juicio de amparo indirecto

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SEP3 2015 QUEJOSO: RUBEN OLIVARES. AMPARO INDIRECTO PROMOCIÓN INICIAL C. JUEZ DE DISTRITO EN TURNO MATERIA ADMINISTRATIVO. P R E S E N T E. RUBEN OLIVARES NACIONALIDAD MEXICANA, DE TAMPICO TAMAULIPAS , OCUPACION ESTUDIANTE ES MAYOR DE EDAD CON DOMICILIO : CALLE CARRANZA NUMERO 204 ORIENTE TAMPICO TAMAULIPAS, ZONA CENTRO Con fundamento en los artículos 1, 103 fracción I, III, 107 constitucional, 1 fracción I, 15, 107 y 109 de la ley de amparo RESPETUOSAMENTE COMPADESCO POR MEDIO DEL PRESENTE ESCRITO VENGO A SOLICITAR EL AMPARO Y PROTECCION DE LA JUSTICIA FEDERAL EN CONTRA DE LOS ACTOS REALIZADOS POR LAS ADMINISTRATIVOS QUE MAS ADELANTE ME PERMITIRA PROCESAR En cumplimiento al artículo 108 de la ley de amparo, manifiesto: I. NOMBRE Y DOMICILIO DE LA QUEJOSO: Ya se indicaron en el proemio de este ocurso. II. NOMBRE Y DOMICILIO TERCERO PERJUDICADO: Por su naturaleza desconozco si existe. III. AUTORIDADES RESPONSABLES 1.AUTORIDAD ORDENATORIA AGENCIA TERCERA DEL MINISTERIO PUBLICO 2 C. JUEZ DEL JUZGADO DISTRITO EN TURNO 3.AGENCIA INVESTIGADORA DE JUZGADO NOVENO ADMINISTRATIVO IV.HECHOS

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como se estructura un juicio de amparo directo

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Page 1: juicio de amparo indirecto

SEP3 2015QUEJOSO: RUBEN OLIVARES.

AMPARO INDIRECTO PROMOCIÓN INICIAL

C. JUEZ DE DISTRITO EN TURNOMATERIA ADMINISTRATIVO.P R E S E N T E.

RUBEN OLIVARES NACIONALIDAD MEXICANA, DE TAMPICO TAMAULIPAS , OCUPACION ESTUDIANTE ES MAYOR DE EDAD CON DOMICILIO : CALLE CARRANZA NUMERO 204 ORIENTE TAMPICO TAMAULIPAS, ZONA CENTRO

Con fundamento en los artículos 1, 103 fracción I, III, 107 constitucional, 1 fracción I, 15, 107 y 109 de la ley de amparo RESPETUOSAMENTE COMPADESCO POR MEDIO DEL PRESENTE ESCRITO VENGO A SOLICITAR EL AMPARO Y PROTECCION DE LA JUSTICIA FEDERAL EN CONTRA DE LOS ACTOS REALIZADOS POR LAS ADMINISTRATIVOS QUE MAS ADELANTE ME PERMITIRA PROCESAREn cumplimiento al artículo 108 de la ley de amparo, manifiesto:

I. NOMBRE Y DOMICILIO DE LA QUEJOSO: Ya se indicaron en el proemio de este ocurso.

II. NOMBRE Y DOMICILIO TERCERO PERJUDICADO: Por su naturaleza desconozco si existe.

III. AUTORIDADES RESPONSABLES

1.AUTORIDAD ORDENATORIA AGENCIA TERCERA DEL MINISTERIO PUBLICO2 C. JUEZ DEL JUZGADO DISTRITO EN TURNO

3.AGENCIA INVESTIGADORA DE JUZGADO NOVENO ADMINISTRATIVO

IV.HECHOS EL DIA SABADO 22 DE AGOSTO DEL AÑO Y CURSO MI NOVIA C. BELLA MAR Y OTROS AMIGOS ASISTIMOS A LA NEGOCIACION DENOMINADA (503) UBICADO ENAVE. UNIVERSIDAD EN CONTRA ESQUINA CON WISCONSIN, PLANTA ALTA, POSTERIORMENTE NOS DIRIGIMOS A UNA MESA DEL LADO IZQUIERDO Y IMPUTUALMENTE LLEGO UN JOVEN QUE AHORA SE QUE SE LLAMA C. LUIS ECHEVERRIA PALETA Y SE SENTO EN UNA MESA DE ENFRENTE ALA QUE EL SUSCRITO OCUPABA CON MI NOVIA Y OTROS AMIGOS .NO HABIA PASADO, 15MINUTOS CUANDO LUIS ECHEVERRIA PALETAS , CUANDO SE ACERCA A SALUDAR A MI NOVIA , ESTIMANDO QUE LE DABA MUCHO GUSTO VERLA . LLEGO EL MOMENTO EN QUE LA ABRAZA Y EN LA

