juicio alimentos

Upload: frnndo-bltrn

Post on 19-Oct-2015

37 views

Category:

Documents


1 download

TRANSCRIPT

  • 16/3/2014

    1/13

    Actividades Desarrolladas

    No. causa: 18202-2013-0955 - (08/10/2013)

    Judicatura:

    Accin/Delito: ALIMENTOS

    Actor/Ofendido: ERAS TANDAZO MARIA AUGUSTA

    Demandado/Imputado: PULLUQUITIN TUTASIG WASHINGTON EFRAIN

    Otras instancias:

    No. Fecha Actividad

    1 07/12/2007 Escritorechaza mediacion

    2 07/01/2008 EscritoSeala casillero judicial

    3 15/01/2008 PROVIDENCIAEl escrito y documento presentado por WASHINGTON EFRAIN PULLUQUITIN TUTASIG, agrguese alproceso; En lo principal: Tmese en cuenta el casillero Judicial sealado y la autorizacin dada alseor Dr. Juan Jose Carrillo, como su defensor Notifquese.

    4 12/02/2008 EscritoPEDIDO

    5 05/03/2008 SEALAMIENTO AUDIENCIAAgrguese a los autos el escrito presentado por MARIA AUGUSTA ERAS TANDAZO, atenta a supeticin, dispongo la audiencia de conciliacin para el da martes veintidos de abril del ao dos milocho a las quince horas diez minutos. Notifquese.

    6 22/04/2008 ACTA DE AUDIENCIAACTA DE AUDIENCIA DE CONCILIACION. En la ciudad de Ambato, hoy da martes veinte y dos deAbril del ao dos mil ocho, a las quince horas diecinueve minutos. Ante la Sra. Dra. Beatriz PrezSnchez, Juez Tercero de la Niez y Adolescencia de Ambato e infrascrito, Oficial Mayor Dr. RafaelMontesdeoca, encargado de la secretaria, comparecen: por una parte, la seora MARIA AUGUSTAERAS TANDAZO, con su defensor el seor Ab. Sebastin Valdivieso; y por otra parte, el demandadoseor WASHINGTON EFRAIN PULLUQUITIN TUTASIG, con su defensor el seor Dr. Juan Jos Carrillo.-Con el objeto de dar cumplimiento a la diligencia de audiencia de conciliacin prevista en el Art. 273del Cdigo de la Niez y Adolescencia. Al efecto, siendo stos dentro del da y hora fijados enprovidencia anterior, la seora Juez dando por iniciada la diligencia, insina a las partes que lleguen aun acuerdo conciliatorio que de fin al reclamo; como ste no es factible, concede la palabra aldemandado quien por medio de su defensor el seor Dr. Juan Jos Carrillo.- quien manifiesta ycontesta a la demanda en los siguientes trminos: Yo Dr. Juan Jos Carrillo Defensor y patrocinadordel demandado WASHINGTON EFRAIN PULLUQUITIN TUTASIG, de 40 aos de edad, estado civilcasado, ocupacin comerciante, domiciliado en esta ciudad de Ambato, dando contestacin como lodispone la Ley Art. 273 del CNA, doy la contestacin formal a la demanda planteada por la accionanteen la que debo empezar rechazando y negando enfticamente todos los fundamentos de hecho yderecho expuestos por ella en el libelo, por cuanto se encuentra absolutamente reida de la verdadde los hechos por cuanto no dispongo de un negocio con gananciales altos como manifiesta la actoraadems mi titulo de Ingeniero Civil no lo ejerzo, lo que probare oportunamente en la etapa deprueba; y que se siente razn que por nuestra parte hemos aceptado a llegar a un acuerdo, pero laparte actora no acepto nuestra propuesta . Con esta exposicin se corre traslado a la defensa de laactora Ab. Sebastin Valdivieso Gonzlez, quien manifiesta: Seor Juez, por cuanto en la primeraparte de la Audiencia de conciliacin no hemos llegado a un acuerdo manifiesto en lo principal queimpugno y rechazo manifestado por el defensor ya que su relato es injustificado, falta de derecho,alejado de la verdad de los hechos, en lo principal, me ratifico en los fundamentos d e hecho yderecho de los presupuestos de la demanda y como establece la demanda en la que se tiene que fijaruna pensin provisional al efecto seora Juez con documentos, evidencio las necesidades de laseorita ADRIAANA ELIZABETH PULLUQUITIN ERAS, lo cual con estos documentos como son uncontrato de arrendamiento Por CIENTO CINCUENTA DOLARES MENSUALES que paga, una certificacinde gastos mensuales de pensin educativa por CUARENTA DOLARES, gastos de recorridos de bus porVEINTE DOLARES, tiles escolares que suman cerca de Ochenta dlares, pagos de un curso de inglesque suman cerca de CIENTO CUARENTA dlares, gastos de alimentacin, que suman por Ochentadlares, mas determinados gastos como atencin d e ortodoncia que en el futuro se los realizara, conesas evidencias estoy demostrando existen gastos, que suman alrededor de CUATROCIENTOSCINCUENTA DOLARES MENSUALES que se gastan en la prenombrada menor, as como el otrorequisito para justificar la capacidad del alimentante , que tiene un vehculo, chevrolet , un almacn de ventas d e computadoras , goza d e tarjetas de crdito, tarjetas de tarjetas comerciante y otracapacidad del seor Efran Washington Pulluquitin Tutasig, para que su seora fije una pensin acorde

    a las necesidades de la menor prenombrada. As mismo manifiesto que la obligacin de proporcionaralimentos, vestuario, educacin, medicina le corresponde tanto al padre como a la madre en el caso

  • 16/3/2014

    2/13

    alimentos, vestuario, educacin, medicina le corresponde tanto al padre como a la madre en el casoque amerita el seor se ha descuidado cerca de 9 aos en proporcionar los alimentos, con lo quedemuestro que mi cliente ha solventado los gastos para el desarrollo integral de nuestra hija, comohay hechos que justificar se sealara da y hora para la respectiva audiencia de prueba. -Por cuantolas partes procesales no desean hacer uso nuevamente la palabra, la seora Juez insiste a las partesque lleguen a una conciliacin; y por cuanto, pese a las insistencias no es posible, por existir hechosque deben probarse, convoca a la audiencia de prueba que se realizar el da Martes 20 de Mayo deMayo del ao en curso, a partir de las 09h30, en la que se practicarn las que anuncien debidamentelas partes; providencia con la cual quedan notificadas las mismas, con lo cual quedan tambinnotificados. Por cuanto existe justificado el derecho del menores y la obligacin del demandado, seprocede a la fijacin dispuesta en el Art. 274 del Cdigo de la Niez y Adolescencia, en la cantidad deen la cantidad de CUARENTA Y CUATRO DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE NORTEAMERICA,mensuales, correspondiente al 22 % del salario bsico unificado, que sern cancelados por eldemandado seor WASHINGTON EFRAIN PULLUQUITIN TUTASIG, a favor de su hija ADRIANAELIZABETH PULLUQUITIN ERAS, y a partir de la citacin con la demanda y dentro de los cincoprimeros das de cada mes, particular que ser tomado en cuenta por el seor Secretario-Pagador delJuzgado. Con los anuncios de prueba que se receptara en la fecha sealada, de solicitar diferimientode audiencia de prueba este se le conceder con 48 horas de anticipacin a la audiencia de pruebaconvocada Con lo que se termina la presente diligencia, firmando los comparecientes, junto con laseora Juez y suscrito Secretario encargado que certifica. LA JUEZ. Los Comparecientes. Dra. BeatrizPrez Snchez. Maria Augusta Eras Tandazo Ab. Sebastin Valdivieso Washington Efran PulluquitinDr. Juan Carrillo El Secretario ( E ) Dr. Rafael Montesdeoca E..

    7 23/04/2008 EscritoProhibicin de enajenar

    8 06/05/2008 PROVIDENCIAAgrguese a los autos el escrito presentado por MRIA AUGUSTA ERAS TANDAZO. Atenta a supeticin: De conformidad a lo dispuesto en el artculo 142 del Cdigo de la Niez y Adolescencia, seordeno la Prohibicin de salida del pas del seor WASHINGTON EFRAIN PULLUQUITIN TUTASIG, concdula de ciudadana 1802105120 a fin de que el demandado no se ausente del territorio nacional, loque se comunicar de inmediata a los funcionarios encargados para hacerlo efectivo, esto es, a laJefatura Provincial de Migracin de Tungurahua. Igualmente de conformidad a lo dispuesto en elartculo 143 del Cdigo de la Niez y Adolescencia, se dispone la prohibicin de najenar el automvilChyevrolet Swift de placas BBE-979, de color rojo, de propiedad del Ingeniero Washington EfranPulluquitn Tutasig, para lo cual se oficiar a la JEFATURA DE TRANSITO DE TUNGURAHUA.Notifquese.

    9 09/05/2008 OFICIOOFICIO 534-J3NA-1338-07 Ambato, mayo 9 de 2008 Seores JEFATURA PROVINCIAL DE MIGRACINDE TUNGURAHUA Ambato De mi consideracin: En relacin al juicio 1338-2007, de sta judicatura, enque sigue MARIA AUGUSTA ERAS TANDAZO por pensin alimenticia para el menor ADRIANAELIZABETH PULLUQUITIN ERAS, se ha dispuesto oficiarle a fin de que: De conformidad al artculo 142del Cdigo de la Niez y Adolescencia, se dispone la prohibicin de salida del pas del seorWASHINGTON EFRAIN PULLUQUITIN TUTASIG con cdula de ciudadana 1802105120. Lo quecomunico para los fines consiguientes de ley. De usted, atentamente, Dra. Beatriz Prez SnchezJUEZ TERCERO DE LA NIEZ Y ADOLESCENCIA DE AMBATO ESCALANTEL

    10 09/05/2008 OFICIOOFICIO 527-J3NA-148-08 Ambato, mayo 7 de 2008 Seor JEFATURA PROVINCIAL DE TRANSITO DETUNGURAHUA Ambato De mi consideracin: En relacin al juicio 1338-2007, de sta judicatura, enque sigue MARIA AUGUSTA ERAS TANDAZO por pensin alimenticia para el menor ADRIANAELIZABETH PULLUQUITIN ERAS, se ha dispuesto oficiarle a fin de que: se proceda de conformidad alartculo 143 del Cdigo de la Niez y Adolescencia, disponer la prohibicin de enajenar el automvilChevrolet Swift de placas BBE-979, color rojo de propiedad del Ing. Washington Efran PulluquitinTutasig. Lo que comunico para los fines consiguientes de ley. De usted, atentamente, Dra. BeatrizPrez Snchez JUEZ TERCERO DE LA NIEZ Y ADOLESCENCIA DE AMBATO ESCALANTEL

