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¿La protección de los consumidores es un problema social? Lourdes Taba- res, licenciada en Economia en la Universidad de La Habana en junio 1978, y doctora en Ciencias Econó- micas por la Universidad de Budapest, Hun- gría, en 1988. Profesora titular de la Universidad de La Habana, donde ha trabajado desde agosto de 1978 hasta la fecha. Ha sido jefa del Departa- mento de Macro y micro economía, vi- cerrectora de la Universidad, presidenta de la Cátedra de Adminis- tración Pública y directora del Centro de Estudios de Administración Pública. Cuenta con más de sesenta artículos publicados, así como con una nume- rosa participación en eventos naciona- les e internacionales. 50 A modo de introducción Hoy en día, tratar de abordar y clasificar lo que pudiera entenderse por un problema social es algo complejo. Más si se tiene en cuenta la ma- nera en que se entremezclan los diferentes as- pectos de la vida en cada momento, en cada lugar y que tienen una gran complejidad tanto en su interpretación como en su materializa- ción. Cuando se habla de defensa de consumido- res y usuarios, de alguna manera se habla tam- bién de la defensa de los derechos ciudadanos, ya que indiscutiblemente existen vasos comu- nicantes entre ellos. Podría incluso pensarse que es un problema reciente del siglo XXI, aun- que la historia muestra que el proceso de con- cienciación en torno a este tema se pone de manifiesto con anterioridad al siglo XIX y los primeros años del XX. Con sus altas y bajas, en los años 60 surge

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¿La protección de los consumidores es un problema social?

Lourdes Taba-res, licenciadaen Economia enla Universidadde La Habanaen junio 1978, ydoctora enCiencias Econó-micas por laUniversidad deBudapest, Hun-

gría, en 1988. Profesora titular de laUniversidad de La Habana, donde hatrabajado desde agosto de 1978 hastala fecha. Ha sido jefa del Departa-mento de Macro y micro economía, vi-cerrectora de la Universidad,presidenta de la Cátedra de Adminis-tración Pública y directora del Centrode Estudios de Administración Pública.Cuenta con más de sesenta artículospublicados, así como con una nume-rosa participación en eventos naciona-les e internacionales.

50

A modo de introducción

Hoy en día, tratar de abordar y clasificar lo quepudiera entenderse por un problema social esalgo complejo. Más si se tiene en cuenta la ma-nera en que se entremezclan los diferentes as-pectos de la vida en cada momento, en cadalugar y que tienen una gran complejidad tantoen su interpretación como en su materializa-ción.

Cuando se habla de defensa de consumido-res y usuarios, de alguna manera se habla tam-bién de la defensa de los derechos ciudadanos,ya que indiscutiblemente existen vasos comu-nicantes entre ellos. Podría incluso pensarseque es un problema reciente del siglo XXI, aun-que la historia muestra que el proceso de con-cienciación en torno a este tema se pone demanifiesto con anterioridad al siglo XIX y losprimeros años del XX.

Con sus altas y bajas, en los años 60 surge

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¿La protección de los consumidores es un problema social?

una ola importante de interés por los derechosde los consumidores, creándose el germen delo que constituirá posteriormente el MovimientoPro-consumidor y que se extenderá a otros paí-ses y continentes. En América Latina y el Ca-ribe, la primera organización no gubernamentalque se creó en defensa de los consumidoresfue en México a principio de los años 70.

A nivel mundial, el movimiento internacionalse constituye en 1960 con el impulso de las or-ganizaciones de Estados Unidos y Europa. Mástarde, en 1993, se crea Consumers Internatio-nal, donde se agrupa un grupo importante deorganizaciones, federaciones y asociaciones dediferentes países y continentes.

Derechos de los consumidores y usuarios

El consumo es un fenómeno social, dado quees una necesidad imprescindible de nuestraexistencia en todos y cada uno de los momen-

tos de la vida. Es una actividad necesaria e in-dispensable para los individuos, las familias ytoda la sociedad en su conjunto. Sin consumires imposible vivir.

