas ostentan las mismas atribuciones que sus superiores jerárquicos inmediatos ante la ausencia del Director o Gerente respectivamente. Es por lo anterior, que procede esta Administración a delegar diversas funciones a la Subgerencia.

III.—Sobre la Delegación: Con respecto a la delegación la Ley General de Administración Pública señala textualmente lo siguiente:

Artículo 89.—1. Todo servidor podrá delegar sus funciones propias en su inmediato inferior, cuando ambos tengan funciones de igual naturaleza. 2. La delegación no jerárquica o en diverso grado requerirá de otra norma expresa que la autorice, pero a la misma

se aplicarán las reglas compatibles de esta Sección. 3. No será posible la delegación cuando la competencia haya sido otorgada al delegante en razón de su específica idoneidad para el cargo. 4. La delegación deberá ser publicada en el Diario Oficial cuando sea para un tipo de acto y no para un acto determinado (el subrayado no pertenece al original).

Artículo 90.—La delegación tendrá siempre los siguientes límites:

a) La delegación podrá ser revocada en cualquier momento por el órgano que la ha conferido; b) No podrán delegarse potestades delegadas; c) No podrá hacerse una delegación total ni tampoco de las competencias esenciales del órgano, que le dan nombre o que justifican su existencia; d) No podrá hacerse delegación sino entre órgano de la misma clase, por razón de la materia, del territorio y de la naturaleza de la función; y e) El órgano colegiado no podrá delegar sus funciones, sino únicamente la instrucción de las mismas, en el Secretario (el subrayado no pertenece al original).Artículo 91.—El delegante tendrá siempre la obligación de

vigilar la gestión del delegado y podrá ser responsable con este por culpa en la vigilancia. Solo habrá lugar a culpa en la elección cuando ésta haya sido discrecional (el subrayado no pertenece al original).

Artículo 92.—Se podrá delegar la firma de resoluciones, en cuyo caso el delegante será el único responsable y el delegado no podrá resolver, limitándose a firmar lo resuelto por aquel (el subrayado no pertenece al original).

Por lo que al amparo de los artículos señalados, específicamente el inciso primero del artículo 89, esta Gerencia se considera competente para proceder a delegar a partir del viernes 11 de julio de 2014 hasta el 31 de diciembre de 2016, las siguientes funciones de forma parcial a la Subgerencia: 1) firmar los oficios no recurribles-es decir, todos aquellos contra los cuales no cabe recurso alguno-tales como: las prevenciones, remisión de documentación a entidades estatales, notificaciones por casillero, consultas a autoridades judiciales, respuestas a requerimientos de otras entidades, otorgar mediante oficio las autorizaciones al personal subalterno cuando éste lo requiera para llevar a cabo alguna diligencia de interés para la Aduana; firmar las solicitudes de prueba para mejor resolver, comunicados a los funcionarios, instituciones y auxiliares de la función pública; así como las incapacidades, liquidaciones de viáticos, adelantos, remisión de evaluaciones del desempeño de los funcionarios de la Aduana de Peñas Blancas, las alertas de control y prevención de entrada y salida de vehículos y/o mercancías del territorio nacional, recordatorios a los funcionarios sobre los distintos procedimientos aduaneros y las funciones que deben ejercer según su puesto, las solicitudes a entidades estatales y privadas en el extranjero y la petición de claves de los funcionarios, tarjetas de circulación, tarjetas de combustible, permisos de conducir y la confección de sellos; presentar las denuncias correspondientes ante la autoridad judicial cuando producto de las acciones de la aduana se presuma la comisión de delitos aduaneros, así como diligenciar y procurar las acciones legales respectivas; 2) firmar las resoluciones de habilitación temporal de zona primaria y las resoluciones de emplazamiento; 3) firmar las certificaciones y 4) firmar los oficios de propuestas de nombramientos de personal.

Lo anterior, por tratarse de un órgano de la misma clase, en razón de la materia, del territorio y de la naturaleza de la función.

Al efecto, cabe hacer la salvedad de que en ausencia del subgerente, el gerente asumirá las atribuciones delegadas. Por tanto,

CONTENIDOPág

NºDOCUMENTOS VARIOS ........................................ 2

TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES

Resoluciones ........................................................... 7

Edictos .................................................................. 10

Avisos .................................................................... 11

CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA .............. 11

REGLAMENTOS ................................................... 17

REMATES ............................................................... 23

INSTITUCIONES DESCENTRALIZADAS ........ 24

RÉGIMEN MUNICIPAL ....................................... 29

AVISOS..................................................................... 31

NOTIFICACIONES ................................................ 35

Jorge Luis Vargas EspinozaDirector General imprenta nacional

Director ejecutivo junta aDministrativa

Carmen Muñoz Quesadaministerio De Gobernación y policía

Oscar Montanaro Mezarepresentante eDitorial costa rica

Magda Zavala Gonzálezrepresentante ministerio De cultura y juventuD

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La Gaceta Nº 169 — Miércoles 3 de setiembre del 2014 Pág 3

Con fundamento en las anteriores manifestaciones de hecho y de derecho, se resuelve: Primero: Delegar las siguientes funciones a las subgerencia: 1) el firmado de los oficios no recurribles-llámense: prevenciones, remisión de documentación a entidades estatales, notificaciones por casillero, consultas a autoridades judiciales, respuestas a requerimientos de otras entidades, otorgar mediante oficio las autorizaciones al personal subalterno cuando este lo requiera para llevar a cabo alguna diligencia de interés para la Aduana; firmar las solicitudes de prueba para mejor resolver, comunicados a los funcionarios, instituciones y auxiliares de la función pública; así como las incapacidades, liquidaciones de viáticos, adelantos, remisión de evaluaciones del desempeño de los funcionarios de la Aduana de Peñas Blancas, las alertas de control y prevención de entrada y salida de vehículos y/o mercancías del territorio nacional, recordatorios a los funcionarios sobre los distintos procedimientos aduaneros y las funciones que deben ejercer según su puesto, las solicitudes a entidades estatales y privadas en el extranjero y la petición de claves de los funcionarios, tarjetas de circulación, tarjetas de combustible, permisos de conducir y la confección de sellos; presentar las denuncias correspondientes ante la autoridad judicial cuando, producto de las acciones de la aduana, se presuma la comisión de delitos aduaneros, así como diligenciar y procurar las acciones legales respectivas; 2) firmar las resoluciones de habilitación temporal de zona primaria y las resoluciones de emplazamiento; 3) firmar las certificaciones y 4) firmar los oficios de propuestas de nombramientos de personal Segundo: Que el plazo de la delegación regirá a partir del viernes 11 de julio de 2014 hasta el 31 de diciembre de 2016. Notifíquese: Al licenciado Juan Carlos Aguilar Jiménez, en calidad de Subgerente de la Aduana de Peñas Blancas, a la Jefatura del Departamento Normativo, a la Jefatura del Departamento Técnico, a la Jefatura de la Sección Técnico Operativa de esta Aduana y a la Jefatura de la Sección de Depósito. Publíquese: La presente resolución en el Diario Oficial La Gaceta.—Lic. Wilson Céspedes Sibaja, Gerente Aduana Peñas Blancas.—1 vez.—O. C. Nº 3400021142.—Sol. 16789.—(IN2014053142).

EDUCACIÓN PÚBLICADIRECCIÓN DE GESTIÓN Y EVALUACIÓN

DE LA CALIDADREPOSICIÓN DE TÍTULO

EDICTOSPUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 01, folio 13, título N° 65, emitido por el Colegio Técnico Ambientalista Isaías Retana Arias, en el año dos mil seis, a nombre de Arroyo Morales Johnny Fabián, cédula 1-1386-0382. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original Se pública este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a los doce días del mes de febrero del dos mil catorce.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2014052679).

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 40, título N° 199, emitido en el año mil novecientos noventa y siete y del Título de Técnico Medio en la Especialidad de Secretariado, inscrito en el tomo 2, folio 11, título N° 137, emitido en el año mil novecientos noventa y cinco, ambos títulos fueron extendidos por el Colegio Técnico Profesional José Figueres Ferrer, a nombre de Alfaro Ceciliano Susana María, cédula 1-0977-0902. Se solicita la reposición de los títulos indicados por pérdida de los títulos originales. Se pública este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a los dieciocho días del mes de agosto del dos mil catorce.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2014052878).

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 2, folio 72, título N° 1386, emitido por el Liceo San José de Alajuela, en el año dos mil nueve, a nombre de Costetti Villalobos Emanuel, cédula 1-1506-0129. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, dieciocho de agosto del dos mil catorce.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2014052953).

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 111, título N° 1706, emitido por el Liceo Ing. Samuel Sáenz Flores, en el año mil novecientos noventa y nueve, a nombre de Mesén Fallas María del Pilar, cédula N° 1-1093-0497. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a los dieciocho días del mes de agosto del dos mil catorce.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2014052973).

Ante este departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media , inscrito en el tomo 3, folio 25, título N° 1976, emitido por el Liceo de Alajuelita, en el año dos mil once, a nombre de Blanco Pastran Felix Alfredo, cédula 1-1585-0346. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a los dos días del mes de mayo del dos mil catorce.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2014053496).

Ante este departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Diploma de Conclusión de Estudios de Educación Diversificada en Educación Técnica Modalidad Ciencias Agropecuarias, inscrito en el tomo 1, folio 278, título N° 852, emitido por el Colegio Técnico Profesional Padre Roberto Evans Saunders de Siquirres, en el año mil novecientos ochenta y cuatro, a nombre de Hardy Blackwood Luis Ernesto, cédula 7-0073-0054. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, veintisiete de mayo del dos mil catorce.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2014053656).

Ante este departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 15, asiento 29, título N° 54, emitido por el Centro de Educación Creativa, en el año dos mil doce, a nombre de Ovares Kaldenhoven Laura, cédula 9-0108-0925. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, veinte de agosto del dos mil catorce.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2014053663).

TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIALDEPARTAMENTO DE ORGANIZACIONES SOCIALES

DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS LABORALESPUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

De conformidad con la autorización extendida por el señor Ministro de Trabajo Seguridad Social, se ha procedido a la inscripción de la reforma que acordó introducir a su Estatuto la organización social denominada: Cooperativa de Ahorro y Crédito

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del Ministerio de Hacienda R. L., siglas COOPEHACIENDA R.L., acordada en asamblea celebrada el 10 de mayo 2013. Expediente C.-0085. En cumplimiento con lo dispuesto en el artículo 29 de la Ley de Asociaciones Cooperativas y 49 de la Ley Orgánica del Ministerio de Trabajo, se procede a la inscripción correspondiente, se envía un extracto de su inscripción para su publicación en el diario Oficial La Gaceta. La reforma afecta los artículos: 1, 3, 5, 6, 7, 8, 9, 10, 11, 12, 13, 14, 15, 16, 19, 20, 21, 22, 26, 28, 30, 31, 32, 33, 34, 35, 38, 39, 40, 41, 42, 43, 45, 48, 50, 51, 53, 54, 56, 57, 58, 59, 60, 61, 62, 63, 65, 66, 67, 70, 71, 72, 73, 74, 75, 76, 77, 78, 79, 80, 83, 85, 86, 88, 89, 90, 91, 92 y 95 del Estatuto.—San José, 19 de agosto del 2014.—Lic. José Joaquín Orozco Sánchez, Jefe.—(IN2014053944).

JUSTICIA Y PAZJUNTA ADMINISTRATIVA DEL REGISTRO NACIONAL

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INDUSTRIALMarcas de Ganado

Antonia Peraza Fallas, cédula de identidad 0600930077, en calidad de apoderada generalísima sin límite de suma de Ganadera Licho Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-088169, solicita la inscripción de:

como marca de ganado que usará preferentemente en Puntarenas, Osa, Palmar, San Francisco de Tinoco, 100 metros oeste y 1 kilómetro al norte de la escuela. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este registro dentro de los diez días hábiles contados a partir de

la publicación de este edicto. Presentada el 20 de febrero del 2014. Solicitud N° 2014-362.—San José, 4 de julio del 2014.—Viviana Segura De la O, Registradora.—1 vez.—(IN2014053096).

José Alberto Castillo Calvo, cédula de identidad 0700550165, en calidad de apoderado generalísimo sin límite de suma de Ganadería Colono Real Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-477577, solicita la inscripción de:

como marca de ganado que usará preferentemente en Limón, Pococí, Guápiles, del Bar La Vaca Muca 1 kilómetro y 500 metros norte. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este registro dentro de los diez días hábiles contados a partir de la publicación de este edicto.

Presentada el 7 de mayo del 2014. Solicitud N° 2014-810.—San José, 20 de mayo del 2014.—Viviana Segura De la O, Registradora.—1 vez.—(IN2014053104).

Ricardo Mora Morales, cédula de identidad 0104360369, solicita la inscripción de:

como marca de ganado que usará preferentemente en San José, Pérez Zeledón, Daniel Flores, Juntas de Pacuar, contiguo Coopecarnisur. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este registro dentro de los diez días hábiles contados a partir de la publicación de este edicto. Presentada el 2 de julio del 2014. Solicitud N° 2014-

1228.—San José, 4 de julio del 2014.—Viviana Segura De la O, Registradora.—1 vez.—(IN2014053158).

Cambio de nombre Nº 92840Que Juan Carlos Cersosimo D’Agostino, divorciado una vez,

cédula de identidad 110800755, en calidad de Apoderado Especial de Sensient Technologies Corporation, solicita a este Registro se anote la inscripción de Cambio de nombre de Universal Foods Corporation por el de Sensient Technologies Corporation, presentada el día 18 de agosto del 2014 bajo expediente 92840. El nuevo nombre afecta a las siguientes marcas: 2000-0008566 Registro N° 129457 WE BRING LIFE TO PRODUCTS (DAMOS VIDA A LOS PRODUCTOS) Señal de Propaganda, marca Denominativa. Publicar en La Gaceta Oficial por única vez, de conformidad con el artículo 32 de la Ley Nº 7978. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—21 de agosto del 2014.—Alex Villegas Méndez, Registrador.—1 vez.—(IN2014054056).

Patentes de InvenciónPUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

El señor Allan Sunikansky Feldman, de Costa Rica, mayor, vecino de Heredia, solicita el Diseño Industrial denominada MÁQUINA DE SECADO DE PIES. Dispositivo eléctrico cuya función es la del secado por completo de los pies del usuario, mediante un flujo de aire caliente. El mismo se activará mediante la presión que ejercerá el consumidor sobre la plataforma superior y se apagará al soltar dicha presión.

La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Diseños Industriales es: 28/99; cuyo inventor es Allan Sunikansky Feldman. Prioridad: La solicitud correspondiente lleva el número 20140341, y fue presentada a las 11:40:34 del 16 de julio del 2014. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la

tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 17 de julio del 2014.—Lic. Randall Abarca Aguilar, Registrador.—(IN2014053091).

La señora María De La Cruz Villanea Villegas, cédula 1-0984-0695, mayor, abogada, vecina de San José, en calidad de apoderada especial de Ineos Bíos SA, de Suiza, solicita la patente de invención denominada: CONTROL DE LA CONCENTRACIÓN DE ETANOL DURANTE LA FERMENTACIÓN DE GAS DE SÍNTESIS. Se da a conocer un proceso para el control de la concentración de etanol durante la fermentación de gas de síntesis. Un proceso para la fermentación de gas de síntesis que incluye inocular un medio para dar lugar a un medio inoculado. WO 2013/090139 A2. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: C12P 7/08, cuyos inventores son Ryan Senaratne, Song Liu. Prioridad: 12/12/2011 US 61/569,355; 25/10/2012 US 13/660,518. La solicitud correspondiente lleva el número 20140337 y fue presentada a las 14:22:10 del 11 de julio del 2014. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el diario oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 18 de agosto del 2014.—Lic. Randall Abarca Aguilar, Registrador.—(IN2014053294).

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZLa señora María Lupita Quintero Nassar, mayor, abogada,

cédula 1-0884-0675, vecina de San José, en su condición de apoderada especial de Takeda Pharmaceutical Company Limited, de Japón, solicita la Patente de Invención denominada COMPUESTO HETEROCÍCLICO DIHIDROXI AROMÁTICO. Se proporciona un compuesto que tiene una acción inhibidora de la Oxidasa D-aminoácido (DAAO), y útilo como, por ejemplo, una profilaxis y/o agente terapéutico para la esquizofrenia o dolor neuropático. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: A61K 31/50; A61K 31/441;A61K 31/441;A61K 31/442; A61K 31/443; A61K 31/443; A61K 31/443; A61K 31/444; A61K 31/496; A61K 31/501; A61K 31/537; A61K 31/551; A61P 25/04; A61P 25/10; A61P 25/18; A61P 25/24; A61P 25/28; A61P 29/02; A61P 39/06; A61P 43/00; C07D 213/69; C07D 237/16; C07D 401/06; C07D 401/12; C07D 401/14; C07D 403/12; C07D 405/12; C07D 405/14; C07D 409/12; C07D 413/12; C07D 413/14; C07D 417/12; C07D 417/14; C07D 471/04; C07D 471/10; C07D 471/12; C07D 487/04; cuyos inventores son Hondo, Takeshi, Nakanishi, Keita, Niimi, Tatsuya, Warizaya, Masaichi, Namatame, Ichiji, Harada, Katsuya. Prioridad: 15/11/2011 JP 2011-250143; 23/05/2013 // WO2013/073577. La solicitud correspondiente lleva el número 20140272, y fue presentada a las 08:37:18 del 12 de junio del 2014. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el diario oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 08 de agosto del 2014.—Lic. Melissa Solís Zamora, Registradora.—(IN2014053523).

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La Gaceta Nº 169 — Miércoles 3 de setiembre del 2014 Pág 5

La señora Alejandra Castro Bonilla, mayor, abogada, cédula 1-0880-0194, vecina de San José, en su condición de apoderada especial de Abbvie Inc, de E.U.A., solicita la Patente de Invención denominada INMUNOLIGANTES BIESPECÍFICOS DIRIGIDOS CONTRA TNF E IL-17 REFERENCIA CRUZADA A SOLICITUDES RELACIONADAS. Se proporcionan proteínas de unión multiespecíficas y multivalentes diseñadas, métodos de fabricación, y específicamente sus usos en la prevención, diagnóstico y/o tratamiento de la enfermedad. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: C07K 16/24; C07K 16/46; A61K 39/395; cuyos inventores son Hsieh, Chung-Ming, Pérez, Jennifer, Benatuil, Lorenzo, Kutskova, Yuliya, Memmott, John, Zhong, Suju, Eaton, Lucía, Hugunin, Margaret, Brito, Alyssa, Clabbers, Anca. Prioridad: 24/10/2011 US 61/550, 619; 02/05/2013 // WO2013/063110. La solicitud correspondiente lleva el número 20140224, y fue presentada a las 10:07:28 del 14 de mayo del 2014. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el diario oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 24 de julio del 2014.—Lic. Melissa Solís Zamora, Registradora.—(IN2014053620).

La señora María de la Cruz Villanea Villegas, abogada, mayor, vecina de San José, cédula 1-0984-0695, en su condición de apoderada especial de Gilead Sciences, Inc, de E.U.A., solicita la Patente de Invención denominada DERIVADOS DE ÁCIDO BENZOTIAZOL-6-IL ACÉTICO Y SU USO PARA TRATAR UNA INFECCIÓN POR VIH. Se describen compuestos y métodos para el

tratamiento de una infección por HIV. De manera acorde, una forma de realización provee un compuesto de fórmula I. La memoria descriptiva, r e i v i n d i c a c i o n e s , resumen y diseños quedan depositados,

la Clasificación Internacional de Patentes es: C07D 277/66; C07D 417/04; C07D 417/10; C07D 417/14; C07D 471/04; C07D 487/04; C07D 491/06; C07D 491/06; C07D 498/04; A61K 31/428; A61P 31/18; cuyos inventores son Kerim Babaoglu, Jake Cha, Gediminas Brizgys, Xiaowu Chen, Hongyan Guo, Randall, L. Halcomb, Xiaochun Han, Richard Huang, Hongtao Liu, Ryan Mcfadden, Michael, L. Mitchell, Yingmei QI, Paul, A. Roethle, Lianhong Xu, Hong Yang. Prioridad: 20/04/2012 US 61/636, 602; 24/10/2012 US 61/718, 165; 24/10/2013 // WO2013/159064. La solicitud correspondiente lleva el número 20140231, y fue presentada a las 14:23:11 del 16 de mayo del 2014. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el diario oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 21 de agosto del 2014.—Lic. Kelly Selva Vasconcelos, Registradora.—(IN2014054011).

REGISTRO DE PERSONAS JURÍDICASAsociaciones civiles

AVISOSRegistro de Personas Jurídicas, ha recibido para su

inscripción la reforma del estatuto de la persona jurídica cédula: 3-002-663172, denominación: Asociación Iglesia Adventista del Séptimo Día Libre. Por cuanto dicha reforma cumple con lo exigido por la Ley N° 218 del 8 de agosto de 1939, y sus reformas. Se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Documento tomo: 2014, asiento: 200369.—Dado en el Registro Nacional, a las 9 horas 3 minutos y 33 segundos, del 12 de agosto del 2014.—Lic. Luis Gustavo Álvarez Ramírez, Director.—1 vez.—(IN2014053876).

Registro de Personas Jurídicas, ha recibido para su inscripción la Reforma del estatuto de la persona jurídica cédula: 3-002-071109 denominación: Asociación Atjala. Por cuanto dicha reforma cumple con lo exigido por la Ley Nº 218 del 08/08/1939 y sus reformas. Se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Documento Tomo: 2014 Asiento: 203081.—Dado en el Registro Nacional, a las 14 horas 48 minutos y 43 segundos, del 11 de agosto del 2014.—Lic. Luis Gustavo Álvarez Ramírez, Director.—1 vez.—(IN2014054087).

DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADOHACE SABER:

Que ante este despacho se ha recibido solicitud de inscripción y habilitación para el ejercicio de la función notarial del licenciado Lorenzo Segura Mata, cédula de identidad número 1-0361-0384, carné profesional número 21934. De conformidad con lo dispuesto por el artículo 11 del Código Notarial, se invita a quienes conozcan hechos o situaciones que afecten la conducta del gestionante; a efecto de que los comuniquen a esta Dirección dentro de los quince días siguientes a esta publicación. (Exp. 14-000978-0624-NO).—San José, 13 de agosto del 2014.—Lic. Ricardo Edo. Arias Villalobos, Abogado.—1 vez.—(IN2014053829).

Que ante este despacho se ha recibido solicitud de inscripción y habilitación para el ejercicio de la función notarial del licenciado Francisco Gerardo Madrigal Ugalde, cédula de identidad número 6-0165-0134, carné profesional número 21782. De conformidad con lo dispuesto por el artículo 11 del Código Notarial, se invita a quienes conozcan hechos o situaciones que afecten la conducta del gestionante, a efecto de que los comuniquen a esta Dirección dentro de los quince días siguientes a esta publicación. (Exp. 14-000875-0624-NO).—San José, 12 de agosto del 20l4.—Lic. Ricardo Edo. Arias Villalobos, Abogado.—1 vez.—(IN2014053845).

AMBIENTE Y ENERGÍADIRECCIÓN DE GEOLOGÍA Y MINAS

SOLICITUD DE EXPLOTACIÓN ENCAUCE DE DOMINIO PÚBLICO

EDICTOEn expediente N° 10-2013 la señora Yamilette Duarte

Marín, mayor, casada, contadora, cédula de identidad 1-0448-0996, vecina de Curridabat, San José, apoderada generalísima de Servicios Aliados Generales Limitada, cédula jurídica 3-102-149617, solicita concesión para extracción de materiales en cauce de dominio público sobre el Río La Estrella.

Localización geográfica: sito en: Vesta, distrito 2 Valle la Estrella, cantón 1 Limón, provincia 7 Limón.

Hoja cartográfica: Hoja Estrella, escala 1:50.000 del I.G.N.

Localización cartográfica: entre coordenadas generales: 189479.33 - 189507.30 Norte, 641517.94 - 641548.03 Este límite aguas arriba y 190624.91 - 190425.25 Norte, 642883.80 - 642856.29 Este límite aguas abajo.

Área solicitada: 20 ha 9869.34 m2, longitud promedio 1883.99 metros, según consta en plano aportado al folio 27.

Derrotero: coordenadas del vértice N° 1 189507.30 Norte, 641548.03 Este.

Línea Acimut Distancia

° ‘ m cm

1 - 2 119 37 58 86

2 - 3 109 21 59 95

3 - 4 97 30 47 39

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Línea Acimut Distancia

° ‘ m cm

4 - 5 56 28 45 58

5 - 6 43 28 79 82

6 - 7 45 47 69 58

7 - 8 44 02 112 49

8 - 9 42 45 92 22

9 - 10 43 20 44 13

10 - 11 43 57 89 98

11 - 12 51 12 69 14

12 - 13 48 39 82 88

13 – 14 76 39 129 03

14 – 15 67 23 48 48

15 – 16 49 33 113 36

16 – 17 18 36 103 44

17 – 18 30 10 86 57

18 – 19 29 09 178 89

19 – 20 26 49 59 73

20 – 21 19 31 6 52

21 – 22 41 38 26 70

22 – 23 38 03 62 37

23 – 24 45 40 72 27

24 - 25 68 20 17 24

25 – 26 56 25 41 15

26 – 27 68 49 20 09

27 – 28 63 35 69 75

28 – 29 187 51 201 54

29 – 30 248 50 32 27

30 – 31 250 40 56 38

31 – 32 235 29 32 78

32 – 33 215 55 155 01

33 – 34 186 04 30 49

34 – 35 241 37 4 24

35 – 36 199 06 35 07

36 – 37 199 26 36 82

37 – 38 207 10 134 60

Línea Acimut Distancia

° ‘ m cm

38 – 39 226 14 40 51

39 – 40 223 17 47 19

40 – 41 216 19 35 37

41 – 42 219 03 57 76

42 – 43 176 05 22 69

43 – 44 242 21 61 04

44 – 45 229 53 14 87

45 – 46 247 24 49 75

46 – 47 244 22 39 07

47 – 48 239 54 105 91

48 – 49 240 35 51 84

49 – 50 228 43 74 26

50 – 51 218 18 34 79

51 – 52 236 10 102 87

52 – 53 229 49 106 29

53 – 54 225 53 77 93

54 – 55 229 00 46 57

55 – 56 231 34 27 79

56 – 57 241 44 69 41

57 – 58 259 04 32 95

58 – 59 286 22 51 07

59 – 60 286 11 40 69

60 – 61 309 26 61 12

61 – 62 303 04 69 90

62 – 1 47 05 41 08

Edicto basado en la solicitud inicial aportada el 21 de julio del 2009, área y derrotero aportados el 24 de julio del 2013. Con quince días hábiles de término contados a partir de la segunda publicación cítese a quienes tengan derechos mineros que oponer hacerlos valer ante este Registro Nacional Minero.—San José, a las diez horas del nueve de julio del dos mil catorce.—Registro Nacional Minero.—Lic. Rosa María Ovares Alvarado, Jefa a.í.—(IN2014053285). 2 v. 2. Alt.

DIRECCIÓN DE AGUAEDICTOS

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZExp. 16316A.—Henry Zúñiga Villalobos solicita concesión

de: 0,025 litros por segundo del nacimiento sin nombre, efectuando la captación en finca de Credecoop R. L., en San Isidro del General, Pérez Zeledón, San José, para uso consumo humano.

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La Gaceta Nº 169 — Miércoles 3 de setiembre del 2014 Pág 7

Coordenadas 364.100 / 490.500 hoja Repunta. Predios inferiores: No se indican. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 16 de julio de 2014.—Departamento de Información.—Douglas Alvarado Rojas, Coordinador.—(IN2014052613).

Exp. 11256P.—Corporación Falua S. A., solicita concesión de: 0,96 litros por segundo del acuífero, efectuando la captación por medio del pozo RA-62 en finca de Tango Mar Properties S. A. en Paquera, Puntarenas, Puntarenas, para uso turístico-restaurante hotel y piscinas-piscina doméstica-riego y lavado de maquinaria agrícola. Coordenadas 186.225 / 424.450 hoja Río Ario.—0,96 litros por segundo del acuífero, efectuando la captación por medio del pozo RA-62 en finca de Tango Mar Properties S. A. en Cóbano, Puntarenas, Puntarenas, para uso turístico-restaurante hotel y piscinas-piscina doméstica-riego y lavado de maquinaria agrícola. Coordenadas 186.100 / 424.955 hoja Río Ario. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 5 de agosto de 2014.—Departamento de Información.—Douglas Alvarado Rojas, Coordinador.—(IN2014053072).

Exp. 15648P.—Red Avícola El Arroyo S. A., solicita concesión de: 1,3 litros por segundo del acuífero, efectuando la captación por medio del pozo MI-128 en finca del solicitante en Piedades Norte, San Ramón, Alajuela, para uso agropecuario granja avícola. Coordenadas 236.905 / 480.740 hoja Miramar. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 24 de febrero de 2014.—Departamento de Información.—Douglas Alvarado Rojas, Coordinador.—(IN2014053126).

TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES

RESOLUCIONESN° 1836-E10-2014.—San José, a las quince horas del veintiocho

de mayo de dos mil catorce.Liquidación de gastos de capacitación y organización del

partido Unidad Social Cristiana correspondiente al periodo julio-setiembre 2013. (Exp. N° 111-E-2014).

Resultando:1°—Por oficio N° DGRE-260-2011 (sic) del 4 de marzo

de 2014 -recibido en la Secretaría de este Tribunal el día 7 de ese mismo mes y año-, el señor Héctor Enrique Fernández Masís, Director General del Registro Electoral y Financiamiento de Partidos Políticos, remitió el informe N° DFPP-IT-PUSC-01-2014 del 10 de febrero de 2014, elaborado por el Departamento de Financiamiento de Partidos Políticos y denominado: “Informe relativo al análisis de la liquidación trimestral de gastos presentada por el Partido Unidad Social Cristiana para el período comprendido entre el 1° de julio y el 30 de setiembre 2013” (folios 1-14).

2°—Mediante resolución de las 8:30 horas del 11 de marzo de 2014, el Magistrado Instructor confirió audiencia a las autoridades del partido Unidad Social Cristiana (PUSC) para que, si lo estimaban conveniente, se manifestaran sobre el informe mencionado (folio 15).

3°—El Presidente del PUSC, Gerardo Vargas Rojas, por oficio N° PUSC-0280-2014 del 19 de marzo de 2014, respondió la audiencia conferida (folios 18-29).

4°—Por auto de las 9:05 horas del 27 de marzo de 2014, el Magistrado Instructor solicitó al jefe de la Sub Área Plataforma de Servicios del Área de Atención a Patronos de la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS), Ricardo Velázquez Castro, que informara la situación actual de morosidad del PUSC con esa institución (folio 30).

5°—Mediante resolución de las 9:10 horas del 27 de marzo de 2014, el Magistrado Instructor solicitó al gerente general del Banco de Costa Rica (BCR), Mario Rivera Turcios, informar sobre la situación actual de la deuda del PUSC con esa institución (folio 31).

6°—El Magistrado Instructor, por auto de las 9:55 horas del 27 de marzo de 2014, solicitó al presidente del PUSC, Gerardo Vargas Rojas que demostrara, mediante documentos fehacientes, la situación actual de la deuda de esa agrupación política con el señor Luis Guerrero Sánchez (folio 32).

7°—Por oficio N° SAPS-0734-03-2014 del 31 de marzo de 2014, el jefe de la Subárea Plataforma de Servicios del Área de Atención a Patronos de la CCSS respondió la audiencia conferida (folios 41-45).

8°—Mediante oficio N° GG-03-117-2014 del 31 de marzo de 2014, el gerente general del BCR respondió la audiencia conferida (folio 46).

9°—El Magistrado Instructor, según resolución de las 12:50 horas del 9 de abril de 2014, confirió audiencia al presidente del PUSC para que se refiriera a lo informado por la CCSS y el BCR (folio 47).

10.—Por oficio N° PUSC-0288-2014 del 24 de abril de 2014, el presidente del PUSC se refirió a la audiencia concedida (folios 52-66).

11.—En el procedimiento se han observado las prescripciones legales.

Redacta la Magistrada Esquivel Faerron; y,Considerando:

I.—Reserva de capacitación y organización y principio de comprobación del gasto aplicable a las liquidaciones de gastos presentadas por los partidos como condición para recibir el aporte estatal. El artículo 96 de la Constitución Política, en relación con el artículo 89 del Código Electoral, establece que el Estado debe contribuir a sufragar los gastos de los partidos políticos. Esa contribución, de acuerdo con el inciso 1° de la misma norma constitucional, se debe destinar a cubrir los gastos que genere la participación de los partidos políticos en esos procesos electorales y a satisfacer las necesidades de capacitación y organización política.

Para recibir el aporte del Estado prevalece el principio de comprobación del gasto que se traduce en el hecho de que, para optar por la contribución estatal, los partidos deberán demostrar sus gastos ante el Tribunal Supremo de Elecciones, que solo debe aprobar aquellos autorizados previa su comprobación por parte del partido de que se trate y en estricta proporción a la votación obtenida.

El Tribunal, desde la sesión N° 11437 del 15 de julio de 1998 indicó que, para que los partidos políticos puedan recibir el aporte estatal, es determinante la verificación del gasto, al señalar:

“Para recibir el aporte del Estado, dispone el inciso 4) del artículo 96 de la Constitución Política –los partidos deberán comprobar sus gastos ante el Tribunal Supremo de Elecciones. Lo esencial, bajo esta regla constitucional, es la comprobación del gasto. Todas las disposiciones del Código Electoral y de los reglamentos emitidos por el Tribunal y la Contraloría General de la República en esta materia, son reglas atinentes a esa comprobación que, sin duda alguna, es el principal objetivo. Por lo tanto, como regla general, puede establecerse que si el órgano contralor, con la documentación presentada dentro de los plazos legales y los otros elementos de juicio obtenidos por sus funcionarios conforme a los procedimientos de verificación propios de la materia, logra establecer, con la certeza requerida, que determinados gastos efectivamente se hicieron y son de aquellos que deben tomarse en cuenta para el aporte estatal, pueden ser aprobados aunque la documentación presentada o el procedimiento seguido en su trámite adolezca de algún defecto formal.”A partir de las reglas establecidas en el Código Electoral,

al momento en que se resuelvan las liquidaciones que plantean las agrupaciones políticas luego de celebrados los comicios respectivos, se debe conformar una reserva que les permita obtener el reembolso de futuros gastos que se hagan en época no electoral para atender dichas actividades de capacitación y organización. Esta reserva quedará constituida según el monto máximo de contribución a que tenga derecho cada partido y según los porcentajes correspondientes predeterminados estatutariamente.

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Pág 8 La Gaceta Nº 169 — Miércoles 3 de setiembre del 2014

II.—Hechos probados. De relevancia se tienen los siguientes:

1.- Que el PUSC presentó ante este Tribunal, dentro del plazo establecido, la liquidación trimestral de gastos del rubro de reserva de capacitación y organización política correspondiente al trimestre comprendido entre el 1° de julio y el 30 de setiembre, ambos de 2013, por un monto total de ¢16.313.040,63 (folio 9).

2.- Que este Tribunal, por medio de resolución N° 8746-E10-2012 de las 14:45 horas del 18 de diciembre de 2012, determinó que el monto total de la reserva del PUSC para afrontar gastos de capacitación y organización era de ¢37.249.764,64, que se conformó así: para afrontar gastos de capacitación la suma de ¢31.615.095,39, y para gastos de organización ¢5.634.669,25 (folios 9, 71-72).

3.- Que el PUSC, de acuerdo con el resultado de la revisión final de gastos efectuada por la Dirección General del Registro Electoral y Financiamiento de Partidos Políticos, correspondiente a la liquidación trimestral del período comprendido entre el 1° de julio y el 30 de setiembre de 2013, logró comprobar gastos de organización por la suma de ¢11.909.158,74 (folio 10).

4.- Que, según el estudio técnico realizado por el Departamento de Financiamiento de Partidos Políticos, el PUSC no liquidó gastos aplicables a la reserva de capacitación (folios 9-11).

5.- Que el PUSC acreditó haber realizado la publicación anual en un diario de circulación nacional de la lista de contribuyentes y el estado auditado de las finanzas partidarias del período comprendido entre el 1° de julio de 2012 y el 30 de junio de 2013, tal y como lo ordena el artículo 135 del Código Electoral (folio 14).

6.- Que el PUSC no registra multas pendientes de cancelar (folio 14).

7.- Que el PUSC se encuentra moroso en sus obligaciones con la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS) con un reporte de saldo adeudado por ¢16.579.502,00 (folio 75).

8.- Que la CCSS y el PUSC suscribieron un contrato de transacción extrajudicial con el objeto de liquidar la totalidad de la deuda que mantiene el segundo con la primera (folios 21-24, 56, 65-66).

9.- Que el contrato de transacción extrajudicial suscrito entre la CCSS y el PUSC fue presentado ante el Juzgado Especializado de Cobro del II Circuito Judicial de San José (folios 56, 65-66).

10.- Que en expediente N° 11-011377-1170-CJ, en que el señor Luis Guerrero Sánchez figura como actor, el Juzgado II Especializado de Cobro del I Circuito Judicial de San José ordenó embargo contra el PUSC (folio 70 vuelto).

III.—Hechos no probados.- No los hay de relevancia.IV.—Sobre la audiencia conferida al PUSC respecto del

informe de liquidación trimestral de gastos del Departamento de Financiamiento de Partidos Políticos. Según consta a folio 15, este Tribunal confirió audiencia a las autoridades del PUSC para que se manifestaran, si así lo estimaban conveniente, sobre el informe N° DFPP-IT-PUSC-01-2014 del 10 de febrero de 2014.

El presidente del partido respondió que la CCSS y el PUSC suscribieron un contrato de transacción extrajudicial dentro del expediente N° 10-010260-1012-CJ, por el cual se “(…) solicita la cancelación total de la deuda del PUSC con esta Institución con los dineros que han sido embargados y que se encuentran debidamente depositados y en custodia de dicho Juzgado.” Asimismo, indicó que en el expediente N° 09-000555-1012-CJ “(…) se han (sic) llegado a acuerdos de liquidación entre el PUSC y el acreedor Banco de Costa Rica”. (folio 18).

Considerando lo anterior, solicitó que se reconsiderara lo recomendado en el informe aduciendo que retener o embargar dinero en expedientes que se encuentran en proceso de conclusión “(…) trasgrede los intereses y derechos de otros acreedores y del Partido Político (sic) (…).” (folio 19).

V.—Sobre las audiencias conferidas a la CCSS y el BCR respecto de lo afirmado por el PUSC. De lo indicado por el PUSC este Tribunal confirió audiencia a las autoridades de la CCSS y del BCR a efectos de que informaran sobre la situación actual de

morosidad de la agrupación política con esas instituciones. De igual manera, se solicitó al partido que informara la situación actual de la deuda con el señor Luis Guerrero Sánchez.

El jefe de la Subárea Plataforma de Servicios de la Dirección de Cobros de la CCSS informó que el PUSC tiene una situación actual de “moroso”, con vista del Sistema Centralizado de Recaudación (SICERE) (folio 41); y, el gerente general del BCR indicó que el “Proceso Judicial (sic) presentado por el BCR ante (sic) la agrupación política PUSC, derivada (sic) de deudas pendientes en proceso electoral 2002-2006, ha sido cancelado en su totalidad” (el destacado es del original), y que actualmente, el partido mantiene una nueva deuda con el Banco por la suma de ¢90 millones, para cubrir gastos derivados de la campaña 2014, indicando que los documentos soporte de la misma ya han sido presentados ante el Departamento de Financiamiento de Partidos Políticos. Con base en lo anterior, afirmó que la entidad bancaria no tiene “(…) ninguna deuda pendiente en proceso judicial (…).” (Folio 46).