    11 09/05/2008 RAZONRAZN: Siento la de que en esta fecha y con nmeros 534 y 535 se oficia a: JEFATURA PROVINCIALDE TRANSITO DE TUNGURAHUA Y JEFATURA PROVINCIAL DE MIGRACIN DE TUNBGURAHUA,conforme a mandato judicial. Ambato, mayo 9 de 2008. Certifico. ------------------------------------ Dr.Rafael Montesdeoca E. C. C. : ................................ SECRETARIO ENCARGADO ESCALANTEL

    12 09/05/2008 OFICIOOFICIO 535-J3NA-1338-07 Ambato, mayo 9 de 2008 Seor JEFATURA PROVINCIAL DE TRANSITO DETUNGURAHUA Ambato De mi consideracin: En relacin al juicio 1338-2007, de sta judicatura, enque sigue MARIA AUGUSTA ERAS TANDAZO, por alimentos a WASHINGTON EFRAIN PULLUQUITINTUTASIG, se ha dispuesto oficiarle a fin de que: Conforme A LO DISPUESTO EN EL ARTCULO 143DEL Cdigo de la Niez y Adolescencia, se dispone la prohibicin de enajenar del automvil ChevroletSwift de placas BBE-979,de color rojo, de propiedad del Ingeniero Washington Efran PulluquitinTutasig. Lo que comunico para los fines consiguientes de ley. De usted, atentamente, Dra. BeatrizPrez Snchez JUEZ TERCERO DE LA NIEZ Y ADOLESCENCIA DE AMBATO ESCALANTEL

    13 09/05/2008 Escritoanuncio de prueba

    14 12/05/2008 ANUNCIO

  • 16/3/2014

    3/13

    14 12/05/2008 ANUNCIODentro del anuncio de prueba y previa notificacin contraria, a la peticin de MARIA AUGUSTA ERASTANDAZO, dispongo: Se tenga como prueba de la parte actora como solicita en su numeral I. Laimpugnacin, tacha y rechazo, de proceder, se atender en su momento procesal. DepartamentoTcnico del Juzgado II de la Niez y Adolescencia atender lo solicitado en el numeral IV. Ofciesecomo solicita en los numerales V a VIII. Notifquese.

    15 14/05/2008 EscritoANUNCIO DE PRUEBA

    16 14/05/2008 OFICIOOFICIO 578-J3NA-26-08 Ambato, mayo 14 de 2008 Seores OFICINA TCNICA DEL JUZGADO I DELA NIEZ Y ADOLESCENCIA DE AMBATO Ambato De mi consideracin: En relacin al juicio 26-2008,de sta judicatura, en que sigue MARIA ISABEL CHISAGUANO CHICAIZA, se ha dispuesto oficiarle afin de que: proceda a la investigacin ECONMICA de los litigantes y otras que ameritan esadiligencia y existe la CERTEZA del caso y se llegue a la conclusin sobre la PENSIN ALIMENTICIAque debe suministrar el ALIMENTANTE. Lo que comunico para los fines consiguientes de ley. Deusted, atentamente, Dra. Beatriz Prez Snchez JUEZ TERCERO DE LA NIEZ Y ADOLESCENCIA DEAMBATO ESCALANTEL

    17 14/05/2008 OFICIOOficio N 574-J3NA-1338-07 Ambato, mayo 14 de 2008 Seor: DIRECTOR DEL SERVICIO DE RENTASINTERNAS Ambato. De mi consideracin: En el juicio 1338-07 en que por alimentos siguiera MARIAAUGUSTA ERAS TANDAZO A WASHINGTON EFRAIN PULLUQUITIN TUTASIG. La suscrita Juez Tercerode la Niez y Adolescencia dispone oficiarle a fin de que se sirva: remitir a sta judicatura certificacindel RUC de los negocios que tiene el ingeniero WASHINGTON EFRAIN PULLUQUITIN TUTASIG, concdula de ciudadana nmero 1802105120. Por la atencin que se de a la presente, reitero misagradecimientos. Dra. Beatriz Prez Snchez JUEZ TERCERO DE LA NIEZ Y ADOLESCENCIA DEAMBATO ESCALANTEL

    18 14/05/2008 OFICIOOficio N 576-J3NA-1338-07 Ambato, mayo 14 de 2008 Seor: GERENTE DEL BANCO DEL PICHINCHAAmbato. De mi consideracin: En el juicio 1338-07 en que por alimentos siguiera MARIA AUGUSTAERAS TANDAZO A WASHINGTON EFRAIN PULLUQUITIN TUTASIG. La suscrita Juez Tercero de la Niezy Adolescencia dispone oficiarle a fin de que se sirva: Remitir a sta judicatura una certificacinmanifestando el tiempo que es cuentacorrentista y cul es su saldo en la actualidad del ingenieroWashington Efran Pulluquitin Tutasig con cdula de ciudadana nmero 180210512-0. Por la atencinque se de a la presente, reitero mis agradecimientos. Dra. Beatriz Prez Snchez JUEZ TERCERO DELA NIEZ Y ADOLESCENCIA DE AMBATO ESCALANTEL

    19 14/05/2008 OFICIOOficio N 576-J3NA-1338-07 Ambato, mayo 14 de 2008 Seor: GERENTE DEL BANCO DEL PICHINCHAAmbato. De mi consideracin: En el juicio 1338-07 en que por alimentos siguiera MARIA AUGUSTAERAS TANDAZO A WASHINGTON EFRAIN PULLUQUITIN TUTASIG. La suscrita Juez Tercero de la Niezy Adolescencia dispone oficiarle a fin de que se sirva: Remitir a sta judicatura una certificacinmanifestando el tiempo que es cuentacorrentista y cul es su saldo en la actualidad del ingenieroWashington Efran Pulluquitin Tutasig con cdula de ciudadana nmero 180210512-0. Por la atencinque se de a la presente, reitero mis agradecimientos. Dra. Beatriz Prez Snchez JUEZ TERCERO DELA NIEZ Y ADOLESCENCIA DE AMBATO ESCALANTEL

    20 14/05/2008 OFICIOOficio N 580-J3NA-1338-07 Ambato, mayo 14 de 2008 Seor: GERENTE DEL BANCO DE GUAYAQUILAmbato. De mi consideracin: En el juicio 1338-07 en que por alimentos siguiera MARIA AUGUSTAERAS TANDAZO A WASHINGTON EFRAIN PULLUQUITIN TUTASIG. La suscrita Juez Tercero de la Niezy Adolescencia dispone oficiarle a fin de que se sirva: Remitir a sta judicatura una certificacinmanifestando el tiempo que es cuentacorrentista y cul es su saldo en la actualidad del ingenieroWashington Efran Pulluquitin Tutasig con cdula de ciudadana nmero 180210512-0. Por la atencinque se de a la presente, reitero mis agradecimientos. Dra. Beatriz Prez Snchez JUEZ TERCERO DELA NIEZ Y ADOLESCENCIA DE AMBATO ESCALANTEL

    21 14/05/2008 OFICIOOficio N 577-J3NA-1338-07 Ambato, mayo 14 de 2008 Seor: PRESIDENTE DEL COLEGIO DEINGENIEROS CIVILES DE TUNGURAHUA Ambato. De mi consideracin: En el juicio 1338-07 en quepor alimentos siguiera MARIA AUGUSTA ERAS TANDAZO A WASHINGTON EFRAIN PULLUQUITINTUTASIG. La suscrita Juez Tercero de la Niez y Adolescencia dispone oficiarle a fin de que se sirva:Remitir a sta judicatura una certificacin manifestando el tiempo que pertenece y si ha realizadocontratos de construccin en los ltimos tres aos el ingeniero Washington Efran Pulluquitin Tutasigcon cdula de ciudadana nmero 180210512-0. Por la atencin que se de a la presente, reitero misagradecimientos. Dra. Beatriz Prez Snchez JUEZ TERCERO DE LA NIEZ Y ADOLESCENCIA DEAMBATO ESCALANTEL

    22 14/05/2008 RAZONRAZN: Siento la de que en esta fecha y con nmeros 573 A 577; 579 a 580 se oficia a:

    DEPARTAMENTO TCNICO DEL JUZGADO PRIMERO DE LA NIEZ Y ADOLESCENCIA, AL SEORDIRECTOR DEL SERVICIO DE RENTAS INTERNAS DE AMBATO, AL SEOR REGISTRADOR DE LAPROPEDAD DEL CANTON AMBATO, AL SR. GERENTE DEL BANCO DEL PICHINCHA, AL SR.PRESIDENTE DEL COLEGIO DE INGENIEROS CIVILES DE TUNGURAHUA, A LOS BANCOS DELPACFICO Y GUAYAQUIL, respectivamente, conforme a mandato judicial. Ambato, mayo 14 de 2008.

  • 16/3/2014

    4/13

    PACFICO Y GUAYAQUIL, respectivamente, conforme a mandato judicial. Ambato, mayo 14 de 2008.Certifico. Firma:--------------------------- Dr. Rafael Montesdeoca E. C. C. : ...180320525-9SECRETARIO ENCARGADO Nombre: Adriano Aldaz

    23 15/05/2008 PROVIDENCIAAgrguese a los autos el escrito presentado por MARIA AUGUSTA ERAS TANDAZO, tmese comoprueba de parte actora como solicita en su numeral I. La impugnacin, rechazo y tacha, de proceder,se atender en su momento procesal. En la audiencia de prueba, presentar la documentacin de quehabla en el numeral IV. Rindan las declaraciones las personas sealadas en el numeral V. Ofciesecomo solicita en el numeral VI. Hecho que sea, se tendr como prueba de su parte. Notifquese.