En el siglo XXI se han puesto en evidencia lasgrandes contradicciones del mundo en que vi-vimos. Por un lado, el desarrollo impetuoso delas tecnologías de la información y las comuni-caciones y por otro, se acumulan día a día losagudos y dramáticos problemas sociales y am-bientales que impactan y perturban nuestro pla-neta.

La realidad es que buena parte del creci-miento del consumo de la mitad afortunada delplaneta descansa en el agotamiento de los re-cursos no renovables y en el uso intensivo delos recursos renovables, lo que degrada su ca-lidad y afecta no solo a las generaciones actua-les sino también a las futuras.

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Nos hallamos ante una realidad que no sepuede obviar, es impostergable tanto la necesi-dad de ampliación del consumo para una partesignificativa de la población que actualmentevive en la pobreza y la miseria, como el redi-seño de los patrones de consumo a nivel mun-dial hacia productos ambientalmentesostenibles, que mejoren la eficiencia en el usode los recursos natural y, a su vez, desaliente

aquel consumo que produzca un efecto nega-tiva sobre la sociedad y que redunde en crearmas desigualdad y pobreza.

El capitalismo en un momento dado de la his-toria representó el progreso en relación con lasformaciones economico-sociales anteriores. Apartir de ahí, paulatinamente continuó experi-mentando cambios constantes y notables, lo

que ha llevado a que se transfor-mara de un capitalismo de produc-ción al actual capitalismo financieroy de consumo.

En este camino se han ido modi-ficando los valores tradicionales yainstituidos, dando paso a otros queresponden a las estructuras socialesvigentes y al propio funcionamientoy la dinámica de las sociedades deconsumo.

El impetuoso desarrollo en los úl-timos años de la ciencia y la técnica,y como consecuencia el transporte,las comunicaciones, etc., ha promo-vido un nuevo diseño económico ysocial, que va ganando espacio gra-dualmente, imbricándose plena-mente con el proceso deglobalización.

Mención aparte, por su gran im-portancia, merece lo relativo a la in-formación. Esta claro que este temarequiere de una atención especialpor parte de la legislación que en

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materia de consumo cada país formule e imple-mente, de manera que se garantice, entreotros, el derecho del consumidor y el usuario deestar informados sobre las características y se-guridad de los productos y servicios a los quetiene acceso.

Los derechos de los consumidores alcanzana toda persona que como ciudadano es afec-tado por cualquier decisión publica o privada,generando derechos y obligaciones entre laspartes que están involucradas.

Los gobiernos tienen, a nuestro juicio, la res-ponsabilidad de controlar y regular, con el ob-jetivo de lograr una política enérgica deprotección de los derechos de los consumidoresy usuarios en correspondencia con los acuerdosinternacionales sobre la materia. Deben, ade-más, establecer prioridades para ello, acordesa las circunstancias económicas, sociales y eco-lógicas de cada país y las características y ne-cesidades de su población.

Consumidor es una categoría propia de cual-quier sistema social. Toda persona es un con-sumidor potencial al ser sujeto de una relaciónde consumo. La existencia del ser humano estacondicionada a la adquisición, utilización y dis-frute de bienes y servicios para desarrollar suproyecto de vida, acciones que deben estar pro-tegidas por el Estado para garantizarle una vidadigna y decorosa.

El Estado tiene la obligación de regular lascondiciones en que las relaciones de consumose desarrollan y concretan, con el objetivo de

proteger al destinatario final y sus derechoscomo consumidor o usuario.

Precisamente, la columna vertebral de estarelación es el Derecho de Consumo, cuyo objetoes corregir la desigualdad en que se encuentranlos consumidores y usuarios, estableciendo nor-mas de carácter publico que regulen el resta-blecimiento del equilibrio entre el consumidor yel proveedor.

Una indebida protección a la persona comoconsumidor o usuario, a la sociedad y al mer-cado, tiene grandes consecuencias ya que losproveedores de bienes y servicios podrían car-gar con el precio , tarifa o costo de la interven-ción administrativa indebida.