Vista la información remitida, esta Magistratura Electoral confirió audiencia al PUSC para que manifestara lo que a bien tuviera.

En respuesta a la audiencia, el presidente del PUSC explicó que por la “mora judicial”, no se han acreditado las sumas retenidas para la cancelación total de la deuda con la CCSS. En cuanto al BCR, manifestó que el PUSC canceló en su totalidad los saldos de la deuda. La agrupación no se refirió a la deuda con el señor Guerrero Sánchez.

VI.—Sobre el resultado final de la revisión de la liquidación presentada por el PUSC correspondiente al periodo julio-setiembre de 2013. De acuerdo con el examen practicado por la Dirección General del Registro Electoral y Financiamiento de Partidos Políticos a la documentación aportada por el PUSC para justificar el aporte estatal con cargo a la reserva de capacitación y organización, contenido en el oficio N° DGRE-260-2011 del 4 de marzo de 2014 y en el informe N° DFPP-IT-PUSC-01-2014 del 10 de febrero de 2014, procede analizar los siguientes aspectos a la luz de lo que disponen los artículos 107 del Código Electoral y 70 del Reglamento sobre el Financiamiento de los Partidos Políticos:

VI.1.- Sobre la reserva de capacitación y organización del PUSC. Tal y como consta en la sentencia N° 8746-E10-2012 de las 14:45 horas del 18 de diciembre de 2012, la reserva de capacitación y organización del PUSC estaba conformada por la suma de ¢37.249.764,64, de los cuales ¢5.634.669,25 serían para gastos de organización y ¢31.615.095,39 para gastos de capacitación.

VI.2.- Sobre los gastos de capacitación. De conformidad con el informe rendido por la Dirección General del Registro Electoral y Financiamiento de Partidos Políticos, en esta oportunidad al PUSC no se le aprobaron gastos de capacitación, por lo que el monto reservado para ese rubro se mantiene en ¢31.615.095,39.

VI.3.- Sobre los gastos de organización reconocidos al PUSC. De acuerdo con los elementos que constan en autos, el PUSC tenía en reserva la suma de ¢5.634.669,25 para el reembolso de gastos de organización y presentó la liquidación para justificar los gastos correspondientes, que realizó del 1° de julio al 30 de setiembre de 2013. Una vez hecha la revisión de esos gastos, la Dirección General del Registro Electoral y Financiamiento de Partidos Políticos tuvo erogaciones debidamente justificadas por la suma de ¢11.909.158,74. No obstante, dado que esa cifra sobrepasa el monto al que tiene derecho, corresponde reconocer a esa agrupación política un monto de ¢5.634.669,25, con lo cual dicha reserva se tiene por agotada.

VII.—Sobre las retenciones por concepto de multas impuestas pendientes de cancelación, omisión de publicaciones ordenadas en el artículo 135 del Código Electoral y morosidad con la Caja Costarricense de Seguro Social. De acuerdo con los informes técnicos y demás documentación adjunta al expediente, esta Magistratura se permite señalar lo siguiente:

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La Gaceta Nº 169 — Miércoles 3 de setiembre del 2014 Pág 9

VII.1.- No resulta procedente efectuar retención alguna en aplicación de lo dispuesto en el artículo 300 del Código Electoral, pues no existe registro de que el PUSC tenga multas pendientes de cancelación.

VII.2.- Tal y como se ha tenido por probado, el PUSC ha cumplido con la publicación prevista en el artículo 135 del Código Electoral, por lo que no corresponde retener suma alguna por este concepto.

VII.3.- En lo relativo a las obligaciones pendientes de pago con la CCSS, el Tribunal indicó en la resolución n.° 8746-E10-2012 lo siguiente:

“(a) en la resolución 2124-E10-2010 de las 11:00 horas del 26 de marzo de 2010, se ordenó retener cautelarmente la suma de ¢112.177.041,00, monto que posteriormente fue depositado en la cuenta en colones del Banco de Costa Rica número 080046561012-1, perteneciente al Juzgado Especializado de Cobro del II Circuito Judicial de San José, según acuerdo adoptado en el artículo 14 de la sesión número 041-2010 del TSE; (b) por resolución 2918-E10-2012 de las 13:40 horas del 17 de abril de 2012, se dispuso depositar en la cuenta en colones del Banco de Costa Rica, número 100102601012-6 perteneciente al Juzgado Especializado de Cobro del II Circuito Judicial de San José, la suma de ¢15.029.731,50; (c) por último, en ese mismo fallo se ordenó retener cautelarmente, como único monto con el fin de garantizar que se honraran las deudas del PUSC con la seguridad social, la suma de ¢17.608.887.50, monto que correspondía a la diferencia entre la suma embargada -véase el punto (b)- y la cantidad certificada por la Caja Costarricense de Seguro Social como adeudada por el partido (folio 227 del expediente 490-S-2012). Lo anterior implica que el TSE ha depositado en cuentas de despachos judiciales, con motivo de embargos solicitados por la Caja Costarricense de Seguro Social, la suma de ¢127.206.772,50; asimismo, ha ordenado retener, cautelarmente, la suma de ¢17.608.887,50, para garantizar que el PUSC haga frente a sus obligaciones pendientes de pago con la seguridad social. Aunado a esto, se debe considerar que después del dictado de la última resolución citada, el PUSC no aparece como patrono activo (folio 39), de manera tal que no se puede concluir que esa agrupación presente deudas surgidas con posterioridad al 17 de abril de 2012 por el impago de cuotas obrero patronales. En consecuencia, no resulta procedente ordenar nuevas retenciones.”

No obstante lo anterior, en el informe emitido por el Departamento de Financiamiento de Partidos Políticos se indicó que, según el sistema de morosidad patronal disponible en la página web de la CCSS, “(…) el Partido Unidad Social Cristiana (…), -a la fecha de este informe– se encuentra moroso.” (Folios 12, 14), e informó de varios procesos de cobro judicial, cuya parte actora es dicha entidad (folios 12, 13). Esto hizo que la Dirección General del Registro Electoral y Financiamiento de Partidos Políticos recomendara a este Tribunal, ordenar al Ministerio de Hacienda y a la Tesorería Nacional retener cautelarmente el monto aprobado por concepto de gastos de organización, hasta que se suministre al Tribunal certificación que demuestre que el PUSC se encuentra al día con sus pagos, que se llegó a un arreglo de pago por concepto de cuotas obrero patronales o, en su caso, hasta que dichos montos sean liberados o requeridos por juez competente. De ese modo, las autoridades hacendarias reservarían dicha suma a efectos de garantizar que se honren debidamente las deudas con la seguridad social (folio 5 vuelto).

Según lo informado por la CCSS a este Tribunal, la condición del patrono PUSC es de morosidad (lo que se corrobora en su página web) (folios 41-45, 75); no obstante, tal y como se ha tenido por probado, la CCSS y el PUSC suscribieron un contrato de transacción extrajudicial con el objeto de liquidar la totalidad de la deuda que mantiene el segundo con la primera, el cual fue presentado ante el Juzgado Especializado de Cobro del II Circuito Judicial de San José, por lo que no procede atender lo recomendado por la Dirección General del Registro Electoral.

VIII.—Sobre la deuda del PUSC con el BCR. Dado que no constan órdenes judiciales de embargo pendientes de atender en contra del PUSC en virtud de deudas con el Banco de Costa Rica, no procede retener suma alguna por ese concepto.

IX.—Sobre otros embargos que pesan sobre el PUSC. Tal y como consta en la resolución N° 8746-E10-2012, solo resulta procedente retener los montos que se aprueben por gastos de capacitación y organización del PUSC para atender el embargo ordenado por el Juzgado II Especializado de Cobro del I Circuito Judicial de San José por la suma de ¢112.500.000,00, en el que el señor Luis Guerrero Sánchez figura como actor (expediente judicial N° 11-011377-1170-CJ), en el cual queda un saldo pendiente de ¢77.604.646,42 (folios 70 vuelto, 74 vuelto); por ende, corresponde depositar en la cuenta del Banco de Costa Rica N° 110113771170-9, perteneciente a ese juzgado, la suma de ¢5.634.669,25. Sin embargo, en virtud de que ese monto es inferior al que aún resta por depositar a la orden de esa autoridad judicial, la diferencia resultante de ¢71.969.977,17 deberá reservarse para ser conocida en posteriores liquidaciones.

X.—Sobre el monto total a reconocer. De conformidad con lo expuesto, el monto total aprobado al PUSC, con base en la revisión de la liquidación de gastos del período comprendido entre el 1° de julio y el 30 de setiembre de 2013, asciende a la suma de ¢5.634.669,25.

Dicha cantidad de acuerdo con lo expuesto en el considerando anterior, deberá ponerse a la orden de la autoridad judicial indicada. De esta forma, el Ministerio de Hacienda y la Tesorería Nacional deberán coordinar lo necesario para depositar en la cuenta N° 110113771170-9 del Banco de Costa Rica, perteneciente al Juzgado II Especializado de Cobro del I Circuito Judicial de San José, la suma de ¢5.634.669,25.

X.—Sobre el monto con que quedará constituida la reserva para futuros gastos de organización y capacitación del PUSC. Tomando en consideración que a esta agrupación política no se le aprobaron gastos de capacitación para el periodo bajo análisis, ese monto se mantiene en ¢31.615.095,39. Por otra parte, de acuerdo con lo analizado en esta resolución, la reserva para gastos de organización se tiene por agotada. De esta manera, el monto total por el que quedará conformada la reserva para afrontar gastos futuros correspondientes a gastos de capacitación asciende a ¢31.615.095,39. Por tanto:

De acuerdo con lo dispuesto en los artículos 96 inciso 4 de la Constitución Política, 102, 104 y 107 del Código Electoral y 70 y 73 del Reglamento sobre el Financiamiento de los Partidos Políticos, corresponde reconocerle al partido Unidad Social Cristiana, cédula jurídica número 3-110-098296, la suma de ¢5.634.669,25 (cinco millones seiscientos treinta y cuatro mil seiscientos sesenta y nueve colones con veinticinco céntimos) que, a título de contribución estatal, le corresponde por gastos de organización válidos y comprobados del período comprendido entre el 1° de julio y el 30 de setiembre de 2013. No obstante, en virtud del embargo decretado sobre la contribución estatal del partido Unidad Social Cristiana dentro del expediente número 11-011377-1170-CJ del Juzgado II Especializado de Cobro del I Circuito Judicial de San José, procedan el Ministerio de Hacienda y la Tesorería Nacional a depositar en la cuenta del Banco de Costa Rica número 110113771170-9, perteneciente al juzgado indicado, la suma de ¢5.634.669,25 (cinco millones seiscientos treinta y cuatro mil seiscientos sesenta y nueve colones con veinticinco céntimos). Se informa al Ministerio de Hacienda y a la Tesorería Nacional que ese partido mantiene a su favor una reserva de ¢31.615.095,39 (treinta y un millones seiscientos quince mil noventa y cinco colones con treinta y nueve céntimos) para afrontar gastos futuros de capacitación, cuyo reconocimiento queda sujeto al procedimiento de liquidaciones trimestrales contemplado en el artículo 107 del Código Electoral, en relación con el artículo 73 del Reglamento sobre el Financiamiento de los Partidos Políticos. De conformidad con el artículo 107 del Código Electoral, contra esta resolución procede recurso de reconsideración, que podrá interponerse en el plazo de ocho días hábiles. Notifíquese lo resuelto al partido Unidad Social Cristiana y a la Presidencia Ejecutiva de la Caja Costarricense de Seguro Social. Una vez que esta resolución adquiera firmeza, se

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comunicará a la Tesorería Nacional, al Ministerio de Hacienda, al Juzgado II Especializado de Cobro del I Circuito Judicial de San José, al Banco de Costa Rica y a la Dirección General del Registro Electoral y de Financiamiento de Partidos Políticos y se publicará en el Diario Oficial.

Luis Antonio Sobrado González.—Eugenia María Zamora Chavarría.—Max Alberto Esquivel Faerron.—Marisol Castro Dobles.—Juan Antonio Casafont Odor.—1 vez.—(IN2014053678).

EDICTOSRegistro Civil-Departamento CivilOFICINA DE ACTOS JURÍDICOS

Se hace saber que este Registro Civil en diligencias de ocurso incoadas por Katherine Evelyn Brack Brown, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 142-2014.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las catorce horas cincuenta y nueve minutos del trece de enero del dos mil catorce. Exp. Nº 49150-2013. Resultando 1º—..., 2º—..., 3º—... Considerando: I.—Hechos probados:... II.—Sobre el fondo:... Por tanto: Rectifíquese el asiento de nacimiento de Jade Nyshany Lau Brown... en el sentido que los apellidos de la madre de la persona ahí inscrita, consecuentemente el segundo apellido de la misma son: “Brack Brown” y “Brack”, respectivamente.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor Civil.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—(IN2014053486).

Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Jaira Nona Pictan Emilio, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 1780-2014.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección Actos Jurídicos.—San José, a las trece horas treinta y tres minutos del tres de junio de dos mil catorce.—Ocurso. Exp N° 56227-2013. Resultando 1º—..., 2º—..., Considerando: I.—Hechos probados:..., II.—Sobre el fondo:..., Por tanto: Rectifíquese el asiento de nacimiento de Britany Sugey Livay Pictan, en el sentido que el nombre de la madre... es “Jaira Nona”.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor Civil.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—(IN2014053495).

Se hace saber que este Registro Civil en diligencias de ocurso incoadas por Zobeida del Carmen Cruz no indica segundo apellido, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 1206-2014.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las trece horas cincuenta y cinco minutos del veinticinco de abril de dos mil catorce. Exp. Nº 52249-2013. Resultando 1º—... 2º—... Considerando: I.—Hechos probados:... II.—Sobre el fondo:... Por tanto: Rectifíquese el asiento de nacimiento de Maximiliano Alberto González Cruz... en el sentido que el nombre de la madre del mismo es “Zobeida del Carmen”.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor Civil.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—(IN2014053503).

Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Karla Yaoska Prado Rayo, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 1712-2014.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección Actos Jurídicos. San José, a las ocho horas once minutos del dos de junio del dos mil catorce. Ocurso. Exp N° 17730-2014. Resultando 1º—..., 2º—..., Considerando: I.—Hechos probados:..., II.—Sobre el fondo:..., Por tanto: Rectifíquese el asiento de nacimiento de Keanny Jahoska Prado Rayos, en el sentido que el segundo apellido de la madre de la persona ahí inscrita, consecuentemente el segundo apellido de la misma es “Rayo”.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor Civil.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—(IN2014053641).

Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Deylin Maryuri Bellorín Osorio, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 2203-2014.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección Actos

Jurídicos.—San José, a las doce horas diez minutos del veintiséis de junio de dos mil catorce. Ocurso. Exp. N° 33918-2013. Resultando 1º—..., 2º—..., Considerando: I.—Hechos Probados:..., II.—Sobre el fondo:..., Por tanto: rectifíquese el asiento de nacimiento de Anthony Javier Zamora Rivera, en el sentido que el nombre y los apellidos de la madre de la persona ahí inscrita consecuentemente el segundo apellido del mismo son “Deylin Maryuri Bellorín Osorio” y “Bellorín” respectivamente.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor Civil.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—(IN2014053787).

Se hace saber que este Registro Civil en diligencias de ocurso incoadas por Édgar Remberto Maradiaga Dávila, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 2102-2014. Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las quince horas del tres de julio del dos mil catorce. Exp. Nº 15447-2014. Resultando 1º—..., 2º—... Considerando: I.—Hechos Probados:..., II.—Sobre el fondo:..., Por tanto: rectifíquese el asiento de nacimiento de Lesly Alexa Maradiaga Dávila..., en el sentido que el segundo nombre del padre... es “Remberto”.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor Civil.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—(IN2014053788).

Se hace saber que este Registro Civil en diligencias de ocurso incoadas por Ana Marisol Muñoz no indica segundo apellido, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 947-2014.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las diez horas veintisiete minutos del veinticuatro de marzo de dos mil catorce. Exp. Nº 43427-2013. Resultando 1º—... 2º—... Considerando: I.—Hechos Probados:... II.—Sobre el fondo:... Por tanto: Rectifíquese el asiento de nacimiento de José Izac Huete Muñoz... en el sentido que el nombre de la madre... es “Ana Marisol Muñoz no indica segundo apellido”.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor Civil.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—(IN2014053792).

Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Jaquelin de los Ángeles Novoa Palacio, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 1735-2014.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección Actos Jurídicos.—San José, a diez horas cinco minutos del dos de junio de dos mil catorce. Ocurso. Exp. N° 16674-2014. Resultando 1º—..., 2º—..., Considerando: I.—Hechos Probados:..., II.—Sobre el fondo:..., Por tanto: rectifíquese el asiento de nacimiento de Atner Orozco Novoa, en el sentido que el nombre y el segundo apellido de la madre... son “Jaquelin de los Ángeles” y “Palacio” respectivamente.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor Civil.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—(IN2014053797).

Se hace saber que este Registro Civil en diligencias de ocurso incoadas por Norma Lorena Peña no indica segundo apellido, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución N° 1825-2014.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las diez horas treinta minutos del cinco de junio del dos mil catorce. Exp. N° 4610-2014. Resultando 1º—..., 2º—... Considerando: I.—Hechos probados:..., II.—Sobre el fondo:..., Por tanto: Rectifíquese el asiento de nacimiento de Sheylin Valeska Montano Peña..., en el sentido que el nombre y el apellido de la madre... son “Norma Lorena Peña no indica segundo apellido”.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor Civil.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—(IN2014053871).

Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Judith Matamoros, ha dictado una resolución que en lo conducente dice” N° 439-2003.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Oficina Actos Jurídicos. San José, a las trece horas diecisiete minutos del veinticuatro de abril del dos mil tres. Diligencias de ocurso incoadas en este Registro por Judith

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La Gaceta Nº 169 — Miércoles 3 de setiembre del 2014 Pág 11

Matamoros, mayor, soltera, de oficios domésticos, nicaragüense, cédula de residencia número ciento treinta y cinco-RE-cero treinta mil ciento setenta-cero cero-mil novecientos noventa y nueve, vecina de Paseo Los Estudiantes, San José. Exp N° 25460-2002 Resultando: 1º—..., 2º—..., Considerando: I.—Hechos probados” II.—Sobre el fondo:... Por tanto: Rectifíquese el asiento de nacimiento de Jonathan Josué Valladares Rivas, en el sentido de que los apellidos de la madre son Matamoros Rivas y no como aparecen actualmente consignados. Publíquese esta resolución por una vez en el Diario Oficial. Notifíquese.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor.—Lic. Ligia María González Richmond, Jefa.—1 vez.—(IN2014054024).

Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Gretel Karolina Borge Vargas, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 1951-2014.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección Actos Jurídicos. San José, a las nueve horas cincuenta y cuatro minutos del dieciocho de junio del dos mil catorce. Ocurso. Exp. N° 2929-2014. Resultando 1º—..., 2º—..., 3º—..., Considerando: I.—Hechos probados:..., II.—Sobre el fondo:... Por tanto: Rectifíquese el asiento de nacimiento de Cristian Esteben Alonso Borges, en el sentido que el nombre y los apellidos de la madre... son “Gretel Karolina Borge Vargas”.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—(IN2014054054).

AVISOSRegistro Civil-Departamento Civil

SECCIÓN DE OPCIONES Y NATURALIZACIONESAvisos de solicitud de naturalización

Librada Prisca de Casa de Casa, mayor; soltera, empleada doméstica, filipina, cédula de residencia 160800016905, vecina de Heredia, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Exp. 130453-2014.—San José, catorce de febrero del dos mil catorce.—Lic. Ricardo Chavarría Barquero, Jefe.—1 vez.—(IN2014053585).

Rosa Adelayda Pérez Selva, mayor, soltera, analista de inventarios, nicaragüense, cédula de residencia N° 155812228824, vecina de Alajuela, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Exp. 2316-2011.—San José, treinta de julio del dos mil catorce.—Lic. German Alberto Rojas Flores, Jefe a. í.—1 vez.—(IN2014054028).

CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA

MODIFICACIONES A LOS PROGRAMASSEGURIDAD PÚBLICA

MODIFICACIÓN PLAN ANUAL DE ADQUISICIONES 2014La Dirección de Proveeduría Institucional les informa a todos

los interesados que a partir de esta fecha se ha publicado Modificación al Plan Anual de Adquisiciones del Ministerio de Seguridad Pública, correspondiente al siguiente programa presupuestario 09001 Policía de Control de Drogas el cual se encuentra a su disposición en la dirección electrónica www.hacienda.go.cr. En el link de COMPRARED.

San José 28 de agosto de 2014.—Proveeduría Institucional.—Lic. Mario Umaña Mora, Director.—1 vez.—O. C. Nº 3400021148.—Solicitud Nº 18929.—C-11270.—(IN2014055492).

LICITACIONESSALUD

DIVISIÓN ADMINISTRATIVALICITACIÓN ABREVIADA N° 2014LA-000003-63101

Alquiler de inmueble para albergar al ÁreaRectora de Salud de Hojancha

La Proveeduría Institucional del Ministerio de Salud, recibirá propuestas hasta las 11:00 horas del 12 de setiembre de 2014, para la contratación de:

Línea 1: Alquiler de inmueble para albergar al Área Rectora de Salud de Hojancha, por el periodo de un año prorrogable por periodos iguales hasta un máximo de 48 meses.

El cartel con las especificaciones técnicas y condiciones generales de dicha contratación administrativa se encuentra a disposición de los interesados en el Sistema de Compras Gubernamentales Compr@Red a partir de la presente publicación.

San José, 29 de agosto de 2014.—Proveeduría Institucional.—Lic. Vanessa Arroyo Chavarría, Proveedora.—1 vez.—O. C. Nº 3400022094.—Solicitud Nº 19007.—C-13920.—(IN2014055504).

LICITACIÓN ABREVIADA N° 2014LA-000004-63101Alquiler de inmueble para albergar al Área

Rectora de Salud de Ciudad QuesadaLa Proveeduría Institucional del Ministerio de Salud,

recibirá propuestas hasta las 11:00 horas del 12 de setiembre de 2014, para la contratación de:

Línea 1: Alquiler de inmueble para albergar al Área Rectora de Salud de Ciudad Quesada, por el periodo de un año prorrogable por periodos iguales hasta un máximo de 48 meses.

El cartel con las especificaciones técnicas y condiciones generales de dicha contratación administrativa se encuentra a disposición de los interesados en el Sistema de Compras Gubernamentales Compr@RED a partir de la presente publicación.

San José, 29 de agosto de 2014.—Proveeduría Institucional.—Lic. Vanessa Arroyo Chavarría, Proveedora.—1 vez.—O. C. Nº 3400022094.—Solicitud Nº 19008.—C-14120.—(IN2014055511).

PROVEEDURÍA INSTITUCIONALLICITACIÓN ABREVIADA N° 2014LA-000005-63102

Elaboración de afiches para la DirecciónNacional de CEN-CINAI

La Proveeduría Institucional del Ministerio de Salud, recibirá propuestas hasta las 11:00 horas del 12 de setiembre de 2014, para la contratación de:

Línea 1: Elaboración de 150.000 afiches para la Dirección Nacional de CEN-CINAI.

El cartel con las especificaciones técnicas y condiciones generales de dicha contratación administrativa se encuentra a disposición de los interesados en el Sistema de Compras Gubernamentales Compr@RED a partir de la presente publicación.

San José, 1 de setiembre del 2014.—Lic. Vanessa Arroyo Chavarría, Proveedora Institucional.—1 vez.—O. C. N° 3400021308.—Solicitud N° 19078.—(IN2014055898).

CULTURA Y JUVENTUDLICITACIÓN ABREVIADA 2014LA-000044-75800

Construcción del edificio que albergará el centro cultural parala banda de conciertos de Heredia, Dirección de Bandas

La Proveeduría Institucional del Ministerio de Cultura y Juventud invita a todos los interesados en participar en la Licitación Pública 2014LA-000044-75800 denominada “Construcción del edificio que albergará el centro cultural para

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Pág 12 La Gaceta Nº 169 — Miércoles 3 de setiembre del 2014

la banda de conciertos de Heredia, Dirección de Bandas”, para la cual se recibirán ofertas electrónicas hasta las 10:00 horas del día 22 de setiembre del 2014.

El interesado tiene el cartel a disposición en el Sistema CompraRed en forma gratuita, en la dirección http://www.hacienda.go.cr/comprared de Internet a partir de esta fecha.

San José, 27 de agosto de 2014.—Proveeduría Institucional.—Lic. Jorge Rodríguez Solera, Proveedor.—1 vez.—O. C. N° 3400002185.—Solicitud N° 18949.—C-16080.—(IN2014055818).

INSTITUTO DE DESARROLLO RURALEl Instituto de Desarrollo Rural comunica la apertura del

siguiente proceso:LICITACIÓN ABREVIADA 2014LA-000029-01

Adquisición de insumos químicos para la siembra de frijolen asentamientos administrados por la subregión

de Santa RosaFecha y hora de recepción de ofertas: jueves 11 de setiembre

2014, a las 10:00 horas, (10:00 a.m.), en el área de Contratación y Suministros, Oficinas Centrales del INDER.

El cartel está a disposición a partir de su publicación en el Diario Oficial La Gaceta, puede retirarse personalmente en nuestras Oficinas Centrales, ubicadas en San José, San Vicente de Moravia, del antiguo Colegio Lincoln, 200 metros al oeste, 100 metros al sur y 250 metros al oeste, Área de Contratación y Suministros, Planta alta del Edificio B, en horario de 8:00 horas hasta las 16:15 horas; el cartel no tiene costo. Puede descargarse de la página web del Inder www.inder.go.cr, menú de licitaciones, o puede solicitarse enviando un correo electrónico a la dirección [email protected] sin embargo la legalidad de las ofertas está condicionada a que se ajusten al cartel en forma digital original que posee el INDER, del cual se tiene impresión adjunta en el expediente del proceso licitatorio para fines de verificación y evaluación de ofertas.

San Vicente de Moravia, San José.—Licda. Karen Valverde Soto, Área de Contratación y Suministros.—1 vez.—(IN2014055552).

INSTITUTO NACIONAL DE APRENDIZAJEPROCESO DE ADQUISICIONES

COMPRA DIRECTA Nº 2014CD-000286-01Servicio de un regente ambiental inscrito en SETENA

para el Proyecto: Construcción Centro deFormación Profesional en Heredia

El Proceso de Adquisiciones de la Sede Central del Instituto Nacional de Aprendizaje estará recibiendo ofertas por escrito hasta las 8:00 horas del 10 de setiembre del 2014. Los interesados podrán retirar el pliego de condiciones el cual es gratuito, en el Proceso de Adquisiciones, sita La Uruca, 2.5 kilómetros al oeste del Hospital México, o bien ver la página Web del INA, dirección http://infoweb.ina.ac.cr/consultacarteles.

Unidad de Compras Institucionales.—Lic. Allan Altamirano Díaz, Encargado.—1 vez.—O. C. Nº 23220.—Solicitud Nº 18998.—C-14770.—(IN2014055497).

UNIDAD DE COMPRASCOMPRA DIRECTA 2014CD-000106-09

Actualización software de administracióny gestión del sistema de administración de clase

El Proceso de Adquisiciones de la Unidad Regional de Heredia, recibirá ofertas por escrito para este concurso, hasta las 10:00 horas del 9 de setiembre del 2014. Los interesados podrán retirar el pliego de condiciones, sita en el Proceso de Adquisiciones, Heredia, 50 metros norte y 50 este de la Clínica de la CCSS o bien ver la página web del INA, dirección http://infoweb.ina.ac.cr/consultacarteles.

Proceso de Adquisiciones.—Lic. Allan Altamirano Díaz.—1 vez.—O.C. N° 23220.—Solicitud N° 19073.—(IN2014055889).

AVISOSCORPORACIÓN GANADERA

LICITACIÓN PÚBLICA N° 2014LN-000100-CG Compra de insumos para cercas eléctricas

Proyecto Piloto de GanaderíaLa administración de la Corporación Ganadera

(CORFOGA) invita a participar a potenciales oferentes en la Licitación Pública N° 2014LN-000100-CG “Compra de insumos para cercas eléctricas Proyecto Piloto de Ganadería”. Los interesados podrán adquirir el cartel de licitación en nuestra página Web www.corfoga.org o bien pueden solicitarlo en nuestras instalaciones ubicadas en Curridabat, de la Heladería Pops, 100 metros al sur y 75 metros al este, con horario de lunes a viernes de las 8:00 a.m. a las 5:00 p.m., jornada continua.

Cualquier consulta comunicarse con Jennifer Navarro Solano, [email protected], teléfono 2225-1011.

Proceso de compra: Miguel Loaiza Masís, correo: [email protected], teléfonos 2225-1011.

Miguel Loaiza Masís.—1 vez.—(IN2014055562).

LICITACIÓN PÚBLICA N° 2014LN-000114-CGCompra de materiales electrónicos

Proyecto Piloto de GanaderíaLa administración de la Corporación Ganadera (CORFOGA)

invita a participar a potenciales oferentes en la Licitación Pública N° 2014LN-000114-CG “Compra de materiales electrónicos Proyecto Piloto de Ganadería”. Los interesados podrán adquirir el cartel de licitación en nuestra página Web www.corfoga.org o bien pueden solicitarlo en nuestras instalaciones ubicadas en Curridabat, de la Heladería Pops, 100 metros al sur y 75 metros al este, con horario de lunes a viernes de las 8:00 a.m. a las 5:00 p.m., jornada continua.

Cualquier consulta comunicarse con Jennifer Navarro Solano, [email protected], teléfono 2225-1011.

Proceso de compra: Miguel Loaiza Masís, correo: [email protected], teléfonos 2225-1011.

Miguel Loaiza Masís.—1 vez.—(IN2014055567).

MUNICIPALIDADESMUNICIPALIDAD DE HEREDIA

LICITACIÓN PÚBLICA N° 2014LN-000001-01Construcción y mejoras del parquede los Ángeles en Heredia Centro

La Municipalidad del cantón central de Heredia informa a todos los interesados en participar en este proceso de contratación que pueden pasar a retirar el pliego de condiciones al Departamento de Proveeduría de la Municipalidad de Heredia, ubicado en avenida 0 y calle 1 o costado oeste del Liceo de Heredia, el mismo tiene un valor de ¢2.000 esto incluye el CD con las especificaciones técnicas. La recepción de ofertas está programada para el día lunes 29 de setiembre del 2014 a las 10:00 horas, inmediatamente después dará inicio el acto de apertura.

01 de setiembre del 2014.—Lic. Enio Vargas Arrieta, Proveedor Municipal.—1 vez.—O.C. N° 56416.—Solicitud N° 19053.—(IN2014055884).

MUNICIPALIDAD DE SIQUIRRESLICITACIÓN PÚBLICA Nº 2014LP-000001-01

Contratación de una empresa que realice la construccióndel área recreativa y cultural de uso múltiple, Siquirres

Se invita a los potenciales oferentes a participar en el siguiente proceso de contratación administrativa: Licitación pública N° 2014LP-000001-01.

Se recibirán ofertas al decimoquinto día hábil a partir de su publicación, para contabilizar los días hábiles entiéndase el día posterior a su publicación; a las 14:00 horas fecha y hora en

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que se realizará el acto de apertura de ofertas. El cartel o pliego de condiciones se podrá obtener en forma digital a través del correo electrónico [email protected], o bien en la oficina de Proveeduría, para lo cual deberán las personas interesadas traer un dispositivo de almacenamiento tipo USB libre de virus, se advierte que si el mismo se encuentra infectado no se transferirá el archivo solicitado.

Se realizará una visita al lugar del trabajo para evacuar las consultas que surjan por parte de los participantes, y conozcan el área donde se realizarán los trabajos la misma será acompañada por el Arquitecto del Departamento de Desarrollo y Control Urbano. La misma se realizará el día quinto hábil posterior a su publicación entiéndase para la contabilización de los días el día posterior a su publicación.

El horario de atención es de lunes a viernes, de 8:00 a. m. a 3:30 p. m. Para mayor información comunicarse con la Proveeduría Municipal al teléfono 2768-1338.

Siquirres, 01 de setiembre del 2014.—Proveeduría.—Sandra Vargas Fernández, Proveedora a. í.—1 vez.—(IN2014055740).

ADJUDICACIONESPRESIDENCIA DE LA REPÚBLICACOMISIÓN NACIONAL DE PREVENCIÓN DEL RIESGO

Y ATENCIÓN EN EMERGENCIASLICITACIÓN ABREVIADA N° 2014LA-000009-20015

Compra de baterías de ciclo profundoEn relación con la Licitación Abreviada N° 2014LA-000009-

20015 “Compra de baterías de ciclo profundo” bajo la modalidad de entrega según demanda. Se comunica la adjudicación a la Empresa Industrial Fire And Rescue Equipment S. A., cédula jurídica número 3-101-310800, por un monto de $286.50 USD (doscientos ochenta y seis dólares americanos con cincuenta centavos) cada unidad.

Para consultas o información adicional, pueden comunicarse al teléfono 2210-2795 o al 2210-2871.

Licda. Heilyn Vázquez Hernández, Subproveedora Institucional.—1 vez.—O. C. N° 15942.—Solicitud N° 0471.—C-10820.—(IN2014055496).

PODER JUDICIALCORTE SUPREMA DE JUSTICIA

DIRECCIÓN EJECUTIVADEPATAMENTO DE PROVEEDURÍA

Se comunica a todos los interesados en el procedimiento de contratación que se dirá, que por acuerdo del Consejo Superior del Poder Judicial en sesión 76-14, del 26 de agosto del 2014, artículo VI, se dispuso readjudicar de la siguiente forma:

LICITACIÓN PÚBLICA 2013LN-000011-PROVPrecalificación de empresas consultoras para una o varias

etapas de las fases de diseño e inspección de proyectos de obra pública

A:1- Oferta N° 1, Ossenbach, Pendones, Bonilla & Asociados

S.A., cédula jurídica N° 3-101-0329732- Oferta N° 4, Consorcio PIASA-CONDISA, cédula

jurídica N° 3-101-014795 / 3-101-207483- Oferta N° 5, Consultécnica S. A., cédula jurídica N°

3-101-006090La prestación de servicios de consultoría para una

o varias etapas de las fases de elaboración de estudios preliminares, anteproyectos, planos constructivos, presupuestos, especificaciones técnicas e inspección de proyectos de construcción de obra pública.

San José, 28 de agosto del 2014.—MBA. Yurli Argüello Araya, Jefa, Proceso de Adquisiciones.—1 vez.— (IN2014055538).

BANCO DE COSTA RICALICITACIÓN PÚBLICA N° 2014LN-000002-01 Adquisición de servidores por demanda para

centros de datos y su mantenimientoSe informa que el Comité Ejecutivo del Banco de Costa

Rica en reunión 19-14 CE, 13/08/14, adjudicó la licitación en referencia de la siguiente manera:

1 Empresa Adjudicada: Componentes el Orbe S. A.2 Costos unitarios por demanda:

ConfiguracionesAdquisición $

Ítem

Instalación y configuración $

Ítem I.II

Mantenimiento 12 meses $

Ítem II

Tipo 1 8.609,81 777,27 435,00

Tipo 2 10.010,07 777,27 435,00

Tipo 3 15.903,89 777,27 435,00

Tipo 4 16.549,19 777,27 435,00

Tipo 5 25.853,42 795,00 435,00

3. Vigencia del Contrato:3.1 Ítem l “Servidores”: (1) año, pudiendo ser

renovado por periodos iguales hasta un máximo de tres (3) años, para un total de cuatro (4) años

3.2 Ítem II Servicios de mantenimiento del equipo: (1) año, pudiendo ser renovado por periodos iguales hasta un máximo de tres (3) años, para un total de cuatro (4) años.

4. Plazo de entrega de los equipos: los equipos deben entregarse en un plazo máximo de sesenta días naturales (60) días naturales.

San José 28 de agosto del 2014.—Oficina de Compras y Pagos.—Rodrigo Aguilar Solórzano, Supervisor.—1 vez.—O.C. N° 63816.—Solicitud N° 18965.—C-19310.—(IN2014055860).

BANCO POPULAR Y DE DESARROLLO COMUNALLICITACIÓN PÚBLICA N° 2014LN-000005-DCADMAdquisición de una solución de switch transaccionalpara la administración integral de varios procesos

de negocio, mantenimiento, soporte y nuevasfuncionalidades (consumo según demanda)

La División de Contratación Administrativa del Banco Popular y de Desarrollo Comunal hace del conocimiento de los interesados, según resolución adoptada por la Comisión de Aprobación de Licitaciones Públicas mediante acta N° 709-2014 del día 27 de agosto del 2014, que se resolvió adjudicar la presente licitación a favor de:Compañía Latinoamericana de Aplicaciones Informáticas

Centroamérica S. A., cédula jurídica N° 3-101-285799.Costo total de la solución (líneas 1, 2 y 3): dos millones

novecientos ochenta y un mil quinientos sesenta y dos dólares con 00/100 (USD$2.981.562,00).

Costo por hora técnica (línea N° 4): $90,00 (noventa dólares exactos), por cuantía inestimable.

En ambos casos moneda de curso legal de los Estados Unidos de Norteamérica.

Garantía de cumplimiento: Inicialmente deberá rendir una garantía de cumplimiento, durante los 5 (cinco) días hábiles siguientes a la firmeza de la adjudicación, por un monto del 10% del total adjudicado de la solución para las líneas 1, 2 y 3, con una vigencia de 31 meses.

Demás condiciones de acuerdo a lo establecido en el Informe de Adjudicación N° 138-2014.

San José, 29 de agosto del 2014.—Área de Gestión y Análisis de Compras.—Lic. Ana Victoria Monge Bolaños, Jefa.—1 vez.—(IN2014055795).

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LICITACIÓN ABREVIADA N° 2014LA-000011-DCADMSuministro e instalación de dispensadores - purificadores

de agua dentro y fuera del gran Área Metropolitana(consumo por demanda)

La División de Contratación Administrativa del Banco Popular hace del conocimiento de los interesados, según resolución adoptada por la Comisión de Aprobación de Licitaciones Abreviadas mediante acta -339-2014 del día 27 de agosto del 2014, que se resolvió declarar desierta la presente licitación.

San José, 1° de setiembre del 2014.—Área de Gestión y Análisis de Compras.—Lic. Ana Victoria Monge Bolaños.—1 vez.—(IN2014055799).

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIALDIRECCIÓN REGIONAL DE SERVICIOS MÉDICOS

REGIÓN HUETAR ATLÁNTICALa Dirección Regional de Servicios de Salud Huetar Atlántica

comunica a los oferentes participantes en el concurso: Licitación Pública Nacional número: 2014LN-000001-2699, que mediante resolución del Director Regional Nº AA-017-2014, de fecha 20 de agosto del 2014, se resuelve adjudicar a:

Oferente Adjudicado Roberto Murillo ArayaÍtem Descripción Monto mensual Monto anual01 Compra de Servicios

profesionales por terceros en limpieza y mantenimiento de zonas verdes para el Área de Salud de Cariari.

¢12.809.481.55 ¢153.713.778.60

El acta de adjudicación N° AA-017-2014, se puede adquirir en la Unidad Regional de Contratación Administrativa de la DRSSRHA, sita en Puerto Limón Centro, contiguo al Hospital Dr. Tony Facio Castro. (Mba. Ilse Betancourt Avilés, Coordinadora URCA, tel: 2758-1803, ext. 2013 o 2014, fax: 2798-5876, [email protected]) o [email protected].