    24 19/05/2008 EscritoPRUEBAS

    25 20/05/2008 ANUNCIODentro del anuncio de prueba y previa notificacin contraria, a la peticin de WASHINGTON EFRAINPULLUQUITIN, dispongo: Tngase como prueba de los autos como solicita en su numeral I. Laimpugnacin, peticin XV y tacha, de proceder, se atender en su momento procesal. Agrguese ladocumentacin que indica en sus numerales V a XIV de los autos. Notifquese

    26 20/05/2008 ACTA DE AUDIENCIA DE PRUEBAEn Ambato, hoy da martes veinte de mayo del ao dos mil ocho a las nueve horas treinta y nueveminutos, ante la seora Juez Tercero de la Niez y Adolescencia, Dra. Beatriz Prez Snchez y elSecretario, Dr. Rafael Montesdeoca, en calidad de Encargado, mediante Oficio No. 472-CNJ-DT, de 20de diciembre de 2007. Comparece por una parte, MARIA AUGUSTA ERAS TANDAZO con su defensorel Ab. Sebastin Valdivieso y por la otra parte Dr. Juan Carrillo Valdez ofreciendo poder o ratificacinde su defendido el seor WASHINGTON EFRAIN PULLUQUITIN TUTASIG En la PRUEBA TESTIMONIAL elAb. Sebastin Valdivieso en uso de su palabra, dice: Estn anunciadas y estn despachadas y siendola hora y el da para la prueba sealada se ha solicitado la declaracin testimonial de la seora MelvaRoco Moreno Paredes y de la seora Vilma Patricia Jaramillo Jurez, Comparece a declarar MORENOPAREDES MELVA ROCIO, portadora de la cdula de ciudadana 180246644-9 y certificado de votacin146-0049 Al efecto juramentada que fue en debida y legal forma, avisada de las penas de perjurio yde la gravedad del juramento, con la obligacin que tiene de decir la verdad a lo que se le pregunta,dice: A la 1.- Preguntas que le va ha hacer MARIA AUGUSTA TANDASO. A la 1.- Diga el testigo susnombres y apellidos y ms generales de ley. R. Mis nombres y apellidos dejo dicho, de treinta y sieteaos de edad, de estado civil casada, de religin catlica, nacida en Ambato, domiciliada en BarrioSols del sector de Huachi Chico, de ocupacin comerciante, soy amiga con respecto a la preguntante.A la 2.- diga el testigo si me conoce y sabe que mi hija vive bajo mi tenencia y cuidado. R. Si meconsta. A la 3.- Diga el testigo si conoce al Ing. Washington Efran Pulluquitn Tutasig padre de lamenor Adriana Elizabeth Pulluqutn Eras. R. S le conozco. A la 4.- Diga el que declara si sabe y leconsta que la persona que solventa los gastos econmicos concernientes en alimentacin, educacin,vestuarios, atencin mdica, pago de renta, bus colegial en que incurre mi hija prenombrada es lamadre la Sra. Mara Augusta Eras Tandazo. A la 5.- Diga cmo es verdad y le consta que soy unapersona de escasos recursos econmicos y que el trabajo que tengo no me genera ingresossuficientes para solventar los gastos en que incurre mi hija. R. S me consta. A la 6.- Diga cmo esverdad y le consta que para poder sobrevivir junto a mi hija por ms de diez aos en que fuiabandonada por el demandado, mis familiares son las personas que me ayudan. R. S me consta. A la7.- Diga cmo es verdad y le consta que el Ing. Washington Efran Pulluquitn Tutasig tiene unalmacn de venta de computadoras en el Edificio El Heraldo, cuya razn social es Macro InformticaSistem Corp. en la calle Montalvo entre Cevallos y Sucre, por lo cual tiene excelentes ingresoseconmicos. R. S me consta. A la 8.- Diga cmo es verdad y le consta que el Ing. Washington EfranPulluquitn Tutasig por ser Ing. Civil tiene trabajos de construccin y que por ello tambin tiene otrosingresos econmicos. R. Me consta. Diga el testigo si sabe y le consta que el demandado posee unvehculo de placas BBE-979, Chevrolet Swift , color rojo. R. S me consta. A la 9.- Es verdad que loque declara y lo dicho por usted es por que le consta. R. S me consta. A las repreguntas del Dr. JuanCarrillo Valdez, dice: A la 1.- Diga la repreguntada en dnde y cundo le conoci al seor WashingtonPulluquitn. R. Le conoc al seor mencionado en la Universidad Tcnica de Ambato, porque fuecompaero de mi esposo. A la 2.- Diga la repreguntada en dnde queda ubicada la oficina y elnmero de la misma en que el Ing. Washington Pulluquitn tiene la oficina. R. El local queda en la calleMontalvo entre Sucre y Montalvo cuya oficina es la 101 en el Edificio El Heraldo. A la 3.- Diga larepreguntada si sabe y le consta que el vehculo de placas BBE-979 sufri un accidente de trnsito. R.No tengo conocimiento de eso. A la 4.- Diga la repreguntada si sabe o le contaron que el seorWashington Pulluquitn sufri una fractura en la rodilla, quien se est haciendo tratar quirrgicamente.R. No tengo conocimiento. A la 5.- Diga la repreguntada quin le cont que est ejerciendo laprofesin de ingeniera civil. R. Se supone que es ingeniero, debe trabajar en alguna obra. A la 6.-Diga la repreguntada si la seora Mara Augusta Eras cul es la actividad en que est ejerciendo. R.Es empleada de un local de repuestos que est ubicada en la Av. El Rey, propiedad del Ing.Washington Garca. A la 7.- En la quinta pregunta que usted acab de contestar que la seora ErasMara Augusta, no tiene dinero suficiente para solventar los gastos de la hija porqu dice en la cuartapregunta usted solventa todos los gastos. R. Porque los padres le ayudan econmicamente, ella tieneun sueldo muy bajo. A la 8.- Diga si es verdad que todo lo que acab de contestar es porque le contla seora Mara Augusta Eras Tandazo. R. Ella no me cont, he visto las necesidades que ella hatenido. A la 9.- Diga la repreguntada quin quiere que gane en el proceso y por qu. R. Quiero quesea algo justo para la nia, ella necesita para sus estudios, yo creo que todos necesitamos para laalimentacin y para poder sobrevivir. Comparece a declarar MORENO PAREDES MELVA ROCIO,portadora de la cdula de ciudadana 1802466449 y certificado de votacin 146-0049, juramentada

  • 16/3/2014

    5/13

    portadora de la cdula de ciudadana 1802466449 y certificado de votacin 146-0049, juramentadaque fue en debida y legal forma, avisada de las penas de perjurio y de la gravedad del juramento, alas preguntas que hace el defensor de la actora, responde: A la 1.- Preguntas que le va ha hacerMARIA AUGUSTA TANDASO. A la 1.- Diga el testigo sus nombres y apellidos y ms generales de ley.R. Mis nombres y apellidos dejo dicho, de treinta y ocho aos de edad, de estado civil casada, dereligin catlica, nacida en Pelileo, domiciliada en El Recreo, calle Corazn nmero 82 y Marchena, deocupacin modista, soy amiga desde aos cuando fui soltera, nos conocimos en el grupo juvenil. A la2.- Diga el testigo si me conoce y sabe que mi hija vive bajo mi tenencia y cuidado. R. Si me consta.A la 3.- Diga el testigo si conoce al Ing. Washington Efran Pulluquitin Tutasig padre de la menorAdriana Elizabeth Pulluqutn Eras. R. S le conozco. A la 4.- Diga el que declara si sabe y le consta quela persona que solventa los gastos econmicos concernientes en alimentacin, educacin, vestuarios,atencin mdica, pago de renta, bus colegial en que incurre mi hija prenombrada es la madre la Sra.Mara Augusta Eras Tandazo. R. S me consta. A la 5.- Diga cmo es verdad y le consta que soy unapersona de escasos recursos econmicos y que el trabajo que tengo no me genera ingresossuficientes para solventar los gastos en que incurre mi hija. R. S me consta que gana poco. A la 6.-Diga cmo es verdad y le consta que para poder sobrevivir junto a mi hija por ms de diez aos enque fui abandonada por el demandado, mis familiares son las personas que me ayudan. R. S tambinme consta que le ayuda los paps porque ella gana a penas ciento setenta, ella gana para ella y lahija. A la 7.- Diga cmo es verdad y le consta que el Ing. Washington Efran Pulluquitn Tutasig tieneun almacn de venta de computadoras en el Edificio El Heraldo, cuya razn social es MacroInformtica Sistem Corp. en la calle Montalvo entre Cevallos y Sucre, por lo cual tiene excelentesingresos econmicos. R. S tambin me consta que tiene y tambin me consta que hacemantenimiento de computadores en empresas. A la 8.- Diga cmo es verdad y le consta que el Ing.Washington Efran Pulluquitn Tutasig por ser Ing. Civil tiene trabajos de construccin y que por ellotambin tiene otros ingresos econmicos. R. S Me consta que es ingeniero civil. Diga el testigo si sabey le consta que el demandado posee un vehculo de placas BBE-979, Chevrolet Swift , color rojo. R. Stambin me consta s le he visto en ese carro. A la 9.- Es verdad que lo que declara y lo dicho porusted es por que le consta. R. S es todo lo que puedo decir, es verdad, no estoy mintiendo. A lasrepreguntas del Dr. Juan Carrillo Valdez, dice: A la 1.- Diga la repreguntada en dnde y cmo leconoci al seor Washington Pulluquiitn. R. Le conoc cuando hicimos el curso prematrimonial paracasarse ellos y yo. A la 2.- Diga la repreguntada cul es la direccin del domicilio actual del seorWashington Pulluquitn R. La direccin es la Av. Los Chasquis y Jos Garca. A la 3.- Diga larepreguntada si sabe o le contaron que el vehculo que usted mencion anteriormente sufri unaccidente de trnsito. R. No me consta, ni sufri un accidente. A la 4.- Diga la repreguntada, si leconsta o le contaron si el seor Washington Pulluquitn sufri una torcedura en la rodilla y se esthaciendo tratar quirrgicamente. R. No me consta. A la 5.- Diga la repreguntada al no estar al tanto nisaber del seor Washington Pulluquitn por qu le consta o quin le cont que tiene buenos ingresoseconmicos. R. Es que tiene compra y venta de computadores, se necesita que haya ingresos, le hevisto que hace arreglos en INSOTEC, le he visto por haber vivido por ah. A la 6.- Diga larepreguntada si es verdad que todo lo que acab de contestar de las preguntas que le realiz la Sra.Mara Augusta Eras es porque le cont de la situacin econmica que est pasando la seora. R. Sme consta que ella pasa necesidades, por eso le ayuda la familia. A la 7.- Diga la repreguntada, quinle gustara que gane en este proceso y por qu. R. Me gustara que gane Mara Augusta, est pidiendopor su hija, siendo padre conciente debera darle, no est mintiendo ella, solo est diciendo la verdadque yo sepa. en la PRUEBA DOCUMENTAL, el Ab. Sebastin Valdivieso, en uso de su palabraconcedida, dice: Una vez que se ha terminado la prueba testimonial y con la venia de la Sra. Juezpido que se reproduzca todo lo que de autos me fuera favorable, que se tenga como prueba de miparte las copias certificadas de matrcula del vehculo cuyas caractersticas y ms especificaciones seencuentran anotadas. As mismo que se sirva agregar al proceso documentos que en 40 fojasacompao para justificar los gastos de renta, vestuario, educacin, alimentacin, contrato dearrendamiento, un contrato de renta por cincuenta dlares mensuales, un certificado del ColegioSanto Domingo de Guzmn en la cual certifica que la seorita Adriana Isabel Pulluquitn Eras cursa elnoveno ao y que paga noventa dlares de colegiatura, as mismo una factura de ciento veintitrsdlares la cual acredita que sigue un curso de ingls, as mismo una certificacin mdica en la queconsta que la menor tiene que realizarse un tratamiento odontolgico y que genera un gasto de milquinientos dlares, as mismo facturas de gastos de libros, facturas de gastos de alimentos varios ydems documentos que prueban los gastos en que incurre mi hija. As tambin como documentos quejustifican el pago de transporte y dems gastos conforme se encuentran explicados en la facturapertinente que agrego al proceso, incurriendo en un gasto mensual de ms de doscientos cincuentadlares. As mismo entrego por Secretaras evidencias de la posesin y capacidad del seor comotarjetas de crdito de determinados bancos de la actualidad, Pacificar, Mastercar, Bancar. As mismopor Secretara se ingrese fotografas que el seor Washington Efran Pulluqiitn Tutasig consta en sualmacn de distribucin de computadores y dems accesorios para las mismas. As mismo se serviragregar al proceso los locales que son de su propiedad que estn ubicados en la calle Manco Cpac y