La experiencia y el desarrollo del mercado in-dican que estas relaciones, en muchas ocasio-nes, no se producen en las mejores condicionespara los consumidores y usuarios, al ser colo-cados en situaciones desventajosas o discrimi-natorias que alcanzan a afectar su salud,economía e intereses.

Una reflexión necesaria

La sociedad contemporánea al reflexionar sobreel papel del consumo, lo divide o clasifica enproductivo y personal. El primero sirve para re-poner necesidades o desgastes producidos enlos medios de producción y continuar desarro-llando la producción de bienes materiales, el se-gundo para lograr reproducir o satisfacer losrequerimientos de los trabajadores y personasque se le relacionan familiarmente.

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El consumo personal, y no el productivo, esel objeto de este trabajo, el que posibilita a lasociedad cubrir o satisfacer sus demandas debienes de consumo y garantizar la reproducciónde la fuerza de trabajo, al propiciarle al traba-jador y su familia la permanente reproducciónde la vida.

A su vez, la dinámica o crecimiento de la de-manda interna constata la solvencia económicade la sociedad, mostrando la situación del em-pleo u ocupación laboral (dado el aumento odisminución de la demanda). Resulta ser un in-dicador importante en la economía, porquemuestra el poder adquisitivo de los consumido-res y por tanto, los estímulos o alcances econó-micos con que cuentan o reciben de lasociedad. Esto contribuye a activar el creci-miento económico en general y a hacer crecerel Producto Interior Bruto (PIB), que está aso-ciado a la solvencia económica que exista so-cialmente. El aumento o decrecimiento de lasfuentes de empleo, o el mismo desempleo la-boral, resultan indicadores de gran importancia.

Muchas décadas atrás, en las economías demercado de los países más ricos o desarrolladosde la tierra, el amplio y diverso consumo perso-nal transformó esas sociedades, convirtiéndolasen colectividad de consumo y luego desató elconsumismo.

El consumismo originó y desarrolló una épocade mayor dinámica en las economías capitalis-tas avanzadas, pero por sus características yfuerte nivel de competitividad fomentó granirracionalidad en la producción, comercialización

y consumo de los bienes materiales. En la ac-tualidad no se trata solo de satisfacer las nece-sidades esenciales o crecientes de las personas,sino también las de status social, o deseos ogustos de jerarquías clasistas para diferen-ciarse. Elsto puede llevar inclusive a situacionesabsurdas. El consumismo es un mal de la socie-dad contemporánea y no tiene que ver directa-mente con la satisfacción de la demanda debienes y servicios. Refleja la prostitución delconsumo.

El consumismo viene promoviendo el indivi-dualismo hedonista, las apetencias materiales yel derroche material, causando la desaparicióno agotamiento de innumerables recursos natu-rales y el endeudamiento de los ciudadanos(sobre lo necesario o lo que no lo es). Su filo-sofía o modus operandi se ha adueñado de lamayoría de las economías de mercado, quejunto a la localización neoliberal que lo pro-mueve y santifica, se ha consolidado en elmundo de manera cuasi permanente.

Más recientemente han surgido grupos deconsumidores que trabajan bajo un modelo deconfrontación y denuncia contra prácticas deproducción o comercialización inmorales o pocoéticas.

A diferencia de lo que debía ser una genera-lidad, hoy son personas excepcionales quienestienen en cuenta las repercusiones de sus actosde consumo. Los ciudadanos, las personas, deforma sutil o abiertamente, son enganchados anumerosos consumos perniciosos, a tal gradoque, por ejemplo, la ciencia médica contempo-

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ránea se muestra impotente para detener laavalancha de muertes y enfermedades que sonconsecuencia por ejemplo del consumo exce-sivo de tabaco, alcohol, grasas, alimentos cha-tarra, automedicación, medicamentossofisticados, etcétera.

La época actual del capitalismo ha traído con-sigo perniciosas consecuencias sociales y am-bientales que difícilmente la humanidad puedesoportar durante mucho más tiempo. De tal en-vergadura y dañinas consecuencias han sido yson sus impactos que representan un elevadopeligro para los destinos de la humanidad y elpropio planeta en que vivimos.