Limón, 28 de agosto del 2014.—Unidad Regional Contratación administrativa.—Mba. Ilse Betancourt Avilés, Coordinadora.—1 vez.—(IN2014055545).

HOSPITAL DR. RAFAEL ÁNGEL CALDERÓN GUARDIAÁREA DE GESTIÓN DE BIENES Y SERVICIOS

LICITACIÓN ABREVIADA N° 2014LA-000014-2101(Notificación de adjudicación)

Inmunoglobulina antitimocitica equina 250 mgLa Subárea de Contratación Administrativa del Hospital Dr.

Rafael Ángel Calderón Guardia, les comunica a los interesados en este concurso, que se resuelve adjudicar el mismo de la siguiente manera:

Empresa adjudicada: Cefa Central Farmacéutica S. A.Ítem adjudicado: 1.Monto total: $130.176,00.Ver detalles en http://www.ccss.sa.crSan José, 29 de agosto del 2014.—Subárea de Contratación

Administrativa.—Lic. David Sánchez Valverde.—1 vez.—(IN2014055743).

INSTITUTO NACIONAL DE APRENDIZAJEPROCESO DE ADQUISICIONES

LICITACIÓN ABREVIADA 2014LA-000004-08Contratación del servicio de reparación y pintura de la malla

perimetral del Centro Regional Polivalente ManuelMora Valverde (Río Claro, Golfito)

El Proceso de Adquisiciones de la Unidad Regional Brunca, del Instituto Nacional de Aprendizaje, comunica el acuerdo de la Comisión Local Regional de Adquisiciones de la Unidad de esta licitación, tomado en artículo II, inciso a del acta N° 75, celebrada el día 25 de agosto de 2014.

a) Se acuerda adjudicar la Licitación Abreviada N° 2014LA-000004-08 “Contratación del servicio de reparación y pintura de la malla perimetral del Centro Regional Polivalente Manuel Mora Valverde (Río Claro, Golfito)”, de la siguiente manera:Oferta N° 4 Constructora Francisco Adolfo Muñoz y Asociados Ltda., la línea N° 1 (única), monto ¢8.675.880,00, plazo de entrega 22 días hábiles.Acuerdo tomado de conformidad con el estudio legal

ALCA-498-2014, estudio técnico del Proceso de Arquitectura y Manteamiento de la Unidad de Recursos Materiales URMA-PAM-481-2014, así como la razonabilidad del precio, el cartel administrativo, metodología de comparación de ofertas y el informe de recomendación RB-PA-JCA-128-2014.

Unidad de Compras Institucionales.—Lic. Allan Altamirano Díaz, Encargado.—1 vez.—O. C. Nº 23220.—Solicitud Nº 18999.—C-24850.—(IN2014055501).

UNIDAD DE COMPRAS INSTITUCIONALESCOMPRA DIRECTA Nº 2014CD-000116-10

Contratación de servicios de mantenimiento correctivo,para fotocopiadoras de la Unidad Regional Cartago

y sus centros de formación adscritosEl Proceso de Adquisiciones de la Unidad Regional de

Cartago, del Instituto Nacional de Aprendizaje, en acta N° 54-2014, del día 28 de agosto del 2014, artículo I, tomó el siguiente acuerdo:

Adjudicar la Compra Directa N° 2014CD-000116-10 de Contratación de servicios de mantenimiento correctivo, para fotocopiadoras de la Unidad Regional Cartago y sus Centros de Formación adscritos en los siguientes términos: Precio por hora (mano de obra) 9.000,00 colones y precio por hora (mano de obra extraordinaria) 9.000,00 colones.

• Adjudicar la línea 1, a la oferta 1 presentada por Copias Dinámicas S. A., por cumplir con lo estipulado en el cartel y ofrecer un precio razonable.Unidad de Compras Institucionales.—Lic. Allan Altamirano

Díaz, Encargado.—1 vez.—O.C. N° 23220.—Solicitud N° 19074.—(IN2014055893).

AVISOSBN SOCIEDAD ADMINISTRADORA DE FONDOS

DE INVERSIÓN S. A.LICITACIÓN ABREVIADA N° 2014LA-000001-01Adquisición e implementación de una aplicación

Administrativa - FinancieraLa Proveeduría de BN Sociedad Administradora de Fondos

de Inversión S. A., comunica a los interesados en esta Licitación, que el Comité de Licitaciones en el artículo primero, sesión ordinaria N° 08, celebrada el día 29 de agosto del 2014, acordó:

Adjudicar a la empresa Optec Sistemas S. A., cédula jurídica 3-101-170861, el ítem, único de la Licitación Abreviada 2014LA-000001-01 por un monto total de ¢77.700.000,00. (Setenta y siete millones setecientos mil colones exactos), con un plazo de entrega de ciento sesenta (160) días hábiles y una garantía técnica de doce (12) meses. Asimismo, se acuerda adjudicar a dicha empresa el mantenimiento Post-Garantía por un monto mensual de ¢201.600,00 (doscientos un mil seiscientos colones exactos), por un período de un (1) año, prorrogable en forma automática hasta por dos (2) períodos iguales adicionales. Igualmente se acuerda adjudicar ciento sesenta (160) horas para la Administración de Nuevos Requerimientos por un monto total de ¢3.136.000,00 (tres millones ciento treinta y seis mil colones exactos), a ser utilizadas en un periodo de tres (3) años.

San José, 01 de setiembre del 2014.—Gerencia Administrativa Financiera.—Lic. Ana Cecilia Arias Fatjó.—1 vez.—(IN2014055714).

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MUNICIPALIDADESMUNICIPALIDAD DE ZARCERO

CONTRATACIÓN DIRECTA Nº 2014LA-000092-OPMZContratación de un profesional para efectuarla coordinación y supervisión del diseño del

nuevo sistema de abastecimientode agua de Zarcero

El Alcalde Municipal de Zarcero, en oficio Nº MZ-AM-723-2014 con fecha 29 agosto 2014, adjudica este proceso a la empresa Hidrogeotecnia Ltda., cédula jurídica Nº 3-102-205691.

Zarcero, 29 agosto del 2014.—Vanessa Salazar Huertas, Proveedora.—1 vez.—(IN2014055607).

MUNICIPALIDAD DE UPALACONTRATACIÓN DIRECTA 2013CD-000064-01.

Contratación de persona física o jurídica para adquisiciónde maquinaria y equipo para el Departamento

de Unidad Técnica de Gestión VialLa Municipalidad de Upala informa a todos los participantes

de la siguiente Contratación Directa concursada la ratificación del acto de adjudicación:

Transcripción de acuerdo al Artículo 4, que corresponde al capítulo III; según Acta Nº 37-2014, de sesión ordinaria celebrada por el Concejo Municipal el día jueves veinticuatro de julio del año dos mil catorce, el cual contiene lo siguiente:

Acuerdo definitivamente aprobado en firme.El Concejo Municipal mediante acuerdo definitivo y en

firme da su Ratificación aprobación al Acta de Adjudicación y su recomendación de Contratación Directa 2013CD-000064-01, que presenta la Comisión Interna de Adjudicación Municipal, conforme a la resolución R-DCA-298-2014, se procede a la adjudicación del ítem 6, a la empresa Autostar Vehículos S. A., cédula jurídica: 3-101-336780, hasta por un monto de $68.000,00 (sesenta y ocho mil dólares americanos).

Upala, 20 de febrero del 2014.—Alejandro Ubau Hernández, Alcalde.—1 vez.—(IN2014055617).

MUNICIPALIDAD DE PUNTARENASLICITACIÓN ABREVIADA 2014LA-000002-01

Suministro de llantas para vehículos de caminos y callesEl Concejo Municipal, en la sesión ordinaria N° 391,

celebrada el pasado 11 de agosto de 2014 en su artículo N° 6 inciso K, adjudica la presente licitación al oferente Importadora Automanía de Cartago S. A., según detalle: la línea N° 1 oferta alternativa, líneas 2, 3, 5, 7, 8, por un monto total de ¢8.423.682,00 (ocho millones cuatrocientos veintitrés mil seiscientos ochenta y dos colones con 00/100) y declara infructuosas las líneas N° 4, 6 y 9. Lo anterior de acuerdo con los términos establecidos en el cartel y la oferta.

Para mayor información al teléfono 2661-2104 de la Proveeduría Municipal.

Puntarenas, 29 de agosto de 2014.—Luis Edward Rojas Barrantes, Proveedor Municipal.—1 vez.—(IN2014055593).

REGISTRO DE PROVEEDORESINSTITUTO DE DESARROLLO RURAL

ÁREA DE CONTRATACIÓN Y SUMINISTROSComunicado uso de medios electrónicos y telemáticosEl Instituto de Desarrollo Rural informa que dentro de

los procesos de compra institucionales realizados por el Área de Contratación y Suministros, se considerará oficialmente comunicada la información en materia de contratación administrativa generada mediante la página web institucional,

así como cualquier mensaje que se transmita en forma electrónica y telemática por parte de medios o cuentas de correos del INDER autorizados para dichos efectos. Los cuales son los siguientes:[email protected], [email protected],

[email protected], [email protected],

[email protected], [email protected],

[email protected], [email protected],[email protected]

San Vicente de Moravia, San José.—Licda. Karen Valverde Soto, Proveedora Institucional.—1 vez.—(IN2014055555).

FE DE ERRATASPODER JUDICIAL

CORTE SUPREMA DE JUSTICIADIRECCIÓN EJECUTIVA

DEPATAMENTO DE PROVEEDURÍALICITACIÓN PÚBLICA Nº 2014LN-000010-PROV

(Aviso de modificación y prórroga N° 2)Compra de vehículos con entrega de vehículos usados como

parte de pago, para uso de diferentes Oficinas Judiciales___________

LICITACIÓN ABREVIADA N° 2014LA-000053-PROV(Aviso de modificación y prórroga N° 3)

Compra de vehículos por sustitución con entregade bienes como parte de pago

El Departamento de Proveeduría informa a todos los potenciales proveedores interesados a participar en los procedimientos indicados, que existen modificaciones al cartel, las cuales pueden ser retiradas a partir de la presente comunicación, a través de Internet, en la siguiente dirección: www.poder-judicial.go.cr/proveeduria o solicitarlo a los correos electrónicos [email protected] y [email protected] respectivamente.

De igual manera se informa que para la Licitación Pública 2014LN-000010-PROV se prorroga la fecha de apertura de las ofertas para el 25 de setiembre del 2014 y para la Licitación Abreviada 2014LA-000053-PROV se prorroga la apertura de las ofertas para el 12 de setiembre del 2014, a las 10:00 horas.

Los demás términos y condiciones permanecen inalterables.San José, 29 de agosto del 2014.—MBA. Yurli Argüello

Araya, Jefa, Proceso de Adquisiciones.—1 vez.— (IN2014055530).

BANCO NACIONAL DE COSTA RICALICITACIÓN ABREVIADA N° 2014LA-000019-01

La Proveeduría General del Banco Nacional comunica a los interesados en la Licitación Abreviada N° 2014LA-000019-01 lo siguiente, que el día 29 de agosto del 2014, se publicó en La Gaceta N° 160 la invitación del proceso supracitado, no obstante se les aclara lo siguiente:

Deberá leerse correctamente como: Licitación Abreviada N° 2014LA-000019-01

Las demás condiciones permanecen invariables.La Uruca, 2 de setiembre del 2014.—Proveeduría General.—

Lic. Erick Aguilar Díaz.—1 vez.—O. C. Nº 517819.—Solicitud Nº 19010.—C-9330.—(IN2014055515).

UNIVERSIDAD NACIONALLICITACIÓN PÚBLICA N° 2014LN-000012-SCA

Compra de equipo científico y de laboratorioLa Universidad Nacional por medio de la Proveeduría

Institucional informa a todos los interesados en esta contratación que por error se indicó en el aviso de invitación publicado en La Gaceta N° 164 del 27 agosto, 2014 “Licitación Pública 2014LN-000010-SCA”, siendo lo correcto “2014LN-000012-SCA”

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Pág 16 La Gaceta Nº 169 — Miércoles 3 de setiembre del 2014

Adicionalmente, en el punto 1.2 del pliego de condiciones se deberán agregar las líneas 53, cantidad 1, descripción: Sistema de posicionamiento Global y línea 54, cantidad 1, descripción: Medidor de Sonido, cuyas especificaciones técnicas se encuentran descritas en el Anexo N° 01 de Especificaciones técnicas.

Todo lo demás permanece invariable.Heredia, 28 de agosto del 2014.—Proveeduría

Institucional.—MAP. Nelson Valerio Aguilar, Director.—1 vez.—O. C. Nº P0019862.—Solicitud Nº 18977.—C-14790.—(IN2014055490).

SECCIÓN DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVALICITACIÓN PÚBLICA N° 2014LN-000013-SCA

Contratación de servicios de alimentación (catering service)para uso en las actividades de capacitación y protocolarias

programadas por las diferentes dependencias de la UniversidadLa Universidad Nacional por medio de la Proveeduría

Institucional comunica a personas físicas o jurídicas que en el concurso para la adquisición de Servicios de alimentación (catering service) para uso en las actividades de capacitación y protocolarias programadas por las diferentes dependencias de la Universidad. En la Sección III Condiciones Generales, se aclara lo siguiente:

Deberá leerse correctamente en el Punto 3.1 la fecha del encabezado del cartel, a saber el día 01 de octubre del 2014 a las 10:00 horas.

Además se elimina el Punto 3.13 del Cartel.Todos los demás aspectos del cartel que no se mencionan en

este documento permanecen invariables.Ciudad de Heredia, 29 de agosto del 2014.—Proveeduría

Institucional.—MAP. Nelson Valerio Aguilar, Director.—1 vez.—O. C. Nº P0019862.—Solicitud Nº 19030.—C-17340.—(IN2014055526).

UNIVERSIDAD ESTATAL A DISTANCIAUNIDAD COORDINADORA DEL PROYECTO INSTITUCIONAL (UCPI)

Y DEL ACUERDO DE MEJORAMIENTO INSTITUCIONAL (AMI)DE UNIVERSIDAD ESTATAL A DISTANCIA UNED

LICITACIÓN PÚBLICA INTERNACIONALEDU-UNED-29-LPN-B-2014LPN-000001

(Adenda Nº4)Adquisición de aires acondicionados

La Universidad Estatal a Distancia, comunica a los interesados en la presente Licitación, que se están realizando modificaciones y aclaraciones al cartel la adenda número 4, la cual podrán adquirir vía correo electrónico, solicitándolo a la siguiente dirección [email protected], a partir de esta fecha.

Sabanilla, 1° de setiembre del 2014.—Oficina de Contratación y Suministros.—Mag. Yirlania Quesada Boniche, Jefa.—1 vez.—(IN2014055604).

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIALDIRECCIÓN REGIONAL SERVICIOS DE SALUD

REGIÓN BRUNCALICITACIÓN PÚBLICA 2014LN-000003-2799

Servicio de limpieza del Hospital San VitoLa Dirección Regional Servicios de Salud Región Brunca

comunica; que por la presentación de recurso de objeción al cartel de Licitación Pública 2014LN-000003-2799, por el Servicio de limpieza del Hospital de San Vito; se amplía el plazo para recibir ofertas en 10 días hábiles, quedando la apertura para el 29 de setiembre del 2014 a las 10 horas. Para mayor información, respecto a la apertura y posibles cambios técnicos, favor ingresar al Link: http://www.ccss.sa.cr/licitaciones_detalle?up=2799&tipo=LN.

San Isidro de Pérez Zeledón, 29 de agosto del 2014.—Área de Gestión de Bienes y Servicios.—Lic. Jean Pierre Garbanzo Duarte, Coordinador.—1 vez.—(IN2014055519).

ÁREA DE ADQUISICIONES DE BIENES Y SERVICIOSLICITACIÓN PÚBLICA 2014LN-000025-5101

(Aviso N° 1)Leuprorelina acetato 11.25 MG, de depósito. Código: 1-10-38-4335

Se les informa a todos los interesados, en participar en el concurso antes mencionado; que se prorroga la fecha de apertura de ofertas a las 10 horas del día 22 de setiembre del 2014; ya que está pendiente modificaciones de las cláusulas penales ingresadas en el cartel, en apego a lo dispuesto por la Contraloría General de la Republica; dicho documento se encuentra disponible en el expediente físico del concurso.

San José, 29 de agosto del 2014.—Licda. Joanna Quirós Alvarado, Jefa a. í de Línea de Producción de Medicamentos.—1 vez.—O.C. 1142.—Sol. 1992.—C-13160.— (IN2014055572).

HOSPITAL MÉXICOLICITACIÓN ABREVIADA 2014LA-000062-2104

(Modificación)Por la adquisición de “Hemocultivos para prueba

automatizada” Servicio de Laboratorio ClínicoSe comunica a los interesados que se realizaron

modificaciones a las respectivas Especificaciones Técnicas, las cuales que se encontrarán a su disposición en el Centro Fotocopiado del Hospital México en el momento que aparezca publicado en el diario oficial La Gaceta.

Demás condiciones continúan invariables.Vea detalles y mayor información en http:// www.ccss.sa.crSan José, 29 de agosto del 2014.—Subárea de Contratación

Administrativa.—Lic. Jorge Barrios Carrillo, Coordinador.—1 vez.—(IN2014055647).

HOSPITAL DR. MAXIMILIANO PERALTA JIMÉNEZLICITACIÓN PÚBLICA 2014LN-000004-2306

Audífonos retroauriculares y audífonos intracanalesEl Hospital Dr. Maximiliano Peralta Jiménez de Cartago,

comunica a todos los interesados que con fundamento en lo establecido en el artículo 60 del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa y Oficio DAGJ-0668-2008 de la Contraloría General de la República, el plazo para la recepción y apertura de ofertas se ha prorrogado para el día 24 de setiembre del 2014 a las 10:00 a. m.

Lo anterior debido a que contra el cartel de licitación se interpusieron recursos de objeción que en este momento están siendo atendidos por la Contraloría General de República.

Cartago, 28 de Agosto de 2014.—Subárea de Contratación Administrativa.—Lic. Carlos Coto Arias, Coordinador.—1 vez.—(IN2014055792).

AVISOSREFINADORA COSTARRICENSE DE PETRÓLEO S. A.

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2014LA-000024-02(Enmienda N° 1)

Suministro e instalación de conjunto motor bombade agua en el Plantel Turrialba

Les comunicamos a los interesados en participar en el concurso en referencia, que la enmienda Nº 1 al cartel estará disponible a través de la página Web www.recope.com.

Se recuerda a los proveedores y demás interesados que a través del sitio Web www.recope.com, se encuentran publicadas las licitaciones y contrataciones por escasa cuantía promovidas por RECOPE.

Departamento Contrataciones Bienes y Servicios.—Ing. Johnny Gamboa Chacón, Jefe.—1 vez.—O. C. Nº 2014000175.—Solicitud Nº 19011.—C-10350.—(IN2014055523).

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REGLAMENTOS

ECONOMÍA, INDUSTRIA Y COMERCIOLa Secretaría Técnica del Órgano de Reglamentación Técnica

informa, que el Ministerio que se indica a continuación, somete a conocimiento de las instituciones y público en general, las siguientes propuestas de reglamento:

a. Economía, Industria y Comercio.• ModificaciónalDecretoEjecutivoNº37341-MEIC,RTCR

452:2011 Barras y alambres de acero de refuerzos paraconcreto.Especificaciones.

• Procedimiento para demostrar equivalencia con unreglamento técnico de Costa Rica.

Paralocual,seotorgaunplazode10díashábiles,deconformidadconelartículo361de laLeyGeneralde laAdministraciónPública,contadosapartirdeldíasiguientedelapublicacióndeesteaviso,parapresentar ante dicha Secretaría las observaciones con la respectivajustificación técnica, científica o legal. El texto de este reglamentotécnico,seencuentraenlasoficinasdelaSecretaría,sitaenSabanaSurdelaContraloríaGeneraldelaRepública,400metrosaloeste,IIpiso;enhorariosde8a.m.a4p.m.jornadacontinua.

Laversióndigitalestádisponibleenestesitiohttp://www.reglatec.go.cr/prNacionalPublica.htm o bien la puede solicitar a la siguientedirecciónelectrónica:[email protected]ánser presentadas o entregadas a la dirección física o electrónica indicada anteriormenteoalfax:2291-2015.

Departamento de Reglamentación Técnica.—Orlando MuñozHernández, Jefe.—1 vez.—O. C. Nº 3400022157.—Solicitud Nº17809.—C-24040.—(IN2014055788).

BANCO POPULAR Y DE DESARROLLO COMUNALMODIFICACIÓNALOSARTÍCULOS5y8DELREGLAMENTO

DELCOMITÉDETECNOLOGÍADEINFORMACIÓNDELCONGLOMERADOFINANCIEROBANCOPOPULARLaJuntaDirectivaNacional,actuandocomotalyenelejercicio

de las funciones propias de asamblea de accionistas de “Operadora de Planes de Pensiones Complementarias del Banco Popular y deDesarrolloComunalS.A.”,“PopularValoresPuestodeBolsaS.A.”,“PopularFondosdeInversiónS.A.”y“PopularSociedadAgenciadeSegurosS.A.”,ensesión5193del16de juliodel2014reformólos artículos 5 y 8 del Reglamento del Comité de Tecnología deInformación del Conglomerado Financiero Banco Popular, artículosqueenlosucesivoseleerándelasiguientemanera:

“Artículo5º—Integración.ElComitéestaráintegradopor:I. DeunoatresintegrantesdelaJuntaDirectivaNacionalqueserán

suplidosporlosintegrantesdeesajuntaqueelladesigne.II. ElGerenteGeneralCorporativo.III. ElDirectordeTI.IV.ElCoordinadordelProcesodeAdministracióndelRiesgo.

Todoslosmiembrosdelcomitétendránvozyvoto.El gerente de cada sociedad anónima será invitado cuando se

discutaasuntospropiosdelarespectivasociedadocuandoelcomitéloconsidere oportuno.

ElDirectordeGestiónparticiparáencalidaddeasesorentodaslas sesiones.

AlpresidenteyalvicepresidentedelcomitédeTIlosnombrarálaJuntaDirectivaNacional,deentrelosindicadosenelpuntoIanterior.De no ser posible nombrar al vicepresidente, el Gerente GeneralCorporativoasumiráelcargo.

El Presidente del Comité de TI será nombrado por la JuntaDirectiva Nacional por un período de un año y podrá ser reelectoindefinidamente.

ElComitépodrádisponer,acordándoloasíporunanimidaddesus miembros presentes, que tenga acceso a ella el público en general o bienciertaspersonas,concediéndolesonoelderechodeparticiparenlasdeliberacionesconvozperosinvoto.

Artículo8º—Delquórum.Paraque lassesionesdelcomitéseconsideren legalmente constituidas deberá estar presente al menoslamayoría absoluta de sus integrantes, entre los cuales deberá estarpresentealmenosunintegrantedelaJuntaDirectivaNacional”.

RigeapartirdesupublicaciónenelDiarioOficial.18deagostodel2014.—DivisiónContrataciónAdministrativa.—

Lic.MaykelVargasGarcía,Jefe.—1vez.—(IN2014053232).

MUNICIPALIDADESMUNICIPALIDAD DE DESAMPARADOS

La Municipalidad de Desamparados comunica que medianteel acuerdoN° 2 de la sesiónN° 32-2014 celebrada por elConcejoMunicipaldeDesamparadoseldía27demayodel2014,seaprobóel siguiente reglamento, el cual entra a regir a partir de la presente publicación:

REGLAMENTOALALEYDEREGULACIÓNYCOMERCIALIZACIÓNDEBEBIDASCONCONTENIDO

ALCOHÓLICON°9047,ENELCANTÓNDEDESAMPARADOS

CAPÍTULOIDisposiciones generales

Objeto, definiciones, hecho generador,administración y contribuyente

Artículo1º—Objeto.ElobjetodeesteReglamentoes regularenelcantóndeDesamparados lacomercializaciónyelexpendiodebebidas con contenido alcohólico conforme al Transitorio II de laLey de Regulación y Comercialización de Bebidas con ContenidoAlcohólicoN°9047,de25dejuniodel2012,publicadaenelAlcanceDigitalN°109aLa GacetaN°152de8deagostodel2012,acordeconlas disposiciones de ésta y lo resuelto por la Sala Constitucional en el VotoN°11.499-2013.

Artículo 2º—Definiciones. Para todos los efectos, cuando laLeyN°9047oesteReglamentoutilicenlossiguientestérminos,debedárseleslasacepcionesqueacontinuaciónseindica:

Bebidas con contenido alcohólico: Aquellas que contengan alcoholencualquierproporciónquesea.

Centro Comercial:Loscentroscomercialessedefinencomounedificiodeunoomáspisos, el cual cuentacon localescomerciales,ampliospasillosdecirculación,áreasdecomidas(FoodCourt),bateríasde servicios sanitarios en los diferentes pisos, amplias áreas de usocomúnconelementosdecorativos,estacionamientobajotecho,todoenunsoloedificio,elcualcuentaconascensores.

Edificio comercial:Edificacionesdedosomásplantas,conáreasmayoresa500m².Sonedificiosdedicados totalmentea laactividadcomercial, ampliasplantas sindivisiones internas, generalmente condosbateríasdebañosubicadasenunmismopiso.

“Impuesto” o “Patente”: Es el tributo a cargo del contribuyente cuyo hecho generador es la tenencia o posesión de licencia paraexpendioylacomercializacióndebebidasconcontenidoalcohólico.

Ley N° 9047: Se entenderá como la Ley de Regulación yComercializacióndeBebidasconContenidoAlcohólico.

Licencia, Patente, Patentado, Salario Base:Seentenderáporestosconceptoslosindicadosenelartículo2°delaLeyN°9047.

Licenciatario:PersonafísicaojurídicaaquiénlaMunicipalidadlehayaotorgadounalicenciaparaelexpendioycomercializacióndebebidasconcontenidoalcohólico.

Local comercial: Es aquel que tiene acceso directo desde la calle,conáreasmenoresa500m².

Nave comercial:Estructuralmentesonnavesindustriales,peroincluyenmejorastalescomoenchapesenpisos,sistemaelectromecánicodiseñadoparaunaadecuadailuminacióndetodaelárea,líneasdefrío,tuberías para abastecimiento de agua en diversos sectores, circuitosindependientes para conexión de diferentes equipos,mayor ymejorcalidaddeserviciossanitariosyotros.Incluyesupermercadosyotrostipos de comercio.

Restaurantes: Edificaciones diseñadas y construidas pararestaurantes, no se incluye en esta categoría casas remodeladas para su uso como restaurante ni sodas.

Sujeto Pasivo o Contribuyente: La persona física o jurídicaresponsable del pago del impuesto o patente.

Sitios públicos:Sedenominaalosparquespúblicos,zonasderecreo o esparcimiento establecidas por la municipalidad o el Estado, bibliotecas,canchasoestadiosdondesepractiquecualquierdeporteyque sean de uso público.

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Tipología Constructiva: Local comercial, edificio comercial,centrocomercial,restauranteynavecomercial.ConformealManualdeValoresBaseUnitariosporTipologíaConstructivadelaDirecciónGeneraldelaTributación,publicadoenelAlcanceN°22aLa Gaceta N°23del01defebrerodel2013.

Artículo 3º—Del hecho generador. El hecho generador esel otorgamientode la autorizaciónporpartede laMunicipalidaddeDesamparadasparalaventadelicoresbajolascondicionesestablecidasen la ley; por lo que el sujeto pasivo del impuesto es la personafísica o jurídica licenciataria y el sujeto activo laMunicipalidad deDesamparados.

Artículo 4º—De la administración de las licencias y el impuesto.Competea laMunicipalidaddeDesamparadosotorgar lalicencia,facturar,recaudaryfiscalizarelimpuestogeneradoporlaLeyN°9047,asimismovelarporsuefectivocumplimientodentrodesujurisdicción. Las actuaciones tributarias municipales se regirán porlo establecido en elCódigoMunicipal, Ley de Patentes delCantónde Desamparados N° 9110, Código de Normas y ProcedimientosTributarios, Ley General de la Administración Pública; y por losprincipios,ladoctrinaylajurisprudenciasobrelamateria.

Artículo 5º—Contribuyentes. A los efectos de lo dispuesto enelartículo3°,4°y10°de laLeyN°9047, soncontribuyentesosujetospasivosdeeste impuesto laspersonas físicaso jurídicas conlicenciamunicipalparaelexpendioycomercializacióndebebidasconcontenidoalcohólicoenlajurisdiccióndelcantóndeDesamparados.

CAPÍTULOIIDe las licencias

Artículo 6º—De las licencias. El otorgamiento, revocación,tipos,vigencia,pago, renovación, requisitos,prohibiciones,horarios,sancionesysuspensióndelalicenciaseregiránporlasdisposicionesdelaLeyN°9047artículos5,6,8,9,10,11,14,15yconcordantes;laResoluciónN°11.499-2013delasdieciséishorasdel28agostodel2013delaSalaConstitucionalylasdeesteReglamento.

Artículo7º—Adquisición de licencia.Paralaadquisicióndelalicenciaelsolicitantedeberá:a) Reunirlosrequisitosestablecidosenelartículo8delaLeyN°

9047ysatisfacerlasprohibicionesestablecidasenelartículo9dela misma, proporcionar la información requerida en el formulario desolicitudquedispondrálaAdministraciónalefecto;ycancelarelderechocorrespondiente.

b) Presentardeclaraciónjuradarendidaantenotariopúblico,dequecuentaconplenacapacidadcognoscitivayvolitiva,además,dequeconocelasprohibicionesestablecidasenelartículo9delaLeyN°9047yquesecomprometea respetaréstay todas lasdisposiciones de la ley antes citada.

c) Señalar el domicilio fiscal para recibir notificaciones de laAdministración, requisito sin el cual no se dará trámite a lasolicitud de la licencia.Lalicenciaotorgadasólopuedeserejercidaenelestablecimiento,

enlaubicaciónyenlascondicionesenlascualesseautorizóylimitarse,exclusivamente,asutipoenlostérminosdelartículo4°delaLeyN°9047yademásalascondiciones,losrequisitosylasrestriccionesdelaLeydePatentesdelcantóndeDesamparadosN°9110.

LaAdministración deberá resolver las peticiones de licencias,cuandosatisfagalosrequisitosantesindicados,enelplazodefinidoenelartículo80delCódigoMunicipal;ademásestarásupeditadoa lostérminosdelaLeyProtecciónalCiudadanodelExcesodeRequisitosyTrámitesAdministrativosN°8220,artículo6ysuReglamento,artículo39.

Artículo8º—Autorización de licencias.ElConcejoMunicipaldeterminará mediante acuerdo de mayoría calificada el número delicenciasparaelexpendioycomercializacióndebebidasconcontenidoalcohólicoencadadistrito;ypormayoríasimpleelpagodelderechopor autorización de las mismas; y el otorgamiento de las licenciastemporales para la comercialización y consumo de bebidas concontenidoalcohólicoenlosdíasquesecelebrenactoscívicos,desfilesuotrasactividadescantonales.

Artículo9º—De las licencias autorizadas mediante la Ley N° 10 de 7 de octubre de 1936.ConformealaresoluciónN°11.499-2013delasdieciséishorasdel28deagostodel2013delaSalaConstitucional,lostitularesdepatentesdelicoresadquiridasmediantelaLeyN°10,LeysobreVentadeLicoresde7deoctubrede1936,mantendránelderechodetransmitirlaauntercerosiemprequeesteseapersonahábil

paratenerlosegúnlaLeyN°9047,hastaqueexpireelplazobienaldevigenciaydebaserrenovada.Apartirdeesemomentoquienseatitulardedichalicencianopodrávenderla,canjearla,arrendarla,transferirla,traspasarla ni enajenarla en forma alguna, yaquedeberá ajustarse atodasycadaunade lasdisposicionescontenidasen lanueva leydelicoresN°9047.

Elplazobienalestádeterminadopor lavigenciade lapatentesegún el remate correspondiente.

Artículo 10.—De las licencias temporales. Las licencias temporalesparaelexpendiodebebidasconcontenidoalcohólicoseconcederánúnicamentepormediodeacuerdodelConcejoMunicipalconocasióndelacelebracióndefiestascívicas,populares,patronales,turnos,feriasyafines.LosinteresadosdeberánpresentarlapeticiónantelaSecretaríadelConcejo,conunmesdeantelaciónalarealizacióndelasmismas,indicandolosdíasenqueserealizaráelevento,lacualharáeltrasladocorrespondientealaAdministraciónqueserálaresponsablede verificar el cumplimiento de los requisitos solicitados y emitirel informe correspondiente al Concejo. No se autorizarán licenciastemporalesenningunodelossupuestosdetalladosenelpárrafotercerodelartículo7delaLeyN°9047.

Artículo11.—Trámite de las licencias temporales. La petición deberácumplirlossiguientesrequisitos:a) Personeríajurídicadelsolicitante.b) Descripcióndel lugar físicoenelquese realizará laactividad

de comercialización de licores, incluyendo un croquis de suubicación,enelqueexpresamenteseseñaleeloloslugaresenlosquesetieneprevistoelexpendiodebebidasconcontenidoalcohólico.

c) Certificaciónqueacreditelatitularidaddelinmuebleenelcualsedesarrollarálaactividad.

Encasoqueelinmueblepertenezcaauntercerodeberápresentarla autorizacióndel titular de lafincaparaque sedesarrolle lalicencia temporal, cuando se trate de actividades a realizarseen inmuebles municipales en la solicitud deberá realizarconjuntamentelapeticióndeusodelinmueblemunicipalparaeldesarrollo de la licencia temporal.

d) ConstanciadequeseencuentraaldíaensusobligacionesconlaCajaCostarricensedelSeguroSocialyconFODESAF.

e) Encontrarsealdíaenlasobligacionestributariasmunicipales.LaaprobaciónporpartedelConcejodelalicenciatemporal,en

todos loscasos, se entiendequeestá supeditadaal cumplimientodelosrequisitosytrámitesdeordenadministrativocorrespondientes,talescomopólizasydictamendelcomitédeconcentracionesmasivas.

Paraejercerlalicenciatemporal,entodosloscasos,esnecesario:a) AprobacióndelalicenciaporpartedelConcejo,b) Satisfacerlosrequisitoscomplementariosyc) Cancelarelmontodelderecho.

LaAdministración deberá resolver las peticiones de licenciastemporales, cuando satisfaga los requisitos antes indicados, en el plazodefinidoenelartículo80delCódigoMunicipal;ademásestarásupeditadoalostérminosdelaLeyProtecciónalCiudadanodelExcesode Requisitos y TrámitesAdministrativos N° 8220, artículo 6 y suReglamento,artículo39.

Artículo 12.—Vigencia de las licencias temporales. La vigenciadelaslicenciastemporalesestarádefinidaporeltérminoqueseestablezcaenelrespectivoacuerdomunicipal.

La licencia temporal únicamente puede ser explotada por ellicenciatarioaquiénseleextienda,esdecirnopuedesertransferidabajo ninguna condición a terceros. De comprobar la administraciónmunicipal la infracción de tal situación, queda facultada, en forma inmediata, a cancelar la licencia, clausurar el establecimiento donde se explotaysancionartalconductaconunamultadeunsalariobase.

Artículo13.—Pago de las licencias temporales. Las licencias temporalespagarándeacuerdoaladuracióndelaactividadfijadaporelConcejo,asaber:a) Actividaddeunfindesemana:uncuarto(1/4)salariobase.b) Actividaddedosfinessemana:medio(1/2)salariobase.c) Actividaddetresfinessemana:trescuartos(3/4)salariobase.d) Másdecuatrofinesdesemana:un(1.0)salariosbase.

Adicionalmente deberá de cancelar el servicio de recoleccióndebasura,elimpuestodeespectáculospúblicoscuandoproceda;yelimpuesto de patentes correspondiente.

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CAPÍTULOIIIDel impuesto de patente

Artículo 14.—Del impuesto. El impuesto por concepto de la licenciaparaelexpendiodebebidascontenidoalcohólicodeterminadoconbaseenlaLeyN°9047noessujetodecondonaciónoexoneración.

Artículo 15.—Tipos de licencias. Conforme al artículo 4 delaLeyN°9047 los tiposde licenciasparaelexpendiode licoressecategorizanen:

Licencia clase A:Licorera,comercializaciónenenvasescerradosparallevarysinquesepuedanconsumirdentrodelestablecimiento,laventadebebidasconcontenidoalcohólicoserálaactividadcomercialprincipal del establecimiento.

Licencia clase B: Venta en envase abierto y/o cerrado paraser consumidas dentro del establecimiento. La venta de bebidascon contenido alcohólico será la actividad comercial principal delestablecimiento.

LalicenciaclaseBseclasificaen:Licencia clase B1: cantinas,baresy tabernas sinactividaddebaile.Licencia clase B2: salones de baile, discotecas, clubes nocturnos ycabarésconactividaddebaile.Licencia clase C:Comercializacióndebebidasconcontenido

alcohólicoaldetalle, enenvaseabierto, servidasyparaelconsumo,junto con alimentos dentro del establecimiento, la venta de bebidascon contenido alcohólico será la actividad comercial secundaria delestablecimiento.

Licencia clase D:Comercializacióndebebidasconcontenidoalcohólicoaldetalle,enenvasecerradoparallevarysinquesepuedaconsumirdentrodelestablecimiento,laventadelicorserálaactividadcomercial secundaria del establecimiento.

Habrádosclasesdesublicencias:Licencia clase D1: minisúper.Licencia clase D2: supermercados.Licencia clase E:LicenciasclaseEalasactividadesyempresas

declaradas de interés turístico por el Instituto Costarricense de Turismo (ICT), conforme a los requisitos establecidos por la ley N° 9047,la cual habilitará únicamente para la comercialización de bebidascon contenido alcohólico al detalle, servidas o en envase abierto,previamenteconocidoyaprobadoporlamunicipalidadrespectiva:

Clase E1: a las empresas de hospedaje declaradas de interésturístico por el ICT.

Clase E1 a: empresas de hospedaje conmenos de quincehabitaciones.Clase E1 b: empresas de hospedaje con quince o máshabitaciones.

Clase E2: a las marinas y atracaderos declarados de interés turístico por el ICT.Clase E3: a las empresas gastronómicas declaradas de interés turístico por el ICT.Clase E4: a los centros de diversión nocturna declarados deinterés turístico por el ICT.Clase E5: a las actividades temáticas declaradas de interésturísticoporelICTyquecuentenconlaaprobacióndelConcejoMunicipal.Artículo 16.—Del monto del impuesto. Los patentados o

licenciatariosposeedoresdeunalicenciaparaelexpendiodebebidasconcontenidoalcohólicopagarántrimestralmenteenformaanticipadaelimpuestosegúnlostiposdelicenciasestablecidasenelartículo10delaLeyN°9047,conformealostérminosdelaResolucióndelaSalaConstitucionalN°11.499-2013delasdieciséishorasdel28deagostode2013;ylasdisposicionesdeesteReglamento.

Sefijaelmontodelimpuestoconbaseenloscriteriosdefinidospor la Sala en la resolución mencionada de la siguiente forma:a) EnvirtuddequelasLicenciasdeClasesC, E1a, E1b, E2, E3,

E4 y E5,notienendefinidoenlaLeyN°9047elmontomínimodelimpuestoéstesedeterminadividiendoelmontomáximodecadaunadeellasentredos,locualesacordealavoluntaddellegisladorordinarioexpresadaaldeterminarelmontomínimodelasClasesdeLicenciasA,ByD1,pueselmínimofijadoenelartículo10delaLeyN°9047enestoscasoseslamitaddelmontomáximodeéstas.

b) Secobraráunmedio(1/2)delmontodelimpuestoindicadoenelartículo10delaLeyN°9047alosestablecimientosubicadoseneldistritodeDesamparadosyuncuarto(1/4)dedichomontoalosestablecimientoslocalizadosenlosotrosdistritosdelcantóndeDesamparados.Artículo 17.—Metodología para determinar el impuesto.