    Avenida los Chasquis. As mismo por haberse enviado oficios a diferentes instituciones y por haberlosolicitado dentro del tiempo que tengo y una vez que se hayan entregado a las instituciones, seservir al momento de la entrega incorporar al proceso y tenerlas como prueba de mi parte. No haceuso de la PRUEBA TESTIMONIAL y en uso de la PRUEBA DOCUMENTAL , el Dr. Juan Jos Carrillo, dice:Que se tenga como prueba y se reproduzca lo siguiente: Adjunto un certificado emitido por elRegistrador de la Propiedad de ste cantn con el que pruebo que no tengo ningn tipo de bieninmueble a mi nombre; adjunto un contrato de arrendamiento con el que pruebo que cancelo lacantidad de ciento treinta dlares mensuales por arriendo de vivienda.- Adjunto un contrato de

  • 16/3/2014

    6/13

    cantidad de ciento treinta dlares mensuales por arriendo de vivienda.- Adjunto un contrato dearrendamiento de la oficina con el que pruebo mensualmente cancelo el valor de ciento treintadlares.- Adjunto una copia del RUC con el que pruebo el cierre de la actividad econmica por el ao1998 y que reinici el 31 de enero del 2007, hasta la actualidad probando con esto que recin un aoy ms estoy empezando con dicho negocio, ya que la nica actividad econmica es la venta pormenor de partes y piezas de computadores y mantenimiento de las mismas.- Adems pruebo con unacertificacin de las patentes emitidas por el Departamento Financiero del Ilustre Municipio de Ambato,con el que pruebo que mi actividad econmica lo vengo realizando un ao y ms, es decir del ao2007. Adjunto cinco facturas originales emitidas por Tecni Com, con las que pruebo que realizocompras de piezas de computadores de las cuales revendo, pruebo adems que dichas piezas no sonde gran valor. Por lo consiguiente no tengo mucha ganancia.- Adjunto un certificado y una tabla deamortizacin, emitida por el Banco de Pichincha con el que pruebo que me encuentro en deuda por lacantidad de cinco mil trescientos sesenta y nueve dlares, con cincuenta y nueve centavos, prstamoque lo realic para cancelar lo siguiente: para la operacin, curacin y rehabilitacin de mi pierna locual pruebo con un certificado mdico y una radiografa que adjunto, para cancelar deudas con lasque me dej mi cnyuge, para comprar lo ms indispensable que es una cama, una cocina y juegosde taza y dems cosas por cuanto todos los electrodomsticos se qued con mi cnyuge y lo nicoque me entreg fue mi ropa personal. El vehculo Chevrrolet placas BBE-979 se encuentra en malestado y que actualmente sufri un accidente de trnsito, quedando como consecuencia el vehculoinservible, para dicho arreglo debo tener setecientos dlares americanos, segn la pro formaentregada por el maestro Miguel ngel Naranjo; se gastaron en todo lo concerniente a educacin,vestuario, alimentacin de mi hija Adriana Elizabeth Pulluquitn Eras.- Adjunto una declaracinjuramentada realizada en la Notara Sptima del Dr. Rodrigo Naranjo, quien me certifica y pruebo queobtengo ingresos mensuales de trescientos cincuenta dlares americanos, por cuanto estoyempezando con mi negocio que es de venta de piezas y repuestos de computadores.- Ademsmanifiesto que por el mes de noviembre del 2007, entregu a mi hija Adriana Elizabeth Pulluqitin Erasuna computadora Intel Pentium 4 con todos sus accesorios, una impresora, un escritorio tiposecretaria, una silla, un regulador de voltaje, del cual estoy cancelando mensualmente cincuentadlares por cuanto dicho equipo que compr a crdito y que me cuesta setecientos dlaresamericanos.- Adjunto quince pagos y facturas que cincel a la Escuela La Providencia con la quepruebo que mi responsabilidad que tengo como padre y que siempre he estado pendiente de mi hija.Adjunto una copia certificada emitida por el Colegio de Ingenieros Civiles de Tungurahua con el quepruebo que no he cancelado aporte alguno por concepto de planos, obras por cuanto no me encuentroejerciendo dicha profesin, porque existe gran cantidad de profesionales y que en la actualidad esdifcil encontrar un trabajo estable para un ingeniero civil.- En los actuales momentos me encuentroconviviendo con la seora Hilda Ren Clavijo y el gasto es doble, por cuanto tengo que gastar en laalimentacin, vestimenta, arriendo, medicinas y otros gastos, por lo que solicito seora jueza se tomemuy en cuenta que mis necesidades y gastos son numerosos y ms an con mi actual pareja y familiaa quien tambin tengo que ayudar para poder sobrevivir. En uso de los ALEGATOS EN DERECHO, elAb. Sebastin Valdivieso, dice: Con la venia del seor juez procedemos a los alegatos en el cualmanifiesto en primera parte que he justificado con las pruebas testimoniales de mis testigos lasnecesidades en que incurre la menor Adriana Elizabeth Pulluquitn Eras, los cuales son concordantes,relacionados e inequvocos, as mismo he demostrado con documentos que acreditan y justifican losgastos necesarios y tiles para la supervivencia de mi hija la menor prenombrada. Manifiesto a suseora que con toda la documentacin he demostrado tambin la capacidad econmica que tiene eldemandado, el seor ingeniero Washington Efran Pulluquitn Tutasig, los excelentes ingresos que ltiene y que adems tiene un ttulo de ingeniero, es un profesional y que de no tener trabajo sera queno se prepar bien para el desempeo de su experticia. Debo manifestar tambin que el demandadoa travs de su abogado defensor ha presentado una serie de gastos que tiene como facturas en elcaso especfico de doce facturas de pago de pensiones de colegiatura los cuales demuestra que elseor por un ao talvez se preocup de cancelar pensiones al colegio y no de otras cosas. Tambinmenciona el abogado de la parte demandada, perdn el seor Abogado de la parte demandada hatenido un accidente el carro, de lo que est cancelando daos, porque no justifica la cancelacin detales arreglos, ya que la parte que choc el carro es la persona que cubre los supuestos daos.Tambin menciona el seor abogado que el demandado tiene una conviviente y que con ella generaun sin nmero de egresos porque le es difcil vivir sin alguien a su lado. Tambin ha manifestado conuna declaracin juramentada el total de los ingresos que percibe y que asciende a trescientoscincuenta dlares lquidos y lo que es ms despreciable en un padre es que saque en cara uncomputador que le ha regalado a su hija que realmente lo necesita para cumplir sus estudios y queson tiles y necesarios para su educacin integral. En consecuencia con todo lo presentado por eldemandado, se demuestra claramente que l s tiene dinero para compartir con la conviviente denombres Hilda Ren Clavijo si tiene dinero para gastar con ella, as tambin cuando l manifiesta diceel seor abogado, ese recin significa ayer, pero el doctor asegura que tiene el negocio ms de ao

    as como consta en el RUC, por lo tanto avaliza ms que suficiente la capacidad econmica y losexcelentes ingresos que l percibe. En consecuencia seora juez he probado conforme manifiesta elCdigo de la Niez y adolescencia las necesidades imperantes de la menor y tambin la capacidadeconmica del demandado, por lo que pido a su seora sea acogido todo lo mencionado y queresuelva en sentencia una pensin alimenticia que no ser inferior a los trescientos dlares conformese justifica con los documentos aportados y justificados en esta audiencia oral En uso de losALEGATOS EN DERECHO, el Dr. Juan Carrillo Valdez, dice: Con toda la prueba documentalpresentada pruebo que mi cliente se encuentra atravesando una crisis econmica y lo he justificadoms con los certificados emitidos por el Banco de Pichincha en el que menciona que me encuentroendeudo y que dichos dineros fueron utilizados exclusivamente para pagar deudas y del tratamiento