A pesar de su vigencia y extensión hay quedecir que en algunos segmentos poblacionalesse acrecienta la conciencia universal ciudadanacontra dicho irracional modelo económico y so-cial y cada vez más se comprenden los peligrosque promueve el consumismo. Surgen podero-sas corrientes de opinión y combativos movi-mientos de consumidores y ambientalistas,originados desde la sociedad civil, que tiendena trabajar muy relacionadas entre sí.

Ambos movimientos coinciden en la necesi-dad de poner fin a las irracionalidades del mo-delo consumista, causantes de inaceptablesimpactos que se producen sobre los ecosiste-mas de la tierra y emisiones de gases contami-nantes a la atmósfera, perjudiciales sobre lacapa de ozono y determinantes del calenta-miento global.

Los actuales patrones de producción y con-sumo, caracterizados por la sociedad de mer-cado, las formas de consumo, el consumismo ylos estilos de vida impuestos, se encuentran im-pactando y erosionando la mayor parte de losrecursos naturales, agotando a muchos y dandosíntomas de desaparición a otros.

Por tanto, resulta de gran importancia tratary considerar estos temas dentro del consumo,ya que no se trata del tipo de consumo al queestamos acostumbrados, sino del consumo fu-turo, de la propia supervivencia de la especiehumana y de la garantía a las generaciones ve-nideras de un ambiente saludable.

La mejor manera de defender a los consumi-dores es dándoles la posibilidad de conocer susderechos, informando y educando para queaprendan a ejercerlos por sí mismos.

Hoy, casi todos los países en el mundo cuen-tan con Leyes de Protección al Consumidor,mientras que otro grupo pequeño de países,donde se encuentra Cuba, está trabajando enla elaboración de sus propios proyectos. En al-gunas naciones se han llegado a reconocer enlas propias constituciones la necesidad o la im-

Actualmente, el consumismo promueve

el individualismo hedonista y el derroche

material

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portancia de la defensa de los consumidores.

Partiendo de la definición de consumidor, te-nemos que plantear que de esta se desprendeel término de usuario. Si se parte de que el con-sumidor será considerado como un usuario albeneficiarse de servicios, debe quedar claro queesta nueva denominación no implica que estedeje de ser un consumidor, gozando de todoslos derechos que las normas le otorgan. Demodo que cuando hablamos del usuario, esta-remos ante una categoría especial de consumi-dor, en la que quedaría como principal distinciónque consumidor es la categoría general y usua-rio la especial.

Esta relación de género y especie tiene comonota singular la diferencia entre los derechosque le asisten al usuario derivados de los dis-tintos tipos de servicios de los que puede dis-frutar. Resulta claro que usuario es un términoque cobra sentido en el ámbito del Derecho Ad-ministrativo, al ser esta la rama encargada delestudio de los servicios públicos, considerándolocomo la persona física o jurídica que utiliza y esbeneficiaria de un servicio público.

No obstante, la experiencia muestra y ponede manifiesto la necesidad que tienen los con-sumidores y usuarios, con independencia de losmarcos jurídicos existentes, de organizarse paraproteger y defender sus derechos y salir de lasituación de indefensión o debilidad que, comoelementos aislados, los caracterizan en el mer-cado.

La situación es tan sensible y compleja que

incluso hoy existe una agenda donde ha comen-zado a discutirse el papel de las empresas y desus responsabilidades sociales y éticas, rom-piendo con el paradigma de los criterios y con-sideraciones tradicionales con quehistóricamente se han defendido.

Las fuerzas de las organizaciones de la socie-dad civil de los consumidores y usuarios soncada vez más poderosas y activas, por lo queresulta necesario que el sector empresarial lespresten más atención y comience a valorarlasde manera diferente. El nivel de influencia deestas organizaciones en las esferas políticas yeconómicas en la sociedad es superior a lo quefue en años anteriores.