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SITUACION QUE ME MOLESTO MUCHO, Y LE RECLAME PERO ESTE ME CONTESTO EN TEXTO MUY OFENSIVAMENTE DICIENDOME (NO TE PONGAS INTENSO), Y YO LE CONTESTE QUE DEJARA EN PAZ A MI NOVIA , DICIENDOME EL : (NI QUE ESTUVIERA TAN BUENA) Y AL TEMER SER AGREDIDO SE ABALANZO SOBRE MI, LE ACENTE UN EMPUJON CONTANDO CON LA SUERTE , QUE SE CAYO Y SE GOLPEO EN EL ASIENTO DE UNA SILLASE CORTO EL OJO DEL LADO DERECHO, PERO EN ESE MOMENTO INTERVENIERON LOS GUARDIAS DE SEGURIDAD, Y NOSOTROS APROVECHAMOS PARA DEJAR EL LUGARPERO RESULTA SER QUE EL DIA DE AYER DOMINGO ALAS 8PM SE ENCUENTRA ESTACIONADA UNA CAMIONETA DE DURANGO CON LA LEYENDA DE PGJ CON DOS TIPOS ARRIBA Y HAN PREGUNTANDO A VECINOS SOBRE MI PERSONA, POR LO QUE TENGO EL TEMOR FUNDADO QUE TRATEN DE PRIVARME DE MI LIBERTAD V. GARANTÍAS CONSTITUCIONALES VIOLADAS: artículos 1, 14, 16 y 17 de la constitución federal y 8, 9, 10,11 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos en relación al principio de Convencionalidad establecido en el arábigo primero de nuestra carta magna.

VI. BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD MANIFIESTO QUE SON ANTECEDENTES DEL ACTO RECLAMADO Y FUNDAMENTOS DE LOS CONCEPTOS DE VIOLACIÓN, LOS SIGUIENTES:

H E C H O S

1. El día 22 de AGOSTO 2015, se presentaron a mi domicilio unas personas diciendo que eran ministeriales y que traían consigo una orden para privarme de mi libertad, intentando ingresar al mismo por medio de la fuerza, por lo que di aviso a las autoridades municipales, y al ver mi respuesta, los supuestos agentes ministeriales se fueron del lugar, con la amenaza de que iban a estarme esperando afuera.

2. Ya que desconozco el motivo por el cual se me giro una orden de que se me prive de mi libertad, tengo el temor fundado de que este siendo victima de la violación de mis derechos fundamentales así como de derechos humanos motivo por el cual solicito en aras del principio de convencionalidad se me proporcione y garantice recurso efectivo que me defienda ante el arbitrario y en su momento esta autoridad federal conceda el Amparo y Protección de la Justicia Federal.

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VII. CONCEPTOS DE VIOLACIÓN AMBITO CONSTITUCIONAL:

P R I M E R O.

A. El artículo 14 de nuestra carta Magna establece: “Nadie podrá ser privado de la vida, de la libertad o de sus propiedades, posesiones o derechos, sino mediante juicio seguido ante los tribunales previamente establecidos, en el que se cumplan las formalidades esenciales del procedimiento y conforme a las leyes expedidas con anterioridad al hecho”.

En el caso sometido a su consideración, al integrar una acusación en mi contra que constituya un acto prohibido por las reglas sociales mexicanas y a su vez den origen a un castigo que implique la pena corpórea sin haberme llamado debidamente para permitirme una defensa justa que garantice la actuación correcta de la autoridad procuradora de justicia y que permita el acceso a la justicia de quien se queja en este acto, sin lugar a dudas viola en mi contra el arábigo enunciado en este punto, y hacen que se actualice dicha violación razón por la que da origen a se me conceda el amparo y protección de la justicia federal.

S E G U N D O.

B. El artículo 16 de la Constitución indica que “Nadie puede ser molestado en su persona, familia, domicilio, papeles o posesiones, sino en virtud de mandamiento escrito de la autoridad competente que funde y motive la causa legal del procedimiento...”

Derecho fundamental que es indudablemente inaplicado por la autoridad que en su momento confiese es la autora de tal violación en mi contra, pues como ya expuse en el concepto de violación marcado como PRIMERO no se siguió ni el debido proceso, ni la oportunidad de defensa lo que por integridad de interpretación de la norma constitucional y convencional automáticamente actualizan la violacion de este arábigo también, pues evidente es que si no hubo un debido proceso ni una oportunidad defensa legal todas las ordenes que de ese proceso emanen son inmotivadas e infundadas pues no cumplen las garantías que deben cumplir de acuerdo a nuestra estructura jurídica y base de normas y reglamentos que garantizan la certeza jurídica en Mexico, razón por la cual dan origen a la Protección de la justicia federal en los términos que indico.

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T E R C E R O.

C. El Articuló 17 de la Constitución indica “…Toda persona tiene derecho a que se le administre justicia por tribunales que estarán expeditos para impartirla en los plazos y términos que fijen las leyes, emitiendo sus resoluciones de manera pronta, completa e imparcial.”