  • 16/3/2014

    7/13

    endeudo y que dichos dineros fueron utilizados exclusivamente para pagar deudas y del tratamientoquirrgico de mi pierna y dems cosas. Lo justifiqu con una copia de RUC y con la patente que laactividad econmica la vengo desempeando por el ao 2007 y es un ao y ms en el que vengodesempeando mi negocio y nico como es la venta de repuestos y piezas de computadores ymantenimiento por cuanto la profesin de ingeniero civil no la ejerzo por que existe gran demanda deprofesionales y es muy difcil y se requiere adems de un capital para realizar alguna obra y por nodisponer de dicho capital no he realizado ninguna obra, lo cual he probado con el certificado emitidopor el Colegio de Ingenieros Civiles. La parte actora presenta fotografas que estamos hablandodesde hace unos diez aos en el que exista MACRO INFORMTICA que no era de mi propiedad ysiempre fue la de mi hermano y quien se fue de quiebra y hoy en la actualidad ya no existe dichoalmacn. Adjuntan dos fotografas que podemos observar claramente que yo realizo ventas mnimasde piezas y repuestos de computadoras, por lo que los ingresos son mnimos, ya que no me dedico avender computadores, sino nicamente como mencion piezas y repuestos. Actualmente tengo miconviviente que es la seora Hilda Ren Clavijo, quien tengo que hacerme cargo de gastos semanalescomo son de alimentacin, vestuario, medicinas y dems cosas y adems mi responsabilidad quetengo como padre para mi hija. Con todos stos antecedentes solicito seora jueza se tome muy encuenta y se vea mi crisis econmica que estoy atravesando y que nunca he dejado a mi hija en elabandono por cuanto he justificado con documentos mi responsabilidad como padre y que siempreestar al frente, ya que la responsabilidad no solo es del padre sino tambin de la madre, porquesiempre los gastos tienen que ser compartidos y ms cuando la situacin econmica de la madre esestable y tiene la ayuda econmica de sus padres; y por ltimo las tarjetas de crdito que adjunta laparte actora, no han probado si hasta la actualidad estn en vigencia, ya que dichas tarjetas saqu ylas tena cuando me encontraba con mi cnyuge Mara Augusta Eras y actualmente dichas tarjetasestn cerradas por ms de diez aos Se agrega la documentacin que las partes presentan. Se leconcede tres das a fin de que el Dr. Juan carrillo Valdez legitime su intervencin a nombre de sudefendido. Termina la presente diligencia a la once horas cuarenta y nueve minutos, firmandoconjuntamente con los comparecientes la seora Juez y Secretario encargado que certifica. Dra.Beatriz Prez Snchez MARIA ERAS TANDAZO JUEZ III DE LA NIEZ MELVA MORENO PAREDES VILMAJARAMILLO JUREZ AB. SEBASTIN VALDIVIESO DR. JUAN CARRILLO VALDEZ Dr. RafaelMontesdeoca Espn SECRETRIO ENCARGADO ESCALANTEL

    27 21/05/2008 OFICIOOFICIO 623-J3NA-1338-07 Ambato, mayo 21 de 2008 Seor GERENTE DEL BANCO PRODUBANCOAmbato De mi consideracin: En Relacin al juicio 1338-07 en que por ALIMENTOS sigue MARIAAUGUSTA ERAS TANDAZO en contra del ING. WASHINGTON EFRAIN PULLUQUITN TUTASIG se hadispuesto oficiarle a fin de que remita a sta judicatura una certificacin manifestando el tiempo quees cuentacorrentista y cul es el saldo en la actualidad del ING. WASHINGTON EFRAIN PulluquitnTUTASIG con cdula de ciudadana nmero 180210512-0 Lo que comunico para los fines consiguientesde ley. De usted, atentamente, Dra. Beatriz Prez Snchez JUEZ TERCERO DE LA NIEZ YADOLESCENCIA DE AMBATO ESCALANTEL

    28 22/05/2008 EscritoLegitima intervencin

    29 26/05/2008 Oficiooficio Banco de Guayaquil

    30 27/05/2008 LEGITIMAAgrguese a los autos el escrito presentado por WASHINGTON EFRAIN PULLUQUITIN, se legitima laintervencin del Dr. Juan Jos Carrillo, quien ha actuado en la audiencia de prueba llevada a cabo ensu momento. Anexo tambin las certificaciones remitidas por: Banco Pichincha C.A., Director Regionaldel Servicio de Rentas Internas Centro Uno encargado, Banco del Pacfico y Banco de Guayaquil. En loprincipal: Siendo ste el estado de la causa, vuelvan los autos para dictar la resolucin quecorresponda. Notifquese.

    31 27/05/2008 Escritoresolucion

    32 28/05/2008 PROVIDENCIAAgrguese a los autos el escrito presentado por WASHINGTON EFRAIN PULLUQUITIN. En lo principal:el peticionario estar a lo dispuesto en providencia anterior, de fecha 27 de mayo de 2008.- Las09h31. Notifquese.

    33 25/06/2008 RESOLUCIONVISTOS: A fojas 4, comparece MARIA AUGUSTA ERAS TANDAZO, con la siguiente demanda de

    alimentos: PRIMERA: Los nombres del demandado son: Ingeniero WASHINGTON EFRAINPULLUQUITIN TUTASIG.- SEGUNDA: Los fundamentos de hecho y de derecho son los siguientes: a)Con la partida de nacimiento que adjunto certifico que soy la madre de la menor Adriana ElizabethPulluquitn Eras, quien es hija del demandado; dicha menor habita conmigo en mi domicilio que lotengo ubicado en las calles Juan Cajas No. 01-51, cerca del redondel de Cumand, de esta ciudad deAmbato, provincia de Tungurahua; b) Es el caso seor Juez que, con el seor Washington EfranPulluquitn Tutasig, hemos procreado a la menor mencionada, con quien estoy separada desde hace 9aos, el mismo que se despreocupado de proporcionar el sustento diario de gastos en que necesitanuestra hija en comn, desde que naci nuestra hijas hasta cuatro aos de convivencia compartamoslos gastos, pero a raz de que nos separamos, cerca de 9 aos el padre de mi hija se hadespreocupado de pasar los alimentos, se niega a pasar rotundamente a contribuir con dichos gastos

  • 16/3/2014

    8/13

    despreocupado de pasar los alimentos, se niega a pasar rotundamente a contribuir con dichos gastosque le corresponde como Padre, haciendo caso omiso a mi insistencia, ya que la menor tiene 13 aosde edad, tiene necesidades urgentes como: educacin, alimentacin, vestuario, medicina y vivienda,hace un mes atrs le manifest que le pase algo de dinero y lo que me supo manifestar que no lomoleste, que haga lo que me da la gana, que no le tiene miedo a la Ley. c) Soy una persona que hapesar de tener un trabajo, lo que gano no es suficientes, para cubrir las necesidades de nuestra hija,sin embargo el padre de la menor tiene excelentes ingresos econmicos, ya que tiene una oficina deventa de computadoras cuya razn social es Macroinformtica. Sistem, ubicada en el edificio elHeraldo, de esta ciudad de Ambato, adems realiza trabajos en el desempeo de su profesin comoIngeniero Civil, conforme lo demostrar en su debida oportunidad. d) Con estos antecedentesnarrados y de conformidad con lo que dispone en los Arts. 128 y 129 del Cdigo de la Niez yAdolescencia, acudo a su autoridad y demando al seor Washington Efran Pulluquitn Tutasig losiguiente: 1.- El pago de una pensin alimenticia por la suma de TRESCIENTOS DOLARES DE LOSESTADOS UNIDOS DE NORTE AMERICA mensuales, ms los beneficios de ley, dada la caresta devida, las condiciones econmicas del alimentante y las necesidades de mi hija. En virtud del sorteorealizado se avoca conocimiento de la presente causa y se la admite al trmite contencioso generalprevisto en el Art. 271 del Cdigo de la Niez y Adolescencia. Citado que ha sido el demandado en ellugar indicado por la actora, ste seala casilla judicial para recibir notificaciones en esta causa. A laAudiencia de Conciliacin y contestacin convocada segn el Art. 272 Ibidem, comparecen por unaparte la actora MARIA AUGUSTA ERAS TANDAZO, con su defensor el Ab. Sebastin Valdivieso; y, porotra parte el demandado WASHINGTON EFRAIN PULLUQUITIN TUTASIG, con su defensor Dr. JuanJos Carrillo. Se da por iniciada la diligencia. En mrito al proceso y al amparo del Art. 274 del Cdigode la Niez y Adolescencia, se fijo como pensin provisional la cantidad de CUARENTA Y CUATRODOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE NORTEAMERICA, mensuales correspondiente al 22% delsalario bsico unificado para la menor. Se seala da y hora para la audiencia de Prueba prevista enel Art. 275 del Cdigo de la Niez y Adolescencia. Estando la causa en estado de ser resulta se hacenlas siguientes consideraciones.- PRIMERO.- La causa es vlida, por cuanto en su tramitacin se hancumplido con todos los requisitos y solemnidades sustanciales.- SEGUNDO.- Con la partida denacimiento de fojas 3, se prueba la existencia de PULLUQUITIN ERAS ADRIANA ELIZABETH, nacida elveintinueve de Marzo de mil novecientos noventa y cuatro, hija de WASHINGTON EFRAINPULLUQUITIN y MARIA AUGUSTA ERAS.- TERCERO.- Citado legalmente el demandado fjs. 12 ya afojas 11, fija casilla judicial; y, dentro de la audiencia de conciliacin, por medio de su defensor,contesta a la demanda en los siguientes trminos: Yo Dr. Juan Jos Carrillo Defensor y patrocinadordel demandado WASHINGTON EFRAIN PULLUQUITIN TUTASIG, de 40 aos de edad, estado civilcasado, ocupacin comerciante, domiciliado en esta ciudad de Ambato, dando contestacin como lodispone la Ley Art. 273 del CNA, doy la contestacin formal a la demanda planteada por la accionanteen la que debo empezar rechazando y negando enfticamente todos los fundamentos de hecho yderecho expuestos por ella en el libelo, por cuanto se encuentra absolutamente reida de la verdadde los hechos por cuanto no dispongo de un negocio con gananciales altos como manifiesta la actoraadems mi ttulo de Ingeniero Civil no lo ejerzo, lo que probar oportunamente ; por su parte elseor defensor de la actora, impugna y rechaza lo manifestado por el demandado; se ratifica en losfundamentos de hecho y de derecho propuestos de la demanda; solicita se fije una pensinprovisional de alimentos y se seale da y hora para la audiencia de prueba; procedindose a fijar lapensin provisional de alimentos y a sealar da y hora para la prctica de la audiencia de prueba.-CUARTO.- Dentro de esta diligencia, la demandante presenta dos testimonios, cuyas afirmaciones nomerecen credibilidad, por contener contradicciones entre las preguntas y repreguntas; presentaamplia documentacin, desde fojas 61 a 100, contratos, recibos, facturas y otros documentos porservicios bsicos, pensiones por educacin, artculos de consumo y aseo personal y otros.- QUINTO.-El demandado, por su parte, quien comparece a la audiencia de prueba representado por su abogadodefensor, quien ofrece poder o ratificacin a su nombre y lo cumple a fojas 102 - con el documentode fojas 27 legalizado justifica que paga la suma de ciento treinta dlares mensuales, en conceptode arrendamiento de una oficina en el edificio El Heraldo, de esta ciudad; con el documento de fojas28, que dispone de dos actividades; de Ingeniera Civil y de venta al por menor de partes y piezas decomputadoras y mantenimiento y reparacin de maquinaria de informtica; con los documentos defojas 31, 32 y 33, que adquiere repuestos para computadoras a crdito; con el documento de fojas34, que posee una cuenta de ahorros y una corriente en el Banco del Pichincha; y con el de fojas 35,que mantiene un crdito con un saldo deudor de USD 5,369.59 y cuotas mensuales superiores a USD240 mensuales, con vencimiento en 2010/07/06; con las radiografas de fojas 36 y 37 y certificacinmdica de fojas 38, justifica que padece de una afeccin en su rtula izquierda, por lo que necesitareposo y tratamiento mdico. Por lo expuesto, sin que haya necesidad de mayores consideraciones,

