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LA UNIÓN EUROPEA Y BIZKAIA – 2007

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I. LA INTEGRACIÓN EUROPEA

I. 1. EL TRATADO DE LA REFORMA DE LOS TRATADOS CONSTITUTIVOS (EL TRATADO DE LISBOA).

I. 2. LA SEXTA AMPLIACION DE LA UNION EUROPEA: RUMANIA Y BULGARIA. Nuevos comisarios, Elecciones al Parlamento Europeo y nuevos idiomas oficiales de la Unión

I. 3. LA NUEVA ESTRATEGIA DE LA UNION SOBRE NUEVAS AMPLIACIONES

I. 4. AMPLIACION DE LA UNION MONETARIA EUROPEA: ESLOVENIA, MALTA Y CHIPRE. EL EURO EN LOS MERCADOS INTERNACIONALES

I. 5. AMPLIACION DEL ESPACIO SCHENGEN AL ESTE

I. 6. LA POLITICA DE COHESION 2007-2013

II. LA ACTUALIDAD ECONÓMICA DE LA UE – INICIATIVAS DE INTERÉS PARA LAS EMPRESAS DE BIZKAIA

II. 1. LA UNIÓN MONETARIA EUROPEA: NUEVAS SUBIDAS DE LOS TIPOS DE INTERÉS

II.2. NUEVAS INICIATIVAS RELEVANTES EN LA CREACIÓN DEL MERCADO UNICOEUROPEOII.2.1. REGLAMENTO SOBRE TARIFAS DEL USO DEL TELEFONO MOVIL EN EL

EXTRANJERO (ROAMING) II.2.2. LA DIRECTIVA DE SERVICIOS DE PAGO Y LA ZONA UNICA DE PAGOS

DEL EURO (SEPA) II.2.3. DIRECTIVA SOBRE CREDITOS AL CONSUMO II.2.4. LIBERALIZACION DE LOS SERVICIOS POSTALES II.2.5. MERCADO DE TELECOMUNICACIONES: PROPUESTA DE REFORMA DE

LA COMISION EUROPEA II.3. NUEVAS INICIATIVAS RELEVANTES EN EL DESARROLLO DE POLITICAS

COMUNITARIASII.3.1. PROYECTO GALILEO: SISTEMA EUROPEO DE LOCALIZACION

GEOGRAFICA POR SATELITE II.3.2. PAC: REFORMA DE LA ORGANIZACIÓN COMUN DEL VINO II.3.3. POLITICA DE PESCA: MANTENIMIENTO DE LA VEDA DE LA ANCHOA

EN EL CANTABRICO II.4. COMPETENCIA: ACUERDOS EMPRESARIALES CONTRARIOS A LA LIBRE

COMPETENCIA EN EL MERCADO UNICOII.4.1. FABRICANTES DE COMPONENTES ELECTRICOS II.4.2. FABRICANTES DE ASCENSORES Y ESCALERAS MECANICAS II.4.3. PETROLERAS: MERCADO DEL ASFALTO

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II.4.4. FABRICANTES DE CINTAS DE VIDEO PARA USO PROFESIONAL II.4.5. FABRICANTES DE VIDRIO PLANO PARA CONSTRUCCION

II.5. COMPETENCIA: ABUSOS DE POSICION DE DOMINIO EN EL MERCADO COMUNITARIOII.5.1. TELEFONICA: PRECIOS DE BANDA ANCHA II.5.2. MASTERCARD: COMISIONES ABUSIVAS

III. LA ACTUALIDAD ECONOMICA Y EMPRESARIAL DE BIZKAIA EN LA UNION EUROPEA

III. 1. TRIBUNAL DE JUSTICIA DE LA UE: CUESTION PREJUDICIAL SOBRE LA FISCALIDAD VASCA

III. 2. EL TRIBUNAL DE JUSTICIA DE LA UE CONDENA POR LA NO RECUPERACION DE LAS “VACACIONES FISCALES”III.2.1. LAS VACACIONES FISCALES 1993-1994: CONDENA DEL TRIBUNAL EN

SEPTIEMBRE DE 2007 III.2.2. LOS INCENTIVOS FISCALES DE 1996-1999: CONDENA DEL TRIBUNAL

DE JUSTICIA EN DICIEMBRE DE 2006.

IV. LA ACTUALIDAD DE LA DIPUTACION FORAL DE BIZKAIA EN RELACION A LA UNION EUROPEA

IV.1. ACTUALIDAD GENERAL E INSTITUCIONALIV.1.1. RECONOCIMIENTO DE BIZKAIA COMO REFERENTE INTERNACIONAL

EN SOSTENIBILIDAD IV.1.2. PARTICIPACION DE LA DIPUTACION FORAL DE BIZKAIA EN LA FASE

IV DE LA RED DE REGIONES IQ-NET IV.1.3. LA DIPUTACIÓN FORAL DE BIZKAIA TRADUCE TODA LA

TERMINOLOGÍA DE LA UNIÓN EUROPEA AL EUSKERA IV. 1.4. CELEBRACION DEL DIA DE EUROPA EN BIZKAIA

IV.2. ACTUALIDAD SECTORIALIV. 2. 1. AGRICULTURA: PROGRAMA DE DESARROLLO RURAL DEL PAIS

VASCO 2007-2013 IV. 2. 2. MEDIO AMBIENTE: REVISIÓN INTERMEDIA DEL SEXTO PROGRAMA

DE ACCION DE LA COMUNIDAD EUROPEA EN MATERIA DE MEDIO AMBIENTE

IV. 2. 3. MEDIO AMBIENTE: PROGRAMA LIFE+ IV. 2. 4. MEDIO AMBIENTE: BIZKAIA SUPERO LOS OBJETIVOS MARCADOS

POR LA DIRECTIVA EUROPEA DE VERTEDEROS IV. 2. 5. EMPLEO Y FORMACION: FLEXIGURIDAD IV. 2. 6. INNOVACION Y PROMOCION ECONOMICA: NANOTECNOLOGÍA IV. 2. 7. ACCION SOCIAL: PROGRAMA DAPHNE III

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IV.3. PROGRAMAS E INICIATIVAS COMUNITARIAS EN BIZKAIA IV. 3.1. LA INICIATIVA EQUAL EN BIZKAIA IV. 3.2. CONVOCATORIA DE BECAS PARA REALIZAR ESTUDIOS DE

ESPECIALIZACION EN ASUNTOS EUROPEOS IV. 3.3. FIRMA DE UN CONVENIO DE COLABORACION DE LA DIPUTACION

FORAL DE BIZKAIA CON LA LONDON SCHOOL OF ECONOMICS & POLITICAL SCIENCE

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I. LA INTEGRACIÓN EUROPEA

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I. 1. EL TRATADO DE LA REFORMA DE LOS TRATADOS CONSTITUTIVOS (EL TRATADO DE LISBOA).

A lo largo de 2007, los Veintisiete han desarrollado intensos debates para conseguir aprobar

un Tratado que “rescatara” a la Unión Europea de una profunda “crisis constitucional”, la

que fue provocada por los rechazos de Francia y Países Bajos al proyecto de Constitución en

2005.

La presidencia alemana del primer semestre se implicó especialmente en este propósito, e

hizo posible la convocatoria de una Conferencia Intergubernamental que definiera y

consensuara el texto que, finalmente, fue aprobado en la cumbre de Diciembre por los Jefes

de Estado y de Gobierno, y que se conoce ya como el “Tratado de Lisboa”.

La Unión Europea cuenta con un nuevo Tratado que introduce importantes reformas a los

dos Tratados fundamentales de la Unión, el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea y

el Tratado de la Unión Europea.

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El Tratado es fruto del consenso político que, como en crisis anteriores, ha permitido, esta

vez, superar la frustrada Constitución. Los cambios más relevantes respecto al texto

constitucional son los siguientes:

► El Tratado de Lisboa enmienda los Tratados anteriores sin sustituirlos, tal

como preveía la Constitución, por lo que no ha sido conseguido el objetivo inicial

de redactar un texto único que simplificase el Derecho fundamental de la Unión.

Mientras el Tratado de la Unión Europea mantiene su denominación, el Tratado

constitutivo de la Comunidad Europea (Tratado de Roma) pasa a denominarse

“Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea”.

► El texto evita la terminología política y constitucional y, en particular, excluye

los símbolos de la Unión que incluía la Constitución (la bandera, la divisa, el

himno y el día de Europa).

► La “Carta de los Derechos Fundamentales”, que contempla la protección de los

derechos y libertades fundamentales de los ciudadanos comunitarios, queda,

asimismo, excluida del texto del Tratado, aunque se establece su carácter

vinculante, con lo que se le dota de similar valor jurídico que a los Tratados.

Por lo demás, y a pesar de ciertas prevenciones, el Tratado mantiene buena parte de las

disposiciones del proyecto de Constitución.

• El nuevo sistema de mayoría cualificada en las votaciones del Consejo de Ministros,

basado en la doble mayoría (55% de Estados y 65% de población), que entrará en

vigor el 1 de Noviembre de 2014.

• Entre esta fecha, 1 de Noviembre de 2014 y el 31 de Marzo de 2017, cuando un

acuerdo deba adoptarse por esta mayoría cualificada, cualquier Estado podría

solicitar que dicho acuerdo se adopte según el sistema actual pactado en el Tratado

de Niza (sistema de coeficientes que exige un mínimo de 255 sobre un total de 345,

con la eventual representación del 62% de la población total de la Unión).

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• Este sistema de votación, en su modalidad de Codecisión con el Parlamento Europeo,

se aplicará a nuevos ámbitos, en sustitución de la unanimidad. Se elimina, por tanto,

el derecho de veto en 40 nuevas materias, incluidas algunas relacionadas con

Justicia e Interior, inmigración y cooperación policial y judicial, Energía y Servicios

de Interés General.

• El “Alto Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad”

reforzará sus competencias, tal como preveía la Constitución, es decir, ostentando la

presidencia del Consejo de Ministros de Asuntos Exteriores de la UE y siendo,

además, vicepresidente de la Comisión.

• Se crea un puesto estable en la Presidencia del Consejo Europeo, por un período de

dos años y medio, prorrogable por una vez,

• La Comisión Europea reducirá el número de sus miembros a dos tercios del número

de Estados miembros a partir del 1 de Noviembre de 2014 (18 comisarios, con

Veintisiete Estados), incluyendo al “Alto Representante de la Unión para Asuntos

Exteriores y Política de Seguridad”.

En la ceremonia oficial celebrada en Lisboa el 13 de Diciembre, los líderes comunitarios

destacaron los cambios institucionales que plantea el Tratado, en lo que puede considerarse

una “nueva arquitectura del poder” en la Unión Europea:

► la relevante figura del presidente estable del Consejo Europeo,

► el reforzado protagonismo del Alto Representante para la Política Exterior y

Seguridad Común como vicepresidente de la Comisión,

► el nuevo y más generalizado sistema de mayoría cualificada, que implanta un

procedimiento más proporcional a la población de los Estados miembros.

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A pesar de la retórica habitual de las cumbres europeas, con declaraciones vehementes y

solemnes (“El Tratado de Lisboa es un documento fundamental para el futuro de una UE más moderna, eficaz y democrática”, señaló el primer ministro luso, Jose Sócrates), el clima

generalizado entre los máximos líderes de la Unión no era otro que el de alivio por haber

superado una profunda crisis y por haber dado por zanjado el debate de la reforma

institucional, que ya duraba más de diez años, desde que en 1997 se aprobó el Tratado de

Ámsterdam.

En cualquier caso, y a pesar del éxito que en sí mismo representa la aprobación del Tratado,

no han faltado las alertas lanzadas por algunos analistas en el sentido de que este nuevo

planteamiento institucional podría llegar a provocar solapamientos funcionales entre las

instituciones europeas. Y han alertado también sobre una eventual “deriva

intergubernamental” en la Unión, como consecuencia del mayor protagonismo de los

Estados miembros, representados en el Consejo Europeo y en el Consejo de ministros. En

particular, señalan el riesgo de una eventual pérdida de independencia de la Comisión

Europea, por la función simultánea que deberá desempeñar su vicepresidente como “Alto

Representante de la Política Exterior de la Unión” en el Consejo de Ministros.

El Tratado podría entrar en vigor el 1 de Enero de 2009 si, finalmente, supera los Veintisiete

procesos de ratificación en los Estados miembros, procesos que, de forma mayoritaria, se

realizarán por la vía parlamentaria. Tal sólo Irlanda, obligada por su Constitución, convocará

un referéndum entre su población para aprobar el nuevo Tratado. Esta circunstancia también

ha merecido ciertas críticas, puesto que dado que su contenido no difiere sustancialmente del

texto de la fallida Constitución, podría interpretarse que su ratificación se producirá, de

alguna manera, “a espaldas de la opinión pública”.

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I. 2. LA SEXTA AMPLIACION DE LA UNION EUROPEA :RUMANIA Y BULGARIA. Nuevos comisarios, Elecciones al Parlamento Europeo y nuevos idiomas oficiales de la Unión.

Rumania y Bulgaria se incorporaron a la Unión Europea el 1 de Enero de 2007 culminando

la Sexta Ampliación y creando, así, la “Europa de los Veintisiete”. La población comunitaria

se aproxima ya a 500 millones de personas (con 22 millones de rumanos y 8 millones de

búlgaros) y las fronteras de la Unión llegan a las orillas del Mar Negro.

UNION EUROPEA -27 DATOS BASICOS (POBLACION Y PIB)

PIB per cápita (UE-27=100) POBLACIÓN 2007 (Miles personas)

PIB 2006 (Millones €) 2004 2005 2006 2007*

POLONIA 38.125,5 469.380,3 51 51 53 55HUNGRÍA 10.066,2 153.715,3 64 65 65 65REP CHECA 10.287,2 189.970,3 76 77 79 82ESLOVAQUIA 5.393,6 80.834,3 57 60 64 68ESLOVENIA 2.010,4 41.498,3 85 87 89 92ESTONIA 1.342,4 21.636,6 57 63 68 72LETONIA 2.281,3 29.147,0 45 50 56 61LITUANIA 3.384,9 44.855,9 51 54 58 62CHIPRE 778,7 16.713,3 92 94 94 94MALTA 407,8 7.349,0 75,9 75,9 75,5 75,8BULGARIA 7.679,3 66.185,8 34 35 37 39RUMANÍA 21.565,1 197.344,1 34 34 38* 39UE-12 103.322,4 1.318.630,2 -- -- -- --UE-27 495.128,6 11.586.597,3 100 100 100 100ESPAÑA 44.474,6 1.088.606,7 101 103 102 103* Previsión PIB en EPA (estándares de poder adquisitivo) Fuente: EUROSTAT

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A pesar de los mensajes optimistas del presidente de la Comisión Europea, Jose Manuel

Durao Barroso, quien destaba “el impresionante proceso de reformas habido en los dos

países”, los analistas incidieron en que la solidaridad política había inspirado especialmente

esta nueva Ampliación, más allá de los estándares y exigencias de tipo económico, político,

social y medioambientales.

Fueron, en efecto, estas carencias las que provocaron que en el Tratado de Adhesión se

establecieran numerosas medidas cautelares y períodos transitorios de adaptación.

Particularmente relevante fue el capitulo relativo a la libre circulación de trabajadores, ya

que tan sólo Diez de los Veinticinco anteriores Estados miembros reconocieron a rumanos y

búlgaros el derecho a trabajar en su territorio en igualdad de condiciones que sus nacionales

desde el momento de la Ampliación (Finlandia, Suecia, Polonia, República Checa,

Eslovaquia, Eslovenia, Estonia, Letonia, Lituania y Chipre).

Fue especialmente significativo el cambio de criterio de los gobiernos del Reino Unido y de

Irlanda ya que, en la anterior Ampliación de 2004, fueron, junto con Suecia, los únicos

Estados que no pusieron límites a la entrada de trabajadores procedentes del Este desde el

mismo momento de su Adhesión. Sin embargo, tanto Londres como Dublín decidieron esta

vez restringir la inmigración de búlgaros y rumanos en Enero de 2007, ante la masiva

llegada de inmigrantes del Este (el Reino Unido ha recibido unos 600.000 inmigrantes en dos

años, la mayoría polacos, cuando la previsión inicial situaba esta inmigración en torno a

30.000 personas).

En España trabajan legalmente casi 500.000 rumanos y más de 150.000 búlgaros y el

gobierno central estableció un período transitorio máximo de dos años, durante el que

podría limitarse la entrada de inmigrantes de ambas nacionalidades.

A pesar de que la intención inicial del ejecutivo era aplicar esta moratoria “con flexibilidad,

con una eventual liberalización antes del plazo previsto, lo cierto es que finalmente el

gobierno central ha decidido agotar este período transitorio hasta finales de 2008.

Otras medidas cautelares importantes hacen referencia a las restricciones impuestas sobre la

importación de numerosos productos, justificadas por la prevención que provocan los

controles sanitarios y de seguridad alimentaria en estos países. También se han articulado

diferentes medidas de supervisión del uso de los fondos estructurales y de las ayudas

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agrícolas, incluyendo su posible suspensión en caso de evidencias de fraude o corrupción. Y

también se han planteado ciertas salvaguardias en materia judicial, lo que significa que los

Veinticinco podrían, en su caso, pedir el rechazo de la aplicación automática de las

sentencias en ciertos casos civiles y penales.

Como en 2004, los ciudadanos comunitarios recibieron a estos países del Este sin grandes

muestras de entusiasmo e, incluso, con cierta indiferencia. La Comisión Europea, quizás

contagiada por este espíritu de la ciudadanía, prefirió referirse a ella no como la Sexta

Ampliación sino como “la culminación de la Quinta Ampliación”, esto es, la que se produjo

en Mayo de 2004, cuando la Unión se convirtió en la Europa de los Veinticinco. Esta nueva

Ampliación reproduce, de hecho, las complicaciones en el plano institucional. La

gobernabilidad de la UE de los Veintisiete es más compleja y difícil, puesto que la suma de

más Estados miembros con mayores disparidades económicas, culturales, sociales y políticas

necesariamente resta agilidad a la toma de decisiones y a la puesta en marcha de políticas

ambiciosas.

