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La Unión Europea: Organización y Funcionamiento Bloque 4. La ciudadanía de la Unión Europea.

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La Unión Europea: Organización yFuncionamiento

Bloque 4.

La ciudadanía de la Unión Europea.

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Bloque 4. La ciudadanía de la Unión Europea

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Apartados del bloque de contenidos de la materia d esarrolladosen este documento:

- La libertad de circulación y de residencia.

- El derecho al voto en el lugar de residencia. Las elecciones alParlamento Europeo.

- La posibilidad de dirigirse al Defensor del Pueblo. El Defensor delPueblo Europeo.

- La protección diplomática y consular.

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Bloque 4. La ciudadanía de la Unión Europea

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Índice:

1. CIUDADANÍA EUROPEA; CONCEPTO, ORIGEN Y CARACTERÍSTICAS ................................... 41.1. CONCEPTO: QUÉ ES Y QUÉ SIGNIFICA ......................................................................... 41.2. ORÍGEN. UN PASEO POR SU HISTORIA ........................................................................ 41.3. CARACTERÍSTICAS DE LA CIUDADANÍA EUROPEA. PREGUNTAS Y RESPUESTAS .............. 51.3.1.¿QUIÉN DISFRUTA DE ELLA?.................................................................................... 51.3.2. DERECHOS DE LA CIUDADANÍA EUROPEA. UNA VISIÓN GLOBAL.................................. 52. DERECHOS ESPECÍFICOS. UNA EXPLICACIÓN DETALLADA. .............................................. 62.1. LA LIBERTAD DE CIRCULACIÓN Y RESIDENCIA EN EL TERRITORIO DE LA UNIÓN EUROPEA.UN PASEO POR LA UNIÓN. ................................................................................................ 62.1.1. ¿EN QUÉ CONSISTE? ............................................................................................. 62.1.2. REQUISITOS PARA EL DISFRUTE DE LA LIBRE RESIDENCIA ......................................... 72.1.3. PERMANENCIA ESTABLE ......................................................................................... 82.1.4. DERECHOS Y LIMITACIONES .................................................................................... 82.2 EL DERECHO DE SUFRAGIO EN EL PAÍS DE RESIDENCIA. VOTAR Y SER ELEGIDO.............. 92.3. EL DERECHO A LA PROTECCIÓN DIPLOMÁTICA Y CONSULAR EN TERCEROS PAÍSES....... 112.3.1. POR DEFINICIÓN .................................................................................................. 112.3.2. CUANDO NO HAY REPRESENTACIÓN DIPLOMÁTICA. PASOS A SEGUIR ....................... 112.4 EL DERECHO A DIRIGIRSE AL DEFENSOR DEL PUEBLO EUROPEO3 ............................... 132.4.1. EL QUÉ Y EL QUIÉN............................................................................................... 132.4.2. FUNCIONES DEL DEFENSOR DEL PUEBLO .............................................................. 142.4.3. CÓMO RECLAMAR Y DÓNDE .................................................................................. 152.4.4. LAS INSTITUCIONES DE LA UE Y SUS BUENAS PRÁCTICAS. ...................................... 152.5. EL DERECHO DE PETICIÓN ANTE EL PARLAMENTO EUROPEO. DEFINICIÓN Y FÓRMULASPARA PARA SU EJERCICIO. .............................................................................................. 162.5.1. DEFINICIÓN ......................................................................................................... 162.5.2. FÓRMULAS PARA SU EJERCICIO............................................................................. 173. ACTIVIDADES COMPLEMENTARIAS ............................................................................... 193.1.- VISITAR AL SITIO WEB TU EUROPA. AYUDA PRÁCTICA CON CONSEJOS PARA VIVIR,TRABAJAR Y VIAJAR POR EUROPA ................................................................................... 193.2.- PRESENTAR UNA PETICIÓN ANTE EL PARLAMENTO EUROPEO. .................................. 203.3.- PRESENTAR UNA RECLAMACIÓN ANTE EL DEFENSOR DEL PUEBLO EUROPEO ............. 214. INFORMACIÓN ADICIONAL ........................................................................................... 22

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Bloque 4. La ciudadanía de la Unión Europea

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1. Ciudadanía europea; concepto, origen y caracterí sticas

1.1. Concepto: qué es y qué significa

¿Qué implica ser ciudadano?

Definimos la ciudadanía europea como un status jurídico y político mediante el cual elciudadano adquiere unos derechos como individuo (civiles, políticos, sociales) y unosdeberes (impuestos, fidelidad...) respecto a una colectividad política, además de la facultadde actuar en la vida colectiva de un Estado. Esta facultad surge del principio democráticode soberanía popular.

El ciudadano (de España, Francia, Bélgica, Italia, Estados Unidos...) dispone, por lo tanto,de una serie de derechos, reconocidos en sus constituciones, pero además tieneobligaciones con respecto a la colectividad (fiscales, militares...), es decir, y con respecto aesta última cuestión, aunque no exista un catálogo de deberes propiamente vinculado alconcepto de ciudadanía europea, la lista de obligaciones sería la misma que el listadogeneral de deberes a los que está obligado cualquier ciudadano de la unión en su propioterritorio nacional. En un estado democrático, el ciudadano tiene que cumplir con esasobligaciones ya que son aprobadas por los representantes que él ha elegido previamente,utilizando uno de sus principales derechos políticos como ciudadano, el de sufragio, esdecir, el derecho de voto.

PRINCIPIO BÁSICO: DERECHOS Y DEBERES, Y SUFRAGIO UNIVERSAL:FUNDAMENTOS DE LA UNIÓN EUROPEA

1.2. Orígen. Un paseo por su historia

Centrándonos en el ámbito, estrictamente europeo, hay que empezar diciendo que elderecho de libre circulación de las personas dentro del territorio de la ComunidadEconómica Europea, hoy Unión Europea, fue introducido en el Tratado constitutivo de laC.E.E., firmado en Roma en 1957. Esta libre circulación no aparecía ligada a ningúnconcepto de ciudadanía sino que estaba estrechamente vinculada al desempeño de unaactividad económica (trabajo por cuenta ajena, actividad independiente o prestación deservicios). En consecuencia, el derecho de residencia se reconoció a los trabajadores ysus familias, en relación con el derecho a ejercer una actividad laboral en otro paísmiembro de la CEE.