    tomando en consideracin el inters superior de la menor, as como de que es obligacin tanto delpadre como de la madre contribuir econmicamente para el sustento de los hijos menores,RESUELVO: Fijar como nueva pensin alimenticia la suma de OCHENTA DOLARES DE LOS ESTADOSUNIDOS DE NORTE AMERICA ( USD 80 ), MENSUALES, equivalentes al 40% del salario bsicounificado, a partir de la citacin con la demanda y en lo posterior dentro de los cinco primeros das decada mes, que ser pagada por el demandado WASHINGTON EFRAIN PULLUQUITIN TUTASIG, a favorde su hija menor ADRIANA ELIZABETH PULLUQUITIN ERAS; pensin alimenticia que se irincrementando en forma automtica tan pronto como suba el salario bsico unificado. Se deja sinefecto la pensin provisional fijada dentro de la audiencia de conciliacin; particular que se pondr enconocimiento del seor Pagador del Juzgado. Notifquese.

    34 02/07/2008 EscritoACUERDO

  • 16/3/2014

    9/13

    35 07/07/2008 PROVIDENCIAAgrguese a los autos el escrito prsentado por WASHINGTON EFRAIN PULLUQUITIN TUTASIG,respecto a la peticin que hiciera en su escrito de de julio 2 de 2008, corro traslado a la parte actorapor el trmino de dos das, hecho lo cual de proceder, |se atender su peticin. Notifquese.

    36 09/07/2008 Escritodejar sin efecto prohibicin de enajenar

    37 09/07/2008 Escritoratifica su escrito

    38 14/07/2008 PROVIDENCIAAgrguese a los autos el escrito presentado por WASHINGTON EFRAIN PULLUQUITIN Y MARIAAUGUSTA ERAS TANDAZO, los peticionarios, dentro de tres das reconozcan firma y rbrica de losocilitado con fecha nueve de julio del ao 2008. Respecto a la peticin que las pensiones alimenticiasdeposite en la cuenta de ahorros de la Cooperativa Oscus que solicita MARIA AUGUSTA ERASTANDAZO, se pone en conocimiento de la parte demandada por el trmino de cuarenta y ocho horasen razn de la resolucin realizada . Notifquese.

    39 17/07/2008 ACTAEn la ciudad de Ambato hoy da jueves diecisiete de julio del ao dos mil ocho a las diecisiete horascuarenta y cuatro minutos, ante la presencia de la Seora Juez Tercero de la Niez y Adolescenciaencargada, Dra. Ximena Herdoiza, e infrascrito Secretario Encargado Dr. Rafael Montesdeoca Espnmediante oficio 472 del 20 de diciembre del ao 2007 que certifica comparecen el seor PulluquitnTUTASIG WASHIGTON EFRAIN, portador de la cdula de ciudadana 1802105120 y certificado devotacin 057-0003 y por el otro lado comparece ERAS TANDAZO MARIA AUGUSTA portadora de lacdula de ciudadana 110262194-1 y certificado de votacin duplicado 0027543 de junio 12 de 2007.Con el fin reconocer firma y rbrica del escrito de fojas 113 de los autos. Juramentados que fueron endebida y legal forma, avisados de las penas de perjurio y de la gravedad del juramento, con laobligacin de decir la verdad a lo que se les pregunta, por separado, dicen: La firma y rbrica queconstan en el escrito que se nos ponen a la vista, son las nuestras, misma que la utilizamos en todosnuestros actos tanto pblicos como privados. Termina la presente diligencia firmando loscomparecientes conjuntamente con la seora Juez e infrascrito Secretario encargado que certifica.Dra. Beatriz Prez Snchez MARIA ERAS TANDAZO JUEZ III DE LA NIEZ WASHINGTONPULLUQUITN Dr. Rafael Montesdeoca Espn SECRETARIO ENCARGADO ESCALANTEL

    40 25/07/2008 PROVIDENCIAVISTOS: El demandado WASHINGTON EFRAIN PULLUQUITIN, mediante escrito de fojas 112,manifiesta que con la actora MARIA AUGUSTA ERAS TANDAZO han acordado que las pensionesalimenticias fijadas a favor de la menor ADRIANA ELIZABETH PULLUQUITI ERAS, se las deposite en lacuenta de ahorros No. 17072 de la Cooperativa de Ahorro y Crdito OSCUS Ltda. , de esta ciudad,que se encuentra a nombre de la alimentaria referida; particular que es corroborado por la actora,mediante escrito de fojas 114, por lo cual se acepta dicho acuerdo y se dispone se realicen losdepsitos en la cuenta de ahorros mencionada. Por otra parte, la actora MARIA AUGUSTA ERASTANDAZO, en escrito conjunto con el demandado, de fojas 113, legalmente reconocido, solicita que sedeje sin efecto la prohibicin de enajenar del vehculo y se levante la prohibicin de salida del pas deldemandado. En tal virtud, por ser legal, se deja sin efecto la PROHIBICION DE ENAJENAR del vehculoCHEVROLET, placas BBE-979, color rojo, dictada mediante providencia de fecha y fojas -; particularque se comunicar mediante oficio al seor DIRECTOR NACIONAL DE MIGRACION Y EXTRANJERIA.Se levanta la PROHIBICION DE SALIDA DEL PAIS del demandado WASHINGTON EFRAINPULLUQUITIN, portador de la cdula de ciudadana Nro. 1802105120, dictada mediante providencia de fecha y fojas -; lo cual se comunicar al seor JEFE PROVINCIAL DE MIGRACION DE TUNGURAHUA,mediante oficio. Notifquese.

    41 25/07/2008 PROVIDENCIAVISTOS: El demandado WASHINGTON EFRAIN PULLUQUITIN, mediante escrito de fojas 112,manifiesta que con la actora MARIA AUGUSTA ERAS TANDAZO han acordado que las pensionesalimenticias fijadas a favor de la menor ADRIANA ELIZABETH PULLUQUITI ERAS, se las deposite en lacuenta de ahorros No. 17072 de la Cooperativa de Ahorro y Crdito OSCUS Ltda. , de esta ciudad,que se encuentra a nombre de la alimentaria referida; particular que es corroborado por la actora,mediante escrito de fojas 114, por lo cual se acepta dicho acuerdo y se dispone se realicen losdepsitos en la cuenta de ahorros mencionada. Por otra parte, la actora MARIA AUGUSTA ERAS

    TANDAZO, en escrito conjunto con el demandado, de fojas 113, legalmente reconocido, solicita que sedeje sin efecto la prohibicin de enajenar del vehculo y se levante la prohibicin de salida del pas deldemandado. En tal virtud, por ser legal, se deja sin efecto la PROHIBICION DE ENAJENAR del vehculoCHEVROLET, placas BBE-979, color rojo, dictada mediante providencia de fecha y fojas -; particularque se comunicar mediante oficio al seor DIRECTOR NACIONAL DE MIGRACION Y EXTRANJERIA.Se levanta la PROHIBICION DE SALIDA DEL PAIS del demandado WASHINGTON EFRAINPULLUQUITIN, portador de la cdula de ciudadana Nro. 1802105120 dictada mediante providencia defecha Ambato, 6 de Mayo del 2008, de fojas 19 del expediente; lo cual se comunicar al seor JEFEPROVINCIAL DE MIGRACION DE TUNGURAHUA, mediante oficio. Notifquese.

    42 18/08/2008 OFICIOOFICIO N 855-J3NA-1338-07 Ambato, agosto 18 de 2008 Seor JEFE PROVINCIAL DE POLICA DETUNGURAHUA Ambato De mi consideracin: En relacin al juicio 1338-2007, de sta judicatura, enque sigue ERAS TANDAZO MARIA AUGUSTA en contra de PULLUQUITN TUTASIG WASHINGTONEFRAIN ING. POR ALIMENTOS, se ha dispuesto oficiarle: Por otra parte, la actora MARIA AUGUSTA

  • 16/3/2014

    10/13

    EFRAIN ING. POR ALIMENTOS, se ha dispuesto oficiarle: Por otra parte, la actora MARIA AUGUSTAERAS TANDAZO, en escrito conjunto con el demandado, de fojas 113, legalmente reconocido, solicitaque se deje sin efecto la prohibicin de enajenar del vehculo y se levante la prohibicin de salida delpas del demandado. En tal virtud, por ser legal, se deja sin efecto la PROHIBICION DE ENAJENAR delvehculo CHEVROLET, placas BBE-979, color rojo, dictada mediante providencia de fecha y fojas -;particular que se comunicar mediante oficio al seor DIRECTOR NACIONAL DE MIGRACION YEXTRANJERIA. Se levanta la PROHIBICION DE SALIDA DEL PAIS del demandado WASHINGTONEFRAIN PULLUQUITIN, portador de la cdula de ciudadana Nro. 1802105120 dictada medianteprovidencia de fecha Ambato, 6 de Mayo del 2008, de fojas 19 del expediente; lo cual se comunicaral seor JEFE PROVINCIAL DE MIGRACION DE TUNGURAHUA, mediante oficio Lo que comunico paralos fines consiguientes de ley. De usted, atentamente, Dra. Beatriz Prez Snchez JUEZ TERCERO DELA NIEZ Y ADOLESCENCIA DE AMBATO ESCALANTEL