Al haberse dado los supuestos de que con el acto que reclamo de la autoridad que me violenta, no siguió un debido proceso, no permitió una debida defensa, no fundo ni motivo su actuar, en una aplicación conjunta armónica de nuestra constitución la violación de un derecho fundamental implica forzosamente la violación de todas las demás protecciones que el Estado Mexicano reconoce y garantiza a los que somos de acuerdo a la ley merecedores de dichas distinciones, es decir, al haber las violaciones constitucionales anteriores señaladas se concatenan unas con otras y sin lugar a dudas también dan origen a que el acceso a la justicia y la administración de justicia sean violadas por haber sido íntegramente inaplicada la constitución en mi perjuicio, motivo por el que en su debido momento este Tribunal Judicial Federal deberá otorgar la protección de la justicia federal.

CONCEPTOS DE VIOLACION AMBITO INTERNACIONALPRINCIPIO DE CONVENCIONALIDAD

A. Artículo 8 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos: “Toda persona tiene derecho a un recurso efectivo, ante los tribunales nacionales competentes, que la ampare contra actos que violen sus derechos fundamentales reconocidos por la constitución o por la ley.”

En aplicación obligatoria con relación a lo que establece el articulo primero de nuestra constitución y relacionado directa y armónicamente con los artículos 14, 16 y 17 de la misma normativa enunciada, al actualizarse la inaplicación de los arábigos constitucionales enunciados, imponen a este Tribunal el que este medio que ejerzo, envistan mi promoción como un recurso efectivo que esta autoridad federal en su momento oportuno ampare contra el acto que ya explique y que sin lugar a dudas violan mis derechos fundamentales que ya señale y están reconocidos por la constitución de los estados unidos mexicanos.

B. Artículo 9 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos: “Nadie podrá ser arbitrariamente detenido, preso ni desterrado.”

En aplicación obligatoria con relación a lo que establece el articulo primero de nuestra constitución y relacionado directa y armónicamente con los artículos 14, 16 y 17 de la misma normativa enunciada, al actualizarse la inaplicación de los arábigos constitucionales enunciados, de consumarse el acto del cual reclamo estaría siendo detenido arbitrariamente, por lo que este recurso efectivo deberá garantizar el que se me proteja en todo momento.

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C. Artículo 10 de la Declaración Universal de los Derechos

Humanos: “Toda persona tiene derecho, en condiciones de plena igualdad, a ser oída públicamente y con justicia por un tribunal independiente e imparcial, para la determinación de sus derechos y obligaciones o para el examen de cualquier acusación contra ella en materia penal.

En aplicación obligatoria con relación a lo que establece el articulo primero de nuestra constitución y relacionado directa y armónicamente con los artículos 14, 16 y 17 de la misma normativa enunciada, al actualizarse la inaplicación de los arábigos constitucionales enunciados, la autoridad que señalo como responsable estaría negando el ser oído públicamente en plena igualdad y con justicia, lo que también implicarían que careciera de parcialidad el tribunal ante el cual se substancia el proceso por medio del cual se da dicha violación, estudio que deberá originar la protección de la justicia federal con la celeridad y prontitud debida.

D. Artículo 11 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos: “1. Toda persona acusada de delito tiene derecho a que se presuma su inocencia mientras no se pruebe su culpabilidad, conforme a la ley y en juicio público en el que se le hayan asegurado todas las garantías necesarias para su defensa. 2. Nadie será condenado por actos u omisiones que en el momento de cometerse no fueron delictivos según el Derecho nacional o internacional. Tampoco se impondrá pena más grave que la aplicable en el momento de la comisión del delito.”

En aplicación obligatoria con relación a lo que establece el articulo primero de nuestra constitución y relacionado directa y armónicamente con los artículos 14, 16 y 17 de la misma normativa enunciada, al actualizarse la inaplicación de los arábigos constitucionales enunciados, implican el que se me presuma como culpable de un reclamo sin prueba alguna que lo corrobore y que no se cumplieron a mi favor todas las garantías necesarias para mi debida defensa, lo que indudablemente constituyen en cuerpo integro de esta promoción una queja fundada en el que exijo con justicia este recurso sea efectivo y la justicia federal me proteja del arbitrario.

INCIDENTE DE SUSPENSION.

Con fundamento en los articulo 125, 126 y 127 fracción II de la ley de amparo solicito se me conceda la suspensión del acto reclamado y se me expida copia certificada del acuerdo que recaiga a la promoción de este incidente autorizando para que las reciba a las personas autorizadas en el proemio de este escrito y autorizados en los términos del articulo 25 y 27 de la ley de amparo.

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Por lo expuesto y fundado pido:

PRIMERO: Me tenga por presentado solicitando el amparo y protección de la justicia federal.

SEGUNDO: Se me conceda la suspensión provisional y en su oportunidad la definitiva de los actos reclamados.

TERCERO: Se autorice en los términos más amplios del artículo 25 y 27 de la ley de amparo a los LIC. CINDY GARCIA BOCANEGRA indistintamente y se autorice para oír y recibir notificaciones a las personas indicadas en este escrito.

TAMPICO , TAMAULIPAS 9DE SEPTIEMBRE, 12 DIAS DESPUES DE AGOSTO 2015

PROTESTO LO NECESARIO

RUBEN OLIVARES