¿Cómo surge la Ciudadanía Europea?

Fue con el denominado Informe Tindemans de 19761 cuando apareció por primera vez elpropósito de ir más allá de un mero mercado común y de crear una verdadera comunidadde ciudadanos. Este informe tuvo escaso éxito entre los gobiernos, aunque ejerció unanotable influencia en los posteriores pasos hacia su integración. En un capítulo, titulado"La Europa de los Ciudadanos", Tindemans propuso, además de una serie de actuacionesencaminadas a la mejor protección de los derechos de los individuos, la aprobación dediversas medidas que hicieran evidente, mediante señales externas, el surgimiento de una"conciencia europea": la unificación de pasaportes, la desaparición de los controles de lasfronteras, la utilización indistinta de los beneficios de los sistemas de Seguridad Social, laconvalidación de los títulos y cursos académicos, etc.

1 Informe al completo en:

http://ec.europa.eu/economy_finance/emu_history/documentation/chapter8/19751229fr037repleotindemans.pd

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Aunque posteriormente hubo otros intentos y propuestas, como el proyecto Spinelli queconsideraba a los ciudadanos de los Estados miembros ciudadanos de la Unión, no eshasta el Consejo Europeo de Roma, en octubre de 1990, cuando se introduce al fin lanoción de una Ciudadanía Europea como elemento esencial de la reforma de losTratados, y con unas características y derechos similares a los que posteriormente serecogieron en el Tratado de la Unión Europea o de Maastricht.

Fue la delegación española la primera en presentar un texto articulado y motivado sobre laciudadanía europea en octubre de 1990 a la Conferencia Intergubernamental, encargadade la redacción final del Tratado. Por último, y con el apoyo claro y explícito del ParlamentoEuropeo, se aprobaron dos resoluciones favorables en 1991. Así fue como el Tratado dela Unión Europea vino a institucionalizar la ciudadanía europea.

1.3. Características de la ciudadanía europea. Preg untas y respuestas

El Tratado de la Unión Europea -Tratado de Maastricht- es el que establece la CiudadaníaEuropea, normalizando como objetivos principales, el reforzar a la vez que potenciar laidentidad europea, y posibilitar que los ciudadanos europeos participen de forma másintensa en el proceso de integración comunitario.

1.3.1.¿Quién disfruta de ella?

Toda persona que posea la nacionalidad de un país de la Unión tiene automáticamente laciudadanía europea. La ciudadanía de la Unión se suma a la del país, no la sustituye. Así,lo señala el Tratado de Funcionamiento de la UE que literalmente dice (art.20) “Se creauna ciudadanía de la Unión. Será ciudadano de la Unión toda persona que ostente lanacionalidad de un Estado miembro. La ciudadanía de la Unión se añade a la ciudadaníanacional sin sustituirla”.

1.3.2. Derechos de la ciudadanía europea. Una visió n global

¿Qué derechos propone la Ciudadanía Europea?

Los ciudadanos de los Estados que conformaban la anteriormente denominabaComunidad Europea, ya gozaban de diversos derechos en virtud de la aplicación de lasreglas que regulaban el mercado único europeo: libre circulación de bienes y servicios,protección del consumidor y de la salud pública, igualdad de oportunidades y trato etc...,pero con la Ciudadanía de la Unión se complementa y se amplía a todos los ciudadanoseuropeos otros derechos igualmente importantes como:

• El derecho de circular libremente por la unión europea y de establecerse encualquier lugar de su territorio.

• El derecho de votar y ser candidato en las elecciones al Parlamento Europeo y enlas elecciones municipales en el país de la unión en que residan, aunque no seannacionales de dicho país.

• El derecho de protección por las autoridades diplomáticas o consulares decualquier país de la Unión en un tercer país no perteneciente a la Unión, si su paísde origen carece de representación consular en el mismo.

• El derecho de petición al Parlamento Europeo, de elevar solicitudes al Defensor delPueblo europeo -Ombudsman-, y de escribir a cualquier institución o cualquierorganismo de la Unión.

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Todos estos derechos se entienden en el marco de un principio esencial para laconstrucción de la UE y que ha existido desde sus orígenes: se trata del principio queprohíbe toda discriminación por razón de nacionalidad. Todos están obligados a respetareste principio, los Estados miembros, las instituciones, los órganos y organismos de la UEy las personas físicas y jurídicas. Además, todos estos derechos se incluyen en la Carta deDerechos Fundamentales de la UE.

PRINCIPIO BÁSICO: LA NO DISCRIMINACIÓN

2. Derechos específicos. Una explicación detallada.

Es ciudadano europeo cualquier persona que tenga la nacionalidad de un Estadomiembro de la Unión Europea. La ciudadanía de la UE complementa la ciudadaníanacional sin sustituirla. La ciudadanía de la UE, confiere a los nacionales de losEstados miembros una serie de derechos. Entre ellos se incluye el derecho a apelar alDefensor del Pueblo Europeo, iniciar propuestas legislativas (iniciativa ciudadana), yderecho de sufragio activo y pasivo en las elecciones municipales y europeas. Losciudadanos de la Unión también tienen derecho a la libertad de circulación y deresidencia en todo el territorio de la UE, así como a la protección diplomática yconsultar por parte de cualquier Estado miembro fuera de la Unión

2.1. La libertad de circulación y residencia en el territorio de la Unión Europea. Unpaseo por la Unión.

El derecho a circular y residir en la Unión Europea se encuentra regulado por la Directiva2004/38/CE sobre el derecho de los ciudadanos europeos a circular libremente y a residiren toda la Unión. Esta norma tiene por objeto facilitar el ejercicio del derecho de librecirculación y residencia de los ciudadanos de la Unión, reducir a lo estrictamente necesariolos trámites administrativos, ofrecer una mejor definición del estatuto de los miembros de lafamilia y limitar la posibilidad de denegar o poner fin a la residencia; e introducir un nuevoderecho de residencia permanente.

2.1.1. ¿En qué consiste?

¿Qué supone para nosotros los europeos el derecho d e libre circulación yresidencia?