    43 18/08/2008 OFICIOOFICIO N 854-J3NA-1338-07 Ambato, agosto 18 de 2008 Seor JEFE PROVINCIAL DE MIGRACINDE TUNGURAHUA Ambato De mi consideracin: En relacin al juicio 1338-2007, de sta judicatura, enque sigue ERAS TANDAZO MARIA AUGUSTA en contra de PULLUQUITN TUTASIG WASHINGTONEFRAIN ING. POR ALIMENTOS, se ha dispuesto oficiarle: Se levanta la PROHIBICION DE SALIDA DELPAIS del demandado WASHINGTON EFRAIN PULLUQUITIN, portador de la cdula de ciudadana Nro.1802105120 dictada mediante providencia de fecha Ambato, 6 de Mayo del 2008, de fojas 19 delexpediente; lo cual se comunicar al seor JEFE PROVINCIAL DE MIGRACION DE TUNGURAHUA,mediante oficio Lo que comunico para los fines consiguientes de ley. De usted, atentamente, Dra.Beatriz Prez Snchez JUEZ TERCERO DE LA NIEZ Y ADOLESCENCIA DE AMBATO ESCALANTEL

    44 20/08/2008 RAZONRAZON: Siento la de que en esta fecha y con nmeros 854 y 855, se oficia a JEFE DPROVINCIAL DEMIGRACIN DE TUNGURAHUA Y JEFE PROVINCIAL DE POLICA DE TUNGURAHUA. Ambato, agosto 20de 2008. Certifico. FIRMA:..............................................................................Dr. RafaelMontesdeoca Espn Nombre: JUAN CARRILLO VALDEZ SECRETARIO ENCARGADO C. C. : 1803296753P. V. : 280-0005 ESCALANTEL

    45 04/11/2008 Escritopago en judicatura

    46 10/11/2008 CORRO TRASLADOAgrguese a los autos el escrito prsentado por MARIA AUGUSTA ERAS TANDAZO, con la peticin quehiciera de fecha 4 de noviembre del ao dos mil ocho la parte actora, corro traslado por cuarenta yocho horas a la parte demandada WASHINGTON EFRAIN PULLUQIITIN TUTASIG a fin de que expreseal respecto. Notifquese.

    47 13/11/2008 Escritoadjunta documentos

    48 20/11/2008 PROVIDENCIAAgrguese a los autos el escrito y anexos de fecha trece de noviembre del ao dos mil ocho,presentado por WASHINGTON EFRAIN PULLUQUITIN. Con su decisin igualmente se corre traslado ala parte actora por el trmino de dos das. Notifquese.

    49 03/12/2008 Escritoadjunta documentos

    50 11/12/2008 PROVIDENCIAAgrguese a los autos el escrito de fecha tres de diciembre del ao dos mil ocho presentado porWASHINGTON EFRAIN PULLUQUITIN TUTASIG, con el mismo corro traslado a la parte contraria por eltrmino de tres das. Notifquese.

    51 25/08/2010 EscritoAPREMIO PERSONAL

    52 27/08/2010 PROVIDENCIA GENERALEl escrito que antecede, presentado por la seora Mara Augusta Eras Tandazo, agrguese alexpediente.- En lo principal, la mencionada recurrente solicita a la suscrita, que el seor Secretario deesta Judicatura, siente una razn si el seor Washington Efran Pulluquitn Tutasig, ha depositado las

    pensiones alimenticias y dcimos sueldos dentro de la presente causa, en favor de la menor AdrianaElizabeth Pulluquitn Eras, conforme lo manda la ley, requiriendo el apremio del mencionado obligado,fundamentando su peticin en los Arts. 133 y 141 del Cdigo de la Niez y de la Adolescencia.- Alrespecto, en base al acuerdo voluntario establecido entre las partes (auto de fojas 116), relativo aque los pagos respectivos sean depositados en una cuenta de ahorros de la Cooperativa OscusLtda., y al no haber dado contestacin la peticionaria a los traslados que le han sido corridosoportunamente mediante providencias de fojas 123 y 127, no lugar a lo solicitado por improcedente,indicndole adems que la tramitacin procesal de la causa, actualmente se cie a la LeyReformatoria efectuada al Ttulo V, Libro II del Cdigo Orgnico de la Niez y de la Adolescencia.-Acte el seor Dr. Rafael Montesdeoca Espn, en su calidad de Secretario titular de este Despacho.-Notifquese.-

    53 17/09/2010 EscritoSOLICITA APREMIO PERSONAL

    54 20/09/2010 PROVIDENCIA GENERAL

  • 16/3/2014

    11/13

    El escrito que antecede, presentado por la seora Mara Augusta Eras Tandazo, agrguese alexpediente, junto con la documentacin que en cuatro copias notariadas se anexa al mismo.- En loprincipal, acorde lo manifestado en providencia inmediata anterior, as como lo previsto en el incisoprimero del Art. Innumerado 22 de la Ley Reformatoria al Cdigo Orgnico de la Niez y de laAdolescencia, no lugar a lo solicitado por la mencionada recurrente, por improcedente; pudiendo entodo caso la interesada formular el hecho que pretende, en debida forma.- Notifquese.-

    55 27/09/2010 EscritoDESIGNACIN DE PERITO

    56 28/09/2010 PROVIDENCIA GENERALVISTOS: El escrito presentado por la seora Mara Augusta Eras Tandazo, agrguese al proceso.- Enlo principal, con observacin a lo anotado por la mencionada recurrente y con revisin del sistemaelectrnico de pagos, practquese la LIQUIDACIN solicitada por la peticionaria, con la intervencindel seor Segundo Csar Gaibor Ramrez, designado como perito para la referida diligencia, quien seposesionar en debida forma dentro de tres das hbiles y presentar su informe correspondientedespus de cinco das de dicha posesin.- Notifquese.-

    57 01/10/2010 ACTA GENERALEn esta ciudad de Ambato, el da de hoy viernes uno de Octubre del dos mil diez, a las diecisietehoras con cincuenta y cinco minutos, ante la seora Dra. Beatriz Prez Snchez e infrascritoSecretario, comparece el seor SEGUNDO CSAR GAIBOR RAMREZ, con cdula de identidad nmero180120407-2, con el objeto de posesionarse al cargo de PERITO en la presente causa. Al efectoadvertido de las penas del perjurio, de la gravedad del juramento y de su obligacin que tiene dedecir la verdad, con claridad y exactitud, manifiesta: Aceptar el cargo para el cual ha sido designado,jurando su fiel y legal desempeo a l encomendado. Con lo que termina la presente diligenciafirmando para constancia el seor compareciente, conjuntamente con la seora Jueza y Secretarioque certifica. Dra. Beatriz Prez Snchez Segundo Csar Gaibor Ramrez JUEZA COMPARECIENTE Dr.Rafael Montesdeoca Espn SECRETARIO

    58 06/10/2010 EscritoADJUNTA DOCUMENTOS

    59 06/10/2010 EscritoINFORME PERICIAL

    60 07/10/2010 PROVIDENCIA GENERALEl escrito presentado por el seor Washington Efran Pulluquitn, agrguese al expediente, junto conlas ocho fojas que se anexan al mismo; as como el informe pericial practicado por el seor CsarGaibor Ramrez.- En lo principal, pngase dicho informe en conocimiento de las partes por el trminode dos das, para que hagan las observaciones que correspondan, de ser el caso; considerndose asnotificadas a stas con el contenido del mismo, ms an cuando el referido obligado tiene sealado enla presente causa, casillero judicial para los fines legales pertinentes.- Cmplase y notifquese.-

    61 11/10/2010 EscritoOBSERVACIONES A INFORME PERICIAL

    62 12/10/2010 PROVIDENCIA GENERALEl escrito que antecede, presentado por el seor Washington Efran Pulluquitn, agrguese alexpediente.- En lo principal, con el contenido del referido escrito, se corre traslado a la parte contrariapor el trmino de dos das; siendo que, con el pronunciamiento que al respecto se formule, o surebelda en caso de no hacerlo, se dispondr lo que fuere legal y pertinente.- Notifquese.-

    63 13/10/2010 EscritoREQUERIMIENTO

    64 14/10/2010 PROVIDENCIA GENERALEl escrito presentado por la seora Mara Augusta Eras Tandazo, agrguese al expediente.- En loprincipal, al haber dado sta contestacin al traslado que le ha sido corrido y en base a lo manifestadopor el obligado en su peticin de fojas 152, el seor Csar Gaibor Ramrez, en el trmino de cincodas, ample el informe de liquidacin por l realizado (fjs. 149 y 150) o ratifquese en el mismo, deser el caso; hecho lo cual se dispondr lo que fuere pertinente y legal, debiendo para el efecto laparte interesada brindar las facilidades del caso.- Notifquese.-

    65 05/11/2010 EscritoRATIFICA

    66 08/11/2010 PROVIDENCIA GENERALLa ampliacin al informe pericial practicado por el seor Csar Gaibor Ramrez, agrguese alexpediente.- En lo principal, pngase el mismo en conocimiento de las partes por el trmino de dosdas, para que hagan las observaciones que correspondan, de ser el caso.- Hecho que sea, sedispondr lo que fuere pertinente y legal.- Cmplase y notifquese.-

    67 10/11/2010 EscritoREQUERIMIENTO

    68 10/11/2010 EscritoREQUERIMIENTO

    69 11/11/2010 PROVIDENCIA GENERALVISTOS: El escrito presentado por Mara Augusta Eras Tandazo, agrguese al proceso, as como elque antecede del seor Washington Efran Pulluquitn.- En lo principal, en virtud de lo anotado por el

  • 16/3/2014

    12/13

    que antecede del seor Washington Efran Pulluquitn.- En lo principal, en virtud de lo anotado por el

    segundo de los recurrentes, practquese una RELIQUIDACIN en esta causa, con la intervencin delseor SEGUNDO CSAR GAIBOR RAMREZ, perito designado para la referida diligencia, quien seposesionar en debida forma dentro de tres das hbiles (portando sus documentos de identificacin)y presentar su informe correspondiente despus de cinco das de dicha posesin, debindose brindarlas facilidades del caso por la parte interesada.- Notifquese.-

    70 17/11/2010 ACTA GENERALEn esta ciudad de Ambato, el da de hoy mircoles diecisiete de Noviembre del dos mil diez, a lasquince horas con treinta minutos, ante la seora Dra. Beatriz Prez Snchez e infrascrito Secretario,comparece el seor SEGUNDO CSAR GAIBOR RAMREZ, con cdula de identidad nmero180120407-2, con el objeto de posesionarse al cargo de PERITO en la presente causa, conformeprovidencia que antecede.- Al efecto advertido de las penas del perjurio, de la gravedad deljuramento y de su obligacin que tiene de decir la verdad, con claridad y exactitud, manifiesta:Aceptar el cargo para el cual ha sido designado, jurando su fiel y legal desempeo a lencomendado. Con lo que termina la presente diligencia firmando para constancia el seorcompareciente, conjuntamente con la seora Jueza y Secretario que certifica. Dra. Beatriz PrezSnchez Segundo Csar Gaibor Ramrez JUEZA COMPARECIENTE Dr. Rafael Montesdeoca EspnSECRETARIO