Envirtuddeque laSalaConstitucional indicóque ladeterminacióndel impuesto,montosmínimos ymáximos de cada clase no puedeefectuarse con base en los ingresos brutos del establecimiento sino en relación a su “potencial de explotación” , se adopta la tipologíaconstructivadefinidaenelManualdeValoresBásicosporTipologíaConstructivadelImpuestoSobreBienesInmueblesN°7509,yaqueésta califica el “Potencial deExplotación” del establecimiento, puesconsideraensuaplicaciónparámetrosobjetivostalescomo:ubicación,tamañoeinfraestructuraentreotros,loscualesofrecenmayorprecisiónalafijacióndelmismo,laaplicacióndeestametodologíaserátransitoriaentretantoellegisladorordinariodefinasobrequeparámetrosobjetivosserealizaráelcálculodelimpuesto.

La tipología constructiva mencionada está supeditada a laactualizaciónquerealizalaDirecciónGeneraldelaTributación.

Artículo18.—Tipologías constructivas. Conforme a la tipología constructiva indicada losestablecimientos seclasificandeacuerdoalossiguientesparámetrosobjetivos:Tipo,tamañoeinfraestructuradelestablecimiento.

Paralaclasificacióndelosestablecimientosyladeterminacióndel impuesto se utilizarán específicamente las tipologías de LocalComercial(LC01aLC05),EdificioComercial(EC),CentroComercial(CC),Restaurante(RE01a04)yNaveComercial(NC).

Se aplican los montos mínimos y máximos por clase delicenciaconfundamentoenlatipologíaconstructivaasignadaacadaestablecimiento por la Administración, según lo indicado en el artículo 20deestereglamento.

Artículo19.—Descripción de tipologías constructivas. Local comercial, edificio comercial centro comercial, nave comercial yrestaurante. Se entenderá como las tipologías constructivas antesmencionadas las descritas a continuación:

Locales comercialesEs el local comercial que tiene acceso directo desde la calle, con

áreasmenoresa500m².Tipo LC01Vida útil 50 años. Estructura mampostería integral, madera

de5cmx7,5cm.Paredesbloquesdeconcretoconrepelloquemado,madera. Cubierta cerchas de madera. Láminas onduladas de hierrogalvanizado.Canoasybajantesdehierrogalvanizado.Cielosláminademaderaaglomeradaosimilar.PisosTerracín,cerámicaeconómica.BañosUncuartodebañoeconómico.OtrosÁreaspequeñas,pocaáreadeventanería.

Tipo LC02Vida útil 50 años. Estructura mampostería integral. Paredes

Bloquesdeconcretoconrepelloquemado,panelesdeyeso,cementoyfibradevidrio(Gypsum),algunosenchapesdecerámicaeconómica.Cubiertacerchasdemadera.Láminasonduladasdehierrogalvanizado.Canoas y bajantes de hierro galvanizado. Cielos Láminas defibrocemento.Pisoscerámicamedianacalidad,terrazoosimilar.Bañosuncuartodebañoeconómico.OtrosEntradasencilla,losmarcosdelasvitrinasdealuminio.Edificacióndeunsolopiso.

Tipo LC03Vida útil 50 años. Estructura mampostería integral. Paredes

bloquesdeconcretoconrepellofino,panelesdeyeso,cementoyfibradevidrio(Gypsum),conenchapesdecerámicadebuenacalidadosimilar.Cubiertacerchasdeperfilesmetálicos.Láminasdehierrogalvanizadotiporectangularesmaltado,precintadefibrocemento,canoasybajantesde hierro galvanizado. Cielos láminas de poliestireno expandido ensuspensión de aluminio o similar.

Entrepisoslosadeconcreto.Pisoscerámicadebuenacalidadosimilar.Bañosuncuartodebañonormal.

Otros diseños de fachada con amplias vitrinas conmarcos dealuminio,tubosfluorescentes.Portóndecortinametálico.Bodegaenlaparteposteriorounasegundaplantaparatalfin.Edificioshastadosplantas.

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Tipo LC04Vida útil 60 años. Estructura columnas y vigas de concreto

armado. Paredes bloques de concreto o elementos prefabricados,láminasdefibradevidrioyyeso(DensGlass),repellofinooconcretomartelinado.Algunos enchapes de cerámica, paneles de aluminioy/opolicarbonato, paneles de yeso, cemento yfibra de vidrio (Gypsum).Altura3,00m.Cubiertacerchasdeperfilesmetálicos.Láminasdehierrogalvanizadotiporectangularesmaltada.Precintasdeláminasdehierrogalvanizadoesmaltadodetipoestructural.Canoasybajantesdehierrogalvanizado.Cielos láminas de poliestireno expandido en suspensiónde aluminio, panelesdeyeso, cementoyfibradevidrio (Gypsum)osimilar.Entrepisosconcretoprefabricadoconviguetaspretensadas.Pisoscerámicasdebuenacalidadosimilar.Bañosuncuartodebañonormal.Otrosampliasvitrinasconmarcosdealuminiosanodizadocolorbronceonegro.Lucesindirectas,muycomúnelusodetonosmetálicos.Rótulosluminosos.Segundaplantaozonaposteriorcomobodega.

Tipo LC05Vida útil 60 años. Estructura columnas y vigas de concreto

armado colado en sitio. Paredes bloques de concreto o elementosprefabricados,láminasdefibradevidrioyyeso(DensGlass),panelesdeyeso,cementoyfibradevidrio(Gypsum),panelesdealuminioy/opolicarbonato y similares, alturamayor de 3,00m.Cubierta cerchasde perfiles metálicos. Teja de barro o similar. Precintas de panelesestructuralesconpoliestireno.Canoasybajantesdehierrogalvanizado.Cielosperfilmetálicoesmaltado,panelesdeyeso,cementoyfibradevidrio (Gypsum), tablilla de maderas finas o similares. Entrepisosconcreto con viguetas pretensadas. Pisos porcelanato o similar,cerámicasimportadasdetránsitopesadodemuybuenacalidad.BañosUn cuarto de baño bueno.Otros fachadas con bloques decorativos,repellos de mármol, granito natural y otros. Amplias vitrinastransparentesopolarizadasconmarcosdealuminioanodizadocolorbronce o negro. Tratamientos con luces indirectas. Rótulos luminosos, plantasuperiorozonaposteriorcomobodega.

EdificioscomercialesEdificaciones de dos o más plantas, con áreas mayores a

500,00m².Sonedificiosdedicadostotalmentealaactividadcomercial,ampliasplantassindivisionesinternas,generalmentecondosbateríasdebañosubicadasenunmismopiso.

Tipo EC01Vidaútil50años.Estructuracolumnasyvigasmetálicasode

concretoarmado.Paredesbloquesdeconcretoconrepelloquemado.Cubiertacerchasdeperfilesmetálicos.Láminasonduladasdehierrogalvanizado.Canoasybajantesdehierrogalvanizado.Cielosláminasde poliestireno expandido en suspensión de aluminio. Entrepisosperfilesmetálicos con losa de concreto armada. Pisos terrazo, vinilo similar. Baños dos baterías de baño económicas. Otras fachadassencillas, planas, con amplios ventanales con marcos de aluminio,vitrinasenelprimerpisoyascensor.Edificiosdevariasplantas.

Tipo EC02Vida útil 60 años. Estructura columnas y vigas de concreto

armado. Paredes bloques de concreto con repello fino. Cubiertacerchasdeperfilesmetálicos.Láminasonduladasdehierrogalvanizadoesmaltadas.Canoasybajantesdehierrogalvanizado.Cielosláminasde poliestireno expandido en suspensión de aluminio. Entrepisosprefabricadosdeviguetaspretensadas.Pisoscerámicadebuenacalidadosimilar.Bañosdosbateríasdebañonormales.Doscuartosdebañonormales.Otrosdiseñosenfachadas,ampliosventanalesconmarcosdealuminioanodizado,ampliasvitrinasenelprimerpiso.Edificiodedos o tres plantas.

Tipo EC03Vida útil 70 años. Estructura columnas y vigas de concreto

armado.Paredesbloquesdeconcretoconrepellofino,panelesdeyeso,cementoyfibradevidrio(Gypsum).Ventanalesdepisoacieloenlafachadaprincipal,conmarcosdealuminioanodizadonatural.Cubiertacerchasdeperfilesmetálicos.Láminasonduladasdehierrogalvanizadoesmaltadas.Canoasybajantesdehierrogalvanizado.Cielospanelespaneles de yeso, cemento y fibra de vidrio (Gypsum) con diseñosespeciales para luces indirectas. Entrepisos Prefabricados con vigasdobleTosimilar.PisosPorcelanato,cerámicasdetránsitopesadodeexcelente calidad.Baños dos baterías de baño, dos cuartos de bañobuenos.Otrasfachadasconbuendiseño,precintasdediseñoselegantes,ampliosventanalesconmarcosdealuminio,incluyeascensor.Edificiosde dos o tres plantas.

Centros comercialesLoscentroscomercialessedefinencomounedificiodeunoo

máspisos,elcualcuentaconlocalescomerciales,ampliospasillosdecirculación, áreasdecomidas,bateríasde servicios sanitariosen losdiferentespisos,ampliasáreasdeusocomúnconelementosdecorativos,estacionamientobajotecho,todoenunsoloedificio,elcualcuentaconascensores.Paralosefectosdeladeterminacióndepagoadelantadodelderecho,envirtudquelalicenciaparaelexpendiodelicoresfuncionaráenunlocalcomercialdelcentrocomercial,seobvialadescripcióndedistintos tipologías de centro comercial.

NavescomercialesEstructuralmentesonnavesindustriales,peroincluyenmejoras

talescomoenchapesenpisos,sistemaelectromecánicodiseñadoparaunaadecuadailuminacióndetodaelárea,líneasdefrío,tuberíasparaabastecimientodeaguaendiversossectores,circuitosindependientesparaconexióndediferentesequipos,mayorymejorcalidaddeserviciossanitarios y otros. Incluye supermercados y otros tipos de comercio.

Para los efectos de la determinación de pago adelantado delderecho solo se tomará en cuenta la tipología general de las navescomerciales.

RestaurantesEdificaciones diseñadas y construidas para restaurantes, no

se incluye en esta categoría casas remodeladas para su uso como restaurante ni sodas.

Tipo RE01Vida útil 50 años. Estructura columnas y vigas de concreto

armado.Paredesbloquesdeconcretoconrepellofino.Alturadeparedes3,00m.Cubiertacerchasdeperfilesmetálicos.Láminasonduladasdehierrogalvanizado.Canoasybajantesdehierrogalvanizado.Cielosláminasdepoliestirenoconsuspensióndealuminioosimilar.EntrepisosLosadeconcretoarmado.Pisoscerámicademedianacalidad.Bañostresocuatrocuartosdebañonormales.Otrosenchapedeazulejodepisoacieloencocinas.Ampliaventaneríadealuminiooscuro,vidriostraslúcidos, trampas de grasa, sistema electromecánico de diseñoespecialsegúnlasnormasparaestetipodeedificios.Edificiosdeunao dos plantas.

Tipo RE02Vida útil 50 años. Estructura columnas y vigas de concreto

armado. Paredes bloques de concreto con repello fino, enchape enfachada de loseta de barro u otro.Altura 3,00m. Cubierta cerchasde perfiles metálicos. Láminas de hierro galvanizado rectangularesmaltado.Canoasybajantesdehierrogalvanizado.Cielosláminasdepoliestirenorevestidas,consuspensióndealuminio,panelesdeyeso,cemento y fibra de vidrio (Gypsum). Entrepisos perfiles metálicosconláminasdehierrogalvanizadoylosadeconcretode10cm.Pisoscerámicadebuenacalidad,baldosas,lozasyazulejosdecanteraenlacocina.Bañosdosbateríasdebañobuenas.Otrosenchapedeazulejoencocinadepisoacielo,segúnlasregulacionesrespectivas.Ampliosventanalesconmarcosdealuminiooscuro,sistemaelectromecánicodediseñoespecialparaestetipoderestaurantes,salidasdeaguacaliente,parrillas, sistemas eléctricos complejos, sistemasdegas, trampasdegrasa,cuartosfríos,áreadejuegosdedoblealtura,especialdiseñodefachada.Edificiosdeunaodosplantas.

Tipo RE03Vida útil 60 años. Estructura columnas y vigas de concreto

armado.Paredesbloquesdeconcretoconrepellofino,alturade3,00ma3,50m.Cubiertacerchasdeperfilesmetálicos.Tejasdeconcreto,dehierro galvanizado esmaltado o similar. Canoas hierro galvanizadoocultasporprecintasybajantes internosdePVC.Cielospanelesdeyeso, cemento y fibra de vidrio (Gypsum), láminas de poliestirenorevestidas, con suspensiónde aluminio.Entrepisos prefabricados deviguetaspretensadas.Pisoscerámicademuybuenacalidad(baldosas,lozasyazulejosdecantera)enlacocina.Bañosdosbateríastipobueno.Dos servicios sanitarios de buena calidad. Otras paredes interioresenchapadas con azulejos demuy buena calidad. Cocina enchapadadepisoacieloconazulejo.Instalacioneselectromecánicasdediseñoespecial para este tipo de restaurantes, salidas de agua caliente, parrillas,un transformador.Ampliosventanales,marcosdealuminiocoloroscuro.Especialdiseñodefachadas.Áreasdejuegosparaniñosconventanalesdevidriotemperado.Edificiosdeunaodosplantas.

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Tipo RE04Vidaútil 70 años.Estructura columnasyvigasde concreto

armado. Paredes bloques de concreto, paneles estructurales conpoliestireno, láminas de fibra de vidrio y yeso (Dens Glass) opaneles de yeso, cemento y fibra de vidrio (Gypsum) o similar,repellointeriorfino,repelloexteriortipocolonialosimilar.Altura3,50momás.Cubiertacerchasdeperfilesmetálicos.Tejasdebarro,láminasdepolicarbonatotraslúcidasenpequeñossectores.Canoasdehierrogalvanizadodediseñoespecial,bajantesdePVCocultos.Cielos artesonado, paneles de yeso, cemento y fibra de vidrio(Gypsum).Entrepisosprefabricado,viguetaspretensadasosimilar.Pisos cerámicas rústicas o similar de muy buena calidad. Bañosdos omás cuartos de bañomuy buenos por piso.Otros elegantediseño de fachada, ventanales de arco demedio punto o similar,amplios ventanales, banquinas y cornisas en concreto armado.Buquesdepuertasenformadearcoconmarcosyguarnicionesdemadera.Puertasdemaderademuybuendiseñoycalidad.Escalerasdeconcretoconenchapedecerámicaybordedeconcretolavado,barandales de hierro forjado con pasamanos de madera. Sistemaelectromecánicodeespecialdiseñopararestaurantes,salidasdeaguacaliente, parrillas, trampas de grasa. Horno con ladrillo refractario. Edificioshastatresplantas.

Artículo 20.—Determinación de aplicación de mínimo y máximo según tipología constructiva.

CATEGORÍA Tipología Constructiva

A(LICORERA)mínimo LC01oLC02

A(LICORERA)máximo ECoLC03aLC05

B(BAR)mínimo LC01oLC02

B(BAR)máximo ECoLC03aLC05

C(RESTAURANTE)mínimo LC01oLC02oRE01

C(RESTAURANTEmáximo ECoLC03aLC05oRE02aRE04

D1(MINISUPER)mínimo LC01o02

D1(MINISUPER)máximo LC03a05yEC

D2(SUPERMERC)mínimo EC

D2(SUPERMERC)máximo NAVECOMERC.

E1amínimo 1a7hab.

E1amáximo 8a14hab

E1bmínimo 15a30hab

E1bmáximo 31omáshab

E2(marinasyatracaderos) No aplica

E3mínimo LCmenora500metroscuadradosoRE01

E3máximo ECoRE01aRE04

E4mínimo LCmenora500metroscuadrados

E4máximo EC

E5mínimo LCmenora500metroscuadrados

E5máximo EC

Artículo 21.—Monto de pago trimestral adelantado por clase de patente, ubicación y tipología constructiva. El monto por elpagodelderechotrimestralanticipado,segúnubicación,clasedepatenteytipologíaconstructivasemuestraacontinuación:

CABECERA CABECERACANTÓN

OTROSDISTRITOSPROVINCIA

CLASE TIPOL Min TIPOL Max Min Max Min Max

A LC01-02 1 ECyLC03a05

2 ½ 1 ¼ 1/2

B LC01-02 1/2 ECyLC03a05

1 ¼ 1/2 1/8 1/4

C LC01o02oRE01

1/2 ECoLC03a05oRE02a04

1 ¼ 1/2 1/8 1/4

D1 LC01o02 1 LC03ª05y EC

2 ½ 1 ¼ 1/2

D2 EC 2 NAVECOMERC

3 1 1y1/2

½ 3/4

E1a 1a7hab 1/2 8a14hab 1 ¼ 1/2 1/8 1/4

E1b 15a30hab 1 31omáshab

2 ½ 1 1/4 1/2

E2 N A 1y1/2 NA 3 ¾ 1y1/2

3/8 3/4

E3 LC menor a500m²oRE01

1 ECoRE02a04

2 ½ 1 1/4 1/2

E4 LC menor a 500m²

1y1/2 EC 3 ¾ 1y1/2

3/8 3/4

E5 LC menor a 500m²

1/2 EC 1 ¼ 1/2 1/8 1/4

Estasfraccionessonexpresadasentérminosdesalariobase,definidoenelartículo2de laLeyN°7337,acordealartículo10de la LeyN° 9047, y se aplican en su totalidad en los cantonescabecera de provincia , ½ en las cabeceras de cantones y ¼ enlosotrosdistritos,fijándose losmínimosen lasclasesde licenciaC, E1a, E1b, E2,E3,E4 y E5, según resolución N° 11.499-2013de laSalaConstitucional, en tantoel legisladorordinariohaga ladeterminación correspondiente considerando el tamaño, tipo deinfraestructura,entreotrosparámetrosobjetivosconformeseindicaen la resolución antes citada.

Artículo22.—Pago trimestral de patente en el cantón de Desamparados. La aplicación de las fracciones indicadas en la tablaanterior,encuantoalosmínimosymáximosenelcantónsedetalla a continuación:

I. DISTRITO DESAMPARADOS (Cabecera de cantón)1. Licencia clase A (licorera):

1.1. Las licenciasde expendiode licorqueoperen enestablecimiento con tipología comercial LC01 oLC02pagaránmediosalariobase(1/2)trimestral.

1.2. Las licenciasde expendiode licorqueoperen enestablecimientos comercial con tipología comercial LC03,LC04yLC05oedificiocomercialpagaránunsalariobase(1)trimestral.

2. Licencia clase B1 y B2: (Cantinas, bares y tabernas sin actividad de baile, salones de baile, discotecas, clubes nocturnos y cabaret con actividad bailable)2.1. Laslicenciasdeexpendiodelicorqueoperenenun

local tipología comercial,LC01yLC02, pagaránuncuartodesalariobase(1/4)trimestral.

2.2. Las licenciasde expendiode licorqueoperen enunlocaltipologíacomercialLC03,LC04yLC05oenunestablecimientotipologíaedificiocomercialpagaránmedio(1/2)salariobasetrimestral.

3. Licencia clase C: (Restaurante)3.1. Las licenciasde expendiode licorqueoperen en

unlocalclasificadocontipologíaLocalComercial(LC01aLC02),oRestaurante01pagaránuncuartodesalariobase(1/4)trimestral.

3.2. Las licenciasde expendiode licorqueoperen enlocal comercial, tipologíaLC03,LC04yLC05oen edificio comercial o Restaurante RE 02 a 04pagaránmedio(1/2)salariobasetrimestral.

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Pág 22 La Gaceta Nº 169 — Miércoles 3 de setiembre del 2014

4. Licencia clase D: (minisúper y supermercado)D1. (Minisúper)

D.1.1. Las licencias de expendio de licor queoperen en un local comercial con tipología LC01yLC02pagaránmedio(1/2)salariobase trimestral.

D.1.2. Las licencias de expendio de licor queoperenenlocalcomercial,tipologíaLC03,LC04yLC05oenestablecimientotipologíaedificiocomercialpagaránun(1.0)salariobase trimestral

4.2.- D2: (supermercado)D.2.1 Las licencias de expendio de licor que

operenenlocalcomercialtipologíaLC03aLC05otipologíaedificiocomercialpagaránun(1.0)salariobasetrimestral.

D.2.2. Las licencias de expendio de licor queoperenenunestablecimientotipologíanavecomercial pagarán uno ymedio (1 y 1/2)salario base trimestral

5. Licencia clase E: Actividades y empresas declaradas de interés turístico por el Instituto Costarricense de Turismo (ICT).E1. Empresas de hospedaje declaradas de interés

turístico por el ICT.E1.a. Licencia de expendio de licor que opere

en un establecimiento con una a siete habitaciones: un cuarto (1/4) salario basetrimestral.

E1.a. Licencia para expendio de licores quefuncione en un establecimiento con ochoacatorcehabitaciones:medio(1/2)salariobase trimestral.

E1b. Licencia de expendio de licor que opereen un establecimiento con quince a treinta habitaciones pagarán medio (1/2) salariobase.

E1b. Licenciadeexpendiodelicorqueopereenunestablecimientoconmásdetreintayunhabitacionespagaráun(1)salariobase.

E2. Marinas y atracaderos: no aplica.E3. Empresas gastronómicas:

E3a. Las licencias de expendio de licor queoperen en establecimiento tipología local comercial (LC01 a LC05) o restaurante(RE01)medio(1/2)salariobasetrimestral.

E3b. Las licencias de expendio de licor queoperen en local con tipología edificiocomercial o restaurante (RE 02 a 04)pagarán:un(1.0)salariobasetrimestral.

E4. Centros de diversión nocturna: E4a. Las licencias de expendio de licor que

operen en local con tipología local comercial (LC01aLC05)pagarán:trescuatros(3/4)salario base trimestral.

E4b. Las licencias de expendio de licor queoperenenlocaltipologíaedificiocomercialpagarán:unoymedio(1y1/2)salariosbasetrimestral.

E5. Actividades temáticas y que cuenten con la aprobación del Concejo Municipal.E5a: Las licencias de expendio de licor que

operen en local tipología local comercial pagarán: un cuarto (1/4) salario basetrimestral.

E5b. Las licencias de expendio de licor queoperenenlocaltipologíaedificiocomercialpagarán:medio(1/2)salariobasetrimestral.

II. OTROS DISTRITOS1. Licencia clase A (licorera):

1.1. Las licenciasde expendiode licorqueoperen enestablecimiento con tipología comercial LC01y LC02 pagarán un cuarto (1/4) salario basetrimestral.

1.2. Las licenciasde expendiode licorqueoperen enestablecimientos comercial con tipología comercial LC03,LC04yLC05oedificiocomercialpagaránmedio(1/2)salariobasetrimestral.

2. Licencia clase B1 y B2: (Cantinas, bares y tabernas sin actividad de baile, salones de baile, discotecas, clubes nocturnos y cabaret con actividad bailable)2.1. Laslicenciasdeexpendiodelicorqueoperenenun

local tipología comercial,LC01yLC02, pagaránunoctavo(1/8)salariobasetrimestral.

2.2. Las licenciasde expendiode licorqueoperen enunlocaltipologíacomercialLC03,LC04yLC05oenunestablecimientotipologíaedificiocomercialpagaránuncuarto(1/4)salariobasetrimestral.

3. Licencia clase C: (Restaurante)3.1. Las licenciasde expendiode licorqueoperen en

unlocalclasificadocontipologíaLocalComercial(LC01aLC02)oRestaurante01pagaránunoctavo(1/8)salariobase.

3.2. Las licenciasde expendiode licorqueoperen enlocalcomercial,tipologíaLC03,LC04yLC05oenedificiocomercialoRestaurante02a04pagaránuncuarto(1/4)salariobasetrimestral.

4. Licencia clase D: (minisúper y supermercado)D1. (Minisúper)

D.1.1. Las licencias de expendio de licor queoperen en un local comercial con tipología LC01 y LC02 pagarán un cuarto (1/4)salario base.

D.1.2. Las licencias de expendio de licor queoperen en local comercial, tipología LC03,LC04yLC05oenestablecimientotipologíaedificiocomercialpagaránmedio(1/2)salariobasetrimestral.

4.2.- D2: (Supermercado)D.2.1 Las licencias de expendio de licor que

operenenlocalcomercialtipologíaLC03aLC05otipologíaedificiocomercialpagaránmedio(1/2)salariobasetrimestral.

D.2.2. Las licencias de expendio de licor queoperenenunestablecimientotipologíanavecomercialpagarán trescuarto(3/4)salariobase trimestral.

5. Licencia clase E: Actividades y empresas declaradas de interés turístico por el Instituto Costarricense de Turismo (ICT).E1. Empresas de hospedaje declaradas de interés

turístico por el ICT.E1.a. Licencia de expendio de licor que opere

en un establecimiento con una a siete habitaciones: un octavo (1/8) salario basetrimestral.

E1.a. Licencia para expendio de licores quefuncioneenunestablecimientoconochoacatorcehabitaciones:uncuarto(1/4)salariobase trimestral.

E1b. Licencia de expendio de licor que opereen un establecimiento con quince a treinta habitacionespagaránuncuarto(1/4)salariobase.

E1b. Licenciadeexpendiodelicorqueopereenunestablecimientoconmásdetreintayunhabitacionespagaráunmedio(1/2)salariobase.

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La Gaceta Nº 169 — Miércoles 3 de setiembre del 2014 Pág 23

E2. Marinas y atracaderos: no aplica.E3. Empresas gastronómicas:

E3a. Laslicenciasdeexpendiodelicorqueoperenen establecimiento tipología local comercial (LC01 a LC05) o restaurante (RE01): uncuarto(1/4)salariobasetrimestral.

E3b. Laslicenciasdeexpendiodelicorqueoperenen local con tipología edificio comercial orestaurante (RE02 a04) pagarán: unmedio(1/2)salariobasetrimestral.

E4. Centros de diversión nocturna: E4a. Laslicenciasdeexpendiodelicorqueoperen

enlocalcontipologíalocalcomercial(LC01aLC05)pagarán: tresoctavos (3/8) salariobase trimestral.

E4b. Laslicenciasdeexpendiodelicorqueoperenenlocaltipologíaedificiocomercialpagarán:trescuartos(3/4)salariobasetrimestral.

E5. Actividades temáticas y que cuenten con la aprobación del Concejo Municipal.E5a: Laslicenciasdeexpendiodelicorqueoperen

en local tipología local comercial pagarán:unoctavo(1/8)salariobasetrimestral.

E5b. Laslicenciasdeexpendiodelicorqueoperenenlocaltipologíaedificiocomercialpagarán:uncuarto(1/4)salariobasetrimestral.

Artículo23.—Fecha de pago del impuesto.Deconformidadconelartículo10delaLeyN°9047,elimpuestosepagaráenformatrimestralyadelantada.Elpagoextemporáneoestásupeditadoa latasadeinterésquefijelaAdministracióndeacuerdoalprocedimientodefinidoporelartículo57delCódigodeNormasyProcedimientosTributarios para todos los tributos municipales y a la multa del uno porciento(1%)pormesofraccióndemesestablecidaenelcitadoartículo10.

Ladeterminacióndelimpuestoseharáconbasealoseñaladoenlosartículos20,21y22deesteReglamento.

CAPÍTULOIVDe la suspensión de la licencia y cierre de negocios

Artículo24.—Orden de suspensión de la licencia y cierre de establecimiento.LaAdministraciónestáfacultadaconobservanciadel debido proceso, para ordenar la suspensión de la licencia y el cierre de los establecimientos de los licenciatarios que incurran en cualesquieradelascausalescontenidasenlosartículos15,16,17,18,19,20,21delaLeyN°9047;entreotrasdefinidasporley.

La Administración posee la potestad para aplicar las sanciones decarácteradministrativo,sinperjuiciodelaresponsabilidadcivilypenalcorrespondienteconformeloestipulaelartículo23delaLeyN°9047.

Artículo 25.—Suspensión de la licencia y cierre de establecimiento. De conformidad al artículo 81 bis del CódigoMunicipal la licencia para la comercialización de bebidas concontenidoalcohólico,podrásuspenderseporfaltadepagodedosomástrimestres,obienporincumplimientodelosrequisitosordenadosenlasleyesparaeldesarrollodelaactividad.

Serásancionadoconmultaequivalentea tressalariosbaseelpropietario, administrador o responsable de un establecimiento que con licencia suspendida, continúe desarrollando la actividad. DepersistirlamorosidadlaAdministracióniniciaráelprocedimientodecancelacióndelalicencia,adicionalmentesinperjuiciodeejecutarlasacciones de cobro que permitan la recuperación de la deuda.

Artículo 26.—Revocación de licencia. En los supuestos del artículo6de laLeyN°9047yenobservanciadeldebidoprocesolaAdministraciónencadacasoemitirálaresolucióncorrespondientedebidamenterazonada.Paralaaplicacióndelincisob)seentenderácomocausajustificadaelcasofortuitoofuerzamayor.

CAPÍTULOVDe las sanciones

Artículo 27.—Sanciones. La Municipalidad podrá imponerlassancionesenlossupuestosestablecidosencapítuloIVdelaLeyN°9047,acordeasuscompetenciasparalocualdeberárespetarelprincipio del debido proceso.

CuandolasanciónimpliquelarevocaciónocancelacióndelalicenciadeberáseguirseelprocedimientoadministrativoordinariodispuestoenlaLeyGeneraldelaAdministraciónPública.

Artículo 28.—Plazo de cancelación de las multas. Las multasderivadasdelaaplicacióndelassancionesestablecidasenelcapítuloIVdelaLeyN°9047,deberánsercanceladasenunplazodequincedíashábilesposteriorasucomunicación,casocontrario,seprocederáalasuspensióndelalicenciaconcedidahastaquesehagaefectivoelpago;demantenerselamoralaadministracióniniciaráel proceso de cobro correspondiente y la cancelación de la licencia quesehayaotorgadoparaelfuncionamientodelestablecimiento,loanterior en cumplimiento del debido proceso.

Artículo 29.—Destino de la recaudación efectiva por concepto de las multas.Larecaudaciónefectivaporconceptodemultas seasignaráasí:undiezporciento (10%)a losprogramaspreventivosmunicipalesporelusoyconsumodetodotipodedrogas(bebidasconcontenidoalcohólico,psicotrópicosyestupefacientes)yelnoventaporciento(90%)paraprogramasdelaAdministración.

Artículo 30.—Recursos contra los actos municipales dictados en aplicación de este Reglamento. En contra de los actos municipalesemitidosenaplicacióndeesteReglamentocabránlosrecursosderevocatoriayapelaciónconbaseenlasdisposicionesdelTítuloVIdelCódigoMunicipal.

Artículo31.—Legislación de aplicación supletoria. Lo no previstoenesteReglamentoseregiráporlodispuestoenlaLeyN°9047yensudefectoseaplicarásupletoriamenteloestablecidoenlalegislación correspondiente según la materia.

Artículo32.—Conformealartículo43delCódigoMunicipalesteReglamentorigeapartirdelasegundapublicaciónenelDiarioOficialLa Gaceta.

EstereglamentofuepublicadoporprimeravezenLa Gaceta DigitalN°17del24deenerodel2014.

Desamparados,28demayodel2014.—MarioVindasNavarro,CoordinadordelaSecretaríaGeneral.—1vez.—(IN2014052897).

REMATES

HACIENDASERVICIO NACIONAL DE ADUANAS

Detalle demercancías que se rematarán en subasta públicaenformaindividualenlasinstalacionesdelaAduanadeCaldera,Puntarenasalas10:00horasdeldía01delmesdeoctubredel2014yquedeconformidadconlaLeyNº7557y8373(LeyGeneraldeAduanas),de8denoviembrede1995y5desetiembredel2003,las mismas se encuentran en estado de abandono en el Almacén FiscaldelPacíficoAlfipac,CódigoA-159,PuertoCaldera,Esparza,Puntarenas.

Boletas de RemateAño 2014

Boletas de remate de mercancías año 2014Boleta Nº 31-2014Consignatario:WallTile.Descripciónde

lamercancía:20cajasdecerámica300x200mm,con25unidadesporcaja.Pesototal.315kilos.PrecioBase:¢20.415,02.Ubicación:AlmacénFiscaldelPacífico(ALFIPAC),CódigoA-159.

Boleta Nº 32-2014Consignatario:WallTile.Descripcióndelamercancía:36cajasdecerámica300x200mm,con25unidadesporcaja.Pesototal.555kilos.PrecioBase:¢36.747,06.Ubicación:AlmacénFiscaldelPacífico(ALFIPAC),CódigoA-159.

Boleta Nº 33-2014Consignatario:WallTile.Descripcióndelamercancía:39cajasdecerámica300x200mm,con25unidadesporcaja.Pesototal.619kilos.PrecioBase:¢39.809,25.Ubicación:AlmacénFiscaldelPacífico(ALFIPAC),CódigoA-159.

Boleta Nº 34-2014Consignatario:WallTile.Descripcióndelamercancía:20cajasdecerámica300x200mm,con25unidadesporcaja.Pesototal.315kilos.PrecioBase:¢20.415,02.Ubicación:AlmacénFiscaldelPacífico(ALFIPAC),CódigoA-159.

Boleta Nº 35-2014Consignatario:WallTile.Descripcióndelamercancía:29cajasdecerámica300x200mm,con25unidadesporcaja.Pesototal.460kilos.PrecioBase:¢29.601,80.Ubicación:AlmacénFiscaldelPacífico(ALFIPAC),CódigoA-159.

Page 24: La Uruca, San José, Costa Rica, miércoles 3 de setiembre del … · 2015. 7. 1. · La Gaceta Nº 169 — Miércoles 3 de setiembre del 2014. Pág 3. Con fundamento en las anteriores

Pág 24 La Gaceta Nº 169 — Miércoles 3 de setiembre del 2014

Boleta Nº 36-2014Consignatario:WallTile.Descripcióndelamercancía:25cajasdecerámica300x200mm,con25unidadesporcaja.Pesototal.397kilos.PrecioBase:¢25.518,78.Ubicación:AlmacénFiscaldelPacífico(ALFIPAC),CódigoA-159.

Boleta Nº 37-2014Consignatario:WallTile.Descripcióndelamercancía:20cajasdecerámica300x200mm,con25unidadesporcaja.Pesototal.315kilos.PrecioBase:¢20.415,02.Ubicación:AlmacénFiscaldelPacífico(ALFIPAC),CódigoA-159.

Boleta Nº 38-2014Consignatario:WallTile.Descripcióndelamercancía:36cajasdecerámica300x200mm,con25unidadesporcaja.Pesototal.570kilos.PrecioBase:¢39.647.06.Ubicación:AlmacénFiscaldelPacífico(ALFIPAC),CódigoA-159.

Boleta Nº 39-2014Consignatario:WallTile.Descripcióndelamercancía:39cajasdecerámica300x200mm,con25unidadesporcaja.Pesototal.619kilos.PrecioBase:¢39.809,25.Ubicación:AlmacénFiscaldelPacífico(ALFIPAC),CódigoA-159.

Boleta Nº 40-2014Consignatario:WallTile.Descripcióndelamercancía:20cajasdecerámica300x200mm,con25unidadesporcaja.Pesototal.315kilos.PrecioBase:¢20.415,02.Ubicación:AlmacénFiscaldelPacífico(ALFIPAC),CódigoA-159.

Boleta Nº 41-2014Consignatario:WallTile.Descripcióndelamercancía:32cajasdecerámica300x200mm,con25unidadesporcaja.Pesototal.495kilos.PrecioBase:¢32.664,06.Ubicación:AlmacénFiscaldelPacífico(ALFIPAC),CódigoA-159.

Boleta Nº 42-2014 Consignatario: Wall Tile. Descripciónde la mercancía: 117 cajas de cerámica 300 x 200 mm, con 25unidadesporcaja.Pesototal.1845kilos.PrecioBase:¢119.427,98.Ubicación:AlmacénFiscaldelPacífico(ALFIPAC),CódigoA-159.

Boleta Nº 43-2014Consignatario:WallTile.Descripcióndelamercancía:20cajasdecerámica300x200mm,con25unidadesporcaja.Pesototal.315kilos.PrecioBase:¢20.415,02.Ubicación:AlmacénFiscaldelPacífico(ALFIPAC),CódigoA-159.

Boleta Nº 44-2014Consignatario:WallTile.Descripcióndelamercancía:20cajasdecerámica300x200mm,con25unidadesporcaja.Pesototal.315kilos.PrecioBase:¢20.415,02.Ubicación:AlmacénFiscaldelPacífico(ALFIPAC),CódigoA-159.

Boleta Nº 45-2014Consignatario:WallTile.Descripcióndelamercancía:29cajasdecerámica300x200mm,con25unidadesporcaja.Pesototal.458kilos.PrecioBase:¢29.601,80.Ubicación:AlmacénFiscaldelPacífico(ALFIPAC),CódigoA-159.

Boleta Nº 46-2014Consignatario:WallTile.Descripcióndelamercancía:42cajasdecerámica300x200mm,con25unidadesporcaja.Pesototal.663kilos.PrecioBase:¢42.871,57.Ubicación:AlmacénFiscaldelPacífico(ALFIPAC),CódigoA-159.

Selesinformaqueelcostoporconceptodebodegajedelasmercancías amparadas a este remate, no está incluido en la baseporlotantolosinteresadosdeberánentendersedirectamenteconlosrespectivosDepositariosAduaneros.

La subasta es pública, teniendo acceso cualquier particular conlasexcepcionesestablecidasenelartículo73,párrafosegundodelaLeyGeneraldeAduanasN°7557del8denoviembrede1995.ReformadamedianteLeyN°8373del5desetiembredel2003.

Para ser postor es indispensable depositarmediante chequecertificado a favor de laDirecciónGeneral deAduanas, la sumaequivalente al 10% del precio base de lasmercancías que deseeadquirirantesdeliniciodelremate,segúnloestableceelartículo198,incisoe)delReglamentoalaLeyGeneraldeAduanas.Ladiferenciaenrelaciónconelmontopreviamentedepositadodeberácancelarseinmediatamentedespuésdelaadjudicacióndelasmercancías.Lascondiciones son estrictamente de contado, debiendo efectuarse el pagoalconcretarselaventa.

Lasmercancíaspodránserinspeccionadasdentrodelplazodetresdíaspreviosalarealizacióndelremate.

Paramayor información consultar al DepositarioAduanerodondeseencuentrenlasmercancíasoalaSeccióndeDepósitosdela Aduana de Caldera.

A los interesados en las mercancías que necesiten permisos (regulaciones no arancelarias) de otras dependenciasGubernamentales,favorpresentarlosmismosenelmomentodelasubasta.

Mba.YonderAlvaradoZúñiga,AduanadeCaldera.—1vez.—O.C.Nº3400021142.—SolicitudNº18964.—C-102880.—(IN2014055483).

INSTITUCIONESDESCENTRALIZADAS

UNIVERSIDAD NACIONALVICERRECTORÍAACADÉMICA

REPOSICIÓNDETÍTULOPUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

AnteelDepartamentodeRegistrode laUniversidadNacionalse ha presentado solicitud de reposición de diploma, por: extravíocorrespondiente al título de: Licenciatura en Educación Ambiental grado académico:Licenciatura, registrado en el librode títulos bajotomo20,folio61,asiento640,anombrede:LandryMarie-Eve,confecha9demarzodel2004,céduladeidentidad:GA056357.Sepublicaesteedictoparaoíroposicionesadichareposición,dentrodeltérminodequincedíashábilesapartirdelatercerapublicaciónenLa Gaceta.—Heredia,20deagostodel2014.—DepartamentodeRegistro.—M.A.E.Marvin–SánchezHernández,Director.—(IN2014053430).