La protección al consumidor debe orientarsehacia la educación y conciencia de toda la ciu-dadanía, priorizando el desarrollo de valores yprincipios encargados de promover en cada unola búsqueda de una estructura racional de con-sumo a nivel personal, familiar, grupal y de lasociedad en su conjunto. De este modo, la pro-tección al consumidor se presenta como la de-fensa de la vida y no solo en sus implicacionesbiológicas, sino también en el orden psicológico,cultural, económico, político y medioambiental.

En relación a Cuba

En los años 60 se reconocen formalmente enEstados Unidos de Norteamérica los derechosfundamentales de los consumidores. A partir deeste momento, irán surgiendo las organizacio-nes de defensa de los consumidores.

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El 15 de marzo de 1962, John F. Kennedy, en-tonces presidente de Estados Unidos, reconocióante el Congreso de su país que los consumi-dores constituían el mayor grupo económicoque afecta y es afectado porcasi toda decisión econó-mica, publica y privada. Sinembargo, añadió que era elúnico grupo cuyas opinionescasi nunca eran oídas. Estaposición de Kennedy marcoun momento importante enla protección de los dere-chos de los consumidoresen Estados Unidos y en elresto del mundo.

Cuba fue uno de lospases latinoamericanos pio-neros en materia de protec-ción al consumidor, a tonocon lo que se discuta en Es-tados Unidos y Europa,donde esta temática va adesarrollarse acelerada-mente y se experimenta unmayor auge en la legislaciónsobre la defensa de los con-sumidores. En fecha tan temprana como el 22de enero de 1960 se promulga la Ley 697 deprotección al consumidor, cuyo contenido esen-cial estaba dirigido a evitar el encarecimientoinjustificado de la vida, impidiendo así todaforma de especulación mercantil, buscandoademas que la población no fuera perjudicadapor estas practicas.

Sin embargo, este área no continua desarro-llándose hasta que en 1971 se crea desde elGobierno y como parte del proceso de reorga-nización del Estado el Instituto Cubano de

Orientación e Investigación de la Demanda In-terna (ICIODI), que se extingue en 1995. Sinlugar a dudas, este fue el momento de mejor ymayor institucionalización de la protección aconsumidores y usuarios en Cuba. Hay quedecir también que el ICIODI fue una instituciónsui generis , de una proyección avanzada en re-lación a otros pases socialistas en aquel enton-ces.

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En el año 1976 se produce la nueva divisiónpolitico-administrativa del país, la creación delos Órganos de Gobierno Locales y se abrenotras vías a través de las Oficinas de Atención ala Población, donde los ciudadanos podían, yaún pueden, dirigir sus reclamaciones y quejas.

A partir de 1990, con la desaparición de laUnión Soviética, Cuba pierde a su principal socioeconómico y comercial, lo que lleva al país aadoptar un cambio radical en las formas de dis-tribución y comercialización, tanto interna comoexterna, como resultado de las medidas adop-tadas por el Gobierno con el objetivo de afron-tar la crisis que se produjo.

Se produce entonces una importante evolucióndel mercado de consumidores en Cuba, que noestaban preparados para ello, como tampoco loestaban los productores y el propio sector pu-blico. Diferentes mercados emergen entoncescomo una necesidad unido al ya existente mer-cado racionado.

Resulta interesante mencionar ademas que eltema de la protección al consumidor no se de-sarrolló de manera significativa en los antiguospases socialistas de Europa del Este, entendién-dose que ya de por sí era un objetivo funda-mental del sistema la satisfacción de lasnecesidades crecientes de la sociedad y, portanto, el Estado asumía esta responsabilidad enrepresentación de toda la sociedad.

Hay que apuntar también que en el plano dela teoría económica, si bien por definición se re-

conocía de manera general que la economía so-cialista estaba regulada por la planificación, setenía en cuenta la existencia de relaciones mo-netario mercantiles en un segundo plano.