Los dos nuevos Estados miembros se incorporaron a las instituciones comunitarias a partir

del 1 de Enero de 2007.

► En la Comisión Europea fueron nombrados dos nuevos comisarios: Leonard Orban,

antiguo Secretario de Estado responsable de preparar la Adhesión de Rumanía a la UE,

como responsable de Multilingüismo y Meglena Kuneva, doctora en Derecho Ecológico y

anterior viceministra de Asuntos Exteriores de Bulgaria, como responsable de la Defensa

de los Consumidores.

► Y en el Parlamento Europeo también fueron designados los representantes búlgaros (18)

y rumanos (35). En un primer término, fueron elegidos por los dos Parlamentos

Nacionales, pero en el plazo de un año (en 2007) debían ser elegidos por los pueblos de

estos Estados directamente.

Bulgaria celebró sus primeras elecciones directas al Parlamento Europeo el 20 de Mayo, en

las que destacó de forma especial la elevada tasa de abstención, que se situó en el 70%, lo

que significa que ni siquiera uno de cada tres personas con derecho a voto acudió a las

urnas. Según las interpretaciones mayoritarias de los analistas, esta manifiesta indiferencia

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fue el reflejo de la profunda frustración y malestar de la población ante una clase política

que no se moviliza frente a la corrupción y la pobreza reinantes en el país.

El partido “Ciudadanos por el Desarrollo Europeo de Bulgaria”, GERB, liderado por el

populista acalde de Sofía, Boyko Borisov, fue el ganador de las elecciones, superado, con

una diferencia mínima, al gobernante Partido Socialista Búlgaro (21,69% de los votos el

primero, y 21,41% el segundo). El Movimiento de Derechos y Libertades, MDL, de la minoría

turca, fue el tercero más votado (20,26% de los votos), mientras que el partido

ultranacionalista “Ataka” (14,22%). Esta última formación tiene entre sus objetivos la lucha

contra la Adhesión de Turquía a la UE y la reapertura de los reactores de una central nuclear

que el país balcánico tuvo que cerrar a instancias de la Unión.

Con este resultado, el GERB y el Partido Socialista Búlgaro consiguieron, cada uno de ellos,

cinco diputados. Los primeros se integraron en el Partido Popular Europeo y los segundos,

en el grupo socialista. Por su parte, el MDL consiguió cuatro representantes que, junto con el

diputado elegido en representación del “Movimiento Nacional Simeón II” del antiguo

monarca y ex primer ministro, quedaron adscritos en el grupo de “Alianza de los Demócratas

y Liberales por Europa” (ALDE). Los tres restantes, representantes del partido

ultranacionalista, se integraron en el grupo de ultraderecha “Identidad, Tradición y

Soberanía” (ITS).

Por su parte, Rumanía celebró las elecciones al Parlamento Europeo el pasado 25 de

Noviembre. También en este país la participación fue muy baja, del 29,46%.

El Partido Demócrata (PD) fue la formación ganadora, con el 28,81% de los votos, por lo que

consiguió 13 de los 35 escaños. El Partido Social Demócrata (PDS), con el 23,11% de los

votos, se situó en segundo lugar, y consiguió 10 eurodiputados, mientras que el Partido

Liberal consiguió 6.

El Partido Liberal Demócrata (PLD) alcanzó 3 escaños y la Unión Demócrata de los Húngaros

de Rumania (UDMR), 2. También se convirtió en eurodiputado un candidato independiente,

Lazlo Tokes, quien es asimismo representante de la comunidad húngara de Rumania.

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Los europarlamentarios del PD, PLD y UDMR se adscribieron al grupo los Populares europeos

(18 escaños en total), mientras que los del 10 del PDS son miembros del Grupo Socialista y

los del Partido Nacional Liberal, del grupo de Demócratas y Liberales, ALDE.

Desde Enero de 2007, la Unión, cuenta con Veintitrés idiomas oficiales, puesto que a los

Veinte anteriores se unieron el rumano, el búlgaro y el gaélico.

Las lenguas oficiales de la UE Las 23 lenguas oficiales de la UE y sus correspondientes abreviaturas son:

български (Bălgarski) – BG - Búlgaro Čeština - CS – Czech Dansk - DA – Danés Deutsch - DE – Alemán Eesti - ET - Estonio Elinika - EL - Griego English - EN - Inglés Español- ES Français - FR - Francés Gaeilge - GA - Irlandés Italiano - IT - Italiano Latviesu valoda - LV - Letón Lietuviu kalba - LT - Lituano Magyar - HU - Húngaro Malti - MT - Maltés Nederlands - NL - Neerlandés Polski - PL - Polaco Português - PT - Portugués Română - RO - Rumano Slovenčina - SK - Eslovaco Slovenščina - SL - Esloveno Suomi - FI - Finés Svenska - SV - Sueco

El euskera fue usado por vez primera en una reunión del Consejo de Ministros de la Unión el

16 de Noviembre de 2007, en una sesión de deliberaciones que reunía a los responsables de

Educación, Cultura y Juventud de los Veintisiete. La Consejera de Cultura del Gobierno

Vasco, Miren Azkarate, fue quien, por vez primera desde 1986, utilizó la lengua vasca en

esta institución comunitaria.

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I. 3. LA NUEVA ESTRATEGIA DE LA UNION SOBRE NUEVAS AMPLIACIONES

La integración de nuevos Estados miembros en la UE amplía y fortalece el espacio de paz,

estabilidad y democracia en Europa, estimula el crecimiento económico y refuerza la

influencia del continente en el mundo. Sin embargo, las más recientes experiencias de

Ampliación al Este han provocado un cierto recelo en determinados segmentos de la

población comunitaria, e incluso las instituciones comunitarias se han hecho eco de lo que

podría convertirse en una “Ampliación sin límites”.

Desde hace tiempo vienen utilizando un nuevo término al respecto, “la capacidad de absorción de la Unión Europea”.

En sus declaraciones oficiales, tanto el Parlamento como la Comisión Europea afirman que la

Unión debe mantener sus compromisos con los países candidatos y posibles candidatos en

futuras Adhesiones, pero también debe tener en cuenta esta “capacidad”, que según las

interpretaciones de ambas instituciones se traduce en el cumplimiento de las siguientes

premisas:

► Unas instituciones europeas capaces de funcionar adecuadamente y de adoptar decisiones de forma eficaz y democrática de acuerdo con sus procedimientos específicos;

► Unos recursos financieros de la Unión suficientes para financiar adecuadamente sus actividades;

► Una Unión en condiciones de llevar a cabo de forma satisfactoria sus políticas y de alcanzar sus objetivos para llevar adelante su proyecto político".

ESTRATEGIA DE AMPLIACION DE LA UE-27

► Negociaciones en curso con TURQUIA Y CROACIA (iniciadas en Octubre 2005)

► Reconocimiento de LA ANTIGUA REPÚBLICA YUGOSLAVA DE MACEDONIA como país candidato (Diciembre 2005)

► Apoyo inequívoco a la Adhesión de los países de los Balcanes Occidentales en la Unión (Acuerdos de Estabilización y Adhesión): ALBANIA, MONTENEGRO, BOSNIA- HERZEGOVINA Y SERBIA.

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El Informe anual presentado por la Comisión Europea en Noviembre mostró el Balance de

situación sobre las futuras Ampliaciones:

NEGOCIACIONES DE ADHESION CON TURQUIA Y CROACIA

Las negociaciones con Turquía y Croacia siguen una evolución dispar. Aunque ambos países

han emprendido las reformas exigidas por la Unión, Turquía lo está haciendo con un ritmo

más lento.

Según la Comisión, Croacia debe concentrar sus esfuerzos en la armonización con el acervo,

la reforma judicial y de la administración pública, la lucha contra la corrupción y la reforma

económica. Hace hincapié, asimismo, en que los derechos de las minorías y la vuelta de los

refugiados necesitan una atención especial.

Por su parte, Turquía debe realizar aún más esfuerzos en lo que respecta a la libertad de

expresión, la libertad de culto, los derechos de la mujer, los derechos de las minorías, los

derechos sindicales, el refuerzo del control democrático civil sobre el poder militar y la

armonización de la aplicación de la legislación y de las prácticas judiciales. Deben mejorarse

asimismo la situación económica y social en el sureste y los derechos de la población kurda.

Además, las relaciones turcas con el conjunto de los Estados miembros han de normalizarse

mediante la aplicación íntegra y no discriminatoria del protocolo adicional al acuerdo de

Unión Aduanera entre Turquía y la Unión (adaptación a los nuevos Estados miembros). A

pesar de que Ankara ha aceptado formalmente este protocolo, mantiene un rechazo en

cuanto a su aplicación respecto a Chipre, puesto que esta aceptación significaría el

reconocimiento implícito de la soberanía grecochipriota de la isla. Es así como el gobierno

turco continúa impidiendo el acceso de barcos y aviones chipriotas a sus puertos y

aeropuertos, a pesar de la exigencia prevista en el protocolo.

Ante esta situación, la Unión decidió suspender las negociaciones en Diciembre de 2006,

rechazando la alternativa planteada por Ankara de abrir únicamente un puerto de atraque y

un aeropuerto a los barcos y aeronaves comerciales grecochipriotas, Turquía solicitaba como

contrapartida el levantamiento del embargo internacional que pesa sobre el norte de la isla y

que permitiría poner en marcha una terminal aérea y una instalación portuaria

internacionales. Parte de la población turca, en sus sectores más nacionalistas, también

rechazó frontalmente esta propuesta por considerarla, en cambio, demasiado generosa.

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Fue necesario esperar hasta el 26 de Junio de 2007 para que la Unión retomara las

negociaciones, lo que fue interpretado como una decisión política por ambas partes,

necesaria para no frustrar más de lo imprescindible el clima de entendimiento que está

permitiendo al país islámico acometer las reformas políticas e institucionales exigidas para

aproximarse a los estándares occidentales.

En cualquier caso, y a pesar del reinicio de las negociaciones, la UE mantiene su presión

sobre Ankara, bajo la consideración de que ningún acuerdo o capítulo de la negociación está

garantizado si la totalidad de todos ellos no se concluye positivamente, circunstancia que,

inevitablemente, debe incluir el reconocimiento turco de Chipre. También es un obstáculo

importante el recelo y la oposición que estas negociaciones despiertan en países como

Francia, Alemania, Austria, Grecia y Chipre.

Turkey Population 74 m (2006)

Area 783562,0km²

Density 92 persons/km²

Distribution Urban 67%, Rural 33%.

Neighbours Armenia (268 km border), Azerbaijan (9), Bulgaria (240), Georgia (252) ,Greece (206), Iran (499), Iraq (331), Syria (882)

Religión Muslim: 99.8%; Christian, Jewish and others 0.2%

Life expectancy Average: 72.08, 68.9 (male), 73.8 (female)

Croatia Population 4,437 million (2001 Census)

Area 56,594 km²

Density 78 inhabitants per km²

Distribution 53.3% urban population, 46.7% rural population (2002)

Neighbours Bosnia and Herzegovina 932 km, Hungary 329 km, Serbia 241 km, Montenegro 25 km, Slovenia 670 km

Population profile Croat 89.6%, Serb 4.5%, Bosniac 0.47%, Italian 0.44%, Hungarian 0.37%, Albanian 0.34%, Slovene 0.3%, Roma 0.21% 1

Languages Croatian (official), Serbian and other minority languages

Religión Roman Catholic 87.8%, Orthodox 4.4%, Muslim 1.3%, Protestant 0.3%, others and unknown 6.2% 1

Life expectancy Average: 74 years, 70 years (male), 78 years (female) (2001 Census)

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BALCANES OCCIDENTALES

La Unión Europea ha iniciado con los Balcanes Occidentales un proceso que pretende una

aproximación progresiva. Este acercamiento ha permitido a estos países disfrutar del libre

acceso al Mercado único comunitario para la práctica totalidad de sus Exportaciones y,

también, el acceso a una financiación comunitaria excepcional con la que impulsar la

reconstrucción de sus Economías. El eje central de este proceso es la conclusión de los

denominados “Acuerdos de Estabilización y Asociación”, que representan una relación

contractual bilateral entre la UE y cada uno de los países de la zona.

El mayor avance en este proceso se ha alcanzado con la Antigua República Yugoslava de

Macedonia, país al que la UE otorgó el estatuto de "país candidato" en Diciembre de 2005.

Esta decisión fue el reconocimiento explícito del la Unión al gran esfuerzo reformador

realizado en el país, a pesar de que, en efecto, la Unión no ha fijado aún una fecha para el

comienzo de las negociaciones. También se convirtió en un incentivo para seguir avanzando

en la perspectiva de la Adhesión, intensificando las reformas pendientes, en particular en los

ámbitos policial y judicial, la lucha contra la corrupción y la aplicación íntegra del Acuerdo

de Estabilización y Asociación.

La UE también considera como potenciales países candidatos a Albania, Montenegro,

Bosnia - Herzegovina y Serbia. Todos ellos podrían convertirse en miembros de la UE una

vez que se certifique su preparación.

La UE firmó un Acuerdo de Estabilización y Asociación con Albania el 12 de Junio de 2006.

Sin embargo, y dado que es necesaria la ratificación del Acuerdo en todos los Estados

miembros de la Unión para su efectiva entrada en vigor (lo que podría llevar entre dos y tres

años), se aplica desde el 1 de diciembre de 2006, un acuerdo provisional encaminado a hacer

posible la eliminación progresiva de derechos arancelarios sobre los intercambios de

mercancías en 2011.

Por su parte, la UE y Montenegro firmaron el 15 de Octubre de 2007 un Acuerdo de la

misma naturaleza. El presidente de turno del Consejo, el ministro portugués Luis Amado,

elogió los progresos realizados por Montenegro desde que comenzó, en 2005, la negociación

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de este acuerdo, incluida su transición ordenada y pacífica a la independencia. También

subrayó que 'el “verdadero trabajo” comenzaba entonces con la aplicación de las

disposiciones del Acuerdo y la continuación de las reformas.

Una consecuencia importante de este estrechamiento de las relaciones con la UE es el hecho

de que los ciudadanos montenegrinos se benefician, desde el primero de Enero de 2008, de

un nuevo régimen que les facilitará la obtención de visados para viajar a Europa.

Por lo que se refiere a Bosnia-Herzegovina, las conversaciones técnicas culminaron con la

firma de un preacuerdo de Estabilización y Asociación el 4 de Diciembre de 2007.

Tanto las autoridades locales como las internacionales alabaron el preacuerdo firmado con la

Unión, interpretándolo como una nueva página en la historia del país, que debería marcar su

ruptura con la inestabilidad política y la apertura hacia nuevas perspectivas de mayor

crecimiento económico. En particular, el comisario de Ampliación de la Unión, Olli Rehn,

felicitó a los dirigentes locales por su espíritu de reconciliación, que les había llevado a

alcanzar un acuerdo de última hora que cumplía las exigencias de la UE. La UE necesita

pruebas suficientes de que las dos regiones autónomas y rivales, la federación croato-

musulmana y la república serbia, han superado el legado de la guerra de 1992-95 y pueden

trabajar juntas como un “Estado viable”. Es por ello que la firma del Acuerdo definitivo

dependerá de la satisfactoria evolución de las reformas previstas.

Una de las reformas principales afecta, precisamente, a la unificación de los cuerpos de

policía, una cuestión polémica que había bloqueado el Acuerdo de Estabilización durante un

año, hasta que se resolvió inesperadamente a principios de Diciembre.

En cuanto a Serbia, las negociaciones del Acuerdo de Estabilización y Asociación quedaron

formalmente concluidas el pasado 7 de Noviembre de 2007, a pesar de que, en este caso, el

acuerdo definitivo del Acuerdo podrá demorarse un tiempo, ya que la Unión ha advertido a

Belgrado de que la firma oficial sólo se producirá cuando el gobierno serbio coopere

“plenamente” con el Tribunal Penal Internacional para la antigua Yugoslavia, TPIY.

Las conversaciones habían quedado paralizadas en Mayo de 2006, cuando la UE decidió

suspenderlas en respuesta a la falta de colaboración de las autoridades serbias con dicho

Tribunal Internacional, respecto a la detención y traslado de destacados criminales de guerra.

La reanudación de las negociaciones fue anunciada por la Comisión Europea el 7 de Junio,

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cuando Bruselas constató el cambio de criterio del nuevo gobierno de Belgrado, formado el

15 de Mayo, en su cooperación con el TPIY.

The former Yugoslav Republic of Macedonia Population 2.022.547 (2002 census)

Area 25.713 km²

Density 78.7 inhabitants per km²

Neighbours Albania (151 km border), Serbia (221 km), Bulgaria (148 km), Greece (246 km)

Population profile

Macedonian (64.2 %), Albanian (25.2 %), Turkish (3.8 %), Roma (2.7%), Serb (1.8 %), Bosniacs (0.8 %), Vlachs (0.5 %), other (1 %). (2002 census)

Languages Macedonian, Albanian, others

Religion Orthodox (70 %), Muslim (29 %), other (1%) (2002 census)

Life expectancy Average: 73 years, male :71 years, female: 76 years (Source: State Statistical Office)

Albania Capital Tirana

Population 3.2 million

Area 28,748 km²

Density 109 inhabitants per km²

Distribution 44% urban population, 56% in rural areas

NeighboursGreece (282 km border), The former Yugoslav Republic of Macedonia (151 km border), Montenegro (172 km border), Serbia (115 km border).