PATRONATO NACIONAL DE LA INFANCIAEDICTOS

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZA los señores Maribel Guerrero Pérez y Harol Paniagua

Badilla, se le comunica la resolución de las diez horas cincuentaminutosdelcincodenoviembredeldosmiltreceyresolucióndelas ochohoras del veinticincodemarzodel dosmil catorce, queordenan inicio del proceso especial de protección y medida de cuido provisional. Notifíquese la anterior resolución a las partesinteresadaspersonalmenteoensucasadehabitaciónaquienesseles advierte que deberán señalar lugar conocido para recibir susnotificaciones, o bien señalar número de facsímile para recibiraquellasnotificacionesquepudierenpracticarseporesemedioenelentendidoquedenohacerloosiellugarseñaladofuereimpreciso,inexactoo llegareadesaparecero si elmedio seleccionado fueredefectuoso, estuviere desconectado, sin suficiente provisión depapel o por cualquier otro modo no imputable a esta institución se interrumpiere lacomunicación lasnotificaciones futurasquedaránfirmes veinticuatro horas después de dictadas. Se les hace saberademásquecontralapresenteresoluciónprocedeelrecursoordinariodeapelaciónquedeberáninterponeranteestarepresentaciónlegaldentrodelplazodecuarentayochohorassiguientesalafechadelaúltimanotificaciónalaspartes,elderecursoserádeconocimientodelaPresidenciaEjecutivadeestainstituciónenelentendidoquehacerlofueradedichotérminoelrecursodevieneeninadmisible.Expediente: OLBA-00238-2013.—Oficina Local de BuenosAires.—Lic.DunniaMenaGómez,DirectoradelProcesoEspecialdeProtecciónenSedeAdministrativa.—O.C.N°36800.—SolicitudN°14000071.—C-26000.—(IN2014053304).

Se le comunica a Steven Torres Villalta, la resolución delas nueve horas del veintinueve de julio del dos mil catorce, lacual ordena la inclusión del joven Denis Torres Benavides, enalguna alternativa de protección institucional o privada para suinternamiento o tratamiento a su consumo de drogas. En contra de la presente resolución procede el recurso apelación para ante el superior en grado dentro de un plazo de 48 horas despuésde notificada. El recurso de apelación se elevará ante el jerarcainstitucional.Deberáademásseñalarlugaromedioelectrónicopararecibirsusnotificacionesdentrodelperímetrodeestaoficinalocalsi el lugar señalado fuere inexacto o incierto o elmedio ineficazlas resoluciones posteriores se tendrán por notificada con el solotranscursode24horasdespuésdedictada.Expediente:112-00162-2014.—OficinaLocaldeGuadalupe,09deagostodel2014.—Lic.RobertoMarínAraya,Representante Legal.—O.C.N° 36800.—SolicitudN°14000071.—C-12510.—(IN2014053305).

Expediente administrativo: OLSAR-00010-2014, pordesconocersesuresidenciayubicaciónhabitual,selecomunicaalseñorRafaelGarcíaHurtado, la resoluciónde lasdocehorascondiezminutosdeldiezdejuliodeldosmilcatorce,queordenódar

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inicio alprocesoespecialdeprotecciónensedéadministrativaafavordelaspersonasmenoresdeedadMichelleyBrianambosdeapellidosGarcíaRodríguez,en lacitada resoluciónsedesignaa la profesional en psicología de esta oficina local a fin de que dentro del plazo de cincuenta días naturales investigue loshechos denunciados y rinda el respectivo informe así mismoen garantía al principio de defensa se concede audiencia a las partes interesadas para ser escuchadas y aporten las pruebasque a bien tengan en el presente proceso, así mismo se les proviene a las partes que deben señalar dentro del perímetrojudicialyadministrativode laoficina localdeSanCarlosdelPatronato Nacional de la Infancia dirección donde recibir sunotificacionesomedioelectrónicoseafaxocorreoelectrónicocon la advertencia que en caso de omisión las resolucionesposteriores se tendrán por notificadas 24 horas después de serdictadas.—OficinaLocal de SanCarlos, 31 de julio de 2014.—Lic. Ernesto Romero Obando, Representante Legal.—O. C. N°36800.—SolicitudN°14000071.—C-17460.—(IN2014053306).

SelecomunicaaMarcelaAráuzBeitayaMagdoObandoRivera la resolución de las siete horas y cuarenta minutos delveinticuatrodejuliodedosmilcatorce,mediantelacualseubicaaJohanaIsabelObandoAráuz,enla“AsociaciónReacciónenCadenaporNuestraNiñez”.Encontradelapresenteresoluciónprocedeel recurso de apelación para ante el superior en grado dentro de un plazode48horascontadosapartirde la tercerapublicacióndelpresenteedicto.Deberáademásseñalarlugaromedioelectrónicopararecibirsusnotificacionesdentrodelperímetrodeestaoficinalocal si el lugar señalado fuere inexacto o incierto o el medioineficaz,lasresolucionesposterioressetendránpornotificadaconel sólo transcurso de 24 horas después de dictada. Expediente:743-00078-2007.—Oficina Local de Guadalupe, 28 de julio de2014.—Lic. Roberto MarínA., Representante Legal.—O.C. N°36800.—SolicitudN°14000071.—C-11820.—(IN2014053307).

Aquieninteresesecomunicalaresolucióndelasdiezhorastres de abril del dos mil catorce que ordenan inicio del proceso especial de protección. Notifíquese la anterior resolución a las partes interesadas personalmente o en su casa de habitación, aquienes se les advierte quedeberán señalar lugar conocidopararecibir sus notificaciones, o bien .señalar número de facsímilepara recibir aquellas notificaciones que pudieren practicarsepor esemedio, en el entendido que de no hacerlo o si el lugarseñalado fuere impreciso, inexacto o llegare a desaparecer o sielmedio seleccionado fueredefectuoso,estuvieredesconectado,sin suficiente provisión de papel o por cualquier otro modo noimputable a esta institución se interrumpiere la comunicación lasnotificaciones futurasquedarán firmesveinticuatrohorasdespuésdedictadas.Se les hace saber ademásque contra lapresente resolución procede el recurso ordinario de apelación, quedeberán interponer ante esta representación legal dentrodel plazo de cuarenta y ocho horas siguientes a la fechade la última notificación a las partes, el de recurso será deconocimiento de la presidencia ejecutiva de esta instituciónenelentendidoquehacerlofueradedichotérminoelrecursodeviene en inadmisible. Personamenor de edad SammyMaríaBorbónOrtiz, progenitores FlorMaríaBorbónOrtiz (fallecida).Expediente: OLBA-00032-2013.—Oficina Local de BuenosAires.—Lic.DunniaMenaGómez,DirectoradelProcesoEspecialde Protección en Sede Administrativa.—O. C. N° 36800.—SolicitudN°14000071.—C-23420.—(IN2014053308).

AlosseñoresCarmenLidiaAlvaradoVenegasyGuillermoAdriánGaitánMora,deotrascalidadesydomicilioignorados,selescomunicalasiguienteresolucióndelas14:55horasdel04deagostodel2014afindequelapersonamenordeedadGuillermoAarón Gaitán Alvarado, se ubica en alternativa de protecciónFundación Hospicio de Huérfanos en San José. Notifíquese laanterior resolución a las partes interesadas, personalmente o

en su casa de habitación a quienes se les advierte que deberánseñalar lugar conocido para recibir sus notificaciones o bienseñalar número de facsímile para recibir aquellas notificacionesque pudieren practicarse por ese medio, en el entendido que de no hacerloosiellugarseñaladofuereimpreciso,inexactoollegareadesaparecerosielmedioseleccionadofueredefectuoso,estuvieredesconectado, sin suficiente provisión de papel o por cualquierotro modo no imputable a esta institución se interrumpiere la comunicación, las notificaciones futuras quedarán firmesveinticuatrohorasdespuésdedictadas.Seleshacesaberademás,que contra la presente resolución procede el recurso ordinario de apelación, que deberán interponer ante esta RepresentaciónLegaldentrodelplazodecuarentayochohorassiguientesalafecha de la última notificación a las partes, el de recurso serádeconocimientodelaPresidenciaEjecutivadeestainstitución,en el entendido que hacerlo fuera de dicho término el recursodevieneen inadmisible.Sedeberápublicaresteedictopor tresveces consecutivas en elDiarioOficialLa Gaceta. ExpedienteAdministrativo: 441-00022-2009.—Oficina Local de Pococí.—Msc. María Gabriela Hidalgo Hurtado, Abogada.—O. C. N°36800.—SolicitudN°14000071.—C-23190.—(IN2014053309).

A los señores Alberto Ramón Rosales Rangel y AngieFrancinie González Rojas, se les comunica que por resolucióndelasnuevehorasdelveintiochodejuliodeldosmilcatorce,sedeclaró declaratoria de adoptabilidad de las personas menores de edad: Charlot Sarita González Rojas y Mía Rosales González.Notifíquese, a quienes se les advierte quedeberán señalar lugarconocidopara recibir sus notificaciones, o bien, señalar númerode facsímile para recibir aquellas notificaciones que pudierenpracticarseporesemedio,enelentendidoquedenohacerlo,osiellugarseñaladofuereimpreciso,inexactoollegareadesaparecer,osielmedioseleccionadofueredefectuoso,estuvieredesconectado,sin suficiente provisión de papel o por cualquier otro modo noimputable a esta institución se interrumpiere la comunicación, las notificacionesfuturasquedaránfirmesveinticuatrohorasdespuésde dictadas. Se les hace saber además, que contra la presenteresolución proceden los recursos ordinarios de revocatoriacon apelación en subsidio, que deberán interponer ante estaRepresentación Legal dentro del tercer día hábil inmediatosiguientea lafechadelaúltimanotificacióna laspartes,siendoqueelderevocatoriaserádeconocimientodeestaRepresentaciónLegal, y el de apelación de la Presidencia Ejecutiva de estainstitución, en el entendido que hacerlo fuera de dicho términoelrecursodevieneeninadmisible.ExpedienteN°OLHN-00080-2013.—Oficina Local Heredia Norte.—Lic. Marcela RamírezUlate,ÓrganoDirector del Procedimiento.—O.C.N° 36800.—SolicitudN°14000071.—C-27400.—(IN2014053310).

INSTITUTO DEL CAFÉ DE COSTA RICAPROCEDIMIENTOPARAAUTORIZAR

LACOMERCIALIZACIÓNDEUNACATEGORÍADECAFÉCONLIQUIDACIÓNDIFERENCIADA

Introducción:El presente documento representa un procedimiento de

inscripción, verificación, control y seguimiento de un proceso decomercializacióndecaféconcaracterísticasdiferenciadas,productode las exigencias de un consumidor o de las condiciones de unaoferta.

Cada firma beneficiadora podrá tener las líneas de CaféDiferenciadoquedesee,siempreycuandocuenteconlacapacidadinstalada suficientepara recibir, transportar,procesaryalmacenarpor separado el café, lo anterior, según los estudios técnicos realizadosporelICAFE.

Paralograrelpropósitodesatisfacerlasnecesidadesquesevanaoriginarentreproductores,beneficiadoresydemásactoresdelprocesode comercialización, el Instituto delCafé deCostaRica,define los alcances del proceso de control con el fin de lograr latrasparencia del proceso en todas sus etapas.

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TABLADECONTENIDO DOCUMENTOSolicituddeinscripcióndeBeneficios………………CD-01Publicaciónenundiariodecirculaciónnacional……CD-02NormatécnicaparaelBeneficiado………………….CD-03Comercialización……………………………………CD-04Bitácoradeactividades……………………………..CD-05Aspectoscomplementarios………………………….CD-06

Para iniciar el trámite, el representante legal de la firmaBeneficiadoradeberápresentarunasolicitudporescritoalICAFE,conelsiguientemachote:

CuandolafirmaBeneficiadoraestéautorizadaporelICAFEpara participar en el sistema de liquidación diferenciada, y antes de comenzar a recibir ese Café Diferenciado, debe efectuar porcuenta propia una publicación en un periódico de amplia circulación nacional, informando a losProductores del procedimiento que seaplicaráyapartirdequéfecha.

(ANOTAR RAZÓN SOCIAL DEL BENEFICIO)

AVISA

A los Productores clientes de nuestra firma Beneficiadora, que el Instituto del Café de Costa Rica autorizó a nuestra representada para el recibo de una categoría de café con liquidación diferenciado (denominar si procede) a partir de la Cosecha ……… Dicho recibo diferenciado se regirá por la Ley 2762 del 21 de junio de 1961, sus reformas y Reglamentos.

SelesinformaalosProductoresquelascondicionesparaparticiparenesteprocesoson las siguientes: (Enumerar los requerimientos del café a procesar: condiciones agroecológicas donde se deben de localizar las parcelas, prácticas de manejo deseables, variedades de café, control fitosanitario, condiciones fijadas para el café a entregar, etc.)

A su vez el procedimiento a emplear para solicitar su inclusión comoProductorenesteProgramaserá:

(apuntar aspectos contemplados en trámite de inclusión, inspecciones (si proceden), firma de carta de intenciones, etc.)

Tambiénhacemosdel conocimientopúblico,nuestro compromisode realizar elprocesoderecibo,transporte,procesamiento,almacenamientoycomercializacióndeestecafétotalmenteporseparadodelrestodelcafé,conlafinalidaddecancelarfinalmenteelproductomedianteunsistemadeliquidacióndiferenciada.

_________________________

Firmadelrepresentantelegal

FACTOR REQUERIMIENTO

1-Responsabilidad del personal

LosrepresentantesogerentesdelafirmaBeneficiadora,velaránqueelencargadoypersonalinvolucradoenlasactividadesdelBeneficio,denfielcumplimiento a sus responsabilidades consignadas en este procedimiento.

2- Trazabilidad del producto

LaplantadelBeneficiodebeestarencapacidadderealizarporseparadodel resto del café, el recibo, transporte, procesamiento, secado, almacenamientoypreparaciónfinaldelCAFÉDIFERENCIADO,quevaaliquidarseenformadiferenciada,entodaslascalidadesdelmismo.

3-Bitácora de CAFÉ DIFERENCIADO

En este documento se consignará protocolariamente todas lasactividadesdeprocesosegúnespecificacionesdelprocedimientoCD-05CAFÉDIFERENCIADO.

4-Libre acceso a personal de ICAFE

ElBeneficiadorsecomprometeabrindarlibreaccesoycolaboraciónalInspectordelICAFE,plenamenteidentificados,enlasinstalacionesdelBeneficio,enelmomentoquesepresente.

5-Identificación de equipos

TodoequipooinfraestructuradelBeneficio,queparticipeenelprocesode este café (incluidas sus calidades, como pergaminos de segunda,borras,etc),debenestardebidamente identificadosconel rótulo“Uso en CAFÉ DIFERENCIADO con el nombre correspondiente”. Esta rotulacióndebeserfácilmentereconocibleyquenosepresteaconfusión.

6-Recibo de Café Para distinguir todas “LAS CATEGORÍAS DE CAFÉDIFERENCIADO”delrestodelcafé,lafirmaBeneficiadoradebedeconfeccionar un recibo diferente para cada categoría de diferenciación, quepueda ser fácilmente reconocidoydiferenciadodel restode losrecibosqueemiteparaelcaféconvencionaluotrosDiferenciados.

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7-Separación en la pila de recibo

Elcaférecibido,serádepositadoenáreasseparadasdelrestodelcaférecibido, las cuales deberán estar claramente identificadas con el rótulo “Uso en CAFÉ DIFERENCIADO”. En caso no contar con la opción deutilizarelrecibidorosifónexclusivamenteparaelrecibodeestecafé,debedecontemplarselaconstruccióndeunadivisiónfísica(pared),parasepararestaáreadelrestodelcaférecibido.

8-Identificación de lotes

Todapartidadecaféo lote,desdeel recibohastaelalmacenamiento,debeestar identificada,enelsitiodondese localice.Dicharotulacióncontendrá el nombre de “CAFÉ DIFERENCIADO con el nombre que corresponda”.Enla“BitácoradeCAFÉDIFERENCIADO”poraparte, se debe apuntar la información complementaria consignada en el procedimientoCD-03CAFÉDIFERENCIADO.

9-Limpieza de equipos, caños y pilas

Antes de dar inicio a cualquier proceso (recibo, fase húmeda, faseseca, almacenamiento, hasta enfarde), debe asegurarse la limpiezatotal del equipo o infraestructura participante, con el fin de evitarcontaminaciones durante el proceso, de todas las calidades internas que semanejendelcafédiferenciadoutilizado.Elresponsabledelproceso,debehacerlaanotacióncorrespondientealaverificaciónenla“BitácoradeCAFÉDIFERENCIADO”oenhojasdechequeonumeradas.

10-Verificación de Equipos

También es necesario que antes de iniciar cada proceso, se verifiquela correcta operación y ajuste de la maquinaria, anotándose locorrespondienteenla“BitácoradeCAFÉDIFERENCIADO”oenhojasdechequeonumeradas.

11- Sanciones LafirmaBeneficiadoraaceptayreconocelasobligacionesylosdeberesque implicaentraren lacategoríadeCaféDiferenciado,aceptandoyreconociendo que en caso de incumplimiento con las estipulaciones de esta modalidad le implicará la suspensión de su permiso para laliquidación diferenciada de este café.

12-Inventario de café

Todo silo, bodega o partida de sacos usado para almacenar las partidas incluidas dentro de este proceso, deben poseer una identificación decadacafédiferenciadoqueseprocese,buscandofacilitarlatrazabilidadeinventariosporpartedelaUnidaddeIndustrializacióncomomediosde control.

FACTOR REQUERIMIENTO

1-Control por parte de ICAFE

Para efectos del control de la comercialización por parte del ICAFE, el Beneficiador debe indicar al momento de hacer toda transacción, que se tratadel“CAFÉDIFERENCIADO”(que se va a liquidar por separado). Portantotodoslosdocumentosquerespaldenunatransaccióndeestecafé,debencontener la respectivamención.Se exigirá por separado: informes quincenales, nómina de productores, informes diarios de venta, contratos de compra-venta de exportación y consumo nacional, declaraciones aduaneras, liquidaciones trimestrales y liquidación final, etc.

2-CuotasPara efectos de cuotas, el CAFÉ DIFERENCIADO se contabilizará por separado.

3-RendimientosParaefectosdeestimarelrendimientodeBeneficiado,elICAFErealizaráunmuestreoindependienteparaestetipodecafédiferenciado(mínimo10muestrasporcosecha).

4-Gastos de Beneficiado

La firma Beneficiadora deberá contabilizar por separado los gastos deBeneficiadoenqueincurraporelprocesamientodeestetipodecafé.

5-Precios de venta

Sobre el precio de referencia para la aceptación de los contratos de compra - venta de café de exportación y consumo nacional, se tomará como baseelpreciodelabolsadeNuevaYork,máseldiferencialespecíficoparacafédiferenciadoacordeconlacalidad,preparaciónytipocomercializado.Ademásdeloindicadoenlaley,Artículo83,quedice:Sielprecioconsignadoenuncontratoporinscribirnoconcordaraconlosnivelesdepreciosnormalesprevalecientes en el mercado, por ser visiblemente inferiores a éstos, elDirector Ejecutivo del Instituto del Café deCosta Rica deberá someter elcitadocontratoaconocimientodelaJuntaDirectivaenlasesióninmediatasiguiente,paraqueéstaresuelvasiseinscribeoserechazalatransacción.

6-Liquidación diferenciada

ParalaliquidaciónprevistadelCAFÉDIFERENCIADO,sedebeaplicarelsistemadeliquidacióncontempladoenlaLey2762del21dejuniode1961ysusreformasparalasdistintascategoríasdecafésexistentes.Paratalpropósitoseutilizaráel formularioexistente,con la impresióndeunselloqueloidentifiquecomo“liquidacióndiferenciada”.

7-Condiciones especiales

No podrán mezclarse calidades inferiores del café diferenciado con similares calidades del café convencional procesado,amenosquehayansidocuantificadasynotificadasalICAFE.

TodaplantaBeneficiadorainvolucradaenlacomercializacióndeCaféDiferenciado, estableceráunabitácora en laque se consignaráprotocolariamentetodaslasactividadesinvolucradasenelprocesodelproductoysucadenadetrazabilidad.Estelibrodebedeestarfácilmenteaccesible y protegido, para su consulta en cualquier momento.

FACTOR REQUERIMIENTO

Identificación diaria de partidas

Toda partida de café después de terminado el proceso de recibo, debe identificarsesegúnlainstrucciónCD-03ydocumentarseellibrodebitácoracon la siguiente información:

INFORME DE REGISTRO DE LOTE DE CAFÉ

CAFÉ DIFERENCIADO CON EL NOMBRE CORRESPONDIENTE

Control de

limpieza y

funcionamiento

del equipo

Previo a la realización de toda actividad en el Beneficio, ya sea quecorresponda a la fase húmeda (recibo, despulpado, fermentación), oseca (secado, almacenamiento, despergaminado, alistado en general), elencargadodelprocesodebeverificarlalimpiezaybuenfuncionamientodelequipoaemplearyrealizarlaanotacióncorrespondiente.Además, no sepermite lamezclade cafés recibidosdiferenciados entreellosoconelconvencionalenfrutaenlosrecibidores.

ACTIVIDAD REQUERIMIENTO

CRONOGRAMA DE ACTIVIDADES

1- Solicitud de inscripción

ElrepresentantelegaldelafirmaBeneficiadorasolicitarásegúndocumentoCE-01 a la Unidad de Asuntos Jurídicos del ICAFE, su interés yconocimiento de los requisitos necesarios para acceder a este programa, al menos1mesantesdeliniciodelarecoleccióndelcafédiferenciado.1. Se autorizará más de un “Proceso de Café Diferenciado” a una misma planta, siempre y cuando la firma demuestre que tiene la capacidad para recibir, transportar, procesar y almacenar la cantidad de cafés Diferenciados que solicite, sin que se produzcan mezclas de cafés totales que procese, incluyendo todas las calidades de separación que utilice en el Beneficio y los recibidores que utilice para este café. Esto será verificado por la Unidad de Industrialización la cual emitirá criterio al respecto, si procede o no dicha cadena de trazabilidad que permita diferenciar el café en todas sus etapas.El procedimiento aplica para aquellos Beneficios que procesen café de uno o más categorías diferentes de café en el mismo momento. 2-Para el caso de Beneficios que deseen ingresar en el programa, se les solicitará que la suma de todos los cafés reportados no debe superar su capacidad instalada y no se pueden realizar cambios de criterios de diferenciación una vez iniciada la cosecha.3-No se podrán utilizar nombres que sean actualmente utilizados para el proceso de inscripción de café de denominación de origen por parte del ICAFE (según la Ley de Marcas y Signos Distintivos y del Reglamento a la Ley de Marcas en materia de denominaciones de origen), para diferenciar el café de una planta bajo el proceso de café diferenciado.

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2-Inspección LaUnidaddeAsuntosJurídicosremitirácopiainmediatadeestasolicitudalaUnidaddeIndustrialización,paraqueestarealiceenunlapsodetiemponomayorde7díasnaturalesunavisitaalasinstalacionesdelaplantadelBeneficio y verifique la información presentada por el Beneficio en lasolicitudCE-01.UnavezrealizadaestavisitalaUnidaddeIndustrializaciónemitirá criterio aceptando o presentado las recomendaciones necesariaspara iniciar el proceso solicitado. Dando un tiempomáximo de 7 díasnaturales para realizar los posibles ajustes, fecha en que será realizadaunanuevavisitayseaceptaráorechazarádefinitivamenteel ingresodelBeneficioalproceso.

3-Resolución ICAFE

El ICAFE remiteuna resolución, autorizandoa lafirmaBeneficiadora arecibir, transportar,procesar,almacenarycomercializarunacategoríadecafé con liquidación diferenciada.

4-Publicación Con el visto bueno del ICAFE, el Beneficio publicará en un diario deampliacirculaciónnacional,segúneldocumentoCD-02,antesdeiniciarlarecolección del café diferenciado.

5-Programa de visitas de seguimiento

De participar el Beneficio en el programa de liquidación diferenciada,personal del ICAFE (inicialmente de la UI), debidamente identificadorealizaráunmínimode3visitasporcosechasinprevioaviso.

6-Actualización

de inscripción

Todaplantainscritabajoelprocesodeunacategoríadecaféconliquidacióndiferenciada,deberá indicaral ICAFE,condosmesesdeanticipaciónaliniciodelrecibodeestecafé,suvoluntaddecontinuaronodarseguimientoadichoproceso.

GLOSARIOTÉRMINOS

Café diferenciado

Fruta proveniente de plantaciones con características diferenciales segúnexigenciasorequerimientosdelclienteodelcomercializadordelcafé.

Cuaderno Bitácora

Cuadernoconhojasfoliadas(connumeración)semejanteal“librodeactas”.

Hojas de chequeo

Documentoscondiseñoespecialparafacilitarelcontroldetareasrepetitivas(limpiezadeequipos,mantenimiento,funcionamiento,uso,etc).

Trazabilidad Aseguramiento del mismo producto en todas sus fases de producción y comercialización; verificando su no contaminación o mezcla con otrosproductos similares.

Verificación de Equipos

Inspeccióndeequiposparaasegurarsuadecuadofuncionamiento,limpiezaycontroldelatrazabilidadoidentificacióndelproductocontenido.

Inventario de café

Verificación de las cantidades físicas del producto en todas sus fases deBeneficiado.

Ejemplos

1 • Caféprovenientedealturassuperioresalos1100msnm.• 100%Caturra.• Manejodecultivoyprácticasdecosechaacordeaespecificacionesde

lafinca.

2 • Cultivodecaféenaltitudessuperioresalos1150msnm.• CertificadoInternacionaldecaféecológico.• Manejodecafetalconsombraenlibrecrecimiento,conárbolesde

especiesnativasdelazona;mínimode14individuosporHa.• Marcas: XXX y XX.

3 • Alturassuperioresalos1500msnm.

4 • Cafétotalmentemaduro,sinverdeylibredeimpurezas(hojas,palosyotros).

• Granodesarrollado,detamañouniformeysincaracolillo.• VariedadCaturra.• Caféquehayarecibidoasistencianormal(fertilizacionesy

atomizaciones).• Café libre de enfermedades y plagas.• Alturamínimo1200msnm.

Nota: A partir de la publicación de la presente reforma, la descripción delnombredelCaféDiferenciadoquesedeseeutilizar,quedarásujetaalaautorizaciónemitidaporlaDirecciónEjecutivadelICAFE.

RigeapartirdesupublicaciónenelDiarioOficialLa Gaceta.San José, 14 de agosto del 2014.—Rónald Peters Seevers,

DirectorEjecutivoICAFE.—1vez.—(IN2014053803).

INSTITUTO NACIONAL DE FOMENTO COOPERATIVODIRECCIÓNEJECUTIVA

RES-DE-09-2014.—Alasdocehorasdeltreintademayodedos mil catorce.

Semodifica el procedimiento de operación de laComisiónFinanciera del Instituto Nacional de Fomento Cooperativo,Resolución56del9denoviembrede2006.

Considerando Único:Quelascircunstanciasoperativas,nombramientos,perfilesde

los funcionarios, distribución de funciones internas y nomenclaturas han variado con el tiempo, resulta procedente efectuar algunosajustesenlaconformaciónyfuncionesdelaComisiónFinanciera,asícomoajustarsuterminología.Por tanto,

En uso de las facultades y atribuciones que la Ley de Asociaciones Cooperativas y creación del INFOCOOP y la LeyGeneral deAdministraciónPública le confieren a estaDirección,seresuelve:

1º—Modificarel“ProcedimientodeoperacióndelaComisiónFinanciera del Instituto Nacional de Fomento Cooperativo”Resolución56del09denoviembrede2006,enlaformaqueseindica:

A. Modificar el numeral 2 para que se lea de la siguiente forma:

“2) La conformación de la Comisión Financiera estaráintegrada por las personas que ocupen:a) LaDirecciónEjecutivaquienpresidirálaComisióny/ola

SubdirecciónEjecutiva.b)ElGerentedeDesarrolloEstratégico.c) ElGerenteAdministrativo Financiero, quien tendrá a su

cargo lasecretaríade laComisión,asícomo levantar lasrespectivas actasde laComisióny custodiar elLibrodeActas,mismoquedeberáestaraldía.

d)ElGerentedeFinanciamiento.e) Contador.f) UnAsesorEstratégico.Asimismo asistirán a la Comisión Financiera con derecho

a voz las personas que tengan relación con la formulación yevaluacióndelpresupuesto institucional.Será responsabilidaddelGerentedeDesarrolloEstratégicoylaAdministraciónSuperior,quedichaComisiónfuncioneajustadaaDerecho”.

B.Eliminarlaúltimaoracióndelnumeral4.C.SeeliminaelpuntoB).

Notifíquese.Lic. Ronald Fonseca Vargas, MSc, Director Ejecutivo a.

í.—1vez.—O.C.Nº34931.—SolicitudNº17521.—C-Crédito.—(IN2014053502).

SUPERINTENDENCIA DE TELECOMUNICACIONESCONVOCAAAUDIENCIAPÚBLICA

Audiencia Pública a fin de exponer la siguiente propuesta demetodología planteada por la Superintendencia de Telecomunicaciones:

ACTUALIZACIÓNDELATASAREQUERIDADERETORNODELCAPITAL(CPPC)

LaAudiencia Pública se llevará a cabo el día 25 de setiembredel2014alas17horasy15minutospormediodelsistemadevideo-conferencia(*) en los siguientes lugares:AutoridadReguladorade losServiciosPúblicos,Tribunales de Justicia ubicados en los centros de:Cartago, CiudadQuesada,Heredia, Liberia, Limón, Pérez Zeledón yPuntarenas;yenformapresencialenelsalónparroquialdeBribríqueseubicaalfrentedelaescuelaLíderdeBribrí,Limón.

Quien tenga interés legítimo podrá presentar su oposición ocoadyuvancia:enformaoralenlaaudienciapúblicaenellugar,fechayhoraseñaladosoporescritofirmado:►enlaaudienciapública,►oen las oficinas de la Superintendencia de Telecomunicaciones en elOficentroMultipark,enhorariode8:00a.m.a4:00p.m.,hastaeldíaderealizacióndelaaudiencia,►opormediodelfax2215-6002odelcorreoelectrónico(**):consejero@aresep.go.crhastalahoraprogramadadeiniciodelarespectivaaudienciapública.

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La Gaceta Nº 169 — Miércoles 3 de setiembre del 2014 Pág 29

Las oposiciones o coadyuvancias deberán cumplir con losrequisitosdelartículo36delaLeydelaAutoridadReguladoradelosServiciosPúblicos.Debenestarsustentadasenlasrazonesdehechoyderecho, demostrar interés legítimo, así como ser acompañadas de ladocumentación que las sustente y ofrecer pruebas. Los interesados deberánindicarunlugarexacto,ounmedio(correoelectrónico,númerodefaxoapartadopostal),paraefectosdenotificaciónporpartedelaSUTEL,ypresentardocumentodeidentificaciónaceptadoenelpaís,ocopiadedichodocumento si es interpuesta por escrito.

Laspersonasjurídicasdebeninterponerlaoposiciónocoadyuvanciapormediodelrepresentantelegaldedichaentidadyaportarcertificacióndepersoneríajurídicavigente.

SeinformaquelapropuestasetramitaenelexpedienteSUTEL-GCO-TMI-01774-2014,ysepuedeconsultar:

● EnlasinstalacionesdelaDirecciónGeneraldeAtenciónalUsuariodelaAutoridadReguladoradelosServiciosPúblicos,enunhorariode8:00a.m.a4:00p.m.

● EnlasinstalacionesdelaSUTEL,enunhorariode8:00a.m.a4:00p.m.

● Enlasiguientedirecciónelectrónica:http://sutel.go.cr/search/site/audiencia

● Enlaaudienciapública,encadaunadelassedeshabilitadasparatalefecto.(*) Si pormotivo de fuerzamayor o caso fortuito laAudiencia

Públicanosepuederealizarporelsistemadevideo-conferencia,estasecelebraráenformapresencialencadaunadelassedesseñaladasalefecto.

(**)Enelcasodequelaoposiciónocoadyuvancia,seaenviadapormediodecorreoelectrónico,estadebedeestarsuscritamediantefirmadigital,oensudefecto,eldocumentoconlafirmadebedeserescaneadoycumplircontodoslosrequisitosarribaseñalados.

Dirección General de Atención al Usuario.—Marta MongeMarín.—1vez.—O.C.oc-1108-14.—Solicitud18852.—(IN2014055154).

RÉGIMENMUNICIPAL

MUNICIPALIDAD DE AGUIRREDEPARTAMENTODECOBROS

LISTADEMOROSOSEldepartamentodeCobrosdelaMunicipalidaddeAguirreinformadeloscontribuyentesquealdíadehoytienencuentas

pendientes con estaMunicipalidad, según la Ley 7509, Impuesto Sobre Bienes Inmuebles, que en su artículo 27 nos indica.La lista demorosos. El valor de las propiedades es público. CadaMunicipalidad podrá publicar, trimestralmente, la lista deloscontribuyentesqueseencuentranenmora.Paramayor informaciónsepuedencomunicaraldepartamentodeCobrosde laMunicipalidaddeAguirrealteléfono27778300Ext.125ó126.

NOMBRE N. CEDULAIMPUESTO O

SERVICIO N. FINCA PERIODOSMONTO

PRINCIPALMONTO

INTERESES MONTO TOTAL3101505366 S.A 3101505366 Bienes Inmuebles 6-157511 Año 2010 hasta I trimestre 2014 10.625,00₡ 3.930,00₡ 14.555,00₡ Agüero Barrantes Daria 105530454 Bienes Inmuebles Sin inscribir 902067 Año 2003 hasta I trimestre 2014 6.975,00₡ 7.980,00₡ 14.955,00₡ Agüero Montes Dagoberto 600870373 Bienes Inmuebles 6-21078 Año 2000 hasta I trimestre 2014 6.775,00₡ 9.940,00₡ 16.715,00₡ Agüero Montes Victor Manuel 103170862 Bienes Inmuebles 6-21078 Año 2000 hasta I trimestre 2014 5.060,00₡ 9.550,00₡ 14.610,00₡ Aguilar Marin Hilda 102550924 Bienes Inmuebles Sin inscribir 902938 Año 2001 hasta II trimestre 2014 3.240,00₡ 4.670,00₡ 7.910,00₡ Aguilar Rojas Franklin 102840659 Bienes Inmuebles Sin inscribir 902859 Año 2001 hasta II trimestre 2014 3.240,00₡ 4.670,00₡ 7.910,00₡ Alvarez Acayo Karla María PAS0979241 Tienda Saldo 2008 7.500,00₡ 7.235,00₡ ₡ 14.735,00 Amador Elizondo SA 3101537902 Bienes Inmuebles 6-174160 Año 2011 hasta I trimestre 2014 256.220,00₡ 75.150,00₡ 331.370,00₡ Animal Planet S.A 3101498920 Bienes Inmuebles 6-21680 Año 2008 hasta I trimestre 2014 290.475,00₡ 127.310,00₡ 417.785,00₡ Arias Segura Otto 103110314 Bienes Inmuebles Sin inscribir 902818 Año 2001 hasta II trimestre 2014 3.240,00₡ 4.670,00₡ 7.910,00₡ Arroyo Madrigal Miguel 201050193 Bienes Inmuebles sin inscribir 903966 III y IV trimestre 2010 3.750,00₡ 2.395,00₡ 6.145,00₡ Arroyo Cubero Jaime 101140347 Bienes Inmuebles Sin inscribir 902730 Año 2001 hasta II trimestre 2014 3.240,00₡ 4.670,00₡ 7.910,00₡ Artavia Cespedes Ruben 102720465 Bienes Inmuebles 6-57796 Año 2000 hasta II trimestre 2014 580,00₡ 955,00₡ 1.535,00₡ Auto Importadora el Polaco SA 3101104920 Bienes Inmuebles 6-174027 Año 2011 hasta I trimestre 2014 8.125,00₡ 2.385,00₡ 10.510,00₡ Baan Bolaños Gisella 9033098761 Bienes Inmuebles 6-22513 Año 2004 hasta I trimestre 2014 512.500,00₡ 536.365,00₡ 1.048.865,00₡ Baan Bolaños Gisella 9033098761 Avisos de Cobros 2007-2012 100.680,00₡ 58.195,00₡ 158.875,00₡ Blue Magic Ocean S.A 3101466273 Bienes Inmuebles 6-35777 Año 2013 y I trimestre 2014 158.900,00₡ 14.275,00₡ 173.175,00₡ Brenda Annette Morales 9130413952 Bienes Inmuebles 6-67154 Año 2009 hasta I trimestre 2014 76.230,00₡ 38.030,00₡ 114.260,00₡ Bright Forest SA 3101510051 Bienes Inmuebles 6-137361 Año 2009 hasta I trimestre 2014 147.525,00₡ 73.585,00₡ 221.110,00₡ Brenes Zuñiga William 601250247 Bienes Inmuebles 6-168405-001 Año 2012 hasta I Trimestre 2014 50.265,00₡ 9.025,00₡ 59.290,00₡ Brenes Zuñiga William 601250247 Bienes Inmuebles 6-168405-001 Año 2012 hasta I Trimestre 2014 262.845,00₡ 47.180,00₡ 310.025,00₡ Bustos Vargas Marjorie 601250539 Bienes Inmuebles 6-14697-002 Año 2012 hasta I Trimestre 2014 50.265,00₡ 9.025,00₡ 59.290,00₡ Bustos Vargas Marjorie 601250539 Bienes Inmuebles 6-168405-002 Año 2012 hasta I Trimestre 2014 262.845,00₡ 47.180,00₡ 310.025,00₡ Castro Duran Hilda 102660124 Bienes Inmuebles Sin inscribir 900483 Año 1999 hasta II trimestre 2014 38.750,00₡ 63.300,00₡ 102.050,00₡ Chaves Duran Celso 102910168 Bienes Inmuebles Sin inscribir 901535 Año 2000 hasta II trimestre 2014 3.480,00₡ 5.460,00₡ 8.940,00₡ Condominio El Coco Cinco F.G.S.A 3101458350 Bienes Inmuebles 6-92939 Año 2013 hasta I trimestre 2014 778.110,00₡ 41.455,00₡ 819.565,00₡ Corporacion de Granos Basicos 301281616 Bienes Inmuebles 6-150051 Año 2013 y I trimestre 2014 31.250,00₡ 2.810,00₡ 34.060,00₡ Cristales de tercipelo S.A 3101457852 Bienes Inmuebles 6-150175 Año 2010 hasta I trimestre 2014 1.487.075,00₡ 550.620,00₡ 2.037.695,00₡ Duran cespedes Angel 102590053 Bienes Inmuebles Sin inscribir 901230 Año 2000 hasta II trimestre 2014 3.480,00₡ 5.460,00₡ 8.940,00₡ Equestrian Beach SA 3101295485 Bienes Inmuebles 6-12301 Año 2010 hasta I trimestre 2014 3.380,00₡ 1.215,00₡ 4.595,00₡ Espinoza Aburto Nery 600760573 Bienes Inmuebles 6-95842 Año 2000 hasta I trimestre 2014 5.415,00₡ 8.125,00₡ 13.540,00₡ Flores Wilson Melva 100380028 Bienes Inmuebles Sin inscribir 903210 Año 2001 hasta II trimestre 2014 3.240,00₡ 4.670,00₡ 7.910,00₡ Gamboa Segura Bolivar 103600229 Bienes Inmuebles 6-100076 Año 2000 hasta I trimestre 2014 285,00₡ 535,00₡ 820,00₡ Guadagno Anita 1000001755 Bienes Inmuebles 6-41953 Año 2000, hasta I trimestre 2014 6.270,00₡ 9.480,00₡ 15.750,00₡ Gutierrez Zuñiga Eduarda 501120058 Bienes Inmuebles 6-111470 III-IV trimestre 2010 - I trimetre 2014 29.850,00₡ 10.215,00₡ 40.065,00₡ Global White Label Gaming S.A 3101521083 Bienes Inmuebles 6-37630 Año 2011 hasta I trimestre 2014 125.245,00₡ 23.505,00₡ 148.750,00₡ Hotel casa blanca de Manuel Antonio 3101132226 Impuesto de rotulo III y IV trimestre 2012y I, II trimestre 2013 5.540,00₡ 1.050,00₡ 6.590,00₡ Hotel casa blanca de Manuel Antonio 3101132226 Patente de Hotel IV Trimestre 2012 Y I-II trimestre 2013 210.245,00₡ 46.700,00₡ 256.945,00₡ Hotel casa blanca de Manuel Antonio 3101132226 2% de parques nacionales Año 2013 2.765,00₡ 240,00₡ 3.005,00₡ Hotel casa blanca de Manuel Antonio 3101132226 Multa declaracion tardia patente Año 2013 12.575,00₡ 1.100,00₡ 13.675,00₡ Inversiones Ecologicas del Alto SA 3101160690 Bienes Inmuebles 10457 Año 1999 hasta I trimestre 2014 351.315,00₡ 540.270,00₡ 891.585,00₡ Inversiones Plaza Botiga SA 3101333634 Bienes Inmuebles 6-155154 Año 2009 hasta I trimestre 2014 2.239.650,00₡ 1.116.900,00₡ 3.356.550,00₡