Esta realidad transitó por diferentes interpre-taciones, fundamentalmente a finales de la dé-cada de los 50. Por tanto, al no existir undesarrollo teórico y practico sobre la proteccióna los consumidores y usuarios desde el Dere-cho, la Economía, la Sociología, etc., no fue po-sible crear adecuadamente y de manerageneralizada normas y procedimientos impor-tantes desde el sector publico destinados a estefin.

En el año 1999, el Comité Ejecutivo del Con-sejo de Ministros en su Acuerdo 35 29 del 17de Agosto, le otorga al Ministerio de ComercioInterior (MINCIN) la facultad rectora para dirigir,ejecutar y controlar la política del Estado y elGobierno en cuanto al comercio interior mayo-rista y minorista de alimentos y otros bienes,también de los servicios de consumo personaly comercial, así como de la protección al con-sumidor.

En la década de los 50en Cuba aún no existíaun desarrollo sobre la

protección de los consumidores

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Es así como se crea la Dirección de Proteccióna los Consumidores para dirigir, controlar e im-plementar dicha política, tomando como base lanecesidad de organizar un Sistema Nacional deProtección al Consumidor partiendo de los Li-neamientos de la Resolución 39-248 de laAsamblea General de Naciones Unidas en 1995.

Si bien a partir de ese momento se dieron al-gunos pasos para definir en el contexto cubanolos derechos y deberes de los consumidores, asícomo los deberes de los productores y provee-dores, no se avanzó por igual en los diferentescomponentes del sistema propuesto. Se puededecir que los dos resultados legislativos mas im-portantes durante esta etapa han sido, en unprimer lugar, la Resolución Nº 1 del MINCIN,con fecha de 3 de enero de 2002, donde se dis-puso la creación del sistema de inspección dela protección al consumidor en los órganos dela administración central del Estado, OACE y en-tidades nacionales, bajo un enfoque eminente-mente administrativo. En segundo lugar, lareciente Resolución 54-2018 del Ministerio deComercio Interior.

Esta ultima resolución esta enfocada al co-mercio interno. Va dirigida a las personas natu-rales y jurídicas que realizan la actividad decomercio relacionada con la venta de mercan-cías, gastronomía, servicios técnicos, personalesy alojamiento, para proteger los intereses y de-rechos de los consumidores y usuarios.

En tal sentido, se debe reconocer el intentode ordenar toda la actividad del comercio inte-rior y brindar alguna protección a los consumi-

dores, y el reto de estar asociado con la imple-mentación y resultados de la resolución de caraal futuro.

En esta resolución se definen los principiosque sustentan la protección de los consumido-res y se redefinen los derechos y deberes deestos en Cuba. También se definen las obliga-ciones generales de los proveedores de bienesy servicios. Igualmente, se especifican con de-talle las instancias administrativas donde losconsumidores pueden presentar las quejas y re-clamaciones. Resulta importante la opción quese brinda ante la inconformidad del consumidorcon alguna respuesta, pudiendo entonces acu-dir al organismo superior, al MINCIN, con laqueja no resuelta, que debe ser respondida enun plazo de sesenta días a partir de su presen-tación.

No obstante lo anterior, el tema de la protec-ción de los derechos de los consumidores toda-vía no tiene la mirada sectorial que se requiere,quedando vacíos que resulta necesario cubrir yque requieren de una proyección a nivel de paíslo antes posible.

Definitivamente, la protección a los consumi-dores y usuarios es un tema de gran importan-cia y actualidad. En el contexto nacional cubanoes indiscutible el impacto que tiene en la pobla-ción y su quehacer diario la falta de cultura porparte de todos los sujetos que intervienen en laprotección de los consumidores y usuarios pero,fundamentalmente, de los proveedores de bie-nes y servicios, sean estos estatales o no. Losciudadanos, la población, los consumidores y

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usuarios se encuentran indefensos, motivadopor el hecho de que no tienen cultura de susderechos, desconocen su posición como consu-midores y usuarios, no saben cómo reclamarante violaciones de diferentes tipo y no secuenta en la mayoría de los casos con el res-paldo jurídico para reclamar y lograr solucionesreales y efectivas en contraposición con los pa-liativos que se emplean con mucha frecuenciay que no satisfacen las quejas y reclamacionesformuladas.