Population profile

Albanian 95%, Greek 3%, other 2% (Vlach, Roma, Serb, Macedonian, Bulgarian, etc) (1989 est.) note: in 1989, other estimates of the Greek population ranged from 1% (official Albanian statistics) to 12% (Greek organization) (The World Fact Book, CIA country reports, Albania)

Languages Albanian, Greek, Vlach, Romani, Slavic languages

Religion

Muslim 70%, Albanian Orthodox 20%, Roman Catholic 10% note: percentages are estimates; no current statistics are available on religious affiliation; all mosques and churches were closed in 1967 and religious observance prohibited; in November 1990, Albania began allowing private religious practice. (The World Fact Book, CIA country reports, Albania)

Life expectancy Average: 77.06 years, 74.37 years (male), 80.02 years (female) (2004 est.)

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Montenegro - Political profile Capital City Podgorica

Population 620,145

Area 13,812 km²

Density 44.9 inhabitants per km²

Distribution 60 % urban population, 40 % rural population

Neighbours Albania (172 km), Croatia (14 km), Bosnia and Herzegovina (225 km), Serbia (203 km).

Population profile Montenegrins (43.2%), Serbs (32%), Bosnians (7.8%), Albanians (5 %), Muslims (4%), Croats (1.1%), Undeclared (4.3%), etc.

Language(s) Montenegrin, Serbian, Albanian, Bosnian, Croatian etc.

Religion Orthodox, Muslim, Catholic

Life expectancy Women: 74 years, Men: 71 years

Bosnia and Herzegovina Population 4,0 - 4,5 million (estimate) Area 51 066.3 km² Density 71 inhabitants per km² (estimate) Distribution 43% urban population, 57% rural population (estimate)

Neighbours Croatia (932 km border), Montenegro (215 km border) and Serbia (312 km border).

Population profile Bosniak 44%, Serb 31 %, Croat 17%, other 8% (estimate) Language(s) Bosnian, Serbian, Croatian

Religion Muslim 40%, Orthodox 31%, Catholic 15%, Protestant 4%, Other 10% (estimate)

Life expectancy Average: 72 years

Serbia Population 7,498,001 (without Kosovo under UNSCR 1244)

Area 88,361 km²

Density 84 inhabitants per km²

Neighbours

Bulgaria (318 km), Romania (476 km), Hungary (151 km), Croatia (266 km), Bosnia and Herzegovina (302 km), Albania (115 km) and the former Yugoslav Republic of Macedonia (221 km), Montenegro (203 km)

Population profile

Serb, Albanian, Hungarian, Bosniak, Romanian, Croatian, Roma, Bulgarian, Slovak, Vlach etc.

Language(s) Serbian, Hungarian, Bosnian etc.

Religion Orthodox, Muslim, Catholic, Protestant, etc.

Life expectancy Average: 72.39 years, male: 69.31 years, female:

75.72 years (2000)

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I. 4. AMPLIACION DE LA UNION MONETARIA EUROPEA: ESLOVENIA, MALTA Y CHIPRE. EL EURO EN LOS MERCADOS INTERNACIONALES.

Eslovenia se convirtió en el decimotercer Estado de la Unión Monetaria Europea el 1 de

Enero de 2007, dos años y medio después de que esta república exyugoslava se incorporara

a la Unión Europea el 1 de Mayo de 2004.

El tólar esloveno coexistió con el euro hasta el 14 de Enero, fecha en que dejó de ser moneda

de curso legal definitivamente, después de tan sólo quince años de existencia, y con un tipo

de cambio fijo e irrevocable, fue de 239,64 tólares por euro.

Este proceso de expansión del euro ha continuado con la incorporación de Malta y Chipre a

la Eurozona en Enero de 2008, con lo que ya son Quince los Estados comunitarios y 320

millones de habitantes los que comparten la moneda única.

La libra chipriota, que se cambia oficialmente por 1,71 euros (0,585274 libras/ euro) y la lira

maltesa por 2,33 euros (0,429300 liras/ euro), iniciaron el 1 de Enero de 2008 una

coexistencia que debe finalizar el 31 de Enero.

Gracias a un exitoso programa de reformas estructurales y de políticas orientadas a la

estabilidad, ambos países lograron cumplir los cuatro criterios de convergencia: estabilidad

de precios (inflación no superior en más de 1,5 puntos a la de los tres Estados menos

inflacionistas), tipos de interés a largo plazo (tipos nominales no superiores en más de 2

puntos a los de los tres Estados menos inflacionistas), finanzas públicas sostenibles (déficit

público no superior al 3% del PIB y deuda pública aproximada al 60%) y estabilidad

cambiaria (pertenencia durante dos años al Sistema Monetario Europeo).

Aunque desde el punto de vista macroeconómico, la adhesión de estos dos países no tendrá

un impacto relevante en la Unión Monetaria, dada su reducida dimensión económica, lo

cierto es que sí marca un hito geográfico, puesto que lleva la divisa europea a Chipre, es

decir, a los confines orientales del Mediterráneo.

Hasta la fecha sólo Lituania ha visto rechazada su solicitud de Adhesión, por incumplir el

criterio de contención de la inflación. Eslovaquia podría ser, por su mejor cumplimiento de

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los criterios de convergencia, el próximo Estado que ingresara en la Unión Monetaria, en

Enero de 2009.

EUROZONA 1-1-2008

LAS NUEVAS MONEDAS DE EURO EN MALTA Y CHIPRE

The eight-pointed Maltese cross, on a background of vertical stripes. The letters of ‘MALTA’ appear between the six upper points of the cross, and the year mark between the two lower points.

The inner circle of the coin depicts a cross-shaped idol dating back to the chalcolithic period (3000 B.C.), from the village of Pomos which is a characteristic example of Cypriot prehistoric art. The name of the island in Greek and Turkish ‘ΚΥΠΡΟΣ KIBRIS’ is engraved in an interrupted semicircle on each upper side of the idol. The year mark appears on the bottom right hand side

Se cumplen ya nueve años desde el nacimiento del euro en 1999 y, al margen de las

tensiones inflacionistas provocadas por el redondeo de precios minoristas, el balance de la

implantación de la divisa europea parece ser netamente positivo. Los mercados

internacionales han mostrado un creciente apoyo a la moneda única y ya en 2006 el euro

representaba algo más de la cuarta parte de las reservas en papel moneda de los Bancos

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centrales en todo el mundo (25,4% del total de las reservas mundiales, frente al 65% del

dólar) y casi un tercio de la financiación internacional total.

Aunque el dólar sigue siendo la moneda de referencia en las grandes operaciones y contratos

de alcance mundial, incluyendo las facturas de materias primas y del petróleo, se observan

cambios relevantes, como la decisión de Irán, cuarto productor mundial de crudo, de adoptar

el euro en sus intercambios comerciales a partir de Marzo de 2007.

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I. 5. AMPLIACION DEL ESPACIO SCHENGEN AL ESTE.

El 21 de Diciembre se amplió la “Europa sin Fronteras” con la incorporación de nueve

Estados al Espacio Schengen: Polonia, Hungría, República Checa, Eslovaquia, Eslovenia,

Estonia, Letonia, Lituania y Malta. El Convenio se aplica, por tanto, a todos los países que se

incorporaron a la Unión Europea en 2004 salvo Chipre, ya que este Estado ha solicitado una

moratoria.

Con esta ampliación, desaparecen los controles fronterizos sobre los movimientos de

personas en un área de 3,6 millones de kilómetros cuadrados, y que se extiende desde

Portugal hasta Estonia o Polonia, y también desde Grecia hasta Finlandia.

Los ciudadanos que residan en cualquiera de los países que forman parte de este Espacio

pueden desplazarse de uno a otro sin tener que soportar los controles policiales en las

fronteras, independientemente de su nacionalidad comunitaria o extracomunitaria. Han

debido desaparecer, así, los numerosos puestos fronterizos que controlaban el paso de las

personas entre muchos de los antiguos socios de la UE y nueve de de los Estados que

ingresaron en 2004. Los ciudadanos de estos países ya no deben mostrar su pasaporte o su

documento de identidad en estos desplazamientos transnacionales, a pesar de que, en efecto,

el Convenio no afecta a las legislaciones nacionales sobre la permanencia de extranjeros en

cada Estado y a las facultades policiales en esta materia.

En todo caso, y dado que esta ampliación del Acuerdo Schengen ha afectado a países de

Europa Central y Oriental, incluidas las repúblicas bálticas que formaron parte de la

desaparecida Unión Soviética, su componente simbólico ha sido especial. Su aplicación

facilitará, sin duda, el reencuentro de familias que, desde la finalización de la Segunda

Guerra Mundial, han vivido separadas en las zonas fronterizas de los dos antiguos bloques

del continente, como Polonia y Alemania, o como Austria y Hungría.

Alemania o Austria han dejado de ser el límite oriental del Espacio Schengen, y se da

también la paradójica circunstancia de que la República Checa y Eslovaquia vuelven a

eliminar sus fronteras entre sí, teniendo en cuenta que ambos países, hasta hace poco más de

una década, eran uno sólo.

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El Convenio ahora ampliado, firmado en la localidad luxemburguesa de Schengen en 1985,

pretende, por una parte, eliminar los controles para las personas en las fronteras interiores,

pero también pretende armonizar y reforzar las fronteras exteriores comunes con una serie

de “medidas de compensación”. Entre estas medidas figuran la cooperación policial y

judicial, los derechos de observación y persecución transfronteriza para las fuerzas policiales,

la cooperación en materia de visados y el intercambio de información a través del Sistema

de Información Schengen (SIS). Esta base de datos permite a las autoridades compartir la

información sobre personas buscadas o desaparecidas, y sobre bienes robados.

Es así como la reciente ampliación del Espacio ha exigido a los nuevos Estados el

reforzamiento de la seguridad a lo largo de sus fronteras exteriores y, también, la

implantación de una versión mejorada del citado fichero informático de datos policiales SIS,

que incluye datos biométricos.

En 2008 son ya Veinticuatro los Estados que forman parte del Espacio Schengen: por una

parte, Veintidós Estados pertenecientes a la UE (los Veintisiete salvo Reino Unido e Irlanda,

que no han querido adherirse al Convenio, y salvo Chipre, Bulgaria y Rumanía, que todavía

no cuentan con la preparación técnica necesaria) y, por otra parte, Noruega e Islandia. El

nuevo Espacio está poblado por más de 350 millones de personas y sus fronteras se han

desplazado hasta Rusia, Bielorrusia y Ucrania.

La adhesión de Suiza es, asimismo, inminente. Probablemente será efectiva en 2008, una vez

que el SIS esté finalmente operativo en el país alpino (Suiza se adhirió al Acuerdo Schengen

el 5 de junio de 2005, tras su aceptación a través de un referéndum popular, con un 56,4%

de votos a favor del mismo).

En todo caso, la Ampliación del Espacio Schengen al Este se ha de efectuar en dos fases: esta

primera, que ha afectado a las fronteras terrestres y marítimas, y una segunda que

desmantelará los controles en los aeropuertos el 30 de Marzo de 2008.

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I. 6. LA POLITICA DE COHESION 2007-2013.

En Mayo de 2007, la Comisión Europea aprobó el “Marco Estratégico” presentado por el

gobierno español sobre el reparto de fondos regionales entre 2007 y 2013.

El documento ratificado por Bruselas determina la estrategia global para la utilización de los

35.217 millones de euros, procedentes de los Fondos Estructurales (Fondo Europeo de

Desarrollo Regional -FEDER- y Fondo Social Europeo -FSE-) y del Fondo de Cohesión, y que

se aplicarán en los ámbitos de los objetivos fundamentales de «convergencia» y de

«competitividad regional y empleo».

Pese a la reducción de más del 40% de la ayuda comunitaria en comparación con el período

2000-2006, este nuevo plan marco incrementa particularmente el apoyo a la Estrategia de

Lisboa, especialmente en lo que se refiere a la investigación, la innovación y la sociedad de

la información, ámbitos para los que los fondos asignados se duplican, hasta alcanzar casi

los 9.000 millones de euros. También se reservan más de 8.000 millones para el desarrollo de

Capital Humano, destinados a acciones que, se espera, puedan beneficiar directamente a más

de catorce millones de personas.

El Marco Estratégico deberá ejecutarse a través de 45 programas operativos que fueron

firmados en Diciembre en Madrid por la comisaria de Política Regional, Danuta Hübner, el

secretario de Estado de Hacienda y los representantes de las Comunidades Autónomas.

23 Programas se financiarán con cargo al Fondo Europeo de Desarrollo Regional (uno de

ellos conjuntamente con el Fondo de Cohesión) con una dotación global de 26.500 millones

de euros. España espera dedicar el 30% de estos fondos a I+D. Destaca, en particular, la

creación de un «Fondo de Tecnología» dedicado a la investigación y a la innovación para las

empresas.

Por lo que se refiere a los 22 Programas restantes (3 de ámbito nacional y 19 de carácter

regional), éstos se financiarán con cargo al Fondo Social Europeo. Incluyendo la

financiación nacional que se suma a la comunitaria de 8.060 millones de euros, estos

programas contarán con una dotación total de 11.400 millones de euros. Como se ha

mencionado, fuentes relacionadas con la planificación prevén que más de catorce millones

de personas se han de ver favorecidas por estos programas. Se estima, asimismo, que

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permitirán que cuatro millones de trabajadores desarrollen actividades de formación

continua, que dos millones de personas podrán encontrar empleo tras haber recibido la

formación financiada por la UE, y que se crearán unas 250.000 nuevas empresas.

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POLITICA DE COHESION 2007-2013:

DOTACIONES FINANCIERAS INDICATIVAS

Objetivo CONVERGENCIA:

Promover unas condiciones y unos factores que mejoren el crecimiento

y conduzcan a una verdadera CONVERGENCIA de los Estados y

de las regiones menos desarrolladas

Objetivo COMPETITIVIDAD REGIONAL Y EMPLEO

Incrementar la competitividad, el atractivo y el empleo de las regiones, por

medio de: innovación, sociedad del conocimiento, espíritu empresarial y protección del Medio Ambiente

Inversión en Recursos Humanos

Objetivo COOPERACION TERRITORIAL EUROPEA

Intensificar la cooperación transfronteriza,

transnacional y el intercambio de experiencias

interregionales 282.855 mill euros

(81,6%) 54.965 mill euros

(15,9%) 8.723 mill euros

(2,5%)

FEDER FSE

F. COHESION

FEDER FSE

FEDER

REGIONES MAS DESFAVORECIDAS DE LA UNION EUROPEA

100 regiones europeas

RESTO DE REGIONES (no incluídas en Objetivo Convergencia)

168 regiones europeas

REGIONES fronterizas y situadas en Zonas de

Cooperación Transnacional e Interregional

84 regiones (154 mill. Hab) (en 17 Estados)

PIB pc < 75% PIB pc UE-27

ANDALUCIA, CASTILLA-LA MANCHA, EXTREMADURA Y GALICIA

16 regiones, 16,5 mill. Hab (regiones de “exclusión gradual”): PIB pc ligeramente superior (por efecto

estadístico) ASTURIAS, MURCIA, CEUTA-MELILLA

168 regiones, (314 mill. Hab) (en 19 Estados)

PAIS VASCO

MADRID, NAVARRA, CATALUÑA, CANTABRIA, RIOJA, ARAGON,

BALERARES

13 regiones (19 mill. Hab), son consideradas como zonas de “inclusión gradual” (superan 75% PIBpc medio, pero reciben asignaciones financieras especiales debido a su anterior

clasificación (00-06) como regiones de “objetivo 1)” (antes: PIBpc < 75% media)

CANARIAS, CASTILLA-LEON Y C. VALENCIANA

(181,7 mill. Hab)

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II. LA ACTUALIDAD ECONÓMICA DE LA UE – INICIATIVAS DE INTERÉS PARA LAS EMPRESAS DE BIZKAIA

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II. 1. LA UNIÓN MONETARIA EUROPEA: NUEVAS SUBIDAS DE LOS TIPOS DE INTERÉS.

En el primer semestre del año, el Banco Central Europeo continuó el ciclo alcista de los tipos

de interés en la Eurozona, y los situó en el 4%. Este es el nivel más alto de los tipos en los

últimos seis años, y fue alcanzado en dos tramos, en Marzo y en Junio de 2007. En ambas

ocasiones, la entidad monetaria de la UE decidió sendas subidas de cuarto de punto, que

situó primero el precio del dinero en el 3,75% y, tres meses después en el 4%. Esta última fue

la octava subida consecutiva de tipos, desde que, a finales de 2005, el BCE puso fin a una

política acomodaticia que había permitido mantener el precio del dinero en el 2% durante

dos años.

A pesar de que la tasa interanual de inflación ha superado el objetivo marcado del 2% (las

primeras estimaciones del Banco Central de Enero sitúan esta tasa en el 3,1% para el

conjunto de 2007 en la zona euro), el BCE renunció a nuevas subidas de tipos a lo largo del

segundo semestre del año.

El presidente del Banco, Jean Claude Trichet, destacó en diferentes ocasiones su

preocupación por la evolución de la inflación y por el eventual traslado de las subidas de

precios del petróleo, de los productos agrícolas y otras materias primas a otros precios y a

los salarios, pero también mostró su determinación de no incrementar los tipos de interés, tal

como había decidido en tantas ocasiones anteriores.

Las razones esgrimidas por el francés son, por una parte, el temor al “contagio europeo” de

la crisis inmobiliaria y crediticia de Estados Unidos y, por otra parte, la acusada fortaleza del

euro, que ha alcanzado máximos históricos de cotización frente al dólar en el segundo

semestre de 2007 (cotización cercana a la barrera psicológica de 1,50 $/ ).