Todo ciudadano de la Unión Europea que disponga de un documento de identidad o de unpasaporte válido tiene derecho a desplazarse a otro Estado miembro. En ningún caso se lepodrá exigir visado de entrada ni de salida.

Los miembros de la familia que no tengan la nacionalidad de ningún Estado miembro sebenefician del mismo derecho que el ciudadano del que vayan acompañados, pero podránverse sujetos a la obligación de obtener un visado para residencias de breve duración.

En conclusión, para residencias inferiores a tres meses, la única formalidad que serequiere de un ciudadano de la Unión es estar en posesión de un documento de identidado de un pasaporte válidos. El Estado miembro anfitrión podrá pedir al interesado que départe de su presencia en su territorio en un plazo razonable y no discriminatorio.

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2.1.2. Requisitos para el disfrute de la libre resi dencia

¿Qué condiciones debo cumplir?

El derecho de residencia por un período superior a tres meses está sujeto a una de lassiguientes condiciones:

• Ejercer una actividad económica por cuenta ajena o propia.• Disponer de recursos suficientes y de un seguro de enfermedad para no

convertirse en una carga para la asistencia social del Estado miembro anfitrióndurante su período de residencia.

• Cursar estudios como estudiante, y disponer de recursos suficientes y de unseguro de enfermedad, de tal manera que no se convierta en una carga para laasistencia social del Estado miembro de permanencia durante su período deresidencia.

• Ser miembro de la familia de un ciudadano de la Unión que reúna alguna de lascondiciones antedichas.

Si se dan esas condiciones los ciudadanos de la UE no necesitan de un permiso deresidencia en otro Estado miembro. No obstante, los Estados miembros podrán pedir alinteresado que se registre ante las autoridades competentes en un plazo no inferior a lostres meses a partir de su llegada. El certificado de registro se expedirá con carácterinmediato previa presentación de la siguiente documentación:

• un documento de identidad o un pasaporte válidos;• una prueba de que se cumplen los requisitos anteriormente mencionados

A los ciudadanos de la Unión que cursen estudios les bastará demostrar, mediante unadeclaración o cualquier otro medio a elección suya, que disponen de recursos suficientespara sí y para los miembros de su familia. Dicha declaración constituirá una pruebasuficiente de que cumplen el requisito de recursos.

Los miembros de la familia de un ciudadano de la Unión que no tengan la nacionalidad deningún Estado miembro deberán solicitar un «permiso de residencia de familiar de unciudadano de la Unión», que tendrá una validez de cinco años a partir de su expedición.

En determinadas condiciones, como por ejemplo el fallecimiento del ciudadano de laUnión, o la salida del territorio del Estado miembro anfitrión del ciudadano de la Unión, oun divorcio, o una anulación del matrimonio, o bien el fin de la unión registrada, afectan alderecho de residencia de los miembros de la familia que no tengan la nacionalidad deningún Estado miembro.

Por familia, a estos efectos se ha de entender el cónyuge, la pareja de hecho que así estéregistrada –si el Estado de la UE al que se traslada otorga a las uniones registradas untrato equivalente al de los matrimonios-, los descendientes directos menores de 21 años oa cargo del ciudadano comunitario, y también los del cónyuge o de la pareja de hecho y,por último, los ascendientes directos a cargo del ciudadano de la UE, así como los delcónyuge o los de la pareja de hecho. Además, se facilita la entrada y la residencia decualquier otro miembro de la familia, sea cual fuere su nacionalidad y que esté a cargo oviva con el ciudadano de la Unión, o cuando, por motivos graves de salud, sea necesarioque el ciudadano de la UE se haga cargo de su cuidado personal. Igualmente, se ha defacilitar la entrada y residencia a la pareja con la que el ciudadano de la UE mantiene unarelación estable debidamente probada.

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2.1.3. Permanencia estable

¿Qué debo hacer para ampliar mi permanencia o hacer la estable?

Todo ciudadano de la Unión obtiene el derecho de residencia permanente en el Estadomiembro anfitrión tras haber residido legalmente en él durante un período interrumpido decinco años, a condición de que no haya sido objeto de ninguna medida de expulsión.

El derecho de residencia permanente deja de estar sujeto a cualquier tipo de condición. Lamisma norma rige para los miembros de la familia que no tengan la nacionalidad de ningúnEstado miembro y que hayan residido durante cinco años con un ciudadano de la Unión.Una vez obtenido, el derecho de residencia permanente únicamente se pierde en caso deuna ausencia del Estado miembro anfitrión superior a dos años consecutivos.

A los ciudadanos de la Unión que lo soliciten se les expedirá un documento por el que secertificará su derecho de residencia permanente. A los miembros de su familia que seanciudadanos de terceros países, los Estados miembros expedirán un permiso de residenciapermanente de duración ilimitada y automáticamente renovable cada diez años. Estepermiso se expedirá en un plazo de seis meses a partir de la presentación de la solicitud.La continuidad de la residencia podrá probarse con cualquier medio de prueba usual en elEstado miembro anfitrión.

2.1.4. Derechos y limitaciones

Todo ciudadano de la Unión, titular del derecho de residencia temporal o del derecho deresidencia permanente así como los miembros de su familia, gozarán de igualdad de tratorespecto de los nacionales del Estado anfitrión en el ámbito de aplicación del Tratado. Noobstante, el Estado miembro anfitrión no estará obligado a conceder el derecho aprestaciones de asistencia social durante los tres primeros meses de residencia a laspersonas que no sean trabajadores por cuenta ajena o por cuenta propia y a los miembrosde su familia.

Con carácter previo a la concesión del derecho de residencia permanente, los Estadosmiembros tampoco estarán obligados a abonar asignaciones por estudios (incluidostambién los estudios de formación profesional), en forma de becas o de préstamos adichas personas. Independientemente de su nacionalidad, los miembros de la familiatendrán derecho a ejercer una actividad económica, por cuenta ajena o por cuenta propia.

¿Se puede limitar el derecho de entrada y de reside ncia?

Todo ciudadano de la Unión o miembro de su familia podrá ser expulsado del territorio delEstado miembro anfitrión por razones de;

• orden público,

• seguridad

• salud pública.