Más allá de la existencia de algunas norma-tivas jurídicas, más allá de las buenas intencio-nes y de la propia voluntad política, semantienen estos mismos retos. Desde 1959hasta la actualidad se han dictado disposicioneslegales encaminadas hacia la protección delconsumidor. A día de hoy, Cuba no cuenta conuna norma que regule en su totalidad y deforma especial este tema.

Hoy esa protección está fraccionada, y estose aprecia en un sistema disperso de normasjurídicas desde el punto de vista civil, adminis-trativo y su totalidad y de forma especial eltema. Hoy esa protección está fraccionada y seaprecia en un sistema disperso de normas jurí-dicas desde el punto de vista civil, administra-tivo y penal.

Los problemas que se presentan son atendi-dos a su vez por diferentes organismos y órga-nos del Estado. No se puede decir que exista enel país hoy una unificación normativa del De-recho de Consumo en un solo cuerpo legal.

Aparecen hoy en el mercado de bienes y ser-vicios nuevos actores a los que se enfrentan losconsumidores y usuarios cubanos. La expansiónde los cuentapropistas, las cooperativas y otrasfórmulas que paulatinamente se puedan ir apro-bando, junto al fortalecimiento del papel de losgobiernos locales y su protagonismo en defensade los intereses de la ciudadanía, son algunosde los retos que habrá que enfrentar de cara alfuturo.

En Cuba, a pesar de que no se puede consi-derar que exista un sistema eficiente de defensade los consumidores, también se puede afirmarque, aunque de manera dispersa y descentrali-zada, se le otorga de cierta manera protecciónal consumidor.

Algunas consideraciones finales

Como ya se ha dicho, consumidor es una cate-goría propia de cualquier consumo y este con-sumidor es el individuo que nace, vive y sedesarrolla en sociedad en correspondencia conlas exigencias del presente y también las del fu-turo.

La protección de los derechos de los consu-midores, por tanto, es la protección de la vidamisma de los ciudadanos de hoy y del mañana.De esta manera, todo lo relativo a esta protec-ción constituye a su vez un problema social entanto que involucra al sistema económico social.Por ello, donde quiera que haya una persona seestablece una relación de individuos, grupos, fa-milias y la sociedad en su conjunto. Cuando setrata del medio ambiente y de los recursos na-

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turales involucra también a las generaciones fu-turas.

Las políticas y acciones encaminadas a la de-fensa y protección de los consumidores no pue-den ni deben tener un perfil estrecho, sinoprecisamente todo lo contrario. Deben ser másamplias, de manera que transite por todos ycada uno de los momentos del ciclo productivoy de servicios.

El marco legal es la columna vertebral decualquier sistema de protección a los consumi-dores y debe abarcar, por tanto, todas aquellasactividades económicas y no económicas dondese desarrollen los individuos y que les brindenun bienestar y estas deben estar consideradasjurídicamente en su protección.

El Estado está llamado a desempeñar unpapel esencial en el caso cubano de la protec-ción de los consumidores contribuyendo, por unlado, al perfeccionamiento y culminación del sis-tema propuesto y su implementación, formu-lando una ley que soporte esta protección entodos los ámbitos. Por otra parte, resulta im-prescindible depositar esta responsabilidad enuna institución que no sea parte del proceso,dotándola de la autoridad necesaria para quepueda jugar el papel que le corresponde.

La educación a los consumidores y proveedo-res debe ocupar un lugar central como necesi-dad de primer orden para la implementación decualquier sistema de protección. Resulta nece-saria entonces la divulgación como parte de laeducación a los consumidores, a los proveedo-

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res y hasta el propio sector público sobre todolo relacionado con los derechos aprobados porlas Naciones Unidas y reconocidos por los dife-rentes países, así como también proporcionán-doles información sobre los fundamentos delmarco legal que soporta esos derechos y brindala protección requerida.

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