Ambos factores han justificado el inmovilismo de la entidad presidida por Trichet, a pesar de

la tensión inflacionista que atraviesa la zona euro. La sustancial reducción en la previsión de

crecimiento para la zona euro realizada por el Banco para 2008 (2% de crecimiento del PIB)

refleja, en efecto, los temores de la entidad hacia una eventual desaceleración económica

mundial y europea, en particular.

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Es cierto que el aumento de los tipos de interés contrarrestaría la tensión inflacionista, pero

también agravaría notablemente la actual desaceleración económica en la zona euro,

incluyendo además su eventual efecto en nuevas revalorizaciones del euro.

Con su decisión de mantener los tipos, el Banco Central Europeo parece confiar en una

disminución del riesgo inflacionista y no empeorar los negativos efectos del actual

enfriamiento económico.

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II.2. NUEVAS INICIATIVAS RELEVANTES EN LA CREACIÓN DEL MERCADO ÚNICO EUROPEO.

II.2.1. REGLAMENTO SOBRE TARIFAS DEL USO DEL TELÉFONO MÓVIL EN EL EXTRANJERO (ROAMING)

Los ministros de Telecomunicaciones de la UE aprobaron, el 7 de Junio, un reglamento que

impulsará una drástica reducción de precios en el uso de los teléfonos móviles en el

extranjero.

Según esta nueva norma, que entró en vigor el 1 de Julio, el precio máximo por minuto de

una llamada telefónica efectuada desde un móvil en un país diferente del propio, no puede

exceder de 49 céntimos de euro más IVA (las tarifas oscilaban entonces entre 1 y 1,25 euros,

según los países). Este máximo deberá reducirse a 46 céntimos en 2008, y a 43 en 2009.

Por su parte, y con la misma secuencia temporal, la tarifa de las llamadas recibidas en el

móvil se sitúan, como máximo, en 24 céntimos desde 2007, y se reducirá a 22 en el verano

de 2008, y a 19 en 2009, sin contar el IVA.

EUROTARIFAS (LLAMADAS DE MOVILES ENTRE ESTADOS MIEMBROS – “roaming”)

TARIFAS MAXIMAS (euros/ minuto) Llamadas realizadas Llamadas recibidas

2007 0,49 0,242008 0,46 0,222009 0,43 0,19

El Reglamento establecía el plazo de un mes a partir del 1 de Julio para que las empresas del

sector informasen a sus usuarios sobre las tarifas. A partir de entonces, los consumidores

podrían elegir entre estas tarifas o las de otras ofertas. A partir del 1 de Octubre, como muy

tarde, todas las operadoras han debido aplicar los máximos incluídos en el Reglamento.

La nueva norma pretende acabar con los precios abusivos. La comisaria responsable de la

Sociedad de la Información, Viviane Reding, explicó que “lamentablemente, el mercado no

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resolvió por sí mismo el problema de la carestía de estas llamadas, pese a las alertas que le

enviamos”.

En su opinión, esta medida no se traducirá en un encarecimiento de las comunicaciones

nacionales por parte de las operadoras para compensar la reducción de ingresos por el

denominado “roaming. Por el contrario, puso de manifiesto su confianza en que esta

regulación pueda servir de acicate para que las compañías revisen a la baja,

voluntariamente, otros segmentos de su oferta, como los envíos de mensajes sms o el acceso

a internet a través de móviles en el extranjero.

De hecho, aunque estos servicios están excluídos del Reglamento y, por tanto, no se plantea

una regulación de tarifas máximas, la propia comisaria lanzó una advertencia a las empresas

del sector, afirmando que durante el siguiente año y medio, el ejecutivo comunitario

analizaría con detalle el precio de estas prestaciones en los Estados miembros de la Unión, y

les emplazó a controlar dichos precios si desean evitar una normativa similar a la aprobada

para las llamadas.

II.2.2. LA DIRECTIVA DE SERVICIOS DE PAGO Y LA ZONA ÚNICA DE PAGOS DEL EURO (SEPA)

En Noviembre de 2007 los Ministros de Finanzas de los Veintisiete y el Parlamento Europeo

aprobaron una Directiva sobre Servicios de Pago en el Mercado Interior, con la que se

pretende eliminar las diferencias existentes entre los pagos nacionales y los pagos

transnacionales dentro de la UE.

El objetivo de la norma es, en efecto, simplificar, abaratar y acelerar los pagos realizados

entre Estados pertenecientes a la Unión Europea, cualquiera que sea su modalidad (ej,

transferencias, transferencias electrónicas, ingresos en cuenta, tarjetas de crédito o débito) y,

en definitiva, garantizar que los pagos en el ámbito de la UE puedan realizarse con la misma

facilidad, eficiencia y seguridad que los pagos nacionales internos de los Estados miembros.

La nueva directiva establece, asimismo, unas obligaciones de información armonizadas para

todos los proveedores bancarios y no bancarios.

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El plazo para la transposición de la Directiva a los Ordenamientos Jurídicos de los Veintisiete

finaliza el 1 de Noviembre de 2009.

Esta Directiva sobre Servicios de Pagos es, asimismo, considerada como una de las bases

fundamentales para la puesta en marcha de la “Zona Unica de Pagos para el Euro” (SEPA

según las siglas del término en inglés “Single European Payment Area”).

Este proyecto comenzará a implantarse el 28 de Enero 2008 y se completará,

previsiblemente, en 2011. A partir de esta primera fecha, los clientes bancarios ya podrán

utilizar el nuevo sistema de identificación de cuentas armonizado basado en dos códigos: el

propio de la entidad bancaria (denominado BIC) y el de la cuenta bancaria (denominado

BAN). Este modelo ha de sustituir al actual Código de Cuenta Corriente (CCC) que utiliza

veinte dígitos. En 2009 el sistema empezará a utilizarse en las domiciliaciones bancarias y en

2010, podrá emplearse en las tarjetas de débito y crédito.

Aunque impulsada y tutelada por el Banco Central Europeo y la Comisión, esta iniciativa de

creación de un sistema de pagos unificado en la eurozona ha sido desarrollada por el sector

privado de la banca, que pretende así abaratar los costes de los pagos, sobre la base de la

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creación de nuevas infraestructuras para las transferencias y domiciliaciones, y con nuevos

estándares en los sistemas de tarjetas

Con ambas iniciativas, la Directiva y el SEPA, la Comisión Europea estima que se producirá

un ahorro anual cercano a los 28.000 millones de euros.

La SEPA será la zona en la que ciudadanos, empresas y otros agentes económicos podrán hacer y recibir pagos en euros, dentro de Europa, con las mismas condiciones básicas, derechos y obligaciones, y ello con independencia de su ubicación y de que esos pagos hayan requerido o no procesos transfronterizos.

Las operaciones en euros quedarán sujetas a un conjunto uniforme de estándares, reglas y condiciones, que, en consecuencia, podrán ser procesadas con la misma facilidad, rapidez, seguridad y eficiencia con que lo son actualmente dentro de los mercados nacionales.

FUENTE: www.sepa.eu “EL PORTAL EUROPEO SOBRE LA SEPA”

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II.2.3. DIRECTIVA SOBRE CRÉDITOS AL CONSUMO

El pasado 21 de Mayo, los Veintisiete países de la Unión Europea llegaron a un acuerdo

sobre una nueva Directiva que deberá mejorar los derechos de los prestatarios de los créditos

al consumo. La norma, que deberá ser aprobada por el Parlamento Europeo, estaba

paralizada desde hacía más de tres años y su reactivación fue debida, en gran parte, al

empeño de la nueva comisaria búlgara de Protección de los consumidores, Meglena Kuneva,

quien recordó que “la armonización de normas y la mayor transparencia en este ámbito

producirán mejoras en los precios para los solicitantes de los créditos”.

Aunque será preciso esperar, previsiblemente, hasta 2009 para su aplicación real y efectiva,

la nueva norma, que sustituirá a otra anterior de 1987, pretende aumentar la competencia en

el sector bancario, estableciendo una mayor transparencia en la información de las ofertas

de los créditos al consumo. Prevé también que los clientes bancarios puedan renunciar al

crédito en un plazo de tiempo corto, de 14 días, sin necesidad de justificarse y sin gastos

(este derecho tan sólo existe en determinados Estados miembros, como Alemania). Asimismo,

el nuevo texto contempla que el derecho al reembolso anticipado del crédito no soporte una

comisión por cancelación anticipada superior el 1%, disposición que beneficiará, en

particular, a los consumidores españoles, ya que actualmente pueden soportar comisiones de

hasta un máximo del 3% en las amortizaciones anticipadas de créditos a tipos de interés

fijos, o de un 1,5% en créditos a tipos variables. Además, cuando los préstamos al consumo

sean de una cuantía inferior a 10.000 euros no podrán soportar ningún tipo de comisión en

caso de cancelación anticipada.

Según estimaciones del Banco Central Europeo, los tipos de interés medios para créditos al

consumo en la zona euro varían entre el 6% de Finlandia y el 12% de Portugal (en España se

sitúan alrededor del 7,1%), divergencia que augura un potencial de crecimiento para los

prestamistas más competitivos. Asimismo, estima que el mercado tiene una dimensión de

unos 800.000 millones de euros, y su crecimiento anual, se sitúa en torno al 8%. Fuentes del

BCE destacan que, hasta la fecha, las operaciones o créditos transfronterizos representan tan

sólo el 1% del total.

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II.2.4. LIBERALIZACIÓN DE LOS SERVICIOS POSTALES

Los países de la Unión Europea alcanzaron el 1 de Octubre un acuerdo político para

liberalizar completamente los servicios postales en Europa a partir de 2011, con un periodo

excepcional de adaptación de dos años para once Estados (ocho de los Diez Estados

adheridos en 2004 –Polonia, Hungría, República Checa, Eslovaquia, Letonia, Lituania, Malta

y Chipre- junto con Rumanía, Luxemburgo y Grecia.).

El acuerdo, alcanzado por el Consejo de Ministros de Transporte, Telecomunicaciones y

Energía en Luxemburgo, dio inicio al proceso legislativo de codecisión que incluye la

ratificación por parte del Parlamento Europeo y cuya conclusión podría demorarse hasta

mediados de 2008.

La apertura del mercado terminará con los últimos monopolios existentes en los envíos de

menos de 50 gramos, el segmento de actividad más lucrativo de los servicios postales y que

se había mantenido al margen de anteriores procesos de liberalización como contrapartida

por la garantía de la prestación del servicio universal.

La situación de estos servicios postales en Europa es muy diversa. Entre los países que ya

disfrutan de una liberalización completa figuran Suecia y Reino Unido, mientras que, en

cambio, en España CORREOS aún controla los envíos interprovinciales y trasnacionales de

menos de 50 gramos (otros servicios, como el correo local, ya están totalmente liberalizados).

El acuerdo incluye también la posibilidad de que los Estados puedan crear un fondo de

compensación para ayudar a su operador histórico en este proceso liberalizador.

En el texto no aparece ninguna mención a los servicios de correo express, ya que los Estados

miembros no llegaron a un acuerdo sobre su consideración como parte integrante del

servicio postal, ya que, en este caso, deberían contribuir necesariamente al fondo de

compensación que, en su caso, se establezca en cada Estado.

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II.2.5. MERCADO DE TELECOMUNICACIONES: PROPUESTA DE REFORMA DE LA COMISIÓN EUROPEA

La Comisión Europea presentó el 13 de Noviembre una propuesta de reforma del mercado de

las telecomunicaciones (telefonía móvil, conexión a Internet de banda ancha y televisión por

cable), que pretende contribuir a que la oferta de estos servicios a los ciudadanos

comunitarios mejore y sea también más barata.

En palabras de la comisaria Viviane Reding, la reforma “va al meollo del problema, que no

es otro que la fragmentación del mercado de las telecomunicaciones en Europa, que está

privando a los consumidores europeos de las ventajas de la competencia transfronteriza en

este ámbito”.

Los principales puntos contemplados en la propuesta de la Comisión son:

• La articulación de mayores derechos para los consumidores

• El aumento de la competencia entre operadores, que incremente las posibilidades de

elección al cliente/usuario de los servicios

• La promoción de inversiones en nuevas infraestructuras de comunicación, incluyendo

la liberalización de radiofrecuencias para servicios inalámbricos de banda ancha y

mejorando la fiabilidad y seguridad de las redes de comunicaciones (especialmente

ante los virus y otros ataques cibernéticos)

• El reforzamiento de la independencia de los organismos nacionales de vigilancia de

las telecomunicaciones, tanto respecto de los operadores dominantes como respecto

de los gobiernos.

Además, y según la propuesta, los esfuerzos de las entidades reguladoras nacionales se

verían apoyados por una nueva Autoridad Europea del Mercado de las Telecomunicaciones,

organismo que debería velar por garantizar la existencia de unas condiciones de

competencia equitativas en el Mercado de los Veintisiete y que analizaría los problemas de

seguridad de las redes.

En todo caso, esta importante reforma del mercado europeo de las telecomunicaciones

deberá ser aprobada por el Parlamento Europeo y por el Consejo de Ministros. Si se cumplen

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las previsiones de la Comisión, a finales de 2010 podría estar incorporada en la legislación

nacional.

De hecho, a finales del mismo mes de Noviembre los ministros de Telecomunicaciones de la

Unión Europea iniciaron el debate sobre la propuesta planteada por la Comisión. A pesar de

que todos ellos se mostraron de acuerdo con los objetivos de la reforma del sector, es decir,

fomentar la competencia y reforzar la protección de los usuarios, rechazaron de manera casi

unánime una de sus principales aportaciones, como es la creación de la Autoridad Europea

del Mercado, por considerar que sería una entidad innecesaria, que traería más burocracia y

socavaría la autoridad de los reguladores nacionales.

En cambio, los Ministros apoyaron la propuesta de Bruselas de introducir una mayor

flexibilidad en la gestión del espectro radioeléctrico y de consagrar el principio de

neutralidad tecnológica y de servicios, aunque reclamaron que sean las autoridades

nacionales las que tengan la última palabra en cuestiones de espectro.

Este primer debate ministerial fue clausurado por la comisaria Reding, quien destacó la

«unanimidad» de los ministros sobre los objetivos que debe perseguir la reforma y se declaró

"muy optimista" sobre su tramitación. Asimismo, aceptó profundizar el debate sobre las

cuestiones más polémicas para ver si es posible "encontrar soluciones técnicas mejores para

resolver los problemas".

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II.3. NUEVAS INICIATIVAS RELEVANTES EN EL DESARROLLO DE POLÍTICAS COMUNITARIAS.

II.3.1. PROYECTO GALILEO: SISTEMA EUROPEO DE LOCALIZACIÓN GEOGRÁFICA POR SATÉLITE

Tras las dudas iniciales mostradas por el sector privado para participar en el proyecto, y tras

la aprobación de un plan financiero que incluye 2.400 millones de euros de fondos

comunitarios, los Veintisiete Ministros de Transporte sentaron las bases para poner en

marcha el sistema de navegación por satélite GALILEO, con el que Europa pretende

independizarse del GPS estadounidense.

El sistema global de navegación europeo funcionará con la puesta en órbita de treinta

nuevos satélites (previsiblemente en 2011), y ofrecerá servicios de navegación y

posicionamiento en sectores diversos, como el transporte, la operativa financiera realizada a

través de Internet o la gestión de situaciones de crisis y emergencias.

Los Ministros pactaron la organización de trabajos para lanzar el proyecto en seis fases:

satélites, lanzadores, programas informáticos, estaciones en tierra, centros de control y

sistemas de operaciones.

Se trata de un proyecto fundamental para Europa, no sólo por la alta tecnología que

representa sino porque su puesta en marcha hará posible la autonomía respecto al sistema

americano y crearía unos 150.000 puestos de trabajo.

II.3.2. PAC: REFORMA DE LA ORGANIZACIÓN COMÚN DEL VINO

Los ministros de Agricultura de los Veintisiete alcanzaron un acuerdo en Diciembre para

reformar el sector del vino, que pretende dar prioridad a la producción de vino de calidad.

La reforma entrará en vigor durante el verano de 2009, y prevé un periodo transitorio de

cuatro años en los que los agricultores podrán seguir recibiendo las ayudas actuales, como

las relacionadas con destilaciones o las primas al mosto. También se mantendrán durante

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este periodo, las ayudas para los productores que envíen su vino a industrias de licores o

brandy (“destilación para alcohol de uso de boca”).

Transcurridos estos cuatro años, las ayudas pasarán a ser pagos directos por superficie o

explotación, desligados totalmente de la producción y reproduciendo los modelos ya

implantados en otros sectores, como las frutas, las hortalizas o los cereales.

También se retrasa la liberalización del cultivo de viñas. La supresión del sistema de

derechos de plantación (relativos a la plantación de viñedos que no se tienen en propiedad)

deberá hacerse efectiva en 2015, aunque determinados países podrán mantener tales

derechos hasta finales de 2018.

La reforma plantea asimismo un plan para fomentar el arranque voluntario de 175.000

hectáreas de viñedo en las zonas menos competitivas en un período de tres años. La ayuda

será un 20% superior a la actual en 2009, un 10% en 2010 e igual en 2011, aunque

dependerá, en todo caso, de las zonas y los rendimientos. Este abandono de las plantaciones

será fomentado con ayudas que rondarán, según las estimaciones de Bruselas, los 5.000

euros por hectárea. La previsión señala, asimismo, que este abandono afectará

mayoritariamente a España, que es el Estado comunitario con mayor superficie de viñedo,

aunque en producción de vino ocupa el tercer lugar.

En conjunto, se trata de una reforma que rebaja y retrasa sustancialmente las propuestas

iniciales de la Comisión Europea. Es en este sentido que las valoraciones de los gobiernos

más afectados fueron de satisfacción. Elena Espinosa, ministra española de Agricultura,

calificó el marco reglamentario aprobado como “una plataforma para lograr que el vino

español alcance la primera posición de la UE no sólo por extensión de viñedo sino por valor

de la producción y por comercialización”. Destacó, asimismo, que España, tercer productor

de vino de la Unión, seguirá siendo el mayor receptor de fondos comunitarios, con unos 420

millones de euros anuales.