    71 22/11/2010 EscritoINFORME PERICIAL

    72 23/11/2010 AGREGAR DOCUMENTOSPara fines pertinentes agrguese al proceso y pngase en conocimiento de las partes, el informepresentado en este Juzgado por el seor Csar Gaibor Ramrez, Perito designado en esta causa.-Notifquese.-

    73 26/11/2010 EscritoREQUERIMIENTO

    74 29/11/2010 PROVIDENCIA GENERALEl escrito presentado por la seora Mara Augusta Eras Tandazo, agrguese al expediente.- En loprincipal, atento el Art. 11 del Cdigo de la Niez y de la Adolescencia as como el requerimientoformulado por la mencionada recurrente, toda vez que a fojas 162 de los autos, el seor Csar GaiborRamrez, perito designado en esta causa da a conocer que la parte interesada no ha brindado lasfacilidades necesarias para el cumplimiento de la diligencia dispuesta en providencia de fecha jueves11 de noviembre del 2010, las 10h50 (fs. 160), pese a los requerimientos por l realizados, particularque fuera adems oportunamente notificado a las partes, conforme obra de fojas 163; dndose poraprobado el informe practicado y que consta a fojas 149 y 150, que fuera adems ratificado por elmismo perito a fojas 156, dispongo el mandamiento de ejecucin a fin de que el seor WASHINGTONEFRAN PULLUQUITN TUTASIG, pague o dimita los bienes correspondientes a la liquidacin efectuaday que fuera debidamente puesta en su conocimiento (fs. 149-150), dentro de 24 horas.- Hecho quesea, se dispondr lo que fuere legal y pertinente.- Notifquese.-

    75 29/11/2010 EscritoREQUERIMIENTO

    76 30/11/2010 EscritoREQUERIMIENTO

    77 02/12/2010 PROVIDENCIA GENERALLos dos escritos presentados por el seor Washington Efran Pulluquitn Tutasig, agrguense alexpediente.- En lo principal, conforme se desprende de autos y como as se hace referencia enprovidencia inmediata anterior, los requerimientos formulados por el mencionado recurrente,considerndose el principio de contradiccin entre las partes y el de legtima defensa, se encuentrandebidamente evacuados y notificados, siendo ste en calidad de interesado quien no ha brindado lasfacilidades necesarias de manera oportuna; razn por la cual, no lugar a lo solicitado, debiendo portanto estarse a lo que ha sido dispuesto, dejando a salvo del interesado lo que en Derecho se reaasistido.- Notifquese.-

    78 05/01/2011 EscritoACTA

    79 07/01/2011 RECONOCIMIENTO DE FIRMA Y RUBRICAEl escrito que antecede, presentado por la seora Mara Augusta Eras Tandazo, agrguese alexpediente, junto con la una foja que se anexa al mismo.- Previamente a disponer lo quecorresponda, la nombrada peticionaria comparezca personalmente y de manera conjunta a esteJuzgado, con el seor Washington Efran Pulluquitn Tutasig (portando sus respectivos documentos deidentificacin), a reconocer sus firmas y rbricas que se encuentran estampadas en el acuerdotransaccional de fojas 169.- Notifquese.-

    80 14/01/2011 ACTA CON ACUERDOEn la ciudad de Ambato, hoy da viernes catorce de Enero del ao dos mil once, a las ocho horas diezminutos, Ante la Sra. Dra. Beatriz Prez Snchez Juez Tercero de la Niez y Adolescencia de Ambatoy suscrito seor secretario, comparecen: MARIA AUGUSTA ERAS TANDASO, con cdula de ciudadanaNro.1102621941, y cedula de votacin No.1102621941; y, la el seor WASHINGTON EFRAINPULLUQUITIN TUTASIG , con cdula de ciudadana Nro.1802105120, y cedula de votacin No. 167-0003, con el objeto de de dar cumplimiento a lo ordenado en providencia anterior, advertidos de laspenas de perjurio, la gravedad del juramento y su obligacin que tienen de decir la verdad, con

  • 16/3/2014

    13/13

    penas de perjurio, la gravedad del juramento y su obligacin que tienen de decir la verdad, con

    claridad y exactitud, dicen: que las firmas y rbricas puestas al pie del documento y contenido ntegroconstante de ACTA DE ACUERDO en el proceso, A FOJAS 168, son las suyas, las que utilizan siempreen sus actos pblicos y privados solicitando la actora se disponga la libertad del demandado por elacuerdo realizado. Con lo que se termina la presente diligencia firmando los comparecientes, juntocon la seora Juez y secretario que certifica. LA JUEZ. Los Comparecientes. Dra. Beatriz PrezSnchez Maria Augusta Eras Efrain Pulluquitin El Secretario Dr. Rafael Montesdeoca E.

    81 17/01/2011 RESOLUCIONVISTOS: A fojas 168 del proceso comparecen los seores MARIA AUGUSTA ERAS TANDAZO yWASHINGTON EFRAIN PULLUQUITIN TUTASIG, quienes de forma y libre y voluntaria comparecen ysuscriben la siguiente Acta Transaccional: PRIMERA: ANTECEDENTES.- En la unin matrimonial de laSeora MARIA AUGUSTA ERAS TANDAZO con el Seor WASHINGTON EFRAIN PULLUQUITIN TUTASIG,procrearon a la menor ADRIANA ELIZABETH PULLUQUITIN ERAS, que en la actualidad tiene quinceaos de edad, por quien se inici un juicio de pensin de alimentos 2007-1338, y que en la actualidadel padre de la menor se encuentra adeudando las pensiones alimenticias y los beneficios de ley.SEGUNDA: ACUERDO.- Los comparecientes de comn acuerdo y para dar por terminado esteincidente de alimentos, el padre de la menor de forma voluntaria cancela las pensiones alimenticiasms los beneficios legales adeudadas a favor de su hija la menor ADRIANA ELIZABETH PULLUQUITINERAS, la cantidad de SETECIENTOS NOVENTA y OCHO DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DENORTEAMERICA, con lo cual queda cancelado las pensiones alimenticias ms los beneficios de leyhasta el ao 2010; y que de ahora en adelante cancelar las pensiones alimenticias ms beneficios delegales que las depositar en la cuenta de ahorros de la Cooperativa OSCUS, que esta a nombre demi hija. TERCERA: ACEPTACION.- Los comparecientes de manera libre y voluntaria aceptan esta acta,los mismos que en unidad de acto la firma y se ratifican en todo su contenido, la misma que suseora la tomar en cuenta en el momento de resolver, lo que se deja cumplido con escrito de fojas172. CUARTA.- La suscrita Juez, con fundamento en lo dispuesto en los Arts. 44, 45, 69 numeral 1 y83 numeral 16 de la Constitucin de la Repblica; Arts. 27, 29, 30 y 31 de la Convencin sobre losderechos del nio; Arts. Innumerados 2, 4, 5, 15 y 16 de la Ley Reformatoria del Cdigo de la Niez yAdolescencia, RESUELVE, Aceptar en todas su partes el acuerdo voluntario, realizado por personaslegalmente capaces y de beneficio para la menor, disponindose pasen los autos, al seor Secretario-Pagador de este Juzgado, hacindole conocer este particular.- Notifquese y Cmplase.-

    82 14/03/2011 EscritoREQUERIMIENTO

    83 15/03/2011 CORRER TRASLADOEl escrito que antecede, presentado por la seora Mara Augusta Eras Tandazo, agrguese alexpediente.- En lo principal, por cuanto de autos se desprende un acta transaccional efectuada con elobligado, en relacin a la forma de los pagos por pensiones alimenticias a realizarse en laCooperativa Oscus; y, atento el requerimiento que formula la mencionada recurrente, se corretraslado a la parte contraria por el trmino de dos das; siendo que, con el pronunciamiento que alrespecto se formule, o su rebelda en caso de no hacerlo, se dispondr lo que fuere pertinente ylegal.- Acte el seor Dr. Mario Laica Sailema, Secretario del Juzgado Segundo de la Niez y de laAdolescencia, como Secretario encargado de este Juzgado, en virtud de la licencia por vacacionesconcedida al seor Secretario titular, conforme accin de personal No. 0287-CJ-DPT.- Notifquese.-

    84 17/03/2011 EscritoREQUERIMIENTO

    85 22/03/2011 PROVIDENCIA GENERALEl escrito que antecede, presentado por el seor Washington Efran Pulluquitn, agrguese alexpediente, junto con la una foja que se encuentran anexa al mismo, como as se anota en el literalprimero.- No lugar a lo expuesto en el literal segundo, por improcedente, por cuanto la causa secircunscribe al trmite de fijacin de pensin alimenticia, dejando a salvo del interesado lo que enDerecho se crea asistido.- Acte el seor Dr. Rafael Montesdeoca Espn, al haberse reintegrado a susfunciones como Secretario titular de este Juzgado.- Notifquese.-

    86 09/05/2011 EscritoREQUERIMIENTO

    87 10/05/2011 PROVIDENCIA GENERALEl escrito que antecede, presentado por la seora Mara Augusta Eras Tandazo, agrguese alexpediente.- En lo principal, con el contenido del referido escrito, se corre traslado a la parte contrariapor el trmino de dos das; siendo que, con el pronunciamiento que al respecto se formule, o surebelda en caso de no hacerlo, se dispondr lo que fuere pertinente y legal.- Notifquese.-

    88 05/07/2011 EscritoREQUERIMIENTO

    89 06/07/2011 PROVIDENCIA GENERALEl escrito que antecede, presentado por Mara Augusta Eras Tandazo, agrguese al expediente.- En loprincipal, por cuanto el obligado de esta causa, seor Washington Efran Pulluquitn Tutasig no ha dadocontestacin al traslado que le ha sido corrido, conforme lo establecido en providencia inmediataanterior, se dispone que el mencionado alimentante en lo posterior realice los depsitos respectivosen la cuenta de ahorros No. 00168082211 de la Cooperativa Oscus de esta ciudad de Ambato, que seencuentra a nombre de la mencionada recurrente.- Cmplase y notifquese.-