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Pág 30 La Gaceta Nº 169 — Miércoles 3 de setiembre del 2014

Inversiones Virgen de la Piedra SA 3101284718 Bienes Inmuebles 6-41341 Año 2000 hasta II trimestre 2014 1.160,00₡ 1.850,00₡ 3.010,00₡ Jimenez Agüero Rafael 102730615 Bienes Inmuebles Sin Inscribir 902883 Año 2001 hasta II trimestre 2014 3.240,00₡ 4.670,00₡ 7.910,00₡ Jimenez Castrillo Jose Luis 106190141 Bienes Inmuebles 6-42089004 Año 1997 hasta I trimestre 2014 7.075,00₡ 14.335,00₡ 21.410,00₡ Jimenez Charpentier Eliecer 102450076 Bienes Inmuebles 6-42089003 Año 1997 hasta I trimestre 2014 7.075,00₡ 14.335,00₡ 21.410,00₡ Lote De Baru S.A 3101604153 Bienes Inmuebles 6-139523 Año 2013 y I trimestre 2014 119.775,00₡ 10.760,00₡ 130.535,00₡ Madrigal jimenez Carlos 102520788 Bienes Inmuebles Sin inscribir Año 2001 hasta II trimestre 2014 3.180,00₡ 4.545,00₡ 7.725,00₡ Madrigal Morales Manuel 9130413953 Bienes Inmuebles 6-67154 Año 2009 hasta I trimestre 2014 76.230,00₡ 38.030,00₡ 114.260,00₡ Mena Navarro Ramón 103810697 Bienes Inmuebles Sin inscribir 903464 Año 2001 hasta II trimestre 2014 3.240,00₡ 4.670,00₡ 7.910,00₡ Mendez Chinchilla Hector 103220551 Bienes Inmuebles Sin inscribir 903198 Año 2002 hasta II trimestre 2014 2.940,00₡ 3.835,00₡ 6.775,00₡ Murillo Mendoza Juan 101130637 Bienes Inmuebles Sin inscribir 901960 Año 1998 hasta II trimestre 2014 8.250,00₡ 14.555,00₡ 22.805,00₡ Montero Chacon Jorge Arturo 101870331 Bienes Inmuebles Sin inscribir 903470 Año 2001 hasta II trimestre 2014 3.240,00₡ 4.670,00₡ 7.910,00₡ Montenegro Montenegro Margarita 102760258 Bienes Inmuebles Sin inscribir 904222 Año 2003 Hasta II trimestre 2014 2.760,00₡ 3.295,00₡ 6.055,00₡ Mora Corrales Raul 103410463 Bienes Inmuebles Sin inscribir 902008 Año 2003 Hasta II trimestre 2014 3.000,00₡ 3.945,00₡ 6.945,00₡ Mora Loaiza Margarita 103280539 Bienes Inmuebles 6-119852 Año 2003 hasta I trimestre 2014 2.700,00₡ 3.195,00₡ 5.895,00₡ Morales Calderon Flor Maria 103160144 Bienes Inmuebles 6-40144 Año 2000 hasta I trimestre 2014 1.140,00₡ 1.910,00₡ 3.050,00₡ Naranjo Retana Fernando 106770330 Bienes Inmuebles 6-31264 Año 2013 y I trimestre 2014 525.950,00₡ 47.275,00₡ 573.225,00₡ Navarro Rojas Miguel 101930158 Bienes Inmuebles 6-31290 Año 2000 hasta I trimestre 2014 3.705,00₡ 5.500,00₡ 9.205,00₡ Quiros Sanchez Domitila 100697326 Bienes Inmuebles 6-25020 Año 2000 hasta II trimestre 2014 18.230,00₡ 27.320,00₡ 45.550,00₡ Ranejo SA 3101315788 Impuesto rotulos III-IV trimestre 2007 - I trimestre 2014 38.885,00₡ 25.965,00₡ 64.850,00₡ Ranejo SA 3101315788 2% Parques Nacionales Año 2008-2009-2011-2013 14.770,00₡ 9.955,00₡ 24.725,00₡ Ranejo SA 3101315788 Multa declaracion tardia patente Año 2008-2009-2011-2013 67.890,00₡ 48.020,00₡ 115.910,00₡ Ranejo SA 3101315788 Patente Municipales III-IV trimestre 2007 - II trimestre 2013 814.070,00₡ 653.920,00₡ 1.467.990,00₡ Ranejo SA 3101315788 Avisos de Cobros 2008 1.000,00₡ 1.135,00₡ 2.135,00₡ RM Cruz del Sur SA 3101284170 Patente de Restaurante Año 2011-hasta II trimestre 2014 591.080,00₡ 177.545,00₡ 768.625,00₡ Robert Chester Rozelle E1082814 Bienes Inmuebles 6-21043 Año 2013 hasta I trimestre 2014 193.945,00₡ 21.225,00₡ 215.170,00₡ Rodriguez Vega Carmen María 103190604 Bienes Inmuebles 6-20713-5 Año 2006 hasta I trimestre 2014 4.620,00₡ 3.780,00₡ 8.400,00₡ Rodriguez Vega Merceditas 105040746 Bienes Inmuebles 6-20713-6 Año 2006 hasta I trimestre 2014 4.620,00₡ 3.780,00₡ 8.400,00₡ Rodriguez Vega Jose Francisco 103720876 Bienes Inmuebles 6-20713- Año 2006 Hasta II trimestre 2014 4.760,00₡ 3.830,00₡ 8.590,00₡ Rodriguez vega Rosario Olga 105310461 Bienes Inmuebles 6-20713-12 Año 2006--Hasta II trimestre 2014 4.760,00₡ 3.830,00₡ 8.590,00₡ Rodriguez Vega Miriam 102890083 Bienes Inmuebles 6-20713-7 Año 2008 hasta I trimestre 2014 4.620,00₡ 3.780,00₡ 8.400,00₡ Sanchez Mora Didimo 900520942 Bienes Inmuebles C. municipal 902217 Año 2010 hasta I trimestre 2014 10.625,00₡ 3.930,00₡ 14.555,00₡ Simpson Allan P441108166 Bienes Inmuebles 6-131731 Año 2010 y I trimestre 2014 41.670,00₡ 10.680,00₡ 52.350,00₡ Soto Ramos Jose Joaquin 100897161 Bienes Inmuebles 6-41395 Año 2000 64.125,00₡ 96.020,00₡ 160.145,00₡ Striped Falcon Investments SFI SRL 3102654681 Bienes Inmuebles 6-122670 II trimetre 2012 hasta IV trimestre 2013 8.750,00₡ 1.560,00₡ 10.310,00₡ Striped Falcon Investments SFI SRL 3102654681 Bienes Inmuebles 3-188711 II trimetre 2012 hasta IV trimestre 2013 600.445,00₡ 69.020,00₡ 669.465,00₡ Striped Falcon Investments SFI SRL 3102654681 Servicio recoleccion de basura6-188711 II trimetre 2012 hasta IV trimestre 2013 699.320,00₡ 85.325,00₡ 784.645,00₡ T.A.T.F.S.A 3101120912 Bienes Inmuebles 6-18098 IV trimestre 2011 hasta I trimestre 2014 28.350,00₡ 5.715,00₡ 34.065,00₡ T.A.T.F.S.A 3101120912 Bienes Inmuebles 6-18193 IV trimestre 2011 hasta I trimestre 2014 99.350,00₡ 20.015,00₡ 119.365,00₡ T.A.T.F.S.A 3101120912 Bienes Inmuebles 6-18938 IV trimestre 2011 hasta I trimestre 2014 207.900,00₡ 41.880,00₡ 249.780,00₡ T.A.T.F.S.A 3101120912 Bienes Inmuebles 6-18940 IV trimestre 2011 hasta I trimestre 2014 220.185,00₡ 44.090,00₡ 264.275,00₡ T.A.T.F.S.A 3101120912 Bienes Inmuebles 6-21548 IV trimestre 2011 hasta I trimestre 2014 11.450,00₡ 2.305,00₡ 13.755,00₡ T.A.T.F.S.A 3101120912 Bienes Inmuebles 6-22112 IV trimestre 2011 hasta I trimestre 2014 57.100,00₡ 11.505,00₡ 68.605,00₡ T.A.T.F.S.A 3101120912 Bienes Inmuebles 6-22655 IV trimestre 2011 hasta I trimestre 2014 412.940,00₡ 80.410,00₡ 493.350,00₡ T.A.T.F.S.A 3101120912 Bienes Inmuebles 6-22657 IV trimestre 2011 hasta I trimestre 2014 165.130,00₡ 31.140,00₡ 196.270,00₡ T.A.T.F.S.A 3101120912 Bienes Inmuebles 6-22659 IV trimestre 2011 hasta I trimestre 2014 127.775,00₡ 25.055,00₡ 152.830,00₡ T.A.T.F.S.A 3101120912 Bienes Inmuebles 6-31200 IV trimestre 2011 hasta I trimestre 2014 25.000,00₡ 5.045,00₡ 30.045,00₡ T.A.T.F.S.A 3101120912 Bienes Inmuebles 6-31202 IV trimestre 2011 hasta I trimestre 2014 28.350,00₡ 5.715,00₡ 34.065,00₡ T.A.T.F.S.A 3101120912 Bienes Inmuebles 6-34602 IV trimestre 2011 hasta I trimestre 2014 45.850,00₡ 9.235,00₡ 55.085,00₡ T.A.T.F.S.A 3101120912 Bienes Inmuebles 6-40699 IV trimestre 2011 hasta I trimestre 2014 160.590,00₡ 29.330,00₡ 189.920,00₡ T.A.T.F.S.A 3101120912 Bienes Inmuebles 6-40808 IV trimestre 2011 hasta I trimestre 2014 8.500,00₡ 1.720,00₡ 10.220,00₡ T.A.T.F.S.A 3101120912 Bienes Inmuebles 6-46756 IV trimestre 2011 hasta I trimestre 2014 215.790,00₡ 43.175,00₡ 258.965,00₡ T.A.T.F.S.A 3101120912 Bienes Inmuebles 6-50880 IV trimestre 2011 hasta I trimestre 2014 63.250,00₡ 12.740,00₡ 75.990,00₡

NOMBRE N. CEDULAIMPUESTO O

SERVICIO N. FINCA PERIODOSMONTO

PRINCIPALMONTO

INTERESES MONTO TOTAL3101505366 S.A 3101505366 Bienes Inmuebles 6-157511 Año 2010 hasta I trimestre 2014 10.625,00₡ 3.930,00₡ 14.555,00₡ Agüero Barrantes Daria 105530454 Bienes Inmuebles Sin inscribir 902067 Año 2003 hasta I trimestre 2014 6.975,00₡ 7.980,00₡ 14.955,00₡ Agüero Montes Dagoberto 600870373 Bienes Inmuebles 6-21078 Año 2000 hasta I trimestre 2014 6.775,00₡ 9.940,00₡ 16.715,00₡ Agüero Montes Victor Manuel 103170862 Bienes Inmuebles 6-21078 Año 2000 hasta I trimestre 2014 5.060,00₡ 9.550,00₡ 14.610,00₡ Aguilar Marin Hilda 102550924 Bienes Inmuebles Sin inscribir 902938 Año 2001 hasta II trimestre 2014 3.240,00₡ 4.670,00₡ 7.910,00₡ Aguilar Rojas Franklin 102840659 Bienes Inmuebles Sin inscribir 902859 Año 2001 hasta II trimestre 2014 3.240,00₡ 4.670,00₡ 7.910,00₡ Alvarez Acayo Karla María PAS0979241 Tienda Saldo 2008 7.500,00₡ 7.235,00₡ ₡ 14.735,00 Amador Elizondo SA 3101537902 Bienes Inmuebles 6-174160 Año 2011 hasta I trimestre 2014 256.220,00₡ 75.150,00₡ 331.370,00₡ Animal Planet S.A 3101498920 Bienes Inmuebles 6-21680 Año 2008 hasta I trimestre 2014 290.475,00₡ 127.310,00₡ 417.785,00₡ Arias Segura Otto 103110314 Bienes Inmuebles Sin inscribir 902818 Año 2001 hasta II trimestre 2014 3.240,00₡ 4.670,00₡ 7.910,00₡ Arroyo Madrigal Miguel 201050193 Bienes Inmuebles sin inscribir 903966 III y IV trimestre 2010 3.750,00₡ 2.395,00₡ 6.145,00₡ Arroyo Cubero Jaime 101140347 Bienes Inmuebles Sin inscribir 902730 Año 2001 hasta II trimestre 2014 3.240,00₡ 4.670,00₡ 7.910,00₡ Artavia Cespedes Ruben 102720465 Bienes Inmuebles 6-57796 Año 2000 hasta II trimestre 2014 580,00₡ 955,00₡ 1.535,00₡ Auto Importadora el Polaco SA 3101104920 Bienes Inmuebles 6-174027 Año 2011 hasta I trimestre 2014 8.125,00₡ 2.385,00₡ 10.510,00₡ Baan Bolaños Gisella 9033098761 Bienes Inmuebles 6-22513 Año 2004 hasta I trimestre 2014 512.500,00₡ 536.365,00₡ 1.048.865,00₡ Baan Bolaños Gisella 9033098761 Avisos de Cobros 2007-2012 100.680,00₡ 58.195,00₡ 158.875,00₡ Blue Magic Ocean S.A 3101466273 Bienes Inmuebles 6-35777 Año 2013 y I trimestre 2014 158.900,00₡ 14.275,00₡ 173.175,00₡ Brenda Annette Morales 9130413952 Bienes Inmuebles 6-67154 Año 2009 hasta I trimestre 2014 76.230,00₡ 38.030,00₡ 114.260,00₡ Bright Forest SA 3101510051 Bienes Inmuebles 6-137361 Año 2009 hasta I trimestre 2014 147.525,00₡ 73.585,00₡ 221.110,00₡ Brenes Zuñiga William 601250247 Bienes Inmuebles 6-168405-001 Año 2012 hasta I Trimestre 2014 50.265,00₡ 9.025,00₡ 59.290,00₡ Brenes Zuñiga William 601250247 Bienes Inmuebles 6-168405-001 Año 2012 hasta I Trimestre 2014 262.845,00₡ 47.180,00₡ 310.025,00₡ Bustos Vargas Marjorie 601250539 Bienes Inmuebles 6-14697-002 Año 2012 hasta I Trimestre 2014 50.265,00₡ 9.025,00₡ 59.290,00₡ Bustos Vargas Marjorie 601250539 Bienes Inmuebles 6-168405-002 Año 2012 hasta I Trimestre 2014 262.845,00₡ 47.180,00₡ 310.025,00₡ Castro Duran Hilda 102660124 Bienes Inmuebles Sin inscribir 900483 Año 1999 hasta II trimestre 2014 38.750,00₡ 63.300,00₡ 102.050,00₡ Chaves Duran Celso 102910168 Bienes Inmuebles Sin inscribir 901535 Año 2000 hasta II trimestre 2014 3.480,00₡ 5.460,00₡ 8.940,00₡ Condominio El Coco Cinco F.G.S.A 3101458350 Bienes Inmuebles 6-92939 Año 2013 hasta I trimestre 2014 778.110,00₡ 41.455,00₡ 819.565,00₡ Corporacion de Granos Basicos 301281616 Bienes Inmuebles 6-150051 Año 2013 y I trimestre 2014 31.250,00₡ 2.810,00₡ 34.060,00₡ Cristales de tercipelo S.A 3101457852 Bienes Inmuebles 6-150175 Año 2010 hasta I trimestre 2014 1.487.075,00₡ 550.620,00₡ 2.037.695,00₡ Duran cespedes Angel 102590053 Bienes Inmuebles Sin inscribir 901230 Año 2000 hasta II trimestre 2014 3.480,00₡ 5.460,00₡ 8.940,00₡ Equestrian Beach SA 3101295485 Bienes Inmuebles 6-12301 Año 2010 hasta I trimestre 2014 3.380,00₡ 1.215,00₡ 4.595,00₡ Espinoza Aburto Nery 600760573 Bienes Inmuebles 6-95842 Año 2000 hasta I trimestre 2014 5.415,00₡ 8.125,00₡ 13.540,00₡ Flores Wilson Melva 100380028 Bienes Inmuebles Sin inscribir 903210 Año 2001 hasta II trimestre 2014 3.240,00₡ 4.670,00₡ 7.910,00₡ Gamboa Segura Bolivar 103600229 Bienes Inmuebles 6-100076 Año 2000 hasta I trimestre 2014 285,00₡ 535,00₡ 820,00₡ Guadagno Anita 1000001755 Bienes Inmuebles 6-41953 Año 2000, hasta I trimestre 2014 6.270,00₡ 9.480,00₡ 15.750,00₡ Gutierrez Zuñiga Eduarda 501120058 Bienes Inmuebles 6-111470 III-IV trimestre 2010 - I trimetre 2014 29.850,00₡ 10.215,00₡ 40.065,00₡ Global White Label Gaming S.A 3101521083 Bienes Inmuebles 6-37630 Año 2011 hasta I trimestre 2014 125.245,00₡ 23.505,00₡ 148.750,00₡ Hotel casa blanca de Manuel Antonio 3101132226 Impuesto de rotulo III y IV trimestre 2012y I, II trimestre 2013 5.540,00₡ 1.050,00₡ 6.590,00₡ Hotel casa blanca de Manuel Antonio 3101132226 Patente de Hotel IV Trimestre 2012 Y I-II trimestre 2013 210.245,00₡ 46.700,00₡ 256.945,00₡ Hotel casa blanca de Manuel Antonio 3101132226 2% de parques nacionales Año 2013 2.765,00₡ 240,00₡ 3.005,00₡ Hotel casa blanca de Manuel Antonio 3101132226 Multa declaracion tardia patente Año 2013 12.575,00₡ 1.100,00₡ 13.675,00₡ Inversiones Ecologicas del Alto SA 3101160690 Bienes Inmuebles 10457 Año 1999 hasta I trimestre 2014 351.315,00₡ 540.270,00₡ 891.585,00₡ Inversiones Plaza Botiga SA 3101333634 Bienes Inmuebles 6-155154 Año 2009 hasta I trimestre 2014 2.239.650,00₡ 1.116.900,00₡ 3.356.550,00₡

T.A.T.F.S.A 3101120912 Bienes Inmuebles 6-84120 IV trimestre 2011 hasta I trimestre 2014 261.050,00₡ 52.590,00₡ 313.640,00₡ T.A.T.F.S.A 3101120912 Bienes Inmuebles 6-99669 IV trimestre 2011 hasta I trimestre 2014 48.300,00₡ 9.720,00₡ 58.020,00₡ T.A.T.F.S.A 3101120912 Bienes Inmuebles 6-99850 IV trimestre 2011 hasta I trimestre 2014 2.500,00₡ 505,00₡ 3.005,00₡ T.A.T.F.S.A 3101120912 Bienes Inmuebles 6-120851 IV trimestre 2011 hasta I trimestre 2014 218.000,00₡ 43.920,00₡ 261.920,00₡ Ureña Monge Jorge 103080096 Bienes Inmuebles Sin inscribir 903322 Año 2001 hasta II trimestre 2014 3.240,00₡ 4.670,00₡ 7.910,00₡ Ureña Quiros Adofo 103160531 Bienes Inmuebles Sin inscribir 904122 Año 2002 hasta I trimestre 2014 74.480,00₡ 93.320,00₡ 167.800,00₡ Valverde Salazar Lidia 101450661 Bienes Inmuebles 6-25122 Año 2000 hasta I trimestre 2014 3.420,00₡ 4.995,00₡ 8.415,00₡ Valverde Valverde Alfredo 104470739 Bienes Inmuebles 6-107310 Año 2011 hasta I trimestre 2014 563.400,00₡ 165.265,00₡ 728.665,00₡ Vindas Vindas Enrique 101770948 Bienes Inmuebles Sin inscribir 903111 Año 2001 hasta II trimestre 2014 3.240,00₡ 4.670,00₡ 7.910,00₡

AquilesMoraSánchez,Proveedora.í.—1vez.—(IN2014053500).

MUNICIPALIDAD DE CARRILLODEPARTAMENTODEZONAMARÍTIMOTERRESTRE

EDICTOEl Departamento de la Zona Marítimo Terrestre de la

MunicipalidaddeCarrillo,comunicaquelaseñoraMercedesPintoGonzález,mayor, viuda, ama de casa, vecina de playaHermosa,Guanacaste, con cédula de identidad uno-ciento setenta y ocho-novecientosdieciocho,conbaseenlaLeySobrelaZonaMarítimoTerrestrenúmeroseismilcuarentaytresdeldosdemarzodemilnovecientossetentaysieteyDecretoEjecutivoN°sietemilcuarentayocho-Pdeldieciséisdemarzodemilnovecientossetentayocho,

solicita en concesión un lote de terreno con casa de habitaciónpara darle un uso Residencial, localizado en Playa Hermosa,distrito de Sardinal, cantón deCarrillo, provincia deGuanacaste,conunacabidadedosmilcientoveintiséismetroscuadrados,quetienelassiguientescolindancias:norte:zonarestringida,sur:zonarestringida,este:zonapúblicainalienable,oeste:callepúblicaconveintinueve metros y dos centímetros de frente, según el planocatastradoG-unmillónquinientoscincuentaytresmil trescientossesenta-dosmildoce.Seadvierteque lapresentepublicaciónnootorgaderechoalgunoy lamisma se realiza sinperjuiciodequeelárea,usoyfrentealmarquedansujetasa lasdisposicionesdelPlan Regulador aprobado para la zona. Se conceden treinta días

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hábiles contadosapartirdeestapublicaciónparaoíroposicioneslascualesdeberánserpresentadasenestamunicipalidadyconlostimbrescorrespondientes,adostantosademásdeberáidentificarsedebidamente el opositor.

Filadelfia, 13 de agosto de 2013.—Jorge Díaz Loría,Jefea.i.—1vez.—(IN2014053634).

AVISOSCONVOCATORIAS

SANISIDRODELSURSOCIEDADANÓNIMAElsuscritoRamónFranciscoCoindet,encalidaddepresidente

deSan IsidrodelSurSociedadAnónima, cédula jurídicanúmero3-101-139409,convocaaasambleaextraordinariadeaccionistasdeSan Isidro del Sur Sociedad Anónima, a celebrarse en su domicilio socialenSanJosé,SanJosé,SanCayetano,avenidaveintiséis,callesuno y tres, el día treinta de setiembre del dos mil catorce, a partir delastrecehorasenprimeraconvocatoria,yunahoradespuésensegundaconvocatoria.Elpuntoúnicodelaagendaserádisoluciónde la sociedadSan IsidrodelSurSociedadAnónima.—San José,01 de setiembre del 2014.—RamónFranciscoCoindet, pasaporte461808515,Presidente.—1vez.—(IN2014055488).

GANADERACOTOBRUSEÑAS.A.GanaderaCotobruseñaS.A.,convocaalosseñoresaccionistas

a asamblea general ordinaria y extraordinaria, para conocer losasuntos que indica el artículo ciento cincuenta y cinco del Código de Comercioenlaordinariayasuntosvariosenlaextraordinaria.Laasambleasecelebraráenlasinstalacionesdelasubasta,ubicadaenSantaCeciliadeLimoncito,CotoBrus,Puntarenas,cuatrocientosmetros oeste de la entrada a Santa Marta de Limoncito, a las catorcehorasdeldíaveintinuevedenoviembrededosmilcatorce,enprimeraconvocatoria.Sinohubierequórum,paralosmismosasuntos,enelmismolugar,serealizaráensegundaconvocatoriaunahoradespuésdelaindicada.—SanVito,CotoBrus,Puntarenas,once de agosto de dos mil catorce.—Dimas Vega Rodríguez,Presidente.—1vez.—(IN2014055508).

CONDOMINIOMENORCAWilsonChavesQuesada,cédula109750950enlacondición

de presidente, convoca a todos los accionistas del CondominioMenorca,cédula3-109-187994aasambleageneralordinariaeldíasábado18deoctubredel2014,11:00a.m.primeraconvocatoria,12:00p.m.segundaconvocatoria,1:00p.m.terceraconvocatoria,con cualquier número de accionistas presentes y/o con susrepresentantes. Lugar:CondominioMenorca, casaNº 4.Agenda:1º—Presentación de informe del administrador. 2º—Definiradministración del condominio después de octubre 2014.—SanJosé, 1° de setiembre de 2014.Wilson Chaves Quesada, cédulanúmero109750950.—1vez.—(IN2014055532).

MOVILACTIONDECOSTARICAS.R.L.Se convoca a asamblea general ordinaria de cuotistas de la

sociedadMovilaction de Costa Rica S. R. L., cédula de personajurídica número tres-ciento dos-seiscientos sesenta y dos milochocientosdiecinueve,conformeloestableceelartículonoventay cuatro del Código de Comercio, a celebrarse en la República de CostaRica,SanJosé,SanRafaeldeEscazú,delCentroComercialPaco,trescientosmetrosaloeste,edificioPrisma,segundopiso,localdoscientostrece,alasoncehorasdeldíaveintitrésdesetiembredeldosmilcatorce,endondeseconocerálosiguiente:

1º—Informedegestióndelperíodo2º—Conocerelinventarioybalance3º—Conocerlarenunciadeunodelosgerentesynombrarsu

sustituto4º—RevocarelnombramientodeApoderadageneral5º—Revocar el nombramiento de Agente Residente y

nombramiento de su sustituto.La asamblea se llevará a cabo a la hora indicada, con el

número de cuotistas presentes.—San José, Costa Rica, veintede agosto de dos mil catorce.—Fabrice Denis Didier Rochette,Gerente.—1vez.—(IN2014055547).

COLEGIODEMÉDICOSYCIRUJANOSDECOSTARICALa Junta deGobierno delColegio deMédicos yCirujanos

deCostaRica,comunica:Ensesiónordinariadel11de juniodel2014y23dejuliode2014seacordóconvocaraasambleageneralextraordinariaeldíalunes22desetiembrede2014apartirdelas7:00p.m.,enelauditoriodeesteColegioProfesionalubicadoenSabanaSur50metrosestedelMinisteriodeAgriculturayGanadería.Encasodenoexistirelquórumdeley,seconvocaparaelviernes03deoctubredel2014ensegundaconvocatoriaalas2:00p.m.,enelmismolugar,conelfinderesolverlasiguienteagenda:

1º—Conocer el recurso de apelación presentado por el Dr.JoaquínBustillosVillavicencio,contradeladenegatoriadeinclusióndelaMaestríadeMedicinaFetal.

2º—ConocerelRecursodeRevocatoriainterpuestoporelDr.JoséArturoArtaviaSotocontralaresolucióndelaJuntadeGobiernodelas14:18horasdel02deoctubrede2013.

3º—ConocerelRecursodeRevocatoriainterpuestoporelDr.Guido Cardona de Alessandro contra la resolución de la JuntadeGobiernodelas13:23horasdel22deoctubrede2013.

Dr.MarinoRamírezCarranza,Presidente.—1vez.—(IN2014055554).

CENTROMÉDICOLAINSOCIEDADANÓNIMACentroMédicoLainSociedadAnónima,convocaasussocios

aasambleageneralordinariayextraordinariaacelebrarseenSanJosé,eldíaveintinuevedesetiembre2014,ensudomiciliosocial,sitoenSanJosé,LaUruca,setentaycincometrosalnortedelaplazadedeportes,laprimeraconvocatoriaalasdiezhorasylasegundaa lasoncehoras.Comoordendeldíafigura: a)Nombramientoyremocióndepersonerosdejuntadirectiva,fiscalyagenteresidente.b) Reforma de estatutos, cláusulas segunda, quinta, décima,undécimayvigésima.c)Conocerlosestadosfinancieros,balanceseinventariodelosperiodosanteriores.d)Cualquierotroasuntoasolicitud de los socios.—CarlosMolinariMartínez, Presidente.—Lic.NataliaGonzálezBogarín,Notaria.—1vez.—(IN2014055810).

AVISOSPUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

CLUBYHOTELCONDOVACLACOSTAS.A.Yo,YenoryRodríguezMorera, cédulade identidad5-0089-

0656 comunico a los interesados y público en general que porhaberseextraviadolasaccionescomunesytítulosdecapitalnúmero2343 y 2344 del Club y Hotel Condovac La Costa S.A.; de lassemanasfijas27y51respectivamente,seprocederáasureposicióndentro del término de la ley. Cualquier interesado deberá hacervalersusderechosdentrodeeseplazo.—SanJosé,13deagostode2014.—YenoryRodríguezMorera.—(IN2014052060).

SERVICOOPR.LA solicitud del señor Norman Antonio Tenorio del Valle,

mayor,casadounavez,chofer,portadordelacéduladeidentidadnúmero1-523-200,vecinodeAtenasCentro, cincuentametros alnortedeLosBomberos,heprocedidoapublicarelpresenteavisodeextravíodelCertificadoCooperativoaPlazonúmerocerocerounocincotresunosiete,deServicoopR.L.,delcualélesbeneficiario,ylepertenecíaasupadre,quienenvidafuera:JacquesAlbertoTenorioChinchilla, quien fuemayor, casado una vez, chofer, portador delacédulade identidadnúmero1-333-696,vecinoSanJosé,PlazaVíquez. Por este medio se emplaza a cualquier interesado en elpresente certificado, para que se apersonen ante ServicoopR.L aformularsuspretensiones,oahacervalercualquierderechosobreestecertificado,bajoelapercibimientodequesinosepresentanenelplazoquesedirá,elcertificadoserácobradoporsubeneficiario.Elplazo seráde15días apartir de laúltimapublicacióndeesteaviso,enelDiarioOficial,yenundiariodecirculaciónnacional.EllugarparaapersonarseesenlasoficinascentralesServicoopR.L,sitoenSanJoséCentro,PlazaVíquez,frentealacanchadeFútbolCinco, contiguo a la Casa de la Biblia.—Atenas, diez horas deltrecedeagostodeldosmilcatorce.—Lic.EmiliaVerónicaChavesCordero,Notaria.—(IN2014053354).

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PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZHOTELERAPLAYAFLAMINGOS.A.

Certificados de acciones y libre alojamientos:N° 2456,N°2458,N°2562,N°CO0036anombredeDeroIncorporated.

Lo anterior con fundamento en lo dispuesto por los artículos 690,691,692,708,709delCódigodeComercio.Seavisaqueseprocederáareponerlasaccionesaludidas,sitranscurridounmesapartirdelapublicacióndelúltimoavisonosehubierapresentadooposiciónalrespecto.—SanJosé,14deagostodel2014.—ArturoSalazarCalvo,ContralorGeneral.—(IN2014053799).

UNIVERSIDADAUTÓNOMADECENTROAMÉRICAAnte el registro de la Universidad Autónoma de Centro

América sehapresentado la solicitudde reposicióndel títulode:BachilleratoenBibliotecología,emitidoporestacasadeestudiosel25deagostode2012,inscritoeneltomo1,folio1,número14507,anombredeWendyMontalbánLazo,concéduladeidentidadnúmero1-0797-0015. Se solicita la reposición por haberse extraviado eloriginal. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitadadentrodelosquincedíashábilesapartirdelapublicaciónenelDiarioOficial.CampusJ.GuillermoMalavassiV.—Cipreses,Curridabat, 4 de julio del 2014.—Roxinia Castillo Córdoba,Registradora.—(IN2014053826).

UNIVERSIDADMETROPOLITANACASTROCARAZOElDepartamentodeRegistrodelaUniversidadMetropolitana

CastroCarazo,informaquesehaextraviadoelTítulodeBachilleratoen Ciencias de la Educación con énfasis en I y II Ciclos registrado en el control de emisiones de título tomo 1, folio 426, asiento9112confechadeabrildel2008,anombredeSohinYimeiRiveraEsquivelcédulanúmero:unounodosseisnuevecerotrestrescero,se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentrodelosquincedíashábilesapartirdelatercerapublicaciónen La Gaceta.—SanJosé,22deagostodel2014.—Departamentode Registro.—Ing. Alejandra González López, Directora deRegistro.—(IN2014054015).

PUBLICACIÓN DE UNA VEZCOLEGIODEABOGADOSDECOSTARICA

ElColegiodeAbogadosdeCostaRica,avisa:Que laJuntaDirectiva, constituida en Consejo de Disciplina, sesión N° 04-2014,acuerdo2014-04-030,leimpusoalLic.JoséFabiánCuberoCampos,carné7325,tresmesesdesuspensiónenelejerciciodelaprofesióndeabogacía.Rigeapartirdesupublicación.(Expedienteadministrativo820-12).—Lic.VilmaB.MesénMadrigal,Fiscal.—1vez.—O.C.N°9827.—SolicitudN°17509.—(IN2014052825).

ElColegiodeAbogadosdeCostaRica,avisa:Que laJuntaDirectiva,constituidaenConsejodeDisciplina,sesiones20-2007y35-2011,acuerdos2007-20-056y2011-35-127,leimpusoalLic.Reynaldo Vosmán Roldán, carné 5067, seis años de suspensiónen el ejercicio de la profesión de abogacía. Rige a partir de supublicación. (Expediente administrativo 772-03).—Lic. Vilma B.Mesén Madrigal, Fiscal.—1 vez.—O.C. N° 9823.—Solicitud N°17508.—(IN2014052838).

ElColegiodeAbogadosdeCostaRica avisa:Que la JuntaDirectiva,constituidaenConsejodeDisciplina, sesiones11-2012y 42-2012, acuerdos 2012-11-034 y 2012-42-026, le impusoal Lic. Javier Vargas Pérez, carné 15647, un mes de suspensiónen el ejercicio de la profesión de abogacía. Rige a partir de supublicación. (Expediente administrativo 690-09).—Lic. Vilma B.Mesén Madrigal, Fiscal.—1 vez.—O.C. N° 9821.—Solicitud N°17504.—(IN2014052843).

ElColegiodeAbogadosdeCostaRica,avisa:Que laJuntaDirectiva, constituida en Consejo de Disciplina, sesión 03-2014,acuerdo2014-03-021,comomedidacautelarseordenólasuspensiónenelejerciciodelaprofesióndeabogacíadelLic.SimónAndrésCorralesAlvarado, carné5931, desde el 20demarzodel 2014yhastatantoserevoqueoconfirmelamedidacautelarohastaelacto

final.Rigeapartirdeestapublicación.(Expedienteadministrativo576-13).—Lic.VilmaB.MesénMadrigal, Fiscal.—1 vez.—O.C.N°9820.—SolicitudN°17501.—(IN2014053148).

QuelaJuntaDirectiva,constituidaenConsejodeDisciplina,sesión 32-2013, acuerdo 2013-32-026, le impuso al Lic.RodolfoCervantes Barrantes, carné 10367, ocho meses y medio desuspensiónenelejerciciodelaprofesióndeabogacía.Rigeapartirde su publicación. (Expediente administrativo 542-12).—Lic.VilmaB.MesénMadrigal,Fiscal.—1vez.—O.C.9819.—Solicitud17499.—(IN2014053196).

QuelaJuntaDirectiva,constituidaenConsejodeDisciplina,sesión44-2013,acuerdo2013-44-035,leimpusoalLic.JoséMartínZúñigaBrenes,carné5354,tresmesesdesuspensiónenelejerciciodelaprofesióndeabogacía.Rigeapartirdesupublicación.(Expedienteadministrativo762-12).—Lic.VilmaB.MesénMadrigal,Fiscal.—1vez.—O.C.9822.—Solicitud17506.—(IN2014053210).

QuelaJuntaDirectiva,constituidaenConsejodeDisciplina,sesión44-2013,acuerdo2013-44-066,leimpusoalLic.JorgeEnriqueValverdeSegura,carné8540,tresañosycincomesesdesuspensiónenelejerciciode laprofesióndeabogacía.Rigeapartirdel24deabrildel2016.(Expedienteadministrativo312-11).—Lic.VilmaB.MesénMadrigal,Fiscal.—1vez.—O.C.9817.—Solicitud17497.—(IN2014053220).

Que la junta directiva, constituida enConsejo deDisciplina,sesión44-2013,acuerdo2013-44-054, le impusoa laLic.DamarisChavesFuentes,carné17276,tresmesesdesuspensiónenelejerciciodelaprofesióndeabogacía.Rigeapartirdesupublicación.(Expedienteadministrativo446-12).—Lic.VilmaB.MesénMadrigal,Fiscal.—1vez.—O.C.N°9818.—SolicitudN°17498.—(IN2014053249).

Que la junta directiva, constituida enConsejo deDisciplina,sesiones42-2011y27-2013,acuerdos2011-42-057y2013-27-036,leimpusoalLic.FranciscoCamposBautista,carné6976,tresmesesdesuspensiónenelejerciciodelaprofesióndeabogacía.Rigeapartirdesupublicación.(Expedienteadministrativo215-09).—Lic.VilmaB.MesénMadrigal,Fiscal.—1vez.—O.C.N°9816.—SolicitudN°17496.—(IN2014053252).

Que la junta directiva, constituida enConsejo deDisciplina,sesiones14-2013y27-2013,acuerdos2013-14-027y2013-27-030,leimpusoalaLic.LedaDíazValladares,carné15278,cuatromesesdesuspensiónenelejerciciodelaprofesióndeabogacía.Rigeapartirdesupublicación.(Expedienteadministrativo152-12).—Lic.VilmaB.MesénMadrigal,Fiscal.—1vez.—O.C.N°9815.—SolicitudN°17494.—(IN2014053260).

Que la junta directiva, constituida enConsejo deDisciplina,sesiones35-2013y44-2013,acuerdos2013-35-054y2013-44-044,leimpusoalLic.JoséPabloRodríguezSolano,carné8480,tresañosdesuspensiónenelejerciciodelaprofesióndeabogacía.Rigeapartirdesupublicación.(Expedienteadministrativo018-13).—Lic.VilmaB.MesénMadrigal,Fiscal.—1vez.—O.C.N°9813.—SolicitudN°17491.—(IN2014053266).