Sin embargo, también se escucharon críticas al acuerdo procedentes de determinadas

agrupaciones de profesionales del sector. Las objeciones se centraron en la no inclusión de

algunas de sus principales reivindicaciones, como la exclusión de las Denominaciones de

origen de la liberalización de las plantaciones, el establecimiento de criterios uniformes para

el etiquetado o las ayudas a la promoción interna del vino dentro de la UE.

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II.3.3. POLÍTICA DE PESCA: MANTENIMIENTO DE LA VEDA DE LA ANCHOA EN EL CANTÁBRICO

También en Diciembre el Consejo de Ministros de Agricultura y Pesca aprobó las cuotas

pesqueras para 2008.

El acuerdo alcanzado por los Veintisiete incluyó el mantenimiento de la veda de la anchoa

en el Golfo de Vizcaya hasta Julio de 2008. Sólo entonces, y en base al análisis que reporten

en primavera los científicos en relación al estado de las reservas, podría tomarse una nueva

decisión sobre la eventual reapertura de la pesquería durante el resto del año.

Los Ministros apoyaban, de esta manera, las tesis de la Comisión Europea que consideran

que “la perspectiva de la anchoa en el Golfo de Vizcaya sigue siendo pobre” y que

rechazaban la petición conjunta realizada por las cofradías del Cantábrico y de Francia de

reabrir la pesca con un TAC de 8.000 toneladas.

Este pacto entre pescadores franceses y españoles sorprendió a Bruselas y a los negociadores

del ministerio español, dado el fuerte desencuentro manifestado por ambos sectores en

campañas anteriores, cuando los pescadores franceses defendían la pesca y los españoles, en

cambio, solicitaban su prohibición. Desde el Ministerio, en cambio, se incidió en “el respeto

a los informes científicos” en los que se basaba la Comisión para proponer la veda (TAC

cero) para la pesca de la anchoa en el Golfo de Vizcaya.

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II.4. COMPETENCIA: ACUERDOS EMPRESARIALES CONTRARIOS A LA LIBRE COMPETENCIA EN EL MERCADO ÚNICO

La Dirección General de la Competencia ha investigado diferentes cárteles empresariales a lo

largo de 2007 y, en algunos casos, ha llegado a demostrar que las compañías investigadas

habían desarrollado prácticas contrarias a la libre competencia mediante pactos sobre precios

de venta y/o mediante el reparto de una parte sustancial del mercado comunitario.

La comisaria holandesa Neelie Kroes no ha dudado en calificar estas prácticas como de

auténticos engaños y estafas a los consumidores y a los clientes industriales, puesto que

éstos se ven privados de unos mejores precios y, por tanto, de los beneficios del Mercado

Unico. Incluso desde la misma Dirección General se ha recomendado a quienes se han visto

directamente perjudicados por estas prácticas que acudan a los Tribunales nacionales para

obtener una compensación económica, utilizando las investigaciones de la Comisión como

prueba.

II.4.1. FABRICANTES DE COMPONENTES ELÉCTRICOS

La Dirección General de la Competencia de la Comisión Europea impuso en Enero una multa

de 750 millones de euros a once grupos de empresas europeas y japonesas por actuar como

un cártel en el mercado de conmutadores de aislamiento de gas utilizados en subestaciones

eléctricas, acordando precios y repartiéndose el mercado, durante 16 años.

La sanción de Bruselas, que se convirtió en la segunda más elevada de las fijadas hasta

entonces a un solo cártel, afectó a los principales fabricantes del sector como ABB, ALSTOM,

AREVA, FUJI, HITACHI JAPAN, AE POWER SYSTEMS, MITSUBISHI ELECTRIC CORP.,

SCHNEIDER, SIEMENS, TOSHIBA y VA TECH.

La Comisión afirmaba en su decisión que las empresas, lideradas por SIEMENS, manipularon

ofertas, acordaron precios, se distribuyeron proyectos, se intercambiaron información

comercial confidencial y se repartieron los mercados, en un comportamiento

manifiestamente fraudulento. En el caso de las empresas japonesas, señalaba que su ausencia

en los mercados europeos significó, de facto, la restricción de la competencia.

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SIEMENS fue sancionada con una multa récord de 396,5 millones de euros. Le siguieron el

grupo MITSUBISHI ELECTRIC CORP., con 118,5 millones y TOSHIBA, con 90,9. ABB iba a

ser la segunda sancionada en importancia, con 215 millones, pero Bruselas le liberó de la

multa por su colaboración en el procedimiento, ya que ésta fue considerada trascendental

para desmontar el cártel.

II.4.2. FABRICANTES DE ASCENSORES Y ESCALERAS MECÁNICAS

En Febrero, la Comisión hizo pública una segunda sanción a una concertación empresarial

ilegal, por un importe cercano a los mil millones de euros, lo que significó un nuevo récord,

al superar a todas las impuestas hasta entonces. Bruselas había investigado a los cuatro

principales fabricantes de ascensores, THYSSEN KRUPP, OTIS, SHINDLER y KONE, por

ofertar sus productos a precios artificialmente altos en un gran número de concursos

públicos europeos.

Bruselas comprobó que, en efecto, estas compañías coordinaban las ofertas que presentaban

en las licitaciones públicas. La compañía que, en cada caso, habían acordado que ganara el

concurso, presentaba una oferta menos costosa, pero aún así, con un precio de venta

artificialmente elevado, puesto que sabía de antemano que su propuesta era la mejor.

El ejecutivo comunitario sostiene que las empresas multadas acordaron precios, se

repartieron la adjudicación de contratos y compartieron información confidencial entre los

años 1995 y 2004. Los responsables de las corporaciones acusadas mantenían reuniones de

forma regular, en lugares discretos y utilizaban tarjetas de móviles de prepago con el

objetivo de no dejar rastro de sus conversaciones. Esta “clandestinidad” es, a juicio de

Bruselas, una prueba clara de que las empresas eran plenamente conscientes de la ilegalidad

de su actuación.

“Es escandaloso que el coste de la construcción y del mantenimiento de edificios públicos,

incluidos los hospitales, hayan sido inflados de manera artificial por el cártel”, indicó

entonces la comisaria de la competencia, Neelie Kroes. “El daño durará muchos años ya que

afecta no sólo al precio de venta sino también al del mantenimiento de los ascensores y

escaleras mecánicas”, agregó.

En este mismo sentido, un portavoz comunitario precisó que, en efecto, los efectos del cártel

ilegal podrían prolongarse por un periodo de entre 20 y 50 años, y que, en todo caso, los

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compradores afectados podrían renegociar los contratos de mantenimiento con las empresas

multadas de acuerdo con la legislación de contratación vigente en cada Estado miembro,

pudiendo acudir a los tribunales y presentar como prueba de los daños sufridos la multa

comunitaria.

II.4.3. PETROLERAS: MERCADO DEL ASFALTO

La Comisión Europea multó en Octubre a CEPSA y REPSOL con 84 y 80 millones de euros

respectivamente, por haberse repartido el mercado español del asfalto y haber fijado los

precios durante 12 años (entre 1991 y 2002), junto con la británica BP, la sueca NYNÄS y la

portuguesa GALP.

Las cinco empresas acusadas se reunían cada año de forma clandestina para distribuirse las

obras y contratos. Sin embargo, la cita se frustró en 2002 porque BP había decidido acogerse

al programa de inmunidad ofrecido por la Comisión a las compañías que, reconociendo su

participación en este tipo de prácticas, colaboren en las investigaciones del ejecutivo

comunitario. Gracias precisamente a esta colaboración de la compañía británica, Bruselas ya

había impuesto en 2006 una multa de 266 millones de euros a 14 empresas que se habían

repartido el mercado holandés del alquitrán entre 1994 y 2002.

En total, la multa al cártel sobre el mercado español ascendió a 183 millones de euros

(también fueron multadas NYNÄS con 11 millones de euros y GALP con 9). BP quedó

exonerada de la sanción (en este caso le hubiera correspondido una multa de 66 millones de

euros).

La comisaria de la Competencia, la holandesa Kroes, recordó que el reparto del mercado

español del alquitrán por parte de las cinco compañías petroleras, se produjo en unos años

de espectacular actividad en la inversión pública en infraestructuras, y en la construcción o

renovación de carreteras. Por ello, animó a las empresas y clientes perjudicados a reclamar

daños y perjuicios ante los Tribunales, basándose en las pruebas descubiertas por su

Dirección General y para defenderse de lo que denominó una estafa a las autoridades

públicas y contribuyentes españoles.

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II.4.4. FABRICANTES DE CINTAS DE VIDEO PARA USO PROFESIONAL

En Noviembre, la Comisión impuso una multa de 74,7 millones de euros a las empresas

japonesas SONY, FUJI y MAXELL, por participar, entre 1999 y 2002, en un cártel en el que

pactaban subidas de precios de las cintas de vídeo destinadas a uso profesional, y que se

vendían, fundamentalmente, a cadenas de televisión y productoras.

Bruselas inició la investigación por propia iniciativa mediante inspecciones sorpresa en los

locales de las filiales europeas de las tres empresas en Mayo de 2002 y encontró numerosas

pruebas del acuerdo ilegal. Según los resultados de la inspección, entre las tres pactaron con

éxito tres series de aumentos de precios, y “se esforzaron en estabilizarlos cuando no era

posible aumentarlos”.

SONY ha debido soportar la sanción más alta (47,1 millones de euros), ya que ésta se

incrementó por haber obstaculizado la inspección (un empleado se negó a responder a las

preguntas que planteó verbalmente la Comisión y otro fue sorprendido triturando

documentos). En cambio, FUJI y MAXELL consiguieron rebajas sensibles por su cooperación

en la investigación (13,2 y 14,4 millones respectivamente de multa final).

II.4.5. FABRICANTES DE VIDRIO PLANO PARA CONSTRUCCION

También en Noviembre la Comisión anunció una multa de 486,9 millones de euros a cuatro

fabricantes de vidrio plano utilizado en el sector de la construcción, concretamente para la

fabricación de ventanas, espejos y puertas de cristal.

La estadounidense GUARDIAN ha de pagar la suma más alta, 148 millones de euros,

mientras que la británica PILKINGTON pagará 140 millones, la francesa SAINT-GOBAIN

133,9 millones y la japonesa ASAHI, 65 millones.

Según la Comisión Europea, las cuatro empresas, que controlan alrededor del 80% del

mercado europeo, pactaron subidas de precios, fijaron precios mínimos y otras condiciones

comerciales, entre 2004 y 2005.

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También en este caso, la investigación fue iniciativa del ejecutivo comunitario e incluyó

visitas sorpresa a las sedes europeas de las empresas implicadas. La japonesa decidió

entonces acogerse al programa de “clemencia” y aportó información adicional sobre el

cártel, con lo que consiguió una reducción sustancial de su multa.

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II.5. COMPETENCIA: ABUSOS DE POSICION DE DOMINIO EN EL MERCADO COMUNITARIO.

La Dirección General de la Competencia también analiza los comportamientos ilegales de las

empresas, contrarios a la libre competencia, que se articulan mediante el abuso de una

posición de dominio en una parte sustancial del mercado comunitario.

Al igual que sucede con los acuerdos, la comisaria Kroes se muestra inflexible y tajante

contra este tipo de prácticas, puesto que suponen también un menoscabo importante de los

derechos y oportunidades que se derivan de la libre competencia en el Mercado Unico.

II.5.1. TELEFÓNICA: PRECIOS DE BANDA ANCHA

En julio, la Comisión sancionó a TELEFÓNICA con 151,875 millones de euros por lo que

consideró “un abuso muy grave” de su posición de dominio en el mercado español de Banda

Ancha.

Según Bruselas, el operador dominante en el mercado español de las telecomunicaciones

había dificultado la entrada de competidores en el mercado de Banda Ancha, entre

Septiembre de 2001 y Diciembre de 2006, a través de su estructura de precios mayoristas y

al consumo: aplicaba a sus competidores unos precios especialmente altos por el uso de su

red y, en cambio, ofrecía precios anormalmente bajos a sus clientes.

TELEFÓNICA forzaba así a sus competidores a un fuerte estrechamiento de márgenes. Puesto

que muchos de los operadores de servicios de Banda Ancha carecen de infraestructuras

propias y han de alquilárselas al operador dominante, se veían obligados a pagar cifras

elevadas por este alquiler, pero no podían competir con los reducidos precios minoristas

aplicados por TELEFÓNICA a sus clientes.

La Comisión sentenció que "con esta práctica, Telefónica debilitó a sus competidores y

dificultó su presencia y crecimiento", añadiendo además que "por su gravedad y duración, el

abuso de TELEFÓNICA merece una sanción severa".

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El resultado de la ausencia de competencia por el dominio abusivo del operador dominante

era, según las fuentes comunitarias, que los usuarios españoles pagaban finalmente un 20%

más que la media europea de los Quince y que la penetración de la Banda Ancha era un 20%

inferior.

El abuso concluyó en Diciembre de 2006, cuando la Comisión del Mercado de las

Telecomunicaciones (CMT), regulador del mercado español, impuso drásticas reducciones en

los precios mayoristas.

II.5.2. MASTERCARD: COMISIONES ABUSIVAS

En Diciembre de 2007 la Comisión denunció las elevadas comisiones bancarias

aplicadas por Mastercard en los pagos internacionales y le exigió su reducción

en un plazo de seis meses, bajo la amenaza de imponerle una sanción diaria del

3,5% de su volumen de negocio, lo que podría significar unos 254.000 euros

diarios.

Tras una investigación de cuatro años, el ejecutivo comunitario llegó a la conclusión de que

la “comisión de intercambio” de las tarjetas Mastercard y Maestro que pagan los bancos

(propietarios de las terminales instaladas en los comercios) a la entidad emisora de las

tarjetas por cada operación, eleva de forma injustificada el coste de operar con ellas.

Según Bruselas, esta comisión se aplica prácticamente a todos los pagos transfronterizos en

Europa y, también, en los pagos domésticos en Bélgica, Irlanda, Italia, República Checa,

Letonia, Luxemburgo, Malta y Grecia.

Según la comisaria Kroes, el sistema “infla” el coste de las operaciones y supone un riesgo de

que los usuarios de las tarjetas paguen dos veces por el mismo servicio: por una parte,

pagando la comisión anual aplicada por sus bancos a la tarjeta y, por otra, pagando el

incremento de los precios finales de los productos y servicios adquiridos, y que se deriva de

la repercusión en cadena de la comisión de intercambio (del banco al comercio y de éste al

cliente final). Este sobreprecio, alertaron las fuentes de la Comisión, lo soportan también los

clientes que pagan en metálico. Según la holandesa, la comisión aplicada se asemeja a un

“impuesto al consumo”.

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III. LA ACTUALIDAD ECONÓMICA Y EMPRESARIAL DE BIZKAIA EN LA UNIÓN EUROPEA

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III. 1. TRIBUNAL DE JUSTICIA DE LA UE: CUESTIÓN PREJUDICIAL SOBRE LA FISCALIDAD VASCA

El 6 de Septiembre de 2006 el Tribunal de Justicia de Luxemburgo hizo pública una

sentencia relativa al régimen fiscal de las Islas Azores que, desde diferentes ámbitos, fue

interpretada como un respaldo a la capacidad fiscal vasca para fijar tipos impositivos

distintos a los del territorio común.

En aquel caso, la Corte Europea consideró las reducciones impositivas aplicadas a las

empresas de las islas portuguesas como ayudas de Estado y las declararó, por tanto, ilegales.

Señaló, en concreto, que tales exoneraciones fiscales no cumplían tres requisitos

fundamentales para ser consideradas compatibles con el Mercado Unico:

► autonomía institucional: el recorte fiscal ha de ser adoptado por una autoridad

regional o local que constitucionalmente cuente con un estatuto político o

administrativo distinto del gobierno central,

► autonomía normativa: el ejecutivo estatal no ha de intervenir en la adopción

de las decisiones fiscales regionales,

► autonomía económica: la merma recaudatoria ha de ser asumida por el

territorio en cuestión sin que el Estado al que pertenece le compense de ninguna

forma.

El Tribunal comunitario se pronunciaba por vez primera sobre las condiciones de legalidad o

ilegalidad de los tipos impositivos reducidos en regiones con capacidad fiscal reconocida

constitucionalmente. Y según una mayoría de expertos fiscalistas, los fundamentos y

argumentos contenidos en la sentencia avalaban con claridad la posibilidad de que el País

Vasco y Navarra fijen tipos impositivos distintos de los del resto del Estado sin, por ello,

contravenir la libre competencia europea. Destacaron estos medios que el pago del Cupo al

Estado no depende de sus ingresos tributarios, por que no se cuestiona la autonomía

económica.

La satisfacción ante la sentencia fue unánime entre instituciones y organizaciones patronales

del País Vasco. Las tres Diputaciones, organismos competentes en materia fiscal,

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coincidieron en afirmar que el fallo era el “más importante dictado por un Tribunal europeo

en relación con el autogobierno vasco”.

Sin embargo, la sentencia advertía de que, dentro de una región con capacidad fiscal, los

incentivos pueden ser selectivos y, por tanto, ilegales, si afectaran sólo a un colectivo de

empresas y no fueran autorizados, en su caso, por la Comisión. Este podría ser,

eventualmente, el caso de las “vacaciones fiscales vascas”, cuya recuperación ha sido exigida

por Bruselas en reiteradas ocasiones.