En ningún caso podrá tal decisión fundamentarse en razones económicas. Cualquiermedida relativa a la libertad de circulación y residencia deberá respetar el principio deproporcionalidad, y basarse exclusivamente en la conducta personal del interesado. Laconducta personal del interesado deberá representar una amenaza suficientemente gravey real para algún interés fundamental del Estado anfitrión.

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La existencia de condenas penales no podrá justificar automáticamente la expulsión y lacaducidad del documento que haya permitido la entrada del interesado, es decir, no esrazón suficiente para que se justifique este tipo de medida.

Las únicas razones que justifiquen este tipo de medida son las derivadas de enfermedadescon potencial epidémico, y que podrán limitar la libertad de circulación de la ciudadanía;por lo demás estas enfermedades deben estar así consideradas por la OrganizaciónMundial de la Salud, así como otro tipo de enfermedades contagiosas de carácterinfeccioso o parasitarias, siempre que sean, en el país de acogida, objeto de disposicionesde protección para los nacionales.

En cualquier caso, antes de tomar una decisión de expulsión, el Estado miembro anfitrióndeberá evaluar elementos tales como el tiempo de residencia del interesado, su edad,salud, integración social, situación familiar en el país anfitrión y los vínculos con su país deorigen.

Únicamente en circunstancias excepcionales, cuando concurran razones de seguridadpública de carácter imperativo, debería adoptarse una medida de expulsión contra

• ciudadanos menores de la Unión o

• que hubieran residido durante los diez últimos años en el territorio delEstado miembro anfitrión.

Toda denegación de entrada o decisión de expulsión deberá ser notificada al interesado enunas condiciones que le permitan entender tanto el contenido como sus efectos, y habráde justificarse e indicarse las vías de recurso y los plazos correspondientes. Salvo en casode urgencia, el plazo para abandonar el territorio del Estado anfitrión no podrá ser inferior aun mes a partir de la fecha de la notificación.

En ningún caso podrá prohibirse de por vida la entrada y residencia en el territorio delEstado anfitrión. El interesado podrá solicitar que se reconsidere su situación tras unperíodo de tres años. Las personas afectadas tendrán acceso, a las vías jurisdiccionalesde recurso y, si procede, administrativas en el Estado miembro anfitrión.

La libre circulación de personas está reconocida como un derecho fundamental en laUE, lo que significa que puedes viajar, estudiar y establecerte en cualquier lugardentro de sus fronteras. Todo ciudadano de la Unión titular del derecho de residencia,así como los miembros de su familia, gozarán de igualdad de trato respecto de losnacionales del Estado anfitrión

2.2 El derecho de sufragio en el país de residencia . Votar y ser elegidoComo complemento al derecho de libre circulación y residencia, la ciudadanía europeatambién garantiza el ejercicio de derechos electorales -derecho a votar o derecho desufragio activo y derecho a ser votado o derecho de sufragio pasivo- en el país deresidencia, tanto en las elecciones municipales como europeas, y en las mismascondiciones que los nacionales.

¿Pueden votar los europeos en el país en el que res idan?

En España el ejercicio de este derecho se regula en la Ley Orgánica del Régimen ElectoralGeneral (LOREG), que tuvo que ser modificada en su día precisamente para regir laselecciones europeas conforme a la legislación de la UE. Además, la posibilidad de que losnacionales de los Estados miembros pudieran ser candidatos en las elecciones

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municipales fue el motivo de la única reforma llevada a cabo hasta ahora en laConstitución Española (artículo 13.2).

Por otra parte, el derecho de participación política en las elecciones municipales es underecho complementario de ejercicio alternativo, que no priva al ciudadano de participar enlas elecciones municipales en el Estado del que es nacional.

¿Qué tiene que hacer un ciudadano europeo para vota r en el país en el que reside?

Para ejercer el derecho al voto en el país de residencia, es necesario que el ciudadanoeuropeo se inscriba en el censo electoral del mismo. El derecho de sufragio activo y pasivose disfruta en las mismas condiciones que los nacionales. En definitiva, tienen derecho avotar y a ser elegidos en las elecciones municipales de la localidad donde esténempadronados todos los ciudadanos de la Unión Europea con 18 años cumplidos que,siendo ciudadanos de un estado miembro, residan en otro estado de la Unión. Es elegibletoda persona que cumpla con las condiciones requeridas para el ejercicio del derecho desufragio activo y no haya sido desposeído del derecho de sufragio pasivo en su país deorigen.

¿Qué ocurre en las elecciones al Parlamento Europeo ?

Las modalidades del ejercicio del sufragio activo y pasivo -ser elector y elegible- en laselecciones al Parlamento europeo por parte de los ciudadanos de la Unión residentes enun Estado miembro del que no se es nacional, se encuentran reguladas en otro acto de laUnión, de 1993, que permite el ejercicio de este derecho en igualdad de condiciones conlos nacionales, y en el Acta Electoral Europea, que establece algunos principios comunesen la regulación de diversos aspectos electorales.

El ciudadano de la Unión debe optar por el ejercicio del derecho al voto en el Estado delque se es nacional o en el Estado de residencia, y en este segundo caso, es necesarioinscribirse en el censo electoral. Es decir, tiene que decidir en que país va a ejercer suderecho de sufragio, no puede hacerlo en los dos a la vez.

En conclusión, tienen derecho a votar y a ser elegidos en las elecciones al ParlamentoEuropeo todos los ciudadanos de la Unión Europea con 18 años cumplidos que, siendociudadanos de un estado miembro, residan en otro estado de la Unión, estando prohibido,como ya se ha mencionado anteriormente, el doble voto y la doble candidatura.

El Parlamento Europeo es una asamblea de los representantes de los ciudadanosagrupados en partidos políticos, que son elegidos por sufragio universal y directo por losciudadanos europeos, y que tiene poder decisorio y poderes de control político.

Los ciudadanos europeos tienen el derecho de votar y ser candidato en las eleccionesal Parlamento Europeo y en las elecciones municipales en el país de la unión en queresidan, aunque no sean nacionales de dicho país, estando prohibidos el doble voto yla doble candidatura.

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2.3. El derecho a la protección diplomática y consu lar en terceros países

2.3.1. Por definición

¿Qué es la protección diplomática y consular?