Que la junta directiva, constituida enConsejo deDisciplina,sesión39-2013, acuerdo2013-039-049, le impuso alLic.EduardoEnriqueAcuñaCastro,carné4503,cuatromesesdesuspensiónenelejerciciodelaprofesióndeabogacía.Rigeapartirdesupublicación.(Expediente administrativo 764-12).—Lic. Vilma B. MesénMadrigal,Fiscal.—1vez.—O.C.N°9812.—SolicitudN°17457.—(IN2014053273).

Que la junta directiva, constituida enConsejo deDisciplina,sesión 14-2013, acuerdo 2013-14-069, le impuso a la Lic. IvethEmiliaQuesadaUgalde,carné12524,tresmesesdesuspensiónenelejerciciodelaprofesióndeabogacía.Rigeapartirdel4desetiembredel2014.(Expedienteadministrativo755-11).—Lic.VilmaB.MesénMadrigal,Fiscal.—1vez.—O.C.N°9806.—SolicitudN°17456.—(IN2014053286).

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Que la junta directiva, constituida en consejo de disciplina,sesión 39-2013, acuerdo 2013-39-044, le impuso al Lic. RodolfoAlexanderPriceChinchilla,carné11756,unmesdesuspensiónenelejerciciode laprofesióndeabogacía.Rigeapartirdesupublicación.(Expediente administrativo346-12).—Lic.VilmaB.MesénMadrigal,Fiscal.—1vez.—O.C.Nº9802.—SolicitudNº17451.—C-Crédito.—(IN2014053487).

Que la junta directiva, constituida en Consejo de Disciplina,sesiones 22-2013 y 41-2013, acuerdos 2013-22-042 y 2013-41-555,le impusoalLic. JorgeLuisRuizBonilla, carné5431, tresmesesdesuspensión en el ejercicio de la profesión de abogacía. Rige a partirde su publicación. (Expediente administrativo 227-12).—Lic. VilmaB. MesénMadrigal, Fiscal.—1 vez.—O. C. Nº 9801.—Solicitud Nº17450.—C-Crédito.—(IN2014053489).

Que la junta directiva, constituida en Consejo de Disciplina,sesión42-2012,acuerdo2012-42-020, le impusoalLic.LuisRobertoValverde Bermúdez, carné 7848, tres años de suspensión en elejerciciode laprofesióndeabogacía.Rigeapartirdesupublicación.(Expediente administrativo674-11).—Lic.VilmaB.MesénMadrigal,Fiscal.—1vez.—O.C.Nº9805.—SolicitudNº17455.—C-Crédito.—(IN2014053491).

Quelajuntadirectiva,constituidaenconsejodedisciplina,sesiones32-2013y44-2013,acuerdos2013-32-024y2013-44-027,leimpusoalLic.JoséMiguelBrenesBrenes,carné987,cuatromesesdesuspensiónenelejerciciodelaprofesióndeabogacía.Rigeapartirdesupublicación.(Expediente administrativo554-11).—Lic.VilmaB.MesénMadrigal,Fiscal.—1vez.—O.C.Nº9804.—SolicitudNº17453.—C-Crédito.—(IN2014053492).

Quelajuntadirectiva,constituidaenConsejodeDisciplina,sesión35-2013,acuerdo2013-035-037,leimpusoalLic.RafaelLópezGutiérrez,carné2817,tresmesesdesuspensiónenelejerciciodelaprofesióndeabogacía.Rige a partir de su publicación. (Expediente administrativo499-12).—Lic.VilmaB.MesénMadrigal,Fiscal.—1vez.—O.C.Nº9803.—SolicitudNº17452.—C-Crédito.—(IN2014053494).

Quelajuntadirectiva,constituidaenConsejodeDisciplina,sesión04-2014, acuerdo 2014-04-027, le impuso a la Lic. Nuria MatarritaMartínez,carné10567,unmesdesuspensiónenelejerciciodelaprofesióndeabogacía.Rigeapartirdesupublicación.(Expedienteadministrativo200-12).—Lic.VilmaB.MesénMadrigal,Fiscal.—1vez.—O.C.Nº9812.—SolicitudNº17449.—C-Crédito.—(IN2014053497).

Que la junta directiva, constituida en Consejo de Disciplina,sesión 27-2013, acuerdo 2013-27-028, le impuso al Lic. PabloMatamorosArosemena, carné 11291, tresmeses de suspensión en elejerciciode laprofesióndeabogacía.Rigeapartirdesupublicación.(Expediente administrativo122-11).—Lic.VilmaB.MesénMadrigal,Fiscal.—1vez.—O.C.Nº9811.—SolicitudNº17445.—C-Crédito.—(IN2014053498).

Que la junta directiva, constituida en Consejo de Disciplina,sesiones 39-2013 y 04-2014, acuerdos 2013-39-035 y 2014-04-040,leimpusoalLic.JuanAntonioVásquezBendaña,carné3106,unmesdesuspensiónenelejerciciodelaprofesióndeabogacía.Rigeapartirde su publicación. (Expediente administrativo 020-13).—Lic. VilmaB. MesénMadrigal, Fiscal.—1 vez.—O. C. Nº 9810.—Solicitud Nº17444.—C-Crédito.—(IN2014053499).

Que la junta directiva, constituida en Consejo de Disciplina,sesión 39-2013, acuerdo 2013-39-020, le impuso al Lic. DagobertoMorales López, carné 11445, veintiséis meses de suspensión en elejerciciode laprofesióndeabogacía.Rigeapartirdesupublicación.(Expediente administrativo017-12).—Lic.VilmaB.MesénMadrigal,Fiscal.—1vez.—O.C.Nº9809.—SolicitudNº17439.—C-Crédito.—(IN2014053501).

PormediodeescrituraotorgadaenSanJosé,alas15:00horasdel28de juliodel2014, seprotocolizaronacuerdosdeasambleageneralextraordinariadeaccionistas,de la empresadenominada:Inversiones Rodrigo y Laura Sociedad Anónima,mediantelacualsenombrójuntadirectiva y semodificó la cláusula cuarta.—San José, 28de julio del2014.—Lic.ÓscarMataMuñoz,Notario.—1vez.—(IN2014050800).

Ante mí, la empresa Mecsa Service Sociedad Anónima, cédula jurídica N° 3-101-507480, mediante asamblea generalextraordinariacelebradaalserlasdocehorasdelochodeagostodeldosmilcatorce,sereformaronlascláusulassegundaynovena.—SanJosé,18deagostodel2014.—Lic.JorgeEnriqueHernándezDelgado,Notario.—1vez.—(IN2014052501).

PorescrituraotorgadaanteminotaríaenSanJosé,alasnuevehoras del doce de agosto del dos mil catorce, se protocolizaronacuerdos de asamblea general ordinaria de la Asociación Cámara Costarricense de la Industria Alimentaria,cédulajurídica3-002-045096,dondeseprocedealaelecciónparcialdelosmiembrosdelajuntadirectiva,correspondienteporestatutosenañosparesparaelperiodo comprendido entre el dieciséis de agosto de dos mil catorce al quince de agosto de dos mil dieciséis, para los cargos de presidente, secretario,tesorero,segundovocal,tercervocal,cuartovocal.—Lic.CarlosAntillónMorera,Notario.—1vez.—(IN2014052502).

Ante esta notaría se otorgó escritura de nombramiento de toda lajuntadirectiva,alserlasdocehorasdelcincodeagostodeldosmilcatorce, de Equipos Especiales de Perforación S. A.,cédulajurídicanúmerotres-cientouno-dieciochomilseiscientoscatorce.Estodo.—SanJosé,cincodeagostodeldosmilcatorce.—Lic.JannynChacónSolís,Notaria.—1vez.—(IN2014052504).

Porescrituraotorgadaenestanotaría,a lascatorcehorasdelcatorce de agosto del dos mil catorce, se fusionaron las siguientes sociedades: DIAMANTE DEL SOL CINCUENTA Y UNO LIMITADA,DIAMANTE DEL SOL CINCUENTA Y DOS LIMITADA, DIAMANTE DELSOLCINCUENTAYTRESLIMITADA,DIAMANTEDELSOLCINCUENTAYCUATROLIMITADA,DIAMANTEDELSOLCINCUENTAYCINCOLIMITADA,DIAMANTEDELSOLCINCUENTAYSEISLIMITADA,DIAMANTEDELSOLCINCUENTA Y SIETE, LIMITADA, DIAMANTE DEL SOL CINCUENTA YOCHOLIMITADA,DIAMANTEDELSOLCINCUENTAYNUEVELIMITADA,DIAMANTEDELSOLSESENTALIMITADA,DIAMANTEDELSOLSESENTAY UNO LIMITADA, DIAMANTE DEL SOL SESENTA Y DOS LIMITADA,DIAMANTEDEL SOL SESENTAYTRESLIMITADA,DIAMANTEDEL SOLSESENTAYCUATRO,LIMITADA,DIAMANTEDELSOLSESENTAYCINCOLIMITADA,DIAMANTEDELSOLSESENTAYSEISLIMITADA,DIAMANTEDELSOLSESENTAYSIETELIMITADA,DIAMANTEDELSOLSESENTAYOCHO LIMITADA, DIAMANTE DEL SOL SESENTA Y NUEVE LIMITADA,DIAMANTEDELSOLSETENTALIMITADA,DIAMANTEDELSOLSETENTAY UNO LIMITADA, DIAMANTE DEL SOL SETENTA Y DOS LIMITADA,DIAMANTEDELSOLSETENTAYTRESLIMITADA,DIAMANTEDELSOLSETENTAYCUATROLIMITADA,DIAMANTEDELSOLSETENTAYCINCOLIMITADA,DIAMANTEDELSOLSETENTAYSEISLIMITADA,DIAMANTEDELSOLSETENTAYSIETELIMITADA,DIAMANTEDELSOLSETENTAYOCHO LIMITADA, DIAMANTE DEL SOL SETENTA Y NUEVE LIMITADA,DIAMANTEDELSOLOCHENTALIMITADA,DIAMANTEDELSOLOCHENTAY UNO LIMITADA, DIAMANTE DEL SOL OCHENTA Y DOS LIMITADA,DIAMANTEDELSOLOCHENTAYTRESLIMITADA,DIAMANTEDELSOLOCHENTA Y CINCO LIMITADA, DIAMANTE DEL SOL OCHENTA Y SEISLIMITADA,DIAMANTEDELSOLOCHENTAYSIETELIMITADA,DIAMANTEDELSOLOCHENTAYOCHOLIMITADA,DIAMANTEDELSOLOCHENTAYNUEVELIMITADA,DIAMANTEDELSOLNOVENTALIMITADA,DIAMANTEDEL SOL NOVENTAY UNO LIMITADA, DIAMANTE DEL SOL NOVENTAY DOS LIMITADA, DIAMANTE DEL SOL NOVENTA Y TRES LIMITADA,DIAMANTE DEL SOL NOVENTAY CUATRO LIMITADA, DIAMANTE DELSOLNOVENTAYCINCOLIMITADA,DIAMANTEDELSOLNOVENTAYSEISLIMITADA,DIAMANTEDELSOLNOVENTAYSIETELIMITADADIAMANTEDELSOLNOVENTAYOCHOLIMITADA,DIAMANTEDELSOLNOVENTAYNUEVELIMITADA,DIAMANTEDEL SOLCIENLIMITADA,DIAMANTEDEL SOL CIENTO UNO LIMITADA, DIAMANTE DEL SOL CIENTO DOSLIMITADA. DIAMANTE DEL SOL CIENTO TRES LIMITADA, DIAMANTEDELSOLCIENTOCUATROLIMITADA,DIAMANTEDELSOLCIENTOCINCOLIMITADA, DIAMANTE DEL SOL CIENTO SEIS LIMITADA, DIAMANTEDELSOLCIENTOSIETELIMITADA,DIAMANTEDELSOLCIENTOOCHOLIMITADA, DIAMANTE DEL SOL CIENTO DIEZ LIMITADA, DIAMANTEDELSOLCIENTOONCELIMITADA,DIAMANTEDELSOLCIENTODOCELIMITADA,DIAMANTEDEL SOLCIENTOTRECELIMITADA,DIAMANTEDEL SOL CIENTO CATORCE LIMITADA, DIAMANTE DEL SOL CIENTOQUINCELIMITADA,DIAMANTEDEL SOLCIENTODIECISEIS LIMITADA,DIAMANTE DEL SOL CIENTO DIECIOCHO LIMITADA, DIAMANTE DEL

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Pág 34 La Gaceta Nº 169 — Miércoles 3 de setiembre del 2014

SOLCIENTOVEINTELIMITADA,DIAMANTEDELSOLCIENTOVEINTIUNOLIMITADA, DIAMANTE DEL SOL CIENTO VEINTIDÓS LIMITADA,DIAMANTE DEL SOL CIENTO VEINTITRÉS LIMITADA, DIAMANTE DELSOL CIENTO VEINTICUATRO LIMITADA, DIAMANTE DEL SOL CIENTOVEINTICINCO LIMITADA, DIAMANTE DEL SOL CIENTO VEINTISÉISLIMITADA, DIAMANTE DEL SOL CIENTO VEINTISIETE LIMITADA,DIAMANTEDELSOLCIENTOVEINTIOCHOLIMITADA,DIAMANTEDELSOLCIENTOVEINTINUEVE,LIMITADA,DIAMANTEDELSOLCIENTOTREINTALIMITADA, DIAMANTE DEL SOL CIENTO TREINTA Y UNO, LIMITADA,DIAMANTEDELSOLCIENTOTREINTAYDOSLIMITADA,DIAMANTEDELSOLCIENTOTREINTAYTRES LIMITADA,DIAMANTEDEL SOLCIENTOTREINTAYCUATROLIMITADA,DIAMANTEDELSOLCIENTOTREINTAYCINCOLIMITADA,DIAMANTEDELSOLCIENTOTREINTAYSEISLIMITADA,DIAMANTEDELSOLCIENTOTREINTAYSIETELIMITADA,DIAMANTEDELSOLCIENTOTREINTAYOCHOLIMITADA,DIAMANTEDELSOLCIENTOTREINTAYNUEVELIMITADA,DIAMANTEDELSOLCIENTOCUARENTALIMITADA,DIAMANTEDELSOLCIENTOCUARENTAYUNOLIMITADA,DIAMANTEDELSOLCIENTOCUARENTAYTRESLIMITADA,DIAMANTEDELSOLCIENTOCUARENTAYCUATROLIMITADA,DIAMANTEDELSOLCIENTO CUARENTAY CINCO LIMITADA, DIAMANTE DEL SOL CIENTOCUARENTAYSEISLIMITADA,DIAMANTEDELSOLCIENTOCUARENTAY SIETE LIMITADA, DIAMANTE DEL SOL CIENTO CUARENTAY OCHOLIMITADA,DIAMANTEDELSOLCIENTOCUARENTAYNUEVELIMITADA,DIAMANTE DEL SOL CIENTO CINCUENTA LIMITADA, DIAMANTE DELSOLCIENTOCINCUENTAYUNOLIMITADA,DIAMANTEDELSOLCIENTOCINCUENTAYDOSLIMITADA,DIAMANTEDELSOLCIENTOCINCUENTAYTRESLIMITADA,DIAMANTEDELSOLCIENTOCINCUENTAYCUATROLIMITADA,DIAMANTEDELSOLCIENTOCINCUENTAYCINCOLIMITADA,DIAMANTEDELSOLCIENTOCINCUENTAYSEISLIMITADA,DIAMANTEDEL SOLCIENTOCINCUENTAY SIETELIMITADA,DIAMANTEDEL SOLCIENTO CINCUENTAY OCHO LIMITADA, DIAMANTE DEL SOL CIENTOCINCUENTAYNUEVELIMITADA,DIAMANTEDELSOLCIENTOSESENTALIMITADA, DIAMANTE DEL SOL CIENTO SESENTA Y UNO LIMITADA,DIAMANTEDELSOLCIENTOSESENTAYDOSLIMITADA,DIAMANTEDELSOLCIENTOSESENTAYTRESLIMITADA,DIAMANTEDELSOLCIENTOSESENTAYCUATROLIMITADA,DIAMANTEDEL SOLCIENTO SESENTAY CINCO LIMITADA, DIAMANTE DEL SOL CIENTO SESENTA Y SEISLIMITADA, DIAMANTE DEL SOL CIENTO SESENTAY SIETE LIMITADA,DIAMANTEDEL SOLCIENTO SESENTAYOCHO LIMITADA, DIAMANTEDEL SOL CIENTO SESENTA Y NUEVE LIMITADA, DIAMANTE DEL SOLCIENTO SETENTA LIMITADA, DIAMANTE DEL SOL CIENTO SETENTAYUNOLIMITADA,DIAMANTEDELSOLCIENTOSETENTAYDOSLIMITADA,DIAMANTEDELSOLCIENTOSETENTAYTRESLIMITADA,DIAMANTEDELSOLCIENTOSETENTAYCUATROLIMITADA,DIAMANTEDELSOLCIENTOSETENTAYCINCOLIMITADA,DIAMANTEDELSOLCIENTOSETENTAYSEISLIMITADA,DIAMANTEDELSOLCIENTOSETENTAYSIETE,LIMITADADIAMANTEDEL SOLCIENTO SETENTAYOCHOLIMITADA,DIAMANTEDEL SOL CIENTO SETENTA Y NUEVE LIMITADA, DIAMANTE DEL SOLCIENTOOCHENTALIMITADA,DIAMANTEDELSOLCIENTOOCHENTAYUNOLIMITADA,DIAMANTEDELSOLCIENTOOCHENTAYDOSLIMITADA,DIAMANTEDEL SOL CIENTOOCHENTAYTRES LIMITADA, DIAMANTEDELSOLCIENTOOCHENTAYCUATROLIMITADA,DIAMANTEDELSOLCIENTO OCHENTA Y CINCO LIMITADA, DIAMANTE DEL SOL CIENTOOCHENTA Y SEIS LIMITADA, DIAMANTE DEL SOL CIENTO OCHENTAY SIETE LIMITADAY DIAMANTE DEL SOL CIENTO OCHENTAY OCHOLIMITADA, prevaleciendo: DIAMANTE DEL SOL CINCUENTA Y UNOLIMITADA.—San José, 14 de agosto del 2014.—Lic. AlejandroMatamorosBolaños,Notario.—1vez.—(IN2014052505).

Antelasuscritanotariapública,seprotocolizóactadereformade los estatutos de la sociedad: C G M L H Logistics Sociedad Anónima,enescriturapúblicaN°68-19delcatorcedeagostodeldosmil catorce.—San José, 14 de agosto del 2014.—Lic. LizethMataSerrano,Notaria.—1vez.—(IN2014052508).

Por escritura número cincuenta y tres-cuarenta y nueve,otorgadaantelosnotariosJuvenalSánchezZúñiga,JorgeGonzálezRoesch y Alberto Sáenz Roesch, actuando en el protocolo delprimero,alastrecehorasdeldíaoncedeagostodeldosmilcatorce,seacuerdamodifica laadministraciónysenombranuevogerentey agente residente correspondientes a la sociedad: Tons Per Hour S.R.L.—San José, 14 de agosto del 2014.—Lic. Jorge GonzálezRoesch,Notario.—1vez.—(IN2014052511).

Porescrituranúmerocientoveintinueve-veinticinco,otorgadaantelosnotariosJorgeGonzálezRoesch,JuvenalSánchezZúñigayAlbertoSáenzRoesch, actuandoen el protocolodel primero, alasoncehorascuarentaminutosdelcatorcedeagostodeldosmilcatorce, se acuerda transformar la compañía Torres Alella Dos C Colo Sociedad Anónima de Sociedad Anónima a Sociedad de ResponsabilidadLimitada,ysedenominará:Torres Alella Dos C Colo Limitada.—San José, 14 de agosto del 2014.—Lic. JorgeGonzálezRoesch,Notario.—1vez.—(IN2014052514).

Por escritura doscientos sesenta y nueve, otorgada antela notaria públicaCarolinaUlateZárate, a lasoncehorasdel díadieciocho de agosto del dosmil catorce, semodificó la cláusulaprimera,segundaysextadelasociedaddenominada:Propiedades Vistas del Caribe S. A.—Heredia, dieciocho de agosto del dosmil catorce.—Lic. Carolina Ulate Zárate, Notaria.—1 vez.—(IN2014052515).

Por escritura otorgada a las nueve horas del día veintidósde julio, se protocolizó el acta:E Digital E.D S. A., se reforma la cláusula novena.—San José, veintiocho de julio del dos milcatorce.—Lic. EdwinManuelVargasVíquez,Notario.—1 vez.—(IN2014052518).

Porescrituraotorgadaalasveintehorasdeltrecedeagosto,sedisuelvelacompañía:Arsa Limitada.—SanJosé,catorcedeagostodel dos mil catorce.—Lic. Edwin Vargas Víquez, Notario.—1vez.—(IN2014052519).

Porescrituraotorgadaalasdocehorasdeldíadocedeagostoseconstituyó la sociedad Postres y Cafetería Limón y Café Sociedad Anónima.—San José, trece de agosto del dosmil catorce.—Lic.EdwinVargasVíquez,Notario.—1vez.—(IN2014052520).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las nueve horasdel dieciochode agostodel añodosmil catorce, se constituyó lasociedad denominada Gicareli S. A., capital íntegramente suscrito ypagadoconaportedebienesydinero.Plazo:99años.Domiciliosocial: San José, Goicoechea, Mata de Plátano. Presidente ytesorera apoderadas generalísimas sin límite de suma actuando individualmente.—SanJosé,18deagostodel2014.—Lic.CristinaGonzálezMontero,Notaria.—1vez.—(IN2014052529).

Por escritura otorgada ante mí, a las doce horas del trecede agosto del 2014, se protocolizó acta de asamblea generalextraordinariadeaccionistasdeEdificio Goldmin S. A., en la cual semodificaelpactoconstitutivoysenombranuevajuntadirectivayfiscal.—SanJosé,13deagostodel2014.—Lic.DeborahFeinzaigMintz,Notaria.—1vez.—(IN2014052531).

Mediante escritura otorgada ante el suscrito notario, a las 11:00horasdel14deagostodel2014,seconstituyó lasociedad:Villanauma Sociedad Anónima. Capital: debidamente suscrito y pagado, por los socios fundadores. Domicilio: Santa Ana.Representación: presidente y secretario de la junta directiva confacultadesdeapoderadosgeneralísimossinlimitacióndesuma.—Lic.MiguelHerreraGonzález,Notario.—1vez.—(IN2014052532).

Porescrituraotorgadaeldíadehoy,seprotocolizaronacuerdosdeasambleageneralordinariayextraordinariadeaccionistasdelasociedaddeestaplaza:Sociedad Agropecuaria Maysol S. A., por mediodeloscualesseacordómodificarlascláusulassegunda,quinta,sextaynovenadelpactoconstitutivo,ysehacenombramientodejuntadirectiva.—SanJosé,13deagostodel2014.—Lic.CarolinaBlancoVargas,Notaria.—1vez.—(IN2014052534).

Porescrituraotorgadaeldíadehoy,seprotocolizaronacuerdosdeasambleageneralordinariayextraordinariadeaccionistasdelasociedaddeestaplazaServifiestas S. A., por medio de los cuales se acordómodificarlascláusulassegundaydécimaprimeradelpactoconstitutivo,ysehacenombramientodejuntadirectiva.—SanJosé,13deagostodel2014.—Lic.CarolinaBlancoVargas,Notaria.—1vez.—(IN2014052535).

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Porescrituraotorgadaeldíadehoy,seprotocolizaronacuerdosdeasambleageneralordinariayextraordinariadeaccionistasdelasociedaddeestaplazaIndustrias Verena S. A., por medio de los cuales se acordómodificar las cláusulas segunda, sexta, sétimaynovena del pacto constitutivo, y se hace nombramiento de juntadirectivaydeagenteresidente.—SanJosé,13deagostodel2014.—Lic.CarolinaBlancoVargas,Notaria.—1vez.—(IN2014052536).

A las quince horas de hoy, protocolicé acta de asambleageneral extraordinaria de cuotistas deRise and Shine Limitada, pormediodelacualsereformanlascláusulassegundayquinta,delpactoconstitutivo,ysenombragerente.—Heredia,ochodeagostodel 2014.—Lic. Keyco Chango González, Notaria.—1 vez.—(IN2014052541).

Quemedianteescrituradelas8y9horasdehoy,seconstituyóJem Desarrollos Alba S. A. Capital: suscrito y pagado por medio de aporte de bienes muebles. Representación: presidente, secretario y tesorero.Domicilio:Cartagoy seprotocolizóactade fusiónde3-101-546179. S. A., y Las Tres Ilusiones de Vivir S. A.,prevaleceesta última.—San José, 12 de agosto del 2014.—Lic.AlexanderAdolfoChacónPorras,Notario.—1vez.—(IN2014052550).

Que en la asamblea extraordinaria de la compañía Voec Defender S. A.,de lasdiezhorasdeldocedeagostodelañodosmil catorce, en la ciudad de Tamarindo se acordó reformar la cláusulareferentealdomicilio.Estodo.—Tamarindo,12deagostodel 2014.—Lic. JoséAntonio SilvaMeneses,Notario.—1 vez.—(IN2014052552).

PorescrituraotorgadaantemíalasdiecinuevehorasdelcuatrodeAgostodeldosmilcatorcesemodificalacláusulacuartadelasociedaddeestaplaza:M S Travel Group Sociedad Anónima.—SanJosé,cuatrodeagostodeldosmilcatorce.—Lic.VeraVioletaSalazarRojas,Notaria.—1vez.—(IN2014056112).

NOTIFICACIONESCAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

HOSPITALDR.RAFAELÁ.CALDERÓNGUARDIAPUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

Resultando: De conformidad con el ordenamiento jurídicopotestativo dentro del régimen de empleo público, se comunicaa la señora Yeimy Rodríguez Sequeira, portadora de la cédulade identidad 1-1351-0382, que por oficio DE-1237-07-2014 defecha quince de julio del año dosmil catorce, se dictó por partede la Dirección de Enfermería del Hospital Dr. Rafael ÁngelCalderón Guardia “Ratificación de Despido sin ResponsabilidadPatronal-caso Nº 0136-13”, por cuanto dentro del ProcedimientoAdministrativoinstruidoensucontra,sedeterminóqueincurrióenlas siguientes faltas: ocho llegadas tardías en los días 2-11-2013,6-11-2013, 7-11-2013, 10-11-2013, 11-11-2013, 12-11-2013, 22-11-2013,y29-11-2013;asícomotresomisionesdemarcasenlassiguientesfechas:4-11-2013,8-11-2013y24-11-2013;paralocualtambién se cuenta coneloficioDNI-881-2014, emitidoporpartedelMinisterio deTrabajo ySeguridadSocial-DirecciónNacionale Inspección General de Trabajo, en virtud del cual autorizó eldespido. Considerando: Que a causa del nexo contractual comofuncionariaquemantuvoconel empleadorCajaCostarricensedeSeguro Social, y dadas las faltas en que incurrió, como se describió anteriormente,loprocedenteesendefinitivalarupturadelvínculojurídicoentrelaspartes,por loqueestaDireccióndeEnfermería,en ejercicio de la representación patronal con grado jerárquicosuperiordel centrode trabajoúltimoalquehapertenecidocomoservidora la Sra. Rodríguez Sequeira, resuelve el Despido sinResponsabilidadPatronalporhaber transgredidocon su actuar lodispuestoenlosartículos63,64,65,68,69y71delReglamentoInteriordeTrabajodelaCajaCostarricensedeSeguroSocial,ypornohaberinterpuestolosrecursosdederechocontraelactodecisorio,confirmándoseelmismo.Además,nofueposiblelocalizaralaSra.RodríguezSequeiraparanotificarladela“RatificacióndeDespidosinResponsabilidadPatronal-casoNº0136-13”,contandoconuna

notificacióninfructuosa,enellugarseñaladooconocidodomiciliopor el patrono, ni en el Centro deTrabajo u otro; por lo que deconformidad con lo ya resuelto por parte de la Sala Constitucional en la sentencia Nº 5956-11, lo procedente es notificar la citadaresolución mediante edicto. Portanto: Se tiene por llegado a término sin responsabilidad patronal el contrato de trabajo (trabajadora-CCSS) y materializado el finiquito entre partes de la relaciónobrero-patronal en el caso de la funcionaria Yeimy RodríguezSequeira,quienporhaber incurrido sin justificación legalalguna,en ocho llegadas tardías en los días 2-11-2013, 6-11-2013, 7-11-2013,10-11-2013,11-11-2013,12-11-2013,22-11-2013,y29-11-2013;asícomotresomisionesdemarcasenlassiguientesfechas:4-11-2013, 8-11-2013 y 24-11-2013; acreedora de las consabidasresponsabilidades como Auxiliar de Enfermería del HospitalCalderón Guardia, constituyéndose jurídicamente el despido porlas faltas disciplinarias incurridas. En concordancia a los artículos 239,240.1,243delaLeyGeneraldeAdministraciónPública,alosefectosyalcancesdeeficaciajurídicadelosactosadministrativosenqueselegitimalapresenteacción,esordenadalanotificaciónporedicto,paraqueseasientealexpedientelaboral.Notifíquese.Alserlasochohorasdeldieciochodeagostodeldosmilcatorce.—Dra.VilmaSpenceNelson,DirectoraEnfermería.—(IN2014052872).

PUBLICACIÓN DE UNA VEZSUCURSALDEPÉREZZELEDÓN

PorignorarseeldomicilioactualdepatronoYessicaLiyeiraUrtecho Hernández, número patronal 0-00205850078-001-001,número patronal anterior 9-00316209001-001-000, actividad deventaalpormenordeproductostextiles,prendasdevestir,calzadoy artículos de cuero, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 241delaLeyGeneraldelaAdministraciónPública,seprocedeanotificarpormediodeedicto,quelasucursaldelaCajaCostarricensedeSeguroSocialdePérezZeledón,hadictadoeltrasladodecargosqueenloqueinteresaindica:lasucursaldelaCajaCostarricensedeSeguroSocial,conformelodisponeelartículo10delReglamentopara Verificar el Cumplimiento de las Obligaciones PatronalesyTrabajadores Independientesde laCaja, sepermitehacerde suconocimiento los resultados de la revisión salarial efectuada porestadependenciadondesehandetectadoinicialmentelassiguientesomisiones salariales a la institución de la trabajadora: RosibelAlpízarAcuña,cédulauno-mildoscientosnoventaydos-doscientossesentaysieteporelperíododejunioanoviembrededosmilsiete,eldetalledelperíodoysalariosomitidosconstaenhojasdetrabajoquerolanenelexpedienteadministrativo.TotalSalarios ¢857.700,00TotaldecuotasdeInvalidez,VejezyMuerte ¢62.185,00TotaldecuotasdeEnfermedadyMaternidad ¢126.510,00BancoPopularObrera ¢8.575,00FondodeCapitalizaciónlaboral ¢25.730,00FondodePensiónComplementariaObligatoria ¢4.290,00AportePatronalBancoPopular ¢2.145,00InstitutoNacionaldeSeguros ¢8.575,00

Consulta expediente: en esta oficina, sita San Isidro de ElGeneral, Plaza Comercial Los Betos, veinticincometros al nortede la Cruz Roja Costarricense, teléfono 2771-3536, fax 2771-3825,seencuentraasudisposiciónelexpedienteparalosefectosquedispone laLey.Se les confiereunplazodediezdíashábilescontados a partir del quinto día siguiente de su publicación para ofrecerpruebasdedescargoyparahacerlasalegacionesjurídicaspertinentes.SeleprevienequedebeseñalarlugaromedioparaoírnotificacionesdentrodelperímetroadministrativoestablecidoporlaCajaelmismoqueparalosefectosjurisdiccionaleshaestablecidolaCorteSupremadeJusticiaestableciéndosedelasiguienteforma:alsurhastalaentradaaBarrioSagradaFamilia,alnortehastalasinstalacionesdelLiceoUnesco,alestehasta laescueladeBarrioSinaí y al oeste hasta la instalaciones del Colegio laAsunción.De no indicar lugar omedio para notificaciones las resolucionesposteriores al traslado de cargos se tendrán por notificadas consoloel transcursode24:00horascontadasapartirde la fechaderesolución.Notifíquese.—San IsidrodeElGeneral, 3 de juliode2014.—Lic.JorgeMinorMataArias.—1vez.—(IN2014053003).

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Pág 36 La Gaceta Nº 169 — Miércoles 3 de setiembre del 2014

Consulta expediente: en esta oficina, sita San Isidro deElGeneral,PlazaComercialLosBetos,veinticincometrosalnortede la Cruz Roja Costarricense, teléfono 2771-3536, fax 2771-3825,seencuentraasudisposiciónelexpedienteparalosefectosquedisponelaLey.Selesconfiereunplazodediezdíashábilescontados a partir del quinto día siguiente de su publicación para ofrecerpruebasdedescargoyparahacerlasalegacionesjurídicaspertinentes.Seleprevienequedebeseñalarlugaromedioparaoírnotificacionesdentrodelperímetroadministrativoestablecidopor la Caja el mismo que para los efectos jurisdiccionales haestablecido laCorte Suprema de Justicia estableciéndose de lasiguienteforma:alsurhastalaentradaaBarrioSagradaFamilia,al norte hasta las instalacionesdelLiceoUnesco, al este hastala escuela de Barrio Sinaí y al oeste hasta la instalacionesdel Colegio la Asunción. De no indicar lugar o medio paranotificaciones las resoluciones posteriores al traslado de cargosse tendránpornotificadascon soloel transcursode24:00horascontadas a partir de la fecha de resolución. Notifíquese.—SanIsidrodeElGeneral,3dejuliode2014.—Lic.JorgeMinorMataArias.—1vez.—(IN2014053005).

Por ignorarse el domicilio actual de patrono Juan JoséMesén Espinoza, número patronal 0-00502300562-001-001,número patronal anterior 9-00950183007-001-001, actividad deconstruccióndeedificios,deconformidadconlodispuestoenelnumeral241delaLeyGeneraldelaAdministraciónPública,seprocedeanotificarpormediodeedictoquelasucursaldelaCajaCostarricense de SeguroSocial de PérezZeledón, ha dictado eltraslado de cargos que en lo que interesa indica: la sucursal de laCajaCostarricense de Seguro Social, conforme lo dispone elartículo10delReglamentoparaVerificarelCumplimientodelasObligacionesPatronalesyTrabajadoresIndependientesdelaCaja,sepermitehacerdesuconocimientolosresultadosdelarevisiónsalarial efectuada por esta dependencia donde se han detectadoinicialmente las siguientes omisiones salariales a la institución de lostrabajadores:JoséManuelAriasVargasporlosmesesdejuliodedosmilsieteyenerodedosmilocho,DeyhvinEstradaQuesadaporelmesdejuliodedosmilsiete,JavierMoraNavarrojuliodedosmilsieteyeneroyfebrerodedosmilochoyÁlvaroRobertPiedraBarbozaporelmesdeenerodedosmilocho,eldetalledelperíodoysalariosomitidosconstaenhojasdetrabajoquerolanenelexpedienteadministrativo.TotalSalarios ¢686.914,00TotaldecuotasdeInvalidez,VejezyMuerte ¢49.802,00TotaldecuotasdeEnfermedadyMaternidad ¢101.320,00BancoPopularObrera ¢6.870,00FondodeCapitalizaciónLaboral ¢20.607,00FondodePensiónComplementariaObligatoria ¢3.434,00AportePatronalBancoPopular ¢1.718,00InstitutoNacionaldeSeguros ¢6.870,00

Consultaexpediente:enestaoficina,sitaSanIsidrodeElGeneral,PlazaComercialLosBetos,veinticincometrosalnortede la Cruz Roja Costarricense, teléfono 2771-3536, fax 2771-3825,seencuentraasudisposiciónelexpedienteparalosefectosquedisponelaLey.Selesconfiereunplazodediezdíashábilescontados a partir del quinto día siguiente de su publicación para ofrecerpruebasdedescargoyparahacerlasalegacionesjurídicaspertinentes.Seleprevienequedebeseñalarlugaromedioparaoírnotificacionesdentrodelperímetroadministrativoestablecidopor la Caja el mismo que para los efectos jurisdiccionales haestablecido laCorte Suprema de Justicia estableciéndose de lasiguienteforma:alsurhastalaentradaaBarrioSagradaFamilia,al norte hasta las instalacionesdelLiceoUnesco, al este hastala escuela de Barrio Sinaí y al oeste hasta la instalacionesdel Colegio la Asunción. De no indicar lugar o medio paranotificaciones lasresolucionesposterioresal trasladodecargossetendránpornotificadasconsoloeltranscursode24:00horascontadas a partir de la fecha de resolución. Notifíquese.—SanIsidrodeElGeneral,3dejuliode2014.—Lic.JorgeMinorMataArias.—1vez.—(IN2014053013).

PorignorarseeldomicilioactualdepatronoComandoOjodeÁguilaA&LSociedadAnónima,númeropatronal2-03101432423-001-001, número patronal anterior 9-00324089008-001-001,actividad de investigación y seguridad, de conformidad con lodispuestoenelnumeral241delaLeyGeneraldelaAdministraciónPública,seprocedeanotificarpormediodeedictoquelasucursaldelaCajaCostarricensedeSeguroSocialdePérezZeledón,hadictadoel traslado de cargos que en lo que interesa indica: la sucursal de la Caja Costarricense de Seguro Social, conforme lo dispone elartículo10delReglamentoparaVerificarelCumplimientode lasObligacionesPatronalesyTrabajadoresIndependientesdelaCaja,sepermitehacerdesuconocimiento los resultadosde la revisiónsalarial efectuada por esta dependencia donde se han detectadoinicialmente las siguientes omisiones salariales a la institución de los trabajadores: FranciscoMorales Quirós, cédula 602730137dejunio a octubre de dos mil ocho y Álvaro Valerio Jara, cédula203050501 de mayo a diciembre de dos mil ocho el detalle delperíodoysalariosomitidosconstaenhojasdetrabajoquerolanenelexpedienteadministrativo.TotalSalarios ¢2.219.382,00TotaldecuotasdeInvalidez,VejezyMuerte ¢160.905,20TotaldecuotasdeEnfermedadyMaternidad ¢327.358,85BancoPopularObrera ¢22.193,82FondodeCapitalizaciónlaboral ¢66.581,46FondodePensiónComplementariaObligatoria ¢11.096,91AportePatronalBancoPopular ¢5.548,46InstitutoNacionaldeSeguros ¢22.193,82

Consulta expediente: en esta oficina, sita San Isidro de ElGeneral, Plaza Comercial Los Betos, veinticincometros al nortede la Cruz Roja Costarricense, teléfono 2771-3536, fax 2771-3825,seencuentraasudisposiciónelexpedienteparalosefectosquedispone laLey.Se les confiereunplazodediezdíashábilescontados a partir del quinto día siguiente de su publicación para ofrecerpruebasdedescargoyparahacerlasalegacionesjurídicaspertinentes.SeleprevienequedebeseñalarlugaromedioparaoírnotificacionesdentrodelperímetroadministrativoestablecidoporlaCajaelmismoqueparalosefectosjurisdiccionaleshaestablecidolaCorteSupremadeJusticiaestableciéndosedelasiguienteforma:alsurhastalaentradaaBarrioSagradaFamilia,alnortehastalasinstalacionesdelLiceoUnesco,alestehasta laescueladeBarrioSinaí y al oeste hasta la instalaciones del Colegio laAsunción.De no indicar lugar omedio para notificaciones las resolucionesposteriores al traslado de cargos se tendrán por notificadas consoloel transcursode24:00horascontadasapartirde la fechaderesolución.Notifíquese.—San IsidrodeElGeneral, 3 de juliode2014.—Lic.JorgeMinorMataArias.—1vez.—(IN2014053004).