Según la interpretación mayoritaria, la “sentencia de las Azores”, como se la conoce,

también parecía echar por tierra los argumentos esgrimidos por el Tribunal Supremo en

Enero de 2005 para ilegalizar la normativa que regula la fiscalidad de los beneficios

empresariales en el País Vasco. Las Diputaciones se plantearon también utilizar este fallo del

Tribunal europeo como un argumento de peso en el recurso que presentaron ante el

Constitucional español, recurso con el que, a su vez, pretendían dejar sin efecto la decisión

del Supremo.

La eventual resolución de la maraña judicial desarrollada en torno a la fiscalidad vasca dio

un paso definitivo cuando, a finales de Septiembre de 2006, el Tribunal Superior de Justicia

del País Vasco (TSJPV) decidió finalmente plantear una cuestión prejudicial al Tribunal

comunitario.

Con esta decisión, que contaba con el respaldo de las Diputaciones y otras instituciones

vascas, el TSJPV decidía dejar en manos de la justicia comunitaria el futuro de la tributación

foral. En el escrito remitido a la Corte de Luxemburgo, el Tribunal vasco corroboraba la

existencia de la autonomía institucional vasca, pero mostraba sus dudas respecto a la

autonomía de procedimiento (por los límites genéricos de armonización fiscal fijados en el

Concierto Económico Vasco) y respecto a la autonomía económica (la jurisprudencia del

Constitucional defiende la unidad de mercado en el conjunto del Estado).

A lo largo de 2007 se han hecho públicas diferentes posturas en torno a la cuestión

prejudicial.

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► En Mayo de 2007, el gobierno español hizo pública su defensa de la fiscalidad vasca

presentando al Tribunal comunitario un informe en el que afirmaba que, sobre la base

del Concierto Económico, la Comunidad Autónoma del País Vasco puede aplicar

impuestos diferentes a los vigentes en el resto del país, dentro de los márgenes previstos

por la legislación y sin contravenir la normativa de la Unión Europea.

Según el ejecutivo central, Euskadi cumple las tres condiciones, establecidas por el

propio Tribunal europeo en la conocida como sentencia de las Azores de Septiembre

de 2006, para que una región pueda establecer impuestos diferenciados: autonomía institucional (la política fiscal vasca tiene su encaje constitucional en el Concierto

Económico), autonomía normativa o de procedimiento (el ejecutivo central no

interviene en la adopción de las decisiones fiscales vascas) y autonomía económica

(las consecuencias económicas de las rebajas fiscales son asumidas exclusivamente

por la Comunidad Autónoma, sin compensaciones por parte de otras regiones o del

gobierno central, y sobre la base del pago del Cupo al Estado, un pago que no

depende de los ingresos tributarios vascos).

► Sin embargo, a principios de Junio, la Comisión Europea hizo pública una valoración

contraria a las tesis del gobierno español. En su informe remitido a la Corte de

Luxemburgo, Bruselas realizó un exhaustivo análisis del entramado institucional del País

Vasco, el Concierto Económico y las relaciones financieras con la Administración central,

para concluir que no existe una suficiente justificación para que las empresas vascas

disfruten de una fiscalidad más “blanda” que las empresas del resto del Estado.

La Comisión identificó una serie de argumentos para fundamentar su desautorización

respecto de la capacidad normativa en materia fiscal de las Diputaciones vascas, en

relación fundamentalmente a la existencia de mecanismos de compensación

financiera con la Administración Central (falta de suficiente autonomía económica).

Paradójicamente, Bruselas también apuntó la existencia de ciertos mecanismos de

“dependencia económica” entre las propias Diputaciones y el Gobierno Vasco. En la

Ley de Aportaciones, que regula las relaciones financieras entre Territorios Históricos

de la Comunidad Autónoma se prevé la existencia de un “fondo de solidaridad” que

establece que si una Diputación registra una recaudación inferior a la considerada

“normal”, será compensada por las otras dos, con un esfuerzo adicional procedente

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del Presupuesto del Gobierno Vasco. Es así como la Comisión sostiene que el País

Vasco no cumple con el tercer requisito de la sentencia de las Azores relativo a la

autonomía económica (las reducciones fiscales de una región no deben tener

consecuencias económicas para otras).

El contundente informe del ejecutivo comunitario cayó como un “jarro de agua fría”

sobre las aspiraciones de las instituciones vascas, a pesar de que esta postura de

Bruselas no deja de ser un acto coherente con su trayectoria anterior. La Comisión

siempre se ha mostrado contraria a la diversidad fiscal, y ha buscado en cambio la

armonización. Desde hace más de una década, ha desplegado todos sus medios para

acotar cualquier disonancia tributaria.

► Otros dos Estados miembros, Reino Unido e Italia, se han sumado a la polémica,

mostrando su apoyo a las tesis favorables a la singularidad fiscal del País Vasco. Ambos

gobiernos hicieron uso de su potestad para presentar alegaciones al Tribunal de

Luxemburgo y, pesar de señalar que no alcanzan a entender del todo alguna de las

peculiaridades del entramado institucional, financiero y normativo del País Vasco,

aseguraron que se dan las circunstancias para que la Comunidad Autónoma pueda tener

una normativa fiscal diferente a la que apruebe el gobierno español. Euskadi cumple, por

tanto, todos los requisitos exigidos por la doctrina de la corte comunitaria.

La reacción de Londres y Roma no extrañó a los expertos en la materia, ya que

ambos países tienen sus propios espacios regionales que quieren preservar su

autonomía tributaria, Gibraltar y Escocia en un caso, y Sicilia en el otro.

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GOBIERNO ESPAÑOL

El Gobierno español ha presentado ante el Tribunal de Luxemburgo un informe sobre la fiscalidad vasca, en el que defiende que, gracias a la existencia del Concierto Económico, el País Vasco puede tener impuestos diferentes a los que estén vigentes en el resto del territorio nacional, dentro de los márgenes previstos por la legislación y sin atentar contra la normativa de la Unión Europea. El texto forma parte de las contribuciones realizadas por diversos estamentos al proceso de reflexión iniciado en el seno del citado tribunal para dilucidar si el País Vasco puede o no tener un Impuesto de Sociedades más bajo que el del resto de España El Gobierno español, en su informe, asegura que el País Vasco cumple las tres condiciones que el propio Tribunal de la UE estableció recientemente -en el ya famoso caso Azores-, para que una región pueda tener impuestos diferenciados: que su autonomía normativa tenga encaje constitucional, como es el caso del Concierto Económico; que la aprobación de las normas se realice con autonomía y sin necesidad de solicitar autorización alguna de la Administración central y, quizá la más importante, que las consecuencias económicas de una hipotética rebaja en la presión fiscal sean asumidas en solitario por la Administración regional, como sucede con el mecanismo del Cupo.

COMISION EUROPEA

Si la sentencia del caso Azores fue un claro respaldo de una institución comunitaria al Concierto Económico, la posición de la Comisión fue el contrapunto, puesto que en su informe no dejaba dudas de que, en su opinión, las Diputaciones no tienen capacidad legal para aprobar impuestos más bajos que los vigentes en España. Este órgano comunitario estima que el País Vasco debe solicitar permiso a la UE si quiere aprobar tipos impositivos inferiores a los del Estado ya que, apunta, Euskadi no asume en solitario las consecuencias económicas de sus disposiciones fiscales. El esquema financiero que estructura el Concierto Económico no se basa en una autonomía económica completa de la Comunidad Autónoma, sino que existen vasos comunicantes con la Administración central. El informe elaborado por la Comisión Europea concluye que Euskadi no reúne las condiciones exigidas para aprobar tributos diferentes a los que se aplican en el resto del Estado español. Fue recibido con duras críticas por parte del Gobierno vasco y las organizaciones empresariales, a pesar de que el entonces diputado general de Álava en funciones, Ramón Rabanera, le restó trascendencia al ser una simple «alegación» sobre la que deberá pronunciarse el Tribunal de Justicia de la UE.

La decisión final corresponde al Tribunal comunitario. Los jueces europeos deberán valorar

las alegaciones favorables presentadas por el gobierno español, las propias Diputaciones, la

patronal empresarial vasca y la Cámara de Comercio de Bilbao. Y, también, los argumentos

en contra presentados por la UGT de La Rioja, los gobiernos de esta región y de Castilla y

León, así como el mencionado informe presentado por la Comisión Europea.

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Será, indudablemente, una decisión de enorme trascendencia para el País Vasco, puesto que

apuntará a uno de los puntales fundamentales de la autonomía, como es el Concierto

Económico.

La vista ante el Tribunal europeo se iniciará el 28 de Febrero de 2008. Finalmente, deberá

dictaminar sobre la “doctrina Azores” en el caso vasco, es decir, sobre si los tres requisitos de

autonomía institucional, normativa y económica, existen o no en el País Vasco.

LOBBY EUROPEO DE DEFENSA DEL CONCIERTO ECONOMICO VASCO

En Septiembre de 2007, el Gobierno vasco y las Diputaciones Forales dieron los primeros pasaso para crear un "lobby" europeo con el que explicar las singularidades del régimen vasco y defender la capacidad de las regiones con competencias a fijar tipos impositivos distintos a los de los Estados.

"Nos hemos dado cuenta del desconocimiento existente sobre el Concierto y una de las labores que debemos hacer es la de transmitir el por qué de estas realidades fiscales. Para evitar que tengamos sentencias negativas", advirtió el diputado de Hacienda de Gipuzkoa, Pello González, que expuso en una audición celebrada en la Eurocámara las peculiaridades del régimen fiscal vasco.

Según avanzó González, el nuevo grupo contará con el apoyo de otras regiones con competencias similares a las de Euskal Herria como Escocia, Gales, Flandes y las Islas Aland, que también se enfrentan a este tipo de polémicas. "La acogida del planteamiento inicial ha sido muy favorable. La intención sería iniciar un lobby en torno a estas cinco realidades europeas que se podrá abrir a otras", explicó.

De esta forma, la resolución del debate pasaría por aunar fuerzas a nivel europeo y realizar un "trabajo colectivo" con otras realidades similares.

"Tenemos que seguir trabajando en esta labor de aunar la realidad de regiones y países similares para poder buscar un entorno común de forma que se nos permita defendernos de esa idea uniformadora. Sí creemos que tiene que haber unas líneas de fiscalidad propia en la UE, pero se tiene que hacer el encaje con las singularidades que pueda haber y una de ellas es la fiscalidad vasca", advirtió Pello González.

MIEMBROS DEL EQUIPO DE EXPERTOS LEGALES DEFENSORES DE LA ADMINISTRACIÓN VASCA ANTE EL

TRIBUNAL EN LOS DIFERENTES PLEITOS FISCALES EN CURSO

El País Vasco “está pagando las consecuencias de que la Comisión Europea no definiera bien, en su momento, lo que se consideran Ayudas de Estado”.

Si una imposición “blanda” a los beneficios empresariales establecida en determinadas regiones europeas se considera Ayuda de Estado discriminatoria con respecto a las empresas de otras regiones, debe contar con la autorización de la Comisión Europea.

Pero si, por el contrario, la imposición sobre sociedades se considera una medida de carácter general no sería necesaria ninguna autorización, puesto que no se incluiría en la categoría de Ayudas de Estado. Se trataría de un modelo regional asimilable al modelo impositivo existente en los diferentes Estados miembros, que establecen tipos impositivos divergentes.

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III. 2. EL TRIBUNAL DE JUSTICIA DE LA UE CONDENA POR LA NO RECUPERACIÓN DE LAS “VACACIONES FISCALES”.

En los años noventa, en una coyuntura económica difícil que arrastraba las consecuencias

de traumáticas reconversiones industriales, las autoridades vascas pusieron en marcha un

régimen de beneficios fiscales a las empresas que pretendía reimpulsar la actividad

económica y la inversión, pero que ha sido cuestionado reiteradamente por las instituciones

comunitarias.

► “Vacaciones Fiscales” 1993-1994: exoneración del pago del Impuesto de Sociedades durante diez años a las empresas de nueva creación (constituidas entre 1993 y 1994) que invirtieran más de 480.000 euros y crearan, al menos, 10 empleos.

► “Minivacaciones fiscales' 1996-1999: reducción progresiva de la Base Imponible del Impuesto de Sociedades para las empresas de nueva creación (99%, 75%, 50% y 25%, respectivamente a lo largo de cuatro ejercicios fiscales consecutivos)

► “Crédito Fiscal” 1996-1999: Incentivos fiscales en forma de deducciones sobre la Inversión en activos fijos de hasta el 45% de las inversiones que superasen los 15 millones de euros.

Ya en 2001, estas exenciones fiscales fueron denunciadas por la Comisión Europea, por

considerar que vulneraban las normas comunitarias sobre Competencia. Y años más tarde,

Bruselas optó por denunciar al gobierno español ante el Tribunal de Justicia de la UE por

considerar que las autoridades españolas y vascas no habían hecho los esfuerzos suficientes

para recuperar los incentivos fiscales denunciados.

La comisaria de Competencia, Neelie Kroes, ha continuado en los últimos años la batalla

iniciada ya hace siete años contra el régimen fiscal vasco de los noventa. “Tengo la

intención de ser muy estricta con los Estados que no ejecuten las decisiones de la Comisión

en materia de Ayudas de Estado”, ha advertido en reiteradas ocasiones. Según sus palabras,

“este rigor es indispensable para garantizar la credibilidad de la política realizada en este

ámbito”.

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Ha reafirmado su convicción de que las ayudas ilegales socavan la competitividad europea y

el correcto funcionamiento del mercado único y, en este sentido, ha señalado que “los

Estados miembros deben garantizar que se notifican todas las medidas de ayuda y que las

decisiones de recuperación se ejecutan rápidamente”.

En todo caso, el “laberinto jurídico” desarrollado alrededor de los incentivos fiscales vascos

de los años noventa no ha finalizado. El 15 de Enero de 2008 comenzó un nuevo proceso,

esta vez ante el Tribunal de Primera Instancia de la UE, con el fin de que este Tribunal se

pronuncie sobre los diferentes recursos interpuestos por las instituciones y organizaciones

empresariales vascas en contra de los distintos dictámenes de acusación de la Comisión

sobre los incentivos fiscales.

Durante los tres días de vista oral del juicio, las partes demandantes –Diputaciones Forales,

Gobierno vasco, Confebask y Cámaras de Comercio- insistieron en el principio de “confianza

legítima”, alegando que las empresas vascas no cometieron ilegalidad alguna puesto que

actuaron con la confianza de aplicar una ley fiscal en vigor. Asimismo, invocaron la

igualdad de trato y la desproporcionalidad de la exigencia de la recuperación de las ayudas.

Por su parte, la Comisión basó su defensa en el cuestionamiento de la legitimidad de

Confebask para participar como parte en el proceso. A requerimiento del Tribunal, la

patronal vasca entregó una lista de empresas afiliadas que habían sido beneficiarias de

dichos incentivos en los años noventa. Con esta acreditación, Confebask venía a echar por

tierra las intenciones del ejecutivo comunitario de apartarle del proceso, teniendo en cuenta,

además, que esta organización empresarial no sólo pretende evitar la devolución de los

incentivos sino que defiende su plena legitimidad.

Las sentencias del Tribunal de Primera Instancia, que tardarán meses en ser emitidas, podrán

ser recurribles en casación ante el Tribunal principal.

Tanto si la decisión final de ambos Tribunales es favorable a los intereses vascos como si no,

desde diferentes organismos empresariales e institucionales se ha apuntado la posibilidad de

que, en su caso tras devolver las ayudas, las empresas puedan iniciar nuevos recursos ante la

justicia, alegando el principio de “confianza legítima”.

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III.2.1. LAS VACACIONES FISCALES 1993-1994: CONDENA DEL TRIBUNAL EN SEPTIEMBRE DE 2007

El procedimiento judicial contra las “Vacaciones Fiscales” de los años 1993 y 1994 ha dado

un nuevo paso en Septiembre de 2007 con un nuevo fallo de la Corte comunitaria en contra

de de España.

El Tribunal europeo confirmó la obligación de recuperación de los incentivos fiscales

aplicados entre 1993 y 1994 a favor de empresas de nueva creación, reafirmando así su

consideración anterior de que dichos incentivos eran ayudas ilegales. Según la sentencia, el

Gobierno español no había cumplido las medias necesarias para el cumplimiento de la

decisión de la Comisión de 2001 encaminadas identificar las empresas beneficiarias y la

cuantía de las ayudas.

En todo caso, las previsiones apuntan a que esta resolución sobre las “vacaciones fiscales”'

no tendrá tanta trascendencia como la derivada de las exenciones aplicadas a partir de 1996

(“minivacaciones” y “crédito fiscal”), puesto que el número de firmas afectadas es

sensiblemente menor.

Estas “vacaciones fiscales” tenían como objetivo la captación de grandes inversiones para Euskadi, exigiendo para ello un nivel de inversiones y empleo mínimos.

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FUENTE: DOUE C 269 de 10.11.2007

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III.2.2. LOS INCENTIVOS FISCALES DE 1996-1999: CONDENA DEL TRIBUNAL DE JUSTICIA EN DICIEMBRE DE 2006.

El Tribunal hizo pública una resolución de apoyo a la Comisión el 14 de Diciembre de 2006.

En el texto, la Corte consideraba “fundados” los recursos presentados por el ejecutivo para

exigir la devolución de las exenciones fiscales y desestimaba los argumentos presentados por

el gobierno español sobre la carencia de mecanismos de recuperación de las ayudas ilegales

y sobre su valoración de que no se son ayudas directas sino exoneraciones fiscales.

Según el Tribunal, España no había hecho lo necesario para dar cumplimiento a la decisión

de la Comisión europea, de Julio de 2001, que condenaba los incentivos fiscales vascos que

estuvieron vigentes a partir de 1996, y que consistían en un crédito fiscal de hasta el 45 por

ciento de la inversión en activos fijos y en reducciones sucesivas de la tarifa del impuesto de

sociedades.