Las embajadas y consulados representan a sus Estados respectivos en Estados terceros yprotegen los intereses de sus nacionales. Mediante la institución de la proteccióndiplomática un extranjero puede recurrir a su país de origen con el objeto de obtener suintervención cuando se vea afectado por los actos u omisiones del Estado en el que seencuentra temporalmente. Por consiguiente, se busca que un determinado Estado protejalos intereses de sus nacionales que se encuentren en un Estado extranjero.

2.3.2. Cuando no hay representación diplomática. Pa sos a seguir

¿Qué sucede ante situaciones inesperadas?

El ciudadano de la UE disfruta del derecho a acogerse en el territorio de un tercer Estadofuera de la Unión, siempre y cuando no esté representado el país del que es nacional, a laprotección de las autoridades diplomáticas y consulares de cualquier otro Estado miembroen las mismas condiciones que los nacionales de este último. Esto significa que, si porejemplo una persona se encuentra en Timor oriental, donde no hay embajada o consuladode España, se puede acudir a la embajada o consulado de otro Estado miembro de laUnión que sí esté representado, como es el caso del Reino Unido, para que le asista comosi fuera nacional suyo. El derecho se reclama frente a los otros Estados de la UE.

La protección que se dispensa cubre la asistencia en casos de fallecimiento, accidente oenfermedad grave y en supuestos de arresto o detención; la ayuda a víctimas de actos deviolencia; así como el socorro y la repatriación de nacionales de la Unión en dificultad. Loque sí es necesario es acreditar ser nacional de un Estado miembro.

La regulación de esta materia se encuentra en una Decisión de 1995 del Consejo de laUnión.

¿Qué condiciones se han de dar para beneficiarse de la protección diplomática deotro pais?

Las condiciones para beneficiarse de la protección diplomática y consular son lassiguientes:

• que no exista, en el territorio de un país tercero donde se encuentra el ciudadanode la UE en dificultades, una representación permanente accesible (embajada,consulado general, consulado) del Estado miembro de la nacionalidad delciudadano;

• que no exista un cónsul honorario, accesible y competente, de su propio Estadomiembro u otro Estado miembro que lo represente de manera permanente;

• la presentación, por parte del ciudadano solicitante, de una prueba de sunacionalidad (pasaporte o documento de identidad u otro medio de prueba) ante larepresentación diplomática o consular a la que se dirija la solicitud.

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¿Y si pierdo mi pasaporte en un país de fuera de la UE donde no hay embajada niconsulado de España?

Para ello se ha creado el llamado Documento Provisional de Viaje2, que cualquier país dela UE puede expedir en caso de robo, pérdida o destrucción del pasaporte al nacional deotro Estado miembro que se encuentre en un tercer país en el que no hay representacióndiplomática o consular accesible de su propio país. Este documento es válido para elregreso del ciudadano de la UE al Estado de origen o residencia.

El documento provisional de viaje (DPV) es un modelo uniforme, que se expide para unúnico viaje de vuelta hacia el país de la Unión Europea (UE) del que es nacional elciudadano de la UE, bien hacia el país de su residencia permanente o bien,excepcionalmente, hacia un destino distinto de su lugar de residencia permanente -en laUnión o fuera de ella-. Este tipo de documento no se aplica a los casos en los que elpasaporte nacional está caducado; se limita explícitamente a los casos de pérdida, robo,indisponibilidad temporal y destrucción del documento de viaje.

¿Cómo puedo obtener el documento provisional de via je?

Las embajadas y los consulados de los países de la UE expedirán el documentoprovisional de viaje, bajo determinadas condiciones, a saber:

• el beneficiario debe tener la nacionalidad de un Estado miembro de la UniónEuropea cuyo pasaporte o documento de viaje haya sido perdido, robado odestruido o esté temporalmente no disponible;

• el beneficiario se encuentra en un país en el que el país de la UE del que esnacional no tiene representación diplomática o consular accesible que esté encondiciones de expedir un documento de viaje, o en el que dicho país no estérepresentado de alguna otra forma;

• se haya obtenido permiso de las autoridades del país de origen de la persona encuestión.

El solicitante de un DPV debe enviar un formulario, adjuntando una fotocopia certificadaconforme de los documentos que demuestren su identidad y su nacionalidad, a laautoridad designada por el país del que es nacional.

El país de la UE que expida el DPV cobrará al solicitante unos gastos o tasas equivalentesa los habituales por la entrega de un pasaporte urgente. Los solicitantes que no puedancubrir otros gastos locales asociados, recibirán, en su caso, los fondos necesarios deacuerdo con las instrucciones de su país de origen.

Para garantizar que el ciudadano pueda volver a un lugar determinado, el DPV debería serválido durante un período apenas más largo que el tiempo mínimo necesario para efectuarel viaje para el cual se expide. Para calcular ese tiempo, deben tenerse en cuenta lasparadas nocturnas y el tiempo necesario para las correspondencias.

En caso de negativa a entregar al ciudadano de la UE el DPV que permitirá al solicitantevolver a la UE, el citado ciudadano podrá informar de ello a la Secretaría General de laComisión Europea.

Aunque la práctica demuestra que en las situaciones de catástrofes humanas porconflictos armados o desastres naturales –únicos casos en los que realmente opera este

2 Decisión 96/409/PESC de los representantes de los Gobiernos de los Estados miembros, reunidos en el Consejo, de 25 de

junio de 1996, relativa al establecimiento de un documento provisional del viaje

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derecho del ciudadano de la UE- la coordinación entre los Estados miembros funciona,algunas crisis, como la ocasionada por el tsunami asiático o la guerra del Líbano, hanevidenciado la necesidad de establecer una cooperación más estrecha y reforzada entrelas autoridades diplomáticas y consulares de los países comunitarios, en el sentido decrear puntos de asistencia consular mutua o recíproca, de modo que funcionariosconsulares de un Estado miembro no representado, proporcionen servicios en los localesde la misión de otro Estado de la UE, o también incluyendo este derecho de ciudadanía enlos pasaportes nacionales.

Todo ciudadano de la UE goza del derecho de protección por las autoridadesdiplomáticas o consulares de cualquier país de la Unión en un tercer país noperteneciente a la Unión si su país de origen carece de representación consular en elmismo.