Por ignorarse el domicilio actual de patrono Costa RicaFour Seasons S. A., número patronal 2-03101295704-001-001,número patronal anterior 9-00032654005-001-000, actividad deconstrucción de edificios, de conformidad con lo dispuesto en elnumeral 241 de la LeyGeneral de laAdministración Pública, seprocedeanotificarpormediodeedictoquelasucursaldelaCajaCostarricense de Seguro Social de Pérez Zeledón, ha dictado eltraslado de cargos que en lo que interesa indica: la sucursal de la Caja Costarricense de Seguro Social, conforme lo dispone elartículo10delReglamentoparaVerificarelCumplimientode lasObligacionesPatronalesyTrabajadoresIndependientesdelaCaja,sepermitehacerdesuconocimiento los resultadosde la revisiónsalarial efectuada por esta dependencia donde se han detectadoinicialmente las siguientes omisiones salariales a la institución del trabajadorHenryHernándezSandí,titulardelacéduladeidentidadnúmerouno-ochocientostreintaydos-ochocientosdoce,porelmesdeabrildedosmilnueveeldetalledelperíodoysalariosomitidosconstaenhojasdetrabajoquerolanenelexpedienteadministrativo.TotalSalarios ¢190.000,00TotaldecuotasdeInvalidez,VejezyMuerte ¢13.775,00TotaldecuotasdeEnfermedadyMaternidad ¢28.025,00BancoPopularObrera ¢1.900,00FondodeCapitalizaciónlaboral ¢5.700,00FondodePensiónComplementariaObligatoria ¢950,00AportePatronalBancoPopular ¢475,00InstitutoNacionaldeSeguros ¢1.900,00

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La Gaceta Nº 169 — Miércoles 3 de setiembre del 2014 Pág 37

Consulta expediente: en esta oficina, sita San Isidro de ElGeneral, Plaza Comercial Los Betos, veinticincometros al nortede la Cruz Roja Costarricense, teléfono 2771-3536, fax 2771-3825,seencuentraasudisposiciónelexpedienteparalosefectosquedispone laLey.Se les confiereunplazodediezdíashábilescontados a partir del quinto día siguiente de su publicación para ofrecerpruebasdedescargoyparahacerlasalegacionesjurídicaspertinentes.SeleprevienequedebeseñalarlugaromedioparaoírnotificacionesdentrodelperímetroadministrativoestablecidoporlaCajaelmismoqueparalosefectosjurisdiccionaleshaestablecidolaCorteSupremadeJusticiaestableciéndosedelasiguienteforma:alsurhastalaentradaaBarrioSagradaFamilia,alnortehastalasinstalacionesdelLiceoUnesco,alestehasta laescueladeBarrioSinaí y al oeste hasta la instalaciones del Colegio laAsunción.De no indicar lugar omedio para notificaciones las resolucionesposteriores al traslado de cargos se tendrán por notificadas consoloel transcursode24:00horascontadasapartirde la fechaderesolución.Notifíquese.—San IsidrodeElGeneral, 3 de juliode2014.—Lic.JorgeMinorMataArias.—1vez.—(IN2014053037).

PorignorarseeldomicilioactualdepatronoSeguridadControlZetaSociedadAnónima,númeropatronal2-0301259706-001-001,número patronal anterior 9-00228419002-001-000, actividad deinvestigación y seguridad de conformidad con lo dispuesto en elnumeral 241 de la LeyGeneral de laAdministración Pública, seprocedeanotificarpormediodeedictoquelasucursaldelaCajaCostarricense de Seguro Social de Pérez Zeledón, ha dictado eltraslado de cargos que en lo que interesa indica: la sucursal de la Caja Costarricense de Seguro Social, conforme lo dispone elartículo10delReglamentoparaVerificarelCumplimientode lasObligacionesPatronalesyTrabajadoresIndependientesdelaCaja,sepermitehacerdesuconocimiento los resultadosde la revisiónsalarial efectuada por esta dependencia donde se han detectadoinicialmente las siguientes omisiones salariales a la institución del trabajador:MinorSolísNavarro, cédula uno-ochocientos noventaycinco-novecientosveintiochoporelperíododejuniodedosmilnueveasetiembrededosmildiez,eldetalledelperíodoysalariosomitidos consta en hojas de trabajo que rolan en el expedienteadministrativo.TotalSalarios ¢1.167.007,17TotaldecuotasdeInvalidez,VejezyMuerte ¢86.905,00TotaldecuotasdeEnfermedadyMaternidad ¢172.132,00BancoPopularObrera ¢11.172,00FondodeCapitalizaciónlaboral ¢35.009,00FondodePensiónComplementariaObligatoria ¢5.832,00AportePatronalBancoPopular ¢2.918,00InstitutoNacionaldeSeguros ¢11.674,00

Consulta expediente: en esta oficina, sita San Isidro de ElGeneral, Plaza Comercial Los Betos, veinticincometros al nortede la Cruz Roja Costarricense, teléfono 2771-3536, fax 2771-3825,seencuentraasudisposiciónelexpedienteparalosefectosquedispone laLey.Se les confiereunplazodediezdíashábilescontados a partir del quinto día siguiente de su publicación para ofrecerpruebasdedescargoyparahacerlasalegacionesjurídicaspertinentes.SeleprevienequedebeseñalarlugaromedioparaoírnotificacionesdentrodelperímetroadministrativoestablecidoporlaCajaelmismoqueparalosefectosjurisdiccionaleshaestablecidolaCorteSupremadeJusticiaestableciéndosedelasiguienteforma:alsurhastalaentradaaBarrioSagradaFamilia,alnortehastalasinstalacionesdelLiceoUnesco,alestehasta laescueladeBarrioSinaí y al oeste hasta la instalaciones del Colegio laAsunción.De no indicar lugar omedio para notificaciones las resolucionesposteriores al traslado de cargos se tendrán por notificadas consoloel transcursode24:00horascontadasapartirde la fechaderesolución.Notifíquese.—San IsidrodeElGeneral, 3 de juliode2014.—Lic.JorgeMinorMataArias.—1vez.—(IN2014053039).

PorignorarseeldomicilioactualdepatronoTromitoSociedadAnónima, número patronal 2-03101253241-001-001, númeropatronal anterior 9-00248794002-001-000, otras actividades deentretenimiento,deconformidadconlodispuestoenelnumeral241delaLeyGeneraldelaAdministraciónPública,seprocedeanotificar

Por ignorarse el domicilio actual de patronoOfimensajerosSociedad Anónima, número patronal 2-03101143661-001-001,número patronal anterior 9-243139000-001-000, actividad decorreo en distintas de la actividades postales nacionales, deconformidadconlodispuestoenelnumeral241delaLeyGeneraldelaAdministraciónPública,seprocedeanotificarpormediodeedicto,que la sucursalde laCajaCostarricensedeSeguroSocialdePérezZeledón,hadictadoel trasladodecargosqueen loqueinteresaindica:lasucursaldelaCajaCostarricensedeSeguroSocial,conforme lodisponeel artículo10delReglamentoparaVerificarel Cumplimiento de las Obligaciones Patronales y TrabajadoresIndependientesdelaCaja,sepermitehacerdesuconocimientolosresultados de la revisión salarial efectuada por esta dependenciadonde se han detectado inicialmente las siguientes omisionessalarialesa laInstitución,del trabajador:DavisIvánParraVindascédula1-1110-0999porlosmesesdefebrero,marzoyabrildedosmilcinco,eldetalledelperíodoysalariosomitidosconstaenhojasdetrabajoquerolanenelexpedienteadministrativo.TotalSalarios ¢220.354,00TotaldecuotasdeInvalidez,VejezyMuerte ¢15.975,67TotaldecuotasdeEnfermedadyMaternidad ¢32.502,22BancoPopularObrera ¢2.203,54FondodeCapitalizaciónlaboral ¢6.610,62FondodePensiónComplementariaObligatoria ¢1.101,77AportePatronalBancoPopular ¢550,89InstitutoNacionaldeSeguros ¢2.203,54

Consulta expediente: en esta oficina, sita San Isidro de ElGeneral, Plaza Comercial Los Betos, veinticincometros al nortede la Cruz Roja Costarricense, teléfono 2771-3536, fax 2771-3825,seencuentraasudisposiciónelexpedienteparalosefectosquedispone laLey.Se les confiereunplazodediezdíashábilescontados a partir del quinto día siguiente de su publicación para ofrecerpruebasdedescargoyparahacerlasalegacionesjurídicaspertinentes.SeleprevienequedebeseñalarlugaromedioparaoírnotificacionesdentrodelperímetroadministrativoestablecidoporlaCajaelmismoqueparalosefectosjurisdiccionaleshaestablecidolaCorteSupremadeJusticiaestableciéndosedelasiguienteforma:alsurhastalaentradaaBarrioSagradaFamilia,alnortehastalasinstalacionesdelLiceoUnesco,alestehasta laescueladeBarrioSinaí y al oeste hasta la instalaciones del Colegio laAsunción.De no indicar lugar omedio para notificaciones las resolucionesposteriores al traslado de cargos se tendrán por notificadas consoloel transcursode24:00horascontadasapartirde la fechaderesolución.Notifíquese.—San IsidrodeElGeneral, 3 de juliode2014.—Lic.JorgeMinorMataArias.—1vez.—(IN2014053035).

PorignorarseeldomicilioactualdepatronoRobelideBelénSociedad Anónima, número patronal 2-03101205474-002-001,número patronal anterior 9-00280901006-001-000, actividad deventaalpormayor;productostextiles,prendasdevestir,calzadoyartículos de cuero, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 241delaLeyGeneraldelaAdministraciónPública,seprocedeanotificarpormediodeedictoquelasucursaldelaCajaCostarricensedeSeguroSocialdePérezZeledón,hadictadoeltrasladodecargosqueenloqueinteresaindica:lasucursaldelaCajaCostarricensedeSeguroSocial,conformelodisponeelartículo10delReglamentopara Verificar el Cumplimiento de las Obligaciones PatronalesyTrabajadores Independientes de laCaja se permite hacer de suconocimiento los resultados de la revisión salarial efectuada porestadependenciadondesehandetectadoinicialmentelassiguientesomisionessalarialesalaInstitución,delatrabajadora:YuriAdrianaUmaña Quirós, cédula número uno-mil trescientos veintisiete-cuatrocientosochentaynueveporlosmesesdejunio,julioyagostodedosmildiez,eldetalledelperíodoysalariosomitidosconstaenhojasdetrabajoquerolanenelexpedienteadministrativo.TotalSalarios ¢460.529,95TotaldecuotasdeInvalidez,VejezyMuerte ¢34.954,00TotaldecuotasdeEnfermedadyMaternidad ¢67.928,00BancoPopularObrera ¢4.605,00FondodeCapitalizaciónLaboral ¢13.816,00FondodePensiónComplementariaObligatoria ¢2.303,00AportePatronalBancoPopular ¢1.157,00InstitutoNacionaldeSeguros ¢4.605,00

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Pág 38 La Gaceta Nº 169 — Miércoles 3 de setiembre del 2014

Consulta expediente: en esta oficina, sita San Isidro de ElGeneral,plazacomercialLosBetos,veinticincometrosalnortedelaCruzRojaCostarricense, teléfono27713536, fax27713825, seencuentraasudisposiciónelexpedienteparalosefectosquedisponelaLey.Selesconfiereunplazodediezdíashábilescontadosapartirdel quinto día siguiente de su publicación, para ofrecer pruebas de descargo y para hacer las alegaciones jurídicas pertinentes. Se leprevienequedebeseñalarlugaromedioparaoírnotificacionesdentrodelperímetroadministrativoestablecidoporlaCaja,elmismoquepara los efectos jurisdiccionales ha establecido laCorte Supremade Justicia estableciéndose de la siguiente forma: al sur hasta laentrada a barrio Sagrada Familia, al norte hasta las instalacionesdelLiceoUnesco,alestehastalaescueladebarrioSinaíyaloestehastalainstalacionesdelColegioLaAsunción.Denoindicarlugaromedioparanotificaciones,lasresolucionesposterioresaltrasladodecargossetendránpornotificadasconsoloeltranscursode24:00horascontadasapartirdelafechaderesolución.Notifíquese.—SanIsidrodeElGeneral, tresdejuliodedosmilcatorce.—Lic.JorgeMinorMataArias.—1vez.—(IN2014053046).

JUNTA DE PENSIONES Y JUBILACIONESDEL MAGISTERIO NACIONAL

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZElDepartamentoConcesióndeDerechos,notifica:LaJunta

dePensionesyJubilacionesdelMagisterioNacional,citayemplazaalassiguientespersonas,asaber:NavarroMongeEmérita,cédulade identidad N° 9-0004-0663, RobinsonMary Esther, cédula deidentidad N° 11-4037-2374 y Sáenz Blandón Teresa, cédula deidentidad N° 8-0017-0784, ambas beneficiarias de una pensiónsucesoria por el Régimen delMagisterio Nacional o a quien(es)tenga(n)algúninterésrelacionado,paraquedentrodelplazodeunmes calendario, contado a partir de la tercera publicación de este aviso,paraqueseapersonenalasoficinascentralesdeestaJunta,sita en San José, calle 21, avenidas 8 y 10, en el DepartamentoConcesión de Derechos, para hacer valer la permanencia de susderechos de sobrevivencia. Superado el plazo sin que existaapersonamientoalguno,seprocederáagestionarante laTesoreríaNacionaldelMinisteriodeHacienda,laexclusióndefinitivadelosderechos sucesorios de planillas de pensionados del MagisterioNacional.—San José, 24 de julio del 2014.—DepartamentoConcesión deDerechos.—Gloria ElenaChavesAcuña, Jefa.—O.C.Nº32551.—SolicitudNº34832.—C-64180.—(IN2014053033).

MUNICIPALIDADESMUNICIPALIDAD DE DESAMPARADOS

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZDeconformidada lodispuestoenelartículo241de laLey

General de la Administración Pública y por cuanto, se detectóla realización de obras constructivas sin contar con permiso deconstrucciónaprobadoporestaMunicipalidadydemásinstitucionesrelacionadas, en el sitio que se ubica en El Llano en el distrito de San Miguel,50malsurdelEBAIS,dadalaimposibilidaddelocalizareneldomicilioalospropietariosdelosderechosyqueexpresamentenoseseñalóunlugaromediopararecibirnotificaciones,seordenapublicar tres veces consecutivasmediante edicto la resolucióndelaUnidaddeControlUrbanodelasdiezhorasycincuentaminutosdelcatorcedeenerodelañodosmiltrece,lacualdice:resoluciónprocedimiento especial sancionatorio por incumplimientos urbanos seguido por la unidad de control urbano de la Municipalidad de Desamparados contra: Juan José Padilla Mora, cedula identidad1-0706-0874;MichaelVinicioDelgadoHidalgo,cedula identidad1-1159-0321; Elizabeth Padilla Mora, cedula identidad 1-0627-0099, Gricelda Delgado Ureña, cedula identidad 1-0277-0262;GabrieldelSocorroBarbozaPadilla,cedulaidentidad6-0257-0660,Edgar Alexis Delgado Ceciliano, cedula identidad 1-0533-0624;ManuelDelgadoCeciliano,cedulaidentidad1-0559-0818;MichaelVinicio Delgado Hidalgo cédula: 1-1159-0321; Didier AlexisDelgadoHidalgo, cedula identidad 1-1126-0801;MaritzaMuñozDelgado cedula de identidad 1-636-935 representante legal deInmobiliaria Nakaro del Medio Oriente Sociedad Anónima, cedula jurídica número 3-101-285270; Mayra Lidiette de lo Delgado

pormedio de edicto, que la sucursal de laCajaCostarricense deSeguroSocialdePérezZeledón,hadictadoeltrasladodecargosqueenloqueinteresa indica:Lasucursalde laCajaCostarricensedeSeguroSocial,conformelodisponeelartículo10delReglamentopara Verificar el Cumplimiento de las Obligaciones PatronalesyTrabajadores Independientesde laCaja, sepermitehacerde suconocimientolosresultadosdelarevisiónsalarialefectuadaporestaDependencia, donde se han detectado inicialmente las siguientesomisiones salariales a la Institución, de los trabajadores: BernyGamboa Hernández cédula 110300232 por los meses de enero,marzo,abril,mayoyjuniodedosmiltrece,HenrickNormanPhillipsnúmerodeidentificacióndeextranjero7-00970929deeneroajuniodedosmiltrece,DannyJosuéQuesadaValverdecédula113060883setiembrededosmildiezenero,marzo,abril,mayoyjuniodedosmiltreceySharonRojasBarquerocédula112990739porlosmesesdeoctubre,noviembreydiciembrededosmildoceydeeneroajunio de dosmil trece, el detalle del período y salarios omitidosconstaenhojasdetrabajoquerolanenelexpedienteadministrativo.TotalSalarios ¢3.996.398.75TotaldecuotasdeInvalidez,VejezyMuerte ¢303.326.00TotaldecuotasdeEnfermedadyMaternidad ¢589.467.00BancoPopularObrera ¢39.962.00FondodeCapitalizaciónlaboral ¢119.892.00FondodePensiónComplementariaObligatoria ¢19.991.00AportePatronalBancoPopular ¢9.991.00InstitutoNacionaldeSeguros ¢39.962.00

Consulta expediente: en esta oficina, sita San Isidro de ElGeneral,plazacomercialLosBetos,veinticincometrosalnortedelaCruzRojaCostarricense, teléfono27713536, fax27713825, seencuentraasudisposiciónelexpedienteparalosefectosquedisponelaLey.Selesconfiereunplazodediezdíashábilescontadosapartirdel quinto día siguiente de su publicación, para ofrecer pruebas de descargo y para hacer las alegaciones jurídicas pertinentes. Se leprevienequedebeseñalarlugaromedioparaoírnotificacionesdentrodelperímetroadministrativoestablecidoporlaCaja,elmismoquepara los efectos jurisdiccionales ha establecido laCorte Supremade Justicia estableciéndose de la siguiente forma: al sur, hasta laentrada abarrioSagradaFamilia, al norte, hasta las instalacionesdelliceoUnesco,aleste,hastalaescueladebarrioSinaíyaloeste,hastalasinstalacionesdelcolegioLaAsunción.Denoindicarlugaromedioparanotificaciones,lasresolucionesposterioresaltrasladodecargossetendránpornotificadasconsoloeltranscursode24:00horascontadasapartirdelafechaderesolución.Notifíquese.—SanIsidrodeElGeneral, tresdejuliodedosmilcatorce.—Lic.JorgeMinorMataArias.—1vez.—(IN2014053042).

Por ignorarseeldomicilioactualdepatronoWillianMongeCastro,númeropatronal0-00106230379-001-001,númeropatronalanterior9-00309579009-001-000,actividaddetransportedecargaporcarretera,deconformidadconlodispuestoenelnumeral241delaLeyGeneraldelaAdministraciónPública,seprocedeanotificarpormedio de edicto, que la sucursal de laCajaCostarricense deSeguroSocialdePérezZeledón,hadictadoelTrasladodeCargosqueenloqueinteresaindica:lasucursaldelaCajaCostarricensedeSeguroSocial,conformelodisponeelartículo10delReglamentopara Verificar el Cumplimiento de las Obligaciones PatronalesyTrabajadores Independientesde laCaja, sepermitehacerde suconocimientolosresultadosdelarevisiónsalarialefectuadaporestaDependencia, donde se han detectado inicialmente las siguientesomisionessalarialesalaInstitución,deltrabajador:JuanJoséMarínSalazar cédula número seis-ochocientos cuarenta-novecientosochentaynueve,eldetalledelperíodoysalariosomitidosconstaenhojasdetrabajoquerolanenelexpedienteadministrativo.TotalSalarios ¢114.627,00TotaldecuotasdeInvalidez,VejezyMuerte ¢8.311,00TotaldecuotasdeEnfermedadyMaternidad ¢16.907,00BancoPopularObrera ¢1.146,00FondodeCapitalizaciónlaboral ¢3.439,00FondodePensiónComplementariaObligatoria ¢573,00AportePatronalBancoPopular ¢287,00InstitutoNacionaldeSeguros ¢1.146,00

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La Gaceta Nº 169 — Miércoles 3 de setiembre del 2014 Pág 39

delasdiversasinstitucionesquetienencompetenciaenestostemasylarealizacióndelosestudiostécnicosnecesarios.Queeldesarrollodeunprocesodeurbanizacióninformaleilegalconllevaunaseriede riesgos a la integridad de las personas como de las propiedades. Sexto:Elartículo93delaLeydeConstrucciones,establecequeseledebefijaraladministradounplazode30díasparaqueprocedaaponeraderecholaobra,yaseapresentandoelproyecto,solicitandola licencia, etc. Sétimo:Que a la fecha ninguna de las gestionesrealizadosculminóenlaaprobacióndeunpermisodeconstrucciónqueresulteenlalegalizacióndelasobrasyporlotantolasmismasconservansuestadodeilegalidad.Octavo:Queenvistaaltiempotranscurridodesdelanotificacióndelprocedimientoadministrativoy que la Administración no ejecutó la demolición de las obrasrealizadas sin permiso, se determina la realización de un nuevoprocedimientodebidoalamoraadministrativapresentada.Noveno:Queelartículo93delaLeydeConstrucciones,establecequeseledebefijaraladministradounplazode30díasparaqueprocedaaponeraderecholaobra,yaseapresentandoelproyecto,solicitandolalicencia,etc.Portanto:Seotorgaunplazodetreintadíashábiles,apartirdelanotificacióndeestaresolución,alospropietariosparademoler la construcción que no cuenta con Licencia Municipal y porendenoestarajustadaalaNormativaVigente,casocontrariolaMunicipalidadprocederáaejecutarlademolicióndeconformidadcon el Artículo 96 de la Ley de Construcciones. Notifíquese.Se hace de conocimiento de los interesados que en contra de lapresente resolución puede presentar los recursos administrativosderevocatoriayapelacióndentrodeloscincodíasposterioresalanotificacióndelapresenteresolución.Asímismoseleadviertequeen caso de que interponga los mismos debe indicar un lugar o medio pararecibirnotificaciones.—Desamparados,4dejuliode2014.—Arq.GustavoZeledónCéspedes.—(IN2014052887).

Deconformidada lodispuestoenelartículo241de laLeyGeneral de laAdministraciónPública y por cuanto, se detectó larealización de obras constructivas sin contar con permiso deconstrucciónaprobadoporestaMunicipalidadydemásinstitucionesrelacionadas,enelsitioqueseubicaenElLlanoenelDistritodeSanMiguel,50malsurdelEBAISyquedebidoaquenosehapodidorealizarunprocesodenotificaciones,dadalaimposibilidaddelocalizareneldomicilioalospropietariosdelosderechosyqueexpresamente no se señaló un lugar o medio para recibirnotificaciones,seordenapublicartresvecesconsecutivasmedianteedicto la resolución de laUnidad deControlUrbano de las diezhorasycincuentaminutosdelcuatrodejuliodelañodosmilcatorce,la cual dice: resolución procedimiento especial sancionatorio por incumplimientos urbanos seguido por la unidad de control urbano delaMunicipalidaddeDesamparadoscontra:JorgeLuisChaverríSánchez, cédula 3-0218-0289 yAida LuzMurilloTorres, cédula3-0213-0646RepresentantesLegalesdeCEMConstructoraEstradayMurilloS.A.,cédulajurídica3-101-263655,JairoEmirGutiérrezBlandon, cédula residencia 1558091082101; Cecilia del CarmenGutiérrezCastillo,cédularesidencia155812666504;LauraGuzmánJara,cédulaidentidad1-892-434;AlexanderJoséMoralesGarcía,cédula identidad 9-110-721, Maribel Camacho Salgado, cédulaidentidad9-077-615;JennyOrtizOporta,cédula identidad5-309-999;RigobertoAguileraGutiérrez,cédulaidentidad3-0340-0526;ElsaMaríaBorbónJiménez,cédulaidentidad1-0501-0344,VirginiaChinchilla Borbón, cédula identidad 1-1164-0411; Olga NúñezCéspedes, cédula identidad 1-0650-0456; Cinthya Premela RojasNuñez, cédula identidad 1-1128-0703;Aida Luz Murillo Torres,cédula 3-0213-0646 y JorgeDamianChaverriMurillo, cédula deidentidad 3-0363-0044 Representantes de White Horse FarmSociedad Anónima; Germán Enrique Martínez Martínez, cédularesidencia 155811136817; Hernán Hernández Mora, cédulaidentidad 3-0262-0271, representante legal de Renis SociedadAnónima, cédula jurídica 3-101-231096; Joseph Gerardo GarcíaRomero, cédula identidad 1-1145-0526; Mardy Virginia ArceAlvarez, cédula residencia 155802197229; Gabriela OsornoMoraga, cédula identidad1-1036-0039;WladimirGerardoTorresMontiel, cédula identidad:1-0843-0057; José Antonio ReyesCubillo, cédula identidad 6-0324-0490; Carlos Enrique VásquezLeiva, Cédula de Residencia 1-55804762436; Jessica GonzálezGutiérrez, cédula identidad 1-1009-0555; José Alberto Girón

Ureña, cedula identidad 1-0578-0346; Marlene Ana SocorroDelgado Ureña, cedula identidad 1-0699-0325; Xinia de JesúsDelgado Ureña, cedula identidad 1-0797-0516; Kimaura RoshelDelgadoHidalgo, cedula identidad 1-1361-0882;DidierDelgadoUreña,cedulaidentidad1-0538-0428.

La Unidad de Control Urbano de la Municipalidad deDesamparados, a las diez horas con cincuentaminutos del 4 dejuliode2014,resuelve:Resultando:Primero:Quesegúnconsultarealizada alRegistroNacional, la finca 1-82817, no indica planodecatastro.Dichafincapresentaalaspersonasantesmencionadascomopropietariosdealmenosunderechosobreelbieninmueble.Segundo:QueenlabasededatosdeControlUrbanoydeBienesInmuebles se registra el siguiente permiso de construcción para la propiedadenmención:1.PC033-2007paraampliacióndeviviendade 40m². Tercero: Que la Municipalidad realizó ProcedimientoEspecial Sancionatorio a los propietarios en el año 2011, dichoprocedimientosepublicóenelDiarioOficialLa Gaceta, los días 25deabrilde2013,el26deabrilde20132011y29deabrilde2013,Gacetas79,80y81respetivamente.Cuarto:QuesegúnloindicadoenelArtículo150delaLeyGeneraldelaAdministraciónPública,laMunicipalidadnotificounaintimación,lacualsepublicóen La Gaceta,losdías15dejuliode2011,18dejuliode2011y19dejuliode2011,Gacetas135,138y139respectivamente.Quinto:QuemediantetrámitesdePlataformadeServiciosnúmeros5870-2012y8402-2012sepresentóantelaMunicipalidadunapropuestadeproyectourbanísticopara legalizar las construcciones ilegales,mediante oficios CU-e-130-03-2012 del 16 de marzo de 2012 yUPT-095-05-2012del21demayode2012serespondióamismainformando de los requerimientos técnicos pendientes de aportar. Sexto:QuemediantetramitesdePlataformadeServicios2779-2013ytrasladodeAlcaldíaMunicipalAM102-2013,sepresentóporpartedel IngenieroArmandoCampos,otrapropuestade regularizaciónde las construcciones ilegales, dichas consultas se respondieronmediantelosoficiosDUUCU-078-2013del11defebrerode2013yDUUCU-144-2013del11demarzode2013.Sétimo:Quea lafechaningunadelasgestionesrealizadosculminóenlaaprobacióndeunpermisodeconstrucciónqueresulteenlalegalizacióndelasobrasyporlotantolasmismasconservansuestadodeilegalidad.Considerando:Primero:QueelArt.74delaLeydeConstrucciones,indica lo siguiente: “Licencias. Toda obra relacionada con la construcción,queseejecuteenlaspoblacionesdelaRepública,seadecarácterpermanenteoprovisional,deberáejecutarseconlicenciadelaMunicipalidadcorrespondiente.”Segundo:Queeninspecciónrealizadaeldía24deenerode2013,seencuentranconstruccionesquemuestranlossiguientesincumplimientosaniveldenormativaurbana: Realización de obras sin contar con LicenciaMunicipal,Movimientode tierras, terraceoyzanjeo, Aperturadecaminodeacceso, proceso de lotificación y urbanización, Construcción deviviendas.Tercero:Que según elMapa de Zonificación del PlandeOrdenamientoParcialdelCantóndeDesamparados,publicadoen La Gaceta 243 del 17 de diciembre de 2007; la propiedad seubica en Zona Residencial de Baja Densidad la cual estableceretiros, parámetros de densidad y cobertura, los cuales fueronirrespetadoseneldesarrolloquesedaenel sitio.Cuarto:Que laLey de Construcciones establece un procedimiento especial al que laMunicipalidaddebeajustarseparaprocederencasodeverificarlaexistenciadeobrasrealizadassincontarconpermisodeconstrucción.DichoprocedimientoseencuentrareguladoenlosArtículos93al96delaLeydeConstrucciones.Unavezcumplidoesteprocedimientoy en caso de que las construcciones no se pongan a derecho, laAdministración queda facultada para disponer la destrucción de las obrasoejecutarlaporsimismaacuentadelpropietario.Quinto:Quesegún el InformeTécnicoDeslizamientoAltoTablazo,QuebradaReyes,PM-INF-1506-2009,elGeólogoJulioMadrigalMora,indicólosiguiente,enreferenciaalaproblemáticaqueseestádandoalolargodelaQuebradaReyes:“…queseubicanalolargodelcaucede laquebrada,declaradodeAltaAmenazapor Inundación,flujode lodoysocavamiento…”“Elgradodeamenazaes intermedioyel tipo de infraestructura que puede ser afectada es el puente sobre laQuebradaReyesoelposiblerepresamientodematerialdebidoalarrastreaguasabajodesedimento,árbolesyrocas.”Deestaforma,alestarlapropiedadincluidaenunazonaquepresentaunaafectaciónporamenazadeeventosdeinundaciónyotros,serequieredelaval

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desdeelmomentodesuconcesión.Sienelañodevigencianosehainiciadolasobras,elinteresadodeberenovarelpermisoparainiciar.Silaobraseiniciaeneltranscursodeeseaño,elpermisotiene una validez de tres años.Después de esto prescribirá y elinteresado debe realizar de nuevo trámite todo el trámitecorrespondiente.Sienestelapsonosehanejecutadolasobraselinteresado debe renovar el permiso y cumplir los requisitosnuevamente. La resolución por prórroga por otro período igualpodrácondicionarseodenegarseconformealasnormasvigentesdelasNormasdeOrdenamientoUrbanoalafechadesolicitud.Sielinteresadohacanceladolosimpuestosynoretiralosdocumentoscorrespondientes laDireccióndeDesarrolloUrbanohará retirosdeoficioaltérminodesiete(7)díashábilesdespuésdecanceladoelimpuesto,luegodelocualseiniciarálavigenciadelpermiso.”(Elsubrayadonoesdeloriginal)DeestaformaresultaclaroquelaLicenciaMunicipalquedatadelaño2001,noseencuentravigentealdíadehoy,asíquelasobrasqueseestánrealizandodentrodelapropiedad, no cuentan con ninguna aprobación municipal. Cuarto: Que según el Mapa de Zonificación del Plan de OrdenamientoParcialdelCantóndeDesamparados,publicadoenLa Gaceta243del 17 de diciembre de 2007; la propiedad se ubica en ZonaResidencialdeBajaDensidadlacualestableceretiros,parámetrosde densidad y cobertura, los cuales son irrespetados en el desarrollo que se da en el sitio. Quinto: Que la Ley de Construccionesestablece un procedimiento especial al que la Municipalidad debe ajustarseparaprocederencasodeverificarlaexistenciadeobrasrealizadas sin contar con permiso de construcción. DichoprocedimientoseencuentrareguladoenlosArtículos93al96delaLeydeConstrucciones.Unavezcumplidoesteprocedimientoyen caso de que las construcciones no se pongan a derecho, laAdministración queda facultada para disponer la destrucción de lasobrasoejecutarlaporsimismaacuentadelpropietario.Sexto:Que según el Informe Técnicos Deslizamiento Alto Tablazo,QuebradaReyes, PM-INF-1506-2009, elGeólogo JulioMadrigalMora,indicólosiguiente,enreferenciaalaproblemáticaqueseestadandoalolargodelaQuebradaReyes:“…queseubicanalolargodelcaucedelaquebrada,declaradodeAltaAmenazaporInundación,flujodelodoysocavamiento…”“Elgradodeamenazaesintermedioy el tipo de infraestructura que puede ser afectada es el puente sobre laQuebradaReyesoelposiblerepresamientodematerialdebidoalarrastreaguasdebajodesedimento,árbolesyrocas.”Deestaformaalestarlapropiedadincluidaenunazonaquepresentaunaafectaciónporamenazadeeventosdeinundaciónyotros,serequieredelavaldelasdiversasinstitucionesquetienencompetenciaenestostemasylarealizacióndelosestudiostécnicosnecesarios.Queeldesarrollodeunprocesodeurbanizacióninformaleilegalconllevaunaseriede riesgos a la integridad de las personas como de las propiedades. Septimo:Quealafechaningunadelasgestionesrealizadosculminóen la aprobación de un permiso de construcción que resulte en la legalización de las obras y por lo tanto lasmismas conservan suestadode ilegalidad.Octavo:Queenvista al tiempo transcurridodesde la notificación del procedimiento administrativo y que laAdministraciónnoejecutólademolicióndelasobrasrealizadassinpermiso, se determina la realización de un nuevo procedimientodebidoalamoraadministrativapresentada.Noveno:Queelartículo93de laLeydeConstrucciones, establece que se le debefijar aladministradounplazode30díasparaqueprocedaaponeraderechola obra, ya sea presentando el proyecto, solicitando la licencia, etc. Portanto:Seotorgaunplazodetreintadíashábiles,apartirdelanotificacióndeesta resolución,a lospropietariosparademoler laconstrucción que no cuenta con Licencia Municipal y por ende no estarajustadaalaNormativaVigente,casocontrariolaMunicipalidadprocederáaejecutarlademolicióndeconformidadconelArtículo96delaLeydeConstrucciones.Notifíquese.Sehacedeconocimientode los interesados que en contra de la presente resolución puede presentar los recursos administrativos de revocatoria y apelacióndentrodeloscincodíasposterioresalanotificacióndelapresenteresolución.Asímismoseleadviertequeencasodequeinterpongalos mismos debe indicar un lugar o medio para recibir notificaciones.—Desamparados,4dejuliode2014.—Arq.GustavoZeledónCéspedes.—(IN2014052894).

Cañate, Cédula Residencia 159100160524; Gloria Josefa LunaMurillo, cédula identidad8-0102-0827;SoniaHernándezPadilla,cédula identidad1-0327-0664,ShirleyMarínHernández,cédulaidentidad; 1-0813-0768. Huber Eliecer Garro Chinchilla, cédulaidentidad 1-1246-0563, Carlos Enrique Vasquez Leiva, cédulaResidencia155804762436;YesseniaMaríaMarotaRuíz,pasaporteC647984;WilberHidalgoConejo, cedula identidad1-0632-0455,Dylana Francela Cascante Hernández, cédula identidad 1-0975-0290;RosaArgentinaRamírezLunapasaporteC0973411;BonniePorter carnet de residente 08432 Representante Legal Chaz deOriente Sociedad Anónima 3-101-132696, Bismark AntonioRamírez López; cedula Residencia 155801517623; MaritaBallestero Ruíz, cedula identidad 6-0188-0851. La Unidad deControlUrbanodeLaMunicipalidaddeDesamparadosa lasdiezhoras con cincuenta minutos del 4 de julio de 2014, Resuelve:Resultando: Primero: Que según consulta realizada al RegistroNacional, la finca 1-517249, plano de catastro SJ-682272-2001,presenta a las personas antes mencionadas como propietarios de al menosunderechosobreelbieninmueble.Segundo:QueenlabasededatosdeControlUrbanoydeBienesInmueblesseregistranlossiguientes permisos de construcción para la propiedad en mención: 1. PC 653 2001, a nombre de InversionesVillaKaren S.A, porconceptodeconstruccióndeObrasde InfraestructuraUrbanísticaProyectoLaFe, permiso que se encuentra sin vigencia, según loestablecidoeneloficioPPTU-i-008-10-2010.2.PC 1572010,anombre de CEM Constructora Estrada y Murillo Sociedad Anónima, por concepto de construcción de obras de infraestructura para servidumbre.Enestecasolasobrasqueseestándesarrollandoenlapropiedadnocorrespondenaloplanteadoendichasolicitudporloque tampoco se otorgó permiso de construcción.Tercero:Que laMunicipalidadrealizóProcedimientoEspecialSancionatorioa lospropietariosenelaño2011,dichoprocedimientosepublicóenelDiarioOficialLa Gaceta,losdías7demarzode2011,8demarzode2011y9demarzode2011,Gacetas46,47y48respetivamente.Cuarto:QuesegúnloindicadoenelArtículo150delaLeyGeneralde la Administración Pública, la Municipalidad notifico unaintimación, la cual se publicó en La Gaceta,losdías15dejuliode2011,18dejuliode2011y19dejuliode2011,Gacetas135,138y139respectivamente.Quinto:QuemediantetrámitesdePlataformadeServiciosnúmeros5870-2012y8402-2012sepresentóante laMunicipalidadunapropuestadeproyectourbanísticoparalegalizarlasconstruccionesilegales,medianteoficiosCU-e-130-03-2012del16demarzode2012yUPT-095-05-2012del21demayode2012se respondió a misma informando de los requerimientos técnicos pendientesdeaportar.Sexto:QuemediantetramitesdePlataformade Servicios 2779-2013 y traslado deAlcaldíaAM 102-2013, sepresentó por parte del Ingeniero Armando Campos, otra propuesta deregularizacióndelasconstruccionesilegales,dichasconsultasserespondieron mediante los oficios DUUCU-078-2013 del 11 defebrero de 2013 y DUUCU-144-2013 del 11 demarzo de 2013.Considerando:Primero:QueelArt.74delaLeydeConstrucciones,indica lo siguiente: “Licencias. Toda obra relacionada con la construcción,queseejecuteenlaspoblacionesdelaRepública,seadecarácterpermanenteoprovisional,deberáejecutarseconlicenciadelaMunicipalidadcorrespondiente.”Segundo:Queeninspecciónrealizadaeldía4deoctubrede2010seencuentranconstruccionesquemuestranlossiguientesincumplimientosaniveldenormativaurbana: Realización de obras sin contar con LicenciaMunicipal,Movimiento de tierras, terraceo y zanjeo, Construcción de murofrontal,Apertura de camino de acceso, proceso de lotificación yurbanización,Construccióndeviviendas.Tercero:Queparaelaño2001seencontrabaenvigenciaelReglamentodeFraccionamientoUrbanización, Condominio y Construcción, Municipalidad deDesamparados,elcualfuepublicadoenLaGacetanúmero139del19dejuliodelaño2000,queentroenvigenciael29dejuliodelaño2000, enelcualseenumeran lascondicionesydemásrequisitosrelacionados a los permisos de construcción; en este sentido yhaciendomención a la vigenciade los permisosde construcción,resultaimportante,destacarloindicadoenelArtículo92dedichoReglamento: “Artículo 92.—Vigencia de los permisos y visados:Lospermisosyvisadosdeusodelsuelo,anteproyecto,descargadeaguas pluviales y alineamiento, otorgados por la Dirección deDesarrolloUrbanoyRural,tendránunavigenciadeunañonatural