Confirmaba, asimismo, la apreciación del Ejecutivo comunitario de que no existían indicios

de que las ayudas en cuestión hubieran sido recuperadas, ni de haber facilitado a la

Comisión una relación de empresas beneficiarias.

Ante la amenaza de apertura de un segundo recurso por parte de la Comisión que,

eventualmente, llevaría aparejada la petición de una elevada multa por el incumplimiento

del fallo del Tribunal, a comienzos de Septiembre de 2007 las Haciendas vascas dibujaron

una especie de 'hoja de ruta' para dar cumplimiento a las exigencias de las instituciones

europeas.

Según este plan, las Diputaciones se comprometían a remitir a la UE los expedientes de todas

estas compañías, para que, en efecto, sean finalmente los servicios de la Unión quienes

determinen, caso por caso, cuál es el volumen de ayudas que puede considerarse al margen

de la ley. «Las compañías afectadas practicaron deducciones no admitidas por la UE, como la

del 45% de sus inversiones en activos nuevos; pero a cambio dejaron de aplicar otras que,

aunque en cuantía inferior, no han sido consideradas ilegales», apuntaba un responsable

foral.

En Diciembre, las Diputaciones comenzaron a solicitar a las empresas la devolución de los

incentivos fiscales de 1996 a los que se acogieron. Según las primeras estimaciones,

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alrededor de trescientas empresas (entre ellas las más relevantes compañías vascas) deberán

devolver unos 1.800 millones de euros.

En la comunicación enviada a los tres centenares de firmas se les informa, en efecto, de que

las deducciones de impuestos que practicaron en la segunda mitad de los años 90, al amparo

de la legislación entonces vigente, han de someterse a una revisión global y a la evaluación

particular que los servicios de la Comisión Europea realicen para cada caso.

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IV. LA ACTUALIDAD DE LA DIPUTACIÓN FORAL DE BIZKAIA EN RELACIÓN A LA UNIÓN EUROPEA

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IV.1. ACTUALIDAD GENERAL E INSTITUCIONAL

IV.1.1. RECONOCIMIENTO DE BIZKAIA COMO REFERENTE INTERNACIONAL EN SOSTENIBILIDAD

La Estrategia de Desarrollo Sostenible de la Unión Europea, adoptada por el Consejo

Europeo en junio de 2006, animaba a los municipios, ciudades y pueblos a firmar e

implementar los Compromisos de Aalborg e invitaba a las redes de trabajo, en todos sus

niveles, a apoyar dichas actividades.

En este ámbito de Desarrollo Sostenible, Bizkaia se ha convertido en un modelo

excepcional y en referente europeo, ya que tras la firma de los Compromisos de Aalborg,

el 10 en junio de 2004, la Diputación Foral de Bizkaia definió y aprobó su propia

Estrategia Foral para el Desarrollo Sostenible en el Territorio Histórico, más conocida

como Programa Bizkaia 21.

En esta línea, y con el fin de favorecer la implantación de las Agendas Locales 21, en

2005 el Departamento Foral de Medio Ambiente habilitó el Programa de Ayudas para la

Construcción de Municipios Sostenibles. Desde su aprobación, este Programa ha

permitido apoyar a más de un centenar de proyectos de mejora ambiental y

sostenibilidad.

En sintonía con el significado real del Desarrollo Sostenible -el progreso que permite

mejorar la calidad de vida de la ciudadanía garantizando la cohesión social, el

crecimiento económico y la protección ambiental, así como la identidad cultural-, Bizkaia

21 aboga por una gestión pública que afronte de manera responsable, justa, equilibrada y

con garantía de perdurabilidad, los problemas de la sociedad. Los diez compromisos de

esta Estrategia foral se resumen a continuación:

1. FORMAS DE GOBIERNO: impulsar los procedimientos de toma de decisiones a través de una mayor democracia participativa.

2. GESTIÓN MUNICIPAL HACIA LA SOSTENIBILIDAD: elaborar programas eficaces de gestión (Agendas Locales 21), desde el diseño a la evaluación, pasando por la implementación.

3. BIENES NATURALES COMUNES: asumir la responsabilidad de proteger, preservar y garantizar un acceso equitativo a los bienes naturales comunes.

4. CONSUMO Y FORMAS DE VIDA RESPONSABLES: facilitar un uso prudente y eficiente de los recursos y fomentar el consumo y la producción sostenibles.

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5. PLANIFICACIÓN Y DISEÑO URBANÍSTICO: asumir un papel estratégico en el diseño y planificación urbana y enfocar los temas ambientales, sociales, económicos, de salud y culturales hacia el beneficio común.

6. MEJOR MOVILIDAD Y REDUCCIÓN DEL TRAFICO: reconocer la interdependencia del transporte, la salud y el medio ambiente, y comprometerse a promover firmemente los modelos de movilidad sostenibles.

7. ACCIÓN LOCAL PARA LA SALUD: promover y proteger la salud y el bienestar de la ciudadanía.

8. ECONOMIA LOCAL VIVA Y SOSTENIBLE: crear y asegurar una economía local viva que promueva el empleo sin dañar el medio ambiente.

9. IGUALDAD Y JUSTICIA SOCIAL: asegurar comunidades integradoras y solidarias.

10. DE LO LOCAL A LO GLOBAL: asumir nuestra responsabilidad global para la paz, la justicia, la igualdad, el desarrollo sostenible y la protección del clima.

La V Conferencia Europea sobre Ciudades y Pueblos Sostenibles, “Llevando los

compromisos a la calle”, celebrada en Sevilla en Marzo de 2007 sirvió para reconocer

este papel de referencia de Bizkaia. La Red de Ciudades y Pueblos Sostenibles que allí se

reunió tiene como misión dar apoyo a los gobiernos locales europeos en sus esfuerzos por

implementar la Carta y los Compromisos de Aalborg, con el fin de obtener resultados

tangibles en el desarrollo sostenible local.

IV.1.2. PARTICIPACION DE LA DIPUTACION FORAL DE BIZKAIA EN LA FASE IV DE LA RED DE REGIONES IQ-NET

IQ-NET es una red de regiones europeas para el intercambio activo de experiencias en los

aspectos relativos a la gestión de programas europeos, creada en 1996.

Posteriormente, tuvo una segunda fase de 1999 a 2002, y una tercera fase que abarcó

hasta el 30 de junio de 2006. Actualmente, la red se encuentra en la cuarta fase que

finalizará en diciembre de 2010.

LA red IQ_NET está gestionada y coordinada por el Centro de Investigación de Políticas

Europeas (“European Policies Research Centre”, EPRC) que es una entidad pública sin

ánimo de lucro perteneciente a la Universidad de Strathclyde de Glasgow.

La Diputación Foral de Bizkaia participa en la misma desde 1999 como miembro. En

2007, la institución foral firmó un convenio a través del cual pretende participar en los

trabajos de la red hasta la finalización de la fase IV.

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De este modo, el EPRC proveerá a la Diputación de servicios de diferente naturaleza, tales

como Informes comparados sobre materias previamente seleccionadas por los miembros

de la red, Reuniones cada seis meses para facilitar un intercambio de experiencias sobre

las cuestiones seleccionadas, Boletines y diversos Servicios Electrónicos.

IV.1. 3. LA DIPUTACIÓN FORAL DE BIZKAIA TRADUCE TODA LA TERMINOLOGÍA DE LA UNIÓN EUROPEA AL EUSKERA

La Diputación Foral de Bizkaia publicó en 2007 el denominado EUROVOC en euskera, un

tesauro plurilingüe que contiene toda la terminología utilizada en la UE en euskera.

Tras años intensos de trabajo, la Diputación ha convertido al euskera toda la

terminología de la UE en lo que supone colocar, por primera vez, nuestro idioma al nivel

del resto de las lenguas oficiales comunitarias, siendo ésta una herramienta pionera a

nivel de todo el Estado, por delante del gallego y el catalán. La Diputación Foral de

Bizkaia la publicó en Internet (www.bizkaia.net), si bien su intención es poner en marcha

las gestiones que permitan que el Eurovoc en euskera esté también en la Web de la UE.

“Sin duda alguna –señalan desde el Departamento de Cultura- se trata de un paso importante tanto para el prestigio como para la estandarización de nuestra lengua, y es que gracias a este poderoso sistema de clasificación podemos buscar y encontrar en euskera documentos redactados en numerosas lenguas, algo que todavía no es posible en muchos idiomas europeos”.

En cuanto a sus usuarios, esta herramienta será utilizada principalmente por las

Administraciones locales, forales y autonómicas, equipos de asesores, universidades,

usuarios privados e institutos de Investigación. También será consultada por colectivos de

periodistas (agencias, corresponsales), investigadores, estudiantes, profesionales,

documentalistas y bibliotecarios.

El Eurovoc en euskera sirve para clasificar documentos en función de su tema y, en

concreto, para organizar o clasificar la base de datos documental de la Unión Europea

facilitando su consulta. En la medida en que este Eurovoc es un tesauro plurilingüe –ya

que se ofrece en todas las lenguas oficiales de la UE- permite que aquel usuario que desee

encontrar un documento determinado, pueda realizar la búsqueda en su propia lengua,

pese a que el documento esté redactado en otra.

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Por otro lado, y puesto que las equivalencias entre los distintos idiomas son estables y

seguras, Eurovoc puede considerarse un diccionario multilingüe, con lo que ello supone

de ayuda tanto para la traducción como para la normalización terminológica.

En esta herramienta se encuentran los 6.645 descriptores (palabras o expresiones) y 21

campos temáticos, es decir, todas las áreas de actividad de las instituciones europeas:

Vida política, Relaciones internacionales, Comunidades Europeas, Derecho, Vida

económica, Intercambios económicos y comerciales, Asuntos financieros, Asuntos

sociales, Educación y comunicación, Ciencia, Empresa y competencia, Trabajo y empleo,

Transportes, Medio ambiente, Agricultura, Silvicultura y pesca, Sector agroalimentario,

Producción, Tecnología e investigación, Energía, Industria, Geografía y Organizaciones

internacionales.

IV. 1.4. CELEBRACION DEL DIA DE EUROPA EN BIZKAIA

Un año más, la Diputación Foral de Bizkaia, desde la Dirección General de Asuntos

Relacionados con la UE, participó activamente en la celebración del Día de Europa.

Con la celebración mañana del Día de Europa, y en colaboración con el Gobierno Vasco,

el Ayuntamiento de Bilbao y la Asociación Cultural 9 de mayo, la Diputación pretende

acercar Europa a la ciudadanía y promover el concepto de ciudadanía europea, así como

informar sobre diferentes aspectos de la Unión Europea como son sus instituciones, los

países miembros y el papel de las instituciones vascas en el proceso de integración

europea.

La campaña de información sobre el día 9 de Mayo consistió en esta edición en la

instalación de varios tótems informativos en distintos lugares céntricos de Bilbao. Estos

modernos módulos nos brindaron la oportunidad de sumergirnos en temas concretos

relacionados con las instituciones de la Unión, qué países son miembros de la Unión o

qué papel juegan las instituciones vascas en el proceso de integración europea, entre

otras cuestiones. La celebración del Día de Europa incluyó como novedad un “Infotren”

que recorrió las principales calles de Bilbao, repartiendo material informativo y

conmemorativo. La música también tuvo un papel protagonista, y la Banda Municipal de

Bilbao ofreció un concierto en el Kiosko de Música de El Arenal

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IV.2. ACTUALIDAD SECTORIAL

IV. 2. 1. AGRICULTURA: PROGRAMA DE DESARROLLO RURAL DEL PAIS VASCO 2007-2013

El Departamento de Agricultura, Pesca y Alimentación (DAPA) del Gobierno Vasco, en

coordinación con las tres Diputaciones Forales de Bizkaia, Gipuzkoa y Alava, y los

principales agentes del medio rural vasco, elaboró el “Programa Regional de Desarrollo

Rural de la CAPV 2007-2013”.

El Programa se enmarca en el ámbito de la Política de Desarrollo Rural de la Política

Agrícola Común que, en base al Reglamento (CE) 1698/05, establece para el periodo

2007-2013 las directrices estratégicas, los objetivos programáticos ligados a cuatro ejes

de actuación, las posibles medidas/ayudas para cada eje, y el marco financiero de apoyo.

El Programa selecciona un conjunto de 28 actuaciones o medidas y contempla un gasto

público de 280 millones de euros para todo el periodo (incremento del 14% con respecto

al anterior programa), a pesar de reducirse en un 35% la aportación de fondos europeos,

que pasa de 122 a 78 Millones de euros.

El Programa se estructura en torno a cuatro ejes de actuación:

Eje I. Aumento de la competitividad del sector agrícola y forestal: 60% gasto FEADER (Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural) del Programa (incluido 0,3% Leader).

Eje II. Mejora del medioambiente y del entorno rural: 25% gasto FEADER del Programa.

Eje III. Calidad de vida en las zonas rurales y diversificación de la economía rural: 14,3% gasto FEADER del Programa (incluido 9,05% Leader).

Eje IV. Enfoque LEADER: 10,0% gasto FEADER del Programa (0,65% medidas propias del eje; 9,35% incluido en medidas ejes I y III).

Asistencia técnica:0,05% del gasto FEADER del Programa

En síntesis, la distribución de fondos por tipología de perceptores, en consonancia con la

estrategia global diseñada, es la siguiente:

• Subsector agropecuario: 52,5% (Programa anterior 43,9 %)

• Subsector forestal: 13,5% (Programa anterior: 16,5%)

• Subsector transformador: 20% (Programa anterior 27,1%)

• Medio rural: 14,0% (programa anterior 12,5 %)

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IV. 2. 2. MEDIO AMBIENTE: REVISIÓN INTERMEDIA DEL SEXTO PROGRAMA DE ACCION DE LA COMUNIDAD EUROPEA EN MATERIA DE MEDIO AMBIENTE

La Comisión Europa realizó en 2007 la revisión intermedia del Sexto Programa de Acción Comunitaria en materia de Medio Ambiente, denominado «Medio ambiente 2010: el futuro está en nuestras manos», que cubre el período comprendido entre el 22 de julio de 2001 y el 21 de julio de 2012.

El ejecutivo comunitario evaluó positivamente los progresos conseguidos hasta la fecha, y señaló que se ha progresado considerablemente en ámbitos como la reducción de las emisiones de gases de efecto invernadero, la conservación de los humedales, las prácticas de silvicultura sostenibles y la gestión de residuos.

Sin embargo, y a pesar de los progresos realizados, la Comisión alertó del aumento de la magnitud de muchos problemas medioambientales y sobre la necesidad de llevar a cabo considerables esfuerzos para conseguir un desarrollo ambientalmente sostenible.

La Comisión procedió a la evaluación de los cuatro ámbitos prioritarios del Programa de Acción:

• Cambio climático: las conclusiones insisten en:

- la necesidad de alcanzar los objetivos establecidos en el Protocolo de Kyoto: reducir en un 8 % las emisiones de gases de efecto invernadero para 2008-2012 con respecto a los niveles de 1990 y para 2020 reducir dichas emisiones entre el 20 y el 40% mediante un acuerdo internacional eficaz.

- encontrar soluciones que permitan comprometer de manera justa y eficaz a los países no sometidos a objetivos del Protocolo de Kyoto o que se han retirado de este proceso

- preparar la adaptación a las consecuencias inevitables del cambio climático.

• Naturaleza y biodiversidad: la Comisión señala en particular la importancia de concluir la instauración de la red de espacios protegidos “Natura 2000” que ofrece un modelo para la protección de la naturaleza orientado por conocimientos científicos, y de ampliarla, de poner fin a la deforestación, especialmente mediante la lucha contra el comercio ilegal de maderas, y de proteger los ecosistemas marinos contra los efectos de las redes de fondo. El objetivo principal es proteger y restaurar la

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estructura y el funcionamiento de los sistemas naturales, poniendo fin al empobrecimiento de la biodiversidad en la Unión Europea y en el mundo.

• Medio ambiente y salud: la Comisión desea que se apliquen efectivamente las iniciativas comunitarias, entre ellas la Directiva marco sobre política de aguas adoptada en 2000, el Reglamento de 2006 REACH (relativo al registro, la evaluación, la autorización y la restricción de las sustancias y preparados químicos, que tiene por objetivo asegurar un alto nivel de protección de la salud humana y del medio ambiente), la estrategia sobre la contaminación atmosférica y la propuesta sobre plaguicidas. La finalidad de todas ellas es alcanzar una calidad del medio ambiente que contribuya a garantizar la salud pública.

• Recursos naturales y los residuos: la Comisión hace hincapié en la estrategia temática sobre prevención y reciclado de residuos, y en la Directiva marco sobre residuos. Se trata de velar por que el consumo de los recursos renovables y no renovables no supere el umbral de lo soportable por el medio ambiente, mejorar la eficacia de la utilización de recursos y reducir la producción de residuos. El objetivo específico es reducir la cantidad final de residuos en un 20 % para 2010 y en un 50 % para 2050.

Además, se presenta una lista de mejoras estratégicas de la política de medio ambiente, lo que significa en particular

• mejorar la cooperación internacional: promover el desarrollo sostenible en el mundo entero, instaurar una «diplomacia ambiental», fomentar la transferencia de tecnología, etc.,

• aplicar los principios de «legislar mejor» a la política de medio ambiente (utilización de mecanismos basados en el mercado, simplificación y reducción de la carga administrativa, colaboración con las partes interesadas, etc.),

• promover la integración de las consideraciones ambientales en las demás políticas (entre otras, las de agricultura, investigación, pesca y transporte)

• y, por último, mejorar la aplicación y el cumplimiento de la legislación.