2.4 El derecho a dirigirse al Defensor del Pueblo E uropeo 3

2.4.1. El qué y el quién

¿En que consiste este derecho?

Los ciudadanos de la Unión Europea tienen derecho a presentar reclamaciones ante elDefensor del Pueblo Europeo sobre asuntos de mala administración de las instituciones uorganismos comunitarios, con exclusión del Tribunal de Justicia de la UE en el ejercicio desus funciones jurisdiccionales.

Los titulares de este derecho son todas las personas físicas o jurídicas nacionales oresidentes de algún Estado de la UE. Se puede denunciar toda aplicación irregular de lasnormas comunitarias por parte de las Instituciones de la Unión, por ejemplo, los abusos deautoridad, las demoras injustificadas, denegación de acceso a documentos, problemasrelativos a los contratos públicos, violación de derechos fundamentales llevados a cabo porla Comisión Europea, el Consejo, etc.

Hay que recordar que este derecho de reclamación es una vía extrajudicial alternativa alrecurso ante el juez comunitario, no siendo admisibles las quejas sobre la deficienteaplicación del Derecho de la UE por las Administraciones nacionales. Es decir, no cabeinterponer una reclamación ante el Defensor del Pueblo europeo cuando el motivo de laqueja es imputable a las autoridades de un país. En ese caso, el ciudadano puede acudiral Defensor del Pueblo de su propio Estado.

El Defensor del Pueblo no puede ocuparse de:

• reclamaciones dirigidas contra las autoridades nacionales, regionales o locales delos Estados miembros, incluso cuando éstas se refieran a cuestiones sobre la UE.Algunos ejemplos de dichas autoridades son los ministerios, las agencias estataleso los ayuntamientos.

• actividades de los tribunales o de los defensores del pueblo nacionales. ElDefensor del Pueblo no es un órgano de apelación respecto a las decisionesadoptadas por dichos tribunales o defensores del pueblo.

• reclamaciones dirigidas contra empresas o particulares.

Si el Defensor del Pueblo no es competente para llevar a cabo investigaciones acerca de unareclamación – por ejemplo, si ésta se refiere a administraciones nacionales, regionales o

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locales de los Estados miembros – éste hará todo lo posible por ayudarle a resolver suproblema. En numerosas ocasiones, ello supone transferir su caso a un miembro de la RedEuropea de Defensores del Pueblo o aconsejarle que contacte a un miembro de la Red.Creada en 1996, la Red incluye a todos los Defensores del Pueblo nacionales y regionales delos Estados miembros de la UE, así como de los países candidatos a la adhesión a la UE, deNoruega, y de Islandia. También forman parte de la Red las comisiones de peticiones de la UE.

Entre los denunciantes a los que el Defensor del Pueblo ha ayudado de este modo seencuentran los siguientes:

• Un ciudadano que presentó una reclamación contra la organización francesa quegestiona el pago de los seguros por desempleo. El Defensor del Pueblo Europeo,con el consentimiento del denunciante, transfirió la reclamación al Defensor delPueblo francés, que resolvió el problema.

• Un ciudadano polaco disminuido físico como consecuencia de un accidente decoche, que alegó que la institución nacional de seguridad social había decidido,injustamente, suspender el pago de sus prestaciones. Con el consentimiento deldenunciante, el caso fue transferido al Defensor del Pueblo polaco para suresolución.

• Un grupo de ciudadanos españoles que solicitaron la adopción de medidas a nivelnacional y europeo para resolver el problema de la inmigración ilegal provenientedel norte de África. Al comprobar que el asunto no entraba dentro del mandato delDefensor del Pueblo Europeo, éste aconsejó a los reclamantes que se dirigieran alDefensor del Pueblo español en relación a sus alegaciones contra las autoridadesnacionales y que presentasen una petición al Parlamento Europeo, en vista de queesta institución posee tanto poderes de investigación como poderes legislativosque podrían ser utilizados en relación con los aspectos comunitarios del caso

¿Quién es el Defensor del Pueblo Europeo?

El Defensor del Pueblo es nombrado por el Parlamento Europeo para todo el periodo quedura la legislatura y que es de 5 años. Desde el 2003, el defensor del Pueblo Europeo esel señor Nikiforos Diamandouros de nacionalidad griega.

2.4.2. Funciones del defensor del pueblo

El Defensor del Pueblo Europeo debe ejercer sus funciones de mediación entre elciudadano y la administración de la UE con independencia y exclusividad de funciones. Esdecir, no puede recibir órdenes ni instrucciones de las autoridades nacionales ni puedeejercer otros trabajos distintos al de ser Defensor del Pueblo.

El Defensor del Pueblo Europeo puede actuar a iniciativa de las personas físicas ojurídicas o por iniciativa propia para llevar a cabo las investigaciones pertinentes.

El Defensor del Pueblo Europeo investiga reclamaciones relativas a la mala administración-administración deficiente o errónea- por parte de las instituciones y órganos de la UniónEuropea. Hay mala administración cuando una institución no actúa de acuerdo con la ley,no respeta los principios de buena administración, o viola los derechos humanos. Algunosejemplos de mala administración son los siguientes:

• irregularidades administrativas

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• injusticia

• discriminación

• abuso de poder

• falta de respuesta

• denegación de acceso a la información

• retraso innecesario

2.4.3. Cómo reclamar y dónde

¿Cómo puedo presentar una reclamación ante el Defen sor del Pueblo Europeo?

Para presentar una reclamación –que no puede ser anónima- en cualquiera de las 23lenguas oficiales que la UE utiliza en sus actividades (alemán, búlgaro, checo, danés,eslovaco, esloveno, español, estonio, finés, francés, griego, húngaro, inglés, italiano,irlandés, letón, lituano, maltés, neerlandés, polaco, portugués, rumano o sueco) essuficiente una simple carta, aunque la oficina del Defensor del Pueblo facilita en su páginaweb un formulario. Las reclamaciones pueden presentarse por correo, fax o correoelectrónico. Una guía dirigida a los denunciantes, así como un formulario de reclamaciónse encuentran disponibles en la oficina del Defensor del Pueblo y pueden descargarse dela página web del Defensor del Pueblo Europeo.

Datos de contacto del Defensor del Pueblo Europeo1 Avenue du Président Robert SchumanCS 30403FR - 67001 Strasbourg CedexTel. +33 (0)3 88 17 23 13Fax +33 (0)3 88 17 90 62

Podrá encontrar información actual y completa acerca del trabajo del Defensor del PuebloEuropeo en: http://www.ombudsman.europa.eu

Los denunciantes disponen de un plazo de dos años desde que se tiene conocimiento delos hechos para interponer una reclamación. En el supuesto de que el Defensor del Puebloconstate que la reclamación responde a un caso de mala administración, intentará buscaruna solución amistosa con la institución u órgano de la UE responsable, que ha deresponder en un plazo de tres meses.

2.4.4. Las instituciones de la UE y sus buenas prác ticas.

PRINCIPIO BÁSICO: DERECHO A UNA ADMINISTRACIÓN RIGUROSA Y EFECTIVA

Hay que relacionar el derecho de los ciudadanos de la UE a reclamar ante el Defensor delPueblo Europeo, con el reconocimiento novedoso en la Carta de Derechos Fundamentalesde la UE del derecho a una buena administración, es decir, toda persona tiene derecho aque las instituciones, órganos y organismos de la Unión, traten sus asuntos imparcial yequitativamente y dentro de un plazo razonable. Este derecho implica, a su vez, laprotección de los derechos de defensa, que el Tribunal de Justicia de la UE siempre ha

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protegido como principio general del Derecho de la Unión. Se trata del derecho de todapersona a ser oída antes de que se tome en su contra una medida individual que le afectedesfavorablemente, y del derecho de toda persona a acceder al expediente que leconcierne. Además, la buena administración en una comunidad de Derecho obliga a lasinstituciones políticas a motivar sus actos jurídicamente vinculantes -exige justificar yexplicar a qué razones obedece su adopción-, y se reconoce el derecho de reparación porla Unión de los daños causados por sus instituciones o agentes en el ejercicio de susfunciones.

La Carta también incorpora el derecho de acceso a los documentos que se encuentran enpoder de las instituciones u órganos de la UE para todo ciudadano de la Unión, así comopara toda persona física o jurídica que resida o tenga su domicilio social en un Estadomiembro. Se trata de un derecho reconocido igualmente por el Tratado de Lisboa, quepermite al ciudadano limitar y controlar el ejercicio del poder público. La no divulgación dedeterminados documentos es excepcional y puede obedecer a la protección de interesespúblicos y privados (seguridad pública, defensa y asuntos militares, relacionesinternacionales, intimidad e integridad de la persona, etcétera). El principal supuesto demala administración identificado por el Defensor del Pueblo se refiere a la obstaculizaciónde este derecho, que se relaciona directamente con la transparencia, apertura yacercamiento de la UE a los ciudadanos, principios que deben guiar los trabajos de lasinstituciones, órganos y organismos de la Unión.

2.5. El derecho de petición ante el Parlamento Euro peo. Definición y fórmulas parapara su ejercicio.

2.5.1. Definición

El derecho de petición puede contener una solicitud particular, una queja u observaciónrelativa a la aplicación del Derecho comunitario, o un llamamiento dirigido al ParlamentoEuropeo para que tome posición ante un asunto concreto. Estas peticiones dan alParlamento la oportunidad de llamar la atención sobre cualquier violación de los derechosde los ciudadanos europeos cometida por un Estado miembro, una autoridad local u otrainstitución.

¿Quién puede ejercerlo?

Cualquier ciudadano de la Unión Europea o residente en cualquiera de sus Estadosmiembros puede presentar una petición al Parlamento Europeo, individualmente o enasociación con otros, sobre un asunto que pertenezca a alguno de los ámbitos de actividadde la Unión Europea, y que le afecte directamente, por ejemplo, asuntos relacionados con:

• sus derechos como ciudadano europeo recogidos en los Tratados,• el medio ambiente,• la protección del consumidor,• la libre circulación de personas, bienes y servicios, el mercado interior,• el empleo y la política social,• el reconocimiento de cualificaciones profesionales,• otros problemas relacionados con la aplicación de la legislación de la UE.

A diferencia de los derechos de libre circulación y residencia, así como de los derechospolíticos y la asistencia diplomática y consular, los titulares de este derecho de reclamación

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no son sólo los ciudadanos de la Unión, sino cualquier persona que resida en el territoriode la UE.

La petición puede consistir en una queja o en una solicitud y puede estar relacionada conasuntos de interés público o privado.

2.5.2. Fórmulas para su ejercicio

¿Cómo presentar una petición?

Hay dos maneras de presentar una petición:

• por correo postal o

• por vía electrónica (formulario electrónico).

En cualquier caso, hay que incluir en la petición toda la información pertinente sobre elhecho que se quiere denunciar y evitar los detalles superfluos. Se recomienda redactarlade forma clara y legible en cualquiera de las lenguas oficiales de la UE.

Si se opta por enviarla por correo postal y presentar directamente una petición por escrito,en papel, no es necesario rellenar ningún formulario ni seguir un modelo determinado pararedactarla. No obstante, su petición debe reunir estas condiciones: deben constar en ella elnombre y apellidos, la nacionalidad y el domicilio (en el caso de una petición colectiva, elnombre, la nacionalidad y el domicilio de la persona que la presente o del primer firmante,por lo menos) del denunciante, y debe estar firmada.

La petición puede incluir anexos, en particular copias de los documentos justificativos delos que se disponga.

Si se opta por vía electrónica3 para enviar la petición hay que utilizar el formulario en líneapublicado en la web del Parlamento Europeo. En ese caso hay que leer la información ylas explicaciones que se ofrecen en línea en la sección de Peticiones del sitio Internet delParlamento Europeo, rellenar el formulario electrónico y acto seguido darle a «Enviar». Acontinuación recibirás un acuse de recibo por la misma vía.

En ambos casos, la petición será transmitida a la Comisión de Peticiones del ParlamentoEuropeo, que es el órgano competente para tramitar el procedimiento y formular lasrecomendaciones y conclusiones correspondientes. Las peticiones que hayan sidotransmitidas a dicha comisión, pero en las que se emplee un lenguaje ofensivo o cuyocontenido no sea pertinente no serán examinadas por la Comisión de Peticiones nirecibirán respuesta.