La política medioambiental de la UE ha sido uno de los éxitos de la Unión en cuanto a

los beneficios tangibles que ha proporcionado a sus ciudadanos. Alrededor del 80% de la

legislación nacional sobre medio ambiente está basada en legislación de la UE. A ésta se

deben mejoras fundamentales en la calidad del aire y del agua y la eliminación de

contaminantes, como el plomo de la gasolina.

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IV. 2. 3. MEDIO AMBIENTE: PROGRAMA LIFE+

El Programa LIFE+ es un instrumento financiero de la Unión Europea dedicado, de forma

exclusiva, al medio ambiente en el periodo 2007-2013. Su objetivo general es contribuir

a la aplicación, actualización y desarrollo de la política y la legislación comunitarias de

medio ambiente, incluida la integración del medio ambiente en las demás políticas.

En particular, LIFE+ respaldará la aplicación del Sexto Programa de Medio Ambiente,

incluidas las cuatro estrategias temáticas.

LIFE+ consta de tres ámbitos temáticos:

• LIFE+ Naturaleza y Biodiversidad,

• LIFE+ Política y Gobernanza Medioambiental y

• LIFE+ Información y Comunicación.

El instrumento LIFE+ es gestionado por la Unidad LIFE de la Dirección General de Medio

Ambiente de la Comisión Europea, siendo la Autoridad Nacional en el Estado español el

Ministerio de Medio Ambiente, a través de la Subdirección General de Programación y

Control Presupuestario, a quien corresponde la gestión de los tres ámbitos temáticos en

que se estructura LIFE+.

IV. 2. 4. MEDIO AMBIENTE: BIZKAIA SUPERO LOS OBJETIVOS MARCADOS POR LA DIRECTIVA EUROPEA DE VERTEDEROS

Durante la presentación del balance de gestión de los residuos urbanos de Bizkaia,

correspondiente a 2006, el Diputado de Medio Ambiente destacó que la cantidad de

materia biodegradable depositada en vertedero durante dicho año en Bizkaia, respecto a

la generada en 1995, fue del 44,12%. Esta reducción del 66% mejora los objetivos

marcados por UE no sólo para julio de 2006 –que exige reducir al menos un 25% de esta

fracción-, sino incluso los fijados para julio de 2009, año en que la reducción deberá ser,

como mínimo, del 50%-.

Bizkaia generó en 2006 672.569 toneladas de Residuos Urbanos, de las cuales 469.373

toneladas fueron residuos domésticos y 203.196 toneladas residuos industriales,

comerciales e institucionales asimilables a urbanos.

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Los resultados presentados suponen un avance en la minimización de la generación de

los residuos urbanos, a pesar del aumento poblacional en Bizkaia como consecuencia de

los flujos migratorios.

El comportamiento ejemplar de la ciudadanía, que ha producido una cantidad de basura

similar al ejercicio anterior al tiempo que ha aumentado la recogida selectiva y el

reciclaje, ha permitido no sólo la contención de la generación de residuos durante 2006

sino también la disminución de la basura recogida en masa.

La producción de residuos en los hogares de Bizkaia (recogida en masa de basuras con

destino a vertedero o incineración, más recogida selectiva con destino a reciclaje) se cifró

en 469.373 Tn, 1.261 toneladas más que en 2005, lo que supuso un incremento del

0,27%. Cada habitante separó en su hogar para el reciclaje 90,65 kilogramos, casi 4

kilogramos más que en 2005. El papel-cartón, seguido del vidrio y de los envases,

constituye la fracción que mejores resultados obtuvo.

Por su parte, la generación de los residuos, industriales, comerciales y asimilables a

urbanos en Bizkaia durante 2006 se cifró en 203.196 Tn, con lo que creció un 2,64%. La

recogida selectiva y el reciclaje absorbieron más de la mitad de los residuos asimilables

producidos. De las 203.196 Tn. generadas en 2006, se destinaron a reciclaje 120.489 Tn.,

el 59,30%. También en este ámbito, es cada vez mayor la proporción de residuos que son

aprovechados y tratados y cada vez menor el porcentaje destinado a vertedero.

IV. 2. 5. EMPLEO Y FORMACION: FLEXIGURIDAD

El pasado 27 de junio de 2007 la Comisión Europea publicó una Comunicación que

pretende establecer principios comunes sobre “FLEXIGURIDAD”, concepto que integra la

estrategia de la Unión para mejorar la competitividad, el empleo y la satisfacción en el

trabajo, simultáneamente con la flexibilidad y la seguridad del mercado laboral.

El Consejo Europeo invitó a la Comisión a reflexionar, con los Estados miembros e

interlocutores sociales, en la “elaboración de un conjunto de principios comunes sobre la flexiguridad” que podrían servir de marco de referencia útil en el contexto de la puesta

en marcha de un mercado laboral más abierto y más reactivo, en lugares de trabajo más

productivos.

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La globalización es positiva para lograr crecimiento y empleo, pero los cambios que

conlleva exigen adaptaciones rápidas por parte de las empresas y los trabajadores. Si bien

es cierto que se puede considerar que ha habido una evolución positiva en las tasas de

empleo, también lo es que hay 17 millones de desempleados en la UE y que la

reestructuración de las economías europeas está por finalizar. Para adaptarse a la

globalización es preciso conseguir un mercado laboral más flexible con niveles de

seguridad que respondan a las nuevas necesidades de las empresas y de los trabajadores.

Europa debe crear más empleos y de mejor calidad para hacer frente a los cambios y a los

nuevos riesgos sociales.

Las políticas de flexiguridad pueden estar concebidas y puestas en marcha a través de

cuatro componentes políticos:

- Flexibilidad y seguridad de las disposiciones contractuales, en el marco del derecho

laboral, convenios colectivos y una organización moderna del trabajo.

- Estrategias globales de aprendizaje a lo largo de la vida para desarrollar la capacidad de

adaptación al empleo de los trabajadores, en particular de los más vulnerables.

- Políticas activas del mercado de trabajo (PAMT) eficaces, que permitan al individuo

hacer frente a los cambios rápidos.

- Sistemas de Seguridad Social modernos, que proporcionen una ayuda adecuada,

animen al empleo y faciliten la movilidad en el mercado laboral.

IV. 2. 6. INNOVACION Y PROMOCION ECONOMICA: NANOTECNOLOGÍA

La Comisión Europea presentó en septiembre de 2007 el primer informe de aplicación del

plan de acción denominado “Nanociencias y nanotecnologías: Un plan de acción para Europa 2005-2009”.

El informe de aplicación señala que ambos ámbitos de actuación, relacionados con la

manipulación de átomos o moléculas para elaborar materiales, aparatos y nuevas

tecnologías, encierran un importante potencial para mejorar la calidad de vida y la

competitividad industrial en Europa.

Señala, asimismo, que se han realizado avances en todos los sectores, desde la

financiación, infraestructura y formación hasta la dimensión social, seguridad,

cooperación internacional y elaboración de una estrategia europea coherente. Constata,

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en particular, la mejora de los estándares, la metrología y el ámbito relacionado con las

patentes para la investigación sobre esta disciplina.

Destaca el aumento en la financiación de nanotecnología y nanociencias por parte de la

UE. La Comisión Europea se ha convertido en el mayor inversor público del mundo en

nanotecnología, teniendo en cuenta que un tercio de la financiación pública ha sido

destinada a este sector. En cambio, en lo que respecta a la financiación privada, Europa

se encuentra en una situación clara de desventaja respecto a los EEUU y Japón. Se prevé

que la financiación siga aumentando en el ámbito de aplicación del Séptimo Programa

Marco de Investigación (VIIPM).

El Plan incluye medidas que deben adoptarse a escala nacional y europea para

intensificar la investigación en el sector de las nanotecnologías y crear productos y

servicios útiles, con los siguientes objetivos generales:

• intensificar los esfuerzos financieros en favor de las nanotecnologías en el

séptimo programa marco;

• crear una infraestructura de investigación capaz de hacer frente a la competencia

mundial y constituir polos de excelencia;

• garantizar el respeto sistemático de los principios éticos y tener en cuenta las

inquietudes de los ciudadanos;

• abordar los riesgos para la salud pública, la seguridad y el medio ambiente;

• fomentar la enseñanza y la formación interdisciplinares de los investigadores e

ingenieros;

• reforzar el diálogo internacional sobre temas de interés común.

IV. 2. 7. ACCION SOCIAL: PROGRAMA DAPHNE III

El Programa Daphne III, que comprende el período 2007-2013, pretende prevenir y

combatir la violencia ejercida sobre los niños, los jóvenes y las mujeres, y proteger a las

víctimas y grupos de riesgo, como parte del «Programa general Derechos fundamentales y

justicia».

Su objetivo general es contribuir a instaurar un elevado nivel de protección frente a la

violencia y mejorar así la protección de la salud física y mental.

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Así, el programa apoya las siguientes acciones:

a) ayudas dirigidas a organizaciones no gubernamentales (ONG) y otras organizaciones

que trabajen en este ámbito;

b) elaboración y ejecución de campañas de sensibilización dirigidas a audiencias

específicas, tales como determinadas profesiones, autoridades competentes, sectores

concretos de la población y grupos de riesgo, con vistas, por una parte, a mejorar el

conocimiento del fenómeno de la violencia y a promover la tolerancia cero ante la

violencia y, por otra, a fomentar el apoyo a las víctimas y la denuncia de los casos de

violencia ante las autoridades competentes;

c) difusión de los resultados obtenidos al amparo de los programas Daphne y Daphne II,

en particular mediante su adaptación, transferencia y uso por otros beneficiarios o en

otras zonas geográficas;

d) determinación y mejora de las acciones que contribuyen a generar actitudes positivas

frente a las personas expuestas a la violencia, en particular mediante un

planteamiento que fomente una actitud de respeto hacia ellas y promueva su bienestar

y realización personal;

e) creación de redes multidisciplinares y apoyo a tales redes con vistas a fortalecer la

cooperación entre las ONG y otras organizaciones que trabajen en este ámbito;

f) acciones que garanticen la recopilación de más información y la expansión de la base

de conocimientos, el intercambio y la difusión de información y buenas prácticas,

mediante la investigación, la formación, visitas de estudio y el intercambio de

personal;

g) concepción y ensayo de materiales educativos y de sensibilización en relación con la

prevención de la violencia contra los niños, los jóvenes y las mujeres, y

complementación y adaptación del material ya disponible para que pueda emplearse

en otras zonas geográficas o con otros grupos de destinatarios;

h) estudio de los fenómenos relacionados con la violencia y de sus efectos, tanto en las

víctimas como en la sociedad en su conjunto, incluidos los costes sanitarios,

económicos y sociales, a fin de combatir las causas profundas de la violencia a todos

los niveles de la sociedad;

i) elaboración y ejecución de programas de apoyo a las víctimas y las personas expuestas

y de programas de intervención dirigidos a los agresores, garantizando al mismo

tiempo la seguridad de las víctimas.

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IV.3. PROGRAMAS E INICIATIVAS COMUNITARIAS EN BIZKAIA

IV. 3. 1. LA INICIATIVA EQUAL EN BIZKAIA

La iniciativa Equal, promovida y financiada al 50 % por el Fondo Social Europeo,

promociona nuevas maneras para combatir todas las formas de discriminación y

desigualdad en relación con el mercado de trabajo.

El Departamento de Empleo y Formación de la Diputación Foral de Bizkaia ha

participado y financiado ocho proyectos Equal de su segunda edición (años 2005-2007).

PROYECTOS EQUAL OBJETIVOS

Mikrogunea: http://www.mikrogunea.org/

Aumentar la posición competitiva de las microempresas y personas en régimen de autónomos en la Comunidad Autónoma del País Vasco mediante acciones dirigidas a la atención de sus necesidades y, específicamente, a mejorar el acceso a la información, procesos de mejora de la gestión e innovación, adaptabilidad a las nuevas tecnologías y fomento de la cooperación y asociacionismo como elementos clave de la competitividad empresarial.

Beneficiarios/as Microempresas y personas en régimen de autónomos de determinadas zonas del País Vasco (zonas de actuación de las Agencias implicadas en la AD)

Enpleguaren bidetik: http://www.enpleguarenbidetik.net

La mejora de la calidad y cantidad de empleo.

Se propone desarrollar, mediante cooperación transnacional y con enfoque transversal de Igualdad y Género, nuevos métodos para mejorar la empleabilidad de mujeres y hombres y afrontar la pérdida de empleo resultante de procesos de reestructuración empresarial, en Margen Izquierda y Zona Minera.

Lamegi: http://www.lamegi.org

Crear una estructura de carácter social que implemente los mercados sociales de empleo y cláusulas como herramientas para favorecer la inserción socio laboral, fomentado:

• la participación de las personas en el proceso. • la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres. • la dimensión transnacional el proyecto. • el diseño para todas las personas. • la aplicación de NTICs. • la evaluación como instrumento de mejora continua.

Lanerako bideak: http://www.lanerakobideak.net

PROYECTO: CAMINOS HACIA EL EMPLEO

Mejorar las posibilidades y habilidades profesionales de las personas residentes en los barrios de Bilbao La Vieja, San Francisco Y Zabala.

Satisfacer las necesidades de personal que demandan las empresas.

Fomentar la interculturalidad y la igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres.

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Hazilan : http://www.ehlabe.org/hazilan/ind

ex.php?id=1,2,0,0,1,0

“Facilitar el acceso y la reincorporación al mercado de trabajo a las personas que sufren dificultades para integrarse o reintegrarse en un mercado de trabajo que debe estar abierto a todos”

Ariadna: http://www.equal-ariadna.net/index.asp

Fomentar el emprendizaje cooperativo de difícil deslocalización de personas pertenecientes a colectivos sociales desfavorecidos

Kideitu: http://www.kideitu.euskadi.net

Diseñar e implantar una estrategia participativa e integral de incorporación del enfoque de género en los sistemas de empleo y formación de la CAE que incluya la generación de herramientas, de conocimientos, de experiencia y de redes en torno al objetivo de mainstreaming y que incida, prioritariamente, sobre los y las agentes que conforman dichos sistemas

Aurreratu: http://www.aurreratu.org

Propiciar un entorno favorable al co-desarrollo profesional y personal, en las PYME, micro-PYMEs y empresas de economía social

Desarrollar metodologías para el diseño y gestión de dispositivos de conciliación

Apoyar la introducción de fórmulas flexibles de trabajo en las PYME

Facilitar puntos de encuentro para el intercambio de experiencias e información.

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IV. 3. 2. CONVOCATORIA DE BECAS PARA REALIZAR ESTUDIOS DE ESPECIALIZACION EN ASUNTOS EUROPEOS

Como en años anteriores, la Diputación Foral de Bizkaia llevó a cabo la convocatoria

para conceder una serie de becas para realizar estudios de especialización en Asuntos

Europeos. Con esta iniciativa se pretende formar profesionales especialistas en temas

europeos, tanto de sus instituciones como de la propia economía comunitaria.

Los estudios becados se realizan tanto en el Colegio de Europa de Brujas (Bélgica) como

en otras Universidades europeas de reconocido prestigio en la docencia de temas

europeos, a través de un Departamento o Instituto Europeo.

Las becas, que están destinadas, preferentemente, a personas con titulación superior en

Economía, Administración y Dirección de Empresas, Derecho, Ciencias Políticas y de la

Administración, o Sociología, permiten a los becarios hacer frente tanto a los gastos de

viaje, alojamiento y estancia como a las tasas académicas, de inscripción y matrícula. En

el caso del Colegio Europeo de Brujas, existe una reserva específica de dos becas.

Las personas interesadas deben cumplir, básicamente, los siguientes requisitos: acreditar

el empadronamiento en Bizkaia desde 2002 o haber cursado estudios en su totalidad en

alguna de las Universidades o Facultades sitas en el Territorio Histórico; haber finalizado

los estudios de licenciatura; tener conocimiento medio superior de idiomas comunitarios,

especialmente inglés y francés, a nivel hablado y escrito; y acreditar la presentación de la

preinscripción pertinente y, en la medida de lo posible, la aceptación del centro.

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IV.3.3. FIRMA DE UN CONVENIO DE COLABORACION DE LA DIPUTACION FORAL DE BIZKAIA CON LA LONDON SCHOOL OF ECONOMICS AND POLITICAL SCIENCE

A finales de 2007, el diputado foral de Hacienda y Finanzas y un máximo representante

de la London School of Economics and Political Science (LSE) firmaron un Convenio de

Colaboración que debía permitir que cinco jóvenes licenciados vizcainos participen en un

programa de formación sobre Finanzas y Economía política europea en la universidad

británica, que se está celebrando entre Enero y Marzo de 2008 en los locales de la LSE.

La Diputación Foral de Bizkaia cubrirá los gastos de inscripción en el programa así como

los de alojamiento durante el periodo de formación. Está previsto que este convenio se

repita en años próximos.

El programa organizado por la LSE se divide en nueve módulos que abarcan temas como:

Políticas de Cohesión socio-económica en la UE, Elaboración de políticas en la UE,

Modelos de Integración Económica en Europa, Economía Política Europea, Política Social

Europea y Reforma del Estado del Bienestar, Presupuesto público y gestión financiera, La

UE en el mundo, Seminarios sobre temas especializados y, complementariamente,

diversas conferencias y visitas.

Los interesados en participar en el programa debieron acreditar un buen expediente

académico, experiencia en el sector público o privado y un excelente dominio del inglés.

Para el análisis de las solicitudes y entrevista de candidatos se creó un Comité de

Selección del que formaron parte relevante el Director del Programa y el Director

Académico, ambos de la LSE.

Los participantes en el curso deberán realizar una prueba final y diversos trabajos como

un ensayo escrito de 1.500 palabras sobre un tema de su elección, y presentaciones

regulares ante sus colegas y profesorado. Quienes superen las pruebas, recibirán un

“Certificate of Achievement” (certificado de superación) o, en caso contrario, un

certificado de asistencia.

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