Procedimiento de examen de las peticiones

a. Admisibilidad formalEn la petición se ha de indicar el nombre y apellidos, la profesión, la nacionalidad y el domiciliode cada uno de los peticionarios y se redactará en una de las lenguas oficiales de la UniónEuropea.

b. Admisibilidad materialLas peticiones que cumplan las condiciones especificadas se enviarán a la Comisión dePeticiones, que decide en primer lugar si la petición es admitida a trámite. Para ello, compruebaque el tema incide en los ámbitos de actividad de la Unión Europea. En caso negativo, declararála petición improcedente. La decisión motivada por la que se declara la petición improcedente es

3 Formulario en línea para presentar una petición al Parlamento Europeo:

https://www.secure.europarl.europa.eu/parliament/public/petition/secured/submit.do?language=ES

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notificada al peticionario, a quien se sugiere en general que se dirija a una u otra organizaciónnacional o internacional.

c. TratamientoLa Comisión de Peticiones, en general, pide a continuación a la Comisión Europea que leproporcione la información pertinente o su opinión sobre los temas señalados por el peticionario.También se dirige en ocasiones a otras comisiones parlamentarias, en particular cuando lapetición tiene por objeto la modificación de disposiciones legislativas en vigor. La Comisión dePeticiones también puede organizar audiencias o enviar a algunos de sus miembros a loslugares en cuestión para comprobar los hechos. También puede ponerse en contacto con SOLVITCuando se ha reunido información suficiente, la petición se inscribe en el orden del día de unareunión de la Comisión de Peticiones a la que se invita a la Comisión Europea. Durante lareunión, esta última expone oralmente su punto de vista y comenta la respuesta escritasuministrada a las cuestiones suscitadas por la petición. Los miembros de la Comisión dePeticiones tienen oportunidad de formular preguntas al representante de la Comisión Europea.

d. DesenlaceVaría según el tipo de caso de que se trate:

� Si la petición se refiere a un caso particular que exige un tratamiento individual, laComisión Europea puede tomar contacto con las autoridades competentes o intervenir através de la representación permanente del Estado afectado. El resultado de estasgestiones puede desembocar en la solución del problema. En ocasiones, la Comisiónde Peticiones solicita al Presidente del Parlamento Europeo que intervengadirectamente ante las autoridades nacionales.

� Si la petición se refiere a un tema de interés general, por ejemplo, si la ComisiónEuropea constata que la legislación comunitaria ha sido incumplida, puede incoar unprocedimiento de infracción que puede desembocar en una sentencia del Tribunal deJusticia sobre la que el peticionario podrá apoyarse.

� Si la petición puede ser objeto de una iniciativa política del Parlamento o de la Comisión

En todos los casos, el peticionario recibe una respuesta en la que se exponen los resultados delas gestiones realizadas.

EjemplosUna ciudadana española ha tenido problemas para obtener una beca de estudios en Españapor haber realizado estudios en una universidad alemana. La peticionaria consideraba que eravíctima de prácticas discriminatorias. Tras la intervención de la Comisión ante el centro españolde información sobre el reconocimiento académico de diplomas (NARIC), la peticionariacomunicó a la Comisión de Peticiones que su problema había sido resuelto (petición nº 191/97).Una peticionaria francesa se quejó de que las autoridades belgas se negaban a autorizarla aacompañar a su hija cuando ésta conducía hasta que no canjease su permiso de conducirfrancés por un permiso de conducir expedido en Bélgica. La Comisión Europea intervino antelas autoridades belgas a petición de la Comisión de Peticiones. El problema de la peticionaria hasido resuelto sobre la base de la Directiva 91/439/CEE que introduce el principio dereconocimiento mutuo e incondicional de los permisos de conducir expedidos por los Estadosmiembros (petición nº 296/97).

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3. Actividades complementarias

3.1.- Visitar al sitio web TU EUROPA. Ayuda práctic a con consejos para vivir, trabajary viajar por Europa

Y responder a preguntas del tipo:

• ¿Qué documentos se necesitan para viajar dentro de la UE?• Asistencia médica en un Estado de la UE en el que no se es residente.¿Puedo ir al

médico si estoy de viaje en otro país de la UE?• Estudiar en otro país de la UE. ¿Qué requisitos he de cumplir? ¿De que becas y

ayudas puedo disfrutar?• Abrir un debate sobre los derechos y los deberes como ciudadanos de la Unión,

haciendo especial reflexión sobre las diferencias posibles respecto de los deberesentre las distintas nacionalidades de la Unión Europea

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3.2.- Presentar una petición ante el Parlamento Eur opeo.

Que los alumnos por grupos debatan acerca de posibles vulneraciones de las normaseuropeas y escriban una petición al Parlamento Europeo. Esta actividad implica unaelaboración previa personal, una búsqueda individual de información y una propuesta deelección, que el alumno presentaría y defendería ante el grupo de trabajo.

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3.3.- Presentar una reclamación ante el defensor de l Pueblo Europeo

Debate previo sobre que cuestiones pueden ser o no objeto de reclamación ante eldefensor del pueblo europeo, y que señalen, en caso de que la reclamación no seacompetencia del defensor del pueblo europeo, a quien se pueden dirigir o que accionespueden emprender.

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4. Información adicional

1. Libertad de circulación y residencia en Europa. Guía de tus derechos de ciudadanode la Unión. Comisión Europea. Dirección General de Justicia. 2010.

2. Informe Tindemanshttp://ec.europa.eu/economy_finance/emu_history/documentation/chapter8/19751229fr037repleotindemans.pdf

3. Fichas técnicas del Parlamento Europeo. Capitulo 2: La Europa de los ciudadanos:http://www.europarl.europa.eu/factsheets/default_es.htm#2

4. Sitio web del Parlamento Europeo. El Parlamento Europeo y usted: Peticiones:http://www.europarl.europa.eu/parliament/public/staticDisplay.do?id=49&language=ES

5. Sitio web del Defensor del Pueblo Europeo:http://www.ombudsman.europa.eu/home/es/default.htm